58
Ministerio de Hacienda Dirección General de Impuestos Internos 20530-NIN-0035-2014 San Salvador, 13 de marzo de 2014 Señor SUBDIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS Presente Se ha dado cumplimiento al auto de designación emitido el día 05 de febrero de 2013, fiscalizando e investigando si la contribuyente social AGROINDUSTRIAS GUMARSAL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE con NIT: 0614-230597-101-5 ha cumplido las Obligaciones Tributarias contenidas en la Ley de Impuesto sobre la Renta, su Reglamento, así como las contenidas en el Código Tributario, su Reglamento de Aplicación y demás disposiciones legales relacionadas con el impuesto referido, incluso en materia de Retenciones y Pago a Cuenta del mismo impuesto, correspondientes al ejercicio impositivo comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de 2010. INVESTIGACIÓN La investigación se efectuó en las oficinas administrativas de la sociedad contribuyente, donde fue exhibida la documentación probatoria existente y se recibió la colaboración necesaria para efectuar sin obstáculos la investigación, cumpliendo con lo dispuesto en los artículos 120 y 126 del Código Tributario. La información y documentación que sirvió de base para desarrollar la presente investigación es la que se detalla a continuación, misma que se cita, según corresponda, en cada uno de los apartados contenidos en este informe: N ° DIRIGIDO A REFERENCIA DEL AUTO FECHA Y HORA DE EMISIÓN FECHA Y HORA NOTIFICACIÓN O ENTREGA FECHA DE RESPUESTA SÍNTESIS DE INFORMACIÓN REQUERIDA RELACIONADA CON LOS PERÍODOS FISCALIZADOS REF. RESPUESTA Y COMENTARIOS (A) EFECTUADOS A LA CONTRIBUYENTE INVESTIGADA 1 Agroindustrias Gumarsal, Sociedad Anónima de Capital Variable 20530-NEX-0150- 2013 06/02/20 13 08:20 07/02/2013 09:10 ____ Exhibición de Información y documentación relacionada con sus operaciones. Primera vez (a) 20001-NEX-0984- 2013 06/05/20 13 08:50 14/05/2013 09:30 ____ Exhibición de Información y documentación relacionada con sus operaciones. Segunda vez (a) 20001-NEX-1013- 2013 07/05/20 13 08:55 14/05/2013 09:40 ____ Requerimiento de información en medios magnéticos relacionado con sus operaciones contables Primera vez 20530-NEX-0408- 2013 30/05/20 13 08:15 14/05/2013 10:30 Segunda vez 20530-NEX-0434- 2013 10/06/20 13 09:20 11/06/2013 15:10 12-06-2013 Citatorio a Representante Legal; no se presentó, sin embargo presento escrito el día proporcionando información parcial y solicitando plazo 20130240195 2 DIAGONAL CENTROAMÉRICA Y AV. ALVARADO, CONDOMINIO TRES TORRES, S.S. TELS: 2244-3000 CERTIFICADA BAJO LAS NORMAS ISO 9001 POR LA ASOCIACION ESPAÑOLA DE NORMALIZACION Y CERTIFICACION

 · Web viewEn relación con el Registro de Control de Inventarios, la investigada puso a disposición su sistema informático a través del cual se verificó que cumple con los requerimientos

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Ministerio de Hacienda Dirección General de Impuestos

Internos20530-NIN-0035-2014

San Salvador, 13 de marzo de 2014

SeñorSUBDIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOSPresente

Se ha dado cumplimiento al auto de designación emitido el día 05 de febrero de 2013, fiscalizando e investigando si la contribuyente social AGROINDUSTRIAS GUMARSAL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE con NIT: 0614-230597-101-5 ha cumplido las Obligaciones Tributarias contenidas en la Ley de Impuesto sobre la Renta, su Reglamento, así como las contenidas en el Código Tributario, su Reglamento de Aplicación y demás disposiciones legales relacionadas con el impuesto referido, incluso en materia de Retenciones y Pago a Cuenta del mismo impuesto, correspondientes al ejercicio impositivo comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de 2010.

INVESTIGACIÓN

La investigación se efectuó en las oficinas administrativas de la sociedad contribuyente, donde fue exhibida la documentación probatoria existente y se recibió la colaboración necesaria para efectuar sin obstáculos la investigación, cumpliendo con lo dispuesto en los artículos 120 y 126 del Código Tributario.

La información y documentación que sirvió de base para desarrollar la presente investigación es la que se detalla a continuación, misma que se cita, según corresponda, en cada uno de los apartados contenidos en este informe:

N° DIRIGIDO A REFERENCIA

DEL AUTO

FECHA Y HORA

DE EMISIÓN

FECHA Y HORA

NOTIFICACIÓN

O ENTREGA

FECHA DERESPUESTA

SÍNTESIS DE INFORMACIÓN REQUERIDA RELACIONADA

CON LOS PERÍODOS FISCALIZADOS

REF.RESPUESTA

Y COMENTARI

OS(A) EFECTUADOS A LA CONTRIBUYENTE INVESTIGADA

1Agroindustrias Gumarsal, Sociedad Anónima de Capital Variable

20530-NEX-0150-2013

06/02/2013 08:20

07/02/2013 09:10 ____ Exhibición de Información y documentación

relacionada con sus operaciones.Primera vez

(a)

20001-NEX-0984-2013

06/05/2013 08:50

14/05/2013 09:30 ____ Exhibición de Información y documentación

relacionada con sus operaciones.Segunda vez

(a)

20001-NEX-1013-2013

07/05/2013 08:55

14/05/2013 09:40 ____ Requerimiento de información en medios

magnéticos relacionado con sus operaciones contables

Primera vez

20530-NEX-0408-2013

30/05/2013 08:15

14/05/2013 10:30 Segunda vez

20530-NEX-0434-2013

10/06/2013 09:20

11/06/2013 15:10 12-06-2013

Citatorio a Representante Legal; no se presentó, sin embargo presento escrito el día proporcionando información parcial y solicitando plazo

201302401952

20530-NEX-0438-2013

19/06/2013 09:10

20/06/2013 09:30 21-06-2013

Se le concedió el plazo solicitado hasta el día 21-06-2013; presentó escrito y solicitó un nuevo plazo

201302402029

20530-NEX-0515-2013

24/06/2013 08:30

25/06/2013 13:30 02-07-2013 Se le concedió el plazo solicitado hasta el día

27-06-2013.20130240210

5

DIAGONAL CENTROAMÉRICA Y AV. ALVARADO, CONDOMINIO TRES TORRES, S.S. TELS: 2244-3000

CERTIFICADA BAJO LAS NORMAS ISO 9001 POR LA ASOCIACION ESPAÑOLA DE NORMALIZACION Y CERTIFICACION

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N° DIRIGIDO A REFERENCIA

DEL AUTO

FECHA Y HORA

DE EMISIÓN

FECHA Y HORA

NOTIFICACIÓN

O ENTREGA

FECHA DERESPUESTA

SÍNTESIS DE INFORMACIÓN REQUERIDA RELACIONADA

CON LOS PERÍODOS FISCALIZADOS

REF.RESPUESTA

Y COMENTARI

OS

20001-NEX-1165-2013

26-07-2013 08:15

30/07/2013 11:50 22-08-2013

Requerimiento de Prueba relacionado con Explicaciones sobre Préstamos otorgados a sociedades relacionadas, del archivo magnético “Planillas 2010 Gumarsal”, Proporcionar detalle en forma separada de la aplicación de los desembolsos a las cuentas de Costos y Gastos. Detalle de los activos que conforman el valor registrados en contabilidad. Explicar el tipo de operaciones registradas en la cuenta de Gastos-Otros Gastos asi como la fotopia del Libro Mayor, entre otros.

201302402539

20001-NEX-1322-2013

10-09-2013 08:00

10-09-2013 14:35

Requerimiento de Prueba relacionado con Explicaciones y Tablas de amortización de Préstamos otorgados a empresas relacionadas. Explicación amplia y suficiente asi como la documentación de control interno que compruebe los trabajos o detalle de actividades realizados por el personal destacado en diferentes areas en el plantel denominado Chanmico. Detalle de la colunma “Naturaleza del ingreso que Generó” los activos que fueron registrados en contabilidad. Explique el criterio técnico y legal de la razón por la cual se registró en contabilidad y se declaró como deducible los conceptos “Renta a Pandillas” o “Pago de Renta a Mareros”, asi como las partidas contables y la documentación de soporte, entre otros.

Primera vez

20001-NEX-1339-2013

18-09-2013 08:30

19-09-2013 08:50 Segunda vez

20001-NEX-1385-2013

27/09/2013 11:30

30/09/2013 09:10 30-09-2013

Citatorio a Representante Legal; no se presentó, sin embargo en esa fecha presentó escrito proporcionando la información solicitada.

201302402963

20530-NEX-0792-2013

17/12/2013 08:25

20/12/2013 10:10 14-01-2014

Requerimiento de Prueba relacionado con Depósito a Plazo aperturados en diferentes bancos, de lo cual se solicitó documentación de soporte asi como explicaciones en cuanto al origen de los fondos. Asi tambien se solicitó explicaciones sobre diferencias en distribución de utilidades y saldos de algunas cuentas con el Libro Diario Mayor.

201402400073

20530-NEX-0077-2014

30/01/2014 13:00

31/01/2014 09:50

14-02-2014Solicitó plazo

Requerimiento de Prueba relacionado con fotocopias, explicaciones y documentación de soporte de cargos y abonos efectuados a operaciones seleccionadas de proveedores, clientes, operaciones de depósito, reporte de liquidaciones de caja diario, conformación de saldo de cuentas de clientes y proveedores asi como otras operaciones contables.

201402400553

20530-NEX-0136-2014

17/02/2014 07:50

18/02/2014 09:55 28-02-2014

Concesión de plazo para los numerales del 5 al 9 que no fueron proporcionados en escrito presentado el 14-02-2014.

201402400716

(B) EFECTUADOS AL INTERIOR DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

1 Subdirección Integral de Grandes Contribuyentes

Certificación de declaración del Impuesto sobre la renta de 2010 y declaraciones de Pago a Cuenta y Retenciones Renta F14

2Departamento de Ingresos Bancarios, de la Dirección General de Tesorería

20530-NEX-0152-2013

12/02/2013 18/02/2013 26/02/2013 Certificación de los pagos de F-14 de los

periodos de enero a noviembre 2010DIB-DEX-111-

2013

20001-NEX-1150-2013

19/07/2013 19/07/2013 26/07/2013 Certificación de los pagos de F-14 del periodo

de diciembre 2010DIB-DEX-413-

2013

3

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N° DIRIGIDO A REFERENCIA

DEL AUTO

FECHA Y HORA

DE EMISIÓN

FECHA Y HORA

NOTIFICACIÓN

O ENTREGA

FECHA DERESPUESTA

SÍNTESIS DE INFORMACIÓN REQUERIDA RELACIONADA

CON LOS PERÍODOS FISCALIZADOS

REF.RESPUESTA

Y COMENTARI

OS

3 Sección Solvencias Físicas 1

20530-NIN-0017-2013

08/02/2013 11/02/2013 11/02/2013 Estado de Cuenta de los Impuestos Internos a

nombre de la contribuyente fiscalizada.20108-NIN-0015-2013

4 Sección Control Documentario 2

20530-NIN-0016-2013

08/02/2013 11/02/2013 27/02/2013 Certificación de los formularios F-982 y F-987

5 Sección Control Documentario 2

20530-NIN-0019-2013

08/02/2013 11/02/2013 11/03/2013 Detalle de las Retenciones, Percepciones de

Anticipo a Cuenta del 1% F-93010128-MEM-0306-2013

6 Unidad de Estudios Tributarios

20530-NIN-0018-2013

08/02/2013 11/02/2013 11/03/2013 Detalle de las Internaciones, Importaciones y

Exportaciones.10127-NIN-105-2013

(C) EFECTUADOS A TERCEROS

1Administradora de Fondos de Pensiones CRECER, S.A.

20530-NEX-0173-2013

07/02/2013 09:00

11/02/2013 08:40 13/02/2013 Fotocopias de las planillas para el pago mensual

de cotizaciones previsionales presentadas por la sociedad contribuyente de los periodos mensuales de enero a diciembre de 2010.

201302400625

2 Administradora de Fondo de Pensiones CONFIA, S.A.

20530-NEX-0174-2013

07/02/2013 09:05

11/02/2013 08:25 13/02/2013 20130240063

8

3 Instituto Salvadoreño del Seguro Social

20530-NEX-0175-2013

08/02/2013 11/02/2013 23-05-2013

Fotocopia de las planillas para el pago mensual de cotizaciones presentadas por la contribuyente de los periodos mensuales de enero a diciembre de 2010.

4 Registro de la Propiedad e Hipoteca CNR

20530-NEX-0176-2013

08/02/2013 11/02/2013 08-03-2013

Detalle de Bienes Inmuebles poseídos a nivel nacional, durante el ejercicio impositivo de 2010.

5 Registro de Comercio CNR 20530-NEX-0186-2013

08/02/2013 11/02/2013 08-03-2013

Certificación de Estados Financieros, Escritura de Constitución y sus Modificaciones, Credencial de Representante Legal, Matricula de Comercio, correspondiente al ejercicio impositivo 2010.

6 Superintendencia del Sistema Financiero

20530-NEX-0177-2013

08/02/2013 13/02/2013 19-04-2013

Proporcionar el nombre de las instituciones bajo el control de la SSF en las que la contribuyente haya efectuado transacciones o que estas se encuentren vigentes durante el ejercicio impositivo de 2010.

201302401244

7 SERTRACEN, S.A. DE C,V, 20530-NEX-0185-2013

08/02/2013 11/02/2013 22-02-2013

Detalle de los vehículos automotores matriculados a nombre de la contribuyente, Fotocopia de Escrituras de compra-venta celebradas por la contribuyente en las cuales figure como propietaria o vendedora durante el ejercicio impositivo de 2010.

Oficio 96239

8 Carlos Ernesto Ríos Umaña

20530-NEX-0330-2013

08/03/2013 08:30

11/03/2013 10:20 14-03-2013

Fotocopia de los papeles de trabajo e información que utilizó para soportar su opinión que sustenta cada uno de los procedimientos plasmados en el Dictamen e Informe Fiscal. Presentó escrito de respuesta solicitando plazo de diez días hábiles para proporcionar lo solicitado.

201302401021

20001-NEX-0753-2013

18/03/2013 09:00

19/03/2013 15:10 05-04-2013 Se le concedió el plazo solicitado, presentando

escrito de respuesta al vencimiento del mismo.201302401107

9 Banco Citibank de El Salvador, S.A.

20001-NEX-0824-2013

04/04/2013 10:25

08/04/2013 10:20

16-04-2013 Detalle de Cuentas bancarias aperturadas, Detalle de los movimientos registrados en dichas cuentas, el cual debe contener como mínimo su saldo inicial, fechas, concepto, moneda, forma de depósito o retiro, monto de los cargos y abonos efectuados y saldo final; Detalle de los nombres de las personas autorizadas para firmar retiros, cheques o suscribir depósitos, Detalle de contratos de todo tipo de crédito bancarios otorgados o que se encontraban vigentes, Detalle de tarjetas de crédito emitidas a la contribuyente y los estados de cuenta mensual que posean las

201302401189

11Dependencia del Departamento Cuenta Corriente y Control Tributario de la División Control de Obligaciones Tributarias de esta Dirección General2 Es una dependencia del Departamento Registro y Control de Contribuyentes de la División de Registro y Asistencia Tributaria de esta Dirección General.

4

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N° DIRIGIDO A REFERENCIA

DEL AUTO

FECHA Y HORA

DE EMISIÓN

FECHA Y HORA

NOTIFICACIÓN

O ENTREGA

FECHA DERESPUESTA

SÍNTESIS DE INFORMACIÓN REQUERIDA RELACIONADA

CON LOS PERÍODOS FISCALIZADOS

REF.RESPUESTA

Y COMENTARI

OSreferidas tarjetas, todo para el periodo de enero a diciembre de 2010.

20530-NEX-0066-2014

28/01/2014 11:25

30/01/2014 09:29 13-02-2014

Proporcionar fotocopia o impresión (frente y vuelto) de la imagen de los cheques detallados y emitidos de la cuenta corriente 004-301-00-000422-4 (ver detalle en requerimiento)

201402400531

10

Banco G & T Continental El Salvador, S.A.

20001-NEX-0827-2013

04/04/2013 10:40

08/04/2013 11:15 23-04-2013

Detalle de Cuentas bancarias aperturadas, Detalle de los movimientos registrados en dichas cuentas, el cual debe contener como mínimo su saldo inicial, fechas, concepto, moneda, forma de depósito o retiro, monto de los cargos y abonos efectuados y saldo final; Detalle de los nombres de las personas autorizadas para firmar retiros, cheques o suscribir depósitos, Detalle de contratos de todo tipo de crédito bancarios otorgados o que se encontraban vigentes, Detalle de tarjetas de crédito emitidas a la contribuyente y los estados de cuenta mensual que posean las referidas tarjetas, todo para el periodo de enero a diciembre de 2010.

201302401284

20530-NEX-0062-2014

28/01/2014 11:05

30/01/2014 10:00 07-02-2014

Proporcionar fotocopia o impresión (frente y vuelto) de la imagen de los cheques detallados y emitidos de la cuenta corriente 4-100-1300645 (ver detalle en requerimiento)

201402400462

11

Scotiabank El Salvador, S.A.

20001-NEX-0826-2013

04/04/2013 10:35

10/04/2013 10:45 24-04-2013

Detalle de Cuentas bancarias aperturadas, Detalle de los movimientos registrados en dichas cuentas, el cual debe contener como mínimo su saldo inicial, fechas, concepto, moneda, forma de depósito o retiro, monto de los cargos y abonos efectuados y saldo final; Detalle de los nombres de las personas autorizadas para firmar retiros, cheques o suscribir depósitos, Detalle de contratos de todo tipo de crédito bancarios otorgados o que se encontraban vigentes, Detalle de tarjetas de crédito emitidas a la contribuyente y los estados de cuenta mensual que posean las referidas tarjetas, todo para el periodo de enero a diciembre de 2010.

201302401298

20530-NEX-0067-2014

28/01/2014 11:30

30/01/2014 11:10 06-02-2014

Proporcionar fotocopia o impresión (frente y vuelto) de la imagen de los cheques detallados y emitidos de la cuenta corriente 1740018406 (ver detalle en requerimiento)

201402400399

12 Banco Agrícola, S.A.

20001-NEX-0821-2013

04/04/2013 10:10

08/04/2013 14:50 22-04-2013

Detalle de Cuentas bancarias aperturadas, Detalle de los movimientos registrados en dichas cuentas, el cual debe contener como mínimo su saldo inicial, fechas, concepto, moneda, forma de depósito o retiro, monto de los cargos y abonos efectuados y saldo final; Detalle de los nombres de las personas autorizadas para firmar retiros, cheques o suscribir depósitos, Detalle de contratos de todo tipo de crédito bancarios otorgados o que se encontraban vigentes, Detalle de tarjetas de crédito emitidas a la contribuyente y los estados de cuenta mensual que posean las referidas tarjetas, todo para el periodo de enero a diciembre de 2010.

201302401256

20530-NEX-0061-2014

28/01/2014 11:00

30/01/2014 10:35 _ Proporcionar fotocopia o impresión (frente y

vuelto) de la imagen de los cheques detallados y emitidos de la cuenta corriente 0546-031390-0 (ver detalle en requerimiento)

Primera vez

20530-NEX-0114-2014

10/01/2014 08:05

10/02/2014 11:00 10-02-2014

Segunda vez 20140240047

113

Banco Hipotecario de El Salvador, S.A.

20001-NEX-0828-2013

04/04/2013 10:45

08/04/2013 14:35

23-04-2013 Detalle de Cuentas bancarias aperturadas, Detalle de los movimientos registrados en dichas cuentas, el cual debe contener como mínimo su saldo inicial, fechas, concepto, moneda, forma de depósito o retiro, monto de los cargos y abonos efectuados y saldo final; Detalle de los nombres de las personas autorizadas para firmar retiros, cheques o suscribir depósitos, Detalle de contratos de todo tipo de crédito bancarios otorgados o que se encontraban vigentes, Detalle de tarjetas de

201302401273

5

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N° DIRIGIDO A REFERENCIA

DEL AUTO

FECHA Y HORA

DE EMISIÓN

FECHA Y HORA

NOTIFICACIÓN

O ENTREGA

FECHA DERESPUESTA

SÍNTESIS DE INFORMACIÓN REQUERIDA RELACIONADA

CON LOS PERÍODOS FISCALIZADOS

REF.RESPUESTA

Y COMENTARI

OScrédito emitidas a la contribuyente y los estados de cuenta mensual que posean las referidas tarjetas, todo para el periodo de enero a diciembre de 2010.

20530-NEX-0793-2013

18/12/2013 08:30

20/12/2013 11:30 06-01-2014

Confirmación de los depósitos a plazo efectuados en dicha institución bancaria, asi como proporcionar la documentación de soporte que respalda dichas aperturas. Manifestar si existieron retiros o disminuciones de saldos antes de la fecha de cierre de los mismos. Detalle de contratos de todo tipo de créditos bancarios otorgados o vigentes durante el 2010, cuyos desembolsos se hayan depositado en cuentas bancarias a nombre de Agroindustrias Gumarsal, S.A. de C.V.

201402400012

20530-NEX-0063-2014

28/01/2014 11:10

30/01/2014 10:25 04-02-2014

Proporcionar fotocopia o impresión (frente y vuelto) de la imagen de los cheques detallados y emitidos de la cuenta corriente 00370103385. (ver detalle en requerimiento)

201402400359

14 Banco Promerica, S.A.

20001-NEX-0822-2013

04/04/2013 10:15

08/04/2013 11:00 18-04-2013

Detalle de Cuentas bancarias aperturadas, Detalle de los movimientos registrados en dichas cuentas, el cual debe contener como mínimo su saldo inicial, fechas, concepto, moneda, forma de depósito o retiro, monto de los cargos y abonos efectuados y saldo final; Detalle de los nombres de las personas autorizadas para firmar retiros, cheques o suscribir depósitos, Detalle de contratos de todo tipo de crédito bancarios otorgados o que se encontraban vigentes, Detalle de tarjetas de crédito emitidas a la contribuyente y los estados de cuenta mensual que posean las referidas tarjetas, todo para el periodo de enero a diciembre de 2010.

s/n Escrito se recibió en la

Dirección General

20530-NEX-0794-2013

18/12/2013 08:35

20/12/2013 11:05 10-01-2014

Confirmación de los depósitos a plazo efectuados en dicha institución bancaria, asi como proporcionar la documentación de soporte que respalda dichas aperturas. Manifestar si existieron retiros o disminuciones de saldos antes de la fecha de cierre de los mismos.

201402400062

20530-NEX-0065-2014

28/01/2014 11:20

30/01/2014 09:41 04-02-2014

Proporcionar fotocopia o impresión (frente y vuelto) de la imagen de los cheques detallados y emitidos de la cuenta corriente 5-0000000000020. (ver detalle en requerimiento)

201402400366

15

Banco Davivienda Salvadoreño, S.A.

20001-NEX-0823-2013

04/04/2013 10:20

08/04/2013 14:00

Detalle de Cuentas bancarias aperturadas, Detalle de los movimientos registrados en dichas cuentas, el cual debe contener como mínimo su saldo inicial, fechas, concepto, moneda, forma de depósito o retiro, monto de los cargos y abonos efectuados y saldo final; Detalle de los nombres de las personas autorizadas para firmar retiros, cheques o suscribir depósitos, Detalle de contratos de todo tipo de crédito bancarios otorgados o que se encontraban vigentes, Detalle de tarjetas de crédito emitidas a la contribuyente y los estados de cuenta mensual que posean las referidas tarjetas, todo para el periodo de enero a diciembre de 2010.

Primera vez

20001-NEX-0957-2013

26/04/2013 09:00

26/04/2013 14:23 08-05-2013

Segunda vez 201302401436

20530-NEX-0064-2014

28/01/2014 11:15

30/01/2014 10:15 03-02-2014

Proporcionar fotocopia o impresión (frente y vuelto) de la imagen de los cheques detallados y emitidos de la cuenta corriente 002-01-01270-03 (ver detalle en requerimiento)

201402400332

16

Banco de América Central, S.A.

20001-NEX-0825-2013

04/04/2013 10:30

08/04/2013 13:30

30-04-2013 Detalle de Cuentas bancarias aperturadas, Detalle de los movimientos registrados en dichas cuentas, el cual debe contener como

Primera vez201302401356

6

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N° DIRIGIDO A REFERENCIA

DEL AUTO

FECHA Y HORA

DE EMISIÓN

FECHA Y HORA

NOTIFICACIÓN

O ENTREGA

FECHA DERESPUESTA

SÍNTESIS DE INFORMACIÓN REQUERIDA RELACIONADA

CON LOS PERÍODOS FISCALIZADOS

REF.RESPUESTA

Y COMENTARI

OSmínimo su saldo inicial, fechas, concepto, moneda, forma de depósito o retiro, monto de los cargos y abonos efectuados y saldo final; Detalle de los nombres de las personas autorizadas para firmar retiros, cheques o suscribir depósitos, Detalle de contratos de todo tipo de crédito bancarios otorgados o que se encontraban vigentes, Detalle de tarjetas de crédito emitidas a la contribuyente y los estados de cuenta mensual que posean las referidas tarjetas, todo para el periodo de enero a diciembre de 2010.

20001-NEX-0958-2013

26/04/2013 09:05

26/04/2013 13:40 30-04-2013

Segunda vez 201302401354

20001-NEX-1133-2013

09/07/2013 08:50

12/07/2013 15:32

23-07-2013 y 22-08-2013

Confirmar si existe o ha existido en sus registros la cuenta corriente número 200043545 a nombre de la sociedad Agroindustrias Gumarsal, S.A. de C.V., Proporcionar detalle en medio magnético en formato de Excel de los movimientos registrados en dicha cuenta.

201302402326 y 201302402542

20001-NEX-1170-2013

25/07/2013 08:40

26/07/2013 10:10 09-08-2013

Documentos de soporte de las transferencias electrónicas y/o cablegráficas identificadas con la descripción ”PROVEEDORES TRASLADOS” y “TEF DE:” generados a partir de las operaciones bancarias reflejadas en la cuenta de Ahorro número 103230520 a nombre de la contribuyente Agroindustrias Gumarsal, S.A. de C.V., ya sean traslados de fondos entre cuentas u órdenes de depósito en el que se evidencie el nombre del beneficiario y el número de la cuenta bancaria destino en la que fueron depositados dichos fondos.

Primera vez 201302402424

20001-NEX-1227-2013

12/08/2013 08:20

13/08/2013 08:30 09-08-2013 Se le amplió

plazo

20001-NEX-1270-2013

19/08/2013 15:30

21/08/2013 10:00 21-08-2013

Segunda vez 201302402519

20001-NEX-1274-2013

22/08/2013 13:10

23/08/2013 09:54

03-09-2013 y19-09-2013

Se le concedió plazo solicitado, presentando dos escritos con la respuesta solicitada

201302402656 y 201302402836

20001-NEX-1331-2013

13/09/2013 09:00

17/09/2013 11:22 01-10-2013

Documentación de soporte (Fotocopias de Remesas, Cheques pagados o archivo microfilm, Documentos por transferencias nacionales y al exterior, Notas de Cargo, etc.) de los movimientos detallados en archivo Bloc de Notas denominado “Estados de Cuenta 200043545-2010” correspondientes a la cuenta corriente 200043545, a nombre de la contribuyente Agroindustrias Gumarsal, S.A. de C.V.

201302402978 y 201302403152

20530-NEX-0795-2013

18/12/2013 08:40

20/12/2013 11:47

06-01-2014 Solicitó Plazo. 10-01-2014

Manifestar si se aperturaron depósitos a plazo en dicha institución bancaria, a nombre de Agroindustrias Gumarsal, S.A. de C.v.; asi como proporcionar la documentación de soporte que respalda dichas aperturas y si existieron retiros o disminuciones de saldos antes de la fecha de cierre de los mismos.

Primera vez 201402400001 y 201402400058

20001-NEX-0025-2014

16/01/2014 08:10

17/01/2014 10:13 Notificación de Plazo

20530-NEX-0054-2014

27/01/2014 09:00

27/01/2014 15:27 04-02-2014 Requerimiento por segunda vez 20140240036

8

20530-NEX-0060-2014

28/01/2014 10:55

30/01/2014 10:42 11-02-2014

Proporcionar fotocopia o impresión (frente y vuelto) de la imagen de los cheques detallados y emitidos de la cuenta corriente 200043545 (ver detalle en requerimiento)

201402400491

17

Arrocera San Francisco, S.A. de C.V.

20001-NEX-0834-2013

05/04/2013 08:15

10/04/2013 09:35

Fotocopia de Contratos vigentes y/o suscritos celebrados con Gumarsal, Detalle impreso y en medios magnéticos, en formato de Excel de cada uno de los documentos emitidos por ventas de bienes y/o prestación de servicios efectuados a la sociedad Gumarsal.

Primera vez

20001-NEX-0933-2013

22/04/2013 11:00

26/04/2013 11:29 07-05-2013

Segunda vez201302401412

18

José Adán Salazar 20001-NEX-0836-2013

05/04/2013 08:25

26/04/2013 11:29

Fotocopia de Contratos vigentes y/o suscritos celebrados con Gumarsal, Detalle impreso y en medios magnéticos, en formato de Excel de cada uno de los documentos emitidos por ventas de bienes y/o prestación de servicios

Primera vez

20001-NEX-0926-2013

22/04/2013 10:25

29/04/2013 10:15

17-05-2013 Segunda vez201302401516

7

Page 7:  · Web viewEn relación con el Registro de Control de Inventarios, la investigada puso a disposición su sistema informático a través del cual se verificó que cumple con los requerimientos

N° DIRIGIDO A REFERENCIA

DEL AUTO

FECHA Y HORA

DE EMISIÓN

FECHA Y HORA

NOTIFICACIÓN

O ENTREGA

FECHA DERESPUESTA

SÍNTESIS DE INFORMACIÓN REQUERIDA RELACIONADA

CON LOS PERÍODOS FISCALIZADOS

REF.RESPUESTA

Y COMENTARI

OSefectuados a la sociedad Gumarsal.

19

Industria de Maíz, S.A. de C.V.

20001-NEX-0841-2013

05/04/2013 08:50

08/04/2013 09:50

19-04-2013Solicito plazo

Fotocopia de Contratos vigentes y/o suscritos celebrados con Gumarsal, Detalle impreso y en medios magnéticos, en formato de Excel de cada uno de los documentos emitidos y recibidos por operaciones de venta y/o compra de bienes y/o prestación de servicios efectuados con Gumarsal, Detalle impreso en formato de Excel de los pagos realizados y recibidos por las operaciones de ventas y compras.

Primera Vez201302401245

20001-NEX-0922-2013

22/04/2013 10:05

25/04/2013 09:45

Notificación de Plazo

20530-NEX-0406-2013

30/05/2013 08:05

03/06/2013 14:20 05-06-2013

Segunda Vez201302401884

20

Transportes Dany, S.A. de C.V.

20001-NEX-0839-2013

05/04/2013 08:40

08/04/2013 09:30

19-04-2013 solicito plazo 20130240124

7

20001-NEX-0921-2013

22/04/2013 10:00

25/04/2013 09:40 23-05-2013

Notificación de Plazo 201302401557

21

Avícola del Rey, S.A. de C.V.

20001-NEX-0838-2013

05/04/2013 08:35

09/04/2013 09:50

22-04-2013 solicito plazo

201304400636

20001-NEX-0955-2013

26/04/2013 07:35

29/04/2013 10:30 08-05-2013

Notificación de plazo201304400767

22

Hoteles Salvadoreños, S.A. de C.V.

20001-NEX-0845-2013

05/04/2013 09:10

08/04/2013 11:55 Primera vez

20001-NEX-0925-2013

22/04/2013 10:20

26/04/2013 15:10 02-05-2013

Segunda vez 201302401368

23

Arrocera San Pablo, S.A. de C.V.

20001-NEX-0840-2013

05/04/2013 08:45

10/04/2013 09:50

19-04-2013Solicito plazo

Escrito recibido en la Unidad Penal

20001-NEX-0934-2013

22/04/2013 11:05

26/04/2013 11:50 14-05-2013 20130240149

4

24

Industrias Arroceras Guevara Landaverde y Asociados, S.A. de C.V.

20001-NEX-0842-2013

05/04/2013 08:55

08/04/2013 09:10 Primera vez

20001-NEX-0923-2013

22/04/2013 10:10

25/04/2013 09:35 14-05-2013

Segunda vez201302401496

25

Nutrición Avícola, S.A. de C.V.

20001-NEX-0847-2013

05/04/2013 09:20

09/04/2013 14:30 17-04-2013 20130240120

8

26

Arrocera Jerusalén, S.A. de C.V.

20001-NEX-0837-2013

05/04/2013 08:30

08/04/2013 10:40

11-04-2013 solicito plazo

201302401149

20001-NEX-0860-2013

15/04/2013 08:15

16/04/2013 09:00 19-04-2013 20130240124

0

27

Internacional de Productos, S.A. Puesto de Bolsa de Productos y Servicios

20001-NEX-0844-2013

05/04/2013 09:05

08/04/2013 13:00

10-04-2013 solicito plazo

201302401139

20530-NEX-0367-2013

11/04/2013 07:35

12/04/2013 13:40 14-05-2013 20130240149

8

28

Graneles de Centro América, S.A. de C.V.

20001-NEX-0843-2013

05/04/2013 09:00

09/04/2013 11:45 Primera vez

20001-NEX-0928-2013

22/04/2013 10:35

29/04/2013 11:30 Segunda vez

20530-NEX-0407-2013

30/05/2013 08:10

03/06/2013 10:50 04-06-2013

Atendió citatorio levantándose el acta respectiva, y además presentó escrito proporcionando la información solicitada.

Citatorio201302401828

29

Leonor Romero Vda. De Rivera

20001-NEX-0849-2013

05/04/2013 09:30

12/04/2013 11:45 19-04-2013

Fotocopia de Contratos vigentes y/o suscritos celebrados con Gumarsal, Detalle impreso y en medios magnéticos, en formato de Excel de los documentos recibidos de la contribuyente Gumarsal, Detalle impreso en formato de Excel de los pagos realizados a la contribuyente.

201302401231

30

Granja Industrial Bonanza, S.A. de C.V.

20001-NEX-0850-2013

05/04/2013 09:35

10/04/2013 08:40 17-04-2013 20130340151

431

Industrias Agropecuarias de El Sol, S.A. de C.V.

20001-NEX-0846-2013

05/04/2013 09:15

09/04/2013 15:00 16-04-2013 20130240118

232 Calleja, S.A. de C.V. 20001-NEX-0851-

201305/04/2013 09:40

08/04/2013 15:15 18-04-2013 20130240121

9

33

Operadora del Sur, S.A. de C.V.

20001-NEX-0852-2013

05/04/2013 09:45

08/04/2013 11:35

16-04-2013 solicito plazo

201302401177

20001-NEX-0923-2013

22/04/2013 10:15

26/04/2013 14:10 02-05-2013 20130240137

534

Alimentos Prácticos, S.A. de C.V.

20001-NEX-0848-2013

05/04/2013 9:25

09/04/2013 14:10

Fotocopia de Contratos vigentes y/o suscritos celebrados con Gumarsal, Detalle impreso y en medios magnéticos, en formato de Excel de los

8

Page 8:  · Web viewEn relación con el Registro de Control de Inventarios, la investigada puso a disposición su sistema informático a través del cual se verificó que cumple con los requerimientos

N° DIRIGIDO A REFERENCIA

DEL AUTO

FECHA Y HORA

DE EMISIÓN

FECHA Y HORA

NOTIFICACIÓN

O ENTREGA

FECHA DERESPUESTA

SÍNTESIS DE INFORMACIÓN REQUERIDA RELACIONADA

CON LOS PERÍODOS FISCALIZADOS

REF.RESPUESTA

Y COMENTARI

OSdocumentos recibidos de la contribuyente Gumarsal, Detalle impreso en formato de Excel de los pagos realizados a la contribuyente.

Nota: En lo sucesivo del presente informe únicamente será citado el número de referencia del auto correspondiente, entendiéndose que se vinculan al detalle de emisión, notificación y su respectiva respuesta que acá se detallan.

Referencias De La Columna Última Del Cuadro Anterior:

(a) La verificación de la información exhibida así como la no exhibida, consta en actas suscritas por los auditores designados y el señor Estanislao Ernesto Arriaga Martínez, levantadas a las catorce horas cuarenta minutos del día 18 de abril de 2013 (primera acta) y a las once horas veinticinco minutos del día 30 de Julio de 2013 (segunda acta), conforme a lo regulado en el artículo 208 inciso segundo del Código Tributario. En lo sucesivo de este informe se le denomina “Acta de Exhibición de Información”.

CONTABILIDAD FORMAL Y REGISTRO DE CONTROL DE INVENTARIO

Se indagó sobre la llevanza de registros de contabilidad, estableciéndose que la sociedad contribuyente durante el ejercicio fiscalizado llevó contabilidad formal, cuyo sistema contable fue autorizado, conforme lo regula el artículo 17 literal a) de la Ley Reguladora del Ejercicio de la Contaduría, por Carlos Ernesto Ríos Umaña, quien es Contador Público, autorizado por el Consejo de Vigilancia de la Profesión de Contaduría Pública y Auditoría bajo el número 2628. Dichos registros cuentan con documentación de soporte, archivada en legajos en forma cronológica, llevados en forma mecanizada.

Es importante mencionar que la legalización del Sistema Contable fue solicitado mediante requerimientos de información de referencias 20530-NEX-0150-2013 y 20001-NEX-0984-2013 sin que esta fuera proporcionada; por lo cual se le requirió nuevamente mediante requerimiento de referencia 20001-NEX-1165-2013 emitido el día 26 de julio de 2013 y notificado el día 30 del mismo mes y año de su emisión; de la verificación efectuada a la información proporcionada se constató que el Sistema Contable, Manual de Aplicación de Cuentas y la Descripción del Sistema Contable fue autorizado, por primera vez, por el Contador Público antes mencionado, el día 21 de junio de 2013.

En relación con el Registro de Control de Inventarios, la investigada puso a disposición su sistema informático a través del cual se verificó que cumple con los requerimientos establecidos en el artículo 142 y 142-A del Código Tributario.

Después de efectuar el análisis a los citados registros se determinó que el Registro de Control de Inventarios se encuentra conforme a lo establecido en el artículo 142 del Código Tributario en relación con los artículos 74 inciso segundo y 81 de su Reglamento de Aplicación, no así los registros contables, respecto de los cuales se han determinado inconsistencias que se explican ampliamente en el siguiente apartado.

DE LA DOBLE O MULTIPLE CONTABILIDAD

A partir de la documentación e información proporcionada correspondiente al ejercicio impositivo de dos mil diez, se han identificado elementos suficientes para poder inferir que la sociedad AGROINDUSTRIAS GUMARSAL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE para el registro de las operaciones realizadas utilizó dos o más registros contables, lo que se comprueba con los saldos de las cuentas 3101-CAPITAL SOCIAL, 210101 PROVEEDORES LOCALES, 2101 CUENTAS Y DOCUMENTOS POR PAGAR, 2102 OTRAS CUENTAS POR PAGAR y 2111 PARTES RELACIONADAS A CORTO PLAZO, consignados en los folios del Libro Diario Mayor, Libros Auxiliares y Balances de Comprobación; de igual forma, se identificaron fotocopias del Acta de junta general de accionistas número 25 y su respectiva certificación presentada al Registro de

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Comercio, en las cuales se advierten diferencias entre los valores consignados en las mismas y los valores registrados contablemente.

Para comprobar lo pertinente, se realizaron los siguiente procedimientos de auditoría:

1. Se requirió la exhibición de la Legalización del Sistema Contable, Libros Legalizados de Contabilidad y registros auxiliares, Libro de Junta General de Accionistas, de Junta Directiva, Estados Financieros auditados, Balances de comprobación y de saldos ajustados y Partidas Contables, entre otra documentación, la cual fue exhibida para su análisis, salvo la correspondiente a la Legalización del Sistema Contable y Partidas contables, lo cual consta en acta suscrita a las catorce horas cuarenta minutos del día dieciocho de abril de dos mil trece, suscrita por el señor Estanislao Ernesto Arriaga Martínez, Luis Menjivar Mejía y Liliam Nelly Rubio de Hunter, lo anterior fue solicitado por medio de auto identificado con referencia 20530-NEX-0150-2013 emitido el día seis de febrero de dos mil trece.

2. Se requirió la exhibición de la legalización del Sistema Contable y Partidas contables, entre otra documentación, la cual fue exhibida para su análisis, lo cual consta en acta suscrita a las once horas veinticinco minutos del día treinta de julio de dos mil trece, suscrita por el señor Estanislao Ernesto Arriaga Martínez, Luis Menjivar Mejía y Liliam Nelly Rubio de Hunter, todo lo anterior fue solicitado por medio de auto identificado con referencia 20530-NEX-0984-2013 emitido el día seis de mayo de dos mil trece.

3. Se requirió que proporcionara en medios magnéticos el catálogo contable, descripción de cuentas, partidas contables, Libro Diario Mayor y Libro Auxiliar, entre otra documentación, por medio de auto con referencia 20530-NEX-1013-2013 emitido el día siete de mayo de dos mil trece, sin embargo, debido a que la sociedad fiscalizada no proporcionó lo requerido en el plazo otorgado se procedió a solicitar nuevamente la documentación mediante auto con referencia 20530-NEX-0408-2013 de fecha treinta de mayo del año citado. Finalmente, por medio de auto 20530-NEX-0434-2013 de fecha diez de junio del referido año, al no recibir respuesta de parte de la sociedad se citó al representante legal para tratar lo concerniente a la información solicitada, obteniendo respuesta por medio de escritos presentados a esta Dirección General los días doce y veintiuno de junio y dos de julio, todos de dos mil trece, proporcionando la información requerida.

4. Se solicitó mediante auto con referencia 20001-NEX-1165-2013 de fecha veintiséis de julio de dos mil trece, a la sociedad fiscalizada fotocopias de los folios del Libro Diario Mayor legalizado, en los cuales se pueda visualizar el registro de los movimientos efetuados durante el ejercicio impositivo de dos mil diez, de las cuentas 1101 Efectivo y Equivalentes de Efectivo y 3101- Capital Social, entre otras cuentas, recibiendo respuesta mediante escrito el día veintidós de agosto del año antes citado.

De la documentación proporcionada es necesario citar los saldos al treinta y uno de diciembre de dos mil diez, de las cuentas de pasivo y capital social, los que se muestran a continuación:

CUENTA CONTABLE CÓDIGO SALDO FINALNÚMERO DE FOLIO

CUENTAS Y DOCUMENTOS POR PAGAR 2101 1364,398.68$ 1147OTRAS CUENTAS POR PAGAR 2102 196,880.95$ 1147PARTES RELACIONADAS A CORTO PLAZO 2111 -$ 1147CAPITAL SOCIAL 3101 11383,799.11$ 1148

10

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5. Se procedió a comparar los saldos obtenidos del Libro Diario Mayor de las cuentas citadas con los valores consignados en el Libro Auxiliar y Balances de Comprobación, estableciendo las siguientes diferencias:

5.1 Diferencias entre saldos de la cuenta PARTES RELACIONADAS A CORTO PLAZO Código contable 2111, según Balances de Comprobación y Libro Diario Mayor:

MES DE REGISTRO

S/SEGÚN BALANCE DE

COMPROBACIÓN

S/SEGÚN LIBRO DIARIO MAYOR DIFERENCIAS OBSERVACIÓN AL LIBRO

DIARIO MAYOR PROPORCIONADO

A B C D = C - BENERO $ 88,972.50 $

989,039.30 $ 900,066.80

FEBRERO $ 88,972.90NO FUE

PROPORCIONADO EL FOLIO QUE CONTIENE

EL SALDO

MARZO $ 88,972.90 $ 1,192,465.51 $ 1,103,493.01

SALDO ANTERIOR $992,477.46, TIENEN UN ABONO POR $199,988.0

ABRIL $ 88,972.90NO FUE

PROPORCIONADO EL FOLIO QUE CONTIENE

EL SALDO

MAYO $ 88,972.90 ($ 601,989.67) ($ 513,017.17)

SALDO ANTERIOR $1,180,629.70, CARGOS POR $1,803,358.34 Y UN ABONO POR $9,068.86

JUNIO $ 88,972.90 ($ 565,199.56) ($ 476,227.06) ABONOS POR LA SUMA DE $36,790.11

JULIO $ 88,972.90 ($ 558,222.98) ($ 469,250.48) UN ABONO POR LA SUMA DE $6,976.58

AGOSTO $ 88,972.90 ($ 358,222.98) ($ 269,250.48) UN ABONO POR $200,000.00

SEPTIEMBRE $ 88,972.90 ($ 264,294.15) ($ 175,321.65) DOS ABONOS QUE SUMAN

$93,928.83

OCTUBRE $ 426,772.90 ($ 12,565.32) $ 414,207.58DOS CARGOS QUE SUMAN $105,000 Y DOS ABONOS QUE SUMAN $ 356,728.83

NOVIEMBRE $ 426,772.90 $ 75,356.54 ($ 351,416.36) UN CARGO POR $ 5,000 Y UN ABONO POR $ 92,921.86

DICIEMBRE $ 426,772.90 $ 0.00 $ 0.00SOLO ESTAN OTROS FOLIOS QUE CONTIENEN EL RESUMEN, EL SALDO FINAL DE LA CUENTA ES $ 0.00

5.2 Diferencias determinadas entre saldos de las cuentas 3101-CAPITAL SOCIAL y 2101-CUENTAS Y DOCUMENTOS POR PAGAR, según folios del Libro Diario Mayor, Balance General y Balances de Comprobación:

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CUENTA CONTABLE CÓDIGO SALDO FINAL NÚMERO DE FOLIO

CUENTAS Y DOCUMENTOS POR PAGAR 2101 2671,412.71$

1650OTRAS CUENTAS POR PAGAR 2102 254,722.58$

1650PARTES RELACIONADAS A CORTO PLAZO 2111 426,772.90$

1650CAPITAL SOCIAL 3101 9592,170.55$

1651

CUENTA CONTABLE LIBRO MAYOR BALANCE GENERAL

BALANCE DE COMPROBACIÓN DIFERENCIA

3101-Capital Social $ 11,383,799.11 $ 9,592,170.55 $ 9,592,170.55 $ 1,791,608.56

2101-Cuentas y Documentos por pagar $ 1,364,398.68 $ 2,671,412.71 $ 2,671,412.71 $ 1,307,014.03

6. En atención al punto anterior, mediante auto con referencia 20530-NEX-0792-2013 emitido el día diecisiete de diciembre de dos mil trece, se le requirio a la sociedad fiscalizada proporcionara explicación amplia y suficiente, sobre las diferencias determinadas en los saldos de las cuentas mencionadas en el cuadro anterior, así como también que proporcionara la documentación que soporte sus explicaciones.

Se recibió escrito de respuesta el día catorce de enero de dos mil catorce, en el cual al punto en específico proporcionó la siguiente explicación: “…las diferencias en las cuentas “2101 Cuentas y Documentos por Pagar” y “Capital Social” se deben a fallas de nuestro sistema en el momento que se imprimió el Libro Diario Mayor, razón por la cual procedimos a su correcta reimpresión y adjuntamos copias del libro corregido”, “…De la cuenta “2111 Partes Relacionadas a corto plazo” hemos verificado nuestros registros y el valor correcto es $426,772.90, por lo que el datos mostrados en el requerimiento esta incorrecto”. El subrayado es nuestro.

Los valores reflejados al treinta y uno de diciembre de dos mil diez, en los nuevos folios del Libro Diario Mayor proporcionado se presentan a continuación:

Como puede advertirse los saldos de las cuentas difieren totalmente a los consignados en los folios proporcionados a esta Dirección General el día veintidós de agosto de dos mil trece, razón por la cual se procedió a identificar las diferencias y se muestran a continuación:

SALDO FINAL SEGÚN FOLIOS PROPORCIONADOS EL DIA

22/08/2013

SALDO FINAL SEGÚN FOLIOS PROPORCIONADOS EL DIA

14/01/2014DIFERENCIA

a b c = b -a

CUENTAS Y DOCUMENTOS POR PAGAR 2101 1364,398.68$ 2671,412.71$ 1307,014.03$ OTRAS CUENTAS POR PAGAR 2102 196,880.95$ 254,722.58$ 57,841.63$ PARTES RELACIONADAS A CORTO PLAZO 2111 -$ 426,772.90$ 426,772.90$

TOTAL 1561,279.63$ 3352,908.19$ 1791,628.56$

CAPITAL SOCIAL 3101 11383,799.11$ 9592,170.55$ (1791,628.56)$

CUENTA CONTABLE CÓDIGO

Como puede observarse la diferencia de la cuenta 3101-Capital Social asciende a la cantidad de $1,791,628.56, debido a que dichos valores fueron registradas en las cuentas de pasivo 2101 CUENTAS Y DOCUMENTOS POR PAGAR, 2102 OTRAS CUENTAS POR PAGAR y

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2111 PARTES RELACIONADAS A CORTO PLAZO, lo que se muestra en los folios del Libro Diario Mayor proporcionados a esta Dirección General el día 14 de enero de 2014, con lo que la sociedad fiscalizada trato de ocultar las inconsistencias determinadas por esta Administración Tributaria, dado el efecto tributario de las mismas, lo que se explicará ampliamente en el apartado de Ingresos No Declarados del presente informe de auditoria.

7. Se procedió a verificar las Actas de Junta General de Accionistas a fin de establecer los saldos reales de las cuentas antes citadas, identificándose Acta número 25 de fecha treinta y uno de mayo de dos mil once, en cuyo punto número 5 de aprobaciones, se desarrollo la “Lectura y Aprobación de los Estados Financieros” correspondientes al ejercicio impositivo de dos mil diez. De igual manera se procedió a comparar dicha información con certificación de dicha acta presentada por la contribuyente fiscalizada al Registro de Comercio del Centro Nacional de Registros, de cuya comparación se identificaron las siguientes diferencias:

CONCEPTOS 2010 ACTA 25, SEGÚN LIBRO

GENERAL DE ACCIONISTAS

CERTIFICACIÓN ACTA 25, INSCRITA EN EL REGISTRO

DE COMERCIO DIFERENCIAS

INGRESOS NETOS 43078,569.79$ 43078,569.79$ -$ COSTO DE VENTAS 36506,434.65$ 36506,434.65$ -$ GASTOS GENERALES 4304,227.17$ 4304,227.17$ -$ OTROS INGRESOS 252,889.40$ 252,889.40$ -$ UTILIDAD NETA EN EL EJERCICIO 1798,519.39$ 1798,519.39$ -$ TOTAL ACTIVO CORRIENTE 13490,992.32$ 13490,992.32$ -$ TOTAL ACTIVO NO CORRIENTE 5814,836.88$ 5814,836.88$ -$ PASIVOS CORRIENTES 3669,468.93$ 5461,097.49$ (1791,628.56)$ PASIVOS NO CORRIENTES -$ 1304,800.00$ (1304,800.00)$ CAPITAL DE ACCIONISTAS 14331,560.27$ 12539,931.71$ 1791,628.56$

8. Finalmente, se solicitó mediante auto con referencia 20530-NEX-0330-2013, al Dictaminador Fiscal de la sociedad AGROINDUSTRIAS GUMARSAL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, Licenciado Carlos Ernesto Rios umaña, que proporcionara los papeles de trabajo de la auditoria realizada a dicha sociedad correspondiente al ejercicio impositivo de dos mil diez; en respuesta, el señor Ríos Umaña presentó escrito el día catorce de marzo de dos mil trece, mediante el cual solicitó plazo de diez dias habiles, los cuales fueron concedidos mediante auto con referencia 20530-NEX-0753-2013, emitido el día dieciocho de marzo de dos mil trece, habiendo presentado escrito de respuesta el día cinco de abril de dos mil trece, al cual adjuntó fotocopia de todos los papeles de trabajo requeridos, dentro de los que se encuentra el folio número 1148 que posee el saldo del Capital Social por la cantidad de $ 11,383,799.11, no obstante en su dictamen fiscal refleja en los estados financieros el saldo de $ 9,592,170.55, lo que demuestra que el señor Ríos Umaña aún poseyendo los folios del Libro Diario Mayor con los saldos diferentes de las cuentas anteriormente citados, no advirtió ningún incumplimiento en su Informe y Dictamen Fiscal.

Estableciendo de los procedimientos antes citados, que los folios del Libro Mayor proporcionados inicialmente a esta Oficina, mediante escrito de fecha veintidós de agosto de dos mil trece, poseen saldos que coinciden con los valores reflejados en los papeles de trabajo del Dictaminador, que de las modificaciones efectuadas a los saldos de las cuentas antes citadas, para cuadrar este con el monto del Capital Social, esta Oficina entiende que el Libro Mayor proporcionado mediante el escrito antes citado, es el correcto. Además, la sociedad fiscalizada atribuye dicha inconsistencia a un fallas en su sistema en el momento que se imprimio el Libro en comento, pero no expone en que consistieron esas fallas, no obstante haberle solicitado el soporte de dichas diferencias.

De conformidad a los valores mostrados en este apartado, se advierte que la contribuyente fiscalizada proporcionó a esta Dirección General folios del Libro Diario Mayor debidamente

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autorizados por un profesional de la Contaduría Pública, los cuales reflejan valores diferentes en las cuentas de 3101-CAPITAL SOCIAL, 210101 PROVEEDORES LOCALES, 2101 CUENTAS Y DOCUMENTOS POR PAGAR, 2102 OTRAS CUENTAS POR PAGAR y 2111 PARTES RELACIONADAS A CORTO PLAZO, de igual forma, proporcionó fotocopia del Acta de junta general de accionistas número 25 y su respectiva certificación presentada al Registro de Comercio, en las cuales se advierten diferencias en las cuentas antes citadas, lo que permite inferir que la sociedad fiscalizada controló sus operaciones durante el ejercicio impositivo de dos mil diez por medio de dos o más sistemas contables. PROCEDENCIA DE LA LIQUIDACIÓN DE OFICIO DEL IMPUESTO

Durante la investigación realizada, se determinó que la declaración del Impuesto sobre la Renta correspondiente al ejercicio impositivo comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil diez, presentada por la sociedad contribuyente AGROINDUSTRIAS GUMARSAL, S.A. DE C.V. el día seis de mayo de dos mil once, ofrece dudas sobre su veracidad, debido a lo siguiente:

De conformidad a lo prescrito en los artículos 1, 2 inciso primero literal d) e inciso final y 12 de la Ley de Impuesto sobre la Renta, en relación con los artículos 9 inciso primero literal f) del Reglamento de Aplicación de dicha Ley, en relación con el artículo 195 inciso primero, cuarto literal a) del Código Tributario, se determinó que durante el ejercicio impositivo comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil diez, la contribuyente social AGROINDUSTRIAS GUMARSAL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE obtuvo ingresos gravados que no declaró, cuyo monto asciende a la cantidad de $1,552,853.77 (ANEXO 2), los cuales han sido determinados a partir de operaciones registradas como Pasivos los cuales según los registros contables provienen de presuntos préstamos recibidos de Accionistas, Personas Naturales y Jurídicas relacionados con la sociedad fiscalizada, para el pago de compras locales y del exterior, sin embargo, no ha sido comprobado su origen, es decir la existencia efectiva de dicho pasivo, determinando incremento patrimonial no justificado, por el monto antes citado, debido a que la sociedad fiscalizada recibio dinero en concepto de préstamos, de los cuales no ha demostrado la existencia de los mismos, por lo que se consideran rentas obtenidas no declaradas, lo que se explica ampliamente en el apartado Ingresos No Declarados del presente informe de auditoría.

De conformidad a lo regulado en los artículos 28 incisos primero y segundo, 29 numeral 10) inciso tercero, 29-A numerales 11) 16) ,18) y 24) y artículo 30 numeral 5) de la Ley de Impuesto sobre la Renta, relacionados con los artículos 203 inciso primero y 206 del Código Tributario; no se reconocen como deducibles de la renta obtenida Gastos por la cantidad total de $255,207.24 (ANEXO 3), los cuales están conformados por Gastos de Administración por valor de $241,935.82 (ANEXO 3.1.1) y Gastos Financieros por el valor de $13,271.42 (ANEXO 3.2); registrados en las cuenta Gastos Operativos y Gastos No Operativos, los que se detallan en el apartadod e Gastos Objetados del presente informe de auditoría.

En virtud de lo descrito en los literales anteriores, es procedente la liquidación de oficio el impuesto correspondiente de conformidad a lo establecido en el artículo 183 literal b) del Código Tributario.

BASE PARA LA LIQUIDACIÓN DE OFICIO DEL IMPUESTO

Durante la fiscalización practicada a la contribuyente social AGROINDUSTRIAS GUMARSAL, S.A. DE C.V. respecto del ejercicio impositivo comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil diez, se utilizó la información y documentación que obra en poder de la

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citada contribuyente social, consistente en: Comprobantes de Crédito Fiscal emitidos y recibidos, Facturas de Consumidor Final emitidas y recibidas, así como la declaración original y modificatoria del Impuesto sobre la Renta y las declaraciones de Pago a Cuenta e Impuesto Retenido Renta presentadas a esta Dirección General, respecto del ejercicio impositivo comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil diez; además, se ha utilizado la información y documentación proporcionada por instituciones bancarias, instituciones de ahorro y crédito, proveedores y clientes del contribuyente fiscalizado y la documentación e información de control proporcionada en medios magnéticos por la citada contribuyente, lo que permitió conocer en forma directa el hecho generador del Impuesto y estimar la cuantía del mismo siendo procedente que se utilice para efectos de la liquidación de oficio del impuesto, la base mixta de acuerdo con lo previsto en el artículo 184 literal c) del Código Tributario.

DECLARACIÓN PRESENTADA

La contribuyente presentó declaración de Impuesto sobre la Renta del ejercicio impositivo de 2010, el día 30 de abril de 2011, mediante el formulario número 111080362565, la cual fue modificada el día 06 de mayo de 2011 por medio de formulario 111080297300, misma que al ser proporcionada fue aritméticamente verificada, cotejadas sus cantidades con las consignadas en Estados Financieros y libros contables sin establecer diferencias. Además de ello se efectuó confirmación de su presentación mediante la certificación de la misma, así como también a través de la sección de Solvencias Físicas, de esta Dirección General, estableciéndose que la relacionada declaración ha sido presentada en tiempo y forma de acuerdo con lo establecido en los artículos 48 y 92 de la Ley de Impuesto sobre la Renta, en relación con los artículos 91 y 94 del Código Tributario. Es importante mencionar que en dicha declaración la contribuyente consignó saldo a devolver por la cantidad de $ 87,208.32.

RENTAS DECLARADAS

Para el ejercicio impositivo investigado la contribuyente obtuvo rentas gravadas por un total de $43,104,421.40, de los cuales $ 43,078,569.97 provinieron de la venta de cereales como arroz, frijol, entre otros; venta de Porcinos en Pie y carne de cerdo, asi como también de la prestación de servicios de agua, vapor, báscula, energía eléctrica, alquileres, fletes y servicios varios; y Otros Ingresos en concepto de intereses bancarios por valor de $ 25,851.43; rentas que fueron registradas en las siguientes cuentas:

CÓDIGO DE LA

CUENTANOMBRE DE LA

CUENTAVALOR

DECLARADO

51 Ventas $ 43,078,569.97

5201 Otros Ingresos $ 25,851.43

Total $ 43,104,421.40

.Las rentas obtenidas y declaradas, se verificaron mediante el examen practicado a la declaración de Impuesto sobre la Renta, de Pago a Cuenta e Impuesto Retenido; así como los comprobantes de crédito fiscal, facturas de consumidor final, facturas de exportación, notas de remisión, notas de crédito y de débito emitidos.

1. El referido examen consistió en la verificación aritmética de los valores reflejados en la declaración de Impuesto sobre la Renta; se cotejaron dichos valores con los consignados en las partidas de diario y registros en el Libro Diario Mayor, y luego se confrontaron contra las cantidades y conceptos contenidos en las Facturas de Consumidor final y Comprobantes de Crédito fiscal emitidos.

2. Se efectuó análisis de los saldos de las cuentas de ingresos, con el objeto de establecer su conformación, naturaleza y la documentación de soporte que ampara su registro en

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contabilidad, constatando que dichos registros están documentados.

3. Análisis de los ingresos obtenidos por la contribuyente, verificándose que estos están debidamente registrados en los libros legales (Libro Mayor y Libro Auxiliar), estos a su vez fueron cotejados con los valores reflejados en la declaración de Impuesto sobre la Renta, del ejercicio en estudio, determinando diferencias respecto de los ingresos registrados en contabilidad lo cual se explica ampliamente en el apartado denominado Ingresos No Declarados del presente informe.

4. Se efectuó análisis comparativo de los ingresos, utilizando la información contenida en Registros y declaraciones del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, declaraciones de Pago a Cuenta y registros contables, así como la declaración de Impuesto sobre la Renta, de lo cual se establecieron diferencias que no afectan el interés fiscal.

5. Se verificó la correlatividad de los documentos legales emitidos y su registro en los libros llevados para efectos del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios.

6. Se realizó seguimiento de las salidas de inventarios, tomando de muestra 4 de los productos más representativos en términos monetarios, de lo cual no se determinaron diferencias que correspondan a desafectación de inventarios y que no hayan sido reconocidas como ingresos.

7. Se verificaron los ingresos provenientes de exportaciones realizadas, las cuales han sido documentadas con las declaraciones de mercancía y facturas de exportación respectivas; siendo cotejadas con detalle proporcionado por la Unidad de Estudios Tributarios mediante nota de referencia 10127-NIN-105-2013, no determinándose inconsistencias al respecto.

8. Se verificó la cuenta de efectivo y equivalentes, tomando una muestra de los cortes de caja diarios de los periodos mensuales de enero, abril y junio de 2010, realizados por la contribuyente; a fin de constatar la forma de registro en los libros respectivos y que además el dinero recibido por las ventas efectuadas haya sido remesado a las cuentas bancarias correspondientes.

9. Se efectuó compulsas a los diferentes bancos del Sistema Financiero, tales como: Banco Citibank de El Salvador, S.A., Banco G & T Continental El Salvador, S.A., Scotiabank El Salvador, S.A., Banco Agrícola, S.A., Banco Hipotecario de El Salvador, S.A., Banco Promerica, S.A., Banco Davivienda Salvadoreño, S.A., Banco de América Central, S.A.; a fin de verificar las cuentas bancarias que posee la contribuyente, cotejando la información proporcionada por éstos, con los registros contables, no determinando diferencias al respecto.

Es importante mencionar que de la información proporcionada por las diferentes instituciones bancarias referente al detalle de los nombres de las personas autorizadas para firmar retiros, cheques o suscribir depósitos, relacionados con las cuentas bancarias aperturadas a nombre de Agroindustrias Gumarsal, S.A. de C.V.; el Banco Agrícola, S.A., informó que aparece autorizado para firmar cheques, retiros o suscribir depósitos el señor CARLOS ERNESTO RIOS UMAÑA en la Cuenta Corriente N° 546-031390-0 y en la Cuenta de Ahorro N° 346-008989-9, quien es el Dictaminador Fiscal de la contribuyente Agroindustrias Gumarsal, S.A. de C.V., para el ejercicio fiscalizado.

10. Se efectuaron compulsas a los principales clientes (independientes y relacionados) a los que la contribuyente realizó ventas durante el ejercicio investigado, habiéndose

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solicitado información relativa a detalle de documentos recibidos, contratos y comprobantes de pago, la cual fue proporcionada mediante escritos presentados a esta Oficina en respuesta a requerimientos de información detallados a continuación:

REFENCIA DEL AUTO NOMBRE DEL CLIENTE20001-NEX-0849-2013 Leonor Romero Vda. de Rivera20001-NEX-0850-2013 Granja Industrial Bonanza, S.A. de C.V.20001-NEX-0846-2013 Industrias Agropecuarias de El Sol, S.A. de C.V.20001-NEX-0851-2013 Calleja, S.A. de C.V.20001-NEX-0852-2013 Operadora del Sur, S.A. de C.V.20001-NEX-0848-2013 Alimentos Prácticos, S.A. de C.V.20001-NEX-0841-2013 Industria de Maíz, S.A. de C.V. *20001-NEX-0839-2013 Transportes Dany, S.A. de C.V. *20001-NEX-0838-2013 Avícola del Rey, S.A. de C.V. *20001-NEX-0840-2013 Arrocera San Pablo, S.A. de C.V. *20001-NEX-0842-2013 Industrias Arroceras Guevara Landaverde, S.A. de C.V.*20001-NEX-0837-2013 Arrocera Jerusalén, S.A. de C.V. *20001-NEX-0843-2013 Graneles de Centro América, S.A. de C.V. *20001-NEX-0845-2013 Hoteles Salvadoreños, S.A. de C.V. *20001-NEX-0844-2013 Internacional de Productos, S.A. *20001-NEX-0847-2013 Nutrición Avícola, S.A. de C.V. *

*Clientes y Proveedores

En respuesta a lo solicitado los contribuyentes compulsados proporcionaron la información y documentación requerida, la cual fue cotejada con la información que obra en poder la fiscalizada, no determinando inconsistencias.

Sin embargo de las respuestas obtenidas de las empresas relacionadas compulsadas y de los Libros Auxiliares de la contribuyente, se observó que dicha contribuyente ha otorgado diferentes préstamos a empresas relacionadas, según el detalle siguiente:

Nombre Monto de Préstamos 2010

Industrias Arroceras Guevara Landaverde y Asociados, S.A. de C.V. $ 704,524.62Arrocera Jerusalén, S.A. de C.V. $ 25,857.54Arrocera San Pablo, S.A. de C.V. $ 880,935.52Industria de Maíz, S.A. de C.V. $ 1,385,520.48Transportes Dany, S.A. de C.V. $ 429,184.31Avícola del Rey, S.A. de C.V. $ 20,436.50Graneles de Centroamérica, S.A. de C.V. $ 180,990.50

Total $ 3,627,449.47

Así como también, le otorgó un préstamo al señor José Adán Salazar por el valor de $600,000.00 dólares, sin embargo dicho señor para el ejercicio 2010, ya no era socio de la contribuyente fiscalizada, según respuesta proporcionada mediante escrito presentado el día 14 de enero de 2014, en el que la contribuyente manifestó lo siguiente: “El señor José Adán salazar dejo de ser accionista de Agroindustrias Gumarsal, S.A. de C.V., el 16 de octubre de 2007.”; ni tampoco formaba parte de la Junta Directiva de Agroindustrias Gumarsal, S.A. de C.V., para el período comprendido del ocho de agosto de dos mil siete al siete de agosto de dos mil doce, tal como se observó en la Credencial de Elección de Junta Directiva inscrita en el Registro de Comercio y que fue proporcionada por dicha Institución a solicitud de esta Oficina mediante requerimiento de referencia 20530-NEX-0186-2013, en dicha credencial únicamente figuran las siguientes personas con sus respectivos cargos: Director Presidente: Wilfredo Guerra Umaña, Director Suplente: Juan Umaña Samayoa, Directora Secretaria: Mirian Haydee Salazar de Umaña, Directora Secretaria Suplente: Tránsito Ruth Mira de Guerra.

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Dicho préstamo fue registrado bajo las cuentas y subcuentas siguientes: Cuentas y Documentos por Cobrar 1102, Préstamos a Funcionarios y Empleados 110206, Funcionarios 11020601, José Adán Salazar 11020601006.

11. Se verificaron los registros contables en las cuentas Efectivo y Equivalentes 1101, Bancos 110103, Cuentas y Documentos por Pagar 2101, Proveedores Locales 210101, Proveedores del Exterior 210102, Partes Relacionadas a Corto Plazo 2111, Capital Social 3101, entre otras, determinando Pasivos que no han sido documentados por la contribuyente fiscalizada por aparentemente haber recibido préstamos de parte de sus Accionistas, Personas Naturales y Jurídicas relacionadas con la misma, lo que le ha generado una renta obtenida que fue utilizada posteriormente para la emisión de cheques a los presuntos otorgantes de los créditos, por lo que se harán las consideraciones pertinentes en el siguiente apartado.

De los procedimientos antes expuestos y con base a lo establecido en los artículos 1, 2 inciso primero literal b) e inciso final y 12 de la Ley de Impuesto sobre la Renta, relacionados con el artículo 9 literal f) de su Reglamento, se determinó que la contribuyente no declaró ingresos obtenidos durante el ejercicio impositivo fiscalizado, lo cual se explica ampliamente en el siguiente apartado.

INGRESOS GRAVADOS NO DECLARADOS

INCREMENTO PATRIMONIAL NO JUSTIFICADO POR LA CONTRIBUYENTE, REFLEJADO EN CONTABILIDAD COMO PRESTAMOS RECIBIDOS DE ACCIONISTAS, PERSONAS NATURALES Y JURÍDICAS RELACIONADAS CON LA SOCIEDAD FISCALIZADA SIN COMPROBAR SU ORIGEN.

De conformidad a lo prescrito en los artículos 1, 2 inciso primero literal d) e inciso final y 12 de la Ley de Impuesto sobre la Renta, en relación con los artículos 9 inciso primero literal f) del Reglamento de Aplicación de dicha Ley, en relación con el artículo 195 iniciso primero y cuarto literal a) del Código Tributario, se determinó que durante el ejercicio impositivo comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil diez, la contribuyente social AGROINDUSTRIAS GUMARSAL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, obtuvo rentas gravadas que no declaró, cuyo monto asciende a la cantidad de $1,552,853.77, los cuales han sido determinados a partir de operaciones registradas como Pasivos los cuales según los registros contables provienen de presuntos préstamos recibidos de Accionistas, Personas Naturales y Jurídicas relacionados con la sociedad fiscalizada, para el pago de compras locales y del exterior, sin embargo, no ha sido comprobado su origen, es decir la existencia efectiva de dicho pasivo, determinando incremento patrimonial no justificado, por el monto antes citado, debido a que la sociedad fiscalizada recibió dinero en concepto de préstamos, de los cuales no ha demostrado la existencia de los mismos, por lo que se consideran rentas obtenidas no declaradas.

Los ingresos determinados en concepto de incremento patrimonial no justificado por parte de la sociedad fiscalizada, se encuentran registrados en la contabilidad formal en las cuentas “Proveedores Locales” Código 21 01 01, “Proveedores Del Exterior” Código 21 01 02, “Partes Relacionadas a Corto Plazo” Código 21 11 01.

La determinación de incremento patrimonial no justificado que constituye Renta Obtenida gravada con el Impuesto sobre la Renta no declarada se detalla a continuación:

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MONTO

1 WILFREDO GUERRA 381,817.86$ 2 JUAN UMAÑA 249,326.00$ 3 CENTRAL AGRICOLA, S.A. 199,988.05$ 4 MIRIAM HAYDEE DE UMAÑA 148,900.00$ 5 RUTH MIRA 148,900.00$ 6 DANIEL UMAÑA 126,000.00$ 7 SALAZAR ROMERO, S.A. DE C.V. 100,000.00$ 8 JOSÉ RAÚL SALAZAR LANDAVERDE 100,000.00$ 9 INDUSTRIAS DE MAIZ, S.A. DE C.V. 92,921.86$

10 MOLINOS SAN JUAN, S.A. DE C.V. 5,000.00$ 1552,853.77$ TOTAL

NOMBRE DEL OTORGANTE SEGÚN CONTABILIDAD (PASIVO NO DOCUMENTADO)

Lo anterior, se determinó por medio de los procedimientos de auditoría siguientes:

a) Se requirió la exhibición de la Legalización del Sistema Contable, Libros Legalizados de Contabilidad y registros auxiliares, Libro de Junta General de Accionistas, de Junta Directiva, Estados Financieros auditados, Balances de comprobación y de saldos ajustados y Partidas Contables, entre otra documentación, la cual fue exhibida para su análisis, salvo la correspondiente a la Legalización del Sistema Contable y Partidas contables, lo cual consta en acta suscrita a las catorce horas cuarenta minutos del día dieciocho de abril de dos mil trece, por el señor Estanislao Ernesto Arriaga Martínez, Luis Menjivar Mejía y Liliam Nelly Rubio de Hunter. Toda la documentación antes referida fue solicitada en los numerales 3), 4), 5), 6) y 7), del auto identificado con referencia 20530-NEX-0150-2013 emitido el día seis de febrero de dos mil trece.

b) Se requirió la exhibición de la legalización del Sistema Contable y Partidas contables, entre otra documentación, la cual fue exhibida para su análisis, lo cual consta en acta suscrita a las once horas veinticinco minutos del día treinta de julio de dos mil trece, por el señor Estanislao Ernesto Arriaga Martínez, Luis Menjivar Mejía y Liliam Nelly Rubio de Hunter. Todo lo anterior fue solicitado en los numerales 1) y 2) del auto identificado con referencia 20530-NEX-0984-2013 emitido el día seis de mayo de dos mil trece.

c) Se le requirió a la sociedad fiscalizada que proporcionara en medios magnéticos el catálogo contable, descripción de cuentas, partidas contables, Libro Diario Mayor y Libro Auxiliar, entre otra documentación, por medio de auto con referencia 20530-NEX-1013-2013 emitido el día siete de mayo de dos mil trece, en sus numerales 1), 2), 3) y 4); sin embargo, debido a que la sociedad fiscalizada no proporcionó lo requerido en el plazo otorgado se procedió a solicitar nuevamente la documentación mediante auto con referencia 20530-NEX-0408-2013 de fecha treinta de mayo del año citado. Finalmente, por medio de auto 20530-NEX-0434-2013 de fecha diez de junio del referido año, al no recibir respuesta de parte de la sociedad se citó al representante legal para tratar lo concerniente a la información solicitada, obteniendo respuesta posteriormente por medio de escritos presentados a esta Dirección General los días doce y veintiuno de junio y dos de julio, todos de dos mil trece, proporcionando la información requerida.

d) Se solicitó a la sociedad fiscalizada mediante auto con referencia 20001-NEX-1165-2013 de fecha veintiséis de julio de dos mil trece, en su numeral 2), fotocopias de los folios del Libro Diario Mayor legalizado, en los cuales se pudiera visualizar el registro de los movimientos efetuados durante el ejercicio impositivo de dos mil diez, de las cuentas 1101 Efectivo y Equivalentes de Efectivo y 3101- Capital Social, entre otras cuentas, recibiendo respuesta mediante escrito el día veintidós de agosto del año antes citado.

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De la documentación proporcionada, es necesario citar los saldos al treinta y uno de diciembre de dos mil diez, de las cuentas de pasivo y capital social, los que se muestran a continuación:

CUENTA CONTABLE CÓDIGO SALDO FINALNÚMERO DE FOLIO

CUENTAS Y DOCUMENTOS POR PAGAR 2101 1364,398.68$ 1147OTRAS CUENTAS POR PAGAR 2102 196,880.95$ 1147PARTES RELACIONADAS A CORTO PLAZO 2111 -$ 1147CAPITAL SOCIAL 3101 11383,799.11$ 1148

e) Se procedió a comparar los saldos obtenidos del Libro Diario Mayor de las cuentas citadas con los valores consignados en el Libro Auxiliar y Balances de Comprobación, siendo toda la documentación la proporcionada por la sociedad contribuyente citada en los literales anteriores, estableciendo diferencias entre los saldos de las cuentas 3101-CAPITAL SOCIAL, 2111 PARTES RELACIONADAS A CORTO PLAZO y 2101-CUENTAS Y DOCUMENTOS POR PAGAR, las cuales se muestran en el siguiente cuadro:

CUENTA CONTABLE LIBRO MAYOR BALANCE GENERAL

BALANCE DE COMPROBACIÓN DIFERENCIA

3101-Capital Social $ 11,383,799.11 $ 9,592,170.55 $

9,592,170.55 $ 1,791,608.562111-Partes Relacionadas a Corto

Plazo$

0.00 $ 426,772.90 $ 426,772.90

$ 426,772.90

2101-Cuentas y Documentos por pagar

$ 1,364,398.68 $ 2,671,412.71 $ 2,671,412.71 $

1,307,014.03

f) En atención al punto anterior, mediante auto con referencia 20530-NEX-0792-2013 emitido el día diecisiete de diciembre de dos mil trece, se le requirió a la sociedad fiscalizada proporcionara explicación amplia y suficiente, sobre las diferencias determinadas en los saldos de las cuentas mencionadas en el cuadro anterior, así como también que proporcionara la documentación que soporte sus explicaciones.

Se recibió escrito de respuesta el día catorce de enero de dos mil catorce, en el cual al punto en específico proporcionó la siguiente explicación: “…las diferencias en las cuentas “2101 Cuentas y Documentos por Pagar” y “Capital Social” se deben a fallas de nuestro sistema en el momento que se imprimió el Libro Diario Mayor, razón por la cual procedimos a su correcta reimpresión y adjuntamos copias del libro corregido”, “…De la cuenta “2111 Partes Relacionadas a corto plazo” hemos verificado nuestros registros y el valor correcto es $426,772.90, por lo que el datos mostrados en el requerimiento esta incorrecto”. El subrayado es nuestro.

Ante la explicación proporcionada por la contribuyente social fiscalizada, es necesario aclarar que, contablemente y técnicamente dicho argumento carece de validez, ya que por su naturaleza el Libro Diario Mayor muestra en resumen los saldos de las cuentas contables que presentan movimiento durante el ejercicio impositivo respectivo, razón por la cual al ser un resumen no es posible que los saldos de éste presenten las diferencias mostradas y con mucha más razón al ser generado de manera automática por el sistema contable no es posible que dicha inconsistencia se deba a un error de impresión.

Los valores reflejados al treinta y uno de diciembre de dos mil diez, en los folios del Libro Diario Mayor “corregidos” proporcionados por la contribuyente, se presentan a continuación:

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CUENTA CONTABLE CÓDIGO SALDO FINAL

NÚMERO DE FOLIO

CUENTAS Y DOCUMENTOS POR PAGAR 2101 2671,412.71$ 1650OTRAS CUENTAS POR PAGAR 2102 254,722.58$ 1650PARTES RELACIONADAS A CORTO PLAZO 2111 426,772.90$ 1650CAPITAL SOCIAL 3101 9592,170.55$ 1651

Como puede advertirse los saldos de las cuentas difieren totalmente a los consignados en los folios proporcionados a esta Dirección General el día veintidós de agosto de dos mil trece, razón por la cual se procedió a identificar las diferencias y se muestran a continuación:

SALDO FINAL SEGÚN FOLIOS PROPORCIONADOS EL DIA

22/08/2013

SALDO FINAL SEGÚN FOLIOS PROPORCIONADOS EL DIA

14/01/2014DIFERENCIA

a b c = b -a

CUENTAS Y DOCUMENTOS POR PAGAR 2101 1364,398.68$ 2671,412.71$ 1307,014.03$ OTRAS CUENTAS POR PAGAR 2102 196,880.95$ 254,722.58$ 57,841.63$ PARTES RELACIONADAS A CORTO PLAZO 2111 -$ 426,772.90$ 426,772.90$

TOTAL 1561,279.63$ 3352,908.19$ 1791,628.56$

CAPITAL SOCIAL 3101 11383,799.11$ 9592,170.55$ (1791,628.56)$

CUENTA CONTABLE CÓDIGO

Como puede observarse la diferencia de la cuenta 3101-Capital Social asciende a la cantidad de $1,791,628.56, debido a que dichos valores fueron registrados adicionalmente según los folios del Libro Diario Mayor proporcionados a esta Dirección General el día 14 de enero de 2014, en las cuentas de pasivo 2101-CUENTAS Y DOCUMENTOS POR PAGAR, SUBCUENTA 210101 PROVEEDORES LOCALES, 2102 OTRAS CUENTAS POR PAGAR y 2111 PARTES RELACIONADAS A CORTO PLAZO, lo que demuestra que la sociedad fiscalizada al proporcionar los folios del Libro Mayor inicialmente impresos, dejó en evidencia la inconsistencia antes citada, no percatandose de que había proporcionado los folios del libro auxiliar, balances de comprobación y estados financieros, con saldos distintos, en los que había registrado los movimientos antes citados, registrando pasivos sin soporte documental que demuestren la exitencia de los mismos, es decir, que de la contabilidad exhibida en el proceso de fiscalización, la contribuyente fiscalizada ha ocultado documentos necesarios para establecer la realidad de las operaciones realizadas en el ejercicio impositivo de dos mil diez.

g) Adicionalmente, se procedió a verificar las Actas de Junta General de Accionistas a fin de establecer los saldos reales de las cuentas antes citadas, identificándose Acta número 25 de fecha treinta y uno de mayo de dos mil once, en cuyo punto número 5 de APROBACIONES, se desarrolló la “Lectura y Aprobación de los Estados Financieros” correspondientes al ejercicio impositivo de dos mil diez. De igual manera se procedió a comparar dicha información con certificación de dicha acta presentada por la contribuyente fiscalizada al Registro de Comercio del Centro Nacional de Registros, de cuya comparación se identificaron las siguientes diferencias:

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CONCEPTOS 2010 ACTA 25, SEGÚN LIBRO

GENERAL DE ACCIONISTAS

CERTIFICACIÓN ACTA 25, INSCRITA EN EL REGISTRO

DE COMERCIO DIFERENCIAS

INGRESOS NETOS 43078,569.79$ 43078,569.79$ -$ COSTO DE VENTAS 36506,434.65$ 36506,434.65$ -$ GASTOS GENERALES 4304,227.17$ 4304,227.17$ -$ OTROS INGRESOS 252,889.40$ 252,889.40$ -$ UTILIDAD NETA EN EL EJERCICIO 1798,519.39$ 1798,519.39$ -$ TOTAL ACTIVO CORRIENTE 13490,992.32$ 13490,992.32$ -$ TOTAL ACTIVO NO CORRIENTE 5814,836.88$ 5814,836.88$ -$ PASIVOS CORRIENTES 3669,468.93$ 5461,097.49$ (1791,628.56)$ PASIVOS NO CORRIENTES -$ 1304,800.00$ (1304,800.00)$ CAPITAL DE ACCIONISTAS 14331,560.27$ 12539,931.71$ 1791,628.56$

Las diferencias mostradas en los rubros de PASIVOS CORRIENTES Y CAPITAL DE ACCIONISTAS, se debe básicamente a las cantidades mostradas en el literal f) del presente apartado, respecto de las cuentas 2101 Cuentas y Documentos por Pagar, 2102 Otras Cuentas Por Pagar, 2111 Partes Relacionadas a Corto Plazo y 3101 Capital Social.

h) Se procedió a identificar el origen de las diferencias encontradas, determinando que principalmente, estas fueron originadas a partir de anotaciones en la cuenta 2111 PARTES RELACIONADAS A CORTO PLAZO, por préstamos recibidos por la contribuyente fiscalizada de sus accionistas, de personas naturales y jurídicas relacionadas con la misma, que posteriormente fueron eliminadas de dicha cuenta y fueron incorporadas a la cuenta de PROVEEDORES LOCALES y OTRAS CUENTAS POR PAGAR, asimismo otras operaciones si fueron registradas correctamente en la cuenta de PARTES RELACIONADAS A CORTO PLAZO.

El resumen de los saldos registrados en la cuenta de 2111 se presenta a continuación:

SALDO INICIAL CARGOS ABONOS SALDO FINALENERO 88,972.90$ -$ 989,039.30$ 989,039.30$ 994

FEBRERO 88,972.90$ -$ 3,438.16$ 992,477.46$ 1007

MARZO 88,972.50$ -$ 199,988.05$ 1,192,465.51$ 1020

ABRIL 88,972.50$ -$ 165.70$ -$ (165.70)$ 1030

$ 88,972.50 -$ 11,670.11$ 9,068.86$ (601,898.67)$ 10471,791,688.23$ -$ -$ 1047

$ 88,972.50 -$ -$ 11,670.11$ (565,199.56)$ 1060-$ 25,120.00$ -$ 1060

J ULIO $ 88,972.50 $ - -$ 6,976.58$ (558,222.98)$ 1073

AGOSTO 88,972.50$ -$ -$ 200,000.00$ (358,222.98)$ 1086

$ 88,972.50 -$ -$ 3,928.83$ (264,294.15)$ 1099-$ 90,000.00$ (264,294.15)$ 1099

MAYO

J UNIO

SEPTIEMBRE

LIBRO DIARIO MAYOR PROPORCIONADO AL INICIO DE LA FISCALIZACIÓN

MES DE REGISTRO

SALDO SEGÚN BALANCE DE

COMPROBACIÓN

NÚMERO DE FOLIO

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SALDO INICIAL CARGOS ABONOS SALDO FINAL $ 426,772.90 -$ 90,000.00$ 297,800.00$ (12,565.32)$ 1112

15,000.00$ 58,928.83$ (12,565.32)$ 1112

NOVIEMBRE 426,772.90$ -$ 5,000.00$ 92,921.86$ 75,356.54$ 1126

DICIEMBRE 426,772.90$ -$ 75,356.54$ -$ -$ 1139

211101-PARTES RELACIONADAS A CORTO PLAZO

MES DE REGISTRO

SALDO SEGÚN BALANCE DE

COMPROBACIÓN

LIBRO DIARIO MAYOR PROPORCIONADO AL INICIO DE LA FISCALIZACIÓN

NÚMERO DE FOLIO

OCTUBRE

i) Seguidamente, se procedió a identificar en las partidas contables los valores mostrados en el cuadro antes citado, a fin de comprobar la operación que ampara cada uno de ellos, obteniéndose el siguiente resultado:

Codigo Fecha Documento Concepto Debe Haber DescripcionPERIODO

MENSUAL DE REGISTRO

11010302008 25/03/2010 31902234 Provisionar depósito de Central Agrícola, S.A. 199,988.05$ -$ BANCO DE AMÉRICA CENTRAL #103230520210101 25/03/2010 31902234 Provisionar depósito de Central Agricola, S.A. -$ 199,988.05$ PROVEEDORES LOCALES210101 26/05/2010 CH.1005 Canc. de compra en R.WG260510 11,670.11$ -$ PROVEEDORES LOCALES210101 26/05/2010 R.WG260510 Compras Locales -$ 11,670.11$ PROVEEDORES LOCALES

11010302008 11/06/2010 182402810 Dep. para liquidar saldo de Julio Motiño 11,670.11$ -$ BANCO DE AMÉRICA CENTRAL #103230520210101 11/06/2010 182402810 Dep. para liquidar saldo de Julio Motiño 11,670.11$ PROVEEDORES LOCALES

11010301002 28/06/2010 0 Provisionar depósito pago de préstamo Don Juan 25,120.00$ -$ BANCO SALVADORE¥O CTA No.002-01-01270-03210101 28/06/2010 0 Provisionar depósito pago de préstamo Don Juan -$ 25,120.00$ PROVEEDORES LOCALES

11010302008 28/07/2010 182405498 Provisionar deposito de intereses de Inca 6,976.58$ -$ BANCO DE AMÉRICA CENTRAL #10323052021020115 28/07/2010 182405498 Provisionar deposito de intereses de Inca -$ 6,976.58$ DEPOSITOS PENDIENTES DE APLICAR

11010302008 10/08/2010 5 Registrar deposito de pago de ptmo otorgado 187,780.45$ -$ BANCO DE AMÉRICA CENTRAL #103230520210101 10/08/2010 5 Provision de deposito de pago de préstamo -$ 187,780.45$ PROVEEDORES LOCALES

11010302008 23/09/2010 182401912 Provisionar deposito de intereses de Inca 3,928.83$ -$ BANCO DE AMÉRICA CENTRAL #10323052021020115 23/09/2010 182401912 Provisionar deposito de intereses de Inca -$ 3,928.83$ DEPOSITOS PENDIENTES DE APLICAR

11010302008 30/09/2010 182402187 Ptmo que don W.G. da a Gumarsal 90,000.00$ -$ BANCO DE AMÉRICA CENTRAL #103230520210101 30/09/2010 182402187 Ptmo que don W.G. da a Gumarsal -$ 90,000.00$ PROVEEDORES LOCALES

11020401021 09/10/2010 R.091010 PRESTAMO 297,800.00$ -$ ARROCERA SAN PABLO, S.A. DE C.V.210101 09/10/2010 R.091010 Compras Locales -$ 297,800.00$ PROVEEDORES LOCALES210101 09/10/2010 R.091010 ABONO A PRESTAMO 90,000.00$ -$ PROVEEDORES LOCALES210101 09/10/2010 R.091010 Compras Locales -$ 90,000.00$ PROVEEDORES LOCALES210101 25/10/2010 R.251010 PROVISION A DON WILFREDO GUERRA 15,000.00$ -$ PROVEEDORES LOCALES

11010301005 25/10/2010 CH.1729 A favor de WILFREDO GUERRA UMAÑA -$ 15,000.00$ BANCO DE AMERICA CENTRAL CTA. 20004354511010301013 30/10/2010 0 Provisionar deposito de intereses de Inca 3,928.83$ -$ BANCO G & T CONTINENTAL.

21020115 30/10/2010 0 Provisionar deposito de intereses de Inca -$ 3,928.83$ DEPOSITOS PENDIENTES DE APLICAR11010301005 30/10/2010 8239487 Dep. de ptmo de don Juan a Gumarsal 40,000.00$ -$ BANCO DE AMERICA CENTRAL CTA. 20004354511010301005 30/10/2010 182405114 Reintegro a ck 10967 garantia de licitacion 10,000.00$ -$ BANCO DE AMERICA CENTRAL CTA. 20004354511010301003 30/10/2010 0 Prov. a don W.G. dep. Victor Mira - instrucc. Carmen Elen 5,000.00$ -$ BANCO CUSCATLAN CTA No 0043010004224

210101 30/10/2010 0 Prov. a don W.G. dep. Victor Mira - instrucc. Carmen Elena -$ 5,000.00$ PROVEEDORES LOCALES21110101002 30/10/2010 8239487 Dep. de ptmo de don Juan a Gumarsa -$ 40,000.00$ JUAN UMAÑA SAMAYOA

210101 30/10/2010 0 Prov. dep. de Victor Mira a don W.G. -$ 10,000.00$ PROVEEDORES LOCALES11010301005 30/11/2010 103500457 Provision deposito del 25/11/10 Indumasa 92,921.86$ -$ BANCO DE AMERICA CENTRAL CTA. 200043545

210101 04/11/2010 R.041110 INSCRIPCION DE SOCIEDAD MOLINOS SAN JUAN S.A 5,000.00$ -$ PROVEEDORES LOCALES210101 30/11/2010 103500457 Provision deposito del 25/11/10 Indumasa -$ 92,921.86$ PROVEEDORES LOCALES210101 04/11/2010 R.041110 Compras Locales -$ 5,000.00$ PROVEEDORES LOCALES

OCTUBRE

NOVIEMBRE

MARZO

MAYO

JUNIO

JULIO

AGOSTO

SEPTIEMBRE

Como puede advertirse, en la contabilidad constan registradas las operaciones bajo la cuenta 210101 PROVEEDORES LOCALES, operaciones que en los registros proporcionados al inicio de la fiscalización, el día veintidós de agosto de dos mil trece, aparecían registradas

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en la cuenta 211101 PARTES RELACIONADAS A CORTO PLAZO; sin embargo, a pesar de este cambio, es posible identificar que dichas operaciones provienen de préstamos de sus accionistas, de personas naturales y jurídicas relacionadas, ya que aparecen registradas bajo el concepto de: “Provisionar depósito pago de préstamo Don Juan”, “Ptmo que don W.G. da a Gumarsal”, “PRESTAMO”, “ABONO A PRESTAMO”, “Dep. de ptmo de don Juan a Gumarsal” y “Prov. a don W.G. dep. Victor Mira - instrucc. Carmen Elen”. No obstante, es importante mencionar que el valor correspondiente a $187,780.45, corresponde a remanente de préstamo otorgado por el Banco de América Central, S.A. por un monto total de $800,000.00, aunque fue utilizado para cancelar préstamos recibidos de partes relacionadas no fue posible identificar la operación que dio origen a la cancelación registrada, por lo que será restada para efectos de la determinación.

j) Se requirió a la sociedad fiscalizada mediante auto con referencia 20530-NEX-0077-2014 emitido el día treinta de enero de dos mil catorce, que proporcionara la siguiente documentación e información:

1. Fotocopia de la documentación de soporte (Facturas, créditos fiscales u otros documentos) de cargos y abonos realizados en las partidas contables que se presentan en detalle en el referido requerimiento, las cuales son relativos a registros de pagos con cheques por supuestos prestamos registrados en la cuentas “Proveedores Locales”.

2. Indicar el criterio técnico que se utilizó para abonar la cuenta “Proveedores” al aperturar el depósito a plazo, cuando la técnica contable establece que dicha cuenta se abona por el importe de las compras al crédito de bienes y/o servicios que están relacionados directamente con la producción u operatividad de la empresa generando un cargo directo a la cuenta Inventarios.

3. Proporcionar fotocopia de los Libros de Registro de Accionistas, de Actas de Junta Directiva y de Junta General de Accionistas.

4. Proporcionar el reporte de liquidaciones de caja diario debidamente firmado por el gestor de cobros o vendedor, en el cual se evidencie el detalle de los clientes que cancelaron sus créditos con la sociedad contribuyente.

5. Proporcionar los documentos de respaldo (Comprobantes de Crédito Fiscal, Facturas u otros documentos) de cada una de las operaciones registradas en la cuenta “210101 PROVEEDORES LOCALES”, así como de la explicación de cada aplicación contable, relacionada al nacimiento de la obligación, sea préstamo y de otra naturaleza, lo anterior, respecto de detalle de operaciones incorporadas en el citado auto.

6. Proporcionar la explicación para cada una de las operaciones contables registradas en las cuentas que se detallan en el mismo requerimiento, relativas a Reclasificación de saldos de cuentas por pagar registradas en la cuenta 2111 Partes Relacionadas a Corto Plazo, 210101 Proveedores Locales y 1102 Cuentas por Cobrar, entre otras, debiendo proporcionar la documentación de soporte de cada una de las operaciones.

7. Proporcionar la explicación respectiva para cada una de las operaciones contables registradas en las cuentas 1101 Caja General, 1102 Cuentas por Cobrar y 2102 Otras Cuentas Por Pagar, entre otras, debiendo proporcionar la documentación de soporte respectiva.

8. Proporcionar el detalle de los proveedores que conforman el saldo de la cuenta contable 2101 Cuentas y Documentos por Pagar, subcuenta Proveedores Locales, al treinta y uno de diciembre de dos mil diez, el cual asciende a $1,802,159.62, debiendo consignar el nombre de la subcuenta o del proveedor y el saldo de cada uno a dicha

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fecha.

El día catorce de febrero de dos mil catorce, se recibió escrito de respuesta de parte de la contribuyente fiscalizada, de lo cual es necesario hacer las siguientes valoraciones:

Respecto a la documentación solicitada en los numerales 1, 3), 4) y 8), la sociedad contribuyente proporcionó la documentación requerida. Sin embargo, respecto a los numerales 5), 6) y 7), relativo a explicaciones y documentación de soporte que compruebe el origen de los operaciones registradas como préstamos recibidos y registrados en la cuenta de PROVEEDORES LOCALES y OTRAS CUENTAS POR PAGAR, la sociedad no proporcionó las explicaciones y la documentación probatoria del origen de los pasivos registrados contablemente, ocultando la información relacionada con los mismos.

De igual manera, proporcionó explicación solicitada en el numeral 2), la cual fue la siguiente:

“Nuestro sistema de emisión de cheques reconoce dos modalidades “PROGRAMACIÓN” Y “ANTICIPO”, las cuales requieren utilizar una cuenta de proveedores, que posteriormente a la emisión del cheque, esta cuenta es cargada y se abona la cuenta del banco donde se emitió el cheque. Es de aclarar que el registro inicial es una provisión donde la empresa registra el valor del depósito vs la cuenta del proveedor.”

Ante la explicación proporcionada por la sociedad contribuyente, cabe traer a cuenta, la descripción de la cuenta contable “2101 CUENTAS Y DOCUMENTOS POR PAGAR “, según el Manual de Aplicación de Cuentas:

“Representan las obligaciones que la sociedad, tiene que cumplir a corto plazo y en las que puede o no existir un documento coactivo que obligue a su cumplimiento ante instancias legales. Su origen es por la compra de mercaderías o demanda de servicios, sean estas locales o del exterior, para cumplir con los fines de la sociedad. Esta cuenta de Mayor se divide en las cuentas siguientes:

210101 PROVEEDORES LOCALES

210102 PROVEEDORES DEL EXTERIOR

Estas cuentas se cargarán para registrar los abonos o cancelaciones totales a favor de los proveedores locales o del exterior según corresponda, por compras al crédito de materias primas, mercaderías para la venta, maquinarias, repuestos, entre otros; para hacerle frente a las operaciones del giro normal de los negocios.”

De igual manera la descripción de la cuenta 211101 PARTES RELACIONADAS A CORTO PLAZO, dice de la siguiente manera:

“Representa las obligaciones de corto plazo, adquiridas por la sociedad ante terceros, por operaciones efectuadas con partes relacionadas, derivadas de negociaciones de tipo comercial y/o administrativo, tanto del giro normal como ajenas a este.”

Finalmente, de acuerdo a la descripción de las cuentas contables antes citadas, la sociedad fiscalizada no debió haber registrado en la cuenta 210101 PROVEEDORES LOCALES, los préstamos recibidos de sus accionistas y de otras personas naturales y jurídicas, así como los pagos realizados a los mismos, ya que dicha cuenta únicamente debe ser utilizada para

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MONTO REFERENCIA

1 WILFREDO GUERRA 381,817.86$

Ver anexo 2.1.12 JUAN UMAÑA 249,326.00$

Ver anexo 2.1.2

3 CENTRAL AGRICOLA, S.A. 199,988.05$

Ver anexo 2.1.34 MIRIAM HAYDEE DE UMAÑA 148,900.00$

Ver anexo 2.1.4

5 RUTH MIRA 148,900.00$

Ver anexo 2.1.56 DANIEL UMAÑA 126,000.00$

Ver anexo 2.1.6

7 SALAZAR ROMERO, S.A. DE C.V. 100,000.00$

Ver anexo 2.1.78 JOSÉ RAÚL SALAZAR LANDAVERDE 100,000.00$

Ver anexo 2.1.8

9 INDUSTRIAS DE MAIZ, S.A. DE C.V. 92,921.86$

Ver anexo 2.1.910 MOLINOS SAN JUAN, S.A. DE C.V. 5,000.00$

Ver anexo 2.1.101552,853.77$ TOTAL

NOMBRE DEL OTORGANTE SEGÚN CONTABILIDAD (PASIVO NO DOCUMENTADO)

“…registrar los abonos o cancelaciones totales a favor de los proveedores locales o del exterior según corresponda, por compras al crédito de materias primas, mercaderías para la venta, maquinarias, repuestos, entre otros…”, siendo lo correcto, registrar dichas operaciones en la cuenta 211101 PARTES RELACIONADAS A CORTO PLAZO, ya que es esa cuenta la establecida para el registro de préstamos recibidos de personas relacionadas con la empresa, ya sean accionistas u otros relacionados.

k) Se procedió a realizar análisis de los valores reflejados en la contabilidad proporcionada por la contribuyente fiscalizada en medios magnéticos en formato Excel, tales como Libro Diario Mayor, Balances de Comprobación, Partidas Contables, Libros Auxiliares, entre otros, de lo cual se ha comprobado pasivos que no se ha comprobado la existencia efectiva, registrados a nombre de cada uno de los contribuyentes mostrados en el siguiente cuadro resumen:

1. WILFREDO GUERRA:

La sociedad contribuyente ha registrado en su contabilidad operaciones en la cuenta 210101 PROVEEDORES LOCALES por presuntos préstamos recibidos de parte del señor Wilfredo Guerra por la cantidad de $381,817.86, para compras locales, bajo los siguientes conceptos: “Pago por compra de maíz”, “Reintegro por venta de cabeza de cerdos”, “ Reintegro por pago de pick up Miguel Portillo”, “Compra de Azúcar”, “Compra de frijol negro”, Compra de Frijol Rojo”, “Compra de Frijol”, entre otros, valores que posteriormente fueron cancelados al señor Guerra por medio de cheque, cuyo detalle consta en anexo 2.1.1 del presente informe de auditoría.

2. JUAN UMAÑA

La sociedad contribuyente ha registrado en su contabilidad operaciones en la cuenta 210101 PROVEEDORES LOCALES y 210102 PROVEEDORES DEL EXTERIOR, por presuntos préstamos recibidos de parte del señor Juan Umaña por la cantidad de $249,326.00, para compras locales, bajo los siguientes conceptos: “Pago por Compra de Frijol”, “Pago de Facturas Varias”, “Compra de Frijol”, “Dep. de ptmo. De Don Juan a Gumarsal” , entre otros, valores que posteriormente fueron cancelados al señor Umaña por medio de cheque, cuyo detalle consta en anexo 2.1.2 del presente informe de auditoría.

Cabe aclarar que para el caso del señor Juan Umaña, se identificaron las operaciones de los préstamos realizados, sin embargo, no fue posible identificar la operación exacta de compra que fue cancelada, por no haber sido registrada contablemente, es decir se ha registrado el pago de un préstamo, para el pago de compras que no se han identificado que

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hayan sido registradas contablemente.

3. CENTRAL AGRICOLA, S.A.

La sociedad contribuyente ha registrado en su contabilidad operaciones en la cuenta 210101 PROVEEDORES LOCALES por presuntos préstamos recibidos de parte de la sociedad CENTRAL AGRICOLA, S.A., por la cantidad de $199,988.05, registrado bajo el concepto de: “Provisionar depósito de Central Agrícola, S.A.”, cabe aclarar, que esta cantidad aparece registrada en los folios proporcionados por la sociedad fiscalizada el día veintidós de agosto de dos mil trece, del Libro Diario Mayor en la cuenta de “2111 PARTES RELACIONADAS A CORTO PLAZO” y que para los folios del referido libro proporcionados por la sociedad fiscalizada como corregidos el día catorce de enero de dos mil catorce, aparece registrada en la cuenta 210101 PROVEEDORES LOCALES, sin embargo, no fue proporcionado el documento de soporte de dicho pasivo, cuyo detalle consta en anexo 2.1.3 del presente informe de auditoría.

4. MIRIAM HAYDEE DE UMAÑA

La sociedad contribuyente ha registrado en su contabilidad operaciones en la cuenta 211101 PARTES RELACIONADAS A CORTO PLAZO como presuntos préstamos recibidos de parte de la señora Miriam Haydee de Umaña, por la cantidad de $148,900.00, registrado bajo el concepto de: “Provisionar depósito de préstamo Miriam Haydee de Umaña.”, cabe aclarar, que esta cantidad aparece registrada en los folios del Libro Diario Mayor en la cuenta de “2111 PARTES RELACIONADAS A CORTO PLAZO” y que para los folios del referido libro proporcionados por la sociedad fiscalizada como corregidos, no presenta ninguna variación, sin embargo, no fue proporcionado el documento de soporte de dicho pasivo, cuyo detalle consta en anexo 2.1.4 del presente informe de auditoría.

5. RUTH MIRA DE GUERRA

La sociedad contribuyente ha registrado en su contabilidad operaciones en la cuenta 211101 PARTES RELACIONADAS A CORTO PLAZO por presuntos préstamos recibidos de parte de la señora Ruth Mira de Guerra, por la cantidad de $148,900.00, registrado bajo el concepto de: “Provisionar depósito de préstamo Ruth Mira de Guerra”, cabe aclarar, que esta cantidad aparece registrada en los folios del Libro Diario Mayor en la cuenta de “2111 PARTES RELACIONADAS A CORTO PLAZO” y que para los folios del referido libro proporcionados por la sociedad fiscalizada como corregidos, no presenta ninguna variación, sin embargo, no fue proporcionado el documento de soporte de dicho pasivo, cuyo detalle consta en anexo 2.1.5 del presente informe de auditoría.

6. DANIEL UMAÑA

La sociedad contribuyente ha registrado en su contabilidad operaciones en la cuenta 210102 PROVEEDORES DEL EXTERIOR por presuntos préstamos recibidos de parte del señor Daniel Umaña, por la cantidad de $126,000.00, registrado bajo el concepto de: “Compra de Arroz.”, sin embargo, no fue proporcionado el documento de soporte de dicho pasivo, cuyo detalle consta en anexo 2.1.6 del presente informe de auditoría.

7. SALAZAR ROMERO, S.A. DE C.V.

La sociedad contribuyente ha registrado en su contabilidad operaciones en la cuenta 210101 PROVEEDORES LOCALES por presuntos préstamos recibidos de parte de la sociedad SALAZAR ROMERO, S.A. DE C.V., por la cantidad de $100,000.00, registrado bajo el concepto de: “PRESTAMOS”, “Canc. De compra en R.281010”, sin embargo, no fue proporcionado el documento de soporte de dicho pasivo por parte de la contribuyente

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fiscalizada, cuyo detalle consta en anexo 2.1.7 del presente informe de auditoría.

8. JOSÉ RAÚL SALAZAR LANDAVERDE

La sociedad contribuyente ha registrado en su contabilidad operaciones en la cuenta 210102 PROVEEDORES DEL EXTERIOR por presuntos préstamos recibidos de JOSÉ RAÚL SALAZAR LANDAVERDE, por la cantidad de CIEN MIL DÓLARES ($100,000.00), registrados bajo el concepto de: “Reintegro de Compra”, cabe aclarar que no fue proporcionado el documento de soporte de dicho pasivo por parte de la contribuyente fiscalizada, cuyo detalle consta en anexo 2.1.8 del presente informe de auditoría.

Cabe aclarar que para el caso del señor Salazar Landaverde, se identificaron las operaciones por el otorgamiento de los préstamos realizados, sin embargo, no fue posible identificar la operación exacta de compra que fue cancelada, por no haber sido registrada contablemente, es decir se ha registrado el pago de un préstamo, para el pago de compras que no se han identificado que hayan sido registradas contablemente.

9. INDUSTRIAS DE MAÍZ, S.A. DE C.V.

La sociedad contribuyente ha registrado en su contabilidad operaciones en la cuenta 210101 PROVEEDORES LOCALES por presuntos préstamos recibidos de parte de la sociedad Industrias de Maíz, S.A. de C.V., por la cantidad de $92,921.86, registrado bajo el concepto de: “Provisionar depósito del 25/11/10 Indumasa”, cabe aclarar, que esta cantidad aparece registrada en los folios proporcionados por la sociedad fiscalizada el día veintidós de agosto de dos mil trece, del Libro Diario Mayor en la cuenta de “2111 PARTES RELACIONADAS A CORTO PLAZO” y que para los folios del referido libro proporcionados por la sociedad fiscalizada como corregidos el día catorce de enero de dos mil catorce, aparece registrada en la cuenta 210101 PROVEEDORES LOCALES, sin embargo, no fue proporcionado el documento de soporte de dicho pasivo, cuyo detalle consta en anexo 2.1.9 del presente informe de auditoría.

10. MOLINOS SAN JUAN, S.A. DE C.V.

La sociedad contribuyente ha registrado en su contabilidad operaciones en la cuenta 210101 PROVEEDORES LOCALES por presuntos préstamos recibidos de parte de la sociedad Molinos San Juan, S.A. de C.V., por la cantidad de $5,000.00, registrado bajo el concepto de: “Inscripción de sociedad Molinos San Juan, S.A.”, cabe aclarar, que esta cantidad aparece registrada en los folios proporcionados por la sociedad fiscalizada el día veintidós de agosto de dos mil trece, del Libro Diario Mayor en la cuenta de “2111 PARTES RELACIONADAS A CORTO PLAZO” y que para los folios del referido libro proporcionados por la sociedad fiscalizada como corregidos el día catorce de enero de dos mil catorce, aparece registrada en la cuenta 210101 PROVEEDORES LOCALES, sin embargo, no fue proporcionado el documento de soporte de dicho pasivo, cuyo detalle consta en anexo 2.1.10 del presente informe de auditoría.

Cabe aclarar que, todas las operaciones antes citadas han sido registradas en contabilidad como préstamos recibidos de las personas naturales y jurídicas referidas, sin embargo, no se ha comprobado que efectivamente haya existido una operación de préstamo (pasivo) y que haya provenido de los sujetos antes relacionados.

l) Se verificó el detalle de proveedores de la contribuyente a fin de establecer si las personas naturales y jurídicas que presuntamente efectuaron préstamos a la sociedad contribuyente, poseían dicha calidad durante el ejercicio impositivo de dos mil diez, sin determinar saldo alguno como proveedor.

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Finalmente, de conformidad a lo prescrito en los artículos 1, 2 inciso primero literal d) e inciso final y 12 de la Ley de Impuesto sobre la Renta, en relación con los artículos 9 inciso primero literal f) del Reglamento de Aplicación de dicha Ley, en relacion al artículo 195 inciso primero y cuarto literal a) del Código Tributario, se determinó que durante el ejercicio impositivo comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil diez, la contribuyente social AGROINDUSTRIAS GUMARSAL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, obtuvo rentas gravadas que no declaró, cuyo monto asciende a la cantidad de $1,552,853.77, los cuales han sido determinados a partir de operaciones registradas como Pasivos, que según los registros contables provienen de presuntos préstamos recibidos de Accionistas, Personas Naturales y Jurídicas relacionados para el pago de compras locales y del exterior, sin embargo, no ha sido comprobado su origen, es decir la existencia efectiva de dicho pasivo, determinando incremento patrimonial no justificado, por el monto antes citado, debido a que la sociedad fiscalizada recibio dinero en concepto de préstamos, de los cuales no ha demostrado la existencia de los mismos, los cuales se resumen en el anexo 2 del presente informe de auditoría.

DEDUCCIONES DECLARADAS

COSTO DE VENTAS

El Costo de Ventas incorporado por la sociedad contribuyente en su liquidación anual de Impuesto sobre la Renta del ejercicio en estudio, ascendió a $ 36,506,434.65, mismo que se estableció según se muestra a continuación:

CONCEPTO VALORInventario Inicial de Materia Prima $

3,662,251.29(+) Compra de Materia prima $

35,724,537.03(-) Inventario Final de Materia prima $

2,550,412.43(=) Costo de Materia Prima Utilizada $

36,836,375.89(+) Mano de Obra $

538,811.65(+) Costos Indirectos de Fabricación $

982,005.65(+) Inventario Inicial de Productos en Proceso

$ 249,250.07

(-) Inventario Final de Productos en Proceso $ 363,481.61

(=) COSTO DE PRODUCCIÓN $ 38,242,961.65

(+) Inventario Inicial de Producto Terminado $ 1,171,505.83

(-) Inventario Final de producto Terminado $ 2,908,032.83

(=) COSTO DE LO VENDIDO $ 36,506,434.65

El valor del Costo de Venta declarado, se verificó mediante la información y documentación exhibida y solicitada mediante autos con referencias 20530-NEX-0150-2013 y 20001-NEX-0984-2013, misma que consistió en Comprobantes de Crédito Fiscal, Facturas de Consumidor Final, Facturas de Exportación, Notas de Remisión, Notas de Crédito y de Débito y Comprobantes de Retención, recibidos; Partidas de Diario, Registros en Libro Diario Mayor, Registros Auxiliares y Estados Financieros.

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1. La información y documentación en referencia fue examinada y analizada, realizando procedimientos tales como la comparación del valor de Costo de Venta consignado en la declaración de Impuesto sobre la Renta y el reflejado en el Estado de Resultados. Además, se verificó que los Comprobantes de Crédito Fiscal, Declaraciones de Mercancías y FAUCAS que respaldan las compras, cumplan con lo previsto en el artículo 206 del Código Tributario. También, se verificaron los registros contables de las operaciones de compras de materia prima y los Costos Indirectos de Fabricación, así como la compra de producto terminado para la Reventa, Materiales y Granja Gumarsal, utilizando las Partidas de Diario, Registros en el Libro Diario Mayor, Registros Auxiliares, y documentación de soporte de los mismos.

2. De igual manera, se verificaron las cantidades y datos contenidos en planillas de sueldos y su registro contable, planillas del ISSS y de AFP, cheques, vouchers, recibos, y toda la documentación correspondiente al respaldo de dichos pagos por el concepto mencionado. También se verificaron las actas de levantamiento de Inventarios Físicos inicial y final de Materiales, Materia Prima y de Producto Terminado, mismos que fueron cotejados contra los valores incorporados en la declaración del impuesto objeto de estudio.

3. Se efectuó revisión de la información remitida por la Unidad de Estudios Tributarios por medio de nota con referencia número 10127-NIN-105-2013 en atención a solicitud efectuada por medio de nota de referencia 20530-NIN-0018-2013, consistente en el detalle de las importaciones, que genera el sistema informático de la Dirección General de Aduanas, efectuadas por la contribuyente durante el ejercicio fiscalizado, cotejándose dicha información con las Declaraciones de Mercancías que obran en poder de la contribuyente fiscalizada, no encontrándose inconsistencias.

4. Se efectuaron compulsas a los principales proveedores a los que la contribuyente realizó compras durante el ejercicio investigado, habiéndose solicitado información relativa a detalle de documentos emitidos, contratos y comprobantes de pago, la cual fue proporcionada mediante escritos presentados a esta Oficina en respuesta a requerimientos de información detallados a continuación:

REFERENCIA DEL AUTO NOMBRE DEL PROVEEDOR

20001-NEX-0834-2013 Arrocera San Francisco, S.A. de C.V.20001-NEX-0836-2013 José Adán Salazar Umaña

También se compulsaron empresas que fueron clientes y proveedores a la vez, durante el ejercicio en estudio, los cuales fueron detallados en las compulsas a clientes.

En respuesta a lo solicitado los contribuyentes compulsados proporcionaron la información y documentación requerida, la cual fue cotejada con la información que obra en poder la fiscalizada, no determinando inconsistencias.

Aplicados los procedimientos antes señalados, no se determinó inconsistencias atribuibles a los valores deducidos en concepto de Costo de Venta; de igual manera, se estableció que son necesarios para la producción de la renta; cumpliendo lo establecido en los artículos 28 y 29 numeral 11) de la Ley de Impuesto sobre la Renta, relacionado con el artículo 31 de su Reglamento y artículos 206 y 209 del Código Tributario.

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GASTOS DECLARADOS

Los gastos incorporados por la contribuyente en su liquidación anual del Impuesto sobre la Renta, ascendieron a $4,304,227.18, se encuentran registrados en las cuentas principales de Gastos de acuerdo al siguiente detalle :

CÓDIGO DE LA

CUENTANOMBRE DE LA CUENTA VALOR

DECLARADO

4301 GASTOS OPERATIVOS $ 4,232,207.48

4302 GASTOS NO OPERATIVOS $ 61,964.84

4303 COSTOS Y GASTOS GRANJA GANADO PORCINO $ 10,054.86

TOTAL… $ 43,304,227.18

Los Gastos declarados, se verificaron mediante la información y documentación exhibida y solicitada a través de autos con referencias 20530-NEX-0150-2013 y 20001-NEX-0984-2013, misma que consistieron en Comprobantes de Crédito Fiscal y Notas de Crédito recibidos, balances de comprobación, cuadros de depreciación, Planillas de Sueldos, entre otros; asimismo, se obtuvo Partidas de Diario con su respectiva documentación de soporte, Registros en Libro Diario Mayor, Registros Auxiliares y Estados Financieros.

Dicha información fue examinada y analizada mediante los siguientes procedimientos:

1. Se efectuó comparación de las cantidades que en concepto de gastos fueron registrados en los libros de contabilidad formal contra los incorporados en el Estado de Resultados y en la declaración de Impuesto sobre la Renta.

2. Se verificaron los registros efectuados en las cuentas y subcuentas de Gastos, constatándose que dichos valores corresponden a Gastos Operativos, Gastos No Operativos y Costos y Gastos Granja Ganado Porcino, siendo importante mencionar que el valor total de Gastos de Administración consignado en la declaración de renta, está conformado por la suma de los Gatos Operativos y los Costos y Gastos Granja Ganado Porcino.

3. Se efectuó verificación de los Gastos Operativos, para lo cual se seleccionaron las cuentas más representativas, tales como 430101 GASTOS DE PERSONAL, subcuentas: 43010101 Sueldos, 43010103 Comisiones, 43010109 Bonificaciones; 430102 GASTOS FIJOS, subcuenta 43010201 Combustibles y Lubricantes; 430103 GASTOS GENERALES subcuentas 43010307 Donaciones, 43010313 Fletes y Acarreos, 43010321 Gastos Promocionales, 43010326 Fletes de Exportación y 43010327 Otros Gastos, de lo cual se estableció que dichos gastos corresponden a desembolsos útiles y necesarios para la actividad generadora de ingresos y fueron debidamente documentados y registrados; excepto parte de los gastos registrados en la subcuentas 43010101 Sueldos y 43010327 Otros Gastos, lo cual se ampliará en el apartado Gastos Objetados.

4. Se efectuó verificación de los Gastos No Operativos, para lo cual se seleccionó la cuenta GASTOS FINANCIEROS 430201, de lo cual se estableció que dichos gastos corresponden a desembolsos útiles y necesarios para la actividad generadora de ingresos y fueron debidamente documentados y registrados; excepto parte de los gastos registrados en las subcuentas 43020102 Intereses Bancarios y 43020103 Intereses, lo cual se ampliará en el

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apartado Gastos Objetados.

5. Se examinaron las planillas de sueldos, planillas de ISSS, AFP, con el fin de validar las deducciones en concepto de Sueldo, las Cotizaciones de Seguridad Social y Previsionales, así como las correspondientes Retenciones de Impuesto sobre la Renta, sin determinarse inconsistencias.

6. Se verificaron aritméticamente las cantidades relativas a la Depreciación de los activos de la contribuyente, así como los requisitos legales para su deducción conforme lo regulado en el artículo 30 de la Ley de la materia, constatando que la cuota deducida como gasto por tal concepto, fue calculada y deducida conforme a la norma en referencia; a excepción del gasto por depreciación registrado en la subcuenta 43010209 depreciaciones de mobiliario y equipo, situación que se ampliará en el apartado Gastos Objetados.

7. Se verificaron los Gastos no Deducibles utilizando la información proporcionada por la contribuyente, determinándose que cumplen con lo establecido en los artículos 29-A de la Ley de Impuesto sobre la Renta.

En virtud de los procedimientos desarrollados se concluye que en su mayoría los gastos se encuentran debidamente comprobados y fueron necesarios para la generación de su renta y para la conservación de su fuente cumpliendo con lo regulado en los artículos 28 inciso primero 29 y 30 de la Ley de Impuesto sobre la Renta y 206 del Código Tributario. Con excepción de la cantidad de $ 255,207.24, determinados como improcedentes por incumplir con los requerimientos legales y cuyo análisis se desarrolla ampliamente en el siguiente apartado.

GASTOS OBJETADOS

De conformidad a lo regulado en los artículos 28 incisos primero y segundo, 29 numeral 10) inciso tercero, 29-A numerales 11) 16) ,18) y 24) y artículo 30 numeral 5) de la Ley de Impuesto sobre la Renta, relacionados con los artículos 203 inciso primero y 206 del Código Tributario ; no se reconocen como deducibles de la renta obtenida Gastos por la cantidad total de $255,207.24 (ANEXO 3), los cuales están conformados por Gastos de Administración por valor de $241,935.82 (ANEXO 3.1.1) y Gastos Financieros por el valor de $13,271.42 (ANEXO 3.2); registrados en las cuenta Gastos Operativos y Gastos No Operativos, por los conceptos que se detallan a continuación:

CÓDIGO CONCEPTO VALOR NO DEDUCIBLE

4301 Gastos Operativos $ 241,935.82430101 Gastos de Personal43010101 Sueldos $ 206,820.25430102 Gastos Fijos43010209 Depreciaciones Mobiliario y Equipo de Oficina $ 9,301.03430103 Gastos Generales43010327 Otros Gastos $ 25,814.544302 Gastos No Operativos $ 13,271.42430201 Gastos Financieros43010102 Intereses Bancarios $ 4,825.9743010103 Intereses $ 8,445.45

 TOTAL $ 255,207.24

El análisis pormenorizado de cada uno de las objeciones se desarrolla a continuación:

a) Gastos de Administración (Gastos Operativos-Gastos de Personal) por la cantidad de $206,820.25 en concepto de Sueldos, los cuales la sociedad contribuyente no

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comprobó que fueron necesarios para la producción de rentas gravadas ni para la conservación de la fuente.

De conformidad a lo dispuesto en los artículos 28 inciso primero y 29-A numeral 11) de la Ley de Impuesto sobre la Renta, relacionado con los artículos 203 inciso primero y 206 del Código Tributario, se determinaron gastos no deducibles por un valor total de $206,820.25, los cuales corresponden a desembolsos efectuados en concepto de Sueldos pagados a personal que laboró en el establecimiento denominado “Chanmico” y “Plantel Chanmico”; sobre los cuales la contribuyente fiscalizada, no demostró, ni comprobó la materialización de los servicios recibidos, ni que estos hayan sido necesarios para la producción de la renta y para la conservación de su fuente, durante el ejercicio investigado; los cuales se encuentran registrados en la subcuenta 430101 Gastos de Personal, 43010101Sueldos, cuyo detalle consta en Anexo 3.1.2.1 y su resumen en Anexo 3.1.2 del presente Informe.

Para la determinación de lo anterior, se llevaron a cabo los siguientes procedimientos de auditoria:

1. De la revisión efectuada a la documentación exhibida por la contribuyente en atención a requerimiento con referencia 20530-NEX-0150-2013, consistente en: Libro Diario-Mayor, balances de comprobación, Estados Financieros (Balance General, Estado de Resultados y sus Anexos respectivos), partidas de diario o asientos contables con su respectiva documentación de soporte, Planillas de Sueldos y/o voucher de pagos por servicios recibidos, Las planillas presentadas y canceladas del Instituto Salvadoreño del Seguro Social y Administradora de Fondo de Pensiones (AFP), se identificaron desembolsos efectuados en concepto de sueldos pagados a personal que laboró en el establecimiento denominado Chanmico y Plantel Chanmico, registrados en la cuenta 4301 Gastos Operativos, subcuenta 43010101Gastos de Personal-Sueldos.

2. Por lo anterior mediante autos de referencias 20001-NEX-1013-2013 y 20530-NEX-0408-2013 se requirió a la contribuyente proporcionara en medios magnéticos la información contenida en las tablas de las partidas contables, del Libro Diario Mayor, del Libro Auxiliar y de las planillas de Sueldos y Salarios o cualquier otro tipo de remuneración pagada a personal (fijo o eventual) que prestó servicios, relacionada con el ejercicio impositivo fiscalizado; al respecto, la sociedad contribuyente mediante escritos presentados en fechas 11 y 21 de junio de 2013, presentó la información requerida consistiendo esta en archivos en formato de Excel denominados 2 Partidas Contables 2010 GUMARSAL, 3 Libro Diario Mayor 2010 GUMARSAL, 4 Libro Auxiliar 2010 GUMARSAL y 9 Planillas 2010 GUMARSAL.

3. Debido a que de la revisión y análisis efectuado a la información proporcionada, no fue posible establecer los valores que en concepto de Sueldos fueron llevados a las cuentas de Costos y Gastos; por lo que mediante auto con referencia 20001-NEX-1165-2013, se requirió a la contribuyente en el numeral 1. Literal d, lo siguiente:

“En relación a la verificación efectuada al archivo denominado “9 Planillas 2010 Gumarsal”, se solicita proporcionar detalle en forma separada de la aplicación de dichos desembolsos a las cuentas de Costos y Gastos, mediante el siguiente encabezado:

Nombre Departamento en el que laboró

N° Planilla

Devengos

Cuenta de Gastos

Monto ($)

Cuenta de Costos

Monto ($)

Indicando además, nombre del banco, número de cuenta bancaria utilizada y número de cheque. Dicho detalle deberá ser proporcionado impreso y en medios magnéticos en formato Excel.

Obteniéndose respuesta mediante escrito de fecha 21 de agosto de 2013, en el cual

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manifestó lo siguiente: “1. d) Detalle separado de distribución de planilla según formato requerido (Archivo Digital formato Excel). De Folio N° 0269 a Folio N° 0294”; asimismo proporcionó en impresa Estados de Cuenta emitidos por el Banco de América Central cuenta número 200043545 en la cual se refleja los cargos efectuados a la misma, por el pago de las planillas; además proporcionó en medios magnéticos archivo denominado “Literal 1.d. Planillas Sueldos 2010” el cual contiene la hoja con el nombre “Sueldos 2010” con el encabezado “Reportes de Sueldos correspondientes al ejercicio 2010”; en el que se observa el nombre del empleado, departamento, código de cuenta contable, así como el detalle por separado los montos aplicados en concepto de sueldos tanto a los gastos como a los costos; observándose en las referidas planillas que existen sueldos pagados a personal que laboró en el establecimiento denominado Plantel Chanmico, que según la inspección física efectuada a la planta de producción de la fiscalizada no se observó ninguna instalación que para el ejecicio fiscalizado le haya producido ingresos gravados a la contribuyente provenientes de dicho plantel, por lo que mediante auto de referencia 20001-NEX-1322-2013 se se le solicitó en el numeral 1. Literal d., lo siguiente:

a. De acuerdo a la información solicitada en el literal d) del numeral 1), se ha proporcionado en archivo de Excel denominado “Literal 1.d. Planillas Sueldos 2010”, donde se presenta el detalle en forma separada de la aplicación de los desembolsos a las subcuentas de Costos y Gastos, de lo cual se solicita explicación amplia y suficiente, así como la documentación de control interno que lo compruebe, sobre los trabajos o detalle de actividades realizados [entre otros: dirección exacta del lugar de prestación del servicio, documentación que compruebe las operaciones desarrolladas por la contribuyente en dicho lugar y el control del personal que trabajo en estas áreas] por el personal destacado en las siguientes áreas:

Área de Trabajo *Monto

Reclamado $

Periodos de Reclamo del gasto

Mantenimiento de Instalaciones Plantel Chanmico 131,388.48 De marzo a diciembre

2010Custodia Plantel Chanmico 1,679.08 De mayo a diciembre 2010

Intendencia Chanmico 1,480.87 De agosto a diciembre 2010

Mantenimiento Plantel Industrial Chanmico 40,714.35 De enero a diciembre 2010

Operaciones Plantel Chanmico 14,546.02 De marzo a diciembre 2010

Vigilancia Plantel Chanmico 17,011.45 De enero a diciembre 2010 * Este detalle corresponde a la cuenta de Sueldos 43010101, la cual se llevó al Gasto según el archivo magnético citado.

Una vez vencido el plazo sin que la contribuyente diera respuesta a lo solicitado, se emitió el requerimiento por segunda vez con referencia 20001-NEX-1339-2013, mismo que también venció su plazo, sin obtenerse respuesta; por lo que se emitió auto con referencia 20001-NEX-1385-2013, para citar al Representante Legal a fin de conocer las razones que imposibilitaron la presentación de la información requerida; respecto a lo cual la contribuyente presentó escrito de fecha 30 de septiembre de 2013, en el cual manifestó lo siguiente: “d) i. Detalle en forma separada de la aplicación de los desembolsos de subcuenta de costos y gastos, se solicita explicación amplia y suficiente. El archivo proporcionado (en Excel) les detalla los lugares donde se encontraba laborando el personal el cual es el plantel Chanmico, las planillas fueron proporcionadas a sus delegados para su revisión, estas planillas constituyen el pago a los empleados y sirven como respaldo del gasto”.

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De las respuestas obtenidas y a pesar de haber solicitado documentación y las explicaciones necesarias para verificar la necesidad del gasto, mediante el requerimiento 20001-NEX-1322-2013 por primera vez, requerimiento 20001-NEX-1339-2013 por segunda vez y finalmente citatorio a Representante Legal mediante auto 20001-NEX-1385-2013; esta no fue proporcionada en las condiciones y requisitos planteados, ya que en dicho requerimiento se solicitó: “ Explicación amplia y suficiente, así como la documentación de control interno que lo compruebe, sobre los trabajos o detalle de actividades realizados [entre otros: dirección exacta del lugar de prestación del servicio, documentación que compruebe las operaciones desarrolladas por la contribuyente en dicho lugar y el control del personal que trabajo en estas áreas]” limitando su respuesta únicamente a manifestar que el archivo proporcionado detalla los lugares donde se encontraba laborando el personal el cual es el plantel Chanmico, que las planillas fueron proporcionadas a los delegados para su revisión y que dichas planillas constituyen el pago a los empleados y sirven como respaldo del gasto; haciendo caso omiso de las especificaciones requeridas; si bien es cierto las planillas de sueldos fueron proporcionadas como lo menciona en su escrito de respuesta estas por si mismas no contienen los elementos necesarios para verificar la deducibilidad del gasto y al limitar su respuesta a lo mencionado anteriormente, la contribuyente no ha demostrado a satisfacción de esta Dirección General que el gasto sea necesario para la generación de su renta gravada.

En relación a lo anterior es importante mencionar que también se le preguntó en requerimientos de referencias 20001-NEX-1322-2013 y 20001-NEX-1339-2013, lo siguiente:

3. Explique si ha realizado algún tipo de actividades que le hayan generado ingresos para el ejercicio 2010, en algún lugar diferente de las instalaciones ubicadas en Kilómetro 30 ½ Carretera a Santa Ana, Cantón Sitio del Niño, Municipio de San Juan Opico, Departamento de La Libertad y la Sucursal ubicada en San Miguel; mencionando la fecha, dirección y detalle de las operaciones comerciales realizadas.

A lo cual en su escrito de respuesta presentado de fecha 30 de septiembre de 2013, manifestó: “3… No se ha realizado ningún tipo de actividad fuera de las instalaciones mencionadas en este punto”.

Por lo que, en vista que no respondió ni proporcionó la documentación necesaria de control interno que comprobara los trabajos o el detalle de actividades realizados por los trabajadores en dicho lugar así como el control del personal que trabajó en estas áreas, aunado a esto lo manifestado en su escrito presentado en fecha 30 de septiembre de 2013 de que no se realizaron operaciones fuera de las instalaciones ubicadas en Kilómetro 30 ½ Carretera a Santa Ana, Cantón Sitio del Niño, Municipio de San Juan Opico, Departamento de La Libertad y la Sucursal ubicada en San Miguel, que hayan generado ingresos para el ejercicio investigado; siendo que las instalaciones del Plantel Chanmico corresponden a un lugar diferente de los que la contribuyente utiliza para generar sus rentas gravadas por lo que los gastos provenientes del pago de estos sueldos no son deducibles según lo establecido en los artículos 28 inciso primero y 29-A numeral 11), relacionado con el artículo 203 inciso primero y 206 del Código Tributario.

El resumen anual de los gastos objetados a la cuenta de Gastos 43010101 Sueldos es el siguiente:

PERIODOS 2010

MANTENIMIENTODE

INSTALACIONES PLANTEL

CHANMICO

MANTENIMIENTO

INDUSTRIALPLANTEL

CHANMICO

CUSTODIA PLANTEL

CHANMICO

INTENDENCIA

CHANMICO

OPERACIONES PLANTEL

CHANMICO

VIGILANTE PLANTEL

CHANMICO

SUBTOTAL POR

PERIODO

Enero $ - $ 795.88 $ - $ - $ -

$ 1,035.41

$ 1,831.29

Febrero $ - $ $ - $ - $ - $ $

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PERIODOS 2010

MANTENIMIENTODE

INSTALACIONES PLANTEL

CHANMICO

MANTENIMIENTO

INDUSTRIALPLANTEL

CHANMICO

CUSTODIA PLANTEL

CHANMICO

INTENDENCIA

CHANMICO

OPERACIONES PLANTEL

CHANMICO

VIGILANTE PLANTEL

CHANMICO

SUBTOTAL POR

PERIODO

1,030.52 1,041.67 2,072.19

Marzo $ 702.78

$ 981.75 $ - $ - $ 105.00

$ 1,020.83

$ 2,810.36

Abril $ 977.25

$ 1,181.27 $ - $ - $ 182.00

$ 1,417.59

$ 3,758.11

Mayo $ 2,713.99

$ 1,363.75 $ 42.00 $ - $ 534.63

$ 1,312.74

$ 5,967.11

Junio $ 5,618.78

$ 2,321.19 $ 253.75 $ - $ 593.26

$ 1,487.92

$ 10,274.90

Julio $ 12,281.96

$ 4,454.64 $ 220.00 $ - $ 1,466.76

$ 1,480.66

$ 19,904.02

Agosto $ 14,175.16

$ 4,179.89 $ 220.00 $ 250.00 $ 1,514.50

$ 1,737.32

$ 22,076.87

Septiembre $ 20,641.82

$ 5,802.65 $ 220.00 $ 266.00 $ 2,509.64

$ 1,592.66

$ 31,032.77

Octubre $ 24,593.96

$ 6,950.78 $ 244.17 $ 346.00 $ 2,873.75

$ 1,330.00

$ 36,338.66

Noviembre $ 22,431.25

$ 6,171.38 $ 258.33 $ 284.57 $ 2,551.13

$ 1,750.66

$ 33,447.32

Diciembre $ 27,251.53

$ 5,480.65 $ 220.83 $ 334.30 $ 2,215.35

$ 1,803.99

$ 37,306.65

TOTAL $ 131,388.48

$ 40,714.35

$ 1,679.08

$ 1,480.87

$ 14,546.02

$ 17,011.45

$ 206,820.25

De lo anteriormente planteado y debido a que no se proporcionó la información y documentación idónea que demostrara la necesidad del gasto y que además dicho gasto contribuyera a la generación de la renta gravada, se considera no deducible de la renta para el ejercicio impositivo de 2010; porque como se mencionó anteriormente con solo el hecho de proporcionar las planillas de sueldos tal como se consignó en el escrito, no es prueba suficiente considerar como deducible los Gastos bajo los conceptos en análisis; advirtiendo también la falta de respuestas claras en cuanto a preguntas específicas realizadas a la contribuyente y que simplemente se hizo caso omiso al no ser consideradas en sus escritos de respuesta, presentados ante esta Oficina. El Resumen y detalle de los Gastos objetados está contenido en los Anexo 3.1.2 y Anexo 3.1.2.1 respectivamente, y se registró contablemente en la cuenta 43010101 Sueldos.

Por lo tanto, la documentación proporcionada no demuestra la realización efectiva de las operaciones, ya que carece de elementos suficientes que permitan individualizar y establecer de manera clara y fehaciente la existencia real y efectiva de cada una de las operaciones, en consecuencia no demostró ni comprobó que dichos gastos hayan sido utilizados por la sociedad en estudio, y por lo tanto no fue posible verificar si tales servicios fueron útiles y necesarios para el mantenimiento de la fuente generadora de ingresos, en tal sentido no resultan ser deducibles de la renta obtenida, por lo que se objetan de conformidad a lo establecido en los artículos 28 inciso primero y 29–A numeral 11) de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en relación con los artículos 203 inciso primero y 206 del Código Tributario.

b) Gastos de Administración (Gastos Operativos-Gastos Generales) por la cantidad de $25,814.54 en concepto de Otros Gastos, provenientes de desembolsos relacionados con pagos de Renta a Pandillas, de los cuales no se proporcionó la documentación idónea que demostrara la necesidad del gasto y que además contribuyera a la generación de la renta gravada.

De conformidad a lo dispuesto en los artículos 28 incisos primero y segundo y 29-A numerales 10, 18) y 24) de la Ley de Impuesto sobre la Renta, relacionado con el artículo 203 del Código Tributario, se objetan Gastos de Administración por la cantidad de $25,814.54 debido a que la

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contribuyente investigada, en su declaración de Impuesto sobre la Renta del ejercicio fiscalizado, incorporó y dedujo gastos documentados indebidamente originados de pagos efectuados bajo los conceptos de “Renta a Pandillas o Pago de Renta a Mareros”; lo cual se contabilizó en la sub cuenta 43010327 Otros Gastos, ya que fueron documentados únicamente con vales de caja chica.

Para la determinación de lo anterior, se llevaron a cabo los siguientes procedimientos de auditoria:

1. De la revisión efectuada a la documentación exhibida por la contribuyente en atención a requerimiento con referencia 20530-NEX-0150-2013, consistente en: Libro Diario-Mayor, Estados Financieros (Balance General, Estado de Resultados y sus Anexos respectivos), partidas de diario o asientos contables con su respectiva documentación de soporte, se identificaron desembolsos efectuados en concepto de pago de renta pandillas, registrados en la cuenta 4301 Gastos Operativos, subcuenta 43010327 Gastos Generales, 43010327 Otros Gastos.

Por lo anterior, mediante autos de referencias 20001-NEX-1013-2013 y 20530-NEX-0408-2013 se requirió a la contribuyente proporcionara en medios magnéticos la información contenida en las tablas de las partidas contables, del Libro Diario Mayor y del Libro Auxiliar, relacionada con el ejercicio impositivo fiscalizado; al respecto, la sociedad contribuyente mediante escritos presentados en fechas 11 y 21 de junio de 2013, presentó la información requerida consistiendo esta en archivos en formato de Excel denominados 2 Partidas Contables 2010 GUMARSAL, 3 Libro Diario Mayor 2010 GUMARSAL, 4 Libro Auxiliar 2010 GUMARSAL.

2. Asimismo, mediante auto con referencia 20001-NEX-1165-2013, se requirió a la sociedad investigada, en el numeral 1. Literal f., lo siguiente:

f. “Sobre los montos registrados en la subcuenta de Gastos 43010327-Otros Gastos, se solicita explicar el tipo de operaciones registradas en dicha subcuenta, así como la fotocopia de las partidas contables que conformaron los valores registrados y que conforman el saldo al 31 de diciembre de 2010 de $ 41,667.62; así también, proporcionar fotocopia de los folios del Libro Mayor legalizado y fotocopia de los movimientos auxiliares de la subcuenta en mención.”

Respecto a lo anterior, la sociedad contribuyente presentó escrito de fecha 21 de agosto de 2013, en el cual manifestó lo siguiente: “1. f) Detalle de registros efectuados en subcuenta 43010327-Otros Gastos. Se solicita explicar tipo de operación registrada. (Se presenta en medios magnéticos archivo de Excel); En su mayoría esta cuenta registra el pago por ingreso a ciertas colonias para poder vender nuestros productos y generar el hecho generador.”

Presentando únicamente en su respuesta en medios magnéticos en formato de Excel el archivo denominado “Literal 1.f. 43010327 Otros Gastos 2010” el cual contiene la hoja con el nombre “Literal 1” en el que se puede observar el movimiento del Libro Auxiliar, el detalle y los montos de los registros efectuados bajo los conceptos de “Renta a Pandillas o Pago de Renta a Mareros”, de la cuenta en mención.

En vista que la respuesta no fue proporcionada en forma completa, se emitió el requerimiento con referencia 20001-NEX-1322-2013 en el que se le solicitó en el numeral 1. Literal f., nuevamente lo siguiente:

f. De acuerdo a la información solicitada en el literal f) del numeral 1), se ha

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proporcionado en forma magnética el archivo de Excel denominado “Literal 1.f. 43010327 Otros Gastos 2010” en el cual muestra el movimiento auxiliar 2010 de dicha cuenta, así mismo manifiesta que “En su mayoría esta cuenta registra el pago por ingreso a ciertas colonias para poder vender nuestros productos y generar el hecho generador”, sin embargo no se proporcionó la fotocopia de las partidas contables; por lo cual se solicita lo siguiente:

i. Explique el criterio técnico y legal de la razón por la cual se registró en la contabilidad y se declaró como deducibles los conceptos “Renta a Pandillas” o “Pago de Renta a Mareros”.

ii. Proporcione fotocopia del Libro Auxiliar del movimiento de la cuenta 43010327 Otros Gastos, así como también de las Partidas Contables de los periodos de Agosto y Diciembre de 2010 y la documentación de soporte de las mismas; confirmando además si el mismo registro se efectuó para los restantes periodos del 2010 y si se documentó de la misma forma dichos gastos para todo el ejercicio.Una vez vencido el plazo sin que la contribuyente diera respuesta a lo solicitado, se emitió el requerimiento por segunda vez con referencia 20001-NEX-1339-2013, mismo que también se venció su plazo, sin obtenerse respuesta de parte de la contribuyente; por lo que mediante auto con referencia 20001-NEX-1385-2013 se citó al Representante legal con el fin de conocer las razones que le imposibilitaron proporcionar la información requerida; al respecto la contribuyente presentó escrito de fecha 30 de septiembre de 2013, en el cual manifestó lo siguiente: “ f) i. … La empresa genera una erogación en efectivo para poder realizar las entregas de mercadería, a personas no sujetas del impuesto sobre la renta por encontrarse operando fuera de la ley (delincuentes).ii…Se anexan Libro Auxiliar en medio Magnético y documentación de soporte. Del folio N° 0000296 al Folio N° 000353. Confirmando además que el mismo registro se efectuó para el resto de los periodos del 2010”.

De la información proporcionada en el mencionado escrito y contenida en el archivo magnético denominado Anexo literal 1.f.i. 43010327 Otros gastos, el cual contiene los movimientos del Libro Auxiliar 2010 de agosto a diciembre, así como también con la información en medios magnéticos mediante escrito de fecha 21 de agosto de 2013, el archivo en Excel denominado Literal 1.f. 43010327 Otros Gastos 2010” el cual contiene la hoja con el nombre “Literal 1” en el que se puede observar el movimiento del Libro Auxiliar, el detalle y los montos de los registros efectuados bajo los conceptos de “Renta a Pandillas o Pago de Renta a Mareros”, de la cuenta en mención; con dicha información se elaboró el ANEXO 3.1.3, el cual contiene el detalle de los pagos efectuados por los conceptos “Renta a Pandillas o Pago de Renta a Mareros” , cuyo resumen mensual es el siguiente:

Periodos 2010

MontoRegistrado

Enero $ 1,193.00Febrero $ 1,266.00Marzo $ 1,442.00Abril $ 1,082.00Mayo $ 2,398.50Junio $ 1,128.53Julio $ 2,617.50Agosto $ 3,419.50Septiembre $ 2,622.00Octubre $ 2,327.00Noviembre $ 2,565.01Diciembre $ 3,753.50Total $ 25,814.54

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De lo anterior, se establece que los argumentos que expone la sociedad contribuyente para deducirse como Gastos los pagos efectuados a las maras no están conforme a lo que establece la ley, ya que en su misma respuesta mediante escrito de fecha 30 de septiembre de 2013, manifiesta: “La empresa genera una erogación en efectivo para poder realizar las entregas de mercadería, a personas no sujetas del impuesto sobre la renta por encontrarse operando fuera de la ley (delincuentes).” Así también, en la información proporcionada y detallada en el ANEXO 3.1.3 se observó que estos pagos fueron documentados por medio de Vales de Caja Chica, firmados por los vendedores que tienen la ruta asignada, de los cuales se proporcionó fotocopia como muestra de su registro y soporte del gasto de los períodos de agosto y diciembre de 2010, lo cual en el escrito presentado, confirmó lo siguiente: “Se anexan Libro Auxiliar en medio Magnético y documentación de soporte. Del folio N° 0000296 al Folio N° 000353. Confirmando además que el mismo registro se efectuó para el resto de los periodos del 2010”; siendo necesario aclarar que si bien es cierto la contribuyente consideró necesario efectuar dichos desembolsos para poder ingresar a las colonias y entregar la mercadería, estos son riesgos empresariales que la misma asume; no obstante, dichas riesgos no tienen razón de afectar el interés fiscal pues constituyen auténticas pérdidas de capital; aunado a esto que los documentos que soportan dicho gasto no cumplen los requisitos legales debido a las razones antes descritas.

Respecto a lo anterior, la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia, en sentencia con referencia 26-T-98, de las nueve horas del día veintiuno de enero de 2000, expuso: “(…) debe tenerse en cuenta que la Ley de Impuesto sobre la Renta, en relación a las deducciones de los gastos para efectos de computar la Renta Neta, se inspira en el principio universal de que los gastos efectuados para ser deducibles, deben además de estar debidamente comprobados, ser necesarios para la producción y la conservación de su fuente.”

De lo anteriormente planteado y de conformidad a lo establecido en los artículos 28 incisos primero y segundo y 29-A numerales 10), 18) y 24) de la Ley de Impuesto sobre la Renta, relacionado con el artículo 203 inciso primero del Código Tributario, se considera no deducible de la renta para el ejercicio impositivo de 2010, los Gastos de Administración registrados en la cuenta Gastos Operativos, Gastos Generales, subcuenta Otros Gastos por valor de $25,814.54, debido a que no se proporcionó la información y documentación idónea que demostrara la necesidad del gasto y que además dicho gasto contribuyera a la generación de la renta gravada, ya que se constató que tales gastos se originan por pagos efectuados a las “maras o Pandillas”, documentados únicamente a través de Vales de Caja Chica.

c) Gastos de Administración (Gastos Operativos-Gastos Fijos), por la cantidad de $9,301.03, en concepto de Depreciaciones de Mobiliario y Equipo de Oficina, los cuales la sociedad contribuyente no comprobó que fueron necesarios para la producción de rentas gravadas ni para la conservación de la fuente.

De conformidad a lo dispuesto en los artículos 28 inciso primero, 29-A numeral 16) y 30 numeral 5) de la Ley de Impuesto sobre la Renta, relacionado con los artículos 203 inciso primero del Código Tributario; se objetan Gastos de Administración por la cantidad de $ 9,301.03, debido a que la contribuyente investigada, en su declaración de Impuesto sobre la Renta del ejercicio fiscalizado, incorporó y dedujo gastos provenientes de depreciación de activos “Chanmico y Uso Chanmico”; mismos que no fueron soportados con la documentación idónea y por consiguiente no demostró que los mismos participaron en la producción de rentas gravadas ni para la conservación de la fuente; Dichos gastos fueron registrados en la sub cuenta 43010209

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Depreciaciones Mobiliario y Equipo de Oficina.

Para la determinación de lo anterior, se llevaron a cabo los siguientes procedimientos de auditoria:

1. Mediante auto de referencia 20530-NEX-0150-2013, se solicitó a la fiscalizada exhibiera información consistente en Cuadro de Depreciación de la Propiedad Planta y Equipo, el cual indique: detalle del bien, fecha de adquisición, base depreciable, cuota anual establecida de depreciación, depreciación acumulada, enajenación, bajas, retiros, adiciones, etc., misma que fue exhibida como consta en el numeral 14 de acta de exhibición de información suscrita el día 18 de abril de 2013.

2. Además, mediante autos de referencias 20001-NEX-1013-2013 y 20530-NEX-0408-2013

se requirió a la contribuyente proporcionara en medios magnéticos la información contenida en las tablas de las partidas contables, del Libro Diario Mayor y del Libro Auxiliar, relacionada con el ejercicio impositivo fiscalizado; al respecto, la sociedad contribuyente mediante escritos presentados en fechas 11 y 21 de junio de 2013 presentó la información requerida, consistiendo ésta en archivos en formato de Excel denominados 2 Partidas Contables 2010 GUMARSAL, 3 Libro Diario Mayor 2010 GUMARSAL, 4 Libro Auxiliar 2010 GUMARSAL; de cuya verificación y análisis se observaron gastos por depreciaciones de activos en los que se especificó “Chanmico y Uso Chanmico”; procediéndose a examinar la cuenta Gastos Operativos, Subcuenta Gastos Fijos, sub-sub cuenta Depreciaciones Mobiliario y Equipo Oficina, en la cual se registraron dichos gastos.

3. Por lo que mediante auto con referencia 20001-NEX-1165-2013, se requirió a la sociedad investigada, en el numeral 1. Literal e., lo siguiente:

“e. Detalle en medio magnético en formato de Excel e impreso de los Activos que conformaron el valor por Depreciación registrado en las subcuentas siguientes, el cual deberá contener el Nombre del Activo, Fecha de Compra, Valor de Compra, Valor por Depreciación del Año, Valor Depreciado al 2010 y Naturaleza del ingreso que generó:

Código Nombre de Subcuenta Saldo al 31-12-2010

42010304 Depreciación $ 202,995.6043010209 Depreciación Mobiliario y Equipo $ 41,910.0943010210 Depreciación de Vehículos $ 109,902.2143010211 Depreciación de Edificios $ 31,043.3643010213 Depreciación de Armas de Fuego $ 1,393.0043030404 Depreciación Mobiliario y Equipo de Carnes $ 708.37

Respecto a lo anterior, la sociedad contribuyente presentó escrito de fecha 21 de agosto de 2013, en el cual manifestó lo siguiente: “1. e) Detalle en medio magnético en archivo Excel activos que conforman el valor de la depreciación según detalle de subcuentas. De Folio N° 0295 a Folio N° 0304”.

Presentando en su respuesta en forma impresa en los folios del 0295 al 0304 el Anexo Depreciaciones Ejercicio 2010, el cual contiene lo siguiente: Cuenta Aplicada Depreciación, Rubro, Cantidad, Documento de Compra, Fecha de Compra, Años, Valor de Compra, Depreciación Anual, 2010; el valor detallado en la casilla “2010” es el valor que se llevó al gasto como depreciación para el ejercicio 2010; sin embargo no se les detalló la naturaleza del ingreso que generó.

4. Mediante auto de referencia 20001-NEX-1322-2013 se le solicitó en el numeral 1. Literal e., lo siguiente:

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“e. De acuerdo a la información solicitada en el literal e) del numeral 1), se ha proporcionado en forma impresa el Anexo Depreciaciones Ejercicio 2010, donde se presenta el detalle de los Activos que conformaron los valores de las subcuentas de Depreciación; sin embargo no fue agregada a dicho detalle la columna “Naturaleza del Ingreso que generó”, por lo que se requiere agregarla en los activos detallados en el Anexo 2 del presente requerimiento, así como el detalle en medio magnético de los documentos de ventas u otros, relacionados con los ingresos generados durante el ejercicio de dos mil diez, en los cuales participaron los activos detallados en dicho anexo”.

Una vez vencido el plazo sin que la contribuyente diera respuesta a lo solicitado, se emitió el requerimiento por segunda vez con referencia 20001-NEX-1339-2013, mismo que también se venció su plazo, sin obtenerse respuesta; por lo que se emitió auto con referencia 20001-NEX-1385-2013, para citar al Representante Legal a fin de conocer las razones que imposibilitaron cumplir con lo solicitado;Al respecto, la contribuyente presentó escrito de fecha 30 de septiembre de 2013, en el cual manifestó lo siguiente: “ e) Agregar a anexo de depreciaciones 2010, columna “Naturaleza del Ingreso que generó”, así como el detalle en medio magnético de los documentos de venta que generó, en los cuales participan los activos detallados. Del Folio N° 000287 al Folio 0000295”.

De las respuestas obtenidas y a pesar de haber solicitado documentación y las explicaciones necesarias para verificar la necesidad del gasto, mediante el requerimiento 20001-NEX-1165-2013, 20001-NEX-1322-2013 por primera vez, requerimiento 20001-NEX-1339-2013 por segunda vez y finalmente citatorio a Representante Legal mediante auto 20001-NEX-1385-2013; esta no fue proporcionada en las condiciones y requisitos planteados, ya que en el primer requerimiento no le agregó la columna de “Naturaleza del Ingreso que generó“ solicitada, por lo que en los últimos dos requerimientos se le solicitó nuevamente: agregar dicha columna de “Naturaleza del Ingreso que generó“ a los activos que se detallaron en el Anexo 2 elaborado, así como el detalle en medio magnético de los documentos de ventas u otros, relacionados con los ingresos generados durante el ejercicio de dos mil diez, en los cuales participaron los activos detallados en dicho anexo; proporcionando únicamente en forma impresa y en medio magnético el cuadro de depreciación proporcionado como respuesta al requerimiento 20001-NEX-1165-2013, en el que se le agregó únicamente la columna de “Naturaleza del Ingreso que generó“, bajo los conceptos de: Arroz Proceso Mixto, Depreciación Operativa- Ventas, Administración, entre otros; haciendo caso omiso de las especificaciones requeridas ya que en lo referente a los documentos de ventas u otros, relacionados con los ingresos generados durante el ejercicio de dos mil diez, en los cuales participaron los activos detallados en dicho anexo 2, no se proporcionó prueba alguna, y los conceptos como tales no dan mayores elementos para valorar si estos activos fueron utilizados en la producción de la renta gravada; y al limitar su respuesta a lo mencionado anteriormente, la contribuyente no ha demostrado a satisfacción de esta Dirección General que el gasto sea necesario para la generación de su renta gravada.

En relación a lo anterior es importante mencionar que también se le preguntó en requerimiento 20001-NEX-1322-2013 y 20001-NEX-1339-2013, por primera y segunda vez, respectivamente, lo siguiente:

3. Explique si ha realizado algún tipo de actividades que le hayan generado ingresos para el ejercicio 2010, en algún lugar diferente de las instalaciones ubicadas en Kilómetro 30 ½ Carretera a Santa Ana, Cantón Sitio del Niño, Municipio de San Juan Opico, Departamento de La Libertad y la Sucursal ubicada en San Miguel; mencionando la fecha, dirección y detalle de las operaciones comerciales realizadas.

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A lo cual en su escrito de respuesta presentado de fecha 30 de septiembre de 2013, manifestó: “3. … No se ha realizado ningún tipo de actividad fuera de las instalaciones mencionadas en este punto”.

Por lo que, en vista que no proporcionó la documentación necesaria en cuanto a los documentos de ventas u otros, relacionados con los ingresos generados durante el ejercicio en estudio, en los cuales participaron los activos detallados en dicho anexo 2, aunado a que dichos activos se ubican en el plantel “Chanmico y Uso Chanmico”, además de la respuesta obtenida que no se tuvieron operaciones fuera de las instalaciones ubicadas en Kilómetro 30 ½ Carretera a Santa Ana, Cantón Sitio del Niño, Municipio de San Juan Opico, Departamento de La Libertad y la Sucursal ubicada en San Miguel; por lo que los activos con la leyenda “Chanmico y Uso Chanmico”; no fueron utilizados en las instalaciones de la contribuyente y asimismo no contribuyeron a la generación de la renta gravada por lo tanto los gastos reclamados en concepto de depreciación de dichos activos no son deducibles según lo establecido en los artículos 28 inciso primero, 29-A numeral 16) y 30 numeral 5) de la Ley de Impuesto sobre la Renta, relacionado con los artículos 203 inciso primero del Código Tributario.

El resumen anual de los gastos objetados a la cuenta de Gastos 43010209 Depreciación Mobiliario y Equipo de Oficina, es el siguiente:

Código de Cuenta Nombre de Cuenta Valor Objetado de Gastos

43010209 Depreciación Mobiliario y Equipo de Oficina $ 9,301.03

De lo anteriormente planteado y debido a que no se proporcionó la información y documentación idónea que demostrara la necesidad del gasto y que además dicho gasto contribuyera a la generación de la renta gravada, se considera no deducible de la renta para el ejercicio impositivo de 2010; porque como se mencionó anteriormente sus respuestas fueron limitadas a agregar en la columna “Naturaleza del ingreso que generó” los conceptos “Arroz Proceso Mixto, Depreciación Operativa- Ventas, Administración, entre otros” y no incorporando ningún otro elemento que demostrará la utilización de los activos en mención; no es prueba suficiente para considerar como posible la deducción de los Gastos bajo los conceptos analizados; advirtiendo también la falta de respuestas claras en cuanto a preguntas específicas realizadas a la contribuyente y que simplemente se hizo caso omiso al no ser consideradas en sus escritos de respuesta, presentados ante esta Oficina. El detalle de los Gastos objetados está contenido en el ANEXO 3.1.4 y se registró contablemente en la cuenta 43010209 Depreciación Mobiliario y Equipo de Oficina.

Por lo tanto, la documentación proporcionada no demuestra la necesidad del gasto, ya que carece de elementos suficientes que permitan individualizar y establecer de manera clara y fehaciente la existencia real y efectiva de cada una de las operaciones, en consecuencia no demostró ni comprobó que dichos activos hayan sido utilizados por la sociedad en estudio, y por lo tanto no fue posible verificar si tales gastos fueron útiles y necesarios para el mantenimiento de la fuente generadora de ingresos, en tal sentido no resultan ser deducibles de la renta obtenida, por lo que se objetan de conformidad a lo establecido en los artículos 28 inciso primero, 29-A numeral 16) y 30 numeral 5) de la Ley de Impuesto sobre la Renta, relacionado con los artículos 203 inciso primero del Código Tributario.

d) Gastos Financieros (Gastos No Operativos-Gastos Financieros) por la cantidad de $13,271.42 en concepto Intereses por préstamo Ref. 1000006180281 por

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$1,612,576.00, otorgado por el Banco Scotiabank El Salvador, S.A. para Financiar el 80% de compra de Maquinaria y Accesorios de Molino de Trigo”.

De conformidad a lo dispuesto en los artículos 28 inciso primero y 29 numeral 10) inciso tercero de la Ley de Impuesto sobre la Renta, se objetan Gastos Financieros por la cantidad de $ 13,271.42 (ANEXO 3.2), debido a que la contribuyente investigada, en su declaración de Impuesto sobre la Renta del ejercicio fiscalizado, incorporó y dedujo gastos originados de pago de intereses por préstamo Ref. 1000006180281 por USD $1,612,576.00, otorgado por el Banco Scotiabank El Salvador, S.A. para Financiar el 80% de compra de Maquinaria y Accesorios de Molino de Trigo; los cuales se contabilizaron en las sub cuentas 43020102 Intereses Bancarios y 43020103 Intereses; siendo que dicho activo no contribuyó a la producción de renta gravable durante el ejercicio en estudio.Para la determinación de lo anterior, se llevaron a cabo los siguientes procedimientos de auditoria:

1. Mediante auto de referencia 20530-NEX-0150-2013, se solicitó a la fiscalizada exhibiera información consistente en: Libro Diario-Mayor, Estados Financieros (Balance General, Estado de Resultados y sus Anexos respectivos), partidas de diario o asientos contables con su respectiva documentación de soporte, misma que fue exhibida como consta en los numerales 3 y 4 de acta suscrita el día 18 de abril de 2013 y numeral 2 de acta levantada el día 30 de julio de 2013.

2. Además, mediante autos de referencias 20001-NEX-1013-2013 y 20530-NEX-0408-2013 se requirió a la contribuyente proporcionara en medios magnéticos la información contenida en las tablas de las partidas contables, del Libro Diario Mayor y del Libro Auxiliar, relacionada con el ejercicio impositivo fiscalizado; al respecto, la sociedad contribuyente mediante escritos presentados en fechas 11 y 21 de junio de 2013 presentó la información requerida, consistiendo esta en archivos en formato de Excel denominados 2 Partidas Contables 2010 GUMARSAL, 3 Libro Diario Mayor 2010 GUMARSAL, 4 Libro Auxiliar 2010 GUMARSAL; de cuya verificación y análisis se observaron registro de gastos originados por pago de intereses; procediéndose a examinar la cuenta Gastos No Operativos, Subcuenta Gastos Financieros, sub-sub cuentas: 43020102 Intereses Bancarios y 43020103 Intereses, estableciéndose que los mismos consisten en intereses bancarios provenientes de préstamo bancario identificado con la Ref. 1000006180281; según se detalla a continuación:

Periodos 2010

Monto Registrado Total Reclamado como Gastos FinancierosCuenta

43020102Cuenta 43020102

Diciembre $ 4,825.97 $ 8,445.45 $ 13,271.42

3. Por medio de requerimiento efectuado al banco Scotiabank El Salvador, Sociedad Anónima, según referencia 20001-NEX-0826-2013, se requirió en el numeral 4, la siguiente información :

“4. Detalle de Contratos de todo tipo de créditos bancarios otorgados o que se encontraban vigentes durante el ejercicio impositivo comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil diez, a nombre de personas naturales o jurídicas, cuyos desembolsos se hayan depositado en cuentas bancarias aperturadas a nombre de la sociedad contribuyente AGROINDUSTRIAS GUMARSAL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, con NIT: 0614-230597-101-5 en esa institución bancaria, especificando si se refieren a cuentas de ahorro, corriente u otras formas de depósito o captación; proporcionando además, los cuadros de amortización de los

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mismos, la solicitud de crédito presentada y la documentación anexa a la misma, proporcionada a esa institución bancaria al momento de solicitar el crédito.

Respecto a lo anterior, la sociedad compulsada presentó escrito de fecha 22 de abril de 2013, en el cual manifestó lo siguiente: “3. Contratos de Crédito, otorgados o que se encontraban vigentes durante el 2010:

En fecha 18 de mayo de 2010, esta institución bancaria otorgó una apertura de crédito simple no rotativa, hasta por la suma de un millón seiscientos doce mil quinientos setenta y seis dólares de los Estados Unidos de América. Habiéndose realizado el siguiente desembolso:

Referencia Monto desembolsado

Fecha de desembolso

Fecha de Cancelación

1000006180281 $ 1,304,800.00 17/05/2010 Vigente

Anexo: Disco compacto conteniendo la información siguiente: Movimientos registrados en la cuenta 1740018406 desde el 30/06/10

(apertura) al 31/12/2010 Movimientos registrados en la cuenta 1740018325 desde el 16/06/10

(apertura) al 31/12/2010 (cancelación) Contrato de Apertura de crédito simple Ref. 1000006180281 por USD $

1,612,576.00 Histórico de pagos Ref. 1000006180281 Información financiera presentada por dicha sociedad para el trámite de los

préstamos.

De la información proporcionada en el mencionado escrito y contenida en la información magnética proporcionada está el Contrato de Apertura de Crédito simple Ref. 1000006180281 por $1,612,576.00, otorgado por el banco Scotiabank El Salvador, S.A. a favor de Agroindustrias Gumarsal, S.A. de C.V., celebrado el día 18 de mayo de 2010, del cual se retoman las siguientes cláusulas:

I.- NATURALEZA DEL CONTRATO Y MONTO DEL CRÉDITO. El banco pone a disposición de la sociedad deudora una APERTURA DE CRÉDITO SIMPLE O NO ROTATIVA, hasta por la suma de UN MILLÓN SEISCIENTOS DOCE MIL QUINIENTOS SETENTA Y SEIS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, del cual podrá hacer uso por cantidades parciales y la sociedad deudora acepta el crédito.

II.- DESTINO. La sociedad deudora, hará uso de la presente apertura de crédito para Financiar el ochenta por ciento de Compra de Maquinaria y accesorios de molino de trigo.

III.- PLAZOS. a) Plazo del Crédito. El plazo otorgado para cancelar los fondos retirados en uso de la presente apertura de crédito será de CINCO años, contados a partir de esta fecha, que vence el día dieciocho del mes de mayo de dos mil quince. b) Plazo del Giro. La sociedad deudora, podrá hacer uso de los fondos durante el plazo de CATORCE meses, contados a partir de esta fecha, que vence el día dieciocho de julio del año dos mil once.

VII.- TASA DE INTERÉS NOMINAL Y RECARGO EN MORA. La sociedad deudora se obliga a pagar al banco sobre las sumas retiradas, el interés nominal sobre saldos que el banco indique al momento de cada desembolso. La tasa de interés efectiva anualizada que corresponde a la tasa nominal antes descrita es del seis punto setenta y siete por ciento (6.77%).

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VIII.- AMORTIZACIÓN. La sociedad deudora, se obliga a efectuar el pago de las sumas retiradas en uso de la presente apertura de crédito de la siguiente manera: Los primeros doce meses pagara únicamente intereses mensuales y a partir del décimo tercero mes pagará cuarenta y siete cuotas mensuales fijas a capital de Treinta y Seis Mil Quinientos Noventa y Cinco Dólares con Treinta y Tres Centavos de Dólar de los Estados Unidos de América, más intereses y una última por el saldo de capital más intereses al vencimiento del plazo.

XIV.- GARANTÍAS a) PROMESA DE PRENDA: La sociedad Deudora otorga promesa de constituir a favor de Scotiabank El Salvador, Sociedad Anónima, prenda por el valor de DOS MILLONES QUINCE MIL SETECIENTOS VEINTE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, sobre maquinaria y equipo electromecánico de un molino de trigo tipo “HARD” con capacidad de ciento cincuenta toneladas cada veinticuatro horas, en un plazo que no exceda de treinta días posteriores a la instalación y puesta en marcha del equipo y no podrá exceder del treinta de septiembre del año dos mil diez. La prenda radicará en Cantón Chanmico Jurisdicción de San Juan Opico, departamento de la Libertad, denominado Lote “A” inmueble sin derecho inscrito a favor de la sociedad deudora.

Así también, el referido Banco proporcionó el detalle de la amortización del préstamo hasta el 31-12-2010 mediante el archivo denominado “Histórico de pagos Ref. 1000006180281”, el cual muestra el monto de intereses pagados por la contribuyente en estudio, por el desembolso de dicho préstamo, el cual asciende al valor de $13,271.42; según se muestra a continuación:

Fechaaplicación

Fechade Pago

Valor Pagado

SaldoAnterior

Abono Capital

Abono Interese

s

Abono a Interese

s en Mora

Otros Tasa

18-11-2010 18-11-2010

$ 4,825.97

$ 1,304,800.00 $ 0.00 $

4,825.97 $ 0.00 $ 0.00 6.75%

22-12-2010 22-12-2010

$ 5,630.89

$ 1,304,800.00 $ 0.00 $

5,630.89 $ 0.00 $ 0.00 6.75%

23-12-2010 23-12-2010

$ 2,814.56

$ 1,304,800.00 $ 0.00 $

2,814.56 $ 0.00 $ 0.00 6.75%

De lo anteriormente planteado, se establece que los intereses generados por el préstamo otorgado por el Banco Scotiabank El Salvador, Sociedad Anónima, con referencia Ref. 1000006180281 mediante una apertura de crédito simple no rotativa, hasta por la suma de $1,612,576.00; habiéndose realizado el desembolso por el valor de $1,304,800.00 y mediante el cual se pactó una tasa de interés del 6.75% a la contribuyente fiscalizada, no son deducibles de la renta obtenida del ejercicio en estudio, debido a que el destino de dicho préstamo fue para Financiar el ochenta por ciento de Compra de Maquinaria y accesorios de molino de trigo, Molino que no le generó rentas gravadas para el referido ejercicio, ya que el mismo al 31 de diciembre de 2010, no había sido activado, sino que las erogaciones efectuadas relacionadas con la compra de dicha maquinaria y sus accesorios fueron registradas en la cuenta 1209 Gastos Pendientes de Liquidar, subcuenta 120902 Construcciones en Proceso, subcuenta 12090202 Construcciones en Proceso Bienes Muebles, subcuentas 12090202012 Proyecto Molino de Trigo Ocrim-Obra Mecánica y 12090202014 Proyecto Molino de Trigo Ocrim-Obra Civil, cuyo saldo al 31 de diciembre de 2010 fue de $1,924,874.46 y $712,262.31, respectivamente, según se pudo verificar en el libro diario mayor, folio 1147 y en los registros auxiliares; además, se constató mediante la verificación del cuadro de depreciación de activo fijo, el mismo no aparece consignado como parte del activo fijo depreciable para dicho año; además, del examen efectuado a las cuentas de ingreso no se lograron establecer rentas relacionadas con dicho activo; por lo tanto los intereses pagados por dicho préstamo y que fueron registrados como Gastos Financieros se debieron haber registrado como parte del costo de adquisición del activo y ser deducidos únicamente vía depreciación (bajo los alcances y condiciones reguladas en el

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artículo 30 de la Ley de la materia), tal como lo establece el artículo 29 numeral 10) inciso tercero de la Ley de Impuesto sobre la Renta.

Todo lo anterior conforme lo establecido en los artículos 28 inciso primero y 29 numeral 10) inciso tercero de la Ley de Impuesto sobre la Renta; razón por la cual, no se reconoce como deducible de la renta obtenida Gastos Financieros (Gastos No Operativos-Gastos Financieros, subcuentas Intereses Bancarios e Intereses) por valor de $13,271.42, debido a que se constató que tales gastos provienen de desembolsos efectuados en concepto de intereses generados de préstamo que fue utilizado para Financiar el ochenta por ciento de Compra de Maquinaria y accesorios de molino de trigo, Molino que no le generó rentas gravadas para el ejercicio dos mil diez.

RETENCIONES EFECTUADAS Y SOPORTADAS

La sociedad actuó como agente de retención durante cada uno de los períodos mensuales del ejercicio investigado, conforme a los artículos 47 y 154 del Código Tributario, en relación con el artículo 94 de su Reglamento de Aplicación, habiendo retenido y enterado la cantidad total de $140,877.27. Dichas retenciones fueron verificadas y cotejadas aritméticamente mediante las planillas de sueldos y salarios, recibos de pago, comprobantes de pago y comprobantes de retención, partidas de diario, registros en libros contables y Estados Financieros proporcionados por la contribuyente; asimismo se utilizó el Informe Anual de Retenciones y declaraciones mensuales de Pago a Cuenta e Impuesto Retenido Renta. De igual manera se efectuaron confirmaciones por parte de la Sección Control Documentario de esta Dirección General y el Departamento de Ingresos Bancarios de la Dirección General de Tesorería, no encontrando inconsistencia alguna, dándose cumplimento a lo previsto en el artículo 62 de la Ley de Impuesto sobre la Renta y los artículos 155 y 156 del Código Tributario.

Por otra parte, la contribuyente investigada fue sujeta de retención, habiendo soportado una retención total de $1,125.52, misma que fue incorporada en su liquidación anual del impuesto sobre la Renta. Dichas retenciones fueron verificadas en sus registros contables y documentos exhibidos, además, se verificaron en el Sistema Integrado de Información Tributaria (SIIT) de esta Dirección Genera. En virtud de ello es procedente la acreditación efectuada por la investigada en su liquidación anual del impuesto sobre la Renta.

PAGO A CUENTA

Para el ejercicio impositivo fiscalizado, la investigada efectuó enteros mensuales por el sistema de Pago o Anticipo a Cuenta a través de las correspondientes declaraciones, por un monto total de $646,475.98, dicho monto fue aritméticamente verificado y certificado por el Jefe de Departamento de Fiscalización Sectorial, de la Subdirección Integral de Grandes Contribuyentes de esta Dirección General; así mismo, el Departamento de Ingresos de la Dirección General de Tesorería confirmó que éstos ingresaron al Fondo General de la Nación, mediante notas DIB-DEX-111-2013 de fecha 26 de febrero de 2013 y DIB-DEX-413-2013 de fecha 26 de julio de 2013. Por tanto, no se estableció inconsistencia alguna.

Se verificó que la cantidad total computada en concepto de Pago a Cuenta durante los períodos mensuales comprendidos de enero a diciembre de 2010, ascendió a la cantidad de $646,475.98, el cual constituye la totalidad de los anticipos a cuenta computados en el referido ejercicio impositivo, valor que será enfrentado contra el impuesto determinado en la presente fiscalización.

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Con base a lo antes descrito, se concluye que la contribuyente ha cumplido en tiempo y forma lo relativo al pago a cuenta, según lo previsto en los artículos 151, 152 y 153 del Código Tributario.

DISMINUCIÓN DE EXCEDENTE A FAVOR DECLARADO – DETERMINACIÓN DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA A PAGAR

Como producto de determinación de ingresos no declarados por la cantidad de $1,552,853.77 y de la objeción a los Gastos de Operación por la cantidad de $255,207.24, efectuada en la presente investigación, se ha determinado Impuesto sobre la Renta a pagar por la cantidad de $364,806.93, por ende el saldo a favor o excedente de impuesto a devolver consignado en la declaración presentada por la contribuyente correspondiente al ejercicio impositivo fiscalizado se ha desvanecido, tal y como se muestra en carátula del presente informe de auditoría y su resumen se muestra a continuación:

Excedente de Impuesto sobre la Renta reflejado en declaración de Impuesto sobre la Renta del ejercicio impositivo de 2010 presentada por la contribuyente

$ 87,208.32

Excedente de Impuesto sobre la Renta del ejercicio impositivo de 2010 determinado. $ 0.00

Disminución del excedente de Impuesto sobre la Renta $ 87,208.32

Por lo que al haberse determinado Impuesto sobre la Renta a pagar y extinguirse el saldo a favor o excedente de impuesto a devolver declarado por la contribuyente en el ejercicio impositivo investigado, por valor de $87,208.32, es procedente la aplicación de lo establecido en el artículo 74-A incisos primero y segundo del Código Tributario, es decir la contribuyente deberá efectuar los ajustes correspondientes de conformidad a lo establecido en dicha disposición legal, ya que de no efectuarse dicho ajuste el referido valor constituirá deuda tributaria.

CONCLUSIÓN

Como resultado de los procedimientos descritos en los apartados precedentes, se CONCLUYE que la contribuyente social AGROINDUSTRIAS GUMARSAL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, no ha dado cumplimiento a las obligaciones tributarias contenidas en la Ley de Impuesto sobre la Renta, su Reglamento, así como las contenidas en el Código Tributario y su Reglamento de Aplicación y demás disposiciones legales, en relación con el Impuesto referido, correspondiente al ejercicio impositivo de dos mil diez, debido a lo siguiente:

De conformidad a lo prescrito en los artículos 1, 2 inciso primero literal d) e inciso final y 12 de la Ley de Impuesto sobre la Renta, en relación con los artículos 9 inciso primero literal f) del Reglamento de Aplicación de dicha Ley, en relación con el artículo 195 iniciso primero y cuarto literal a) del Código Tributario, se determinó que durante el ejercicio impositivo comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil diez, la contribuyente social AGROINDUSTRIAS GUMARSAL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE obtuvo ingresos gravados que no declaró, cuyo monto asciende a la cantidad de $1,552,853.77 (ANEXO 2), los cuales han sido determinados a partir de operaciones registradas como Pasivos los cuales según los registros contables provienen de presuntos préstamos recibidos de Accionistas, Personas Naturales y Jurídicas relacionados con la sociedad fiscalizada, para el pago de compras locales y del exterior, sin embargo, no ha sido comprobado su origen, es decir la existencia efectiva de dicho pasivo, determinando incremento patrimonial no justificado, por el monto antes citado, debido a que la sociedad fiscalizada recibió dinero en concepto de préstamos, de los cuales no ha demostrado la

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existencia de los mismos, lo que se explica ampliamente en el apartado Ingresos No Declarados del presente informe de auditoría.

De conformidad a lo regulado en los artículos 28 incisos primero y segundo, 29 numeral 10) inciso tercero, 29-A numerales 11) 16) ,18) y 24) y artículo 30 numeral 5) de la Ley de Impuesto sobre la Renta, relacionados con los artículos 203 inciso primero y 206 del Código Tributario; no se reconocen como deducibles de la renta obtenida Gastos por la cantidad total de $255,207.24 (ANEXO 3), los cuales están conformados por Gastos de Administración por valor de $241,935.82 (ANEXO 3.1.1) y Gastos Financieros por el valor de $13,271.42 (ANEXO 3.2); registrados en las cuenta Gastos Operativos y Gastos No Operativos, los que se detallan en el apartadod e Gastos Objetados del presente informe de auditoría.

En consecuencia, al efectuar los ajustes determinados a la contribuyente social AGROINDUSTRIAS GUMARSAL, S.A. DE C.V. se ha establecido que ésta no ha declarado, ni pagado, respecto del ejercicio impositivo comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil diez, el Impuesto sobre la Renta por la cantidad de $364,806.93, lo cual se detalla en el anexo 1 del presente informe de auditoría y su resumen se muestra a continuación:

OPERACIONES PARCIALES TOTALES(=) INGRESOS GRAVADOS DETERMINADOS $ 44,657,275.17 (+) INGRESOS DECLARADOS $ 43,104,421.40 (+) INGRESOS NO DECLARADOS $ 1,552,853.77 (=) DEDUCCIONES DETERMINADAS $ 40,698,456.64 (+) COSTOS Y GASTOS DECLARADOS $ 40,972,546.81 (-) GASTOS NO DEDUCIBLES $ 18,882.93 (-) GASTOS OBJETADOS $ 255,207.24 RENTA IMPONIBLE $ 3,958,818.53 IMPUESTO COMPUTADO DETERMINADO $ 989,704.63 IMPUESTO DE GANANCIA NETA DE CAPITAL (F-944) $ 22,703.80 IMPUESTO DETERMINADO $ 1,012,408.43 IMPUESTO RETENIDO $ 1,125.52 PAGO A CUENTA $ 646,475.98 IMPUESTO PAGADO EN DECLARACIONES ORIGINAL YMODIFICATORIAS $ -

IMPUESTO COMPLEMENTARIO PENDIENTE DE PAGO $ 364,806.93

Así nuestro informe

Luis Menjivar MejíaAuditor Tributario

Liliam Nelly Rubio de HunterAuditora Tributaria

Araceli del Carmen López de GranadosSupervisora de Auditores

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