ASESORÍA A DIRECTIVOSCICLO ESCOLAR 2014-2015
Consejos Escolares de Participación Social en la Educación
SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN BÁSICADIRECCIÓN DE PARTICIPACIÓN SOCIAL
SEPTIEMBRE DE 2014
CONSEJOS ESCOLARES DE PARICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN
Marco normativo
Concepto
Instancias
Objetivos
Integración
Registro en REPUCE
Actividades
Funciones del Presidente
Funciones del Director
Asambleas y Sesiones
Programas
La normatividad aplicable se desprende fundamentalmente de: La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Art. 3° La Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, Art. 2°, Fracción I,
26 y 38, fracciones I,V,VI Y XXXI. La Ley General de Educación, Cap. VII, de la Participación Social en la
Educación, en lo que se refiere a los Consejos de Participación Social; Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, art. 4, 5 y 9,
fra VI Y X; El Acuerdo Número 716 por el que se establecen los Lineamientos para la
Constitución, Organización y Funcionamiento de los Consejos de Participación Social en la Educación;
El Acuerdo Número 717 por el que se emiten los Lineamientos para formular los Programas de Gestión Escolar, y
El Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para la Constitución, Organización y Funcionamiento de los Consejos Estatal, Municipales y Escolares de Participación Social en la Educación.
MARCO NORMATIVO
CONSEJOS ESCOLARES DE PARICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN
UN CONSEJO DE PARTICIPACIÓN SOCIAL ES:
INSTANCIA DE PARTICIPACIÓN DE LA
SOCIEDAD
ACTIVIDADES QUE TENGAN POR OBJETO
CALIDAD DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Y AMPLIAR COBERTURA DE
SERVICIOS EDUCATIVOS
CONSEJOS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL
5
Los Consejos Estatales de Participación Social en la Educación;
El Consejo Nacional de
Participación Social en la Educación;
Los Consejos Municipales
de Participación Social en la
Educación, y
Los Consejos Escolares de Participación Social en la Educación.
CONSEJOS ESCOLARES DE PARICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN
CONSEJOS ESCOLARES DE PARICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN
Fomentar la participación organizada de la Sociedad.
Promover y motivar que se atiendan las diversas necesidades de la escuela.
Ejercer su papel de contraloría social.
¿CUÁLES SON LOS OBJETIVOS
DE LOS CONSEJOS
ESCOLARES DE PARTICIPACIÓN
SOCIAL?
CORRESPONSABILIDAD Y CONFIANZA
Padres de familia con hijos inscritos en la escuela
Representantes de A.P.F.
Maestros
Representante de la organización sindical
Directivo de la escuela
Exalumno
Miembros de la comunidad interesados en el desarrollo de la esc
Integración
CONSEJOS ESCOLARES DE PARICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN
CONSEJOS ESCOLARES DE PARICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN
Conformación de los Consejos Escolares de Participación Social
Escuelas de organización incompleta unitarias o bidocentes
El Consejo Escolar lo conformará una madre o un padre de familia y el maestro que ejerza la función directiva.
CONSEJOS ESCOLARES DE PARICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN
Conformación de los Consejos Escolares de Participación Social
Escuelas con más de tres docentes podrán ser conformados por hasta 15 consejeros
La mitad mas uno deben ser padres de familia con hijos inscritos en la escuela en el ciclo escolar de que se trate.
CONSEJOS ESCOLARES DE PARICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN
Conformación de los Consejos Escolares de Participación Social
Se promoverá la equidad de género
CONSEJOS ESCOLARES DE PARICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN
Conformación de los Consejos escolares de Participación Social
El presidente del Consejo deberá ser padre o madre de familia electo por el mismo Consejo por mayoría de votos
Ocho padres o madres de familia más.
CONSEJOS ESCOLARES DE PARICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN
Conformación del Consejo Escolar de Participación Social
Los seis integrantes restantes serán:
-1 Director -1 Exalumno 1 Alumno -1 Maestro -1Miembros de la Com.
-1 Docente representante de la Org. Sindical
CONSEJOS ESCOLARES DE PARICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN
Conformación de los Consejos escolares de Participación Social
Se debe tener presente que “Consejos análogos deberán operar en las escuelas particulares de educación básica”
CONSEJOS ESCOLARES DE PARICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN
Duración
En su encargo durarán dos años con opción a la reelección tan solo por un período más.
CONSEJOS ESCOLARES DE PARICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN
Disposiciones de tipo general
Los cargos de los Consejeros serán honoríficos.
Se abstendrán de intervenir en los aspectos laborales de los establecimientos educativos sin participar en situaciones políticas ni religiosas.
CONSEJOS ESCOLARES DE PARICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN
Una vez integrado el Consejo Escolar, su Presidente o Secretario Técnico levantará el acta de constitución correspondiente, misma que se inscribirá en el Registro Público del Consejo de Participación Social en la Educación (REPUCE)
Las sustituciones seguirán el mismo procedimiento original por mayoría de votos, a fin de que si algún miembro se ausenta sea de la misma categoría quien lo sustituya.
Actividades que realizan los Consejos Escolares Tomará nota de los resultados de las evaluaciones que realicen las autoridades educativas
Vigilará el cumplimiento de la normalidad mínima en el funcionamiento del centro escolar;
Propiciará la colaboración de maestros y padres de familia en los programas relativos a salvaguardar la integridad y educación plena de las y los educandos;
Estimulará, promoverá y apoyará actividades extraescolares que completen y respalden la formación de los educandos;
Respaldará las labores cotidianas de la escuela;
Fomentará el respeto entre los miembros de la comunidad educativa con especial énfasis en evitar conductas y agresión entre los alumnos y desalentará entre ellos prácticas que generen violencia.
CONSEJOS ESCOLARES DE PARICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN
Funciones del Presidente del Consejo EscolarConvocar en coordinación con el Director de la escuela a las sesiones del Consejo Escolar de Participación Social y asambleas de la comunidad educativa
Emitir voto de calidad en los casos en los que haya empate en la votación de acuerdos
Rendir cuentas a la comunidad, conjuntamente con el Director de la Escuela, cada tres meses sobre el origen y destino de los recursos de que disponga el Consejo Escolar de Participación Social
Inscribir la información de las asambleas y sesiones en el Registro Público de Consejos de Participación Social en la Educación, en un plazo no mayor a un mes
CONSEJOS ESCOLARES DE PARICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN
Funciones del Director de la escuela
Presentar ante la comunidad, al concluir el ciclo escolar, un informe de sus actividades y rendición de cuentas
Administrar, conjuntamente con el Presidente del Consejo, una cuenta bancaria específica en aquellas comunidades donde sea posible
En los casos en que no se cuente con institución bancaria, administrar los recursos de manera conjunta con el Presidente del Consejo
Autorizar, por escrito y de manera conjunta con el Presidente del Consejo Escolar, los gastos de la escuela que se realicen con los recursos públicos
CONSEJOS ESCOLARES DE PARICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN
Asambleas de la comunidad educativa y Sesiones del Consejo a realizarse durante el ciclo escolar
Durante el ciclo escolar deberán realizarse con carácter de ordinarias, dos asambleas de la comunidad y dos sesiones del Consejo. Asimismo, podrán realizarse asambleas de la comunidad y sesiones del Consejo extraordinarias, cuando así se determine y las circunstancias lo ameriten.
CONSEJOS ESCOLARES DE PARICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN
Quién convoca a las Asambleas y a las Sesiones del Consejo Escolar
El Presidente del Consejo en coordinación con el Director de
la escuela es quien convoca a las asambleas de la comunidad
educativa y a las sesiones del Consejo Escolar, ya sean de tipo
ordinario o extraordinario
CONSEJOS ESCOLARES DE PARICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN
Cada Consejo elaborará un proyecto de participación social, dicho proyecto se empatará con el que realizó el Consejo
Técnico Escolar
El Consejo deberá elegir cuando menos tres temas prioritarios estimando los de mayor importancia, de conformidad con las necesidades y urgencias de la escuela
Después de elegidos los temas prioritarios se podrá seleccionar hasta dos miembros del Consejo, que conformaran el comité encargado de la debida solución de un tema.
CONSEJOS ESCOLARES DE PARICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN
Asamblea Constitutiva del Consejo Escolar de Participación Social
La Autoridad Educativa será la responsable de convocar a la Constitución del Consejo Escolar, por lo que a partir de la constitución del mismo
darán comienzo las actividades del Consejo Escolar.
CONSEJOS ESCOLARES DE PARICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN
Seguimiento de las acciones propuestas por el Consejo Escolar
Para facilitar su seguimiento, evitar su posible retraso y tomar las medidas necesarias para su cumplimiento, es recomendable que a cada acción incluida en el proyecto, se le fije un tiempo de ejecución y un grado de avance en su cumplimiento.
CONSEJOS ESCOLARES DE PARICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN
Primera Sesión del Consejo Escolar de Participación Social
La primera sesión se celebrará en la primera quincena del segundo mes del ciclo escolar, con el objeto de conocer la
incorporación de la escuela en su caso a los programas federales, estatales, municipales y de la organización civil.
CONSEJOS ESCOLARES DE PARICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN
PROGRAMAS
Escuela Digna Escuela de tiempo completo
Escuela de calidad
Escuelas de excelencia para abatir el rezago
educativo.
CONSEJOS ESCOLARES DE PARICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN
• Dará a conocer al Consejo la Planeación Anual de su Centro Escolar, el calendario escolar y, en su caso, las recomendaciones que el Consejo Técnico haya emitido para el cumplimiento del programa.
• Ya que durante la semana previa al inicio de cursos, se realizó una sesión del Consejo Técnico Escolar, integrado por el cuerpo docente de la escuela, en la que se elaboró una Ruta de Mejora y se concreta la planeación escolar descrita en el Acuerdo 717 por el que se emiten los Lineamientos para formular los Programas de Gestión Escolar
EL DIRECTOR DE LA ESCUELA
CONSEJOS ESCOLARES DE PARICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN
I. Fomento de actividades relacionadas con la lectura y aprovechamiento;
II. Mejoramiento de la infraestructura;
III. De protección civil y de seguridad en las escuelas;
IV. De impulso a la educación física;
V. De actividades recreativas, artísticas o culturales;
VI. De desaliento a las prácticas que generan violencia ;
VII. De establecimientos de consumo escolar;
VIII. De cuidado del medio ambiente y limpieza del entorno escolar;
IX. De alimentación saludable;
X. De integración educativa;
XI. De nuevas tecnologías, y
XII. De otras materias que el Consejo Escolar juzgue pertinentes
Se abordarán en dicha sesión al menos tres temas prioritarios
CONSEJOS ESCOLARES DE PARICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN
Segunda Sesión del Consejo Escolar
La Segunda Sesión del Consejo Escolar se efectuará la primera quincena del tercer mes
del ciclo escolar; en ella se realizará el seguimiento del programa de trabajo, avances y formulará de ser el caso, las recomendaciones
para su cumplimiento.
El Consejo Escolar también informará acerca de los resultados de las acciones realizadas
durante el ciclo escolar
CONSEJOS ESCOLARES DE PARICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN
En todos los casos de informe se tratará de presentar evidencias de las acciones realizadas a fin de abonar a la transparencia y rendición
de cuentas.
CONSEJOS ESCOLARES DE PARICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN
Transparencia y rendición de cuentas.
A fin de fortalecer la transparencia, el Presidente del Consejo y el Director de la Escuela deberán abrir una cuenta bancaria específica, en aquellas comunidades en que esto sea posible, la cual firmarán de manera mancomunada; cada gasto que se haga con dichos recursos será autorizado por escrito.
CONSEJOS ESCOLARES DE PARICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN
El origen de los recursos económicos que administre el Consejo Escolar
Pueden provenir de diferentes fuentes, entre las que se encuentran, los programas federales, estatales o municipales, que haya seleccionado la escuela para participar; los procedentes de las asociaciones de padres de familia o aportaciones de las organizaciones de la sociedad civil, empresas o particulares que desean apoyar el proyecto de participación social de la escuela.
CONSEJOS ESCOLARES DE PARICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN
El Consejo deberá rendir cuentas cada tres meses a la comunidad escolar, para lo cual se podrá auxiliar de informes escritos
Si la escuela está registrada en algún programa, el Consejo debe dar seguimiento para que esos beneficios sean efectivamente entregados.
Posteriormente, deberá vigilar que se destinen a cumplir el propósito para el que fueron entregados.
CONSEJOS ESCOLARES DE PARICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN
Segunda Asamblea del Consejo Escolar
La Segunda Asamblea de la Comunidad Educativa se realizará en la última quincena del ciclo lectivo; en ella, el Consejo Escolar
rendirá por escrito un informe amplio y detallado sobre el ejercicio de todos los
recursos que haya recibido, especificando la fuente u origen de estos, su naturaleza y monto así como el destino que se le haya
dado.
CONSEJOS ESCOLARES DE PARICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN
AGOSTO SEPTIEMBRE OCTUBRENOVIEMBRE-
JUNIO
JULIO
1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4
Asamblea para constituir el Consejo
Primera
sesión del
Consejo
Planeación
anual
Segunda
sesión del Consejo
Seguimiento del programa de trabajo
Sesiones y/o asambleas
extraordinarias
Segunda
asamblea infor
me de actividades
CONSEJOS ESCOLARES DE PARICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN
Es indispensable el Registro de Sesiones y Asambleas.
El instrumento para el registro de las actas es el Registro Público de Consejos de Participación Social en la Educación (REPUCE), que sirve para inscribir la información más importante relacionada con los Consejos de Participación Social.
CONSEJOS ESCOLARES DE PARICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN
Lic. Carlos Siller Beltrán
Director de Participación Social de la Secretaría de Educación
Profra. Sandra Lydia Campos GómezCoordinadora de Consejos de Participación
Social en la Educación.Tels. 2020-5338 y 39 Correo electrónico
CONSEJOS ESCOLARES DE PARICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN