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ÚLTIMAS TENDENCIAS EN ÚLTIMAS TENDENCIAS EN FISCALIZACIONES DE SUNAT Fernando Zuzunaga octubre 2013

Zuzunaga_17-10-2013

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LTIMAS TENDENCIAS EN LTIMASTENDENCIASENFISCALIZACIONESDESUNATFernandoZuzunagaoctubre2013NDICE2INTRODUCCINREQUERIMIENTOSALMARGENDEUNPROCEDIMIENTODEFISCALIZACINCASOS CASOS FACULTADESDELAADMINISTRACIN LOSCASOSSEENMARCANDENTRODELASFACULTADES?REQUERIMIENTOSPREVIOSYDENTRODEUNPROCEDIMIENTODEFISCALIZACIN CASOSCONTROVERSIALES FACULTADESDEFISCALIZACINYDETERMINACIN CMODEBENTRATARSELOSCASOSPLANTEADOSCONFORMEALCDIGOTRIBUTARIO? INGRESOCOMORECAUDACINENCUENTADETRACCIONES:SANCIONESINTRODUCCIN3LTIMASTENDENCIAS ENCUANTOALAFORMADEFISCALIZAR ENCUANTOALOSREPAROSQUEVIENENSIENDOFISCALIZADOSRELACINENTRELAADMINISTRACINYADMINISTRADOS:DTFORMAL FORMAL TENDENCIAAUNAACTUACININFORMTICA TENDENCIAAUNAACTUACINDECAMPO INDUCTIVA SOLICITUDESDEINFORMACINATERCEROS CRUCESDEINFORMACINLIQUIDACIONES POR COMPULSA LIQUIDACIONESPORCOMPULSA FISCALIZACIONESPARCIALESREQUERIMIENTOSALMARGENDEUNPROCEDIMIENTODEFISCALIZACIN4GIRANENTORNOAESQUELASDECITACINPORINCONSISTENCIASREQUERIMIENTOSALMARGENDEUNPROCEDIMIENTODEFISCALIZACIN5Seor contribuyente:EJEMPLODEESQUELAPor medio de la presente, hacemos de su conocimiento que producto de los cruces de informacin realizados como parte de nuestrocontrol permanente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con el fin de promover su regularizacin, le informamosque Ud. presenta inconsistenciasen relacin al Impuesto a la Renta correspondiente alejercicio gravable 2008, tal como se indica a continuacin: ejercicio gravable 2008, tal como se indica a continuacin:01. De acuerdo a la informacin de los ingresos declarados en los pagos a cuenta del IRTA contra los ingresos declarados en el IRTAanual, ha omitido ingresos en la declaracinanual del IRTA del ejercicio gravable 2008.02. De acuerdo a la informacin de los ingresos declarados en el IGV contra los ingresos g gdeclarados en el IRTA anual, ha omitido ingresos en la declaracin anual del IRTA delejercicio gravable 2008.En tal sentido, le requerimos revise y regularice sus declaraciones y pagos a fin de determinar la existencia de algunaomisino error y proceda voluntariamente a presentar las declaraciones juradas, caso contrarionos informe a travs de un escrito presentado enmesa de partesde nuestra oficina sito enCALLECALLAO N 860, losmotivos por los cualesusted considera que no debe regularizar la mencionada declaracin. El plazo para el cumplimiento de lo sealadoenla presenta carta esde diez (10) dashbilescontados desde el da hbil siguiente a sunotificacin.Finalmente, para cualquier consulta relacionada a este documento, usted puede llamar al telfono 284730 Anexo(s): 40229 4023040231 de lunesa viernesde 8.30 a.m. a 4.30 p.m.REQUERIMIENTOSALMARGENDEUNPROCEDIMIENTODEFISCALIZACIN:CASOS6TIPOSDEACTOSNOTIFICADOSEsquelasdecitacinporINCONSISTENCIAS( fSector econmico(nosenotificaresultado) IGV - IRInconsistenciasSPOTIR - DividendosInconsistenciasSPOTIR pagos a cuenta IRpagos a cuentaCASO1:INCONSISTENCIASPORSECTORECONMICO7Se han detectado inconsistencias en relacin al Impuesto General a las Ventas Se han detectado inconsistencias en relacin al Impuesto General a las Ventas(IGV) y/o Impuesto a la Renta correspondiente al perodo Noviembre 2010 aOctubre 2011 al haberse determinado un IGV por pagar debajo del promedio delsector econmico al que pertenece q pHe tradotoda mi documentacin original Estoy aterrado!J ULIO2011ENERO2011OCTUBRE2011MAYO2011J UNIODICIEMBRE2011J UNIO2011 ABRIL2011CASO2:INCONSISTENCIASIGV IR8Producto de los cruces de informacin realizados usted Producto de los cruces de informacin realizados, ustedpresenta inconsistencias en relacin al Impuesto a laRenta correspondiente al ejercicio gravable 2012. p j gDe acuerdo a la informacin de los ingresos declarados De acuerdo a la informacin de los ingresos declaradosen el IGV contra los ingresos declarados en los pagos acuenta del IRTA, se ha omitido ingresos en la declaracin , gde los pagos a cuenta del IRTA en el perodo enero amayo 2012.CASO3:NOTIFICACIN:INCONSISTENCIASIR DIVIDENDOS9Se verifica el asistente de la casilla Adiciones, en el rubrootros de la Declaracin Jurada Anual y se emite carta otros de la Declaracin Jurada Anual y se emite cartainvitando al contribuyente a verificar sus declaraciones ypagar el 4.1% por considerarse disposicin indirecta de p g p pdicha renta no susceptible de posterior controltributarioCASO4:NOTIFICACIN:INCONSISTENCIASSPOT10las ventas declaradas por IGV contiene informacin no consistente (menoresventas declaradas) en relacin con los depsitos efectuados en las cuentas dedetraccin por concepto de operaciones gravadas con dicho impuesto (venta debienes, prestacin de servicios y/o contratos de construccin); depsitos que sesustentan en constancias de depsitos que registran haber sido efectuadas poroperaciones correspondientes al perodo tributario Enero 2012.Se quieren llevar mi platitaES MIPLATA!!!ENERO2011J ULIO2011DICIEMBRE2011OCTUBRE2011MAYO2011J UNIO20112011FACULTADESDELAADMINISTRACINTRIBUTARIA11RECAUDACIN / FISCALIZACIN / DETERMINACIN / SANCIONES RECAUDACIN/FISCALIZACIN/DETERMINACIN/SANCIONESFISCALIZACINOVERIFICACINArt 61 CT Art.61CTFUNCINFISCALIZADORAArt 62 CTInspeccinInvestigacinArt.62CT CARACTERSTICASgControldeCumplimiento DISTINCINENTRELAFISCALIZACINYLAVERIFICACINFACULTADESDEFISCALIZACINOVERIFICACIN12Art. 62 Facultad de Fiscalizacinse ejerce en forma discrecional, segn Norma IV del TP.El ejercicio de la funcin fiscalizadora incluye la inspeccin9. Requerir el auxilio de la fuerza pblica para el desempeo de sus funciones El ejercicio de la funcin fiscalizadora incluye la inspeccin, investigacin y el control del cumplimiento de obligaciones tributarias, incluso de aquellos sujetos que gocen de inafectacin, exoneracin o beneficios tributarios. Para tal efecto, dispone de las siguientes facultades discrecionales:1. Exigir a los deudores tributarios la exhibicin y/o presentacin de sus libros registros y documentosfunciones10. Solicitar informacin a las Empresas del Sistema Financiero 11. Investigar los hechos que configuran infracciones tributarias12. Requerir a las entidades pblicas o privadas para que informen o comprueben el cumplimiento de obligaciones tributarias de los sujetos sometidos al mbito de su competencia o con los cuales realizan operaciones bajo responsabilidad libros registros y documentos2. en fiscalizacin o verificacin,copia detodo o parte de los soportes e instrumentos materiales, documentacin relacionada. Facultad de regular 3. Requerir a terceros informaciones y exhibicin y/o presentacin de sus libros, registros, documentos, emisin y uso de tarjetas de crdito o fi d i i l l f di ioperaciones, bajo responsabilidad.13. Solicitar a terceros informaciones tcnicas o peritajes.14. Dictar las medidas para erradicar la evasin tributaria.15. Evaluar las solicitudes presentadas y otorgar, en su caso, las autorizaciones respectivas en funcin a los antecedentes y/o al comportamiento tributario del deudor .16 A t i l lib d t lib i t t bl t afines y correspondencia comercialen la forma y condiciones solicitadas.4. Solicitar la comparecencia de los deudores tributarios o terceros5. Efectuar tomas de inventario de bienes o controlar su ejecucin, efectuar la comprobacin fsica, su valuacin y registro; as como 16. Autorizar los libros de actas, libros y registros contables u otros libros y registros 17. Colocar sellos, carteles y letreros oficiales, precintos, cintas, seales 18. Se regula con detalle el procedimiento de acceso a la informacin en reparos por precios de transferencia.19. Supervisar el cumplimiento de las obligaciones tributarias realizadas practicar arqueos de caja, valores y documentos, y control de ingresos6. En caso presumaevasin tributaria, inmovilizar los libros, archivos, documentos, registros en general y bienes7. En caso presuma evasin tributaria, incautar libros, archivos, documentos, registros en general y bienespor los deudores tributarios en lugares pblicos a travs de grabaciones de video.20. Utilizar la informacin contenida en los libros, registros y documentos de los deudores tributarios que almacene, archive y conserve.Ninguna persona o entidad, pblica o privada, puede negarse a 8. Practicar inspecciones en los locales ocupados, bajo cualquier ttulo, por los deudores tributarios, as como en los medios de transporte. Descerraje con autorizacin judicial. En el acto de inspeccin , tomar declaracionesa quienes se encuentren en los locales o medios de transporte inspeccionados.suministrar a la Administracin Tributaria la informacin que sta solicite para determinar la situacin econmica o financiera de los deudores tributarios.FACULTADESDEFISCALIZACINOVERIFICACIN13Artculo 87.- OBLIGACIONES DE LOS ADMINISTRADOSLos administrados estn obligados a facilitar las labores de fiscalizacin y determinacin que realice la Administracin Tributaria y en especial debern:()5. Permitir el control por la Administracin Tributaria, as como presentar o exhibir, en las oficinas 5. Permitir el control por la Administracin Tributaria, as como presentar o exhibir, en las oficinas fiscales o ante los funcionarios autorizados, segn seale la Administracin, las declaraciones, informes, libros de actas, registros y libros contables y dems documentos relacionados con hechos susceptibles de generar obligaciones tributarias, en la forma, plazos y condiciones que le sean requeridos, as como formular las aclaraciones que le sean solicitadas. sean requeridos, as como formular las aclaraciones que le sean solicitadas.()6. Proporcionar a la Administracin Tributaria la informacin que sta requiera, o la que ordenen las normas tributarias, sobre las actividades del deudor tributario o de terceros con los que guarden relacin, de acuerdo a la forma, plazos y condiciones establecidas. guarden relacin, de acuerdo a la forma, plazos y condiciones establecidas.()7cuando el deudor tributario est obligado o haya optado por llevar de manera electrnica los libros, registros o por emitir de la manera referida los documentos que regulan las normas sobre comprobantes de pago () la SUNAT podr sustituirlo en el almacenamiento archivo y sobre comprobantes de pago () la SUNAT podr sustituirlo en el almacenamiento archivo y conservacin de los mismos9. Concurrir a las oficinas de la Administracin Tributaria cuando su presencia sea requerida por sta para el esclarecimiento de hechos vinculados a obligaciones tributarias.FACULTADESDEFISCALIZACINOVERIFICACIN:CARACTERSTICAS14 Las facultades de fiscalizacin o verificacin se ejercen mediante la funcin Las facultades de fiscalizacin o verificacin se ejercen mediante la funcinfiscalizadora, cuyos alcances estn detallados en el artculo 62 Las obligaciones de los administrados (artculo 87) no bastan pues tienen que tenerun correlato con las facultades del artculo 62 un correlato con las facultades del artculo 62 Las facultades de fiscalizacin o verificacin se ejercen mediante un procedimientoque inicia la Administracin tendente a que el tributo creado sea un tributo exigido El procedimientocomprendelas facultades del artculo62queseejercendiscrecionalmente El ejercicio discrecional significa que la:leyhatenidoqueconfigurarnecesariamentevarioselementosdedichapotestadyqueladiscrecionalidad,entendidacomolibertaddeapreciacinporlaadministracin,slopuedereferirseaalgunoselementos().Enconcretopuededecirsequesoncuatroporlomenosloselementosreglados por la ley en toda potestad discrecional y que no pueden dejar de serlo: la existencia misma regladosporlaleyentodapotestaddiscrecionalyquenopuedendejardeserlo:laexistenciamismadelapotestad,suextensin,lacompetenciaparaactuar,laquesereferiraunentey,porltimo,elfinporquetodopoderesconferidoporlaleycomouninstrumentoparalaobtencindeunafinalidadespecfica.GARCADEENTERRIAFACULTADESDEFISCALIZACINOVERIFICACIN:CARACTERSTICAS15 El contenido de la facultad discrecional se restringe a que la Administracin El contenido de la facultad discrecional se restringe a que la Administracindetermine:a) Los deudores que sern materia del procedimiento) b) El tributo y perodoc) Los puntos crticos que sern revisadosd) El tipo de actuacin que se llevar a cabo en el procedimientoe) El otorgamiento de plazos e) El otorgamiento de plazosf) La aceptacin de solicitudes de prrrogaPonencia General Dr. Fernndez CartagenaXII Jornadas Nacionales del Instituto Peruano de Derecho Tributario Lo discrecional no significa arbitrario. Las conductas discrecionales deben estarsujetas a lmites imperativos como el inters pblico, los derechosfundamentales los principios de legalidad razonabilidad proporcionalidad y no fundamentales, los principios de legalidad, razonabilidad, proporcionalidad y noincriminacinFACULTADESDEFISCALIZACINOVERIFICACIN:CARACTERSTICAS16El deber de motivacin distingue el acto discrecional del arbitrario El deber de motivacin distingue el acto discrecional del arbitrarioExpediente 46806AA/TC: Principios constitucionales tributarios son lmites al ejercicio de la potestad tributaria, perotambin garantas de las personas frente a esa potestad ( ) Este amplio margen de actuacin se tambin garantas de las personas frente a esa potestad () Este amplio margen de actuacin seencuentra limitado. En efecto mientras mayor sea la discrecionalidad de la Administracin, mayordebe ser la exigencia de la motivacin del acto, ya que la motivacin expuesta permitir distinguirentre un acto de tipo arbitrario frente a uno discrecionalExpediente 416806PA/TC:La Administracin tiene que motivar sus Requerimientos ms an cuando la informacin requeridano determina por s misma una finalidad de relevancia tributaria evidente no determina por s misma una finalidad de relevancia tributaria evidenteDISTINCINENTREFISCALIZACINYVERIFICACIN171. ACTUACIONESDEFISCALIZACINVERTICAL FISCALIZACINPARCIAL FISCALIZACINDEFINITIVA2. ACTUACIONESDEFISCALIZACINHORIZONTAL VERIFICACIONES ACCIONESINDUCTIVAS SOLICITUDESDEINFORMACINA TERCEROS / CRUCES Enelcasodelascomprendidasen2Culeselprocedimientolegalestablecido?ATERCEROS/CRUCESArt.61,Art.62,Art.75,Art.92,Art.109LOSCASOSSEENMARCANDENTRODELASFACULTADES?18TIPOSDEACTOSNOTIFICADOSEsquelasdecitacinporINCONSISTENCIAS( fSector econmico: en cuanto a que sus pagos no corresponden a ratios: falta (nosenotificaresultado)p g padecuada motivacinIGV - IR: en cuanto a la consistenciaIGVIR: en cuanto a la consistencia sobre ingresos de IGV que no coinciden con los ingresos para pagos a cuenta: falta adecuada motivacinIR - Dividendos: en cuanto a que la adicin a la renta motiva el pago deadicin a la renta motiva el pago de 4.1: motivacin errnea19REQUERIMIENTOS PREVIOS Y DENTRO REQUERIMIENTOSPREVIOSYDENTRODEUNPROCEDIMIENTODEFISCALIZACINREQUERIMIENTOSPREVIOSALA FISCALIZACIN20LAFISCALIZACINInforme de auditora de los Estados Financierosemitido por los auditores externos y la MemoriaAnual de la empresaCASO1CARTAS deDescripcin detallada de la metodologa desistemasde costosutilizadoCASO2Programacin operativaCuestionario de Informacin General y de ControlCASO3Informacin contable almacenada en la base de d tdlM diM tiCASO4datos de la empresa en Medios MagnticosCuestionariodeControl21CuestionariodeControl22CUESTIONARIODECONTROL23CUESTIONARIODECONTROL24CUESTIONARIODECONTROL25CUESTIONARIODECONTROL26INFORMACINCONTABLEALMACENADAENMEDIOSMAGNTICOS27REQUERIMIENTOSPREVIOSALAFISCALIZACIN28S li it d d i f i ? Solicituddeinformacin?Cuadro sobre valorizacin Cuadro en Excel y en medio magntico/explicacionesde todaslasoperacionesdel aode minerales 2012Contratos y Adendas de todas las operaciones del aoSOLICITUDDEINFORMACIN2930CMODEBENTRATARSELOSCASOSPLANTEADOSENLOSPROCESOSDEFISCALIZACIN?ESTN DENTRO O FUERA DE UN PROCESO?ANTESDESPUSESTNDENTROOFUERADEUNPROCESO?DESPUSodeinRTF0794352010N h i i i d lRTF1328922008() en diversas resoluciones de esteTribunal, tal como la Resolucin N0489 2 1999 se ha sealado que elmentolizaciNo se ha iniciado elprocedimiento defiscalizacin toda vez queno se ha notificado la carta048921999 se ha sealado que elprocedimientodefiscalizacinseinicia con la notificacin del primerrequerimiento, mediante el cual seeglamFiscaque presenta al agentefiscalizadorle solicita la documentacinpertinente a efecto de revisar unperodo tributario determinado.ReFCMODEBENTRATARSELOSCASOSPLANTEADOSENLOSPROCESOSDEFISCALIZACIN?ESTN DENTRO O FUERA DE UN PROCESO?31ESTNDENTROOFUERADEUNPROCESO?INICIOdelProcedimientodeFiscalizacinArt.1Carta que CartaquepresentaalAgenteFi li dPrimerRequerimientoFiscalizadorREQUERIMIENTOSCONTROVERSIALESDENTRODEUNPROCESODEFISCALIZACIN?32EjemplosdeFiscalizacin parcialTributo: IGV - adquisicionesd 4FiscalizacionescuyosrequerimientosPerodo: 4 mesesElemento: Crdito fiscalAspecto: operaciones de compraSe solicita: Todos los libros contables qexcedensusalcancesFiscalizacin definitivaTributo: Essalud (12 meses)Se solicita: Base de clculo de ONP e IR 5ta categoraALCANCES:REQUERIMIENTOFISCALIZACINPARCIAL33ALCANCES:FISCALIZACINESSALUD34REFLEXIONESAPROPSITODELAFISCALIZACINPARCIALYDEFINITIVA35 SETRATANDEREQUERIMIENTOSNULOSPORVIOLARELPROCEDIMIENTOESTABLECIDO? CULESSONLOSALCANCESDELADETERMINACINPARCIAL?SETRATADEUNACTODISCRECIONAL? ACTO DECLARATIVO DETERMINACIN ACTODECLARATIVO CONSTATALAREALIZACINDEHECHOIMPONIBLE TORNAENLQUIDOELHECHOIMPONIBLENACIDO=> QUANTUMDEBEATUR CLASIFICACIN ENFUNCINALSUJETOQUELOREALIZA ENFUNCINALABASEUTILIZADA ENFUNCINALALIBERACINDELDEUDORREFLEXIONESAPROPSITODELAFISCALIZACINPARCIALYDEFINITIVA36 NUEVA REGULACIN MEZCLA CLASIFICACIN EN FUNCIN A LA BASE CONCLASIFICACIN EN FUNCIN A LA LIBERACIN ACTUALMENTE TENEMOS UNA DETERMINACIN PARCIAL QUE SERPROVISIONAL EN LA MEDIDA QUE LA OBLIGACIN TRIBUTARIA NO ESTTOTALMENTE CUANTIFICADA Y ESTAR SUJETA A UNA DEFINITIVA QUE SERLA DETERMINACIN INTEGRAL (EN LA MEDIDA QUE RECOJA LA PARCIAL)ADEMS DE LA DEFINITIVA. NO NECESARIAMENTE SER LA NICA SIENDO LA DETERMINACIN UN ACTO REGLADO CABEN VARIASDETERMINACIONES PARCIALES? SE PUEDE FISCALIZAR AL MISMO TIEMPODOS ELEMENTOS MEDIANTE FISCALIZACIONES PARCIALES INDEPENDIENTES?INGRESOCOMORECAUDACINENCUENTADETRACCIONES37FISCALIZACIN FISCALIZACINBasta la deteccin174 1No175 1Omitirllevar176 1No presentar177 1Noexhibir178 1Declararcifras oemitirCPlibrosy/oregistrosNopresentarDeclaracioneslibros,registrosuotroscifrasodatosfalsosIngresocomorecaudacindelosfondosdelascuentasdedetraccionesLTIMAS TENDENCIAS EN LTIMASTENDENCIASENFISCALIZACIONESDESUNAT