COMISiÓN INVESTIGADORA EDUCACiÓN SUPERIOR
CONSIDERANDO:
1. La educación superior en Chile presenta niveles de cobertura que se acercan al
promedio de los países de la OCDE, aspecto que resulta positivo pues abre
oportunidades de movilidad social para las personas, especialmente para los jóvenes
que provienen de las familias vulnerables o que nunca habían tenido la posibilidad de
tener un profesional entre sus miembros. Lo anterior, se traduce en mejoras
culturales, de ingresos, y en definitiva en la calidad de vida los chilenos.
1. Éste aumento de cobertura se ha dado en muy poco tiempo pasando de un número
cercano a los 100.000 estudiantes en 1981 a más de 1.000.000 en 2011. Crecimiento
explosivo, producto de la creación y fundación de un gran número de planteles
educativos de nivel superior, al alero de la legislación vigente.
11. Estas Instituciones, a lo largo de estos años y en virtud del marco legal existente, han
establecido una serie de mecanismos y sistemas jurídicos sobre los cuales han podido
contratar y efectuar diversas prestaciones de servicios con miras a ejecutar su
proyecto educativo.
111. El rápido avance y dinamismo experimentado por dichas instituciones en su
crecimiento, ha provocado nuevas situaciones que no estaban previstas al originarse el
sistema. De esta forma se constata la existencia de espacios o vacíos legales, que han
dado pie a ciertas acciones que si bien, no se encuentran impedidas ni sancionados por
la ley, se alejan considerablemente del espíritu que rige la creación de universidades.
Siendo necesario establecer una pronta regulación de ellas.
IV. La Comisión pudo constatar que las áreas poco reguladas implican a todos los sectores
de la educación superior pública y privada. A los problemas que surgen a partir de la
obtención de ganancias a través de transacciones con partes relacionadas, se suman la
constatación de problemas por la falta de normas que incentiven la transparencia y
eficiencia de las instituciones de educación superior, lo que propicia espacios para ladiscrecionalidad y el ocultamiento de información.
V. La Comisión recibió antecedentes suficientes para considerar que el sistema de
acreditación está superado por la realidad y por los objetivos que inicialmente se
plantearon para él, de modo que no está funcionando en su plena capacidad y es
posible encontrar experiencias negativas en cuanto a carreras o instituciones que
pudieron o debieron ser prevenidos por la institucionalidad de la acreditación.
CONCLUSIONES:
1. Instauración de una Superintendencia de Educación Superior que profundice el
área de la fiscalización, para lo cual se debe dar mayor prioridad a la tramitación
de la iniciativa legislativa que concreta este objetivo, pues su puesta en marcha
podría significar la prevención y erradicación de una serie de prácticas que escapan
al espíritu de la legislación que rige la educación superior y que tiene efectos
negativos para los avances que nuestros estudiantes requieren y nuestro país
merece. Además, garantizará mayor transparencia en el ámbito de la educación
superior por cuanto exige a las instituciones publicar información que permitirá
conocer la legalidad de sus actos y a los estudiantes elegir informadamente.
2. Nuestro ordenamiento jurídico permite a las universidades realizar operaciones
con personas relacionadas, lo que en algunos casos hace sospechar que se retiran
por esa vía utilidades desde las corporaciones. Se propone regular dichas
operaciones, asegurando que no se realicen a precios superiores a los de mercado
y, en consecuencia, evitando el retiro de excedentes que la ley prohíbe.
3. Avanzar en normas que apunten a la instalación de gobiernos corporativos u otro
sistema de similares objetivos en las universidades, de modo tal que todas las
instituciones de educación pública cumplan con los objetivos que como país
esperamos de ellas. El buen gobierno y administración deben sustentarse en la
transparencia y la información pública de la gestión para fortalecer un sistema
sólido de educación superior.
4. Fortalecer las instancias que corresponda para dar un adecuado respaldo y
resguardo a los estudiantes, lo que implicaría cambios en las normas relativas a la
creación y funcionamiento de las universidades, institutos profesionales y centros
de formación técnica; perfeccionamiento de la legislación relativa a su
fiscalización, por medio de la Superintendencia, que también se abocará a revisar
las normas relativas a la defensa de los consumidores, por señalar algunas. Lo
relevante, es que todos los alumnos de la educación superior puedan hacer valersus derechos y el respeto de las condiciones de lo que ellos eligieron al momento
de ingresar a una carrera universitaria o técnico profesional.
5. Perfeccionar los mecanismos de acreditación, tanto de las instituciones de
educación superior como de las carreras que imparten, para entregar información
de mejor calidad y más fidedigna respecto a lo que los alumnos pueden esperar de
las instituciones a las que ingresan y de los estudios que deciden seguir. Asimismo,
debiera considerarse una modificación respecto a las consecuencias que conlleva
el no obtener la acreditación.
6. Reevaluación acerca de los contenidos y extensión de los estudios requeridos para
la graduación, ya que las tasas de titulación no se condicen con los niveles de
cobertura alcanzados por Chile, por lo que los esfuerzos en esta materia se pierden
si es que los alumnos no concluyen sus estudios en una mayor proporción que la
actual, especialmente en el sector técnico profesional.
Recommended