Aportes de la Iglesia Católica en la
Defensa del Derecho a la Información
Presentado por: Mgr. Gunnar Zapata Zurita
“[…] el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.
Art. 19° DUDH
Significado del Derecho a la Información.
Pero no es explícito… parece derivado
25 de enero de 1959• Promover el desarrollo de la fe
católica. • Lograr una renovación moral
de la vida cristiana de los fieles.
•Adaptar la disciplina eclesiástica a las necesidades y métodos de nuestro tiempo
Octubre de 1962
Documentos Emergentes
Documento Nombre Referencia
Constitucio-nes
Dei Verbum Constitución Dogmática sobre la Divina Revelación
Lumen Gentium Constitución Dogmática sobre la Iglesia
Sacrosanctum Concilium Constitución sobre la Sagrada Liturgia
Gaudium et Spes Constitución Pastoral sobre la Iglesia en el mundo actual
Declaracio-nes Conciliares
Gravissimum Educationis Declaración sobre la Educación Cristiana
Documentos Emergentes
Documento Nombre Referencia
Declaraciones Conciliares
Gravissimum Educationis Declaración sobre la Educación Cristiana
Nostra AetateDeclaración sobre las relaciones de la Iglesia con las Religiones no cristianas
Dignitatis Humanae Declaración sobre la libertad religiosa
Documentos Emergentes
Documento Nombre Referencia
Decretos Conciliares
Ad Gentes Decreto sobre la actividad misionera de la Iglesia
Presbyterorum Ordinis Decreto sobre el ministerio y vida de los presbíteros
Apostolicam Actuositatem Decreto sobre el apostolado de los laicos
Optatam Totius Decreto sobre la formación sacerdotal
Perfectae Caritatis Decreto sobre la adecuada renovación de la vida religiosa
Christus Dominus Decreto sobre el ministerio pastoral de los Obispos
Unitatis Redintegratio Decreto sobre el ecumenismo
Orientalium Ecclesiarum Decreto sobre las Iglesias orientales católicas
Inter Mirifica Decreto sobre los Medios de comunicación social
23 de noviembre de 1962
Decreto Inter Mirifica
Arzobispo de Sens Mons. René Stourm
Medios de comunicación
1.960 Padres Conciliares votaron a favor
164 en contra
7 nulos
“[…] existe en la sociedad humana el derecho a la información sobre cuanto afecte a los hombres individual o socialmente considerados y según las circunstancias de cada cual”.
Artículo 5 Decreto InterMirifica
“La Declaración Universal de los Derechos Humanos describe por primera vez… lo
que, a partir del decreto Inter Mirifica, se denominó concretamente derecho a la información”. (Camacho 2006,70-71)
[…] el recto ejercicio de este derecho exige que, en cuanto a su contenido, la comunicación sea siempre verdadera e íntegra, salvadas la justicia y la caridad; […] en cuanto al modo, ha de ser honesta y conveniente, …[…] debe respetar escrupulosamente las leyes morales, los derechos legítimos y la dignidad del hombre, tanto en la búsqueda de la noticia como en su divulgación, ya que no todo conocimiento aprovecha, pero la caridad es constructiva” (1 Cor 8, 1)
Art. 5 Decreto InterMirifica
…. recomendaciones a los destinatarios de la información para una libre y recta elección de la información…la obligatoriedad de informarse a tiempo de los juicios de la autoridad competente ….oponerse a las incitaciones menos rectas y favorecer a las buenas… a las leyes morales.
Art. 6-11 Decreto InterMirifica
Periodistas. Escritores. Actores. Autores. Productores. Realizadores. Exhibidores Distribuidores Vendedores Críticos
Art. 6-11 Decreto InterMirifica
Cuantos participan de algún modo en la realización y difusión de las comunicaciones
Sujetos Activos del DIDerecho a la Información
SUJETO Todos los hombres.
OBJETO Hechos, opiniones e ideas que sean de utilidad social.
CONTENIDO Facultades de difundir, recibir e investigar.
LÍMITESLos que suponga su convivencia con otros derechos
humanos (que según sean las circunstancias pueden estar por encima del derecho a la
información)
Fuente: Azurmendi 2001, 31.
Periodistas. Escritores. Actores. Autores. Productores. Realizadores. Exhibidores Distribuidores Vendedores Críticos
Art. 6-11 Decreto InterMirifica
Cuantos participan de algún modo en la realización y difusión de las comunicaciones
Tratar cuestiones económicas, políticas o artísticas de modo que
nunca resulten contrarias al bien común – Códigos
de Ética
10 de marzo del 1991, Trinidad, X Congreso Ordinario: F.T.P.B
Código de Ética del Periodista Boliviano
• Abstención periodista a cometer delitos contra el honor (Título IX Código Penal) o delitos de plagio (Ley Derechos Autor).
• Prohibición de cualquier tipo de discriminación.• Ley Imprenta Art. 62 obligación de editores a publicar reivindicaciones y defensas de personas ofendidas por el mismo periódico.
Todos los trabajadores
Información
Art. 11 Decreto Intermirifica
Encuentro Interuniversitario del Derecho a la Información
Bien Común
Actuación autoridades
Código de Ética
Jornada que oriente e ilustre sobre sus deberes en el fortalecimiento del apostolado en los medios de comunicación
Decreto InterMirífica
Jornadas MundialesDe las Comunicaciones
Sociales
V Jornada Mundial en mayo de 1971.
Instrucción Pastoral “Communio et Progressio”
Ejercicio del derecho a obtener y comunicar la información
AUDIENCIA
Exigir y luchar por la veracidad de datos
Redacción de código de ética por los informantes
[…] Lo que sí tienen, es el derecho y el deber de exigir que se corrijan rápida y claramente las noticias falsas o deformadas, de señalar las posibles omisiones y de protestar cuantas veces los medios de comunicación social hayan deformado los hechos mismos al sacarlos de su contexto o al darles mayor o menor importancia de la que tienen.
Instrucción Pastoral “Communio et Progressio”
Este derecho de los receptores de la información puede garantizarse eficazmente por códigos creados por los mismos informadores, o si no los hubiere, por las leyes nacionales o internacionales.
En este contexto animamos a los pastores y al pueblo de Dios a que
profundicen el sentido de todo lo que se refiere a las comunicaciones y a
los medios de comunicación y a traducirlo en proyectos concretos y
realizables(Acáp. 3)
Instrucción Pastoral ‘Aetatis Novae’ – Sobre las
comunicacionessociales
22 de febrero de
1992
"NUEVOS LENGUAJES“COMUNICA-
CIÓN SOCIAL
Se puede recurrir a los medios de comunicación tanto para proclamar el
Evangelio como para alejarlo del corazón del hombre.(Acáp. 4)
Los cristianos tienen el deber de hacer oír su voz en el seno de todos los medios de comunicación. Su tarea no se limita a la transmisión de noticias eclesiásticas. (Acáp 8)
Instrucción Pastoral ‘Aetatis Novae’
22 de febrero de
1992
COMUNICA-CIÓN E
IGLESIANueva
Evangelización
Mal uso del servicio público puede llevar a la manipulación
ideológica y política, así, la comercialización no reglamentada y
la privatización de ladifusión tienen profundas
consecuencias.(Acáp. 5)
Instrucción Pastoral ‘Aetatis Novae’ – Sobre las
comunicacionessociales
22 de febrero de
1992
GESTIÓN MEDIOS
La legislación Boliviana
Existe un vacío normativo.. ¿Qué normativa regula el funcionamiento de los medios de
Comunicación social como empresa? El Código de Comercio.
Y ¿Qué carácter tiene la Ley de Imprenta y la Ley de Telecomunicaciones en los medios como empresa?
Como empresa, ninguno.La ley de Imprenta regula y defiende el derecho a la libre
expresión y el ejercicio del periodismo. La ley de Telecomunicaciones regula las concesiones de las empresas
de Telecomunicaciones
¿Qué significa esto?
Nos queda reflexionar
¿Manejar un medio es cómo manejar una empresa de ladrillos?
No pueden reemplazar el contactopersonal inmediato ni tampoco las relaciones
entre los miembros de una familia o entre amigos. Contribuir a la solución de esta dificultad –
mediante grupos de discusión, debates sobre las películas o las emisiones- estimulando la comunicación interpersonal, en vez de
reemplazarla.(Acáp. 7)
Instrucción Pastoral ‘Aetatis Novae’ – Sobre las
comunicacionessociales
22 de febrero de
1992
MCM EN FUNCIÓN A PERSONAS
Y CULTURAS
Aportes Diversos… Incluye una Mayor Investigación No Fanatismo… La Iglesia no se divorcia del conocimiento
Academia Yuelu (976)
Hunan
Universidad SalernoSiglo X
Universidad CATÓLICA Boliviana
La palabra final no esta dada y esta investigación no esta concluida… no buscamos verdades… buscamos versiones. Esto no es periodismo… esto es una pequeña investigación
Encuentro Interuniversitario del Derecho a la Información
Me despido con un gran abrazo de Concordia…