ABORTO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAMINISTERIO DE EDUCACION SUPERIOR
UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL LISANDRO ALVARADODECANATO DE CIENCIAS DE LA SALUD
Castillo R. Yolied C.Chacón C. Norkys Y.Colmenarez J. Mallely C.Díaz B. Alejandra del V.
Barquisimeto, 2010
ABORTOConcepto Médico-obstétrico:
Interrupción de una gestación dentro de los primeros 6 meses.
Lecciones de medicina Legal. Prof. Dr. Humberto Giugni M. 2da edición 1984
Concepto Medico-legal: Interrupción intencional del embarazo antes de su termino normal, en cualquier época de la gestación en que se realice, y siempre que se produzca la muerte del producto de la concepción.
ABORTO
Lecciones de medicina Legal. Prof. Dr. Humberto Giugni M. 2da edición 1984
ABORTOAbortador: Declarado culpable de haber
provocado o intentado provocar el aborto de una mujer embarazada o supuestamente embarazada.
La mujer Los médicos Estudiantes de Medicina Las comadronas Los farmacéuticos Enfermeros“Indicado, favorecido o practicado los medios
de provocar el aborto”
Medicina Legal Judicial por C. Simonin 2 da edición
CLASIFICACIÓN DE ABORTO
ABORTO
Natural Provocado
Lecciones de medicina Legal. Prof. Dr. Humberto Giugni M. 2da edición 1984
CLASIFICACIÓN DE ABORTOAborto Natural:
Espontáneamente Sin intervención de la mano del
hombre Sin intervención de alguna fuerza
externa de carácter patológico
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Aborto NaturalAborto Provocado: Puede ser
producido por un hecho accidental o por medio del hombre
CLASIFICACIÓN DE ABORTO
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1. Aborto accidental: causa fortuita externa de carácter lesivo: TRM, quemaduras, envenenamiento por error, causas neuropsíquicas (Susto)
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ETIOLÓGIA DEL ABORTO PROVOCADO
1. Aborto accidental
2. Aborto agravante de lesiones personales: Lesiones inferidas a la gestante, no con el fin de provocarle el aborto sino de maltratarla
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ETIOLÓGIA DEL ABORTO PROVOCADO
1. Aborto accidental2. Aborto agravante de lesiones personales
3. Aborto culposo: Diversidad de eventos lesivos “genéricos” (arrollamiento, choque), Intervenciones terapéuticas consiguiente a errores de diagnostico o durante un estudio gravídico desconocido por el médico.
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ETIOLÓGIA DEL ABORTO PROVOCADO
1. Aborto accidental:2. Aborto agravante de lesiones personales3. Aborto culposo
4. Aborto terapéutico: Interrupción de la gestación intencionalmente realizada por un profesional de la medicina con el fin de salvar la vida de la madre.
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ETIOLÓGIA DEL ABORTO PROVOCADO
1. Aborto accidental2. Aborto agravante de lesiones personales3. Aborto culposo4. Aborto terapéutico
5. Aborto criminal: Interrupción voluntaria del embarazo (prematuro), con los elementos materiales constitutivos del delito: Uso de medios idóneos, Gravidez interrumpida, Muerte consiguiente del producto
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ETIOLÓGIA DEL ABORTO PROVOCADO
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ABORTO ESPONTANEO
• Tiene Prodromos, dolor lumbar o en hipogastrio
• Estado general comprometido
• Dolor lumbar en 98% de los casos
• Disuria, tenesmo vesical y anal, nauseas y vómitos
• Hemorrágia abundante posterior
ABORTO CRIMINAL
• No existen y si presentan son de corta duración
• No hay afección del estado general
• Dolor en Hipogastrio• No hay• Sangrado variable al
inicio
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ABORTO ESPONTANEO
• Etapa de expulsion en bloques en los tres primeros meses
• Despues de los cuatro meses se hace en dos partes primero el feto y luego la placenta
• Cuello uterino dilatado y reblandecido
• Se dilata primero el interno y luego el externo
• Rara vez se infecta
ABORTO CRIMINAL
• Siempre es incompleto
• Incompleto• No reblandecido y
ligeramente dilatado• Se dilata primero el
orificio externo y luego el interno
• Presenta muchas complicaciones
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MEDIOS ABORTIVOSSustancias abortivas:
Tóxicos vegetales Abortivo mineral Aborto hormonal
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MEDIOS ABORTIVOSSustancias TóxicasAcción potencialmente peligrosa
para el feto y la madreEn altas dosis lesionan
gravemente Producen intoxicación general y
conducir al coma y muerte de los involucrados.
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Sustancias AbortivasTÓXICOS VEGETALES:
generalmente son hepatotóxicos y nefrotóxicos, el feto presenta congestión generalizada de los organos
APIOL (Esencia de Perejil), actua sobre la musculatura lisa uterina, a dosis tóxicas produce Hepatonefritis grave, Polineuritis.
SABINA: Aceite esencial con propiedades oxitocicas abortivas a dosis tóxicas
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RUDA: Produce efectos tóxicos gastrointestinales, es abortivo por contracciones uterinas al segundo dia de la ingestión.
AZAFRAN: En varias tomas produce síntomas gastrointestinales, laxitud general, cefaléa, vertigos, su efecto se obtiene tres dias luego de la ingesta
CORNEZUELO DE CENTENO (Ergotamina): produce efecto abortivo por general tetánia uterina, sus efectos son nulos en los primeros cinco meses de gestación.
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TOXICOS MINERALESPLOMO: Actuan sobre el epitelio de las
vellosidades corionicas produciendo necrosis del mismo.
SALES DE QUININA (Antimalaricos): se evidencia congestión hepatica y de la mucosa gástrica
ABORTO HORMONAL: inyecciones de estrógenos
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MANIOBRAS ABORTIVAS• MUERTE• EXPULSIONDIRECTA
S
• TRAUMATISMO• VAGINALESINDIRETA
S
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Maniobras abortivas Dilatación del cuello Desprendimiento instrumental
de las membranas y del huevo Desprendimiento hidráulico Punción del embrión
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MEDIOS ABORTIVOS
CARACTERÍSTICAS CLÍNICASABORTO CRIMINAL
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Síntomas Malestar General:
desvanecimiento, vómitos, etc.Metrorragia abundante,
precedida o acompañada de cólicos, dolor en el bajo vientre y dolor lumbar.
Pérdida de fragmentos placentarios hasta cinco días después.
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Complicaciones ABORTO CRIMINAL
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Complicaciones Según Cazzaniga y Dalla Volta:
◦Hemorragias inmediatas o tardías◦Infecciones del útero con
propagación a los anexos y peritoneo.
◦Embolia gaseosa◦Muerte por inhibición.
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Complicaciones Hemorragias inmediatas o tardías
◦Consecuencia directa de ruptura de grandes vasos arteriales, venosos o de los plexos que rodean el útero durante el embarazo.
◦Laceraciones bajas del cuerpo y cuello → vagina a genitales externos
◦Lesiones de vasos submucosos o retención de restos placentarios que ocluyan el canal cervical → Hematometrio Lecciones de medicina Legal. Prof.
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Complicaciones Hemorragias inmediatas o tardías
◦Desgarro o laceración de la pared uterina con lesión del plexo arterioso úteroovárico → hemoperitoneo
◦Hx tardía: Endometritis post-abortiva hemorrágica, temible por su naturaleza inflamatoria
◦Seudo-menstruación.
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ComplicacionesInfecciones del Útero con propagación a anexos y peritoneo:
◦ Es raro, se ha limitado por el uso de materiales estériles y el uso de antibióticos.◦En caso de muerte, pus en cavidad vaginal, que proviene del canal cervical dilatado y congestionado. ◦ Piosalpinx
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ComplicacionesEmbolia Gaseosa:
◦ Rara o excepcional◦ Secundaria a aborto con instrumental
rígido (cánulas, sondas) que provocan laceraciones en las gruesas venas periuterinas con aspiración de burbujas de aire que penetran en ellas y van al corazón derecho y pasan a la arteria pulmonar.
◦ Muerte asfíctica por acumulo de aire en el interior de las pequeñas ramificaciones de la arteria pulmonar
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ComplicacionesEmbolia Gaseosa:
◦En la autopsia puede comprobarse punzando bajo el agua la cavidad derecha del corazón extraído, previa ligadura de los vasos.
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ComplicacionesMuerte por Inhibición:
◦El arco reflejo inhibitorio, tiene origen en el plexo periuterino y en el ganglio cervical de Frankenhäuser, así como también en las fibras sensitivas del tracto superior vaginal; y el estimulo mas idóneo de maniobras abortivas es compresión con las pinzas del hocico de tenca y por el fuerte y brusco estiramiento del cuello uterino hacia abajo.Lecciones de medicina Legal. Prof.
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PAPEL DEL PERITO MÉDICO EN EL ABORTO CRIMINAL
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1. INDAGACIONES:a. La preexistencia en la mujer de
un estado de embarazob. La realización del aborto= signos
demostrables de la expulsiónc. La fecha aproximada del
aborto= edad aproximada del embarazo.
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d. La época de gestación en la cual se ha producido el aborto.
e. Los medios utilizados para provocarlo. Causas de provocación del aborto intensionales o accidentales.
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Cuando se ha producido la muerte de la mujer, debera, además establecer:
a. La causa de la muerteb. La dependencia de la muerte
respecto del aborto o de los medios utilizados para provocarlos.
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2. ESTADO DE EMBARAZO:Es un juicio restrospectivo. No es así en el caso de que se sospeche de que la mujer ha abortado, y resulte al examen físico estar con un embarazo en curso.El hallar signos ciertos de gravidez no a término, poco antes de interrumpida, conduce a admitir la realización del aborto, salvo que este se trate de un parto prematuro.
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La demostración de gravidez, es muy importante: se dan en efecto casos de maniobras abortivas practicadas sobre mujer no embarazada, pero reputada como tal; en tales casos, obviamente, el delito de aborto es imposible.
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DIAGNÓSTICO DEL ESTADO GRAVIDICO Se hace en base a los signos de gravidez,
los cuales como sabemos se clasifican en signos de posibilidad, probabilidad y de certeza.
En el aborto consumado, el perito médico debe acreditar la preexistencia de una gravidez, mediante datos de anamnesis (testimonios, técnicos, etc) o la presencia de fenomenos gravidicos que no desaparezcan con la interrupción del embarazo (estado de las mamas, pigmentación), o signos locales de expulsion del producto.
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3. REALIZACIÓN DEL ABORTO Se constata examinando a la mujer y
eventualmente al producto de la concepción. Son de recordar: a. El escurrimiento sanguineo de los genitalesb. La presencia de vellos coriales en la sangrec. El aumento del volumen del uterod. La dilatación de la boca uterinae. Laceraciones genitales en los casos de
gravidez avanzadas.
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ENGROSAMIENTO DEL UTEROEn los abortos precoces (4-8
semanas) desaparece en pocos dias (2-3 dias),
Si son en abortos mas avanzados, desaparecera mas tardiamente.
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El examen del producto expulsado, cuando sea posible, tiene una importacia fundamental: embrion envuelto en sus membranas y con sus anexos, mas comunmente el dato decisivo esta representado por la presencia de vellos coriales con revestimiento doble o sencillo, segun la edad. Lecciones de medicina Legal. Prof.
Dr. Humberto Giugni M. 2da edición 1984
4. FECHA APROXIMADA DEL ABORTOSe deduce el grado de involución de las modificaciones post-abortivas, presentes en el organismo materno y del estado de conservación del producto expulsado.
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5. EPOCA DE GESTACIÓN EN LA CUAL SE HA PRODUCIDO EL ABORTO:
Del primer al quinto mes, número de mes por número de mes; por ejemplo:4 meses x 4 meses= 16Entonces el feto medirá 16 cm
Desde el 6to mes hasta el final, se multiplica por 5, por ejemplo: 6 meses x 5= 30 cm
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6. LOS MEDIOS UTILIZADOS PARA EL ABORTO: En los abortos con medios químicos se
practican las indagaciones toxicológicas del caso para comprobar su utilización con tal finalidad.
Si se trata de medios físicos o instrumentales, se investiga la presencia de cuerpos extranos en los genitales, los efectos usados en los genitales o en órganos extragenitales de la madre por maniobras (lesiones, hemorragias, infecciones), los rastros en los sitios que se practicó el aborto (sábanas, lechos)
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7. CAUSAS DE MUERTE:Si la mujer ha muerto a causa de
intoxicación mediante substancias químicas, debe descartarse en el examen anatomo-patológico una causa diversa, y comprobarse que la substancia venenosas hallada en su organismo, por su naturaleza, por sus efectos y por sus dosis, ha sido capaz de producir el desenlace letal.
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En los abortos provocados con medios instrumentales puede comprobarse la muerte por infecciones locales o generalizadas, hemorragia aguda, peritonitis, inihibición, entre otros.
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8. DEPENDENCIA DE MUERTE RESPECTO AL ABORTO O DE LOS MEDIOS UTILIZADOS PARA PROVOCARLOS:
Es preciso establecer que no se hallen presentes en el cadaver alteraciones morbosas de otra naturaleza a cuales pueda atribuirse la muerte
Si la intervención abortiva ha tenido efectivamente lugar y determinar y precisar si sus consecuencias han sido capaces de acarrear el resultado mortal.
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Legislación Aborto criminal
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Código PenalCAPÍTULO IV
Del aborto provocado◦Artículo 430 al 434: diversos
aspectos periciales susceptibles de comprobación (constancia de gestación, signos de expulsión violenta del producto, edad aproximada del embarazo, causas que hayan determinado el hecho y agentes del delito, etc…)
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Código PenalCAPÍTULO IV
Del aborto provocado◦ Artículo 430. La mujer que intencionalmente abortare,
valiéndose para ello de medios empleados por ella misma, o por un tercero, con su consentimiento, será castigada con prisión de seis meses a dos años.
◦ Artículo 431. El que hubiere provocado el aborto de una mujer, con el consentimiento de esta, será castigado con prisión de doce a treinta meses. Si por consecuencia del aborto y de los medios empleados para efectuarlos, sobreviene la muerte de la mujer, la pena será de presidio de tres a cinco años; y será de cuatro a seis años, si la muerte sobreviene por haberse valido de medios más peligrosos que los consentidos por ella.
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Código PenalCAPÍTULO IV
Del aborto provocado◦ Artículo 432. El que haya procurado el aborto de una mujer, empleando
sin su consentimiento contra la voluntad de ella, medios dirigidos a producirlo, será castigado con prisión de quince meses a tres años. Y si el aborto se efectuare, la prisión será de tres a cinco años. Si por causa del aborto o de los medios empleados para procurarlo, sobreviniere la muerte de la mujer, la pena será de presidio de seis a doce años. Si el culpable fuera el marido, las penas establecidas en el presente artículo se aumentarán en una sexta parte.
◦ Artículo 433. Cuando el culpable de alguno de los delitos previstos en los artículos precedentes sea una persona que ejerza el arte de curar o cualquiera otra profesión o arte reglamentados en interés de la salud pública, si dicha persona ha indicado, facilitado o empleado medios con los cuales se ha procurado el aborto en que ha sobrevenido la muerte, las penas de ley se aplicarán con el aumento de una sexta parte. No incurrirá en pena alguna el facultativo que provoque el aborto como medio indispensable para salvar la vida de la parturienta.
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Código PenalCAPÍTULO IV
Del aborto provocado◦ Artículo 434. Las penas establecidas
en los artículos precedentes se disminuirán en la proporción de uno a dos tercios y el presidio se convertirá en prisión, en el caso de que el autor del aborto lo hubiere cometido por salvar su propio honor o la honra de su esposa, de su madre, de su descendiente, de su hermana o de su hija adoptiva.
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“La calidad mayor que debe tener el perito no es la extensión de sus conocimientos, sino la noción exacta de LO QUE SABE, y de LO QUE IGNORA"
(Brouardel)