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1 XIX Ayuntamiento Constitucional de Ensenada B.C. 2007 – 2010 Año. 2 - - En la ciudad de Ensenada, Estado de Baja California, siendo las Veintiuna horas con Cinco minutos del día Once de Septiembre del Año Dos Mil Nueve, se reunieron en la Sala de Presidentes del Palacio Municipal, trece integrantes del XIX Ayuntamiento para celebrar Sesión Ordinaria de Cabildo. Una vez que ocupan sus lugares, el Secretario Fedatario procede a tomar lista de asistencia; al término de la cual se declara la existencia del quórum legal para sesionar. Asuntos correspondientes al Orden del Día, que contiene los siguientes puntos:- PRIMERO.- Lista de asistencia y Declaración de Quórum Legal. (Art. 59 Fracción I del RIAE).- - SEGUNDO.- lectura y aprobación del Orden del Día.- - TERCERO.- Solicitud de dispensa de lectura del Acta de la Sesión Ordinaria celebrada el día 24 de Agosto del año 2009, y su aprobación en su caso. (Art. 59 Fracción III del RIAE).- - CUARTO.- Informe del Presidente Municipal, Síndico Procurador y de los Regidores. (Art. 59 Fracción IV del RIAE).- QUINTO.- Presentación de Dictámenes u opiniones de las Comisiones. (Art. 59 Fracción V del RIAE).- Asunto No. 1.- DICTAMEN No. 60/2009 que presenta la Comisión De Desarrollo Urbano y Ecología del H. XIX Ayuntamiento de Ensenada, Baja California, relativo a la solicitud de la C. ANA LILIA PEREZ OSUNA, de cambio de uso de suelo de habitacional a uso de suelo de equipamiento urbano (salud y asistencia social), para el Lote 10 de la Manzana 077, ubicado en Calle José Vasconcelos No. 946, Ex Ejido Chapultepec, de esta ciudad de Presidente Municipal Pablo Alejo López Núñez Síndico Procurador Jorge Camargo Villa Regidores Sara Flores Larios Teresa González Beltrán Gil Espinoza Gámez Eduardo Cota Osuna Ricardo Fletes García Enoé Morales Medina Serafín González Juárez Julio Felipe García Muñoz Ricardo Mancillas Amador Heriberto Herrera Arroyo María Catalina Talavera Nava Miriam Nailleli Méndez Carrillo Rolando Villarino Galván Secretario Fedatario Mario Alberto García Salaiza ACTA DE SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO DEL DIA 07 DE SEPTIEMBRE DEL 2009, A LAS 20:00 HORAS

XIX Ayuntamiento Constitucional de Ensenada B.C. · 63/2009, que presenta la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología, respecto a la solicitud de la C. ROSA ISELA RODRIGUEZ GARCIA,

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XIX Ayuntamiento Constitucional de Ensenada B.C. 2007 – 2010

Año. 2

- - En la ciudad de Ensenada, Estado de Baja California, siendo las Veintiuna horas con Cinco minutos del

día Once de Septiembre del Año Dos Mil Nueve, se reunieron en la Sala de Presidentes del Palacio

Municipal, trece integrantes del XIX Ayuntamiento para celebrar Sesión Ordinaria de Cabildo. Una vez que

ocupan sus lugares, el Secretario Fedatario procede a tomar lista de asistencia; al término de la cual se

declara la existencia del quórum legal para sesionar. Asuntos correspondientes al Orden del Día, que

contiene los siguientes puntos:- PRIMERO.- Lista de asistencia y Declaración de Quórum Legal. (Art. 59

Fracción I del RIAE).- - SEGUNDO.- lectura y aprobación del Orden del Día.- - TERCERO.- Solicitud de

dispensa de lectura del Acta de la Sesión Ordinaria celebrada el día 24 de Agosto del año 2009, y su

aprobación en su caso. (Art. 59 Fracción III del RIAE).- - CUARTO.- Informe del Presidente Municipal, Síndico

Procurador y de los Regidores. (Art. 59 Fracción IV del RIAE).- QUINTO.- Presentación de Dictámenes u

opiniones de las Comisiones. (Art. 59 Fracción V del RIAE).- Asunto No. 1.- DICTAMEN No. 60/2009 que

presenta la Comisión De Desarrollo Urbano y Ecología del H. XIX Ayuntamiento de Ensenada, Baja

California, relativo a la solicitud de la C. ANA LILIA PEREZ OSUNA, de cambio de uso de suelo de

habitacional a uso de suelo de equipamiento urbano (salud y asistencia social), para el Lote 10 de la

Manzana 077, ubicado en Calle José Vasconcelos No. 946, Ex Ejido Chapultepec, de esta ciudad de

Presidente Municipal Pablo Alejo López Núñez

Síndico Procurador

Jorge Camargo Villa

Regidores Sara Flores Larios � Teresa González Beltrán

Gil Espinoza Gámez � Eduardo Cota Osuna Ricardo Fletes García � Enoé Morales Medina

Serafín González Juárez � Julio Felipe García Muñoz Ricardo Mancillas Amador � Heriberto Herrera Arroyo

María Catalina Talavera Nava � Miriam Nailleli Méndez Carrillo Rolando Villarino Galván

Secretario Fedatario

Mario Alberto García Salaiza

 

ACTA DE  SESIÓN ORDINARIA  DE CABILDO DEL  DIA 07  DE SEPTIEMBRE DEL 2009,  

A LAS 20:00 HORAS 

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Año. 2

Ensenada, Baja California, identificado con Clave Catastral EF-077-010 y una superficie total de 482.82 M2,

donde se pretende llevar a cabo la operación de una Estancia Infantil para Cuidado de Niños.- - Asunto

No. 2.- DICTAMEN No. 62/2009, que presenta la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología, respecto a la

solicitud del C. JORGE DE JESUS FIELD CORTAZAR, de cambio de uso de suelo de habitacional a uso de

suelo de educación, salud y asistencia social para el Lote 001, Fracción 002 de la Manzana 044, ubicado

en Calle Magisterio No. 0124 de la Colonia Hidalgo en esta ciudad de Ensenada, Baja California, donde se

pretende llevar a cabo la operación de una Estancia Infantil y Preescolar.- - Asunto No. 3.- DICTAMEN No.

63/2009, que presenta la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología, respecto a la solicitud de la C. ROSA

ISELA RODRIGUEZ GARCIA, de cambio de uso de suelo de habitacional a uso de suelo de comercio y

servicios, así como el aumento de C.O.S., para el Lote 009, Fracciones I, II, III, IV y V, de la Manzana 038, del

Fraccionamiento Valle Dorado en esta ciudad de Ensenada, Baja California, donde se pretende llevar a

cabo la operación de un almacén para la compra venta de abarrotes.- - SEXTO.- Proyectos de Acuerdos o

Iniciativas de los Integrantes del Ayuntamiento. (Art. 59 Fracción VI del RIAE).- Asunto No. 1.- Presentación

que hace el C. Regidor, Serafín González Juárez, de Iniciativa de Punto de Acuerdo por el que se reforman

los artículos 114 fracción XI y 123 del Reglamento Interior del Ayuntamiento de Ensenada, B. C., a efecto de

modificar el nombre de la Comisión de Educación y Cultura, por el de Comisión de Educación, Cultura,

Ciencia y Tecnología, y como consecuencia sus atribuciones.- - Asunto No. 2.- Presentación que hace el C.

Regidor, Serafín González Juárez, de Iniciativa de Punto de Acuerdo a efecto de que se considere a los

Ciudadanos Distinguidos como invitados en los eventos de carácter cívico, cultural, educativos y sociales

organizados por el Gobierno Municipal de Ensenada.- - Asunto No. 3.- Presentación que hace el C. Regidor,

Serafín González Juárez, de Iniciativa de Punto de Acuerdo a fin de que se gestione ante la Secretaría de

Educación Pública del Gobierno Federal, para que Ensenada sea considerada en el Programa de

Educación del Nivel medio superior para los estudiantes con alguna discapacidad.- - SEPTIMO.- ASUNTOS

GENERALES.- - OCTAVO.- CLAUSURA.- -Se pasó lista de asistencia, haciéndose constar la presencia del C.

Presidente Municipal, Pablo Alejo López Núñez, del Síndico Procurador, Jorge Camargo Villa, y de los CC.

Regidores, María Catalina Talavera Nava, Ricardo Mancillas Amador, Serafín González Juárez, Rolando

Villarino Galván, Sara Flores Larios, Miriam Nailleli Méndez Carrillo, Heriberto Herrera Arroyo, Enoé Morales

Medina y Eduardo Cota Osuna; contándose con la asistencia de once de los quince munícipes que

integran el Cabildo. Cuatro ausencias momentáneas de los Regidores Ricardo Fletes García, Julio Felipe

García Muñoz, Teresa González Beltrán y Gil Espinoza Gámez, declarándose Quórum Legal y la formal

instalación de esta Sesión Ordinaria de Cabildo, por el Secretario Fedatario, Mario Alberto García Salaiza.- -

El Presidente Municipal da cuenta de la presencia de los Regidores Ricardo Fletes García, Julio Felipe

García Muñóz y Teresa González Beltrán.- - Continuando con el desahogo del Orden del Día, el Secretario

Fedatario, presenta el SEGUNDO Punto, Lectura y Aprobación del Orden del Día.- - El Presidente Municipal

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somete a votación el Orden del Día.- - Se aprobó por unanimidad de votos de los munícipes presentes del

XIX Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja California, el Orden del Día de la Primera Sesión

Ordinaria Mensual de Cabildo, de carácter pública celebrada el día 07 de Septiembre de 2009, a las 21:00

horas, con la solicitud de modificación de la Regidora María Catalina Talavera Nava de retirar el Asunto

No. 3 del Punto Quinto.- La votación fue la siguiente:- Catorce votos a favor, correspondientes al Síndico

Procurador, Jorge Camargo Villa, y a los CC. Regidores, María Catalina Talavera Nava, Ricardo Mancillas

Amador, Serafín González Juárez, Rolando Villarino Galván, Sara Flores Larios, Miriam Nailleli Méndez

Carrillo, Heriberto Herrera Arroyo, Ricardo Fletes García, Julio Felipe García Muñoz, Teresa González Beltrán,

Enoé Morales Medina y Eduardo Cota Osuna, y al Presidente Municipal, Pablo Alejo López Núñez. Una

ausencia momentáneas del Regidor Gil Espinoza Gámez.- - El Secretario Fedatario procede a desahogar el

Punto TERCERO del Orden del Día, Solicitud de dispensa de lectura del Acta de la Sesión Ordinaria

celebrada el día 24 de Agosto del año 2009, y su aprobación en su caso.- - El Presidente Municipal somete

a votación la dispensa de lectura del Acta de la Sesión Ordinaria celebrada el día 24 de Agosto del año

2009 y su aprobación en su caso.- - Se aprobó por unanimidad de votos de los munícipes presentes del XIX

Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja California, la dispensa de lectura del Acta de la Segunda

Sesión Ordinaria celebrada el día 24 de Agosto del 2009.- - La votación fue la siguiente:- Catorce votos a

favor, correspondientes al Síndico Procurador, Jorge Camargo Villa, y a los CC. Regidores, María Catalina

Talavera Nava, Ricardo Mancillas Amador, Serafín González Juárez, Rolando Villarino Galván, Sara Flores

Larios, Miriam Nailleli Méndez Carrillo, Heriberto Herrera Arroyo, Ricardo Fletes García, Julio Felipe García

Muñoz, Teresa González Beltrán, Enoé Morales Medina, Eduardo Cota Osuna, y al Presidente Municipal,

Pablo Alejo López Núñez. Una ausencia momentánea del Regidor Gil Espinoza Gámez.- El Presidente

Municipal somete a votación el Acta de la Sesión Ordinaria celebrada el día 24 de Agosto del año 2009.- -

Se aprobó por unanimidad de votos de los munícipes presentes del XIX Ayuntamiento Constitucional de

Ensenada, Baja California, el Acta de la Segunda Sesión Ordinaria celebrada el día 24 de Agosto del 2009.-

- La votación fue la siguiente:- Catorce votos a favor, correspondientes al Síndico Procurador, Jorge

Camargo Villa, y a los CC. Regidores, María Catalina Talavera Nava, Ricardo Mancillas Amador, Serafín

González Juárez, Rolando Villarino Galván, Sara Flores Larios, Miriam Nailleli Méndez Carrillo, Heriberto

Herrera Arroyo, Ricardo Fletes García, Julio Felipe García Muñoz, Teresa González Beltrán, Enoé Morales

Medina, Eduardo Cota Osuna, y al Presidente Municipal, Pablo Alejo López Núñez. Una ausencia

momentánea del Regidor Gil Espinoza Gámez.- - El Secretario Fedatario procede a desahogar el Punto

CUARTO del Orden del Día, Informe del Presidente Municipal, Síndico Procurador y de los Regidores.- - No

habiendo informes se procede a continuar con el siguiente punto.- - El Secretario Fedatario procede a

desahogar el QUINTO Punto del Orden del Día, Presentación de Dictámenes u opiniones de las Comisiones,

Asunto No. 1, DICTAMEN No. 60/2009 que presenta la Comisión De Desarrollo Urbano y Ecología del H. XIX

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Año. 2

Ayuntamiento de Ensenada, Baja California, relativo a la solicitud de la C. ANA LILIA PEREZ OSUNA, de

cambio de uso de suelo de habitacional a uso de suelo de equipamiento urbano (salud y asistencia

social), para el Lote 10 de la Manzana 077, ubicado en Calle José Vasconcelos No. 946, Ex Ejido

Chapultepec, de esta ciudad de Ensenada, Baja California, identificado con Clave Catastral EF-077-010 y

una superficie total de 482.82 M2, donde se pretende llevar a cabo la operación de una Estancia Infantil

para Cuidado de Niños.- - El Regidor Serafín González Juárez presenta el Dictamen No. 60/2009, RESPECTO

A LA SOLICITUD DE LA C. ANA LILIA PEREZ OSUNA DE CAMBIO DE USO DE SUELO DE HABITACIONAL A USO DE

SUELO DE EQUIPAMIENTO URBANO (SALUD Y ASISTENCIA SOCIAL) PARA EL LOTE 10 DE LA MANZANA 077,

UBICADO EN CALLE JOSE VASCONCELOS No.- 946, EN EL EX EJIDO CHAPULTEPEC, DE ESTA CIUDAD DE

ENSENADA, BAJA CALIFORNIA, IDENTIFICADO CON CLAVE CATASTRAL EF-077-010 Y UNA SUPERFICIE TOTAL

DE 482.82 M2, DONDE SE PRETENDE LLEVAR A CABO LA OPERACIÓN DE UNA ESTANCIA INFANTIL PARA

CUIDADO DE NIÑOS, MISMA QUE SE RESUELVE AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, CONSIDERANDOS Y PUNTOS

RESOLUTIVOS QUE A CONTINUACIÓN SE EXPONEN:

ANTECEDENTES I.- Que mediante escrito de fecha 06 DE JULIO DE 2009, LA C. ANA LILIA PEREZ OSUNA, solicitó al C. LIC. PABLO ALEJO LOPEZ NUÑEZ, Presidente Municipal del XIX Ayuntamiento de Ensenada, el Cambio de Uso de Suelo para el lote 10 de la manzana 077, ubicado en Calle José Vasconcelos No.- 946, en el Ex Ejido Chapultepec, en esta Ciudad de Ensenada, Baja California, mismo que es identificado con clave catastral EF-077-010 y una superficie total de 482.82 m2, donde se pretende llevar a cabo la operación de una estancia infantil para cuidado de niños.

II.- Previo a lo anterior en fecha 24 de Junio de 2009, solicitó Factibilidad de Uso de Suelo por Verificación de Congruencia ante la Dirección de Control Urbano, y dicha Dirección resolvió mediante oficio No. CU/F/247/2009, de fecha 01 de Junio de 2009, signado por la C. ARQ. MARIBEL FISHER RODRIGUEZ (Directora de Control Urbano), como “NO PROCEDENTE EL USO DE SUELO PARA LA ACTIVIDAD PRETENDIDA”.

II.- Que en fecha 28 de Julio de 2009, se celebró Sesión Ordinaria de Cabildo, en la cual se turnó a esta Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología el presente asunto para su estudio, análisis, discusión y dictamen correspondiente, remitiéndose dicha información a la C. ARQ. MARIA CATALINA TALAVERA NAVA, Regidora Coordinadora de la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología, bajo oficio No. 003455 de fecha 30 de Julio de 2009, signado por el C. MARIO ALBERTO GARCIA SALAIZA, en su carácter de Secretario General del XIX Ayuntamiento.

III.- Con fecha 26 Agosto de 2009, los suscritos Regidores C. C. ARQ. MARIA CATALINA TALAVERA NAVA, ING. RICARDO FLETES GARCIA y LIC. SERAFIN GONZALEZ JUAREZ, integrantes de la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología, nos reunimos en la Sala de Juntas del Área de Regidores MARIA EMMER DE CARRILLO, ubicada en la planta alta del Palacio Municipal ubicado en avenida Reforma numero 80 y Boulevard Ramírez Méndez del Fraccionamiento Bahía de esta Ciudad, con el Objeto de estudiar, analizar, discutir y resolver el presente asunto, bajo los siguientes Considerandos y Puntos de Resolutivos que a continuación se exponen.

CONSIDERANDOS I.- Que esta Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología es competente para conocer y resolver sobre el presente Asunto, de conformidad con el artículo 115 fracción II párrafo segundo y fracción V inciso d), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 82 apartado A, fracción VIII, de la

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Constitución Política del Estado Libre y Soberano del Estado de Baja California, Convenio especifico para la transferencia de funciones en materia de Control Urbano celebrado entre el Gobierno del Estado y el Ayuntamiento de Ensenada, publicado en el Periódico Oficial del Estado en fecha 30 de agosto de 1996, artículo 1, 3 y 9 de la Ley del Régimen Municipal para el Estado de Baja California, artículo 11 fracción XX, 147 fracción VI, 161 fracción VII de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Baja California, artículo 6 fracción III, 8 y 57 de la Ley de Edificaciones del Estado de Baja California, artículo 1 y 4 del Reglamento de la Ley de Edificaciones para el Municipio de Ensenada, Baja California, artículo 1, 3, 4, 10, 24, 67, 105, 104, 105, 107 fracción I, 114 fracción VI, 119, 130 y demás relativos del Reglamento Interior para el Ayuntamiento de Ensenada Baja California. II.- Que el artículo 115 fracción II párrafo segundo y la fracción V inciso d), establece que los Ayuntamientos tendrán la facultad de aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán expedir las legislaturas de los Estados, los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, concediendo facultades a los municipios para formular, autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo en el ámbito de su competencia, en sus jurisdicciones territoriales. III.- Que el artículo 82 apartado A, fracción VIII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano del Estado de Baja California, establece atribuciones a los municipios en cuanto a la reforma, derogación o abrogación de los ordenamientos de observancia general, circulares y disposiciones administrativas que se lleven a cabo, así como en la organización y establecimiento de demarcaciones administrativas dentro del territorio municipal para el ejercicio de sus funciones, regulando el uso del suelo, construcciones, instalaciones y acciones de urbanización que se realicen dentro de sus competencias. IV.- Que los artículos 11 fracción XX de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Baja California y 6 fracción III de la Ley de Edificaciones del Estado de Baja California, establecen las Atribuciones del Ayuntamiento en el otorgamiento o negación de las autorizaciones del uso y cambios de uso del suelo, en los términos de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Baja California, Ley de Edificaciones del Estado de Baja California, sus Reglamentos, Planes y Programas de Desarrollo Urbano y declaratorias en vigor. V.- Que del expediente que obra en esta Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología se desprende que LA C. ANA LILIA PEREZ OSUNA está legitimada para gestionar la presente acción de urbanización en su calidad de PROPIETARIO del bien inmueble objeto del presente dictamen, lo cual se acredita con la copia debidamente cotejada de la Escritura Pública número (138,572) Ciento Treinta y Ocho Mil Quinientos Sesenta y Dos, del Volumen número Mil Ochenta y Dos (1082), de fecha 13 de Marzo de 2009, otorgada ante la Fe del Notario Público Número 2, Licenciado Guilebaldo Silva Cota, por lo que en consecuencia se da el cumplimiento a lo establecido en el artículo 165 el cual establece que “Toda autorización para realizar las acciones de urbanización deberá ser solicitada a la autoridad competente en los términos de esta Ley, por la persona física o moral que tenga el derecho de propiedad y se encuentre en posesión del predio objeto a desarrollar." VI.- Que en el dictamen de Factibilidad de Uso de Suelo por Verificación de Compatibilidad y congruencia mencionada en el antecedente segundo del presente Dictamen, mismo que obra a la vista en el Expediente, se desprende que la Dirección de Control Urbano dictamino NO PROCEDENTE el uso de suelo para la actividad pretendida, a virtud de que: “La Estructura Urbana propuesta por el Programa de Desarrollo Urbano para el Centro de Población de la Ciudad de Ensenada, publicado en el periódico Oficial del Estado de fecha 13 de Marzo de 2009 estableció para la zona del Sector Chapultepec (CH), Subsector 7 (CH-7), un uso de suelo Habitacional Unifamiliar, incompatible para la actividad pretendida”.

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VII.- No obstante lo anterior, de la solicitud planteada por la solicitante se desprende que su intención es la de obtener el cambio de Uso de Suelo en un predio de su propiedad para efectos de darle un uso de asistencia social en beneficio de la comunidad, pretendiendo instalar en el predio en cuestión una estancia infantil en beneficio de todas las madres trabajadoras que requieren de ese servicio para poder trabajar y llevar el sustento diario a su hogar. En este tenor cabe resaltar que el artículo 147 fracción VI de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Baja California, establece que se entiende por Acción de Urbanización, la adecuación del suelo rústico o del suelo previamente urbanizado, que lo habilite para alojar actividades de habitación, educación, esparcimiento y producción de bienes y servicios, tales como: La modificación de la naturaleza o topografía de un predio, para su utilización, para la intensificación o modificación de su uso; así mismo el artículo 161 fracción VII, establece que las acciones de urbanización mencionadas en el Artículo 147 solo se autorizarán cuando se cumplan las siguientes condiciones: Que se respete el ambiente, el equilibrio y la armonía en la zona. En este contexto es preciso decir que esta comisión considera viable la acción de urbanización propuesta por la solicitante, toda vez que la actividad pretendida respeta el ambiente, equilibrio y armonía de la zona, aunado a que sus habitantes demandan ese servicio, debiendo hacer mención que en la zona y en el perímetro donde se encuentra ubicado el predio materia del presente Dictamen, se requiere de proporcionar un servicio profesional de guardería infantil en apoyo a los hijos de madres trabajadoras, padres solteros y estudiantes en horarios laborales, proporcionando un servicio confiable de estancia infantil con asistentes capacitados e interesados en el cuidado de los menores, parámetros que se verán satisfechos con el perfil profesional de la solicitante. Fortaleciendo lo anterior, es preciso resaltar que de la visita de inspección realizada por los Integrantes de esta Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología, se corrobora la necesidad antes mencionada y el beneficio que brindara al fraccionamiento y a las zonas circunvecinas, sumando además el beneficio que aportara al municipio de Ensenada, en apoyo a los programas para madres trabajadoras, así mismo se corrobora lo manifestado por la solicitante en referencia a que en la zona a desarrollar su proyecto prácticamente ya se convirtió en una zona de múltiples uso de suelo pues abundan los comercios y las guarderías informales en casas habitación, sin cubrir los requisitos mínimos en cuanto a calidad del servicio, seguridad, higiene, circunstancia que justifica aun más la procedencia de la presente acción de urbanización. VIII.- NO obstante lo anterior, es preciso resaltar que el presente dictamen no constituye un permiso de construcción, NI mucho menos el permiso para operar la guardería de referencia pues para ello es menester que el solicitante tramite ante las dependencias competentes LOS PERMISOS CORRESPONDIENTES, mismos que deberán cumplir con las normas de construcción, de seguridad, de estacionamientos y demás requisitos previstos en la normatividad vigente, por ende es preciso acotar que la solicitante dicho cambio de uso de suelo estará sujeto a que se cumplan las siguientes condicionantes.

• Que lleve a cabo el trámite de la licencia o permiso de construcción; • Solicitar oportunamente a la Dirección de Bomberos y protección Civil, la inspección para la certificación

de los dispositivos de seguridad con que se deberán contar de manera obligatoria. • Que el Área de estacionamientos cumpla como mínimo con la cantidad necesaria que marque el

reglamento de la Ley de Edificaciones para el Municipio de Ensenada. • Que cuente para su operación y puesta en marcha con las anuencias o autorizaciones de DIF Municipal,

del Consejo de Estancias Infantiles así como de la Comisión de Salud del H. XIX Ayuntamiento de Ensenada, para efectos de llevar a cabo la operación de la estancia infantil.

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POR LO ANTERIORMENTE EXPUESTO Y FUNDADO, PONEMOS A CONSIDERACIÓN DE LOS PRESENTES, LOS SIGUIENTES:

PUNTOS RESOLUTIVOS

PRIMERO.- Se autoriza a la C. ANA LILIA PEREZ OSUNA el Cambio de Uso de Suelo para el lote 10 de la manzana 077, ubicado en Calle José Vasconcelos No.- 946, en el Ex Ejido Chapultepec, en esta Ciudad de Ensenada, Baja California, mismo que es identificado con clave catastral EF-077-010 y una superficie total de 482.82 m2, donde se pretende llevar a cabo la operación de una estancia infantil para cuidado de niños.

SEGUNDO.- Se le impone a la C. ANA LILIA PEREZ OSUNA la condición de sujetarse a lo establecido en la presente autorización, la cual podrá ser suspendida o cancelada por el Ayuntamiento, en el evento de que le de un Uso de Suelo diverso al autorizado en esta resolución o de que incumpla lo establecido en la normatividad aplicable en materia de Edificaciones en el Municipio de Ensenada, siendo la Secretaría de Administración Urbana la encargada de llevar a cabo la vigilancia de dicha normatividad.

TERCERO.- Se le impone a la C. ANA LILIA PEREZ OSUNA la obligación de cumplir con las condicionantes establecidas en el considerando VIII de la presente resolución.

CUARTO.- Comuníquese el presente Acuerdo a la C. ANA LILIA PEREZ OSUNA, a través de la Secretaría General de Ayuntamiento, así mismo, a la Secretaría de Administración Urbana, para los efectos legales a que haya lugar.

QUINTO.- Cúmplase.

DADO EN LA SALA EMMER DEL H. XIX AYUNTAMIENTO DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA EL DÍA 26 DE AGOSTO DE 2009.

LOS INTEGRANTES DE LA COMISION DE DESARROLLO URBANO Y ECOLOGIA DEL H. XIX AYUNTAMIENTO

CONSTITUCIONAL DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA.- - El Presidente Municipal somete a votación el

Dictamen No. 60/2009.- - Se aprobó por unanimidad de votos de los munícipes presentes del XIX

Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja California, el Dictamen No. 60/2009, que en SENTIDO

POSITIVO presentó la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología, a través de los Regidores, CC. Arq. María

Catalina Talavera Nava, Ing. Ricardo Fletes García y Lic. Serafín González Juárez, respecto a la solicitud de

la C. ANA LILIA PEREZ OSUNA, de cambio de uso de suelo de habitacional a uso de suelo de equipamiento

urbano (salud y asistencia social) para el Lote 10 de la Manzana 077, ubicado en Calle José Vasconcelos

No. 946 Ex Ejido Chapultepec, de esta ciudad de Ensenada, Baja California, identificado con Clave

Catastral EF-077-010 y una superficie total de 482.82 M2, donde se pretende llevar a cabo la operación de

una Estancia Infantil para Cuidado de Niños. Por lo que se resuelve al tenor de los antecedentes,

considerandos y puntos resolutivos que a continuación se exponen:

La votación fue la siguiente: Catorce votos a favor, correspondientes al Síndico Procurador, Jorge Camargo

Villa, y a los CC. Regidores, María Catalina Talavera Nava, Ricardo Mancillas Amador, Serafín González

Juárez, Rolando Villarino Galván, Sara Flores Larios, Miriam Nailleli Méndez Carrillo, Heriberto Herrera Arroyo,

Ricardo Fletes García, Julio Felipe García Muñoz, Teresa González Beltrán, Enoé Morales Medina, Eduardo

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Cota Osuna, y al Presidente Municipal, Pablo Alejo López Núñez. Una ausencia momentánea del Regidor

Gil Espinoza Gámez.- - El Presidente Municipal da cuenta de la presencia del Regidor Gil Espinoza Gámez.-

- El Secretario Fedatario procede a desahogar el Asunto No. 2, DICTAMEN No. 62/2009, que presenta la

Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología, respecto a la solicitud del C. JORGE DE JESUS FIELD CORTAZAR,

de cambio de uso de suelo de habitacional a uso de suelo de educación, salud y asistencia social para el

Lote 001, Fracción 002 de la Manzana 044, ubicado en Calle Magisterio No. 0124 de la Colonia Hidalgo en

esta ciudad de Ensenada, Baja California, donde se pretende llevar a cabo la operación de una Estancia

Infantil y Preescolar.- - La Regidora María Catalina Talavera Nava presenta el Dictamen No. 62/2009,

RESPECTO A LA SOLICITUD DEL C. JORGE DE JESUS FIELD CORTAZAR DE CAMBIO DE USO DE SUELO DE

HABITACIONAL A USO DE SUELO DE EDUCACION, SALUD Y ASISTENCIA SOCIAL PARA EL LOTE 001, FRACCION

002 DE LA MANZANA 044, UBICADO EN CALLE MAGISTERIO No.- 0124 DE LA COLONIA HIDALGO EN ESTA

CIUDAD DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA, DONDE SE PRETENDE LLEVAR A CABO LA OPERACIÓN DE UNA

GUARDERIA, MISMA QUE SE RESUELVE AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, CONSIDERANDOS Y PUNTOS

RESOLUTIVOS QUE A CONTINUACIÓN SE EXPONEN:

ANTECEDENTES I.- Que mediante escrito de fecha 10 DE JULIO DE 2009, EL C. JORGE DE JESUS FIELD CORTAZAR, solicitó al C. LIC. PABLO ALEJO LOPEZ NUÑEZ, Presidente Municipal del XIX Ayuntamiento de Ensenada, el Cambio de Uso de Suelo para el lote 01, Fracción 002 de la manzana 044, ubicado en Avenida Magisterio No.- 124, en la Colonia Hidalgo en esta Ciudad de Ensenada, Baja California, mismo que es identificado con clave catastral HG-044-001 y una superficie total de 675 m2, donde se pretende llevar a cabo únicamente la construcción y operación de una Guardería. II.- Previo a lo anterior en fecha 24 de Junio de 2009, solicitó Factibilidad de Uso de Suelo por Verificación de Congruencia ante la Dirección de Control Urbano, donde dicha Dirección resolvió mediante oficio No. CU/F/245/2009, de fecha 06 de Junio de 2009, signado por la C. ARQ. MARIBEL FISHER RODRIGUEZ (Directora de Control Urbano), como “NO PROCEDENTE EL USO DE SUELO PARA LA ACTIVIDAD PRETENDIDA”. II.- Que en fecha 24 de Agosto de 2009, se celebró Sesión Ordinaria de Cabildo, en la cual se turnó a esta Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología el presente asunto para su estudio, análisis, discusión y dictamen correspondiente, remitiéndose dicha información a la C. ARQ. MARIA CATALINA TALAVERA NAVA, Regidora Coordinadora de la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología, bajo oficio No. 003820 de fecha 25 de Agosto, signado por el C. MARIO ALBERTO GARCIA SALAIZA, en su carácter de Secretario General del XIX Ayuntamiento. III.- Con fecha 02 de Septiembre de 2009, los suscritos Regidores C. C. ARQ. MARIA CATALINA TALAVERA NAVA, ING. RICARDO FLETES GARCIA y LIC. SERAFIN GONZALEZ JUAREZ, integrantes de la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología, nos reunimos en la Sala de Juntas del Área de Regidores MARIA EMMER DE CARRILLO, ubicada en la planta alta del Palacio Municipal ubicado en avenida Reforma numero 80 y Boulevard Ramírez Méndez del Fraccionamiento Bahía de esta Ciudad, con el Objeto de estudiar, analizar, discutir y resolver el presente asunto, bajo los siguientes Considerandos y Puntos de Resolutivos que a continuación se exponen.

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CONSIDERANDOS I.- Que esta Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología es competente para conocer y resolver sobre el presente Asunto, de conformidad con el artículo 115 fracción II párrafo segundo y fracción V inciso d), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 82 apartado A, fracción VIII, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano del Estado de Baja California, Convenio especifico para la transferencia de funciones en materia de Control Urbano celebrado entre el Gobierno del Estado y el Ayuntamiento de Ensenada, publicado en el Periódico Oficial del Estado en fecha 30 de agosto de 1996, artículo 1, 3 y 9 de la Ley del Régimen Municipal para el Estado de Baja California, artículo 11 fracción XX, 147 fracción VI, 161 fracción VII de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Baja California, artículo 6 fracción III, 8 y 57 de la Ley de Edificaciones del Estado de Baja California, artículo 1 y 4 del Reglamento de la Ley de Edificaciones para el Municipio de Ensenada, Baja California, artículo 1, 3, 4, 10, 24, 67, 105, 104, 105, 107 fracción I, 114 fracción VI, 119, 130 y demás relativos del Reglamento Interior para el Ayuntamiento de Ensenada Baja California. II.- Que el artículo 115 fracción II párrafo segundo y la fracción V inciso d), establece que los Ayuntamientos tendrán la facultad de aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán expedir las legislaturas de los Estados, los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, concediendo facultades a los municipios para formular, autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo en el ámbito de su competencia, en sus jurisdicciones territoriales. III.- Que el artículo 82 apartado A, fracción VIII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano del Estado de Baja California, establece atribuciones a los municipios en cuanto a la reforma, derogación o abrogación de los ordenamientos de observancia general, circulares y disposiciones administrativas que se lleven a cabo, así como en la organización y establecimiento de demarcaciones administrativas dentro del territorio municipal para el ejercicio de sus funciones, regulando el uso del suelo, construcciones, instalaciones y acciones de urbanización que se realicen dentro de sus competencias. IV.- Que los artículos 11 fracción XX de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Baja California y 6 fracción III de la Ley de Edificaciones del Estado de Baja California, establecen las Atribuciones del Ayuntamiento en el otorgamiento o negación de las autorizaciones del uso y cambios de uso del suelo, en los términos de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Baja California, Ley de Edificaciones del Estado de Baja California, sus Reglamentos, Planes y Programas de Desarrollo Urbano y declaratorias en vigor. V.- Que del expediente que obra en esta Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología se desprende que el C. JORGE DE JESUS FIELD CORTAZARES está legitimado para gestionar la presente acción de urbanización en su calidad de PROPIETARIO del bien inmueble objeto del presente dictamen, lo cual se acredita con la copia debidamente cotejada de la Escritura Pública número Sesenta y Siete Mil Cuatrocientos Cuatro (67,404), del Volumen número Mil Novecientos Cuarenta y Uno (1,941), de fecha 02 DE Junio de 2008, otorgada ante la Fe del Notario Público Número 1, Licenciado Pablo V. Sánchez Martínez, por lo que en consecuencia se da el cumplimiento a lo establecido en el artículo 165 el cual establece que “Toda autorización para realizar las acciones de urbanización deberá ser solicitada a la autoridad competente en los términos de esta Ley, por la persona física o moral que tenga el derecho de propiedad y se encuentre en posesión del predio objeto a desarrollar." VI.- Que en el dictamen de Factibilidad de Uso de Suelo por Verificación de Compatibilidad y congruencia mencionada en el antecedente segundo del presente Dictamen, mismo que obra a la vista en el Expediente, se desprende que la Dirección de Control Urbano dictamino NO PROCEDENTE el uso de suelo para la actividad pretendida, a virtud de las siguientes circunstancias:

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• “La Estructura Urbana propuesta por el Programa de Desarrollo Urbano para el Centro de Población de la Ciudad de Ensenada, publicado en el periódico Oficial del Estado de fecha 13 de Marzo de 2009 estableció para la zona del Sector Centro (C), Subsector 9 (C-9), donde se localiza el inmueble referido un uso de suelo Habitacional Unifamiliar Media, compatible para uso de suelo de Educación en Jardín de Niños y para Salud y Asistencia Social en Guarderías Infantiles”.

• “Que considerando las normas técnicas para la selección de terrenos destinados a escuelas publicados en el diario oficial de fecha 19 de Octubre de 2007, se establece en su punto No. 3.1.3, tabla 1, establece la superficie mínima de 1, 500 m2 para un Jardín de Niños”. VII.- Es preciso resaltar que el artículo 147 fracción VI de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Baja California, establece que se entiende por Acción de Urbanización, la adecuación del suelo rústico o del suelo previamente urbanizado, que lo habilite para alojar actividades de habitación, educación, esparcimiento y producción de bienes y servicios, tales como: La modificación de la naturaleza o topografía de un predio, para su utilización, para la intensificación o modificación de su uso; así mismo el artículo 161 fracción VII, establece que las acciones de urbanización mencionadas en el Artículo 147 solo se autorizarán cuando se cumplan las siguientes condiciones: Que se respete el ambiente, el equilibrio y la armonía en la zona. En esta tesitura, de la solicitud planteada por el solicitante se desprende que su intención inicial era la de obtener el cambio de uso de suelo para desarrollar la actividad de un Jardín de Niños y una Guardería en el predio de su propiedad, empero resulto que su predio no cuenta con la superficie reglamentaria para la operación de un Jardín de Niños, circunstancia que motivo la negativa por parte de la Dirección de Control Urbano, sin embargo en esta instancia el solicitante insiste en el cambio de uso de suelo con la salvedad de que únicamente lo solicita para la operación de una GUARDERÍA, actividad que si es compatible conforme al Plan de Desarrollo Urbano para el centro de de Población del Municipio de Ensenada (PDUCP). En este tenor, esta Comisión e Desarrollo Urbano considera viable y procedente la acción de urbanización planteada por el solicitante en el entendido de que el uso de suelo que se esta autorizando es el de SALUD y ASISTENCIA SOCIAL para la operación de una guardería. Se sostiene lo anterior toda vez que la intención del solicitante es la de obtener el cambio de Uso de Suelo en un predio de su propiedad para efectos de darle un uso de asistencia social en beneficio de la comunidad, pretendiendo instalar en el predio en cuestión una guardería en beneficio de todas las madres trabajadoras que requieren de ese servicio para poder trabajar y llevar el sustento diario a su hogar; aunado a lo anterior resalta el hecho de que el solicitante aporto al presente expediente una lista de vecinos quienes otorgan su consentimiento y anuencia para la operación de la actividad pretendida circunstancia que fue constatada personalmente por los miembros de esta Comisión al momento de la visita de inspección al predio materia del presente dictamen. VIII.- NO obstante lo anterior, es preciso resaltar que el presente dictamen no constituye una permiso de construcción, NI mucho menos la autorización para operar la guardería de referencia pues para ello es menester que el solicitante tramite ante las dependencias competentes LOS PERMISOS CORRESPONDIENTES, mismos que deberán cumplir con las normas de construcción, de seguridad, de estacionamientos y demás requisitos previstos en la normatividad vigente, por ende es preciso acotar que el solicitante estará sujeto a que se cumplan las siguientes condicionantes para poder operar la actividad pretendida.

• Que lleve a cabo el trámite de la licencia o permiso de construcción;

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• Que lleve a cabo el trámite correspondiente para la instalación y operación de una estancia infantil en el Municipios de Ensenada de conformidad con el reglamento de la materia, debiendo contar con las anuencias de DIF Municipal, del Consejo de Estancias Infantiles así como de la Comisión de Salud y Asistencia Social del H. Ayuntamiento de Ensenada.

• Solicitar oportunamente a la Dirección de Bomberos y protección Civil, la inspección para la certificación de los dispositivos de seguridad con que se deberán contar de manera obligatoria, de conformidad con el reglamento de la materia.

• Que el Área de estacionamientos cumpla como mínimo con la cantidad necesaria que marque el reglamento de la Ley de Edificaciones para el Municipio de Ensenada. POR LO ANTERIORMENTE EXPUESTO Y FUNDADO, PONEMOS A CONSIDERACIÓN DE LOS PRESENTES, LOS SIGUIENTES:

PUNTOS RESOLUTIVOS

PRIMERO.- Se autoriza al C. JORGE DE JESUS FIELD CORTAZAR el Cambio de Uso de Suelo de HABITACIONAL a uso de Suelo SALUD Y ASISTENCIA SOCIAL para el lote 01, Fracción 002 de la manzana 044, ubicado en Avenida Magisterio No.- 124, en la Colonia Hidalgo en esta Ciudad de Ensenada, Baja California, mismo que es identificado con clave catastral HG-044-001 y una superficie total de 675 m2, donde se pretende llevar a cabo la operación de una estancia infantil para cuidado de niños. SEGUNDO.- Se le impone al C. JORGE DE JESUS FIELD CORTAZAR la condición de sujetarse a lo establecido en la presente autorización, la cual podrá ser suspendida o cancelada por el Ayuntamiento, en el evento de que le de un Uso de Suelo diverso al autorizado en esta resolución o de que incumpla lo establecido en la normatividad aplicable en materia de Edificaciones en el Municipio de Ensenada, siendo la Secretaría de Administración Urbana la encargada de llevar a cabo la vigilancia de dicha normatividad. TERCERO.- Se le impone al C. JORGE DE JESUS FIELD CORTAZAR la obligación de cumplir con las condicionantes establecidas en el considerando VIII de la presente resolución. CUARTO.- Comuníquese el presente Acuerdo al C. JORGE DE JESUS FIELD CORTAZAR, a través de la Secretaría General de Ayuntamiento, así mismo, a la Secretaría de Administración Urbana, para los efectos legales a que haya lugar. QUINTO.- Cúmplase. DADO EN LA SALA EMMER DEL H. XIX AYUNTAMIENTO DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA EL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DE 2009. LOS INTEGRANTES DE LA COMISION DE DESARROLLO URBANO Y ECOLOGIA DEL H. XIX AYUNTAMIENTO

CONSTITUCIONAL DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA.- - El Regidor Rolando Villarino Galván pregunta, para

cuantos niños es esta instancia infantil, dado que me parece 675 metros cuadrados parece un lugar

pequeño.- - La Regidora María Catalina Talavera Nava responde, nos están solicitando solo el uso de suelo

y van todavía hacer el tramite ante Desarrollo Urbano y aquí precisamente le pedimos que tiene que

cumplir con todas las instancias, posiblemente Desarrollo Urbano de acuerdo al numero de niños que sea,

posiblemente le van a decir que tenga que hacer algunas modificaciones para que precisamente la

licencia pueda ser autorizada, aquí es nada mas el uso de suelo.- - El Presidente Municipal somete a

votación el Dictamen No. 62/2009.- - Se aprobó por unanimidad de votos de los munícipes presentes del

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XIX Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja California, el Dictamen No. 62/2009, que en SENTIDO

POSITIVO presentó la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología, a través de los Regidores, CC. Arq. María

Catalina Talavera Nava, Ing. Ricardo Fletes García y Lic. Serafín González Juárez, respecto a la solicitud del

C. JORGE DE JESUS FIELD CORTAZAR, de cambio de uso de suelo de habitacional a uso de suelo de

educación, salud y asistencia social para el Lote 001, Fracción 002 de la Manzana 044, ubicado en Calle

Magisterio No. 0124 de la Colonia Hidalgo en esta de esta ciudad de Ensenada, Baja California, donde se

pretende llevar a cabo la operación de una Estancia Infantil y Preescolar. Por lo que se resuelve al tenor de

los antecedentes, considerandos y puntos resolutivos que a continuación se exponen:

La votación fue la siguiente: Quince votos a favor, correspondientes al Síndico Procurador, Jorge Camargo

Villa, y a los CC. Regidores, María Catalina Talavera Nava, Ricardo Mancillas Amador, Serafín González

Juárez, Rolando Villarino Galván, Sara Flores Larios, Miriam Nailleli Méndez Carrillo, Heriberto Herrera Arroyo,

Ricardo Fletes García, Julio Felipe García Muñoz, Teresa González Beltrán, Gil Espinoza Gámez, Enoé

Morales Medina, Eduardo Cota Osuna, y al Presidente Municipal, Pablo Alejo López Núñez.- - El Secretario

Fedatario menciona que la Coordinadora de la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología solicita retirar el

Asunto No. 3, respecto al DICTAMEN No. 63/2009.- - El Secretario Fedatario procede a desahogar el SEXTO

Punto del Orden del Día, Proyectos de Acuerdos o iniciativas de los Integrantes del Ayuntamiento, Asunto

No. 1, Presentación que hace el C. Regidor, Serafín González Juárez, de Iniciativa de Punto de Acuerdo por

el que se reforman los artículos 114 fracción XI y 123 del Reglamento Interior del Ayuntamiento de

Ensenada, B. C., a efecto de modificar el nombre de la Comisión de Educación y Cultura, por el de

Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, y como consecuencia sus atribuciones.- - El

Regidor Eduardo Cota Osuna presenta el PUNTO DE ACUERDO, SERAFÍN GONZÁLEZ JUÁREZ, EDUARDO

COTA OSUNA Y ENOE MORALES MEDINA, en nuestro carácter de Regidores integrantes de la Comisión de

Educación y Cultura del XIX Ayuntamiento de Ensenada, Baja California y con fundamento legal en el artículo 115 de

la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículos 3, 5 y 9 de la Ley de Régimen Municipal para el

Estado de Baja California y 10, 11, 24 fracción IV y 67 del Reglamento Interior para el Ayuntamiento de Ensenada,

B.C., sometemos a su consideración INICIATIVA DE PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE REFORMA EL REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DE ENSENADA, B.C. PARA MODIFICAR EL NOMBRE DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, POR EL DE COMISIÓN DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGIA, ASÍ COMO SUS ATRIBUCIONES, bajo la siguiente.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Constitución Política de Baja California, determinan la

obligación del Estado de apoyar la investigación científica y tecnológica y alentar el fortalecimiento y difusión de

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nuestra cultura; asimismo, establecen que en este proceso deben participar el gobierno federal, estatal y municipal en el ámbito de sus respectivas competencias.

El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, establece como objetivos para el desarrollo regional, el superar los desequilibrios regionales; el fomento a los mecanismos de coordinación intergubernamentales, apoyar a las entidades y municipios en el fortalecimiento de capacidades institucionales y humanas, y fomentar la competitividad y la infraestructura para el desarrollo.

Así mismo, el Programa Federal Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación (PECITI 2008-2012), determina las

estrategias para el desarrollo regional y descentralización de las actividades científicas, tecnológicas y de innovación;

destacando el fortalecimiento y consolidación de los sistemas estatales de ciencia, tecnología e innovación, así como

incrementar la infraestructura científica, tecnológica y de innovación tanto física como humana, para coadyuvar al

desarrollo integral de las entidades federativas y regiones.

En este sentido, la Ley de Educación del Estado, estipula entre sus fines el impulsar actitudes que estimulen la

investigación e innovación científica y tecnológica, procurando la vinculación con el sector productivo, así como el de

fomentar y encauzar el desarrollo y la aplicación del avance científico y tecnológico de acuerdo con las necesidades

del crecimiento económico y social de la entidad, propiciando el uso racional de los recursos naturales a fin de

preservar el equilibrio ecológico, promoviendo entre los individuos el cuidado, rehabilitación y mantenimiento del

medio ambiente y la naturaleza.

El Plan Estatal de Desarrollo 2008- 2013, establece en su ejes rectores de Formación para la Vida y Economía Competitiva, el compromiso del gobierno de buscar esquemas de investigación y desarrollo, innovación,

transferencia de tecnología, vinculando al sector empresarial, instituciones de educación superior, centros de

investigación e instituciones de planeación, en este proceso.

El Congreso del Estado, cuenta con la Comisión de Educación, Cultura Ciencia y Tecnología, la cual tiene por

objeto el estudio, consulta, supervisión, vigilancia, investigación, opinión o dictamen de los asuntos en materia de

ciencia, tecnología, educación y cultura, entre otros; bajo los procedimientos que establece la Ley Orgánica del Poder

Legislativo en Baja California.

Aunado a lo anterior, Ensenada goza de diversas fortalezas para el desarrollo científico y tecnológico, destacando: Su

extensión territorial de 52,000 km2, una población superior a 500 mil habitantes, una población educativa de nivel

superior de alrededor de 35 mil alumnos, aproximadamente 1,000 investigadores, de los cuales 281 pertenecen al

Sistema Nacional de Investigadores (SNI), 15 Instituciones de Educación Superior (IES), 6 Instituciones Técnicas, el

Centro de Investigación Público más antiguo de México – CICESE (1973), el Instituto de Astronomía y el Centro de

Nanotecnología de la UNAM, 2 Institutos de Sanidad Acuícola, un Consejo Empresarial de Biotecnología , el Instituto

Municipal de Investigación y Planeación de Ensenada – IMIP, Una Comisión de Vinculación Empresarial y Educativa,

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Gremios Industriales como CCE, CANACINTRA, COPARMEX, CANACO, CODEEN, Programa de Desarrollo

Sustentable – Agenda 21, Programa de Planeación Turística – PROTURISMO, entre otros.

Bajo las anteriores consideraciones es pertinente y necesario que la Comisión de Educación, Cultura y Deportes del

Ayuntamiento de Ensenada, B.C., amplíe sus funciones para que pueda atender los asuntos relacionados no solo con

la educación y la cultura, en el caso particular del XIX Ayuntamiento de Ensenada, sino también con la ciencia y la

tecnología; lo que permitirá estar en condiciones de impulsar una mayor vinculación con los diversos sectores

socioeconómicos en beneficio de la sociedad ensenadense, siendo necesario que se reforme el Reglamento Interior

del Ayuntamiento de Ensenada, B.C. modificando en consecuencia el nombre actual de la comisión por el de

Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, y sus respectivas atribuciones.

En ese marco, la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, constituiría además, un eje para la

generación de conocimientos, por medio de la creación de condiciones que faciliten el trabajo cooperativo,

organizado, articulado y complementario entre las diferentes instituciones, centros de investigación, organismos,

empresas, actores, etc., públicos y privados, promoviendo proyectos científicos y tecnológicos que satisfagan

necesidades sociales pertinentes al contexto del Municipio que le permitan alcanzar un desarrollo sustentable, así

mismo, fungirá como un instrumento de enlace, orientado a la satisfacción de la demanda de información científica y

tecnológica en Ensenada, aprovechando las capacidades de este sector para la solución de problemáticas Estatales,

buscaría vincular los esfuerzos entre las Dependencias Federales (CONACYT / ECONOMÍA) y Estatales (COECYT)

para el beneficio municipal.

Complementariamente a lo anterior, dentro de las áreas de oportunidad de nuestro municipio se destacan: en materia

de Desarrollo Humano, la formación de recursos humanos a través de las becas en programas de excelencia, la

movilidad poblacional, el fortalecimiento de programas de estudio, nuevas tecnologías en la educación así como la

realización de estudios sobre estrategias contra la delincuencia, prevención de adicciones, violencia intrafamiliar,

entre otros. En Desarrollo Económico, se puede lograr una simplificación administrativa, aplicar estímulos fiscales,

elevar la competitividad de la industria, mayor apoyo para la adquisición de infraestructura y tecnología, desarrollo e

innovación industrial, mayor desarrollo del capital humano en actividades emprendedoras, estudios de energías

alternativas, el fortalecimiento de Clusters Industriales, creación del Instituto de Patentes Municipal, la incubadora de

empresas de base tecnológica y biotecnológica. En Desarrollo Urbano y Ecología, un sistema de construcción de

vivienda, mayor Infraestructura educativa, disminución de la problemática de uso y contaminación de las aguas, lograr

el fomento del ecoturismo, así como el reciclaje de Basura. En Desarrollo Regional Rural, creación de modelos de

desarrollo regional sustentable, crecimiento con equidad, apoyo a la agricultura y ganadería y apoyo a la

infraestructura pesquera.

Actualmente, la Comisión de Educación, Cultura y Deporte, se encuentra establecida en el artículo 114 fracción XI y

sus atribuciones en el artículo 123, ambos del Reglamento Interior del Ayuntamiento de Ensenada, B.C., los cuales a

la letra dicen:

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CAPITULO SEGUNDO DE LAS COMISIONES PERMANENTES Artículo 114.- Son Comisiones Permanentes las siguientes: …

Fracción XI. Educación, Cultura y Deportes

….

COMISION DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTE

Articulo 123.- Atribuciones:

I.- Dictaminar respecto a los asuntos relativos a los proyectos de reglamentos, iniciativas de la Ley y disposiciones

normativas de observancia general, en relación con la educación, deporte, recreación y juventud.

II.- Proponer al Ayuntamiento la adopción de políticas y medidas para optimizar los recursos de las materias

señaladas en la fracción anterior, supervisando el funcionamiento de las instalaciones y vigilando el cumplimiento de

los programas correspondientes.

III.- Incentivar la difusión de los valores culturales, científicos, tecnológicos e históricos, mediante programas y

publicaciones que permitan acercarlos a los habitantes del municipio.

IV.- Proponer al Ayuntamiento:

a).- Los mecanismos e instrumentos que resulten necesarios para promover, impulsar, y estimular la práctica del

deporte en el municipio, especialmente entre los jóvenes.

b).- La ejecución de programas especiales encaminados a fomentar la participación de los jóvenes en asuntos de

interés público.

c).- la ejecución de programas especiales para combatir la drogadicción, el alcoholismo, el vandalismo y la

delincuencia en la juventud del municipio.

Por lo anteriormente expuesto, es que sometemos a la consideración de este H. Ayuntamiento de Ensenada, B.C. el

siguiente

PUNTO DE ACUERDO PRIMERO.- Se reforma el artículo 114 Fracción XI y el artículo 123 del Reglamento Interior para el Ayuntamiento de

Ensenada, B.C., para quedar como sigue:

CAPITULO SEGUNDO DE LAS COMISIONES PERMANENTES Artículo 114.- Son Comisiones Permanentes las siguientes: …

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Fracción XI. Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología. …

COMISIÓN DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA. Articulo 123.- Atribuciones: I.- Dictaminar respecto a los asuntos relativos a los proyectos de reglamentos, iniciativas de Ley y disposiciones normativas de observancia general, en relación con la Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología. II.- Proponer al Ayuntamiento la adopción de políticas y medidas para optimizar los recursos de las materias señaladas en la fracción anterior, supervisando el funcionamiento de las instalaciones y vigilando el cumplimiento de los programas correspondientes. III.- Incentivar la difusión de los valores culturales, científicos e históricos, mediante programas y publicaciones que permitan acercarlos a los habitantes del municipio. IV.- Proponer al Ayuntamiento: a).- Los mecanismos e instrumentos que resulten necesarios para promover, impulsar, planificar y estimular la Educación, Cultura Ciencia y Tecnología. b).- La ejecución de programas especiales para fomentar la cultura integral para el desarrollo social, considerando: la educación, la ciencia, la tecnología; así como las siguientes culturas: emprendedora, cívica y de valores, participativa, laboral, de prevención, de la equidad y los derechos humanos, de la legalidad, del medio ambiente y de la felicidad.

TRANSITORIO UNICO.- La presente reforma entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Baja California.

Dado en la Sala de Presidentes del H. Ayuntamiento de Ensenada, B.C., a la fecha de su presentación.- - El Regidor

Serafín González Juárez solicita que se envíe a la Comisión de Gobernación para lo procedente.- - El

Presidente Municipal lo turna a la Comisión de Gobernación y Legislación.- - La Regidora María Catalina

Talavera Nava expone, Con fundamento en los artículos 8, 79, 114 y demás relativos y aplicables del

Reglamento Interior para el Ayuntamiento de Ensenada, expongo al pleno del cabildo mi postura en

relación al punto de acuerdo de Iniciativa de modificar el nombre de la Comisión de Educación y Cultura

tal y como lo propone los regidores Serafín González Juárez, Eduardo Cota Osuna y Enoé Morales Medina.

Por lo siguiente:

Si bien es cierto se pretende con la Iniciativa propuesta cambiar de nombre a comisión permanente de Educación, Cultura y Deporte ya regulada dentro del articulo 123 del Reglamento Interior del Ayuntamiento agregando LA CIENCIA Y TECNOLOGÍA como parte del nombre de la comisión. ES DE OBSERVANCIA QUE LA CIENCIA Y TECNOLOGÍA REQUIERE DE UNA TRATO ESPECIAL CON ATRIBUCIONES

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PROPIAS DE ACUERDO A LOS TEMAS QUE SON PROPIOS DE LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA y lo que se requiere es LA CREACIÓN DE UNA NUEVA COMISIÓN PERMANENTE. Es importante mencionar que La Ciencia y la Tecnología son actividades intelectuales a través de las cuales es posible llegar a un conocimiento aproximado de la realidad, con el fin de lograr su transformación, procurando ante todo, el pleno desarrollo humano. Las actividades científicas y tecnológicas juegan un papel central en la generación del valor y la construcción de una sociedad basada en el conocimiento. Por lo que su impulso y desarrollo son importantes para cualquier país. Hoy en día, la mayoría de los países han apostado al desarrollo de la ciencia y la tecnología, con el fin de impulsar la innovación y el desarrollo nacional y regional, dedicándole un mayor presupuesto a este rubro, pero también adecuando sus respectivas legislaciones. Actualmente los países que invierten en ciencia y tecnología Alemania, Japón china entre otros esta la india a superado sus niveles de pobreza gracias a invertirle a este rubro. El municipio de Ensenada ha diferencia de otros estados tiene mayor porcentaje de científicos perca pita lo que hace poner a la ciudad y al estado ante los ojos del mundo caso concreto el CICESE es el Instituto de investigación científica numero uno en Latinoamérica y el numero dos en América. A nivel nacional somos el país de estar en el numero 40 andamos en el numero 67 de países que invierten en ciencia y tecnología por lo que es importante la presencia de este tema en el ayuntamiento de ensenada. Dentro de la estructura de la administración del ayuntamiento tenemos representados a la mayor parte de los sectores que conforman la sociedad, por ejemplo en educación y cultura tenemos la representación en el cabildo de la comisión antes citada y dentro de la cultura de la administración tenemos el instituto de reciente formación lo mismo sucede con los sectores de desarrollo económico, equidad y genero entre otros. Esto hace tener una mejor comunicación entre los tres niveles de gobierno y lo mismo en los congresos estatales y federales, esto facilita implementar leyes, programas y recursos en bien de la sociedad y de los ayuntamientos. Por lo tanto reitero mi postura para que se forme la comisión permanente de ciencia y tecnología en este XIX ayuntamiento. Aunado a lo anterior la forma idónea para solicitar modificación a las Comisiones Permanentes lo establece el artículo 114 primer párrafo del Reglamento Interior Establece lo que a su letra dice: Para efectos de crear nuevas comisiones, nombrar, cambiar o remover coordinadores o integrantes de las

mismas, el Presidente Municipal lo propondrá al Ayuntamiento en Sesión de Cabildo, en donde éste,

determinará por mayoría absoluta la aprobación en su caso.- - El Presidente Municipal menciona que se

envía junto con el Punto de Acuerdo presentado anteriormente, para que sea discutido junto con la

comisión.- - El Regidor Serafín González Juárez menciona, nada mas quiero comentar que los Regidores

que estamos proponiendo tenemos la capacidad y los conocimientos para poder coordinar una Comisión

de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, también quiero hacer mención y que bueno que la regidora

Katy se suma a todo este proyecto porque México requiere que le invertamos mas a ciencia y tecnología y

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el ultimo comentario que quiero hacer es que la educación no pueden desligarla de la ciencia y la

tecnología y decirles que precisamente mi comisión que presido acabamos de participar muy

activamente en el Foro que organizo el IMIP con las instituciones de Educación Superior de Educación de

Investigación y precisamente esta propuesta de fortalecer la comisión lo comentamos con las instituciones,

con la UABC, Xochicalco, Cetys, Cicese y están totalmente de acuerdo y ven bien que se considere este

tema, porque ha estado desligado, que si bien se ha participado por parte del Ayuntamiento

permanentemente es necesario fortalecer en ese sentido.- - El Presidente Municipal da el uso de la voz a la

Regidora María Catalina Talavera Nava.- - El Regidor Julio Felipe García Muñoz solicita una moción.- - El

Presidente Municipal pregunta en que sentido.- - El Regidor Julio Felipe García Muñoz responde, porque

solicite la palabra y también sobre el mismo tema, creo que la replica viene después.- - El Presidente

Municipal agrega que es por alusión.- - La Regidora María Catalina Talavera Nava menciona, así es y no es

estar en contra de lo que esta diciendo el regidor.- - La Regidora María Catalina Talavera Nava agrega,

afirmativamente comentando que un ningún momento se duda de la capacidad de los integrantes que

forman la Comisión de Educación y Cultura, en ningún momento, lo que si es la fundamentación y que

expongo aquí por lo que se debe de hacer la comisión aparte, nada mas estoy en completo acuerdo con

todo lo que fundamenta regidor y en la capacidad de los ediles que estamos presentes.- - El Regidor Julio

Felipe García Muñoz expone, creo que el tema no esta a discusión en esta mesa, ni a debate Presidente,

eso ya fue turnado a la Comisión de Gobernación y Legislación, enfrascamos el debate que si si o si no, va

de mas en esta mesa, además de que la propuesta que esta enunciando la Regidora Catalina Talavera,

no viene en el Orden del Día, estamos sujetos al Orden del Día, en todo caso lo que esta turnando por

parte de la regidora, tendría que sujetarse a otra disposición, y que no se turne abonada a la misma

propuesta, porque entonces ya se descompone el objetivo principal del Regidor Serafín y la Comisión de

Educación y Cultura, que se turnen por separado.- - El Presidente Municipal menciona, a ver regidor,

entiendo por lo que empezó leyendo la Regidora Talavera era una propuesta de modificación de la

propuesta presentada por el Regidor Serafín, era para enriquecerla o para modificarla de acuerdo al

punto de vista de la regidora.- - El Regidor Julio Felipe García Muñoz agrega, por eso, pero ya estaba

turnada a comisión, en todo caso se discutiría eso en comisión.- - El Presidente Municipal agrega, si es

correcto Usted tiene razón, ya he turnado también la propuesta de la regidora a la misma comisión, para

que en todo caso dentro de la comisión sea resuelta en un dictamen ambas posturas presentadas.- - El

Secretario Fedatario procede a desahogar el Asunto No. 2, Presentación que hace el C. Regidor, Serafín

González Juárez, de Iniciativa de Punto de Acuerdo a efecto de que se considere a los Ciudadanos

Distinguidos como invitados en los eventos de carácter cívico, cultural, educativos y sociales organizados

por el Gobierno Municipal de Ensenada.- - El Regidor Serafín González Juárez presenta el PUNTO DE

ACUERDO, en mi carácter de Regidor del Partido Nueva Alianza, con fundamento legal en el artículo 115 de la

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Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículos 3, 5 y 9 de la Ley de Régimen Municipal para el

Estado de Baja California y 10, 11, 24 fracción IV y 67 del Reglamento Interior para el Ayuntamiento de Ensenada,

B.C., sometemos a su consideración INICIATIVA DE PUNTO DE ACUERDO, PARA QUE SE CONSIDERE A LOS CIUDADANOS DISTINGUIDOS EN LOS EVENTOS DE CARÁCTER CIVICO, CULTURAL, EDUCATIVOS, SOCIALES E INSTITUCIONALES ORGANIZADOS POR EL GOBIERNO MUNICIPAL DE ENSENADA, bajo la

siguiente.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Nuestro municipio cuenta con el Reglamento para Designar, Estimular y Reconocer a Ciudadanos, Huéspedes y

Visitantes Distinguidos del Municipio de Ensenada, Baja California, publicado el 14 de marzo del 2008. El cual, tiene

por objeto regular el procedimiento para otorgar reconocimientos a ciudadanos distinguidos del Municipio y

personalidades distinguidas que lo visiten.

En este sentido, establece que podrán participar en este reconocimiento, los ciudadanos que destaquen o hayan

destacado en el ámbito de la investigación científica y tecnológica, innovación, cultura, humanismo, ecología,

gobierno, política, labor social, economía, periodismo, educación, academia, arte o deporte; y determina el

procedimiento para realizar la elección de los ciudadanos; iniciando con la publicación de la convocatoria para recibir

las propuestas de los ciudadanos, ser analizadas por el comité de evaluación, para después someter la propuesta al

Cabildo.

Los reconocidos como ciudadanos distinguidos son personas originarias o vecinos de Ensenada, que hayan hecho

aportaciones sobresalientes en beneficio del municipio, o que destaque o haya destacado en el ámbito de la

investigación científica y tecnológica, innovación, cultura, humanismo, ecología, gobierno, política, labor social,

economía, periodismo, educación, academia, arte o deporte así como aquellas que sean prominentes en alguna

profesión u oficio.

En el marco del aniversario de Ensenada el 15 de mayo, el Presidente Municipal entrega un distintivo a los

ciudadanos distinguidos, quienes fueron reconocidos por el H. Ayuntamiento.

Atendiendo a lo anterior, se considera pertinente que los ciudadanos distinguidos sean involucrados en los eventos

de carácter cívico, cultural, educativos, sociales e institucionales organizados por el Gobierno Municipal de Ensenada.

Considerando especialmente, a los distinguidos durante el presente año 2009 y el próximo año, en los festejos del

Bicentenario de la Independencia de México y Centenario de la Revolución Mexicana en el Municipio de Ensenada,

puesto que son ciudadanos representativos de diversos sectores de la población.

Por lo anteriormente expuesto, es que someto a consideración de este H. Cabildo, la siguiente iniciativa de

PUNTO DE ACUERDO PRIMERO.- SE TURNA A LA COMISION DE GOBERNACION Y LEGISLACION PROPUESTA DE ADICION DEL

ARTICULO 14 BIS DEL REGLAMENTO PARA DESIGNAR, ESTIMULAR Y RECONOCER A CIUDADANOS,

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HUESPEDES Y VISITANTES DISTINGUIDOS DEL MUNICIPIO DE ENSENADA, B.C., PARA QUEDAR COMO

SIGUE:

CAPITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES …. ARTICULO 14 BIS.- LOS CIUDADANOS DISTINGUIDOS SERAN INVITADOS E INVOLUCRADOS, EN LOS EVENTOS DE CARÁCTER CIVICO, CULTURAL, EDUCATIVOS, SOCIALES E INSTITUCIONALES ORGANIZADOS POR EL GOBIERNO MUNICIPAL DE ENSENADA,

TRANSITORIO

UNICO.- LA PRESENTE REFORMA ENTRARÁ EN VIGOR AL DÍA SIGUIENTE DE SU PUBLICACIÓN EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO.

SEGUNDO.- EN TANTO SE ANALIZA, DISCUTE Y DICTAMINA EL PUNTO PRIMERO, QUE EL GOBIERNO

MUNICIPAL DE ENSENADA, QUE ENCABEZA EL LIC. PABLO ALEJO LÓPEZ NÚÑEZ, INVITE O INVOLUCRE A

LOS CIUDADANOS DISTINGUIDOS EN LOS EVENTOS DE CARÁCTER CÍVICO, CULTURAL, EDUCATIVOS,

SOCIALES E INSTITUCIONALES ORGANIZADOS POR EL MISMO.

Dado en la Sala de Presidentes, del H. Ayuntamiento de Ensenada, B.C., a la fecha de su presentación.

ATENTAMENTE.- REG. SERAFIN GONZÁLEZ JUÁREZ.- - El Presidente Municipal lo turna a la Comisión de

Gobernación y Legislación, así como a la Secretaria del Ayuntamiento para que implemente lo relativo a

la solicitud de que en tanto se modifique el reglamento correspondiente, sean invitados, involucrados los

ciudadanos distinguidos en los eventos de carácter cívico, culturales, educativo, sociales e institucionales

organizados por el XIX Ayuntamiento Municipal.- - El Secretario Fedatario procede a desahogar el Asunto

No. 3, Presentación que hace el C. Regidor, Serafín González Juárez, de Iniciativa de Punto de Acuerdo a

fin de que se gestione ante la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal, para que Ensenada

sea considerada en el Programa de Educación del Nivel medio superior para los estudiantes con alguna

discapacidad.- - El Regidor Serafín González Juárez presenta el PUNTO DE ACUERDO, en mi carácter de

Regidor del Partido Nueva Alianza y con fundamento legal en el artículo 115 de la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos, artículos 3, 5 y 9 de la Ley de Régimen Municipal para el Estado de Baja California y 10,

11, 24 fracción IV y 67 del Reglamento Interior para el Ayuntamiento de Ensenada, B.C., someto a su consideración

INICIATIVA DE PUNTO DE ACUERDO A FIN DE QUE SE GESTIONE ANTE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA DEL GOBIERNO FEDERAL, PARA QUE ENSENADA SEA CONSIDERADA EN EL PROGRAMA DE

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EDUCACION DEL NIVEL MEDIO SUPERIOR PARA LOS ESTUDIANTES CON ALGUNA DISCAPACIDAD, bajo la

siguiente EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

La educación en México es un derecho fundamental de todas las niñas y los niños, los adolescentes y jóvenes mexicanos, tal como se señala en el Artículo 3º Constitucional. El cual a la letra dice: Todo individuo tiene derecho a recibir educación. La Federación, Estados, Distrito Federal y Municipios, impartirán educación preescolar, primaria y secundaria. La educación preescolar, primaria y la secundaria conforman la educación básica obligatoria. La educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia.

En este sentido, la Ley General para las Personas con Discapacidad en México establece que la educación que

imparta y regule el Estado deberá contribuir a su desarrollo integral para potenciar y ejercer plenamente sus

capacidades, habilidades y aptitudes. Así mismo, determina que el acceso a los avances científicos y tecnológicos

son imprescindibles para su aplicación y desarrollo.

La Ley de Educación del Estado de Baja California en su artículo tercero establece que la educación es un medio

fundamental, para que en la libertad y en la solidaridad se formen y desarrollen integralmente los seres humanos en

sus responsabilidades y derechos sociales, cívicos, económicos, culturales y de respeto al medio ambiente.

Asimismo, en su artículo 5, fracción VII especifica que el Estado atenderá de manera especial, las escuelas en las

que se imparta educación especial, o aquellas que acepten para su integración a alumnos con capacidades diferentes.

Así como, promoverá el desarrollo de programas asistenciales, campañas de salubridad y demás medidas tendientes

a contrarrestar las condiciones sociales que incidan en la efectiva igualdad de oportunidades de acceso y

permanencia en los servicios educativos.

En México, existen mas de 2.2 millones de personas con alguna discapacidad o requerimiento especial (Conteo

2000). Sin embargo, la Organización Mundial de la Salud (OMS) estima que son 5 veces más de lo señalado por el

INEGI.

En Baja California residen alrededor de treinta y cinco mil ciento tres personas con algún tipo de discapacidad, ya sea

motriz, visual, auditiva, mental, de lenguaje o de cualquier otro tipo; y se encuentran distribuidos de la siguiente forma:

Tijuana con 14 mil 629 personas, representando un 41.67%, seguido por Mexicali con 12 mil 798 personas,

representando un 36.45%, Ensenada ocupa el tercer lugar con 5 mil 748 personas, representando un 16.34%,

después se encuentra Tecate con 1,189 personas, representando un 3.28% y por ultimo Playas de Rosarito con 739

personas, representando un 2.10% de la población del Estado (INEGI 2000).

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La propuesta de adaptar un aula en el subsistema de educación tecnológica del nivel medio superior para personas

con discapacidad, tiene como antecedente la implementación en dos municipios del Estado del Programa de Apoyo

Académico para Discapacitados, en los Centros de Estudios Tecnológicos Industriales y de Servicios, CETis No. 156

en Tijuana y CETis No 18 en Mexicali; los cuales ofrecen la modalidad no escolarizada.

En dichos planteles los estudiantes cuentan con servicios de asesoría académica y avanzan de acuerdo al tiempo

dedicado al estudio, asimismo, la Institución ofrece el material didáctico como: libros de texto, guías de estudio,

cuadernos de trabajo, antologías y ejercicios de auto evaluación, asimismo, cuenta con salas de lectura ubicada en el

interior de cada uno de los centros.

Actualmente en nuestro municipio de Ensenada existe la demanda de más de 20 jóvenes con discapacidad, que

requieren continuar sus estudios y no tienen la oportunidad de hacerlo, es por ello, que se presenta el interés de

apoyarlos y ser portavoz de sus demandas, ya que consideramos que merecen la oportunidad de prepararse,

capacitarse y ganarse su empleo y lograr con ello, que sean integrados hacia la sociedad de forma digna y plena.

En este sentido, el Reglamento para el Desarrollo Integral de las Personas con Discapacidad de nuestro Municipio de

Ensenada, B.C., establece que el Gobierno Municipal deberá crear programas, realizar acciones y destinar los presupuestos necesarios para lograr la integración de las personas con discapacidad a la vida económica, social y cultural plena, vinculándose de ser necesario, con el gobierno federal, estatal o con la iniciativa privada.

Por lo cual se presenta el interés de que el Ayuntamiento gestione ante las autoridades federales que se autorice la

adaptación de un aula para estudiantes con alguna discapacidad, que les permita a los jóvenes ensenadenses

prepararse y desarrollarse plenamente sin ser discriminados.

Por lo anteriormente expuesto, es que someto a la consideración de este H. Ayuntamiento, la siguiente iniciativa de

PUNTO DE ACUERDO

UNICO:- QUE EL GOBIERNO MUNICIPAL DE ENSENADA, B.C., A TRAVÉS DEL C. PRESIDENTE MUNICIPAL,

LIC. PABLO ALEJO LÓPEZ NÚÑEZ, GESTIONE ANTE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA DEL

GOBIERNO FEDERAL, PARA QUE ENSENADA SEA CONSIDERADA EN EL PROGRAMA DE EDUCACION DEL

NIVEL MEDIO SUPERIOR PARA LOS ESTUDIANTES CON ALGUNA DISCAPACIDAD, ADAPTANDO UN AULA EN

CUALQUIERA DE LOS PLANTELES QUE PERTENECEN AL SUBSISTEMA FEDERAL DE EDUCACIÓN

TECNOLÓGICA INDUSTRIAL DEL NIVEL MEDIO SUPERIOR, COMO SON: EL CENTRO DE ESTUDIOS

TECNOLÓGICOS INDUSTRIAL Y DE SERVICIOS NO. 74 (CETIS NO. 74) Y EL CENTRO DE BACHILLERATO

TECNOLÓGICO INDUSTRIAL Y DE SERVICIOS No. 41 (CBTIS NO. 41).

Dado en la Sala de Presidentes del Palacio Municipal de Ensenada, Baja California, a la fecha de su presentación.

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ATENTAMENTE.- REGIDOR SERAFIN GONZALEZ JUAREZ.- El Regidor Serafín González Juárez solicita sea

presentado por urgente y obvia resolución.- - El Presidente Municipal somete a votación la urgente y obvia

resolución.- - Se aprobó por unanimidad de votos de los munícipes presentes del XIX Ayuntamiento

Constitucional de Ensenada, Baja California, sea considerado de Obvia y Urgente Resolución, el Punto de

Acuerdo presentado por el C. Regidor Serafín González Juárez, de Iniciativa a fin de que se gestione ante la

Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal, para que Ensenada sea considerada en el

Programa de Educación del Nivel Medio Superior para los estudiantes con alguna discapacidad.

La votación fue la siguiente: Quince votos a favor, correspondientes al Síndico Procurador, Jorge Camargo

Villa, y a los CC. Regidores, María Catalina Talavera Nava, Ricardo Mancillas Amador, Serafín González

Juárez, Rolando Villarino Galván, Sara Flores Larios, Miriam Nailleli Méndez Carrillo, Heriberto Herrera Arroyo,

Ricardo Fletes García, Julio Felipe García Muñoz, Teresa González Beltrán, Gil Espinoza Gámez, Enoé

Morales Medina, Eduardo Cota Osuna, y al Presidente Municipal, Pablo Alejo López Núñez.- - El Presidente

Municipal somete a votación el Punto de Acuerdo.- - Se aprobó por unanimidad de votos de los munícipes

presentes del XIX Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja California, el Punto de Acuerdo

presentado por el C. Regidor Serafín González Juárez, de Iniciativa a fin de que se gestione ante la

Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal, para que Ensenada sea considerada en el

Programa de Educación del Nivel Medio Superior para los estudiantes con alguna discapacidad.

La votación fue la siguiente: Quince votos a favor, correspondientes al Síndico Procurador, Jorge Camargo

Villa, y a los CC. Regidores, María Catalina Talavera Nava, Ricardo Mancillas Amador, Serafín González

Juárez, Rolando Villarino Galván, Sara Flores Larios, Miriam Nailleli Méndez Carrillo, Heriberto Herrera Arroyo,

Ricardo Fletes García, Julio Felipe García Muñoz, Teresa González Beltrán, Gil Espinoza Gámez, Enoé

Morales Medina, Eduardo Cota Osuna, y al Presidente Municipal, Pablo Alejo López Núñez.- - El Secretario

Fedatario procede a desahogar el SEPTIMO punto ASUNTOS GENERALES; No hay presentación.- - El

Presidente Municipal recuerda a los ediles, independientemente que se les aran llegar las invitaciones

correspondientes, invitarlos para que nos acompañen en los eventos que están contemplados dentro del

calendario de los festejos del bicentenario, entre otros el concierto en beneficio del DIF, de la obra en

Ceeto el próximo 12 de septiembre, si nos deja a las ocho de la noche y en la coronación de la señorita

Fiestas Patrias el 11 de septiembre, el próximo viernes a las ocho de la noche, en el Patio Buganvilias,

igualmente invitarlos de antemano a la ceremonia del grito de la independencia, el ultimo que se abra de

llevar a cabo en este Palacio Municipal, el día 15 de este mismo mes, a las diez treinta de la noche.- - No

habiendo mas intervenciones, el Presidente Municipal declara clausurada la sesión, en cumplimiento del

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último Punto del Orden del Día, siendo las Veintiuna horas con Cincuenta y Ocho minutos del día Siete del

mes de Septiembre del año Dos Mil Nueve, firmando para constancia de la presente los Munícipes que

intervinieron en la sesión, en presencia del Secretario Fedatario, quién da fe de ello. - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

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MARIO ALBERTO GARCIA SALAIZA