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ESCENA DEL CRIMEN(Cuestiones Doctrinarias)
Pablo A. RODRGUEZ REGALADOCoronel PNP (r) Abogado Perito Criminalstico
Doctor en Ciencias Forenses y Criminalsticapor la Universidad Nacional San Agustn-Arequipa
Docente Universitario de Pre y [email protected]
A. INTRODUCCIN
El trmino Escena del Crimen, nos es bastante conocido, sobre todo porque
los medios de prensa, la televisin; y, el cine, se han encargado de difundir su
significado, el mismo que a su vez se encuentra contenido en los diversos tratados
criminalsticos y de ciencias forenses, publicados en muchos pases.
La expresin Escena del Crimen, es de mayor relevancia en las esferas
policiales y judiciales, pues existe preponderancia en cuanto a su manejo, sobre todo,
cuando se trata de hechos criminales de connotacin y que de por medio comprometen
la vida de las personas.
Y, en ese entender, tambin es importante que tengamos en consideracin los
alcances doctrinarios que lo circundan, de tal forma que podamos verificar si estamos
en el sentido correcto de su significado o es que existen algunas contradicciones con la
realidad del mundo que nos rodea.
Para ello, examinemos algunos aspectos que considero necesarios e
importantes para comenzar con el desarrollo del tema propuesto. En principio
debemos de tener en claro el significado del trmino Doctrina, que no viene a ser
sino una palabra que encuentra su origen en el latn doctrina, y haciendo la consulta
necesaria tenemos lo siguiente: Doctrina: 1. Conjunto de ideas, enseanza o
principios bsicos defendidos por un movimiento religioso, ideolgico, poltico, etc. 2.
Conjunto de conocimientos tericos sobre un tema. 3. Opinin o conjunto de ideas de
un autor o escuela. 4. DER. Conjunto de trabajos que tienen por objeto exponer o
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interpretar el derecho, y que constituye una de las fuentes de las ciencias jurdicas.1
No obstante lo acotado por esta vertiente,, profundizaremos algo ms; y, encontramos
que: Doctrina: Enseanza instructiva. Ciencia o sabidura. Opinin de uno o variosautores acerca de una materia... Doctrina Comn: Opinin que por lo comn
profesan la mayor parte de los autores que han escrito acerca de un mismo asunto o
materia...2.
Queda entonces claro que cuando hablamos de Doctrina, nos referimos a
unos conocimientos que forman parte de una opinin compartida por autores o
tratadistas, que por consenso la admiten como tal.
En consecuencia, el tema a tratar, versa justamente en verificar, si el sentido o
significado del trmino Escena del Crimen, se ajusta a la realidad vigente, teniendo
en consideracin el tiempo transcurrido desde el inicio de su empleo; y, el entorno en
el que ste surgiera; toda vez que, los conocimientos al emplear trminos que definen
aspectos que le son propios, requieren necesariamente una revisin que compruebe su
vigencia, de lo contrario, habra un desfase entre la realidad y lo que se dice de ella.
No est dems verificar lo que nos dice el trmino Definir, bajo el rigorcientfico, encontrando que: Para comprender lo que se dice es menester descubrir
lo que las palabras significan; es aqu cuando aparece la necesidad de las
definiciones. Un propsito de la definicin, por ende, es enriquecer el vocabulario de
la persona para la cual se da la definicin... Otro propsito al que puede servir la
definicin es eliminar la ambigedad3. Pero tambin tenemos que: Otra finalidad
que podemos perseguir an al definir un trmino es formular una caracterizacin
tericamente adecuada o cientficamente til del objeto al cual deber aplicrsele.4
Teniendo esto debidamente aclarado, pasamos a nuestro siguiente tema.
B. ANTECEDENTE QUE DIO ORGEN AL TRMINO ESCENA DEL
CRIMEN
1LAROUSSE; El Pequeo Larousse Ilustrado, Ediciones Larousse S. A. De C. V., Dcimo Tercera Edicin, Colombia,
2007, p. 358.2RAMN SOPENA; Enciclopedia Concisa Sopena, Tomo 2, Editorial Ramn Sopena S. A., Barcelona-Espaa, 1982, p.
786.3COPI, Irving M.; Introduccin a la Lgica, Eudeba, Cuarta Edicin, Bs. Aires-Argentina, 2000, pp. 123-124.
4COPI; op. cit., p. 127.
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Es en la obra del insigne profesor HANNS GROSS, nombrado como el Padre
de la Criminalstica, cuando dentro de la organizacin sistemtica que le diera a stos
conocimientos en 1892, consider como parte del Procedimiento de la InspeccinOcular (actividad propia de ste funcionario judicial) la denominada: Descripcin
de la escena del delito que contena como actividades fundamentales a la descripcin
del ambiente prximo al cuerpo, a la descripcin de las ropas o lo que se encontr en
ellas; y, a la determinacin de la data de la muerte como de la presencia de
necrforos en el cadver; es decir, sta fue la concepcin de HANNS GROSS, para
lo que deba entenderse como escena del delito; no olvidemos el ttulo singular de
su obra: Manual del Juez de Instruccin como Sistema de Criminalstica, que es elnombre resultante de la traduccin del alemn que era: Handbuch fr
Untersuchungsrichter als System der Kriminalistik5. Traduccin, que dicho sea de
paso, es tal cual se nos ha hecho conocer; pero tambin cabe sealar, que al ser
traducida al espaol, slo se le cit como Manual del Juez, mutilndosele parte del
ttulo original. Otro pequeo detalle que se desprende del mismo contenido de la obra,
es el relacionado a los delitos en los que stos jueces en aquel entonces, se constituan
a practicar su Inspeccin Ocular, que eran los siguientes y que aparecen
mencionados en el punto B. PARTE ESPECIAL. 4. Delitos especiales y modalidades
que emplean los delincuentes para cometerlos: Lesiones, Hurtos, Estafas o
estelionato, Daos y perjuicios a la propiedad, Accidente. Como vemos, el propio
HANNS GROSS, especificaba en que casos era de aplicacin la Inspeccin Ocular,
en la Escena del Crimen, segn su entender de la poca.
C. COMO ENTIENDE LA DOCTRINA VIGENTE A LA ESCENA DEL
CRIMEN
En el claro entendido de que la doctrina est constituida por las opiniones de
tratadistas, obviamente compenetrados con un conocimiento particular, que para el
presente caso es el criminalstico, hemos recurrido a verificar las definiciones que con
el transcurso del tiempo se le han venido a dar; y, que se encuentran contenidas en
algunos libros, manuales o tratados que versan sobre la materia, con el resultado
siguiente:
5 POLICA DE INVESTIGACIONES DEL PER; Manual de Criminalstica, Editorial Tipografa Offset Peruana S. A.,
Lima-Per, 1966, pp. 05-06.
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01. HEFFRON: Es elrea donde se ha cometido un delito6, as como la porcin de
los alrededores de esa rea a travs de la cual pueden ingresar las personas en
la escena o salir de ella. Asimismo, todas las partes del rea adyacente a laescena por la cual los sospechosos o la vctima puedan haber pasado o donde
puedan ubicarse las evidencias o cualquier indicio que se presuma vinculado con
el delito7.
02. POLICA DE INVESTIGACIONES DEL PER: Teniendo en consideracin
que la escena del delito es el rea donde se ha cometido el acto delictuoso, as
como la porcin de sus alrededores a travs de la cual pueden haber ingresado o
salido los presuntos responsables; es decir, incluye el rea adyacente a la escenamisma8.
03. OLGA NIETO: es el espacio donde se diploma con profesionalismo el fiscal y
donde se aprende la verdadera universidad. No se puede aplicar justicia sin que
el investigador se involucre y se entregue de lleno a la investigacin del delito en
el sitio donde sucedi9.
04. LPEZ Y GMEZ: El lugar de los hechos es el sitio relativo a la comisin
del delito (no necesariamente un homicidio) en alguna de sus fases, y en l debe
haber quedado alguna huella o signo del autor o algunas de las caractersticas
propias del incidente10.
05. JUVENTINO MONTIEL SOSA: Se entiende como lugar de los hechos el
sitio donde se ha cometido un hecho que puede ser delito11.
06. ABEL GUTIERREZ CHVEZ: Lugar del hecho es el sitio o espacio en
donde se ha cometido un acto ilcito, y en donde se encuentran los indicios yevidencias. Tambin se le conoce como el lugar del delito, la escena del crimen,
6El subrayado es nuestro.
7POLICA DE INVESTIGACIONES DEL PER, Manual de Criminalstica, Servicio de Prensa y Publicaciones de la PIP,
Lima-Per, 1965, p. 27.8POLICA DE INVESTIGACIONES DEL PER; Introduccin a la Investigacin Policial y Manual de Procedimientos de
Investigacin Criminal, Distribuidora Comercial Murakami S. A., Lima-Per, 1989. p. 27.9LPEZ CALVO, Pedro y GMEZ SILVA, Pedro; Investigacin Criminal y Criminalstica, Editorial Temis S. A., Bogot-
Colombia, 2000. p. 13.10
LPEZ CALVO, Pedro y GMEZ SILVA, Pedro; Investigacin Criminal y Criminalstica, Editorial Temis S. A., Bogot-Colombia, 2000. p. 13.
11MONTIEL SOSA, Juventino; Criminalstica, Tomo 1, Editorial Limusa, Mxico, 2002, p. 99.
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o el escenario del delito; el propsito fundamental de su estudio es el de lograr
tanto la reconstruccin del hecho como su verdad histrica12
07. JORGE O. SILVEIRA: La escena del crimen o lugar del hecho, es aquella
porcin de espacio donde se materializ el acto, susceptible de revelarse por
vestigios objetivamente constatables; es la fuente por excelencia de los indicios
pesquisables inmediatamente, capaces de posibilitar el esclarecimiento del
hecho13.
08. JOS ADOLFO REYES CALDERN: Se entiende por escena del crimen el
lugar donde los hechos sujetos a investigacin fueron cometidos, los rastros y
restos que quedan en la vctima y victimario y en algunos casos en personas
presenciales de los hechos u omisiones. Entindase por lugar de los hechos en
donde acaeci el suceso o se omiti una accin y el recorrido que los
protagonistas del crimen hayan realizado para su comisin, desenvolvimiento y
consumacin y ocultamiento14.
09. POLICA NACIONAL DEL PER: Es el lugar o escenario donde se ha
desarrollado un hecho que puede ser delito y que amerita una investigacin
policial. Su importancia radica en que guarda los indicios y/o evidencias que van
a permitir el esclarecimiento de la verdad, mediante una investigacin ordenada
y cuidadosa de esta escena15.
10. POLICA NACIONAL DEL PER: La Escena del Crimen, es el lugar
donde se presume que se ha cometido un delito y amerita una investigacin
policial. No existe norma que pueda definir con exactitud las dimensiones de la
escena. Las evidencias fsicas se encuentran normalmente en el lugar donde ha
actuado el autor contra la vctima o sus bienes...16
De la lectura de todas stas, podemos verificar que la idea principal se encuentra
centrada en funcin de un espacio fsico en el que se han hecho presentes las
personas del agentecomo la vctimao sino sobre el espacioen el que acta de
12GUTIERREZ CHVEZ, Abel; Manual de Ciencias Forenses y Criminalstica, Segunda Edicin, Editorial Trillas, Mxico,2002, p. 39.
13 SILVEYRA, Jorge O.; Investigacin Cientfica del Delito-La escena del crimen, Ediciones La Rocca, Bs. Aires-Argentina, 2004, p. 28.
14
REYES CALDERN, Jos Adolfo; Tratado de Criminalstica, Tercera Edicin, Crdenas Velasco Editores, Mxico,2005, p. 17.
15POLICA NACIONAL DEL PER, Gua de Procedimientos Criminalsticos PNP, Lima-Per, 2005, p. 17.
16POLICA NACIONAL DEL PER; Manual de Criminalstica, Primera Edicin, Servicios Grficos JMD, Lima-Per, 2006,p. 14.
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alguna forma el primero de los nombrados en atencin a su intencionalidad, cual es la
de cometer un delito acto humano que para comprenderlo con mayor claridad
citaremos lo expresado por el profesor AMADO EZAINE CHVEZ, cuando nos diceque ste es La conducta humana penada por la ley, he all la idea primigenia del
delito17.
De tal forma, que ya podemos ir captando la idea de como se viene
interpretando actualmente en los diversos medios (policiales, judiciales, etc.) el
significado de lo que implica el trmino: Escena del Crimen.
D. CONTROVERCIA DOCTRINARIA EN CUANTO AL TRMINO ESCENA
DEL CRIMEN
Merece nuestra atencin en materia de doctrina criminalstica, la multiplicidad
de sinnimos dados al trmino Escena del Crimen; tambin se le conoce como
Lugar del Suceso, Lugar de los hechos, Sitio del hecho, Sitio del evento
criminal, etc., trminos que no sabemos si obedecen a alguna caracterstica particular,
o es el estilo del autor de nombrar algo ya conocido de una forma ms personalizada
o sui gneris, para marcar una diferencia con el referente histrico y de sta formaimplementar su sello personal.
Ahora bien, tengamos en cuenta lo citado por ANTN BARBER y DE LUS
Y TURGANO:
Para llegar a un resultado concordante en su totalidad con la realidad
del hecho criminal, se tiene que cumplir unas etapas exploratorias, que
comienzan normalmente, con la realizacin de la Inspeccin Ocular del lugar en
donde se consum el hecho delictivo. La observacin de la escena en donde se ha
producido el crimen.
La Inspeccin Ocular Tcnico-Policial tiene su origen en el acto de
reconocimiento del lugar del suceso, misin atribuida desde antiguo a los jueces,
que posteriormente fueron auxiliados por los mdicos legistas. La primera
noticia de inspeccin ocular se tiene en el Libro de las Siete Partidas de Alfonso
X el Sabio (s. XIII). Posteriormente en el ao 1643, el tratado El juez
17EZAINE CHVEZ, Amado; Diccionario de Derecho Penal, Tercera Edicin, A. F. A. Editores Importadores S. A., Lima-Per, 1999, p. 329.
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Criminalista del Juez Antonio Mara Cospi, refiere la conveniencia de
presentarse el Juez en el lugar del suceso, as como, el de que se le tomare
inmediata declaracin a los testigos y sospechosos...18
Est claro que entre los Siglos XIII y XVII, esa Escena del Crimen (HANNS
GROSS), era aquella que deba de ser examinada por el Juez de la poca, justamente
momentos inmediatos a la ocurrencia del hecho criminal; aadiendo, citamos algo ms
de los mismos autores:
El aumento del nmero de actos delictivos, la complejidad de medios,
modos y formas utilizados por los criminales, el haber adquirido la actividad
policial un mayor significado cientfico, la exigencia de que en el lugar del
crimen se practiquen operaciones tcnicas especializadas, hizo necesario que los
Jueces encomendasen a los Policas Tcnicos parte de sus funciones
primitivas...19
Esto permite comprender el porqu la polica, a travs de sus cuerpos
especializados es la que se constituye a practicar el Examen de la Escena del Crimen
en un primer momento; y porqu, con mucha posterioridad, el Juez puede disponer la
realizacin de la Inspeccin Ocular, como un medio de verificar lo sucedido para
formar conviccin.
En pleno Siglo XXI, vemos que hay delitos en los que al momento de
producirse el hecho, interactan la vctima y el victimario; tal es el caso de un
homicidio, en el que el sujeto A luego de una ria acalorada, toma un cuchillo y se lo
introduce en el pecho al sujeto B, quien muere en el acto; dndose a la fuga el agente,
abandonando de este modo ese escenario generado; en stos casos, si es aplicable la
interpretacin que dan la mayor parte de las definiciones anteriormente consideradas.
Por tanto, hay ese espacio fsico (que desde antao suele ser observado directamente
por los jueces), en el que quedaron las evidencias fsicas (sangre, arma, huellas de
pisadas, etc.); y en algunos casos hasta el cuerpo de la vctima, listos para ser
procesados criminalsticamente como es conocido.
18 ANTN BARBER, Francisco; y, De LUIS Y TURGANO, Juan Vicente; Polica Cientfica, Volumen II, 3ra.Edicin, Editorial Tirant lo Blanch, Valencia-Espaa, 1998, p. 736.
19Op. cit.; p. 736.
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Pero tambin tenemos, segn las distintas Leyes Penales de los diversos pases,
tal cual sucede con el Cdigo Penal Peruano, otros actos calificados como delitos,
como por ejemplo aquel que se encuentra previsto en el Art. 113 como: Instigacin oayuda al suicidio, cuyo texto inicial dice : El que instiga a otro al suicidio o lo ayuda
a cometerlo...; nos preguntamos entonces Cul sera el espacio fsico de la escena de
ste acto ilcito, en el que encontraramos las evidencias fsicas de su cometido?; y,
Cules seran entonces stas evidencias resultantes?; o quiz, este otro caso, como el
que se contempla en el Art. 183 del mismo cuerpo legal, referido al delito de
Exhibiciones y publicaciones obscenas, en cuyo numeral 2. se describe uno de los
actos ilcitos (delito), de la siguiente forma El que incita a un menor de dieciochoaos a la prctica de un acto obsceno..., por lo que tambin nos preguntamos Cul
es su Escena del Crimen?, y Cules los indicios o evidencias fsicas resultantes?...;
por ltimo, ste otro caso; contenido en el Art. 364 como Participacin en ejercicio
ilegal de la profesin que cita lo siguiente : El profesional que ampara con su firma el
trabajo de quien no tiene ttulo para ejercerlo...; y, convergemos en las mismas
preguntas que para las situaciones anteriores.
Como podemos apreciar, la calificacin de Escena del Crimen, Lugar delSuceso, etc., no puede aplicarse de modo general para todos los actos criminales
resultantes de la variedad de tipos de delitos previstos en la legislacin penal
sustantiva del Siglo XXI, pues stas definiciones tienen su antecedente acuado en el
Siglo XIX, en pocas en las que se suceden Crmenes, que por su naturaleza,
generaban necesariamente indicios, evidencias o rastros fsicos verificables por
los sentidos, como muy bien se deja sentado en la obra del profesor HANNS GROSS
(Lesiones, Hurtos, Estafas o estelionato, Daos y perjuicios a la propiedad; y,Accidentes); y, que como consecuencia de esa Inspeccin Ocular que se vala de un
procedimiento que era el de la Descripcin de la Escena del Delito como bien fuera
llamada, se lograban aprehender stos.
Vemos entonces que existe una dicotoma entre lo que se entiende como
Escena del Crimen e Inspeccin Ocular en donde sta ltima significa: Medio de
prueba de eficacia excepcional, ya que consiste en el examen o reconocimiento que el
juez, el tribunal colegiado o el magistrado en que ste delegue, hace por s mismo, y aveces en compaa de las partes, de testigos o peritos, para observar directamente el
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lugar en que se produjo un hecho o el estado de la cosa litigiosa o controvertida, y
juzgar as con elementos ms discutibles20.
Surge entonces la siguiente pregunta :
Todos los actos calificados como Delitos por el Derecho Penal, tienen una
Escena del Crimen, tal y cual la concibe la doctrina vigente?
Vemos que la respuesta es No!.
De inmediato viene otra cuestin para ser aclarada:
Cabe seguir utilizando el trmino de Escenario del Crimen, para describir al
espacio en el que se comete aquel acto humano calificado como Delito?
En este caso la respuesta no surge espontneamente, por cuanto la Definicin
que hasta hoy manejbamos sobre Escena del Crimen (lugar del hallazgo de
evidencias fsicas), ya no se ajusta al momento actual, como hemos visto lneas atrs,
cuando citamos aquellos delitos que no nos presentan un Escenario tradicional, claro,
han sido cometidos en algn espacio o lugar, pero a la vez, no nos han dejado esas
evidencias fsicas como se suele esperar dentro del marco de la definicin tradicional.
En consecuencia la respuesta emerge igualmente como un rotundo No!.
Y, porqu tendra que preocuparnos esto?, es evidente que el conocimiento
doctrinario, no es permanente, debe ser actualizado para ajustarse a la realidad que nos
proporcionan las circunstancias y el momento de su comisin.
Hay que tener en claro, que en materia de conocimiento cientfico, no slo
debemos de pensar que la prctica repetida de un acto, por si mismo va a generar la
dialctica del conocimiento; sino, es indispensable analizar los contenidos tericos dela ciencia que estamos aplicando para comprobar si stos se encuentran an vigentes.
En el tema presente en particular, vemos que no ha habido mayor preocupacin para la
innovacin, lo que fcil se de verifica en los tratados disponibles, lo que desde ya,
afecta el marco terico disponible. En ste estado, surge una pregunta ms.
Cul sera el trmino genrico a que universalmente se pueda utilizar para
definir a ste espacio en el que se comete un delito o hecho criminal, si nos consta
que no podemos emplear como trmino genrico el de Escena del Crimen?20
CABANELLAS, Guillermo; Diccionario Enciclopdico de Derecho Usual, 28 Edicin, Editorial Heliasta, Bs. Aires -Argentina, 2003, p. 441.
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El tema tampoco es simple y va de la mano con otra cuestin:
No sera mejor, redefinir lo que se conoce como Escena del Crimen , y as
poder manejar mejor el trmino?
Con el objeto de aportar un solucin a ste problema, proponemos la siguiente
definicin de carcter general:
Es aquel espacio, en el que se ha llevado a cabo la comisin de
un acto calificado como delito, el mismo que puede o no dejar como
resultado evidencias fsicas, las que a su vez pueden o no esta focalizadas
en ese mismo lugar
A continuacin, pasamos a explicar la propuesta planteada:
01. Debe de tener necesariamente un espacio: Implica como elemento fundamental,
que el hecho sea llevado a cabo en un lugar determinado, lugar que puede estar
enclavado en un rea pequea (una habitacin) o sumamente extensa
(ciberespacio).
02. El acto debe de estar calificado necesariamente como delito: Si la aplicacin del
conocimiento criminalstico que implica el examen de la escena es a
consecuencia de un acto criminal, entonces es propia la nominacin, pues el
hecho en particular est comprendido en el Cdigo Penal de cada pas.
03. Que puedan quedar o no evidencias fsicas: Esto es dependiente del tipo de acto
criminal cometido; por ejemplo, veamos que para el delito de Instigacin al
suicidio el mismo que pudo haber sucedido al momento de tomar un caf en un
lugar pblico, donde Juan le dice a Mara: Mara, lo mejor que puedes
hacer en tu caso, es suicidarte (Mara es Gerente de una empresa que por una
decisin lamentable, ha perdido una ingente cantidad de dinero, afectando a la
totalidad de sus accionistas; y, el hecho es irrecuperable), como vemos son
palabras; y, stas salvo el caso de que sean grabadas, no van a dejar evidencia
fsica en el lugar; y, si Mara se suicida, no dejando una carta en la que diga
Juan me instig para que me suicide entonces no hay indicios fsicos al
respecto.
04. La escena focalizada o no: Existen actos criminales que son practicados en
ambientes definidos, tal es el caso de una habitacin, un departamento, una
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cancha deportiva, etc.; pero hay otros como el caso de los delitos informticos
que comprometen reas sumamente extensas que pudieran corresponder a
continentes o cuando menos pases, en donde el sentido de espacio esfrancamente muy amplio y hasta podra escapar a la jurisdiccin de las
autoridades de un pas.
E. SISTEMATIZACIN OBJETIVA DE LA ESCENA DEL CRIMEN
Hay otra problemtica al respecto; y, versa sobre la necesidad de proporcionar
una clasificacin operativa que dicho sea de paso, no ha sido tocada por tratadista
alguno, de seguro porque no se le ha encontrado sentido tenindose como suficienteaquella que nos habla sobre recinto cerrado ycampo abierto:
Por qu razn debemos manejar ms de una clasificacin en cuanto a los
escenarios del crimen?; es obvio, ya que a cada una de ellas le corresponde una
metodologa muy particular, dada la aplicacin de diferentes tcnicas, mtodos y
procedimientos propios de un trabajo calificado, pues seramos necios al querer
sostener que todos los casos han de ser tratados de un mismo modo. Estamos
convencidos que esto no debe continuar as, por tanto habiendo hecho el anlisisnecesario, a continuacin explicamos la siguiente propuesta de clasificacin de la
escena del crimen:
01. Segn el Espacio Fsico: Considerando que existen espacios tan amplios
como el denominado ciberespacio, proponemos la siguiente clasificacin:
a. Escena de Espacio Limitable: Aquella en donde puede serle definido un
permetro, entre stos escenarios tenemos, adems de los ya conocidos
como recinto cerrado (departamentos, viviendas, oficinas, tiendas, etc.),
por ejemplo, cuando se comete una violacin de domicilio; y, campo
abierto (terrenos baldos, estadios, va pblica, pistas de aeropuertos, etc.)
como en el caso de un asalto a un mnibus inter provincial, en la carretera;
los espacios fsicos considerados como recintos muy estrechos (cabinas de
ascensores, de vehculos, silos, pozos de agua, etc.), en donde el operador,
apenas si cabe con holgura para practicar el procesamiento de la escena,
como por ejemplo: homicidio de una persona en el interior de un vehculo.
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b. Escena de Espacio Ilimitado: Cuando no podemos marcar un permetro que
nos permita delimitar la escena, estos escenarios se aplican para delitos
cuya comisin cubre grandes superficies, llegando si ese fuera el caso a pasarfronteras de provincias, departamento, estados, pases; y, porque no hasta
continentes; tenemos el caso de la falsificacin de moneda nacional o
extranjera.
02. Segn el Hallazgo de los rastros: En ste caso tomamos una propuesta que no
nos pertenece, pero sobre la cual se suele hacer constar aquellos detalles
resultantes de la ubicacin de los indicios, evidencias o rastros, cuando stos se
vinculan con un mismo acto criminal; as tendramos:
a. Escena nica: Cuando es un solo espacio en el que se encuentran todos los
rastros habidos como consecuencia del acto criminal (presunto suicidio, que
luego de la investigacin, se verifica que fue un homicidio).
b. Escena de Contacto Inicial: Aquella en la que se tiene el primer contacto con
los rastros de la comisin de un acto criminal presunto o no (Agencia
bancaria en la que se ha perpetrado un robo, mediante un forado durante la
noche).
c. Escena Complementaria: Aquella en la que se encuentran otros rastros
vinculados con los hallados en la anterior (para el caso anterior, vendra a ser
el lugar donde los delincuentes, se alojaron el da anterior y ah conservaron
los equipos para la comisin del robo por la noche, quedaron restos de
alimentos, huellas, algunos implementos que no se llevaron, notas o
manuscritos, etc.)
d. Escenario Mltiple: Cuando son varios los puntos de ubicacin de los rastros
(el caso de atentados mltiples por delincuentes terroristas, que en una sola
fecha, una misma clula, luego de la planificacin, ha ocasionado
explosiones en centros comerciales, agencias bancarias, dependencias
estatales, etc.)
03. Segn el Tipo de Delito cometido: Clasificacin teniendo en consideracin la
variedad del Delito cometido; dicho esto, tendremos entonces escenariosacordes con el Acto criminal sancionado que en particular se haya cometido:
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Homicidio, Exposicin o Abandono Peligrosos, Violacin de la Libertad de
Expresin, Extorsin, etc. Esta clasificacin, atender a la legislacin penal
vigente en cada pas.
04. Clasificacin teniendo en cuenta el Grado de complejidad: En ste caso
tomamos en consideracin la dificultad que se puede tener por parte del operador,
para poder cumplir con el procesamiento de la escena; as entonces
contaremos con las siguientes:
a. Escenas resultantes de Hechos Simples: Cuando se trata de un acto que
reporta una interaccin sencilla entre el agente y la vctima: violacin sexual
por ejemplo, en una habitacin de un Hotel.
b. Escenas resultantes de Hechos Complejos: Cuando el acto criminal rene
a ms de un tipo penal, por ejemplo, un asalto a un banco, en el que se han
utilizado explosivos y adems en el exterior al momento de la fuga de los
delincuentes, hubo un enfrentamiento con la polica, quedando heridos y/o
muertos por el empleo de las armas de fuego.
05. Clasificacin tendiendo en cuenta elestado de intangibilidad de la escena:Esta forma de clasificar la escena, se funda en uno de los puntos sustanciales del
procesamiento, la intangibilidad, es decir la inmovilizacin en la que deberan
de mantenerse los indicios, evidencias o rastros que han resultado de la comisin
del acto criminal, ya que de su alteracin progresiva, sta labor se convierte en
ms dificultosa, demandando del operador un mayor esfuerzo, son las:
a. Escenas sin alteracin alguna: En donde prcticamente han quedado
congelados los rastros, sujetos a su propia desnaturalizacin o deterioro, siese es el caso; o tambin podramos decir, que en sta escena no ha
intervenido agente alguno que afecte la conservacin de las huellas del delito.
Tenemos el caso de una habitacin que haya quedado cerrada por dentro, en
donde una persona ingiri un veneno colocado en un lquido que bebi para
dormir, muriendo a consecuencia de ello; y, la verificacin del estado del
cuerpo en el interior se hizo a travs de una ventana, hasta que llegaron los
peritos criminalistas.
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b. Escenas con alteraciones mnimas: Son aquellas que han tenido una
modificacin o se ha afectado su intangibilidad, pero muy limitada, como en
el caso de una tentativa de homicidio y suicidio con arma de fuego, en dondea la vctima que qued herida, se le retir del escenario para ser trasladada a
un nosocomio para atendrsele mdicamente; y, el cuerpo del homicida-
suicida, qued en el recinto hasta la llegada de los peritos.
c. Escenas con alteracin total: Cuando la intangibilidad de sta ha durado
pocos minutos, debido a las circunstancias particulares de su perpetracin,
como cuando se comete un atentado terrorista con explosivos y hay heridos
graves que inmediatamente fueron retirados del lugar (va pblica); y, ademsconcurri la presencia de los bomberos para apagar el fuego de los vehculos
adyacentes, ocasionando que los rastros se deterioren en su gran mayora.
06. Clasificacin teniendo en cuenta el tiempo que demanda su procesamiento:
La duracin del procesamiento de una escena, es fluctuante, dependiendo de
diversos factores como los geogrficos, climticos, segn el tipo de acto delictivo
cometido, segn la complejidad y estado de conservacin, etc.; as tenemos
a. Escenas de procesamiento breve: Cuando el operador no requiere de
mucho tiempo para su procesamiento, pudiendo oscilar entre unas tres a seis
horas. Puede ser el caso de un Hurto Simple, como la sustraccin de un
aparato electrodomstico de uno de los ambientes de la casa, por la ventana
de la habitacin en la que se encontraba.
b. Escenas de procesamiento prolongado: En stos casos, el operador u
operadores, van a tenerse que tomar un tiempo mucho mayor para procesar la
escena, tiempo que bien podra medirse en horas, como en das o semanas.
Podra tratarse por ejemplo el caso de un gran centro comercial que haya sido
objeto de un atentado por parte de un pirmano; y, ste haya colocado varios
artefactos incendiarios de retardo, de tal manera que no ha sido un solo foco
el generador del fuego, sino que son varios. En stos casos, se debe de
trabajar antes, durante y despus de recogerse los escombros.
07. Clasificacin teniendo en cuenta la posibilidad de desplazamiento omovimiento de la escena misma: Este es un caso muy particular, por cuanto se
suele pensar que los escenarios son fijos, lo que no es cierto, de tal forma que
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existen casos en los que la ubicacin originaria de la escena cambia conforme
se desplaza sta misma; as vemos:
a. Escenas que son fijas: Como en el caso de una vivienda, un departamento
en un edificio u otras instalaciones similares.
b. Escenas que son desplazables: El hecho se ha dado segn las coordenadas
terrestres, en un punto de la superficie terrestre, que corresponde al espacio
e instante mismo de la comisin del acto criminal; pero por la naturaleza
del cuerpo que la contiene, sta escena suele desplazarse hacia otro punto de
las coordenadas en cuestin. Claro est que no existe un punto inmvil en
el espacio, puesto que sabemos que la tierra se mueve sin parar, desde su
origen; sino, vamos a lo que criminalsticamente entendemos como punto
esttico y punto movible. Tenemos el siguiente ejemplo: dentro de un
automvil se hiere de gravedad a una persona, mediante el disparo de un
proyectil de arma de fuego, el que entra y sale del crneo de la vctima, luego
de perforarlo, por continuacin de la trayectoria, ocurre igual con la luna
parabrisas posterior; y, siguiendo su recorrido ste se aloja en un rbol
ubicado en la parte posterior del vehculo; esto sucede al momento de los
hechos. El victimario, que conduca el vehculo, lo desplaza lejos del lugar,
para arrojar el vehculo a un barranco y motivar su incendio con el cuerpo de
la vctima dentro.
08. Clasificacin teniendo en cuenta la Calidad del Escenario: Habamos
mencionado que como resultado de la comisin de un delito, cualquiera que sea,
vamos a tener una variedad de escenario que depende de mltiples factores, los
que pueden estar comprendidos en la sistematizacin precedente, por ello; y
atendiendo a la definicin propuesta de la escena, tendremos la siguiente:
a. Escenas Tpicas: Aquellas en las que normalmente podemos encontrar
indicios, evidencias o huellas resultantes de los medios utilizados para
cometer el delito, como es el caso del Trfico Ilcito de Drogas (compuestos
qumicos, droga, armas, etc.)
b. Escenas Atpicas: Que son las otras, es decir en donde no quedan indicios o
evidencias fsicas o no fsicas, resultantes del acto cometido; en todo caso, su
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