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XXXII Evento Regional CeATS – Neuquén
“La fiscalización y los procesos judiciales tendientes a asegurar el cumplimiento del Ciclo Completo”
Dr. Ricardo Vegas – Dr. Augusto Ricciardi
Dirección General de Rentas - AGIP
16 de Febrero de 2017
Eficiencia en la Administración Tributaria
Servicio
Control
“Equilibrio”
Preservar las cuentas Encontrar tendencias Brindar calidad en los servicios Verificar el cumplimiento tributario (Comportamiento de los Contribuyentes)Cruce de Información
Fundamental para las A.T.
Avance Tecnológico
El desarrollo y uso estratégico de la información
Esfuerzo para mejorar la
recaudación
Basados en herramientas informáticas y de procesamiento
Aplicadas al proceso de fiscalización
La importancia de la innovación
¿QUÉ ES INNOVAR?
Inventar / Crear / Descubrir / Transformar / Modernizar …
¿POR QUÉ INNOVAR EN LAS A.T.?
Conjunto de tareas
Al cumplimiento de obligación tributaria.
Instar a los contribuyentes
Proceso de Fiscalización
DificultadImposibilidad material
de controlar a todos los contribuyentes
A quienes fiscalizar?Cómo emplear los recursos?Qué métodos de auditoría utilizar?
Desafío
La Fiscalización en el cumplimiento tributario
Objetivos de la Fiscalización
Corto PlazoMediano
PlazoLargo Plazo
•Detección
•Control
•Sanción
Incumplimiento
Elevación Nivel Cumplimiento
Voluntario
Maximización
Nivel Cumplimiento
Percepción Riesgo Incumplimiento y Formación de Conciencia Tributaria
Pago VoluntarioDel 1% al 2% de la Recaudación
PROCESO DE
FISCALIZACIÓN
PLANIFICACIÓN
CONTROL DE GESTIÓN
Clasificación de FiscalizaciónEn función de
su alcance
TradicionalPreventivas
Masivas
Integrales
Formales
Especializada o Sectorial
Electrónicas
Inspector / Auditor Fiscal
Rol representativo
No es discrecional Facultades
PRO
CED
IMIE
NTO
S AU
DIT
OR
IA
Circularización
Relevamiento
Sobre ELEMENTOS (Fuentes Internas y Externas)
Comparación
Análisis
Rastreo
Obtener “PRUEBAS”
Conciliación
Inspección Ocular
Previa Inicial Ejecución Evaluación Descargo
Evidencia Comprobatoria
PPTT Informe
Etapas
Cruce de Base de Datos
Circularizaciones
Estudio de Sector
Análisis de EECC
Investigación Previa – Inteligencia Fiscal
Cruce con:Sumas y SaldosMayoresPlan de Cuentas
Utilización de:RatiosRevisión Analítica
Expedientes con mayor grado de Información y análisis
-Objetivo: Cargos con Interés Fiscal y
mejorar Plazos de Descargos
Estudios de actividad
Estudio de antecedentes
Googlearlo
Manuales de actividad
Etapa Previa
Complemento de la
“Investigación y selección del Contribuyente”
Contacto con la realidad
Recomendaciones
Visita:
•Inesperada (inspector y supervisor)
•Charla con responsable de la empresa
•Descripción actividad
•Recorrido
•Toma de datos personal
Etapa Inicio
FORMALIDADES
a.a. CredencialCredencial
b.b. Página WEB c/FOTOPágina WEB c/FOTO
c.c. ACTAS de seguridadACTAS de seguridad
DERECHOS DEL CONTRIBUYENTE
1.1. Servicio al contribuyenteServicio al contribuyente
2.2. Esmero y dedicaciónEsmero y dedicación
DOMICILIO FISCALDOMICILIO FISCAL
LEY 11.683 – Art 3ºLEY 11.683 – Art 3º
ConstituidoConstituido subsistirán para los efectos legales hasta la terminación del juicio o su archivo, mientras no se constituyan o denuncien otros
TRANSITO MENDOCINO SA TRANSITO MENDOCINO SA T.F.N. Sala C 18/05/2001
TRULLI, ADRIANA TRULLI, ADRIANA T.F.N. Sala A 14/04/2003
C.N.A.C.A.F. Sala IV 05/04/2005
FALLOSFALLOS
PLAZOSPLAZOS
• Se computarán únicamente días hábiles.• Comienza a correr desde la cero hora del día hábil siguiente al de
la notificación.• Plazo General Cuando no se haya establecido éste será de
diez (10) días (Ley 19.549).• Calendario Gregoriano: AÑO de 360 días• Feria Fiscal• AMPLIACIÓN – 1 día cada 200km o fracción que no baje de 100km
FALLOSFALLOS
SACKMAN MURIEL – C.S.J.N. 22/12/65
COOPERATIVA AGRÍCOLA GANADERA DE AREGNITO – T.F.N. 11/06/93.
NOTIFICACIONES EN DÍA INHÁBILNOTIFICACIONES EN DÍA INHÁBIL
LIMITE AMPLIACIÓN DE DÍAS S/ 200KMLIMITE AMPLIACIÓN DE DÍAS S/ 200KM
MORÁN, LUIS ALBERTO – C.N.C.A.F. 16/12/08
Auditoría de Ingresos (en caso de corresponder CM)
Etapa de Ejecución
Auditoría de las Actividades Desarrolladas
Auditoría Formal
Obtener “PRUEBAS”
ELEMENTOS DE PRUEBAELEMENTOS DE PRUEBA
I. Documental
I. Testimonial
I. Pericial
I. Informe de 3ros.
ACTASACTAS
RequisitosRequisitosa. Lugarb. Día y Horac. Intervinientes en el actod. Detalle de lo que se lleva a caboe. Descripción de elementos verificadosf. Manifestaciones del contribuyenteg. Lectura del actah. Invitación a suscribirlai. Firma de funcionarios
Presencia de escribanoPresencia de escribano
FilmacionesFilmaciones
NOTIFICACIONESNOTIFICACIONES (Modalidades)
• 1er. día: personalmente, labrándose acta, consignando lugar, día, hora, documentación acompañada, exigiendo la firma del interesado. Si nadie firmara …Si nadie firmara …
• En días hábiles subsiguientes: concurrirán al domicilio 2 funcionarios, y si no lo hallaran, dejarán la documentación en sobre cerrado a cualquier persona que firmará el acta. Si nadie firmara …Si nadie firmara …
• Si se negare a recibir y/o a firmar, se lo fijará en la puerta en sobre cerrado.
• Por carta certificada con aviso especial de retorno.
• Por carta documento.
• Por nota o esquela numerada, con firma facsimilar, remitida con aviso de retorno
• Por tarjeta o volante de liquidación o intimación de pago
• Por cédula
• Por telegrama colacionado
• Por edicto, publicado durante 5 días en BO
• comunicación informática
NOTIFICACIONESNOTIFICACIONES (Modalidades)
Personalmente – día siguiente
Personalmente de seguridad – REJAS
Constancia de fijación
Ratificación de todo lo actuado
NOTIFICACIONESNOTIFICACIONES (Modalidades)
NOTIFICACIONES - FALLONOTIFICACIONES - FALLO
AUSENCIA DE PERSONA EN EL DOMICILIO
MULTIOPTICAS SA – C.N.C.A.F 05/02/2008
ACTAS – Requisitos
- Redargución de falsedadRedargución de falsedad. Art. 993, Código Civil: “El Instrumento público hace plena fe hasta que sea argüido de falso, por acción civil o criminal, de la existencia material de los hechos, que el oficial público hubiese anunciado como cumplidos por él mismo, o que han pasado en su presencia”.
Las actas labradas por los agentes notificadores dan fedan fe, mientras no se demuestre su falsedad.
(9) Esta Fiscalización podrá generar el (9) Esta Fiscalización podrá generar el procedimiento de la Ley 24769 y sus procedimiento de la Ley 24769 y sus modif. (“Régimen Penal Tributario”)modif. (“Régimen Penal Tributario”)
a) Recaudar, determinar y fiscalizar los tributos
b) Verificar DDJJ.
c) Disponer inspecciones.c) Disponer inspecciones.
d) Requerir informes o comunicaciones.d) Requerir informes o comunicaciones.
e) Solicitar información a organismos públicos y/o e) Solicitar información a organismos públicos y/o privados.privados.
f)f) Agente fedatario.
FACULTADESFACULTADES
INFORMACIÓN REQUERIDA.INFORMACIÓN REQUERIDA.
Secreto Fiscal
Secreto Profesional
Secreto Bancario
FACULTADESFACULTADES
g) Exigir la exhibición de libros, registros,g) Exigir la exhibición de libros, registros, comprobantes comprobantes y documentación.y documentación.
C.S.J.N 15/03/1967 – Bodegas y Viñedos Castro Hnos. SA c/Provincia de Tucumán
C.S.J.N 10/12/1997 – Suárez Bras, Silvia
h) Intervenir documentos, disponer medidas para suh) Intervenir documentos, disponer medidas para suconservación y seguridad.conservación y seguridad.
i) Aplicar sanciones, liquidar intereses, actualizaciones.
j) Requerir el auxilio de la fuerza pública para inspeccionar.j) Requerir el auxilio de la fuerza pública para inspeccionar.
FACULTADESFACULTADES
k) k) Proceder a allanar - contribuyentes y estudios Proceder a allanar - contribuyentes y estudios profesionales.profesionales.
C.N.A.C.A., Sala II 08/03/1994, - Molas Quiroga, Sara s/allanamiento
Ley 23187 – Art. 7° inc. eLey 23187 – Art. 7° inc. e
Ley 26735 “Régimen Penal Tributario”Causales:
- Superar monto objetivo de punibilidad- Omitir actuar como agente de recaudación
FACULTADESFACULTADES
ALLANAMIENTOALLANAMIENTO
Teoría del fruto del árbol envenenado.
Teoría de Simple vista – OVERVIEW INFORMATIONOVERVIEW INFORMATION
FALLOSFALLOS
C.N.A.C.A.F. 12/09/1992 - KAHAN, CARLOS y OTROS C.N.A.C.A.F. 12/09/1992 - KAHAN, CARLOS y OTROS
T.F.N. Sala B 11/12/2002 – JAIME BERNARDO COLL S.A.T.F.N. Sala B 11/12/2002 – JAIME BERNARDO COLL S.A.
FACULTADESFACULTADES
AFIP / OTROS ORGANISMOSAFIP / OTROS ORGANISMOS
CIRCULARIZACIÓNCIRCULARIZACIÓN PEDIDOS DE INFORMACIÓN AL CONTRIBUYENTEPEDIDOS DE INFORMACIÓN AL CONTRIBUYENTE PEDIDOS DE INFORMACIÓN A TERCEROSPEDIDOS DE INFORMACIÓN A TERCEROS
CLIENTESCLIENTES PROVEEDORESPROVEEDORES
DENUNCIAS EN LA JUSTICIADENUNCIAS EN LA JUSTICIA
INFORME LEY PENALINFORME LEY PENAL
CRUCES DE INFORMACIÓNCRUCES DE INFORMACIÓN
FRECUENCIA DE VISITAFRECUENCIA DE VISITA
Sensación de Riesgo
RESPONSABLESRESPONSABLES (por deuda (por deuda propiapropia))
RESPONSABLES (por deuda (por deuda ajenaajena))
Directores, gerentes y representantes de Directores, gerentes y representantes de personas jurídicas.personas jurídicas.- Resolución 758/09 (AGIP) – Formulario “Responsable por deuda ajena”.
RENUNCIA A LA PRESCRIPCIÓN
SOLIDARIDAD
Cuando un mismo hecho imponible es realizado por dos o más personas, todas son contribuyentes por igual y solidariamente obligadas al pago.
También empresas o entidades controlantes o vinculadas entre sí cuando resultare que puedan ser consideradas como controladas o constituyendo una unidad o conjunto económico.
CONTINUIDAD ECONÓMICACONTINUIDAD ECONÓMICA
INDICIOSINDICIOS
Contrato de alquiler
Compra de Bs de Uso
Primera Compra
Empleados
Proveedores
PRESCRIPCIÓNPRESCRIPCIÓN
Art 57 a 64 L.11683
Término:DE LAS ACCIONES PARA DETERMINAR Y EXIGIR IMPUESTO:• Por el transcurso de cinco (5) años. (inscriptos y no obligados)• Por el transcurso de cinco (10) años. (no inscriptos obligados)DE LAS ACCIONES DE REPETICIÓN• Por el transcurso de cinco (5) años la acción de repetición.Computo: desde el 1º de enero del año siguiente:• en que se produzca el vencimiento de los plazos generales - Impuesto• A la violación de los deberes – Aplicar Multa• Al año en que venció el período fiscal – Repeticióndesde notificación de resolución firme – Hacer efectiva Multa y Clausura
REALIDAD ECONÓMICAREALIDAD ECONÓMICA
PARKE DEVIS y CIA ARG. – C.S.J.N. 31/07/73
VIGNES, ALBERTO – C.N.F.C.A. 02/04/73
APLICACIÓN A FAVOR DEL CONTRIBUYENTE
KELLOGG ARG – C.S.J.N. 26/02/85
REQUERIMIENTO – BASE CIERTAREQUERIMIENTO – BASE CIERTA
Personas Físicas.
• DDJJ Gcias.
• DDJJ Bs. Personales
• Tarjeta de crédito
• Gastos
• Inmuebles Multipropietarios - Alquileres
• Empleados sueldos cargas sociales
• Hijos
Código Fiscal CABA
PRESUNCIONESPRESUNCIONES
Dada las diferentes variables que van surgiendo en las fiscalizaciones realizadas, se fueron incorporando determinadas PRESUNCIONESPRESUNCIONES con la finalidad de brindar un marco legal de referencia que le sirva al inspector, a la hora de confeccionar un plan de auditoria, para llevar adelante la FiscalizaciónFiscalización.
A su vez se han ido incorporando Presunciones SimplesPresunciones Simples aplicadas en Fiscalización.
En determinados casos, estas presunciones, están acompañadas de un ManualManual tendiente a brindarle al personal todas las herramientas necesarias y posibles para un mejor desenvolvimiento.
PRESUNCIONES PRESUNCIONES incorporadas.incorporadas.
a) Ante la comprobación de omisión de contabilizar, registrar o declarar:
Ventas o ingresos -----------> Base Imponible en el ISIB
Compras ----> Ventas el monto resultante de adicionar a las compras omitidas el porcentaje de utilidad bruta sobre compras declaradas
Gastos ----> Se considera el monto omitido aquellos que se corresponden con ventas o ingresos omitidos del mismo período
b) Incrementos patrimoniales no justificados, más un 10% en concepto de renta dispuesta o consumida, representan montos de ventas omitidas.
c) Depósitos bancarios (debidamente depurados) que superen las ventas y/o ingresos declarados, más un 10% en concepto de renta dispuesta o consumida, representan montos de ventas omitidas.
PRESUNCIONES PRESUNCIONES
• Punto Fijo – Características
Estacionalidad
PEINADOS PINO – T.F.N. 06/12/93
CASA MIA - CNACAF- Sala IV- 14/11/89
• Cortes de caja
• Consumo eléctrico
• Seguimiento muestra/producto ( II + Compras – IF) = Vta.
• Depósitos bancarios
VAIROLATTI HECTOR – CNACAF 12/11/81
PRESUNCIONES PRESUNCIONES incorporadas.incorporadas.
d) Remuneraciones no abonadas al personal en relación de dependencia no declarado, así como las diferencias salariales no declaradas, más un 10% en concepto de renta dispuesta o consumida, representan montos de ventas omitidas.
e) El ingreso bruto de un período fiscal se presume no podrá ser inferior a 3 veces el alquiler que paguen o el que se comprometieran a pagar, el que fuera mayor (la AGIP puede impugnarlo y fijarlo de oficio).
En los puntos b) y d), se atribuirá a los meses en donde se constaten tales diferencias -----> Prorrateado en función de las ventas gravadas y exentas
Presunciones simplesPresunciones simples aplicadas en Fiscalización. aplicadas en Fiscalización.
1.- ”Servicios de expendio de comidas y bebidas en bares, confiterías y salones de té, sin espectáculo (restaurantes modalidad tenedor libre)” - “Gastos superiores a ingresos”.
2.- “Servicios de restaurantes y cantinas, sin espectáculo”.
3.- “Servicio de instalación, mantenimiento y reparación de equipos de GNC” y “venta de repuestos” – “Facturas de compras no registradas”.
4.- “Salones de fiestas privadas”
Confección PPTT
Análisis e Interpretación de
Resultados
Informe Final
Comunicación de Observaciones
Tributarias
Etapa de Evaluación
ANÁLISIS Tarea Objetiva
•Recolección de datos
•Sistematización
•Guía de procedimientos mínimos
INTERPRETACIÓN Tarea Subjetiva
•Formación técnica•Experiencia
Notificaciones de Ajuste.Notificaciones de Ajuste.
I.I. CONTRIBUYENTECONTRIBUYENTE
I.I. APODERADOAPODERADO
I.I. CONTADORCONTADOR