Diciembre
YOLANDA BERNAL RODRÍGUEZNIF: 49.034.524-L
2019
Jesús Trujillo López (5.548 COA Sevilla)Ángel Romero Márquez (5.952 COA Sevilla)Fernando Romero Márquez (6.001 COA Sevilla)
Calle Vicente Blasco Ibáñez nº1 Local 141704 - Dos Hermanas
[Proyecto Técnico de apertura
Bar con cocina y sin música
Índice
I. MEMORIA
01. MEMORIA DESCRIPTIVA
1.1. Identificación y objeto del proyecto
1.2. Agentes
1.3. Información previa
1.4. Descripción del proyecto
1.5. Prestaciones del local 1.6. Estudio económico 1.7. Conclusión
02. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA PARA CALIFICACIÓN AMBIENTAL
2.1. Memoria
2.2. Medidas de prevención ambiental
2.3. Riesgos ambientales previsibles
2.4. Medios de seguimiento y control
03. DECRETO 293/2009
04. ESTUDIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS DE LA CONSTRUCCIÓN
05. NORMATIVA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO
II. PLANOS
01. Situación y Emplazamiento
02. Estado Actual Acotado
03. Estado Reformado Mobiliario
04. Alzado y Sección
05. Instalaciones fontanería y ventilación
06. Instalaciones electricidad y PCI
I. Memoria
01. Memoria descriptiva
01. MEMORIA DESCRIPTIVA
I. Memoria
01. Memoria descriptiva
1.1. IDENTIFICACIÓN Y OBJETO DEL PROYECTO.
Título del proyecto Proyecto Técnico de Apertura de Bar con cocina y sin música. Objeto del proyecto Apertura de Bar con cocina y sin música. Situación Calle Vicente Blasco Ibáñez nº 1, local 1, 41704 Dos Hermanas.
1.2. AGENTES.
1.2.1. Promotor. Dña. Yolanda Bernal Rodríguez
NIF: 49.034.524-L Calle Vicente Blasco Ibáñez nº 1, local 1, 41704 Dos Hermanas.
1.2.2. Constructora. Dña. Yolanda Bernal Rodríguez
NIF: 49.034.524-L Calle Vicente Blasco Ibáñez nº 1, local 1, 41704 Dos Hermanas.
1.2.3. Técnicos redactores.
Jesús Trujillo López, Arquitecto, Nº Colegiado: 5548, Colegio: Sevilla
CIF/NIF: 31.713.919-R Ángel Romero Márquez, Arquitecto, Nº Colegiado: 5952, Colegio: Sevilla CIF/NIF: 52.666.808-M Fernando Romero Márquez, Arquitecto, Nº Colegiado: 6001, Colegio: Sevilla CIF/NIF: 52.669.552-N Avda. de España nº 57, planta 2ª, Oficina 49. 41704 Dos Hermanas (Sevilla)
1.2.4. Sociedad Proyectista.
Grupo Arquitectónica Project and Building S.C.P.
CIF: J90358037 Avda. de España nº 57, planta 2ª, Oficina 49. 41704 Dos Hermanas (Sevilla)
I. Memoria
01. Memoria descriptiva
1.3. INFORMACIÓN PREVIA: ANTECEDENTES Y CONDICIONANTES DE PARTIDA.
Emplazamiento Calle Vicente Blasco Ibáñez nº 1, local 1, 41704 Dos Hermanas. Datos del Local
Edificado terminado. Calle Vicente Blasco Ibáñez nº 1, local 1, 41704 Dos Hermanas. Número de Referencia Catastral 0421001TG4302S0130US
Datos de la edificación existente
La edificación sobre la que se actúa data de 2006 y presenta un local en planta baja con acceso directo a viario.
Antecedentes de proyecto Se recibe por parte del promotor el encargo de la redacción de Proyecto Técnico de Apertura de Bar con cocina y sin música, en Calle Vicente Blasco Ibáñez nº1, local 1, 41704 Dos Hermanas. El Local sobre el que se proyecta la apertura, completamente terminado, dispone de la correspondiente Licencia de Actividad para Bar sin Cocina y sin música con nº de Expediente 43/2014-LA. Se pretende actuar sólo en el almacén existente, instalando los equipos necesarios para su uso como cocina. La información necesaria para la redacción del proyecto (geometría, dimensiones, superficie del solar de su propiedad e información urbanística), ha sido aportada por el promotor para ser incorporada a la presente memoria. El presente proyecto se redacta para la realización completa de la adecuación de equipos e instalaciones que se describen de acuerdo con las normativas que en listado se acompañan y que el constructor conoce. En caso de discrepancia entre los diferentes documentos del proyecto se establece el siguiente orden de preferencia: En lo referente a los datos geométricos (medidas) se considerarán como válidos los planos acotados que se acompañan (en ningún caso se podrá medir sobre ellos, aunque se disponga de escala ya que no se confía en que se mantenga esta tras las reproducciones de los documentos). En lo referente a la descripción de las unidades de obra, y calidades constructivas serán válidas las descritas en las Mediciones y Presupuestos. Si un concepto capítulo o parte no aparece en mediciones y sí en planos u otro apartado del proyecto se considera como válido a la hora de la ejecución. El mismo caso tendremos en el supuesto de sí aparecer en mediciones y no en otro apartado. Por el presente documento se pone en conocimiento de la vigencia de la Ley de Ordenación de la Edificación y de que siendo uno de los agentes intervinientes en el proceso le corresponden una serie de obligaciones, entre las que se encuentran para los promotores de viviendas la de contratar un seguro decenal de daños para la estructura del edificio antes del comienzo de la construcción. El proyecto tal y como se redacta se considera que define el edificio en su totalidad, caso que alguna unidad de obra no quede suficientemente definida y para su ejecución fuera necesaria algún dato complementario este se solicitará por parte del director de la ejecución de las obras al director de las obras, que lo hará constar en el libro de órdenes. No procede dado el tamaño de las obras y el plazo previsible de ejecución, una futura revisión de precios, salvo que el director de la ejecución de las obras constate que existen circunstancias suficientes y justificadas para proceder a la revisión de precios. Si este fuera el caso esta se realizará considerando como si la obra fuera de la administración y de acuerdo con la fórmula polinómica correspondiente al tipo de obra que se proyecta.
I. Memoria
01. Memoria descriptiva
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1º-A-1 del Decreto 62/1971, de 11 de marzo, en la redacción del presente proyecto se han observado las normas vigentes aplicables a construcción de las que en listado aparte se incluye una relación no exhaustiva. Derechos de Autor: El presente documento consta de una memoria y sus Anexos, Pliego de Condiciones, Planos y Mediciones y Presupuestos y otros documentos, la totalidad del mismo es copia de su original del que son autores los arquitectos Fernando Romero Márquez, Ángel Romero Márquez y Jesús Trujillo López. Su utilización parcial o total, así como cualquier reproducción o cesión a terceros, requerirá la previa autorización expresa de su autor quedando en todo caso prohibida cualquier modificación unilateral del mismo.
1.4. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO.
1.4.1. Descripción general del edificio y programa de necesidades. El proyecto describe las actuaciones para la apertura de Bar con cocina y sin música, en Calle Vicente Blasco Ibáñez nº1, local 1, 41704 Dos Hermanas. Convenientemente distribuidos según documentación gráfica adjunta.
1.4.2. Marco legal aplicable de ámbito estatal, autonómico y local.
El presente proyecto cumple el Código Técnico de la Edificación, satisfaciendo las exigencias básicas para cada uno de los requisitos básicos de 'Seguridad estructural', 'Seguridad en caso de incendio', 'Seguridad de utilización y accesibilidad', 'Higiene, salud y protección del medio ambiente', 'Protección frente al ruido' y 'Ahorro de energía y aislamiento térmico', establecidos en el artículo 3 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación. En el proyecto se ha optado por adoptar las soluciones técnicas y los procedimientos propuestos en los Documentos Básicos del CTE, cuya utilización es suficiente para acreditar el cumplimiento de las exigencias básicas impuestas en el CTE.
Exigencias básicas del CTE no aplicables en el presente proyecto
Exigencias básicas SUA: Seguridad de utilización y accesibilidad
Exigencia básica SUA 5: Seguridad frente al riesgo causado por situaciones de alta ocupación
Las condiciones establecidas en DB SUA 5 son de aplicación a los graderíos de estadios, pabellones polideportivos, centros de reunión, otros edificios de uso cultural, etc. previstos para más de 3000 espectadores de pie.
Por lo tanto, para este proyecto, no es de aplicación.
Exigencias básicas HE: Ahorro de energía
Exigencia básica HE 5: Contribución fotovoltaica mínima de energía eléctrica
El local es de uso comercial por lo que, según el punto 1.1 (ámbito de aplicación) de la Exigencia Básica HE 5, no necesita instalación solar fotovoltaica.
Por lo tanto, para este proyecto, no es de aplicación.
Cumplimiento de otras normativas específicas:
Estatales
REBT Reglamento electrotécnico para baja tensión e instrucciones técnicas complementarias. ICT Instrucciones comunes de telecomunicaciones. RIPCI Reglamento de instalaciones de protección contra incendios.
I. Memoria
01. Memoria descriptiva
RCD Producción y gestión de residuos de construcción y demolición. R.D. 235/13 Procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios. Comunidad autónoma
R.D. 293/2.009 Supresión de barreras arquitectónicas en Andalucía. Locales
PGOU Plan General de Ordenación Urbanística de Dos Hermanas.
1.4.3. Justificación del cumplimiento de la normativa urbanística, ordenanzas municipales y otras normativas.
Normas de disciplina urbanística El Local se encuentra ubicado en Calle Vicente Blasco Ibáñez nº1, local 1, 41704 Dos Hermanas, en el entorno definido por el Plan General de Ordenación Urbanística de la ciudad.
1.4.4. Descripción de la geometría del edificio, volumen, superficies útiles y construidas, accesos y evacuación.
Descripción de la geometría del Local
Se trata de un local en planta baja de forma irregular con acceso directo desde viario en Calle Vicente Blasco Ibáñez y acceso solo para uso de carga y descarga en pasaje interior de Zona Comunitaria del Edificio.
Volumen del Edificio El volumen del local resulta de la aplicación de las Ordenanzas Urbanísticas. SUPERFICIES
CUADRO DE SUPERFICIES Descripción m² Útil m² Const. Acceso 2,46 Zona de Barra-Salón 45,94 Zona Trabajo 13,03 Almacén 6,23 Vestibulo Aseos 2,99 Aseo Caballeros 1,37 Aseo Femenino adaptado 4,09 Total 76,11 91,16
Superficie Const. Total m² 91,16
Altura libre existente 3,05 m
Acceso Acceso directo desde viario en Calle Vicente Blasco Ibáñez.
Evacuación Evacuación con salida directa a Calle Vicente Blasco Ibáñez.
I. Memoria
01. Memoria descriptiva
1.4.5. Descripción general de los parámetros que determinan las previsiones técnicas a considerar en el proyecto.
1.4.5.1. Sistema estructural
1.4.5.1.1. Cimentación
Existente.
1.4.5.1.2. Estructura Existente.
1.4.5.3. Sistema de acondicionamiento ambiental
En el presente proyecto, se han elegido los materiales y los sistemas constructivos que garantizan las condiciones de higiene, salud y protección del medio ambiente, alcanzando condiciones aceptables de salubridad y estanqueidad en el ambiente interior del edificio y disponiendo de los medios para que no se deteriore el medio ambiente en su entorno inmediato, con una adecuada gestión de los residuos que genera el uso previsto en el proyecto.
En el apartado 3 “Cumplimiento del CTE”, punto 3.4 “Salubridad” de la memoria del proyecto de ejecución se detallan los criterios, justificación y parámetros establecidos en el Documento Básico HS (Salubridad).
1.4.5.4. Sistema de servicios
Servicios externos al edificio necesarios para su correcto funcionamiento:
Suministro de agua
Se dispone de acometida de abastecimiento de agua apta para el consumo humano. La compañía suministradora aporta los datos de presión y caudal correspondientes.
Evacuación de aguas Existe red de alcantarillado municipal disponible y en uso en el local. Suministro eléctrico
Se dispone de suministro eléctrico con potencia suficiente para la previsión de carga total del local, incluso para la previsión de carga en cocina.
Telecomunicaciones No procede. Recogida de residuos El municipio dispone de sistema de recogida de basuras. Otros
No precede.
I. Memoria
01. Memoria descriptiva
1.5. PRESTACIONES DEL LOCAL.
1.5.1. Prestaciones producto del cumplimiento de los requisitos básicos del CTE
Prestaciones derivadas de los requisitos básicos relativos a la seguridad:
- Seguridad estructural (DB SE)
- Los aspectos básicos que se han tenido en cuenta en el sistema estructural existente para el local que nos ocupa son principalmente: resistencia mecánica y estabilidad, seguridad, durabilidad, economía, facilidad constructiva, modulación y posibilidades de mercado.
- Seguridad en caso de incendio (DB SI)
- Todos los elementos estructurales son resistentes al fuego durante un tiempo superior al sector de incendio de mayor resistencia.
- No se produce incompatibilidad de usos.
- No se colocará ningún tipo de material que por su baja resistencia al fuego, combustibilidad o toxicidad pueda perjudicar la seguridad del edificio o la de sus ocupantes.
- Seguridad de utilización y accesibilidad (DB SUA)
- La configuración de los espacios, los elementos fijos y móviles que se instalen en el local, se proyectarán de tal manera que puedan ser usado para los fines previstos dentro de las limitaciones de uso del edificio que se describen más adelante sin que suponga riesgo de accidentes para los usuarios del mismo.
- De tal forma que se permita a las personas con movilidad y comunicación reducidas el acceso y la circulación por el edificio en los términos previstos en su normativa específica, cumpliéndose Decreto 293/2009, de 7 de julio, por el que se aprueba el reglamento que regula las normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía.
Prestaciones derivadas de los requisitos básicos relativos a la habitabilidad:
- Salubridad (DB HS)
- El local reúne los requisitos de habitabilidad, salubridad y funcionalidad exigidos para este uso.
- La solución proyectada dispone de medios que impiden la presencia de agua o humedad inadecuada procedente de precipitaciones atmosféricas, del terreno o de condensaciones, y dispone de medios para impedir su penetración o, en su caso, permiten su evacuación sin producción de daños.
- El local dispone de medios para que sus recintos se puedan ventilar adecuadamente, eliminando los contaminantes que se produzcan de forma habitual durante su uso normal, de forma que se aporte un caudal suficiente de aire exterior y se garantice la extracción y expulsión del aire viciado por los contaminantes.
- Protección frente al ruido (DB HR)
- Los elementos constructivos que conforman los recintos en el presente proyecto, tienen unas características acústicas adecuadas para reducir la transmisión del ruido aéreo, del ruido de impactos y del ruido y vibraciones de las instalaciones propias del edificio, así como para limitar el ruido reverberante.
- Existe Proyecto Técnico redactado por Técnico competente, de estudio Acústico Pre-operacional, con certificado de ensayo de mediciones acústicas y valoración del NII. Presentado para Licencia de Actividad Vigente. Con Fecha 15 de Diciembre de 2014.
- Las instalaciones y equipos que en el presente proyecto se redactan, no alteran las condiciones acústicas del local, manteniendo los Valores establecidos en el estudio Acústico Preoperacional y las mediciones realizadas.
I. Memoria
01. Memoria descriptiva
1.5.2. Prestaciones en relación a los requisitos funcionales del edificio
- Utilización
- El acceso se ha previsto para que cumpla con el Decreto 293/2009.
- Acceso a los servicios
- Se garantizan los servicios de telecomunicación (conforme al Real Decreto-ley 1/1998, de 27 de febrero, sobre Infraestructuras Comunes de Telecomunicación), así como de telefonía y audiovisuales.
1.5.3. Prestaciones que superan los umbrales establecidos en el CTE
Por expresa voluntad del Promotor, no se han incluido en el presente proyecto prestaciones que superen los umbrales establecidos en el CTE, con relación a los requisitos básicos de seguridad y habitabilidad.
1.5.4. Limitaciones de uso del local
- Limitaciones de uso del edificio en su conjunto
- La dedicación de alguna de sus dependencias a un uso distinto del proyectado requerirá de un proyecto de reforma y cambio de uso que será objeto de nueva licencia.
- Este cambio de uso será posible siempre y cuando el nuevo destino no altere las condiciones del resto del local ni menoscabe las prestaciones iniciales del mismo en cuanto a estructura, instalaciones, etc.
- Limitaciones de uso de las dependencias
- Aquellas que incumplan las precauciones, prescripciones y prohibiciones de uso referidas a las dependencias del inmueble, contenidas en el Manual de Uso y Mantenimiento del edificio.
- Limitaciones de uso de las instalaciones
- Aquellas que incumplan las precauciones, prescripciones y prohibiciones de uso de sus instalaciones, contenidas en el Manual de Uso y Mantenimiento del edificio.
1.6. ESTUDIO ECONÓMICO.
Una vez elaborado el presupuesto que se detalla en el apartado MEDICIONES Y PRESUPUESTO y estudiado todos los documentos exigidos, se determina que la ejecución del proyecto del que esta Memoria se ocupa asciende a la cantidad de:
SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO EUROS CON TRECE CENTIMOS (655,13 €)
1.7. CONCLUSIÓN.
Se entiende que los datos anteriormente expuestos, con los planos y demás documentos que se adjuntan, son suficientes para que los Organismos competentes puedan formar juicio sobre las obras que se pretenden realizar. Por todo ello se conviene en firmar el presente documento como aceptación por parte de la propiedad de las condiciones y características del proyecto y de que este reúne las previsiones tanto de uso como de calidad que el promotor deseaba al encargarlo.
I. Memoria
01. Memoria descriptiva
02. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
PARA CALIFICACIÓN AMBIENTAL
I. Memoria
01. Memoria descriptiva
2.1. MEMORIA.
Título del proyecto Proyecto Técnico de Apertura de Bar con cocina y sin música. Objeto del proyecto Apertura de Bar con cocina y sin música. Situación Calle Vicente Blasco Ibáñez nº 1, local 1, 41704 Dos Hermanas.
2.2. AGENTES.
2.2.1. Promotor. Dña. Yolanda Bernal Rodríguez
NIF: 49.034.524-L Calle Vicente Blasco Ibáñez nº 1, local 1, 41704 Dos Hermanas.
2.2.3. Técnicos redactores.
Jesús Trujillo López, Arquitecto, Nº Colegiado: 5548, Colegio: Sevilla
CIF/NIF: 31.713.919-R Ángel Romero Márquez, Arquitecto, Nº Colegiado: 5952, Colegio: Sevilla CIF/NIF: 52.666.808-M Fernando Romero Márquez, Arquitecto, Nº Colegiado: 6001, Colegio: Sevilla CIF/NIF: 52.669.552-N Avda. de España nº 57, planta 2ª, Oficina 49. 41704 Dos Hermanas (Sevilla)
2.2.4. Sociedad Proyectista.
Grupo Arquitectónica Project and Building S.C.P.
CIF: J90358037 Avda. de España nº 57, planta 2ª, Oficina 49. 41704 Dos Hermanas (Sevilla)
I. Memoria
01. Memoria descriptiva
2.3. INFORMACIÓN PREVIA: ANTECEDENTES Y CONDICIONANTES DE PARTIDA.
Emplazamiento Calle Vicente Blasco Ibáñez nº 1, local 1, 41704 Dos Hermanas. Datos del Local
Edificado terminado. Calle Vicente Blasco Ibáñez nº 1, local 1, 41704 Dos Hermanas. Número de Referencia Catastral 0421001TG4302S0130US
Datos de la edificación existente
La edificación sobre la que se actúa data de 2006 y presenta un local en planta baja con acceso directo a viario.
Objeto El objeto del presente Proyecto Técnico para Calificación Ambiental de local comercial en planta baja para uso destinado a Bar con cocina y sin música es:
Definir los elementos que van a componer la actividad, así como justificar el cumplimiento de la normativa obligatoria.
El Proyecto Redactado tiene como fin:
Obtener Licencia de Actividad.
2.4. DOCUMENTACION TECNICA PARA CALIFICACIÓN AMBIENTAL.
2.4.1. Definición de la actividad. La actividad a desarrollar es la de Bar con cocina y sin música. Código CNAE: 5610. Restaurantes y puestos de comidas.
2.4.2. Definición del establecimiento.
DESCRIPCIÓN El recinto de la actividad, ya ejecutado, se encuentra integrado en un edificio de uso residencial con acceso directo a viario. Sus linderos son:
• Norte – Acceso a Calle Vicente Blasco Ibáñez. • Sur – Medianera. • Este - Medianera. • Oeste – Acceso a patio interior comunitario.
El Local se encuentra totalmente acabado, con suministros, y Licencia de Actividad para bar sin cocina, redactando en este proyecto las actuaciones necesarias para su puesta en funcionamiento. El conjunto de la actividad se desarrolla en un local en planta baja de forma irregular con acceso directo desde viario en Calle Vicente Blasco Ibáñez y acceso solo para uso de carga y descarga en pasaje interior de Zona Comunitaria del Edificio. El establecimiento cuenta con acceso directo a la vía pública, con puerta peatonal. El Local proyectado se compone de las siguientes características geométricas y superficiales:
I. Memoria
01. Memoria descriptiva
2.4.3. Referencia catastral El nº de referencia catastral del establecimiento es 0421001TG4302S0130US. 2.4.4. Identificación del Local El Establecimiento se ubica en la Calle Vicente Blasco Ibáñez nº 1 local 1 de Dos Hermanas (CP 41.704), provincia de Sevilla. 2.4.5. Proceso de Uso 2.4.5.1. Descripción general de uso La actividad a desarrollar es la de Bar con cocina y sin música. 2.4.6. Cumplimiento de normas higiénico-sanitarias y de prevención de riesgos laborales. Las condiciones propuestas en este documento para el local terminado se adaptan a los requerimientos del R.D. 486/1997 de 14 de Abril, por el cual se establecen las medidas mínimas de Seguridad y Salud en los Lugares de Trabajo, a modo de medidas pasivas en lo referente a:
Las condiciones generales de seguridad: seguridad estructural; espacios de trabajo; suelos, particiones, ventanas y puertas, vías de circulación en el interior del local y vías de evacuación; condiciones de protección contra incendios; condiciones de la instalación eléctrica; condiciones de la maquinaria instalada, así como la accesibilidad a discapacitados, todo ello para la distribución espacial prevista.
La adecuación ambiental y de iluminación ejecutada garantiza los condicionantes marcados en el R.D. 486/1997 para las instalaciones y equipos que en este proyecto se prevén.
El establecimiento cuenta con botiquín, conforme al punto A.3 - Anexo VI RD 486/1997. Correrán por parte del titular de la actividad el cumplimiento de las medidas higiénicas y de seguridad y salud preceptivas aplicables en lo referente al desarrollo de su actividad.
2.4.7. Justificación Urbanística
CUADRO DE SUPERFICIES Descripción m² Útil m² Const. Acceso 2,46 Zona de Barra-Salón 45,94 Zona Trabajo 13,03 Almacén 6,23 Vestibulo Aseos 2,99 Aseo Caballeros 1,37 Aseo Femenino y adaptado 4,09 Total 76,11 91,16
Superficie Const. Total m² 91,16
Altura libre existente 3,05 m
I. Memoria
01. Memoria descriptiva
Condiciones de aplicación
Planeamiento de aplicación: PGOU de Dos Hermanas
Clasificación del suelo: Suelo Urbano.
Calificación: “PM” Viviendas Plurifamiliares en Manzana.
Edificabilidad máxima: La establecida en la calificación PM
Altura máxima: 4 Plantas.
Uso principal: Residencial. Compatible, Comercial.
Antigüedad de la edificación: 2006 (Fuente: Catastro)
El edificio no está catalogado.
2.4.8. Accesibilidad y eliminación de barreras arquitectónicas El Local se encuentra en planta baja, con acceso directo desde la Calle Vicente Blasco Ibáñez. 2.4.9. CTE-DB-SUA Seguridad de Utilización y Accesibilidad Uso asignado: La actividad a desarrollar es la de Bar con cocina y sin música. (Actividad principal desarrollada en el local). 2.4.10. SUA-1 Seguridad frente al riesgo de caídas Suelos y Pavimentos • Resbaladicidad de los suelos. La solería ejecutada (baldosas de gres) cumple con los requisitos mínimos para evitar la resbaladicidad en los mismos. • Discontinuidades en el pavimento No se presentan discontinuidades en el pavimento. Desniveles No hay que hacer consideraciones al no disponer de ningún desnivel. Acristalamientos Exteriores La accesibilidad a toda la superficie de acristalamiento para su limpieza está garantizada, pues la carpintería exterior dispuesta de forma que se facilita su mantenimiento y limpieza, alcanzándose todo punto sin superar los límites establecidos en la exigencia básica. 2.3.1.2. SUA-2 Seguridad frente al riesgo de atrapamientos. Impactos No hay riesgo de impacto con elementos fijos, pues en todo el recinto la altura libre es superior a 2,20. Todas las puertas dispuestas en el recinto son fácilmente reconocibles, incluso la de entrada. Atrapamientos No hay que hacer consideraciones al no disponer de ninguna el establecimiento. 2.4.11. SUA-3 Seguridad frente al riesgo de aprisionamiento Fuerza de apertura de las puertas. La fuerza de apertura de la puerta peatonal de salida del local es inferior a 150N. Medidas para usuarios en silla de ruedas.
I. Memoria
01. Memoria descriptiva
Todo lo referente a la accesibilidad y eliminación de barreras arquitectónicas se regirá por el D. 293/2009 de la Junta de Andalucía, pormenorizando su cumplimiento en el anexo respectivo. Dispositivos de bloqueo desde el interior La puerta del aseo-vestuario cuenta con mecanismos que permiten su apertura desde el exterior en caso de bloqueo, por lo que se evita el riesgo de aprisionamiento en el mismo. 2.4.12. SUA-4 Seguridad frente al riesgo causado por iluminación inadecuada Alumbrado Normal Las luminarias instaladas garantizan un nivel de alumbrado correcto. En el interior se alcanzan valores para la iluminancia superiores a 50 lux en todas las estancias. Alumbrado de Emergencia Se dispone de luminarias de emergencia en los recorridos de evacuación y en la zona de aseos. Se localizan encima de los dinteles de las puertas que conforman los distintos recintos, ubicándose principalmente en aquellas que dispuestas en los recorridos de evacuación (su disposición precisa se expresa en la documentación gráfica). 2.4.13. SUA-5 Seguridad frente al riesgo de situaciones de alta ocupación No hay que hacer consideraciones al respecto, puesto que el establecimiento, queda fuera del ámbito de aplicación. 2.4.14. SUA-6 Seguridad frente al riesgo de ahogamiento No hay que hacer consideraciones al no disponer de ninguna el establecimiento. 2.4.15. SUA-7 Seguridad frente al riesgo causado por vehículos en movimiento No hay que hacer consideraciones al no disponer de ninguna el establecimiento. 2.4.16. SUA-8 Seguridad frente al riesgo causado por la acción del rayo No hay que hacer consideraciones puesto que no se amplía ni se modifica parte superficial alguna del establecimiento ni del edificio donde está ubicado. 2.4.17. SUA-9 Accesibilidad Se cumplen las condiciones de accesibilidad para personas con movilidad reducida. Su justificación se desarrolla en Anexo al coincidir los requisitos del CTE-DB-SUA-9 con los del Decreto 293/2009 (Reglamento para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía). 2.4.18. Cumplimiento del Decreto 293/2009 Se justifica el cumplimiento del Decreto 293/2.009, de 7 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento que regula las normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía.
2.4.19. Condiciones de Seguridad y Prevención de Incendios Se establece el ámbito de aplicación del CTE DB-SI. Seguridad en Caso de Incendio. DB SI. JUSTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN. SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIO SI 1 PROPAGACIÓN INTERIOR 1. Compartimentación en sectores de incendio Se trata de un Local de uso Comercial. Todo el Local constituye un único sector de incendio de una superficie construida total de 91,16 m2.
I. Memoria
01. Memoria descriptiva
Resistencia al fuego que delimita el sector de incendio:
NORMATIVA PROYECTO Paredes EI 90 Citara L. Perforado EI 120 Techo REI 90 Forjado unidireccional 25cm 2. Locales y zonas de riesgo especial. El local no dispone de zonas de riesgo especial. 3. Pasos de instalaciones a través de elementos de compartimentación de incendios. No Existen elementos de ventilación y cámaras de paso de instalaciones que crucen sectores de incendio. 4. Reacción al fuego de elementos constructivos Los elementos constructivos deberán cumplir las condiciones de reacción al fuego establecida en la tabla 4.1: De techos y paredes
Zonas ocupables C-s2,d0 Tabique de placa yeso Falso techo B-s3,d0 Placa escayola De suelos Zonas ocupables E fl Solería gres SI 2 PROPAGACIÓN EXTERIOR La Calificación no afecta a la cubierta. SI 3 EVACUACIÓN DE OCUPANTES 1. Compatibilidad de los elementos de evacuación Uso destinado del local es de Local comercial y se considera a efectos de CTE SI3 cómo establecimiento. 2. Cálculo de ocupación.
SUPERFICIES A EFECTOS DE OCUPACION
Descripción DB-SI tabla
2.1. Ocupación m² / persona Acceso 2 1 Zona de Barra-Salón 2 23 Zona Trabajo 40 0 Almacén 40 0 Vestibulo Aseos 2 1 Aseo Cab. 2 1 Aseo adaptado 2 2
Total Personas 29
I. Memoria
01. Memoria descriptiva
3. Número de salidas y longitud de los recorridos de evacuación El establecimiento dispone de las siguientes salidas consideradas como medios de evacuación: El Acceso principal de fachada directamente al exterior (existente) El establecimiento dispone en la actualidad de una salida al exterior. En planta baja la distancia máxima a la salida al exterior es de 15,34 mts (<25 mts). 4. Dimensionado de los medios de evacuación. Criterios de asignación de ocupantes. La distribución de ocupantes se realiza suponiendo Su ocupación en planta baja. Puertas y pasos. Los huecos de paso entre zonas de circulación y zonas múltiples son de al menos 0,80 mt (A>P/200>0,80 mt). Las puertas de los aseos y almacén son de al menos 0,80 mt. La puerta de salida exterior se proyecta de dos hojas de 0,80 mt. 5. Puertas situadas en los recorridos de evacuación La puerta prevista como salida de edificio son abatibles de eje de giro vertical y su sistema de cierre consiste en un dispositivo de fácil y rápida apertura desde el interior sin tener que utilizar llave (al menos mientras haya actividad en las zonas a actuar). Abrirá en el sentido de la evacuación. 6. Señalización de los medios de evacuación. Se utilizarán las señales de salida, de uso habitual o de emergencia, definidas en la norma UNE 23034:1988, de manera que existirá una señal con el rótulo “SALIDA” en la salida del edificio, en la nueva salida al exterior se usará una señal con el rótulo “SALIDA DE EMERGENCIA”, al ser de uso exclusivo para emergencia. En el arranque de escalera de planta primera se dispondrá un rotulo de “SALIDA” Los recorridos dispondrán señales indicativas de dirección, visibles desde todo origen de evacuación, desde el que no se perciban directamente las salidas o sus señales indicativas. El tamaño de las señales será en todo caso 420 x 420mm, ya que la distancia de observación está comprendida entre 10 m y 20 m. 7. Control de humo del incendio No es necesaria la instalación de un sistema de control del humo de incendio, al no exceder la ocupación de 1.000 personas. SI 4 INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS
1. Dotación de instalaciones de protección contra incendios.
Se proyectan tres extintores portátiles, situados en planta baja. Quedando su ubicación exacta reflejada en la documentación gráfica.
2. Señalización de las instalaciones manuales de protección contra incendios.
Los medios de protección contra incendios de utilización manual (extintores) se señalizarán mediante señales definidas en la norma UNE 23033-1, cuyo tamaño será en todo caso 420 x 420 mm en la sala múltiple y de 210x210 mm en el archivo. Las señales serán visibles, incluso en caso de fallo de suministro de alumbrado normal. Serán foto luminiscentes, cumpliendo lo establecido en la norma UNE 23035-4:1999. SI 5 INTERVENCIÓN DE LOS BOMBEROS. Condiciones de aproximación y entorno. El establecimiento dispone de un acceso directo a través de la Calle Vicente Blasco Ibáñez. SI 6 RESISTENCIA AL FUEGO DE LA ESTRUCTURA. Elementos estructurales principales La estructura existente es de hormigón armado, con forjados unidireccional de 25 cm de canto. Los pilares son como mínimo de 30 x 30 cm.
I. Memoria
01. Memoria descriptiva
2.1.20. Justificación Medioambiental En el presente documento se contemplan todos los aspectos ambientales y el cumplimiento de todas las normativas sectoriales al respecto. Prevención y control ambiental La ley marco referente en materia de medio ambiente en la Comunidad Autónoma de Andalucía es la Ley 7/2007 de 9 de Julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.
Decreto 297/1995 de 19 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Calificación Ambiental.
La actividad de Bar con cocina y sin música, con superficie construida inferior a 500 m2, se encuadra dentro del Anexo I de la citada Ley 7/2007 como 13.32. Restaurantes, cafeterías, pubs y bares. Estando sometida a CALIFICACIÓN AMBIENTAL, instrumento específico de prevención y control ambiental.
2.2. Medidas de Previsión Ambiental
1. Objeto:
Estas medidas tienen como objeto dar cumplimiento al Decreto 297/1995, de 19 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Calificación Ambiental.
2. Normativa de aplicación medioambiental:
Normativa que debe aplicarse relacionada con la materia de medio ambiente, son las siguientes:
PREVENCIÓN AMBIENTAL:
Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (Ley 7/2007, de 9 de julio).
Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la Autorización Ambiental Unificada, se establece el régimen de organización y funcionamiento del registro de autorizaciones de actuaciones sometidas a los instrumentos de prevención y control ambiental, de las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y de las instalaciones que emiten compuestos orgánicos volátiles, y se modifica el contenido del Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.
Decreto 297/1995, de 19 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Calificación Ambiental.
RESIDUOS:
Ley 10/1998, de 21 de abril, sobre Residuos.
I. Memoria
01. Memoria descriptiva
Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases.
Decreto 104/2000, de 21 de marzo, por el que se regula las autorizaciones administrativas de las actividades de valorización y eliminación de residuos y la gestión de residuos plásticos agrícolas.
Real Decreto 782/1998 por el que se aprueba el reglamento de desarrollo y ejecución de la ley 11/1997 de envases y residuos.
Decreto 283/1995, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de residuos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
CONTAMINACIÓN LUMÍNICA:
Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.
CONTAMINACIÓN ACÚSTICA:
Directiva 2002/49/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de junio de 2002, sobre Ruido Ambiental.
Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido. Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la ley 37/2003, de 17 de
noviembre, del ruido, en lo referente a la zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.
Real Decreto 1371/2007, de 19 de octubre, por el que se aprueba el documento básico « DB-HR Protección frente al ruido » del Código Técnico de la Edificación y se modifica el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.
Real Decreto 1513/2005, de 16 de diciembre, por el que se desarrolla la ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido, en lo referente a la evaluación y gestión del ruido ambiental.
Decreto 326/2003, de 25 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica en Andalucía.
ESPECTÁCULOS PÚBLICOS Y ACTIVIDADES RECREATIVAS:
Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de espectáculos públicos y actividades recreativas de Andalucía.
PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS: Real Decreto 2177/1996, de 4 de Octubre, por el que se aprueba la norma básica de edificación
“condiciones de protección contra incendios en los edificios”.
Real Decreto 1942/1993, reglamento de instalaciones de protección contra incendios.
VERTIDOS:
Real Decreto-Ley 4/2007, de 13 de abril, por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Aguas. Real Decreto-Legislativo 1/2001, de 20 de julio, se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas. Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público
Hidráulico, que desarrolla los Títulos Preliminares I, IV, V, VI y VII de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas.
Orden 1873/2004, por la que se aprueban los modelos oficiales de declaración de vertido y se desarrollan determinados aspectos relativos a la autorización y canon de vertido.
Ley 7/2007, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. Decreto 14/1996, de 16 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Calidad de Aguas Litorales.
I. Memoria
01. Memoria descriptiva
PATRIMONIO CULTURAL:
Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía.
Normativa que debe aplicarse relacionada con el sector, son las siguientes:
Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de espectáculos públicos y actividades recreativas de Andalucía. Decreto 78/2002, de 26 de febrero, por el que se aprueban el Nomenclátor y el Catálogo de Espectáculos
Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Decreto 316/2003, de 18 de noviembre, por el que se modifica el epígrafe III.2.9.C), del Anexo II del
Decreto 78/2002, de 26 de febrero, por el que se aprueban el Nomenclátor y el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos.
Directiva 2006/123/CE, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior. Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (“Ley
Paraguas”) Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el
libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (“Ley Ómnibus”). Real Decreto 367/2010, de 26 de marzo, de modificación de diversos reglamentos del área de medio
ambiente para su adaptación a la Ley 17/2009, de 23 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley de libre acceso a actividades de servicios y su ejercicio.
2.3. Riesgos Ambientales Previsibles
1. Descripción del edificio y colindantes: El recinto de la actividad, ya ejecutado, se encuentra integrado en un edificio de uso residencial con acceso directo a viario.
2. Listado y descripción de la maquinaria y equipos a utilizar: Los materiales empleados para el desarrollo de la actividad serán básicamente de equipamiento de hostelería, relacionando los siguientes: SUCEPTIBLES DE IGNICIÓN y computables a efectos del cálculo de potencia máxima de hasta 20 Kw. Situados en Cocina. -FREIDORA EUTRON MOD EF132V 1UD. 5L.+5L. 10 Kw -COCINA-PLANCHA GAS DE 3 FUEGOS EUTRON 1 UD. 9 Kw TOTAL 19 KW. NO SUCEPTIBLES DE IGNICIÓN y NO computables a efectos del cálculo de potencia máxima de hasta 20 Kw. - LAVAVAJILLAS OZTI MOD OBY 200B 1 UD. (EXISTENTE) - MICROONDAS EUTROM MOD 23L 1 UD. (EXISTENTE) - MAQUINA CAFÉ GALGGIA V2GR 1 UD. (EXISTENTE) - MOLINO CAFÉ OBEL ZERO 1 UD. (EXISTENTE) - ROBOT COCINA 1 UD. (EXISTENTE) - CAMPANA EXTRACTORA 1 UD. - CONGELADOR HORIZONTAL 1 UD. - VITRINA REFRIGERADA 1 UD. (EXISTENTE) - REFRIGERADOR VERTICAL EXPOSITOR 1 UD. (EXISTENTE) - REFRIGERADOR HORIZONTAL A. INOX. 2 UD. (EXISTENTE) - REFRIGERADOR VERTICAL VINOS 1UD. (EXISTENTE)
I. Memoria
01. Memoria descriptiva
Además de los equipos empleados para el desarrollo de la actividad, se comprueba la existencia de instalación de ventilación dotada de equipo de extracción mecánica en cocina. Instalada durante la ejecución de obras de edificación.
3. Listado de materiales empleados, almacenados y producidos. No se contemplan materiales empleados ni almacenados, que sean potencialmente perjudiciales para el medio ambiente. I) Ruidos y vibraciones. Justificadas en el estudio Acústico preoperacional redactado. En el Proyecto de
Edificación. Para la comprobación de los datos preoperacionales, así como de los impactos acústicos producidos procedentes de las instalaciones y equipamientos afectos a la actividad, se establece ensayo in situ de acústica, realizado por Empresa homologada.
II) Emisiones a la atmósfera:
La generación de gases, humos, vapores, partículas, olores serán debido a la actividad generada, fundamentalmente en cocina, quedando resuelta mediante instalación de equipo de extracción mecánica.
Tapar los productos y almacenarlos de tal manera que minimicen la generación de olores y gases o pérdidas de material.
Mantener en estado de limpieza los filtros del equipo de extracción mecánica.
III) Utilización del Agua y vertidos líquidos.
El agua de servicio, procedente de la Red general, suministrada por EMASESA. Las aguas residuales procedentes de la actividad no deben ser vertidas en el alcantarillado municipal cuando
superen los valores de contaminación establecidos por la Ordenanza municipal que regula los vertidos.
IV) Generación, almacenamiento y eliminación de residuos:
Para obtener una buena gestión de residuos urbanos es necesario clasificarlos y separarlos adecuadamente para su posterior retirada por la empresa autorizada de gestionarlos. Se deberá justificar la correcta gestión de los residuos mediante Gestor autorizado de recogida y tratamiento de aceites y grasas mediante sistema de retirada selectiva de los mismos.
Limpiar el alrededor de los locales donde se recogen cantidades de residuos y se genera ruido al realizar las labores de limpieza. V) Almacenamiento de productos:
Atender al criterio ambiental en el aprovisionamiento, mediante la elección de materiales, productos y
suministradores con certificación ambiental.
Conocer el significado de las distintas etiquetas y certificaciones ecológicas.
Fomentar la implantación de buzones de sugerencias ambientales y analizar e impulsar aquellas que se consideran interesantes.
I. Memoria
01. Memoria descriptiva
Incluir en las estadísticas de venta elementos ambientales.
Asegurarse de que los productos químicos que se emplean en la limpieza de las instalaciones poseen la
certificación de baja agresividad ambiental.
Procurar la compra de productos a granel y con el menos volumen posible de envoltorios.
Deberá cumplir en todo caso, el Real Decreto 168/1985 sobre REGLAMENTACION TECNICO-SANITARIA SOBRE LAS CONDICIONES GENERALES DE ALMACENAMIENTO FRIGORIFICO DE ALIMENTOS Y PRODUCTOS ALIMENTARIOS.
2.4. Medios de Seguimiento y Control
Anualmente se realizará un Informe suscrito por el responsable de la instalación en el que se dará cuenta de los aná-lisis y controles realizados respecto a las afecciones y elementos antes listados y se remitirá a la Delegación de Medio Ambiente del Ayuntamiento.
I. Memoria
05. Decreto 293/2009
03. DECRETO 293/2009
I. Memoria
05. Decreto 293/2009
Decreto 293/2009, de 7 de Julio, por el que se aprueba el reglamento que regula las normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía.
BOJA nº 140, de 21 de julio de 2009 Corrección de errores. BOJA nº 219, de 10 de noviembre de 2009
DATOS GENERALES FICHAS Y TABLAS JUSTIFICATIVAS*
* Orden de 9 de enero de 2012, por la que se aprueban los modelos de fichas y tablas justificativas del Reglamento que regula las normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía, aprobado por el Decreto 293/2009, de 7 de julio, y las instrucciones para su cumplimentación. (BOJA nº 12, de 19 de enero)
I. Memoria
05. Decreto 293/2009
DATOS GENERALES
DOCUMENTACIÓN: PROYECTO TÉCNICO DE APERTURA DE BAR CON COCINA Y SIN MUSICA. ACTUACIÓN: CALIFICACION AMBIENTAL
ACTIVIDADES O USOS CONCURRENTES: -
DOTACIONES NÚMERO
Aforo (número de personas) No se interviene Número de asientos - Superficie - Accesos 1 Ascensores - Rampas - Alojamientos - Núcleos de aseos 2 Aseos aislados - Núcleos de duchas - Duchas aisladas - Núcleos de vestuarios - Vestuarios aislados - Probadores - Plazas de aparcamientos - Plantas - Puestos de personas con discapacidad (sólo en el supuesto de centros de enseñanza reglada de educación especial) -
LOCALIZACIÓN: Calle Vicente Blasco Ibáñez nº 1, local 1, 41704 Dos Hermanas
TITULARIDAD: YOLANDA BERNAL RODRÍGUEZ PERSONA/S PROMOTORA/S: YOLANDA BERNAL RODRÍGUEZ
TÉCNICOS REDACTORES: JESÚS TRUJILLO LÓPEZ/ ÁNGEL ROMERO MÁRQUEZ/ FERNANDO ROMERO MÁRQUEZ PROYECTISTA: GRUPO ARQUITECTÓNICA PROJECT AND BUILDING S.C.P.
I. Memoria
05. Decreto 293/2009
FICHAS Y TABLAS JUSTIFICATIVAS QUE SE ACOMPAÑAN
FICHA I. INFRAESTRUCTURAS Y URBANISMO
FICHA II. EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES
FICHA III. EDIFICACIONES DE VIVIENDAS
FICHA IV. VIVIENDAS RESERVADAS PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA
TABLA 1. EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES DE ALOJAMIENTO
TABLA 2. EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES DE USO COMERCIAL
TABLA 3. EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES DE USO SANITARIO
TABLA 4. EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES DE SERVICIOS SOCIALES
TABLA 5. EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES DE ACTIVIDADES CULTURALES Y SOCIALES
TABLA 6. EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES DE RESTAURACIÓN
TABLA 7. EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES DE USO ADMINISTRATIVO
TABLA 8. CENTROS DE ENSEÑANZA
TABLA 9. EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES DE TRANSPORTES
TABLA 10. EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES DE ESPECTÁCULOS
TABLA 11. EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES DE USO RELIGIOSO
TABLA 12. EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES DE ACTIVIDADES RECREATIVAS
TABLA 13. GARAJES Y APARCAMIENTOS
OBSERVACIONES En relación al acceso desde la vía pública, la planta baja se encuentra al mismo nivel. El desnivel de 5 centímetros entre portal y patio se realiza acorde a lo establecido por el Decreto, se salva el pequeño desnivel con rampa/chaflán de pendiente adaptada y piso antideslizante (ver detalle en el plano de accesibilidad). El ascensor implantado será adaptado para personas en silla de ruedas. No se modifica el núcleo de escaleras.
I. Memoria
05. Decreto 293/2009
FICHA II. EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES
(Aplicable a zonas de uso comunitario)
CONDICIONES CONSTRUCTIVAS, DE LOS MATERIALES Y DEL EQUIPAMIENTO
Descripción de los materiales utilizados Pavimentos de itinerarios accesibles Material:- GRES Color:- Resbaladicidad:- Clase 2 Pavimentos de rampas Material:- GRES Color:- Resbaladicidad:- Clase 3 Pavimentos de escaleras Material: Definido en proyecto. Color: Definido en proyecto. Resbaladicidad: Definido en proyecto. Franja señalizadora Tipo: Definido en proyecto. Textura: Definido en proyecto. Color: Definido en proyecto.
Se cumplen todas las condiciones de la normativa aplicable relativas a las características de los materiales empleados y la construcción de los itinerarios accesibles en el edificio. Todos aquellos elementos de equipamiento e instalaciones del edificio (teléfonos, ascensores, escaleras mecánicas...), cuya fabricación no depende de las personas proyectistas, deberán cumplir las condiciones de diseño que serán comprobadas por la dirección facultativa de las obras, en su caso, y acreditadas por la empresa fabricante.
No se cumple alguna de las condiciones constructivas de los materiales o del equipamiento, lo que se justifica en las observaciones de la presente Ficha justificativa integrada en el proyecto o documentación técnica.
* Orden de 9 de enero de 2012, por la que se aprueban los modelos de fichas y tablas justificativas del Reglamento que regula las normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía, aprobado por el Decreto 293/2009, de 7 de julio, y las instrucciones para su cumplimentación. (BOJA núm. 12, de 19 de enero).
I. Memoria
05. Decreto 293/2009
FICHA II. EDIFICIOS ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES ESPACIOS, INSTALACIONES Y EDIFICACIONES COMPLEMENTARIAS DE USO COMUNITARIO
ESPACIOS EXTERIORES. Se deberán cumplimentar en su caso, la Ficha justificativa II. Edificios, establecimientos o instalaciones y, en su caso, la Ficha justificativa I. Infraestructuras y urbanismo.
ESPACIOS, INSTALACIONES Y EDIFICACIONES COMPLEMENTARIAS DE USO COMUNITARIO (piscinas, gimnasios, juegos infantiles, etc.). Se deberá cumplimentar la Ficha justificativa II. Edificios, establecimientos o instalaciones.
NORMATIVA DB-SUA DEC. 293/2009(Rgto)
ORDENANZA DOC. TÉCNICA
ACCESO DESDE EL EXTERIOR (Rgto. Art. 105. DB-SUA Anejo A)
No hay desnivel
Desnivel Salvado con una rampa (Ver apartado "Rampas")
Salvado por un ascensor (Ver apartado "Ascensores")
VESTÍBULOS (Rgto. Art. 108. DB-SUA Anejo A)
Circunferencia libre no barrida por las puertas. Ø ≥ 1,50 m Ø ≥ 1,50 m Cumple
Circunferencia libre frente ascensor accesible (o espacio previsto para futura instalación de ascensor accesible) Ø ≥ 1,50 m ---
PASILLOS (Rgto. Art. 108. DB-SUA Anejo A)
Anchura libre ≥ 1,10 m ≥ 1,20 m ≥ 1,20 m
Estrechamientos puntuales
Longitud del estrechamiento ≤ 0,50 m ≤ 0,50 m Cumple
Ancho libre resultante ≥ 1,00 m ≥ 0,90 m
Separación a puertas o cambios de ≥ 0,65 m ---
Espacio de giro libre al fondo de pasillos mayores de Ø ≥ 1,50 m ---
HUECOS DE PASO (Rgto. Art. 108. DB-SUA Anejo A)
Anchura libre de paso de las puertas de entrada y huecos ≥ 0,80 m ≥ 0,80 m ≥ 0,80 m
En el ángulo de máxima apertura de la puerta, la anchura libre de paso reducida por el grosor de la hoja de la puerta es ≥ 0,78 m.
Espacio libre horizontal a ambas caras de las puertas Ø ≥ 1,20 m Ø ≥ 1,20 m Ø ≥ 1,20 m
Ángulo de apertura de las puertas (incluso exteriores) --- ≥ 90º ≥ 90º
Sistema de apertura o cierre
Altura de la manivela De 0,80 m a 1,20 m De 0,80 m a 1,10 De 0,80 m a 1,10
Separación del picaporte al plano de --- 0,04 m 0,04 m
Distancia desde el mecanismo hasta el encuentro en rincón ≥ 0,30 m ---
Puertas transparentes o acristaladas
Son de policarbonatos o metacrilatos, luna pulida templada de espesor mínimo 6 milímetros o acristalamientos laminares de
Señalización horizontal en toda su longitud
De 0,85 m a 1,10 m De 1,50 m a 1,70 m
De 0,85 m a 1,10 m
De 1,50 m a 1,70
Ancho franja señalizadora perimetral (1)
--- 0,05 m
(1) Puertas totalmente transparentes con apertura automática o que no disponen de mecanismo de accionamiento.
Puertas de dos hojas
Sin mecanismo de automatismo y coordinación, anchura de paso mínimo en una de ellas
≥ 0,80 m ≥ 0,80 m Cumple
Puertas automáticas
Anchura libre de paso ≥ 0,80 m ≥ 0,80 m
Mecanismo de minoración de --- ≤ 0,5 m/s
VENTANAS
No invaden el pasillo a una altura inferior a 2,20 m.
ESCALERAS (Rgto. art. 107, DB-SUA Anejo A)
Directriz Recta
Curva o mixta
Recta
Curva o mixta
Cumple
Altura salvada por el tramo
Con ascensor como alternativa ≤ 3,20 m --- Cumple
Sin ascensor como alternativa ≤ 2,25 m --- Cumple
Número mínimo de peldaños por tramo 3 Según DB-SUA Cumple
I. Memoria
05. Decreto 293/2009
Huella ≥ 0,28 m Según DB-SUA 0,25 m
Contrahuella (con tabica y sin bocel)
Con ascensor como alternativa De 0,13 m a 0,185 m Según DB-SUA Cumple
Sin ascensor como alternativa De 0,13 m a 0,175 m Según DB-SUA
Relación huella / contrahuella 0,54m ≤ 2C+H≤ 0,70m Según DB-SUA Cumple
Ancho libre (En tramos curvos, se debe excluir la zona donde la huella < 0,17 m)
≥ 1,00 m ≥ 1,00 m No cumple
0,80 m
Ángulo máximo de la tabica con el plano vertical ≤ 15º ≤ 15º
Mesetas
Intermedias
Con puertas de acceso a viviendas. Ancho
≥ Ancho de escalera Ø ≥ 1,20 m libre No cumple
Sin puertas de acceso a viviendas. Ancho
≥ Ancho de escalera Ø ≥ 1,00 m libre Cumple
Fondo ≥ 1,00 m --- Cumple
De arranque y desembarco
Ancho ≥ Ancho de escalera ≥ Ancho de 1,00 m
Fondo ≥ 1,00 m ≥ 1,20 m No cumple
Distancia de la arista de peldaños a puertas ≥ 0,40 m ≥ 0,40 m Cumple
Pasamanos Dimensión mayor del sólido capaz --- De 0,045 m a 0,05 Cumple
Altura De 0,90 m a 1,10 m De 0,90 m a 1,10 Cumple
En escaleras de ancho ≥ 4,00 m se disponen barandillas centrales con pasamanos. En el caso de escaleras de gran anchura, la separación máxima de pasamanos será de 4,00 m. En escaleras que salvan una altura ≥ 0,55 m, con ancho mayor que 1,20 m pasamanos a ambos lados de la escalera y continuo, incluyendo mesetas. Entre dos plantas consecutivas de una misma escalera, todos los peldaños tienen la misma contrahuella y todos los peldaños de los tramos rectos tienen la misma huella. Entre dos tramos consecutivos de plantas diferentes, la contrahuella no varía más de ±1,00 cm. El pasamanos es firme y fácil de asir, separado del paramento al menos 0,04 m y su sistema de sujeción no interfiere el paso continuo de la mano. RAMPAS FIJAS ACCESIBLES (Rgto. art. 109, DB-SUA)
Directriz Recta o curva de Radio ≥ 30,00 m Recta
Anchura ≥ 1,20 m ≥ 1,20 m Cumple
Pendiente longitudinal (proyección horizontal)
Tramos de longitud < 3,00 m 10,00 % 10,00 % Cumple
Tramos de longitud ≥ 3,00 m y < 6,00 m 8,00 % 8,00 %
Tramos de longitud ≥ 6,00 m 6,00 % 6,00 %
Pendiente transversal ≤ 2 % ≤ 2 % Cumple
Longitud máxima de tramo (proyección horizontal) ≤ 9,00 m ≤ 9,00 m Cumple
Mesetas
Ancho ≥ Ancho de la rampa ≥ Ancho de rampa Cumple
Fondo ≥ 1,50 m ≥ 1,50 m Cumple
Rampa acceso edificio. Fondo --- ≥ 1,20 m
Distancia desde la arista de la rampa a una puerta o a pasillos de anchura inferior a 1,20 m.
≥ 1,50 m ≥ 1,50 m
Pasamanos
Dimensión sólido capaz --- De 0,045 m a 0,05 m
Cumple
Altura De 0,90 m a 1,10 m De 0,65 m a 0,75 m
De 0,90 m a 1,10 m
Cumple
Prolongación en los extremos a ambos lados (tramos ≥ 3 m) ≥ 0,30 m ≥ 0,30 m Cumple
Barandilla
Desnivel > 0,55 m Entre 0,90 y 1,10 m De 0,90 m a 1,10 m
Cumple
Desnivel > 0,15 m ---
De 0,90 m a 1,10 m Cumple
Altura de zócalo o elemento protector lateral en bordes libres, en rampas que salven una diferencia de cota máxima de 0,55 m.
≥ 0,10 m ≥ 0,10 m Cumple
En rampas que salvan una altura mayor que 0,185 m con una pendiente ≥ 6%, pasamanos a ambos lados y continuo incluyendo mesetas.
COMUNICACIÓN VERTICAL (Rgto. art. 106, DB-SUA9, Anejo A)
No es necesaria la instalación de ascensor ni la previsión estructural para hueco.
I. Memoria
05. Decreto 293/2009
Previsión estructural para hueco de ascensor
Edificios de viviendas con PB+1 que cuenta con 6 viviendas o menos. (Rgto.)
Edificios en los que hay que salvar hasta dos plantas desde alguna entrada principal accesible al edificio o hasta alguna vivienda o zona comunitaria o que dispongan de 12 o menos viviendas en plantas sin entrada principal accesible al edificio. (DB-SUA 9)
Instalación de ascensor accesible
Edificios con más de 6 viviendas que se desarrollen como máximo en PB+1 o con cualquier número de viviendas a partir de PB+2. (Rgto)
Edificios en los que hay que salvar más de dos plantas desde alguna entrada principal accesible al edificio hasta alguna vivienda o zona comunitaria, o que dispongan de más de 12 viviendas en plantas sin entrada principal accesible al edificio. (DB-SUA 9)
Ascensor accesible
Espacio libre previo al ascensor Ø ≥ 1,50 m --- No cumple
Anchura de paso puertas UNE EN 8170:2004 ≥ 0,80 m 0,60 m
Medidas interiores (Dimensiones mínimas)
Sin viviendas accesibles
Una o dos puertas enfrentadas
1,00 x 1,25 m
1,00 x 1,25 m No cumple 0,70 x 0,97
Dos puertas en ángulo
1,40 x 1,40 m
Con viviendas accesibles
Una o dos puertas enfrentadas
1,00 x 1,40 m
Dos puertas en ángulo
1,40 x 1,40 m
El modelo de ascensor accesible elegido y su instalación por persona autorizada cumplirán las condiciones de diseño establecidas en el Reglamento, entre las que destacan:
Rellano y suelo de la cabina enrasados. Puertas de apertura telescópica. Botoneras situadas:
H interior ≤ 1,20 m. H exterior ≤ 1,10 m.
Números en altorrelieve y sistema Braille.
Precisión de nivelación ≤ 0,02 m. Pasamanos a una altura entre 0,80 - 0,90 m
En cada acceso se colocarán: indicadores luminosos y acústicos de la llegada, indicadores luminosos que señalen el sentido de desplazamiento, en las jambas el número de la planta en braille y arábigo en relieve a una altura ≤ 1,20 m., esto último se podrá sustituir por un sintetizador de voz.
CARACTERÍSTICAS CONSTRUCTIVAS Y DE DISEÑO DE VESTÍBULOS, ESCALERAS, PUERTAS Y SALIDAS
Las puertas son fácilmente identificables, con una fuerza necesaria para la apertura de las puertas de salida ≤ 25 N (≤ 65 N cuando sean resistentes al fuego). La apertura de las salidas de emergencia es por presión simple y cuentan con doble barra plana a 0,20 m. y 0,90 m. La puerta de acceso al edificio destaca del resto de la fachada y cuenta con una buena iluminación. Las puertas correderas no pueden disponer de resaltes en su pavimento. La iluminación permanente presenta intensidad mínima de 300 lux. y los interruptores fácilmente localizables, dotados de piloto luminoso.
Existen puertas de apertura automática con dispositivos sensibles de barrido vertical, disponiendo de una banda indicativa a color a una altura de 0,60 a 1,20 m. con las siguientes características:
- Mecanismo de disminución de velocidad 0,50 m/s - Dispositivos sensibles que abran las puertas en caso de aprisionamiento.
- Dispositivos que impidan el cierre automático mientras el umbral esté ocupado. - Mecanismo manual de parada del automatismo.
APARCAMIENTOS (Rgto. art. 103, DB-SUA9, Anejo A)
Los aparcamientos tendrán consideración de "espacios de utilización colectiva" por lo que serán accesibles bien con rampa o con ascensor.
Dotación Uso exclusivo de cada vivienda 1 x vivienda reservada ---
Uso y utilización colectiva 1 x cada 40 o fracción ---
Zona de transferencia (1)
Batería Esp. libre lateral ≥ 1,20 m
---
Línea Esp. libre trasero ≥ 3,00 ---
(1) Se permite que la zona de transferencia se comparta entre dos plazas si tiene una anchura mínima de 1,40 m.
MECANISMOS ELECTRICOS
Altura de los interruptores ---
De 0,90 m a 1,20 m Cumple
Altura de los enchufes --- 0,30 m Cumple
CARACTERÍSTICAS GENERALES CONSTRUCTIVAS Y DE DISEÑO
I. Memoria
05. Decreto 293/2009
ACCESO AL EDIFICIO Los carteles informativos (número, letra y uso del edificio) se colocan en la entrada principal del edificio a una altura entre 1,50 y 1,60 m. Los sistemas de comunicación (llamada o apertura), se sitúan junto a la puerta en la parte izquierda y a una altura entre 0,90 y 1,20 m.
OBSERVACIONES
Al ser un edificio existente el cumplimiento del Decreto está condicionado por la disposición de algunos elementos del local.
DECLARACIÓN DE CIRCUNSTANCIAS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA
Se cumplen todas las prescripciones de la normativa aplicable.
Se trata de una actuación a realizar en un edificio de viviendas existente y no se puede cumplir alguna prescripción específica de la normativa aplicable debido a las condiciones físicas del terreno o de la propia construcción o cualquier otro condicionante de tipo histórico, artístico, medioambiental o normativo, que imposibilitan el total cumplimiento de las disposiciones.
En el apartado "Observaciones" de la presente Ficha justificativa se indican, concretamente y de manera motivada, los artículos o apartados de cada normativa que resultan de imposible cumplimiento y, en su caso, las soluciones que se propone adoptar. Todo ello se fundamenta en la documentación gráfica pertinente que acompaña a la memoria. En dicha documentación gráfica se localizan e identifican los parámetros o prescripciones que no se pueden cumplir, mediante las especificaciones oportunas, así como las soluciones propuestas.
En cualquier caso, aun cuando resulta inviable el cumplimiento estricto de determinados preceptos, se mejoran las condiciones de accesibilidad preexistentes, para lo cual se disponen, siempre que ha resultado posible, ayudas técnicas. Al efecto, se incluye en la memoria del proyecto, la descripción detallada de las características de las ayudas técnicas adoptadas, junto con sus detalles gráficos y las certificaciones de conformidad u homologaciones necesarias que garanticen sus condiciones de seguridad. No obstante, la imposibilidad del cumplimiento de determinadas exigencias no exime del cumplimiento del resto, de cuya consideración la presente Ficha justificativa es documento acreditativo.
I. Memoria
06. Gestión de residuos
04. ESTUDIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN
I. Memoria
06. Gestión de residuos
4.1. CONTENIDO DEL DOCUMENTO
En cumplimiento del Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición (RCD), conforme a lo dispuesto en el Artículo 4 "Obligaciones del productor de residuos de construcción y demolición", el presente estudio desarrolla los puntos siguientes:
- Agentes intervinientes en la Gestión de RCD.
- Productor de residuos y legislación aplicable.
4.2. AGENTES INTERVINIENTES
4.2.1. Identificación
El presente estudio corresponde al Proyecto Técnico para Apertura de Bar con cocina y sin música, situado en calle Vicente Blasco Ibáñez nº 1local 1. Dos Hermanas (Sevilla). Los agentes principales que intervienen en la ejecución de la obra son: Promotor YOLANDA BERNAL RODRÍGUEZ
Proyectista Grupo Arquitectónica Project and Building S.C.P.
Director de Obra Grupo Arquitectónica Project and Building S.C.P.
Técnicos redactores Jesús Trujillo López/ Ángel Romero Márquez/ Fernando Romero Márquez Se ha estimado en el presupuesto del proyecto, un coste de ejecución material (Presupuesto de ejecución material) de 655,13 €.
4.3. PRODUCTOR DE RESIDUOS (PROMOTOR)
Se identifica con el titular del bien inmueble en quien reside la decisión última de construir o demoler. Según el artículo 2 "Definiciones" del Real Decreto 105/2008, se determina:
1. Las actuaciones a realizar, (cambio en instalaciones y equipamiento), no generan residuos RCD por la persona física o jurídica titular de la licencia urbanística en la actuación del Local. Por lo que no es de Aplicación el presente Estudio de Gestión de Residuos.
I. Memoria
07. Otros Reglamentos y Disposiciones
05. NORMATIVA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO
I. Memoria
07. Otros Reglamentos y Disposiciones
5. NORMATIVA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO 00. NORMAS DE CARÁCTER GENERAL
LEY DE ORDENACIÓN DE LA EDIFICACIÓN. B.O.E. 266; 06.11.99 Ley 38/1999 de 5 de noviembre, de la Jefatura del Estado. B.O.E. 317; 31.12.01 Modificación de la Ley 38/1999. Artículo 82 de la Ley 24/2001 de 27
de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. B.O.E. 313; 31.12.02 Modificación de la Ley 38/1999. Artículo 105 de la Ley 53/2002 de 30
de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. B.O.E. 308; 23.12.09 Modificación de la Ley 38/1999. Artículo 15 de la Ley 25/2009, de 22
de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
B.O.E. 153; 27.06.13 Modificación de la Ley 38/1999. Disposición final tercera de la Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas.
CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN. PARTE I (General) Y PARTE II (Documentos Básicos) B.O.E. 074; 28.03.06 Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de la Vivienda,
por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación. (Partes I y II) B.O.E. 254; 23.10.07 Real Decreto 1371/2007, de 19 de octubre, del Ministerio de la
Vivienda. Modifica el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación. Aprueba el documento básico DB-HR Protección frente al ruido.
B.O.E. 304; 20.12.07 Ministerio de la Vivienda. Corrección de errores del Real Decreto 1371/2007, de 19 de octubre, por el que se aprueba el documento básico DB-HR Protección frente al ruido del Código Técnico de la Edificación y se modifica el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.
B.O.E. 022; 25.01.08 Ministerio de la Vivienda. Corrección de errores y erratas del Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.
B.O.E. 252; 18.10.08 Real Decreto 1675/2008, de 17 de octubre, del Ministerio de la Vivienda. Modifica el Real Decreto 1371/2007, de 19 de octubre, por el que se aprueba el documento básico DB-HR Protección frente al ruido.
B.O.E. 099; 23.04.09 Orden VIV/984/2009, de 15 de abril, por la que se modifican determinados documentos básicos del Código Técnico de la Edificación aprobados por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, y el Real Decreto 1371/2007, de 19 de octubre.
B.O.E. 230; 23.09.09 Corrección de errores y erratas de la Orden VIV/984/2009, de 15 de abril, por la que se modifican determinados documentos básicos del Código Técnico de la Edificación, aprobados por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, y el Real Decreto 1371/2007, de 19 de octubre.
B.O.E. 061; 11.03.10 Real Decreto 173/2010, de 19 de febrero, por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, en materia de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad.
B.O.E. 097; 22.04.10 Modificado el artículo 4 punto 4 del Real decreto 314/2006. Disposición final segunda del Real Decreto 410/2010, de 31 de marzo, por el que se desarrollan los requisitos exigibles a las entidades de control de calidad de la edificación y a los laboratorios de ensayos para el control de calidad de la edificación, para el ejercicio de su actividad.
B.O.E. 153; 27.06.13 Derogado el apartado 5 del artículo 2 y se modificados los artículos 1 y 2 y el anejo III de la parte I del Real decreto 314/2006. Disposición derogatoria única y disposición final undécima de la Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas.
B.O.E. 219; 12.09.13 Orden FOM/1635/2013, de 10 de septiembre, por la que se actualiza el Documento Básico DB-HE «Ahorro de Energía», del Código Técnico de la Edificación, aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo.
B.O.E. 268; 08.11.13 Corrección de errores de la Orden FOM/1635/2013, de 10 de septiembre, por la que se actualiza el Documento Básico DB-HE «Ahorro de Energía», del Código Técnico de la Edificación, aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo.
01. ABASTECIMIENTO DE AGUA, SANEAMIENTO Y VERTIDO CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB-HS 4 SALUBRIDAD, SUMINISTRO DE AGUA. CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB-HS 5 SALUBRIDAD, EVACUACIÓN DE AGUAS
B.O.E. 074; 28.03.06 Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de la Vivienda, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.
B.O.E. 254; 23.10.07 Real Decreto 1371/07, de 19 de octubre, del Ministerio de la Vivienda, por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación.
B.O.E. 022; 25.01.08 Ministerio de la Vivienda. Corrección de errores y erratas del Código Técnico de la Edificación.
I. Memoria
07. Otros Reglamentos y Disposiciones
B.O.E. 099; 23.04.09 Orden VIV/984/2009, de 15 de abril, por la que se modifican determinados documentos básicos del Código Técnico de la Edificación aprobados por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, y el Real Decreto 1371/2007, de 19 de octubre.
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS GENERALES PARA TUBERÍAS DE ABASTECIMIENTO DE AGUA. B.O.E. 236; 02.10.74 Orden de 28 de julio de 1974 por la que se aprueba el Pliego de
prescripciones técnicas generales para tuberías de abastecimiento de agua y se crea una Comisión Permanente de Tuberías de Abastecimiento de Agua y de Saneamiento de Poblaciones.
B.O.E. 237; 03.10.74 B.O.E. 260; 30.10.74 Corrección de errores de la Orden de 28 de julio de 1974.
REGLAMENTO DEL SUMINISTRO DOMICILIARIO DE AGUA. B.O.J.A. 081; 10.09.91 Decreto 120/1991, de 11 de junio, por el que se aprueba el
Reglamento del Suministro Domiciliario de Agua. B.O.J.A. 137; 13.07.12 Modificación del Decreto 120/1991. Decreto 327/2012, de 10 de julio,
por el que se modifican diversos Decretos para su adaptación a la normativa estatal de transposición de la Directiva de Servicios.
02. ACCESIBILIDAD UNIVERSAL CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB-SUA SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN Y ACCESIBILIDAD. SUA 9. B.O.E. 061; 11.03.10 Real Decreto 173/2010, de 19 de febrero, por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, en materia de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad. Ministerio de Vivienda
DOCUMENTO TÉCNICO DE CONDICIONES BÁSICAS DE ACCESIBILIDAD Y NO DISCRIMINACIÓN PARA EL ACCESO Y UTILIZACIÓN DE LOS ESPACIOS PÚBLICOS URBANIZADOS. B.O.E. 061; 11.03.10 Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, por la que se desarrolla el
documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados. Ministerio de Vivienda
LEY GENERAL DE DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y DE SU INCLUSIÓN SOCIAL. B.O.E. 289; 03.12.13 Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social
CONDICIONES BÁSICAS DE ACCESIBILIDAD Y NO DISCRIMINACIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD PARA EL ACCESO Y UTILIZACIÓN DE LOS ESPACIOS PÚBLICOS URBANIZADOS Y EDIFICACIONES B.O.E. 113; 11.05.07 Real Decreto 505/2007, de 20 de abril, por el que se aprueban las
condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados y edificaciones.
REGLAMENTO QUE REGULA LAS NORMAS PARA LA ACCESIBILIDAD EN LAS INFRAESTRUCTURAS, EL URBANISMO, LA EDIFICACIÓN Y EL TRANSPORTE EN ANDALUCÍA B.O.J.A. 140; 21.07.09 Decreto 293/2009, de 7 de julio, por el que se aprueba el reglamento
que regula las normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía.
RESERVA Y SITUACIÓN DE LAS VIVIENDAS DE PROTECCIÓN OFICIAL DESTINADAS A MINUSVÁLIDOS. B.O.E. 051; 28.02.80 Real Decreto 355/1980, de 25 de enero, sobre reserva y situación de
las viviendas de protección oficial destinadas a minusválidos. B.O.E. 049; 26.02.81 Real Decreto 248/1981, de 5 de febrero, sobre medidas de distribución
de la reserva de viviendas destinadas a minusválidos, establecidas en el Real Decreto 355/1980, de 25 de enero.
PROGRAMAS DE NECESIDADES PARA LA REDACCIÓN DE LOS PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN Y
ADAPTACIÓN DE CENTROS DE EDUCACIÓN ESPECIAL. B.O.E. 082; 06.04.81 Orden de 26 de marzo de 1981, por la que se aprueban los programas
de necesidades para la redacción de los proyectos de construcción y adaptación de Centros de Educación Especial.
CONDICIONES DE ACCESIBILIDAD Y NO DISCRIMINACIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN SUS RELACIONES CON LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO. B.O.E. 072; 24.03.07 Real Decreto 366/2007, de 16 de marzo, por el que se establecen las
condiciones de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad en sus relaciones con la Administración General del Estado.
B.O.E. 048; 25.02.08 Orden PRE/446/2008, de 20 de febrero, por la que se determinan las especificaciones y características técnicas de las condiciones y criterios de accesibilidad y no discriminación establecidos en el Real Decreto 366/2007, de 16 de marzo.
CONDICIONES BÁSICAS DE ACCESIBILIDAD Y NO DISCRIMINACIÓN PARA EL ACCESO Y UTILIZACIÓN DE LOS MODOS DE TRANSPORTE PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD. B.O.E. 290; 04.12.07 Real Decreto 1276/2011, de 16 de septiembre, de adaptación
normativa a la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad.
I. Memoria
07. Otros Reglamentos y Disposiciones
ATENCIÓN A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN ANDALUCÍA. B.O.J.A. 045; 17.04.99 Ley 1/1999, de 31 de marzo, de Atención a las personas con
discapacidad en Andalucía SUPRESIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS EN LOS EDIFICIOS ESCOLARES PÚBLICOS.
B.O.J.A. 005; 21.01.86 Resolución de 30 de diciembre de 1985, de la Dirección General de Construcciones y Equipamiento Escolar, que desarrolla la Orden de 27 de diciembre de 1985, sobre supresión de barreras arquitectónicas en los edificios escolares públicos.
CONDICIONES TÉCNICAS QUE DEBEN REUNIR LOS CENTROS DE ATENCIÓN ESPECIALIZADA PARA PERSONAS CON MINUSVALÍAS. B.O.J.A. 086; 07.08.93 Resolución de 30 de julio de 1993, del Instituto Andaluz de Servicios
Sociales, por la que se determinan las condiciones técnicas que deben reunir los Centros de Atención Especializada para Personas con Minusvalías, para poder suscribir conciertos de plazas con dicho Instituto.
B.O.J.A. 107; 02.10.93 Corrección de errores. 03. ACCIONES EN LA EDIFICACIÓN
CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB-SE SEGURIDAD ESTRUCTURAL, BASES DE CÁLCULO. CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB-SE-AE SEGURIDAD ESTRUCTURAL, ACCIONES EN LA EDIFICACIÓN
B.O.E. 074; 28.03.06 Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de la Vivienda,
por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación. B.O.E. 254; 23.10.07 Real Decreto 1371/07, de 19 de octubre, del Ministerio de la Vivienda,
por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación. B.O.E. 022; 25.01.08 Ministerio de la Vivienda. Corrección de errores y erratas del Código
Técnico de la Edificación. B.O.E. 099; 23.04.09 Orden VIV/984/2009, de 15 de abril, por la que se modifican
determinados documentos básicos del Código Técnico de la Edificación aprobados por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, y el Real Decreto 1371/2007, de 19 de octubre.
NORMA DE CONSTRUCCIÓN SISMORRESISTENTE: PARTE GENERAL Y EDIFICACIÓN (NCSE-02). B.O.E. 244; 11.10.02 Real Decreto 997/2002, de 27 de septiembre, por el que se aprueba la
norma de construcción sismorresistente: parte general y edificación (NCSR-02).
04. AISLAMIENTO ACÚSTICO. RUIDO (Ver también Apartado 19 MEDIO AMBIENTE) CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB-HR PROTECCIÓN FRENTE AL RUIDO.
B.O.E. 254; 23.10.07 Real Decreto 1371/07, de 19 de octubre, del Ministerio de la Vivienda. Aprueba el documento básico DB-HR Protección frente al ruido. .
B.O.E. 304; 20.12.07 Ministerio de la Vivienda. Corrección de errores del documento básico DB-HR Protección frente al ruido.
B.O.E. 252; 18.10.08 Real Decreto 1675/2008, de 17 de octubre, del Ministerio de la Vivienda. Modifica el Real Decreto 1371/2007, de 19 de octubre, por el que se aprueba el documento básico DB-HR Protección frente al ruido.
B.O.E. 099; 23.04.09 Orden VIV/984/2009, de 15 de abril, por la que se modifican determinados documentos básicos del Código Técnico de la Edificación aprobados por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, y el Real Decreto 1371/2007, de 19 de octubre.
LEY DEL RUIDO. B.O.E. 276; 18.11.03 Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido. B.O.E. 301; 17.12.05 Real Decreto 1513/2005, de 16 de diciembre, por el que se desarrolla
la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a la evaluación y gestión del ruido ambiental.
B.O.E. 254; 23.10.07 Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.
REGLAMENTO DE PROTECCIÓN CONTRA LA CONTAMINACIÓN ACÚSTICA EN ANDALUCÍA. B.O.J.A. 024; 06.02.12 Decreto 6/2012, de 17 de enero, de la Consejería de Medio Ambiente,
por el que se aprueba el Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica en Andalucía, y se modifica el Decreto 357/2010, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para la Protección de la Calidad del Cielo Nocturno frente a la contaminación lumínica y el establecimiento de medidas de ahorro y eficiencia energética.
05. APARATOS ELEVADORES REGLAMENTO DE APARATOS DE ELEVACIÓN Y SU MANUTENCIÓN.
B.O.E. 296; 11.12.85 Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención de los mismos.
Derogado a partir del 30.06.99 por el Real Decreto 1314/1997, con excepción de sus artículos 10, 11, 12, 13, 14, 15, 19 y 23 (Disposición derogatoria única).
I. Memoria
07. Otros Reglamentos y Disposiciones
DISPOSICIÓN DE APLICACIÓN DE LA DIRECTIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO 95/16/CE, SOBRE ASCENSORES. B.O.E. 234; 30.09.97 Real Decreto 1314/1997, de 1 de agosto, por el que se dictan las
disposiciones de aplicación de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo 95/16/CE, sobre ascensores.
B.O.E. 179; 28.07.98 Corrección de errores Real Decreto 1314/1997. AUTORIZACIÓN REFERIDAS AL FOSO E INSTALACIÓN DE MAQUINARIA.
B.O.E. 097; 23.04.97 Resolución de 3 de abril de 1997, de la Dirección General de
Tecnología y Seguridad Industrial, por la que se autoriza la instalación de ascensores sin cuarto de máquinas.
B.O.E. 230; 25.09.98 Resolución de 10 de septiembre de 1998, de la Dirección General de Tecnología y Seguridad Industrial, por la que se autoriza la instalación de ascensores con máquinas en foso.
INSTRUCCIÓN TÉCNICA COMPLEMENTARIA AEM 1, ASCENSORES. B.O.E. 046; 22.02.13 Real Decreto 88/2013, de 8 de febrero, por el que se aprueba la
Instrucción Técnica Complementaria AEM 1 "Ascensores" del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, aprobado por Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre.
B.O.E. 111; 09.05.13 Corrección de errores del Real Decreto 88/2013. INSTRUCCIÓN TÉCNICA COMPLEMENTARIA MIE-AEM-2, GRÚAS TORRE PARA OBRAS U OTRAS
APLICACIONES.
B.O.E. 170; 17.07.03 Real Decreto 836/2003, de 27 de junio, por el que se aprueba una nueva Instrucción técnica complementaria «MIE-AEM-2» del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, referente a grúas torre para obras u otras aplicaciones.
INSTRUCCIÓN TÉCNICA COMPLEMENTARIA MIE-AEM 3, CARRETILLAS AUTOMOTORAS DE MANUTENCIÓN.
B.O.E. 137; 09.06.89 Orden de 26 de mayo de 1989 por la que se aprueba la Instrucción
Técnica Complementaria MIE-AEM3 del Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención referente a carretillas automotoras de manutención.
INSTRUCCIÓN TÉCNICA COMPLEMENTARIA MIE-AEM 4, GRÚAS MÓVILES AUTOPROPULSADAS. B.O.E. 170; 17.07.03 Real Decreto 837/2003, de 27 de junio, por el que se aprueba el nuevo
texto modificado y refundido de la Instrucción técnica complementaria "MIE-AEM-4" del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, referente a grúas móviles autopropulsadas.
06. CALEFACCIÓN, CLIMATIZACIÓN, AGUA CALIENTE SANITARIA, ENERGÍA SOLAR. RITE CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB-HE 4 CONTRIBUCIÓN SOLAR MÍNIMA DE AGUA CALIENTE
SANITARIA. CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB-HE 2 RENDIMIENTO DE LAS INSTALACIONES TÉRMICAS (RITE)
B.O.E. 074; 28.03.06 Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de la Vivienda, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.
B.O.E. 254; 23.10.07 Real Decreto 1371/07, de 19 de octubre, del Ministerio de la Vivienda, por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación.
B.O.E. 022; 25.01.08 Ministerio de la Vivienda. Corrección de errores y erratas del Código Técnico de la Edificación.
B.O.E. 099; 23.04.09 Orden VIV/984/2009, de 15 de abril, por la que se modifican determinados documentos básicos del Código Técnico de la Edificación aprobados por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, y el Real Decreto 1371/2007, de 19 de octubre.
B.O.E. 219; 12.09.13 Orden FOM/1635/2013, de 10 de septiembre, por la que se actualiza el Documento Básico DB-HE «Ahorro de Energía», del Código Técnico de la Edificación, aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo.
B.O.E. 268; 08.11.13 Corrección de errores de la Orden FOM/1635/2013, de 10 de septiembre, por la que se actualiza el Documento Básico DB-HE «Ahorro de Energía», del Código Técnico de la Edificación, aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo.
REGLAMENTO DE INSTALACIONES TÉRMICAS EN LOS EDIFICIOS (RITE). B.O.E. 207; 29.08.07 Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el
Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios. B.O.E. 051; 28.02.08 Corrección de errores del Real Decreto 1027/2007, B.O.E. 298; 11.12.09 Real Decreto 1826/2009, de 27 de noviembre, por el que se modifica
el Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios, aprobado por Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio.
B.O.E. 038; 12.02.10 Corrección de errores Real Decreto 1826/2009, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios.
B.O.E. 127; 25.05.10 Corrección de errores Real Decreto 1826/2009, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios.
I. Memoria
07. Otros Reglamentos y Disposiciones
B.O.E. 038; 13.02.16 Modificado por la Disposición final tercera del Real Decreto 56/2016, de 13 de febrero, por el que se transpone la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, en lo referente a auditorías energéticas, acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos y promoción de la eficiencia del suministro de energía.
REGLAMENTO DE SEGURIDAD PARA INSTALACIONES FRIGORÍFICAS Y SUS INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS. B.O.E. 057; 08.03.11 Real Decreto 138/2011, de 4 de febrero, por el que se aprueban el
Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias.
B.O.E. 180; 28.07.11 Corrección de errores del Real Decreto 138/2011. REGLAMENTO TÉCNICO DE DISTRIBUCIÓN Y UTILIZACIÓN DE COMBUSTIBLES GASEOSOS Y SUS ITCs.
B.O.E. 211; 04.09.06 Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 11.
INSTRUCCIÓN TÉCNICA COMPLEMENTARIA MI-IP 03. INSTALACIONES PETROLÍFERAS PARA USO PROPIO. B.O.E. 254; 23.10.97 Real Decreto 1427/1997, de 15 de septiembre, por el que se aprueba
la instrucción técnica complementaria MI-IP 03 «Instalaciones petrolíferas para uso propio».
B.O.E. 021; 24.01.98 Corrección de errores del Real Decreto 1427/1997. B.O.E. 253; 22.10.99 Real Decreto 1523/1999, de 1 de octubre, por el que se modifica el
Reglamento de instalaciones petrolíferas, aprobado por Real Decreto 2085/1994, de 20 de octubre, y las instrucciones técnicas complementarias MI-IP03, aprobada por el Real Decreto 1427/1997, de 15 de septiembre, y MI-IP04, aprobada por el Real Decreto 2201/1995, de 28 de diciembre.
B.O.E. 054; 03.03.00 Corrección de errores del Real Decreto 1523/1999. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE DISEÑO Y MONTAJE DE INSTALACIONES SOLARES TÉRMICAS PARA LA
PRODUCCIÓN DE AGUA CALIENTE. B.O.J.A. 029; 23.04.91 Orden de 30 de marzo de 1991, por la que se establecen las
especificaciones técnicas de diseño y montaje de instalaciones solares técnicas para la producción de agua caliente
B.O.J.A. 036; 17.05.91 Corrección de errores de la Orden de 30 de marzo de 1991. 07. CASILLEROS POSTALES
REGLAMENTO POR EL QUE SE REGULA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS POSTALES.
B.O.E. 313; 31.12.99 Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales, en desarrollo de lo establecido en la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales.
B.O.E. 036; 11.02.00 Corrección de errores del Real Decreto 1829/1999. 08. CERTIFICACIÓN DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LOS EDIFICIOS
CERTIFICACIÓN DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LOS EDIFICIOS.
B.O.E. 089; 13.04.13 Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.
B.O.E. 125; 25.05.13 Corrección de errores del Real Decreto 235/2013. B.O.E. 153; 27.06.13 Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación
urbanas. B.O.E. 261; 31.10.15 Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana. B.O.E. 038; 13.02.16 Real Decreto 56/2016, de 12 de febrero, por el que se transpone la
Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, en lo referente a auditorías energéticas, acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos y promoción de la eficiencia del suministro de energía.
B.O.E. 134; 06.06.17 Real Decreto 564/2017, de 2 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.
B.O.J.A. 070; 10.04.07 Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías renovables y del ahorro y eficiencia energética de Andalucía.
B.O.J.A. 112; 09.06.11 Decreto 169/2011, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Fomento de las Energías Renovables, el Ahorro y la Eficiencia Energética en Andalucía.
B.O.J.A. 012; 17.01.13 Decreto 2/2013, de 15 de enero, por el que se modifica el Decreto 169/2011, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Fomento de las Energías Renovables, el Ahorro y la Eficiencia Energética en Andalucía.
REGISTRO ELECTRÓNICO DE CERTIFICADOS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA
I. Memoria
07. Otros Reglamentos y Disposiciones
B.O.J.A. 145; 22.07.08 Orden de 25 de junio de 2008, por la que se crea el Registro Electrónico de Certificados de eficiencia energética de edificios de nueva construcción y se regula su organización y funcionamiento, de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa
09. CONGLOMERANTES. CEMENTOS INSTRUCCIÓN PARA LA RECEPCIÓN DE CEMENTOS. (RC-16).
B.O.E. 153; 25.06.16 Real Decreto 256/2016, de 10 de junio, por el que se aprueba la Instrucción para la recepción de cementos (RC16).
OBLIGATORIEDAD DE LA HOMOLOGACIÓN DE LOS CEMENTOS PARA LA FABRICACIÓN DE HORMIGONES Y MORTEROS. B.O.E. 265; 04.11.88 Real Decreto 1313/1988, de 28 de octubre, por el que se declara
obligatoria la homologación de los cementos para la fabricación de hormigones y morteros para todo tipo de obras y productos prefabricados.
B.O.E. 298; 14.12.06 Orden PRE/3796/2006, de 11 de diciembre, por la que se modifican las referencias a normas UNE que figuran en el anexo al Real Decreto 1313/1988, de 28 de octubre, por el que se declara obligatoria la homologación de los cementos para la fabricación de hormigones y morteros para todo tipo de obras y productos prefabricados.
10. CUBIERTAS. PROTECCIÓN CONTRA LA HUMEDAD CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB-HS 1 SALUBRIDAD, PROTECCIÓN FRENTE A LA HUMEDAD.
B.O.E. 074; 28.03.06 Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de la Vivienda,
por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación. B.O.E. 254; 23.10.07 Real Decreto 1371/07, de 19 de octubre, del Ministerio de la Vivienda,
por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación. B.O.E. 022; 25.01.08 Ministerio de la Vivienda. Corrección de errores y erratas del Código
Técnico de la Edificación. B.O.E. 099; 23.04.09 Orden VIV/984/2009, de 15 de abril, por la que se modifican
determinados documentos básicos del Código Técnico de la Edificación aprobados por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, y el Real Decreto 1371/2007, de 19 de octubre.
11. ELECTRICIDAD E ILUMINACIÓN, ENERGÍA FOTOVOLTAICA. REBT CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB-HE 3 EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LAS INSTALACIONES DE
ILUMINACIÓN. CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB-HE 5 CONTRIBUCIÓN FOTOVOLTAICA MÍNIMA DE ENERGÍA
ELÉCTRICA B.O.E. 074; 28.03.06 Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de la Vivienda,
por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación. B.O.E. 254; 23.10.07 Real Decreto 1371/07, de 19 de octubre, del Ministerio de la Vivienda,
por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación. B.O.E. 022; 25.01.08 Ministerio de la Vivienda. Corrección de errores y erratas del Código
Técnico de la Edificación B.O.E. 099; 23.04.09 Orden VIV/984/2009, de 15 de abril, por la que se modifican
determinados documentos básicos del Código Técnico de la Edificación aprobados por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, y el Real Decreto 1371/2007, de 19 de octubre.
B.O.E. 219; 12.09.13 Orden FOM/1635/2013, de 10 de septiembre, por la que se actualiza el Documento Básico DB-HE «Ahorro de Energía», del Código Técnico de la Edificación, aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo.
B.O.E. 268; 08.11.13 Corrección de errores de la Orden FOM/1635/2013, de 10 de septiembre, por la que se actualiza el Documento Básico DB-HE «Ahorro de Energía», del Código Técnico de la Edificación, aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo.
REGLAMENTO ELECTROTÉCNICO PARA BAJA TENSIÓN Y SUS ITC BT 01 A BT 51
B.O.E. 224; 18.09.02 Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.
CONTROL METROLÓGICO DEL ESTADO SOBRE INSTRUMENTOS DE MEDIDA. B.O.E. 183; 02.08.06 Real Decreto 889/2006, de 21 de julio, por el que se regula el control
metrológico del Estado sobre instrumentos de medida. RÉGIMEN DE INSPECCIONES PERIÓDICAS DE LAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS DE BAJA TENSIÓN.
B.O.J.A. 120; 19.06.07 Orden de 17 de mayo de 2007, por la que se regula el Régimen de Inspecciones Periódicas de las instalaciones eléctricas de baja tensión.
REGLAMENTO PARA LA PROTECCIÓN DE LA CALIDAD DEL CIELO NOCTURNO FRENTE A LA CONTAMINACIÓN LUMÍNICA Y EL ESTABLECIMIENTO DE MEDIDAS DE AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA. B.O.J.A. 159; 13.08.10 Decreto 357/2010, de 3 de agosto, de la Consejería de Medio
Ambiente, por el que se aprueba el Reglamento para la Protección de la Calidad del Cielo Nocturno frente a la contaminación lumínica y el establecimiento de medidas de ahorro y eficiencia energética.
B.O.J.A. 024; 06.02.12 Decreto 6/2012, de 17 de enero, de la Consejería de Medio Ambiente, por el que se aprueba el Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica en Andalucía, y se modifica el Decreto 357/2010, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para
I. Memoria
07. Otros Reglamentos y Disposiciones
la Protección de la Calidad del Cielo Nocturno frente a la contaminación lumínica y el establecimiento de medidas de ahorro y eficiencia energética.
12. ENERGÍA. LIMITACIÓN CONSUMO Y DEMANDA DE ENERGÍA, AISLAMIENTO TÉRMICO CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB-HE 0 LIMITACIÓN DEL CONSUMO ENERGÉTICO CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB-HE 1 LIMITACIÓN DE LA DEMANDA ENERGÉTICA
B.O.E. 074; 28.03.06 Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de la Vivienda,
por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación. B.O.E. 254; 23.10.07 Real Decreto 1371/07, de 19 de octubre, del Ministerio de la Vivienda,
por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación. B.O.E. 022; 25.01.08 Ministerio de la Vivienda. Corrección de errores y erratas del Código
Técnico de la Edificación. B.O.E. 099; 23.04.09 Orden VIV/984/2009, de 15 de abril, por la que se modifican
determinados documentos básicos del Código Técnico de la Edificación aprobados por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, y el Real Decreto 1371/2007, de 19 de octubre.
B.O.E. 219; 12.09.13 Orden FOM/1635/2013, de 10 de septiembre, por la que se actualiza el Documento Básico DB-HE «Ahorro de Energía», del Código Técnico de la Edificación, aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo.
B.O.E. 268; 08.11.13 Corrección de errores de la Orden FOM/1635/2013, de 10 de septiembre, por la que se actualiza el Documento Básico DB-HE «Ahorro de Energía», del Código Técnico de la Edificación, aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo.
NORMAS SOBRE LA UTILIZACIÓN DE LAS ESPUMAS DE UREA-FORMOL USADAS COMO AISLANTES EN LA EDIFICACIÓN. B.O.E. 113; 11.05.84 Orden de 8 de mayo de 1984 por la que se dictan normas para la
utilización de las espumas de ureaformol usadas como aislantes en la edificación.
B.O.E. 167; 13.07.84 Corrección de errores de la Orden de 8 de mayo de 1984. B.O.E. 222; 16.09.87 Orden de 31 de julio de 1987 por la que se dispone el cumplimiento de
la sentencia dictada el 9 de marzo de 1987 por la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el recurso contencioso-administrativo número 307.273/1984. Anulación la Disposición sexta.
B.O.E. 053; 03.03.89 Orden de 28 de febrero de 1989 por la que se modifica la de 8 de mayo de 1984 sobre utilización de las espumas de urea-formol, usadas como aislantes en la edificación. Nueva redacción Disposición sexta.
13. ESTRUCTURAS DE ACERO
CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB-SE-A SEGURIDAD ESTRUCTURAL: ACERO. B.O.E. 074; 28.03.06 Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de la Vivienda,
por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación. B.O.E. 254; 23.10.07 Real Decreto 1371/07, de 19 de octubre, del Ministerio de la Vivienda,
por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación. B.O.E. 022; 25.01.08 Ministerio de la Vivienda. Corrección de errores y erratas del Código
Técnico de la Edificación. INSTRUCCIÓN DE ACERO ESTRUCTURAL (EAE).
B.O.E. 149; 23.06.11 Real Decreto 751/2011, de 27 de mayo, por el que se aprueba la Instrucción de Acero Estructural (EAE).
B.O.E. 150; 23.06.12 Corrección de errores del Real Decreto 751/2011. RECUBRIMIENTOS GALVANIZADOS EN CALIENTE SOBRE PRODUCTOS, PIEZAS Y ARTÍCULOS DIVERSOS
CONSTRUIDOS O FABRICADOS CON ACERO U OTROS MATERIALES FÉRREOS. B.O.E. 003; 03.01.86 Real Decreto 2531/1985, de 18 de diciembre, por el que se declaran
de obligado cumplimiento las especificaciones técnicas de los recubrimientos galvanizados en caliente sobre productos, piezas y artículos diversos construidos o fabricados con acero u otros materiales férreos, y su homologación por el Ministerio de Industria y Energía.
B.O.E. 024; 28.01.99 ORDEN de 13 de enero de 1999 por la que se modifican parcialmente los requisitos que figuran en el anexo del Real Decreto 2531/1985, de 18 de diciembre, referentes a las especificaciones técnicas de los recubrimientos galvanizados en caliente sobre productos, piezas y artículos diversos, construidos o fabricados en acero u otros materiales férreos, y su homologación por el Ministerio de Industria y Energía.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS TUBOS DE ACERO INOXIDABLE SOLDADOS LONGITUDINALMENTE. B.O.E. 012; 14.01.86 Real Decreto 2605/1985, de 20 de noviembre, por el que se declaran
de obligado cumplimiento las especificaciones técnicas de los tubos de acero inoxidable soldados longitudinalmente y su homologación por el Ministerio de Industria y Energía.
B.O.E. 038; 13.02.86 Corrección de errores del Real Decreto 2605/1985. 14. ESTRUCTURAS DE FORJADOS
I. Memoria
07. Otros Reglamentos y Disposiciones
INSTRUCCIÓN DE HORMIGÓN ESTRUCTURAL EHE-08.
B.O.E. 203; 22.08.08 Real Decreto 12471/2008, de 18 de julio, por el que se aprueba la Instrucción de Hormigón Estructural (EHE-08).
B.O.E. 309; 24.12.08 Corrección de errores del Real Decreto 1247/2008. B.O.E. 263; 01.11.12 Sentencia de 27 de septiembre de 2012, de la Sala Tercera del Tribunal
Supremo, por la que se declaran nulos los párrafos séptimo y octavo del artículo 81 y el anejo 19 de la Instrucción de Hormigón Estructural (EHE-08), aprobada por el Real Decreto 1247/2008, de 18 de julio.
ALAMBRES TREFILADOS LISOS Y CORRUGADOS PARA MALLAS ELECTROSOLDADAS Y VIGUETAS SEMIRESISTENTES DE HORMIGÓN ARMADO PARA LA CONSTRUCCIÓN. B.O.E. 051; 28.02.86 Real Decreto 2702/1985, de 18 de diciembre, por el que se
homologan los alambres trefilados lisos y corrugados empleados en la fabricación de mallas electrosoldadas y viguetas semiresistentes de hormigón armado (viguetas en celosía), por el Ministerio de Industria y Energía.
B.O.E. 069; 22.03.94 Orden de 8 de marzo de 1994 por la que se establece la certificación de conformidad a normas como alternativa de la homologación de alambres trefilados lisos y corrugados empleados en la fabricación de mallas electrosoldadas y viguetas semirresistentes de hormigón armado.
15. ESTRUCTURAS DE FÁBRICA. LADRILLOS Y BLOQUES
CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB-SE F SEGURIDAD ESTRUCTURAL: FABRICA.
B.O.E. 074; 28.03.06 Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de la Vivienda, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.
B.O.E. 254; 23.10.07 Real Decreto 1371/07, de 19 de octubre, del Ministerio de la Vivienda, por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación.
B.O.E. 022; 25.01.08 Ministerio de la Vivienda. Corrección de errores y erratas del Código Técnico de la Edificación.
B.O.E. 099; 23.04.09 Orden VIV/984/2009, de 15 de abril, por la que se modifican determinados documentos básicos del Código Técnico de la Edificación aprobados por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, y el Real Decreto 1371/2007, de 19 de octubre.
16. ESTRUCTURAS DE HORMIGÓN INSTRUCCIÓN DE HORMIGÓN ESTRUCTURAL EHE-08.
B.O.E. 203; 22.08.08 Real Decreto 12471/2008, de 18 de julio, por el que se aprueba la
Instrucción de Hormigón Estructural (EHE-08). B.O.E. 309; 24.12.08 Corrección de errores del Real Decreto 1247/2008. B.O.E. 263; 01.11.12 Sentencia de 27 de septiembre de 2012, de la Sala Tercera del Tribunal
Supremo, por la que se declaran nulos los párrafos séptimo y octavo del artículo 81 y el anejo 19 de la Instrucción de Hormigón Estructural (EHE-08), aprobada por el Real Decreto 1247/2008, de 18 de julio.
HOMOLOGACIÓN DE ARMADURAS ACTIVAS DE ACERO PARA HORMIGÓN PRETENSADO. B.O.E. 305; 21.12.85 Real Decreto 2365/1985, de 20 de noviembre, por el que se
homologan las armaduras activas de acero para hormigón pretensado, por el Ministerio de Industria y Energía.
17. ESTRUCTURAS DE MADERA.
CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB-SE M SEGURIDAD ESTRUCTURAL: MADERA.
B.O.E. 074; 28.03.06 Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de la Vivienda, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.
B.O.E. 254; 23.10.07 Real Decreto 1371/07, de 19 de octubre, del Ministerio de la Vivienda, por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación.
B.O.E. 022; 25.01.08 Ministerio de la Vivienda. Corrección de errores y erratas del Código Técnico de la Edificación.
B.O.E. 099; 23.04.09 Orden VIV/984/2009, de 15 de abril, por la que se modifican determinados documentos básicos del Código Técnico de la Edificación aprobados por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, y el Real Decreto 1371/2007, de 19 de octubre.
TRATAMIENTOS PROTECTORES DE LA MADERA.
B.O.E. 249; 16.10.76 Orden de 7 de octubre de 1976 sobre tratamientos protectores de la
madera. 18. INSTALACIONES ESPECIALES. ACCIÓN DEL RAYO
I. Memoria
07. Otros Reglamentos y Disposiciones
CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB-SUA 8 SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO CAUSADO POR LA ACCIÓN DEL RAYO.
B.O.E. 074; 28.03.06 Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de la Vivienda,
por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación. B.O.E. 254; 23.10.07 Real Decreto 1371/07, de 19 de octubre, del Ministerio de la Vivienda,
por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación. B.O.E. 022; 25.01.08 Ministerio de la Vivienda. Corrección de errores y erratas del Código
Técnico de la Edificación B.O.E. 099; 23.04.09 Orden VIV/984/2009, de 15 de abril, por la que se modifican
determinados documentos básicos del Código Técnico de la Edificación aprobados por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, y el Real Decreto 1371/2007, de 19 de octubre.
PARARRAYOS RADIOACTIVOS.
B.O.E. 165; 11.07.86 Real Decreto 1428/1986, de 13 de junio, sobre pararrayos radiactivos. B.O.E. 165; 11.07.87 Real Decreto 903/1987, de 10 de julio, por el que se modifica el Real
Decreto 1428/1986, de 13 de junio, sobre pararrayos radiactivos. 19. MEDIO AMBIENTE. CALIDAD DEL AIRE. RESIDUOS
CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB-HS 2 SALUBRIDAD. RECOGIDA Y EVACUACIÓN DE RESIDUOS. CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB-HS 3 SALUBRIDAD. CALIDAD DEL AIRE INTERIOR
B.O.E. 074; 28.03.06 Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de la Vivienda,
por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación. B.O.E. 254; 23.10.07 Real Decreto 1371/07, de 19 de octubre, del Ministerio de la Vivienda,
por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación. B.O.E. 022; 25.01.08 Ministerio de la Vivienda. Corrección de errores y erratas del Código
Técnico de la Edificación. B.O.E. 099; 23.04.09 Orden VIV/984/2009, de 15 de abril, por la que se modifican
determinados documentos básicos del Código Técnico de la Edificación aprobados por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, y el Real Decreto 1371/2007, de 19 de octubre.
LEY DE RESIDUOS Y SUELOS CONTAMINADOS
B.O.E. 181; 29.07.11 Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. B.O.E. 108; 05.05.12 Modificada por Real Decreto-ley 17/2012, de 4 de mayo, de medidas
urgentes en materia de medio ambiente. B.O.E. 305; 20.12.12 Modificada por Ley 11/2012, de 19 de diciembre, de medidas urgentes
en materia de medio ambiente. B.O.E. 140; 12.06.13 Modificada por Ley 5/2013, de 11 de junio, por la que se modifican la
Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación y la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
LEY DE CALIDAD DEL AIRE Y PROTECCIÓN DE LA ATMÓSFERA
B.O.E. 275; 16.11.07 Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de
la atmósfera.
LEY DE GESTIÓN INTEGRADA DE LA CALIDAD AMBIENTAL (GICA).
B.O.J.A. 143; 20.07.07 Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.
REGLAMENTO DE RESIDUOS DE ANDALUCÍA.
B.O.J.A. 081; 26.04.12 Decreto 73/2012, de 22 de marzo, por el que se aprueba el
Reglamento de Residuos de Andalucía.
REGLAMENTO DE CALIFICACIÓN AMBIENTAL.
B.O.J.A. 003; 11.01.96 Decreto 297/1995, de 19 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Calificación Ambiental.
CALIDAD DEL MEDIO AMBIENTE ATMOSFÉRICO
B.O.J.A. 152; 04.08.11 Decreto 239/2011, de 12 de julio, por el que se regula la calidad del
medio ambiente atmosférico y se crea el Registro de Sistemas de Evaluación de la Calidad del Aire en Andalucía.
REGLAMENTO DE LA CALIDAD DEL AIRE, EN MATERIA DE MEDICIÓN, EVALUACIÓN Y VALORACIÓN DE
RUIDOS Y VIBRACIONES.
I. Memoria
07. Otros Reglamentos y Disposiciones
B.O.J.A. 030; 07.03.96 Orden de 23 de febrero de 1996, que desarrolla el Decreto 74/1996, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Calidad del Aire, en materia de medición, evaluación y valoración de ruidos y vibraciones.
B.O.J.A. 046; 18.04.96 Corrección de errores de la Orden de 23 de febrero de 1996.
PLAN DE GESTIÓN DE RESIDUOS PELIGROSOS DE ANDALUCÍA.
B.O.J.A. 091; 13.09.98 Decreto 134/1998, por el que se aprueba el Plan de Gestión de Residuos Peligrosos de Andalucía.
B.O.J.A. 064; 01.04.04 Decreto 99/2004, de 9 de marzo, por el que se aprueba la revisión del Plan de Gestión de Residuos Peligrosos de Andalucía.
20. PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS
CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB-SI SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIO. CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB-SUA SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN Y ACCESIBILIDAD
B.O.E. 074; 28.03.06 Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de la Vivienda,
por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación. B.O.E. 254; 23.10.07 Real Decreto 1371/07, de 19 de octubre, del Ministerio de la Vivienda,
por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación. B.O.E. 022; 25.01.08 Ministerio de la Vivienda. Corrección de errores y erratas del Código
Técnico de la Edificación. B.O.E. 099; 23.04.09 Orden VIV/984/2009, de 15 de abril, por la que se modifican
determinados documentos básicos del Código Técnico de la Edificación aprobados por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, y el Real Decreto 1371/2007, de 19 de octubre.
B.O.E. 061; 11.03.10 Real Decreto 173/2010, de 19 de febrero, por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, en materia de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad.
REGLAMENTO DE INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS.
B.O.E. 298; 14.12.93 Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el
Reglamento de instalaciones de protección contra incendios. B.O.E. 109; 07.05.94 Corrección de errores del Real Decreto 1942/1993. B.O.E. 101; 28.04.98 Orden de 16 de abril de 1998 sobre normas de procedimiento y
desarrollo del Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios y se revisa el anexo I y los apéndices del mismo.
REGLAMENTO DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS EN LOS ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES
B.O.E. 303; 17.12.04 Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el
Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales.
B.O.E. 055; 05.03.05 Corrección de errores y erratas del Real Decreto 2267/2004.
CLASIFICACIÓN DE LOS PRODUCTOS Y DE LOS ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS EN FUNCIÓN DE SUS PROPIEDADES DE REACCIÓN Y DE RESISTENCIA FRENTE AL FUEGO
B.O.E. 281; 23.11.13 Real Decreto 842/2013, de 31 de octubre, por el que se aprueba la
clasificación de los productos de construcción y de los elementos constructivos en función de sus propiedades de reacción y de resistencia frente al fuego.
21. RESIDUOS DE LA CONSTRUCCIÓN
REGULACIÓN DE LA PRODUCCIÓN Y GESTIÓN DE LOS RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN
B.O.E. 038; 13.02.08 Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.
B.O.J.A. 081; 26.04.12 Decreto 73/2012, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Residuos de Andalucía.
22. SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN
I. Memoria
07. Otros Reglamentos y Disposiciones
CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB-SUA SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN Y ACCESIBILIDAD. SUA 1 a SUA 8.
B.O.E. 074; 28.03.06 Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de la Vivienda.
(Incluye cuatro disposiciones transitorias y una disposición derogatoria). B.O.E. 254; 23.10.07 Real Decreto 1371/07, de 19 de octubre, del Ministerio de la Vivienda,
por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación. B.O.E. 022; 25.01.08 Ministerio de la Vivienda. Corrección de errores y erratas del Código
Técnico de la Edificación. B.O.E. 099; 23.04.09 Orden VIV/984/2009, de 15 de abril, por la que se modifican
determinados documentos básicos del Código Técnico de la Edificación aprobados por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, y el Real Decreto 1371/2007, de 19 de octubre.
B.O.E. 061; 11.03.10 Real Decreto 173/2010, de 19 de febrero, por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, en materia de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad.
23. SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y DE SALUD EN LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN.
B.O.E. 097; 23.04.97 Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo.
B.O.E. 097; 23.04.97 Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
B.O.E. 097; 23.04.97 Real Decreto 487/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorso lumbares, para los trabajadores.
B.O.E. 124; 24.05.97 Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo.
B.O.E. 140; 12.06.97 Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual.
B.O.E. 256; 25.10.97 Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción.
B.O.E. 274; 13.11.04 Real Decreto 2177/2004, de 12 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura.
BOE 127; 29.05.06 Real Decreto 604/2006, de 19 de mayo, por el que se modifican el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, y el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.
BOE 204; 05.08.07 Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción.
BOE 071; 21.03.10 Real Decreto 337/2010, de 19 de marzo, por el que se modifican el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención; el Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción y el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en obras de construcción.
REGLAMENTO DE SEGURIDAD E HIGIENE DEL TRABAJO EN LA INDUSTRIA DELA CONSTRUCCIÓN.
B.O.E. 167; 15.06.52 Orden de 20 de mayo de 1952, por la que se aprueba el reglamento
de seguridad del trabajo en la industria de la construcción. B.O.E. 356; 22.12.53 MODIFICACIÓN Art. 115 B.O.E. 235; 01.10.66 MODIFICACIÓN Art. 16
ORDENANZA GENERAL DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO.
B.O.E. 064; 16.03.71 Orden de 9 de marzo de 1971 por la que se aprueba la Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.
I. Memoria
07. Otros Reglamentos y Disposiciones
B.O.E. 269; 10.11.95 Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales. B.O.E. 027; 31.01.97 Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el
Reglamento de los Servicios de Prevención. B.O.E. 104; 01.05.98 Real Decreto 780/1998, de 30 de abril, por el que se modifica el Real
Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los servicios de prevención.
B.O.E. 127; 29.05.06 Real Decreto 604/2006, de 19 de mayo, por el que se modifican el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, y el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.
24. SUELOS. CIMENTACIONES
CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB-SE-C SEGURIDAD ESTRUCTURAL: CIMIENTOS.
B.O.E. 074; 28.03.06 Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de la Vivienda, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.
B.O.E. 254; 23.10.07 Real Decreto 1371/07, de 19 de octubre, del Ministerio de la Vivienda, por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación.
B.O.E. 022; 25.01.08 Ministerio de la Vivienda. Corrección de errores y erratas del Código Técnico de la Edificación
25. TELECOMUNICACIONES. INFRAESTRUCTURAS COMUNES
LEY GENERAL DE TELECOMUNICACIONES.
B.O.E. 114; 10.05.14 Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones. B.O.E. 120; 17.05.14 Corrección de errores de la Ley 9/2014.
INFRAESTRUCTURAS COMUNES EN LOS EDIFICIOS PARA EL ACCESO A LOS SERVICIOS DE
TELECOMUNICACIÓN.
B.O.E. 058; 28.02.98 Real Decreto-ley 1/1998, de 27 de febrero, sobre infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicación.
REGLAMENTO REGULADOR DE LAS INFRAESTRUCTURAS COMUNES DE TELECOMUNICACIONES PARA EL
ACCESO A LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIÓN EN EL INTERIOR DE LAS EDIFICACIONES.
B.O.E. 078; 01.04.11 Real Decreto 346/2011, de 11 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento regulador de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicación en el interior de las edificaciones.
B.O.E. 251; 18.10.11 Corrección de errores del Real Decreto 346/2011. B.O.E. 143; 23.06.11 Orden ITC/1644/2011, de 10 de junio, por la que se desarrolla el
Reglamento regulador de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicación en el interior de las edificaciones, aprobado por el Real Decreto 346/2011, de 11 de marzo.
26. USO Y MANTENIMIENTO
INSTRUCCIONES PARTICULARES DE USO MANTENIMIENTO DE LOS EDIFICIOS DESTINADOS A VIVIENDAS Y MANUAL GENERAL PARA EL USO MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN.
B.O.J.A. 007; 13.01.10 Orden de 30 de noviembre de 2009, por la que se aprueban las
normas sobre las instrucciones particulares de uso y mantenimiento de los edificios destinados a viviendas y el Manual General para el uso, mantenimiento y conservación de los mismos
27. VIVIENDA PROTEGIDA
REGLAMENTO DE VIVIENDAS PROTEGIDAS EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA.
B.O.J.A. 153; 08.08.06 Decreto 149/2006, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas Protegidas de la Comunidad Autónoma de Andalucía y se desarrollan determinadas Disposiciones de la Ley/2005, de 11 de noviembre, de medidas en materia de Vivienda Protegida y el Suelo.
I. Memoria
07. Otros Reglamentos y Disposiciones
NORMATIVA TÉCNICA DE DISEÑO Y CALIDAD APLICABLE A LAS VIVIENDAS PROTEGIDAS EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA Y PROCEDIMIENTOS DE CALIFICACIÓN.
B.O.J.A. 154; 04.08.08 Orden de 21 de julio de 2008, sobre normativa técnica de diseño y
calidad aplicable a las viviendas protegidas en la Comunidad Autónoma de Andalucía y se agilizan los procedimientos establecidos para otorgar las Calificaciones de Vivienda Protegidas.
28. CONTROL DE CALIDAD. MARCADO CEE
B.O.E. 034; 09.02.93 Real Decreto 1630/1992 por el que se dictan disposiciones para la libre circulación de productos de construcción, en aplicación de la Directiva 89/106/CEE
B.O.E. 198; 19.08.95 Real Decreto 1328/1995 por el que se modifica, en aplicación de la Directiva 93/68/CEE, las disposiciones para la libre circulación de productos de construcción, aprobadas por el Real Decreto 630/1992, de 29 de diciembre.
B.O.E. 240; 07.10.95 Corrección de errores del Real Decreto 1328/1995. B.O.E. 190; 10.08.95 Orden de 1 de agosto de 1995, por la que se establecen el Reglamento
y las Normas de régimen interior de la Comisión Interministerial para los Productos de la Construcción.
B.O.E. 237; 04.10.95 Corrección de errores de la Orden de 1 de agosto de 1995 ADVERTENCIA FINAL: no se verifica el cumplimiento de aquellas normativas específicas de titularidad privada no accesibles por medio de los diarios oficiales (Normas publicadas por AENOR).
II. Planos
II. PLANOS
II. Planos
INDICE
01. Situación y Emplazamiento
02. Estado Actual Acotado
03. Estado Reformado Mobiliario
04. Alzado y Sección
05. Instalaciones fontanería y ventilación
06. Instalaciones electricidad y PCI
Nombre Plano:
Jesús Trujillo López
Ángel Romero Márquez
Fernando Romero Márquez
Avda. España nº 57, oficina 49 planta 2ªDos Hermanas 41704 (Sevilla)
C:\Users\WINDOWS 10\Google Drive\JAVIER TORRES\ARQUITECTONICA\01.- APERTURAS\Local Calle Vicente Blasco Ibañez 1\Proyecto\PLANOS\REF. EXT\LOGO GRUPO_2.jpg
Yolanda Bernal Rodríguez
SOCIEDAD PROYECTISTA:
TÉCNICOS REDACTORES:
Grupo Arquitectónica Project andBuilding S.C.P.
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L:
C/ Vicente Blasco Ibáñez 1 Local 141704 Dos Hermanas (SEVILLA)
PROYECTO TÉCNICODE APERTURA
DICIEMBRE 2019
PROYECTO TÉCNICOCALIFICACIÓN AMBIENTAL
PROMOTOR:
01
Y EMPLAZAMIENTO
SITUACIÓNSITUACIÓNEscala 1/1000
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LEOPOLDO
ALAS
PIO
BAROJA
MIGUEL
HERNANDEZ
163
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Z
2
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6
5
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1
2
4
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8
10
12
14
16
18
20
19
17
15
13
11
71
7375
7779
81
83
8587
8991
93
9597
99101
103105
107
30
32
34
36
21
2325
2729
33
31
19
CALLE
FERNANDO
CALLE
LUIS
Cementerio
14
16
18
20
22
24
26
28
9
7
5
3
MIGUEL
HERNANDEZ
CALLE
1
de San Pedro
111113
115
117119
121123
125127
129131
133135
137139
141143
145147
149151
153155
157159
161
109
46A
EMPLAZAMIENTOEscala 1/500
N
SUELO
-I+IPI
-I+I
-I+I
-I+IV
-I+V
-I+IV
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A TIERRA
15
12
16
8
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239
10
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24
22
20
10
18 25
16 23
14
21
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17171027
26
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BOMBAS
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42 A
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LEOPOLDO
"CLARIN"
"CLARIN"
CALLE
ANTO
NIO
VICEN
TE BLASCO
IBAÑEZ
PIO
BAROJA
MIGUEL
HERNANDEZ
16
18
Nombre Plano:
Jesús Trujillo López
Ángel Romero Márquez
Fernando Romero Márquez
Avda. España nº 57, oficina 49 planta 2ªDos Hermanas 41704 (Sevilla)
C:\Users\WINDOWS 10\Google Drive\JAVIER TORRES\ARQUITECTONICA\01.- APERTURAS\Local Calle Vicente Blasco Ibañez 1\Proyecto\PLANOS\REF. EXT\LOGO GRUPO_2.jpg
Yolanda Bernal Rodríguez
SOCIEDAD PROYECTISTA:
TÉCNICOS REDACTORES:
Grupo Arquitectónica Project andBuilding S.C.P.
SELL
O d
e VI
SAD
O C
OLE
GIA
L:
C/ Vicente Blasco Ibáñez 1 Local 141704 Dos Hermanas (SEVILLA)
PROYECTO TÉCNICODE APERTURA
DICIEMBRE 2019
PROYECTO TÉCNICOCALIFICACIÓN AMBIENTAL
PROMOTOR:
02E:1/25
ACOTADOEstado Actual
DISTRIBUCIÓN
planta GENERALEscala 1/25
0 2.5 m1
N
ASEO ADAPT
VESTIBULOASEO CAB.
+ SRA.
ALMACEN
ENTRADA
CALLE VICENTE BLASCO IBAÑEZ
ZONA DE
SALON
TRABAJO
ZONA DEBARRA
Nombre Plano:
Jesús Trujillo López
Ángel Romero Márquez
Fernando Romero Márquez
Avda. España nº 57, oficina 49 planta 2ªDos Hermanas 41704 (Sevilla)
C:\Users\WINDOWS 10\Google Drive\JAVIER TORRES\ARQUITECTONICA\01.- APERTURAS\Local Calle Vicente Blasco Ibañez 1\Proyecto\PLANOS\REF. EXT\LOGO GRUPO_2.jpg
Yolanda Bernal Rodríguez
SOCIEDAD PROYECTISTA:
TÉCNICOS REDACTORES:
Grupo Arquitectónica Project andBuilding S.C.P.
SELL
O d
e VI
SAD
O C
OLE
GIA
L:
C/ Vicente Blasco Ibáñez 1 Local 141704 Dos Hermanas (SEVILLA)
PROYECTO TÉCNICODE APERTURA
DICIEMBRE 2019
PROYECTO TÉCNICOCALIFICACIÓN AMBIENTAL
PROMOTOR:
03
MOBILIARIO
planta GENERALEscala 1/25
0 2.5 m1
N
ASEO ADAPT
VESTIBULOASEO CAB.
+ SRA.
COCINA
ENTRADA
CALLE VICENTE BLASCO IBAÑEZ
ZONA DE
SALON
TRABAJO
ZONA DEBARRA
Estado Reformado
DISTRIBUCIÓN
PLANCHAFREIDORA
CAMPANA
FRIGORIFICO
Nombre Plano:
Jesús Trujillo López
Ángel Romero Márquez
Fernando Romero Márquez
Avda. España nº 57, oficina 49 planta 2ªDos Hermanas 41704 (Sevilla)
C:\Users\WINDOWS 10\Google Drive\JAVIER TORRES\ARQUITECTONICA\01.- APERTURAS\Local Calle Vicente Blasco Ibañez 1\Proyecto\PLANOS\REF. EXT\LOGO GRUPO_2.jpg
Yolanda Bernal Rodríguez
SOCIEDAD PROYECTISTA:
TÉCNICOS REDACTORES:
Grupo Arquitectónica Project andBuilding S.C.P.
SELL
O d
e VI
SAD
O C
OLE
GIA
L:
C/ Vicente Blasco Ibáñez 1 Local 141704 Dos Hermanas (SEVILLA)
PROYECTO TÉCNICODE APERTURA
DICIEMBRE 2019
PROYECTO TÉCNICOCALIFICACIÓN AMBIENTAL
PROMOTOR:
04
ALZADO GENERALEscala 1/50
Estado Reformado
ALZADO Y SECCION
ALZADO C/ VICENTE BLASCO IBAÑEZ ALZADO ACCESO INTERIOR
ESQUEMA
SECCION LONGITUDINALEscala 1/50
Nombre Plano:
Jesús Trujillo López
Ángel Romero Márquez
Fernando Romero Márquez
Avda. España nº 57, oficina 49 planta 2ªDos Hermanas 41704 (Sevilla)
C:\Users\WINDOWS 10\Google Drive\JAVIER TORRES\ARQUITECTONICA\01.- APERTURAS\Local Calle Vicente Blasco Ibañez 1\Proyecto\PLANOS\REF. EXT\LOGO GRUPO_2.jpg
Yolanda Bernal Rodríguez
SOCIEDAD PROYECTISTA:
TÉCNICOS REDACTORES:
Grupo Arquitectónica Project andBuilding S.C.P.
SELL
O d
e VI
SAD
O C
OLE
GIA
L:
C/ Vicente Blasco Ibáñez 1 Local 141704 Dos Hermanas (SEVILLA)
PROYECTO TÉCNICODE APERTURA
DICIEMBRE 2019
PROYECTO TÉCNICOCALIFICACIÓN AMBIENTAL
PROMOTOR:
05
FONTANERIA YVENTILACIÓN
planta GENERALEscala 1/25
0 2.5 m1
N
ENTRADA
CALLE VICENTE BLASCO IBAÑEZ
Estado Reformado
INSTALACIONES
TUBERÍA DE AGUA FRÍA
TUBERÍA DE AGUA CALIENTE LLAVE DE CORTE CONSUMO DE HIDROMEZCLADOR
CONSUMO DE AGUA FRÍA TERMO ELÉCTRICOMONTANTE
Lavabo (Lvb) 16 mm
Ducha (Du) 16 mm
Inodoro (Sf) 16 mm
Consumo genérico (agua fría) (Gf) 16 mm
Lavavajillas (Lvd) 16 mm
Fregadero (Fr) 16 mm
Diámetros utilizados en la instalación interior
AE2PVC Ø110
AE2
A.G. Ø150
ABERTURA DE ADMISIÓN
CAUDAL ADMISIÓN DE AIRE (l/s) CAUDAL EXTRACCIÓN DE AIRE (l/s)
ABERTURA DE EXTRACCIÓN
COLECTOR DE CAMPANA ACERO GALV. Ø150 MM
COLECTOR DE VENTILACIÓN PVC
CAUDAL ADMISIÓN DE AIRE (l/s)
CAMPANA EXTRACCIÓN COCINA
X l/sX
X
A BATERIA DE CONTADORES
TERMO 50 L.
FREGADERO
LAVAVASOS
HIELO
CERVEZA
CAFE
PVC Ø110
Nombre Plano:
Jesús Trujillo López
Ángel Romero Márquez
Fernando Romero Márquez
Avda. España nº 57, oficina 49 planta 2ªDos Hermanas 41704 (Sevilla)
C:\Users\WINDOWS 10\Google Drive\JAVIER TORRES\ARQUITECTONICA\01.- APERTURAS\Local Calle Vicente Blasco Ibañez 1\Proyecto\PLANOS\REF. EXT\LOGO GRUPO_2.jpg
Yolanda Bernal Rodríguez
SOCIEDAD PROYECTISTA:
TÉCNICOS REDACTORES:
Grupo Arquitectónica Project andBuilding S.C.P.
SELL
O d
e VI
SAD
O C
OLE
GIA
L:
C/ Vicente Blasco Ibáñez 1 Local 141704 Dos Hermanas (SEVILLA)
PROYECTO TÉCNICODE APERTURA
DICIEMBRE 2019
PROYECTO TÉCNICOCALIFICACIÓN AMBIENTAL
PROMOTOR:
06
ELECTRICIDAD YPCI
planta GENERALEscala 1/25
0 2.5 m1
N
ENTRADA
CALLE VICENTE BLASCO IBAÑEZ
Estado Reformado
INSTALACIONES
CUADRO PRINCIPAL
TIMBRE
ZUMBADOR
BASE ENCHUFE 16 A.
TOMA DE TV
CAJA GENERAL DE PROTECCIÓNC.G.P
TVTOMA DE TELÉFONOT
CONMUTADOR
INTERRUPTOR
PUNTO DE LUZ, EN TECHO, DOWNLIGHT 90 MM
NOTA: EN LA COCINA, LAS BASES DEL CIRCUITO C5, SECOLOCARÁN FUERA DE UN VOLUMEN DELIMITADO POR LOSPLANOS VERTICALES SITUADOS A 50 CM. DEL FREGADERO Y DELA ENCIMERA DE COCCIÓN O COCINA, Y SIEMPRE PORENCIMA DEL PLANO DE TRABAJO.
PERFIL DE LED PARA ADOSAR A SUPERFICIE 14,4W
PUNTO DE LUZ, EN LA PARED
BASE ENCHUFE 25 A.
PUNTO DE LUZ, EN TECHO, DOWNLIGHT 220 MM
PANTALLA FLUORESCENTE 4X18W
FRIO
CAMPANA
TERMO
CAFE
5
5
5
5
22
22
22
FREIDORA 2
2
22
22
2TV
2
EXTINTOR CO2 EFICACIA 34B
RECORRIDO DE EVACUACION
ORIGEN DE EVACUACION
EXTINTOR EFICACIA 21A-113B 6 KG
BALIZAMIENTO EMERGENCIA 60 LUM.
O.E.
BALIZAMIENTO EMERGENCIA 300 LUM.
SEÑALIZACIÓN DE EMERGENCIA 60 LUM.
SEÑALIZACIÓN DIRECCIÓN DE SALIDA
O.E.
RECORRIDO DE EVACUACIÓN15,34 MTS.
SALIDAEMERGENCIA
SALIDASIN
SALIDASIN
SALIDAEMERGENCIA
EXTINTOR COLOCADO CO2
EXTINTOR
EXTINTOR 6 KG
Efic
acia
21A
-113
B
EXTI
NTO
R