3
EL ARQUITECTO Y EL INGENIERO Según el Reglamento Nacional de Edificaciones. (Art. 19 y 20)

w20150219124751143_7000011462_04-06-2015_171514_pm_1_Ingeniero y Arquitecto

Embed Size (px)

DESCRIPTION

bcp

Citation preview

Page 1: w20150219124751143_7000011462_04-06-2015_171514_pm_1_Ingeniero y Arquitecto

EL ARQUITECTO Y EL INGENIERO Según el Reglamento Nacional de Edificaciones. (Art. 19 y 20)

Page 2: w20150219124751143_7000011462_04-06-2015_171514_pm_1_Ingeniero y Arquitecto

• El arquitecto es:

• El responsable del diseño Arquitectónico de la edificación, el cual comprende:

• La calidad Arquitectónica,

• los cálculos de áreas,

• las dimensiones de los componentes arquitectónicos,

• las especificaciones técnicas del proyecto arquitectónico,

• los acabados de la obra,

• el cumplimiento de los parámetros urbanísticos y edificatorios exigibles para

edificar en el inmueble correspondiente.

• Así mismo es el responsable de que sus planos, y los elaborados por los otros

profesionales responsables del Proyecto, sean compatibles entre sí.

SEGÚN EL RNE Art.19 DEL ARQUITECTO

Page 3: w20150219124751143_7000011462_04-06-2015_171514_pm_1_Ingeniero y Arquitecto

• El ingeniero civil es:

• El responsable del Diseño Estructural de una Edificación, el cual comprende:

• Los cálculos,

• las dimensiones de los componentes estructurales,

• las especificaciones técnicas del Proyecto Estructural,

• y las consideraciones de diseño sismo resistente.

• Así mismo es responsable de la correspondencia de su proyecto de Estructuras

en el Estudio de Suelos del inmueble, materia de la ejecución del Proyecto. Este

estudio, a su vez, es de responsabilidad del Ingeniero que lo suscribe.

SEGÚN EL RNE Art. 20 DEL INGENIERO CIVIL