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Organización Meteorológica Mundial CONGRESO METEOROLÓGICO MUNDIAL Decimoctava reunión Ginebra, 3 a 14 de junio de 2019 Cg-18/INF. 10 Presentado por: Secretario General 15.V.2019 ELECCIONES Y NOMBRAMIENTOS NOTA SOBRE LOS PROCEDIMIENTOS DE VOTACIÓN Y LAS PRÁCTICAS PARA LAS ELECCIONES, LAS VOTACIONES Y LA DIRECCIÓN DE LOS DEBATES EN EL CONGRESO INTRODUCCIÓN En la presente Nota Informativa figura un resumen de los procedimientos y prácticas de la Organización Meteorológica Mundial (OMM) destinado a ayudar a los delegados y presidentes a dirigir los debates durante las sesiones de la Plenaria o de los comités de trabajo del Congreso, así como a organizar las votaciones y elecciones durante la reunión. Sírvase remitirse a las páginas 19- 21 si necesita orientaciones sobre el procedimiento electrónico (votación electrónica). 1. Dirección de los debates (Reglas 95 a 109 del Reglamento General) NOTA 1 La aplicación de las Reglas 95 a 109 podrá suspenderse total o parcialmente en casos particulares, siempre que se dé un preaviso de 24 horas sobre dicha propuesta de suspensión. Se podrá prescindir del preaviso si ninguna delegación ni ningún Miembro se opone (Regla 3). 1.1 Poderes del presidente Abrir y levantar las sesiones Dirigir los debates (Reglas 95 y 96 ) Velar por la observancia de las disposiciones de los Artículos pertinentes del Convenio y del Reglamento General Conceder la palabra Someter cuestiones a votación y anunciar las decisiones Dirigir las deliberaciones y mantener el orden en las sesiones (por ejemplo, llamar al orden a un orador si sus observaciones no se relacionan con el tema que se discute o, si es necesario, limitar el tiempo concedido a cada orador, excepto cuando una delegación o un Miembro presenten una moción de orden) Proponer el aplazamiento o la clausura de los debates Proponer el aplazamiento o la suspensión de las sesiones Decidir sobre las mociones de orden 1.2 Moción de orden (Regla 97) (tiene precedencia sobre cualquier otro asunto incluso las mociones de procedimiento)

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Organización Meteorológica MundialCONGRESO METEOROLÓGICO MUNDIALDecimoctava reuniónGinebra, 3 a 14 de junio de 2019

Cg-18/INF. 10Presentado por:

Secretario General15.V.2019

ELECCIONES Y NOMBRAMIENTOS

NOTA SOBRE LOS PROCEDIMIENTOS DE VOTACIÓNY LAS PRÁCTICAS PARA LAS ELECCIONES, LAS VOTACIONES

Y LA DIRECCIÓN DE LOS DEBATES EN EL CONGRESO

INTRODUCCIÓN

En la presente Nota Informativa figura un resumen de los procedimientos y prácticas de la Organización Meteorológica Mundial (OMM) destinado a ayudar a los delegados y presidentes a dirigir los debates durante las sesiones de la Plenaria o de los comités de trabajo del Congreso, así como a organizar las votaciones y elecciones durante la reunión. Sírvase remitirse a las páginas 19-21 si necesita orientaciones sobre el procedimiento electrónico (votación electrónica).

1. Dirección de los debates (Reglas 95 a 109 del Reglamento General)

NOTA 1La aplicación de las Reglas 95 a 109 podrá suspenderse total o parcialmente en casos particulares, siempre que se dé un preaviso de 24 horas sobre dicha propuesta de suspensión. Se podrá prescindir del preaviso si ninguna delegación ni ningún Miembro se opone (Regla 3).

1.1 Poderes del presidente Abrir y levantar las sesiones Dirigir los debates (Reglas 95 y 96 ) Velar por la observancia de las disposiciones de los Artículos pertinentes del

Convenio y del Reglamento General Conceder la palabra Someter cuestiones a votación y anunciar las decisiones Dirigir las deliberaciones y mantener el orden en las sesiones (por ejemplo, llamar

al orden a un orador si sus observaciones no se relacionan con el tema que se discute o, si es necesario, limitar el tiempo concedido a cada orador, excepto cuando una delegación o un Miembro presenten una moción de orden)

Proponer el aplazamiento o la clausura de los debates Proponer el aplazamiento o la suspensión de las sesiones Decidir sobre las mociones de orden

1.2 Moción de orden (Regla 97) (tiene precedencia sobre cualquier otro asunto incluso las mociones de procedimiento) Intervención dirigida al presidente que requiere decisión inmediata; sin debate;

votación únicamente en el caso de que se presente una apelación contra la decisión (véase también el apéndice A)

Zarina Maria RIVA GARCIA, 15/05/19,
MODIFICAR si hay cambios una vez revisado y editado el documento.
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Cg-18/INF. 10, p. 2

NOTA 2Las peticiones de información o aclaración y los comentarios o las críticas relativos a las disposiciones materiales (sistema de interpretación, temperatura de la sala, asientos, etc.,) documentos, traducciones, etc., no deben confundirse con una moción de orden; el presidente, con la ayuda del Secretario General, tratará de encontrar una solución.

1.3 Propuestas (Regla 99) Se discutirán y someterán a votación en el orden en que se hayan

presentado, salvo en los casos en que se disponga lo contrario (véanse los puntos 1.4 a 1.7 más adelante)

NOTA 3De conformidad con la Regla 107, las mociones de procedimiento tienen preferencia en el orden siguiente: Suspensión de la sesión; Aplazamiento de la sesión; Aplazamiento del debate sobre el punto objeto de discusión; Clausura del debate sobre el punto objeto de discusión.

1.4 Suspensión de la sesión (Regla 104) Aplazamiento provisional de los debates de la sesión*

1.5 Aplazamiento de la sesión (Regla 104) Suspensión de los debates hasta que se convoque otra reunión*

1.6 Aplazamiento del debate (Regla 105) Suspensión del debate sobre el punto objeto de discusión hasta un

momento posterior de la sesión o hasta una sesión posterior*

1.7 Clausura del debate (Regla 106) Suspensión de todos los debates sobre el punto en la sesión; solo se dará

la palabra para oponerse a la clausura del debate a dos oradores, después de lo cual la moción será sometida inmediatamente a votación, salvo presentación de una moción de orden.

1.8 Enmiendas a una propuesta o a una enmienda (Regla 100) Cuando se presente más de una enmienda, se entablará una discusión y

se votará primero sobre la enmienda que más se aparte del fondo del texto original; el presidente decidirá el orden de la votación

1.9 Retirada de una propuesta o de una enmienda (Regla 101) Posible, a no ser que se esté discutiendo o se haya adoptado una

enmienda a dicha propuesta o enmienda

* *La propuesta no se debatirá, pero se someterá inmediatamente a votación, salvo si se plantea una moción de orden.

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Cg-18/INF. 10, p. 3

1.10 Votación por separado de las partes de una propuesta/enmienda (Regla 103 ) Si hay objeciones a la votación por separado de una propuesta o

enmienda se autorizará a tomar la palabra solamente a dos oradores que estén a favor y a dos en contra, y se someterán después a votación; en caso de aprobación, cada parte se someterá a votación por separado y luego se someterán finalmente a votación en su conjunto.

NOTA 4Una enmienda se refiere, en general, a las adiciones, supresiones o modificaciones que se proponen respecto de cualquier propuesta. Sin embargo, una enmienda al Convenio o al Reglamento General presentada al Congreso de conformidad con el Artículo 28 del Convenio o la Regla 2, respectivamente, se considera una propuesta original. Toda propuesta de enmienda a la propuesta original no debería acabar modificando la intención fundamental de la propuesta original; de lo contrario, deberá presentarse como nueva propuesta a la cual se aplicará, según corresponda, el Artículo 28 del Convenio o la Regla 2.

1.11 Derecho y función de los observadores (Regla 109) Los observadores podrán participar en un debate sobre un tema de

común interés para la OMM y la organización que representen; solo se tomarán en consideración las propuestas o enmiendas que estén apoyadas por una delegación; no tienen derecho de voto

1.12 Examen de documentos por la plenaria (Regla 110) Los documentos deberán distribuirse por lo menos 18 horas antes de su

examen salvo que se suspenda lo dispuesto en la Regla 110 (Regla 3); pueden adoptarse o ser sometidos de nuevo en forma de documento de trabajo o documento VERSIÓN- o final

2. Votaciones y elecciones en la plenaria (véanse también el apéndice B y el apéndice C)

2.1 Cuórum (Artículo 12) Número mínimo de Miembros presentes en una sesión necesarios para

que una decisión adoptada por el Congreso sea válida El número de Miembros presentes deberá ser por lo menos igual a la

mayoría simple de todos los Miembros (o de los Miembros que son Estados cuando se adoptan decisiones relativas a cuestiones sobre las cuales solo esos Miembros tienen derecho a votar)

2.2 Derechos de voto (Artículo 11 a) y Regla 57) Cada Miembro dispondrá de un voto, de conformidad con el Artículo 31,

que define el caso de suspensión:Las delegaciones con derecho a voto son las que están al día en el pago de sus contribuciones a la Organización con arreglo a la Resolución 37 (Cg-XI) – Suspensión de Miembros que no cumplen sus obligaciones financieras y a la Resolución 35 (Cg-XII) – Pago de contribuciones atrasadas desde hace tiempo y a la Resolución 41 (Cg-XV) – Liquidación de contribuciones atrasadas desde hace tiempo.

2.3 Tipo de votación 2.3.1 A mano alzada (Regla 59)

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Los votos serán contados por Miembros del personal designados a tal efecto

2.3.2 Nominal (Regla 60) Se hará a petición de cualquier delegación y siguiendo el orden

alfabético francés de la lista de Miembros que tienen derecho a voto

2.3.3 Secreta1 (Reglas 61, 62, 63) Para todas las elecciones, excepto cuando haya solo un candidato

(o el número de candidatos sea igual al número de puestos que hayan de cubrirse) y para adoptar decisiones cuando lo pidan por lo menos dos delegaciones; se llamará a los Miembros y se designará a dos escrutadores entre los delegados; las papeletas serán destruidas después de haberse anunciado y aceptado el resultado (véase también el punto 2.5.2); se utilizará el sistema de votación electrónico

2.3.4 Consenso Permite adoptar decisiones sin votación, pero no puede ser

oficialmente impuesto por las delegaciones o por el presidente de la sesión

2.4 Mayoría requerida (Artículo 11 b)) En general, para todo tipo de votación, incluidas las elecciones, la

mayoría requerida se calcula teniendo en cuenta el número de votos válidos (no comprende las abstenciones, los votos en blanco ni las papeletas nulas (Regla 58)) emitidos por las delegaciones de Miembros (o los Estados Miembros) presentes que tengan derecho a voto.

NOTA 5Después de que el presidente de la sesión haya anunciado que comienza la votación, nadie podrá interrumpirla, salvo para una moción de orden relativa a la forma en que se esté efectuando la votación (Regla 108).La votación secreta tendrá preferencia sobre la votación nominal si se han pedido ambas (Regla 61).

2.4.1 Para las decisiones:

2.4.1.1

Solo pueden votar los Miembros que son Estados; se necesita la aprobación por una mayoría de dos tercios de todos los Estados Miembros

- Enmiendas al Convenio que no impliquen ninguna nueva obligación para los Miembros (Artículo 28 c))

- Solicitudes de admisión (Artículo 3 c), e))- Relaciones con las Naciones Unidas y

otras organizaciones intergubernamentales (Artículos 25 y 26)

1 La propuesta no se debatirá. Se llevará adelante el proceso de votación secreta.

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NOTA 6Cuando en un proyecto de enmienda al Convenio no se alcance esta mayoría de dos tercios de todos los Estados Miembros pero se obtiene, en cambio, la mayoría de dos tercios de los votos emitidos a favor y en contra por los Estados Miembros presentes y votantes, el Congreso puede decidir que se someta el mismo proyecto de enmienda a nueva votación en el siguiente Congreso.

2.4.1.2 Otras decisiones (Artículos 11 b), 28 b) Mayoría de dos tercios de las delegaciones (de los

Estados Miembros según el artículo 28 b)) presentes, y votantes a favor y en contra

NOTA 7Las decisiones del Congreso figuran en las resoluciones o en el Resumen General de los trabajos de la reunión.

2.4.2 Para que las elecciones sean válidas (Artículo 11b)) Mayoría simple de los votos emitidos

2.4.2.1 Elecciones del Presidente y los Vicepresidentes (Regla 84) a) No se obtiene la mayoría simple (Regla 87)

Elecciones separadas para cada uno de los cargos; mayoría simple (Artículo 11 b)); solo votarán los Estados Miembros Artículo 11 a))

Segunda votación limitada a los dos candidatos que hayan obtenido el mayor número de votos; si otro candidato obtiene el mismo número de votos que el segundo candidato, se le incluirá igualmente en la lista para la siguiente votación

b) El mismo número de votos (Regla 90) Otra votación, y si tampoco se alcanzase una decisión,

la elección se decidirá por sorteo

NOTA 8En las elecciones, la mayoría simple quedará constituida por el número entero inmediato superior a la mitad del número de papeletas de votación emitidas, excluidas las abstenciones, los votos en blanco y las papeletas nulas (Regla 64 b)).

NOTA 9Normalmente, el Presidente y los tres Vicepresidentes deberán pertenecer a Regiones diferentes (Regla 84)

2.4.2.2 Elección de los miembros del Consejo Ejecutivo (Artículo 11 a)) y Regla 17

Solo votan los Estados Miembrosa) Primera elección (Regla 86 a))

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Cg-18/INF. 10, p. 6

Votación separada, cuando sea necesario, para cubrir el número mínimo prescrito de cuatro puestos para cada Región; las votaciones se llevarán a cabo simultáneamente

b) Segunda elección (Regla 86 b), 88, 89)Para cubrir simultáneamente por cada Región, mediante una o varias votaciones subsiguientes, los puestos restantes para esa Región, teniendo en cuenta la Regla 17 en la que se estipula la distribución de puestos del Consejo Ejecutivo

c) Otras votaciones (Regla 88 c))Si son necesarias otras votaciones, el número total de candidatos no podrá exceder el doble del número de puestos que queden por cubrir

2.4.3 Nombramiento del Secretario General (Regla 199) Por las delegaciones de todos los Miembros con derecho a voto;

primer paso: se aplica el procedimiento de “indicación de preferencia” por votación secreta; segundo paso: mayoría de dos tercios de los votos emitidos para el candidato preferido, si no se ha obtenido ya

2.5 Recuento de votos

2.5.1 Votos en blanco, abstenciones, o papeletas inválidas en caso de votación con papeletas (Regla 58)

No se incluyen en el recuento

2.5.2 Nulidad (Reglas 83, 86). Una papeleta carecerá de validez si: Contiene nombres de personas que no aparecen en la lista de

candidatos (en la elección) Contiene más nombres que el número de puestos por ocupar (en la

elección) Contiene más nombres, en el caso de cualquiera de las Regiones,

que el número máximo posible de puestos que quedan por ocupar (elección del Consejo Ejecutivo)

La identidad de los votantes se revela mediante cualquier anotación, marca o signo (en las votaciones secretas)

2.5.3 Explicación del voto (Regla 108) Antes o después del recuento, excepto cuando la votación sea

secreta; no se permitirá que el autor de la moción de orden presentada durante la votación explique su voto

2.5.4 Resultados de una votación o elección El presidente de la sesión comunicará:

a) el número de delegaciones presentes y con derecho a votob) el cuórum requeridoc) el número de abstenciones, votos en blanco y votos nulosd) el número de votos válidos emitidose) la mayoría requerida ya sea:

i) para la votación: número total de votos emitidos a favor y en contra de la propuesta

ii) para las elecciones: número de votos recibido por cada candidato en orden descendiente y proclamación del

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Cg-18/INF. 10, p. 7

nombre o los nombres de los elegidos

2.5.5 Destrucción de las papeletas (Regla 62) Deben destruirse inmediatamente las papeletas de voto después de

haberse anunciado el resultado de la elección o de la votación secreta sobre cualquier cuestión y su aceptación por la sesión

NOTA 10En los apéndices B y C se ofrecen detalles sobre los procedimientos de votación para las elecciones y el nombramiento del Secretario General

3. Comités de trabajo

3.1 Elección del presidente (Regla 31) El presidente presidirá las sesiones hasta que se haya elegido al

presidente del comité en cuestión 3.2 Miembros de los comités

Cualquier miembro de una delegación puede formar parte de un comité de trabajo

3.3 Votación En principio no se debería celebrar ninguna votación; el presidente

tratará de obtener un consenso en la medida de lo posible, o de hacerse una idea de la tendencia dentro del órgano mediante una votación oficiosa a mano alzada

3.4 Informe a la plenaria (Regla 110) Debe ser presentado por el presidente en nombre de su comité junto con

una introducción oral

NOTA 11Cuando sea necesario, y teniendo en cuenta el carácter de participación abierta de los comités de trabajo, se votará normalmente sobre la base del número de Miembros presentes y votantes, prescindiendo de las disposiciones de las reglas que rigen las condiciones para obtener el cuórum requerido; la decisión se tomará por mayoría simple (Regla 65). No obstante, el resultado de esa votación se presentará en la parte de discusión del informe a la plenaria.

______________Apéndices: 3

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Cg-18/INF. 10, p. 8

APÉNDICE A:DESCRIPCIÓN DEL CONCEPTO DE “MOCIÓN DE ORDEN”

1. Una moción de orden es fundamentalmente una intervención dirigida al presidente para pedirle que haga uso de alguna atribución inherente a su cargo o que le confiere expresamente el Reglamento General. Puede, por ejemplo, referirse a la manera de dirigir el debate, al mantenimiento del orden, a la observancia del Reglamento General o a la manera como los presidentes ejercen las atribuciones que les confiere el Reglamento. En virtud de una moción de orden, un delegado puede solicitar al presidente que aplique una determinada regla o impugnar la forma en la que el presidente aplica las Reglas. Por lo tanto, los delegados pueden, dentro del ámbito del Reglamento General, señalar a la atención del presidente las posibles infracciones o aplicaciones incorrectas del Reglamento por otros delegados o por el propio presidente. Una moción de orden tiene preferencia sobre todo otro asunto, incluso las mociones de procedimiento (Reglas 97 y 107).

2. Las mociones de orden planteadas en virtud de la Regla 97 entrañan asuntos que exigen una decisión del presidente, a reserva de una posible apelación. Se diferencian, por lo tanto, de las mociones de procedimiento de que tratan las Reglas 104 a 107, que solo pueden decidirse por votación y respecto de las cuales puede tratarse al mismo tiempo más de una moción, cuyo orden de preferencia se establece en la Regla 107. Se diferencian también de las peticiones de información o aclaración y de las observaciones que se refieren a disposiciones materiales (asientos, sistema de interpretación, temperatura de la sala, documentos, traducciones, etc.) que, si bien pueden necesitar que los atienda el Presidente, no exigen una decisión formal de su parte. No obstante, conforme a la práctica establecida, un delegado que tiene intención de presentar una moción de procedimiento o de solicitar información o aclaración, con frecuencia plantea una “moción de orden” a fin de obtener el uso de la palabra. Este uso no debe confundirse con el verdadero planteamiento de una moción de orden en virtud de la Regla 97.

3. Conforme a la Regla 97, el presidente debe decidir inmediatamente respecto de una moción de orden con arreglo al Reglamento General; toda apelación que esa decisión origine debe someterse también inmediatamente a votación. De esto se desprende que, como norma general:

a) no pueden debatirse ni una moción de orden ni una apelación de la decisión que se ha dado al respecto. Toda discusión sobre una apelación se resolverá entre el apelante y el presidente únicamente;

b) no puede permitirse ninguna moción de orden sobre el mismo tema ni sobre otro tema diferente hasta que hayan quedado despachadas la moción de orden inicial y cualquier apelación que de ella surgiere.

No obstante, tanto el presidente como las delegaciones pueden solicitar información o aclaraciones acerca de una moción de orden. Además, el presidente puede, si lo juzga necesario, pedir a las delegaciones que expresen su opinión sobre una moción de orden antes de indicar su decisión; en los casos excepcionales en que se recurra a esta práctica, el presidente debe poner término al intercambio de opiniones y anunciar su decisión tan pronto esté preparado para hacerlo.

4. La Regla 97 dispone que el delegado que presente una moción de orden no podrá tomar la palabra sobre el fondo de la cuestión que se esté discutiendo. Por consiguiente, el carácter puramente de procedimiento de las mociones de orden exige brevedad. El presidente tiene la responsabilidad de velar por que las declaraciones hechas como una moción de orden estén de acuerdo con la presente descripción.

__________

Zarina Maria RIVA GARCIA, 14/05/19,
En el documento Cg-17/INF.14, por algún motivo, se eliminó en la traducción al español “APÉNDICE A, APÉNDICE B y APÉNDICE C”.
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Cg-18/INF. 10, p. 9

APÉNDICE B:PRINCIPIOS RECTORES PARA LA REALIZACIÓN DE ELECCIONES

O VOTACIONES SECRETAS

1. Antes de que comience la votación, el presidente entregará a los dos escrutadores que él mismo haya designado la lista de Miembros con derecho a voto.

2. La Secretaría entregará una papeleta de voto a cada delegación presente y con derecho a votar. Las papeletas serán de dimensiones idénticas y del mismo color y no llevarán ninguna señal distintiva.

3. Después de cerciorarse de que la urna está vacía, los escrutadores la cerrarán.

4. Los Miembros serán llamados a votar por orden alfabético francés.

5. El representante del Secretario General y los escrutadores llevarán constancia de la participación de cada Miembro en la votación, haciendo la oportuna acotación al margen de la lista de Miembros con derecho a voto.

6. Cuando se haya llamado a votar al último Miembro de la lista, el presidente se cerciorará de que no queda por nombrar ninguna de las delegaciones presentes con derecho a voto, declarará terminada la votación y anunciará que se va a proceder al recuento de las papeletas.

7. Una vez abierta la urna, los escrutadores contarán las papeletas depositadas. Si su número fuera superior al de votantes, el presidente declarará nula la votación y se procederá a votar de nuevo.

8. El recuento de los votos tendrá lugar en presencia del órgano integrante.

9. En las elecciones, uno de los escrutadores dará lectura en voz alta al nombre o nombres inscritos en las papeletas y el otro irá anotando en un documento establecido a tal efecto el número de votos obtenidos por cada candidato al lado de su nombre.

10. Se contarán como abstenciones las papeletas en blanco y las que lleven escrita la palabra abstención.

11. Se considerarán nulas las papeletas en los siguientes casos:

a) cuando el votante haya revelado su identidad, en particular cuando haya firmado la papeleta o haya inscrito en ella el nombre del Miembro al que representa;

b) cuando en ellas figure un nombre que no figura en la lista de candidatos establecida;

c) cuando el número de nombres inscritos sea mayor que el de puestos por proveer o cuando el nombre de un candidato aparezca más de una vez.

12. Terminado el escrutinio, los escrutadores consignarán los resultados en un documento establecido a tal efecto, que firmarán y entregarán al presidente después de que lo haya verificado el representante del Secretario General. A continuación, el presidente anunciará los resultados indicando sucesivamente: el número de Miembros presentes con derecho a voto, el número de abstenciones, el número de papeletas nulas, el número de votos válidos emitidos y el número de votos necesario para obtener una mayoría. Para las elecciones, indicará el nombre de los candidatos y el número de votos obtenidos por cada uno de ellos, por orden decreciente. Para cualquier otra votación indicará: el número de votos a favor y en contra de la propuesta.13. Las papeletas se destruirán inmediatamente después de proclamado el resultado de la votación y de su aceptación por la sesión.

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Cg-18/INF. 10, p. 10

______________

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Cg-18/INF. 10, p. 11

APÉNDICE C:PROCEDIMIENTO DE VOTACIÓN PARA LA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE Y LOS

VICEPRESIDENTES DE LA ORGANIZACIÓN Y DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO EJECUTIVO Y PARA EL NOMBRAMIENTO DEL SECRETARIO GENERAL

I. INTRODUCCIÓN

1. El Artículo 11 del Convenio y las Reglas 57 a 65 del Reglamento General contienen las normas básicas que rigen las votaciones en el Congreso.

2. Los procedimientos para elegir al Presidente y los Vicepresidentes de la Organización y los miembros del Consejo Ejecutivo están estipulados en las Reglas 80 a 90 del Reglamento General. El Artículo 13 del Convenio rige la composición del Consejo Ejecutivo y la distribución regional de sus puestos.

3. El procedimiento para nombrar al Secretario General se rige por las Reglas 197 a 200 del Reglamento General.

4. El objetivo del presente apéndice es describir cómo funcionan estas reglas y procedimientos.

5. Las reglas y procedimientos se adaptarán, en caso necesario, para que se puedan llevar a cabo la elección del Presidente, los tres Vicepresidentes y los miembros del Consejo Ejecutivo y el nombramiento del Secretario General en el Congreso mediante el sistema de votación electrónico de la OMM por teclado, como consta en la parte III que figura más adelante.

II. REGLAS Y PROCEDIMIENTOS DE LAS VOTACIONES

A. Elecciones

A.1. Generalidades

6. Antes de una elección, el Congreso debe aprobar una lista compuesta por los candidatos propuestos por el Comité de Candidaturas y los candidatos propuestos en sesión.

7. De conformidad con el inciso 4) del apartado a) del Artículo 11 del Convenio, solo los delegados de Estados Miembros de la OMM con derecho a voto pueden votar en las elecciones del Presidente, los Vicepresidentes y los miembros del Consejo.

8. En la Regla 82 del Reglamento General se dispone que, en caso de que no haya más que un candidato, se le declarará elegido sin votación. Con sujeción a las limitaciones establecidas en el apartado c) del Artículo 13 del Convenio, esta disposición implica también que si hay dos o más candidatos para un número idéntico de cargos por cubrir, se declarará elegidos a todos estos candidatos sin votación.

9. Todas las elecciones serán por voto secreto de conformidad con la Regla 82 del Reglamento General. Con arreglo al apartado b) del Artículo 11 del Convenio, estas elecciones se aprobarán por mayoría simple de los votos.

A.2. Elecciones del Presidente y los Vicepresidentes

Zarina Maria RIVA GARCIA, 15/05/19,
Al tratarse de un nuevo apéndice, ¿no debería mencionarse por extenso la primera vez que aparece esta sigla?
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Cg-18/INF. 10, p. 12

10. Si las elecciones son necesarias, se celebrarán elecciones separadas para los cargos de Presidente, primer Vicepresidente, segundo Vicepresidente y tercer Vicepresidente, en este orden. De conformidad con la Regla 84 del Reglamento General, el Presidente y los tres Vicepresidentes normalmente pertenecerán a Regiones diferentes.

11. Si un candidato obtiene la mayoría simple, excluidas las abstenciones y los votos en blanco o nulos, se le declarará elegido (Regla 87 y apartado b) de la Regla 64 del Reglamento General).

12. De lo contrario, se celebrará una segunda votación entre los dos candidatos que hayan obtenido el mayor número de votos. No obstante, si dos o más candidatos obtienen el mismo número de votos que el segundo candidato, se incluirán todos en la segunda votación (Regla 87 del Reglamento General).

13. Si ningún candidato obtiene la mayoría simple en una segunda y una tercera votación, la elección se decidirá por sorteo (Regla 90 del Reglamento General).

A.3. Elección de los miembros del Consejo Ejecutivo

14. En el Artículo 13 del Convenio se define el número de miembros del Consejo Ejecutivo, entre ellos el Presidente y los tres Vicepresidentes de la Organización, además de los presidentes de las seis asociaciones regionales. Todos los puestos se distribuirán de modo que cada Región tenga por lo menos cuatro puestos y no más de nueve. De conformidad con la Regla 86 del Reglamento General, la elección se realizará en dos fases.

Primera fase

15. La primera fase consistirá en asegurarse de que para cada Región se elija el número mínimo estipulado de cuatro miembros.

16. Habida cuenta de que los presidentes de las seis asociaciones regionales son miembros por derecho propio del Consejo Ejecutivo, y de que el Presidente y los tres Vicepresidentes de la Organización ya han sido elegidos antes de esta fase, quedan 14 puestos por cubrir en esta primera fase, a saber, entre dos y tres puestos para cada Región.

17. Si el número de candidatos corresponde al número de puestos que deben cubrirse en cada Región, los candidatos se declararán elegidos sin votación.

18. En todos los demás casos, habrá una elección para cada Región en la que se decidirá entre los nombres de los candidatos de la Región en cuestión que haya aprobado anteriormente el Congreso (véase el párrafo 5 supra). 19. Para cada Región el presidente declarará elegidos los candidatos que hayan obtenido la mayoría simple de votos a favor y en contra. Si dos candidatos alcanzan la mayoría simple para un solo puesto, se declarará elegido al candidato que haya obtenido el mayor número de votos.

20. Cuando ningún candidato haya obtenido la mayoría necesaria para un puesto determinado, pueden organizarse nuevas votaciones con arreglo al procedimiento expuesto en los párrafos 11 y 12 supra.

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Cg-18/INF. 10, p. 13

Segunda fase

21. En la segunda fase de la elección se cubren los puestos restantes del Consejo Ejecutivo. Ninguna Región puede tener más de nueve miembros con arreglo al Artículo 13 del Convenio, por lo que el número máximo de puestos adicionales que deben cubrirse durante esta segunda fase es de cinco por Región. Con este fin se procederá a una segunda elección, mediante votaciones separadas realizadas simultáneamente, para cubrir los demás puestos vacantes del Consejo Ejecutivo, fundándose en una lista que contenga los nombres de los candidatos procedentes de Regiones determinadas, excepto aquellos que hayan sido elegidos de acuerdo con lo dispuesto en el apartado a), a fin de dar cumplimiento a las disposiciones del Artículo 13 c) ii) del Convenio y de la Regla 17. En esta segunda elección se utilizarán papeletas de voto diferentes para cada Región. Además de lo dispuesto en la Regla 83, una papeleta de voto será nula si contiene un número de nombres, para cualquier Región, superior al número máximo de puestos vacantes posibles para dicha Región, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 13 c) ii) del Convenio y la Regla 17. Una papeleta de voto que contenga menos nombres que puestos por cubrir será válida y no se considerará abstención siempre que contenga por lo menos un nombre (véase el párrafo 5 supra).

22. Si el número de candidatos de una Región que obtiene una mayoría simple supera el número de puestos vacantes, se declararán elegidos los candidatos que hayan obtenido el mayor número de votos, con sujeción al número máximo a que se refiere el párrafo anterior. Si el número de candidatos que obtiene una mayoría simple es inferior al número de puestos vacantes para la Región, esos candidatos se declararán elegidos y se procederá a una segunda votación para cubrir los puestos restantes para esa Región.

23. Para la segunda votación, la lista de candidatos de una Región estará formada por los candidatos que hayan obtenido el mayor número de votos en la primera votación, con sujeción a que el número de candidatos no exceda el doble del número de puestos todavía vacantes (apartado c) de la Regla 88 del Reglamento General).

24. Se convocarán cuantas votaciones sean necesarias por cada Región para cubrir los puestos vacantes. En cada votación el presidente recuerda, si procede, el número máximo de puestos todavía vacantes para cada Región con arreglo al Artículo 13 del Convenio.

B. Nombramiento del Secretario General

25. Como en cualquier otra votación, el presidente debe cerciorarse primero de que hay cuórum, a saber, que está presente por lo menos una mayoría de los Miembros de la Organización. Al contrario que en las elecciones de las autoridades y de los miembros del Consejo Ejecutivo, todos los Miembros (Estados y Territorios) con derecho a voto pueden votar para el nombramiento al Secretario General.

26. Si solo hay un candidato, puede declarársele elegido sin votación. Si se vota, será una votación secreta, de conformidad con la Regla 81 del Reglamento General. El nombramiento del Secretario General requiere una mayoría de dos tercios de los votos emitidos a favor y en contra. Se declarará elegido al candidato que obtenga esta mayoría en cualquier momento del proceso.

27. Para reducir progresivamente el número de candidatos, aquellos que no hayan conseguido ningún voto o que hayan tenido el número más bajo de votos en la

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Cg-18/INF. 10, p. 14

primera votación serán borrados de la lista de candidatos para la siguiente ronda de votación. Sin embargo, si dos o más candidatos obtienen el menor número de votos, se procederá a una votación de preferencia entre ellos. Si más de un candidato obtuviera el menor número de votos, se eliminará a ambos de la lista.

28. Habrá tantas votaciones como sea preciso para reducir la lista de candidatos a uno solo, cuyo nombramiento deberá confirmarse con una mayoría de dos tercios de los votos emitidos a favor y en contra. Si quedan dos candidatos finales con el mismo número de votos, solo se procederá a una ronda más de votación.

29. Si el único candidato restante no obtiene la mayoría necesaria o no se expresa ninguna preferencia en la votación entre los dos candidatos finales, el Congreso decidirá si se ha de proceder a una nueva votación, si se ha de seguir un nuevo procedimiento o si ha de aplazar su decisión (apartado h) de la Regla 199 del Reglamento General).

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Cg-18/INF. 10, p. 15

III. SISTEMA DE VOTACIÓN ELECTRÓNICO DE LA OMM PARA LA INDICACIÓN DE PREFERENCIA

1. INTRODUCCIÓN

Modernización del sistema de votación de los órganos integrantes de la OMM

Tras la utilización de un sistema de votación electrónico para la elección de las autoridades y de los miembros del Consejo Ejecutivo durante el Congreso anterior, la Secretaría de la OMM ha seguido tratando de generalizar la utilización de este sistema electrónico para los órganos integrantes.

Esta iniciativa se funda en que un sistema de votación electrónico es más fácil de usar, más rápido y más fiable en cuanto a los resultados y la integridad, y contribuye al buen desenvolvimiento de las sesiones.

Solución técnica

El sistema de votación electrónico que utilizará el Decimoctavo Congreso será un sistema particularizado para la Organización, basado en el intercambio de ondas radioeléctricas entre un conjunto de teclados individuales y una estación central de recepción. El programa informático se configura para adaptarlo a distintos tipos de elecciones y votaciones.

2. UTILIZACIÓN DE SISTEMAS DE VOTACIÓN ELECTRÓNICOS

El principio básico consiste en reproducir lo más fielmente posible el sistema tradicional de votación en el que se utilizan papeletas durante las votaciones mediante el establecimiento de un sistema, y en particular su programa informático correspondiente, de manera tal que el proceso de selección se efectúe siguiendo todos los pasos con arreglo al Convenio de la OMM, el Reglamento General y el procedimiento y las prácticas del Congreso.

Por ejemplo, en el caso de una votación basada en la indicación de preferencia, el cuadro que figura a continuación establece una comparación entre los pasos que se siguen en un sistema de votación tradicional y su equivalente en el de votación electrónica.

Se organizará una demostración para los delegados antes de las elecciones para que se familiaricen con el sistema electrónico de votación realizando una votación de prueba.

Comparación entre el sistema de votación tradicional y el sistemade votación electrónico

Sistema de votación con papeletas Sistema de votación electrónicoLos escrutadores muestran a los delegados que la urna de votación está vacía.

Los escrutadores confirman a los delegados que el sistema de votación se haya establecido debidamente con los elementos de información necesarios para llevar a cabo la elección.

El presidente solicita a la Secretaría que imprima papeletas, etc.

El presidente solicita a la Secretaría que introduzca en el sistema los nombres de

Zarina Maria RIVA GARCIA, 15/05/19,
Véase comentario anterior.
Zarina Maria RIVA GARCIA, 15/05/19,
¿No debería ir en extenso por tratarse de un título?
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Cg-18/INF. 10, p. 16

los candidatos, de modo que los votantes puedan emitir votos hasta alcanzar el número de candidatos necesario que ha de elegirse, o indicar que no tienen preferencia, por lo que dejarán la papeleta “en blanco”. El presidente solicita a la Secretaría que imprima un informe inicial de los escrutadores y pide a estos que verifiquen que los nombres de la lista sean correctos.

La Secretaría distribuye papel de votación (papeletas) a cada delegado principal (o a su suplente).

A petición del presidente, la Secretaría establece parámetros de seguridad (por ejemplo, nombres de usuario y/o contraseñas) correspondientes a cada delegado principal, imprime y distribuye a cada delegado las papeletas en las que figura esta información bajo la supervisión de los escrutadores (cada delegado utilizará el mismo nombre de usuario y/o contraseña durante una sesión de votación; esta información deberá ser secreta y no deberá intercambiarse entre delegados).

Se llama por turno a los delegados principales a emitir el voto (o se les invita a que permanezcan en sus asientos y emitan su voto depositando sus papeletas en la urna cuando esta se les presente).

El presidente declara ABIERTA la votación, la Secretaría activa la sesión de votación para que el equipo (cada teclado) pueda utilizarse y se solicita a los delegados principales que emitan sus votos siguiendo las instrucciones facilitadas.

El presidente pregunta si todos los delegados principales han votado.

El presidente pregunta si todos los delegados principales han votado.

El presidente declara cerrada la votación y anuncia la apertura del recuento de los votos.

El presidente declara CERRADA la votación, pide a la Secretaría que desactive el sistema para votar y elabore el informe de los escrutadores.

Los escrutadores abren las urnas y cuentan las papeletas; los votos se cuentan en presencia de los delegados.

Los escrutadores verifican que el informe generado automáticamente contenga la información necesaria. Este proceso tiene lugar en presencia de los delegados.

Los escrutadores concluyen y firman el informe elaborado y lo entregan al presidente.

Los escrutadores firman el informe elaborado y lo entregan al presidente en presencia de los delegados

Las papeletas de votación se destruyen en presencia de los delegados, previa solicitud del presidente.

La información correspondiente a la ronda de votación que ha concluido se borra en presencia de los escrutadores y delegados previa solicitud del presidente

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Cg-18/INF. 10, p. 17

Utilización del sistema de votación electrónico de la OMM por teclado

En la siguiente sección se describe cómo se llevará a cabo una votación utilizando teclados individuales.

Con el teclado se puede enviar información a una estación central, pulsando una o más teclas de manera consecutiva, y recibir mensajes breves de esa estación.Los dígitos pulsados y los mensajes recibidos de la estación central aparecerán en la pantalla de la parte superior del teclado.

Instrucciones de uso:

Para que la información —serie de un dígito— quede registrada en la estación central y se tenga en cuenta en la fase de identificación y en cada votación, una vez introducida DEBE apretarse la tecla OK (tecla inferior derecha). La estación central enviará entonces un mensaje de acuse de recibo.

La tecla “papelera” (es decir, la tecla situada en el ángulo inferior izquierdo) permite borrar los dígitos ya pulsados, y que aparecen en la pantalla superior, SOLAMENTE ANTES de pulsar la tecla OK.

Teclado que se distribuye a cada delegado principal o a su suplente.

(*) Un teclado defectuoso se remplazará si es necesario; pero corresponderá al presidente decidir si habrá de anularse y repetirse toda o parte de una sesión de votación.

Procedimiento genérico:

Al comienzo de una sesión de votación, se distribuirá un teclado a cada delegado principal (o a su suplente). (Una sesión de votación es un conjunto de rondas de votación durante las cuales continuarán utilizándose los MISMOS teclados(*) asignados a los delegados, sin que se permita el cambio o la permuta de los mismos).

Para identificar a todos los votantes que participan en una sesión de votación, se atribuirá a cada uno de ellos un código PIN (5 dígitos que deberán ser secretos y no deberán intercambiarse) los cuales habrán de introducirse (pulsando las teclas) cuando lo solicite el presidente. De este modo, se establecerá una lista de teclados que habrán de activarse para la siguiente sesión de votación.

En cada ronda de votación, el presidente declarará ABIERTA la votación. En ese momento, el administrador activará todos los teclados reconocidos. Los delegados principales pueden introducir y enviar información hasta que el presidente declare CERRADA la ronda de votación. Entonces, el administrador desactivará los teclados. A la hora de establecer el resultado de una ronda de votación, solo se tendrá en cuenta la información enviada correctamente y recibida debidamente

Zarina Maria RIVA GARCIA, 15/05/19,
Véase comentario anterior.
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Cg-18/INF. 10, p. 18

por la estación central.

El administrador establecerá el sistema conforme a las normas para la votación (indicación u omisión de la preferencia, mayoría necesaria), bajo la supervisión de los escrutadores y de la Secretaría de la OMM.

La información necesaria para los votantes, como las instrucciones para proceder a una ronda de votación, los nombres de los candidatos a los distintos cargos, las preguntas pendientes de respuesta, se facilitará en pantallas situadas en la sala o bien de forma impresa (o de ambas maneras), de modo que los votantes dispongan de tiempo suficiente para preparar sus votos.

Consejos generales para evitar el uso accidental de los teclados:

Las siguientes observaciones tienen por objeto ofrecer indicaciones y orientación a los votantes para evitar que envíen mensajes que no correspondan a sus intenciones:

Volver a pulsar un dígito que ya se haya pulsado para hacer una selección no tendrá ningún efecto en las opciones que ya se hayan elegido: las series de dígitos que ya se hayan introducido permanecerán inalteradas;

Advertencia: El “0” se pulsa para votar en blanco (“BLANK”) y a continuación debe pulsarse la tecla OK para que el mensaje se envíe y se reciba como tal. Si el “0” se pulsa de otra manera, solo se tendrán en cuenta las otras opciones que se hayan escogido cuando se pulse la tecla OK;

Cuando el número de opciones de respuestas posibles indicadas en una lista es limitado, solo se pueden ver en la pantalla y enviar los dígitos que se pulsen primero hasta alcanzar el número de dígitos permitido. No es posible pulsar otro dígito, y las opciones iniciales permanecen inalteradas;

Antes de pulsar la tecla OK y enviar los dígitos que aparecen en la pantalla, se pueden hacer correcciones pulsando la tecla “papelera”, que borra todos los dígitos introducidos previamente, y entonces se debe introducir toda la nueva selección de dígitos.

Información complementaria

El sistema elabora automáticamente el informe de los escrutadores. Los escrutadores, con la ayuda de la Secretaría, lo imprimen, verifican que esté correcto, y lo entregan al presidente. El presidente lo lee y, posteriormente, resumirá la conclusión a la que se ha llegado a partir de los resultados de la votación e indicará cuáles deberán serán los siguientes pasos.

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Cg-18/INF. 10, p. 19

En el caso de una votación por separado para elegir candidatos preferidos entre los candidatos que hayan obtenido el mismo número más bajo de votos en la votación anterior, el presidente solicitará a la Secretaría que establezca un sistema que permita indicar la preferencia entre esos dos candidatos solamente. La secuencia es la misma.

De requerirse un sorteo, se utilizará el sistema tradicional (papeletas).

Proceso y sistemas de votación

PASO MEDIDAENCARGADO

DE LA SECRETARÍA

DESCRIPCIÓN

Identificación y reconocimiento de los votantes activos1 El presidente pide a los

delegados principales que acudan al personal de la Secretaría para recoger un teclado y contraseñas o solicita a la Secretaría que distribuya teclados y contraseñas (códigos PIN) a los delegados principales.

CER, CNF e ITD (La sigla CER corresponde a la Secretaría en su calidad de representante del administrador de las elecciones del sistema; CNF corresponde a la logística y la distribución, e ITS corresponde a la red de apoyo).

Corresponde a los escrutadores la función de observar y garantizar que el número de contraseñas que han de distribuirse sea correcto.

2 El presidente declara ABIERTA la ronda de identificación, ordena a la Secretaría que ACTIVE el sistema.

CER, CNF e ITS activan el sistema.

Corresponde a los escrutadores la función de observar.

3 Los votantes introducen su código PIN y lo confirman pulsando la tecla “OK”. Los teclados solamente podrán utilizarse para la votación si se recibe el mensaje de su activación (“ACTIVATED”).

CER y CNF Corresponde a los escrutadores la función de observar.

4 El presidente pregunta si cada delegado ha enviado su código PIN y entonces ordena a la Secretaría que DESACTIVE el sistema. Declara CERRADA la

CER, CNF e ITS desactivan el sistema.

Corresponde a los escrutadores la función de observar. A los delegados principales que no hayan

Zarina Maria RIVA GARCIA, 15/05/19,
Más que “MEDIDA”, creo que podría traducirse por “ACTUACIÓN” o “PROCEDER”.
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Cg-18/INF. 10, p. 20

PASO MEDIDAENCARGADO

DE LA SECRETARÍA

DESCRIPCIÓN

ronda de identificación. introducido su código PIN se les desactivarán los tableros durante toda la sesión de votación y sus votos se registrarán como “Abstención” en el informe de los escrutadores.

Organización de una ronda de votación1 El presidente solicita a la

Secretaría que introduzca en el sistema los nombres de los candidatos o una formulación de preguntas.

Director del CER y Director del LC

Corresponde a los escrutadores la función de observar.

2 El presidente solicita a los escrutadores que confirmen si la votación electrónica es correcta.

Director del CER y Director del LC

Los escrutadores verifican la lista en el sistema y en el informe inicial impreso y confirman si es correcta.

3 El presidente pregunta si todas las delegaciones de los países Miembros están preparadas para votar y ordena a la Secretaría que ACTIVE el sistema y declara la ronda de votación ABIERTA.

CER, CNF e ITS activan el sistema.

Corresponde a los escrutadores la función de observar.

4 El presidente pide a las delegaciones de los países Miembros que emitan su voto pulsando el dígito o dígitos correspondientes y luego la tecla “OK”. El voto de una delegación de un país Miembro se contará solamente cuando el mensaje “RECEIVED” se envíe a sus teclados.

CER, CNF e ITS

Asistidos por la ITS y orientados por la Secretaría si es necesario.

Se darán con anticipación instrucciones concretas a las delegaciones de Miembros dependiendo del tipo de votación. Será crucial seguirlas escrupulosamente.Con el fin de facilitar la votación, la lista pertinente de los candidatos aparecerá en pantallas para permitir a las delegaciones de Miembros preparar sus votos.5 El presidente pregunta si todos

los presentes han votado y ordena a la Secretaría que DESACTIVE el sistema. Declara la ronda de votación CERRADA.

CER, CNF e ITS desactivan el sistema.

Corresponde a los escrutadores la función de observar.

6 El administrador de las elecciones de la Secretaría

CER y el Director del

Los escrutadores examinan el informe y lo

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Cg-18/INF. 10, p. 21

PASO MEDIDAENCARGADO

DE LA SECRETARÍA

DESCRIPCIÓN

imprime inmediatamente el informe de los escrutadores y se lo entrega a estos.

LC hacen llegar al presidente.

7 El presidente da instrucciones para la votación siguiente, si es necesario.

Director del CER y Director del LC

8 El presidente ordena a la Secretaría que BORRE la base de datos de la ronda previa y prepare el sistema para la ronda siguiente.

El administrador de las elecciones de la Secretaría borra la base de datos y prepara la lista para la ronda siguiente con la orientación del Director del CER y el Director del LC.

Corresponde a los escrutadores la función de observar y comprobar que se borre la ronda previa.

9 El presidente anuncia los resultados finales a medida que vayan recibiéndose dependiendo del tipo de votación y de la mayoría necesaria.

10 Cuando proceda:Si queda un último candidato preferido pero no ha obtenido la mayoría necesaria, el presidente anuncia la última ronda en la que se decidirá el ganador y al que se exigirá la misma mayoría.

El administrador de las elecciones de la Secretaría indica en la lista:SÍNOAbstención.

Corresponde a los escrutadores la función de observar.

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