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Bogotá D.C., octubre 23 de 2014 CIRCULAR No. 087 PARA: EMPRESAS DISTRIBUIDORAS DE GAS COMBUSTIBLE POR REDES DE TUBERÍA EN ÁREAS DE SERVICIO NO EXCLUSIVO DE: DIRECCIÓN EJECUTIVA ASUNTO: REPORTE GEORREFERENCIADO DE INVENTARIOS DE ACTIVOS EXISTENTES EN EL SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN La Dirección Ejecutiva de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, en desarrollo de lo previsto en el artículo 73 de la Ley 142 de 1994, se permite informar a las empresas distribuidoras de gas combustible por redes de tubería, que con el fin de adelantar lo establecido en el parágrafo 2 del numeral 9.5 y Anexo 3 de la Resolución CREG 202 de 2013, las empresas deben reportar en medio magnético el inventario existente de redes de su sistema de distribución a 31 de diciembre de 2013, georreferenciado, sin incluir la inversión proyectada para la expansión del sistema de distribución. Los archivos deben diligenciarse según las instrucciones señaladas en el Anexo de la presente circular y enviarla a esta Comisión antes del 15 de diciembre de 2014 en los términos establecidos en la Resolución CREG 202 de 2013, Artículo 6. REGLAS PARA LA SOLICITUD Y APROBACIÓN DE CARGOS. Esta información

zeus.creg.gov.cozeus.creg.gov.co/.../$FILE/Circular087-2014.docx · Web viewLa información deberá ser enviada en medio magnético en las oficinas de la CREG en la Av. Calle 116

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Circular No. 087

Octubre de 2014

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Bogotá D.C., octubre 23 de 2014

CIRCULAR No. 087

PARA: EMPRESAS DISTRIBUIDORAS DE GAS COMBUSTIBLE POR REDES DE TUBERÍA EN ÁREAS DE SERVICIO NO EXCLUSIVO

DE:DIRECCIÓN EJECUTIVA

ASUNTO:REPORTE GEORREFERENCIADO DE INVENTARIOS DE ACTIVOS EXISTENTES EN EL SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN

La Dirección Ejecutiva de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, en desarrollo de lo previsto en el artículo 73 de la Ley 142 de 1994, se permite informar a las empresas distribuidoras de gas combustible por redes de tubería, que con el fin de adelantar lo establecido en el parágrafo 2 del numeral 9.5 y Anexo 3 de la Resolución CREG 202 de 2013, las empresas deben reportar en medio magnético el inventario existente de redes de su sistema de distribución a 31 de diciembre de 2013, georreferenciado, sin incluir la inversión proyectada para la expansión del sistema de distribución.

Los archivos deben diligenciarse según las instrucciones señaladas en el Anexo de la presente circular y enviarla a esta Comisión antes del 15 de diciembre de 2014 en los términos establecidos en la Resolución CREG 202 de 2013, Artículo 6. REGLAS PARA LA SOLICITUD Y APROBACIÓN DE CARGOS. Esta información debe diferenciarse por periodos tarifarios, anterior y posterior a la Resolución CREG 011 de 2003. La información reportada será utilizada exclusivamente para propósitos regulatorios.

La información deberá ser enviada en medio magnético en las oficinas de la CREG en la Av. Calle 116 No. 7 – 15, Interior 2, Oficina 901 y adicionalmente, cuando esté disponible el aplicativo de APLIGAS, se deberá realizar el cargue de la información en dicho el mismo. La Comisión podrá hacer la verificación documental en las instalaciones de las empresas o directamente en campo, la cual puede realizarla directamente la CREG o a quien delegue en su lugar. Esta información será utilizada exclusivamente para propósitos regulatorios.

Según la Ley 142 de 1994, artículo 73, inciso final, la Comisión de Regulación de Energía y Gas tiene la facultad selectiva de pedir información amplia, exacta, veraz y oportuna a quienes presten los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica y gas combustible a que se refiere la Ley de servicios públicos, inclusive si sus tarifas no están sujetas a regulación.

Finalmente, de acuerdo con lo previsto en el inciso final de la norma citada, quienes no proporcionen la información solicitada por la Comisión estarán sujetos a todas las sanciones que contempla el artículo 81 de la Ley 142 de 1994, y en todo caso, la CREG podrá imponer por sí misma las sanciones del caso, cuando no se atiendan en forma adecuada sus solicitudes de información.

Cordialmente,

JORGE PINTO NOLLA

ANEXO CIRCULAR No. 0XX DEL XX DE OCTUBRE DE 2014

1. Georreferenciación

La información debe ser entregada en formato shapefile, o como una clase de entidad (Feature Class) contenida en una geodatabase de archivos Esri, de acuerdo con las unidades constructivas definidas en la Resolución CREG 202 de 2013 y para cada uno de los mercados relevantes. Se debe identificar toda la información asociada a cada unidad, tales como, características técnicas, municipio y departamento donde se presta el servicio, códigos administrativos, de tipología o categorización, así como la información geográfica que permita determinar su ubicación y trazado.

Las capas geográficas deberán estar referenciadas bajo el Sistema de Referencia oficial utilizado en Colombia MAGNA SIRGAS (WGS84), y con proyección cartográfica Gauss – Krüger, origen Bogotá-MAGNA.

La tabla presentada a continuación especifica los parámetros que definen el sistema de referencia:

MAGNA Colombia_Bogotá

Geographic Coordinate System

Gauss – Krüger

Projected Coordinate System

GCS_MAGNA

Angular Unit: Degree (0,0174532925199433)

Prime Meridian: Greenwich (0,0)

Datum: D_MAGNA

Spheroid: GRS_1980

Semimajor Axis: 6378137,0

Semiminor Axis: 6356752,314140356

Inverse Flattening: 298,257222101

Projection: Transverse_Mercator

False_Easting: 1000000,0

False_Northing: 1000000,0

Central_Meridian: -74,07750791666666

Scale_Factor: 1,0

Latitude_Of_Origin: 4,596200416666666

Linear Unit: Meter (1,0)

Fuente: Parámetros definidos en el módulo Spatial Reference Properties, ArcGis for Desktop, Esri.

Las coordenadas MAGNA de los orígenes Gauss – Krüger en Colombia corresponden con:

Fuente: Documento con los Tipos de Coordenadas manejadas en Colombia. Instituto Geográfico Agustín Codazzi, IGAC, Mayo 2004.

http://www2.igac.gov.co/igac_web/UserFiles/File/MAGNAWEB_final/documentos/tipos%20de%20coordenadas.pdf

2. Especificación de Cartografía Base y Temática

2.1 Cartografía Base

Las capas de cartografía base tales como (manzanas, malla vial, rótulos, cuadros de convenciones, marcos, grillas, entre otras.) y en general cualquier otra entidad geográfica ya sea de tipo Vector o Raster, que no constituya parte del Sistema de Distribución de redes de Combustible, deben antecederse en la nomenclatura de cada capa con el prefijo (BC), seguido por un underscore ó “_”, a modo ejemplo:

BC_MANZANAS

BC_RÓTULOS

BC_ CONVENCIONES

BC_SIMBOLOS

2.2. Cartografía Temática

2.2.1 Unidades Constructivas

Los inventarios deben reportarse por capas que agrupen todas las unidades constructivas del mismo tipo con la correspondiente información de atributos, según las tablas presentadas a continuación. Como mínimo se deben entregar los puntos georreferenciados inicial y final de la unidad constructiva que permitan determinar la longitud correspondiente, según los términos establecidos en la Resolución CREG 202 de 2013. Adicionalmente, deben contener la información de la fecha de entrada en operación del activo por periodos tarifarios, según sea anterior o posterior a la Resolución CREG 011 de 2003.

Según lo anterior, se deben identificar las unidades constructivas reconocidas y ejecutadas con la inversión existente, IE, anterior a la entrada en vigencia la Resolución CREG 011 de 2003. De igual forma, se deben identificar las Nuevas Inversiones que fueron reconocidas y ejecutadas en la anterior revisión tarifaria, IPE, junto con la Inversión Ejecutada durante el Período Tarifario que culmina y no Prevista en el Programa de Nuevas Inversiones, INPE, durante la vigencia de la Resolución CREG 011 de 2003.

Las Unidades Constructivas se deben reportar con base en los Anexos 4, 5, 6, 7 y 8 de la Resolución 202 de 2013, como se indica a continuación:

· Estaciones reguladoras Puerta de Ciudad (ERPC)

La información geográfica que represente una estación de regulación puerta de ciudad debe ser entregada con geometría Tipo Punto, con la correspondiente descripción alfanumérica del atributo de cada punto:

Nombre del Elemento

Código UC/ Descripción

ERPC01T1

ERPC 01T1 (0 A 1 MMSFCD sin calentamiento y con odorización)

ERPC01T2

ERPC 01T2 (0 A 1 MMSFCD con calentamiento y con odorización)

ERPC13T1

ERPC 13T1 (1 A 3 MMSFCD sin calentamiento y con odorización)

ERPC13T2

ERPC 13T2 (1 A 3 MMSFCD con calentamiento y con odorización)

ERPC35T1

ERPC 35T1 (3 A 5 MMSFCD sin calentamiento y con odorización)

ERPC35T2

ERPC 35T2 (3 A 5 MMSFCD con calentamiento y con odorización)

ERPC515T1

ERPC 515T1 (5 a 1 MMSFCD sin calentamiento y con odorización)

ERPC515T2

ERPC 515T2 (5 a 1 MMSFCD con calentamiento y con odorización)

ERPC1550T1

ERPC 1550T1 (5 a 1 MMSFCD sin calentamiento y con odorización)

ERPC1550T2

ERPC 1550T2 (5 a 1 MMSFCD con calentamiento y con odorización)

ERPC50100T1

ERPC 50100T1 (5 a 1 MMSFCD sin calentamiento y con odorización)

ERPC50100T2

ERPC 50100T2 (5 a 1 MMSFCD con calentamiento y con odorización)

· Estaciones de regulación de presión (ERP)

La información gráfica que represente una estación de regulación de presión debe ser entregada con geometría Tipo Punto, con la correspondiente descripción alfanumérica del atributo de cada punto:

Nombre del Elemento

Código UC (Descripción)

ERP3T1

ERP 3T1 (3000 m3/h - tren sencillo - con medidor)

ERP3T2

ERP 3T2 (3000 m3/h - tren sencillo - sin medidor)

ERP3T3

ERP 3T3 (3000 m3/h - tren paralelo - con medidor)

ERP3T4

ERP 3T4 (3000 m3/h - tren paralelo - sin medidor)

ERP5T1

ERP 5T1 (5000 m3/h - tren sencillo - con medidor)

ERP5T2

ERP 5T2 (5000 m3/h - tren sencillo - sin medidor)

ERP5T3

ERP 5T3 (5000 m3/h - tren paralelo - con medidor)

ERP5T4

ERP 5T4 (5000 m3/h - tren paralelo - sin medidor)

ERP6T1

ERP 6T1 (6000 m3/h - tren sencillo - con medidor)

ERP6T2

ERP 6T2 (6000 m3/h - tren sencillo - sin medidor)

ERP6T3

ERP 6T3 (6000 m3/h - tren paralelo - con medidor)

ERP6T4

ERP 6T4 (6000 m3/h - tren paralelo - sin medidor)

ERP8T1

ERP 8T1 (8000 m3/h - tren sencillo - con medidor)

ERP8T2

ERP 8T2 (8000 m3/h - tren sencillo - sin medidor)

ERP8T3

ERP 8T3 (8000 m3/h - tren paralelo - con medidor)

ERP8T4

ERP 8T4 (8000 m3/h - tren paralelo - sin medidor)

ERP9T1

ERP 9T1 (9000 m3/h - tren sencillo - con medidor)

ERP9T2

ERP 9T2 (9000 m3/h - tren sencillo - sin medidor)

ERP9T3

ERP 9T3 (9000 m3/h - tren paralelo - con medidor)

ERP9T4

ERP 9T4 (9000 m3/h - tren paralelo - sin medidor)

ERP10T1

ERP 10T1 (10000 m3/h - tren sencillo - con medidor)

ERP10T2

ERP 10T2 (10000 m3/h - tren sencillo - sin medidor)

ERP10T3

ERP 10T3 (10000 m3/h - tren paralelo - con medidor)

ERP10T4

ERP 10T4 10000 m3/h - tren paralelo - sin medidor

ERP35T1

ERP 35T1 (35000 m3/h - tren sencillo - con medidor)

ERP35T2

ERP 35T2 (35000 m3/h - tren sencillo - sin medidor)

ERP35T3

ERP 35T3 (35000 m3/h - tren paralelo - con medidor)

ERP35T4

ERP 35T4 (35000 m3/h - tren paralelo - sin medidor)

· Estaciones de Gas Natural Comprimido y GLP

La información gráfica que represente una estación de gas natural comprimido y GLP debe ser entregada con geometría Tipo Punto, con la correspondiente descripción alfanumérica del atributo de cada punto:

Nombre del Elemento

Código UC (Descripción)

RM200

RM200 (Estación GNC 200 m3/ hora)

RM500

RM500 (Estación GNC 500 m3/ hora)

RM600

RM600 (Estación GNC 600 m3/ hora)

RM700

RM700 (Estación GNC 700 m3/ hora)

RM1000

RM1000 (Estación GNC 1000 m3/ hora)

RM1500

RM1500 (Estación GNC 1500 m3/ hora)

RM2800

RM2800 (Estación GNC 2800 m3/ hora)

AP100

AP100 (Estaciones de aire propanado de 100kpcd)

AP400

AP400 (Estaciones de aire propanado de 400kpcd)

EGLP6000

EGLP6000 (Estación de GLP 6000 galones)

EGLP9000

EGLP9000 (Estación de GLP 9000 galones)

UAD10000

Unidad de almacenamiento y descompresión 10000 gl

UAD5000

Unidad de almacenamiento y descompresión 5000 gl

· Tuberías

El tipo de elemento que represente la tubería se definirá con geometría Tipo Línea, independientemente de que se utilicen polilíneas, con la correspondiente convención por tipo de suelo y descripción alfanumérica del elemento de acuerdo con el diámetro de tubería, material y tipo de suelo en el que se encuentra.

· Tuberías de acero y polietileno de media y alta densidad

A modo ilustrativo, el cuadro resumen presentado a continuación ejemplifica la forma como se deben presentar las capas correspondientes a todas las clases de tuberías acero y polietileno de media y alta densidad. Incluye nombre de la capa asociada con el código del elemento de la respectiva Unidad Constructiva. De esta forma se deben identificar todas las capas asociadas a las Unidades Constructivas de tuberías vigentes en la Resolución 202 de 2013:

Nombre del Elemento

Código UC (Descripción)

TA1/2CO

TA1/2CO (Tubería de Acero de 1/2pulg. En Calzada de Concreto)

TA2AS

TA2AS (Tubería de Acero de 2pulg. En Calzada de Asfalto)

TA4AS

TA4AS (Tubería de Acero de 4pulg. En Asfalto)

TA6AS

TA6AS (Tubería de Acero de 6pulg. En Calzada de Asfalto)

TPE3/4CO

TPE3/4(Tubería de Polietileno de 3/4pulg. En Calzada de Concreto)

TPE1/2AS

TPE1/2AS (Tubería de Polietileno de 1/2pulg. En Calzada de Asfalto)

TPE2CO

TPE2CO (Tubería de Polietileno de 2pulg. En Calzada de Concreto)

TPE4ZV

TPE4ZV (Tubería de Polietileno de 4lg. En Calzada en Zona Verde)

TPE6TAS

TPE86AS (Tubería de Polietileno de 6pulg. En Calzada en Asfalto)

TPE10063AS

TPE100-63AS (Tubería de Polietileno de Alta Densidad de 63 mm en Calzada Asfalto)

TPE100315ZV

TPE100-315ZV (Tubería de Polietileno de Alta Densidad de 315 mm en Zona Verde)

· Unidades Constructivas para calidad y Otras Unidades

Equipos de calidad

La información geográfica que represente un equipo de calidad y otras unidades debe ser representada con geometría Tipo Punto, con la correspondiente descripción alfanumérica del elemento por código de la UC:

Nombre del Elemento

Código UC (Descripción)

PLI01

PLI01 (Data Logger o Monógrafo de 12”)

PLI02

PLI02 (Cabezas de prueba o columnas de agua)

IO01

IO01 (Detector sensor electroquímico)

IO02

IO02 (Detector portátil de Odorizante)

SGL01

SGL01 (Sistema digital de grabación, múltiples municipios)

SGL02

SGL02 (Sistema digital de grabación, 1 municipio)

PC01

PC01 (Caja de inspección)

MPC01

MPC01 (Cromatógrafo en línea instalado)

MPC02

MPC02 (Higrómetro)

Otras unidades

Nombre del Elemento

Código UC (Descripción)

CCONTRL

CCONTRL (Equipos de control para sistemas de gas natural por ERPC o ERP)

LCPE1/2

LCPE-1/2” (Limitador Caudal para Tubería de PE de ½”)

LCPE3/4

LCPE-3/4” (Limitador Caudal para Tubería de PE de ¼”)

LCPE1

LCPE-1” (Limitador Caudal para Tubería de PE de 1”)

LCPE2

LCPE-2” (Limitador Caudal para Tubería de PE de 2”)

LCPE3

LCPE-3” (Limitador Caudal para Tubería de PE de 3”)

LCPE4

LCPE-4” (Limitador Caudal para Tubería de PE de 4”)

LCPE6

LCPE-6” (Limitador Caudal para Tubería de PE de 6”)

· Activos Especiales

Los Activos Especiales tales como cruces subfluviales, subterráneos, sobre cerchas o puentes y otros activos no homologados en las Unidades Constructivas, deberán ser reportados separadamente y cada uno debe estar en una capa diferente claramente identificada, con información propia de cada elemento.

Nombre del Elemento

Descripción

ACTUADOR

Actuador

BYPASS

Bypass

CONEX_TRANS

Conexión a red de Transporte

X_VIAL

Cruces de vías

X_SUBTERR

Cruces subterráneos

X_AUTO

Cruce de autopista o vía nacional

X_AEREO

Cruce aéreo

X_AEREO6AC

Cruce aéreo de Acero hasta 6”

X_AEREO075

Cruce aéreo menor de PE de ½”

X_SUBFLUV

Cruces subfluviales

X_SUBFLUVAC

Cruces subfluviales en Acero Km

X_SUBFLUVPE

Cruces subfluviales en PE

X_FERRO

Cruces ferrocarril y de metro

X_POLIDUC

Cruces de poliducto

X_RIO

Estructura colgante ríos

ODORIZAR

Equipos de odorozación

CATODICA

Equipos de protección catódica

HOTTAP

Hot tap y equipo de Obturación

LASTRADO

Lastrado en acero

PROTEC_RIO

Placas de protección de río

POLIVALVULA

Poliválvulas

BALSACRETO

Protección del río con Balsacretos

RASPADOR

Trampa de raspatubos

3. Generalidades

En este proceso de recopilación de información geográfica se requiere que cada empresa realice el respectivo proceso de recolección y adaptación de la información a los parámetros técnicos especificados anteriormente, con el fin de que se pueda proporcionar la información a la CREG de manera estandarizada e integrada. En caso que requiera ampliación o ajuste de la solicitud de información geográfica, se emitirá una circular posteriormente.

Entendiendo que la mayoría de las empresas ya cuentan con un Sistema de Información Geográfica -SIG- oficialmente constituido, solicitamos la mayor cantidad de información geográfica temática con la que cuenten, que permita alimentar el sistema de verificación. Se debe anexar con la entrega del archivo digital, los metadatos correspondientes a las capas, inventario en formato Excel de las entidades geográficas a entregar, catálogo de objetos o catálogo de símbolos.