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CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4 Fecha de Autorización: 2010-12-03 RESULTADOS DEL PROCESO DE AUDITORÍA A: VILLA GONZÁLEZ ORTEGA, ZAC. 2009

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RESULTADOS DEL PROCESO DE AUDITORÍA A:

VILLA GONZÁLEZ ORTEGA, ZAC.

2009

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ÍNDICE

1. RESUMEN DE ACCIONES A PROMOVER.............................................................................................. 2

2. CUMPLIMIENTO DE LOS POSTULADOS BÁSICOS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL .. 3

3. RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA ....................................................................................... 4

INGRESOS .............................................................................................................................................................. 4

EGRESOS ............................................................................................................................................................... 7

RESULTADO DEL EJERCICIO ............................................................................................................................... 11

BANCOS ............................................................................................................................................................... 13

DEUDORES DIVERSOS ......................................................................................................................................... 14

ACTIVO FIJO ........................................................................................................................................................ 16

DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS) ............................................................................................................ 20

ACREDORES DIVERSOS ...................................................................................................................................... 22

IMPUESTOS Y RETENCIONES POR PAGAR ......................................................................................................... 23

APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE ........................................................................................................... 24

4. PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL................................................................... 26

FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal) ........................................................ 26

FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal) ................................................................. 29

PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES .................................................................................................................... 33

PROGRAMA FIDEICOMISO PARA COADYUVAR AL DESARROLLO DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS (FIDEM) ............................................................................................................................................ 34

5. OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA ................................................................................................................ 35

PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRAS .................................................................................................................... 35

FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal) ........................................................ 36

FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal) ................................................................. 38

REVISION FISICA A LA OBRA PUBLICA ............................................................................................................... 39

FIDEICOMISO PARA COADYUVAR AL DESARROLLO DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS (FIDEM) ............................................................................................................................................................................. 40

RELLENO SANITARIO .......................................................................................................................................... 42

RASTRO MUNICIPAL ............................................................................................................................................ 43

6. RESUMEN DE LAS ACCIONES PROMOVIDAS ................................................................................... 44

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RESUMEN DE ACCIONES A PROMOVER

1 Todas las solicitudes de intervención del Órgano Interno de Control se realizarán a la Administración Municipal actual 2 Todas las Recomendaciones se realizarán a la Administración Municipal actual

TIPO DE ACCIÓN Administración

2007-2010

Acciones Correctivas

Denuncia de Hechos -

Pliego de observaciones 8

Promoción del Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

3

Informe a la Auditoría Superior de la Federación

Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

1

16

Señalamientos -

Promoción para el Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal -

Solicitud de Aclaración 10

Subtotal 37

Acciones Preventivas

Recomendación2 29

Recomendación al Desempeño -

Subtotal 29

TOTAL 66

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INFORME DETALLADO: CUMPLIMIENTO DE LOS POSTULADOS BÁSICOS DE CONTABILIDAD

GUBERNAMENTAL

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental son los fundamentos esenciales para sustentar el registro correcto de las operaciones, la elaboración y presentación oportuna de los Informes Financieros, basados en su razonamiento, eficiencia demostrada, respaldo de legislaciones especializadas y aplicación general de la contaduría gubernamental.

De lo anterior se infiere que la contabilidad proporciona información útil, confiable, veraz y oportuna para la toma correcta de decisiones, por lo que, con base en la revisión practicada por esta entidad de fiscalización, se concluye que en los Informes Financieros del municipio de Villa González Ortega, Zacatecas, se respetaron y cumplieron los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental, con excepción del siguiente:

Revelación Suficiente: En virtud de que la cuenta contable de Caja presenta un saldo negativo de $76,778.98, según el Estado de Posición Financiera presentado por el Ente auditado, por lo que no se refleja la situación financiera real de dicho rubro.

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El municipio de Villa González Ortega, Zacatecas, obtuvo ingresos en el ejercicio 2009 por un monto total de $39,342,583.64 los cuales se encuentran conformados por $19,559,395.52 de Ingresos Propios y Participaciones con un alcance de revisión de 97.27%. Además de $10,488,203.00 de Aportaciones Federales del Ramo 33 y $9,294,985.12 de Otros Programas, cuyos resultados se tratarán en el apartado V. Programas Federales- Revisión Documental y VI. Obra Pública- Revisión Física. Los resultados obtenidos de la revisión a Ingresos son los siguientes:

Resultado AF-01, Observación AF-01 Del análisis realizado al rubro de Ingresos, se observó que el ente auditado no deposita oportunamente la recaudación diaria en sus cuentas bancarias, ya que de la muestra seleccionada correspondiente al mes enero de 2009, se detectaron desfases hasta por 18 días. Cabe señalar que en la Cabecera Municipal de Villa González Ortega, Zac., no existen instituciones bancarias y la más cercana se encuentra en el municipio de Loreto, Zac., aproximadamente a 30 minutos. El C. Profr. Román Vázquez Gallegos Tesorero Municipal, manifestó mediante escrito de aclaraciones que: “…nuestro compromiso es realizar los depósitos cada viernes de la semana y se ha dispuesto de los ingresos, debido a la crisis y a nuestra falta de solvencia económica…”.

AF-09/55-001 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, que a través de la Tesorería Municipal, se establezcan medidas de control interno para el depósito oportuno de los ingresos recaudados a las cuentas bancarias del municipio, basados en la distancia existente entre el municipio y dichas instituciones, asimismo evite disponer de la recaudación diaria, ya que ésta situación conlleva inadecuado control interno de los recursos. Lo anterior con apego a lo establecido en los artículos 93 fracción IV y 96 fracciones I y III de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-09/55-002 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-02, Observación AF-02 De la revisión al rubro de Ingresos y en específico por concepto del Impuesto Predial correspondiente al período del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009, se realizó la comparación de lo informado por el Departamento de Catastro Municipal que ascendió a $315,035.75 y los registros contables, realizados por la Tesorería Municipal, que informan un importe de $329,822.74, determinándose una diferencia informada de más por $14,786.99 en la Cuenta Pública Municipal, que representa un 4.48% del total recaudado, cabe señalar que dicha diferencia no constituye un daño a la Hacienda Pública Municipal, sin embargo denota un inadecuado control entre las áreas responsables del

AF-09/55-003 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal que en lo sucesivo realice la conciliación correspondiente entre la Tesorería Municipal y el Departamento de Catastro Municipal, con el fin de prevenir errores en la información que generan las áreas responsables y en caso de existir, integrar la justificación de las mismas en la documentación soporte de los registros contables emitidos. Lo anterior con fundamento en los artículos 96 fracciones I y VI, 151, 191 y 193 de la Ley Orgánica del Municipio.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

AF-09/55-004 Solicitud de Intervención Subsiste y por lo

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

manejo de la información por este concepto.

del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-03, Observación AF-03 De la revisión del Ingreso relativo al cobro del Derecho sobre Almacenamiento, Distribución, Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas correspondiente al periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009, se determinaron las siguientes observaciones: a) Se llevó a cabo la comparación de los ingresos informados por el Departamento de Alcoholes que ascendieron a $351,728.73 y los registros contables que reportaron un importe de $367,122.77, determinándose una diferencia informada de más por la Tesorería Municipal de $15,394.04, cabe señalar que dicha diferencia no constituye un daño a la Hacienda Pública Municipal, sin embargo denota un inadecuado control entre las áreas responsables del manejo de la información por este concepto. b) El municipio no aplicó las sanciones por concepto de renovación de la licencia cuyo pago se realizó durante los meses de enero y febrero de 2009, dejando de percibir un importe de $9,936.00, no acatando lo establecido en el artículo 61 de la Ley Sobre Bebidas Alcohólicas para el Estado de Zacatecas, el cual señala que: "La licencia de funcionamiento tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre del año de su expedición, los interesados que deseen seguir contando con la misma, deberán solicitar su renovación ante la tesorería municipal correspondiente, dentro del mismo mes". Cabe señalar que con la finalidad de solventar las observaciones notificadas en confronta, el ente fiscalizado presentó oficio de aclaraciones número 43 de fecha 09 de abril de 2010, suscrito por el C. Juventino Martínez Martínez, Director del

AF-09/55-005 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal realizar conciliaciones mensuales entre el departamento de Alcoholes y la información que registra contablemente la Tesorería Municipal, con la finalidad de que detecte posibles diferencias y realice en su momento las acciones pertinentes, de igual manera se recomienda aplicar las disposiciones legales contenidas en la Ley Sobre Bebidas Alcohólicas para el Estado de Zacatecas, entre las cuales se incluye la de aplicar sanciones por concepto de presentación extemporánea de la solicitud de la renovación de las licencias en esta materia y, en su caso, instruir el procedimiento de clausura temporal o definitiva, según corresponda. Lo anterior con fundamento en los artículos 12, 13, 15 y 24 del Código Fiscal Municipal del Estado de Zacatecas y 74 fracción VII, 93 fracciones II y IV, 96 fracciones I, II y III de la Ley Orgánica del Municipio, así como 61, 95, 106, 107 y 108 de la Ley Sobre Bebidas Alcohólicas del Estado de Zacatecas.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

AF-09/55-006 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Departamento de Alcoholes en el que manifestó: "… Sobre la observación de las sanciones no aplicadas por concepto de renovación de la licencia que se pagó durante los meses de enero y febrero del 2009 le informo que los interesados si se presentaron a realizar la renovación en tiempo y forma, pero debido a que en el mes de diciembre no teníamos en conocimiento la cuota de salario mínimo para el año 2009 no se pudo hacer el cobro por lo que la solicitudes de renovación para anuencias de vinos y licores se recibieron hasta el mes de enero y algunas en febrero..

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El presupuesto ejercido por el municipio de Villa González Ortega, Zacatecas, fue por $42,327,108.40 el cual se encuentra conformado por: $23,249,018.96 de Gasto Corriente y Deuda Pública con un alcance de revisión de 25.91%, además de $611,931.59 de Obra Pública, $9,643,338.46 de Aportaciones Federales del Ramo 33 y $8,822,819.39 de Otros Programas. Los resultados de estos tres últimos rubros se tratarán en el apartado V. Programas Federales-Revisión Documental y VI. Obra Pública-Revisión Física. Se verificó que los egresos contabilizados en los estados financieros del municipio reflejan operaciones efectivamente realizadas, así mismo se constató que las erogaciones efectuadas cuentan con su respectivo soporte documental y se encuentran registradas contable y presupuestalmente, también se comprobó que las erogaciones corresponden a las actividades propias del municipio, con excepción de las observaciones que se mencionan enseguida:

Resultado AF-04, Observación AF-04 De la revisión efectuada a la cuenta de Servicios Personales, en específico al pago de prima vacacional otorgada en el mes de diciembre de 2009, se realizó el cálculo aplicando la tasa establecida en la Ley de Servicio Civil del Estado de Zacatecas, observándose una diferencia pagada de más por el municipio, que varía entre el 27.73% y el 51.85%, esto corresponde a que el ente fiscalizado erogó de más un importe total de $69,743.57. Con la finalidad de solventar las observaciones notificadas en Acta de Confronta, el municipio presentó oficio de aclaraciones sin número, de fecha 7 de abril de 2010 suscrito por el Profr. Román Vázquez Gallegos, Tesorero Municipal, manifestando: "…en la Observación… relacionada al pago de prima vacacional, es porque se toma en cuenta un pliego y/o convenio con el sindicato de esta presidencia municipal para el pago de la misma, lo cual lo tomamos en cuenta para todos los trabajadores”. Es conveniente señalar que no se exhibió el convenio de referencia.

AF-09/55-007 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, en lo sucesivo para el cálculo y pago de la prima vacacional, se apegue a lo establecido en la normatividad aplicable y en los convenios celebrados que estén jurídicamente sustentados. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracciones IV, 96 fracciones I, 179 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, así como 51 y 52 de la Ley del Servicio Civil del Estado y Municipios de Zacatecas.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

AF-09/55-008 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-05, Observación AF-05 Al realizar el análisis y revisión de las erogaciones realizadas por concepto de Maestros Comisionados, se observó que durante el periodo sujeto a revisión, el ente fiscalizado contaba con siete Maestros Comisionados, respecto de los cuales se erogó la cantidad de $2,340,031.62, tanto Vía

AF-09/55-009 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado, formulará Pliego de Observaciones a la Administración Municipal por la

Se solventa.

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EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Participaciones descontada por parte de la Secretaría de Finanzas y de manera directa de los recursos del municipio. Dicha cantidad al ser cotejada con lo que se debió de ejercer con base en la plantilla de personal autorizada y que corresponde a $1,495,566.62, arrojó pagos en exceso no contemplados en la plantilla citada anteriormente por $844,465.00. Es conveniente señalar que la cantidad mencionada se determinó analizando las nóminas y las deducciones vía Participaciones de cada maestro, respetando siempre el importe mayor y su percepción como docente. Lo que se cita se describe a continuación:

Maestro Comisionado

Percepción vía nómina

Percepción de Maestro (Según Deducción de Part.)

Total Percibido

Percepción procedente

Importe Observado

Hernández Delgado Martín

80,066.00 269,868.93 349,934.93 296,868.93 80,066.00

Hernández Correa Roberto

59,066.00 152,885.31 211,951.31 152,885.31 59,066.00

Ponce Esparza Mario Alberto

428,400.00 316,223.82 744,623.82 316,223.82 428,400.00

Vázquez Coronel Juan Francisco

40,840.00 263,758.72 304,598.72 263,758.72 40,840.00

Vázquez Gallegos Román

99,960.00 198,956.35 298,916.35 198,956.35 99,960.00

Vázquez Martínez Antonio

40,840.00 137,252.97 178,092.97 137,252.97 40,840.00

Sánchez Martínez J. Refugio

95,293.00 156,620.52 251,913.52 156,620.52 95,293.00

Total 844,465.00 1,495,566.62 2,340,031.62 1,495,566.62 844,465.00

Con el fin de solventar las observaciones notificadas en Confronta el ente fiscalizado presentó oficio de aclaraciones sin número de fecha 7 de abril de 2010 suscrito por el Profr. Román Vázquez Gallegos, Tesorero Municipal, en el que señala: "…se aclara que en la plantilla de personal no se contempla las percepciones de cada maestro por parte de la Secretaría de Educación y Cultura la cual marca la diferencia y en lo posterior se realizará dicha modificación si así se solicita aprobada previamente por el cabildo" (sic). Sin embargo el municipio no presentó acta de Cabildo donde se autorizan las percepciones totales de cada uno de los funcionarios con carácter de Maestro Comisionado con cargo al Presupuesto de Egresos del Municipio. Es conveniente mencionar que se observó en la visita de campo realizada al ente auditado en el mes de marzo de 2010, que la Administración Municipal implementó la medida de que los Maestros Comisionados se reintegraran a sus escuelas como docentes y por las tardes llevar a cabo sus

cantidad de $844,465.00, relativa al pago de percepciones otorgadas en exceso a siete maestros comisionados. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I y 179 de la Ley Orgánica del Municipio, y 17 fracción II de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

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EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

funciones como Servidores Públicos, sin embargo no se tienen implementadas medidas de control de asistencia de los mismos, también se corroboró que se disminuyeron sus compensaciones en algunos casos hasta en un 65.30% con respecto al ejercicio 2009, por lo que se dará seguimiento en revisiones posteriores.

Resultado AF-06, Observación AF-06 Al realizar el estudio y análisis al rubro de Servicios Personales, se observa que el municipio de Villa González Ortega, Zac., informa que se encuentran laborando dos personas con el puesto de asesores jurídicos de Sindicatura, siendo estos los CC. Lic. Juan Contreras Márquez y Lic. Héctor Daniel Eguren Martínez, percibiendo un sueldo durante el ejercicio fiscal 2009 por $149,746.00 y $81,680.00 respectivamente, incluye sueldo, aguinaldo y prima vacacional, sumando en conjunto un importe de $231,426.00, sin embargo al realizar la visita de campo al municipio y durante los trabajos realizados, dichas personas no fueron localizadas. Es conveniente mencionar que el personal actuante de esta Auditoría Superior del Estado acudió al Departamento de Oficialía Mayor constatando que el libro de registro de entradas y salidas del personal no se encuentra firmado por las personas en cita, a lo cual la secretaria de dicho Departamento, la C. Evangelina Ornelas Alonso, confirmó que éstas personas no checan su entrada, solo personal sindicalizado. Por su parte el ente auditado a través del Tesorero Municipal, Profr. Román Vázquez Gallegos declara lo siguiente: "los antes mencionados son personal de confianza del Presidente Municipal y no se obligan a registrar su entrada y salida del centro de trabajo, pero que sin embargo deberían estar laborando un horario normal", así mismo señala que: "el Lic. Héctor Daniel Eguren se encuentra la mayor parte del tiempo comisionado y él se encuentra llevando los asuntos que tienen que ver con los Deudores Diversos, él normalmente lleva los asuntos jurídicos en su casa, cuando se necesita su presencia para algún asunto se le manda llamar". Asimismo con la finalidad de solventar las observaciones notificadas en Confronta el municipio presentó escrito de aclaraciones suscrito por el Profr. Mario Alberto Ponce Esparza, C. Edgar Delgado Martínez y Profr. José Refugio Sánchez Martínez, Presidente, Síndico y Contralor Municipales, respectivamente, en el que se manifiesta lo siguiente: "...El Lic. Hector Daniel Eguren Martínez se

AF-09/55-010 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal aclare y presente la evidencia documental que justifique las erogaciones con cargo al presupuesto de egresos por el orden de $231,426.00, relativas al pago de sueldo, aguinaldo y prima vacacional de 2 personas que se manifiesta fungen como asesores jurídicos en la Sindicatura, para efectos de aclaración deberán exhibir documentación que muestre que efectivamente llevan los asuntos jurídicos del municipio, así como un informe de los resultados obtenidos.

Se solventa y se le dará seguimiento.

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

encuentra laborando en el área jurídica auxiliando al Síndico Municipal y llevando los asuntos mercantiles de adeudos de particulares que se tienen con el municipio así como auxiliando en el Juzgado al Lic. Juan Contreras Márquez por lo que tiene que estar saliendo de las oficinas constantemente, por lo que no registra ninguna entrada. El Lic. Juan Contreras es el asesor del Síndico Municipal, llevando todos los asuntos que conciernen a la representación legal del H. Ayuntamiento, así como el asesor del Juzgado Comunitario...en éste sentido no se les pide a los abogados que son personal de confianza que pasen a checar su entrada toda vez que el trabajo requiere que estén disponibles a cualquier hora del día o de la noche sin que se les cubra horas extras...como se desprende del informe de actividades de esta administración da a conocer en Septiembre de cada año, todos los juicios y conciliaciones que realiza el área jurídica” (sic). Sin embargo no presenta evidencia que permita corroborar las actividades realizadas y/o pruebas documentales fehacientes que respalde lo manifestado por el ente auditado, más aún cuando el rubro de Deudores Diversos lejos de mostrar un decremento, presentó un incremento del 26.00% respecto al saldo al 31 de diciembre de 2008.

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

RESULTADO DEL EJERCICIO

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El municipio de Villa González Ortega, Zacatecas, obtuvo como resultado del ejercicio 2009 un déficit por el orden de $2,984,524.76, en virtud de que sus egresos fueron superiores a sus ingresos, situación que se explica en función de contratación de pasivos en el mismo.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

CAJA

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Resultado AF-07, Observación AF-07 El saldo en Caja al 31 de diciembre de 2009 presentó un importe negativo por $76,778.98, según Estado de Posición Financiera, lo cual contraviene la naturaleza de la cuenta contable y por consecuencia no refleja la información real del rubro referido. El ente fiscalizado presentó escrito de aclaraciones de fecha 7 de abril de 2010, suscrito por el Profr. Román Vázquez Gallegos, Tesorero Municipal, en el que manifiesta: "…relacionado sobre el saldo negativo por un importe de $76,778.98 al 31 de diciembre de 2009, se debe a que los ingresos propios no son depositados en su momento, debido a que la sucursal bancaria más cercana está en el Municipio de Loreto y contablemente también se está contabilizando mal”, sin embargo no exhibe evidencia documental de su dicho, siendo conveniente señalar que en el mes de enero de 2010 corrigieron la situación observada, habiéndose verificado que la misma derivó de un error en registro contable.

AF-09/55-011 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal que cuando las cuentas contables presenten un saldo contrario a la naturaleza de las mismas, se verifique para realizar lo procedente, a fin de que las cifras presentadas en los estados financieros reflejen la situación real del ente, asimismo que en lo sucesivo efectúe los depósitos oportunos de los ingresos recaudados a las cuentas bancarias del municipio, basados en la distancia existente entre el municipio y dichas instituciones. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I y 186 de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-09/55-012 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

BANCOS

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Resultado AF-08, Sin Observación El municipio de Villa González Ortega, Zacatecas, muestra un saldo en Bancos por $1,188,963.58 al 31 de diciembre de 2009 según su Estado de Posición Financiera, importe integrado por 7 cuentas bancarias a nombre del ente auditado, habiéndose verificado que no existen cheques firmados en blanco. Asimismo se registran correcta y oportunamente los cheques expedidos mediante el uso de firmas mancomunadas, por lo cual se determinó que existe un adecuado control interno en el manejo de este rubro.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE DEUDORES DIVERSOS

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Resultado AF-09, Observación AF-08 El rubro de Deudores Diversos presentó un saldo en el Estado de Posición Financiera al 31 de diciembre de 2009 por de $1,096,930.54, presentando un incremento del 26.00% con relación al cierre del ejercicio anterior. Derivado de la revisión se determinaron las siguientes observaciones: a) Un saldo de $549,185.14 corresponde a las Administraciones 2001-2004 y anteriores, del cual la cantidad de $181,565.23 no se encuentra soportada mediante documento mercantil y $367,619.91 si cuentan con su soporte respectivo.

b) Asimismo la Administración 2004-2007 otorgó préstamos por la cantidad de $82,029.40, de la cual se exhibieron documentos mercantiles que amparan un importe de $81,029.40.

c) Respecto de la Administración 2007-2010 se determinó que se otorgaron préstamos por $465,716.00, integrado de la siguiente manera: saldo al inicio del ejercicio 2009 de $178,141.00 más préstamos otorgados durante el ejercicio 2009, cuenta 1105-03-0003 Gasto corriente por $295,245.00 y 1105-01-0033 Mario Alberto Ponce Esparza por $14,030.00, menos amortizaciones del ejercicio por un importe total de $21,700.00. Con la finalidad de solventar las observaciones notificadas en confronta, el ente fiscalizado presentó escrito de aclaraciones de fecha 7 de abril de 2010, suscrito por el Profr. Román Vázquez Gallegos, Tesorero Municipal, en el que manifiesta: "…debo señalar que en reunión pasada de cabildo se presentó la propuesta de deudores para su depuración, pero como resultado fue que se analizarían los casos de deudores uno por uno para posteriormente dar los resultados y en esta próxima reunión de cabildo se retomará el

AF-09/55-013 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal para efectos de aclaración y con relación al saldo de Deudores Diversos, presentar a esta Auditoría Superior del Estado, la póliza de diario en la que se registró la cancelación de los deudores relacionados en anexo al acta extraordinaria de Cabildo número 48 de fecha 12 de abril de 2010, los cuales corresponden a Administraciones anteriores.

No se solventa, y se deriva en una Recomendación.

AF-08/55-014 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, continuar con las gestiones de cobro correspondientes para la recuperación de los préstamos otorgados por la actual Administración, ya que en caso de no recuperar dichos recursos públicos serán sujetos de una acción resarcitoria por el saldo que se presente al término de la Administración 2007-2010. Así mismo abstenerse de realizar préstamos personales ya que no están contemplados dentro del Presupuesto de Egresos. Todo lo anterior de conformidad con lo establecido en los artículos 93 fracción III, 96 fracción II, 151, 177, 179, 181 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-09/55-015 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE DEUDORES DIVERSOS

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punto para su depuración”. El municipio adjuntó el acta de Cabildo número 48 extraordinaria de fecha 12 de abril de 2010, en la cual se aprueba por unanimidad condonar los cobros porque se ha vencido el pagaré, anexándose la lista correspondiente, constituida por préstamos otorgados sólo por Administraciones anteriores, sin embargo no presentó los registros contables que reflejen la disminución del saldo de Deudores Diversos.

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ACTIVO FIJO

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Resultado AF-10, Sin Observación El saldo del Activo Fijo en el Estado de Posición Financiera al 31 de diciembre de 2009 fue por $6,452,033.26. Las adquisiciones de bienes muebles e inmuebles del ejercicio fueron por la cantidad de $116,163.50 de las cuales $30,000.00 (25.83%) se realizaron con Recursos Propios y $86,163.50 (74.17%) con Recursos Federales.

Resultado PF-01, Observación PF-01 Durante el ejercicio 2009 se realizaron adquisiciones con Recursos Federales por un monto de $86,163.50, el cual deriva de la aplicación de recursos del Fondo III, correspondientes a la adquisición de 2 vehículos seminuevos, una máquina de escribir y una cámara digital, de los cuales no fue incorporada al Activo Fijo la cantidad de $40,000.00 correspondiente a un vehículo seminuevo marca Ford Ranger, modelo 1996 y por lo tanto no se incrementó al Patrimonio del Municipio.

PF-09/55-001 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado realizar la incorporación al Activo Fijo por un importe de $40,000.00 correspondiente a la compra de un vehículo seminuevo marca Ford Ranger, modelo 1996, el cual fue adquirido con recursos del Fondo III, afectando así el Patrimonio del municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

Resultado AF-11, Observación AF-09

Derivado de la revisión documental de los bienes inmuebles propiedad del municipio, se observó que existen cuatro bienes que no están inscritos en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, mismos que se detallan a continuación:

No. UBICACIÓN

UTILIZACIÓN

QUE SE LE

DA AL

INMUEBLE

SUPERFICIE

EN M2

1 Calle Primavera Biblioteca 1,137.00 M2

2 Av. Glez. Ortega Centro Cultural 327.40 M2

3 C. Juárez y Morelos

D.I.F. Municipal

822.50 M2

4 Av. Atlanta, Av. Fuentes

Hospital 9,938.71 M2

AF-09/55-016 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal que a través de la Sindicatura Municipal y de acuerdo con lo establecido en el artículo 152 de la Ley Orgánica de Municipio que señala que el patrimonio inmueble de los municipios deberá inscribirse en la sección correspondiente del Registro Público de la Propiedad y del Comercio, realice los trámites pertinentes para la escrituración e inscripción de los bienes inmuebles antes descritos, acatando lo señalado en el artículo 78 fracción V de la citada Ley, que faculta al Síndico Municipal para tener a su cargo el patrimonio mueble e inmueble del municipio, con relación a la Ley del Patrimonio del Estado y Municipios de Zacatecas en su artículo 60.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-09/55-017 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención

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ACTIVO FIJO

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Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-11, Observación AF-09

Derivado de la revisión documental de los bienes inmuebles propiedad del municipio, se observó que existen cuatro bienes que no están inscritos en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, mismos que se detallan a continuación:

No. UBICACIÓN

UTILIZACIÓN

QUE SE LE DA

AL INMUEBLE

SUPERFICIE

EN M2

1 Calle Primavera Biblioteca 1,137.00 M2

2 Av. Glez. Ortega Centro Cultural 327.40 M2

3 C. Juárez y Morelos

D.I.F. Municipal 822.50 M2

4 Av. Atlanta, Av. Fuentes

Hospital 9,938.71 M2

AF-09/55-016 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal que a través de la Sindicatura Municipal y de acuerdo con lo establecido en el artículo 152 de la Ley Orgánica de Municipio que señala que el patrimonio inmueble de los municipios deberá inscribirse en la sección correspondiente del Registro Público de la Propiedad y del Comercio, realice los trámites pertinentes para la escrituración e inscripción de los bienes inmuebles antes descritos, acatando lo señalado en el artículo 78 fracción V de la citada Ley, que faculta al Síndico Municipal para tener a su cargo el patrimonio mueble e inmueble del municipio, con relación a la Ley del Patrimonio del Estado y Municipios de Zacatecas en su artículo 60.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-09/55-017 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-12, Observación AF-10 Derivado de la revisión y análisis que se realizó a la Cuenta Pública del municipio de Villa González

AF-09/55-018 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado

Solventa.

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ACTIVO FIJO

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Ortega, Zacatecas, se identificó que fue autorizada, según acta de Cabildo número 30 de fecha 26 de febrero de 2009, la subasta de una máquina bulldozer marca Caterpillar, color amarilla D7G con número de serie W7992, el monto de la operación ascendió a $236,000.00, según acta circunstanciada por subasta para venta de dicho bien mueble, el cual fue asignado al C. Antonio Huerta Garza, representante legal de HUGASA Construcciones S.A. de C.V., lo que también se especifica en el convenio de compra venta. Sin embargo, el ente no exhibió copia de solicitud al Ejecutivo del Estado en dónde promoviera ante la Legislatura la autorización de enajenación del bien antes mencionado, así como tampoco el Decreto en donde la Legislatura del Estado hubiese autorizado la venta en cita, además no se detectó la póliza de ingresos y estado de cuenta bancario en el que se refleje el depósito de los recursos recaudados de dicha operación, además la póliza de diario en la que se registre la desincorporación del bien del Patrimonio del Municipio, en caso de procedente. Lo anterior con fundamento en los artículos 49 fracción XXVIII, 50 fracción VII, 78 fracción V y 154 de la Ley Orgánica del Municipio, así como 28 fracción II, 30 y 31 de la Ley del Patrimonio del Estado y Municipios de Zacatecas.

formulará Pliego de Observaciones a la Administración Municipal por un monto de $236,000.00, relativo a la enajenación de la máquina bulldozer cuyas características han sido mencionadas con antelación y de la cual no se detectó póliza contable y estado de cuenta bancario que permita corroborar la recaudación y depósito del ingreso obtenido de dicha operación. Lo anterior con fundamento en los artículos 170 de la Ley Orgánica del Municipio y 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

AF-09/55-019 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal que aún y cuando se cuente con el acuerdo de la mayoría simple del Ayuntamiento respecto de la enajenación de bienes muebles, se solicite la autorización correspondiente a la H. Legislatura, observando así lo establecido en los artículos 49 fracción XXVIII, 50 fracción VIII, 154 y 159 de la Ley Orgánica del Municipio, así como 30 y 31 de la Ley de Patrimonio del Estado y Municipios. Asimismo se recomienda realizar los registros contables relativos a la desincorporación del Activo Fijo y Patrimonio, del municipio.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

Resultado AF-13, Observación AF-11 Derivado de la revisión y análisis que se realizó a la Cuenta Pública del municipio de Villa González Ortega, Zacatecas, se observó que durante el ejercicio 2009 en varias sesiones de Cabildo fueron autorizadas las donaciones de tres bienes inmuebles, sin embargo, el ente no exhibió copia de solicitud al Gobierno Ejecutivo del Estado en donde promoviera ante la Legislatura la autorización de donación de los bienes inmuebles antes citados, así como tampoco el Decreto en donde la Legislatura del Estado hubiese autorizado dichas donaciones, no presentando

AF-09/55-020 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal que cuando se lleven a cabo acciones referentes a donación de bienes inmuebles, primero se tenga la seguridad de la propiedad a nombre del municipio y se solicite la autorización correspondiente a la H. Legislatura, observando así lo establecido en los artículos 154 y 157 fracción II de la Ley Orgánica del Municipio, así

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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ACTIVO FIJO

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además póliza de diario en la que se registre la desincorporación de dichos bienes del Patrimonio del Municipio, así como tampoco los convenios de donación firmados por los beneficiarios.

Con la finalidad de solventar las observaciones notificadas en Confronta el municipio presentó oficio número 53 suscrito por el Profr. Mario Alberto Ponce Esparza, Presidente Municipal en el que manifiesta: "...si se hicieron dichas donaciones en acuerdos de Cabildo en diferentes fechas, fue por desconocer que carecían de validez, desde el momento que no se cuenta con la legalidad jurídica para sustentar dichas donaciones, pero hasta el momento se notifica que no se ha hecho ningún movimiento para iniciar la escrituración de los terrenos mencionados a favor de los interesados. Cabe mencionar que en el archivo de Secretaría General se cuenta con los expedientes correspondientes para iniciar los procedimientos legales que hagan válidas tales donaciones."

Acta de Cabildo

Beneficiario o Descripción.

N° Fecha

30 26 de febrero de 2009 Un terreno para construcción de una capilla.

30 26 de febrero de 2009 Construcción de local del grupo JIMEYAC.

32 21 de abril de 2009 Donado al C. Jesús Hernández Facio.

como 28 fracción II de la Ley de Patrimonio del Estado y Municipios. Asimismo se recomienda realizar los registros contables relativos a la desincorporación del Activo Fijo y Patrimonio, en caso procedente.

AF-09/55-021 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS)

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Resultado AF-15, Observación AF-12 Derivado de la revisión y análisis que se realizó a la Cuenta Pública correspondiente al ejercicio 2009 del municipio de Villa González Ortega, Zacatecas, se observó que en acta de Cabildo número 37 de fecha 27 de agosto de 2009, se menciona que existe un adeudo a cargo del municipio por un importe de $95,000.00 con la Dependencia de Ecología por concepto de una multa, dejándose en garantía la factura de una camioneta modelo Durango. El ente auditado presentó oficio número 56, suscrito por el Profr. Mario Alberto Ponce Esparza Presidente Municipal, en el que manifiesta lo siguiente:"...respecto a una multa a cargo del Municipio por la cantidad de $95,000.00 (noventa y cinco mil pesos 00/100 m.n.) por parte de la Dependencia de Ecología, por la cual se deja en garantía la factura de la camioneta Durango, se menciona que en efecto, con la finalidad de evitar un embargo al Municipio por parte del Instituto de Ecología y Medio Ambiente de Zacatecas, se les entregó un copia de la factura ya que no contamos con la factura original porque aún no se ha terminado de pagar el vehículo en mención. Cabe mencionar que el total de la multa es por un total de $95,200.00 la cual no se ha liquidado por la falta de recursos durante la actual administración" (sic). Cabe mencionar que se exhibió, por parte del municipio, el oficio número 547 de fecha 14 de enero de 2008 suscrito por el Dr. Jesús Patricio Tavizón García, Director General del Instituto de Ecología y Medio Ambiente del Estado de Zacatecas, en el que se impone sanción en materia de ecología al municipio de Villa González Ortega por el monto de $95,200.00. Al realizar el análisis correspondiente se observa incumplimiento en la Ley de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente del Estado de Zacatecas y la Norma Oficial Mexicana NOM-083-SEMARNAT-2003 ESPECIFICACIONES DE PROTECCIÓN AMBIENTAL PARA LA SELECCIÓN DEL SITIO, DISEÑO, CONTRUCCIÓN, OPERACIÓN, MONITOREO, CLAUSURA Y OBRAS COMPLEMENTARIAS DE UN SITIO DE DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS SÓLIDOS.

AF-09/55-023 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal que registre el adeudo que tiene el municipio con el Instituto de Ecología y Medio Ambiente del Estado de Zacatecas, por concepto de sanción en materia de ecología por el importe de $95,200.00, para que sea informado dentro de los pasivos del municipio y así se refleje la situación real de dicho rubro en el Estado de Posición Financiera, lo anterior con base en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I y 191 de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Es importante señalar que esta Auditoría Superior del Estado emitió las recomendaciones OP-07/55-008 y OP-08/55-023, correspondientes a los ejercicios 2007 y 2008, en las cuales se le exhortaba al ente auditado, que tomara las medidas pertinentes, con el objeto de implementar los mecanismos necesarios a fin de preservar la ecología, los recursos naturales y el medio ambiente al momento de almacenar los desechos provenientes del servicio de recolección de basura, para dar cumplimiento a la normatividad aplicable en la materia y así contribuir y evitar un impacto ambiental irreversible, en virtud de no contar con un Relleno Sanitario. Observándose que no fueron atendidas, situación que deriva en que la autoridad competente efectua la infracción correspondiente por incumplimiento al marco normativo vigente.

Resultado AF-16, Observación AF-13 De la revisión efectuada a la partida de Proveedores, se observó que esta cuenta presenta un saldo al 31 de diciembre de 2009 por la cantidad de $3,607,483.62 del cual se desprende el importe de $1,330,573.10 que corresponde a adeudos que no sufrieron afectaciones contables durante el ejercicio en revisión.

AF-09/55-024 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, realizar confirmación de saldos con cada uno de los Proveedores a fin de determinar el saldo real que tiene el municipio con cada uno de ellos y realizar la programación de su pago correspondiente, o en su caso, depurarlos para que su Estado de Posición Financiera presente una situación real, cancelando aquellos que no sean procedentes, previa autorización del H. Ayuntamiento.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-09/55-025 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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INFORME DETALLADO:

CUENTAS BALANCE ACREDORES DIVERSOS

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Resultado AF-17, Observación AF-14 De la revisión efectuada a la partida de Acreedores Diversos, se observó que esta cuenta presenta un saldo al 31 de diciembre de 2009 por la cantidad de $416,380.88 del cual se desprende el importe de $110,495.88 que corresponde a adeudos que no sufrieron afectaciones contables durante el ejercicio en revisión.

AF-08/55-026 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, efectuar la confirmación de saldos correspondiente, con el objeto de confirmar cada uno de los adeudos con Acreedores Diversos a fin de realizar la programación de su pago correspondiente, o en su caso, depurarlos para que su Estado de Posición Financiera presente una situación real, cancelando aquellos que no sean procedentes, previa autorización del H. Ayuntamiento.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-09/55-027 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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INFORME DETALLADO:

CUENTAS BALANCE IMPUESTOS Y RETENCIONES POR PAGAR

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Resultado AF-18, Observación AF-15 De la revisión efectuada al rubro de Impuestos y Retenciones por Pagar, se verificó que al 31 de diciembre de 2009 el saldo de esta cuenta asciende a $91,323.98, el cual corresponde en su totalidad al Impuesto de 5% UAZ, motivo por el cual se concluye que el ente auditado no ha realizado el entero del Impuesto a la Secretaría de Finanzas del Estado.

AF-09/55-028 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, programe y lleve a cabo el pago de los recursos captados por retenciones del Impuesto del 5% para la Universidad Autónoma de Zacatecas a la Secretaría de Finanzas del Estado, esto en virtud de que son recursos que no corresponden al municipio, además de ser una obligación enterarlos. Lo anterior de acuerdo a lo establecido en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I, 191, 192 y 193 de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-09/55-029 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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INFORME DETALLADO:

CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Para verificar el cumplimiento en la aplicación de la Ley de Ingresos del municipio se llevó a cabo análisis, comparando lo cobrado según el tarifario presentado por el municipio con lo establecido en la Ley, asimismo se verificó una muestra de recibos de ingresos, obteniendo como resultado que el municipio cobra de acuerdo a lo previsto en la misma, además de verificar en forma general la normatividad aplicable, sin haber observaciones relevantes que hacer constar al respecto. El Municipio de Villa González Ortega, Zacatecas, no presentó modificación al presupuesto de Ingresos y Egresos del ejercicio 2009. En relación al presupuesto de Ingresos para el ejercicio 2009 el municipio recaudó y recibió 1.58% menos de lo presupuestado, observándose disminuciones en todos los rubros con excepción de Participaciones, Aportaciones Federales y Otros Programas y Ramo 20; asimismo existe un sobreejercicio en el presupuesto de Egresos del 5.73%, registrándose desfases en Servicios Personales, Servicios Generales, Ayudas, Subsidios y Transferencias y Otros Programas y Ramo 20. Con base en lo anterior se concluye que las variaciones no son de orden relevante, situación conveniente para el municipio.

Resultado AF-19, Observación AF-16 De la revisión a la cuenta 1000 Servicios Personales, se llevó a cabo la comparación entre la nómina de personal de la segunda quincena del mes de diciembre de 2009 y la Cédula de Autodeterminación de Cuotas Obrero-Patronales del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) del sexto bimestre, determinándose las siguientes observaciones:

1) 52 trabajadores se encuentran en la nómina, más no inscritos en un régimen de seguridad social.

2) 18 personas se encuentran en la Cédula de Autodeterminación de Cuotas Obrero-Patronales del IMSS y no están en nómina ni en plantilla de personal.

3) Se determinó la existencia de 12 trabajadores que se encuentran en la nómina, más no así en la plantilla de personal.

AF-09/55-030 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal inscribir a la totalidad de sus trabajadores y únicamente a ellos a algún régimen de seguridad social, lo anterior para dar cumplimiento a lo señalado en la Ley Orgánica del Municipio en su artículo 49 fracción XX, así como prevenir posibles créditos fiscales por parte de alguna de las Instituciones de Seguridad Social. Además se recomienda dar de baja a las personas que se encuentran inscritas en el Instituto Mexicano del Seguro Social y que no son trabajadores del municipio. Lo anterior con fundamento en los artículos 12 fracción I y 15 fracción I de la Ley del Seguro Social. Adicionalmente se exhorta al ente auditado actualizar la Plantilla de Personal de conformidad con los trabajadores activos del municipio, con base en lo estipulado en los artículos 170 de la Ley Orgánica del Municipio y 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-09/55-031 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del

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INFORME DETALLADO:

CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Órgano Interno de Control.

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INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El presupuesto total asignado al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal en el ejercicio 2009 fue por el orden de $5,865,968.00, el cual fue distribuido de la siguiente manera: 95.00% para Infraestructura Básica de Obras y Acciones por un importe de $5,572,670.00, 3.00% para Gastos Indirectos por $175,979.00 y $117,319.00 a Desarrollo Institucional equivalente al 2.00%. Al 31 de diciembre del 2009 los recursos fueron ejercidos en un 83.99% y revisados documentalmente en un 100.00%. Además de los recursos ya citados, se recibió un monto de $7,071.00 derivado de Rendimientos Financieros del ejercicio anterior, los cuales no fueron aplicados en el periodo sujeto a revisión. De la revisión documental al ejercicio de los recursos, se determinaron las observaciones que a continuación se indican:

Resultado PF-01, Observación PF-01 Durante el ejercicio 2009 se realizaron adquisiciones con Recursos Federales por un monto de $86,163.50, el cual deriva de la aplicación de recursos del Fondo III, correspondientes a la adquisición de 2 vehículos seminuevos, una máquina de escribir y una cámara digital, de los cuales no fue incorporada al Activo Fijo la cantidad de $40,000.00 correspondiente a un vehículo seminuevo marca Ford Ranger, modelo 1996 y por lo tanto no se incrementó al Patrimonio del Municipio.

PF-09/55-001 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado realizar la incorporación al Activo Fijo por un importe de $40,000.00 correspondiente a la compra de un vehículo seminuevo marca Ford Ranger, modelo 1996, el cual fue adquirido con recursos del Fondo III, afectando así el Patrimonio del municipio.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

Resultado PF-02, Observación PF-02 Con recursos del Fondo III el municipio realizó erogación mediante cheque número 364 de fecha 15 de junio de 2009, presentando como soporte documental 4 vales por un total de $1,840.00, sin exhibir comprobante con requisitos fiscales que ampare el mantenimiento realizado.

PF-09/55-002 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado realizar operaciones con proveedores y/o prestadores de servicios que emitan documentación comprobatoria con requisitos fiscales, lo anterior para transparentar la correcta aplicación de los recursos.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

Resultado PF-03, Observación PF-03 Con recursos del Fondo III el municipio realizó erogación mediante cheque número 433 de fecha 18 de noviembre de 2009 a favor de Office Depot de México, S.A. de C.V., por un importe de $1,500.00, presentando como soporte documental factura número POSA4, 991, 882 de fecha 13 de noviembre de 2009 para la compra de materiales e insumos para los diferentes Departamentos, sin embargo no se presentan requisiciones o vales de dicho material debidamente autorizadas por los

PF-09/55-003 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado que en las erogaciones por concepto de materiales e insumos, se incluya en el expediente unitario de las acciones el requerimiento correspondiente por parte de las áreas que los soliciten, autorizados por los funcionarios responsables y con la finalidad de corroborar la correcta aplicación de los mismos.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

funcionarios municipales responsables que permitan transparentar el destino y aplicación de los mismos.

Resultado PF-04, Observación PF-04 Con recursos del Fondo III el municipio realizó erogación mediante cheque número 466 de fecha 23 de diciembre de 2009 a nombre de Norma Olivia Luévano Espino por un importe de $75,000.00 por concepto de anticipo para inicio de la obra: "Construcción de concreto hidráulico en calle 16 de septiembre primera etapa de la Comunidad del Agua", presentando como soporte documental copia fotostática de factura número 224 de fecha 23 de diciembre de 2009 de Materiales San Diego y/o Norma Olivia Luevano Espino y de pagaré de fecha 23 de diciembre de 2009 por un importe de $75,000.00 por concepto de fianza anticipo a favor de Municipio de Villa González Ortega, sin embargo no presenta documentación comprobatoria en original, así como la documentación técnico social que demuestre la ejecución y término de la obra.

PF-09/55-004 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado que para efectos de aclaración presente la factura original número 224 de fecha 23 de diciembre de 2009 por un importe de $75,000.00, expedida por el proveedor Materiales San Diego y/o Norma Luévano Espino, así como la documentación técnico y social en original que demuestre la ejecución y término de la obra denominada “Construcción de concreto hidráulico en calle 16 de septiembre primera etapa de la Comunidad del Agua”, lo anterior para transparentar la correcta aplicación de los recursos.

Se solventa

Resultado PF-06, Observación PF-06 Derivado de la revisión documental realizada a los expedientes unitarios de la muestra seleccionada de obras ejecutadas con recursos del Fondo III, se determinó faltante de documentación técnica y social consistente en: recibos de entrega de recursos a los Comités de Obra y fotocopia de identificación oficial del Presidente(a) y Tesorero(a) de los comités de obra.

PF-09/55-006 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado, integrar de manera completa los expedientes unitarios de obras realizadas con recursos provenientes del Fondo III por lo que se refiere a los aspectos técnico y social, lo anterior para que den claridad y transparencia de la aplicación del recurso, así como de la participación ciudadana y de la población beneficiada.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

PF-09/55-007 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado PF-07, Observación PF-07 Al confrontar los auxiliares contables del

PF-09/55-008 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado, que para

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de

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RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG) con los Informes Físico Financieros del ejercicio fiscal 2009 se detectó incongruencia entre la información presentada por las Direcciones de Tesorería y Desarrollo Económico y Social, específicamente en las vertientes de Agua Potable, Urbanización Municipal y Electrificación.

efectos de presentar ante la Auditoría Superior del Estado los Informes Físico Financieros del Fondo III, se registren cifras reales en las Direcciones de Tesorería y de Desarrollo Económico y Social, conciliando periódicamente las operaciones entre ambas áreas, de manera que se tenga confiabilidad de la información emitida y en la toma de decisiones.

que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Por lo que respecta a los recursos asignados al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal por el orden de $4,582,292.00, destinándose el 98.43% en Obligaciones Financieras por un importe de $4,510,324.00 y el 1.57% en Seguridad Pública equivalente a $71,968.00. El ejercicio de los recursos se realizó en un 99.49% al 31 de diciembre de 2009, revisándose documentalmente el 100.00% de lo ejercido. Es conveniente señalar que además de los recursos ya mencionados, se recibieron Rendimientos Financieros del ejercicio anterior por el orden de $4,872.00 los cuales no fueron aplicados en el período sujeto a revisión. De la revisión documental al ejercicio de los recursos se determinaron las siguientes observaciones:

Resultado PF-08, Observación PF-08 El municipio realizó erogación dentro de la acción denominada “Aportación a festejos realizados en el día del niño, 10 de mayo y fiesta patronal, fiestas patrias, servidor público, 20 de noviembre y gastos navideños 2008 y 2009” por el orden de $7,985.00, mediante cheque número 234 de fecha 30 de diciembre de 2009 a nombre de Ma. Guadalupe Huerta Garza (proveedor), exhibiendo como soporte documental dos notas de remisión por un importe total de $5,168.50 y por el monto restante $2,816.50 no presentan soporte documental. Tampoco fueron exhibidos elementos probatorios respecto del evento a que corresponden.

PF-09/55-009 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado emitirá Pliego de Observaciones por un monto de $7,985.00, correspondiente a la erogación sin soporte documental de la cuenta de Fondo IV número 548996784 de la institución Banco Mercantil del Norte, S.A., lo que se citó relativo a la emisión del cheque número 234 de fecha 30 de diciembre de 2009.

No solventa, por lo tanto deriva en Promoción para el Fincamiento de Responsabilidad Resarcitoria.

Resultado PF-09, Observación PF-09 El municipio realizó erogación mediante cheque número 337 de fecha 31 de diciembre de 2009 por un importe de $1,440.00 a favor de Tarciso de la Torre Carlos por la compra de tortillas para festejar al servidor público, presentando como soporte documental nota de remisión de fecha 31 de diciembre de 2009 por el mismo importe, sin embargo ésta no cumple con los requisitos fiscales de los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, aunado a lo anterior existe incongruencia entre la fecha de la nota y el concepto motivo de la erogación ya que la primera es del 31 de diciembre de 2009 y la fecha de festejo del Servidor Público corresponde al 27 de octubre.

PF-09/55-010 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado emitirá Pliego de Observaciones por la cantidad de $1,440.00 derivada de la erogación sin documentación comprobatoria con requisitos fiscales emitida por el proveedor correspondiente, aunada a la incongruencia en la fecha de dicha operación que justifique la correcta aplicación de los recursos.

No solventa, por lo tanto deriva en Promoción para el Fincamiento de Responsabilidad Resarcitoria.

Resultado PF-10, Observación PF-10 El municipio realizó erogaciones dentro de la acción denominada “Aportación al programa municipal del deporte” mediante cheques números 244, 245 y 262 de fechas 30 de enero, 11 de febrero y 15 de abril de 2009 a favor de Juan Daniel Aguirre Ortíz, Jorge Isabel Arellano Castillo y Roberto Carlos Ibarra Carlos, por los importes de $5,313.00, $2,500.00 y $1,000.00 respectivamente, por concepto de apoyo

PF-09/55-011 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado emitirá Pliego de Observaciones por un monto de $3,500.00, correspondiente a erogaciones sin soporte documental de la cuenta de Fondo IV número 548996784 de la institución bancaria Banco Mercantil

No solventa, por lo tanto deriva en Promoción para el Fincamiento de Responsabilidad Resarcitoria.

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RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

para compra de uniformes, presentando como soporte documental factura número 01177 de Deportes Daniel y/o Juan Daniel Aguirre Ortíz por un importe de $5,313.00, sin embargo no anexan soporte documental por los $3,500,00 restantes ni evidencia de la recepción de los uniformes deportivos por parte de los beneficiarios de los mismos.

del Norte, S.A., correspondiente a los cheques números 245 y 262 de fechas 11 de febrero y 15 de abril de 2009 de lo cual el municipio no presentó documentación comprobatoria y justificativa que soporte y corrobore la correcta y transparente aplicación de los recursos, para efecto de lo cual deberá exhibir soporte documental con requisitos fiscales y evidencia de que los uniformes concepto del gasto fueron recibidos por los beneficiarios.

PF-09/55-012 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado que para efectos de aclaración presente ante la Auditoría Superior del Estado evidencia documental que permita corroborar la recepción de uniformes por parte de los beneficiarios por un importe de $5,313.00 correspondiente a la erogación del cheque 244 de fecha 30 de enero de 2009, lo anterior para demostrar el destino y aplicación de los recursos erogados.

Se solventa

Resultado PF-11, Observación PF-11 El municipio realizó erogaciones mediante cheques números 261, 254 y 255 de fechas 13 de abril y los dos últimos del 11 de marzo de 2009 a nombre de José Acosta Rocha y Humberto Delgado de Lira por importes de $10,000.00, $8,400.00 y $5,250.00 respectivamente, presentando como soporte documental copia fotostática de factura número 0601 de José Acosta Rocha de fecha 27 de febrero de 2009 y de las notas de venta números 13155, 13852 y 14045 de Abarrotes Don Reyes y/o Humberto Delgado de Lira (Régimen de Pequeños Contribuyentes) de fechas 8 de noviembre de 2008 y 9 de marzo y 20 de abril de 2009.

PF-09/55-013 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado que para efectos de aclaración presente ante la Auditoría Superior del Estado factura original número 0601 a nombre de José Acosta Rocha así como la copia de las notas de venta números 13155, 13852 y 14045 que entregó Abarrotes Don Reyes y/o Humberto Delgado de Lira en su carácter de Régimen de Pequeños Contribuyentes, totalizando el importe de $23,650.00, lo anterior para transparentar la correcta aplicación de los recursos.

No se solventa, y se deriva en una Recomendación.

Resultado PF-12, Observación PF-12 El municipio realizó erogación mediante cheque número 267 de fecha 16 de abril de 2009 a nombre del C. Lorenzo López Rodríguez por un importe de

PF-09/55-014 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado que para efectos de aclaración presente

Se solventa

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CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

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Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

$4,000.00, por concepto de apoyo en efectivo por la parte del terreno de su propiedad en la que pasará el puente a construir y por gastos que genere una toma de agua potable, presentando convenio entre el beneficiario y el H. Ayuntamiento mediante el cual se permite la construcción de un puente para comunicar las comunidades de San Antonio y el Refugio del Zacatecas, fotocopia de identificación del beneficiario y copias certificadas del Acta de Cabildo donde se aprueba la operación, sin embargo no se anexa el soporte documental que compruebe la recepción del recurso por parte del beneficiario.

ante la Auditoría Superior del Estado recibo en original de la recepción del recurso por parte del C. Lorenzo López Rodríguez por un importe de $4,000.00 relativo al cheque número 267, lo anterior para transparentar la correcta aplicación de los recursos.

Resultado PF-13, Observación PF-13 El municipio realizó erogación mediante cheque número 251 de fecha 6 de marzo de 2009 a nombre de Edgardo Sebastián Palomino Velázquez (proveedor) por un importe de $15,180.00, presentando como soporte documental factura número 0428 de pinturas de Loreto y/o Edgardo Sebastián Palomino Velázquez de fecha 19 de noviembre de 2008 por concepto de pago de pintura, sin embargo no se anexa evidencia de la aplicación de dicho material, asimismo la factura en mención se expidió caducada incumpliendo los requisitos fiscales del Código Fiscal de la Federación. Al respecto el municipio manifiesta: “Dicha factura se encontraba registrada en pasivos y por no contar con solvencia económica en tiempo y forma, se pagó fuera de tiempo y el proveedor ya no aceptó la reposición de la misma”.

PF-09/55-015 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado que para efectos de aclaración presente ante la Auditoría Superior del Estado la evidencia documental que permita corroborar la aplicación de la pintura, por el orden de $15,180.00, lo anterior para transparentar la correcta aplicación de los recursos.

Se solventa

PF-09/55-016 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado que respecto de erogaciones realizadas, se verifique que el soporte documental cumpla con la totalidad de los requisitos fiscales que establece la normatividad aplicable.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

Resultado PF-14, Observación PF-14 Con recursos del Fondo III el municipio realizó erogaciones por concepto de alimentos para el personal de Seguridad Pública, sin presentar relación con nombre y firma de los mismos autorizada por funcionarios municipales responsables.

PF-09/55-017 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado que al realizar erogaciones por alimentos a personal de Seguridad Pública, presente ante la Auditoría Superior del Estado relación con nombre y firma de los mismos, autorizadas por los funcionarios municipales responsables, lo anterior para transparentar la correcta aplicación de los recursos.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

Resultado PF-15, Observación PF-15 PF-09/55-018 Recomendación Subsiste y por lo tanto

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INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El municipio realizó erogación mediante cheque número 338 de fecha 31 de diciembre de 2009 por un importe de $7,071.00 de la cuenta número 548996784 la cual fungió como concentradora de los Rendimientos del ejercicio 2008, el cual fue depositado a la cuenta bancaria número 0551759587 del Fondo III de Banco Mercantil del Norte, S.A. por concepto de rendimientos del ejercicio 2008, sin embargo se observa que el comprobante de depósito universal tiene fecha 8 de febrero de 2010.

Se recomienda al Ente Fiscalizado que cuando se eroguen recursos de una cuenta bancaria del municipio para ser depositados en otra del propio municipio se realice la transferencia vía electrónica o el depósito se lleve a cabo de manera oportuna.

no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

Resultado PF-16, Observación PF-16 Al confrontar los auxiliares contables del Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG) con los informes Físico Financieros del ejercicio fiscal 2009 se detectó incongruencia entre la información presentada por las Direcciones de Tesorería y Desarrollo Económico y Social, específicamente en las vertientes de Obligaciones Financieras y Seguridad Pública.

PF-09/55-019 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado, que para efectos de presentar ante la Auditoría Superior del Estado los Informes Físico Financieros del Fondo IV se registren cifras reales en las Direcciones de Tesorería y de Desarrollo Económico y Social, conciliando periódicamente las operaciones entre ambas áreas, de manera que se tenga confiabilidad de la información emitida y en la toma de decisiones.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Se revisaron recursos del Programa 3x1 para Migrantes por un monto de $1,174,000.00, que corresponden a la muestra de dos obras para realizar la revisión documental, aprobada en la vertiente de Urbanización Municipal. De lo anterior se ejerció el 99.64% de los recursos, los cuales fueron revisados documentalmente al 100.00% de lo ejercido. De la revisión documental al ejercicio de los recursos se determinó la siguiente observación:

Resultado PF-17, Observación PF-17 De la revisión a los expedientes unitarios de las obras del Programa 3x1 para Migrantes, se observó faltante de documentación en la parte técnica y social consistente en: croquis de localización de la obra, identificación oficial del (la) Presidente(a) y Tesorero(a) del Comité de Obra y recibos de entrega de recursos al Comité de Obra.

PF-09/55-020 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado, integrar de manera completa los expedientes de obras realizadas con recursos del Programa 3x1 para Migrantes por lo que se refiere a los aspectos técnico y social que den claridad y transparencia de la aplicación de los recursos, así como de la participación ciudadana y de la población beneficiada.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

PF-09/55-021 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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PROGRAMA FIDEICOMISO PARA COADYUVAR AL DESARROLLO DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS (FIDEM)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Se revisaron recursos del Programa FIDEM por un monto de $6,549,326.80, que corresponden a la muestra de una obra para realizar la revisión documental, aprobada en la vertiente de Urbanización Municipal. De lo anterior se erogó el 99.99% de los recursos, los cuales fueron revisados documentalmente al 100.00% de lo ejercido. De la revisión documental al ejercicio de los recursos se determinó la siguiente observación:

Resultado PF-18, Observación PF-18 De la revisión al expediente unitario de la obra del Programa FIDEM, se observó faltante de documentación en la parte técnica y social que de claridad y transparencia de las características, especificaciones y metas alcanzadas en la obra realizada, así como de la participación ciudadana y de la población beneficiada, consistente en: acta constitutiva del comité de obra, acta de aceptación de la obra, convenio de concertación, cédula de información básica, calendario de ejecución, identificación oficial del(la) Presidente(a) y Tesorero(a) del Comité de Obra y recibos de entrega de recursos al Comité de Obra.

PF-09/55-022 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado, integrar de manera completa los expedientes de obras realizadas con recursos del Programa FIDEM por lo que se refiere a los aspectos técnico y social que den claridad y transparencia de las características, especificaciones y metas alcanzadas en obras y/o acciones realizadas, así como de la participación ciudadana y de la población beneficiada.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

PF-09/55-023 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRAS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-01, Observación OP-01 Para la ejecución del Programa Municipal de Obras del ejercicio 2009, se asignó un monto de $2,357,623.18; al 31 de diciembre, se ejerció un monto de $499,668.68, presentando un subejercicio del 78.8%. Así mismo, de las 13 obras programadas, 10 fueron terminadas y 3 no se iniciaron por lo que presenta incumplimiento en su programación y ejecución. Además no se presentó la aprobación de los informes mensuales del Programa Municipal de Obras del período comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009.

OP-09/55-001 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal realizar una adecuada programación y presupuestación en el Programa Municipal de Obras, así mismo, presentar mensualmente los informes de avances físicos-financieros al Cabildo para su aprobación correspondiente, a efecto de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos: 2 fracción III y 20 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas, artículo 41 y 49 fracción XV y 74 fracción XXVI de la Ley Orgánica del Municipio, 17 fracciones X y XII de la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Zacatecas.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

OP-09/55-002 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia realice las acciones de verificación referentes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado OP-02, Sin Observación Derivado de la revisión física y documental de 1 (una) obra que constituyó la muestra seleccionada, no se desprenden observaciones que hacer constar.

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Derivado de la revisión física y documental de 21 (veintiún) obras que constituyeron la muestra seleccionada, se desprenden las siguientes observaciones:

Resultado OP-03, Observación OP-02 Para la obra "Construcción de centro para jubilados primera etapa en la cabecera municipal", se programó un monto de $240,000.00 para la construcción de cimentación, castillos, cadenas, muros, en aula de 4.00x7.28 m. y módulo de sanitarios para hombres y mujeres. Durante la revisión física realizada el 22 de marzo de 2010, la obra se encontró inconclusa faltando 86 ml. de cadenas de cerramiento, suministro y colocación de estructura metálica pesada, terminación de aula de 4.00x7.28 m y terminación de sanitarios, por un monto de $76,463.45. Derivado de la revisión documental se constató que se liberó el monto total programado de $240,000.00 mediante las pólizas cheque 456, 469, 632 y 636 de fechas 15 de diciembre de 2009, 4, 22 y 26 de enero de 2010 por un importe de $120,000.00, $80,000.00, $20,000.00 y $20,000.00, amparadas por las facturas 0051, 0055, 0061 y 0062 de fechas 15 y 30 de diciembre de 2009, 22 y 26 de enero de 2010 a nombre de Ma. Guadalupe Chávez Reyes, por un importe de $120,000.00, $80,000.00, $20,000.00 y $20,000.00, respectivamente.

OP-09/55-003 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado emitirá Pliego de Observaciones por la presunción de daño y perjuicio al erario público municipal de Villa González Ortega, Zac., por un monto de $76,463.45, por conceptos pagados no ejecutados en la obra "Construcción de centro para jubilados primera etapa en la cabecera municipal"; correspondientes a 86 ml. de cadenas de cerramiento, suministro y colocación de estructura metálica pesada, terminación de aula de 4.00x7.28 m, y terminación de sanitarios, debiendo presentar el Ente Fiscalizado elementos probatorios de que los conceptos pagados ya han sido realizados, exhibiendo números generadores, estimaciones, memoria fotográfica, acta de entrega-recepción, finiquito y demás documentación que sea necesaria como prueba de que ha dado cumplimiento.

No solventa, por lo tanto deriva en Promoción para el Fincamiento de Responsabilidad Resarcitoria.

OP-09/55-004 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado aclarar por escrito ante la Auditoría Superior del Estado cuales conceptos se ejecutarán en la construcción del aula de 4.00x7.28 y en la construcción de sanitarios hombres y mujeres, debido a que sólo se indica que se realizará 1(un) lote, siendo que para su revisión física es necesario contar con conceptos de obra medibles y cuantificables, debiendo presentar la entidad fiscalizada, el desglose de cada uno de los conceptos que se

Se solventa

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Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

requiere ejecutar en cada uno de los módulos referidos.

Resultado OP-04, Observación OP-03 Para la obra "Construcción de parque recreativo, comunidad Bajío de San Nicolás", se programó un monto de $ 240,000.00 para la construcción de cimentación, guarniciones, andadores, áreas verdes, y juegos infantiles. Durante la revisión física realizada el 19 de marzo de 2010, la obra se encontró inconclusa faltando el suministro y colocación de juegos infantiles por un monto de $38,000.00. Derivado de la revisión documental se constató que se liberó el monto total programado de $240,000.00 mediante las pólizas cheque 458, 621 y 630 de fechas 15 de diciembre de 2009, 11 y 22 de enero de 2010 por un importe de $120,000.00, $90,000.00 y $30,000.00, amparadas por la facturas 0053, 0057 y 0058 de fechas 15 y los dos últimos del 31 de diciembre de 2009 a nombre de Ma. Guadalupe Chávez Reyes, por un importe de $120,000.00, $90,000.00 y $30,000.00, respectivamente.

OP-09/55-005 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado emitirá Pliego de Observaciones por la presunción de daño y perjuicio al erario público municipal de Villa González Ortega, Zac., por un monto de $38,000.00, por conceptos pagados no ejecutados en la obra "Construcción de parque recreativo, comunidad Bajío de San Nicolás", correspondientes a suministro y colocación de juegos infantiles, debiendo presentar el Ente Fiscalizado elementos probatorios de que los conceptos pagados ya han sido realizados, exhibiendo la documentación correspondiente, memoria fotográfica y acta de entrega-recepción.

Solventa.

Resultado OP-05, Observación OP-04 Para la obra "Ampliación de red eléctrica en la comunidad Laguna Grande (complemento)", se programó un monto de $69,507.00 para la ampliación de energía eléctrica para el suministro y colocación de 20 postes, 3 transformadores y accesorios para su realización, cabe hacer mención que este monto solo es la aportación municipal, el monto total de la obra es de $429,507.00, el cual incluye $360,000.00 de aportación estatal. Durante la revisión física realizada el 18 de marzo de 2010, la obra se encontró sin iniciar. Derivado de la revisión documental se constató que se liberó la cantidad de $69,507.00 mediante la póliza cheque 450 por un importe de $69,507.00 de fecha 9 de diciembre de 2009, dicho monto fue depositado a la cuenta 0619124553 sucursal 0874 Grupo Financiero Banorte, correspondiente a Empleo Temporal (Ramo 20).

OP-09/55-006 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Entidad Fiscalizada aclarar por qué no ha sido iniciada la obra “Ampliación de red eléctrica en la comunidad Laguna Grande (complemento)”, presentando para efectos de aclaración elementos probatorios de que la obra se ha iniciado y concluido, exhibiendo memoria fotográfica, acta de entrega-recepción, libranza y oficio de contratación de servicio ante la Comisión Federal de Electricidad y demás documentación que sea necesaria como prueba de que ha dado cumplimiento.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

La Entidad Fiscalizada aplicó recursos en este Fondo, los cuales no fueron motivo de fiscalización, ya que no se determinaron obras a revisar.

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

REVISION FISICA A LA OBRA PUBLICA

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-06, Sin Observación Derivado de la revisión física y documental de 2 (dos) obras que constituyeron la muestra seleccionada no se desprenden observaciones que hacer constar.

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FIDEICOMISO PARA COADYUVAR AL DESARROLLO DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS (FIDEM)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Derivado de la revisión física y documental de 1 (una) obra que constituyó la muestra seleccionada se desprende la siguiente observación:

Resultado OP-07, Observación OP-05 Para la obra "Construcción de Boulevares norte y sur de acceso a la Cabecera Municipal", se programó un monto de $6,549,326.80 para la construcción de: terracerías, obras de drenaje y pavimentos en acceso vehicular norte con 1.52 Km de longitud y 0.92 Km en acceso sur. Durante la revisión física realizada el 23 de marzo de 2010, la obra se encontró inconclusa con deficiencias constructivas (baches en la carpeta asfáltica, agrietamientos en las uniones de carpeta nueva con la carpeta existente aproximadamente un 60% de la obra), faltando por ejecutar el suministro y colocación de 153.22 m3 de carpeta asfáltica por un monto de $255,069.93. Derivado de la revisión documental se observó que no está integrado en el expediente unitario de la obra el contrato de la licitación núm. BOU-VGO-03-09 por un monto de $1,275,068.34, así como documentación comprobatoria y técnica de la obra en su terminación y finiquito. Cabe hacer mención que la obra fue seccionada en su monto total para su contratación, realizando 3 contratos, sin embargo los 3 fueron por invitación restringida, siendo sólo a un contratista al que le adjudicaron los 3 contratos Promotora y Edificadora Hugasa, S.A de C.V, misma que debió ser adjudicada por la modalidad de licitación pública, por lo que no se dio cumplimiento a la normatividad aplicable, así mismo se constató que se liberó la cantidad de $358,712.37, mediante las póliza 056 de fecha 24 de agosto de 2009, factura 828 de fecha 18 de agosto de 2009 para pago parcial de la carpeta asfáltica.

OP-09/55-007 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado emitirá Pliego de Observaciones por la presunción de daño y perjuicio al erario público municipal de Villa González Ortega, Zac., por un monto de $255,069.93, por conceptos pagados no ejecutados en la obra "Construcción de Boulevares norte y sur de acceso a la Cabecera Municipal", correspondientes a suministro y colocación de 153.22 m3 de carpeta asfáltica, debiendo presentar el Ente Fiscalizado elementos probatorios de que los conceptos pagados ya han sido realizados, exhibiendo acta de sitio en la cual participe el Contralor Municipal, álbum fotográfico que muestre los trabajos ya ejecutados, así mismo contrato de obra por un monto de $1,275,068.34, reporte fotográfico, acta de entrega recepción, finiquito y demás documentación que sea necesaria como prueba de que ha dado cumplimiento.

No solventa, por lo tanto deriva en Promoción para el Fincamiento de Responsabilidad Resarcitoria.

OP-09/55-008 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado presentar para efectos de aclaración y con relación a la obra "Construcción de Boulevares norte y sur de acceso a la Cabecera Municipal" elementos probatorios de que las deficiencias constructivas, relacionadas con la carpeta asfáltica han sido corregidas.

No se solventa, y se deriva en una Recomendación.

OP-09/55-009 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas La Auditoría Superior del Estado promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

FIDEICOMISO PARA COADYUVAR AL DESARROLLO DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS (FIDEM)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, al Presidente Municipal Profr. Mario Alberto Ponce Esparza, Director de Obras y Servicios Públicos, C. Marco Antonio Acosta Mauricio y Director de Desarrollo Económico y Social, Profr. Juan Francisco Vázquez Coronel, por la falta de seguimiento y supervisión en la obra "Construcción de Boulevares norte y sur de acceso a la Cabecera Municipal" lo cual derivó en deficiencias de orden constructivo, así mismo por no haber adjudicado la ejecución de dicha obra mediante licitación pública de conformidad con la normatividad aplicable, incumpliendo con lo dispuesto en los artículos 27, 43, 48, 45, 52, 77, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, artículos 74, 105 fracción III incisos c) y d), 159, de la Ley Orgánica del Municipio y por haber incumplido con las obligaciones inherentes a su cargo previstas en dicha Ley y artículo 5 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Gobierno del Estado.

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2009 VILLA GONZÁLEZ ORTEGA, ZAC.

CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

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Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: SERVICIOS PÚBLICOS

RELLENO SANITARIO

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OP-09/55-008 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado presentar para efectos de aclaración y con relación a la obra "Construcción de Boulevares norte y sur de acceso a la Cabecera Municipal" elementos probatorios de que las deficiencias constructivas, relacionadas con la carpeta asfáltica han sido corregidas.

OP-09/55-010 Recomendación

Se recomienda a la Administración Municipal tome las medidas que sean pertinentes, con el objeto de implementar los mecanismos que sean necesarios a fin de preservar la ecología, los recursos naturales y el medio ambiente al momento de almacenar los desechos provenientes del servicio de recolección de basura, para dar cumplimiento a la normatividad aplicable en esta materia y así contribuir y evitar un impacto ambiental irreversible.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: SERVICIOS PÚBLICOS

RASTRO MUNICIPAL

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-09, Observación OP-07 Derivado de la revisión física se detectó que el municipio no cuenta con servicio de Rastro Municipal.

OP-09/55-011 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal considerar dentro de la planeación de obras la construcción del Rastro Municipal, aplicando lo estipulado en la normatividad establecida para ello, en cuanto al control, grado de confiabilidad en las instalaciones nuevas para la matanza de animales para el consumo humano en condiciones de sanidad e higiene, observando lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 115 fracción III inciso c), artículos 49 fracción XXII inciso e), 74 fracción IX, 100 y 115 fracción VI de la Ley Orgánica del Municipio, la Norma Oficial Mexicana y a la Ley de Salud del Estado de Zacatecas y demás normatividad aplicable en esta materia.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2009

VILLA GONZÁLEZ ORTEGA, ZAC.

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Fecha de Autorización: 2010-12-03

RESUMEN DE LAS ACCIONES PROMOVIDAS

ADMINISTRACIÓN 2007-2010

Abreviaciones:

Rec. Recomendación, O.I.C. Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control, F.R.A. Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidad Administrativa F.R.R. Procedimiento de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias

Notas: 1.- La fuente de la información es el Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública Municipal 2008 del municipio en cuestión y el Informe Complementario derivado del proceso de solventación del propio informe. 2.- Cualquier solicitud de actualización sobre la información presentada podrá dirigirla a la Unidad de Enlace de la Auditoría Superior del Estado.

TIPO DE ACCIÓN DETERMINADAS

EN REVISIÓN SOLVENTADAS

DERIVADAS DE LA SOLVENTACIÓN

SUBSISTENTES Cantidad Tipo

Correctivas

Pliego de Observaciones

8 2 6 F.R.R. 6

Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

3 - - - 3

Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control.

16 0 16 O.I.C 16

Solicitud De Aclaración.

10 6 4 REC 4

Preventivas

Recomendación 29 7 22 REC 22

TOTAL 66 15 48 51