220
VERSIÓN ESTENOGRÁFICA DE LA TRIGÉSIMA TERCERA SESIÓN ORDINARIA DEL PLENO DEL INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, CELEBRADA EL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DE 2010, EN LAS INSTALACIONES DEL MISMO INSTITUTO. C. OSCAR GUERRA FORD, COMISIONADO CIUDADANO PRESIDENTE.- Comisionada y comisionados ciudadanos del Pleno del Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, siendo las 10 de la mañana con 10 minutos, del día 15 de septiembre del 2010, solicito al licenciado José de Jesús Ramírez Sánchez, Secretario Técnico de este Instituto, que proceda al pase de lista, con el fin de verificar si existe el quórum establecido por la ley para la celebración de la Trigésima Tercera Sesión Ordinaria de este Pleno, y a la cual se ha convocado. Por favor, señor Secretario, proceda. C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ, SECRETARIO TÉCNICO.- Gracias, Comisionado Presidente. Procedo a pasar lista de asistencia a los integrantes de este Pleno. Están presentes los siguientes comisionados: Oscar Mauricio Guerra Ford, Jorge Bustillos Roqueñí, Areli Cano Guadiana, Salvador Guerrero Chiprés, Agustín Millán Gómez. Señor Presidente, le informo que se encuentran presentes los cinco comisionados ciudadanos, existiendo el quórum legal requerido para sesionar,

€¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

  • Upload
    others

  • View
    11

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

VERSIÓN ESTENOGRÁFICA DE LA TRIGÉSIMA TERCERA SESIÓN ORDINARIA DEL PLENO DEL INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, CELEBRADA EL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DE 2010, EN LAS INSTALACIONES DEL MISMO INSTITUTO.

C. OSCAR GUERRA FORD, COMISIONADO CIUDADANO PRESIDENTE.- Comisionada y comisionados ciudadanos del Pleno del Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, siendo las 10 de la mañana con 10 minutos, del día 15 de septiembre del 2010, solicito al licenciado José de Jesús Ramírez Sánchez, Secretario Técnico de este Instituto, que proceda al pase de lista, con el fin de verificar si existe el quórum establecido por la ley para la celebración de la Trigésima Tercera Sesión Ordinaria de este Pleno, y a la cual se ha convocado.

Por favor, señor Secretario, proceda.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ, SECRETARIO TÉCNICO.- Gracias, Comisionado Presidente.

Procedo a pasar lista de asistencia a los integrantes de este Pleno. Están presentes los siguientes comisionados: Oscar Mauricio Guerra Ford, Jorge Bustillos Roqueñí, Areli Cano Guadiana, Salvador Guerrero Chiprés, Agustín Millán Gómez.

Señor Presidente, le informo que se encuentran presentes los cinco comisionados ciudadanos, existiendo el quórum legal requerido para sesionar, de conformidad al Artículo 70 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, así como al Artículo 17 del Reglamento de Sesiones de este Pleno.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Muchas gracias, señor Secretario.

En virtud de que existe el quórum legal establecido, se declara abierta la Sesión.

Page 2: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

Comisionada y comisionados ciudadanos, de no haber inconveniente por parte de ustedes, procederemos al desahogo de los asuntos del Orden del Día de esta Sesión. Es necesario indicar que el desarrollo de la misma será de conformidad con el procedimiento establecido en el Artículo 21 del Reglamento de Sesiones de este Pleno.

Señor Secretario, haga favor de proceder a dar lectura a la Orden del Día.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- El Orden del Día de esta Sesión Ordinaria del Pleno es el siguiente:

I. Lista de asistencia y verificación del quórum legal.

II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día.

III. Presentación, análisis y, en su caso, aprobación del Proyecto de Acta de la Trigésima Primera Sesión Ordinaria de este Pleno, celebrada el 01 de septiembre de 2010.

IV. Presentación, discusión y, en su caso, aprobación de los siguientes Proyectos de Resolución de Recursos de Revisión interpuestos ante el Instituto, en materia de solicitud de acceso a la información con expedientes 796, 830, 831, 970, 912, 918 y dos acumulados 919 y 920; 921, cuatro acumulados 922, 923, 924 y 925; 934 y su acumulado 956, 964 y su acumulado 965, 936, 937, 938, 943, 945, 947, 955, 959, 974, 977, cada uno antecedido de RR., seguidos de diagonal 2010.

V. Presentación, discusión y, en su caso, aprobación del Proyecto de Resolución del Recurso de Revocación con expediente Rev.005/2010.

VI. Asuntos Generales.

Es cuanto, señor Presidente.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Señores comisionados, está a su consideración esta Orden del Día.

Si no hay ninguna observación, aquellos comisionados que estén de acuerdo con esta Orden del Día, favor de levantar la mano.

Page 3: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Por unanimidad se aprueba el Orden del Día de la Trigésima Tercera Sesión Ordinaria de este Pleno.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Comisionada y comisionados ciudadanos, de no haber inconveniente por parte de ustedes, procederemos al desahogo del siguiente punto del Orden del Día, consistente en la presentación, análisis y, en su caso, aprobación del proyecto de acta de la Trigésima Primera Sesión Ordinaria de este Pleno, celebrada el pasado 01 de septiembre del 2010.

Comisionados, está a su consideración el proyecto de esta acta.

Si no hay ninguna observación, además de las observaciones que ya se han hecho llegar a la Secretaría Técnica, aquellos comisionados que estén de acuerdo con el proyecto de esta acta, favor de levantar la mano.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Por unanimidad se aprueba el acta de la Trigésima Primera Sesión Ordinaria de este Pleno.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Comisionada y comisionados ciudadanos, de no haber inconveniente por parte de ustedes, procederemos al desahogo del siguiente punto del Orden del Día, consistente en la presentación, discusión y, en su caso, aprobación de los siguientes Proyectos de Resolución de Recursos de Revisión interpuestos ante nuestro instituto en materia de acceso a la información.

Por ello, solicito, con la aprobación de este Pleno, para que el licenciado Teodoro Antonio Serralde Medina, Director Jurídico y Desarrollo Normativo, proceda con la exposición de los proyectos de resolución.

Entonces, le pediría al licenciado Teodoro Antonio Serralde si podemos iniciar en el orden ya acostumbrado.

Page 4: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

C. TEODORO ANTONIO SERRALDE MEDINA.- Buenos días, comisionados. Procedo a exponer el primer recurso, que es el 796 del 2010, referente a actos de la policía auxiliar. En donde se solicitaron, respecto de la Asociación de la Policía Auxiliar del Distrito Federal copia del acta constitutiva, nombre de la persona que vendió el balneario Iguazú, propiedad de la asociación civil, y documentos de compra-venta, nombre de las personas que están manejando la asociación civil o los documentos comprobatorios que acrediten su liquidación.

El motivo de la queja es en virtud de la negativa de acceso a la información.

Las manifestaciones del particular son en el sentido de que no es posible que no exista la información solicitada en los archivos de la recurrida.

El proyecto toma como consideraciones que en la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública, y de la Ley de Seguridad Pública, ambas del Distrito Federal, así como en el Manual Administrativo del sujeto obligado, no se encontró disposición alguna que lo faculte para crear o administrar asociaciones civiles.

En la investigación realizada se encontró un documento denominado “Punto de Acuerdo”, relativo a la situación jurídica de diversos inmuebles de la ciudad de México a cargo del diputado Obdulio Ávila Mayo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, en que se advierte que la denominación correcta de la asociación del interés del particular es Servicios Sociales para la Policía Auxiliar del Distrito Federal, A.C., la cual fue constituida por miembros de la citada corporación para autogenerar servicios sociales a sus miembros.

Mediante diligencia de mejor proveer, atendida por una unidad administrativa distinta a aquellas que emitieron la respuesta primigenia, el ente público emitió los oficios SG/DEA/305/00, 55-66 el recibo de pago, así como la escritura número 1561, correspondiente a la acta de asamblea general extraordinaria de la asociación aludida, de la cual no se desprenden elementos que acrediten que la recurrida haya participado en la posición de la referida asociación civil.

Page 5: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

Sin embargo, al atender a la diligencia para mejor proveer el ente público no precisó si había o no constituido la citada asociación civil, por lo que al no haber proporcionado copia de la escritura referente existe la presunción de que podría contar con la información de interés del particular.

Con base a lo anterior se propone el proyecto en el sentido de modificar la respuesta y ordenar al ente público que realice una búsqueda exhaustiva en sus archivos para que emita pronunciamiento categórico respecto de los contenidos de información solicitados. Para el caso de que la referida asociación civil haya constituida exclusivamente por particulares, la información deberá ser clasificada como confidencial siguiendo el procedimiento al que se refiere el artículo 50 de la Ley de Transparencia. Es cuanto, comisionados.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Comisionado Salvador Guerrero.

C. SALVADOR GUERRERO CHIPRÉS.- Gracias. A lo largo del estudio del proyecto no se advierte la existencia de elementos fehacientes que nos lleven a concluir que la recurrida haya constituido o participado en la creación de la asociación civil de la cual se solicitó información por parte del ciudadano.

Asumimos, hay que decir que la elaboración del propio proyecto parece imprecisa y la sintaxis jurídica no del todo adecuada, por así decirlo.

Cito el proyecto de manera de ejemplificar su elaboración accidentada. Página 20, así este órgano colegiado procedió a revisar el manual administrativo de la recurrida, así como su portal de Internet, específicamente en sus obligaciones de transparencia, no encontrándose elementos de convicción fehacientes que lleven a concluir que el ente público haya constituido o cuente con facultades para constituir una asociación civil y que, por tanto, pueda generar, administrar o poseer la información del interés del ahora recurrente. Termino la cita.

Página 27, después de realizados una serie de cuestionamientos al ente público, en las cuales de ninguna manera se comprueba que el ente pudiera tener la información, se concluye, cito, de acuerdo con lo

Page 6: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

expuesto en los párrafos anteriores y de los hechos debidamente probados con los documentos relacionados con anterioridad, existe la presunción de que el ente público pudiera contar en sus archivos con la información materia de la solicitud de origen.

Página 28, cito, para el anterior propósito la recurrida deberá realizar la búsqueda de aquella información relacionada con la asociación civil, servicios sociales para la policía auxiliar para el Distrito Federal, en relación a los puntos objeto de la solicitud de información, en virtud de que se encuentra plenamente acreditada su existencia y está probado que la recurrida posee información sobre dicha asociación, suspensivos, resulta procedente ordenar al ente público a que realice, resulta procedente ordenar al ente público que realice la búsqueda exhaustiva de la información del interés de la particular, ¿tres veces?, a efecto de atender puntualmente los tres contenidos de información, para el caso de no contar con dicha información deberá exponer las razones a que haya lugar.

En conclusión, no existen los elementos lógicos por los cuales debemos ordenar una búsqueda de la información solicitada, simplemente no los hay. El propio proyecto refleja la debilidad con la cual estamos ordenando una búsqueda.

En nuestra consideración lo procedente es una modificación, simplemente para que el ente público funde y motive, proporcionando una respuesta legal en la cual explique de manera clara el porqué no cuenta con la información que se solicita. De lo contrario, salvo que en este Pleno se demuestre así, nosotros no encontramos elementos ni lógicos ni jurídicos por los cuales el ente público pueda contar con la información que está reclamando el particular.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Comisionado Agustín Millán.

C. AGUSTÍN MILLÁN GÓMEZ.- Gracias, Presidente. Bueno, a mí me parece que este recurso es muy interesante si lo vemos en una perspectiva más amplia por los recursos que hemos tenido aquí en el Pleno, y otro más que veremos más adelante relacionado con si los recursos que tiene esta autoridad son recursos públicos o son derivados de los autogenerados propiamente. Entonces, insisto, tendríamos que verlo en esa perspectiva.

Page 7: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

Y lo que nos está poniendo aquí este recurrente es la acreditación de una asociación civil, que sin lugar a dudas la constituyen los particulares. O sea, no hay que estudiar mucha normatividad para llegar a la conclusión que la constitución de una A.C. la hacen los particulares, y no la hacen las autoridades gubernamentales.

Entonces, me parece que estar buscando en el marco normativo si tienen esa facultad o no, me parece ocioso.

Sin embargo, en la página 26 del proyecto se dice “por lo expuesto hasta este punto no se advierte la existencia de elementos fehacientes que nos lleven a concluir que la recurrida haya constituido o participado en la constitución de la asociación civil, que se llama Servicios Sociales para la Policía Auxiliar del Distrito Federal, Asociación Civil, referida en los portales de Internet localizados por el instituto”, esa es la conclusión a la que llega el proyecto en la página 26.

Y yo lo que digo es, el estar actuando de oficio, como se advierte de las documentales solicitadas a la propia autoridad por parte de nuestra dirección jurídica no son elementos suficientes de prueba de que sí participó en la constitución de una asociación civil tendiente a sufragar un plan de prestaciones sociales, o sea, la Dirección Jurídica le pide a la secretaría de gobierno, como a este sujeto obligado, “déjame ver estos oficios”, oficios que manda el director general de esta corporación en el año 2000, que manda a la Secretaría de Gobierno del Distrito Federal, donde hace referencia a aportaciones para cubrir la parte de prestaciones sociales y tendientes a constituir una asociación civil.

Participa o no participa esta corporación con base en esa evidencia documental. Entonces, yo no veo cómo se llega a esta conclusión de que no se advierte la existencia de elementos fehacientes que nos lleven a concluir que la recurrida haya constituido o participado en la constitución de esta asociación civil.

Las pruebas que solicitamos, salta a la vista que hay una actuación de oficio, entonces no podemos afirmar algo que hemos tenido la

Page 8: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

evidencia documental por oficio, que tiene que ver con la constitución de una asociación civil.

Entonces, sí coincido en lo general con lo comentado por el Comisionado Salvador Guerrero, en el sentido de que hay varias imprecisiones, como esta otra que yo advierto y que pongo sobre la mesa, y además tendríamos que decir, una pecata minuta, si ustedes quieren verlo así, donde se hace referencia a la participación de diversas áreas de la recurrida, se hace mención al área de, en la página 17 dice: a lo que el ente público con la información proporcionada por su jefatura de unidad documental en materia laboral, y la subdirección de recursos humanos, respondió dicha solicitud mediante el oficio OIP/ tal, tal.

Y aquí lo que nosotros consideramos es que faltó incluir a la dirección de finanzas, tal como se refiere en el penúltimo párrafo de la página número dos de este proyecto. Ahí está con toda precisión las áreas que fueron objeto de atender esta solicitud y que respondieron al solicitante a través de la oficina de información pública.

Entonces, habría que incluir que también hubo una respuesta por parte de la Dirección de Finanzas. Pero creo que lo central del asunto es el tema de la participación o no de la autoridad, ahora recurrida, para constituir una asociación civil que tiene que ver con el asunto de cubrir prestaciones sociales que en aquel entonces, en el año 2000, no tenían cubierto los trabajadores de este organismo.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Comisionada Areli Cano.

C. ARELI CANO GUADIANA.- Sí, gracias. Bueno, yo también quisiera hacer algunas sugerencias respecto a la construcción del proyecto.

Y advertir una situación que vemos de manera recurrente en la construcción de los proyectos. Que basamos particularmente nuestra investigación y motivación en lo contenido en Internet, y creo que así ha sido manifestado en el Pleno de que sí es una herramienta que nos útil para motivar nuestros proyectos, pero esta información tiene que estar relacionada o adminiculada con otros elementos porque sí es una fuente de información. Pero me parece que para brindar mayor

Page 9: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

certeza tenemos que apoyarnos que otro tipo de documentos, y este tipo de documentos fue, en este caso, las diligencias para mejor proveer.

Y yo lo que puedo advertir es que damos por entendido que existe, o que pudiese existir esta asociación civil denominada Servicios Sociales para la Policía, y es en atención a esta búsqueda que se hace de Internet, y de la investigación que se hace pues se advierten dos documentos, que es el punto de acuerdo de la situación jurídica de diversos inmuebles de la ciudad de México a cargo del diputado Obdulio Ávila, y el otro documento es la resolución respecto de una queja presentada por el diputado Federico Mora Martínez.

Y a partir de esa información que nos detectan estas documentales nosotros preguntamos a los sujetos obligados, al sujeto obligado qué tiene de información respecto de esta asociación. O sea, la petición que le hacemos es: si se constituyó, primer planteamiento, la asociación civil denominada Servicios Sociales para la Policía; es decir, ya estamos hasta etiquetando la asociación, ¿por qué? Porque eso derivó de la búsqueda que se hizo de Internet.

Pero me parece que la respuesta es tan genérica que se hubiese preguntado mejor si existe un acta constitutiva de una asociación, sin darle una denominación específica. Sé que eso derivó de esta propia investigación, pero tan esa parte no nos fue del todo satisfactorio porque, hay que decirlo, el ente público, cuando se le hace esa pregunta es sumamente ambigua su respuesta, no responde adecuadamente, y algo tenemos que hacer para que nuestras diligencias se desahoguen en tiempo y forma, es decir, que lo que nosotros requerimos para resolver nuestros recursos sea una información suficiente que nos sea útil, y no advertir ambigüedades.

Yo creo que hay que advertir inclusive con apercibimientos la información que nos manden. De hecho hay una obligación legal, y se convierte en infracción si no se satisface los requerimientos que el instituto haga a los sujetos obligados; entonces, eso hay que tenerlo presente en este tipo de diligencias.

Bueno, digo que no es del todo satisfactorio porque cuando nosotros razonamos nuestro proyecto decimos que el ente público debió de

Page 10: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

prevenir al recurrente a fin de que precisara a qué asociación se refería. Sí es importante saberlo, porque nosotros estamos concluyendo que se refiere a esta, al de servicios sociales, porque fueron los hallazgos que encontramos en Internet, pero me parece que debió de ser más genérica la respuesta y decir “A ver, ¿tienes asociación? ¿Cuál es? ¿Cuáles tienes?”. Claro, esto deriva de una falta de prevención por parte del sujeto obligado.

Sí advierto, como lo mencionan los comisionados que me antecedieron, que sí parece haber, por lo menos de la lectura, cierta confusión, o poca claridad más bien, en la construcción de nuestra propia resolución, de nuestra propia determinación, porque primero reconocemos que existe esta asociación civil, pero después en la página 26 concluimos que para dar certeza a esta información se pidió esta diligencia, fue ambigua la respuesta del ente público, y luego concluimos que remita o que se ordene al ente público que remita copia del acta constitutiva de esta asociación, cuando realmente no hay certeza de que sea la única, o que sea esta a la que se refiere el solicitante, eso es lo que me preocupa más, que estemos ordenando algo que realmente no sea lo que pidió el solicitante, no sé si a este asociación se refiere el solicitante.

Y otra consideración más. Que estamos ordenando hacer la búsqueda exhaustiva en atención a que quien responda nuestra diligencia para mejor proveer es la unidad jurídica, esta unidad no responde la petición que se hace en un primer momento al solicitante. Entonces, en atención a esa conclusión de que no es la misma nosotros ordenamos la búsqueda exhaustiva, para ordenarla ¿qué otras áreas nosotros advertimos que debieron de detentar esa información?, que no es ni el área jurídica, ni las áreas que respondieron en primer instancia la solicitud.

Entonces, dejaría para segunda vuelta otras consideraciones.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Comisionado Presidente.

C. OSCAR GUERRA FORD.- A ver, porque este recurso ya lo tuvimos, lo bajamos, nosotros aportamos algunas pruebas, que se menciona que fueron de Internet, bueno, sí son bajadas de Internet,

Page 11: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

que nos dan en ese momento la posibilidad de que pudiese tener una información la policía auxiliar del Distrito Federal.

Lo que estaba claro desde aquella ocasión es que se está preguntando sobre una asociación civil de la policía auxiliar del Distrito Federal, y lo que se han encontrado, varias documentales, aquí las vuelvo a tener y ya más a detalle, es que sí hay una asociación civil, se llama Servicios Sociales para la Policía Auxiliar del Distrito Federal, Asociación Civil. Aquí tenemos el acta de la misma.

Y obviamente, porque aunque sea una avocación civil, comisionado Millán, estoy de acuerdo, pero nuestra Ley de Transparencia obliga que cuando hay donativos, aportaciones, etcétera, pues nosotros podríamos tener una información, no sé si el acta constitutiva o no.

Y también, por lo que nos hemos dado de cuenta, la policía auxiliar retenía, digamos, algunas aportaciones que después transfería a esta asociación civil, que principalmente daba para servicios médicos. Por ejemplo, aquí dice “Recibimos de la Policía Auxiliar del Distrito Federal la cantidad de 17 millones por concepto de aportaciones netas del personal asociado para sufragar los costos del plan de sus prestaciones sociales y algunos gastos de los comandantes del agrupamiento tal, tal”.

Y aquí hay otras cuestiones donde el secretario de Gobierno del Distrito Federal ha aprobado que se le dé 17 millones, etcétera, entonces sí ha habido recursos públicos.

Yo lo que estoy de acuerdo con la comisionada Areli es que tenemos un problema de confusión, y que ahora al bajarlo y al mejor proveer pues la confusión sigue y ellos no nos la aclaran, nos las ponen más difíciles.

Yo creo que la policía auxiliar tendría dos formas de contestar: Uno, la Asociación Civil de la Policía Auxiliar del Distrito Federal no existe, nosotros no sabemos nada de ella, porque con el nombre textual, como tal no existe, o no hemos encontrado ninguna evidencia. La otra, existe una asociación civil, se llama Servicios Sociales para la Policía Auxiliar del Distrito Federal. Y ahí, entonces sí, manifestarse como dice recurso, pero ya, si esto sí lo tiene, pues hacer una búsqueda

Page 12: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

exhaustiva en sus archivos para ver si tiene la copia del acta constitutiva.

¿Es una obligación tener la copia del acta constitutiva de una asociación civil a aquel que le da recursos? No. Tiene que tener la información de qué ha sido el destino de aquellos recursos que él ha transferido a asociación civil.

Entonces, bueno, que se manifieste en ese sentido, y haga un pronunciamiento categórico, porque nosotros hemos tenido un pronunciamiento categórico, no ha habido confusión en esta cuestión; hay una primera confusión sobre el nombre de la asociación civil, que el solicitante, ahora recurrente, la puso así, existe esta, habría la posibilidad de que se le hiciera la aclaración por parte del sujeto obligado, o decir que sobre ella no tiene nada; por eso que haga una respuesta categórica.

Lo que yo sí quitaría del recurso es lo del Artículo 50, la inexistencia, porque ya que no tenemos ninguna certeza jurídica de que la obligación de poseer este documento por parte de él, pues no.

Entonces, yo creo que el recurso debe estar orientado a eso, primero, a hacer la aclaración de los nombres, sabemos que se manifiesta asociación civil, o –de ser el caso- de alguna asociación civil donde la policía, pero puede decir “yo de esa no sé nada”, de la otra puede decir “yo sé esto, pero no tengo estos documentos porque no soy parte. Lo que yo he hecho es transferir recursos, o retener de los trabajadores y enviarlos, pero ese es mi papel”, punto y se acabó. Ya si en otro momento le preguntan, bueno, ¿cuánto es lo que se ha retenido, etcétera, o de los apoyos que ha dado la policía auxiliar para qué han sido?, eso es otra cosa.

Entonces, yo lo dejaría por modificar. Creo que también estaría de acuerdo con la parte de Salvador y Agustín, que hablaban de que, sí, no tenemos una certeza, eso está claro, de que tenga que ser documento que ellos posean, por lo cual no podemos ordenarles el 50, pero creo que sí debemos de realizar un pronunciamiento categórico sobre este asunto. Yo lo dejaría a lo mejor en un pronunciamiento categórico y quitar la búsqueda exhaustiva, porque hay una serie de

Page 13: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

confusión entre el nombre, pero luego entre las respuestas, porque ellos tampoco han tenido un pronunciamiento categórico.

Por ejemplo, una de las respuestas, bueno, nosotros le estamos preguntando, a lo mejor ahí también ya estuvo, porque nosotros preguntamos si se constituyó la asociación civil denominada Servicios Sociales para la Policía Auxiliar. Ya no le estamos preguntando textualmente el mismo nombre de ésta, y él nos contesta, dice: Se constituyó por escritura; o sea, sí sabe, cómo no va a saber.

Entonces no hay un pronunciamiento categórico, puede ser, sobre la asociación civil de la policía auxiliar del Distrito Federal, digamos, no tengo ninguna información, hasta ahí. O la otra, ya que estamos nosotros, ya le pedimos para mejor proveer, pues no podemos tampoco ampliar la solicitud del solicitante, sólo que él dijera de otra asociación que es esta, pues lo que tengo es esto.

Yo sería por modificar para que hubiera un pronunciamiento categórico sobre estas cuestiones que ha hecho el solicitante, bueno, hoy recurrente, perdón.

Comisionado Jorge Bustillos.

C. JORGE BUSTILLOS ROQUEÑÍ.- Sí, igual, me parece que la solicitud pide un acta constitutiva, una persona que vendió un balneario propiedad de la asociación, y nombre de las personas que están manejando la asociación. La asociación de la policía auxiliar, de la que se tiene identificada su existencia tiene una denominación especial, que ya se ha mencionado, de servicios sociales para la Policía Auxiliar del Distrito Federal, y de la cual debe tener registros, no se sabe efectivamente si tiene estos elementos, pero tiene registros dado que hace retenciones para la misma asociación.

Entonces, me parece que está bien que se le pida un pronunciamiento puntual sobre la posición o la identificación de estos datos de la asociación. O sea, puede saber de la existencia de la asociación, sí, y puede hacer retenciones, sí, ¿pero tendrá respuestas para atender copia certificada del acta constitutiva? Signo de interrogación, ¿tendrá respuestas sobre el nombre de la persona que vendió el balneario? ¿Tendrá el nombre de las personas que están manejando?

Page 14: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

A lo mejor de la mesa directiva tuviera, porque pudiera tener referencia para atender las solicitudes de retención, ¿no? Igual, puede ser, derivado de ahí puede hasta salir lo de la copia del acta constitutiva, porque en base a qué representación de la asociación le entrega, retiene a los trabajadores de la policía dinero para entregárselo a una asociación, ¿cuál es la personalidad jurídica de la persona a quien se le está entregando y que está demandando este trámite? Entonces, a lo mejor la primera y la tercera tienen elementos para dar respuesta.

Me parece que está bien plantear que se haga la búsqueda exhaustiva de los datos que tengan sobre esta asociación, referidos en la asociación del particular. Y sí suprimir esto del 50. Ahí, dijéramos, quizás contradiciéndome en esta última parte, siguiendo la lógica de este análisis al que nos lleva el hallazgo de los datos de esta asociación, si tiene los datos de la persona a quien se le entregan y que le ha pedido la retención de determinadas cuotas para la asociación civil, debe de tener referencias jurídicas de la personalidad con que se actúa, ¿y esas referencias jurídicas qué son? Pues el acta constitutiva de una asociación, ¿no?

¿Ya la mandó?

Bueno, entonces, el único que no tendría posibilidad, no tenemos evidencia de que tuviera la obligación de tenerlo, normativa, sería el dato del nombre de la persona que vendió el balneario, propiedad de la asociación. Entonces tendría que verse en general, bueno, un pronunciamiento, y en los casos de la directiva de la asociación civil, si no tuviera ese dato, digo, habrá que decirlo en base al 50, si tiene los datos del acta constitutiva, ahí debe venir la mesa directiva de la asociación.

Es que en el caso de la segunda parte de la solicitud no aplicaría el 50, no ve obligación normativa que obligue a que tenga el nombre de la persona que vendió el balneario de la asociación. Nada más en ese caso creo que no aplicaría.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Comisionado Agustín Millán.

Page 15: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

C. AGUSTÍN MILLÁN GÓMEZ.- Bueno, a reserva de escuchar la opinión de nuestra dirección jurídica, un poco quisiera reaccionar a lo comentado por la comisionada Areli Cano y por el comisionado presidente, creo que vamos en la misma lógica todos de modificar, pero hay algunas particularidades de los comentarios que se han referido en los cuales tengo dudas cuando menos.

Areli Cano refiere que, cuando menos se le debió, o que se debió de haber hecho una pregunta al sujeto obligado de si tenía documentación relativa a asociaciones civiles. Como que la pregunta era dejarla más abierta en lugar de una en específico, que es consecuencia de una aportación que hizo la presidencia del Instituto de una evidencia documental, insisto, que estaba en Internet. Entonces, bueno, eso arroja a luz con relación a la posibilidad de que sí tengan información de una asociación civil con un nombre en específico.

Y yo iniciaba mi intervención diciendo que no necesitamos buscar en ninguna normatividad de ninguna autoridad pública para llegar a la conclusión de que no tienen competencia legal para constituir asociaciones civiles.

Lo que cuestionaba, y parece ser que lo malentendió el presidente, era que el proyecto nos decía en su página 26 que no existía evidencia de que la autoridad hubiera creado o participado, dije, pues ¿cómo no?, si hay la evidencia documental por los oficios de que sí participó, que hay una comunicación en el año 2000 entre el secretario del Gobierno del Distrito Federal, en ese entonces Godoy, y el titular de este organismo público, donde se hace una transferencia de 17 millones de pesos, producto de aportaciones personales para cubrir esta parte de prestaciones sociales que el personal no tenía cubierto.

Entonces, no me parece menor la inquietud de esta persona de decir “¿Y qué pasó con esos recursos que en aquel entonces, en el 2000, eran cercanos a los 17 millones de pesos?”. No sabemos aquí en la mesa por cuánto más tiempo se fue constituyendo una bolsa para cubrir esas prestaciones sociales, que incluso quisiera suponer que tendría que ver hasta con la antigüedad laboral para buscar una pensión, una jubilación, a parte de la seguridad médica y otras cosas.

Page 16: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

Lo que nos queda claro hoy en día es que el esquema de seguridad social de ese organismo público hoy en día está cubierto por la Caja de Previsión Social, pero seguramente en aquella época no tenían un esquema similar al de la caja de previsión.

Yo cuestionaba, y estoy concluyendo, la argumentación de la página 26, que me parece que es contradictoria, iría por ordenar categóricamente que se entregara la información que tenga de esta o de cualquier otra asociación social, pero me parece que solo hay una.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Por alusiones, comisionada Areli Cano.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Por alusiones personales, comisionada Areli Cano.

C. ARELI CANO GUADIANA.- Bueno, el hecho de solicitar alguna diligencia es derivado de esta petición o de esta investigación por Internet, de esta investigación se arrojó que existe una asociación, servicios sociales, y a partir de esa investigación de Internet nosotros preguntamos.

El proyecto debe estar tan claro que no permita que en un lado, digamos, que es la asociación, y la otra concluyamos, que no solamente lo digo yo, está en el proyecto, la recurrida actuó de manera irregular al no prevenir a la parte recurrente a fin de que precisara el nombre de la asociación a la cual se refería.

O sea, eso es un hecho que hay que hacérselo notar al sujeto obligado, tan es así que nos tiene a nosotros en una ambigüedad y pedimos diligencias para mejor proveer.

Sí hay que reconsiderar estos párrafos, me parece, de la página 26 y 27, porque una vez que tenemos el estudio de las diligencias tomamos en consideración lo siguiente, y a parte le damos valor probatorio a las pruebas…

C. OSCAR GUERRA FORD.- Adelante, comisionada Areli Cano.

Page 17: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

C. ARELI CANO GUADIANA.-…valoración a las pruebas, porque estamos concluyendo esto, que la recurrida no previno; dos, que no existe certeza jurídica respecto de la participación de la policía auxiliar en la multicitada asociación civil. O sea, son partes que vamos concluyendo de los hallazgos que tenemos de investigación.

Cuando ya damos la orden categórica decimos: Realizar una búsqueda exhaustiva en sus archivos y emita pronunciamiento categórico para que proporcione la información, copia del acta constitutiva de esta asociación; de esta asociación que nosotros advertimos que es la que existe, es a la que se refiere, por los hallazgos en Internet, y porque nosotros mismos en la diligencia orientamos que nos dieran respuesta de eso. Eso creo que hay que decirlo.

O sea, nuestra propia diligencia la orientamos de tal manera que nos brindara información de esa asociación, tan es así que, sí, ya remitió el acta constitutiva y existe por lo menos el documento de que sí hay un acta respecto de esa asociación. Nombre de la persona que vendió el balneario, propiedad de la asociación, no se desprende del acta que es el único hallazgo que tenemos, entonces ahí debería de pronunciarse “¿Sabes qué? No la tengo”.

Nombre de las personas que están manejando la asociación, si del acta se deriva que hay una persona, pues que se diga, ya al momento de que nosotros ordenamos el acta de entrega constitutiva se va a solventar el punto tres.

Pero sí hay que ordenar que se pronuncie, y el no ordenar de tajo que entregue la información, porque seguramente el 2A no lo va a tener, sino lo que vamos a exigir es un pronunciamiento respecto de la persona que vendió el balneario, ahora, si lo tiene, pues dejarlo abierto, pero yo creo que este segundo es meramente pronunciamiento.

Y de lo demás, creo que vamos todos por modificar, pero estaba yo regresando a la respuesta, ¿por qué modificar? Si no se encontró, o sea, ahí lo que informó es que no se encontró la documentación e información solicitada, o sea, realmente hace una respuesta genérica de que no se encontró la documentación.

Page 18: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

Yo espero que realmente sea esta asociación a la que se refiere, que es la única que encontramos hallazgos en Internet, y por la cual nosotros pedimos información. Pero sigue estando presente esta consideración del ente público de no pedirle al solicitante a qué asociación se refería.

Nuestra construcción está enfocada a esa asociación, porque es la que encontramos, pero creo que para perfeccionar el procedimiento de acceso sí creo que debimos de aclarar a qué asociación se refería.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Licenciado Teodoro.

C. TEODORO ANTONIO SERRALDE MEDINA.- Gracias, comisionados. Simplemente quisiera hacer algunas precisiones en relación al proyecto, sobre todo en la parte jurídica, que para construirlo faltaron elementos documentales contundentes precisamente para llegar a la orden correspondiente, y por eso en la parte final se generó, que también es una prueba prevista por la ley de procedimiento administrativo y por el Código de Procedimientos Civiles, que es la presuncional humana.

Y yo voy a esto, en la respuesta de origen señala que no se encontró ningún documento, dice: no encontramos ningún documento de la información solicitada.

A partir de ahí de la investigación que se hizo en Internet, y con los documentos que nos proporcionaron por parte del presidente, existe un primer indicio de presunción, una prueba que nos dice hay una asociación con esta denominación. Y a partir de ahí la dirección jurídica buscamos todavía mayor información en Internet y fue lo que encontramos totalmente.

Para poder tener elementos contundentes y darle la certeza en el proyecto correspondiente, en un sentido de adminicular pruebas que dieran esta fuerza jurídica correspondiente a la investigación de Internet, se solicitan las diligencias para mejor proveer con las preguntas de alguna manera dirigidas a efecto de que se manifestara en la existencia de alguna asociación, principalmente con la denominación que le da el propio recurrente de inicio, y –en su caso-

Page 19: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

de las que se encontró de investigación, que es Servicios Sociales para la Policía Auxiliar del Distrito Federal.

Y a partir de esta diligencia sale la información correspondiente, luego dicen “Sí, tengo en mis archivos”, nos da los datos del acta constitutiva y nos remite un acta de asamblea, no nos remite el acta constitutiva, eso sí quiero precisarlo, porque ahí es de donde se deriva este párrafo que se nos ha precisado, de que no teníamos elementos fehacientes o contundentes que nos lleve a la conclusión que se haya constituido o que haya participado, porque no nos presentó el acta constitutiva, lo que nos mandó es un acta de asamblea extraordinaria, y de esta acta de asamblea extraordinaria aparecen los datos de la escritura donde aparece el acta constitutiva, tenemos los datos.

Y también a partir de ahí, dentro de la parte de antecedentes tenemos unas modificaciones a los estatutos unos meses después, en el mismo año, que fue en 1985.

Podríamos presumir, a partir de este documento, que –efectivamente- solamente los miembros integrantes de la policía auxiliar pueden ser asociados, pero esto es un indicio, es una presunción porque no tenemos el acta constitutiva, tendríamos que ver, sobre todo como tiene una de origen, y una modificación a los estatutos, tendríamos que ver si dentro de esa situación hubo o no algún tipo de participación; eso es lo que nos lleva a decir no tenemos elementos contundentes para decir participó o no participó, porque no tenemos el acta constitutiva, no tenemos los estatutos de origen, no tenemos las modificaciones correspondientes.

Entonces, a partir de eso es lo que nos lleva a dar este párrafo correspondiente de, en lo que se refiere a la constitución, no hay esa conclusión respectiva. Pero a partir de estos elementos es donde todavía queda endeble la situación para dar una orden categórica, y entonces lo que hacemos es generar una presuncional humana, como la señala el juez, como se genera en los términos de las propias tesis de jurisprudencia que se invoca, en la cual –precisamente- es, a partir de estos elementos presumimos que pueda existir mayor información al respecto, que –incluso- nos están dando los datos correspondientes.

Page 20: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

Y a partir de ahí es, como la única unidad administrativa que contesta y que dice “tengo estos documentos”, es la unidad jurídica, en todo caso pudiera hacer un búsqueda en el resto de los archivos del ente público, porque puede ser que en algún otro archivo de estas unidades administrativas se tenga el acta constitutiva correspondiente.

Pero vuelvo a insistir, es a partir de elementos de presunción que nos llevan en esta estructura un poco complicada, precisamente para darle la contundencia, y es de donde se deriva la parte de ordenar la búsqueda exhaustiva y, en su caso, la entrega de la copia del acta constitutiva.

¿Por qué puede ser que no la tenga? Porque esta acta de asamblea la presentan para acreditar el nombramiento del tesorero y del representante legal, que aquí en la modificación de los estatutos los designa, entonces aquí es en donde acredita su personalidad para efecto de recibir los recursos que se señalan, que son los 17 millones, que son aportaciones derivadas de los trabajadores para estos efectos de la asociación.

Entonces, como no hay esta contundencia precisamente, pero hay elementos que presumen la existencia de documentos, que un inicio dijo que no tenía, pero que después salieron, entonces es donde se ordena que realice esta búsqueda exhaustiva y que realice, en todo caso considero que es adecuado, la parte de que haga un pronunciamiento categórico de si cuenta o no, pero en todos los archivos del ente público, por cómo vamos viendo como que partes va diciendo en esta sí y en esta no, entonces me parece que sí es importante la búsqueda exhaustiva para que a partir de ahí hagan esta manifestación categórica. Es cuanto.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Comisionado Oscar Guerra.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Estamos dando muchas vueltas al asunto. Yo estoy de acuerdo por modificar. Ahí puedo entender el tenor, porque finalmente, como no hay esta certeza total y de todo de que no se encontró la documentación, por ejemplo lo de la alberca, sí lo veo más difícil, creo que es la parte que estamos sosteniendo.

Page 21: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

C. ARELI CANO GUADIANA.- ¿Lo de la alberca?

C. OSCAR GUERRA FORD.- No, en la parte de que ellos no encontraban la información, y como no tenemos la certeza total de que tengan la información, eso es lo que se puede estar, digamos, manteniendo para modificar; entiendo que puede ser muy discutible, eso sí, por eso yo estaba en la idea de modificar.

Y creo que lo estamos ordenando de la búsqueda exhaustiva, este asunto del acta, y lo decía Jorge, no se tiene el acta constitutiva, pero se tiene una asamblea, pero sobre todo una asamblea en donde se cambiaron aquellas personas que son las encargadas de recibir el dinero de las aportaciones.

Pero si yo tengo un cambio al acta constitutiva, porque es una modificación, debo tener el acta constitutiva como inicié, a quien le pagaba. Si la asociación civil me está haciendo llegar cambios en sus estatutos y en su consejo, lo más seguro, o casi seguro, es que yo tenga. Ahora, por el paso del tiempo, digamos, ya la que me protege ahora es la última, la modificación; por eso la búsqueda exhaustiva y el pronunciamiento categórico.

De la otra, sólo que por alguna razón en esta venta del balneario hubiese intervenido algo la policía auxiliar, o en alguna cuestión pudiese tener, es la que yo veo más improbable que tenga, y entonces por eso simplemente tendrá que hacer un pronunciamiento categórico, yo no sé de una asociación civil, una persona moral los negocios o las compras o ventas que realice.

Y de la otra, pues yo creo que sí debe de tener, dado que en esa acta que ellos tienen, pues le están diciendo quien es el consejo; entonces esa también la puede tener. Por lo cual, creo que el sentido, estoy de acuerdo, quitando la parte 50, vuelvo a decir, que debería de ser modificar para ordenar una búsqueda exhaustiva en sus archivos y un pronunciamiento categórico, y que obviamente hay pronunciamientos categóricos donde estamos preguntando de ese servicio para la policía auxiliar.

Lo que veo más difícil en el recurso sería hacer esto de la prevención, hay que dar un salto mortal, en que preguntaron sobre una asociación

Page 22: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

de la policía auxiliar del Distrito Federal, y nosotros estamos ordenando que se manifieste sobre una asociación que se llama Servicios Sociales. Pero creo que hay la posibilidad, simplemente sí hay que redactarlo y lograrlo bien, para que esta parte de la presunción y este tipo de cosas puedan estar.

Entonces, yo estaría por modificar, sosteniendo esta partecita de que existe la posibilidad de que no se tengan estos documentos, sobre todo el dos, y ordenar la búsqueda y el pronunciamiento categórico, eliminando el 50.

Comisionado Agustín Millán.

C. AGUSTÍN MILLÁN GÓMEZ.- Primero yo recojo las observaciones, y que hago mía también de la comisionada Areli Cano, en el sentido de que tenemos que ser más enfáticos cuando dictamos un acuerdo para mejor proveer y que la autoridad responda ambiguamente, como fue el caso, porque no se pronuncia categóricamente sobre las preguntas formuladas por la Dirección Jurídica, me parece que eso es motivo suficiente para que demos vista a la Contraloría, y no debemos de pasar por alto esta irregularidad en la actuación en la autoridad. Y me parece que eso debió haber sido valorado y, por lo tanto, sugiero dar vista a la Contraloría por estas omisiones o ambigüedades con relación a preguntas muy concretas y muy precisas que hizo la Dirección Jurídica.

Y esto, digamos, para que lo tengamos como un precedente, a efecto de que las autoridades siempre respondan puntualmente lo que se les está preguntando, máxime por parte del órgano garante.

Yo reitero, estoy convencido de que es un acto entre particulares, pero no podemos concluir lo que se refiere en la página 26, vuelvo a reiterar, de que la autoridad no participó, tan participó que hay la acreditación de oficios entre el entonces director general de la policía auxiliar del Distrito Federal, hay una comunicación de oficio con el secretario de gobierno de aquel entonces. Entonces sí participó. Pero el hecho de que haya participado de oficio para entregar a una asociación civil una cantidad de aportaciones personales no significa necesariamente que deba de tener en sus archivos el acta constitutiva,

Page 23: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

como se denomine, de servicios sociales para la policía auxiliar del Distrito Federal.

Lo que sí es, sí participó, porque hay oficios, porque hay un acta de asamblea que es lo que nos está entregando, y presumimos que pueda haber el acta. Entonces, por lo mismo yo estaría de acuerdo en que hay que ordenarle para que se pronuncie categóricamente con relación a la existencia de esa acta. Más allá, me parece muy forzada la justificación de que porque en esta segunda parte, cuando dictamos el acuerdo para mejor proveer, quien me responde es el área jurídica, y ya no responde la que originalmente había respondido, que era finanzas, el área de recursos humanos, y no me acuerdo qué otra jefatura de departamento, entonces eso lo agarramos como justificación para decir “Búscale en otras áreas”.

Digo, quien tiene la información es el área jurídica y el área de finanzas, el área de finanzas ya se pronunció porque le hicieron llegar 17 millones de pesos, y el área jurídica para darle legalidad a un proceso de traslado de aportaciones personales de la policía auxiliar.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Comisionado Jorge Bustillos. Perdón, comisionado, es que no había observado. Tercera vuelta, tiene usted la palabra, Comisionado Bustillos.

C. JORGE BUSTILLOS ROQUEÑÍ.- Para precisar algunas cosas. Es que no hay que asentar, yo no estoy de acuerdo en que se asienten algunas cosas. El hecho de que existan oficios y todo esto no quiere decir que forme parte de la asociación. Dos, la asociación es de los policías, o sea, eso no quiere decir que la institución, el ente público como tal participe de la asociación.

Los recursos que se canalizan son retenciones a los servidores públicos, no son recursos públicos, no tenemos al menos esa evidencia, no podemos asentarlo así.

El acta que se nos remite no es el acta constitutiva, es una asamblea extraordinaria. Ahí se refieren, en el cúmulo de documentos que nos remite, los nombres de dos personas miembros de la directiva, no sabemos si son los actuales o no, debe de pronunciarse al respecto si tiene los datos más actualizados, tenemos los datos de 2003.

Page 24: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

Si la autoridad retiene a favor de una instancia y hay unos representantes legales, debe de tener los elementos con los cuales se respalda la entrega de esos recursos a una persona con personalidad jurídica propia, sea como asociación civil, una persona moral, etcétera.

Entonces, sí es importante advertir estas cosas, no asentar cosas que no son ciertas. No podemos afirmar que forman parte de, o que es el ente. No sé si me explico.

Hay oficios, entonces, forma parte de la asociación o tiene participación en la asociación, no necesariamente, como ente público no, tendríamos que generar una discusión sobre eso y tener más elementos para hacer una afirmación tan contundente como eso.

Yo, a partir de estos elementos, sugeriría que revocáramos, ¿sería hasta la cuarta? Todavía falta. Yo sugeriría que revoquemos, no subsiste nada, porque hay una negativa en general, y no hay ninguna indicación sobre esta información, no hay nada que subsista aquí. Entonces, modificar para que se pronuncie sobre el acta constitutiva y los datos sobre la mesa directiva de la misma.

Revocar.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Comisionado Oscar Guerra.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Comisionado Salvador Guerrero.

C. SALVADOR GUERRERO CHIPRÉS.- Mi propia comprensión aquí, y perdón que use una metáfora de fútbol, así como el comisionado tiene su derecho de hacerlo lo ejerzo yo. Ayer Messi anotó tres goles y falló un penalti. Aquí la Dirección Jurídica tenía la oportunidad de anotar un gol así semejante, pero alguna razón recibió la instrucción Messi o la intuición, algo falló, y no lo anotó teniéndolo enfrente, quería simplemente un poco confirmar la lógica de la argumentación previa.

¿Cuál era esa lógica? Pues simplemente, dado que hay entidades de diferentes carácter jurídico, unos de derecho privado y otros de derecho público, que es lo que está diciendo –me parece- el

Page 25: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

Comisionado Jorge Bustillos al decir aquí estamos hablando de retenciones, es decir, del ámbito de lo privado, y no de recursos del erario. Entonces, en ese sentido no tenemos la posibilidad de introducir argumentos que involucren la dimensión pública ahí; eso me parece que se sostienen estas dos posiciones.

Entonces, sea revocar o modificar, a mí me parece que no hay gran diferencia, el asunto es ¿de dónde sacamos nosotros que existe una liga entre el argumento que aquí se presenta y la búsqueda exhaustiva de un ámbito donde predominan las retenciones y donde predominan los asuntos de derecho privado? ¿De dónde sale? No sale de aquí.

Digo, a parte de la sintaxis y la página 26 y la 27, y lo que sea, no sale de ahí, Messi no anota. Entonces, no hay forma de justificar que nosotros ordenemos la búsqueda exhaustiva. Ordenemos revocar o modificar, lo central es que se le indique al ente que se pronuncie categóricamente, que se pronuncie sobre sus elementos: la copia del acta, el nombre de la persona, el nombre de las personas que están manejando la asociación civil; es lo único, eso es todo.

Porque no podemos ordenarle una búsqueda exhaustiva donde predominen el asunto de las retenciones, como dice el Comisionado Millán, no lo dice así, pero yo lo sintetizo así, es el ámbito del derecho privado. Me parece que ese es el problema, comprender aquí que había una oportunidad para presentar un argumento muy bien construido, pero por alguna razón, un buen abogado o una buena dirección falló. Nada más.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Comisionado Jorge Bustillos.

C. JORGE BUSTILLOS ROQUEÑÍ.- ¿De dónde se desprende la búsqueda exhaustiva? De que presumimos, bueno, no presumimos, tenemos el dato de que hay una retención que hace a los servidores públicos de la policía para entregar a una asociación civil denominada Servicios Sociales.

La búsqueda exhaustiva es porque no le puede entregar recursos a Perico el de los Palotes, sino a alguien, a una persona con nombre, apellido, algún documento que acredite su personalidad. Y tratándose de una persona moral, pues debe de haber un acta constitutiva que

Page 26: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

respalde el carácter de la persona a la que se le está entregando el recurso, y una entidad, que con qué cargo o con qué autorización.

Estamos viendo en esos documentos que tiene la Dirección Jurídica que hay un acta de una asamblea extraordinaria donde se hace un cambio de personas encargadas de recibir los recursos. Por eso sí se acredita pedirle la búsqueda exhaustiva de esos documentos que le permiten entregar recursos de los servidores públicos a una persona moral.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Comisionado Agustín Millán.

C. AGUSTÍN MILLÁN GÓMEZ.- Por alusiones, y muchas gracias, Salvador, por aludirme. Simplemente aclarar, yo parto de la premisa de que una asociación civil no está, Salvador, para aclararte, no está dentro de las facultades normativas de ningún organismo público su constitución, una asociación civil. Y ahí es donde hago una distinción.

Y reitero que sí deberíamos de ordenarle categóricamente para que se pronuncie sobre lo requerido, sobre lo requerido en general, porque sí hay una actuación oficiosa de parte de la autoridad.

Ahora, no perdamos de vista, por favor, nada más, y a lo mejor yo continúo adelante, si abrimos una cuarta ronda, no perdamos de vista que ciertamente esto es el ámbito del derecho privado la asociación civil, pero lo que está haciendo la autoridad es subsanar una omisión que tiene en una relación de patrón que tiene que ver con las prestaciones sociales, y por eso se constituye un fondo de 17 millones de pesos para cubrir esa omisión.

Entonces no es menor el asunto, no hagamos nada más blanco y negro, de que esto es derecho privado y derecho público, había una obligación legal que se estaba subsanando de esa manera.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Comisionado Oscar Guerra.

C. OSCAR GUERRA FORD.- No hay alusiones de alusiones. Bueno, como dijo Salvador Guerrero, si estamos hablando de fútbol, pues como el Chicharito, ni metió un gol, pero tampoco falló un penalti. Creo

Page 27: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

que todos estamos de acuerdo. No, no metió ni un gol ni falló un penalti.

Yo creo que el sentido es revocar, estoy de acuerdo. Hacer la búsqueda exhaustiva, pero la búsqueda exhaustiva, ya lo dijo el Comisionado Bustillos, o sea, hay una relación entre esta persona de derecho privado con esta persona de derecho público, está clarísimo, hay una relación, que lo llevan a tener una asamblea, si no hubiera relación no la tendría. Esto da la posibilidad de que tenga el acta constitutiva, hay que meterse al archivo.

Y también da la posibilidad que la tercera sepa quiénes son los que están manejando esa asociación civil, no se lo puedes dar a equis. O sea, nosotros, cuando el colegio nos da un apoyo lo primero que nos pedían era el acta constitutiva. Y puede saber quien la dirige ahora, o si ya fue liquidada, a lo mejor ya fue liquidada y sigue dando dinero, tiene que saber qué situación, y para eso tiene que haber un pronunciamiento y una búsqueda exhaustiva sin pasarlo por el 50.

Vamos por revocar, creo que sí, porque no hay nada que se sostenga. Pero todos estamos de acuerdo, creo que estamos dando demasiadas vueltas al asunto, y hoy es día de la Independencia.

Comisionada Areli Cano. Sí, alusiones, Salvador Guerrero. Sí, al principio lo aludí, cómo no.

C. SALVADOR GUERRERO CHIPRÉS.- Muchas gracias. Ya no puedo aludir a nadie, ¿verdad? Bueno, el punto es, es una discusión interesante si hubiera sido bien construida, el problema es que no estuvo bien construido, eso ya estamos de acuerdo.

Por ejemplo, en el caso de los sindicatos ya existen las dos dimensiones. Los sindicatos están obligados indirectamente con la Ley de Transparencia al estar obligados a dar información sobre los recursos que reciben del gobierno, no así de los recursos que provienen de sus agremiados, ¿de acuerdo?

Y también, por otro lado, los sindicatos nos brindan la otra posibilidad de comprender cómo un documento puede existir sin que haya el otro. En mi propia experiencia, nosotros hemos hecho 25 mil asambleas

Page 28: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

protocolizadas extraordinarias de trabajadores sin que exista el sindicato, que –incluso- es capaz de hacer la huelga, aun cuando no haya ni toma de nota ni acta constitutiva, en este caso sí trabajadores, porque si no cómo haces la huelga, a menos que uses, no, aquí es una provocación de quien sólo ha vivido del buen pan y del buen vino, pero ni modo, así es la vida.

Bueno, el punto es simplemente ese, que se perdió la oportunidad de construir una buena discusión y de presentar un buen proyecto. Y yo creo que estamos construyendo aquí una convergencia. Gracias.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Comisionada Areli Cano.

C. ARELI CANO GUADIANA.- Yo veo de este recurso que nos estamos poniendo de acuerdo en la conclusión, que eso es lo importante, pero estamos dejando de lado, que yo creo que no es de sintaxis la construcción del proyecto, y voy a abogar un poco aquí con la secretaria técnica, que cuando se hacen los engroses, si hay una reconsideración en algunos recursos, pues que hay que reformular.

Y me preocupa más eso, qué bueno ya quedamos que, bueno, la mayoría, o si no unanimidad, búsqueda exhaustiva y pronunciamientos categóricos.

Pero la construcción de proyecto, para llegar a esa conclusión, me parece que implica una revisión, licenciado Teodoro, respecto de cómo hacemos los hallazgos en Internet, cómo concluimos que se refiere a esa asociación, y cómo reformulamos estos párrafos del 26 y del 27. Porque en el 26, digo, leyendo los argumentos de las respuestas que da el ente público, al final nosotros concluimos que no se dé respuesta categórica acerca si había o no, por ejemplo, constituido la citada asociación.

Previamente dicen que lo que nos proporcionan son datos de la constitución, y la asamblea. Pero sí hay, por lo que dice aquí el proyecto, datos de la constitución.

Para concluir, me parece que, qué bueno que nos ponemos de acuerdo, pero en la construcción, para llegar a esa conclusión, sí tiene

Page 29: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

que hacer una reconsideración particularmente de la forma de cómo valoramos esas respuestas que nos da el sujeto obligado.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Cuarta vuelta, Comisionado Agustín Millán.

C. AGUSTÍN MILLÁN GÓMEZ.- Para reaccionar al comisionado que no me alude, y que refiere que no podemos decir que la autoridad participó para la constitución de una asociación civil tendiente a sufragar los servicios sociales que no tenían los trabajadores de la policía auxiliar en el año 2000, yo reitero, si hay una actuación de oficio de parte de la autoridad con el secretario de gobierno en ese entonces para dirigir un fondo de aportaciones personales y cubrir esta asociación civil, o constituir esta asociación civil, está participando.

Le están entregando por instrucciones, en ese entonces del secretario de gobierno, al director de la policía auxiliar 17 millones de pesos para crear una asociación civil que cubra las prestaciones sociales a las que tiene derecho todo trabajador; entonces sí hay una participación de oficio.

No sabemos si en realidad salió del bolsillo de los trabajadores esa suma que se da como una aportación inicial. A lo mejor es un reconocimiento de parte de la autoridad decir “Yo tengo la obligación de cubrir las prestaciones y lo aplico como una aportación que debieron de haber dado en su oportunidad esos trabajadores”.

Veámoslo también como una obligación legal, no es tampoco de blanco y negro, si es derecho privado una asociación civil, sí. Lo que yo decía, no tenemos que andar buscando en normatividad si la autoridad tiene que, o puede participar en la constitución de una asociación civil.

Entonces, por eso, a mí, digo, no alcanzo a distinguir todavía bien por donde vamos, si por una modificación o por una revocación. La construcción de los argumentos sería diferente si nos vamos por una vía o por la otra. Me queda claro que tenemos que ordenarle que haga una búsqueda exhaustiva para ver si en sus archivos está el acta, presumimos que la pudiera tener, no necesariamente la deba de tener.

Page 30: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

Lo que yo argumentaba es que sí participó porque hay un acta de asamblea, porque hay oficios para decir aquí hay una determinada cantidad para cubrir obligaciones legales que tenía como patrón la policía auxiliar.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Comisionado Jorge Bustillos.

C. JORGE BUSTILLOS ROQUEÑÍ.- No voy a abundar en este debate. Pero lo único que quiero sugerir es que, detener estos documentos se haga la versión pública en caso de contener documentos o datos personales, como pueden ser firmas y algunos elementos como pueden ser direcciones, o algunas otras referencias personales de los miembros que constituyen la asociación, y de las personas que se identifican en un momento dado como representantes de la asociación.

Y mi propuesta es revocar, revocar porque no subsiste nada, pero hay una respuesta muy general que no corresponde, no satisface, no tiene nada que ver, da por desconocimiento, la declara como desconocida, es una información que declara como desconocida, entonces no podemos decir que subsiste algo. Entonces, yo por eso considero que debemos de revocar.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Comisionado Oscar Guerra.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Insisto, voy por revocar, por búsqueda exhaustiva, por esta pronunciamiento categórico. Estaría de acuerdo que se tendría que pasar al Comité de Transparencia, pero no por la inexistencia, sino para la elaboración de la versión pública en dado caso que estos documentos se tengan.

Y en relación al asunto de esta prueba para mejor proveer, yo haría la observación, no me iría con la vista, haría una observación, porque sí hay una respuesta, no la respuesta indicada o la más congruente, sí la hay; cuando no la haya ahí sí es otro asunto de infracción de la ley.

Comisionada Areli Cano.

Page 31: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

C. ARELI CANO GUADIANA.- Es con relación a esto último, que yo no me pronuncié por la vista. Reitero que hay que detectar estas inconsistencias, bueno, no inconsistencias, estas referencias que nos hacen los sujetos obligados sobre diligencias que a nosotros nos ayudan mucho para mejor proveer y resolver los asuntos.

Pero creo que también eso debe estar advertido desde los acuerdos, no tanto del Pleno, sino desde los acuerdos al momento de que se piden las diligencias, se aperciba en su momento que tienen que cumplirlas. O sea, en ese momento es cuando el instituto, vía la Dirección Jurídica, tiene que advertir esta circunstancia. Gracias.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Voy a someter a votación el recurso. Aquellos Comisionados que estén de acuerdo que el sentido sea revocar, con el objeto de ordenar una búsqueda exhaustiva de la información solicitada y realizar el procedimiento categórico, en dado caso de no tener estos documentos, y en dado caso de que estos documentos tengan información confidencial pase al Comité de Transparencia para hacer la versión pública correspondiente, y sólo hacer la observación en términos de la respuesta a la información que se le solicitó para mejor proveer, favor de levantar la mano.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Por unanimidad se aprueba el proyecto de resolución 796/2010. Se hará una revisión y se ajustará el mismo, para llegar a la conclusión de la resolución emitida por este Pleno.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Entonces pasaríamos al siguiente recurso.

No, es que lo voté en general y dije que se haga la observación. Lo voto en lo particular. Aquellos que estén de acuerdo, entonces sería, en que se dé vista a la Contraloría por haber contestado no de forma correcta el requerimiento, favor de levantar la mano.

Aquellos que estén en contra, favor de levantar la mano.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- En lo particular, la propuesta de dar vista, un voto del Comisionado Agustín Millán

Page 32: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

Gómez. La propuesta de que se haga una observación, de los cuatro comisionados restantes.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Entonces pasaríamos al siguiente recurso.

C. TEODORO ANTONIO SERRALDE MEDINA.- Se expone el recurso 830 del 2010, referente a actos de la Secretaría de Desarrollo Social, en donde se solicitó copia del acta de dictaminación del Comité Técnico Mixto, en que se determinó que el proyecto Centro Alameda Perímetro B del Centro Histórico, con Folio número 184, sería beneficiado por el programa comunitario de mejoramiento barrial 2008.

El motivo de la queja es en virtud de la entrega de información distinta a la solicitada. Las manifestaciones del particular son en el sentido de que el ente proporcionó copia de la ficha de dictamen técnico de proyecto, aun cuando se solicitó acta de dictaminación expedida por el Comité Mixto.

El proyecto toma como consideraciones que, de los lineamientos y mecanismos de operación del programa que alude la solicitud se advierte que los proyectos beneficiarios fueron elegidos por un órgano colegiado integrado por servidores públicos y representantes de la sociedad civil denominado Comité Técnico Mixto.

Como diligencia para mejor proveer, se obtuvo copia del acuerdo de la sesión de dictaminación de los proyectos para el ejercicio fiscal 2008, así como el expediente del proyecto a que alude la solicitud, de cuyo estudio conjunto se advierten elementos valorados por el referido comité para elegir los proyectos ganadores; por lo que dichos documentos podrían satisfacer el requerimiento del particular.

Con base a lo anterior, se propone el proyecto en el sentido de modificar la respuesta y ordenar al ente público que proporcione copia simple del acuerdo de la sesión de dictaminación de los proyectos del programa comunitario de mejoramiento barrial para el ejercicio fiscal 2008, y conceda el acceso al expediente del proyecto dando intervención al Comité de Transparencia para que proteja la información de acceso restringido que se pudiere contener. Es cuanto, Comisionados.

Page 33: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Comisionado Agustín Millán.

C. AGUSTÍN MILLÁN GÓMEZ.- Yo primero preguntaría por qué razón no estamos acumulando el 830 con el 831, dado que hay entidad de partes de manera inicial. El requerimiento es prácticamente lo mismo, estamos hablando de proyectos que se avalan en el programa de mejoramiento barrial, dos años distintos, son fechas de inicio de la solicitud de información y respuestas prácticamente en los mismo plazos.

Entonces, me llama mucho la atención que no tengamos la posibilidad de identificar, tanto la identidad de partes, como que el acto recurrido es exactamente lo mismo. Eso por un lado.

Por otro lado, en el considerando segundo ambos proyectos señalan que, tanto en el 830 como en el 831, dicen en los proyectos que no resulta procedente el sobreseimiento debido a que el ente público no debió limitarse a ofrecer la consulta directa del expediente de este proyecto comunitario de mejoramiento barrial, sino que debió de proporcionar el acuerdo de la sesión de dictaminación de los proyectos del programa comunitario de mejoramiento barrial para los ejercicios fiscales correspondientes.

Por ser el documento que fue emitido por el Comité Mixto, donde se deja consistencias de que revisó y valoró todos los proyectos que se sometieron a consideración, y de que eligió –en consecuencia- este comité al proyecto ganador.

Y entonces ahí la pregunta que nos asalta es, ¿que en el expediente de ese proyecto no contiene, en ese expediente, el acuerdo?

Y por lo mismo consideramos importante recordar que en el considerando cuarto de este proyecto, o de estos proyectos, se señala que, si bien el expediente del proyecto comunitario de mejoramiento barrial de 2008 no fue requerido, eso dice en el considerando cuarto, su entrega permitiría al ciudadano valorar el contenido del acuerdo de dictaminación.

Page 34: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

Entonces, como que se ven argumentos contradictorios. Me parece que hay contradicción en las valoraciones que estamos haciendo, insisto, en el considerando segundo con el considerando cuarto. Y más allá de esto, me parece muy forzada la interpretación que estamos dando.

Lo que quiere el particular es un acta para ver cómo llega a una determinación la autoridad, como las actas que se reproducen de estas sesiones cuando hay un proceso deliberativo. Allá se le da, le dice la autoridad “Te doy acceso al expediente, ahí están todas mis valoraciones”.

Quizás, digo, quizás esta persona lo que quiere decir, ¿por qué entraron esos proyectos y por qué no estos otros? Y eso es lo que vendría en un acta, es el proceso deliberativo por qué sí unos y no otros. En las fichas, en los acuerdos lo único que se dice, estos son los proyectos ganadores porque cumplen estos requisitos. Pero no quiere decir que los proyectos que quedaron fuera no cumplan requisitos, de hecho hay un procedimiento en este programa social para aquellos que no hayan alcanzado recursos en ese año, se puedan pasar para su atención a otras unidades administrativas, que puede ser la misma delegación de donde se origina ese proyecto de mejoramiento barrial.

Pero vamos, obviamente no es una canalización que garantice su ejecución, es simplemente tenerlo en un repositorio, digamos, de proyectos viables que tienen un impacto de beneficio en la comunidad.

Nosotros nos vamos por otra interpretación de lo que es un acta, y concluimos que la información que requiere el particular está en el acuerdo. Ese es mi comentario.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Comisionada Areli Cano.

C. ARELI CANO GUADIANA.- Yo también tengo consideraciones similares a las del Comisionado Millán, en atención a que no me convence del todo el modificar la respuesta, porque ciertamente pide la solicitante copia del acta de dictaminación de determinado proyecto.

Page 35: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

En la respuesta, efectivamente, me parece que la secretaría no fue congruente con lo que pidió, porque le exhibe una ficha de dictamen, y jamás le motiva o le explica que eso es lo que tiene o que esa ficha está integrada dentro de un expediente.

Cuando emite una respuesta complementaria, es decir, el 9 de agosto, el propio sujeto obligado advierte que tanto esta solicitud como la diversa que vamos a conocer posteriormente forman parte de una sola acta, que propiamente no hay una acta por cada proyecto, y eso también nos lo refiere en su informe de ley, sino que existe una acta que se justifica o que trata de evaluar o motivar todos los proyectos.

Pero me parece que ya en esta segunda respuesta le da claridad, y permite que, pues está el expediente para tu consulta. Este ofrecimiento de consulta dar a entender que el ente público está justificando “Ve, en el expediente solamente tengo esto, no hay una acta para cada proyecto”, eso es lo que quiere dar a entender, que así lo refiere igual en su informe de ley.

Lo que me preocupa es que en la orden, tal como viene el proyecto, se esté dando acceso a documentos que propiamente no pidió el solicitante. Creo que son documentos que permiten defender al ente público su legalidad diciendo “Mira, es el único documento tengo, tan es así que están los expedientes”.

Ahora, los expedientes están aquí por esta diligencia que se solicita para mejor proveer, y que una vez que se liberen los expedientes que se entreguen, pues se va a permitir la consulta. Sí coincido en esta parte del proyecto donde se advierte que tiene que tomar las medidas necesarias para cuando se permita este acceso se protejan los datos personales.

Yo realmente sí me iría por el sobreseimiento tanto en este como en el otro recurso, me parece que la segunda respuesta da claridad y satisface.

La otra cuestión que quisiera hacer notar es que estamos ordenando dar el proyecto de este acuerdo de la sesión, y cuando desahoga la diligencia el ente público, página 10, dice: El 23 de agosto se recibió

Page 36: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

en la oficialía de partes el oficio tal, a través del cual el ente público desahogó el requerimiento.

Y en la parte de la página 12 dice: Es importante puntualizar para conocimiento y valoración del instituto que la copia del acta que se envía contiene el acuerdo de la sesión de dictaminación, esta que nosotros estamos ordenando, documento que señala las características y condiciones de viabilidad para la elección de los proyectos, y que se envió al ciudadano Iván Martínez a través del correo electrónico el 10 de agosto, del cual marco copia para el instituto.

Advertir, primero, si esto fue efectivo, si se realizó o no, pero con independencia de eso, me parece que la respuesta complementaria genera certeza de que no hay propiamente un acta por cada proyecto y que eso está en el expediente, de lo cual se está haciendo efectiva la consulta directa a través de esta modalidad.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Comisionado Jorge Bustillos.

C. JORGE BUSTILLOS ROQUEÑÍ.- Únicamente, lo que advierto de esta sugerencia que se está haciendo para sobreseer es que muy probablemente estos expedientes contienen datos personales, domicilios y demás.

Entonces si se sobreseyera tendría que advertirse que esta oferta o esta consulta, o esta oferta de consulta directa de la información se haga protegiendo los datos personales, eso implica como entrar a estudiar la oferta de la información para sobreseer. Entonces no sé si haciendo el estudio de fondo estemos contradiciendo la propuesta de sobreseer.

Es decir, si advertimos que con la consulta directa se satisface el acceso a la información, en qué momento advertimos que este acceso debe hacerse previo pase por el Comité de Transparencia para proteger los datos personales que la información que se está ofreciendo tuviera.

Page 37: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Comisionado Oscar Guerra.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Entiendo que hay una propuesta para sobreseer. Yo veía bien, porque ellos ya trajeron toda la información aquí, el asunto está en que sólo le comunicaron la posibilidad de que la pudiera consultar directamente por el tamaño, y que era lo que se estaba viendo que después él retome la parte que a lo mejor le interesa y ahí ya le puedan dar la copia.

Aquí lo único que le veo problemático para sobreseer, pero bueno, ya nos dará la opinión el Director Jurídico, es en esta obviamente no se le indica que va a ser una versión pública, o sea, se dice que pase a consulta directa, pero para que estuviera impecable debe ser pase a la consulta directa dado el tamaño, la cual usted tendrá derecho a una versión pública, la misma, o sea, no va a poder ver todo en ese sentido, creo que lo que a él le interesa sí lo va a poder ver.

Yo por eso iba por modificar, pero bueno, habrían los argumentos que por salirme no pude escuchar perfectamente de la posibilidad del sobreseimiento. Lo único que le veo es esta cuestión, pero finalmente, si nosotros vamos a decir sobreseer, entonces no vamos a dar ninguna orden, ¿entonces cómo se va a enterar el sujeto obligado, en este caso la Secretaría de Desarrollo Social, que lo que le debe de dar es una consulta directa a una versión pública, y quién va a ser esa versión también?

Yo por eso insistía en modificar, pero también por andarme saliendo no oí todos los argumentos.

C. ARELI CANO GUADIANA.- Sí, efectivamente, en el debido que la respuesta, la segunda respuesta permitió la consulta directa, sí es importante que se le diga al ente público que para materializar esa situación requiere pasar por el comité para realizar una versión pública. En esa parte, evidentemente, estaría de acuerdo, pero no así con lo que se le quiere dar del acuerdo.

C. JORGE BUSTILLOS ROQUEÑÍ.-…consulta directa previo pase por el Comité de Transparencia para hacer las versiones públicas.

Page 38: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

C. ARELI CANO GUADIANA.- Sí, como lo refiere. Eso implica que cuando se analiza el segundo considerando se advierta que se entra a fondo en atención a que en la segunda respuesta complementaria no se le dijo al solicitante que tenía que tener una versión pública de esa consulta, y a partir de eso entra el análisis.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Licenciado Teodoro.

C. TEODORO ANTONIO SERRALDE MEDINA.- En la parte del sobreseimiento, en la página 23, en el segundo párrafo señalamos la parte de que fue adecuada la parte de poner a disposición los expedientes, porque en los expedientes obra el acta, pero, para efecto de los expedientes, se denomina acuerdo de la sesión de dictaminación, que esa es el acta, es este acuerdo que viene aquí.

Aquí viene toda la parte de las consideraciones, y aquí viene la parte de los proyectos, y en la página. Sí, lo que estoy tratando de precisar es que lo en todo caso, o sea, se le pone a disposición, pero que también le tuvo que haber precisado es que lo que él requiere está en el expediente y se denomina el acuerdo de la sesión de dictaminación de los proyectos, que es donde viene como el acta o las consideraciones correspondientes.

Pero ese párrafo es como darle un sentido de que estaba bien en la parte de poner a disposición el expediente, pero había que precisarle que ahí se encontraba este acuerdo correspondiente.

Pero si nos vamos al siguiente párrafo, después de esta parte, nos damos cuenta que hay datos personales porque quienes reciben los beneficios tenemos teléfonos, nombres que obran dentro del expediente, y que habrá que hacer la versión pública.

Esa es la parte que no nos permitió sobreseer, porque si no hubiera existido esa parte de los datos personales con los expedientes, en el cual obra esto, nada más era precisarle también que en el expediente obra este acuerdo. Pero lo que prácticamente nos llevó a no sobreseer es que hay datos personales y que tienen que ser protegidos para que –en efecto- pasaran por el Comité de Transparencia y en todo caso no los diera, porque la respuesta era “aquí están los expedientes y ven y

Page 39: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

verifícalos”, pero habría que proteger esa información de carácter restringido.

Solamente fue ese punto el que nos limitó a no sobreseer. Y eso nos llevó a analizar en el considerando todos los puntos correspondientes, y la parte de los datos personales se analiza en la página 29, en donde dice “para la consulta directa del expediente el ente público deberá someter el caso al Comité de Transparencia”, y ahí se señalan qué datos personales fueron los que se encontraron en relación a los beneficiarios, porque hay, por ejemplo, en el acta hay también ciudadanos, pero estos ciudadanos forman parte del órgano colegiado en términos de ley, y estos sí tienen que ser públicos para que se pueda desprender la legitimación de la integración del órgano.

Nada más era esa precisión. Gracias.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Comisionado Jorge Bustillos.

C. JORGE BUSTILLOS ROQUEÑÍ.- Yo considero que está bien la propuesta como viene en el proyecto, porque si no le vamos a hacer tanto al ente público como al particular un gasto oneroso de tiempo y de recursos, etcétera. Entonces, si existe este documento se mantenga la orden como viene en el proyecto de entregar el acta de acuerdo de la sesión de dictaminación, sometiendo previamente al Comité de Transparencia para que determine los datos que deben protegerse, y que ya están advertidos en el examen que se hace de la información que se tiene a la vista.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Comisionado Oscar Guerra.

C. OSCAR GUERRA FORD.- También de acuerdo como viene ya el proyecto, con esta aclaración y la existencia de este documento que contiene la información, simplemente garantizar la versión pública.

Comisionada Areli Cano.

C. ARELI CANO GUADIANA.- Sí, a veces luego las aclaraciones nos dan más consideración para, bueno, si efectivamente esta copia del acuerdo de la sesión de dictaminación nos permite advertir cuáles son

Page 40: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

las valoraciones que tuvo la autoridad para informar que este proyecto iba a ser uno de los primeros que iban a ser privilegiados presupuestalmente, ¿por qué entonces estamos dando acceso al expediente, que eso no lo pidió? Entonces esa es una pregunta.

Luego igual, reitero la misma consideración de la página 11. Cuando el ente público desahoga el requerimiento, dice que ese acuerdo que nosotros ahorita ya estamos ordenando dar, dice que ése ya se lo entregó al solicitante; si no tenemos constancia de esa entrega, hay que decirlo aquí, porque tal parece que nosotros tampoco desvirtuamos lo que dice el ente público. El ente público en este correo que manda dice: “Ese acuerdo que se menciona de la sesión de dictaminación, señala las características y condiciones de viabilidad de la selección de los proyectos, y que se envió al ciudadanos a través de correo electrónico el 10 de agosto de 2010, del cual marco copia al instituto.

Entonces, verificar que yo no lo encontré, pero verificar que este correo no se haya entregado, si se entregó, me parece que resulta ocioso que debamos ordenar algo, o por lo menos decirle que ya se entregó esa documental, y si ese documento que contiene las valoraciones, ¿por qué, entonces, damos acceso al expediente?

Ese es, ojalá, digo, ya veo que va a contestar el director. Y sí tratar de matizar esto que comentó el Comisionado Agustín, de que, si bien es cierto, no fue requerido, pero te permitirá tener acceso para que sepas el contenido del acuerdo de dictaminación, lo que se advirtió en la página 29.

Si lo vamos a dar, hay que matizar esa parte, porque pareciera que no lo requeriste pero, sin embargo, te es útil para que te cerciores de que ese documento está en el expediente, ¿no?

C. OSCAR GUERRA FORD.- Teodoro Serralde.

C. TEODORO ANTONIO SERRALDE MEDINA.- Sí. Bueno, el particular solicita acta de dictaminación, que bueno, comenté que era este acuerdo correspondiente. Sin embargo, dentro de lo que es la estructura del acta o la redacción del acta, hace referencia a la

Page 41: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

presentación de los proyectos, las fichas técnicas y la aprobación por parte de los integrantes del Comité.

Dentro de las carpetas se encuentran cada uno de los proyectos, cada uno de los beneficiarios, la manera en cómo se van a ejecutar, los montos correspondientes, etcétera.

Entonces, en conjunto el acta con los documentos, nos llevan a la parte de las consideraciones correspondientes. En el acuerdo o esta acta viene “el proyecto número tal”, y dentro de los anexos viene el proyecto, cómo se va a ejecutar, en qué consiste, en qué parte.

Y, digamos, desde la perspectiva de su servidor, el acta es, el acta, el documento firmado, pero también toda la parte de los documentos en los cuales tomaron parte para las consideraciones correspondientes. Desde esa perspectiva es que consideramos que hace bien el ente público en poner a consideración los expedientes, porque contiene toda esa información en un acto, digamos, de transparencias, de decir “este es el acta, junto con los documentos correspondientes”, de los cuales en conjunto nos dan esas consideraciones, pero también matizando de lo que él está pidiendo es copia del acta de la dictaminación, como él le denomina, pero que es esta copia del acuerdo correspondiente.

Entonces por eso es que consideramos que en su conjunto es adecuada la respuesta, y precisamente para reforzar ese punto de adecuada la respuesta, la entrega del acta, pero también en todo caso, si es conveniente para el particular, que pudiera tener acceso a los expedientes, previo la clasificación de la información con el carácter restringido.

El acta no se notificó, se notificó la ficha técnica.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Una pregunta, se hace una precisión.

C. ARELI CANO GUADIANA.- Digo, nada más quiero, y si no, me parece que hay que desvirtuarlo.

En la página 11 dice, cuando desahoga la diligencia para mejor proveer, dice que es importante puntualizar para conocimiento y

Page 42: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

valoración del Instituto, que la copia del acta que se envía contiene el acuerdo de la sesión, ese acuerdo que estamos ordenando ahorita dar; documento que señala las características y condiciones de viabilidad para la selección de los proyectos, que se envió a Iván a través de correo electrónico el 10 de agosto de 2010, del cual marcó copia el Instituto.

Verificar que esto sea así, si no es así, entonces tiene que ser un argumento de nosotros para decir que esa notificación no se realizó y por tanto estamos ordenando la entrega.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Sí, sí, de que no se realizó, porque sería contradictorio decir que lo den cuando ya lo habían dado.

Bueno, si no hay más, voy a someter a votación.

Aquellos comisionados que estén de acuerdo en que se modifique la respuesta para que se proporciones copia del acuerdo de la sesión, previo paso, bueno, previo Comité de Transparencia.

C. ARELI CANO GUADIANA.- (Inaudible, fuera de micrófono)

C. OSCAR GUERRA FORD.- Sí, lo acabo de enseñar, creo que sí.

A ver, Teodoro, enseña el acuerdo.

C. ARELI CANO GUADIANA.- (Inaudible, fuera de micrófono)

C. TEODORO ANTONIO SERRALDE MEDINA.- No, lo que tiene es el expediente que contiene todas, y eso también lo pone a consulta.

El acuerdo no tiene, la ficha no tiene, pero también se le está poniendo a disposición y ya le notificó al particular la disposición del expediente. Entonces, como ya le está dando acceso al expediente, en relación al expediente, que sí tiene datos personales, el expediente es el que en todo caso pasaría al Comité de Transparencia.

C. OSCAR GUERRA FORD.- A ver, voy a leer el acuerdo y sobre eso vemos, digamos, dónde estamos en lo general y en dónde votamos en lo particular.

Page 43: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

Adelante, Comisionada Areli Cano, cuarta vuelta, aquellos que estén de acuerdo.

Adelante, Comisionada Areli Cano.

C. ARELI CANO GUADIANA.- Nada más simplemente razonar del por qué coincido con la modificación, pero no con las conclusiones.

El acuerdo no tiene datos personales, tiene firmas, pero el propio proyecto dice que se trata de los integrantes. Entonces esos integrantes, por cumplir una función de carácter público, no se salvaguarda como dato personal.

Entonces eso dice el proyecto, lo cual coincido, el proyecto no tiene datos personales. Si el proyecto tiene las consideraciones que se advierten que por qué se consideró este proyecto, ese sí hay que darlo, que eso es lo que está pidiendo, está pidiendo el acta, no así el expediente.

El expediente, nosotros fuimos quien lo pidió, para advertir si ahí estaba propiamente un acta o un dictamen, y sí está, tan es así que se está motivando que es el acuerdo. Entonces mi consideración es permitir el acceso a esa acta, que según ese acuerdo donde se advierte que es un acta, o bueno, se le está dando la calidad de acta, y que no fue notificado al solicitante, según las constancias que obran en el expediente. Pero no así esa consulta directa, porque esa fue una diligencia para nosotros para advertir en ese expediente que había el acta.

Esa es la consideración.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Está bien, está bien.

Bueno, a ver, voy a someter a votación a ver si hay acuerdo en lo general, si no, votamos algo en lo específico.

Uno es modificar, dos, para que proporcione la copia del acuerdo de la sesión del dictamen, del proyecto tal, tal, la cual, esta entrega de este acuerdo deberá proporcionarse en medio electrónico gratuito, salvo

Page 44: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

que el ente recurrido no posea en dicha modalidad, la cual deberá ofrecer en otras modalidades, como es la copia simple, previo pago de derechos. Y hasta ahí lo dejaríamos.

Aquellos comisionados que estén de acuerdo, no sé, o si hay, ya para dejar lo del expediente fuera, sin modificar.

Entonces aquellos que estén de acuerdo en modificar en este sentido de que se entregue, o sea, se modifica para que se entregue el acuerdo de la sesión. ¿Sí? Nada más.

Los que estén a favor. No, ese no tiene, favor de levantar la mano.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Por unanimidad, se aprueba el proyecto de resolución 830/2010, el sentido es modificar para que se ordene la entrega del acuerdo que se menciona en el proyecto, y obviamente se estará argumentando, se estará verificando si se notificó este acuerdo, de no notificar, bueno, como no fue.

C. ARELI CANO GUADIANA.- (Inaudible, fuera de micrófono)

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Entonces se observará de que no fue notificado, y por consiguiente se ordena que se entregue.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Pues sí, ya fue notificado.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Y adicionalmente se estará evitando la contra-división entre el considerando segundo y el cuarto.

Comisionados, vamos al siguiente recurso. Yo les propongo, creo que es igual que pasemos a la votación directamente, es similar, simplemente es otro año el que se hace la solicitud.

Entonces aquellos comisionados que estén de acuerdo en que el sentido sea modificar para proporcionar la copia del acuerdo de la sesión de dictamen del Comité Técnico Mixto, la entrega debe hacerse por medio electrónico, y de no tenerla así, se deberá hacer en copia simple, pero pago de derechos.

Page 45: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

Los que estén de acuerdo, favor. Sí, proceso electrónico, y luego si no, copia simple pero pago de derechos.

Los que estén de acuerdo, favor de levantar la mano.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Por unanimidad, se aprueba el proyecto de resolución 831/2010, estaría desarrollándose en los términos del 830.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Pasaríamos al siguiente recurso.

C. TEODORO ANTONIO SERRALDE MEDINA.- Se expone el recurso 970 del 2010, referente a actos de la Secretaría de Desarrollo Social, en donde se solicitaron los informes en donde la Subsecretaría de Participación Ciudadana da cuenta a la Secretaría de Desarrollo Social, de las asambleas vecinales llevadas a cabo en la colonia Agrícola Oriental Centro, con motivo de los proyectos del Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial 2010.

El motivo de la queja es en virtud de que la información que se entregó es incompleta.

Las manifestaciones del particular son en el sentido de que el ente público informó el número de oficio y fecha con el que la Subsecretaría de Participación Ciudadana remitió a la Secretaría de Desarrollo Social los resultados y la documentación correspondiente al Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial 2010, la cual no le permite saber si la asamblea vecinal se desarrolló sin incidentes que permitiesen manifestar libremente la voluntad de avalar o no el Proyecto de Plan Comunitario de Mejoramiento Barrial 2010.

El proyecto toma como consideraciones que durante la sustanciación del recurso, el ente público notificó una respuesta en que informa respecto de las asambleas vecinales llevadas a cabo en la colonia Agrícola Oriental Centro, con motivo del Programa Comunitario de Mejoramiento Barrial 2010, con la cual se dio vista al recurrente, actualizándose los requisitos exigidos por la causal de sobreseimiento previsto en el Artículo 84, fracción cuarta, de la Ley de Transparencia.

Page 46: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

Con base en lo anterior, se propone el proyecto en el sentido de sobreseer el medio de impugnación que se expone.

Es cuanto, comisionados.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Está a su consideración, señores comisionados.

Comisionado Salvador Guerrero.

C. SALVADOR GUERRERO CHIPRÉS.- Bueno, a partir de la página 20 planteamos este comentario, en ella se hace mención a la información entregada, explicando el contenido de los oficios por los cuales se tiene por satisfecho el requerimiento del ciudadano, sin embargo, justo cuando se debe hacer el razonamiento entre:

Opción A) Informes presentados a la Secretaría de Desarrollo Social por la Subsecretaría de Participación Ciudadana, en donde esta subsecretaría da cuenta de las asambleas vecinales llevadas a cabo en la colonia Agrícola Oriental Centro, con motivo del Proyecto de Mejoramiento Barrial 2010, que es la información solicitada; y B) Los oficios entregados por el ente público; así como C) ¿Por qué estos satisfacen lo requerido por el ciudadano en el momento que se debe razonar por qué la información proporcionada con posterioridad, sí es la solicitada por el ciudadano? El párrafo toral del recurso simplemente advierte que la respuesta complementaria contiene la información del interés del particular, misma que fue proporcionada por la Dirección Ejecutiva Regional Oriente de la Subsecretaría de Participación Ciudadana de la Secretaría de Desarrollo Social, que es la unidad competente para su emisión.

Por lo expuesto, se concluye que con la información suministrada por el ente público durante la sustanciación del presente medio de defensa, se satisface el requerimiento del particular, cuya falta de entrega motivó la interposición del presente recurso de revisión, consecuentemente también se cumple el primero de los requisitos exigidos por la fracción cuarta del Artículo 84 de la ley de la materia.

En nuestra consideración este proyecto, al igual que muchos de esta sesión, carecen de razonamiento lógico y jurídico, pudiéramos decir

Page 47: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

que su calidad no es la adecuada. Deberíamos poner atención en este tipo de errores, y asumir que está ocurriendo algo que podemos corregir ahora.

Simplemente para subsanar el presente recurso, sugerimos que se elabore un párrafo en el cual se razone de manera lógica por qué la información proporcionada con posterioridad sí satisface lo solicitado por el ciudadano, cuál es la razón. Asimismo, cuidar la calidad de los recursos en general, que es algo que vamos a estar advirtiendo seguramente a lo largo de algunas sesiones.

Gracias.

C. OSCAR GUERRA FORD.- ¿Alguien más?

Comisionado Jorge Bustillos.

C. JORGE BUSTILLOS ROQUEÑÍ.- Yo advierto que si bien se reporta una relación de dos asambleas celebradas en la Agrícola Oriental, el informe que yo interpreto se está solicitando por parte del particular, está contenido en las actas que no se entregaron, por lo que yo considero que la información entregada no satisface la solicitud de información, y que no podemos sobreseerlo, por lo que propongo yo que se revoque, dado que aún y cuando el ente notificó una respuesta complementaria a lo que había dicho, dando fechas de oficios y demás de comunicación, que no es propiamente la información requerida, nada más se hace conocimiento al solicitante de la relación de dos asambleas, no da cuenta del informe requerido. Este informe requerido se encuentra contenido en las 22 carpetas remitidas a la SEDESO por una de las oficinas, por lo que considero que se debe ordenar al ente público la entrega de las mismas, para formar parte de la relación de las actas proporcionadas.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Comisionado Oscar Guerra.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Pues también en contra del sentido de la resolución, considero que el sentido debería ser revocar o modificar, pudiese ser, pero no porque digamos es una respuesta posterior, sería revocar. Porque obviamente ellos, dice, además de esta relación en el

Page 48: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

oficio que nos entrega la Dirección Ejecutiva Regional Oriente, nos da 708 actas de las asambleas vecinales realizadas para presentar otorgado el aval, por lo tanto, además de la relación que se entregó, se debió haber entregado al particular al menos las dos actas correspondientes a las asambleas realizadas en la colonia Agrícola Oriental Centro con motivo del Proyecto de Mejoramiento Barrial.

Y esto claramente, cuando dice “en dónde está da cuenta de las asambleas”, o sea, cuentas de contar qué pasó, ¿no? No solamente cuántas hubo, llevadas a cabo en lo general con motivos de los proyectos de mejoramiento rural.

Sí, informes, entonces eso está en las actas, las actas es lo que hace.

Entonces yo también estaría de acuerdo, Comisionado Bustillos, en revocar para que se entregue las actas y no sólo la relación.

¿Alguien más?

Comisionada Areli Cano.

C. ARELI CANO GUADIANA.- Bueno, yo también aquí coincido en que no propiamente se hace explícita la información que detentan estas actas, para advertir que efectivamente ahí pueden encontrar estos informes.

Entonces sí creo que de igual forma hay que poner parte de la motivación o parte del contenido de estas actas, para solventar y cubrir efectivamente que esa información complementaria satisface la información del solicitante.

Y yo creo que con eso, bueno, yo estaría con el proyecto.

C. OSCAR GUERRA FORD.- ¿Alguien más?

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Comisionado Jorge Bustillos.

C. JORGE BUSTILLOS ROQUEÑÍ.- Es que se piden los informes, ¿no? Y la respuesta inicial, que es la que estamos calificando, porque

Page 49: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

vemos que la complementaria no satisface, lo único que señala es que hay una nota aclaratoria, habla de mecanismos publicados el 22 de junio, que los resultados y la documentación correspondientes a las asambleas para otorgar el aval para la presentación del concurso realizadas el 6 de mayo se hicieron llegar a la Secretaría de Desarrollo Social. O sea, ese no es el informe que se está pidiendo, ¿me explico? O sea, aquí hay un oficio turnado el 14 de mayo, al subdirector de Operación Técnica, del que se está pidiendo precisamente el informe en la Secretaría de Desarrollo Social. Punto.

O sea, hay un oficio de petición al subdirector para que se, pero eso no podemos dejar subsistente esto, como la respuesta a la información requerida, que sí, que hubo una comunicación, que sí, efectivamente se le pidió el informe, que ese oficio está radicado en tal subdirección, y que la subdirección lo pasó a la dirección. Eso no, digo, no está atendiendo la información solicitada, ¿cómo lo vamos a mantener, como parte de la respuesta a la solicitud? Yo creo que la respuesta debe estar contenida en las actas de esas dos asambleas. Yo sí creo que debemos revocar.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Comisionado Oscar Guerra.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Veamos, como prueba es que la propia Secretaría nos está entregando esas 708 actas. Y en esas actas, no tengo aquí, en los lineamientos, hay unos lineamientos de qué debe contener, quién asistió, qué se discutió, digamos, lo que cualquier acta tiene en ese sentido, que es lo que, digamos, narra en términos generales lo que sucedió, quién fue y qué se acordó en este.

Ellos mismos ponen las actas en nuestra cuestión, yo creo que si era muy importante que se valoraran las actas, pero no porque no se hayan valorado, vamos a decir “ah, pues no se valoraron”, si hubiéramos valorado, si nos hubiéramos dado cuenta de que en esa actas está esa información, de qué fue lo que ocurrió y aconteció en esas asambleas, no si hubo dos asambleas, en ese sentido.

Entonces yo insisto, no porque en el recurso no lo hayamos valorado, pues como no lo valoramos, no; lo que tenemos que hacer es valorar, y por lo que sabemos de los lineamientos para la elaboración de esas

Page 50: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

actas para ese proyecto, deben de cumplir con una serie de requisitos que dan cuenta de lo que sucedió en la propia asamblea.

Comisionado Salvador Guerrero.

C. SALVADOR GUERRERO CHIPRÉS.- Digo, todo estaría muy bien si hubiera pedido las actas.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Las tenemos aquí, las 708.

C. SALVADOR GUERRERO CHIPRÉS.- No, quiero decir que el argumento del Comisionado estaría muy bien, si hubiera pedido las actas, pero pidió informes. De acuerdo, pero las actas es distinto de un informe, es distinto, un acta de asamblea, tú lo sabes muy bien, en una empresa, en un sindicato, es distinto que un informe. No es lo mismo, puede ser una ficha, un informe, y otra es un acta.

Entonces lo que pide el solicitante, digo, no es por polemizar con nadie, sino simplemente porque ahí dice que solicita informes, solicito los informes, no las actas. Digo, si le vamos a mandar la planilla y decirle “no, es que tú lo que realmente querías decir es quiero las actas”, pues okey, estaremos en esa lógica, pero creo que ninguno de nosotros estamos en ella. Aquí dice “solicita informes que se le entregan”, no se le entregan actas. Entonces por qué reclamarle que se le entreguen actas, si lo que pide, por lo que se queja es porque no se le entregaron esos informes.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Gracias.

Comisionada Areli Cano.

C. ARELI CANO GUADIANA.- Sí. Creo que nos vamos a enfrentar no solamente en estos recursos. Vienen otros recursos donde están solicitando este tipo de proyectos del Programa de Mejoramiento Barrial, y me parece que el Instituto con justa razón, o con allegarse de mayores elementos está pidiendo o expedientes o las actas correspondientes, pero sí creo que hay que atender qué es lo que está pidiendo el solicitante, porque parece que nosotros estamos cubriendo, como pedimos las cosas, entonces darle acceso a todo eso que nosotros estamos pidiendo para mejor proveer nuestras

Page 51: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

resoluciones. Sí nos son útiles, por supuesto, tener el expediente, tener las actas, pero lo que está pidiendo aquí son informes presentados a la Secretaría, estos informes, según la respuesta complementaria que se nos relata aquí en el proyecto, contienen una serie de rubros, folio, folio nuevo, nombre, delegación, clave, nombre y fecha, donde se pueden advertir los datos que solicita el ahora recurrente, propiamente no está pidiendo las actas. Si nosotros le decimos “pues ten acceso a las actas”, eso no lo está pidiendo, está pidiendo información sobre dónde da cuenta de las asambleas vecinales.

Y con la segunda respuesta complementaria, que seguramente quizá hubo procesamiento para detectar esos datos, pero se le entregó y satisface, me parece, yo creo que no hay que confundir si pide actas o pide propiamente un informe, yo creo que satisface e insistiré yo ya por sobreseer.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Comisionado Agustín Millán.

C. AGUSTÍN MILLÁN GÓMEZ.- Yo estoy de acuerdo con el sentido de la resolución de sobreseer, sin embargo no dejo de advertir que cuando se presenta el escrito recursal en su fase de agravios, en la parte de agravios, la conclusión refiere: al no proporcionar la información solicitada, la autoridad responsable no permite conocer al recurrente, si se dieron las condiciones establecidas en la norma citada –es decir, en las reglas-, para otorgar el aval”. Es decir, si la asamblea vecinal se desarrolló sin incidentes o hechos que pudieran considerarse como elementos de presión a la libre voluntad de los asistentes.

Entonces eso te puede llevar a, más que un informe requerías un acta de las asambleas vecinales, donde la mayoría de los asistentes se pronunciaron por apoyar determinados proyectos.

Eso lo tenemos, insisto, en el escrito recursal.

Viene una respuesta complementaria, donde la autoridad está dando mayores elementos, otra vez, para decir “estos fueron los proyectos que fueron avalados, que cumplieron los requisitos”, pero tampoco

Page 52: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

sabemos cuáles quedaron fuera, a pesar de que también pudieran haber reunido los requisitos.

Aquí tenemos un problema, como en muchas otras ocasiones, de solicitudes y de recursos, en términos de que estoy pidiendo algo que a lo mejor para mi es claro y la autoridad no lo entiende. Ciertamente pidió informes, no pidió actas, y nos percatamos realmente que quiere ya una información relacionada con el procedimiento deliberativo en dos asambleas vecinales, para determinar la viabilidad de los proyectos que fueron aprobados en esas dos asambleas en el marco del Programa de Mejoramiento Barrial.

En principio creo que la respuesta complementaria relacionada con la solicitud de información original, es consistente, le está dando la información que pidió, la información de informes. Ahí está documentada en la información complementaria.

Pero insisto, da también para irse en el sentido de modificar y hasta de revocar, pues sí, digo, si uno atiende la parte recursal, digo.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Comisionado Oscar Guerra.

C. OSCAR GUERRA FORD.- A ver, el título de lo que le dan se llama “Relación de actas, constancias y listas de asistencia”, yo no veo dónde dice “Relación de informes de las actas”, no veo.

El título del cuadro este que ya tienen, que lo hacen, dice “Relación de actas, constancias y listas de asistencia de las asambleas vecinales”, no dice “Relación de informes de las asambleas vecinales”, porque puedes hacer una relación de informes, le abres aquí una, aspectos relevantes de la asamblea, y entonces ya le pones “bueno, se presentaron tres proyectos y tal”, y la resumes y haces un informe.

Si no tienes esa información, tú le tienes que llevar a donde se encuentra esa información, no se la vas a procesar, y ¿dónde se encuentra esa información de lo que aconteció? Pues en, sí, le va a decir “yo no hago informes, no hago resúmenes de actas”, entonces ahí está el acta, no proceso, “ve al acta y ahí tendrás tú informe”. Esto no es un informe, es una relación de asambleas.

Page 53: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

Entonces simplemente, como dice el Comisionado Millán, se puede ver medio vacío o medio lleno.

Por alusiones personales, Comisionado Millán.

C. AGUSTÍN MILLÁN GÓMEZ.- Gracias, Presidente.

Yo no he visto en las reglas de operación de este Programa de Mejoramiento Barrial, y me metí a estudiarlo, que haya la obligación de hacer un acta de asamblea, propiamente no hay, no, hay que llenar unos formularios, perdónenme, de cuáles son los proyectos que reúnen requisitos, lístamelos, dime cuáles son, si cumplen con A, B y C, pero no es una narrativa. Y entonces estamos hablando de cosas distintas, aquí estamos sobre interpretando, por eso insisto, el escrito recursal, lo que plantea en su parte conclusiva es “quiero ver el proceso deliberativo, si el asamblea se llevó de acuerdo con las condiciones establecidas, si”, en fin, es más a un proceso deliberativo lo que está pidiendo en su escrito recursal, y ahí lo relaciona con el informe, pero no tenemos tampoco nada que evidencie que la autoridad tiene que hacer un acta de la asamblea, donde esté todo el proceso deliberativo, lo llena mediante formatos.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Vuelvo a insistir. En ese formato que tiene.

Intervención: (Inaudible, fuera de micrófono).

C. OSCAR GUERRA FORD.- Por eso, en tercera vuelta, voy en primera.

Intervención: Ya habló la tercera vuelta.

C. OSCAR GUERRA FORD.- ¿Ya hablé? Ah, perdón. Comisionado Jorge Bustillos, adelante.

C. JORGE BUSTILLOS ROQUEÑÍ.- Sí.

Siguiendo esta lógica, lo que debe, o sea, un informe que dé cuenta de las asambleas, no puede hacer dos cuadros en donde ella se,

Page 54: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

asamblea uno, asamblea dos. Ese no es ningún informe, y trayendo a cuenta la alusión que hace el Comisionado Guerrero, un acta puede contener una información mayor que simplemente decir “la asamblea equis, fecha tal, asistentes tantos”, sino un informe.

En el mismo oficio de la autoridad, en el 481 del 09, habla de este informe, comprende 708 actas asamblea, con el objetivo de otorgar el aval a los planes de proyectos comunitarios, entonces ahí, y ligándolo con, en la observación que hacía el Comisionado Millán, en el agravio en donde precisamente es simplemente esas referencias no le permiten advertir las condiciones en las que se desenvolvió la asamblea, es, yo siento, que suficiente argumento para subrayar que cuando pide un informe que dé cuenta de un evento, no únicamente se refiere a que diga “el evento se celebró el 27 de abril”, ¿sí? Si no, precisamente esa información debe de estar referida en el acta, una de las actas que nos entrega, que nos hace ver el ente público. Contiene una información sobre cómo se llevó a cabo, cómo tuvo lugar la asamblea misma.

Entonces creo que, no incrementando, sino advirtiendo exactamente que se pide informes que den cuenta de la asamblea, no está satisfecho con un cuadro en donde diga “en Iztacalco, en la colonia Agrícola, tal día”.

Entonces por eso es que no subsiste nada de la respuesta original, y se debe de revocar.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Aquellos comisionados que estén de acuerdo en una cuarta vuelta.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Comisionado Oscar Guerra.

C. OSCAR GUERRA FORD.- A ver, Comisionado, sí, el acta tiene un formato, y qué bueno, porque son muchísimas, entonces con el objeto, pero es un acta que tiene un formato que hay que llenar, en donde están una serie de cuestiones, bueno, eso es un acta que tiene un formato, hay actas que no tienen formatos, hay actas que sí tienen formato. Esta tiene un formato, pero es un acta. Y en esa acta, lo que

Page 55: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

se narra es lo que sucedió en la asamblea bajo un esquema de formato, para poderlas procesar, etcétera.

El mismo, digamos, sujeto obligado, cuando manda el oficio este, manda el oficio de la relación y dice que ahí están las actas, no nos las entrega, pero dice que ahí están las actas, ahí está lo que hay que dar, ahí es donde él puede encontrar ese informe, y más, él se refiere a informe porque es un formato, como usted bien lo describe, donde se le informa de aquellos datos que ahí se levantaron, bajo ese formato que se le denomina acta.

Entonces yo insistiría en ese tipo de cuestiones en que sí deberíamos de hacer.

Me extraña con ese principio que usted siempre ha tenido, de la máxima publicidad y la interpretación amplia, que a veces no hemos coincidido, que ahora, cuando se habla de un informe, digamos que con tres columnas usted se conforme, digamos, entonces, cuando hay un documento que aparte se le está ofreciendo.

Nada más.

C. SALVADOR GUERRERO CHIPRÉS.- A ver, vamos a ver si podemos entendernos y construir, como diría mi querido colega Agustín Millán, que no es ni blanco ni negro, porque un informe no veo normativamente dónde esté detallado qué lo constituye, vamos a tratar de pensar, y un acta tampoco. O sea, ¿qué es? ¿Cuál es el límite entre un informe y un acta?

Cuando alguien solicita un informe, ¿qué quiere que contenga, qué elementos constituyen el informe? Porque tampoco es como dice mi querido colega Jorge Bustillos, que solo se dice que hubo la sesión, no, se dicen “hay unos asistentes, hay unos que tienen derecho a voto, hay unos que votaron, así, al menos ahí hay seis o siete datos más, no sólo hay un dato, no sólo hay dos datos”.

¿Cuántos datos constituyen el informe? ¿Cuántos datos o a partid de cuántos datos, o a partir de qué inclusión entre cualitativo y cuantitativo, narrativa y números, podemos hablar de un acta? No podemos determinarlo.

Page 56: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

Ahora, yo estoy consciente, y en eso comparto la opinión con el Comisionado Bustillos, de que como ocurrió en la Súper Vía 5, la Súper Vía Poniente, cuando pedimos el acta de la sesión de diciembre del año pasado, aparentemente en ese sentido, habría que verla, yo no la he visto. O sea, ¿en ese acta qué hay, hay un informe o un acta? ¿Qué constituye un acta? Eso es para después, ¿no? Pero en principio, para entender esta discusión y no darle la vuelta, aquí podríamos decir que hay datos que pueden ser constitutivos de un informe, que no son definitivamente de un acta, que él pidió informes, entonces en consecuencia es posible decir que entregó informes.

Ahora, en todo caso, ¿de dónde revocar? Pues revocar si no subsistiera nada, pero el mismo Comisionado Bustillos asume que hay una parte que subsiste, así sea mínima, que no la considera informe, hay un, ocurrió tal día, en tal lugar, y ya, se detiene ahí pero no menciona las cuatro otras celdas donde se dice que votación y demás.

Entonces el problema para nosotros es determinar si debemos decirle al recurrente o sustituir la inquietud del recurrente, o complementar las omisiones en la intención del recurrente y decirle, en otras palabras “sustituir la queja y no la suplencia de la queja”, y plantear que él quería en realidad una narrativa con números, quién propuso, quién constituía la mesa, cómo se desarrolló la discusión, hubo sombrerazos, hubo cerrón, qué pasó. Entonces no pregunta eso.

Y, por otra parte, también nuestra obligación, se ha dicho aquí varias veces, es de carácter didáctico, cómo contribuimos también a que el ciudadano, que de por sí ya es en la Ciudad de México el más sofisticado, según nos dice el CIDE, cómo contribuimos, cómo le hacemos para que ellos nos hagan preguntas más específicas.

Quiero un informe en que incluya mi integración de la mesa, votación para la mesa, duración de la asamblea, estuvo presente un funcionario de tal lugar o no estuvo presente, etcétera, todos esos elementos que constituirían un elemento más complejo, o que nos permitirían dirigirnos hacia lo que él busca.

O sea, se llame informe o se llame acta, hay que satisfacer la inquietud específica.

Page 57: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

Gracias.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Comisionada Areli Cano.

C. ARELI CANO GUADIANA.- Sí. A ver, yo insistiría en qué es lo que pide el solicitante. El solicitante pide informes presentados a la Secretaría de Desarrollo Social por la Subsecretaría de Participación Ciudadana, en donde esta Subsecretaría da cuenta, da cuenta de la asamblea vecinal llevada a cabo en la colonia Agrícola Orienta, con motivo de los Proyectos de Mejoramiento.

Acabamos de resolver uno donde estaba pidiendo, no el dictamen, sino las valoraciones, es decir, por qué, qué motivación tuvo la Secretaría para privilegiar en un primer momento esto. Aquí está pidiendo “dame el informe que dé cuenta de ese proyecto, que dé cuenta, que informe”, y me parece que este informe donde aparece folio, nombre del proyecto, delegación, clave, fecha, asistentes, los votos, se entregó constancia o no, sí, sí, sí, no, etcétera. Me parece que es una información que cubre, o que da cuenta de este proyecto. Si hubiese pedido motivaciones o por qué decidiste, ¡ah! Entonces sí, vámonos al acta, donde seguramente la Secretaría tendrá fundamentos y motivaciones de determinado proyecto, pero me parece que esta información da cuenta de las asambleas llevadas a cabo en la colonia Agrícola con motivo del Mejoramiento Barrial.

Entonces ahí yo daría que es por sobreseer.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Entonces voy a someter a votación, hay dos propuestas. Una que es la que viene en el proyecto, de que se sobresea el recurso. Los que estén a favor, favor de levantar la mano, sobreseer, sí.

Los que estén a favor de que se revoque el recurso para que se entregue como parte del informe el acta correspondiente a estas dos asambleas, favor de levantar la mano.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Los términos de votación de este recurso 970/2010 es el siguiente:

Page 58: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

La propuesta de que el sentido de la resolución sea sobreseer, tal y como viene en el proyecto, tres votos de los comisionados Areli Cano, Salvador Guerrero, Agustín Millán.

De la propuesta de revocar dos votos, del Comisionado Oscar Guerra, Jorge Bustillos.

En tanto que sobreseer, se va a precisar el por qué la segunda respuesta se satisface, obviamente habrá que atender la solicitud de la solicitud, los términos de la solicitud.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Pasaríamos al siguiente recurso.

C. TEODORO ANTONIO SERRALDE MEDINA.- Se expone el recurso 912 del 2010, referente a la Secretaría de Finanzas, en donde se solicitaron cuatro puntos relacionados con los recursos asignados por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a proyectos delegacionales etiquetados de la delegación Milpa Alta.

El motivo de la queja es en virtud de la entrega de información incompleta.

Las manifestaciones del particular son en el sentido de que el ente no proporcionó la información consistente en los documentos en que se describan los proyectos, montos, capítulos, partidas y actividades institucionales de cada uno de los proyectos delegacionales etiquetados de Milpa Alta. El proyecto toma como consideraciones que en las constancias del Sistema INFOMEX se advierte un pronunciamiento expreso en que por parte del ente público manifestó su incompetencia para atender el punto uno de la solicitud, por lo que orientó a la delegación Milpa Alta.

Del estudio de la normatividad aplicable se desprende que la Secretaría debe controlar el ejercicio presupuestal de las delegaciones, además de las pruebas que adjuntó a su respuesta, se advierte que cuenta con información relativa, montos, capítulos y partidas de cada uno de los proyectos delegacionales etiquetados, por lo que debió pronunciarse respecto de los mismos.

Page 59: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

Con base en lo anterior, se propone lo anterior en el sentido de modificar la respuesta y ordenar al ente público que entregue al particular la información relativa a proyectos, montos, capítulos, partidas y actividades institucionales de cada uno de los proyectos delegacionales etiquetados. De no contar con ella en su totalidad, deberá expresar los motivos y fundamentos a que haya lugar, así como orientar al particular para que presente su solicitud ante la delegación Milpa Alta.

Es cuanto.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Comisionado Jorge Bustillos.

Adelante, Comisionado Bustillos. Si no llegó primero, entonces.

C. JORGE BUSTILLOS ROQUEÑÍ.- Bueno, estoy de acuerdo en que modifiquemos, porque incluso creo que la Secretaría de Finanzas estuvo en condiciones de darle documentos relacionados con el cambio, la modificación que autorizó a propósito de la petición hecha, o la comunicación hecha por el órgano legislativo a la Secretaría de Finanzas para autorizar una afectación, lástima que el particular no se quejó de la falta de este documento, pero creo que sí se le debe de entregar al particular aspectos relacionados con ello, o bien, dijéramos, no advertimos por qué la Secretaría de Finanzas no tiene estos elementos que lo llevan a etiquetar recursos, como son las partidas o los capítulos a los que van dirigidos los mismos.

Más aún cuando tenemos un referente en donde a propósito del proyecto referido, la manufactura del nopal en la demarcación, se advierte cómo se encuentran relacionados los aspectos del uso de los recursos por capítulos, partidas y montos, al respecto.

Entonces por ello creo que está bien ordenarle al ente entregar al particular información relacionada con ello, y, en caso de no contar con parte de la información ya señalada, debe dar cumplimiento al procedimiento al que se refiere el último párrafo del Artículo 50.

Lo que me parece que debemos corregir en este proyecto, es el resolutivo tres, o sea, ya identificamos que este tema lo tiene la Secretaría de Finanzas, debe de tenerlo, a menos que hubiera una

Page 60: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

consideración en donde este tipo de proyectos etiquetados basta con que se diga “proyectos etiquetados, el nopal de la demarcación, 95 mil pesos”, y no se advierta de qué, a qué capítulo o a qué partida corresponden los gastos, cuando se tiene información de cómo están referidos algunos de los gastos.

De tal suerte que lo que propongo simplemente es que en esta resolución sea suprimida la tercera parte del resolutivo, en donde se habla de que la información, en todo caso, también sea requerida a la delegación Milpa Alta.

Esta información la debe de tener la Secretaría de Finanzas y, en su caso, debe pronunciarse sobre lo mismo. Si no, sería interesante que la Dirección Jurídica nos diga qué es lo que advirtió, por qué esta aparente como contradicción o complemento que se puede encontrar en Milpa Alta, sobre lo que se está requiriendo.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Comisionado Oscar Guerra.

C. OSCAR GUERRA FORD.- De acuerdo, como lo acaba de decir el Comisionado Bustillos, simplemente aquí está, digamos, en la Secretaría de Finanzas en su portal, los proyectos que tienen las diversas delegaciones, imprimimos la de Milpa Alta, y está cuánto tiene el capítulo 1000, el 2000, el 3000, está la unidad de medida, está la meta que se ponen y obviamente la acción institucional, etcétera.

Sí es una información que tienen, que no entiendo por qué mandaron a Milpa Alta. Milpa Alta también la debe de tener, obviamente, pero si ellos la detentan, la tienen, la deben de entregar. Y bueno, sí obviamente, ya quitar la orientación.

También se propone adicionar un considerando que señale que mediante acuerdo del 8 de septiembre del presente año, se amplió el caso para resolver el presente recurso, porque no está en el proyecto.

Sí, el considerando, sí. Resultando, perdón, Comisionada, es esta novatez en lo jurídico.

Comisionado Agustín Millán.

Page 61: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

C. AGUSTÍN MILLÁN GÓMEZ.- A ver, yo estoy de acuerdo con el sentido de la respuesta de modificar, y también traía la observación de omitir el resolutivo tercero, de orientar hacia la delegación Milpa Alta, porque ya lo hizo de origen, y es por lo cual está recurriendo la respuesta.

Evidentemente la Secretaría de Finanzas tiene la obligación normativa de contar con esa información, y cuando uno se mete al portal de la Secretaría de Finanzas para ver los presupuestos de egresos, está considerado el rubro de proyectos etiquetados por delegación, si bien el listado de prácticamente la mayoría de delegaciones, por un monto total de mil 500 millones de pesos, y si no mal me equivoco, eran 49 millones para la delegación Milpa Alta.

Lo que sí tengo dudas es si la Secretaría de Finanzas, realmente, Oscar, tiene el detalle que puede tener la delegación Milpa Alta, por eso el proyecto concluye en su resolutivo tercero hacer una orientación.

En todo caso, creo que lo deberíamos se incorporar como un razonamiento dentro del considerando cuarto, advirtiendo que ya se había hecho esa orientación, y que sin lugar a dudas, la delegación Milpa Alta deberá de tener mayor nivel de detalle por lo que se refiere a los proyectos, pero por lo que se refiere a la estructura programática presupuestal, la misma información que tiene Milpa Alta la tiene la Secretaría de Finanzas, de eso no hay la menor duda, porque la Secretaría de Finanzas ha suministrado un sistema de información contable y presupuestal.

Pero ya información de mayor nivel de detalle, los proyectos en concreto, esa información la tiene la delegación Milpa Alta.

O sea, lo que estamos diciendo es, fue mala la respuesta inicial de la autoridad, o sea, no suficiente, porque ellos tenían información.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Por alusiones personales, Comisionado Oscar Guerra.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Comisionado, le agradezco.

Page 62: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

Lo que pasa es lo que está pidiendo sí tiene los proyectos, ahí está, si tiene los montos por proyecto, sí tiene los capítulos, es el 1000, 2000, lo que no tiene en este son las partidas, probablemente, específicas, eso habría que justificarlo.

Las actividades institucionales también las tiene, entonces en esa hoja está todo eso, sí lo tiene. Entonces obviamente lo puede entregar.

Pásaselo al Comisionado, porque siempre me dice que no, no sé por qué, ahí están para que las vea.

Adelante.

C. AGUSTÍN MILLÁN GÓMEZ.- A mi amigo Oscar Guerra yo no aludí, nada más pedí una moción de orden para que me pusiera atención, exclusivamente, ¿okey? Pero ya.

C. OSCAR GUERRA FORD.- ¿Alguien más?

Segunda vuelta, Comisionado Agustín Millán.

C. AGUSTÍN MILLÁN GÓMEZ.- El hecho de que venga aquí la descripción del proyecto o la nomenclatura del proyecto, no significa que tengan el proyecto. Ese es el punto, ese es el detalle.

La descripción del proyecto. Voy a poner una nave industrial en tal terreno, donde va a haber tantos trabajadores, mi producción va a ser de tal tipo. La denominación del proyecto la tiene la Secretaría de Finanzas, si no, cómo da un recurso etiquetado. O sea, de eso no hay discusión, tienen la misma información programático presupuestal, pero el detalle lo tiene la delegación Milpa Alta.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Licenciado Teodoro.

C. TEODORO ANTONIO SERRALDE MEDINA.- Si bien es cierto que la última parte ya la tenía la respuesta, la idea de meterla fue en el sentido de hacer énfasis en la parte de la ejecución y el detalle de los proyectos, incluso si nosotros nos damos cuenta de los documentos que le entregan en la afectación presupuestal, hay cambios en la

Page 63: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

denominación del propio proyecto, y hay cambios en la afectación presupuestal que se nos está avisando, precisamente para que haga las modificaciones correspondientes.

Y a partir de ahí, incluso, en el último párrafo antes de dar la orden de la modificación, viene la parte correspondiente a que no obstante de todo lo que ya se había considerado, la delegación debe tener la información solicitada, incluso con mayor detalle respecto de su proyecto, programación y ejecución, que es lo que me parece que es la parte que podría enriquecer para efectos de orientar al particular a que le pueda preguntar a la delegación Milpa Alta, y que la delegación Milpa Alta le pudiera dar esa información correspondiente.

Así es.

Y a lo mejor sí, efectivamente, bueno, fue, para que fuera congruente con esta última parte de la consideración, la parte de la orden, pero coincido que la respuesta ya la tenía, pero lo que queríamos era, digamos, enfatizar el efecto para qué era la orientación correspondiente. Es decir, hay cierta información que es genérica derivado de que está en el proyecto de presupuesto, pero la ejecución, como bien lo comentaba el Comisionado Millán, la tiene en mayor grado de detalle y actualizada con la delegación Milpa Alta.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Lo voy a someter a votación, todos estamos.

Comisionado Jorge Bustillos.

C. JORGE BUSTILLOS ROQUEÑÍ.- Una consideración nada más.

Aquí no estoy seguro si debamos ampliar el plazo para esta respuesta o no, por el contenido de la misma, no sé si son los cinco días suficientes para lo mismo.

¿Sí? Bueno, okey.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Se va a someter a votación. Aquellos comisionados que estén de acuerdo en que el sentido sea modificar para que se entregue el punto uno de la solicitud, a nivel de detalle

Page 64: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

que se tenga. Y nada más, obviamente quitar la segunda parte, aunque esto ya se realizó la orientación.

Es lo que usted propuso, Comisionado.

Por eso, en el tercer resolutivo. O sea, yo no hablé del resolutivo, quitar la parte de la orientación, porque ya se había hecho, fue lo que usted dijo que yo propuse, entonces creo que estamos de acuerdo.

Entonces aquellos comisionados que estén de acuerdo en modificar en ese sentido, favor de levantar la mano.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Por unanimidad, se aprueba el proyecto de resolución 912/2010.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Pasamos al siguiente recurso.

C. TEODORO ANTONIO SERRALDE MEDINA.- Se procede a exponer el recurso 918, 919 y 920 acumulados, referente a información del listado del fondo revolvente de octubre de 2009 a mayo de 2010, y copias de las facturas de diciembre de 2009, enero y abril de 2010, de las direcciones generales de Jurídico y de Gobierno, de Obras y Desarrollo Urbano y de Administración.

El motivo de la queja es en virtud de la respuesta antijurídica y carente de fundamentación y motivación.

Las manifestaciones del particular son en el sentido de que las direcciones generales Jurídica y de Gobierno, y de Administración, dieron de acceso en consulta directa, mientras que la de Obras y Desarrollo Urbano, en modalidad electrónica elegida por el recurrente.

El proyecto toma como consideraciones que durante la sustanciación del presente recurso, el ente público notificó una respuesta en alcance proporcionando el acceso en copia simple, sin embargo, de la misma se advierte que cuenta con información en formato digital, así como con los medios de entregarla en la modalidad electrónica, por lo que se actualiza la causal de sobreseimiento prevista en el Artículo 84, fracción cuarta de la Ley de Transparencia. Por lo que no se actualiza la causal de sobreseimiento.

Page 65: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

De las constancias que obran en el expediente se advierte que los agravios esgrimidos contra las respuestas a las solicitudes que dieron origen a los recursos 918 y 920 son fundados, entonces existe la presunción de que el ente público cuenta con la información en formato digital, mientras que en relación con la respuesta a la solicitud de origen, en recurso 19 se estima infundado, porque proporcionó el acceso en el medio elegido.

Con base en lo anterior, se propone el proyecto, por una parte, en cuanto a confirmar la respuesta del recurso 919 del 2010, y por otra parte, modificar lo que se refiere a las respuestas de los recursos 918 y 920, ordenando al ente que entregue a través del acceso en la modalidad seleccionada por el recurrente.

Es cuanto, comisionados.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Antes de tomar la palabra, señores comisionados, quiero agradecer la asistencia en esta sesión del Pleno de la licenciada Irene López y la licenciada Gabriela Mendoza, secretaria de la Secretaría de Finanzas; el licenciado Alberto Balderas, de la Policía Auxiliar del Distrito Federal; del licenciado Jaime González, del Sistema de Aguas de la Ciudad de México; del licenciado Reynaldo López Martínez, delegación Coyoacán, y del licenciado Ricardo Argudín, de la delegación Tlalpan.

De verdad apreciamos su presencia, sobre todo en este día 15 de septiembre, que estén aquí y nos acompañen, que muchos ustedes están de descanso, aunque no es día inhábil en términos oficiales para INFOMEX.

Comisionado Jorge Bustillos.

C. JORGE BUSTILLOS ROQUEÑÍ.- Bueno, aquí en esta resolución tendríamos que retomar el criterio que hemos establecido para estos casos de recursos acumulados.

Si recordamos en la sesión antepasada, los casos de los recursos 821 y 822 fueron acumulados y resolvimos en un solo sentido ambos casos, aún cuando uno de ellos lo resolvíamos como confirmando. Y

Page 66: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

resolvimos en ese entonces que el sentido de la resolución debía ser modificar.

En este caso se nos presentan tres recursos, en donde advertimos que en un caso se confirma y en otros dos casos tenemos que modificar, por lo que podría ser, siguiendo esa lógica que aplicamos al 821 y 822, que el recurso acumulado se debe modificar, advirtiendo que en dos casos se está en falta de respuesta a la autoridad, y que se debe entregar la información, porque es explícito el propósito del particular de advertir qué información tiene en su poder la Dirección Jurídica, la Dirección Administrativa y la Dirección de Obras.

Con relación a las facturas que se requieren a las autoridades diferentes, sean entregadas, viene en el proyecto de resolución la propuesta de que estas sean entregadas en copia simple.

Yo considero que, dado que está demostrada la posibilidad de entregarse en forma digital el mismo documento, se ordene que sea entregada en la modalidad requerida.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Comisionado Oscar Guerra.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Bueno, por dos. Me gusta más esta propuesta que hace el Comisionado Bustillos, y que creo –digamos- sin ser un conocedor sobre el asunto, que cuando se acumulan, si ya es un solo recurso, debe haber un sentido de la resolución, y seguramente cumplen, parece que sí, con el argumento de poder acumular, dado que son término solicitante a la misma delegación, y en este caso sobre cosas similares, o bueno, iguales, simplemente a direcciones distintas.

Pero, porque bueno, también estábamos en el otro problema, que en dado caso el segundo no se tenía que confirmar, se tenía que haber sobreseído, digamos, porque ya no se prueba, las tres cosas quedan fuera de las litis, y ya no hay, digamos, existencia del acto impugnado.

Pero bueno, creo que es la solución, y la otra, bueno, que yo sé que no es la más importante, pero también incide que estadísticamente

Page 67: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

para nuestro índice de acceso, pues es mucho más fácil llevar una contabilidad, digamos, donde haya una sola orientación.

Se puede hacer con las otras dos, se suman también, pero hay que estar checando en aquellos recursos que se acumularon, cuáles fueron las diversas orientaciones de la resolución. En este caso mejor resolvamos uno por uno.

Pero creo que existe la posibilidad, y lo veo por de acumular, demos entonces una solución.

Si en una se contestó, digamos, correctamente, por decirlo de alguna forma, y en los otros dos no, como lo estamos viendo y lo ce el propio proyecto, pues creo que obviamente la resolución es modificar. Ahora, vamos a modificar para entregar aquella información, que es la misma que estamos hablando que se iba a entregar, simplemente en una construcción distinta.

Comisionado Agustín Millán.

C. AGUSTÍN MILLÁN GÓMEZ.- Bien.

Coincido con la propuesta del Comisionado Bustillos, creo que hay los elementos suficientes para modificar la respuesta de la autoridad en estos recursos que estamos acumulando, obviamente, no tendría que entrar ninguna consideración de carácter técnico relacionado con nuestro índice de acceso, para determinar que lo procedente es darle un solo sentido a la resolución. Evidentemente que en un recurso acumulado podemos y lo hemos hecho, tener determinadas resoluciones distintas, una respecto a otra.

Entiendo también las razones que da el Presidente, pero creo que las motivaciones y fundamentaciones las está dando con toda claridad el Comisionado Jorge Bustillos y también, digo, evidentemente para el caso del primer recurso había la posibilidad también de sobreseer, pero me voy más, insisto, por ¿perdón? El segundo, perdón, me voy por la consideración que está haciendo el Comisionado Bustillos.

Y para consideraciones futuras y ya lo hemos asentado en otras ocasiones, cuando estudiamos las causales de sobreseimiento me

Page 68: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

parece que debemos irnos por aquella que sabemos con toda precisión que no se cumple.

Aquí estamos estudiando una causal de sobreseimiento, le dedicamos dos páginas para decir: se confirma, sí se satisfizo esa causa y después entramos a una segunda causal para decir: ésta no se cumplió.

Mejor ya para fines del proyecto, una vez de que está perfectamente identificado cuál no se cumple, nos vamos directamente a incorporar ese razonamiento y nos vamos para adelante.

C. OSCAR GUERRA FORD.- ¿Alguien más?

Entonces, voy a someter a votación.

Simplemente tengo que informar que en la votación de este recurso, a partir de éste la votación será de 4 comisionados, el Comisionado Salvador Guerrero se ha ausentado para un asunto temporal.

Entonces, aquellos comisionados que estén de acuerdo que el sentido de los tres recursos, de este recurso, perdón, sea el de modificar ordenando la información que ahí se manifiesta en el propio recurso, favor de le levantar la mano.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Por unanimidad se aprueba el proyecto de resolución 918, acumulados 919, 929.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Entonces, pasaríamos al siguiente recurso.

C. TEODORO ANTONIO SERRALDE MEDINA.- Se exponen los recursos acumulados 921, 922 a 925, en donde se solicitaron de la revisión de la Cuenta Pública de 2005-2007, tres listados de los entes públicos a los que se les haya hecho una observación por incumplimiento administrativo contractual o en el ejercicio del gasto; listado de las obligaciones a las que les haya hecho una observación por deficiencias en el capítulo de ingresos.

Page 69: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

De la revisión de Cuenta Pública de 200 a 2007, un listado de los entes públicos a los que haya hecho una observación, porque no cuentan con la documentación que acredite el origen de los ingresos percibidos.

Motivo de la queja es en virtud de que la entrega de información es diversa a la solicitada. Las manifestaciones del particular son en el sentido de que le ofreció un informe en el que se encuentra la información, pero tampoco se le proporcionó.

El proyecto toma como consideraciones que del análisis conjunto de las solicitudes de acceso a la información y del escrito inicial, se aprecia que el particular desea un listado de los entes observados y de aquellos que les haya formulado recomendaciones.

Al momento de formular alegatos el ente público remitió un disco compacto con los informes de resultados de la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2000 a 2007, que contienen las observaciones y recomendaciones que formula la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a los entes auditados, de los que el particular puede obtener la información solicitada. Sin embargo, no la proporcionó al particular.

Con base en lo anterior se propone el proyecto en el sentido de modificar las respuestas y ordenar al ente público que proporcione los informes de resultados sobre la revisión de la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, correspondientes a los ejercicios 2000 a 2007, en disco compacto previo pago de los derechos correspondientes.

Es cuanto, comisionados.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Está a su consideración, comisionados.

Si no hay ninguna intervención, quien esté de acuerdo que el sentido de la resolución es modificar en los términos expuestos, por favor sírvanse levantar la mano.

Page 70: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

Por unanimidad se aprueba el proyecto de resolución 921, acumulados al 925.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Entonces, pasamos al siguiente recurso.

C. TEODORO ANTONIO SERRALDE MEDINA.- Se exponen los recursos 934 y 956 acumulados, referente a actos de la Delegación Gustavo A. Madero, en donde se solicitaron diversos contenidos de información relacionados con la adquisición de bienes.

El motivo de la queja es en virtud de la negativa de acceso a la información y respuesta antijurídica y carente de fundamentación y motivación.

Las manifestaciones del particular son en el sentido de que el recurrente se inconforma con las respuestas, porque a su juicio el ente público fue omiso en exponer las razones por las cuales pone a su disposición la información requerida en consulta directa, cuando eligió acceder a dicha información en copia simple, por lo que considera se le niega el acceso a la información.

El proyecto toma como consideraciones que del análisis de las respuestas impugnadas se advierte que, si bien es cierto el ente público no niega la información requerida, también lo es que omitió entregarla en la modalidad solicitada por la parte recurrente, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 54 de la Ley de la materia.

Con base en lo anterior se propone el proyecto en el sentido de modificar las respuestas impugnadas y ordenar al ente público que emita nuevas respuestas debidamente fundadas y motivadas, en las cuales se entrega al particular copia simple de los documentos que contengan la información requerida, previo el pago de derechos.

Es cuanto, comisionados.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Está a su consideración señores comisionados.

Comisionado Jorge Bustillos.

Page 71: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

C. JORGE BUSTILLOS ROQUEÑÍ.- En el pleno del 10 de septiembre se aprobaron también los recursos 931, 953, 954, que son semejantes al proyecto de resolución, por lo que sugeriría que se incorporaran en las observaciones expuestas en ese momento en aquellos recursos, que se amplié el plazo de cumplimiento de la resolución a diez días para la búsqueda y clasificación y 20 días para la entrega al recurrente. O sea, resolverlo en los mismos términos que hemos resuelto éstos, donde se pide la información sobre diversos contratos.

También, creo que aquí falta incorporar de manera puntual ordenarle que se notifique el recibo de pago, no nada más hablar del previo pago, sino notificarle el recibo de pago y sugeriría suprimir la referencia al cálculo de los costos de reproducción que se genere en la forma en que debe realizarse el pago, así como las instituciones autorizadas para tal efecto, el parrafito ese.

O sea, que se proporcione mejor, en sustitución de ello, la ficha de pago para cubrir los costos requeridos para entregarle la información, como le hicimos en los otros casos.

C. OSCAR GUERRA FORD.- De acuerdo, entonces voy a someter a votación.

Aquellos comisionados que estén a favor de que el proyecto se modifique en los términos expuestos, simplemente se ampliarían los plazos como lo hemos hecho en los otros, creo que es 10-5-10, más o menos el asunto, favor de levantar la mano.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Por unanimidad se aprueba el proyecto de resolución 934 y su acumulado 956.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Pasaríamos al siguiente recurso.

C. TEODORO ANTONIO SERRALDE MEDINA.- Se exponen los recursos 964 y 965 del 2010 acumulados, referente a actos de la Delegación Gustavo A. Madero, en donde se solicitó información relacionada con trabajadores agremiados a las secciones 5 y 20 del Sindicato Único de Trabajadores del Gobierno del Distrito Federal.

Page 72: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

El motivo de la queja es en virtud de la inconformidad con el contenido de la información.

Las manifestaciones del particular son en el sentido de que el ente público respondió que la información solicitada no es de su competencia, la cual considera inaceptable, pues es responsable de la administración, registro, control y supervisión de sus trabajadores.

El proyecto toma como consideraciones que de la revisión al manual administrativo del ente público se advierte que cuenta con información relacionada con el tipo de nómina, nivel salarial, lugar de trabajo y actividad de su personal, por lo que se encuentra en posibilidad de atender la solicitud de información.

Es importante precisar que la sección sindical es información pública, a pesar de que no forma parte de la estructura del ente público, debiéndose proporcionar de conformidad con el artículo 3 de la Ley de la materia.

Con base en lo anterior se propone el proyecto en el sentido de revocar la respuesta impugnada y ordenar al ente público que proporcione al particular el listado de sus trabajadores de base y lista de raya, base de nóminas 1 y 5, agremiados a las secciones 5 y 20 del Sindicato antes mencionado, actualizado al 30 de junio de 2010, que contenga tipo de nómina, nivel salarial, sección sindical, nombre, lugar de trabajo y actividad real.

Es cuanto, comisionados.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Comisionado Agustín Millán.

C. AGUSTÍN MILLÁN GÓMEZ.- En el último párrafo de la página 27 que continúa en la 28, se dice: “Cabe precisar que si bien la sección sindical no forma parte de la estructura orgánica del ente público, sino del Sindicato Único de Trabajadores del Gobierno del Distrito Federal, ello no es un impedimento para que el sujeto obligado la proporcione, de conformidad con el artículo 3.

Page 73: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

Me llama mucho la atención esta aseveración categórica de que el personal sindicalizado no forma parte de la estructura orgánica de una delegación política o de alguna entidad pública del gobierno central.

Estoy de acuerdo que estos trabajadores de base están sindicalizados en un sindicato único de trabajadores, pero de ahí a aseverar de que no forman parte de la estructura orgánica, funcional, de la delegación a la cual están adscritos, me parece que hay un salto mortal que yo en lo personal no comparto y creo que eso lo deberíamos, no sé si de matizar o de suprimir.

Más adelante, en la página 28, que es el penúltimo párrafo, se hace una valoración con relación al formato mediante el cual está solicitando el particular la información, porque lo pide en formato de Excel y me parece que esa valoración es irrelevante.

O más seguro es que tenga esa información en un formato de Excel, pero me parece que es innecesario llegar a ese nivel de detalle, simplemente el párrafo siguiente, como está construido, me parece que es correcto: “La información requerida deberá ser proporcionada en medio electrónico, salvo que no obre en dicha modalidad.”

La particularidad de un Excel me parece que es irrelevante, o sea, se lo puede dar en un formato electrónico, en formato digital, en Word, es cumplir con el requerimiento de la información.

Ciertamente está pidiendo de manera específica un Excel, pero me parece que no es necesario hacer esa valoración. Con que se le entregue en formato electrónico la información de este personal sindicalizado, creo que era la nómina 05 y la 20, es más que suficiente.

Entonces, sugiero la posibilidad, insisto, de omitir este párrafo, la instrucción siguiente en el último párrafo es contundente, atender la modalidad requerida, que es en medio electrónico y ya.

C. ARELI CANO GUADIANA.- Sí, es con relación a la motivación que se hace sobre la sección sindical.

Page 74: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

Me parece que sí hay que introducir más que se trata de información pública, que es su naturaleza, decir qué es para considerarla como información pública, que no está descrito y la utilidad que tiene pues es precisamente saber a qué sección pertenece, particularmente para efectos públicos, muchas veces son comisionados determinados servidores públicos a un trabajo equis y evidentemente se requiere saber a qué sección pertenecen.

Entonces, sí agregaría yo aquí qué es lo que implica, no es parte de la estructura, coincido, cuando se dice que no forma parte de la estructura orgánica, no se trata de un dato que forma parte de la estructura, pero sí es un dato que identifica al funcionario público adherirse a una determinada sección.

Entonces, por eso es que es importante definir qué se entiende para por consecuencia decir que es información de naturaleza pública.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Comisionado Jorge Gustillos.

C. JORGE BUSTILLOS ROQUEÑÍ.- Con relación al párrafo que sugiere el Comisionado Millán suprimir, matizar y también coincido, no viene al caso y creo que resultaría mejor suprimirlo, porque podríamos entrar a un análisis de ese aspecto, pero diferentes formas, obviamente administrativamente incluso lo manejan de manera diferente para la captación de las cuotas sindicales, en fin, podría ser discutible eso.

Entonces, mejor quitarlo, no viene a cuenta y la modalidad, siempre se hace alusión a la forma como el particular está pidiendo la información y entonces se advierte, yo creo que como está advertido en el recurso no afecta.

Porque, dijéramos, por encima de eso se habla de atender la modalidad requerida, me refiero a la modalidad electrónica.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Entonces vamos a someter a votación el recurso.

Page 75: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

Aquellos comisionados que estén de acuerdo que el sentido sea revocar para entregarle la información que ha solicitado, en la modalidad igual solicitada, favor de levantar la mano.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Por unanimidad se aprueba el proyecto de resolución 964, 965 acumulados, obviamente se suprimirá ese párrafo que ya se señaló y se motivara el significado de la sección sindical.

Adicionalmente hay una nota en la presentación del jurídico que dice: se debe agregar a la orden que se entregue el dato a la sección sindical, toda vez que en el considerando cuarto de la resolución se determinó que dicho dato es información pública.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Entonces pasaríamos al siguiente recurso.

C. TEODORO ANTONIO SERRALDE MEDINA.- Se expone el recurso 936 del 2010 referente a actos de la Delegación Azcapotzalco, en donde se solicitaron diversos cuestionamientos relativos al Programa de Protección Civil de la Delegación.

El motivo de la queja es en virtud de que la información entregada no corresponde con lo solicitado, prórroga injustificable por la clasificación de la información.

Las manifestaciones del particular son en el sentido de que la respuesta no corresponde a lo solicitado, se invocó prórroga injustificada y el Comité de Transparencia declaró parte de la información como reservada.

El proyecto toma como consideraciones que durante la sustanciación del recurso el ente público únicamente satisfizo los puntos 1, inciso a), 2, 3, 4, incisos a) y b), 5, 6, 7, primera parte, 8, incisos a), b), c) y d).

La primera inconformidad resulta fundada porque el oficio de respuesta corresponde a una solicitud diversa.

El segundo agravio también resulta fundado por la información de los puntos 1, inciso b) y 7, no reviste el carácter de información de acceso

Page 76: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

restringido en la modalidad de reservada, por lo que incumplió con el principio de legalidad, además de que no cumplió con el elemento de la prueba de daño.

El tercer agravio también resulta fundado, pues el ente público no expuso las razones que justificaran la ampliación del plazo para responder la solicitud.

Sin embargo, es un acto consumado de imposible reparación, por lo que en lo sucesivo el ente público deberá fundamentar y motivar sus ampliaciones de plazo en cumplimiento al artículo 51 de la materia.

Con base en lo anterior se propone el proyecto en el sentido de revocar la respuesta y ordenar al ente público que emita pronunciamiento categórico a los puntos 4, inciso c), 8, incisos e) y 9, entregue el Programa Delegacional en Materia de Protección Civil aludido en el numeral uno e informe de los inmuebles ubicados en la demarcación, que cuentan con un programa de protección civil, con su nombre y ubicación, a fin de satisfacer el punto siete de la solicitud.

Es cuanto, comisionados.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Está a su consideración señores comisionados.

Todos aquellos comisionados que estén de acuerdo que el sentido sea revocar en los términos expuestos, favor de levantar la mano.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Por unanimidad se aprueba el proyecto de resolución RR-936/2010.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Entonces pasaríamos al siguiente recurso.

C. TEODORO ANTONIO SERRALDE MEDINA.- Se expone el recurso 937 del 2010 referente a actos de la Delegación Milpa Alta, en donde se solicitó información referente a

1.- Cantidad de cartón que adquirió la citada delegación para el ejercicio 2010.

Page 77: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

2.- a).- Cuáles fueron los criterios de distribución. b).- Cuáles es la cantidad del remanente, si existe y, c).- La ubicación de su almacenamiento en este ejercicio.

3.- Se proporcione vía electrónica o escaneada del padrón de beneficiarios, debidamente soportado conforme a la normatividad aplicable durante los ejercicios 2007, 2008, 2009 y 2010.

El motivo de la queja es en virtud de que la información entregada es incompleta.

Las manifestaciones del particular son en cuanto a que la información proporcionada es incompleta, falta la información de los puntos 2, incisos a), b) y c), así como 3.

El proyecto toma como consideraciones que el sujeto obligado proporcionó la información solicitada en el punto 1 y fue omiso de pronunciarse sobre los requerimientos identificados con los numerales 2 y 3 de la solicitud que nos ocupa.

Con base en lo anterior se propone el proyecto en el sentido de modificar la respuesta impugnada y ordenar al ente público que emita una nueva debidamente fundada y motivada, en la cual proporcione al particular la información requerida en los puntos 2, incisos a), b) y c), únicamente respecto del ejercicio 2010 y proporcione al particular versión pública del contenido de información número 3 que se suprima la edad de los beneficiarios, al tratarse de información confidencial, con fundamento en el artículo 38 de la Ley de la materia, siguiendo el procedimiento a que se refiere el artículo 50 del ordenamiento jurídico citado.

Es cuanto, comisionados.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Comisionado Jorge Bustillos.

C. JORGE BUSTILLOS ROQUEÑÍ.- Nada más observando que la información que se proporcione se haga en versión pública, porque, no, bueno, creo que sí está considerado, ¿verdad? Por lo de la edad.

Page 78: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

C. OSCAR GUERRA FORD.- Para la votación ya se ha incorporado el Comisionados Salvador Guerrero.

Todos aquellos comisionados que estén de acuerdo que el sentido sea revocar en los términos expuestos, favor de levantar la mano.

Perdón, aquellos que estén de acuerdo que el sentido sea modificar en los términos expuestos, favor de levantar la mano.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Por unanimidad se aprueba el proyecto de resolución 937/2010.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Entonces pasaríamos al siguiente recurso.

C. TEODORO ANTONIO SERRALDE MEDINA.- Se expone el recurso 938 del 2010 referente a actos de la Procuraduría General de Justicia, en donde se solicitó respecto de los años 1990, 1995, 2000, 2005 y 2009, información relacionada con:

1.- Veinte principales delitos.

2.- Número de averiguaciones previas iniciadas.

3.- Número de consignaciones con detenido y sin detenido.

4.- Número de sentenciados.

5.- Número de procesados y de prevención preventiva.

6.- Número de fugados.

7.- Número de fallecidos y muertos en prisión sentenciados.

8.- Número de personas que ingresaron y egresaron por sentencia y por prisión preventiva indicando el sexo.

El motivo de la queja es en virtud de la entrega de información incompleta.

Page 79: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

Las manifestaciones del particular son en el sentido de que el ente público únicamente proporcionó la información correspondiente a 2009, sin abarcar la totalidad de los conceptos requeridos.

No le envió la información por correo, además de que no funda ni motiva la falta de información requerida ni orienta al particular en dónde pueda encontrarla.

El proyecto toma como consideraciones que del análisis de la respuesta impugnada, así como de las atribuciones del sujeto obligado, se advirtió que posee datos e informes de las averiguaciones registradas en sus sistemas, mismas que constituyen la base de los reportes estadísticos de la Dirección General de Política y Estadística criminal del ente público recurrido.

El proyecto se propone en el sentido de modificar la respuesta impugnada y ordenar al ente público que proporcione en medio electrónico la información solicitada en el numeral 1, respecto a los años 90 y 95 y únicamente los siete faltantes de 2000, 2005 y 2007, conforme al desglose requerido.

La información requerida en el punto 2 y la solicitada en el punto 3 únicamente respecto de los años 90, 95 y 2000, para el supuesto de que no se detente conforme al desglose y periodo antes señalado, deberá hacerlo del conocimiento del particular, expresando los motivos y fundamentos a que hubiere lugar.

Es cuanto, comisionados.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Está a su consideración señores comisionados.

S no hay ninguna observación, aquellos comisionados que estén de acuerdo que el sentido sea modificar en los términos expuestos, favor de levantar la mano.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Por unanimidad se aprueba el proyecto de resolución 938/2010.

Page 80: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

C. OSCAR GUERRA FORD.- Pasaríamos al siguiente recurso.

C. TEODORO ANTONIO SERRALDE MEDINA.- Se expone el recurso 943 del 2010 referente a actos de la Delegación Cuauhtémoc, en donde se solicitó presupuesto anual dirigido a programas de espacio público que se han llevado a cabo en la Delegación entre 2000 y 2009.

El motivo de la queja es virtud de la inconformidad con el contenido de la información.

Las manifestaciones del particular son en el sentido de que la información entregada no corresponde con la solicitada.

El proyecto toma como consideraciones que durante la sustanciación del recurso de revisión el ente público notificó una respuesta señalando categóricamente que no cuenta con una partida presupuestal para programas de espacio público, con lo cual se dio vista al recurrente, actualizándose los requisitos exigidos por la causal de sobreseimiento establecidos en el artículo 84, fracción IV de la Ley de Transparencia.

Con base en lo anterior se propone el proyecto en el sentido de sobreseerlo, en virtud de la actualización de los supuestos del artículo 84, fracción IV.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Está a su consideración comisionados ciudadanos.

Si no hay ninguna intervención, quien esté de acuerdo que el sentido de la resolución es sobreseer el recurso, favor de levantar la mano.

Por unanimidad se aprueba el proyecto de resolución 943/2010.

C. TEODORO ANTONIO SERRALDE MEDINA.- Se expone el recurso 945 de 2010, referente a actos de la Delegación Álvaro Obregón en donde se solicitó información referente a:

1.- Relación de actividades, eventos.

2.- Reuniones con organizaciones vecinales no gubernamentales.

Page 81: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

3.- Reuniones con otros jefes delegacionales, secretarios del gobierno capitalino, funcionarios federales.

4.- Reuniones con legisladores locales y federales.

5.- Definir la fecha motivo de la reunión, resultado y lugar, en el periodo comprendido del primero de octubre de 2009 a 9 de marzo de 2010, de las reuniones o actividades a que aluden los puntos anteriores.

El motivo de la queja es en virtud de la negativa de acceso a la información.

Las manifestaciones del particular son en el sentido de que el ente público atenta contra su derecho de información al omitir la entrega de respuesta.

El proyecto toma como consideraciones que el particular atendió la prevención a su solicitud en tiempo y forma, manifestando expresamente que la solicitud estaba dirigida a la Agenda de Actividades del Jefe Delegacional, por lo que el ente público debió atender la solicitud de acceso a la información.

Con base en lo anterior se propone el proyecto en el sentido de revocar la respuesta impugnada y ordenar al ente público que entregue los documentos que contenga la información solicitada.

Asimismo se propone dar vista al Contraloría General del Distrito Federal.

Es cuanto, comisionados.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Comisionado Oscar Guerra.

C. OSCAR GUERRA FORD.- De acuerdo con el sentido simplemente para desvirtuar la argumentación del ente público, en el sentido de que el recurso fue presentado de forma extemporánea.

Page 82: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

Debe señalarse en el considerando segundo que la revisión del Sistema INFOMEX se desprende que fue el ente público quien no atendió debidamente la solicitud de información, pues el particular atendió la prevención el 22 de marzo de 2010 de forma correcta, en tiempo y forma, y el ente público omitió el siguiente paso denominado revisa respuesta a la prevención y determina si es de oficio hasta el 25 de junio a las 18:14 horas, fecha en la que también se tiene por notificada al recurrente, razón por la cual el transcurso se le notifica que no procede su solicitud, razón por la cual en el transcurso del tiempo del estado de la prevención y la notificación no puede ser imputable al particular, sino obviamente al sujeto obligado.

Era hacer esta aclaración, reforzar el argumento que se presenta en la página 16, respecto a que el ente público transgredió el derecho de acceso a la información pública del particular, al no llevar a cabo los procedimientos o los lineamientos del Sistema INFOMEX.

Comisionado Agustín Millán.

C. AGUSTÍN MILLÁN GÓMEZ.- Yo creo que hubo una confusión, pero en fin, está bien resuelto el proyecto y simplemente quiero aclarar que era pertinente completamente la prevención que hizo la autoridad, pero me piden una relación de actividades, eventos, reuniones, pero no me precisan de qué persona, qué funcionario o de qué áreas, pues era absolutamente indispensable.

Se desahoga correctamente la prevención y después viene la confusión en términos si se había atendido o se había presentado el recurso en los tiempos legalmente establecidos, tan sencillo como eso.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Comisionada Areli Cano.

C. ARELI CANO GUADIANA.- Estoy de acuerdo con el sentido del proyecto.

Nada más tendría yo algunas consideraciones, página 16, dice: “No pasa desapercibido para este órgano garante que no se atendió en origen la solicitud de acceso y adicionalmente utilizaron de forma discrecional una figura jurídica prevista en la ley, con la finalidad de

Page 83: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

fortalecer el ejercicio del derecho de acceso, a través de la prevención y no limitarlo con trámites adicionales”.

No entiendo por qué se incorpora esa referencia. Yo creo que sí era conveniente la prevención, aún cuando ya en la motivación decimos que pues al referir qué otros delegados, pues se refiere a que del que está solicitando es un delegado.

Entonces, no entiendo ahí esa referencia. Lo mismos estas referencias en internet que es para acreditar o para comprobar que efectivamente el delegado pues acude a diferentes reuniones y eventos sociales.

Pero bueno, se citan algunos ejemplos, 3, pero no es necesario, o sea, en la propia calidad del delegado te implica que estés en constante coordinación con delegados, con determinados funcionarios.

Me parece que no es necesario poner estas páginas y si hay que ponerlas, pues no hay que motivar por qué se ponen estos ejemplos, no nada más decir que pues de estas se despliega que asistió a determinados eventos.

La otra cuestión es sobre la vista a la Contraloría, que nada más está fundamentada la vista y eso habría que considerarse efectivamente si se requiere la vista, 81, fracción IV, 80, último párrafo, 93, fracciones II y V, ¿por qué? ¿Por qué se da la vista a la contraloría?

Sí hay razones hay que ponerlas y esas razones hay que discutirlas y si es procedente la valoración que nosotros consideramos una presunta infracción, pero sí lo tengo como punto de que habría que considerar esa vista.

No tengo elementos para decir, bueno, sí se acredita alguna presunta irregularidad para darla.

C. TEODORO ANTONIO SERRALDE MEDINA.- Sí Comisionada, es en cuanto a la atención de dejar transcurrir bastante tiempo en la solicitud, que fueron dos meses, casi tres meses en relación a que no dio la respuesta correspondiente y después yo creo que se da cuenta, la contesta y le dice que no se desahoga la vista, cuando sí se

Page 84: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

desahogó la vista, ese es el período en el cual desahogó la prevención.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Desahogó la prevención.

C. TEODORO ANTONIO SERRALDE MEDINA.- Sí, pero desahoga a la vista de la prevención y el ente público ahí deja el sistema y después de dos meses y pico, casi tres meses, le dice que no desahogo la prevención y con eso se la desecha.

C. OSCAR M. GUERRA FORD: Lo voy a someter a votación.

Aquellos comisionados que estén de acuerdo de que el sentido sea revocar…

C. AGUSTÍN MILLÁN GÓMEZ: Nada más con relación a la figura discrecional de la prevención.

O sea, yo creo que hay que matizarlo, era correcta la prevención y aquí se ve como un acto discrecional cuando era muy pertinente la prevención, para que no pase desapercibido yo voy con esa observación que hace la Comisionada, para que se haga la adecuación de redacción en esa parte.

C. OSCAR M. GUERRA FORD: Bueno, entonces todos aquellos comisionados que estén de acuerdo que el sentido sea revocar la respuesta del ente en los términos que viene en el proyecto, dar vista a la Contraloría, pero obviamente motivar y justificar esta vista a la Contraloría, aclarar este asunto de la prevención y reforzar con el argumento de los tiempos y el esquema de INFOMEX, digamos, de por qué la carga es al ente y no al particular, como lo argumenta el sujeto obligado.

C. ARELI CANO GUARDIANA: Borrar estas páginas, ¿no?

C. OSCAR M. GUERRA FORD: Sí, eso es, motivar, explicar y motivar estas páginas.

Los que estén de acuerdo, favor de levantar la mano.

Page 85: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ: Por unanimidad se aprueba el proyecto de resolución 945/2010 en los términos expuestos por el Presidente.

C. OSCAR M. GUERRA FORD: Entonces pasaríamos al siguiente recurso.

LIC. TEODORO ANTONIO SERRALDE MEDINA: Se expone el recurso 947 del 2010 referente a Sistema de Aguas de la Ciudad México, en donde se solicitó información referente a que el 20 de agosto del 2009 el Jefe de Gobierno del Distrito Federal anunció la intención de ampliar la participación del sector privado en el suministro y cobro del agua.

El titular de Sistema de Aguas de la Ciudad de México precisó que se trata de un nuevo modelo de manejo del agua, que se aplicaría en 11 de 16 delegaciones, cuyo objetivo es la participación de la iniciativa privada en la distribución y optimización de la infraestructura que abastece este recurso a los capitalinos, en qué consiste está propuesta.

Motivo de la queja, es virtud de la negativa de acceso a la información solicitada.

Las manifestaciones del particular son en el sentido de que considera que al declarar la inexistencia de información solicitada, el ente público limita su derecho de acceso a la información, pues con motivo de las declaraciones realizadas por el ente público, se debió haber elaborado algún documento escrito en el cual se establezca dicha propuesta.

El proyecto toma como consideraciones que del acuse de la solicitud se advierte que la parte recurrente en estricto sentido no requirió información, sino que se le indique en qué consiste la propuesta de participación de la iniciativa privada en el suministro y cobro de agua en el Distrito Federal, a partir de las supuestas declaraciones que le atribuye el titular del Sistema de Aguas de la Ciudad de México, por lo que el único agravio hecho valer por el particular resulta inoperante, pues de estimarlo en la forma en que pretende hacerlo valer, se

Page 86: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

estaría modificando el alcance de la solicitud de la información, lo que desde luego implicaría dejar en estado de indefensión al ente público.

Con base a lo anterior se propone el proyecto en el sentido de confirmar la respuesta impugnada.

Es cuanto, comisionados.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Comisionado Agustín Millán.

C. AGUSTÍN MILLÁN GÓMEZ.- No entendemos a qué se refiere cuando en el proyecto se afirma o se hace la afirmación siguiente: “En estricto sentido la parte recurrente no está requiriendo información, sino que solicita se le informe en qué consiste la propuesta de participación de la iniciativa privada, en el suministro y cobro de agua en el Distrito Federal.

¿Entonces de qué estamos hablando? Es una solicitud de información ¿sí o no? ¿Qué debemos entender con la expresión solicita se le informe?

Por tanto y debido a que el referido párrafo no es claro ni en su redacción ni en su contenido, nos parece que sería necesario suprimir esta afirmación como se está construyendo.

En la página 14, por otro lado, último párrafo y en la página 15 consideramos que el proyecto le está transfiriendo al recurrente la carga de la prueba, pues le señala que no entregó elementos probatorios que respaldaran su dicho.

Asimismo, el mismo párrafo indica que conforme a la Ley del Procedimiento Administrativo, todo acto administrativo goza de la presunción legal de validez, salvo que se demuestre lo contrario.

Al respecto consideramos que antes de hacer estas afirmaciones se debió de haber hecho una valoración, una investigación respecto de las referidas declaraciones.

Page 87: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

Yo las traté de buscar también en el portal del Sistema de Aguas y no encontré de entrada una sección de prensa que permitiera identificar declaraciones del titular del Sistema de Aguas.

Me fui a la Jefatura de Gobierno a ver boletines de prensa de esa fecha, no encontré nada, pero da la impresión que estamos invocando esta normatividad para asignarle la carga de la prueba al ahora recurrente.

Me parece que sí es una pregunta y no la podemos desvirtuar como un requerimiento de información en términos de la Ley de Acceso a la Información Pública.

Derivado de que, por otro lado, la litis no es la incompetencia ni la determinación de facultades del órgano recurrido, no entendemos para qué se trajeron a colación la Ley de Aguas del Distrito Federal, el Reglamento de la Administración Pública, ello sin mencionar que en la página 15, segundo párrafo, se señala que el ente público tiene a su cargo, entre otros, la prestación directa del servicio público de abasto, distribución y cobro de agua, para uso y consumo humano, en cantidad y calidad suficientes para satisfacer las necesidades de la población del Distrito Federal y como tal, dice, no puede interrumpirse en su cumplimiento.

¿A qué nos referimos con este tipo de argumentaciones o valoraciones?

En ninguna parte de la solicitud está prevista o está insinuada que se vaya a incumplir con una obligación legal, o sea, es una referencia, una preocupación que me parece legítima en términos de que la operación y mantenimiento de la red hidráulica de la ciudad de México se le va a dar a particulares, ya hay una prueba piloto en 11 delegaciones, ¿dónde está esa información, dónde está ese proyecto? De la cual realmente no hay respuesta categórica de parte de la autoridad y ni modo de que el titular del Sistema de Aguas, en caso de que se corroborara de que esa declaración la hizo, no se puede sacar de la manga una afirmación de este tipo.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Comisionado Guerrero.

Page 88: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

C. SALVADOR GUERRERO CHIPRÉS.- me parece que efectivamente se muestra aquí claramente un ejemplo por el cual esta Ley es distinta de otras, porque se favorece, como sabemos nosotros, a la persona y no al ente público.

Entonces, cuando se trae a colación la reivindicación del argumento de que se deja en indefensión al ente público, sin argumento que sólidamente lo demuestre, se está anulando esa característica, ventaja esencial que caracteriza, perdón, que le da su naturaleza a la Ley de Transparencia.

Me parece que efectivamente coincido con el Comisionado Agustín Millán, el plantear que no es información y que no es objeto de la Ley de Transparencia lo que se está solicitando, es un equívoco.

Creo que no se demuestra dónde está la diferencia entre solicitar información y lo que aquí se solicita, no hay un argumento que lo demuestre ni de una manera lógica básica, ni desde un punto de vista jurídico.

Entonces, en ese sentido también es importante traer a colación que nosotros estamos en ese contexto en que estamos hablando de la Ciudad de México de un primer lugar en transparencia, de un primer lugar en materia de desarrollo humano y de un primer lugar en competitividad.

Y para darle sentido a ese primer lugar de competitividad. Ese primer lugar de competitividad en los criterios nacionales e internacionales no sería posible si no se utilizan lo que aquí se llaman nuevos modelos del manejo del agua.

En otras palabras, si no hay un fenómeno de privatización, como se utilizaba en la retórica de los años noventa, como efectivamente puede mostrarse que existe en la ciudad de México y no estoy juzgando que esté mal o bien, sino simplemente que haya una evidencia contundente de que eso está ocurriendo, el indicador de competitividad que coloca al Distrito Federal en un primer sitio no existiría.

Page 89: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

En otras palabras, el primer lugar de competitividad como el primer lugar de transparencia supone, el primero, que existen estos modelos de promoción de la iniciativa privada en un caso y que existe la posibilidad de aceptar como información de acceso al público peticiones como ésta.

En otras palabras, nosotros tenemos que reconocer que es una solicitud de información de todas, todas, y que es necesario responder y sí es muy importante que se sostenga, desde el pleno del Instituto que por supuesto nosotros defendemos la reivindicación que se establece en el capítulo primero, en el artículo 45, donde se plantean estos 7 elementos que constituyen la diferencia de esta Ley respecto de otras, que le conceden a los actores las cualidades semejantes.

En otras palabras, el asunto de la máxima publicidad, simplicidad, gratuidad, costo razonable, libertad de información, buena fe del solicitante y orientación y asesoría a los particulares.

Esas cualidades que están exhibidas en el artículo 45 deben obligarle al Gobierno del Distrito Federal a responder enteramente de qué se trata cuando estamos hablando de un nuevo modelo del manejo del agua y asumir lo que ya se ha dicho y eso sí yo se lo he escuchado al Jefe de Gobierno.

El Jefe de Gobierno ha planteado efectivamente un nuevo modelo de relación con la iniciativa privada en varios aspectos, estamos hablando de obra pública, estamos hablando de la vía poniente, no hablamos aquí del título de concesión también que se entregó, a través del comité que se reunió en diciembre, etcétera, entonces, hay evidencia contundente que existe este nuevo modelo, aunque no exista la declaración que alude el Comisionado Millán, evidentemente debe estar ahí.

Entonces, el Gobierno del Distrito Federal debe responder en qué consiste este nuevo modelo del manejo del agua y debe responder cuál es la participación del sector priva, por supuesto.

Además de ello ha hablado abundantemente, yo lo he escuchado en la radio y lo he escuchado en la televisión, tanto al encargado del agua, como al responsable del Ejecutivo en la ciudad de México.

Page 90: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

Entonces, el Jefe de Gobierno estoy seguro que estará interesado en que se demuestre, además en contraste con otros gobiernos cercanos, muy cercanos, por qué se obtiene el primer lugar en competitividad y por qué se obtiene el primer lugar en transparencia.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Comisionado Jorge Bustillos.

C. JORGE BUSTILLOS ROQUEÑÍ.- Yo estoy que se puede matizar esta referencia.

Sin embargo, digamos, hay que advertir que la autoridad no está negando que se hayan dicho estas cosas durante una intervención pública, en donde se hizo una reflexión sobre el asunto, vaya, se está advirtiendo que existe ese propósito, si se puede decir así, no existe una propuesta formal, eso sí también está advertido ¿no?

Si no existe la propuesta formal no podría demandársele a la autoridad, dijéramos, que entregue documento alguno en ese sentido.

Entonces, sí se está diciendo que sí se hizo esa alusión a esa posibilidad, no se está pidiendo más allá de eso, se pide que se entregue la propuesta formal que existe, a la que se refirió, se dice que no hay propuesta formal al respecto y yo creo que por eso hasta ahí se puede confirmar la respuesta.

Se puede matizar lo que es el último párrafo de la página 13 y los dos primeros de la página 14.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Comisionado Oscar Guerra.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Creo que aquí dos palabras son claves.

Una, se anunció la intención, una idea con algo que puede suceder, que pudiese suceder y lo que se pide en qué consiste la propuesta. Si hubiera dicho el día 27 el Jefe de Gobierno anunció que tienen una propuesta, bueno, es otra cosa, dijo que tiene la intención, la idea, hay muchas ideas que pasan muchas veces por los políticos o los

Page 91: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

administradores públicos que no llegan a ser realidad o no son realidad inmediatamente.

Entonces, la respuesta es muy clara, no hay tal propuesta porque, digamos, de una idea nace la propuesta, pues implica varias cuestiones, hacer estudios, etcétera, y después ya tener una propuesta en específico.

Entonces, yo creo que la respuesta es correcta, este matiz también lo haría al final, pero creo que obviamente pues se tendrá que confirmar.

Comisionada Areli Cano.

C. ARELI CANO GUADIANA.- Bueno, a mí me parece que contesta lo que se le pregunta, de que si existe alguna propuesta y en la respuesta que da el ente público dice que no existe como tal una propuesta formal al respecto.

Cuando responde en el informe de ley o defiende la legalidad, a veces nosotros tenemos que definir esta línea o estar defendiendo la legalidad o está incorporando elementos adicionales que muy bien pido haberse dicho en la respuesta.

En la respuesta bien pudo haber incluido esta referencia que nos da del informe de ley, que simplemente se trató de una reflexión pública, en un evento público, acerca de alternativas que pudieran ser aplicables para atender la problemática, pero se insiste en que no existe ningún proyecto.

Yo creo que podríamos nosotros, en su caso, modificar o atender cuando se dan elementos adicionales en el informe de ley cuando realmente sí se modifica la respuesta original.

Aquí realmente no se está modificando ninguna respuesta y lo que está tomando como elemento en su defensa el ente público, hablo en defensa, porque bueno, así viene en el proyecto, de que al rendir el informe de ley se defiende la legalidad diciendo que se trataba de una intervención pública de reflexión.

Page 92: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

Entonces, en general la respuesta no va a cambiar, no tiene un elemento formal y la otra consideración pues es que efectivamente sí hay que suprimir de la referencia de los recursos la exigencia que se les da a los solicitantes para que ofrezcan pruebas y acrediten sus respectivos dichos.

Sí, página 14.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Lo voy a someter a votación.

Comisionado Agustín Millán.

C. AGUSTÍN MILLÁN GÓMEZ.- Creo que están planteadas dos posiciones, una, la de Salvador Guerrero y la mía, como para salir rápidamente a una votación.

C. OSCAR GUERRA FORD.- ¿Cuál es su posición?

C. AGUSTÍN MILLÁN GÓMEZ.- Revocar.

O sea, no estoy de acuerdo –insisto- con el razonamiento que se está dando de que no es una solicitud de información, me parece que no se está respondiendo lo que se requirió, le estamos dando una salida indebida al decir que esto no es una solicitud de información, que la carga de la prueba la tiene.

Esa es mi interpretación, que la carga de la prueba la tiene el recurrente y en ningún momento el solicitante, ahora recurrente, está pidiendo que le entreguen el proyecto formal o una respuesta formal, es decir, dime en que basaron esas declaraciones, tanto el Jefe de Gobierno como el titular del Sistema de Aguas, para presentar un nuevo modelo con la participación del sector privado para 11 delegaciones.

O sea, no es una idea que se les haya ocurrido, algo debe de haber que sustente un nuevo modelo con la participación del sector privado en 11 delegaciones, seguramente excluyendo aquellas delegaciones de mayor nivel de marginación.

O sea, de alguna manera introduce aspectos importantes el

Page 93: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

Comisionado Guerrero en términos de la ciudad de México como la ciudad con un mayor nivel de desarrollo humano, donde tiene que ver también el componente de Producto Interno Bruto per cápita, el nivel de educación, etcétera, con niveles de marginación, digamos.

Entonces, 5 delegaciones cuando menos fueron valoradas para decir: aquí el sector privado no valdría la pena técnica y socialmente para que pudiera incorporarse.

O sea, sí hay algo que deba de sustentar la opinión del titular del Sistema de Aguas para acotarlo a 11 delegaciones. No está pidiendo el proyecto formal, la rentabilidad del negocio, la proyección financiera como si fuera ya un título de concesión.

Está pidiendo simplemente al final de su solicitud en qué consiste esta propuesta, algo dame. Cuando refiere ya, en su escrito recursal, dice: pues no se sacaron de la manga esta aseveración, algo debe de haber que permita justificar esta propuesta de nuevo modelo de operación en 11 delegaciones de la ciudad de México.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Comisionado Óscar Guerra.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Es que ya entiendo que es así, porque creo que hay elementos ahí que no tienen nada que ver, o sea, que los costos, que la marginación, que si la privatización, que si ganamos el primer lugar en competitividad, son elementos pero que no tienen nada, no les encuentro la cuestión.

O sea, ¿tiene usted una propuesta? No, no existe una propuesta y tenemos que partir del principio de certeza, ahí está, Porque entonces no, sí tienes, fíjate que no, que sí tienes.

Y luego todavía en el informe de ley pues sí, es que aquí dice ¿en qué consiste esta propuesta? No existe una propuesta. Y luego dice, bueno, fue una declaración.

Ahora, el mismo solicitante habla de la intención, es una idea, a veces se tienen ideas en actos públicos y se dice, pues sí, que 11 de 16 delegaciones, las zonas de marginación se las puedo dar, aquí están,

Page 94: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

pues ese es un dato que se tiene equis, no tuvo que haber pensado ni hacer cunetas en una noche antes, si no sabe que hay 5 delegaciones de alta marginación y que tienen problemas de distribución de agua.

Entonces, digamos, eso no, ¿está claro? Porque si no, nos vamos a poner aquí a decir no, tú decías que no, pero yo te digo que sí tienes, porque debes de tener; cómo te pones a hablar si no tienes costos; ya te dije que no tengo, en su momento obviamente.

No estamos hablando del proyecto ejecutivo ni nada, no, propuesta, dice no existe una propuesta. Si hubieran dicho no existe un proyecto ejecutivo, pues así es, no te pidieron el proyecto ejecutivo, te pidieron una propuesta, ¿cuál es la propuesta? No, no la hay.

Nosotros tenemos que partir de esa cuestión. Si tenemos algún elemento que hubiéramos ya visto en su portal, una cosa así, pues bueno, entonces sí, entrégale ese documento, pero no tenemos ninguna evidencia, ellos mismos nos están diciendo que no existe tal propuesta y luego en el informe de ley pues nos hablan claramente de que fue una reflexión al aire, sobre un problema que sí está en un contexto global de cómo el Distrito Federal está tratando de resolver este y muchos otros problemas, dado que los ingresos fiscales son insuficientes, con la participación del sector privado.

Eso sí, pero como un proyecto, digamos, genérico, que está en términos de varias áreas, no sólo del agua, pero que en otros ya se ha hecho específicamente, la Supervía, el Metrobús, ya han tenido formatos y con presiones específicas y en este, digamos, viene una idea inicial que todavía no está hecha ni como propuesta.

Comisionado Jorge Bustillos.

C. JORGE BUSTILLOS ROQUEÑÍ.- Yo creo que las propuestas para construir de mejor manera el recurso son atendibles, o sea, esta parte de la alusión de la página 13, 14, no se habla si es una solicitud o no y algunos otros aspectos sobre la carga de la prueba, en fin, que se pueden yo creo que de alguna forma argumentar de mejor manera.

Pero la pregunta es qué consiste la propuesta, eso es lo que se le está pidiendo, en qué consiste tu propuesta y entonces dice: pues no hay

Page 95: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

una propuesta formal, fue una reflexión en torno a las alternativas que hay para resolver el problema del agua en la ciudad.

O sea, lo que se quiere es que se entregue a lo mejor lo que dijo ahí, a la mejor, pero creo que lo que está pidiendo es la propuesta y si no hay propuesta formal qué le ordenamos al ente que entregue.

O sea, hay que corregir la construcción argumentativa, creo que está bien, pero ¿le decimos entonces que entregue la propuesta? Porque frente a esa alternativa que plantean los comisionados Guerrero y Millán, de todas maneras les quedan como dos o tres intervenciones, hasta posicionamiento del voto.

Entonces, si le modificamos o revocamos, ¿le decimos que entregue la propuesta? Porque eso es lo que está pidiendo. Entonces, yo creo que la respuesta está dada y por lo mismo hay que confirmarla.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Comisionado Agustín Millán para alusiones personales.

C. AGUSTÍN MILLÁN GÓMEZ.- Gracias Comisionado Amigo Bustillos.

Fíjense, este recurso me recuerda a esas mantas que aparecían en el Periférico: “Señor delegado, ¿va a haber o no va a haber Supervía Poniente?” No, no tengo la información, no tengo la información.

Si realmente tenemos un problema de escasez de agua, un problema de mejoramiento de la infraestructura hidráulica, entonces, no es tan descabellado el argumento que da el Comisionado Salvador Guerrero sobre cuestiones de nivel de desarrollo humano, que tiene que ver con nivel de ingreso, el PIB per cápita, con una población educada, con una población que en conjunto hace más competitiva a la ciudad de México.

Digo, es como contexto y podemos valorar. Le está preguntando al Sistema de Aguas: eso que tú estás diciendo en qué consiste tu propuesta y continúo más adelante.

Page 96: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

C. OSCAR GUERRA FORD.- Por alusiones personales, Salvador Guerrero.

C. SALVADOR GUERRERO CHIPRÉS.- Pues qué tiene que ver con la solicitud ¿no?

Pues lo que tiene que ver es precisamente la materia de lo que está preguntando, según yo, o sea, en qué consiste esta propuesta, si tú no tienes la propuesta, cuando menos pronúnciate sobre la idea que expresaste, como ocurrió en el caso de la Supervía Poniente.

O sea, no existía la Supervía Poniente, falso, sí existía el proyecto de la Supervía Poniente, de hecho existía después de que aparecieron las mantas, antes de que aparecieran las mantas, mucho antes. Nos venimos a enterar dos días, lo recordamos, antes del pleno, que ahí estaban la reunión de diciembre, el acuerdo de enero, el acuerdo de marzo, el documento de abril, sí existía.

Entonces, okey, ¿qué le ordenamos al ente que entregue? Pues que se pronuncie sobre la idea que expresó.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Vamos asegunda vuelta.

Salvador, tú estabas en segunda vuelta, por eso, es que él estaba inscrito. Comisionada Areli Cano en segunda vuelta.

C. ARELI CANO GUADIANA.- Sí, gracias.

Bueno, yo retomo de la consideración del Comisionado Millán el hecho de que se haga una referencia que no la vi tan expresa, de que no se trata de una solicitud, es una solicitud de información, hay que ponerlo y eso yo lo retomo.

Igualmente retomo y creo que es parte de la motivación el hecho de que se le pida al solicitante que proporcione elementos para acreditar su dicho, eso también, eso no debería de ser, porque tampoco se pide como un requisito de procedibilidad para la solicitud.

Page 97: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

Cuando yo hablaba de que tenemos que advertir cuando un ente público o nos está defendiendo la legalidad de su acto o nos está aportando elementos que bien pudo haberlos dicho en la respuesta.

Pero si éstos últimos no cambian el sentido a la respuesta, habría que valorar si realmente se defiende la legalidad o si se están dando mayores elementos de claridad.

Me parece que la respuesta no va a cambiar, porque lo que le contestó en primera instancia ¿en qué consiste esta propuesta? Le contesta: no existe propiamente una respuesta formal y entendemos cuando no hay un documento formal es que o no está dictado por la autoridad competente o no es un documento definitivo, digo, cuando hablamos por lo menos en el lenguaje burocrático, en el buen sentido de lo que implica la burocracia, pues dices: no es una propuesta formal, porque no está firmada, no está definida por las instancias competentes.

En su informe sí considera que, bueno, más bien reitera que no se trata de una propuesta, que no hay un documento formal y que todo esto derivó en un proceso deliberativo.

Aquí yo lo que quiero reflexionar o invitar a la reflexión es: en qué momento nosotros consideramos esta parte como una consideración adicional que bien lo pudo hacer en su respuesta o simplemente si le ordenamos que modifique no va a alterar en lo absoluto la primera respuesta original, porque va a decir que no tiene un documento propiamente como lo denomina, formal, y que no sé, consideramos todos que algo formal pues es algo que está concluido, definido o que tiene una instancia aprobada por la autoridad competente ¿no?

C. OSCAR GUERRA FORD.- Comisionado Salvador Guerrero.

Está en segunda vuelta todavía.

C. SALVADOR GUERRERO CHIPRÉS.- Sí, decía el Comisionado Guerra que la afirmación del funcionario era: no existe un documento oficial y a partir de ello el Comisionado Guerra dice que ahí se está estableciendo el principio de certeza jurídica y que si nosotros -sigue en su razonamiento- no atendemos al principio de certeza jurídica,

Page 98: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

pues entonces no estamos en el plano de respetar los principios de la lógica jurídica, ya eso es un poco más formal como lo estoy diciendo, pero esa es la idea central.

Bueno, aquí hay un problema porque este es un, esto le llamaban los sofistas, esta es una, creo que se llamaban entimema o algo así, le falta un elemento para que esa conclusión sea correcta.

¿Por qué la afirmación de un funcionario, por ser la afirmación de quien es, es generadora del principio de certeza? No hay correlación. El principio de certeza, según entiendo yo, proviene de fundar y motivar ciertas facultades, ciertas competencias, específicamente.

Ahora, si se trata del principio de certeza en materia de solicitar información, habría que acudir al argumento que nosotros hemos esgrimido muchísimas veces en este Pleno, en el sentido de que el funcionario, el servidor público está obligado a entregar información no solamente de documentos totalmente constituidos como tales, queriendo esto decir cualquier cosa, de documentos absolutamente formales, sino también de razones por las cuales se toman medidas. Nosotros hemos defendido eso en varios escenarios, locales, nacionales, incluso internacionales.

Entonces, no veo por qué no aplicar en este caso esta idea, es decir, que se pronuncie acerca de la idea que se expresó, si es que no existe este principio.

Y acerca de la afirmación de que la propuesta no va a cambiar mucho porque no hay un documento, porque no está definido, porque probablemente no se va a alterar en lo absoluto, entonces por eso no lo pedimos, me parece que radica; perdón, se basa también esas expectativas en la suposición de que sabemos que lo que se nos dice es enteramente correcto, en el sentido de que corresponde íntegramente con la realidad. Es decir, realidad y oralidad, verbalidad son, absolutamente, paralelas, y no ocurre así.

El hecho es que se expresó, yo sí lo escuché, claramente de varios funcionarios públicos de que se iba a cambiar el modelo, esto a partir de una serie de datos duros, como son el hecho de que el 30 por

Page 99: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

ciento del agua se desperdicia por las rupturas que hay, que hay una falla, etcétera, etcétera, y una serie de elementos que están ahí.

Entonces, lo que estamos planteando aquí es que sí se puede solicitar que el ente público se pronuncie sobre lo que dice aquí: “Bueno, ¿es oficial o no es oficial?”, “OK, no es oficial”. “¿En qué consiste?”, “no, pues no te puedo decir en qué consiste porque no es oficial”; “bueno, entonces dime por qué expresaste esta idea, de qué se trata esta preocupación que existe en la Ciudad de México”. Eso no está ahí.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Por alusiones, Comisionado Presidente.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Es lo malo, no, yo nunca dije certeza; hablé de veracidad, ahí está. Está bien, Comisionado; bueno, veracidad.

“En sus relaciones con los particulares, los órganos deberán tener estos principios”, y uno es el de la veracidad.

Obviamente, nuestro Instituto resuelve cuando ve que una cuestión y tenemos pruebas documentales, podemos no solamente revocar esa respuesta, decir: “no, aquí está el asunto de que sí existe este tipo de cosas”, sino hacemos… Digamos, no tenemos ningún elemento, yo no he visto ningún elemento que nos lleve a permitir a decir: “sí hay una propuesta, entreguen esa propuesta”, no tenemos ningún elemento.

¿Qué sucede después?, en el caso que dice Salvador, bueno, pues a lo mejor sí la había y cuando en tres meses o en seis meses se pida esta solicitud y de repente nos digan: “no, pues trae fecha de septiembre o de tal y tal”, vamos a decir: “¡Ah!, bueno, pues el funcionario no fue veraz en ese momento”. Es el momento en que podremos comprobar.

Hoy no tenemos ningún elemento y, entonces, lo que tenemos es este principio de veracidad donde está diciendo: “no hay propuesta”, y yo no he visto otro elemento, cuando sí tenemos elementos pues podamos decir: “no, sí hay propuesta porque están tales y tales cuestiones”. Nada más.

Page 100: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

Comisionado Agustín Millán.

C. AGUSTÍN MILLÁN GÓMEZ.- La respuesta que da la autoridad es que le preguntaron a varias áreas. A mí no me queda claro que le hayan preguntado al señor titular de esta dependencia. ¿En qué basaste tu afirmación o tu propuesta de que habrá un nuevo modelo donde involucre la participación del sector privado en el abastecimiento de este recurso a los habitantes de la Ciudad de México? ¿En qué lo basaste? ¿Por qué 11 de 16 delegaciones?

Tenemos la certeza de que se la haya preguntado al delegado, porque esta argumentación la hemos utilizado para cambiar el sentido o determinar el sentido de una resolución: ¡Ah!, no se le preguntó a la Dirección Jurídica o sólo se le preguntó a la Dirección Jurídica pero no se le preguntó a los demás.

¿Quién hizo la declaración?

Ellos están aceptado que hay esa declaración, sin embargo dicen: “no hay una propuesta o estudio formal.

Y lo que dice el recurrente: bueno, hizo esa declaración, está acotado a 11 de 16 delegaciones, es un nuevo modelo que implica la participación del sector privado; no nos estamos oponiendo a que participe el sector privado, mientras sea en beneficio de los habitantes de la Ciudad de México el suministro de un insumo –valga la redundancia- vital, fundamental para el derecho a la vida, pues qué bueno que participe el sector privado.

Estamos viendo escasez de agua, estamos viendo problemas de inversión en esta infraestructura básica, pero lo están acotando a 11 delegaciones.

Perdón, hubo una propuesta desde la misma declaración del titular del Sistema de Aguas de la Ciudad de México y no se puede sacar de la nada de que son 11 las delegaciones las que podrían entrar en este nuevo modelo, algo debe de haber, como dice el recurrente, documentado para que salga a hacer una declaración de este tipo.

Page 101: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

Si nosotros reformulamos el proyecto y decimos: “sí es una solicitud de información”, OK, qué bueno, estoy de acuerdo.

Si reformulamos de que no se le puede mandar la carga de la prueba, ¿qué es lo que entonces estaríamos confirmando, que no existe una propuesta?

Perdón, salió a dar esa declaración el titular del Sistema de Aguas. El problema es que luego en un afán de esconder cosas que son obvias, se afecta una imagen de proyectos que pueden ser muy viables para la Ciudad de México.

Yo creo –concluyo- que debería ser categórica la autoridad para decir en qué basó esa afirmación el titular del Sistema de Aguas de la Ciudad de México.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Comisionado Jorge Bustillos.

C. JORGE BUSTILLOS ROQUEÑI.- Digo, yo creo que nadie está poniendo en duda la importancia y lo delicado que es el tema del agua en el Distrito Federal, ni tampoco el hecho de que se deba informar de todo lo relacionado con esta problemática y las alternativas, ¿no?

Entorno a estas alternativas, lo que está señalando la autoridad es que no hay una propuesta formal, no hay una propuesta integrada.

Pero no solamente eso, o sea, en la defensa de la legalidad de su respuesta, quisiéramos preguntar o pedir que se pronuncie al respecto, su pronunciamiento es muy amplio –dijéramos-. Quizás en la respuesta inicial en donde dice: “no hay una propuesta formal”.

Cuando habla de argumentar en torno a la legalidad de su respuesta, es muy abundante, más abundante; dijeras: se manifestó como una intención, no se hizo referencia clara a la existencia de un estudio; no se trató de un anuncio oficial, se hizo referencia a que el Gobierno del Distrito tiene opciones de diversa naturaleza para garantizar el suministro de agua a la población; que de conformidad con el programa institucional no se procedió a la contratación de ningún proyecto, etcétera, etcétera, todo esto que ya ustedes seguramente lo han leído y que es muy amplia la respuesta.

Page 102: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

Dijéramos, el pronunciamiento podría ser igual si es lo que se quisiera, pero yo lo que digo, si hay, si tienen ustedes, comisionados Millán, Guerrero, algún elemento, alguna –dijéramos-, más allá de la sospecha de que efectivamente puede haberlo basado en alguna proyección, quizás en su mente el mismo titular, de las posibilidades que hay de combinar recursos públicos y privados no sólo para actividad, pero en este caso que se pide para el agua, seguramente pensó en algo y vio en eso que está pensando una alternativa para combinar la construcción, la formulación de una alternativa para atender a esta problemática en el Distrito Federal.

Pero si referido a ello nos dice: “no hay una propuesta formal” y hay como una expresión de intención o de referencia de opciones para atender la problemática en el Distrito Federal, si está diciendo puntualmente que no hay la contratación de ningún proyecto, que no se ha integrado al interior del sistema ninguna comisión de estudio, análisis o programación en materia de objeto de la solicitud de información que el recurrente considera como incompleta y que tampoco existe al interior del sistema persona o dependencia que haya recibido instrucciones para atender el asunto en comento, que en donde tenemos fundada una sospecha de que existe un documento que se le puede entregar al particular referido a la propuesta, yo no lo veo.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Por alusiones, Comisionado Salvador.

C. SALVADOR GUERRERO CHIPRÉS.- Me parece bien como lo está planteando en términos de entrarle a la discusión lógica, el Comisionado Bustillos.

¿De qué se trata? Primero, hay que ser cautelosos con esta parte del vocabulario, porque nosotros no estamos planteando de que es sospechable que el Gobierno del Distrito Federal se asocie con la iniciativa privada para desahogar una serie de tensiones de carácter social o económico que se asocien también a su vez con el asunto del abasto, distribución, cobro del agua, no; no es algo que estemos diciendo que es sospechable, valga la utilización de ese vocablo. Entonces, eso hay que quitarlo de ahí.

Page 103: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

Segundo, yo participé directamente en parte de la comunicación, rápidamente, que se generó en la feria, en el Encuentro Mundial del Agua en el 2006, 2005, y estoy absolutamente seguro que el planteamiento empezó a hacerse ahí y corrió a cargo de un muy importante empresario y fue recogido en el primer año de la administración de Marcelo Ebrard acerca de la posibilidad del nuevo modelo del agua.

Voy a buscar un par de informaciones en lo que llega el momento de participar. Gracias.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- ¿Alguien más? No tenemos a nadie en la lista.

Tercera vuelta, Comisionado Salvador Guerrero.

C. SALVADOR GUERRERO CHIPRÉS.- Aquí está, tengo foto, nota, lugar. “El Gobierno del Distrito Federal dará a privados cobro y distribución del agua. Informa el Jefe de Gobierno Marcelo Ebrard que la iniciativa privada tendrá además la facultad de instalar medidores y dar mantenimiento a la red de tuberías”.

20 de agosto del 2009, “el Gobierno del Distrito Federal elabora un proyecto para otorgarle a la iniciativa privada la distribución y el cobro del agua potable en la Ciudad dentro de un plan integral, que incluye también la facultad de las empresas para instalar medidores y dar mantenimiento a la red y tuberías”.

20 de agosto del 2009, “este proyecto, que fue dado a conocer hoy por el Jefe de Gobierno de la Ciudad, Marcelo Ebrard, considera así ampliar la participación de la iniciativa privada en la gestión del agua, pues hasta el momento en ese sector, a través de cuatro empresas, se hace cargo únicamente del cobro del vital líquido. El Jefe de Gobierno dijo que con este nuevo esquema ya no estará ya separada la participación del sector privado, que asumiría las facultades desde distribución del vital líquido, una tarea realizada por el gobierno local a través de bla, bla, bla”.

Page 104: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

Hay varias notas sobre eso, entonces sorprende que en la página 16 se hable de que robustece el razonamiento previo, el que se refiere a la prestación directa y la no presencia del nuevo modelo, se refiere a ese párrafo el último de la 16, dice: “robustece el anterior razonamiento el hecho de que de la investigación efectuada por esta resolutora –o sea, nosotros- a la normatividad que rige el actuar del ente público, no se advierte que se encuentre contemplada la participación de la iniciativa privada en la prestación directa del servicio público de abasto, distribución y cobro de agua”, pues ¿qué investigación fue?

C. OSCAR GUERRA FORD.- Comisionado Salvador, ¿le puedo hacer una pregunta?

C. SALVADOR GUERRERO CHIPRÉS.- Sí, pero déjeme…

C. OSCAR GUERRA FORD.- ¿Son notas periodísticas o es un documento oficial?

C. SALVADOR GUERRERO CHIPRÉS.- Si lo dice el Jefe del Gobierno y el Jefe de Gobierno tiene autoridad moral, política, legal y hay que confiar en las declaraciones y la buena fe con que se hacen esas declaraciones, me parece que es que irrelevante en este caso que pudiera ser una nota.

Si tenemos que encontrar la versión estenográfica en la nota, pues entonces ¿qué vamos a hacer? Vamos a bajar el recurso, traer la versión estenográfica y entonces darle credibilidad.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Debe ser un documento oficial.

C. SALVADOR GUERRERO CHIPRÉS.- Perdón, yo lo escuché, yo lo escuché varias veces; yo lo escuché también. Entonces, hay notas en la radio, hay notas en la televisión, se publicó, se dijo, yo lo escuché también.

Entonces, el asunto es el siguiente: el Pleno del InfoDF no está para defender las versiones oficiales del Gobierno del Distrito Federal. El Pleno del Distrito Federal, el Pleno de Transparencia, perdón, del

Page 105: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

Pleno del Instituto está para defender cuando hay caso de duda la petición del solicitante.

Y aquí se plantea lo siguiente, que es lo más importante, ya en términos lógicos, independientemente de la validez que el Comisionado Presidente le quiera conceder a la nota: primero, si nosotros confirmamos y decimos: “no, pues es que no hay ninguna propuesta formal”, bueno, el solicitante no habló de una propuesta formal, oficial, no podemos confirmar.

Y si confirmamos porque se dice: “no, pues es que dijo que no había propuesta”, pues es falso porque sí lo dijeron.

Entonces, no podemos confirmar de ninguna manera.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Comisionado Oscar Guerra.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Yo no tengo problema, digamos, que podemos tener discutir y tener opiniones diferentes, lo que yo creo que no es conveniente, y lo digo con todo respeto, Comisionado Salvador Guerrero, es que digamos que una cuestión es defender al gobierno no defender al gobierno; hay una cuestión aquí que estamos tratando de discutir y vislumbrar.

Algunos, voy a hablar particularmente, consideramos que se quede confirmar el acto de la veracidad de la respuesta donde se nos dice que no existe una propuesta. Eso es lo que estamos defendiendo.

No es que estamos defendiendo, porque si no, en ese tipo de cuestiones, yo no he visto hasta el momento algo que nos pueda llevar a decir: “sí existe una propuesta en un documento oficial” porque, bueno, las notas periodísticas no tienen, no pueden aportar una prueba, este tipo de cuestiones.

Que la idea existe, digamos, la idea existe desde hace tiempo como tal; no se ha visto plasmada en un programa en términos generales. Eso es lo que yo tengo, lo que aquí y se nos reconfirma en su momento, no hay hasta el momento una propuesta.

Page 106: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

Ha habido ideas, intenciones en esta cuestión, sí, se han desviado a otros proyectos que han considerado más, no sé si más fáciles de sacar hacia delante o donde la iniciativa privada a lo mejor ha estado más interesada, etcétera. Ahí hay cosas específicas y concretas donde uno puede preguntar, puede analizar, puede ver esto que decía el Comisionado Millán, si la intervención de la iniciativa privada –digamos- tiene objetos de poder mejorar el asunto del transporte, asuntos de viabilidad, etcétera, etcétera, cuál es el balance. Ahí están los datos y la información.

Hasta ahora se nos está informando que sobre esta cuestión sólo hay una idea, sólo hay declaraciones, en esos términos, declaraciones, es importante decir, pero no hay ningún documento oficial donde ya se pueda decir: “ésta es la propuesta que el Gobierno del Distrito Federal está bajando de aquella idea para que la iniciativa privada participe de esta forma en el suministro, cobro y distribución del agua”, no la hay en concreto.

Esa es mi idea, nada más.

Comisionada Areli Cano.

Perdón, por alusiones personales, Comisionado Millán.

C. AGUSTÍN MILLÁN GÓMEZ.- Obviamente, aquí no estamos en la defensa del gobierno, ni del ciudadano, es simplemente aplicar nuestro marco normativo y, obviamente, siempre el que puede menos tendrá que tener una valoración mucho más cuidadosa por parte de este órgano garante, en este caso es el ciudadano ahora recurrente.

Yo vuelvo a poner sobre la mesa: la autoridad está aceptando, Bustillos y Cano, para que no me distraigas a Cano… No importa, no importa, ella es muy precisa.

La autoridad está precisando que sí hubo esa declaración, sin embargo dice: “no tengo el proyecto, porque ya busqué con un área que podría ser la competente y le pregunté a otras más”, no nos dice a cuáles más; pero no le pregunta al titular del Sistema de Aguas, cuando menos no tenemos esa evidencia.

Page 107: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

Sí hay evidencias documentales de entrevistas de pronunciamientos que ha hecho el Jefe de Gobierno y que seguramente ha hecho el titular del Sistema de Aguas.

O sea, yo creo que tenemos la posibilidad de darle la oportunidad al Sistema de Aguas para que precise en qué basa ese proyecto de nuevo modelo de operación del Sistema de Aguas –concluyo- acotado a 11 delegaciones de la Ciudad de México.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Comisionada Areli Cano.

C. ARELI CANO GUADIANA.- Pero él está contestando.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Comisionado Salvador Guerrero, por alusiones personales.

C. SALVADOR GUERRERO CHIPRÉS.- Sí, gracias. Bueno, hay que decir que el Gobierno del Distrito Federal es perfectamente defendible, yo mismo, se puede encontrar registro que dije por ahí: “la capital del Bicentenario es la capital de la transparencia”. Por supuesto que es defendible el Gobierno del Distrito Federal.

Pero que el Pleno del Instituto que se encarga de la transparencia tenga como prioridad cuando existe duda defender la versión oficial, que no digo que ocurra pero que pudiera ocurrir, eso es otra cosa, ¿sí?, simplemente.

Ahora, el 17 de junio de 2010, en un encuentro con, un foro de Ciudad de México, planteó Marcelo Ebrard que la inversión en materia de las prioridades de agua, transporte y vialidad provenientes de la iniciativa privada llegarían a los 6 mil millones de dólares, les dijo a varias personas en un encuentro más o menos privado, que después se hizo una versión pública, no en el sentido de la lógica de transparencia, ¿OK?

Entonces, tampoco estemos hablando de que todo aquello que se publica está nulificado. Me parece que tiene cierta veracidad lo que los medios publican, si no, a qué acudimos a ellos. Gracias.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Comisionada Areli Cano.

Page 108: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

C. ARELI CANO GUADIANA.- Bueno, ahora ya se matizan aquí las consideraciones en la mesa. Pues, efectivamente, el Pleno no está para defender ni al ente público ni para defender al solicitante, yo diría, sino está para pronunciarse respecto de quién tiene la razón en una controversia, que ya viene y se suscita en el Pleno.

Me parece importante que se aclare este tipo de situaciones.

La otra consideración y que ha insistido el Comisionado Millán, a mí me parece que sí está, que sí hubo un pronunciamiento de la autoridad respecto de en qué consiste en esta propuesta, sí, y dice el ente público: “no existe una propuesta formal, pero sí hubo un pronunciamiento”.

Ahora, ¿qué es lo que nos está ofreciendo en el informe de ley?, y lo leo textualmente, foja 23: “se reitera el contenido de la respuesta emitida a la recurrida, ampliando ésta de la siguiente manera…”, y de aquí voy a retomar y voy a considerar parte de lo que dice el Comisionado Millán o reconsiderar mi argumento.

Cuando yo decía que había que analizar e invitaba a la reflexión, página 23 de la foja, del expediente; está en el informe de ley, no sé qué foja sea de la resolución. Pero cuando yo afirmaba o invitaba a la reflexión de en qué momento nosotros consideramos elementos que nos proporcione el informe de ley para defender la legalidad, o bien, para decir: “efectivamente, te estás confirmando en tu acto”.

Creo que esto que menciona aquí, y voy a retomar lo que dice el Comisionado Millán, ¿por qué no le preguntamos o por qué esto no lo dijo en su respuesta primigenia?

Y, bueno, escuchándolo creo que me lleva a reflexionar de que esto bien lo pudo haber dicho en la respuesta primigenia.

Y algo, otra cosa que retomo del Comisionado Millán, ¿por qué no se consulta a la oficina del titular? Eso creo que también podría ser, y ahí parto de que se modifique de esa forma.

Page 109: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

O sea, no es la modificación que creo que están planteando de fondo los dos comisionados, sino recojo del Comisionado Millán la parte de que bien pudo haber acompletado su respuesta primigenia diciendo que no la tiene, pero que estos se derivó en una cuestión pública.

Yo espero convencer, bueno, también al Comisionado Guerra o al Comisionado Bustillos respecto de esta consideración. Pero, de ninguna manera acepto que no contestó.

Sí se pronunció, sí se pronunció y sí fue congruente con lo que le estaban pidiendo, no existe una propuesta formal como tal.

No, porque tú vas a ir con el Comisionado Millán.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Por alusiones, Comisionado Presidente.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Esta última idea que maneja la Comisionada Areli Cano, creo que es el argumento que mejor ha esgrimido el Comisionado Millán, que no se consultó a todas las áreas, porque dice todas las áreas.

Yo quedaría convencido, para que tal, consulten a todas las áreas, incluido el titular. Si tienen un documento lo entreguen, y si no, pues se pronuncien como tal.

Ya sabemos que algunas áreas que fueron consultadas, que no sabemos bien, dijeron que no en ese momento, ¿sí?

Ahora, para el momento del 2 de junio que fue la solicitud a ahora, a lo mejor hay, ya han pasado a lo mejor muchas, muchas cosas, ¿no?

Nada más. Entonces, iría en el sentido de modificar para que se consulte a todo el sistema, incluido principalmente el titular.

¿Nadie más?

Aquellos que estén de acuerdo en una cuarta vuelta, favor de levantar la mano.

Page 110: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

Comisionado Salvador Guerrero.

C. SALVADOR GUERRERO CHIPRÉS.- A mí me parece muy bien que se haya creado el espacio para que se le dé salida, creo que lo hace, ya lo decía yo de manera informal a la Comisionada Areli.

La idea es que no se confirmara porque no hace lógica, simplemente porque si tú dices: “¿en qué consiste la propuesta?”, y tú dices: “no hay propuesta, no se confirma”, porque sí hubo una propuesta verbal.

Si dices: “se confirma porque no hay una propuesta oficial”, pues está mal también porque no preguntó por una propuesta oficial. Entonces, desde ese punto de vista básico, lógico, no se confirmaría.

Entonces, se crea este espacio, me parece que es perfectamente acompañable y también decido: voy con la Comisionada Areli, pero no con el Comisionado Millán, para que no se diga qué y, por supuesto, queda en modificar, estoy de acuerdo, porque le da vida a la situación que estamos planteando aquí, que se entregue información, aunque la realidad ciertamente sea terca y tarde o temprano mejor tengamos un título de concesión en que veamos que sí hay un nuevo modelo de participación donde la inversión del sector privado será de 6 mil millones de algo, según lo habrá expresado Millán también.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Entonces, voy a someter a votación el Recurso 947.

Aquellos comisionados que estén de acuerdo que el sentido sea modificar, con el objeto de que se consulte al titular del Sistema de Aguas y a las áreas faltantes, favor de levantar, para que se pronuncien, favor de levantar la mano.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Por unanimidad se aprueba el proyecto de resolución 947/2010. Asimismo, se suprimirá el argumento del proyecto donde se dice que el particular tiene que ofrecer pruebas a su dicho, así como desvirtúa el argumento de que no es una solicitud de información requerida.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Muy bien. Entonces, pasaríamos al siguiente recurso.

Page 111: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

C. TEODORO ANTONIO SERRALDE MEDINA.- Se expone el recurso 955/2010, referente a actos de la Secretaría del Trabajo y Fomento al empleo, en donde se solicitó documento del expediente RAU/292/07 de la Secretaría, con el cual informó a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que la persona jurídica Mediasat Group, S.A. de C.V. no haber cumplido con sus obligaciones obrero-patronales derivadas de la resolución del oficio señalado.

El motivo de la queja es en virtud de que la información entregada no corresponde a lo solicitado.

Las manifestaciones del particular son en el sentido de que el documento puesto a disposición para consulta está dirigido a la Subtesorería de Fiscalización de la Secretaría de Finanzas, mientras que el solicitado está dirigido a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y/o el Sistema de Administración Tributaria.

Además, en la respuesta se hace referencia al expediente RAU/292/09, y en la solicitud se refirió al mismo expediente, pero con terminación 07.

El proyecto toma como consideraciones que los agravios resultan fundados porque el ente público hizo referencia a un expediente distinto al solicitado. El oficio puesto a disposición del particular no está dirigido al a Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por tanto no existe pronunciamiento categórico y congruente al requerimiento del particular.

Como hecho notorio se trajo a colación el expediente 647 del 2010, en que obra el expediente RAU/292/2007, sin que se encontrara el documento de interés del particular.

Con base en lo anterior, se propone el sentido, el proyecto en el sentido de revocar la respuesta y ordenar al ente público que emita pronunciamiento categórico respecto del documento del expediente RAU/292/2007, con el cual informa a la Secretaria de Hacienda y Crédito Público que la sociedad anónima Mediasat Group incumplió con sus obligaciones obrero-patronales derivadas de la resolución contenida en el oficio mencionado y, en su caso, realice las

Page 112: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

aclaraciones procedentes con el objeto de dar certeza jurídica al particular.

Es cuanto, comisionados.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Comisionado Jorge Bustillos.

C. JORGE BUSTILLOS ROQUEÑI.- Nada más destacar la importancia que tiene también este recurso que es donde se utiliza el derecho de acceso a la información para obtener más información sobre patrones que incumplen con sus obligaciones obrero-patronales, reparto de utilidades y demás.

Creo que valdría la pena y estoy de acuerdo con el sentido que se le da de revocar y ordenarle que se entregue la información solicitada.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Entonces, voy a someter a votación.

Aquellos comisionados que estén de acuerdo que el sentido sea revocar en los términos expuestos, favor de levantar la mano.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Por unanimidad, se aprueba el proyecto de resolución 955/2010.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Pasaríamos al siguiente recurso.

C. TEODORO ANTONIO SERRALDE MEDINA.- Se expone el Recurso 959/2010, referente a actos del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, en donde se solicitó copia electrónica de la sentencia dictada en el juicio oral 1414/2009, del Juzgado Cuadragésimo Sexto de Paz Civil, que se dictó en cumplimiento al amparo directo DC584/2009 del Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito.

El motivo de la queja es en virtud de que la respuesta antijurídica o carente de fundamentación y motivación.

Las manifestaciones del particular son en el sentido de que el ente público informó a la recurrente que no se encuentra obligado a

Page 113: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

digitalizar los expedientes que obran en sus archivos y que no le ofreció algún otro medio de reproducción y entrega de la información.

El proyecto toma como consideraciones que al rendir su informe de ley el ente público aclaró que la sentencia que requiere la particular en realidad se refiere al juicio oral 1424/2009. En ese sentido, si bien la Ley de Transparencia permite a los particulares elegir la modalidad en que desean acceder a la información, también prevé que cuando se solicite en medios electrónicos los entes públicos sólo estarán obligados a remitirla en ese medio cuando se encuentre digitalizada, de manera que podrían cumplir con su obligación, concediendo el acceso a la misma en el estado en que la posean, previo el pago de derechos por su reproducción.

Asimismo, también ofreció el acceso a la sentencia requerida en copia simple o certificada, proporcionando el número de hojas, el número de cuenta y la institución bancaria correspondiente, también lo es que omitió advertir que no podría ser proporcionada en esta última porque pueden contenerse información de acceso restringido, como son datos personales.

Con base en lo anterior se propone el proyecto en el sentido de modificar la respuesta y ordenar al ente recurrido que dé intervención a su Comité de Transparencia para que proteja la información de acceso restringido que pudiere contener y conceda el acceso a una versión pública en copia simple de la sentencia dictada en el juicio oral antes señalado, derivado del cumplimiento a la sentencia de amparo antes precisada.

Es cuanto.

C. OSCAR GUERRA FORD.- A su consideración, señores comisionados.

Comisionado Agustín Millán.

C. AGUSTÍN MILLÁN GÓMEZ.- Gracias. Para tener una valoración más certera si tiene o no tiene datos personales, presumimos que sí puede tener, yo reitero: se trataba de un expediente de ocho fojas, me parece que lo pertinente era dictar un acuerdo para mejor proveer y

Page 114: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

decir exactamente dónde en esas ocho fojas hay datos personales y no hacer una valoración en abstracto.

O sea, me parece que esas son las grandes oportunidades cuando sabemos que es un expediente reducido, derivado de una respuesta complementaria y que la autoridad en un afán de satisfacer el requerimiento de información pone a disposición del particular.

Entonces, simplemente, llamo la atención en ese sentido y en un ánimo constructivo para que hagamos uso de estas posibilidades que tiene el Instituto, dictar acuerdos para mejor proveer y tomar resoluciones mucho más categóricas.

Muchos recursos, digo, y aprovecho ahí la coyuntura rápidamente, también los podemos desactivar si propiciamos las reuniones de avenencia que hemos platicado con el Director Jurídico y nos ahorraríamos mucho tiempo a favor del ciudadano, en lugar de demorar una resolución que es obvia. Entonces, como una recomendación constructiva a la Dirección Jurídica.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Comisionado Jorge Bustillos.

C. JORGE BUSTILLOS ROQUEÑI.- En este caso y quisiera sugerir que se revoque la respuesta porque el ente público da una respuesta en términos generales de que este tipo de información no lo tienen en forma, que solamente lo tiene en forma impresa.

Entonces, no está refiriéndose en específico a la sentencia que se está solicitando, es una referencia general, por lo que no podríamos considerar como una referencia puntual para que pudiéramos considerar que subsiste.

Por otro lado, considero que lo que debemos de valorar es, precisamente, en particular la respuesta original dado que se observa que no se puede sobreseer, y no considerar como argumento principal lo que viene en la respuesta complementaria y que atraemos en el considerando cuarto para valorar la copia que se pretende entregar.

Entonces, creo que nosotros debemos de, digo, en la medida de lo posible y esto fuera de la resolución, por supuesto, pero sugerir que en

Page 115: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

este tipo de casos se atiendan las solicitudes cuando se trata de pocas hojas a entregar, pues la respuesta se pueda digitalizar y ahorrar esto para la mayor prontitud y gratuidad en el acceso a la información a los entes públicos.

Sin embargo, también debemos advertir que en este caso esta sentencia puede contener datos personales que deben ser suprimidos y ser entregado en copia, ofrecida la entrega en copia simple, en versión pública pero en copia simple.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Una pregunta también para (…), no entendí perfectamente cuál es el argumento para revocar. Entendí que la posibilidad de copia simple, pero el argumento…

C. JORGE BUSTILLOS ROQUEÑI.- No advierto que subsista nada de la respuesta original porque hace una referencia, da una respuesta genérica en términos de que este tipo de información de estas sentencias…

C. OSCAR GUERRA FORD.- No digitaliza…

C. JORGE BUSTILLOS ROQUEÑI.- Lo tiene únicamente, se encuentra en los archivos del Tribunal en forma impresa, no hace referencia particular a la sentencia requerida por el particular, ¿sí?

C. OSCAR GUERRA FORD.- ¿Alguien más en la lista?

Comisionada Areli Cano.

C. ARELI CANO GUADIANA.- Bueno, yo sí estoy de acuerdo con el proyecto. Se hace una consideración respecto de, o sea, se atiende la solicitud de información en el sentido de que lo que está pidiendo es una sentencia dictada en tal juicio y dice el Tribunal que al respecto no se puede –según el Tribunal- digitalizar expedientes y resguardarlos como archivos electrónicos y fundamenta en el Artículo 11, que es como la tiene.

Lo que me preocupa de su respuesta es que diga que es indispensable, que el Tribunal se encuentra impedido legalmente para enviar por correo electrónico mediante sistema INFOMEX versiones

Page 116: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

digitalizadas. Digo, tampoco fundamental del porqué se encuentra impedido legalmente.

Lo que sí debería de hablar mejor en positivo el ente público diciendo que en términos del 11, que es como lo fundamenta, solamente se permite el acceso en la obra en que obre en sus archivos, que es en medio físico.

Y seguramente lo dice así, pues por la sentencia de que tiene que estar firmada y, entonces, en vía electrónica, pues tampoco nosotros subimos las versiones firmadas, sino es el proyecto sin las firmas correspondientes.

Entonces, digo, iría con el proyecto como está, creo que sí subsiste una parte porque se fundamenta en el Artículo 11, que es como la tiene en sus archivos y que, bueno, la causal de sobreseimiento no procedió porque, evidentemente, la copia certificada no se puede entregar porque, bueno, tiene datos personales, si es que existen, y la modalidad que se dé acceso es versión pública.

Por lo demás, estoy de acuerdo.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Bueno, nos comenta el Comisionado Bustillos que reiteraría su propuesta e iría por modificar. ¿Alguien más?

Entonces, voy a someter a votación. Aquellos comisionados que estén de acuerdo que el sentido sea modificar en los términos expuestos, favor de levantar la mano.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Por unanimidad se aprueba el proyecto de Resolución 959/2010.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Pasaríamos al siguiente recurso.

C. TEODORO ANTONIO SERRALDE MEDINA.- Se expone el Recurso 974/2010, referente a actos de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en donde se solicitó información relacionada con la Policía Auxiliar del Distrito Federal y Caja de Previsión de la Policía Auxiliar del Distrito Federal.

Page 117: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

El motivo de la queja es en virtud de la entrega parcial de la información solicitada.

Las manifestaciones del particular son en el sentido en que con el punto uno y dos de la solicitud, porque no se le informa si los recursos autorizados para la Policía Auxiliar provienen del erario público o son recursos generados por la propia corporación.

El proyecto toma como consideraciones que la recurrente no emitió queja respecto de la respuesta al punto tres ni al numeral uno y dos, por cuanto hace a la Caja de Previsión de la Policía Auxiliar, por lo tanto quedan como actos consentidos.

Resulta fundado el primer agravio porque el sujeto obligado proporcionó a la particular información diversa a la solicitada y no existió pronunciamiento categórico y congruente respecto a si el presupuesto asignado por la Asamblea Legislativa a la Policía Auxiliar se integra con recursos del erario público o con los recursos generados por la propia corporación.

Resulta parcialmente correcta la orientación del ente público respecto al punto dos de la solicitud, pues no debió limitarse a orientar a la Policía Auxiliar, sino también a la Secretaría de Finanzas de Distrito Federal, quien tiene facultades en materia de ingresos relacionadas con la misma.

Con base en lo anterior se propone el proyecto en el sentido de modificar la respuesta y ordenar al ente público que emita pronunciamiento categórico en que informe si el presupuesto asignado por la Asamblea Legislativa a la Policía Auxiliar del Distrito Federal es del erario público o de los recursos generados por los policías auxiliares del Distrito Federal y oriente a la recurrente para que presente su solicitud a la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal respecto del punto dos de la solicitud.

Es cuanto, comisionados.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Comisionada Areli Cano.

Page 118: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

C. ARELI CANO GUADIANA.- Sí, coincido con el sentido, nada más una consideración. Dados los recursos que se nos han presentado de la Policía Auxiliar y de la Caja de Previsión que, bueno, no coincidentemente, las solicitudes sobre estos sujetos obligados no tienen que ver con la función que desarrollan, o sea, no se cuestiona la función y facultades y atribuciones de estos cuerpos, sino las peticiones que llegan a recurso, pues tienen que ver con el uso de los recursos que se designan, la forma en que hacen uso de ellos y el destino que se les da y que, bueno, sin saber porque no lo sé, pero los recurrentes seguramente son los propios afectados o afiliados a estas corporaciones, ¿no?

Y por lo demás, estoy de acuerdo.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Sí, en los recursos de hoy ha sido la misma recurrente.

Aquellos comisionados que estén de acuerdo que el sentido sea modificar en los términos señalados, favor de levantar la mano.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Por unanimidad se aprueba el proyecto de Resolución RR.974.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Pasaríamos al siguiente recurso.

C. TEODORO ANTONIO SERRALDE MEDINA.- Se expone el Recurso 977/2010, referente a actos de la Delegación Coyoacán, en donde se solicitó información referente a por qué se cerró la calle Francisco Javier Mina, entre las calles de Viena y Madrid, de la colonia Del Carmen, en la Delegación Coyoacán, del día 7 de abril del 2010 y para qué se otorgaron los permisos de cerrar la calle, de colocar conos de color naranja y de que hubiera personas con radio.

El motivo de la queja es en virtud de que se entrega información distinta a la solicitada.

Las manifestaciones del particular son en el sentido de que la respuesta proporcionada por el ente público es incongruente con lo solicitado porque se pronuncia respecto del tramo comprendido entre

Page 119: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

las calles de Viena y Berlín y no respecto de las calles de Madrid y Viena como lo requirió.

Dos, además resulta contradictoria a otra emitida con anterioridad que refirió que se encontraba cerrada por la realización de obras.

El proyecto toma como consideraciones que la respuesta se encuentra contenida primordialmente en dos oficios, uno en que la Dirección de Obras Públicas refiere que no autorizó el cierre ni los conos, ni las personas con radio en la calle Francisco Javier Mina, en el tramo materia de la solicitud, y otro en que la Dirección General de Participación Ciudadana y Prevención del Delito informa que dicha calle entre Viena y Berlín se cerró porque se estaba filmando una película con un permiso emitido por la Secretaría de Cultura del Distrito Federal, de conformidad con el Artículo 10, fracción III de la Ley de Filmaciones para el Distrito Federal, por lo que el agravio resulta fundado porque se refiere a un tramo diverso.

Asimismo, no existe contradicción con la respuesta emitida a la solicitud con folio 645 del 2010, cuya respuesta se impugnó mediante Recurso de Revisión 631/2010, del cual se advierte que las obras se detallan en ella, que se realizaban en un tramo diverso de la calle, por lo que el agravio en estudio resulta infundado.

Con base en lo anterior se propone el proyecto en el sentido de modificar la respuesta impugnada.

Es cuanto, comisionados.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Está a su consideración.

Perdón, el Comisionado Agustín Millán.

C. AGUSTÍN MILLÁN GÓMEZ.- Primero y como comentario general a este y a varios recursos, siempre cuando se presentan los agravios, los hechos que está impugnado el recurrente, terminamos con una frase de cajón, relativa, que dice: “cabe precisar que el particular no acompañó medio de convicción alguno”.

Page 120: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

Creo que esta referencia puede ser pertinente cuando el particular recurrente está afirmando cosas que no prueba nada. Pero aquí cuando se trata de identificar la solicitud de información contra una respuesta que es contraria a lo que están pidiendo, me parece que no viene al caso, es como casi, casi estarle exigiendo implícitamente, esa es mi lectura, que aporta pruebas, como si fuéramos nosotros un órgano jurisdiccional.

Entonces, esta parte me gustaría que se valorara, igual no tengo razón, pero que se valorara, pero me parece que se utiliza de manera indiscriminada.

Segundo, el proyecto modifica en virtud de que hay dos respuestas que hace la autoridad.

Una respuesta que da una unidad administrativa de la Delegación Coyoacán y que tiene que ver con el área de obras, y que me parece que es lo más pertinente, o sea, se cierra unas calles o una calle que tiene como intersección otras dos, pues le pregunto a Obras: “oye, ¿qué hiciste?”.

Ya tuvimos un recurso anterior donde nos decían, incluso que lo aluden en este recurso, que debido a un trabajo de reencarpetamiento en una calle cercana, ¿verdad?, se había cerrado la circulación, aunque no era precisamente en las coordenadas que daba en aquel recurso el recurrente.

Sin embargo, yo decía: “pues, es que no necesariamente tienes que cerrar justo donde estás llevando a cabo la obra, muchas veces para efectos de mejorar el tráfico cierras una cuadrante, que era el caso, era una o un par de cuadras cercanas.

Pero en fin, no viene quizás al caso tanto detalle de aquel recurso, pero me parece que hace una gestión razonable la autoridad en términos de decir: “le pregunto a Obras y le pregunto a la Dirección de Participación Ciudadana”.

Y de ahí resulta que hay un parte de un moto-patrullero que va y pregunta en la calle de Francisco Javier Mina cuáles son las razones por las cuales está cerrada esa calle. No nos precisa en ese reporte

Page 121: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

que da participación ciudadana que, efectivamente, sea en las intersecciones que interesa al particular pero sí es la fecha, pero sí es l fecha.

Y nos refiere que el moto-patrullero pregunta a la gente que está ahí, que son más de 60 personas y al parecer hay una patrulla, que cuál es la razón y le dicen: “es que están haciendo una película”.

Entonces, vamos a modificar para qué, porque no tenemos la precisión exacta de las coordenadas específicas.

La respuesta del particular, en mi opinión, está dada por las razones que da el área de Participación Ciudadana.

Se indagó, se hizo un trabajo de búsqueda de esa información, incluso se verificó que hay un reporte, un parte policial de la policía, que seguramente depende de esta delegación, y nos refieren que había una filmación ese día.

Entonces, no sé, o sea, me parece que hay cierta confusión en la forma en que estamos estructurando el proyecto, no me queda claro por lo cual estamos modificando.

Me parece que hubo una gestión amplia al interior de la delegación y que se están dando las razones. Seguramente vamos a modificar para pedirle: “precísame si el reporte que te está dando este moto-patrullero corresponde de ese día, a esa hora y en esas intersecciones”.

C. OSCAR GUERRA FORD.- ¿Alguien más?

Comisionado Jorge Bustillos.

C. JORGE BUSTILLOS ROQUEÑI.- Es que hay una, dijéramos, las coordenadas que está ubicando la delegación no corresponden a las coordenadas que están. Por eso, me imagino que es el sentido de modificar.

Porque yo plantearía revocar, en tanto que las coordenadas a las que se refieren –dijéramos- la unidad administrativa es Viena y Berlín, específicamente, no corresponden con la solicitada.

Page 122: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

Pero si ese es el aspecto que subsiste, que es la calle Francisco Javier Mina, pues lo que es necesario precisar, pues el tramo referido por parte del particular, ¿no?

Entonces, no sé si eso es por lo que se modifique, ¿sí? Entonces, bueno, de acuerdo con modificar.

C. OSCAR GUERRA FORD.- El licenciado Teodoro Serralde.

C. TEODORO ANTONIO SERRALDE MEDINA.- Sí, efectivamente, es simplemente una cuestión de precisión. La solicitud se refiere a la calle de Viena y Madrid y en la contestación que da en uno de los oficios, en el DGPCPD-1534 del 2010 hablan Viena y Berlín, y luego donde dan esta cuestión del parte del moto-patrullero también hacen referencia a Viena y Berlín, pero la solicitud de información se refiere a la calle de Viena y Madrid, que incluso dentro del proyecto, en la página 19, para efectos de ilustrar, se hace notar la calle de Viena y que está –digamos- viéndolo de manera horizontal, hacia la izquierda está Berlín y hacia la derecha está Madrid, entonces obviamente son dos calles distintas, que pues simplemente es una cuestión de pronunciamiento, pues.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Comisionado Agustín Millán.

C. AGUSTÍN MILLÁN GÓMEZ.- Me parece que aquí hay un razonamiento erróneo de parte de la Dirección Jurídica. En una dicen Viena y Berlín y en otra dicen Francisco Javier Mina.

Entonces, no hay confusión, o sea, no le atribuyamos argumentaciones o razonamientos distintos a los que da la autoridad.

Me parece que sí hay un error de integración de lo que debería ser la respuesta institucional. Pero me trato de imaginar en este recurso, como en muchos otros, o sea, cómo está operando la Oficina de Información Pública.

Le pido información a las áreas que presumiblemente tienen la información que corresponde al área de interés del particular: Obras o Participación Ciudadana.

Page 123: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

Y, entonces, Obras dice: “no tengo ninguna obra. Ese día no tengo ninguna obra en Mina, en la calle de Mina, entre Viena y Berlín”, cuando le preguntaron entre Viena y Madrid.

Y Participación Ciudadana le dice: “hay una filmación, hay una película ese día”, pero entonces se está refiriendo a las coordenadas, porque tampoco dice Viena y Berlín.

Entonces, yo digo: ¿por qué no dar por buena también esta respuesta segunda dentro de la respuesta inicial que corresponde al área de participación ciudadana?

Me parece que lo que debió haber hecho la autoridad es: integrar y decir: “en Obras no había motivo alguno para cerrar esa calle pero, sin embargo, Participación Ciudadana me dice que había la filmación de una película”.

Y, efectivamente, hay vecinos en varias colonias que les incomoda que las televisoras o las empresas de filmación vayan a hacer su trabajo y busquen determinadas locaciones en casas o en espacios públicos a pesar de tener la autorización correspondiente de los particulares para que se filme en sus casas o de tener la autorización de la delegación.

Bueno, ahora por fortuna, como recordaremos, tenemos un área de filmaciones en la Ciudad de México que permiten que se desarrolle la industria del cine en la Ciudad de México, que se desarrollen las televisoras para hacer su trabajo con el consentimiento de los particulares para hacer filmaciones en sus casas.

Entonces, pero entiendo la otra parte, son actos de molestia, “me están cerrando la calle”.

Pero yo creo que en este caso la autoridad dio dos respuestas: Obras no está haciendo nada, “no cerré ese día” –aunque se equivoca de coordenadas- pero Participación Ciudadana advierte que ese día, a esa hora hay la filmación de una película.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Comisionada Areli Cano.

Page 124: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

C. ARELI CANO GUADIANA.- Sí, bueno, para precisar este oficio que obra en autos. No solamente se equivoca en coordenadas, sino también en la solicitud, porque en el propio oficio de la Dirección de Participación Ciudadana, que es CO452, habla de una solicitud diversa a la que estamos aludiendo, que es la 46510, y la que estamos en estudio es la 81310, y ahí reproduce que es Viena y Berlín. Pero, posteriormente, en su segundo párrafo aclara que es la calle de Francisco Javier Mina, se encontraban filmando la película, etcétera, ¿no?

Entonces, sí me parece que da certeza el hecho de que ordenemos tal cual aparece en el sentido del proyecto, porque sí hubo no solamente esta referencia indebida de coordenadas, sino por la solicitud inequívoca.

C. OSCAR GUERRA FORD.- ¿Alguien más?

Entonces, no tengo a nadie más en la lista, lo voy a someter a votación.

Tenemos dos propuestas, una que es la modificar y otra con…

C. JORGE BUSTILLOS ROQUEÑI.- Voy, voy con modificar.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Entonces, aquellos comisionados que estén de acuerdo que el sentido sea modificar en los términos expuestos, favor de levantar la mano.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Por unanimidad se aprueba el proyecto de Resolución 977/2010.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Como está en el Manual de Organización, el Manual Técnico.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Este Recurso de Revocación con el expediente REV.005/2010, el acto recurrido, el numeral tercero del acuerdo del 12 de agosto de 2010, emitido por la Dirección Jurídica y Desarrollo Normativo de este Instituto, dentro de

Page 125: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

los recursos de revisión 1051, 1052, 1053, RR antes y seguidos de diagonal 2010; los tres son acumulados.

Motivo de la queja, inconformidad con el acuerdo de admisión.

Manifestación de la particular, considera que se hizo una apreciación indebida de los agravios esgrimidos en los recursos 1051 y 1052, promovidos por omisión de respuesta y no por inconformidad por la falta de entrega de la información, violentándose el principio de legalidad.

Las consideraciones son las siguientes: la omisión de respuesta se configuró cuando el ente público haya dejado de contestar las solicitudes dentro del plazo legal, más no cuando omite adjuntar el archivo de respuesta en INFOMEX.

De la revisión a la gestión de las solicitudes en INFOMEX se advierte que en la pantalla notifica disponibilidad y costos del soporte material de ambas, el ente público propuso la entrega de la información solicitada en copia simple, previo pago de derechos por lo que, efectuado el pago correspondiente y registrado en el sistema la recurrida notificó al solicitante el lugar y fecha de entrega de la misma.

En ese orden de ideas, la Dirección Jurídica, en suplencia de la deficiencia de la queja, a favor del particular determinó que la inconformidad era por la no entrega de la información solicitada y no por la omisión de respuesta, de manera que el acuerdo recurrido se encuentra debidamente fundado y motivado por lo que las quejas del particular devienen en infundadas.

Por tal motivo, el sentido es confirmar el acuerdo de la Dirección Jurídica.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Comisionado Agustín Millán.

C. AGUSTÍN MILLÁN GÓMEZ.- Bueno, verdaderamente me parece esto una especie de galimatías porque el acuerdo dictado el 12 de agosto refiere que la inconformidad del recurrente es –valga la redundancia- una inconformidad por la falta de respuesta.

Page 126: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

Y de lo que se queja clara y contundentemente por una omisión de respuesta, así dice en su escrito recursal, dice: “me responden que me anexan un par de oficios donde está contenida la respuesta a mi requerimiento de solicitud y resulta que no hay archivos anexos”, y por procedimiento la Dirección Jurídica, si está normado, tiene que ir al sistema electrónico INFOMEX y verificar la existencia de esa respuesta.

Y la Dirección Jurídica nos dice: “sí hay respuesta porque se dice que ahí están los oficios”, pero sin embargo los oficios no están, que es donde está la respuesta.

Entonces, ese es el tema de fondo: la respuesta, en mi opinión, está contenida en oficios que no fueron adjuntados, por lo tanto el agravio del particular es contundente en el sentido de que hay una omisión de respuesta y el tratamiento de un recurso por omisión o por inconformidad es diametralmente distinto.

Me hago cargo que posteriormente el recurrente se mete en el sistema para revisar esta parte que se dice ahí en el proyecto de pagar, de hacer, de emitir el pago que le da en automático el sistema, pero eso no significa que estemos o que esté consintiendo que el agravio consiste en una inconformidad que es la falta de respuesta.

¿Qué es la falta de respuesta? Pues una omisión. Y, categóricamente, la omisión se da porque no están los oficios, y eso lo debe de decir el proyecto de este recurso de revocación: no estaban los oficios. Si la autoridad en un momento dado, que tampoco viene en el proyecto, dice o pretendió subir en el sistema los oficios y no pudo, para eso están normado los lineamientos de INFOMEX para elaborar un acta circunstanciada, que en el caso concreto no acontece.

Entonces no podemos convalidar una supuesta respuesta por el hecho que digan: Ahí están los oficios. Pero en realidad no estaban anexados esos archivos. En el sistema no estaba, y no hay un pronunciamiento por parte de nuestra Dirección Jurídica, para verificar que efectivamente estuvieran o no estuvieran los oficios, simplemente nos vamos para decir que así hay una respuesta, porque le dice la autoridad, la Delegación Benito Juárez que ahí están los oficios, por favor.

Page 127: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

Entonces por lo mismo me parece que son totalmente fundados los agravios en el recurso original, y son fundados los agravios en el presente recurso de revocación y deberíamos de revocar el acto emitido por la Dirección Jurídica el pasado día 12 de agosto.

Por otro lado, yo verdaderamente no entiendo por qué razón, por qué motivo en la página 5 de 17 de este proyecto, se dice que mediante acuerdo del 8 de septiembre la Dirección Jurídica hizo constar el transcurso del plazo, pero en fin, en resumidas cuentas que le damos vista a la Delegación Benito Juárez para que se pronuncie. Aquí el agravio del recurso de revocación es por qué tú, Dirección Jurídica, estás planteando que mi queja es por una inconformidad de una falta de respuesta y no por una omisión.

O sea, qué tiene que tiene qué ver la delegación. O sea, ahí sí no entiendo por qué le tenemos que dar vista a la delegación. Igual es una cuestión de procedimiento, pero me parece como muy mecánico que tiene que ver la autoridad originalmente recurrida con agravios muy precisos con el recurso de revocación donde está cuestionando un acto a este órgano resolutor a través de la Dirección Jurídica.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Comisionado Oscar Guerra.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Iría también por revocar, porque lo que parece al solicitante es esto en el momento. Se da respuesta al oficio número tal, y como dice bien el Comisionado Agustín Millán, el no lo recibe, ya lo recibe después, ya los tiene. También habría que considerar ese asunto.

El asunto mayor, no sé si la Dirección Jurídica no lo hizo, pero también hay que hacernos cargo de lo siguiente, que según la Dirección de Tecnologías, José Ángel Esparza Portugal, los archivos sí se subieron por la Benito Juárez, y en el paso siguiente de entregarlos los archivos no están. Problemas de informática que a veces se presentan.

Entonces ahí tenemos un problema, porque el ciudadano tiene razón, no aparición es omisión de respuesta. Pero tenemos ahora el lado cuando resolvamos el recurso qué va a pasar. El acta circunstancial la

Page 128: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

puede hacer Tecnologías, pero por esa acta circunstancial vamos a ordenar una entrega de una información que ya se dio, que ya estamos seguros que se dio y ya le aparece en el sistema, ¿y vamos a dar vista a la Contraloría por un error que no es de ellos? Entonces ahí es donde está.

Yo iría porque el ciudadano sí no tiene que pasa internamente, eso me queda claro, y a él hay que revocarle y decirle: Señor, sí es omisión de respuesta. Pero ahora que ya proyecten el recurso los compañeros de la Dirección Jurídica tendremos que ordenar la entrega, pero no sé, digamos, aquí hay que ver la manera jurídica, porque si hay un error que es asumible a un sistema, ya el propio estudio de la métrica nos dijo que sí tiene, y no ha visto, no ha visto, bueno, no han visto 90 mil solicitudes. Ustedes vieron tres solicitudes como usuarios. En ese sentido ahí hay que ver cómo vamos a resolver esa parte.

La Dirección de Tecnologías nos puede hacer una acta circunstanciad de lo que sucedió, digamos, ahí y en esa rutina. Pero también a mí me preocupa la hora en que resolvamos el recurso.

Lo que más me preocupa es que no podemos hablar de una omisión a la delegación porque no la hubo por parte de ellos, y mucho menos darle una vista a la Contraloría.

Entonces yo ya ahorita por revocar, y en su momento tendríamos que resolver cómo lo vamos a resolver sin afectar al sujeto obligado que en ese momento, digamos, cumplió.

Licenciado Agustín Millán, por alusiones personales.

C. AGUSTÍN MILLÁN GÓMEZ.- Qué bueno que coincide el Presidente, cuando menos, en revocar; pero a ver si convenzo con mi argumento…

C. OSCAR GUERRA FORD.- No, para alusiones.

C. AGUSTÍN MILLÁN GÓMEZ.- Ya me pusieron hasta razonamientos. No, yo sé que es por cuestión de tiempo.

Page 129: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

No nace a la vida jurídica, no nace a la vida jurídica la respuesta de la Delegación Benito Juárez, por más que haya sido su intención de subir el archivo y entregarlo al particular, es responsabilidad de la Oficina de Información Pública garantizar que la información que le están dando algunas unidades administrativas efectivamente se le está entregando, y eso cuando uno está revisando el sistema, cuando das la parte final de entrega de información tienen que verificar que efectivamente vaya la respuesta.

Entonces no nació a la vida pública, señor Presidente, no hay respuesta. Entonces vamos de acuerdo en el sentido de revocar.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Comisionada Areli Cano.

C. ARELI CANO GUADIANA.- A ver, yo creo que aquí se trata de una cuestión procesal y que no habíamos advertido cuando se sustancias recursos de revocación, porque generalmente los que se presentaban eran por valoración de pruebas, porque se inconformaban de los acuerdos emitidos por la Dirección Jurídica sobre admisión de pruebas, etcétera, pero no se había inconformado un solicitante por la forma en que nosotros consideramos procedente un recurso, lo cual me da mucho para sentar criterios.

Me parece que es un problema, y creo que ya está considerado en este procedimiento que estamos que ya y ya y ya, y yo espero que ya en una semana o dos semanas salga, porque es urgente. Y creo que esto da pauta a que en el propio procedimiento se defina qué entendemos por omisión de respuesta.

De los antecedentes que yo recuerdo es que consideramos omisión de respuesta cuando está el oficio: De que te notifico anexo a la respuesta. Y eso me acuerdo perfectamente de dos o tres recursos que hemos dado por válida esa consideración, aún cuando no sea legible el anexo o no se suba propiamente el anexo.

Si ustedes preguntan qué se entiende por omisión, es que a mí no me interesa que me comuniquen que en anexo me van a dar la respuesta, cuando en anexo no viene la respuesta.

Page 130: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

Lo relevante es que en los anexos que viene la respuesta sean notificados al solicitante.

Ahora, me parece que este solicitante de información estaba, o sea está preocupado por la forma en que nosotros procedimos en la admisión de su recurso. Y yo estaba considerando este artículo, del Artículo 44, que dice que, el 44 vigente del procedimiento, que cuando se interpongan uno más recursos de revisión por omisión, cuando se interponga, uno o más recursos por omisión de respuesta de solicitudes presentadas por el módulo electrónico la Dirección antes de la admisión verificará en dicho sistema la gestión, así como la existencia o no de la respuesta correspondiente.

Posteriormente se advierte que sí están los anexos, pero que no fueron del conocimiento del particular, tan es así que de eso se inconforma. Dice: En caso de existir ésta, una vez revisada si existe o no prevendrá al recurrente, adjuntando la respuesta del ente público para que aclare el acto impugnado. Es decir, una vez que yo ya hice mi revisión me parece que lo que debió es prevenirse y decir: Sabes qué, sí hay respuesta, no es tanto una omisión, sino, no es tanto una omisión sino es posiblemente una inconformidad.

Pero también me hago cargo de los antecedentes que hemos tenido aquí, y que a veces la Dirección Jurídica actúa conforme a lo que se está estableciendo de manera reiterada y que tampoco como Pleno hemos tenido un criterio específico de qué se entiende por omisión, si no hemos dado por válidos los oficios que dan por notificación, por notificación sin verificar que el solicitante tenga los anexos respectivos.

Entonces me parece que es equívoca la situación que hemos tenido, porque nosotros debemos de cerciorarnos que lo que le llegue al solicitante, si viene en anexo que sea entregado.

Entonces me parece que esto es una cuestión procesal de procedimiento, que al recurrente con toda legalidad y legitimidad hace valer, y que está en su derecho. Es válido y me preocupa este Artículo 44, que me parece que tuvimos la oportunidad de prevenir antes de darle esta clasificación de qué omisión. La otra situación que pongo en la mesa es que en términos de otro principio que es que el procedimiento sea expedito, el que nosotros revoquemos una cuestión

Page 131: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

de legalidad se va a perjudicar al solicitante, porque se va alargar el procedimiento, porque se va reponer el procedimiento después de la emisión.

Entonces a reserva de que se hagan las valoraciones respectivas sí quisiera tener ¿qué vamos a prevalecer? ¿Que el procedimiento sea expedito? ¿Que sea lo más oportuno y que se estudie ya? Porque en los recursos respectivos son tres recursos, que ya para el análisis vamos a estudiar inconformidad, o sea ya nos vamos a meter a la legalidad de la respuesta.

Pero también entiendo al solicitante que él se va por una cuestión, a ver, a mí me dieron falta de respuesta, y cuando yo impugné falta de respuesta era porque yo consideraba tener una respuesta más pronta por parte del Instituto, que eso se resuelve en términos de la ley en menos tiempo que en un recurso de inconformidad.

Pero pongo esa valoración y a ver qué consideraciones podemos tener para tener la mejor salida en este recurso.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Comisionado Oscar Guerra.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Yo diría que son los problemas, en realidad parece un problema práctico que ella tiene la información, ya tiene los oficios. Entonces yo creo que él lo que quiera ya no fue en ese momento expedito el asunto, sino lo que quiere ahora es defender la certeza jurídica. Decir: Bueno, aquí hubo un asunto, digamos, tenemos que ir por la omisión, porque fue omisión. Yo vuelvo a decir: Desde el ciudadano fue omisión. Eso nos queda claro y creo que él tiene razón en sus reclamos de que debe clasificarse como omisión. El asunto está en esta posibilidad de prevenir, que hubiera sido una posibilidad, y la otra es que siento que se están haciendo las cosas un poco automáticas, a lo mejor por el número de recursos.

Lo que pasa es que nosotros tenemos formatos en INFOMEX, que al Jurídico le dicen: Recibí respuesta electrónica. Que hubo respuesta. También es nuestro formato, y cuando es omisión es otra la omisión, ahí sí hubo omisión, el sistema me la da como tal.

Page 132: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

La otra es decir: Recibí respuesta, métete a ver, digamos, lo que hay allá adentro, y si debe ser calificada como una respuesta. Creo que eso nos debe llevar, digamos, aparte ahora que cambiemos este procedimiento, que yo también soy de la idea de que urge y todos urgen, ya lo tienen hace como dos semanas. En varias ocasiones hay una idea que se manejo en la red ahí, hemos tratado de citar ese asunto. Yo les pido que lo antes posible lo podamos hacer.

Pero que también esas cosas las llevemos a INFOMEX, y veamos si en determinado momento habría que ver una rutina, que no sea tan directo que porque está esta pantalla ya hubo respuesta, ya me voy a ver. Obviamente si la respuesta fue correcta o no, y también para, o sea el de omisión está claro, como que hubiera a lo mejor una posibilidad ahí intermedia una cosa así.

Y la otra es este asunto, que a mí me preocupa. Yo iría por revocar, porque esto ahorita de la asociación de hacerlo espiritual ya no le interesa esa parte. Digamos, ya la información ya la tiene, sino lo que le interesa es defender su derecho.

Pero la otra es cómo vamos a resolverla. Esa es la que en su momento, no para ahorita, tendremos qué ver, porque sí hubo una falla de INFOMEX, como parece que la hubo entonces ahí no podemos decirle al sujeto: Fuiste omiso, vista a la Contraloría y tal. Pues te va a decir: Oye, pues espérate, yo subí, es que el INFOMEX pues es tu sistema, maestro.

Entonces ahí tendríamos que ver en su momento qué vamos a hacer.

Comisionado Agustín Millán.

C. AGUSTÍN MILLÁN GÓMEZ.- Gracias.

Yo no podría decir que es una falla en el sistema, o sea, no tengo la evidencia en el recurso. No sé de dónde sale, perdón… Por eso, por eso. Está en autos o no está en autos esta evidencia que proporciona tecnología que en la gestión pretende la autoridad subir la información, pero no nace a la vida jurídica la respuesta, que es de lo que se está quejando el recurrente, y creo que el Artículo 44 invocado, que yo además hacía referencia, nuestra normatividad obliga a que la

Page 133: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

Dirección Jurídica revise si cuando hay una queja, un acto reclamado por omisión de respuesta voy al sistema y veo si hay la respuesta. No hay respuesta.

El hecho de decir que le entrego un par de oficios, donde viene la respuesta y no están esos oficios, pues no hay respuesta. Eso es, o sea, y en mi caso pienso que no hay necesidad de una prevención. Era claro que no estaban los oficios en el sistema, situación que debió de haber advertido el titular de la Oficina de Información Pública.

Me hago cargo también del asunto de valorar el principio de celeridad que invoca la Comisionada Areli Cano. Aquí el recurrente en este recurso de revocación yo creo que está muy claro del costo que está asumiendo de alargar un plazo, pero está defendiendo la legalidad de la actuación del Instituto. Su queja fue por omisión de respuesta, y por lo tanto la orden del Instituto debió de haber sido con base en los plazos de una omisión que se le ordenara a la autoridad para que entregara la información solicitada. Pero va a sentar esto un precedente, por fortuna, el recurso de revocación de este ciudadano y de muchos otros más, que cuando digan hay una omisión de respuesta la obligación de la Dirección Jurídica es no ver que refiere a la autoridad, hay te anexo la respuesta. Entonces la damos como una respuesta válida, no. La respuesta tiene que atender a lo pedido, y que esté el archivo anexo, que en este caso no aconteció.

C. OSCAR GUERRA FORD.- A ver, va en orden el Comisionado Jorge Bustillos, luego la Comisionada Areli Cano en una pregunta al Director Jurídico, y el Director Jurídico intervendría.

Entonces Comisionado Bustillos, luego la Comisionada Areli.

C. JORGE BUSTILLOS ROQUEÑÍ.- A ver, hacia dónde puede derivar este recurso es a declarar si es fundado o infundado el agravio. Yo consideraría que determinemos que no se configuró la omisión, que hay una falla, o sea que no la percibe por una falla que se observa en INFOMEX, y la Dirección de Tecnologías tiene que documentar en la sustanciación del recurso esa información por parte de Tecnologías para incorporarla al expediente.

Page 134: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

Creo que esto favorecería al mismo recurrente y mantendría la posibilidad de, en todo caso, inconformarse con la información proporcionada.

De otra manera creo que estaríamos revocando innecesariamente porque tendríamos, derivaríamos en que efectivamente existe eso en INFOMEX, no se configuraría la omisión y agarraríamos la ruta.

Entonces yo considero que debemos de optar por la postura de declarar infundado el agravio.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Pregunta la Comisionada Areli Cano

C. ARELI CANO GUADIANA.- Según yo los antecedentes que tengo o que leí es que no se notificó la respuesta, o sea los anexos. Pero que en el sistema sí hay respuesta. Entonces mi pregunta era, confirmarme si efectivamente en el sistema hay respuesta, si hay respuesta.

C. OSCAR GUERRA FORD.- A ver, Comisionado Millán, yo les pido una cuestión porque es un asunto medio técnico. Viene José Luis, que ya conoce perfectamente el asunto a darnos la explicación, porque parece que ahora el problema no es del sistema sino de la cuenta del recurrente o el solicitante. Entonces dejemos que él nos dé la explicación en términos técnicos. Mientras el licenciado Serralde, para que nos argumente y veamos ésa, que ese es el asunto.

C. TEODORO ANTONIO SERRALDE MEDINA.- La determinación se realizó de esa manera por varias cuestiones. La primera es dentro de esta situación de dudas, del criterio en cuanto a qué se considera como omisión de respuesta en lo que se refiere al Sistema INFOMEX, nos basamos en ya antecedentes por parte de este Pleno, en donde se ha establecido, por lo menos tengo aquí versión estenográfica del 22 de octubre de 2008, que para el caso del Sistema INFOMEX, cuando aparezca que toda la gestión concluyó dentro del procedimiento no se considera como una omisión de respuesta, porque aparece que concluyó la gestión en el sistema correspondiente.

Page 135: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

Ese fue el criterio que tomamos en la Dirección Jurídica basado en lo que este Pleno ya había determinado.

La otra es: Basándonos en el aspecto del beneficio del particular, si lo aceptábamos como una omisión de respuesta. La orden nada más va a ser: Contesta. Pero la contestación ya la dio.

Creemos que le podemos beneficiar más si lo admitimos como inconformidad porque vamos a analizar el fondo del asunto, la información correspondiente. Y entonces la resolución sería en el sentido de ordenar, en su caso, en el mayor beneficio correspondiente la entrega de la información de manera categórica.

Entonces por eso es que se estableció una suplencia de la queja para decir: Sí, me diste una omisión, pero de acuerdo a lo que nosotros vemos en el sistema hay una terminación, una conclusión de la gestión que aparece una respuesta, pero no se acompañaron los anexos o los archivos correspondientes.

Y entonces a partir de ahí es que lo establecimos en el sentido de aceptarlo como una no entrega de la información, porque efectivamente el oficio tenía la información correspondiente, pero en el Sistema INFOMEX había una notificación en la etapa correspondiente de lo que se refería a una respuesta.

Efectivamente para efectos jurídicos, incluso, de la discusión viene el punto complejo del sistema y las formas mecánicas o cerradas que se tienen en el caso, como en éste, de que obviamente simplemente lo cierra y ya incluso viene la parte del pago, que se emite el recibo, y eso solamente se emite cuando hay respuesta en términos del sistema, no es un sentido material o formal. Entonces eso fue lo que consideramos.

La otra parte es la vista con la delegación, es precisamente para mantener una paridad procesal, es de manifiestas, manifiesta y con base en esa situación y las constancias pues simplemente alegamos, ¿por qué? Porque pudiera haber que este sentido, como se comentaba, de que alegara alguna cuestión en el aspecto de que se subió y que tuvo algún problema técnico, etcétera. Eso pudiera

Page 136: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

ayudarnos, que en este caso pues no nos dio mayores elementos el propio ente público.

Pero básicamente fue los antecedentes que incluso en la Dirección Jurídica todo el personal me confirmó en este sentido. Gracias.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Le voy a pedir al ingeniero José Luis, que ya está con nosotros. Sí, sí, después. Ya para tener las opiniones técnicas, la jurídica y la de tecnologías, diríamos qué es lo que sucedió. Entonces la pregunta está, el Jurídico calificó como que había una respuesta en términos de que tiene en el flujo que recibió una respuesta. Obviamente al ver nosotros la respuesta es una cuadrito que no tiene los oficios como tal, y entonces ya si uno se mete al análisis no están los oficios, podría ser calificada como una omisión de respuesta.

¿Pero cuál fue el problema? La delegación, bueno, ¿sí subió los oficios o no los subió? Esa es la primera cuestión. La otra, si los subió ¿por qué no los recibió el solicitante? Esto es lo que tenemos principalmente, y no sé si alguna otra cosa que quisieran preguntar.

C. JOSÉ LUIS HERNÁNDEZ.- Gracias. Con relación a esta solicitud de información lo que observamos en el Sistema INFOMEX, y analizando específicamente este caso es de que el ente público sí subió los archivos. De hecho hay, digamos, tres pasos en los que se identifica esto. Primero cuando sube la respuesta al sistema, luego enseguida viene una confirmación por parte del sistema en donde le indica si es que está seguro o no de la respuesta que va a emitir, en donde indica que sí, ahí todavía están los archivos. Cuando le llegan al solicitante es donde ya el sistema no los adjunta. Sin embargo, en el módulo de consulta pública del Sistema INFOMEX sí están disponibles. O sea, que ahorita en el módulo público del Sistema INFOMEX sí está respuesta. El detalle está relacionado…

C. OSCAR GUERRA FORD.- ¿Desde esa fecha?

C. JOSÉ LUIS HERNÁNDEZ.- Sí, desde esa fecha. Digamos, desde que el ente público emitió la respuesta, desde esa fecha está la respuesta disponible públicamente en el sistema, en este módulo de consulta pública que hay ahí están los archivos.

Page 137: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

De hecho, digamos, para ver el detalle de este recurso de revisión alguno de los asesores vio efectivamente que están esos documentos de manera pública.

Aquí el detalle fue que al momento de pasar esa información hacia la cuenta del solicitante, el particular, ahí es donde ya se pierde el vínculo con los archivos que sí anexó efectivamente el ente público.

C. OSCAR GUERRA FORD.- ¿Y alguna razón de que…?

C. JOSÉ LUIS HERNÁNDEZ.- Ha estado presentando o ha tenido algunas inconsistencias últimamente el Sistema INFOMEX, que han sido mínimas, pero dentro de eso son casos como el que se está presentando en este caso.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Pero eso tampoco se atribuye al solicitante en ese momento.

C. JOSÉ LUIS HERNÁNDEZ.- No.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Que no le hayan llegado.

C. JOSÉ LUIS HERNÁNDEZ.- No.

C. OSCAR GUERRA FORD.- O sea, no es ni al sujeto ni al solicitante, sino en este caso en el interface…

C. JOSÉ LUIS HERNÁNDEZ.- Así es.

C. OSCAR GUERRA FORD.-…entre ellos dos que tiene que ver.

Adelante Comisionado Millán.

C. AGUSTÍN MILLÁN GÓMEZ.- Gracias por la generosidad que me permite.

Tú dices que en la gestión interna, y aquí ya veo la evidencia de que la autoridad pretendió o subió los archivos que contenían el oficio de respuesta. Sin embargo, sí aceptas, José Luis, que en el momento de

Page 138: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

la verdad al particular no le llega esa respuesta, no llegan esos archivos, OK.

Ese es un punto importante. O sea, estamos reconociendo que no nace, reitero, a la vida jurídica la respuesta que hoy está impugnando la omisión el particular, y aquí en un afán de proteger a este ciudadano decimos: Aplico la suplencia de la deficiencia de la queja. Y digo: No te estás inconformando por una omisión que en realidad está aconteciendo, te estás inconformando con la falta de respuesta. Que a mí es donde yo digo no lo entiendo. Me parece una salida muy forzada. Te estás inconformando por la falta de respuesta, porque sí te respondieron y te dice que la respuesta está contenida en un par de oficios que no estaban anexados.

Probablemente la gestión interna, bueno, no probablemente, aquí está la evidencia de que sí lo pretendieron hacer o lo hicieron, pero que no nace a la vida jurídica.

Lo que me llama mucho la atención, lo que me llama mucho la atención es que se asevere que está en consulta público esos archivos donde está la respuesta.

Yo lo que cuestionó es la falta de procedimiento de nuestra Dirección Jurídica. Debió de haber ido al sistema en el momento en que tengo el recurso de revocación y no conformarme con decir: Sí te respondieron, ahí te dice que te anexan los archivos. Pero en ningún momento nos estamos manifestando con relación a los archivos anexos. Ese es mi cuestionamiento, y ese es el agravio que presenta el particular.

O sea, estas consideraciones que da el Director de Tecnologías no está en autos, de que a partir de esa fecha. Oscar, no te estoy aludiendo simplemente…

C. OSCAR GUERRA FORD.- Gracias.

Nada más, Comisionado Millán, aprovechando, ¿era pregunta o intervención?

C. AGUSTÍN MILLÁN GÓMEZ.- Es una pregunta. Digo, igual como tú estás preguntando acá en corto, yo lo hago público.

Page 139: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

C. OSCAR GUERRA FORD.- La pregunta dura un minuto. Adelante.

C. AGUSTÍN MILLÁN GÓMEZ.- Fui muy claro. O sea, no obra en autos esta aseveración que no da el Director de Tecnologías de que la respuesta está en el módulo de acceso público, en el módulo histórico de las solicitudes de información, no obra en autos.

Entonces la realidad, y lo está afirmando el Director de Tecnologías no se le dio respuesta, no estaban los archivos, y ahí hace una referencia en que la cuenta del particular. Pues no es la cuenta, es el sistema. Yo entro al sistema por internet no a través de mi cuenta de correo electrónico, y verifico si hay o no hay respuesta.

Situación, insisto y reitero, no verificó la Dirección Jurídica, simplemente verificó que hubiera una respuesta mencionando que estaban los oficios.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Comisionado Oscar Guerra.

C. OSCAR GUERRA FORD.- A ver, yo dije desde un principio que el asunto era revocar, porque sí en el solicitante no hay respuesta.

A mí lo que me preocupaba es la otra parte, no sé si se pueda, o sea, porque no podemos decir: bueno, está bien, ser revoca porque se tuvo que admitir como omisión de respuesta, entonces sigue el procedimiento de omisión de respuesta.

Pero qué le vamos a decir a la delegación, “fuiste omiso”, cuando no fue omiso. Ésa es la parte que a mí me preocupa, y luego te voy a dar vista a la Contraloría por omisión, me va a decir: “Oye, fue el sistema”. O ahí una forma de sobreseer, porque aparte ya se quedó sin motivo la omisión porque la respuesta ya la tiene, ya la tiene.

Yo entiendo que él quiera ahora –digamos- que se reponga su acto, la respuesta ya está ahí.

Entonces ahí es lo que me preocupa. Yo digo “revocar”, a lo mejor es un problema que ahorita no vamos a resolver, el recurso no lo

Page 140: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

estamos resolviendo hoy, simplemente que tengamos en consideración en el momento que vayamos a resolver este recurso de estas circunstancias que sucedieron en el sistema para dar una salida que tampoco –digamos- sea contra la contraparte en términos de que él sí cumplió dando una respuesta en el momento en que tuvo que darla.

Y yo ahorita, en este momento, iría por revocar, porque sí, en lo del solicitante, como dije, no hay una respuesta, él –digamos- finalmente está…

Como diciendo, ya lo de adentro de qué suceda ya en el Instituto, si ven esta pantalla y ven esta pantalla y consideran que con eso hay una respuesta, etcétera, etcétera, pues no, en los hechos estamos claros que él no tuvo una respuesta.

Comisionada Areli Cano.

C. ARELI CANO GUADIANA.- Esto no puede estar desarticulado de la cuestión de fondo.

Vamos a suponer que efectivamente es una cuestión no imputable al ciudadano porque él no recibió la respuesta.

Entonces nosotros, en el primer supuesto, se revoca, se revoca: “Dirección Jurídica, debiste prevenirlo primero en términos del 44 y admitirlo por omisión”. La consecuencia del análisis se va a ser el sobreseimiento, porque nosotros vamos a advertir que efectivamente sí hubo respuesta. Ésa es la consecuencia que vamos a tener en la cuestión de fondo si se revoca este procedimiento, este acuerdo de la Dirección Jurídica.

Ahora, ¿qué pasa con la otra situación, con el otro supuesto de declarar fundado, infundado el agravio? Me parece, dando esta técnica que nos da el licenciado José Luis, nos dice: “Al recurrente no le llegó la respuesta, pero en el sistema INFOMEX sí está tanto respuesta como los oficios anexos, eso sí está pero el recurrente no lo sabe”. Qué hay cuando se presenta ese supuesto, dice el 44, o sea, la Dirección Jurídica tiene que revisar antes de la admisión si en los

Page 141: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

casos que se interpongan recursos por omisión verificar si hay respuesta.

Según el acuerdo punto tercero que está impugnado sí lo hizo la Dirección Jurídica, se fue al sistema, revisó y la justificación de atender una suplencia de la queja dice: “se advierte que los agravios se traducen en una inconformidad porque ellos verificaron que sí había respuesta”. Bueno, eso es lo que está aquí, lo que nos concluye la Dirección de Tecnologías.

Ahora, insisto que es un error de procedimiento, porque una vez hecho la Dirección eso, ese estudio, debió de decirle al recurrente: “¿Sabes qué? No hay omisión. Sí está, te prevengo para que –dice aquí- aclares el acto impugnado”.

Esta situación me parece, dada la interpretación que ahorita yo en lo personal estoy dando al 44, no se hizo, no se hizo, no obstante que la Dirección Jurídica tenía constancia plena de que estaba la respuesta.

¿Entonces qué va a pasar ahorita? Si nosotros confirmamos, me parece que aun cuando no tenga una respuesta el recurrente, para entrar al análisis de fondo de la respuesta, me parece que es, ya es insuperable esa situación y hay que entrar a fondo en el recurso de fondo de los tres que están planteados. Porque lo otro no nos va a permitir entrar al fondo, se va a sobreseer.

Hubo un error de procedimiento, en mi opinión, si lo cual ahorita resulta superable totalmente, sí hay que advertirlo, yo estoy consciente de que hay que advertirlo y que creo que si estamos de acuerdo el Pleno tiene que tener un criterio respecto de la interpretación de ese Artículo 44, cuando se presenten actos de omisión pero que realmente una vez hecha la revisión en el Sistema INFOMEX, sí existan, hay que prevenir al recurrente para decirle: “Aclara tu inconformidad, porque sí hay respuesta”. Pero me parece que son ya insuperables a estas circunstancias el hecho de que nosotros revoquemos un asunto y nos vamos a fondo en los recursos respectivos.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Comisionado Jorge Bustillos, Comisionado Jorge Bustillos, Comisionado Jorge Bustillos, ya nos queremos ir.

Page 142: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

C. JORGE BUSTILLOS ROQUEÑÍ.- Repito, no hay que revocar o confirmar, sino declarar que es fundado o infundado y que tiene examinar cuáles son las consecuencias de uno y del otro.

Si observamos la forma como está substanciado se advierte que quizá en la respuesta en teoría existe y existen los módulos de atención pública, de consulta pública; y que hay un defecto, dijéramos, que le impide, un defecto técnico que le impide al particular observar que la información ya existe.

Si declaramos fundado tendríamos que aseverar que hay omisión de respuesta. Aquí tenemos que dar respuesta a diferentes preguntas, una de ellas es si se confirma la omisión de respuesta quién sería el culpable. Si observamos que el ente público atendió la solicitud seríamos nosotros, sería el administrador de sistemas, sería… ¿A quién tendríamos que observarle esta cuestión, esta omisión de respuesta?

Porque declarar fundado es acreditar lo que dice el particular, es decir, que el acto de la omisión, la omisión se configuró. Si se configura omisión tenemos que proceder en consecuencia.

Entonces sí tenemos que dar una respuesta a eso.

Yo lo que digo es que la respuesta existe, la falla, hay una falla técnica atribuible al sistema y que debemos declarar infundado el agravio y dar la oportunidad a que el particular se inconforme, si fuera el caso, con la respuesta otorgada. De otra manera no daríamos esa oportunidad al particular y simplemente ordenaríamos al ente público que emita una respuesta.

Como dice la Comisionada Cano, tenemos que acudir a un procedimiento que nos permita, a un análisis que nos permita advertir lo que ya está señalado por la Dirección Jurídica, en donde se señala en la sustanciación que fue advertido esto en el sistema, que existía respuesta y, por lo tanto, declarar infundada el agravio del particular. Creo que eso dejaría en claro las cosas y favorecería al recurrente que podría, en este caso, acudir a inconformarse con la calidad de la respuesta.

Page 143: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

C. OSCAR GUERRA FORD.- Por alusiones personales, Comisionada Areli Cano.

C. ARELI CANO GUADIANA.- Sí, yo creo que no es imputable al ciudadano esto que se hizo, y yo la conclusión que tengo de este recurso es que sí es fundado el agravio del solicitante porque no recibió la respuesta, pero es insuficiente para revocar el acuerdo de la Dirección Jurídica, porque nada contribuye que nosotros lo regresemos para prevenir para que revoque y para que lo preventa y le diga: “¿Sabes qué? No fue omisión, fue inconformidad”. Concluyo, es infundado, pero insuficiente para revocar todo el procedimiento que ya llevamos por inconformidad.

Fundado pero insuficiente para revocar el acuerdo de la Dirección Jurídica que te lleve a un posible insu… Y todo eso se puede motivar en el proyecto.

C. OSCAR GUERRA FORD.- ¿Alguien más? Comisionado Agustín Millán.

C. AGUSTÍN MILLÁN GÓMEZ.- De entrada la referencia que hace la Dirección Jurídica con relación a un criterio que se ha adoptado por el Pleno del Instituto, desde octubre del año 2008, pues es un criterio mayoritario, no es un criterio unánime.

Yo ahí refería que presentaba un voto unánime a reserva de revisar con mayor detalle a qué nos estamos refiriendo. Pero 2008, digo, tenemos que ubicarnos en el tiempo de la enorme cantidad de problemas que presentaba INFOMEX.

Yo pongo sobre la mesa un cuestionamiento. El hecho de que se haya presentado este recurso de revocación y para valorar que hay una respuesta que está en el modulo de consulta pública, el hecho de que haya presentado el recurso de revocación, José Luis, en automático me permite parar todo el flujo de información en el Sistema INFOMEX; hubo ahí alguna actuación de la Dirección Jurídica para decir: “Viene un recurso de revocación, paro en este momento todo el procesamiento del sistema, porque en todo caso yo estaría pensando en la necesidad de una auditoría informática porque hay un argumento

Page 144: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

que dice el recurrente convalidó porque se metió a obtener la respuesta que estaba en INFOMEX y hace el pago y, por lo tanto, hay una respuesta, pero esa respuesta pudo haber sido posterior”

Yo no alcanzo a entender, ¿por qué se dice, compañeros, por qué se dice, Oscar, por qué se dice –no te estoy aludiendo-, por qué se dice que efectivamente se configura la omisión de respuesta, porque en la cuenta del particular? No estamos hablando de la cuenta del particular, estamos hablando del sistema y para eso se creó esta plataforma para evitar problemas de que sí te había enviado la información o no en correo electrónico. Entonces no tiene nada que ver…

Si te refieres a la cuenta, a la autenticación en el sistema, y lo que dice José Luis es, efectivamente, no le entregaron la información los anexos, los archivos anexos.

Cuando al Jurídico hace una valoración, hace una valoración de la oficina de información pública para decirle: “Ahí te estoy mandando los oficios”. Pero no estaban los oficios, no hay esa valoración por parte de la Dirección Jurídica.

O sea, a mí me parece que el asunto está más que complejo, y reitero, la forma de abordar la inconformidad me parece muy sui géneris. Es una omisión de respuesta, no hay evidencia de la Dirección Jurídica para determinar que ahí estaban los anexos.

Sí nos refiere la Dirección Jurídica que estaba una respuesta donde le mencionan que le anexan dos oficios; y perdón, Comisionado Bustillos, sí revocamos el acto de la Dirección Jurídica, no nos podemos pronunciar simplemente, concluyo, de que resultan fundados o infundados, se revoca o no se revoca.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Licenciado Teodoro, yo quisiera hacer una propuesta, que a ver si nos puede recoger las diversas opiniones y ver si podemos sacar por consenso ese asunto.

Licenciado Teodoro, si nos hace favor.

Page 145: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

C. TEODORO ANTONIO SERRALDE MEDINA.- Yo sólo quisiera agregar una situación de un aspecto jurídico procedimental en esta nueva etapa de los procedimientos electrónicos y que ahí yo agregaría este razonamiento que voy a exponer a toda la discusión que se acaba de hacer.

El Sistema INFOMEX es el sistema electrónico permitido, autorizado por el Instituto, por el Pleno del Instituto para efecto de tramitar las solicitudes de información, en términos de que la propia ley permite que se puedan presentar solicitudes de manera electrónica, y esto nos lleva a innovar en los procesos jurídicos que se puedan reconocer este tipo de procedimientos.

Dentro de los propios lineamientos de INFOMEX se establece esta parte y se da validez a las notificaciones que se hagan en términos del Sistema INFOMEX. Es decir, jurídicamente hablando, si dentro del Sistema aparece una notificación de respuesta, independientemente del contenido o independientemente de que no se adjunten los archivos o independientemente de cualquier situación, esa respuesta es válida, jurídicamente hablando, porque hay unos lineamientos que precisan, le dan reconocimiento jurídico a ese proceso electrónico.

Bajo ese sentido, lo que nos tiene que llevar a la reflexión es que la parte electrónica va a tener deficiencias que nos van a afectar en la parte jurídica, como es en este caso concreto.

Bajo esta idea, si dentro del propio Sistema INFOMEX aparece una notificación de respuesta, en términos de los lineamientos yo no puedo decir que es indebida o que no hay respuesta porque los lineamientos le están estableciendo, en particular en la página 23 de los lineamientos dice: “Las notificaciones a que se refieren los presentes lineamientos surtirán efectos al día siguiente de haberse efectuado”. Esto implica que si dentro del propio sistema aparece una notificación de respuesta eso quiere decir que jurídicamente hay una respuesta, independientemente de que no tenga la información correspondiente.

Entonces, este razonamiento jurídico me parece que hay que tomarlo en consideración a efecto de que no podemos señalar, porque ir en contra implicaría decir que el Sistema no está emitiendo respuestas y

Page 146: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

no sería congruente en relación con los lineamientos que le dan ese reconocimiento o validez al procedimiento electrónico.

Entonces eso es una situación que me parece, lo pongo sobre la mesa precisamente para esa validez jurídica de todas las etapas que se dan en el procedimiento electrónico en el Sistema INFOMEX.

C. OSCAR GUERRA FORD.- A ver si podemos, si no entramos a otra ronda.

Lo primero que me informa aquí José Luis, es que Dirección Jurídica sí puede –digamos-, sí puede ingresar como administrador del Sistema, pero la única forma que él tiene verificar si hubo respuesta es entrando a la cuenta del sujeto obligado, en este caso de la delegación. Él no puede entrar a la cuenta del ciudadano para ver si éste recibió la información; ahí tiene una limitación, que se puede solucionara… en su momento.

Ahora, no estamos incumpliendo el lineamiento, porque el lineamiento dice que la Dirección tendrá que decir si es respuesta o no, no dice: Ingresando a la cuenta del sujeto obligado o ingresando al ciudadano. Dice que tiene que verificar. Ustedes lo hicieron en términos de lo que pueden verificar, que es con el sujeto obligado, ahí sí hubo, pero no lo hicieron con el ciudadano.

Esto nos lleva a que el ciudadano, como tenemos claro, no tuvo respuesta porque no se le adjuntaron los archivos.

Entonces ahí su agravio sí es fundado, ahí estamos de acuerdo todos, sí es fundado. Por equis o ye razón su agravio es fundado, esto más interno. No estamos…

Ahora, lo cual nos debe llevar a una solución técnica o una solución jurídica en términos –digamos- del reglamento.

Si es así, y entonces luego motivemos, pero que esto tampoco –digamos- alcanza para revocar, alcanza es la palabra.

C. ARELI CANO GUADIANA.- Insuficiente.

Page 147: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

C. OSCAR GUERRA FORD.- Es insuficiente para revocar, y entonces –digamos- las argumentaciones que finalmente a él le van a beneficiar, el determinar respuesta expedita, etcétera, etcétera. Pero el queda –digamos- claro en que su agravio, en este caso sí fue fundado de que no era una inconformidad de respuestas, sino era una omisión de respuesta.

Yo creo que así –digamos- es como podemos solucionarlo. No sé, Comisionado Millán, usted qué diga.

Adelante.

Intervención: (Inaudible, fuera de micrófono) …cuarta vuelta.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Cuarta vuelva.

Aquellos que estén de acuerdo en una cuarta vuelta favor de levantar la mano.

C. AGUSTÍN MILLÁN GÓMEZ.- No quedó respondida mi pregunta con relación a que si el hecho de presentar un recurso de revocación para en automático toda la gestión interna del Sistema INFOMEX, sino son cuestiones que tendríamos que estar valorando.

Yo como administrador o como área jurídica para garantizar la legalidad de este derecho no necesito entrar a la cuenta del solicitante, simplemente me voy a la solicitud de información y veo en el módulo de consulta pública si está la respuesta o no está la respuesta. Así de sencillo.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Ahí sí estaba, ahí sí estaba.

C. AGUSTÍN MILLÁN GÓMEZ.- Eso es lo que yo quisiera que realmente tuviéramos la evidencia en autos, en autos que ese día…

C. OSCAR GUERRA FORD.- Sí se puede.

C. AGUSTÍN MILLÁN GÓMEZ.- OK. Que ese día estaba la respuesta de esos archivos, lo que no consiento o me parece inconcebible es que digamos que sí había una respuesta notificada, pero la respuesta

Page 148: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

en realidad, es que es la misma argumentación que vuelve a reiterar la Dirección Jurídica, que estaba la respuesta notificada, aunque no estuviera lo admite la Dirección, aunque no estuviera el archivo. La respuesta está en el archivo, no en una mera mención de que te estoy respondiendo en abstracto.

O sea, me parece que esto es muy peligroso porque estamos generando lo que hemos tratado de evitar incentivos perversos.

Si hay un problema en el Sistema es claramente atendible. El espíritu de nuestros lineamientos se debe levantar un acta circunstanciada. La autoridad en ningún momento se manifestó ni siquiera como tercero interesado. Cuando yo le pongo a consideración el recurso de revocación a pesar de que es una queja con un acto que está, que es imputable a la Dirección Jurídica del Instituto, la autoridad jamás manifiesta, dice “este problema no es mío, es de la Dirección Jurídica”. Pero en el fondo sí está involucrada la Dirección, perdón, la delegación y si tiene respuesta o no tiene respuesta no se manifiesta. Entonces qué valoración le damos a esa nueva omisión de la autoridad.

Yo reitero, o sea, yo necesitaría, bueno, creo que para tener una valoración de que efectivamente estaba desde ese día, desde el día que supuestamente le dieron la respuesta está en el módulo de acceso público. Eso habría que valorarlo, pero no está en autos; el recurrente en sus agravios, el recurso de revocación dice “a mí no me entregaron respuesta, sí me mencionan que hay un par de oficios pero yo no los veo en el sistema, no en mi cuenta de correo electrónico”.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Comisionada Areli Cano.

C. ARELI CANO GUADIANA.- Comisionado Millán, coincidimos en que el ente público respondió, hizo un oficio y anexó. Segunda parte de tecnologías dice que sí está y yo le creo al Director de Tecnologías de que sí está.

C. OSCAR GUERRA FORD.- De que sí lo envió.

C. ARELI CANO GUADIANA.- De que sí se envió. El problema está en que el solicitante, como bien usted lo dice, no fue notificado de los

Page 149: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

anexos y que lo advierte el proyecto. Entonces ahí hay una cuestión técnica.

Que coincido que se debe de agregar en el proyecto que una vez, y que obre en actuaciones esas constancias de que se verifique que en el INFOMEX sí estaba la respuesta y que no se llegó al ciudadano.

Digo que es fundado porque efectivamente el ciudadano dice “yo no recibí respuesta”. Por ahí determino que es fundado su agravio. Pero insisto en que aún cuando es fundado es insuficiente para que nosotros en el fondo del asunto, que son tres recursos, no revisemos la calidad de la respuesta.

Entonces, ¿es una salida jurídica? Sí, esto pasa mucho en amparo, tus agravios son fundados pero no resultan suficientes para modificar o revocar, ¿por qué? Porque son actos consumados, etcétera. O sea, la salida que estor proponiendo me parece que es jurídicamente viable, ¿por qué? Pues porque en el Sistema sí está la información, pero no está notificada como lo alega el recurrente, en su momento no se le notificó, tan es así que reactivó su inconformidad y dijo “no está”.

Sí coincido en que todas estas actuaciones pues deben de estar.

También yo creo que no hay, sí hay un respeto a los lineamientos de INFOMEX, porque las notificaciones las estamos dando por válidas, pero también habría que advertir que hay que respetar el procedimiento para la sustanciación de los recursos. Y al advertir que tú te inconformas por una omisión y la Dirección está obligada a revisar si efectivamente había omisión, lo hizo, lo hizo; pero no le notificó al recurrente: “reencausa tu inconformidad”. Me parece que eso faltó, y de lo cual de eso se queja.

Pero el hecho de que yo le diga: “¿Sabes qué? Repón esto y prevén”. Es tardar el procedimiento, nos vamos a ir por omisión y se va a sobreseer el asunto.

Entonces me parece que todas estas propuestas que son su preocupación Comisionado, bien pueden estar documentadas tanto en el procedimiento como en la motivación del recurso de revocación.

Page 150: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

C. OSCAR GUERRA FORD.- Por alusiones personales, Comisionado Agustín Millán.

C. AGUSTÍN MILLÁN GÓMEZ.- El argumento es totalmente distinto a como se está enmendando, en este momento, el recurso, porque vuelvo a reiterar, la Dirección Jurídica refiere de que sí hubo la respuesta por la mera mención de que le están poniendo los oficios.

Ahora, estábamos trayendo a colación de que sí hay una respuesta que nace a la vida jurídica. Esa situación jamás se advirtió por parte de la Dirección.

Entonces yo, realmente a mí no me preocupa que sobreseyéramos, que sobreseyéramos, porque supuestamente sí está la respuesta. No tengo la evidencia de que ese día no está en autos, insisto, no sabemos, no sabemos Oscar y Areli, que ese día se haya entregado la información, es decir, la respuesta contenida en los oficios, no lo sabemos. Que se puede investigar, ésa es otra cosa.

Entonces yo voy definitivamente por revocar el acto del 12 de agosto por parte de la Dirección Jurídica.

C. SALVADOR GUERRERO CHIPRÉS.- Yo creo que es tan sencillo como fundado pero insuficiente para revocar o fundado y suficiente para revocar y que así se vote ya.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Entonces voy a someter a votación.

Las propuestas son, o sea, que el agravio es fundado pero no suficiente para revocar, por lo cual se confirmaría y se harían todas las explicaciones.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- (Inaudible, fuera de micrófono)

C. OSCAR GUERRA FORD.- La reposición del procedimiento.

Y la otra es revocar para ordenar la reposición del procedimiento. Que obviamente es fundado el…

Page 151: €¦  · Web viewI. Lista de asistencia y verificación del quórum legal. II. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Orden del Día. III. Presentación, análisis y,

Entonces, aquellos que estén de acuerdo de que el agravio es fundado pero no es suficiente para revocar y por lo cual reiniciar el procedimiento, favor de levantar la mano.

Aquellos comisionados que estén de acuerdo que el sentido sea revocar, obviamente porque el agravio es fundado y por lo cual se tendría que reponer el procedimiento, favor de levantar la mano.

C. JOSÉ DE JESÚS RAMÍREZ SÁNCHEZ.- Los términos de votación de este recurso de revocación es el siguiente:

La propuesta de que es fundado el agravio pero es insuficiente para revocar, tuvo tres votos, del Comisionado Oscar Guerra, Areli Cano y Jorge Bustillos.

La propuesta de que se revoque el acuerdo tuvo dos votos, comisionados Agustín Millán, Salvador Guerrero.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Bueno, con esto terminaríamos los recursos de revisión y el recurso de revocación.

Y Comisionada y comisionados, no habiendo otro asunto que tratar y dado que no tenemos ningún asunto en Asuntos Generales y no habiendo otro asunto que tratar y siendo las 15 horas con 40 minutos del día 15 de septiembre…

Intervención: El bicentenario, por favor.

C. OSCAR GUERRA FORD.- Se da por terminada la Trigésima Tercera Sesión Ordinaria de este Pleno.

Agradecemos a ustedes su presencia, que tengan buenas tardes, buen provecho y muy buenas fiestas patrias.

--o0o--