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MANUEL VILARDELL BADIA 14 VIGILANCIA DE LA SALUD: PROTOCOLOS MÉDICOS PROTOCOLOS VIGILANCIA DE LA SALUD Empresa MANUEL VILARDELL BADIA Actividad Actividades de contabilidad, teneduría de libros, auditoría y asesoría fiscal www.laboralgroup.com | [email protected] | Tlf: 902 999 551 | Fax: 902 999 553

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MANUEL VILARDELL BADIA

14VIGILANCIA DE LA SALUD: PROTOCOLOS MÉDICOS

 

 

 

PROTOCOLOS VIGILANCIA DE LA SALUD

Empresa MANUEL VILARDELL BADIA

Actividad Actividades de contabilidad, teneduría de libros, auditoría y asesoría fiscal

www.laboralgroup.com | [email protected] | Tlf: 902 999 551 | Fax: 902 999 553

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MANUEL VILARDELL BADIA 14VIGILANCIA DE LA SALUD: PROTOCOLOS MÉDICOS

PROTOCOLO MÉDICO DEL PUESTO DE TRABAJO

DATOS EMPRESA

EMPRESA MANUEL VILARDELL BADIA

C.N.O 440 Auxiliares administrativos con tareas de atención ó público non clasificados anteriormente

AGENTE DE RIESGO O RIESGO TIPO INTERVENCIÓN CONTENIDO INTERVENCIÓN PERIODICIDAD OBSERVACIONES

-Atrapamientos por o entre objetos

-Caída de objetos por manipulación

-Caída de personas a diferente nivel

-Caída de personas al mismo nivel

-Choques contra objetos inmoviles

-Contactos electricos directos/indirectos

-Exposición a radiaciones

-Incendios

-Exposicion a sustancias quimicas

-Iluminación

-Ruido

-Carga fisica: posicion forzada

-Carga mental

-Movimientos repetitivos

-Pantallas de visualización de datos

-Accidente in-itinere

-Golpes - Cortes

-Otros

-Organización del trabajo

Examen de Salud Inicial

- Examen Básico de Salud *

- Interrogatorio clínico-laboral especifico

- Aplicación de protocolos:

-MANIPULACIÓN MANUAL DE CARGAS

-MOVIMIENTOS REPETITIVOS

-P.V.D.

-POSTURAS FORZADAS

-RADIACIONES IONIZANTES

-RUIDO

- Analítica: Perfil Estándar I **

 

- Especial atención al personal sensible.

- Examen de salud obligatorio si existe exposicion a ruido superior a 80 db.

- Se cumplira el RD286/2006 para la protección frente al ruido.

Examen de Salud Periódico

- Examen Básico de Salud *

- Interrogatorio clínico-laboral especifico

- Aplicación de protocolos:

-MANIPULACIÓN MANUAL DE CARGAS

-MOVIMIENTOS REPETITIVOS

-P.V.D.

-POSTURAS FORZADAS

-RADIACIONES IONIZANTES

-RUIDO

- Analítica: Perfil Estándar I **

ANUAL

- Especial atención al personal sensible.

- Examen de salud obligatorio si existe exposicion a ruido superior a 80 db.

- Se cumplira el RD286/2006 para la protección frente al ruido.

Vacunación - Antitetanica-diftérica

Antitetanica-diftérica

Primovacunacion: dosis inical; 2ª dosis: 1-2 meses; 3ª dosis: 6-12 meses | Revacunacion: cada 10 años

 

 

FORMACIÓN SANITARIAGeneral: Primeros auxilios, prevención de los factores de riesgo cardiovascular.

Especifica: lesiones provocadas por movimientos repetitivos, prevencion de riesgos musculoesqueleticos, 

* Examen básico de Salud: Historia Laboral, Anamnesis Básica, Situación Actual, Exploración Física Básica; Exploración Instrumental Básica: Biometría, Tensión Arterial, Agudeza Visual, Otoscopia, Audiometría, Espirometría, Electrocardiograma.

** Perfil Estándar I: Hematíes; Hemoglobina; Hematocrito, Leucocitos, Formula Leucocitaria (si leucocitos> 10,78 o <4,8), Glucosa, Colesterol, GOT, GPT, Gamma GT, Creatinina, Análisis de Orina.

- Se aplicará Cuestionario especifico si procede.

 - El contenido de esta tabla sigue las directrices de las Guías Sanitarias de Laboral Risk.

 - El contenido de esta tabla queda sujeto a posibles modificaciones en función de criterio medico y del riesgo laboral.

440 Auxiliares administrativos con tareas de atención ó público non clasificados anteriormente

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VIGILANCIA DE LA SALUD: PROTOCOLOS MÉDICOS 14CONTENIDO PROTOCOLO MEDICO

 

PROTOCOLOS DE VIGILANCIA SANITARIA ESPECÍFICA : MANIPULACIÓN MANUAL DE CARGAS

 1. CRITERIOS DE APLICACIÓN

Será de aplicación a cualquier trabajador, que tras la evaluación de riesgos en su puesto de trabajo se compruebe que manipula manualmente cargas, siempre que éstas superen los Kg. de peso que especifique la Guía Técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la manipulación manual de cargas elaborada por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT).

Objetivo:

El objetivo del protocolo de vigilancia médica de los trabajadores que manipulan cargas es prevenir la aparición de problemas de salud relacionados con su trabajo.

 2. EFECTOS SOBRE LA SALUD

· Fatiga fisiológica

· Muscular : contracturas, calambres y rotura de fibras

· Tendinosa y ligamentosa: sinovitis, tenosinovitis, roturas, esguinces y bursitis

· Articular: artrosis, artritis, hernias discales

· Otros efectos:

· Oseos: fracturas y fisuras

· Neurológicos: atrapamientos

· Vasculares: trastornos vasomotores

· Pared abdominal: hernias

 3. PROTOCOLO MÉDICO ESPECÍFICO

3.1. Historia laboral

Se recogerán los datos de filiación y los de los profesionales sanitarios responsables del examen de salud, así como del Servicio de Prevención.

3.1.1. EXPOSICIÓN ACTUAL AL RIESGO

Se recogen los riesgos del puesto y una descripción detallada del puesto, así como las medidas de protección empleadas. El resultado de la evaluación de riesgos deberá estar en poder de los profesionales cuando se haga el examen de salud.

3.1.2. EXPOSICIONES ANTERIORES (ANAMNESIS LABORAL)

Se recogerán los puestos de trabajo anteriores del trabajador con expresión del tiempo y una somera descripción del puesto y de sus riesgos.

3.2. Historia clínica

Incluirá anamnesis, exploración clínica inespecífica y exploración clínica específica, para la que proponemos una sistemática por regiones anatómicas.

3.3. Control biológico y estudios complementarios específicos

Ninguna prueba complementaria debe ser obligatoria, pero que dejamos un espacio abierto para que el médico del trabajo pueda recoger los resultados de aquellas que hubiera solicitado.

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VIGILANCIA DE LA SALUD: PROTOCOLOS MÉDICOS 14CONTENIDO PROTOCOLO MEDICO

 

PROTOCOLOS DE VIGILANCIA SANITARIA ESPECÍFICA : MANIPULACIÓN MANUAL DE CARGAS

 4. NORMAS PARA LA CUMPLIMENTACIÓN DEL PROTOCOLO MÉDICO ESPECÍFICO

4.1. Anamnesis

Se recogerán detalladamente los datos de filiación y del reconocimiento que se practica.

Ex-fumador es el que lleva más de un año sin fumar. El n.º de cigarrillos se recogerá para fumadores y exfumadores.

 

4.2. Anamnesis laboral

En el apartado «descripción del puesto de trabajo» se tendrán en especial consideración los factores de riesgo recogidos en la descripción detallada del puesto actual.

 

4.3. Exploración clínica específica y criterios de valoración

Se ha creído conveniente dejar cerrados la mayoría de los aspectos del protocolo, no obstante en algunos apartados se ha dejado un espacio abierto para que sea cumplimentado por el médico del trabajo si lo estimara conveniente.

Cuando parezca relevante, la movilidad se recogerá en grados.

Prueba de Phalen: Indica neuropatía del mediano.

Signo de Tinel: Indica lesión del nervio mediano.

Prueba diferencial según Lasègue: Diferenciación entre ciatalgia y dolor de cadera.

Signo de Schöver: Mide el grado de flexibilidad de la columna vertebral lumbar.

  

4.4. Exploraciones complementarias

Ninguna de ellas debe ser obligatoria, pero se dejará un espacio para que el médico del trabajo pueda recoger las que haya creído oportuno realizar, incluído el estudio de la respuesta cardiorrespiratoria al esfuerzo.

 

4.5. Periodicidad

De modo general, la prioridad de los exámenes de salud de estos trabajadores depende de la evaluación del riesgo que se realice. En particular, y según el criterio del médico del trabajo de nuestro SP será anual.

 

4.6. Formación

La formación es básica para prevenir los daños en la salud de los trabajadores expuestos a manipulación de cargas. La formación deberá ser obligatoria y el médico del trabajo hará promoción de la salud con los trabajadores a riesgo, siendo aconsejable estrategias del tipo de las Escuelas de Espalda.

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VIGILANCIA DE LA SALUD: PROTOCOLOS MÉDICOS 14CONTENIDO PROTOCOLO MEDICO

 

PROTOCOLOS DE VIGILANCIA SANITARIA ESPECÍFICA : MOVIMIENTOS REPETITIVOS

 1. CRITERIOS DE APLICACIÓN

Se propone como vigilancia médica en aquellos trabajadores con tareas repetidas que supongan sobrecarga muscular durante toda o parte de su jornada laboral de forma habitual.

Sin pretender dejar de lado otras ocupaciones o tareas laborales, las ocupaciones que deberán tenerse en cuenta para la aplicación del protocolo de movimientos repetidos son:

• Delineantes, dibujantes.

• Mecanógrafos.

• Tejedores.

• Pintores.

• Músicos.

• Carniceros, pescaderos.

• Curtidores.

• Trabajadores del caucho y vulcanizado.

• Deportistas.

• Peluqueros.

• Mecánicos montadores.

• Escayolistas.

• Conserveras.

• Cajeras de supermercado.

• Trabajadores de la industria textil y confección.

• Otros.

 2. DEFINICIÓN DEL PROBLEMA

2.1. Definiciones y conceptos:

Se entiende por movimientos repetidos a un grupo de movimientos continuos, mantenidos durante un trabajo que implica al mismo conjunto osteomuscular provocando en el mismo fatiga muscular, sobrecarga, dolor y por último lesión. 

El trabajo repetido de miembro superior se define como la realización continuada de ciclos de trabajo similares; cada ciclo de trabajo se parece al siguiente en la secuencia temporal, en el patrón de fuerzas y en las características espaciales del movimiento.

Este protocolo trata de vigilar el riesgo de lesión musculoesquelética como consecuencia de tareas repetidas, en la zona de cuello-hombro y en la zona de la mano-muñeca fundamentalmente.

Las tareas de trabajo con movimientos repetidos son comunes en trabajos en cadenas y talleres de reparación así como en casi todas las industrias, y centros de trabajo modernos pudiendo dar lugar a lesiones musculoesqueléticas.

Estando reconocida como causa importante de enfermedad y lesiones de origen laboral.

Las lesiones asociadas a los trabajos repetidos se dan comúnmente en los tendones, los músculos y los nervios del hombro, antebrazo, muñeca y mano. Los diagnósticos son muy diversos: tendinitis, peritendinitis, tenosinovitis, mialgias y atrapamientos de nervios distales.

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VIGILANCIA DE LA SALUD: PROTOCOLOS MÉDICOS 14CONTENIDO PROTOCOLO MEDICO

 

PROTOCOLOS DE VIGILANCIA SANITARIA ESPECÍFICA : MOVIMIENTOS REPETITIVOS

 3. PROTOCOLO MÉDICO ESPECÍFICO

Este protocolo está dirigido a todo trabajador/a que está expuesto/a a movimientos repetidos en su puesto de trabajo.

El objetivo es establecer las características específicas que debe reunir el examen de salud en este colectivo laboral.

La vigilancia de trabajadores/as expuestos/as a movimientos repetidos de miembro superior comprende dos fases interdependientes:

• El análisis de las condiciones de trabajo, que nos permite evaluar el riesgo del puesto de trabajo y la región anatómica que puede resultar afectada, y

• La vigilancia sanitaria específica de los trabajadores.

 

3.1. Historia laboral

3.1.1. Exposiciones anteriores (anamnesis laboral).

Consta de los siguientes apartados:

• Datos de filiación del trabajador:

– Nombre.

– Apellidos.

– Sexo.

– Fecha de nacimiento.

– D.N.I.

– Nº de la S.S.

– Dirección.

• Datos del reconocimiento:

– Nombre del médico del trabajo.

– Fecha.

– Servicio de prevención que realiza el reconocimiento.

– Tipo (propio, ajeno, trabajador designado).

• Exposiciones anteriores:

– Empresa.

– Actividad (CNAE).

– Ocupación (CNO).

– Tiempo.

– Descripción del puesto de trabajo.

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VIGILANCIA DE LA SALUD: PROTOCOLOS MÉDICOS 14CONTENIDO PROTOCOLO MEDICO

 

PROTOCOLOS DE VIGILANCIA SANITARIA ESPECÍFICA : MOVIMIENTOS REPETITIVOS

 

3.1.2. Exposición actual al riesgo.

• Datos de filiación de la empresa:

– Nombre de la empresa.

– Actividad de la empresa (CNAE).

– Ocupación (CNO).

– Domicilio Social - Localidad - Centro de trabajo.

– Tamaño de la plantilla.

 

3. 2. Historia clínica.

3.2.1. Anamnesis.

En la evaluación inicial después de la incorporación al trabajo, se recogerán los siguientes datos:

• Historia laboral. Exposiciones anteriores.

• Antecedentes personales: en este apartado debemos insistir en la búsqueda de antecedentes del sistema osteomuscular y la presencia de posibles predisposiciones individuales.

• Antecedentes familiares.

• Hábitos personales (alcohol, tabaco, medicamentos, especificando cantidades).

• Anamnesis dirigida por aparatos.

• Exploración clínica.

• Analítica sistemática de sangre y orina.

• Electrocardiograma a mayores de 40 años.

El examen específico periódico, se realizará con una periodicidad ajustada al nivel de riesgo al que está sometido el trabajador, tal como se especifica en el anexo I en el cronograma de actuación y comprenderá los epígrafes que se especifican en el apartado siguiente.

3.2.2. Exploración clínica específica.

Se realizará la anamnesis y exploración de las regiones anatómicas implicadas en las tareas repetidas: hombros, codos, muñecas, manos y dedos.

Estudiando la actividad específica podemos determinar cuales son las articulaciones o complejos musculotendinosos que van a realizar ese esfuerzo.

 4. EXPLORACIONES COMPLEMENTARIAS

Ninguna de ellas debe ser obligatoria, pero se dejará un espacio para que el médico del trabajo pueda recoger las que haya creído oportuno realizar, que en nuestro SP serán todas.

 5. PERIODICIDAD

De modo general, la prioridad de los exámenes de salud de estos trabajadores depende de la evaluación del riesgo que se realice. En particular, y según el criterio del médico del trabajo de nuestro SP será anual. 7 / 21

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VIGILANCIA DE LA SALUD: PROTOCOLOS MÉDICOS 14CONTENIDO PROTOCOLO MEDICO

 

PROTOCOLOS DE VIGILANCIA SANITARIA ESPECÍFICA : POSTURAS FORZADAS

 1. CRITERIOS DE APLICACIÓN

Vigilancia médica en aquellos operarios con trabajos que supongan posiciones forzadas e incómodas durante toda o parte de su jornada laboral de forma habitual.

Sin pretender dejar de lado otras ocupaciones o tareas laborales, las ocupaciones que deberán tenerse en cuenta para la aplicación del protocolo del manejo manual de cargas son:

• Cirujanos.

• Dependientes de comercio.

• Peluquería.

• Mecánicos montadores.

• Vigilantes.

• A.T.S. y auxiliares.

• Cocineros camareros.

• Agricultores.

• Fontaneros.

• Administrativos en general.

• Limpieza.

• Mineros.

• Albañilería en general.

• Pintores.

• Otras.

 2. PROTOCOLO MÉDICO ESPECÍFICO

Este protocolo está dirigido a todo trabajador/a que está expuesto/a a posturas forzadas en su puesto de trabajo.

El objetivo es establecer las características específicas que debe reunir el examen de salud en este colectivo laboral.

La vigilancia de trabajadores/as expuestos/as a posturas forzadas comprende dos fases interdependientes:

• El análisis de las condiciones de trabajo, que nos permite evaluar el riesgo del puesto de trabajo y la región anatómica que puede resultar afectada.

• La vigilancia sanitaria específica de los trabajadores.

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VIGILANCIA DE LA SALUD: PROTOCOLOS MÉDICOS 14CONTENIDO PROTOCOLO MEDICO

 

PROTOCOLOS DE VIGILANCIA SANITARIA ESPECÍFICA : POSTURAS FORZADAS

 

2.1. Historia Laboral

2.1.1. Exposiciones anteriores (anamnesis laboral).

Consta de los siguientes apartados:

• Datos de filiación del trabajador

– Nombre.

– Apellidos.

– Sexo.

– Fecha de nacimiento.

– D.N.I.

– Dirección.

• Datos del reconocimiento

– Nombre del médico del trabajo.

– Fecha.

– Servicio de prevención que realiza el reconocimiento.

– Tipo (propio, ajeno, trabajador designado).

• Exposiciones anteriores

– Empresa.

– Actividad (CNAE).

– Ocupación (CNO).

– Tiempo

.– Descripción del puesto de trabajo.

2.1.2. Exposición actual al riesgo

• Datos de filiación de la empresa:

– Nombre de la empresa.

– Actividad de la empresa (CNAE).

– Ocupación (CNO).

– Domicilio Social - Localidad - Centro de trabajo.

– Tamaño de la plantilla.

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VIGILANCIA DE LA SALUD: PROTOCOLOS MÉDICOS 14CONTENIDO PROTOCOLO MEDICO

 

PROTOCOLOS DE VIGILANCIA SANITARIA ESPECÍFICA : POSTURAS FORZADAS

 

• Datos relativos al puesto de trabajo

– Antigüedad.

– Descripción del puesto de trabajo.

– Tipo de trabajo: tiempo y tipo de tarea.

– Herramientas y mandos que se utilizan a diario.

– Turnos de trabajo.

– Pausas en el trabajo.

– Riesgos detectados en el análisis de las condiciones de trabajo.

– Medidas de prevención adoptadas.

2.2. Historia clínica

2.2.1. Anamnesis

En la evaluación inicial después de la incorporación al trabajo, se recogerán los siguientes datos:

• Historia laboral. Exposiciones anteriores.

• Antecedentes personales: en este apartado debemos insistir en la búsqueda de antecedentes del sistema osteomuscular y la presencia de posibles predisposiciones individuales.

• Antecedentes familiares.

• Hábitos personales (alcohol, tabaco, medicamentos, especificando cantidades).

• Anamnesis dirigida por aparatos.

• Exploración clínica.

El examen específico periódico, se realizará con una periodicidad ajustada al nivel de riesgo al que está sometido el trabajador, tal como se especifica en el anexo I en el cronograma de actuación y comprenderá los epígrafes que se especifican en el apartado siguiente.

2.2.2. Exploración clínica específica

Se realizará la anamnesis y exploración de las regiones anatómicas implicadas en las posturas forzadas: columna vertebral, cintura escapular, extremidades superiores y extremidades inferiores.

Estudiando la actividad específica podemos determinar cuales son las articulaciones o complejos musculotendinosos que van a realizar ese esfuerzo.

De forma orientativa, y teniendo en cuenta que no se trata de un listado cerrado, se especifica la región anatómica:

• Columna cervical

• Hombro y cintura escapular

• Brazo y codo

• Antebrazo y muñeca

• Mano y dedos

• Cadera y muslo.

• Rodilla

• Pierna, tobillo y pie 10 / 21

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VIGILANCIA DE LA SALUD: PROTOCOLOS MÉDICOS 14CONTENIDO PROTOCOLO MEDICO

 

PROTOCOLOS DE VIGILANCIA SANITARIA ESPECÍFICA : POSTURAS FORZADAS

 

Los pilares que sustentan la exploración son:

1. Inspección.

2. Palpación.

3. Percusión.

4. Movilidad activa y pasiva.

5. Signos clínicos.

6. Exploraciones complementarias.

 3. PRUEBAS COMPLEMENTARIAS

Realizaremos dichas exploraciones de forma más detallada, junto con las pruebas complementarias que realizaremos de forma habitual.

 4. PERIODICIDAD

Según nuestro criterio médico se realizará un reconocimiento inicial y, posteriormente, anual, siempre con el consentimiento informado del trabajador.

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VIGILANCIA DE LA SALUD: PROTOCOLOS MÉDICOS 14CONTENIDO PROTOCOLO MEDICO

 

PROTOCOLOS DE VIGILANCIA SANITARIA ESPECÍFICA : PVD

 1. DATOS GENERALES

Si es la primera vez que trabaja en la empresa, los exámenes de salud incluirán una historia clinico-laboral, en la que además de los datos de anamnesis, exploración clínica y control biológico y estudios complementarios en función de los riesgos inherentes al trabajo, se hará constar una descripción detallada del puesto de trabajo, el tiempo de permanencia en el mismo, los riesgos detectados en el análisis de las condiciones de trabajo, y las medidas de prevención adoptadas.

En el supuesto de que el la trabajador , ya incorporado  en la empresa pase a ocupar un puesto de trabajo con PVD y, teniendo en cuenta de que disponemos de estos datos generales, centraremos el examen en el estudio oftalmológico y osteomuscular.

 2. RECONOCIMIENTO OFTALMOLÓGICO

Debido a que el examen general no difiere de los reconocimientos médicos habituales, se centra la atención en la exploración del aparato de la visión.

El objetivo del examen oftalmológico es despistar aquellas alteraciones de la función visual que precisen corrección para poder trabajar en pantalla o que contraindiquen este trabajo.

No es necesario que estos exámenes sean realizados por oftalmólogos, pudiendo ser realizados perfectamente por el médico del trabajo en su propio servicio. Existen actualmente aparatos (control visión) que permiten un examen rápido de las funciones visuales.

El examen comprenderá:

— Inspección ocular

— Control de la agudeza visual mono y binocular, con y sin corrección

de lejos y, sobre todo, de cerca. Esta prueba evidencia el funcionamiento del área macular.

Se definirán los siguientes parámetros:

VISIÓN LEJANA:

— Ojo derecho sin/con corrección

— Ojo izquierdo sin/con corrección

VISIÓN PRÓXIMA

— Ojo derecho sin/con corrección

— Ojo izquierdo sin/con corrección

Referente a la distancia de la visión próxima, siempre ha de efectuarse a la distancia a la que la persona vaya a desarrollar su función delante de la pantalla, nunca a una distancia estereotipada.

— Refracción ocular.

— Equilibrio muscular: Para descartar posibles forias o estrabismos latentes.

— Reflejos pupilares.

— Motilidad extrínseca.

— Sentido cromático: Prueba destinada a destacar posibles discromatopsias, pudiéndose utilizar diferentes láminas y aparatos.

— A los mayores de 40 años, sería conveniente remitirlos al oftalmólogo, a fin de realizar una Tonometría y vigilancia de la presbicia.

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VIGILANCIA DE LA SALUD: PROTOCOLOS MÉDICOS 14CONTENIDO PROTOCOLO MEDICO

 

PROTOCOLOS DE VIGILANCIA SANITARIA ESPECÍFICA : PVD

 3. EXAMEN OSTEOMUSCULAR

Lo primero que se debe determinar es la existencia o no de desviaciones del eje de la columna vertebral.

Para estudiar al personal trabajador, se le coloca en bipedestación y, por inspección, se puede tener una idea de las posibles desviaciones de columna.

Midiendo:

— La simetría o asimetría de hombros

— La simetría o asimetría de crestas ilíacas

— Trazando una línea de continuidad de las apófisis espinosas.

Al realizar esta operación solamente por inspección, nunca se puede hablar ni de escoliosis ni de cifosis, sino únicamente de desviaciones del eje aumentadas o disminuidas, ya que el diagnóstico de escoliosis o cifosis tendrá que venir dado por un estudio radiológico, con el que se puedan medir con exactitud los grados de desviación que se presentan.

Visto así, podría resultar insuficiente esta exploración; pero, teniendo en cuenta que lo que se pretende es que el médico del trabajo pueda llegar al despistaje de posibles problemas de columna, se considera suficiente dicha exploración.

Se buscarán por palpación, aquellos puntos anatómicos dolorosos.

Los movimientos que se deben explorar son:

— Abducción — Flexión — Rotación externa

— Addución — Extensión — Rotación interna

La existencia de sintomatología se investiga además con el ANEXO IV:

Cuestionario de síntomas osteomusculares en trabajos con PVD, dirigido o bien autoadministrado; nos permitirá valorar la frecuencia de quejas a diferentes niveles.

Cintura escapular, cervical, dorsal, lumbar y extremidades.

Agrupamos los signos y síntomas que podemos encontrar, en grados que siguen una progresión ascendente desde la normalidad hasta la limitación funcional.

 4. PRUEBAS COMPLEMENTARIAS

Realizaremos dichas exploraciones de forma más detallada, junto con las pruebas complementarias que realizaremos de forma habitual.

 5. PERIODICIDAD

Según nuestro criterio médico se realizará un reconocimiento inicial y, posteriormente, anual, siempre con el consentimiento informado del trabajador.

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VIGILANCIA DE LA SALUD: PROTOCOLOS MÉDICOS 14CONTENIDO PROTOCOLO MEDICO

 

PROTOCOLOS DE VIGILANCIA SANITARIA ESPECÍFICA : RADIACIONES IONIZANTES

 1. CRITERIOS DE APLICACIÓN

El objeto de este protocolo es prevenir y limitar la posible patología producida por las radiaciones ionizantes.

La detección precoz de determinados síntomas y signos, la identificación de factores de riesgo concomitantes y el despistaje y diagnóstico precoz de determinadas alteraciones, facilita una adecuada y temprana intervención de forma que se prevenga la aparición deciertas patologías. También evita que se pueda agravar patología previamente existente.

Sin excluir alguna otra ocupación o tarea laboral con exposición a radiaciones ionizantes, este protocolo se aplicará a todas las prácticas que impliquen un riesgo derivado de las radiaciones ionizantes, que procedan de una fuente artificial, o bien, de una fuente natural de radiación cuando los radionucléidos naturales son o han sido procesados por sus propiedades radiactivas, fisionables o fértiles:

• La explotación de minerales radiactivos, la producción, tratamiento, manipulación, utilización, posesión, almacenamiento, transporte, importación, exportación, movimiento intracomunitario y eliminación de sustancias radiactivas.

• La operación de todo equipo eléctrico que emita radiaciones ionizantes y que contenga componentes que funcionen a una diferencia de potencial superior a 5 kV.

• La comercialización de fuentes radiactivas y la asistencia técnica de equipos queincorporen fuentes radiactivas o sean productores de radiaciones ionizantes.

Cualquier otra práctica que la Autoridad competente, por razón de la materia, previo informe del Consejo de Seguridad Nuclear, considere oportuno definir.

También se aplicará a los trabajadores de empresas externas a las que se refiere el R.D. 413/1997.

Entre las actividades que deben ser sometidas adicha revisión se incluyen las siguientes:

a) Actividades laborales en que los trabajadores estén expuestos a la inhalación de descendientes de torón o de radón o a la radiación gamma o a cualquier otra exposición en lugares de trabajo tales como establecimientos termales, cuevas, minas, lugares de trabajo subterráneos o no subterráneos en áreas identificadas.

b) Actividades laborales que impliquen el almacenamiento o la manipulación de materiales que habitualmente no se consideran radiactivos pero que contengan radionucleidos naturales que provoquen un incremento significativo de la exposición de los trabajadores.

c) Actividades laborales que generen residuos que habitualmente no se consideranradiactivos pero que contengan radionucleidos naturales que provoquen unincremento significativo en la exposición de los trabajadores.

d) Actividades laborales que impliquen exposición a la radiación cósmica durante la operación de aeronaves.

 

 2. PROTOCOLO MÉDICO ESPECÍFICO

La vigilancia médica consiste en un examen clínico convencional, que incluirá exploraciones especiales en función de la naturaleza del riesgo asociado al trabajo a realizar con radiaciones ionizantes.

La vigilancia médica a realizar quedará, en modo fundamental, enmarcado en la competencia y criterio del médico correspondiente. Atendiendo a las características de cada trabajador y a las especiales circunstancias que puedan concurrir, se podrán introducir aquellas variaciones que médicamente se justifiquen, sin perjuicio de los principios fundamentales que este protocolo desarrolla.

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VIGILANCIA DE LA SALUD: PROTOCOLOS MÉDICOS 14CONTENIDO PROTOCOLO MEDICO

 

PROTOCOLOS DE VIGILANCIA SANITARIA ESPECÍFICA : RADIACIONES IONIZANTES

 

El contenido de la vigilancia sanitaria constará de la siguiente información:

2.1. Historia Laboral

2.1.1. Exposiciones anteriores, (anamnesis laboral).

En este apartado se incluirán los puestos de trabajo desempeñados en el pasado (especificando el periodo de tiempo en el que ocupó cada uno de ellos), indicando los principales riesgos existentes en los mismos y la actividad de la empresa.

2.1.2. Exposición actual al riesgo

a) Denominación de la Empresa y dirección.

b) Descripción detallada del puesto de trabajo actual y riesgo asociado, (Irradiación y/o contaminación). Tiempo de permanencia en el puesto de trabajo con exposición al riesgo. Medidas de protección utilizadas. Otros riesgos presentes en el puesto de trabajo como pueden ser los productos químicos de revelado.

c) Información dosimétrica: Dicha información incluirá:

Trabajador categoría A

• Dosis mensuales (Art.35 RD 783)

• Dosis acumulada (12 meses) a fecha de la revisión anual.

• Dosis acumulada durante un período de 5 años

• Dosis vida laboral.

• Sobre exposición.

Antecedentes de estudios diagnósticos o tratamientos con radiaciones ionizantes (consígnese la dosis si se conoce).

Trabajador categoría B

En caso de tratarse de un examen de salud periódica, se recogerá la información desde el último examen que se hubiera efectuado.

• Dosis anuales determinadas o estimadas

2.2. Historia Clínica.

2.2.1. Anamnesis.

a) Antecedentes personales: Se recogerán los hábitos y antecedentes26, del trabajador especificando los antecedentes médicos y quirúrgicos. No conviene olvidar los antecedentes de estudios diagnósticos y/o tratamientos con radiaciones ionizantes:

Tipo de prueba y nº de pruebas (consígnese la dosis si se conoce).

b) Antecedentes familiares.

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VIGILANCIA DE LA SALUD: PROTOCOLOS MÉDICOS 14CONTENIDO PROTOCOLO MEDICO

 

PROTOCOLOS DE VIGILANCIA SANITARIA ESPECÍFICA : RADIACIONES IONIZANTES

 

c) Interrogatorio general por órganos y sistemas:

1. Síntomas generales:

2. O.R.L.

3. Oftalmología.

4. Cardiorrespiratorio.

5. Gastrointestinales.

6. Genitourinario.

7. Ginecológico y Obstétrico

8. Locomotor.

9. Piel y mucosas.

10. Neurológico.

 

2.2.2. Exploración clínica.

Inspección física.

Actitud, (ansiedad y datos de observación globales).

Raza, talla y peso.

Exploración.

1. Piel, pelo, uñas, mucosas.

2. Ojos: fondo de ojo, agudeza visual, visión estereoscópica, discromatopsias, tensión ocular

3. Oídos, boca, faringe.

4. Cuello: tiroides.

5. Adenopatías

6. Tórax: morfología, simetría.

7. Exploración cardiorrespiratoria:

a) Cardiovascular:

Tensión arterial.

Auscultación: Soplos, roces, otros.

Arterial: Pulsos periféricos, pulsos carotídeos.

Venoso: Varices.

b) Respiratorio:

Auscultación.

Roncus.

Sibilancias.

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PROTOCOLOS DE VIGILANCIA SANITARIA ESPECÍFICA : RADIACIONES IONIZANTES

 

8. Exploración abdominal.

a) Auscultación ruidos.

b) Palpación:

Visceromegalias.

Detección de regiones hipersensibles.

Otras masas.

c) Percusión.

9. Exploración genital.

10. Exploración del aparato locomotor:

a) Columna vertebral:

Sensibilidad a percusión.

Anomalías morfológicas: cifosis, escoliosis, otras.

b) Extremidades:

Deformidades/atrofias.

Asimetría.

Amputaciones.

d) Articulaciones:

Limitación en movimientos.

Deformidad.

11. Exploración neurológica:

a) Exploración de pares craneales.

b) Exploración motora.

c) Coordinación.

d) Exploración sensitiva.

e) Reflejos tendinosos profundos.

12. Para la evaluación médico-psicológica, podrán realizarse las exploraciones específicas

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VIGILANCIA DE LA SALUD: PROTOCOLOS MÉDICOS 14CONTENIDO PROTOCOLO MEDICO

 

PROTOCOLOS DE VIGILANCIA SANITARIA ESPECÍFICA : RADIACIONES IONIZANTES

 3. CONTROL BIOLÓGICO Y ESTUDIOS COMPLEMENTARIOS ESPECÍFICOS

Las exploraciones complementarias no deben ser, en sí mismas, los elementos únicos o principales del juicio clínico. El resultado del mismo será función del conjunto de factores que influyen en la calificación respecto a la aptitud del trabajador.

3.1. Análisis de sangre.

La analítica de sangre incluye parámetros hematológicos y bioquímicos.

3.1.a. - Parámetros hematológicos:

Hematíes.

Hematocrito.

Hemoglobina.

Volumen corpuscular medio.

Hemoglobina corpuscular media.

Concentración de hemoglobina corpuscular media.

Plaquetas.

Volumen plaquetar medio.

Leucocitos.

Fórmula y recuento leucocitarios.

Velocidad de sedimentación (1ª hora).

Según criterio médico, y para valorar con más parámetros la exposición a la radiación ionizante, se determinarán los parámetros adicionales que se estimen oportunos en cada caso (Ej.: Reticulocitos, Fosfatasa Alcalina Granulocítica etc…).

.3.1.b. - Parámetros bioquímicos.

Glucosa.

Proteínas totales.

Albúmina.

Proteinograma.

Coeficiente Albúmina/Globulinas.

Fosfatasa alcalina.

Transaminasa glutámico oxalacética.

Transaminasa glutámico pirúvica.

Gammaglutamiltransferasa.

Bilirrubina total.

Bilirrubina directa.

Colesterol.

Colesterol-HDL.

Triglicéridos.

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PROTOCOLOS DE VIGILANCIA SANITARIA ESPECÍFICA : RADIACIONES IONIZANTES

 

Urea.

Creatinina.

Inmunoglobulinas.

Según criterio médico, se determinarán los parámetros adicionales que se estimen oportunos en cada caso.

3.2. Análisis de orina.

Según criterio médico, se determinarán los parámetros adicionales que se estimen oportunos en cada caso.

3.3. Otras exploraciones.

En el examen de ingreso del trabajador se realizará un electrocardiograma, una espirometría, una audiometría y una exploración oftalmológica. En el examen médico periódico estas pruebas se realizarán como mínimo cada cinco años, o según criterio médico, y en función del puesto de trabajo, excepto la exploración oftalmológica (examen del cristalino) que deberá realizarse anualmente.

En aquellos trabajos con riesgo de incorporación de isótopos del uranio, debe incluirse la determinación de dichos isótopos en orina, en el caso de que no exista un protocolo normal y de accidente.

Dentro del contexto de lo que se entiende por exámenes de salud específicos, hay que puntualizar, siempre según el criterio médico, que hay determinaciones bioquímicas descritas que no hace falta que se repitan anualmente, tales como glucosa, colesterol, y triglicéridos.

A criterio médico, valorar siempre el riesgo de contaminación interna a la hora de solicitar parámetros analíticos.

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VIGILANCIA DE LA SALUD: PROTOCOLOS MÉDICOS 14CONTENIDO PROTOCOLO MEDICO

 

PROTOCOLOS DE VIGILANCIA SANITARIA ESPECÍFICA : RUIDO

 1. PROTOCOLO DE VIGILANCIA SANITARIA ESPECÍFICA

El protocolo médico constará de varios apartados que serán aplicados directamente por el médico al personal trabajador.

Filiación:

Incluyendo la fecha de realización del reconocimiento junto con los datos personales del trabajador, nombre de la empresa y puesto de trabajo actual.

Se señalará el tipo de evaluación de salud de que se trata: inicial, periódica, tras incorporación al trabajo y/o adicional.

 

1.1. HISTORIA LABORAL

Se señalará la exposición actual y previa al ruido, centrada en el ámbito laboral, pero sin olvidar la de tipo extralaboral.

 

1.2. HISTORIA CLÍNICA

Se señalarán los antecedentes personales de exposición a ototóxicos, hábitos como tabaquismo, consumo de alcohol, enfermedades padecidas con posibles secuelas de afección ótica (traumatismos craneales, meningitis, rubéola, etc.).

Asimismo, es importante conocer la presencia de enfermedades generales padecidas o que padece en la actualidad, para posteriormente centrarse en la presencia de antecedentes de tipo otológico como son acúfenos, otalgias, vértigos, otorrea. Se preguntará al trabajador sobre cómo es su percepción sobre su estado de audición. Una vez conocido todo lo anterior pasaremos a la exploración clínica específica.

 

1.3. EXPLORACIÓN CLÍNICA ESPECÍFICA

Constará fundamentalmente de tres apartados:

1.3.1. Otoscopia

Realización de una otoscopia para ver el estado de los conductos auditivos externos y de las membranas timpánicas.

1.3.2. Audiometría

La audiometría de tonos puros es la prueba que permite conocer con exactitud el estado auditivo del individuo. Las alteraciones del umbral auditivo detectadas en la misma orientarán hacia una patología producida por el ruido, y deberán servir para tomar las medidas oportunas.

1.3.3. Acumetría

Si la audiometría no explora la vía ósea, pueden usarse las pruebas de Rinne y Weber, realizadas con diapasón, que orientan a la detección de alteraciones de transmisión, o bien neurosensoriales.

 

* Tipos de audiometría

Audiometría previa (de ingreso)

• Tiene como fin establecer unos valores de base con los cuales comparar las sucesivas audiometrías.

• Se debe realizar antes de la primera exposición a ambiente ruidoso, o cuando los trabajadores pasen a un nivel de exposición sensiblemente mayor. Si esto no fuera posible, se debe hacer cuanto antes debido a la importancia de los períodos de exposición iniciales en la lesión auditiva por ruido.

 

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VIGILANCIA DE LA SALUD: PROTOCOLOS MÉDICOS 14CONTENIDO PROTOCOLO MEDICO

 

PROTOCOLOS DE VIGILANCIA SANITARIA ESPECÍFICA : RUIDO

 

• Para la realización de la audiometría previa se respetará inexcusablemente un plazo previo de 14 horas libres de ruido en el trabajo.

Se pedirá también a la persona evite exponerse a ruidos de otra índole.

• Las audiometrías previas se deberán realizar en cabina insonorizada.

• Hay, además, unas patologías que están contraindicadas para el trabajo en presencia de niveles nocivos de ruido; son las siguientes:

— Antecedentes de cirugía de la otoesclerosis por estapedectomía.

— Patología neurosensorial (producida por tóxicos, agentes virales, traumática, presbiacusia precoz o de origen desconocido) con al menos un 20% de pérdida auditiva binaural (tablas DSHL AA.OO. en el Anexo V).

 

Audiometría periódica

La periodicidad mínima viene referida en el Real Decreto 286/2006 (ver Anexo VI, donde aparece esquematizada). Así, si la persona está expuesta:

a) a un nivel diario equivalente (LAeq.d o NDE) mayor de 80 y menor de 85 dBA y el nivel de pico (LMAX) no supere los 135 dB, se le practicará el control médico como mínimo quinquenalmente;

b) a un nivel diario equivalente (LAeq.d o NDE) mayor de 85 y menor de 87 dBA y el nivel de pico (LMAX) no supere los 137 dB, se le practicará el control médico como mínimo cada tres años;

c) a un nivel diario equivalente (LAeq.d o NDE) mayor de 87 dBA o el nivel de pico (LMAX) supere los 140 dB, se le practicará el control médico como mínimo anualmente.

Aquellas personas que hayan presentado alguna vez una caída significativa del umbral (CSU) se les considerará como expuestas a una franja de exposición inmediatamente superior, con lo que el control médico a realizar será más exhaustivo.

Hay que tener en cuenta que a los dos meses de desarrollar la labor en un ambiente ruidoso se debe realizar un reconocimiento de adaptación al puesto en el que es preceptivo también el control audiométrico.

 

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