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Oficina Internacional del Trabajo

LA OIT Y LOS PRINCIPIOS Y DERECHOS

FUNDAMENTALES EN EL TRABAJO

Calca, Perú, 6 de diciembre de 2007www.oit.org.pe

Jesús García JiménezCTP OIT Lima

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QUE ES LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO

-OIT

La OIT fue creada en 1919 en un esfuerzo conjunto de gobiernos, empleadores y trabajadores, con el fin de mejorar las condiciones de trabajo de los seres humanos sin distinción y contribuir a fomentar la justicia social y los derechos humanos y laborales. En 1946 se convirtió en el primer organismo especializado de las Naciones Unidas y hoy cuenta con 175 Estados Miembros.

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QUE HACE LA OIT

TRABAJADORES GOBIERNO EMPLEADORES

PROMOVER LA JUSTICIA SOCIAL

MEJORAR LAS CONDICIONES DE TRABAJOMEJORAR LAS CONDICIONES DE TRABAJO

ACTIVIDADES NORMATIVAS

•Elaboración de Normas Internacionales del Trabajo (NIT)

•Adopción por la Conferencia Internacional del Trabajo

•Control de la aplicación por los Estados Miembros

COOPERACION TECNICA•Promover los objetivos fijados por las NIT

•Mejorar las condiciones de vida y trabajo

•Promover el pleno empleo

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EL TRIPARTISMO

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188 CONVENIOS OIT(y 199 Recomendaciones)

Libertad sindical, negociación colectiva y relaciones de trabajo

Trabajo forzoso Eliminación del trabajo infantil y protección de los

niños y los menores Igualdad de oportunidades y de trato Consultas tripartitas Administración e inspección del trabajo Política y promoción del empleo Orientación y formación de profesionales Seguridad del empleo Salarios Horas de trabajo

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188 CONVENIOS OIT(y 199 Recomendaciones)

Seguridad y salud en el trabajo Seguridad social Protección de la maternidad Política social Trabajadores migrantes Gente de mar Pescadores Trabajadores portuarios Pueblos indígenas y tribales Categorías específicas de trabajadores

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Promover y cumplir las normas, y los principios

y derechos fundamentales en el

trabajo

Promover y cumplir las normas, y los principios

y derechos fundamentales en el

trabajo

Crear mayores oportunidades para mujeres y hombres, con objeto de que dispongan de unos ingresos y un empleo

decorosos

Crear mayores oportunidades para mujeres y hombres, con objeto de que dispongan de unos ingresos y un empleo

decorosos

Realzar el alcance y la eficacia de la protección social para todos y todas

Realzar el alcance y la eficacia de la protección social para todos y todas

Fortalecer el tripartismo y el diálogo social

Fortalecer el tripartismo y el diálogo social

TRABAJO TRABAJO DECENTEDECENTE

MARCO ESTRATÉGICO

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TRABAJO DECENTE

“El trabajo decente es aquella ocupación productiva que es justamente remunerada y que se ejerce en condiciones de libertad, equidad, seguridad y respeto a la dignidad humana”

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¿Cuáles son los Principios y Derechos fundamentales del

trabajo?

Libertad sindical y negociación colectiva

Erradicación del trabajo infantil Igualdad y no discriminación Eliminación del trabajo forzoso

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C.87: LIBERTAD SINDICAL Y PROTECCIÓN DEL DERECHO DE SINDICACIÓN, 1948

C.98: DERECHO DE SINDICACIÓN Y DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA, 1949

NORMAS RELATIVAS A LOS DERECHOS FUNDAMENTALES

LIBERTAD SINDICAL

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SU OBJETIVO: ASEGURAR LA PROTECCIÓN DEL DERECHO DE ASOCIACIÓN DE LOS TRABAJADORES Y DE LOS EMPLEADORES SIN INJERENCIA DE LOS PODERES PÚBLICOS

LIBERTAD SINDICALCONVENIO 87. LIBERTAD SINDICAL Y PROTECCIÓN DEL DERECHO DE SINDICACIÓN, 1948

DERECHO LIBREMENTE EJERCIDO DE LOS TRABAJADORES Y LOS EMPLEADORES, SIN DISTINCIÓN ALGUNA, A ORGANIZARSE PARA FOMENTAR Y DEFENDER SUS INTERESES RESPECTIVOS.

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SINDICACIÓN Y NEGOCIACIÓN COLECTIVA

CONVENIO 98. DERECHO DE SINDICACIÓN Y DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA, 1949.

ESTE CONVENIO COMPLEMENTA EL CONVENIO 87 Y SE REFIERE A LAS RELACIONES ENTRE LOS TRABAJADORES Y EMPLEADORES.

PROTECCIÓN DE LOS TRABAJADORES EN EJERCICIO DEL DERECHO DE SINDICACIÓN.PROTECCIÓN DE LAS ORGANIZACIONES DE TRABAJADORES Y DE EMPLEADORES CONTRA ACTOS DE INJERENCIA DE UNAS RESPECTO DE LAS OTRAS.FOMENTO DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA VOLUNTARIA.

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C.29: TRABAJO FORZOSO, 1930

C.105: ABOLICIÓN DEL TRABAJO FORZOSO, 1957

NORMAS RELATIVAS A LOS DERECHOS FUNDAMENTALES

PROTECCIÓN CONTRA EL TRABAJO FORZOSO

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ERRADICACIÓN TRABAJO FORZOSO

CONVENIO 29. TRABAJO FORZOSO, 1930

ABOLICION EN TODAS SUS FORMAS DEL TRABAJO FORZOSO U OBLIGATORIO IMPUESTO CON DETERMINADOS FINES

CONVENIO 105. ABOLICION DEL TRABAJO FORZOSO, 1957

SUPRESIÓN DEL TRABAJO FORZOSO U OBLIGATORIO

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C.100: IGUALDAD DE REMUNERACIÓN, 1951

C.111: NO DISCRIMINACIÓN (EMPLEO Y OCUPACIÓN), 1958

NORMAS RELATIVAS A LOS DERECHOS

FUNDAMENTALESPROTECCIÓN CONTRA LA DISCRIMINACIÓN

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NORMAS RELATIVAS A LOS DERECHOS FUNDAMENTALES

CONVENIO 100. IGUALDAD DE REMUNERACIÓN, 1951

REMUNERACIÓN IGUAL PARA HOMBRES Y MUJERES POR UN TRABAJO DE IGUAL VALORCONVENIO 111. NO DISCRIMINACIÓN (EMPLEO Y OCUPACIÓN),1958

PROMOVER LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y DE TRATO EN MATERIA DE EMPLEO Y DE OCUPACIÓN CON OBJETO DE ELIMINAR TODA DISCRIMINACIÓN