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HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE de Las Heras Municipalidad de Las Heras Provincia de Mendoza – República Argentina Fundado el 27 de septiembre de 1993 DEPARTAMENTO DELIBERATIVO PRESIDENTE: Concejal GINANNESCHI, José Luis.(P.J) VICEPRESIDENTE 1º: Concejal BUSTOS, Carlos Martín (U.C.R.) VICEPRESIDENTE 2º: Concejal SOSA, Ángel Emiliano.(P.D) SECRETARIO: Dn. GARCIA Rubén O. SUBSECRETARIO: Dn. GOMEZ Norberto O. BLOQUE JUSTICIALISTABLOQUE FRENTE RENOVADOR Concejal: PEÑA, Roberto W. (Pte.)Concejal: LOPEZ Daniel A. (Pte.) Concejal: CANO, Adriana Elizabeth. Concejal VALVERDE, Verónica R. BLOQUE LIBRES DEL SUR-FRENTE AMPLIO UNEN Concejal: ROSALES, Cesar Israel. Concejal: FERRARIS Karina Alejandra (Pte.) Concejal: GINANNESCHI, José Luis. BLOQUE U.C.R. Concejal: PARES Elio Raúl . (Pte.) BLOQUE FRENTE CIVICO FEDERAL U.C.R. Concejal : BUSTOS, Carlos Martín Concejal: GONZALES, Eduardo H. (Pte.) BLOQUE PARTIDO DEMOCRATA Concejal: SOSA, Ángel Emiliano (Pte.) BLOQUE FRENTE DE IZQUIERDA Y DE LOS TRABAJADORES Concejal : JIMENEZ. Ulises (Pte.) DEPARTAMENTO DE COMPUTOS Honorable Concejo Deliberante de Las Heras SUMARIO JUNIO JULIO AGOSTO del 2.015 OrdenanzasPags. 01/ 14 ResolucionesPags. 14/20 BOLETIN OFICIAL-EDICION junio julio y agosto del 2015 Honorable Concejo Deliberante-Municipalidad de Las Heras . 1

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HONORABLE CONCEJO DELIBERANTEde Las Heras

Municipalidad de Las HerasProvincia de Mendoza – República Argentina

Fundado el 27 de septiembre de 1993DEPARTAMENTO DELIBERATIVO

PRESIDENTE: Concejal GINANNESCHI, José Luis.(P.J)VICEPRESIDENTE 1º: Concejal BUSTOS, Carlos Martín (U.C.R.)

VICEPRESIDENTE 2º: Concejal SOSA, Ángel Emiliano.(P.D)

SECRETARIO: Dn. GARCIA Rubén O. SUBSECRETARIO: Dn. GOMEZ Norberto O.

BLOQUE JUSTICIALISTABLOQUE FRENTE RENOVADORConcejal: PEÑA, Roberto W. (Pte.)Concejal: LOPEZ Daniel A. (Pte.)

Concejal: CANO, Adriana Elizabeth.Concejal VALVERDE, Verónica R. BLOQUE LIBRES DEL SUR-FRENTE AMPLIO UNEN

Concejal: ROSALES, Cesar Israel. Concejal: FERRARIS Karina Alejandra (Pte.)Concejal: GINANNESCHI, José Luis.

BLOQUE U.C.R. Concejal: PARES Elio Raúl . (Pte.) BLOQUE FRENTE CIVICO FEDERAL U.C.R.Concejal : BUSTOS, Carlos Martín Concejal: GONZALES, Eduardo H. (Pte.) BLOQUE

PARTIDO DEMOCRATA Concejal: SOSA, Ángel Emiliano (Pte.)

BLOQUE FRENTE DE IZQUIERDA Y DE LOS TRABAJADORESConcejal : JIMENEZ. Ulises (Pte.)

DEPARTAMENTO DE COMPUTOSHonorable Concejo Deliberante de Las Heras

SUMARIO JUNIO JULIO AGOSTO del 2.015

OrdenanzasPags. 01/ 14ResolucionesPags. 14/20

BOLETIN OFICIAL-EDICION junio julio y agosto del 2015Honorable Concejo Deliberante-Municipalidad de Las Heras

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ORDENANZAS

ORDENANZA Nº 12/2015VISTO: El expediente nº 9999-C-1998 y su acumulados la nota nº 10464-LE-2015 Tomo I y II 3497-A-07 y nota Nº 121/15, caratulado COOPERATIVA EL LADRILLERO, INSTITUTO JOSE CALASANZ referente a instrucciones de loteo y;CONSIDERANDO: Que del estudio de las actuaciones de referencia surge:Que la citada pieza administrativa corresponde, a la solicitud de donación sin cargo al espacio de equipamiento del loteo tramitado por expediente nº 3497-A-200 acumulado al expediente nº 9999-C-98, efectuado por la ASOCIACION DE AMIGOS DEL INSTITUTO SAN JOSE DE CALASANZ , a la MUNICIPALIDAD DE LAS HERAS , de un inmueble de su propiedad , ubicado sobre calle Verón del Distrito EL PLUMERILLO, constante de una superficie según mensura y título de 1.089,37 m2, inscripto en el Registro de la Propiedad y Archivo Judicial de la Provincia de Mendoza bajo la matricula nº 135335/3 Asiento – D 87.-Que la escribana municipal mediante informe a fs. 377 solicita anexar el predio colindante propiedad de la Asociación de Amigos del Instituto José de Calasanz, aprobada por ordenanza nº 26/13 y promulgada por Decreto Municipal nº 2461.-Que dicha unificación de ambos predios seria para proceder a la escrituración de dominio a nombre de la Entidad antes mencionada.-Que una vez inscripto la totalidad de las superficies podrán acceder a créditos y subsidios para la financiación y construcción del proyecto adjuntado a fs. 399/420.-Que a fs. 379 consta fotocopia certificada por la notaria municipal firma de la Sra. Leonor B. Obrador,

la misma como presidenta de dicha Institución.-Que a fs. 380 obra copia certificada de la resolución 102/07 del Ministerio de Gobierno por el cual se aprueba el estatuto de la Asociación.- Que a fs. 390 copia certificada del Acta Constitutiva designando a la Sra. Leonor Obredor como Presidenta, así mismo autorizándola a realizar todos los trámites administrativos, donaciones, transferencias etc.- Que mendiante nota Nº 121/15 obrante a fs. 523/528 obra documentacin actualizada de la Asociacion Amigos del Instituto San Jose de Calasanz constancia de la conformacion de la comision directiva actualizada .- Que la Municiaplidad de Las Heras tiene como objetivo , mejorar la calidad de vida de los integrantes de su comunidad, considerando a la educaion como uno de los ejes fundamentales para lograrlo.- Que evaluadas la circuntasncias del caso , estimando que es necesrio dicha unificaion de los predios para realizar la escrituracion de dopminio a nombre de la Entidad mencionada con anterioridad , este Organo Legislativo estima conveniente dictar la norma legal correspondiente.-POR ELLO:EL H.C.D.ORDENAARTICULO 1º: Transfierase a titulo de donación, en absoluta propiedad posesión y dominio con todo lo edificado, plantado y adherido al suelo, a favor de la ASOCIACION AMIGOS DEL INSTITUTO SAN JOSE DE CALASANZ, de un inmueble de su propiedad , ubicado sobre calle Verón del Distrito EL PLUMERILLO, constante de una superficie según mensura y título de 1.089,37 m2 , inscripto en el Registro de la Propiedad y Archivo Judicial de la Provincia de Mendoza bajo

la matricula nº 135335/3 Asiento – D 87, cuyo detalle de superficie , limites y medidas perimetrales que se detallan a continuación :SUPERFICIESegún mensura: 1.089.37 m2 Según titulo: 1.089,37 m2Limites

Norte: con prolongación calle: Verón en 45,25 m

Sur: Hoy Municipalidad de Las Heras : en 44,69 m

Oeste: con prolongación calle: Democracia en 24,48 m

Este: con Pasaje peatonal en 24,97 m

ARTICULO 2º: Impóngase a la Asociación del Instituto San José de Calasanz, el cargo a realizar en un plazo de hasta 10 años, la construcción y puesta en funcionamiento de la Entidad Educativa conforme al proyecto presentado a fs. 399/420 en caso de incumplimiento el terreno cedido deberá ser reintegrado nuevamente a la Municipalidad.- ARTICULO 3º: El Departamento a través, del área que corresponda procederá a notificar a la Entidad Educativa, en su domicilio legal, de la presente entregando copia de la misma, todo conforme al articulo 1792º del Código Civil.- ARTICULO 4º: Una vez cumplido lo establecido en el articulo tercero la Escribana Municipal deberá realizar todos los tramites necesarios para efectivizar la inscripción del terreno donado, a favor de la Asociación, en el Registro de la Propiedad y Archivo Judicial de la Provincia de Mendoza, conforme a lo normado en el articulo 1810 del Código Civil.- ARTICULO 5º: Cumplido lo solicitado en el articulo tercero y cuarto el donante por su parte haciendo tradición , se aparta , quita y desiste de todos los

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derechos de su propiedad posesión y dominio, sobre lo donado, transmitiéndolo a la donataria, obligándose al sometimiento para el caso de evicción .- ARTICULO 6º: Tomen conocimiento de la presente ordenanza Dirección de Asuntos Legales, Dirección de Obras Privadas, Catastro, Dirección de Patrimonio y demás reparticiones que estimen corresponder.- ARTICULO 7º: Comuníquese, publíquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Ordenanzas y Archívese.-DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 04 DIAS DEL MES DE JUNIO DE 2015.-ORDENANZA Nº 13/2015VISTO.-La Nota N° 115/15 enviada por el Departamento Ejecutivo, sobre la situación en la que se encuentran los empleados de la Comuna, quienes teniendo la edad establecida para acceder al beneficio de una jubilación ordinaria, no pueden iniciar el tramite debido a que no cumplen con los años de aporte requeridos , y;CONSIDERANDO.- Que es necesario implementar nuevamente un programa de asistencia previsional por la memoria en el marco de lo establecido por las Leyes del Estatuto escalafón Municipal Ley 5892 (Art. 37ª y Art 40º) y las Leyes Nacionales N 24476 y Nº 24241.-Que analizadas las actuaciones de referencia y no teniendo objeción alguna este Órgano Legislativo estima conveniente dictar la norma de aprobación.-POR ELLO EL H.C.D.ORDENA

ARTICULO 1º.- Autorizase al Departamento Ejecutivo a instrumentar un programa de Asistencia Previsional por moratoria en el marco de lo establecido por Leyes del Estatuto escalafón Municipal Ley 5892 (Art. 37ª y Art 40º) y las Leyes Nacionales Nº 24476 y Nº 24241, para aquellos empleados municipales que teniendo la edad establecida para acceder al beneficio de la jubilación ordinaria no contaren con los años de aportes requeridos para iniciar el tramite.-ARTICULO 2º.- El programa referido precedentemente podrá incluir el financiamiento de las cuotas correspondientes a la moratoria a cargo de la municipalidad de Las Heras, para asegurar la baja del personal involucrado.-ARTICULO 3º.- El Departamento Ejecutivo reglamentara las etapas y requisitos necesarios para cumplir los objetivos del Programa, Asimismo dictara medidas pertinentes para facilitar la baja del personal Municipal que haya obtenido y percibido el beneficio previsional y no hubiera presentado la renuncia.-ARTICULO 4º.- El presente Programa de Asistencia Previsional tendrá vigencia desde el 01/05/2015 hasta el 31/12/2015, salvo que la Ley Nº 24476, sea derogada con anterioridad al plazo de vigencia establecido.-

ARTICULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Ordenanzas y Archívese.-DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 04 DIAS DEL MES DE JUNIO DE 2015.- ORDENANZA Nº 14/2015VISTO: El Proyecto de Ordenanza Nº 37/15 presentado por la concejala VERONICA VALVERDE, y la concejala ADRIANA CANO, pertenecientes al Bloque

Justicialista, referente a la necesidad de declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación, el tramo de la calle Cacique Guaymallén del Departamento de Las Heras, comprendido entre calle Belgrano y calle Buenos Aires.-CONSIDERANDO: Que la Constitución Nacional en su artículo 17 garantiza este derecho, así como lo dicta el Decreto ley 1447/75 (Art. 2) que “Pueden ser objetos de expropiación todos los bienes convenientes o necesarios para la satisfacción de la utilidad pública”.Que es de gran importancia contar con mayor conectividad y vinculación entre las diferentes zonas del Departamento, entendiendo la óptima utilización de terrenos como acción concreta para mejorar el ordenamiento urbanístico, vial y mayor fluidez de circulación peatonal para la seguridad de los vecinos. Que es necesario impulsar la revalorización de zonas estratégicas para el desarrollo, como consecuencia de futuras obras de infraestructura, logrando un impacto ambiental, social y de salubridad pública positiva para la comunidad. Que es tarea del gobierno local atender las necesidades de los vecinos en lo referido a la buena utilización de los espacios públicos, ya que son quienes habitan y se desarrollan en los mismos.POR ELLO:EL H.C.D.ORDENAARTICULO 1º: Declárese de utilidad pública el tramo de la calle Cacique Guaymallén, comprendido entre calle Belgrano y calle Buenos Aires.-ARTICULO 2º: Elévese al Poder Ejecutivo para que gestione y haga efectiva la utilidad pública y expropiación del terreno,

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de aproximadamente 20 m. de ancho afectado a la calle pública, de la calle Cacique Guaymallén del Departamento de Las Heras, en el tramo comprendido entre calle Belgrano y calle Santa Fe y en el tramo comprendido entre la calle Santa Fe y la calle Buenos Aires, a través de los órganos correspondientes. ARTÍCULO 3º: Los gastos que demande el cumplimiento de lo prescripto en el Artículo 2º de la presente, correrán por cuenta de la Municipalidad de Las Heras.-ARTICULO 4º Comuníquese a las áreas correspondientes para su conocimiento y ejecución.-ARTICULO 5º: Comuníquese, publíquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Ordenanzas y Archívese.-DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 02 DIAS DEL MES DE JULIO DE 2015.-ORDENANZA Nº15/2015VISTO: El proyecto de ordenanza Nº 33/15 presentado por el concejal Roberto Peña del Bloque Justicialista el cual trata sobre el incremento en el transito vehicular que se desarrolla en las calles del Departamento de Las Heras , y en particular las ubicadas en los centros comerciales y cívicos que se han desarrollado en Las Heras , y;CONSIDERANDO: Que razones de ordenamiento del transito vehicular y en particular su estacionamiento en las inmediaciones de la Municipalidad.-Que de acuerdo a la Ley Orgánica de

Municipalidades corresponde al Honorable concejo Deliberante: Facultades generales: 9º- En general , dictar las ordenanzas sobre higiene , moralidad , ornato , vialidad vecinal , administración comunal, bienestar económico de sus habitantes y demás objetos propios de su institución.- Seguridad publica:Art. 79º: Corresponde al Concejo en lo relativo a “Seguridad” 7º- Determinar y reglamentar la ubicación y trafico de los vehículos en los lugares y calles publicas, y fijar la tarifa de los vehículos en alquiler.- POR ELLO:EL H.C.D.ORDENAARTICULO 1º: Establézcase una franja de (3) tres metros de ancho a partir del cordón de la calle y once de largo hacia el Oeste , para estacionamiento oficial exclusivo para motos y/o motociclistas por calle Rivadavia , costado Norte en línea con marco Oeste del portón del Municipio .-ARTICULO 2º: el Ejecutivo Municipal arbitrara los medios para que se realice lo ordenando colocando caños a una distancia adecuada para dar lugar a cada moto .- ARTICULO 3°:Comuníquese, publíquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Ordenanzas y Archívese.-DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 04 DIAS DEL MES DE JUNIO DE 2015.-

ORDENANZA Nº16/2015VISTO: El expediente n° 3443 /1-D.E.-15 caratulado 25° llamado a licitación pública de parcela de la 2da. Etapa de la firma J.M.G. S.R.L. y;

CONSIDERANDO: Que habiendo procedido este Cuerpo Deliberativo al estudio y análisis de la detallada pieza administrativa, surge desde el punto de vista técnico jurídico, que el oferente ha cumplimentado los requisitos que prescribe la normativa que rige el Pliego de Condiciones de la Licitación todo conforme al dictamen legal de fs. 313 e informes expedidos por la Comisión Ejecutiva del Pimen obrante a fs. 306,307,308 Y 309 . En consecuencia y por ende, no existen objeciones que formular se estima conveniente ratificar el Decreto adjudicatario n° 1477 de fecha 15 de mayo del 2.015 obrante en fs. 311 - POR ELLO:EL H.C.D.ORDENAARTICULO 1°: Ratificase el Decreto n° 1477 de fecha 15 de mayo del 2015 , emitido por el Departamento Ejecutivo obrante a fs.311, del Expediente n° 3443/1-D.E.-15 en el que se adjudica a la firma J.M.G. S.R.L. Copia I , en comodato con promesa de donación el predio identificado en los Pliegos de Condiciones de la Licitación como Parcela K9 que tienen una superficie de 2.500 metros cuadrados aproximadamente .El predio se encontraría ubicado en el sector Norte de la Manzana “K” de la Segunda Etapa de la ampliación del Parque Industrial.-ARTICULO 2°: El Departamento Ejecutivo, deberá notificar en forma fehaciente a la firma adjudicataria y demás proponentes de la presente adjudicación, dentro del plazo de cinco días hábiles posteriores a la promulgación de la presente Ordenanza de acuerdo a lo determinado por el pliego de condiciones generales, debiendo en forma paralela remitir a la U.C.A.M. para su evaluación los aspectos

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relevantes del proyecto desde el punto de vista ambiental.- ARTICULO 3°:Comuníquese, publíquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Ordenanzas y Archívese.-DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 04 DIAS DEL MES DE JUNIO DE 2015.-

ORDENANZA Nº 17/2015VISTO: El expediente nº 23053-PO-2014, caratulado VILA ANTONIO ANSELMO y VILA IRMA LIDIA , referente a donación de terreno sin cargo , y;CONSIDERANDO: Que luego del estudio de la citada pieza administrativa surge: Que las mismas están relacionadas al ofrecimiento de donación de terreno sin cargo , superficie afectada a ensanche de calle España , que efectúan los Señores VILA ANOTNIO ANSELMO , L.C.06,857,667 y la Señora VILA IRMA LIDIA de VALLE L.C. 03.043.992, quienes manifiestan ser titulares en condominio con el 50% en partes iguales del inmueble, identificado como Fracción I ubicado en calle España del Distrito Ciudad con nomenclatura catastral : 03-08-02-0004-000266,Padrón de Rentas: 03-56606-4, Padrón Municipal: 66386, superficie total a donar según titulo de 51,20 m2 inscripto en el Registro de la Propiedad y Archivo Judicial de la Provincia de Mendoza, bajo el Asiento A-1 matricula nº 120140/3 .-Que a fs. 4,5 y 6 obra fotocopia de la escritura traslativa de dominio numero ciento treinta y uno del anticipo de herencia a favor de los Señores Vila Antonio

Anselmo y la Señora Vila Irma .-Que a fs. 11 se adjunta fotocopia del plano de mensura y fraccionamiento aprobado y visado por la Dirección de Catastro de la Provincia de Mendoza , archivado bajo el nº 03-31986.-

Que a fs. 24,25 se adjunta certificado e informe del Registro de la Propiedad y Archivo Judicial de la Provincia de Mendoza en lo que detalla que los oferentes no se encuentra inhibido para disponer de sus bienes y a fs. 26 obra copia de la matricula constatándose que no posee gravamen alguno.-

Que a fs. 19 el Departamento de Catastro Técnico dependiente de la Dirección de Obras Privadas adjunta resumen de superficies, linderos y medidas perimetrales de la superficie afectada a enanche de calle España , ofrecidas en donación. –Que así mismo la asesora técnica de este Órgano adjunta dictamen obrante a fs. 29 observando la misma que en dicho resumen obra un error involuntario, que en el mismo se enuncia calle Río Diamante , siendo que correspondería a calle España, que en la superficie según mensura enunciada debería decir 50,55 metros.2 ;que en el padrón municipal se debería tener en cuenta en el informe de fs. 21 del Departamento de Catastro Administrativo , correspondiendo el nº 66986, y por último que la superficie total donada de 51,20 metros.2 debería decir según título, que con ese detalle mencionado y subsanado el error sugiere se proceda aceptar dicha donación.-Que este Órgano Legislativo evaluando las circunstancias del caso, con la corrección detallada por la Asesora Técnica obrante a fs 29, conforme a lo que confiere según el art. 78º inc. 4to. De la Ley

1079 y habiéndose dado cumplimiento con lo dictado por ordenanza nº 100/12 procédase a dictar la norma de aprobación correspondiente.-POR ELLO:EL H.C.D.ORDENAARTICULO 1º: Aceptase la donación sin cargo que efectúan los Señores VILA ANOTNIO ANSELMO , L.C.06,857,667 y la Señora VILA IRMA LIDIA de VALLE L.C. 03.043.992 a la MUNICIPALIDAD DE LAS HERAS conforme a las actuaciones administrativas , bajo autos nº 23053-PO-2014 quienes manifiestan ser titulares en condominio con el 50% en partes iguales del inmueble, identificado como Fracción I con plano de mensura nº 03-31986 , ubicado en calle España del Distrito Ciudad con Nomenclatura Catastral : 03-08-02-0004-000266,Padrón de Rentas: 03-56606-4, Padrón Municipal: 66986, superficie total a donar según titulo de 51,20 m2 inscripto en el Registro de la Propiedad y Archivo Judicial de la Provincia de Mendoza Asiento A-1 matricula nº 120140/3 , que conforme al informe del Departamento de Catastro Técnico y la observación realizada por la Técnica obrante a fs. 29 tienen el siguiente detalle: Resumen de superficie ofrecida en donación1- Polígono 1: superficie afectada a ensanche de calle España según mensura 50,55 m2 Limites Norte: con

prolongación de calle España en 0.92 m.-

Sur: con prolongación de calle España en 4,36 m.-

Este: con fracción I en 21,42 m.-

Oeste: con prolongación de cale España en 21,48 m.-

ARTICULO 2º: El Departamento Ejecutivo a través, del área que corresponda procederá a notificar a los Señores, VILA ANOTNIO ANSELMO,

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L.C.06,857,667 y la Señora VILA IRMA LIDIA de VALLE L.C. 03.043.992 en su domicilio legal o real , de la presente entregando copia de la misma, todo conforme al articulo 1792º del Código Civil.- ARTICULO 3º: Una vez cumplido lo solicitado en el artículo precedentemente citado, los donantes por su parte haciendo tradición, se apartan, quitan y desisten de todos los derechos de propiedad posesión y dominio, sobre lo donado trasmitiéndolo a la donataria, obligándose al sometimiento para el caso de evicción.-ARTICULO 4º: La Escribana Municipal cumplido lo establecido en el artículo segundo, procederá a inscribir el terreno donado a favor del Municipio en el Registro de la Propiedad Raíz y Archivo Judicial de la Provincia de Mendoza, conforme a lo normado en el artículo 1810 del Código Civil y demás reparticiones públicas que correspondan.-

ARTICULO 5º: Tomando la Comuna la posesión real y material, de igual forma.-ARTICULO 6º: Tomen conocimiento de la presente ordenanza Dirección de Asuntos Legales, Dirección de Obras Privadas, Catastro, Dirección de Patrimonio y demás reparticiones que estimen corresponder.- ARTICULO 7º: Comuníquese, publíquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Ordenanzas y Archívese.-DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 04 DIAS DEL MES DE JUNIO DE 2015.-

ORDENANZA Nº 18/2015VISTO: El expediente 6474-B-2005 y su acumulado 14861-PO-2014, caratulado

AMPROMEN , referente a instrucciones de loteo , y;CONSIDERANDO: Que analizada la citada pieza administrativa de referencia surge: Que en las presentes actuaciones el Presidente Sr. JUAN DANTE GONZALEZ , y Secretario JORGE FELIX ORTEGA autoridades de la ASOCIACION MUTUAL PROFESIONALES DE MENDOZA (AMPROMEN) solicitan se otorguen las instrucciones de loteo, para un predio constante de una superficie según titulo de 1 Ha. 8.338,69 m2, ubicado en calle Lisandro Moyano n1º 1.832 del Distrito El Plumerillo del Departamento de Las Heras, identificada con Nomenclatura Catastral: 03-09-02-0031-000277-000 , Padrón Territorial: 03-23236-06 inscripto en el Registro de la Propiedad y Archivo Judicial de la Provincia de Mendoza bajo la matricula Nº 90137/3.-Que a fs. 18/19 obra aceptación y designación del profesional .-Que a fs. 20/27 se adjunta copia certificada por el Notario Juan Carlos Meca de la escritura traslativa de dominio numero ciento cuarenta y siete .- Que a fs. 30/32 obra matricula Nº 90137/3 , e informe del Registro de la Propiedad y Archivo Judicial de la Provincia de Mendoza detallando que la Entidad no se encuentra inhibida para disponer de sus bienes y en su matricula respectiva no posee gravamen alguno.- Que a fs. 33 a 36 se adjunta memoria descriptiva del loteo.-

Que a fs. 37 se adjunta plano de mensura y fraccionamiento aprobado visado por la Dirección de Catastro de la Provincia y archivado bajo el Nº 03-28846.-Que a fs. 38 obra copia del plano de mensura y loteo.-Que a fs. 39 obra plano de equipamiento .-Que a fs. 40/41 se adjunta certificado de factibilidad de servicios de agua potable y cloacas .-

Que a fs. 42 obra certificado de gas natural .-Que a fs. 43 obra certificado de la Dirección de Hidráulica.-Que a fs. 71 se adjunta prefactibilidad de suministro eléctrico de EDEMSA .-Que a fs. 56/57 obra Resolución Interna Nº 48/06 de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos otorgando la factibilidad de bajo impacto ambiental.-para la construcción de viviendas y departamentos .-Que a fs. 61/62 el Departamento de Catastro Técnico, dependiente de la Dirección de Obras Privadas imparte las instrucciones de loteo del plano de fs. 38.-Que evaluadas las circunstancias del caso, de acuerdo con lo que le confiere a este Honorable Concejo Deliberante, y habiéndose dado cumplimiento con lo estipulado en la ordenanza Nº 100/12, se procede a dictar la norma legal correspondiente.-POR ELLO:EL H.C.D.ORDENA

ARTICULO 1º: Otorgase la conformidad a las instrucciones de loteo solicitada por el Presidente Sr. JUAN DANTE GONZALEZ , y Secretario JORGE FELIX ORTEGA autoridades de la ASOCIACION MUTUAL PROFESIONALES DE MENDOZA (AMPROMEN) que se tramita conforme a las actuaciones administrativas bajo autos Nº 6474-B-2005 y su acumulado 14861-PO-2014, para el inmueble ubicado en calle Lisandro Moyano n1º 1.832 del Distrito El Plumerillo del Departamento de Las Heras, identificada con Nomenclatura Catastral: 03-09-02-0031-000277-000-06 , Padrón Territorial: 03-23236-0 inscripto en el Registro de la Propiedad y Archivo Judicial de la Provincia de Mendoza bajo la matricula Nº 90137/3 , comprendido dentro de los siguientes detalles:

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1- Calle Lisandro Moyano corresponde línea de cierre y edificación coincidentes a 15,00 metros del eje para un ancho total de 30,00 metros.-

2- Calle Gahilac corresponde línea de cierre y edificación coincidentes a 10,00 metros del eje de la calle para un ancho de 20,00 metros.-

3- Calle proyectada en sentido Oeste- Este corresponde línea de cierre y edificación coincidentes a 10,00 metros del eje de la calle para un ancho total de 20,00 metros.-

4- Calle proyectada en sentido Norte- Sur corresponde línea de cierre y edificación coincidentes a 8,00 metros del eje de la calle para un ancho total de 16,00 metros . En su extremo Norte deberá preverse un cull de sac de conformidad con lo estipulado por el Art. 24º de la Ley de Loteo 4341.-

Con respecto a las obras de urbanización deberán ajustarse a lo establecido en el informe obrante a fs. 58/59.-

a- Apertura de calles proyectadas, con nivelación , perfilado, compactado y enripiado de las calzadas.-

b- Ejecución de red distribuidora de agua potable, compactado y enripiado de las calzadas .-

c- Construcción de red de alumbrado publico y distribución domiciliaria , con postes de acero y luminarias a vapor de mercurio o sodio.-

d- Construcción de cordón banquina y cunetas revestidas en hormigón simple.-

e- Construcción de las alcantarillas cruza calles correspondientes, con sus respectivas losas peatonales, rampa para discapacitados y bocas de inspección y

limpieza, de conformidad con el proyecto a visar por esta Comuna .-

f- Plantación del arbolado publico con la densidad y variedad de la Dirección Provincial de Hidráulica, Departamento General de Irrigación y/o Municipio.-

ARTICULO 2º: Las presentes actuaciones se otorgan por el plazo establecido por la Ley de Loteo Nº 4341.-ARTICULO 3º: El Departamento Ejecutivo a través, del área que corresponda procederá a notificar al Presidente Sr. JUAN DANTE GONZALEZ , y Secretario JORGE FELIX ORTEGA autoridades de la ASOCIACION MUTUAL PROFESIONALES DE MENDOZA (AMPROMEN) en su domicilio legal o real , de la presente entregando copia de la misma, todo conforme al articulo 1792º del Código Civil.- ARTICULO 4º: Comuníquese, publíquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Ordenanzas y Archívese.-DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 04 DIAS DEL MES DE JUNIO DE 2015.-

ORDENANZA Nº 19/2015VISTO: La nota Nº 130/15 elevada a este Honorable Cuerpo, por el Departamento Ejecutivo , y; CONSIDERANDO: Que analizadas las actuaciones de referencia resulta: Que la misma ha sido elevada a este Cuerpo, para la ratificación del

convenio de financiamiento entre el Instituto Provincial de la Vivienda y la Municipalidad de Las Heras.-Que el comodato citado tiene por objeto el denominado “Programa Municipal de Lotes con Servicios y Plano Municipal “.-Que el fin de este acuerdo seria satisfactorio , ya que facilitaría el acceso a numerosas familias del Departamento de Las Heras a un terreno con agua, cloacas , luz y obras de infraestructura básicas , para las necesidades habitacionales con recursos estables que no pueden acceder a otros programas .-

Que la presente resultaría imprescindible para la futura expansión urbana.-Que en su cláusula primera el IPV otorgaría a la MLH ONCE MILLONES DE PESOS.-Que serian destinados solo para la compra de terrenos.- Que además el IPV acreditara dichos fondos en la cuenta de la Entidad bancaria que este Municipio designe, siendo el desembolso del crédito con posterioridad a que el IPV y el HCD aprueben el presente.-Que el préstamo otorgado devengara del 4% anual siendo devuelto por el

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municipio en 240 cuotas mensuales y consecutivas.- Que ambas partes podrán retener las partidas de gastos operativos en caso que el Municipio pasado los 30 días no cumplirse.- Que este Órganos Legislativo en uso de sus atribuciones conferidas en su art. 73º inc. 7 de la Ley 1079, y no teniendo objeción alguna procede a dictar la norma legal correspondiente.-POR ELLO:EL H.C.D.ORDENAARTICULO 1º: Ratifíquese en todas sus partes el convenio suscripto entre el INSTITUTO PROVINCIAL DE LA VIVIENDA, representada por el LIC. OMAR PARISI DNI 13.871.702 , y por otra parte la MUNICIPALIDAD DE LAS HERAS por su INTENDENTE DON RUBEN MIRANDA DNI 16.102.674 , que tienen por objeto el financiamiento del “ PROGRAMA MUNICIPAL DE LOTES CON SERVICIOS Y PLANOS” .-ARTICULO 2º: Autorizar al Ejecutivo Municipal hacer uso del préstamo de PESOS ONCE MILLONES (11.000.000,00) otorgado por el INSTITUTO PROVINCIAL DE LA VIVIENDA a la MUNICIPALIDAD DE LAS HERAS , que será solamente destinado a la compra de terrenos para desarrollar el Programa Municipal Lotes y Servicios,

conforme lo establece la Ley Nº 24.464.-ARTICULO 3º: A través de la presente ordenanza este Honorable Cuerpo Legislativo autoriza a que el Instituto Provincial de la Vivienda acredite los fondos para el destino prescripto en el párrafo anterior , en la cuenta de la Entidad Bancaria que el Municipio designe. ARTICULO 4º: El préstamo otorgado por el Instituto Provincial de la Vivienda devengara el 4% anual , siendo devuelto por la Municipalidad de Las Heras en 240 cuotas mensuales y consecutivas de PESOS SESENTA Y SEIS MIL SEISIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON 84/00 ( $ 66.657,84) siendo abonados dentro de los 10 diez días de cada mes siguiente al recibir el citado monto. Debiendo la Comuna preveer la suma al momento de elaborara el presupuesto anual.-ARTICULO 5º: El Departamento Ejecutivo deberá enviar y mantener informado a este Órgano de alguna modificación u cualquier otra cosa que hubiere.- ARTICULO 6º: Tomen conocimiento de la presente ordenanza, Secretaria de Hacienda. Dirección de Gobierno, Dirección y Coordinación de Gabinete, Oficina de Prensa y Comunicación y

demás reparticiones que correspondan.- ARTICULO 7°. Comuníquese, publíquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Ordenanzas y Archívese.-DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 04 DIAS DEL MES DE JUNIO DE 2015.-ORDENANZA Nº20/2015VISTO.-La Nota131/15 remitida por el Departamento Ejecutivo, referente al congelamiento de retribuciones, y.-CONSIDERANDO.- Que analizada las actuaciones de referencia surge: Que las mismas han sido elevada a este Honorable Cuerpo para su tratamiento, .-Que la Municipalidad aplica para el pago de los salarios del Sr. Intendente, miembros del Honorable Concejo Deliberante, y funcionarios fuera de nivel , el sueldo vigente del Sr. Gobernador.-Que con fecha 29 de junio del 2015, se informo a la Dirección de Contaduría el incremento retroactivo al 01 de marzo del año 2015 , a favor del Sr. Gobernador.- Que correspondería ordenar la liquidación retroactiva de los salarios del Sr. Intendente, de los Concejales y de los

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Funcionarios fuera de nivel desde marzo del 2015.-Que no resulta conveniente, conveniente este ajuste.-POR ELLO:EL H.C.D.ORDENAARTICULO 1º: Dispóngase el congelamiento de la retribuciones que perciben por todo concepto el Sr. Intendente Municipal, los miembros del Honorable Concejo Deliberante y la totalidad del personal fuera del nivel del Departamento Ejecutivo y del Honorable Concejo Deliberante (Secretarios, Directores, Subdirectores, Asesores, Subsecretarios, con clase asignada superior a la “I”), al valor cobrado del mes de febrero del año 2015, y hasta el 31 de diciembre del 2015.-ARTICULO 2º: Al efecto de cumplir con lo establecido en los artículos precedentes los ámbitos de liquidación de haberes correspondientes , realizara el congelamiento de retribución de los funcionarios mencionados en el articulo anterior .-ARTICULO 3º: Se garantiza que la aplicación de la presente ordenanza , no implicara reducción en la renumeración neta percibida al 30 de junio , entendiendo por tal renumeración bruta menos descuento de Ley ( aportes jubilatorios de obra social y seguro mutual) , por que

de producirse algún aumento en dichas reducciones deberá generarse un suplemento remunerativo para compensar dicho incremento .-ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Ordenanzas y Archívese.-DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 04 DIAS DEL MES DE JUNIO DE 2015.-

ORDENANZA Nº21/2015VISTO: El expediente n° 5706 /7-D.E.-11 caratulado 10° llamado a licitación pública de parcela de la 2da. Etapa de la firma ELITE COMBUSTIIBLES S.A. y;CONSIDERANDO: Que luego del estudio de la presente pieza administrativa resulta: Que habiendo procedido este Cuerpo Deliberativo al estudio y análisis de la detallada pieza administrativa, surge desde el punto de vista técnico jurídico, que el oferente no ha cumplimentado los requisitos que prescribe la normativa que rige la licitación “Se dispone la perdida de garantía correspondiente , por aplicación del Art. 13° del Pliego de condiciones particulares , que expresamente establece “ Otorga la prorroga , si se produjeran retrasos de hasta un año según el nuevo cronograma , el adjudicatario perderá la garantía de adjudicación” , que conforme al dictamen legal de fs. 212 e informes expedidos por la Comisión Ejecutiva del Pimen , obrante a fs. 205,206,207 y

208 , el oferente no ha cumplido en presentar la garantía de cumplimiento de contrato. – En consecuencia y no existiendo objeciones que formular al respecto se estima conveniente ratificar el Decreto desadjudicatario n° 1077 de fecha 08 de marzo del 2.015 obrante en fs. 210 por no presentar la garantía requerida.-POR ELLO:EL H.C.D.ORDENAARTICULO 1°: Ratificase el Decreto Municipal n° 1077 de fecha 08 de marzo del 2.015, emitido por el Departamento Ejecutivo, obrante en fs. 210 del Expediente n° 5706/7-M-11 , en el que se desadjudica a la firma ELITE COMBUSTIBLES S.A. el predio adjudicado a través de ordenanza n° 04 /2012 por los motivos ampliamente detallados en la presente.- ARTICULO 2°:Comuníquese, publíquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Ordenanzas y Archívese.-DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 04 DIAS DEL MES DE JUNIO DE 2015.-ORDENANZA Nº22/2015VISTO: El expediente n° 27618 /3-D.E.-14 caratulado 24° llamado a licitación pública de parcela de la 2da. Etapa de la firma JULIO RICARDO LOPEZ y;CONSIDERANDO: Que habiendo procedido este Cuerpo Deliberativo al estudio y análisis de la detallada pieza administrativa, surge desde el punto de vista técnico jurídico, que el oferente ha cumplimentado los requisitos que prescribe la normativa que rige el Pliego de Condiciones de la

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Licitación todo conforme al dictamen legal de fs. 131 e informes expedidos por la Comisión Ejecutiva del Pimen obrante a fs. 126/127 . En consecuencia y por ende, no existen objeciones que formular se estima conveniente ratificar el Decreto adjudicatario n° 701 de fecha 04 de marzo del 2.015 obrante en fs. 129 - POR ELLO:EL H.C.D.ORDENAARTICULO 1°: Ratificase el Decreto n° 701 de fecha 04 de marzo del 2015 , emitido por el Departamento Ejecutivo obrante a fs.129, del Expediente n° 27618/3-D.E.-14 en el que se adjudica a la firma J.M.G. S.R.L. Copia I , en comodato con promesa de donación el predio identificado en los Pliegos de Condiciones de la Licitación como Parcela K19 que tienen una superficie de 2.500 metros cuadrados aproximadamente .El predio se encontraría ubicado en el sector Sur de la Manzana “K” de la Segunda Etapa de la ampliación del Parque Industrial.-ARTICULO 2°: El Departamento Ejecutivo, deberá notificar en forma fehaciente a la firma adjudicataria y demás proponentes de la presente adjudicación, dentro del plazo de cinco días hábiles posteriores a la promulgación de la presente Ordenanza de acuerdo a lo determinado por el pliego de condiciones generales, debiendo en forma paralela remitir a la U.C.A.M. para su evaluación los aspectos relevantes del proyecto desde el punto de vista ambiental.- ARTICULO 3°:Comuníquese, publíquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Ordenanzas y Archívese.-

DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 04 DIAS DEL MES DE JUNIO DE 2015.-

ORDENANZA Nº23/2015VISTO: El expediente n° 11976 /1-D.E.-14 caratulado 21° llamado a licitación pública de parcela de la 2da. Etapa de la firma JOSE LUIS VARGAS Anexo I Copia I y;CONSIDERANDO: Que luego del estudio de la presente pieza administrativa resulta: Que habiendo procedido este Cuerpo Deliberativo al estudio y análisis de la detallada pieza administrativa, surge desde el punto de vista técnico jurídico, que el oferente no ha cumplimentado los requisitos que prescribe la normativa que rige la licitación “Se dispone la perdida de garantía correspondiente , por aplicación del Art. 13° del Pliego de condiciones particulares , que expresamente establece “ Otorga la prorroga , si se produjeran retrasos de hasta un año según el nuevo cronograma , el adjudicatario perderá la garantía de adjudicación” , que conforme al dictamen legal de fs. 147 e informes expedidos por la Comisión Ejecutiva del Pimen , obrante a fs. 136,137 y 138 , el oferente no ha cumplido en presentar la garantía de cumplimiento de contrato. – En consecuencia y no existiendo objeciones que formular al respecto se estima conveniente ratificar el Decreto desadjudicatario n° 998 de fecha 26 de marzo del 2.015 obrante en fs. 145, por no presentar la garantía requerida.-POR ELLO:EL H.C.D.ORDENAARTICULO 1°: Ratificase el Decreto Municipal n° 998 de fecha 26 de marzo del 2.015, emitido por el Departamento Ejecutivo,

obrante en fs. 145 del Expediente n° 11976/1-M-14 , en el que se desadjudica a la firma JOSE LUIS VARGAS el predio adjudicado a través de ordenanza n° 43 /2014 por los motivos ampliamente detallados en la presente.- ARTICULO 2°:Comuníquese, publíquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Ordenanzas y Archívese.-DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 04 DIAS DEL MES DE JUNIO DE 2015.-

ORDENANZA Nº24/2015VISTO: El expediente n° 3443 /2-D.E.-15 caratulado 25° llamado a licitación pública de parcela de la 2da. Etapa de la firma YOGURLAC S.R.L. y;CONSIDERANDO: Que habiendo procedido este Cuerpo Deliberativo al estudio y análisis de la detallada pieza administrativa, surge desde el punto de vista técnico jurídico, que el oferente ha cumplimentado los requisitos que prescribe la normativa que rige el Pliego de Condiciones de la Licitación todo conforme al dictamen legal de fs. 1355 e informes expedidos por la Comisión Ejecutiva del Pimen obrante a fs. 128,129,131 y 131 . En consecuencia y por ende, no existen objeciones que formular, se estima conveniente ratificar el Decreto adjudicatario n° 1478 de fecha 15 de mayo del 2.015 obrante en fs. 133 - POR ELLO:EL H.C.D.ORDENAARTICULO 1°: Ratificase el Decreto n° 1478 de fecha 15 de mayo del 2015 , emitido por el Departamento Ejecutivo obrante a fs. 133, del

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Expediente n° 3443/2-D.E.-15 en el que se adjudica a la firma YOGURLAC S.R.L. , en comodato con promesa de donación el predio identificado en los Pliegos de Condiciones de la Licitación como Parcela K18 que tienen una superficie de 2.500 metros cuadrados aproximadamente .El predio se encontraría ubicado en el sector sUR de la Manzana “K” de la Segunda Etapa de la ampliación del Parque Industrial.-ARTICULO 2°: El Departamento Ejecutivo, deberá notificar en forma fehaciente a la firma adjudicataria y demás proponentes de la presente adjudicación, dentro del plazo de cinco días hábiles posteriores a la promulgación de la presente Ordenanza de acuerdo a lo determinado por el pliego de condiciones generales, debiendo en forma paralela remitir a la U.C.A.M. para su evaluación los aspectos relevantes del proyecto desde el punto de vista ambiental.- ARTICULO 3°:Comuníquese, publíquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Ordenanzas y Archívese.-DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 04 DIAS DEL MES DE JUNIO DE 2015.-ORDENANZA Nº25/2015VISTO: La nota Nº 27/15 adjunto el proyecto de resolución nº 172/14 presentado por el concejal ISRAEL ROSALES, del Bloque Justicialista, sobre la necesidad de llevar a cabo la Eximisión de pago de rotura de vereda, debido a la obra de instalación de gas natural, de los vecinos del Callejón Barta Nº 5290del Distrito Algarrobal en el

Departamento De Las Heras, y.-CONSIDERANDO.- Que los vecinos han acercado su inquietud ante mí persona, en representación de todos los vecinos del citado callejón, para solicitar la intervención de este Honorable Concejo Deliberante.-

Que los vecinos destacan que han realizado con gran esfuerzo la posibilidad de realización de la obra de red de gas natural, para el callejón Barta plano de Ecogas nº 94.586, ubicado en calle Las rosas S/N. en esta obra se instalaran 295 mts, de cañería de 50mm y 295 mts. de 63 mm en polietileno , faltando para esto el permiso municipal.-

Que con esta obra que se beneficiara a todos los vecinos adherentes a la misma lo que significara mejorar la calidad de vida de los mismos y además contar con este servicio que representa para todos un alivio económico importante por la diferencia de costo entre gas envasado y gas natural.-

Que para poder acceder a este permiso se necesita disponer de Eximisión del pago del aforo por rotura de vereda.-POR ELLO EL H.C.D.ORDENAARTICULO 1º.- Establézcase la Eximisión de pago de rotura de vereda de los vecinos del CALLEJON BARTA Nº 5290 del Distrito EL ALGARROBAL, en el Departamento de Las Heras en el marco de la instalación pertinente de gas natural.-ARTICULO 2°.Comuníquese, publíquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Ordenanzas y Archívese.-DADA EN LA SEDE DEL

CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 27 DIAS DEL MES DE JUNIO DE 2015.-ORDENANZA Nº26/2015VISTO: El expediente nº 6665-PO 2015, caratulado Lucisano Ana , referente donación de terreno sin cargo ,y ;CONSIDERANDO: Que analizada las actuaciones del caso resulta:Que la Señora ANA LUSISANO DNI 18.744.261 en nombre y representación de su hijo ARIEL ALEJANDRO MOYA DNI 24.191.364,por poder especial viene a realizar el ofrecimiento de donación sin cargo a la MUNICIPALIDAD DE LAS HERAS, una superficie afectada a ensanche de un terreno , ubicada en calle General Manuel Belgrano , librada al uso público de CIEN METROS VEINTISEIS DECIMETROS CUADRADOS , según título y de CIEN METROS VEINTIDOS DECIMETROS CUADRADOS, según plano de mensura nº 03-39419, ubicado frente a calle General Manuel Belgrano s/nº Distrito Cieneguita del Departamento de Las Heras, padrón territorial 03-35718-3, padrón municipal 55860, nomenclatura catastral 03-06-06-0014-00007-0000-7, inscripto en el Registro de la Propiedad y Archivo Judicial de la Provincia de Mendoza en el Asiento A-2 matricula 225424/3 de folio real.-

Que a s. 5 a 7 se adjunta copia certificada de donación, en el que el Sr. Antonio José Moya transfiere en donación gratuita a favor de su hermano Ariel Alejandro Moya un inmueble sin edificio.-Que a fs. 8/9 obra informe del Registro de la Propiedad y Archivo Judicial de la Provincia de Mendoza detallando que el Sr. Moya no se encuentra inhibido para disponer sus bienes, y a fs. 10 obra copia de la matricula registrada bajo

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el nº 22542/3 en el cual no se observa gravamen alguno.-Que a fs. 11 se ajunta plano de mensura aprobado, y visado por la Dirección de Catastro de la Provincia de Mendoza archivado bajo el nº 03-39419.-Que a fs. 12 el Departamento de Catastro Técnico, dependiente de la Dirección de Obras Privadas adjunta medidas perimetrales, superficies y linderos del terreno ofrecido en donación.- Que a fs. 14/17 obra copia del poder especial del Sr. Moya Ariel a favor de la Sra. Lucisano Ana ,por escritura numero ciento treinta , autorizando a la misma a comprar, vender, ceder, permutar , donar, hipotecar, transferir, alquilar , a su mandante cualquier tipo de inmueble que considere conveniente.-Que a fs. 19 obra ofrecimiento de donación de la Sra. Lucisano Ana .-Que a fs. 23 la asesora técnica mediante dictamen sugiere aceptar la donación.- Que este Órgano Legislativo evaluando las circunstancias del caso, conforme lo que confiere el art. 78º inc. 4to. De la Ley 1079 y habiéndose dado cumplimiento con lo dictado por ordenanza nº 100/12 procédase a dictar la norma de aprobación correspondiente.-POR ELLO:EL H.C.D.ORDENAARTICULO1º: Aceptase la donación sin cargo que efectúa la Señora ANA LUSISANO DNI 18.744.261 en nombre y representación de su hijo ARIEL ALEJANDRO MOYA DNI 24.191.364,por poder especial a favor de la MUNICIPALIDAD DE LAS HERAS, conforme a las actuaciones administrativas , bajo autos nº 6665-PO-2015 una superficie afectada a ensanche de un terreno , ubicado en calle General Manuel Belgrano , librada al uso público de CIEN

METROS VEINTIDOS DECIMETROS CUADRADOS, según plano de mensura nº 03-39419, ubicado frente a calle General Manuel Belgrano s/nº Distrito Cieneguita del Departamento de Las Heras, padrón territorial 03-35718-3, padrón municipal 55860, nomenclatura catastral 03-06-06-0014-000007-0000-7, inscripto en el Registro de la Propiedad y Archivo Judicial de la Provincia de Mendoza en el Asiento A-2 matricula 225424/3 de folio real ,que conforme al informe del Departamento de Catastro Técnico obrante a fs. 12 tienen el siguiente detalle:Superficie según mensura terreno afectado por ensanche de calle: 100,22 m2LIMITES Norte: con más

terrenos del donante en 10,00 m.-

Sur: con calle General Manuel Belgrano en 10,00 m.-

Oeste: con calle General Manuel Belgrano en 10,04 m

Este: con calle General Manuel Belgrano en 10,02 m

Cabe destacar que la superficie ofrecida en donación , cuenta con los servicios y obras de urbanización exigibles para la zona y se encuentra librada al uso público .-ARTICULO 2º: El Departamento Ejecutivo a través, del área que corresponda procederá a notificar ala Sra. ANA LUSISANO DNI 18.744.261 en su domicilio legal o real, de la presente ordenanza entregando copia de la misma, todo conforme lo establece el articulo 1792º del Código Civil.- ARTICULO 3º: Una vez cumplido lo solicitado en el artículo precedentemente citado, el donante por su parte haciendo tradición, se aparta, quita y desiste de todos los derechos de propiedad posesión y dominio de lo donado trasmitiéndolo a la

donataria, obligándose al sometimiento para el caso de evicción.-ARTICULO 4º: La Escribana Municipal cumplido lo establecido en el artículo segundo, procederá a inscribir el terreno donado a favor del Municipio en el Registro de la Propiedad Raíz y Archivo Judicial de la Provincia de Mendoza, conforme lo normado en el artículo 1810 del Código Civil y demás reparticiones públicas que correspondan.-ARTICULO 5º: Tomando la Comuna la posesión real y material, de igual forma.-ARTICULO 6º: Tomen conocimiento de la presente ordenanza Dirección de Asuntos Legales, Dirección de Obras Privadas, Catastro, Dirección de Patrimonio y demás Çreparticiones que estimen corresponder.- ARTICULO 7º: Comuníquese, publíquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Ordenanzas y Archívese.-DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 27 DIAS DEL MES DE JUNIO DE 2015.-

ORDENANZA Nº27/2015VISTO: El expediente Nº 8823-PO-2014 , el cual trata sobre donacion de terreno sin cargo , y;CONSIDERANDO: Que analizada la citada pieza adminsitrativa surge:Que las mismas estan relacionadas al ofrecimiento de donacion sin cargo , a favor de la Municipalidad de Las Heras que realiza el Señor RAUL ALEJANDRO MARTIN DIEGUEZ , DNI 29.222.852 quien manifiesta ser titular del inmueble ubicado en calle España del distrito Ciudad individualizado en el plano de mensura Nº 03-39685, como parte de la

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fraccion I , que tiene una superficie de 250,79 m2, padron municipal Nº 7968 , con nomenclatura catatral 03-08-02-0018-000027-0000-6 inscripto en el Registro de la Propiedad y Archivo Judicial de la Provincia de Mendoza bajo la matricula Nº 399432 , Asiento A-2 de folio real.-Que a fs. 7 se adjunta plano de mensura y fraccionamiento aprobado y visado por la Direccion de Catastro de la Provincia de Mendoza archivado bajo el Nº 03-39685.-Que a fs. 15/16 obra certificado del Registro de la Propiedad y Archivo Judicial de la Provincia de Mendoza informando que el Sr. Diguez Raul no se encuentra inhibido para disponer de sus bienes , y a fs. 17 se adjunta matricula Nº 399432 donde no se observa gravamen alguno.-Que a fs. 18/24 se adjunta copia certificada de la particion extrajudicial de bienes hereditarios , fraccionamiento – division de condominio y adjudicacion de inmueble que efectua la Sra. Teresa Norma Zapata a su hijo Raul A. Dieguez en la escritura Nº diez

Que a fs. 26 el Departamento de Catastro Tecnico dependiente de la Direccion de Obras Privadas adjunta resumen de superficies linderos y medidas perimetrales , de la superficie a ensanche de calle España ofrecida en donacion sin cargo.-Que a fs. 42 la aesora tecnica emite dictamen sugiriendo aceptar dicha donacion.- Que este Órgano Legislativo evaluando las circunstancias del caso, con el dictamen de la Asesora Técnica obrante a fs 42 conforme a lo que confiere según el art. 78º inc. 4to. De la Ley 1079 y habiéndose dado cumplimiento con lo dictado por ordenanza nº 100/12 procédase a dictar la norma de aprobación correspondiente.-POR ELLO:

EL H.C.D.ORDENAARTICULO 1º: Aceptase la donación sin cargo que efectúa el Señor RAUL ALEJANDRO MARTIN DIEGUEZ , DNI 29.222.852 a favor de la MUNICIPALIDAD DE LAS HERAS , conforme a las actuciones administrativas , bajo autos 8823-PO-2014 del inmueble ubicado en calle España del distrito Ciudad individualizado en el plano de mensura Nº 03-39685, como parte de la fraccion I , la que tiene una superficie de 250,79 m2 según mensura y titulo , padron municipal Nº 7968 , con nomenclatura catatral 03-08-02-0018-000027-0000-6 inscripto en el Registro de la Propiedad y Archivo Judicial de la Provincia de Mendoza bajo la matricula Nº 399432 , Asiento A-2 de folio real que conforme al informe del Departamento de Catastro Técnico tienen el siguiente detalle:

Resumen de superficie ofrecida en donaciónPoligono 1 ( fraccion I) superficie afectada según mensura 250,79 m2 y según titulo de 250,79 m2 Limites Norte: calle superficie

afectada a ensanche de calle España de P.C.I.F. en 18,18 m

Sur: con calle España en 18,81 m

Este: con fraccion I en 13,80 m

Oeste: con calle España en 13,24 m

Poligono 2 ( P.C.I.F.) superficie afectada según mensura 90,34 m2 y según titulo de 90,25 m2 Limites Norte: con calle España

en 17,94 m Sur: con superficie

afectada a ensanche de calle España de fraccion I en 18,18 m

Este: con P.C.F.I. en 5,05 m

Oeste: con calle España en 5,10 m

Superficie total donada según mensura: 341,13 m2Superficie total donada seun titulo: 335,66 m2

ARTICULO 2º: El Departamento Ejecutivo a través, del área que corresponda procederá a notificar al Sr. RAUL ALEJANDRO MARTIN DIEGUEZ , DNI 29.222.852 en su domicilio legal o real, de la presente ordenanza entregando copia de la misma, todo conforme lo establece el articulo 1792º del Código Civil.- ARTICULO 3º: Una vez cumplido lo solicitado en el artículo precedentemente citado, el donante por su parte haciendo tradición, se aparta, quita y desiste de todos los derechos de propiedad posesión y dominio de lo donado trasmitiéndolo a la donataria, obligándose al sometimiento para el caso de evicción.-ARTICULO 4º: La Escribana Municipal cumplido lo establecido en el artículo segundo, procederá a inscribir el terreno donado a favor del Municipio en el Registro de la Propiedad Raíz y Archivo Judicial de la Provincia de Mendoza, conforme lo normado en el artículo 1810 del Código Civil y demás reparticiones públicas que correspondan.-ARTICULO 5º: Tomando la Comuna la posesión real y material, de igual forma.-ARTICULO 6º: Tomen conocimiento de la presente ordenanza Dirección de Asuntos Legales, Dirección de Obras Privadas, Catastro, Dirección de Patrimonio y demás reparticiones que estimen corresponder.- ARTICULO 7º: Comuníquese, publíquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Ordenanzas y Archívese.-DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 27 DIAS DEL MES DE JUNIO DE 2015.-ORDENANZA N28/2015

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VISTO: La nota Nº 135/15 presetnada por Vecinos del Barrio Portal del Distrito El Algarrobal , el cual solicitan denominacion de calle,y;CONSIDERANDO: Que analizada la citada pieza adminstrativa surge:Que Vecinos del Barrio Portal del Algarrobal solicitan la designación de nombre de calles.-Que los mismos mencionan que dichos nombres han sido consensuados a travès de talleres en la Mesa de Gestion del Barrio generando en el marco de PROMEBA.-Que a fs. 05 el Jefe del Departamento de Catastro Administrativo emite informe detallando: a- que las denominaciones de la Cisterna, La Golondrina , Garza Mora, Catita Serena, Siete Cuchillos , El Aguila Coronada, Las Cotorras , el Flamenco y Horneros no figuran en el registro como calles otorgadasb- que las denominaciones de: Pilcomayo , Aristóbulo del Valle , J. Gutemberg, Hungria y Paso Hondo son coincidentes con las trazas de las calles que han sido denominadas con anterioridad .-c- que el nombre el Còndor , ha sido ya utilizado la denominaciòn “ Los Condores” , en el Bº Obrador y en el distrito El Zapallar, por lo que sugiere generar otra designación.-d- que también menciona considerar el estado dominial de las calles al día de la echa, sin perjuicio de que la designación de nombres realizada por los vecinos crea un sentido de pertenencia de esta comunidad .-Que a fs. 08 obra la nomina definitiva de los nombres de los vecinos conforme la observación hecha por el Departamento de Catastro Administrativo.-En consecuencia y tomando conocimiento de la solicitud planteada por los Vecinos del Barrio El Portal, conforme las atribuciones que le competen a este Honorable Cuerpo (art. 78º

Ley 1079), procédase a dictar la norma legal .-POR ELLO:EL H.C.D.ORDENAARTICULO 1º: Desígnese con el nombre de LA CISTERNA, LA GOLONDRINA, GARZA MORA, CATITA SERRANA, BENTEVEO, EL AGUILA CORONADA, LAS COTORRAS, EL FLAMENCO, HORNEROS y ZORZAL a las distintas calles del Barrio EL PORTAL del DISTRITO EL ALGARROBAL del Departamento de Las Heras ARTICULO 2º: El Departamento Ejecutivo , a través del área que corresponda deberá notificar a los vecinos de la presente ordenanza entregando copia de la misma.-ARTICULO 2º: Tomen conocimiento de la presente resolución Secretaria de Hacienda , Secretaria de Gobierno, Dirección de Coordinaciòn de Gabinete , Dirección de Relaciones Institucionales y demàs reparticiones que correspondan.-ARTICULO 3º: Comuníquese, publíquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Ordenanzas y Archívese.-DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 27 DIAS DEL MES DE JUNIO DE 2015.-RESOLUCIONESRESOLUCIONES Nº 56/2015POR ELLO EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1°.- Remítase la nota Nº 114/15 a la Secretaria de este Cuerpo, a efectos que proceda enviar copia de la presente pieza administrativa a cada uno de los Bloques y

posteriormente archívese donde corresponda.- ARTICULO 2°.- Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Resoluciones y Archívese.-DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 04 DIAS DEL MES DE JUNIO DE 2015.-RESOLUCIONES Nº 57/2015POR ELLO EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1º.- Pase la Nota Nº 113/15, al Departamento Ejecutivo y por el área que corresponda se realice la encuesta socioeconómica y presente la titularidad del inmueble, a la Señora MORALES JOSEFINA ALICIA, padrón Nº00032846 domicilio Bº Integral o s Martín 1 32/23.-ARTICULO 2°.- Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Resoluciones y Archívese.-DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 04 DIAS DEL MES DE JUNIO DE 2015.-RESOLUCIONES Nº 58/2015POR ELLO EL H.C.R.RESUELVE

ARTICULO 1º.- Pase la Nota Nº 112/15, al Departamento Ejecutivo y por el área que corresponda se realice la encuesta socioeconómica, y presente la titularidad del

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inmueble la Señora ORTUBIA ELIZABETH ARGENTINA, padrón Nº00032859 domicilio Bº Integral o s Martín 1 33/05.-ARTICULO 2°.- Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Resoluciones y Archívese.-DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 04 DIAS DEL MES DE JUNIO DE 2015.-RESOLUCIONES Nº 59/2015POR ELLOEL H.C.D.RESUELVE:ARTÍCULO 1º: Declarar de interés de este Honorable Concejo Deliberante la trayectoria y labor en el ámbito folclórico del Señor PIO EMAR AMAYA por su gran aporte a la cultura lasherina.ARTÍCULO 2º: Hacer entrega de un reconocimiento a su persona por su labor destacada en la música folclórica. ARTÍCULO 3º: Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Resoluciones y Archívese.-DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 04 DIAS DEL MES DE JUNIO DE 2015.-RESOLUCIONES Nº 60/2015POR ELLOEL H.C.D.RESUELVE:ARTÍCULO 1º: Declárese de interés de este Honorable Concejo Deliberante el

Programa Remar Rock Mendoza, a realizarse por REMAR en coordinación con la Municipalidad de Las Heras, el día Sábado 06 de Junio de 2015 en el Estadio Vicente Polimeni en el Departamento de Las Heras. ARTÍCULO 2º: Dese lectura de la presente Declaración de interés en el marco del inicio formal del Programa mencionado. ARTÍCULO 3º: Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Resoluciones y Archívese.-DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 04 DIAS DEL MES DE JUNIO DE 2015.-RESOLUCIONES Nº 61/2015POR ELLO:EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1°.- Remítase la Nota Nº 106/15, presentada por el Señor Juan Mercado, presidente de la Asociación Vecinal Zapata al archivo correspondiente por lo expuesto en los considerandos remitiendo copia de la misma cada bloque.-ARTICULO 2°.- Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Resoluciones y Archívese.-DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 02 DIAS DEL MES DE JULIO DE 2015.-RESOLUCIONES Nº 62/2015 POR ELLO:EL H.C.D.RESUELVE

ARTICULO 1°.- Remítase la Nota Nº 123/15, presentada por el HCD de MALARGÜE, al archivo correspondiente remitiendo copia de la misma cada bloque.-ARTICULO 2°.- Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Resoluciones y Archívese.-DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 02 DIAS DEL MES DE JULIO DE 2015.-RESOLUCIONES Nº 63/2015POR ELLO:

EL H.C.D.

RESUELVE

ARTICULO1°: Cursar invitación formal escrita, por intermedio de Secretaría del Honorable Concejo Deliberante, a la Coordinadora del Centro Preventivo y Asistencial en Adicciones

Las Heras, Lic. Marta Hintuchi, a los efectos de convocarla, en el seno de la Comisión de Gobierno del Honorable Concejo Deliberante, a brindar información relativa a las prevalencias en términos de consumos problemáticos registrados en Las Heras, la cantidad de consultas recepcionadas y abordajes efectuados en el efector, y las acciones preventivas dirigidas a la población del Departamento

ARTICULO 2°: Comuníquese, dése al

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Departamento Ejecutivo, al Libro de Resoluciones y Archívese.-DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 02 DIAS DEL MES DE JULIO DE 2015.-

RESOLUCIONES Nº 64/2015ARTICULO 1°: Solicitar al

Departamento Ejecutivo disponer en las boletas de tasas, de derechos de industria y comercio, de aforos y las correspondientes a todo

tributo municipal existente, la impresión del número telefónico “144 – Línea telefónica gratuita para la atención de consultas de violencia de género”.

ARTICULO 2°:RESOLUCIONES Nº 65/2015POR ELLO EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1°.- Remítase la nota n° 125/15 a la Secretaria de este Cuerpo, a efectos que proceda enviar copia de la presente pieza administrativa a cada uno de los Bloques y posteriormente archívese donde corresponda.- ARTICULO 2°. Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Resoluciones y Archívese.-DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 02 DIAS DEL MES DE JULIO DE 2015.-

RESOLUCIONES Nº 66/2015POR ELLO EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1ª.- Pase la Nota Nª 120/15, al Departamento Ejecutivo y por el área que corresponda se realice la encuesta socioeconómica al señor SCOLARO GABRIEL, domiciliado en calle Belisario Roldan 441, Distrito Ciudad, y también deberá acreditar titularidad del inmueble, posteriormente vuelva a este HCD para su tratamiento y resolución.-ARTICULO 2°.- Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Resoluciones y Archívese.-DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 02 DIAS DEL MES DE JULIO DE 2015.-

RESOLUCIONES Nº 67/2015POR ELLO EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1ª.- Pase la Nota Nª 124/15, al Departamento Ejecutivo y por el área que corresponda se realice la encuesta socioeconómica a la señora PEREYRA DELIA, domiciliada en calle Perón 132, Distrito Ciudad, y también deberá acreditar titularidad del inmueble, posteriormente vuelva a este HCD para su tratamiento y resolución.-

ARTICULO 2°. Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo, al

Libro de Resoluciones y Archívese.-DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 02 DIAS DEL MES DE JULIO DE 2015.-

RESOLUCIONES Nº 68/2015POR ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTERESUELVEARTICULO 1°: Otorgase la conformidad para la eximisión de la deuda de tasas al padrón municipal Nº 002503 domicilio Manzana “G” lote 4 del Bº Hermandad Obrera,

ARTICULO 2°: Tomen conocimiento de la presente resolución la Dirección de Rentas, y demás dependencias que correspondan quien deberá proceder a dar cumplimiento a la misma.-ARTICULO 3° Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Resoluciones y Archívese.-DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 02 DIAS DEL MES DE JULIO DE 2015.-RESOLUCIONES Nº 69/2015POR ELLO EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1°.- Remítase la nota n° 122/15 a la Secretaria de este Cuerpo, a efectos que proceda enviar copia de la presente pieza administrativa a cada uno de los Bloques y posteriormente archívese donde corresponda.-

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ARTICULO 2°. Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Resoluciones y Archívese.-DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 02 DIAS DEL MES DE JULIO DE 2015.-

RESOLUCIONES Nº 70/2015POR ELLO:EL HCDRESUELVEARTICULO 1º: Pase la Nota Nº 119/ 15, al Departamento Ejecutivo y por el área que corresponda se realice la encuesta socioeconómica al Señor Gonzalez, Jorge Alejandro, domiciliado en calle los sauces 01148 , Distrito El Plumerillo, y también deberá acreditar titularidad del inmueble, posteriormente vuelca a este HCD para su tratamiento y resolución.ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Resoluciones y Archívese.-DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 02 DIAS DEL MES DE JULIO DE 2015.-

RESOLUCIONES Nº 71/2015POR ELLO:EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1º: Remítase la nota Nº 25/15 al archivo correspondiente conforme al informe obrante a fs. 13.-ARTICULO 2º: Secretaria de este HCD deberá enviar copia al concejal Emiliano Sosa del Bloque Demócrata de la presente resolución.-ARTICULO 3º: Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Resoluciones y Archívese.-DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 02 DIAS DEL MES DE JULIO DE 2015.-

RESOLUCIONES Nº 72/2015POR ELLO:

EL H.C.D.RESUELVE

ARTICULO 1º: Secretaria de este HCD deberá enviar copia a cada unos de los bloques de la presente resolución y posteriormente archívese donde corresponda .-ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Resoluciones y Archívese.-DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 02 DIAS DEL MES DE JULIO DE 2015.-RESOLUCIONES Nº 73/2015POR ELLO:EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1º: Remítase la nota Nº 18/15 al archivo correspondiente por los motivos expuestos en los considerandos.-ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Resoluciones y Archívese.-DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 02 DIAS DEL MES DE JULIO DE 2015.-RESOLUCIONES Nº 74/2015POR ELLO:EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1º: Remítase la nota Nº 84/15 al archivo correspondiente conforme al informe obrante a fs. 03 vta. Y fs. 04.-ARTICULO 2º: Secretaria de este Honorable Cuerpo deberá enviar una copia al Sr. Mereles Jorge a su domicilio real de la presente resolución.-ARTICULO 3º: Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Resoluciones y Archívese.-DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 02 DIAS DEL MES DE JULIO DE 2015.-RESOLUCIONES Nº 75/2015POR ELLO:EL H.C.D.RESUELVE

ARTICULO 1º:Remitase la nota Nº 15/15 al archivo correspondiente por lo expuesto en los considerandos.ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Resoluciones y Archívese.-DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 02 DIAS DEL MES DE JULIO DE 2015.-RESOLUCIONES Nº 76/2015POR ELLO

EL H.C.D.

RESUELVE:

ARTICULO 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo gestionar, ante las autoridades que corresponda, la limpieza y mantenimiento del Canal Colector ubicado en el margen oeste de Calle Álvarez Condarco, en el tramo comprendido entre entre Calle 3 de Febrero y Calle Jorge Newbery, del Distrito El Plumerillo.

ARTICULO 2°: Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Resoluciones y Archívese.-DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 02 DIAS DEL MES DE JULIO DE 2015.-

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RESOLUCIONES Nº 77/2015POR ELLO EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1º.- Remítase la nota Nº 30/15 al archivo correspondiente por lo expuesto en los considerandos.-ARTICULO 2º Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Resoluciones y Archívese.-DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 02 DIAS DEL MES DE JULIO DE 2015.-RESOLUCIONES Nº 78/2015POR ELLO EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1ª.- Pase la Nota Nª 133/15, al Departamento Ejecutivo y por el área que corresponda se realice la encuesta socioeconómica al señor REYNOSO ALFREDO, domicilio Jacinto Suárez 699 Distrito Ciudad, y también deberá acreditar titularidad del inmueble, posteriormente vuelva a este HCD para su tratamiento y resolución.-ARTICULO 2°.- Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Resoluciones y Archívese.-DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 04 DIAS DEL MES DE AGOSTO DE 2015.-RESOLUCIONES Nº 79 /2015POR ELLO EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1ª.- Pase la Nota Nª 132/15, al Departamento Ejecutivo y

por el área que corresponda se realice la encuesta socioeconómica al señor BUSTOS JUAN OSVALDO manzana A casa 14 del Barrio Eva Perón, Distrito el Resguardo, y también deberá acreditar titularidad del inmueble, posteriormente vuelva a este HCD para su tratamiento y resolución.-ARTICULO 2°. Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Resoluciones y Archívese.-DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 04 DIAS DEL MES DE AGOSTO DE 2015.-RESOLUCIONES Nº 80/2015 POR ELLO EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1°.- Remítase la nota n° 129/15 a la Secretaria de este Cuerpo, a efectos que proceda enviar copia de la presente pieza administrativa a cada uno de los Bloques y posteriormente archívese donde corresponda.- ARTICULO 2°.- Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Resoluciones y Archívese.-DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 04DIAS DEL MES DE Agosto DE 2015.-

RESOLUCIONES Nº 81/2015POR ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTERESUELVEARTICULO 1ª.- Pase la Nota Nª 136/15, al Departamento Ejecutivo y

por el área que corresponda se realice la encuesta socioeconómica al señor EDUERDO PAURA, Domicilio en calle Ohiggins B 2988 posteriormente vuelva a este HCD para su tratamiento y resolución.-ARTICULO 2°.- Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Resoluciones y Archívese.-DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 27 DIAS DEL MES DE AGOSTO DE 2015.-RESOLUCIONES Nº 82/2015POR ELLO EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1ª.- Pase el expediente Nº 3901/CH/2013, al Departamento Ejecutivo y por el área que corresponda se realice la encuesta socioeconómica al señor CHOQUE FLORES DANIEL ALEJANDRO, domicilio fray Luis Beltrán 2859, distrito El Resguardo posteriormente vuelva a este HCD para su tratamiento y resolución.-ARTICULO 2°.- Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Resoluciones y Archívese.-DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 27 DIAS DEL MES DE AGOSTO DE 2015.-

RESOLUCIONES Nº 83/2015POR ELLO:

EL H.C.D.RESUELVE ARTICULO 1º: Dejese sin efecto la resoluciòn Nº 64/12 de fecha 26-04-12 que en su articulo 1º detallaba: Girese las

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presentes actuciones al Departamento Ejecutivo para que a través del area que corresponda arbitre las medidas necesarias para que cumpla con la demoliciòn del muro construido fuera de la linea municipal, frente a la calle Olascoaga Nº 3240 del Departamento de Las Heras , ordenando por Decreto Municipal Nº 102/10 ; todo ello conforme al informe de la Direcciòn de Obras Privadas obrante a fs. 107/108 respecto a la restricciòn de retirarse la linea de edificaciòn que se solicitaba a fs. 1 ha sido cumplido por la Sra. Lopresti , en cuanto al cierre de separaciòn con el vecino denunciante , se ha verificado que ha dado cumplimiento con todas las reglamentaciones vigentes . .-ARTICULO 2º: El Ejecutivo Municipal deberà a través del área que corresponda notificar a la Sra. Lopresti Mirian Elizabeth en su domicilio real o legal de la presente resoluciòn entregando copia de la misma .- ARTICULO 3º: Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Resoluciones y Archívese.-DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 27 DIAS DEL MES DE AGOSTO DE 2015.-RESOLUCIONES Nº 84/2015POR ELLO:EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1º: Remítase la nota Nº 137/15 al Departamento Ejecutivo para que a través , del área que corresponda informe si existe alguna donación sobre el inmueble a la Municipalidad de Las Heras .-ARTICULO 2º: Una vez cumplido lo solicitado en el articulo anterior vuelva a este Honorable Cuerpo para su tratamiento y posterior resolución.- ARTICULO 3º: Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo, al

Libro de Resoluciones y Archívese.-DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 27 DIAS DEL MES DE AGOSTO DE 2015.-RESOLUCIONES Nº 85 /2015POR ELLOEL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1º; Girese la nota Nº 01/15 a la Dirección de Obras Privadas para que tome conocimiento del pedido allí articulado por el Colegio de Arquitecto de Mendoza y si corresponde modificación alguna de la ordenanza Nº 54/14 procedase a ejecutarlo.ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Resoluciones y Archívese.-DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 27 DIAS DEL MES DE AGOSTO DE 2015.-RESOLUCIONES Nº 86/2015POR ELLO:EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1º: Procédase en devolución al Ejecutivo Municipal el expediente Nº 2244-S-2011 y su acumulado 3545-C-11 para que de cumplimiento con el dictamen obrante a fs. 47 conforme lo establece la ordenanza Nº 100/12 y la Ley de Loteo Nº 4341.-ARTICULO 2º: Una vez cumplido lo solicitado en el artículos primero vuelva a este Honorable Cuerpo para su tratamiento y posterior resolución.- ARTICULO 3º: Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Resoluciones y Archívese.-DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 27 DIAS DEL MES DE AGOSTO DE 2015.-RESOLUCIONES Nº 87/2015POR ELLO:EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1º:El Ejecutivo Municipal deberá

emplazar nuevamente al Sr. Castro Emilio Eduardo , para que de cumplimiento con el acta de acuerdo de fecha 26-04-14 de 12 columnas de acero que reemplazan los postes de eucaliptos con que se habría realizado la red eléctrica y 3 luminarias faltante al costado Oeste de calle Perú .-ARTICULO 2º: Así mismo el Departamento Ejecutivo deberá cumplir con toda la documentación según lo estipulado en la ordenanza Nº 100/12 para proseguir con la aceptación por parte de la comuna.- ARTICULO 3º: Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Resoluciones y Archívese.-DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 27 DIAS DEL MES DE AGOSTO DE 2015.-

RESOLUCIONES Nº 88/2015POR ELLO EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1ª.- Pase el Proyecto de Resolución Nº 24/15, al Departamento Ejecutivo y por el área que corresponda se realice la encuesta socioeconómica al señor LETA SALVADOR, domicilio calle Avellaneda Nº 563, distrito Panquehua, posteriormente vuelva a este HCD para su tratamiento y resolución.-ARTICULO 2°.- Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Resoluciones y Archívese.-DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 27 DIAS DEL MES DE AGOSTO DE 2015.-RESOLUCIONES Nº 89/2015POR ELLO:EL H.C.D.RESUELVE

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BOLETIN OFICIAL-EDICION junio julio y agosto del 2015Honorable Concejo Deliberante-Municipalidad de Las Heras

ARTICULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo , a través del área que corresponda , gestione la limpieza de basural en el terreno baldío entre calles Álvarez Condarco , Tres de Febrero , Albox y Paso de los Patos del Portillo donde se arrojan residuos .- ARTICULO 2°: Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Resoluciones y Archívese.-DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 27 DIAS DEL MES DE AGOSTO DE 2015.-RESOLUCIONES Nº 90 /2015

POR ELLO:

EL H.C.D.

RESUELVE

ARTICULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo, a través del área que corresponda, gestione la limpieza de basural en el terreno baldío del barrio donde se arrojan residuos.ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Resoluciones y Archívese.-DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 27 DIAS DEL MES DE AGOSTO DE 2015.-RESOLUCIONES Nº 91/2015POR ELLO:EL H.C.D. RESUELVEARTICULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo, a través del área que corresponda, gestione ante el ente responsable la colocación de semáforos y/o señalización vial reglamentaria en el cruce de calles Perù, Santa Rosa y Uruguay, del Distrito Panquehua.ARTICULO 2º Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Resoluciones y Archívese.-DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 27 DIAS DEL MES DE AGOSTO DE 2015.-

RESOLUCIONES Nº 92/2015POR ELLO:EL H.C.D.RESUELVEARTICULO 1º: El Departamento Ejecutivo deberá incorporar para el próximo presupuesto de obra la obra de luminarias en la calle Paso de los Patos , entre Albox y Fleming en el Distrito El Plumerillo.- ARTICULO 2°: Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Resoluciones y Archívese.-DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 27 DIAS DEL MES DE AGOSTO DE 2015.-RESOLUCIONES Nº 93/2015POR ELLO:EL H.C.DRESUELVEARTICULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo , a través del área que corresponda , gestione la colocación del servicio de cloacas en la calle Paso de los Patos , entre Albox y Fleming , del Distrito El Plumerillo.- ARTICULO 2°: Comuníquese, dése al Departamento Ejecutivo, al Libro de Resoluciones y Archívese.-DADA EN LA SEDE DEL CLUB SOCIAL LAS HERAS, A LOS 27 DIAS DEL MES DE AGOSTO DE 2015.-ORDENANZAS, Y RESOLUCIONES, CORRESPONDIENTES A LOS MESES De Enero , Febrero , Marzo, Abril y Mayo del 2015, SUSCRIPTAS POR EL SR. PRESIDENTE DEL H.C.D. CONCEJAL JOSE GINANNESCHI Y EL SR. SECRETARIO DEL H.C.D. DON RUBEN GARCIA.------------------------------------------------------------------------

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