ASPECTOS BSICOS DEL CONTRATO (ABC) DE SEGUROS
Vicepresidencia Jurdica
Plan de Trabajo
Definicin
Caractersticas
Clasificacin Moderna
Elementos Esenciales
Obligaciones derivadas del Contrato de Seguro
Modalidades de Aseguramiento
El Siniestro
Causales de Prdida Parcial o Total de la Indemnizacin
Nulidad Relativa e Ineficacia
El Valor Asegurado
El Deducible
El Coaseguro, el Reaseguro y la Coexistencia de Seguros
La Subrogacin
La Prescripcin
La Terminacin del Contrato de Seguro
Definicin
Asegurador Tomador Traslada Riesgos
Prima
Asume Riesgos
Contrato de Seguro
Indemniza
Buena Fe
Caractersticas del Contrato de Seguro
Consensual
Bilateral
Oneroso Aleatorio
De ejecucin sucesiva
Clasificacin Moderna de los Seguros
Incendio y Lineas Aliadas Hogar
Terrorismo Copropiedades
Terremoto Sustraccin
Equipo Electrnico Todo Riesgo Contratistas
Vehiculos Transporte Terrestre
Vidrios Agricola
Minas y Petroleos Semovientes
Montaje y Rotura de Maquinaria Otros
Casco Flete
Mercancias
AEREO Casco Guerra
Responsabilidad Civil Lucro Cesante
Miscelneos Credito Comercial
Manejo Credito a la Exportacion
Cumplimiento
Hospitalizacin Otros Gastos Medicos
Ciruga
Hospitalizacin y Ciruga
Gastos Mdicos por Hospitalizacin
DESEMPLEO
Ordinario Temporal
Dotal
DE VIDA GRUPO y COLECTIVO Muerte Incapacidad
Muerte Desmembracin
Incapacidad
SOAT
PREVISIONALES Invalidez y Sobrevivencia
RIESGOS PROFESIONALES Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional
PENSIONES Renta Vitalicia
EDUCATIVO
EXEQUIAS
REALES
ESTRICTAMENTE
INDEMNIZATORIOS
NO NECESARIAMENTE
INDEMNIZATORIOS
DE PERSONAS
CLASIFICACION DE
LOS SEGUROS
DE VIDA INDIVIDUAL
DE ACCIDENTES
DE SALUD
DE ACCIDENTES
TERRESTRE
MARITIMO
PATRIMONIALES
DE DAOS
Elementos Esenciales del Contrato de Seguro
Suceso incierto que no depende de la voluntad del T/A/B.
Hechos ciertos, salvo la muerte, y los fsicamente imposibles, no son asegurables.
Riesgo Asegurable
Danos: relacin econmica existente entre el asegurado y el bien jurdico asegurado
Personas: es la vida o la integridad fsica del asegurado.
Inters Asegurable
Es el valor o precio que cobra el asegurador por asumir los riesgos que le traslada el asegurado
Prima
Promesa del asegurador de pagar hasta el valor asegurado en caso realizacin del riesgo asegurado
Obligacin Condicional del Asegurador
Regla General: No es fuente de enriquecimiento
Excepciones: Algunos seguros de personas.
Carcter Indemnizatorio *
Tomador - Asegurado
Declarar sinceramente el estado del riesgo Mantener el
estado del riesgo y notificar cambios
Evitar la expansin y propagacin del siniestro
Dar aviso de la ocurrencia del siniestro
Cumplir con las garantas
Pagar la Prima
Proveer al Salvamento de las cosas aseguradas
Declarar seguros
coexistentes
Obligaciones Derivadas del Contrato de Seguro
Obligaciones Derivadas del Contrato de Seguro
Aseguradora
Expedicin de
Duplicados Depsito
condicionados ante la
SFC
Deber de Informacin Alcances de la Pliza
Devolver Primas No
Devengadas Pago
Indemnizacin o suma asegurada
Expedir y entregarla
Pliza
Estudio de Riesgo
Subjetivo
Normas de Proteccin
al Consumidor
Modalidades de Aseguramiento
Cubre todo lo que no est excluido
Exclusiones Legales (Catastrficas)
Todo Riesgo Cubre solo lo
que se defina de forma precisa en la pliza.
Que no est excluido, no quiere decir que est cubierto.
Riesgos Nombrados
El Siniestro
Es la realizacin del riesgo asegurado.
Concepto de Evento.
Clusulas de 72 Horas (Ej. Torres Gemelas)
Demostracin de la Ocurrencia y Cuanta del Siniestro
Lmite de la Obligacin del Asegurador
Costos del Proceso
Gastos de Mitigacin y Salvamento
En seguros de RC,
Se entiende ocurrido el siniestro en el momento que acaezca el hecho externo imputable al asegurado (Accidente)
Clusulas Claims Made
Causales de Prdida Parcial o Total del Derecho a la
Indemnizacin
Prdida del Derecho:
Reclamacin Fraudulenta
Mala fe del asegurado o beneficiario
En seguros de vida, beneficiario causa muerte o atenta contra la vida del asegurado.
Reduccin de la Indemnizacin
Incumplimiento de Obligaciones derivadas del siniestro
Perjuicios causados al asegurador
La Nulidad Relativa y la Ineficacia
Declaracin inexacta o reticente
Si no es error inculpable.
Si no se allana o acepta el asegurador.
Si no conoca ni deba conocer estado del riesgo.
Si no hubiera celebrado el contrato o si lo hubiera hecho bajo condiciones ms onerosas.
Incumplimiento de garanta
Art. 1061: Si es anterior a la celebracin.
Sobreseguro
Art. 1091: Si existe intencin de defraudar.
El Valor y/o la Suma Asegurada
Puede ser:
Valor Acordado
No puede hacerse estimacin previa en dinero
Ser estipulado libremente por las partes
Se presume el valor real del inters asegurable (Comercial)
Valor de Reposicin o de Reemplazo
No se tiene en cuenta el demrito por uso
Se indemniza con un bien idntico
Sobreseguro
Valor asegurado es superior al valor real del inters asegurado
Sancin: Nulidad Relativa y Retencin de Prima (Mala Fe)
Infraseguro
Valor asegurado es inferior al valor real del inters asegurado
Regla Proporcional
El Deducible
Participacin del asegurado en la prdida
Garantiza el mantenimiento del inters en la conservacin del riesgo asegurado.
Asegurado soporta una parte de la prdida.
El Coaseguro, el Reaseguro y la Coexistencia de
Seguros
Coexistencia de Seguros
Diversidad de aseguradores
Identidad de asegurado
Identidad de inters asegurado
Identidad del riesgo
Coaseguro
Dos a ms aseguradores
A peticin o con aquiescencia del asegurado
Distribucin del riesgo, libertad de %
Lider y Seguidor
Reaseguro
La Subrogacin
Si el asegurador paga una indemnizacin, podr por ley cobrarle al responsable del siniestro hasta concurrencia del
pago que efectu.
No opera en seguros de personas, pagos comerciales, seguros de cumplimiento, manejo, crdito y de
responsabilidad, o si el causante es familiar del asegurado,
salvo dolo o culpa grave.
Fundamentos:
No impunidad (enriquecimiento) del tercero responsable.
No enriquecimiento del asegurado.
Lmite cuantitativo hasta concurrencia de su importe.
La Prescripcin
En materia de seguros, la ley impone una regla especial respecto a la prescripcin extintiva de las acciones derivas
del contrato de seguro, que podr ser:
Ordinaria: ser de dos aos y empezar a correr desde el momento en que el interesado haya tenido o debido tener conocimiento del
hecho que da base a la accin.
Extraordinaria: ser de cinco aos, correr contra toda clase de personas y empezar a contarse desde el momento en que nace el
respectivo derecho.
Seguro previsional: seguro imprescriptible.
Reglas Especiales en RC
La Terminacin del Contrato de Seguro
Revocacin:
Mutuo Acuerdo
Por iniciativa del asegurador (Aviso 10 das)
Excepciones:
Vida
Cumplimiento
Cauciones Judiciales
SOAT
Por iniciativa del asegurado (en cualquier momento con aviso escrito)
Obligacin de Devolucin Prima No Devengada
Liquidacin de Aseguradora
Incumplimiento de las Obligaciones en cabeza del tomador asegurado
ESTRUCTURA DE LA ACTIVIDAD ASEGURADORA
Vicepresidencia Jurdica
Estructura del Sistema Financiero Colombiano
Sector Financiero
Establecimientos
de Crdito Sector Asegurador
Sociedades de Servicios
financieros
Entidades del mercado de
valores
Bancos. Corporaciones Financieras.
Compaas de Financiamiento.
Cooperativas Financieras.
Compaas Aseguradoras (Generales y de Vida)
Cooperativas de Seguros Entidades Reaseguradoras Corredores de Seguros. Sociedades de Capitalizacin
AFPs Sociedades Fiduciarias.
AGD. Intermediacin Cambiaria..
Sociedades Comisionistas
Bolsas de Valores
P.I. Emisores.
Riesgos que deben Administrar las Aseguradoras
Administradores de pensiones
y cesanta
Administradores de portafolios y fiduciarias
Aseguradoras e intermediarios*
Casas de cambio
Emisores
Entidades pblicas de carcter especial
Intermediarios financieros
Intermediarios mercado valores /
agropecuario
Proveedores de infraestructura
Globales
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Fuente: Superbancaria, Supervalores, Minhacienda, julio de 2005
* Los corredores de seguros y las agencias asimiladas a stos, son los nicos vigilados por la Superfinanciera. Se
han exceptuado de verificar algunos de los riesgos senalados para aseguradoras.
Actividad Aseguradora
De Inters Pblico (Art. 335 CN)
Proteccin de Asegurados y Estabilidad del Sistema Financiero.
Inspeccin, Vigilancia y Control ejercida por la Superintendencia Financiera de Colombia con base al esquema de actividades y productos (no entidades o riesgos). Funciones Jurisdiccionales.
Normas Especiales contenidas en el EOSF (D 663/93) y la Circular Bsica Jurdica (C 007/96), conllevan a las entidades vigiladas a cumplir una serie de requisitos formales que garantizan la solvencia y el cumplimiento de los contratos de seguro celebrados:
Aspectos Societarios (Constitucin, Reuniones, Fusiones, Cesiones y Escisiones)
Prohibicin de Ventas Transfronteriza / Excepciones TMA
Mantenimiento de Niveles Adecuados de Patrimonios
Rgimen de Reservas e Inversiones
GRACIAS
Vicepresidencia Jurdica