Autorizaciones de Vertimiento y Reuso de Aguas Residuales Tratadas
(R.J. N° 224-2013-ANA)
ASPECTOS GENERALES
“REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE AUTORIZACIONES DE VERTIMIENTO Y REUSO DE AGUAS RESIDUALES TRATADAS, R.J. N° 224-2013-ANA”
DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE CALIDAD DE LOS RECURSOS HÍDRICOS
Artículo 4°.- Naturaleza y tipos de los Procedimientos Administrativos en materia de calidad de aguas
ASPECTOS GENERALES
Se tramitan a solicitud de parte.
Son sometidos a evaluación previa.
Sujetos a silencio administrativo negativo.
Tipos de procedimientos administrativos en materia de calidad de aguas
Autorización de Vertimiento de aguas residuales tratadas
Renovación de Vertimiento de aguas residuales tratadas
Renovación de Reuso de aguas residuales tratadas
Modificación de Vertimiento de aguas residuales tratadas Modificación de Reuso de aguas residuales tratadas
Autorización de Reuso de aguas residuales tratadas
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Artículo 4°.- Inscripción en el Registro Administrativo de Autorizaciones
ASPECTOS GENERALES
Se inscriben de oficio en el registro
de Vertimiento y Reuso de Aguas Residuales Tratadas
RAVR
Otorgamiento
Rectificación
Modificación
Renovación
Extinción
Revocatoria
Suspensión
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Artículo 22°.- Inspección ocular
•En curso
•Proyectados
Cuando corresponda
•Fines agrícolas o riego de áreas verdes
•Otros durante la vigencia
AUTORIZACIÓN DE VERTIMIENTO DE AGUAS RESIDUALES TRATADAS
MODIFICAION DE AUTORIZACION VERTIMIENTO
DE AGUAS RESIDUALES TRATADAS
AUTORIZACION REUSO
DE AGUAS RESIDUALES TRATADAS
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DGCRH ALA / AAA
Objetivo:
Notificación de programación de inspección ocular
Anticipación no menor de 03 días hábiles
Inspección Ocular – Dentro de 10 días de recibido el expediente
Verificar las condiciones de tratamiento y disposición final
Veracidad de información declarada
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Los resultados analíticos deberán ser remitidos únicamente a la AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA.
Sólo se evaluarán los resultados analíticos del muestreo dispuesto por la Autoridad.
Según “Protocolo Nacional de
Monitoreo de la Calidad de los Cuerpos
Naturales de Agua Superficial” .
El laboratorio será seleccionado por la Autoridad.
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ALA elabora Informe Técnico de inspección ocular.
Remitir acta original. (ANEXO 06)
Suscribir Acta de inspección. ¿Si no firman?
¿Si no se permite ingreso?
Se entrega copia al administrado.
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Artículo 23°.- Informe Técnico de la evaluación del expediente administrativo de autorización de vertimiento o reuso de aguas residuales tratadas
Informe Técnico DGCRH
OBSERVACIONES Diez (10) días hábiles PRORROGABLE POR ÚNICA VEZ
SÍ
No se presenta subsanación de observaciones
Información presentada no subsana observaciones
Proceso terminado
AUTORIZACIONES DE VERTIMIENTO CONSIDERACIONES GENERALES
“REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE AUTORIZACIONES DE VERTIMIENTO Y REUSO DE AGUAS RESIDUALES TRATADAS, R.J. N° 224-2012-ANA”
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Artículo 5°.- Condiciones para autorizar el vertimiento de aguas residuales tratadas Las establecidas en el artículo 133° del Reglamento de la Ley
ASPECTOS GENERALES
DERECHO DE USO DE AGUA
SÍ
NO DERECHO DE USO DE AGUA • Vertimientos proyectados - Autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico •Vertimientos Aguas de mina o de precipitación – no uso de actividad principal u otras labores del proceso productivo •Otras actividades que no requieran derecho de su de agua – demostrar que por características especiales no requiere
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Artículo 5°.- Condiciones para autorizar el vertimiento de aguas residuales tratadas
ASPECTOS GENERALES
A diferencia de la R.J. N° 218-2012-ANA que establecía que esta condición se cumplía con la opinión del ente fiscalizador sectorial. R.J. N° 224-2013-ANA, esta condición se entiende cumplida con la aprobación del instrumento de gestión ambiental de la autoridad ambiental sectorial.
CUMPLIMIENTO DE LIMITES MAXIMOS PERMISIBLES
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GE
ST
ION
SE
CT
OR
IAL
AUT. VERTIMIENTO
DERECHO DE USO
GE
ST
ION
M
ULT
ISE
CT
OR
IAL
FUENTE DE
AGUA
SUBTERRÁNEA DERECHO DE USO
AGUA DE
MAR DERECHO DE USO DE AGUA
PTAP
PTAR
OCÉANO PACÍFICO
CU
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O
AUTORIZACIÓN DE VERTIMIENTO DE AGUAS RESIDUALES TRATADAS
RED DE ABASTECIMIENTO
MINERO /
ENERGÉTICO
INDUSTRIAL /
PESQUERO SANEAMIENTO
ALCANTARILLADO
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AUTORIZACIÓN DE VERTIMIENTO DE AGUAS RESIDUALES TRATADAS
Artículo 17°.- De la autoridad competente
DGCRH AUTORIDAD AMBIENTAL
SECTORIAL
AUTORIDAD AMBIENTAL SECTORIAL
ECA-Agua
LMP
SALUD PÚBLICA
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AUTORIZACIÓN DE VERTIMIENTO DE AGUAS RESIDUALES TRATADAS
Artículo 22°.- Inspección ocular
Actividades instaladas y en operación
(vertimientos en curso)
Inspección OBLIGATORIA
Vertimientos proyectados
Inspección durante operación (Fiscalización)
Responsable de inspección ocular
ALA / AAA
AUTORIZACIÓN DE VERTIMIENTO DE AGUAS RESIDUALES TRATADAS
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AUTORIZACIÓN DE VERTIMIENTO DE AGUAS RESIDUALES TRATADAS
Artículo 18°.- Inicio del procedimiento administrativo
¿Dónde se presenta?
SEDE CENTRAL
AAA
ALA UN (01)
UN (01)
+
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AUTORIZACIÓN DE VERTIMIENTO DE AGUAS RESIDUALES TRATADAS
Artículo 9°.- Contenido de la solicitud
SOLICITUD
Lugar y fecha.
Razón social y número de RUC, de corresponder.
Dirección del domicilio al que se notificará, correo electrónico .
La expresión concreta de lo requerido (volumen anual de aguas residuales tratadas involucrado, ubicación de la unidad generadora de aguas residuales y cuerpo receptor).
Relación de documentos y anexos que se acompañan
Firma o huella del representante legal
Nombres y apellidos completos, número de documento de identidad o carnet de extranjería y domicilio legal del representante legal.
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AUTORIZACIÓN DE VERTIMIENTO DE AGUAS RESIDUALES TRATADAS
Artículo 20°.- Anexos de la solicitud
Autorización de vertimiento de aguas residuales tratadas
Autorización de reuso de
aguas residuales tratadas
REQUISITOS ADMINISTRATIVOS
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AUTORIZACIÓN DE VERTIMIENTO DE AGUAS RESIDUALES TRATADAS
ANEXOS (Vertimientos)
Copia del Documento de identidad del solicitante. Si es persona jurídica copia literal de RRPP que acredite personería jurídica y representación legal
(antigüedad ≤ 90 días calendario).
Recibo de pago por derecho de trámite.
Compromiso de pago por derecho de inspección ocular.
Opinión técnica favorable de la Dirección General de Salud Ambiental - DIGESA del Ministerio de Salud para el otorgamiento de autorización de vertimiento de aguas residuales tratadas.
Copia del acto administrativo de aprobación del instrumento ambiental correspondiente, emitido por la autoridad ambiental sectorial competente.
Memoria descriptiva del proceso industrial que contenga diagrama de flujo, balance hídrico anual, balance de materia prima e insumos
Memoria descriptiva del sistema de tratamiento de aguas residuales, firmado por ingeniero sanitario, civil o ambiental, colegiado y habilitado.
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AUTORIZACIÓN DE VERTIMIENTO DE AGUAS RESIDUALES TRATADAS
ANEXOS (Vertimientos)
Copia de los planos del sistema de tratamiento de aguas residuales y dispositivo de descarga, firmado por ingeniero sanitario, civil o ambiental, colegiado y habilitado.
Manual de operación y mantenimiento del sistema de tratamiento de aguas residuales, firmado por el profesional responsable colegiado y habilitado.
La evaluación ambiental del efecto del vertimiento del cuerpo receptor, suscrita por ingeniero colegiado y habilitado, que incluya el cálculo de la carga y dilución en el cuerpo receptor, la extensión de la zona de mezcla y los impactos en los ecosistemas acuáticos en la zona de mezcla.
Ficha de registro para la autorización de vertimiento de aguas residuales tratadas, suscrita por ingeniero colegiado y habilitado, que incluya entre otros, la caracterización de las aguas residuales a verter y del cuerpo receptor, según Anexo N° 4. Se deberá adjuntar los respectivos reportes de ensayos del cuerpo receptor, cuando corresponda, emitidos por laboratorio acreditado por INDECOPI.
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AUTORIZACIÓN DE REUSO DE AGUAS RESIDUALES TRATADAS
ANEXOS (REUSO)
a) Copia del Documento de identidad del solicitante. Si es persona jurídica copia literal de RRPP que acredite personería jurídica y representación legal
(antigüedad ≤ 90 días calendario).
b) Recibo de pago por derecho de trámite.
c) Compromiso de pago por derecho de inspección ocular.
d) Opinión técnica favorable de la Dirección General de Salud Ambiental - DIGESA del Ministerio de Salud para el otorgamiento de autorización de reuso de aguas residuales tratadas, cuando se trata de solicitudes de reuso de aguas con fines agrícolas, riego de parques y jardines públicos, acuicultura y otros que impliquen riesgo a la salud pública.
e) Autorización sectorial para desarrollar la actividad o acreditación de la titularidad del predio donde se hará el reuso del agua.
f) Copia del acto administrativo de aprobación del instrumento ambiental correspondiente, emitido por la autoridad ambiental sectorial competente, acompañado de copia digital de la parte correspondiente del sistema de tratamiento de aguas residuales.
g) Ficha de registro para la autorización de reuso de aguas residuales tratadas, según Anexo N° 5, suscrita por ingeniero colegiado y habilitado
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AUTORIZACIÓN DE REUSO DE AGUAS RESIDUALES TRATADAS
Cuando el reuso sea solicitado por una persona distinta al titular
del sistema de tratamiento se deberá acompañar, además de los
requisitos señalados :
•la conformidad del titular
•la factibilidad de interconexión
En este caso el requisito señalado en el literal f) se entenderá
cumplido con la presentación de la certificación ambiental del
titular del sistema de tratamiento.
DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE CALIDAD DE LOS RECURSOS HÍDRICOS
Anexo N° 7.- Informe Técnico de la evaluación del expediente administrativo
EVALUACIÓN TÉCNICA
Requisitos administrativos
Resultados de inspección ocular
Resultados analíticos de
calidad del agua
Levantamiento de observaciones
Información complementaria
Opiniones técnicas
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Artículo 26°.- Modificación de autorizaciones de vertimiento o reuso de aguas residuales tratadas
Por cambio de titularidad de la actividad o del operador del sistema
de tratamiento, según corresponda. La solicitud deberá ser
acompañada del documento que acredita la nueva titularidad.
.
Por cambios de las características técnicas bajo las cuales fue
otorgada una autorización de vertimiento o reuso, siempre que no
implique una modificación del instrumento de gestión ambiental
aprobado, y cuando el administrado demuestre que ha reducido
la carga contaminante de las aguas residuales tratadas. La
solicitud deberá ser acompañada del documento de conformidad
de la autoridad sectorial ambiental competente.
DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE CALIDAD DE LOS RECURSOS HÍDRICOS
Artículo 27°.- Renovación de autorizaciones de vertimiento o reuso de aguas residuales tratadas
ANEXOS
a) Copia del Documento de identidad del solicitante. Si es persona jurídica presentar copia literal expedida por los Registros Públicos que acredite la personería jurídica y la representación legal, con una antigüedad no mayor de 90 días naturales.
b) Recibo de pago por derecho de trámite.
c) Estar al día en el pago de la retribución económica por vertimiento de agua residual tratada.
RENOVACIÓN MODIFICA características técnicas bajo las cuales fue otorgada la autorización de vertimiento o reuso, sin modificación de la certificación ambiental, se deberá presentar además el documento de conformidad de la autoridad sectorial ambiental competente sobre la mejora tecnológica.
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Artículo 20°.- Condiciones para autorizar el vertimiento de aguas residuales
Únicamente se podrá autorizar un vertimiento cuando:
LAS AGUAS RESIDUALES DEBEN SER TRATADAS Y CUMPLIR
CON LOS LMP
NO SE TRANSGREDAN LOS ECA-Agua (disposiciones
MINAM)
EL CUERPO RECEPTOR
PUEDE ASIMILAR LA CARGA
INSTRUMENTO DE GESTIÓN AMBIENTAL APROBADO
(CONTEMPLE EL VERTIMIENTO)
NO SE CAUSE PERJUICIO A OTRO USO
(CANTIDAD O CALIDAD) Y NO
AFECTE EL AMBIENTE ACUÁTICO
SE CUENTE
CON DUA
LANZAMIENTO SUBMARINO O SUBACUÁTICO
NO PERJUDIQUE ECOSISTEMA U
OTRAS ACTIVIDADES
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AUTORIZACIÓN DE VERTIMIENTO DE AGUAS RESIDUALES TRATADAS
Artículo 6°.- Prohibiciones para la disposición final de aguas residuales
PROHIBIDO descargar AR sin tratamiento en infraestructura de riego
SÓLO en el marco de una autorización de reuso se podrá concebir la descarga de AR TRATADAS
en infraestructura de riego.
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AUTORIZACIÓN DE VERTIMIENTO DE AGUAS RESIDUALES TRATADAS
Descarga de aguas residuales en sistemas de drenaje pluvial
NO se podrán efectuar descargas de AR sin tratamiento ni tratadas en sistemas de drenaje
Descarga de aguas residuales tratadas a lechos de quebrada seca
PROHIBIDO descargar AR sin tratamiento en lechos de quebrada seca
Descarga de AR TRATADAS en lechos de
quebrada seca
ÚLTIMA ALTERNATIVA DE
DISPOSICIÓN FINAL
AUTORIZACIÓN DE
VERTIMIENTO DE ART
CALIDAD DE LAS AGUAS
RESIDUALES TRATADAS
<> ECA-Agua Factor de dilución X
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Artículo 7°.- De los vertimientos a lagunas y lagos
En la evaluación se contemplará:
Descarga de AR TRATADAS a lagunas y
lagos
ÚLTIMA ALTERNATIVA DE
DISPOSICIÓN FINAL
AR sometidas a tratamiento de
nivel mínimo terciario o avanzado
Determinación de la Zona de mezcla.
Índice de intercambio de agua de la laguna o lago.
Verificar que la dinámica del agua en el lago o laguna permite los procesos
naturales de purificación. Sino X
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Artículo 8°.- Disposición final de aguas de inyección y reinyección
Disposición final de aguas de inyección por
confinamiento en el subsuelo
No afectos a REV
AUTORIZACIÓN DE VERTIMIENTO
DE ART
OTF de DIGESA
NO SE REQUIERE
Caracterización del cuerpo receptor
Estudios hidrológicos e hidrobiológicos
Evaluación ambiental del efecto del vertimiento
Estudio de la napa freática (confinamiento permanente) SÍ SE REQUIERE Estudio indicado en un estudio hidrogeológico
para épocas húmeda y seca.
AGUAS DE REINYECCIÓN (Extracción de HC)
No requieren autorización de vertimiento
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AUTORIZACIÓN DE VERTIMIENTO DE AGUAS RESIDUALES TRATADAS
Artículo 9°.- Del vertimiento de efluentes del proceso de desalinización
Disposición final de efluentes del proceso de desalinización por
vertimiento
Previamente tratados • Cumplimiento de ECA-
Agua • No afectación de
ecosistemas acuáticos
AUTORIZACIÓN DE VERTIMIENTO
DE ART
EXCEPCIONALMENTE:
Se podrá autorizar el vertimiento de salmueras al mar sin tratamiento previo, siempre que: • Se efectúe a través de emisores submarinos. • Se verifique el cumplimiento de ECA-Agua. • No se afecten los ecosistemas acuáticos (sustentado).
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AUTORIZACIÓN DE VERTIMIENTO DE AGUAS RESIDUALES TRATADAS
Artículo 32°.- Medición y control de vertimientos
El titular de una autorización de vertimiento deberá contar con
sistemas de medición de caudales de ART y reportar los
registros
Control de calidad del agua del cuerpo receptor
y efluentes vertidos
Titulares de autorizaciones de
vertimiento, según RD
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AUTORIZACIÓN DE VERTIMIENTO DE AGUAS RESIDUALES TRATADAS
Artículo 25°.- Plazo de vigencia de la autorización de vertimiento o reuso
VIGENCIA ≤ 02 años 06 años ≤ Para proyectos A partir de inicio de
operaciones
Comunicar oportunamente a:
AUTORIZACIONES DE REUSO
“REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE AUTORIZACIONES DE VERTIMIENTO Y REUSO DE AGUAS RESIDUALES TRATADAS, R.J. N° 224-2013-ANA”
DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE CALIDAD DE LOS RECURSOS HÍDRICOS
AUTORIZACIÓN DE REUSO DE AGUAS RESIDUALES TRATADAS
DERECHO DE USO
GE
ST
ION
M
ULT
ISE
CT
OR
IAL
OCÉANO PACÍFICO
CU
ER
PO
NA
TU
RA
L D
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GU
A S
UP
ER
FIC
IAL
GE
ST
ION
SE
CT
OR
IAL
FUENTE DE AGUA
SUBTERRÁNEA DERECHO DE USO
AGUA DE
MAR
PTAP
MISMO FIN QUE EL
DEL DERECHO DE
USO DE AGUA
NO REQUIERE
AUTORIZACIÓN
FIN DISTINTO AL DEL
DERECHO DE USO DE
AGUA
REQUIERE
AUTORIZACIÓN
USUARIO REUSA
SUS AR TRATADAS
TERCERO REUSA
LAS AR TRATADAS
REQUIERE
AUTORIZACIÓN
PTAR
RED DE ABASTECIMIENTO
MINERO /
ENERGÉTICO
INDUSTRIAL /
PESQUERO SANEAMIENTO
ALCANTARILLADO
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AUTORIZACIÓN DE REUSO DE AGUAS RESIDUALES TRATADAS
Artículo 17°.- De la autoridad competente
AAA y Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca
OPINIÓN PREVIA
Artículo 13°.- Condiciones para autorizar el reuso de aguas resiudales tratadas
FIN DEL REUSO INCLUIDO EN EL FIN DEL DUA
(Art. 82º LRH / 149.2 RLRH)
SÍ
¿QUIÉN SOLICITA LA AUTORIZACIÓN DE REUSO DE
ART?
QUIEN VA A REALIZAR EL REUSO DE LAS ART
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AUTORIZACIÓN DE REUSO DE AGUAS RESIDUALES TRATADAS
INICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
(Art. 37°)
SOLICITUD Y REQUISITOS
ADMINISTRATIVOS (Art. 38 y 39°)
ADMISIÓN DE LA SOLICITUD (Art. 40°)
INSPECCIÓN OCULAR (Art. 41°)
EVALUACIÓN TÉCNICA DE EXPEDIENTE
(Art. 42° al 44°)
EVALUACIÓN LEGAL DE
EXPEDIENTE (Art. 45°)
EMISIÓN Y NOTIFICACIÓN DE
R.D. (Art. 46°)
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AUTORIZACIÓN DE REUSO DE AGUAS RESIDUALES TRATADAS
POR EL PROPIO TITULAR DEL SISTEMA DE TRATAMIENTO REUSO DE
AGUAS RESIDUALES PERSONA DISTINTA AL TITULAR DEL SISTEMA DE
TRATAMIENTO
DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE CALIDAD DE LOS RECURSOS HÍDRICOS
AUTORIZACIÓN DE REUSO DE AGUAS RESIDUALES TRATADAS
Artículo 44°.- Informe técnico de evaluación del expediente administrativo de autorización de reuso
EVALUACIÓN TÉCNICA
Requisitos administrativos
Resultados de inspección ocular
Resultados analíticos de
calidad del agua
Levantamiento de observaciones
Información complementaria
Opiniones técnicas
CRHC
Plan de Gestión de
RHC
DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE CALIDAD DE LOS RECURSOS HÍDRICOS
CONDICIONES PARA AUTORIZAR UN REUSO DE AGUAS RESIDUALES TRATADAS
LAS AGUAS RESIDUALES DEBEN
SER TRATADAS
INSTRUMENTO DE GESTIÓN AMBIENTAL
APROBADO (CONTEMPLE EL
REUSO)
NO PONGA EN PELIGRO LA SALUD HUMANA, FLORA, FAUNA NI AFECTE
OTROS USOS
SE CUENTE CON DUA
Artículo 13°.- Condiciones para autorizar el reuso de aguas residuales tratadas
DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE CALIDAD DE LOS RECURSOS HÍDRICOS
AUTORIZACIÓN DE REUSO DE AGUAS RESIDUALES TRATADAS
Artículo 14°.- Criterios para la evaluación de la calidad de las aguas residuales tratadas a reutilizar
Fines agrícolas o acuícolas (incluye parques públicos)
Directrices de la OMS
Otros fines Directrices de la OMS
(Referencialmente)
Eficiencias de tratamiento
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AUTORIZACIÓN DE REUSO DE AGUAS RESIDUALES TRATADAS
Artículo 15°.- Reuso de aguas residuales tratadas descargadas en infraestructura de regadío
El operador expresa estar de acuerdo
Conformidad de interconexión
(convenio o contrato)
SÓLO en el marco de una autorización de reuso se podrá concebir la descarga de AR TRATADAS en infraestructura de riego.
Aceptación de todos los miembros de la OU (DUA)
Garantizar el reuso del 100% de las ART.
GRACIAS
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