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transparencia.tonala.gob.mxtransparencia.tonala.gob.mx/wp-content/uploads/2020/11/... · Web view2020/10/19  · Es obligación de la Dirección someter a la aprobación del Ayuntamiento

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SIENDO LAS QUINCE HORAS CON DIECISÉIS MINUTOS DEL DÍA DIECINUEVE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE, EN EL EDIFICIO QUE OCUPA EL PALACIO MUNICIPAL DE TONALÁ, JALISCO, UBICADO EN LA CALLE HIDALGO N0. 21, DE LA CABECERA MUNICIPAL; EN EL SALÓN DE SESIONES “TONALTECAS ILUSTRES”, SE REUNIERON LOS C.C. PRESIDENTE MUNICIPAL, JUAN ANTONIO GONZÁLEZ MORA, Y EL SECRETARIO GENERAL, MANUEL SALVADOR ROMERO CUEVA, ASÍ COMO LOS DEMÁS INTEGRANTES DEL PLENO; CON EL OBJETO DE CELEBRAR LA VIGÉSIMO QUINTA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TONALÁ, JALISCO, PERIODO 2018-2021; BAJO EL SIGUIENTE ORDEN DEL DÍA:

ASUNTO: SESIÓN ORDINARIA

DE AYUNTAMIENTO

1. Lista de asistencia y verificación del quórum legal;

2. Lectura del orden del día y, en su caso, aprobación;

3. Lectura de las actas de las sesiones que a continuación se enlistan, para su aprobación:

· Sesión Solemne de Ayuntamiento de fecha 02 de septiembre del 2020;

· Sesión Ordinaria de Ayuntamiento de fecha 08 de septiembre del 2020;

· Sesión Solemne de Ayuntamiento de fecha 13 de septiembre del 2020.

4. Lectura y trámite de las comunicaciones recibidas;

5. Informe por parte de la Síndica de este Ayuntamiento respecto del estado jurídico que guardan los expedientes asociados a juicios sumarios de garantía número 2623/2018 y su acumulado 2847/2018 y 622/2017;

6. Presentación de iniciativas;

7. Lectura, debate y aprobación, en su caso, de dictámenes y comunicaciones de las Comisiones Edilicias;

8. Asuntos varios; y

9. Señalamiento de día y hora de la próxima Sesión de Ayuntamiento.

En uso de la voz el C. Presidente Municipal, Juan Antonio González Mora, expresa que, buenas tardes compañeras y compañeros integrantes de este órgano colegiado; agradezco la presencia de todos y cada uno de las y los ciudadanos, así como de los medios de comunicación que hoy nos acompañan, así también como a las personas que nos siguen por las redes; les doy la más cordial de las bienvenidas a esta Sesión Ordinaria del Ayuntamiento Constitucional de Tonalá, Jalisco, para el periodo 2018 a 2021. Para dar inicio a esta sesión, se procede a verificar la integración del quorum legal, para lo cual solicito al Secretario General, tome lista de asistencia y nos presente el informe correspondiente.

Pasando al primer punto del orden del día, el Secretario General, Manuel Salvador Romero Cueva, pasó lista de asistencia y encontrándose presentes además de los citados en el proemio inicial, la C. Síndica, Miriam Rubio Vega, así como los C.C. Regidores Ángel Enrique Guzmán Loza, Leticia Elizabeth Grajeda Delgadillo, Edgar José Miguel López Jaramillo, Andrea Nallely León García, Sandra Pompeya Aceves Tejeda, José Francisco Martínez Gabriel, Claudia Gabriela Venegas Sánchez, Edgar Oswaldo Bañales Orozco, Magaly Figueroa López, Juan Manuel Pérez Suárez, Catarino Olea Velázquez, Mayra Faviola Delgado Carrillo y Alejandro Buenrostro Hernández. Continuando con el uso de la voz informativa, el C. Secretario General, Manuel Salvador Romero Cueva, manifiesta que, hago de su conocimiento señor Presidente, que se encuentran presentes 15 de los 16 integrantes de este Ayuntamiento.

En uso de la voz el C. Presidente Municipal, Juan Antonio González Mora, señala que, gracias Secretario; en términos de lo dispuesto por el artículo 19 del Reglamento para el Funcionamiento Interno de las Sesiones del Ayuntamiento Constitucional de Tonalá, Jalisco; se declara quórum legal para sesionar y se declaran válidos los acuerdos y trabajos que en esta sesión se realicen.

A esta Presidencia ha llegado la solicitud de justificación de inasistencia del Regidor Ernesto Ángel Macías, en virtud de encontrarse impedido para asistir, por lo que en votación económica se les pregunta si se aprueba; habiéndose aprobado por unanimidad de los integrantes del Ayuntamiento en Pleno presentes.

En uso de la voz el C. Presidente Municipal, Juan Antonio González Mora, señala que, para dar continuidad a la presente Sesión Ordinaria, que tiene que ver con la lectura y aprobación del orden del día propuesto, les informo, que en virtud del planteamiento de la Sindicatura Municipal en la cual señala que la Dirección Jurídica solicita retirar el informe relativo al Juicio de Amparo No. 622/2017, toda vez que no requiere aprobación alguna por parte del Pleno de este Ayuntamiento para su trámite y seguimiento, motivo por el cual solicitan retirarlo del orden del día de esta sesión, en tal virtud, instruyo al Secretario General para que dé lectura al orden del día propuesto con esta consideración. En uso de la voz informativa, el C. Secretario General, Manuel Salvador Romero Cueva, manifiesta que, como me lo instruye Presidente, procedo a la lectura del orden del día que se pone a su consideración:

1. Lista de asistencia y verificación del quórum legal;

2. Lectura del orden del día y, en su caso, aprobación;

3. Lectura de las actas de las sesiones que a continuación se enlistan, para su aprobación:

· Sesión Solemne de Ayuntamiento de fecha 02 de septiembre del 2020;

· Sesión Ordinaria de Ayuntamiento de fecha 08 de septiembre del 2020;

· Sesión Solemne de Ayuntamiento de fecha 13 de septiembre del 2020.

4. Lectura y trámite de las comunicaciones recibidas;

5. Informe por parte de la Síndica de este Ayuntamiento respecto del estado jurídico que guardan los expedientes asociados a juicios sumarios de garantía número 2623/2018 y su acumulado 2847/2018;

6. Presentación de iniciativas;

7. Lectura, debate y aprobación, en su caso, de dictámenes y comunicaciones de las Comisiones Edilicias;

8. Asuntos varios; y

9. Señalamiento de día y hora de la próxima Sesión de Ayuntamiento.

En uso de la voz el C. Presidente Municipal, Juan Antonio González Mora, señala que, gracias Secretario; se pregunta si se aprueba; de ser así, favor de manifestarlo levantando la mano; habiéndose aprobado por unanimidad de los integrantes del Ayuntamiento en Pleno presentes.

En uso de la voz el C. Presidente Municipal, Juan Antonio González Mora, menciona que, para el desarrollo del tercer punto del orden del día, tiene que ver con la lectura y aprobación en su caso, de las actas de las sesiones que a continuación se enlistan para su aprobación:

· Sesión Solemne de Ayuntamiento de fecha 02 de septiembre del 2020;

· Sesión Ordinaria de Ayuntamiento de fecha 08 de septiembre del 2020;

· Sesión Solemne de Ayuntamiento de fecha 13 de septiembre del 2020.

Comentarles que dichos instrumentos se les hicieron llegar con anticipación de conformidad a lo establecido por la fracción II del artículo 16 del Reglamento para el Funcionamiento Interno de las Sesiones del Ayuntamiento Constitucional de Tonalá, Jalisco, por lo que se les consulta si se omite la lectura, para ello se les pide que quienes estén por la afirmativa, sírvase manifestarlo levantando su mano; habiéndose aprobado por unanimidad de los integrantes del Ayuntamiento en Pleno presentes. Continuando con el uso de la voz, el C. Presidente Municipal, Juan Antonio González Mora, señala que, ahora bien, para votar el contenido de las actas de referencia en lo general y en lo particular, se les pide en el mismo sentido que quienes estén por la afirmativa, sírvase manifestarlo levantando su mano; habiéndose aprobado por unanimidad de los integrantes del Ayuntamiento en Pleno presentes.

En uso de la voz el C. Presidente Municipal, Juan Antonio González Mora, señala que, para el desahogo del cuarto punto, relativo a la lectura y trámite de las comunicaciones recibidas; se solicita al Secretario General de este Ayuntamiento, dé lectura a las mismas. En uso de la voz informativa, el C. Secretario General, Manuel Salvador Romero Cueva, manifiesta que, como lo instruye señor Presidente, doy cuenta de las siguientes comunicaciones:

Del 4.1 al 4.6 son oficios que suscribe el Secretario General del Honorable Congreso del Estado, los cuales contienen exhortos con los alcances que a continuación se describen:

4.1 Oficio que remite Acuerdo Legislativo No. 1482-LXII-20, mediante el cual se exhorta al Ayuntamiento para que diseñen la estrategia con el objetivo de que, previo al regreso a clases, se garantice que todas las comunidades cuenten con acceso a internet para hacer frente a la situación a causa del COVID-19, que impide un regreso normal a las escuelas.

El trámite propuesto es enviarlo a la Coordinación General de Participación Ciudadana y Construcción de la Comunidad para que valore e informe lo conducente.

4.2 Oficio que remite Acuerdo Legislativo No. 1531/LXII/20, mediante el cual solicitan al Ayuntamiento analizar la posibilidad de revisar los reglamentos para efectos de no caer en violaciones de derechos que afecten la diversidad sexual y en la medida de lo posible, generar campañas de cultura de paz, entendimiento, aceptación y respeto a la diversidad sexual.

El trámite propuesto es enviarlo a la Coordinación General de Participación Ciudadana y Construcción de la Comunidad en Coordinación con la Dirección de Dictaminación y Normatividad, para que valoren lo conducente.

4.3 Oficio que remite Acuerdo Legislativo No. 1603/LXII/20, mediante el cual se exhorta al Ayuntamiento para que se refuerce la vigilancia por parte de los servicios de seguridad pública en las ciclovías, en coordinación con las organizaciones y colectivos ciclistas, especialmente en los recorridos nocturnos por considerarse de mayor vulnerabilidad.

El trámite propuesto es enviarlo a la Comisaría de la Policía Preventiva Municipal en coordinación con la Dirección de Movilidad para que, en conjunto, valoren e informen lo conducente.

4.4 Oficio que remite Acuerdo Legislativo No. 1604/LXII/20, mediante el cual se remite respetuosa Invitación a este Ayuntamiento para que forme parte del “CONVERSATORIO NACIONAL POR EL DESARROLLO Y LA JUSTICIA HACENDARIA DE LOS MUNICIPIOS”, a realizarse vía telemática el sábado 31 de octubre del 2020, de las 10 a 15 horas, con la finalidad de integrar la Agenda Legislativa de Fortalecimiento Municipal.

El trámite propuesto es enviarlo a la Tesorería Municipal para que, en conjunto con la Jefatura del Gabinete y la Secretaría Particular de Presidencia, valoren lo conducente.

4.5 Oficio que remite Acuerdo Legislativo No. 1616/LXII/20, mediante el cual se exhorta a este Ayuntamiento para efecto de establecer mecanismos de coordinación y apoyo con la Delegación de la Procuraduría Federal del Consumidor en Jalisco, para implementar operativos de verificación a fin de evitar especulaciones respecto de los productos de la canasta básica por parte de proveedores y comerciantes.

El trámite propuesto es enviarlo a la Sindicatura Municipal para que, en conjunto con la Dirección de Inspección y Vigilancia Municipal, realicen acercamiento con la Delegación de la Procuraduría Federal del Consumidor, para que realicen la gestión correspondiente.

4.6 Oficio que remite Acuerdo Legislativo No. 1624/LXII/20, mediante el cual se exhorta a este Ayuntamiento para que se implementen programas de azoteas verdes, otorgando un estímulo fiscal a quienes cumplan con el programa.

El trámite propuesto es enviarlo a la Dirección de Gestión Ambiental, Cambio Climático y Sustentabilidad para que, en coordinación con la Tesorería Municipal, valoren lo conducente.

4.7. Oficio TM/1057/2020 que suscribe el Tesorero Municipal solicitando la intervención de este órgano colegiado a efecto de aprobar las modificaciones a la Estimación de Ingresos y al Presupuesto de Egresos, respecto al Ejercicio Fiscal 2020, así como a la plantilla laboral.

El trámite propuesto es remitirlo a la Comisión Edilicia de Hacienda y Patrimonio Municipal, para que emita el dictamen correspondiente y sea presentado a este Ayuntamiento en Pleno.

En uso de la voz el C. Presidente Municipal, Juan Antonio González Mora, manifiesta que, pasando al quinto punto del orden del día, cedo el uso de la voz a la Síndica, Miriam Rubio Vega.

En uso de la voz la C. Síndica, Miriam Rubio Vega, expresa que, gracias Presidente, en relación al estado jurídico que guardan los expedientes asociados al Juicio Sumario de Garantías No. 2623/2018 y su acumulado 2847/2018; tengo a bien rendir el siguiente informe:

El Juzgado Séptimo de Distrito en Materias Administrativas, Civil y del Trabajo, en el Estado de Jalisco, requiere al Cabildo del Ayuntamiento para efecto de que:

“Acrediten que presentaron petición al Congreso del Estado para la adecuación de partidas presupuestales para cumplir la sentencia de amparo”.

El asunto que nos ocupa se encuentra relacionado con el ex policía César Alejandro Mendoza Martínez, quién impugnó su cese con fecha 15 de noviembre del año 2018; a la fecha se han contestado aproximadamente 31 requerimientos de pago. El monto adeudado es por la cantidad de $247,212.14 (doscientos cuarenta y siete mil, doscientos doce pesos 14/100 M.N.), menos el monto total de deducciones, quedando una diferencia por pagar la cantidad de $217,467.83 (doscientos diecisiete mil, cuatrocientos sesenta y siete pesos 83/100 M.N.), más actualizaciones hasta la fecha de su pago; por lo que considero se turne este asunto a Comisión para que se estudie y analice la posibilidad de atender el requerimiento de la Autoridad Jurisdiccional.

Es cuanto, señor Presidente.

En uso de la voz el C. Presidente Municipal, Juan Antonio González Mora, expresa que, gracias Síndica, en consecuencia, propongo a este órgano colegiado se turne el asunto a la Comisión Edilicia de Hacienda y Patrimonio Municipal, para que se estudie y analicen las posibilidades para atender el requerimiento de la Autoridad Jurisdiccional; por lo que se les consulta en votación económica si se aprueba, para ello se les pide que quienes estén por la afirmativa sírvase manifestarlo levantando su mano; habiéndose aprobado por unanimidad de los integrantes del Ayuntamiento en Pleno presentes, para su turno a comisiones.

En uso de la voz el C. Presidente Municipal, Juan Antonio González Mora, señala que, para el desarrollo del punto número seis relativo a la presentación de iniciativas, en primer término se pone a su consideración un bloque de iniciativas de las denominadas con dispensa de trámite, y que son las que a continuación se enuncian:

6.1.1 Iniciativa de Acuerdo Municipal con Dispensa de Trámite, que aprueba girar exhorto al Presidente de la República respecto de la asignación de participaciones y aportaciones en materia del gasto público de naturaleza federalizada.

6.1.2 Iniciativa de Acuerdo Municipal con Dispensa de Trámite, que aprueba la suscripción de un convenio de colaboración con la Secretaría de Cultura del Gobierno de Jalisco para dar continuidad al programa denominado “Fondo de Talleres para Casas de la Cultura Presencial o Virtual para el Ejercicio Fiscal 2020”.

Toda vez que los instrumentos de referencia, fueron circulados con antelación a cada uno de los munícipes que integran este Cuerpo Colegiado, motivo por el cual son sabedores del sentido y alcance de cada documento, los cuales tienen que ver con temas medulares que requieren el beneplácito del máximo órgano de gobierno de este Ayuntamiento. Luego entonces, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 17 Bis del Reglamento para el Funcionamiento Interno de Sesiones del Ayuntamiento Constitucional de Tonalá, Jalisco, les consulto si es de aprobarse la dispensa del trámite de las iniciativas expuestas; lo anterior, para estar en condiciones de que sean votadas en esta misma sesión, quienes estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo levantando su mano; para antes, adelante Regidor Alejandro Buenrostro.

En uso de la voz el C. Regidor Alejandro Buenrostro Hernández, menciona que, Presidente para antes, la fracción de Morena va en contra de la dispensa de trámite. En uso de la voz el C. Presidente Municipal, Juan Antonio González Mora, señala que, de acuerdo, lo tomamos en cuenta; en consecuencia, quienes estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo levantando su mano; registrándose, respecto de la iniciativa 6.1.1, 12 votos a favor y 3 votos en contra por parte de los C.C. Regidor Catarino Olea Velázquez, Regidora Mayra Faviola Delgado Carrillo y Regidor Alejandro Buenrostro Hernández; habiéndose aprobado por la mayoría de los integrantes del Ayuntamiento en Pleno presentes. Y en lo que respecta a la iniciativa 6.1.2, se registraron 15 votos, siendo todos a favor; habiéndose aprobado la dispensa del trámite, por unanimidad de los integrantes del Ayuntamiento en Pleno presentes.

ACUERDO NO. 675

Primera Iniciativa con Dispensa de Trámite.- En uso de la voz el C. Presidente Municipal, Juan Antonio González Mora, expresa que:

El que suscribe, Arquitecto Juan Antonio González Mora, Presidente Municipal del Ayuntamiento Constitucional de Tonalá, en uso de la facultad que me confiere el artículo 115, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como el artículo 77 de la Constitución Política del Estado de Jalisco; artículos 41, fracción I, 47 y 48 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco; artículo 54 del Reglamento del Gobierno y la Administración Pública del Ayuntamiento Constitucional de Tonalá, Jalisco; así como por los numerales 17 bis, 82, fracción I del Reglamento para el Funcionamiento Interno de Sesiones del Ayuntamiento Constitucional de Tonalá, Jalisco; someto a la consideración de este Ayuntamiento la presente Iniciativa de Acuerdo Municipal con Dispensa de Trámite que aprueba girar atento exhorto al Presidente de la República, respecto de la asignación de participaciones y aportaciones en materia del gasto público de naturaleza federalizada; de conformidad con la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, siendo la norma principal y fundamental que rige a nuestro país, establece claramente lo siguiente:

“Art. 40.- Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica y federal, compuesta por Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior, y por la Ciudad de México, unidos en una federación establecida según los principios de esta ley fundamental.”

“Art. 41.- El pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión, en los casos de la competencia de éstos, y por los de los Estados y la Ciudad de México, en lo que toca a sus regímenes interiores, en los términos respectivamente establecidos por la presente Constitución Federal y las particulares de cada Estado y de la Ciudad de México, las que en ningún caso podrán contravenir las estipulaciones del Pacto Federal…”.

Con relación al término Federación, este proviene del latín foederatio y significa unir por medio de una alianza, tratado, pacto. “El Estado federal mexicano se crea en la Constitución y es la propia ley fundamental la que constituye dos órdenes subordinados a ella: la federación y las entidades federativas, a los que a su vez señala su competencia y sus límites y entre estos dos órdenes no existe subordinación sino coordinación”[footnoteRef:1]; es decir, “no existe jerarquía entre los dos órdenes derivados de la Constitución.”[footnoteRef:2] [1: Diccionario Jurídico Mexicano, Instituto de Investigaciones Jurídicas, Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas, Universidad Nacional Autónoma de México.] [2: Diccionario Jurídico Mexicano, Instituto de Investigaciones Jurídicas, Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas, Universidad Nacional Autónoma de México.]

Una vez señalado lo anterior y a fin de establecer un orden y competencia en los ingresos que se generan en nuestro país, se elaboró la Ley de Coordinación Fiscal, misma que:

“tiene por objeto coordinar el sistema fiscal de la Federación con las entidades federativas, así como con los municipios y demarcaciones territoriales, para establecer la participación que corresponda a sus haciendas públicas en los ingresos federales; distribuir entre ellos dichas participaciones; fijar reglas de colaboración administrativa entre las diversas autoridades fiscales; constituir los organismos en materia de coordinación fiscal y dar las bases de su organización y funcionamiento…”.

En consecuencia, se puede afirmar que el Gobierno Federal es el eje rector en cuanto a la hacienda pública federal y es a través de la citada ley que se estipulan las reglas y procedimientos de distribución de la misma.

Ahora bien, es un tema de dominio popular que el Gobierno Federal ha implementado, como una de sus políticas, reducir el gasto público, situación que si bien involucra la eliminación de gastos superfluos, no justificados o excesivos, también ha implicado la reducción en el presupuesto que les corresponde a los Estados y, por ende, a los Municipios.

Desde hace pocos meses atrás, Gobernadores de diferentes entidades de nuestro país, organizaciones sociales y académicos, solicitaron modificar el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el 2021, puesto que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público propuso reducciones importantes en materia de seguridad a Estados y Municipios, resultando afectados el Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN) y el subsidio para el Fortalecimiento del Desempeño en Materia de Seguridad Pública en Municipios y Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México (FORTASEG).[footnoteRef:3] Con relación a esto, Jalisco se ha visto perjudicado debido a que la Policía Metropolitana de Guadalajara quedó excluida tanto del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública (FASP) como del Subsidio para el Fortalecimiento del Desempeño en Materia de Seguridad Pública a los Municipios (FORTASEG), ambos de la Federación, para el año 2020,[footnoteRef:4] contexto que desgraciadamente abre una oportunidad para que el crimen organizado continúe generando violencia y miedo entre la sociedad, ya que la delincuencia a lo único que se dedica es a repartirnos tiroteos, sin escuchar ni entender razones. [3: https://www.eleconomista.com.mx/politica/Gobernadores-y-organizaciones-sociales-piden-restituir-recursos-para-seguridad-de-estados-y-municipios-en-2021-20200922-0056.html] [4: ttps://www.reporteindigo.com/reporte/policia-metropolitana-de-guadalajara-sin-fondos-federales-fasp-fortaseg-homologacion-sal]

Asimismo, en fechas recientes la Cámara de Diputados extinguió 109 fideicomisos afectando los 785 millones de pesos del Fondo Metropolitano que Jalisco gestionó para obras del Peribús,[footnoteRef:5] tal y como lo reconoció el titular de la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública del Gobierno del Estado de Jalisco, David Zamora Bueno, pues señaló que serán varios proyectos en Jalisco los que serán afectados por la falta de recursos, como lo son las obras del tramo sur de Periférico, el Parque Solidaridad, los carriles centrales de carretera a Chapala, el puente Federación en Puerto Vallarta, entre otras más.[footnoteRef:6] Aquí es importante destacar que el Municipio de Tonalá, al formar parte del Área Metropolitana de Guadalajara, se verá directamente afectado por la falta de recursos del Peribús, en detrimento de la movilidad de nuestro Municipio. [5: https://www.informador.mx/jalisco/Por-extincion-de-Fondo-Metropolitano-en-riesgo-785-MDP-para-el-Peribus-20201007-0112.html] [6: https://www.notisistema.com/noticias/preve-siop-varias-obras-afectadas-por-desaparicion-del-fondo-metropolitano/]

A su vez, aquí es necesario señalar que nuestro Estado, Jalisco, es uno de los líderes en aportación del Producto Interno Bruto (PIB) del país, lo anterior conforme datos generados por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), además de aportar a la producción agropecuaria y pesquera nacional un volumen de más de 40 millones 481 mil toneladas, lo que lo convierte en el Estado líder en la producción,[footnoteRef:7] entre otros rubros, circunstancias que nos obligan a deducir y aseverar que Jalisco no está pidiendo nada que no le corresponda, que Jalisco es un Estado importante y un motor económico del país y, por lo tanto, merece un trato digno por parte del Gobierno Federal. [7: https://www.gob.mx/agricultura/articulos/ay-jalisco-cuanta-es-tu-produccion?idiom=es]

En el mismo orden de ideas y siendo Jalisco el cuarto estado más poblado de México[footnoteRef:8] y teniendo un Área Metropolitana de las más densamente pobladas del país, es inentendible que el Gobierno Federal ha hecho oídos sordos ante los argumentos y explicaciones que le solicitan una adecuada asignación de las participaciones y aportaciones federales. [8: https://secturjal.jalisco.gob.mx/invierte-en-jalisco/por-que-invertir-jalisco]

Mención aparte nos merece que, además de los argumentos vertidos en párrafos anteriores, el Municipio de Tonalá está siendo afectado por el mandato federal de cerrar el penal de Puente Grande, afectaciones que van desde el cambio de lugar de trabajo de las personas asignadas a dicho centro penitenciario, hasta todas las que subsisten por la venta de sus productos en las inmediaciones del penal federal.

Por último, es indispensable ser muy puntuales y hacer hincapié en que estamos totalmente de acuerdo en la eliminación de todo gasto público superfluo, no justificado o excesivo pero nunca a costa de la seguridad y de la vida de las personas, ni a través de la eliminación de obras que representan una gran mejoría en la calidad de vida de los ciudadanos, más aún cuando en ese tipo de decisiones se demuestra madurez política y capacidad directiva o de mando, estas circunstancias hacen notar a los que serán considerados por la historia como grandes mandatarios o jefes de estado.

De lo anteriormente expuesto, fundado y motivado, de conformidad a lo establecido por el artículo 31 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 73 y 89 de la Constitución Política del Estado de Jalisco; artículos 38, 41 fracción I, y 50 demás relativos de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, así como por los artículos 49 y 54 del Reglamento del Gobierno y la Administración Pública del Ayuntamiento Constitucional de Tonalá; y los artículos 17 bis, 82, fracción I, 83 del Reglamento para el Funcionamiento Interno de Sesiones del Ayuntamiento Constitucional de Tonalá, Jalisco, someto a su consideración la siguiente iniciativa de:

ACUERDO

PRIMERO.- Se aprueba girar atento exhorto al Presidente de la República, Licenciado Andrés Manuel López Obrador, a fin de solicitarle la asignación de recursos respecto al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN), el subsidio para el Fortalecimiento del Desempeño en Materia de Seguridad Pública en Municipios y Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México (FORTASEG), así como al Fondo Metropolitano correspondientes al Estado de Jalisco y, por ende, a sus Municipios.

SEGUNDO.- Se faculta al Presidente Municipal y Secretario General a suscribir la documentación inherente al cumplimiento del presente acuerdo.

Continuando con el uso de la voz, el C. Presidente Municipal, Juan Antonio González Mora, expresa que, en consecuencia, se apertura la discusión, en lo general y en lo particular, en torno a este asunto con dispensa de trámite, consultando a las Regidoras y los Regidores, si alguien desea hacer uso de la voz; para tal efecto se instruye al Secretario General para que lleve a cabo el registro correspondiente. En uso de la voz informativa, el C. Secretario General, Manuel Salvador Romero Cueva, menciona que, como me lo indica señor Presidente, solicitan el uso de la voz el Regidor Edgar Oswaldo Bañales Orozco y usted. En uso de la voz el C. Presidente Municipal, Juan Antonio González Mora, expresa que, gracias Secretario; adelante Regidor.

En uso de la voz el C. Regidor Edgar Oswaldo Bañales Orozco, señala que, gracias Presidente, buena tarde a mis compañeras y mis compañeros Regidores, quiero hacer una pregunta, escuché ahorita que nuestro compañero Alejandro Buenrostro manifiesta que la fracción de Morena está en contra de la dispensa de trámite, pero observo aquí que una de las iniciativas presentada por el compañero Catalino Olea solicita la dispensa de trámite, entonces, yo nada más quisiera preguntar si también esa iniciativa se retira de la dispensa de trámite, entonces sería un turno a comisión, para no generar confusión en la votación que vamos a hacer, es cuanto Presidente. En uso de la voz el C. Presidente Municipal, Juan Antonio González Mora, expresa que, buena observación Regidor; adelante Regidor Alejandro.

En uso de la voz el C. Regidor Alejandro Buenrostro Hernández, menciona que, nada más en la iniciativa 6.1.1. En uso de la voz el C. Presidente Municipal, Juan Antonio González Mora, señala que, entonces aclarando que se registra en contra de la dispensa de trámite solamente de la iniciativa 6.1.1. En uso de la voz el C. Regidor, Alejandro Buenrostro Hernández, manifiesta que, sí, en los demás estamos de acuerdo. En uso de la voz el C. Presidente Municipal, Juan Antonio González Mora, expresa que, de acuerdo. Ahora, tomo el uso de la voz, respecto a esta iniciativa.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala claramente que nuestro país es una república representativa, democrática, laica y federal, compuesta por Estados y Municipios libres y soberanos, por lo que entre estos tres órdenes de gobierno no existe una relación de jerarquía o subordinación, sino un esquema de distribución de competencias y coordinación; no obstante lo anterior, mediante la Ley de Coordinación Fiscal se establece que el Gobierno Federal es el eje rector en cuanto a la hacienda pública federal y es a través de la citada ley que se estipulan las reglas y procedimientos de distribución de los recursos monetarios que garantizan la prestación de los servicios públicos.

Ahora bien, es un tema de dominio público que el Gobierno Federal ha implementado, como una de sus políticas, la reducción el gasto público, situación que si bien involucra la eliminación de gastos superfluos, no justificados o excesivos, también ha implicado la reducción en el presupuesto que les corresponde a los Estados y, por ende, a los Municipios.

Desde hace meses, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público propuso reducciones importantes en materia de seguridad resultando afectados de forma sustancial:

-El Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN); y

-El subsidio para el Fortalecimiento del Desempeño en Materia de Seguridad Pública en Municipios y Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México (FORTASEG).

Con relación a esto, Jalisco se ha visto perjudicado debido a que la Policía Metropolitana de Guadalajara quedó excluida de dichos fondos, contexto que desgraciadamente abre la puerta para que el crimen organizado eventualmente pueda fortalecerse, de ninguna manera podemos tolerar que las organizaciones criminales estén más organizadas que las estructuras de gobierno.

Asimismo, en fechas recientes la Cámara de Diputados extinguió 109 fideicomisos afectando los 785 millones de pesos del Fondo Metropolitano que Jalisco gestionó para obras del Peribús, siendo aquí importante señalar que el Municipio de Tonalá, al formar parte del Área Metropolitana de Guadalajara, se verá directamente afectado por la falta de recursos para dicha obra, en detrimento de la movilidad de nuestro Municipio.

Ahora bien, es necesario destacar que nuestro Estado, Jalisco, es uno de los líderes en aportación del Producto Interno Bruto (PIB) del país y líder en la producción agropecuaria y pesquera, circunstancias que nos obligan a aseverar que Jalisco no está pidiendo nada que no le corresponda, que Jalisco es un Estado importante y un motor económico del país y, por lo tanto, merece un trato digno por parte del Gobierno Federal; además, siendo Jalisco la cuarta entidad federativa más poblada de México es inentendible que el Gobierno Federal ha hecho oídos sordos ante los argumentos y explicaciones que le solicitan una adecuada asignación de las participaciones y aportaciones federales.

Mención aparte nos merece que, además de los argumentos vertidos en párrafos anteriores, el Municipio de Tonalá está siendo afectado por el mandato federal al determinar el cierre del penal de Puente Grande, afectaciones que van desde el cambio de lugar de trabajo de las personas asignadas a dicho centro penitenciario, hasta todas las que subsisten por la venta de sus productos en las inmediaciones del penal federal.

Por último, es indispensable ser muy puntuales y hacer hincapié en que estamos totalmente de acuerdo en la eliminación de todo gasto público que no retribuye de manera óptima la erogación que representa, pero nunca a costa de la seguridad y de la vida de las personas, ni a través de la eliminación de obras que representan una gran mejoría en la calidad de vida de los ciudadanos, más aún cuando en ese tipo de decisiones se demuestra madurez política y capacidad directiva o de mando.

Por lo anteriormente expuesto, fundado y motivado se propone girar atento exhorto al Presidente de la República, Licenciado Andrés Manuel López Obrador, a fin de solicitarle la asignación de recursos respecto al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN), el subsidio para el Fortalecimiento del Desempeño en Materia de Seguridad Pública en Municipios y Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México (FORTASEG), así como al Fondo Metropolitano correspondientes al Estado de Jalisco y, por ende, a sus Municipios. Es cuanto.

Se declara agotada la discusión y les consulto si es de aprobarse, en lo general y en lo particular, la iniciativa de referencia; quienes estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo levantando la mano, solicitando al Secretario General nos informe el resultado.

En uso de la voz informativa, el C. Secretario General, Manuel Salvador Romero Cueva, menciona que, como lo indica Presidente, le informo que tenemos un total de 15 votos, siendo de éstos 12 votos a favor y 3 votos en contra por parte del Regidor Catarino Olea Velázquez, la Regidora Mayra Faviola Delgado Carrillo y el Regidor Alejandro Buenrostro Hernández. Habiéndose aprobado por la mayoría de los integrantes del Ayuntamiento en Pleno presentes.

ACUERDO NO. 676

Segunda Iniciativa con Dispensa de Trámite.- En uso de la voz el C. Regidor Catarino Olea Velázquez, expresa que:

El que suscribe, Regidor integrante de este Ayuntamiento, con fundamento, en lo previsto en los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 73, 77 y demás relativos de la Constitución Política del Estado de Jalisco; artículos 49 y 50 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco; así como los artículos 1, 2, 35, 49, 94 del Reglamento del Gobierno y la Administración Pública del Ayuntamiento Constitucional de Tonalá, Jalisco; así como los artículos 29 y demás relativos y aplicables del Reglamento para el Funcionamiento Interno de Sesiones del Ayuntamiento Constitucional de Tonalá, Jalisco; doy cuenta al Pleno de la presente propuesta que tiene por objeto modificar y ratificar el Acuerdo de Ayuntamiento No. 635, aprobado por unanimidad en Sesión de Ayuntamiento de fecha 20 de agosto del 2020, en el cual se autorizó celebrar Convenio de Colaboración con la Secretaría de Cultura del Estado de Jalisco y el Ayuntamiento de Tonalá, para dar continuidad al programa “Fondo de Talleres para Casas de Cultura Municipal 2020”; para lo cual se expresan los siguientes;

ANTECEDENTES

1.- Es importante establecer que el Acuerdo No. 635, señala los siguientes puntos de:

ANTECEDENTES:

“1.- El día 22 de Enero del año en cursos recibí en la oficina a mi cargo un oficio DCT/EA/0529/2020, suscrito por el Director de Cultura, por medio del cual hace saber de la solicitud recibida por la Secretaría de Cultura del Estado, en el que manifestaba y resaltaba la importancia de continuar con el Programa “Fondo de Talleres para Casas de Cultura Municipal 2020.

2.- Es de señalar que la suscripción del Convenio de Colaboración con la Secretaría de Cultura del Estado, para el “Fondo de Talleres para Casas de Cultura Municipal 2020”, que se realiza desde el año 2014, en los cuatro centros culturales y dos casas de cultura del municipio, llevando talleres de iniciación artística a las diferentes comunidades.

3.- En ese sentido y para dar para dar continuidad al programa “Fondo de Talleres para Casas de Cultura Municipal 2020, para tal efecto la Secretaría de Cultura del Estado de Jalisco se compromete a aportar la cantidad de $94,935.00 (Noventa y Cuatro Mil Novecientos Treinta y Cinco pesos 32/100 M.N.), y el municipio la cantidad de $51,065.00 (Cincuenta y Un Mil Sesenta y Cinco Pesos 00/100 M.N.), como parte complementaria para el desarrollo de dicho programa, para el ejercicio 2020. Cabe recalcar que el programa viene desarrollándose con gran éxito desde su creación en el año 2014.”

2.- Es necesario señalar que la presente modificación y ratificación del Acuerdo No. 635, estriba únicamente en el nombre del programa y al monto que aportará la Secretaría de Cultura del Estado de Jalisco, el cual se incrementa.

CONSIDERACIONES

I. Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 115 establece que:

"Los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre... Cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente Municipal y el número de regidores y síndicos que la ley determine. La competencia que esta Constitución otorga al gobierno municipal se ejercerá por el Ayuntamiento de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna entre éste y el gobierno del Estado...”

II. Que la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, en su artículo 3, estipula que:

“Cada Municipio es gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa. Las competencias municipales deben ser ejercidas de manera exclusiva por el Ayuntamiento y no habrá ninguna autoridad intermedia entre éste y el Gobierno del Estado...”.

Asimismo, en su artículo 27, establece que:

“Los Ayuntamientos, para el estudio, vigilancia y atención de los diversos asuntos que les corresponda conocer, deben funcionar mediante comisiones...”

III. Que el Reglamento del Gobierno y la Administración Pública del Ayuntamiento Constitucional de Tonalá, Jalisco, en su artículo 71, establece que:

“El Ayuntamiento de Tonalá, para el estudio, dictamen, vigilancia y atención de los diversos asuntos que les corresponda conocer, debe funcionar mediante Comisiones, estas pueden ser permanentes o transitorias, con desempeño colegiado, y bajo ninguna circunstancia pueden tener facultades ejecutivas...”

IV. Que el artículo 72 del anterior ordenamiento, estipula que las Comisiones Edilicias, poseen, entre otras atribuciones, la facultad de:

“I. Recibir, estudiar, analizar, discutir y dictaminar los asuntos turnados por el ayuntamiento; II. Presentar al ayuntamiento los dictámenes e informes, resultados de sus trabajos e investigaciones y demás documentos relativos a los asuntos que les son turnados;….y IX. Las demás que en razón de la materia les corresponda por disposición legal o reglamentaria.”

V. Que el artículo 80 del mismo ordenamiento, establece que:

“Son atribuciones de la Comisión Edilicia de Cultura, Educación, Tecnología y Deporte: En materia de Cultura: I. Proponer, analizar, estudiar y dictaminar las iniciativas en materia de Cultura del Municipio;… III. Procurar la coordinación con instituciones federales, estatales, municipales y organismos descentralizados, así como del sector privado y social, para la promoción cultural;….”

Por lo que resulta competente para conocer, analizar y valorar la iniciativa objeto del presente dictamen.

VI. Asimismo, el Reglamento del Gobierno y la Administración Pública del Ayuntamiento Constitucional de Tonalá, Jalisco, establece lo siguiente:

“Artículo 35.- El Gobierno Municipal y la Administración Pública que le deriva, sin perjuicio de las facultades, atribuciones y obligaciones que les determine la legislación y normatividad aplicable, sujetará sus acciones a los siguientes fines: V. Auspiciar la cultura, la recreación y el deporte entre la población, promoviendo la creación de organismos locales que desarrolle dichas actividades;” “Artículo 49.- Además de lo establecido en la legislación y normatividad aplicable, son facultades y obligaciones del Ayuntamiento, las siguientes: … LX. Celebrar convenios con el Poder Ejecutivo del Estado a fin de que éste, de manera directa o a través del organismo correspondiente, se haga cargo en forma temporal de alguna de las funciones o servicios que el municipio tenga a su cargo, o se ejerzan coordinadamente por el Poder Ejecutivo del Estado y el propio municipio; …” “Artículo 166.- La Dirección de Cultura tiene las facultades siguientes: I. Organizar y coordinar eventos científicos, literarios y artísticos en el municipio; … VI. Las demás que el Presidente Municipal le encomiende de acuerdo a sus atribuciones.”

CONCLUSIONES

UNICA.- Una vez expuesto lo anterior, la iniciativa, materia del presente dictamen, tiene el meritorio propósito de llevar a cabo la modificación y ratificación del Acuerdo de Ayuntamiento No. 635, aprobado por unanimidad en Sesión de Ayuntamiento de fecha 20 de agosto del 2020, en cuanto al nombre del programa y al monto que aportará la Secretaría de Cultura del Estado de Jalisco, el cual quedará como a continuación se señala, “Fondo de Talleres para Casas de Cultura Presencial o Virtual durante la contingencia COVID-19 Ejercicio 2020”. El cual se incrementó el monto que aportará la Secretaría de “$94,935.00 (noventa y cuatro mil, novecientos treinta y cinco pesos 35/100 M.N.) a la cantidad de $126,580.00 (ciento veintiséis mil, quinientos ochenta pesos 35/100 M.N.)”, siendo la misma cantidad que aportará el Municipio, que son $51,065.00 (cincuenta y un mil, sesenta y cinco pesos 00/100 M.N.), y el objetivo del programa es acercar a la comunidad del Municipio de Tonalá a la práctica de actividades culturales con una oferta de talleres diversa, amplia y accesible para toda la población y, mediante la ejecución de dicha oferta, se fomente en la comunidad el desarrollo de valores derivados del quehacer y la vida cultural, como son el respeto, la cordialidad y la empatía. Ahora bien, siendo que el Municipio de Tonalá cuenta con una reconocida trayectoria y un amplio historial de trabajo artesanal que ha perdurado por generaciones, lo que le ha ganado ser reconocido como Capital Nacional de las Artesanías; en consecuencia, es de gran importancia que se dé continuidad al programa como una medida que permitirá continuar con el desarrollo y bienestar de la población de nuestro Municipio. Por lo anteriormente expuesto y no sin antes reconocer la importancia de la iniciativa, se concluye que la misma debe ser aprobada por las motivaciones y razonamientos ya expuestos.

En consecuencia, el que suscribe, propongo los puntos de acuerdos del Acuerdo No. 635, queden como a continuación se señalan:

ACUERDOS

PRIMERO.- Se aprueba la suscripción del convenio de colaboración entre la Secretaría de Cultura del Estado de Jalisco y el Ayuntamiento de Tonalá, para dar continuidad al programa “Fondo de Talleres para Casas de Cultura presencial o virtual durante la contingencia COVID-19 Ejercicio 2020”; para tal efecto la Secretaría de Cultura del Estado de Jalisco se compromete a aportar la cantidad de $126,580.00 (ciento veintiséis mil, quinientos ochenta pesos 35/100 M.N.), y el Municipio la cantidad de $51,065.00 (cincuenta y un mil, sesenta y cinco pesos 00/100 M.N.).

SEGUNDO.- Se instruye a la Tesorería Municipal, a efecto de que libere los recursos financieros necesarios para dar cabal cumplimiento al presente acuerdo y poder llevar a cabo el programa “Fondo de Talleres para Casas de Cultura presencial o virtual durante la contingencia COVID-19 Ejercicio 2020”; lo anterior, por la cantidad de hasta $51,065.00 (cincuenta y un mil, sesenta y cinco pesos 00/100 M.N.).

TERCERO.- Se instruye a la Dirección de Cultura para que, conforme a las facultades que tiene para ello asignadas, lleve a cabo la implementación y continuidad del programa “Fondo de Talleres para Casas de Cultura presencial o virtual durante la contingencia COVID-19 Ejercicio 2020”.

CUARTO.- Se faculta al Presidente Municipal y Secretario General de este Ayuntamiento a suscribir la documentación inherente al cumplimiento del presente decreto.

En uso de la voz el C. Presidente Municipal, Juan Antonio González Mora, expresa que, se apertura la discusión, en lo general y en lo particular, en torno a este asunto con dispensa de trámite, consultando a las Regidoras y los Regidores, si alguien desea hacer uso de la voz; en consecuencia y para tal efecto, se instruye al Secretario General para que lleve a cabo el registro de oradores. En uso de la voz informativa, el C. Secretario General, Manuel Salvador Romero Cueva, menciona que, como me lo solicita señor Presidente, le informo que no se cuenta con registro de oradores en torno a este tema.

En uso de la voz el C. Presidente Municipal, Juan Antonio González Mora, manifiesta que, gracias Secretario; se declara agotada la discusión y les consulto si es de aprobarse, en lo general y en lo particular, la iniciativa de referencia; quienes estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo levantando la mano, solicitando al Secretario General nos informe el resultado. En uso de la voz informativa, el C. Secretario General, Manuel Salvador Romero Cueva, menciona que, como lo indica Presidente, le informo que tenemos un total de 15 votos, siendo todos a favor. Habiéndose aprobado el punto por unanimidad de los integrantes del Ayuntamiento en Pleno presentes.

En uso de la voz el C. Presidente Municipal, Juan Antonio González Mora, señala que, para continuar desahogando este punto del orden del día, se solicita al Secretario General de este Ayuntamiento, registre a los oradores que tengan a bien presentar iniciativas con turno a Comisión. En uso de la voz informativa, el C. Secretario General, Manuel Salvador Romero Cueva, expresa que, como lo instruye Presidente, se procede a registrar a los oradores correspondientes; quienes dan cuenta de las siguientes iniciativas con turno a comisión:

ACUERDO NO. 677

Primera Iniciativa con turno a comisión.- En uso de la voz el C. Presidente Municipal, Juan Antonio González Mora, expresa que, con su venia compañeros munícipes y compañeras

El que suscribe, Arquitecto Juan Antonio González Mora, Presidente Municipal del Ayuntamiento Constitucional de Tonalá, en uso de la facultad que me confieren los artículos 41, fracción I, y 48 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, el artículo 52 del Reglamento del Gobierno y la Administración Pública del Ayuntamiento Constitucional de Tonalá, Jalisco; así como los artículos 82, fracción I, y 83 del Reglamento para el Funcionamiento Interno de Sesiones del Ayuntamiento Constitucional de Tonalá Jalisco; someto a consideración de ustedes, la Iniciativa de Ordenamiento Municipal con Turno a Comisión que tiene por objeto aprobar el Reglamento de Archivo Municipal de Tonalá, Jalisco, así como la conformación del Grupo Interdisciplinario en Materia de Documentación y Archivo, de conformidad con la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Un documento puede ser considerado como un “escrito que ilustra acerca de algún hecho, principalmente de los históricos”[footnoteRef:9], o como la “representación material idónea para poner de manifiesto la existencia de un hecho o acto…”[footnoteRef:10]; de dichos conceptos se deduce la gran relevancia de los documentos y su correspondiente conservación. [9: Diccionario de la Lengua Española, https://dle.rae.es/documento] [10: Diccionario de Derecho Rafael de Pina, Rafael de Pina Vara]

La conservación de los documentos implica su adecuada clasificación y archivo, para lo cual se tuvo a bien expedir la Ley General de Archivos, misma que:

“es de orden público y de observancia general en todo el territorio nacional, y tiene por objeto establecer los principios y bases generales para la organización y conservación, administración y preservación homogénea de los archivos en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad de la federación, las entidades federativas y los municipios.”

Con relación a lo anterior, la Ley General de Archivos señala que un documento de archivo es aquel:

“que registra un hecho, acto administrativo, jurídico, fiscal o contable producido, recibido y utilizado en el ejercicio de las facultades, competencias o funciones de los sujetos obligados, con independencia de su soporte documental”

Y un documento histórico es el que:

“posee valores evidenciales, testimoniales e informativos relevantes para la sociedad, y que por ello forma parte íntegra de la memoria colectiva del país y fundamental para el conocimiento de la historia nacional, regional o local”

Estableciéndose en dicha legislación como sujetos obligados a cumplimentarla a todos los Municipios.

Ahora bien, por su parte la Ley de Archivos del Estado de Jalisco y sus Municipios señala como sus objetivos entre los cuales destacan los siguientes:

“promover el uso de métodos y técnicas archivísticas encaminadas al desarrollo de sistemas de archivos que garanticen la organización, conservación, disponibilidad, integridad y localización expedita de los documentos de archivo que poseen los sujetos obligados, contribuyendo a la eficiencia y eficacia de la administración pública, la correcta gestión gubernamental y el avance institucional”

Y:

“asegurar el acceso oportuno a la información contenida en los archivos y con ello la rendición de cuentas, mediante la adecuada administración y custodia de los archivos que contienen información pública gubernamental”

En el mismo orden de ideas, la citada ley en sus artículos 34 y 5, respectivamente, es clara en señalar que “los sujetos obligados”, es decir, los Municipios, “contarán con un archivo histórico”, a su vez que:

“en el ámbito de su competencia deben expedir ordenamientos municipales para garantizar la organización, la conservación y el acceso a los particulares a los archivos públicos y a todo el sistema institucional de archivos con el propósito de lograr el cumplimiento de esta Ley de acuerdo con los lineamientos emitidos por el Consejo Estatal de Archivos y por el Consejo Nacional de Archivos”

En virtud de lo anteriormente expuesto, se considera indispensable que este Ayuntamiento de Tonalá cuente con un marco reglamentario actualizado en materia de archivos y con unas disposiciones que establezcan claramente la organización, conservación, administración y preservación de los archivos municipales; así como la conformación del Grupo Interdisciplinario en dicha materia, por lo que se presenta la presente iniciativa con el objeto de expedir el nuevo Reglamento en materia del Archivo Municipal

Por lo anteriormente expuesto, fundado y motivado, de conformidad a lo establecido por los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículos 41, fracción I, y 48 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, el artículo 52 del Reglamento del Gobierno y la Administración Pública del Ayuntamiento Constitucional de Tonalá, Jalisco; así como los artículos 82, fracción I, y 83 del Reglamento para el Funcionamiento Interno de Sesiones del Ayuntamiento Constitucional de Tonalá Jalisco, someto a su consideración la siguiente iniciativa de:

ORDENAMIENTO

PRIMERO.- Se aprueba el estudio y elaboración del Reglamento de Archivo Municipal de Tonalá, Jalisco.

SEGUNDO.- Se aprueba la conformación del Grupo Interdisciplinario en Materia de Documentación y Archivo acorde a las estipulaciones del Reglamento de Archivo Municipal de Tonalá, Jalisco, que, para tal efecto, sea aprobado y publicado.

TERCERO.- Se faculta al ciudadano Presidente Municipal y al ciudadano Secretario General de este Ayuntamiento a suscribir la documentación inherente al presente ordenamiento.

Por lo cual se propone su turno únicamente a la Comisión Edilicia de Reglamentos y Puntos Constitucionales, y en votación económica les pregunto si se aprueba; habiéndose aprobado el punto por unanimidad de los integrantes del Ayuntamiento en Pleno presentes, para su turno a comisiones.

ACUERDO NO. 678

Segunda Iniciativa con turno a comisión.- En uso de la voz la C. Síndico, Miriam Rubio Vega, expresa que, Presidente con su venia, compañeros Regidores; me es grato presentar ante este Órgano Colegiado, la siguiente Iniciativa de Ordenamiento Municipal con Turno a Comisión:

La suscrita Miriam Rubio Vega, en mi carácter de Síndico del Ayuntamiento Constitucional de Tonalá, y ejerciendo la facultad que me confieren los artículos: 41 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco; 52 del Reglamento de Gobierno y la Administración Pública del Ayuntamiento de Tonalá; y 82, fracción I, 83 y 87 del Reglamento para el Funcionamiento Interno de las Sesiones del Ayuntamiento Constitucional de Tonalá, Jalisco; propongo a la consideración de este Ayuntamiento la presente Iniciativa de Ordenamiento Municipal con Turno a Comisión, que propone modificar diversos artículos del Reglamento de Turismo para el Municipio de Tonalá, Jalisco.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Actualmente el Turismo en el país y sobretodo en Jalisco, ha sido abandonado, hemos dejado que actúe a su suerte dejando de prestar atención debido a que es bien sabido que en el país existe gran cantidad de destinos turísticos que son conocidos mundialmente, por tal motivo las personas que habitan y trabajan en las zonas turísticas como el municipio en el que habitamos, han visto reducidas sus oportunidades de crecimiento.

La Policía Turística actual debería de ser un pilar para velar por los intereses de los ciudadanos que viven del turismo y no sólo eso, también es una parte importante de la economía que mueve este país.

Según los datos proporcionados por la federación, en años recientes existen anualmente 35 millones de turistas internacionales que visitan México, de esa cantidad 4 millones visitan Jalisco, es decir, un 11.4%, esto nos arroja que la participación del turismo en el PIB – Producto Interno Bruto- a nivel mundial fue de un 10%, a su vez en nuestro país alcanzó un 10% del PIB, al igual que en nuestro Estado.

Esto quiere decir que es un sector de vital importancia para el desarrollo económico de nuestro Estado y por supuesto de nuestro Municipio, siendo parte de la Zona Metropolitana, debemos de estar muy consciente de la responsabilidad que tiene el municipio por dar una imagen adecuada a todos los turistas que nos visitan.

Asimismo, en los últimos años el crecimiento de ingreso turístico a nivel mundial fue de un 4%, a nivel nacional de un 9% y en Jalisco fue de un 11% según las cifras arrojadas por la federación, siendo el tercer Estado con más turistas en el país de forma anual. Esto generó tan sólo en 2018, 60 mil millones de pesos en ingresos de manera directa y más de 100 mil millones de pesos de manera colateral.

Se estima que en el 25% de los Municipios de Jalisco, su fuente principal de ingresos es el turismo.

Es por esta razón de la importancia de tener una normatividad adecuada en tema de turismo, por lo que se propone la siguiente iniciativa de:

Ordenamiento Municipal que modifica diversos artículos del Reglamento de Turismo para el Municipio de Tonalá, Jalisco.

ARTÍCULO ÚNICO. Se reforman diversos artículos del Reglamento de Turismo para el Municipio de Tonalá, Jalisco. Para quedar como sigue;

Texto Actual

Texto Propuesto

Artículo 1. […]

Este ordenamiento se expide con apego a lo dispuesto en los Arts. 4º, párrafo cuarto y 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 77 de la Constitución Política del Estado de Jalisco; 1, 2, 3 y 10 de la Ley General de Turismo; 1 y 2 de La Ley de Promoción Turística del estado de Jalisco; 1, 2, 37 fracción II, 40 fracción II, 41 y 44 de La Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, así como el Art. 84 del Reglamento de Gobierno y Administración Pública del Ayuntamiento de Tonalá, Jalisco.

Artículo 3. […]

I – IV […]

V. Dirección: La dirección de Turismo del municipio de Tonalá

VI – XXI […]

Capitulo II

De la Dirección

Artículo 7. La Dirección es una dependencia del Ayuntamiento que tiene por objeto planear, controlar y regular toda clase de actividades que tiendan a proteger, acrecentar, difundir, promover y fomentar el desarrollo turístico en el Municipio, cuidando el óptimo y racional aprovechamiento, así como preservando los recursos naturales y culturales, conforme a las disposiciones del presente Reglamento, los acuerdos que el Ayuntamiento tome y las demás disposiciones legales y administrativas que sean aplicables.

Artículo 8. Son obligaciones y atribuciones de la Dirección:

I-XXX […]

Artículo 9. La Dirección elaborará y administrará en coordinación con Dirección de Padrón y Licencias un registro de prestadores de servicios turísticos del municipio, conforme a las leyes y reglamentos aplicables en la materia, el cual contendrá lo siguiente:

Artículo 10. La Dirección conocerá del despacho y atención de los asuntos que se contengan en los acuerdos de coordinación que al efecto se celebren en los términos y condiciones establecidos entre el Municipio de Tonalá, la Federación y el Gobierno del Estado. Los acuerdos mencionados serán los publicados en el Diario Oficial de la Federación, en la Gaceta Oficial del Estado de Jalisco, y, en su caso, en la Gaceta Municipal Tonallan. Inmediatamente de conocer asuntos que se contengan en los acuerdos de coordinación, la Dirección informará a la Comisión Edilicia de Turismo y a cada una de las dependencias involucradas.

Artículo 11. La Dirección participará y coadyuvará en los esfuerzos que realizan los gobiernos estatal y federal dentro del proceso de planeación turística, promoviendo también la participación de los sectores social y privado.

Artículo 12. La Dirección realizará programas en los que se promueva el turismo social, tomando en cuenta la realidad y las necesidades de los distintos grupos sociales como estudiantes, trabajadores, jubilados, pensionados, adultos mayores, discapacitados, campesinos de comunidades que presenten un rezago económico, cultural y otros similares, con el objeto de lograr el acceso de estos grupos a lugares de interés turístico.

Artículo 13. La Dirección desarrollará los programas necesarios a fin de cumplir con los objetivos que se fijen en el programa en materia de turismo social. Para garantizar lo establecido en el párrafo precedente, la Dirección gestionará los paquetes, precios y tarifas que hagan posible el acceso de toda persona al turismo social.

Artículo 14. Es obligación de la Dirección someter a la aprobación del Ayuntamiento El Programa Municipal de Turismo, mismo que se formulará y revisará, conforme a los términos establecidos en el Plan Municipal de Desarrollo, a fin de valorar los resultados, logros y avances de las acciones realizadas en materia turística.

I-VI […]

Artículo 16. Cuando los objetivos y líneas de acción derivados del Programa Municipal de Turismo sean susceptibles de ser realizados total o parcialmente por organismos o empresas de los sectores privado o social, el Ayuntamiento, a través de la Dirección, formulará los acuerdos correspondientes, indicando los estímulos y apoyos que procedan y las obligaciones que deberán contraer quienes participen en los mismos.

Artículo 28. El Consejo Consultivo, a iniciativa propia o de la Dirección, promoverá a aquellas áreas o regiones que por sus circunstancias geográficas o características sociales constituyen un atractivo turístico y que son susceptibles de recibir promoción y desarrollo turístico prioritario, para que sean declaradas Zonas de Desarrollo Turístico Prioritario.

Artículo 29. Para acceder a los apoyos que contemplen los gobiernos federal y estatal, el Ayuntamiento deberá proponer la declaración de un área del Municipio o región Zona de 14 Desarrollo Turístico Prioritario, a propuesta previa del Consejo Consultivo o de la Comisión Edilicia de Turismo; la propuesta deberá contener:

I-VI […]

Artículo 33. Para los efectos de orientación y protección al turista la Dirección deberá:

I-IV […]

Artículo 34. La Dirección se coordinará con las áreas relacionadas con la expedición de licencias municipales para la operación de giros del sector, y dictaminará los casos en que, para expedir la licencia, los prestadores de servicios turísticos requieran el respaldo de una prima de seguro de responsabilidad civil para la protección del usuario.

Artículo 35. La Dirección se coordinará con las áreas del Ayuntamiento relacionadas con la protección civil y de salud de los habitantes del Municipio, para la supervisión de establecimientos, actividades y servicios turísticos que pudieran representar un riesgo para la integridad física y salud del turista, conforme a las normas oficiales mexicanas y la legislación aplicable.

Artículo 36. Todos los servidores públicos del Ayuntamiento deberán prestar auxilio y atención al turista; en particular es obligación de los servidores públicos de la Dirección, así como de la Policía Turística, misma que se desempeñará en coordinación con la Dirección.

I-II […]

Artículo 37. La Dirección promoverá la difusión de los sitios de interés y actividades turísticas y artesanales del Municipio a través de los medios de comunicación masiva como son radio, televisión, medios impresos y electrónicos nacionales y extranjeros; además, elaborará y distribuirá material promocional que permita determinar la ubicación y características de los lugares turísticos. Incluirá en el Programa Anual las actividades de publicidad y promoción, y presentará la propuesta de presupuesto para cada ejercicio fiscal específicamente para este rubro, conforme a las disposiciones establecidas.

Artículo 38. La Dirección promoverá la firma de convenios y acuerdos que tengan por objeto la instrumentación de programas conjuntos de publicidad con prestadores de servicios turísticos locales, nacionales y extranjeros, empresas o instituciones públicas, privadas o sociales, y con los tres diferentes niveles de Gobierno, para fomentar la inversión 16 de capitales nacionales y extranjeros, a través del manejo de una cartera de proyectos viables para el crecimiento y progreso continuo de la oferta turística existente.

Artículo 40. La Dirección formulará un calendario de fiestas, celebraciones y conmemoraciones municipales que atraigan el turismo, par efecto de darlo a conocer por los medios informativos idóneos.

Artículo 42. La Dirección, en coordinación con las dependencias correspondientes, y el sector empresarial turístico, apoyará a las escuelas, centros de educación y capacitación para la actualización de profesionales y técnicos en ramas de la actividad turística y artesanal por medio de la capacitación, vínculos escuela-empresa y espacios para la realización de prácticas profesionales y servicios de tipo social en el Municipio tendientes a mejorar los servicios turísticos.

Artículo 44. La Dirección llevará a cabo cursos de capacitación, en coordinación con el Consejo Consultivo, utilizando la infraestructura, material y equipo del Ayuntamiento, apoyándose en escuelas y centros de capacitación turísticos, así como con organismos de la administración pública de los tres niveles de Gobierno, con el fin de realizar cursos que se impartan a los prestadores de servicios turísticos y artesanales. Para solicitar el apoyo de instructores a través de acuerdos y convenios con diferentes organismos e instituciones. Al final de los cursos de capacitación se proporcionará una constancia o distintivo de acuerdo al cumplimiento del mismo.

Artículo 45. La Dirección promoverá permanentemente, a través de visitas guiadas, pláticas, proyección de videos, talleres, concursos e información, los lugares y sitios turísticos de interés entre niños de preescolar, primaria y secundaria, y desarrollará estas acciones con el propósito de fomentar y afianzar la artesanía, la cultura, progreso y conciencia turística de la sociedad.

Artículo 1. […]

Este ordenamiento se expide con apego a lo dispuesto en los Arts. 4º, párrafo cuarto y 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 77 de la Constitución Política del Estado de Jalisco; 1, 2, 3 y 10 de la Ley General de Turismo; Ley de Turismo para el Estado de Jalisco y sus Municipios; 1, 2, 37 fracción II, 40 fracción II, 41 y 44 de La Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, así como del Reglamento de Gobierno y Administración Pública del Ayuntamiento de Tonalá, Jalisco.

Articulo 3 […]

I-IV[…]

V. La Jefatura: Jefatura de Turismo y Ciudades Hermanas;

VI-XXI […]

Capitulo II

De la Jefatura

Artículo 7. La Jefatura es una dependencia del Ayuntamiento que tiene por objeto planear, controlar y regular toda clase de actividades que tiendan a proteger, acrecentar, difundir, promover y fomentar el desarrollo turístico en el Municipio, cuidando el óptimo y racional aprovechamiento, así como preservando los recursos naturales y culturales, conforme a las disposiciones del presente Reglamento, los acuerdos que el Ayuntamiento tome y las demás disposiciones legales y administrativas que sean aplicables.

Artículo 8. Son obligaciones y atribuciones de la Jefatura:

I-XXX […]

Artículo 9. La Jefatura elaborará y administrará en coordinación con Dirección de Padrón y Licencias un registro de prestadores de servicios turísticos del municipio, conforme a las leyes y reglamentos aplicables en la materia, el cual contendrá lo siguiente:

Artículo 10. La Jefatura conocerá del despacho y atención de los asuntos que se contengan en los acuerdos de coordinación que al efecto se celebren en los términos y condiciones establecidos entre el Municipio de Tonalá, la Federación y el Gobierno del Estado. Los acuerdos mencionados serán los publicados en el Diario Oficial de la Federación, en la Gaceta Oficial del Estado de Jalisco, y, en su caso, en la Gaceta Municipal Tonallan. Inmediatamente de conocer asuntos que se contengan en los acuerdos de coordinación, la Dirección informará a la Comisión Edilicia de Desarrollo Económico y del Turismo y a cada una de las dependencias involucradas.

Artículo 11. La Jefatura participará y coadyuvará en los esfuerzos que realizan los gobiernos estatal y federal dentro del proceso de planeación turística, promoviendo también la participación de los sectores social y privado.

Artículo 12. La Jefatura realizará programas en los que se promueva el turismo social, tomando en cuenta la realidad y las necesidades de los distintos grupos sociales como estudiantes, trabajadores, jubilados, pensionados, adultos mayores, discapacitados, campesinos de comunidades que presenten un rezago económico, cultural y otros similares, con el objeto de lograr el acceso de estos grupos a lugares de interés turístico.

Artículo 13. La Jefatura desarrollará los programas necesarios a fin de cumplir con los objetivos que se fijen en el programa en materia de turismo social. Para garantizar lo establecido en el párrafo precedente, la Jefatura gestionará los paquetes, precios y tarifas que hagan posible el acceso de toda persona al turismo social.

Artículo 14. Es obligación de la Jefatura someter a la aprobación del Ayuntamiento El Programa Municipal de Turismo, mismo que se formulará y revisará, conforme a los términos establecidos en el Plan Municipal de Desarrollo, a fin de valorar los resultados, logros y avances de las acciones realizadas en materia turística.

I-VI […]

Artículo 16. Cuando los objetivos y líneas de acción derivados del Programa Municipal de Turismo sean susceptibles de ser realizados total o parcialmente por organismos o empresas de los sectores privado o social, el Ayuntamiento, a través de la Jefatura, formulará los acuerdos correspondientes, indicando los estímulos y apoyos que procedan y las obligaciones que deberán contraer quienes participen en los mismos.

Artículo 28. El Consejo Consultivo, a iniciativa propia o de la Jefatura, promoverá a aquellas áreas o regiones que por sus circunstancias geográficas o características sociales constituyen un atractivo turístico y que son susceptibles de recibir promoción y desarrollo turístico prioritario, para que sean declaradas Zonas de Desarrollo Turístico Prioritario.

Artículo 29. Para acceder a los apoyos que contemplen los gobiernos federal y estatal, el Ayuntamiento deberá proponer la declaración de un área del Municipio o región Zona de 14 Desarrollo Turístico Prioritario, a propuesta previa del Consejo Consultivo o de la Comisión Edilicia de Desarrollo Económico y Turismo; la propuesta deberá contener:

I-VI […]

Artículo 33. Para los efectos de orientación y protección al turista la Jefatura deberá:

I-IV […]

Artículo 34. La Jefatura se coordinará con las áreas relacionadas con la expedición de licencias municipales para la operación de giros del sector, y dictaminará los casos en que, para expedir la licencia, los prestadores de servicios turísticos requieran el respaldo de una prima de seguro de responsabilidad civil para la protección del usuario.

Artículo 35. La Jefatura se coordinará con las áreas del Ayuntamiento relacionadas con la protección civil y de salud de los habitantes del Municipio, para la supervisión de establecimientos, actividades y servicios turísticos que pudieran representar un riesgo para la integridad física y salud del turista, conforme a las normas oficiales mexicanas y la legislación aplicable.

Artículo 36. Todos los servidores públicos del Ayuntamiento deberán prestar auxilio y atención al turista; en particular es obligación de los servidores públicos de la Dirección, así como de la Policía Turística, misma que se desempeñará en coordinación con la Jefatura.

I-II[…]

Artículo 37. La Jefatura promoverá la difusión de los sitios de interés y actividades turísticas y artesanales del Municipio a través de los medios de comunicación masiva como son radio, televisión, medios impresos y electrónicos nacionales y extranjeros; además, elaborará y distribuirá material promocional que permita determinar la ubicación y características de los lugares turísticos.

Incluirá en el Programa Anual las actividades de publicidad y promoción, y presentará la propuesta de presupuesto para cada ejercicio fiscal específicamente para este rubro, conforme a las disposiciones establecidas.

Artículo 38. La Jefatura promoverá la firma de convenios y acuerdos que tengan por objeto la instrumentación de programas conjuntos de publicidad con prestadores de servicios turísticos locales, nacionales y extranjeros, empresas o instituciones públicas, privadas o sociales, y con los tres diferentes niveles de Gobierno, para fomentar la inversión 16 de capitales nacionales y extranjeros, a través del manejo de una cartera de proyectos viables para el crecimiento y progreso continuo de la oferta turística existente.

Artículo 40. La Jefatura formulará un calendario de fiestas, celebraciones y conmemoraciones municipales que atraigan el turismo, par efecto de darlo a conocer por los medios informativos idóneos.

Artículo 42. La Jefatura, en coordinación con las dependencias correspondientes, y el sector empresarial turístico, apoyará a las escuelas, centros de educación y capacitación para la actualización de profesionales y técnicos en ramas de la actividad turística y artesanal por medio de la capacitación, vínculos escuela-empresa y espacios para la realización de prácticas profesionales y servicios de tipo social en el Municipio tendientes a mejorar los servicios turísticos.

Artículo 44. La Jefatura llevará a cabo cursos de capacitación, en coordinación con el Consejo Consultivo, utilizando la infraestructura, material y equipo del Ayuntamiento, apoyándose en escuelas y centros de capacitación turísticos, así como con organismos de la administración pública de los tres niveles de Gobierno, con el fin de realizar cursos que se impartan a los prestadores de servicios turísticos y artesanales. Para solicitar el apoyo de instructores a través de acuerdos y convenios con diferentes organismos e instituciones. Al final de los cursos de capacitación se proporcionará una constancia o distintivo de acuerdo al cumplimiento del mismo.

Artículo 45. La Jefatura promoverá permanentemente, a través de visitas guiadas, pláticas, proyección de videos, talleres, concursos e información, los lugares y sitios turísticos de interés entre niños de preescolar, primaria y secundaria, y desarrollará estas acciones con el propósito de fomentar y afianzar la artesanía, la cultura, progreso y conciencia turística de la sociedad.

Es cuanto respecto a esta iniciativa Presidente.

En uso de la voz el C. Presidente Municipal, Juan Antonio González Mora, señala que, gracias Sindica; se propone su turno únicamente a la Comisión Edilicia de Reglamentos y Puntos Constitucionales, y en votación económica les pregunto si se aprueba; habiéndose aprobado el punto por unanimidad de los integrantes del Ayuntamiento en Pleno presentes, para su turno a comisiones.

ACUERDO NO. 679

Tercera Iniciativa con turno a comisión.- En uso de la voz la C. Síndico, Miriam Rubio Vega, menciona que:

La suscrita Miriam Rubio Vega, en mi carácter de Síndico del Ayuntamiento Constitucional de Tonalá, y ejerciendo la facultad que me confieren los artículos 41 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco; 52 del Reglamento del Gobierno y la Administración Pública del Ayuntamiento de Tonalá, Jalisco; y 82, fracción III, del Reglamento para el Funcionamiento Interno de las Sesiones y Comisiones del Ayuntamiento Constitucional de Tonalá, Jalisco; propongo a la consideración de este Ayuntamiento la presente iniciativa de acuerdo, para lo cual, me permito realizar ante el Pleno de este Ayuntamiento, la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

PRIMERO. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos prevé en la fracción II del artículo 115 que los Municipios estarán investidos de personalidad jurídica y que los Ayuntamientos tendrán facultades para aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán expedir las legislaturas de los Estados, los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la Administración Pública Municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal.

SEGUNDO. La Constitución del Estado de Jalisco prevé en su artículo 77, fracción II, que los Ayuntamientos tendrán facultades para aprobar las disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, con el objeto de organizar la administración pública municipal; y regular las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia.

TERCERO. La Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, prevé en su artículo 52, fracción III, la facultad del Ayuntamiento para designar apoderados o procuradores especiales.

CUARTO. El artículo 49, fracción XXX, del Reglamento del Gobierno y la Administración Pública del Ayuntamiento Constitucional de Tonalá, Jalisco, reconoce como facultad del Ayuntamiento: nombrar representante jurídico en negocios judiciales concretos, cuando lo estime pertinente.

QUINTO. En razón de la gran cantidad de litigios de naturaleza administrativa, burocrática, civil, mercantil, y de los juicios de amparo en los que participa el Ayuntamiento de Tonalá, ya sea como parte actora o parte demandada; y dado que una de las obligaciones que tenemos como órgano de representación política y administrativa de los ciudadanos tonaltecas, consiste en vigilar y proteger el erario con diligencia, es que la autora de la iniciativa considera de suma importancia el ejercicio de la facultad prevista por el artículo 49, fracción XXX, del Reglamento del Gobierno y la Administración Pública de este Ayuntamiento, a fin de que sea el Pleno del mismo quien nombre a representantes jurídicos para la atención de los asuntos relacionados con las materias referidas en líneas precedentes.

Para tal efecto, es que la suscrita propone a un grupo de abogados pertenecientes a la Administración Pública Municipal, para que funjan como representantes jurídicos del Ayuntamiento en los términos que se plantearán en la parte resolutiva del presente acuerdo.

Bajo los razonamientos mencionados en líneas anteriores que se propone la siguiente iniciativa de acuerdo:

ACUERDO

PRIMERO. En ejercicio de la facultad prevista por el artículo 49, fracción XXX, del Reglamento del Gobierno y la Administración Pública del Ayuntamiento Constitucional de Tonalá, Jalisco, este órgano colegiado nombra, como representantes jurídicos, a las y los servidores públicos que a continuación se mencionan:

1. Mtro. José Luis de la Mora Gálvez, en su calidad de Director General Jurídico.

1. Licenciado Héctor Medina Covarrubias, quien funge como Director Jurídico de la Comisaría Preventiva.

1. Lic. Gladis Dorelehida Núñez Partida, como personal adscrito a la Jefatura de lo Contencioso, Administrativo y Consultivo.

1. Lic. Alejandra Patiño Guzmán, como personal adscrito a la Jefatura de lo Contencioso, Administrativo y Consultivo.

1. Lic. Pedro Méndez Campechano, como personal adscrito a la Jefatura de lo Contencioso, Administrativo y Consultivo.

1. Lic. Ricardo Sandoval Castro, como personal adscrito a la Jefatura de lo Contencioso, Administrativo y Consultivo.

1. Dr. Javier García Escobedo, como personal adscrito a la Jefatura de lo Contencioso Laboral.

1. Lic. Elizabeth Azucena Copado Gómez, como personal adscrito a la Jefatura de lo Contencioso Laboral.

1. Lic. Francisco Miguel Paredes Mata, como personal adscrito a la Jefatura de lo Contencioso Laboral.

1. Lic. Beatriz Catalina Toscano González, como personal adscrito a la Jefatura de lo Contencioso Laboral.

1. Lic. David Rodríguez Montoya, como personal adscrito a la Jefatura de lo Contencioso Laboral.

1. Lic. Obed Valencia González, como personal adscrito a la Jefatura de lo Contencioso Laboral.

1. Lic. Jaime Martínez Basulto, como personal adscrito a la Jefatura de lo Contencioso Laboral,

Firmar contestaciones de demandas, interponer amparos.

SEGUNDO. Los servidores públicos señalados en el punto anterior, fungirán como representantes jurídicos en los asuntos de naturaleza civil, penal, mercantil, administrativa, laboral, juicios de amparo y controversias constitucionales, de conformidad con las reglas de representación previstas por las disposiciones adjetivas en las materias señaladas; teniendo para tal efecto amplias facultades para interponer y contestar demandas, incidentes y recursos, así como desahogar audiencias, presentar pruebas, imponerse de autos, recibir notificaciones actuación, a nombre del Ayuntamiento, con excepción del desistimientos de las acciones e instancias de los litigios en los que actúen en nombre y representación del Ayuntamiento de Tonalá, Jalisco.

TERCERO. El presente nombramiento surtirá efectos hasta el día 30 de septiembre de 2021, en tanto que no haya revocación expresa por parte de este Ayuntamiento, subordinando sus actuaciones a las instrucciones dictadas por la Sindicatura Municipal.

Es cuanto respecto a esta iniciativa Presidente, gracias.

En uso de la voz el C. Presidente Municipal, Juan Antonio González Mora, manifiesta que, gracias Síndica; se propone su turno únicamente a la Comisión Edilicia de Gobernación, en votación económica les pregunto si se aprueba; habiéndose aprobado el punto por unanimidad de los integrantes del Ayuntamiento en Pleno presentes, para su turno a comisión.

ACUERDO NO. 680

Cuarta Iniciativa con turno a comisión.- En uso de la voz la C. Síndico, Miriam Rubio Vega, manifiesta que:

La que suscribe, Síndico, Miriam Rubio Vega, integrante del Ayuntamiento Constitucional de Tonalá, Jalisco, en uso de la facultad que me confieren los artículos 41, fracción III, y 53 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco; el artículo 52 del Reglamento del Gobierno y la Administración Pública del Ayuntamiento Constitucional de Tonalá, Jalisco; así como los artículos 82, fracción III, y 83 del Reglamento para el Funcionamiento Interno de Sesiones del Ayuntamiento Constitucional de Tonalá, Jalisco; someto a consideración de ustedes, la Iniciativa de Acuerdo Municipal que pone a consideración del Ayuntamiento en Pleno la suscripción de un contrato de donación a favor del Gobierno de la República para la construcción y puesta en marcha de un hospital general que brinde atención médica a los tonaltecas, de conformidad con la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El hombre, al vivir en sociedad, comprende y busca las ventajas de la vida colectiva, encontrándose entre ellas la necesidad de seguridad:

“en todas las épocas y en todos los confines del planeta, la historia da cuenta de la lucha constante del hombre para romper con la inseguridad que la acompaña en todos los órdenes de la vida; esa lucha tenaz y constante por sobrevivir, por combatir el hambre y las enfermedades, por vencer la ignorancia y la desesperanza, por combatir la insalubridad, ha sido la esencia de su proceso evolutivo, tanto en lo individual como en lo social”.[footnoteRef:11] [11: Nuevo Derecho de la Seguridad Social, Ángel Guillermo Ruiz Moreno, Editorial Porrúa.]

Una vez establecido lo anterior, se puede afirmar que las directrices sociales han buscado la implementación de una política social, misma que estructure y establezca las medidas y normas de la seguridad general; es decir, el Estado ha buscado llevar a cabo acciones que garanticen el bienestar de sus gobernados, llamándose a esto último el derecho a la seguridad social.

En México, “la seguridad social tiene como finalidad garantizar el derecho humano a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia...”[footnoteRef:12], entre otros servicios, por lo que toda persona tiene derecho a la protección de la salud, conforme lo establecido en el artículo 4 de nuestra Constitución Federal. [12: Nuevo Derecho de la Seguridad Social, Ángel Guillermo Ruiz Moreno, Editorial Porrúa.]

Ahora bien, teniendo en cuenta lo anterior es que se expone la presente iniciativa a fin de que se otorgue en donación un predio de propiedad municipal al Gobierno Federal, con el propósito de que se lleve a cabo la construcción de un hospital, contrato de donación que estará sujeto a que si en un plazo de 4 meses no inicia la obra, se revocaría dicho contrato.

Por último, cabe hacer mención de que el hospital que se pretende construir, contará con 120 camas, terapia intensiva, helipuerto, entre otras áreas y servicios.

Por lo anteriormente expuesto, fundado y motivado, de conformidad a lo establecido por los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 41, fracción I, y 48 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco; el artículo 52 del Reglamento del Gobierno y la Administración Pública del Ayuntamiento Constitucional de Tonalá, Jalisco; así como los artículos 82, fracción I, y 83 del Reglamento para el Funcionamiento Interno de Sesiones del Ayuntamiento Constitucional de Tonalá, Jalisco; someto a su consideración la siguiente iniciativa de:

ACUERDO

PRIMERO.- Se instruye a la Comisión Edilicia de Hacienda y Patrimonio Municipal para que valore la pertinencia de entregar en donación un predio de propiedad municipal a favor del Gobierno de la República, para la construcción y operación de un hospital general que brinde atención a los tonaltecas.

SEGUNDO.- Se faculta al ciudadano Presidente Municipal y al ciudadano Secretario General de este Ayuntamiento, a suscribir la documentación inherente al presente ordenamiento.

Es cuanto señor Presidente.

En uso de la voz el C. Presidente Municipal, Juan Antonio González Mora, expresa que, gracias Síndica; se propone su turno únicamente a la Comisión Edilicia de Hacienda y Patrimonio Municipal, y en votación económica les pregunto si se aprueba; habiéndose aprobado el punto por unanimidad de los integrantes del Ayuntamiento en Pleno presentes, para su turno a comisiones.

ACUERDO NO. 681

Quinta Iniciativa con Turno a Comisión.- En uso de la voz la C. Regidora Andrea Nallely León García, manifiesta que, con su venia Presidente, Secretario, compañeros Regidores y personas que nos ven por las redes sociales. Solicito al Secretario General que las iniciativas que voy a presentar, se trascriban tal cual en el acta correspondiente.

La suscrita Regidora de este Ayuntamiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 115, fracción II, segundo párrafo, de nuestra Constitución Federal, así como los artículos 27, 49 y 50 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco; y artículos 52 y 94 del Reglamento del Gobierno y la Administración Pública del Ayuntamiento Constitucional de Tonalá, Jalisco; someto a consideración de este Ayuntamiento la siguiente iniciativa, el cual tiene por objeto un apoyo inmobiliario de 240 sillas y 120 mesas binarias, para la escuela Primaria Urbana 494 “Lázaro Cárdenas”, ubicada en calle Cruz Blanca 167, en la colonia Tonalá, Centro; lo anterior, conforme a la siguiente:

EXPOSICIÓN DE