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Acreditación de competencias profesionales
El desarrollo de una ocupación requiere el dominio de una serie de conocimientos,
habilidades y destrezas que garanticen un desempeño óptimo,
CUALIFICACIÓN
PROFESIONAL
Unidad de
Competencia 1
Unidad de
Competencia 2
Unidad de
Competencia 3
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La acreditación es la prueba documental de la Cualificación Profesional
Las acreditaciones se formalizan a través de:
Los Títulos de Formación Profesional del
Sistema Educativo
Los Certificados de Profesionalidad de la
Administración Laboral
Acreditación de competencias profesionales
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Existen competencias profesionales que se han adquirido a través de la experiencia laboral y la formación no formal
¿Cómo se formalizan?
Acreditación de competencias profesionales
PROCEDIMIENTO DE ACREDITACIÓN
DE COMPETENCIAS PROFESIONALES
(Serán al menos una al año y
comprenderán distintas cualificaciones
profesionales cada vez)
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Requisitos de la persona que quiere participar en el procedimiento:
Nacionalidad española o ciudadanía comunitario o tarjeta de
familiar de ciudadano/a o de residencia y trabajo en España en vigor.
Tener cumplidos 18 años para UC de nivel I y 20 años para los
niveles II y III.
Experiencia profesional en el ámbito de la cualificación de:
Nivel I: al menos 2 años (mínimo 1200 horas trabajadas) en los
últimos 10 años.
Nivel II y III: al menos 3 años con un mínimo de 2000 horas
trabajadas en los últimos 10 años.
Y/O Formación en el ámbito de la actividad profesional de:
Nivel I: al menos 200 horas en los últimos 10 años.
Nivel II y III: al menos 300 horas en los últimos 10 años.
No estar en posesión de un título de formación profesional o
certificado de profesionalidad asociada que contenga la unidad de
competencia que quiere acreditar.
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Criterios para seleccionar a las personas candidatas
Cuando el número de solicitudes supere el número de
plazas convocadas se procederá a aplicar el siguiente
baremo:
• Empadronamiento en Comunidad Autónoma de
Andalucía
• Ejercicio profesional relacionado en los dos años
anteriores
• Mayor experiencia laboral relacionada con
Unidades de Competencia a evaluar
• Mayor número de horas de formación no formal
• Personas de mayor edad
• Si no pudiera resolverse aplicando estos criterios
se procederá a sorteo
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Publicación de la convocatoria:
Donde se recoge toda la información
necesaria para participar
Etapas del procedimiento
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Inscripción en la convocatoria:
Donde se debe aportar toda la información
necesaria para participar
Listado de personas admitidas:
Se explicitan las candidaturas admitidas para
iniciar la fase de asesoramiento
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Asesoramiento:
Donde asesoran sobre el dossier que hay que preparar para evidenciar la cualificación profesional de la persona
Etapas del procedimiento
Evaluación:
Donde evalúan la documentación aportada y
realizan las pruebas necesarias para
demostrar el dominio profesional
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1. Publicación de la convocatoria:
EN LA ACTUALIDAD NO HAY NINGUNA
CONVOCATORIA ABIERTA.
En Andalucía se ha convocado una convocatoria,
Mediante la orden de 11 de noviembre de 2011.
Estamos a la espera de que publiquen el listado
provisional de admitidos y excluidos en el procedimiento.
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Se cumplimentan los formularios:
Impreso de Solicitud.
Impreso de Autobaremación:
Por cada año de experiencia profesional relacionada
con las unidades de competencias que se quieren
acreditar, 0,50 puntos (máximo 5 puntos)
Por cada 20 horas de formación no formal, relacionada
con las unidades de competencias que se quieren
acreditar al amparo de las administraciones públicas:
0,20 puntos y si no es al amparo de administraciones
públicas, 0,10 puntos. (máximo 3 puntos)
Edad. Máximo 2 puntos
Mayor de 40 años 2 puntos
De 30 a 39 años 1 punto
De 25 a 29 años 0.50 puntos
2. Inscripción en la convocatoria:
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Se aporta la documentación:
•Acreditación de experiencia profesional:
–Certificado de la tesorería general de la Seguridad Social,
en el que conste: nombre de empresa, categoría profesional
y período de contratación si la experiencia la ha adquirido
como persona asalariada.
–Original o copia del contrato de trabajo o del certificado de
empresa en la que haya adquirido la experiencia profesional.
–Certificado de períodos de alta en el régimen que
corresponda si es autónomo.
–Certificación de la organización en la que ha prestado
voluntariado o trabajo como persona beneficiaria de beca,
en la que conste las tareas y horas de dedicación realizadas.
2. Inscripción en la convocatoria:
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Resto de documentación la documentación:
–DNI en vigor, pasaporte o consentimiento de consulta de
datos a través del Sistema de Verificación de Identidad.
–Historial personal y/o formativo incluido en el modelo de
CV europeo .
–Acreditación de la formación no formal: Certificado o
diploma de la formación realizada.
–Toda aquella que se considere necesaria para justificar
la competencia profesional.
2. Inscripción en la convocatoria:
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Entrega los formularios y la documentación:
Dirigidas al Instituto Andaluz de Cualificaciones Profesionales se
pueden entregar en:
1.Delegaciones de Empleo y de Educación.
2.Cualquier registro de cualquier órgano administrativo (AGE,
CCAA) (art 38.4 Ley 30/92).
3.En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente
se establezca (en sobre abierto con copia con sello de registro con
la fecha y hora de admisión).
4.En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de
España en el extranjero.
5.Solicitud electrónica en Junta de Andalucía.
2. Inscripción en la convocatoria:
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Excepción
La persona mayor de 25 años que
reúna los requisitos y no pueda
justificarlos con la documentación
mencionada, podrá proceder a una
inscripción provisional y la
acreditarán posteriormente con
pruebas admitidas en derecho.
Importante
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Listado provisional:•Expuesto a los 40 días como máximo.
•Se puede consultar en los tablones de anuncios de Consejería de Educación y en el Servicio Andaluz de Empleo, en sus webs y en la del Instituto Andaluz de Cualificaciones.
• Recoge a las personas:– Admitidas: nombre y DNI de persona
– No admitidas: nombre y DNI de persona, motivos de exclusión y puntuación obtenida.
• Se podrán presentar alegaciones y renuncias en el plazo de 10 días.
• En estos 10 días la persona que desee desistir podrá hacerlo mediante presentación del formulario debido.
Listado definitivo:• En el plazo de 20 días desde la finalización del plazo de alegaciones.
3. Personas admitidas:
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• Cuando sea citada la persona será obligatoria
la asistencia, de otro modo se considerará
desestimada la petición de participación en el
proceso.
• Participar las acciones grupales e individuales
programadas.
4. Asesoramiento:
• En esta fase se prestará apoyo para
demostrar el dominio profesional de las UC,
susceptibles de acreditación, a través de
personas habilitadas para este asesoramiento.
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• Si no puede asistir a la citación será necesario justificación en los 3 días posteriores.
• Colaborar con el personal asesor en la:
– Autoevaluación de la unidad que se quiere evaluar.
– Completar su historial profesional o formativo.
– Presentación de otras evidencias que sean necesarias.
• Recibir un informe donde se plantea la pertinencia de proseguir y llegar a la evaluación, y un plan de formación para mejorar la cualificación.
• Decidir si prosigue el proceso participando en la evaluación.
4. Asesoramiento:
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5. Evaluación:
• En esta fase se evaluará a la persona candidata en cada
una de las UC que solicite, con el objeto de comprobar
su competencia profesional.
• Se estudia toda la documentación aportada.
• Mediante las pruebas que se estimen oportunas:
– Observación de la persona candidata.
– Pruebas estandarizadas.
– Entrevista profesional….
• Se informará de la prueba, lugar y fecha.
• Será obligatoria la presentación. Las ausencias
justificadas deberán ser acreditadas en el plazo de 3
días después de la prueba.
• Los resultados son expresados en: “unidad demostrada”
o “unidad no demostrada”.
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¿Qué hacer si NO se está de acuerdo con los resultados de la evaluación?
• Una vez que la persona ha sido informada de los
resultados podrá realizar reclamación en los 10
días siguientes si no está de acuerdo con los
mismos.
• Las reclamaciones serán resueltas en los 10
días posteriores a la finalización del plazo de
reclamaciones.
• Si persiste el desacuerdo, y en el plazo de 1
mes, la persona candidata podrá interponer
recurso de alzada ante la persona titular del
SAE.
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EFECTOS DE LA ACREDITACIÓN
• Se consigue la acreditación oficial de cada unidad de
competencia demostrada.
• Existe un registro oficial actualizable tras nuevas
acreditaciones por el procedimiento o por diferentes
vías de formación.
• La acreditación de las unidades de competencia tiene
efectos acumulables.
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Se puede seguir completando formación conducente a:
TÍTULOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL:
Las UC acreditadas, serán CONVALIDADAS por módulos
profesionales según normativa vigente.
Hay que cumplir los requisitos de acceso.
Aunque te acrediten TODAS las UC asociadas al título,
para obtener el título de FP, hay que matricularse en un
centro oficial para cursar los módulos profesionales no
relacionados con unidades de competencia.
EFECTOS DE LA ACREDITACIÓN
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CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD
Con la acreditación oficial de TODAS las UC contenidas
en un certificado de profesionalidad se puede solicitar la
expedición del mismo.
La Administración laboral reconocerá las UC
acreditadas que tendrán efectos de EXENCIÓN de los
módulos formativos según la normativa vigente.
EFECTOS DE LA ACREDITACIÓN
• Reconocimiento de experiencia laboral y formación
adquirida por vías no formales.
• Mantenimiento y mejora del empleo para personas
ocupadas.
• Aumentar posibilidades de empleo para personas
desempleadas.
• Motivación para el aprendizaje y formación a lo largo
de la vida.
• PLAN DE FORMACIÓN INDIVIDUALIZADO PARA LA
MEJORA DE LA CUALIFICACIÓN
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EFECTOS DE LA ACREDITACIÓN
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