BALOTARIO
PROCESAL DEL
DERECHO
LABORAL CNM
Gino Yangali
Iparraguirre
1
OBJETIVOS DE TODA REFORMAPROCESAL DEL TRABAJO
SIN JUSTICIA NO HAY DEMOCRACIA NI DESARROLLO. GARANTIZAR TRABAJO DECENTEACCESO IGUALITARIO, RAZONABLE Y EXPEDITIVO.
DESAPARECER BRECHA ENTRE Dº Y REALIDAD, ENTRE PRINCIPIO DE LEGALIDAD Y ESTADO DE DERECHO.OIT: CONSTITUYENTES DECIDIERON TRIPARTITAMENTE QUE SU PRIORIDAD EN LA REGIÒN ES EL RESPETO Y CUMPLIMIENTO EFECTIVO DE LAS NORMAS SOBRE Dº LABORALES.FALTA DE EFECTIVIDAD DE ADMINISTRACION DE JUSTICIA LABORAL AFECTA Dº HUMANOS: TUTELA JUDICIAL EFECTIVA.SIN INDEFENSION, DEFENSA DE ABOGADO, SIN DILACIONES, ETC.
2
••••
•
•
•
INCONSTITUCIONALIDAD
Artículo 51.- Supremacía de la Constitución
La Constitución prevalece sobre toda norma legal; la ley, sobre las normas de inferior jerarquía, y así sucesivamente. La publicidad es esencial para la
•
vigencia de toda norma del Estado.
• Artículo 138.- Administración de Justicia. Control difuso.En todo proceso, de existir incompatibilidad entre una norma constitucional y una norma legal, los jueces prefieren la primera. Igualmente, prefieren la norma legal sobre toda otra norma de rango inferior.
3
BREVE HISTORIA
••
EPOCA ROMANA: Pretores
EPOCA INCAICA: Curacas, Caciques, Decuriones
• EPOCA COLONIA:escritos
Actas y
4
ORIGENES DE LA ORALIDADHernando David Echandía “Teoría Gral del
Proceso”• 1887, Los jusprivatistas alemanes, lograron la
ley procesal civilAustria, Rusia, países socialistas, Colombia 1938, Proceso Laboral.“El procedimiento escrito prolonga en demasía el curso del proceso; permite el abuso de los recursos y medios encaminados a dilatar el litigio; sirve de medio para crear confusión en juez y en la contraparte, y a veces hace aparecer lo accidental como esencial.”D.S. 003-80-TR
•••
el
•
5
ALL TEEMMAA ALLAA DEDE
66
PROBLEMÁTICA DE LOSORGNOS
JURISDICCIONALES EN MATERIA LABORAL
FALTA CREDIBILIDAD DEL PODER JUDICIALSISTEMA - PROCESOS ESCRITOS TLC DEMÓCRATAS E.U.1º LARGOS, DESPREOCUPACIÓN POR FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA JUDICIAL EN MATERIA LABOR9° FORTALECIMIENTO DEL SIS JUDICIAL EN MATERIA LABOR10º FOMENTO DE UNA CULTUR INCUMPLIMIENTO
•
•••
•
•
TEMA 1.- INADECUADA PROTECCIONCONTRA LA DISCRIMINACIÓN
ANTISINDICAL:
• PREOCUPACION: Procesos judiciales
para atenderquejas de discriminación por ser parte de unson muy lentos para ser efectivas, no hay
sindicato
procedimientos de apelación rápida, lo cualcontraviene el Convenio 98.
7
88
TEMA 9.- FORTALECIMIENTO DELSISTEMA JUDICIAL EN MATERIA LABORAL:
PREOCUPACIÓN.-Existe una gran despreocupacióny desinterés por el fortalecimiento del sistema judicial en materia laboral.
99
TEMA 10.- FOMENTO DE UNACULTURA DE CUMPLIMIENTO:
• PREOCUPACIÓN: No existe por
parte del Estado una cultura de cumplimiento de la normatividad laboral.
1100
OTRAS CAUSAS
••
•
•
••
PROCESOS ESCRITOSCARGA INHUMANA
IMPREDECIBLES (Art. 22
PROCESO CIVILIZADO
INJUSTOSSólo se mide
productividad. (Bonos).
L.O.P.J.)
DEMANDAS INGRESADAS EN ELMES
1 JT ESP2 JT ESP
DE SETIEMBRE 2009••••••••
151 DEM152 DEM
•••
272829
JTL
JTL JTL
828481
DEM
DEM DEM21
2223242526
JTLJTL JTL JTL JTL JTL
818480788286
DEMDEM DEM DEM DEM DEM
• TOTAL 1041 DEM
PROMEDIO PORJUZGADO: 95
11
DEMANDAS INGRESADAS ENEL MES DE JUNIO 2010
••
•
•
•
•
•
•
•
2122
23
24
25
26
27
28
29
JTLJTL
JTL
JTL
JTL
JTL
JTL
JTL
JTL
6459
57
53
58
57
56
59
57
DEMDEM
DEM
DEM
DEM
DEM
DEM
DEM
DEM
••
1 TRA 452 TRA 47
DEMDEM
TOTAL 612 DEM
PROMEDIO PORJUZGADO: 55.63DEM
12
DEMANDAS INGRESADAS EN ELMES DE JUNIO 2011
•••••••••
212223242526272829
JTLJTL JTL JTL JTL JTL JTL JTLJTL
505150455152515049
DEMDEM DEM DEM DEM DEM DEM DEMDEM
••
1 TRA 302 TRA 30
DEMDEM
TOTAL 509 DEM
PROMEDIO PORJUZGADO: 46.27DEM
13
1144
Los Peruanos tenemos derecho aacceder a un proceso
especializado en materia laboral sencillo, rápido pronto, oportuno, eficaz, predecible, manejado por
jueces especializados que cuenten con mucha vocación de
servicio?
DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOSHUMANOS Arts. 8: RECURSO EFECTIVO.
DECLARACION AMERICANA DE LOSDERECHOS Y DEBERES DEL HOMBRE Art. XVIII
CONVENCION AMERICANA DE DERECHOSHUMANOS Art. 8: PLAZO RAZONABLE, MATERIA LABORAL.
PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS
CIVILES Y POLÍTICOS: Art. 14, 3, C: SIN DILACIONES INDEBIDAS.
CONSTITUCIÓN POLITICA 1993 Inc. 3 Art. 13159.
1166
RAZONES DE EXISTENCIA DE UNPROCESO LABORAL ESPECIALIZADO
a) El derecho del trabajo es parte del Derecho Social, donde prima el aspecto social y humanista, y por que su
•
aplicación afecta directamente a los hombres por su naturaleza especial.b) Por que se considera que el Derecho del Trabajo es un derecho autónomo, ya que cuenta con terminología, características e instituciones propias; y
•
• c) Por que las pensiones, remuneraciones, beneficios sociales y demás derechos laborales tienen carácter de alimentos, que no solo satisfacen las necesidades del trabajador sino las de su familia y demás dependientes.
1177
SISTEMAS PROCESALES
• ESCRITOORAL SIMPLICIDAD
••
INMEDIACIÓN
PUBLICIDAD IGUALDAD CELERIDAD,IMPARCIALIDAD
• MIXTO
•
FUNCIONES Y VENTAJAS DEL PROCESO ORAL FRENTE
PROCESO ESCRITO
Simplicidad teniendo en consideración que los trabajadores no necesariamente tiene que ser letrados.
Todos sabemos hablar pero no todos sabemos leer ni podemos escribir.
Es entendible para el lego porque responde a procesos lógicos y naturales a la verdad de los hechos.
Permite la inmediación, concentración, publicidad, unidad de
AL
instancias, libre valoración de la prueba, celeridad y simplificación deformas.
Permite al juez conocer interioridades del proceso en forma directa sin dilaciones y sin intermediarios lo que resulta visual para la apreciación valoración e interpretación de la prueba.
Existe una relación directa entre el juez y el material probatorio durante el juicio oral
18
CUADRO COMPARATIVO ENTRE EL PROCESO ORA
LY ESCRIT
OORAL SIMPLE LOGICO
DURACION 6 MESES TRES INSTANCIAS
REMUNERACIONES:
ESCRITO TECNIFICADO
DURACION: 3 años a más(juris apacibus).
REMUNERACIONES:derecho económico
COBRO DE DERECHOS: después de ejecución de sentencia
CORRUPCIÓN: dilación posible corrupción
alimentoshumanos
COBRO
derechos
DE DERECHOS:antes de
sentenciafundamentada
CORRUPCIÓN: Imposible, todo se
tramitay se resuelve delante
delas partes
19
Cuadro comparativo entre el proceso oral y
escrito: Control sentencias
Expuestos a cambios decriterios:
Impredecible
SENTENCIA PRIMERA INSTANCIA:30 días después un largo tramite lleno de
vinculantesSuprema
dela Corte
Predecible
SENTENCIA
PRIMERA
deINSTANCIA: Inmediato enla misma Audiencia
CONOCIMIENTO DE LA CORTE SUPREMA: Sólo sentencias discordantes
TIPO DE PROCESO: Especial para pago de derechos laborales y pensiónables
incidencias que superan los 5años.
CONOCIMIENTO DE LA CORTE SUPREMA: Casaciones en proceso cuyo monto asciende a 100 URP
TIPO DE PROCESO: Semejante a procesos civiles, especial para pago de derechos económicos.
20
OBJETIVOS DEL PROCESOORAL
Audiencias deben llevarse bajo la presencia del Juez, litigantes, testigos, peritos y abogados y demás órganos de auxilio.Las actuaciones deben ejecutarse en forma
oral, registrándose en actas y medios técnicos. (Art. 73º CPT Colombia, 584º CT Ecuador)Sólo el Juez que actuó las pruebas puedeSentenciar.
Sentencia dictada en la propia AudienciaDefinitiva (Art. 158º y 159º L.O.P.T. Venezuela).
(Sencillez, Celeridad, Concentración e Inmediatez). DURACIÓN: 6 MESES. Nadie se opone.
•
•
•
•
.
21
El Proceso oral se
ECUADORXX Constitución de la Republica del
haConstitucionalizado en :
VENEZUELA Constitución de la Republica
ECUADOR 2008Capítulo III Garantías Constitucionales
Bolivariana de Venezuela (20 de
Art. 86°.- Las garantías jurisdiccionales sediciembre de 1999)
Capitulo III del poder judicial y el sistema de justicia
Sección primera: de las disposiciones generales
Articulo 257º .- el proceso constituye un instrumentos fundamental para realización de la justicia. Las leyes procesales establecerán la simplificación, uniformidad y eficacia de los trámites y adoptaran un procedimiento breve, ORAL y público. No se sacrificará la justicia por la omisión de formalidades no esenciales
regirán, en general, por las siguientesdisposiciones:2.a El procedimiento será sencillo, rápido yeficaz. Será oral en todas sus instancias.2.c Podrán ser propuestas oralmente o por escrito, sin formalidades y, sin necesidad de citar la norma infringida…Art. 168°.- La administración de justicia, en elcumplimiento de sus deberes, y ende sus atribuciones, aplicará los principios:
el ejerciciosiguientes
c La sustanciación de los procesos en todas lasmaterias, instancias, etapas y diligencias se llevara a cabo mediante el sistema oral deacuerdo con el principio de concentración,contradicción y dispositivo.
22
CONSTITUCIÓN VENEZUELA
Disposición Transitoria Cuarta. La AsambleaNacional debe sancionar:
Numeral 4º.- Una Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que garantice el funcionamiento de una jurisdicción laboral autónoma y especializada, y la protección del trabajador o trabajadora en los términos previstos en esta Constitución. La Ley Orgánica Procesal del Trabajo estará orientada por los principios de gratuidad, celeridad, oralidad, inmediatez, prioridad de larealidad de los hechos, la equidad y rectoría del juez enel proceso.
23
CONSTITUCIÓN DE BOLIVIA25 DE ENERO DEL 2009
CAPÍTULO SEGUNDO JURISDICCIÓN ORDINARIA
Artículo 180. I. La jurisdicción ordinaria se fundamenta en los principios procesales de gratuidad, publicidad, transparencia, oralidad, celeridad, probidad, honestidad, legalidad, eficacia, eficiencia, accesibilidad, inmediatez, verdad material, debido proceso e igualdad de las partes ante el juez.
II. Se garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales.III. La jurisdicción ordinaria no reconocerá fueros, privilegios ni tribunales de excepción. La
jurisdicción militar juzgará los delitos de naturaleza militar regulados por la ley.Artículo 184. Son atribuciones del Tribunal Supremo de Justicia, además de las señaladas por la ley:
1. Actuar como tribunal de casación y conocer recursos de nulidad en los casos expresamente señalados por la ley.
2. Dirimir conflictos de competencias suscitados entre los tribunales departamentales de justicia.3. Conocer, resolver y solicitar en única instancia los procesos de extradición.4. Juzgar, como tribunal colegiado en pleno y en única instancia, a la Presidenta o al Presidente
del Estado, o a la Vicepresidenta o al Vicepresidente del Estado, por delitos cometidos en el ejercicio de su mandato. El juicio se llevará a cabo previa autorización de la Asamblea Legislativa Plurinacional, por decisión de al menos dos tercios de los miembros presentes, y a requerimiento fundado de la Fiscal o del Fiscal General del Estado, quien formulará acusación si estima que la investigación proporcionó fundamento para el enjuiciamiento. El proceso será• oral, público, continuo e ininterrumpido. La ley determinará el procedimiento. 24
2255
CÓDIGO DE DERECHOCANÓNICO
IGLESIA CATÓLICA ROMANA
SECCIÓN IIDEL PROCESO CONTENCIOSO ORAL
• CANON 1656.1. Por el proceso contencioso oral que se regula en esta
sección, pueden tratarse todas las causas no excluídasen el derecho, salvo que una de las partes pida que se siga el proceso contencioso ordinario.
TENDENCIAS
Adversarial
ELIAS: 2005
Inquisitivo
Escrito
Civilizado
LEY 29497: PASCO: 2008Inquisitivo
Escrito
Civilizado
Sólo 4 Arts. se refiere oralidad:12, 33, 45 y 47.
Restringe D°s aTrabajadores.
CÓDIGO:
2006
Dispositivo
Oral
Social
Garantista
26
INQUISITIVO
JUEZ INTERROGA Arts. 12.1 y 24. Juez debe ser aséptico.Facultad de disponer si cuenta con
•
•Abogado hasta 70 U.R.P. Art.Prueba de Oficio, sólo el JuezSala Art. 22.
Guia actuación probatoria Art.
16.y no• la
• 24.
27
ESCRITONotificación Electrónica:
Sólo si supera las
70 U.R.P. (S/.25,200). Arts. 13.
•
• Demanda (16), Contestación (19), Si no haymedios de grabación electrónica (12),Actas, Sentencias, etc.
Procesos Ejecución (57), Cautelar (54), Contencioso Administrativo, No Contencioso (64), Impugnación Laudo Arbitral (50), Pensiones y Seguridad Social.
•
28
PRUEBAS DE OFICIOArt. 22 Ley 29497
Son propias de procesos escritos inquisitivos.Sólo el Juez, no la Sala, Art. 22.
• e
•••
El Juez debe ser Imparcial e Impartial.Discusión en la Doctrina en el Proceso Laboral: No hay preparación de abogados de trabajadores.Se atenta contra el Principio de laIrrenunciabilidad.
29
•
APLICACIÓN SUPLETORIA DELCODIGO PROCESAL CIVIL
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
• PRIMERA.- En lo noprevisto por esta Ley son deaplicación supletoria lasnormas del Código ProcesalCivil. (Arts. 16 y 19). 30
PRINCIPIOS
Exp. N.º 0008-2005-PI/TC del 14/09/2005
Caso: Ley Marco del Empleo Público.
SumillaSon aquellas reglas que informan la elaboración
••
•de
las normas de carácter laboral, y que sirven de fuentede inspiración directa o indirecta en la solución de conflictos, sea mediante la interpretación, aplicación o integración normativa (FJ 20).URL: http://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2005/00008-
•2005-AI.html
31
PRINCIPIOS LABORALES
Oralidad, publicidad, simplicidad o sencillez,
•igualdad,impartialidad,
inmediación, imparcialidad,concentración, celeridad,
(veracidad),
buena fe, primacía de la realidadeconomíaindubio
procesal, bilateralidad, gratuidad,pro operarum, irrenunciabilidad,
vinculatoriedad,razonabilidad,
debido proceso, legalidad,progresividad, derecho de
edefensa, eventualidad o lealtad procesalhipervaloración de la conciliación.
32
PRINCIPIOSCONSTITUCIONALES
LABORALES
Artículo 26.- Principios que regulan la relación laboral
• En la relación laboral se respetan lossiguientes principios:
1. Igualdad de oportunidades sin discriminación.
2. Carácter irrenunciable de los derechos reconocidos por la Constitución y la ley.
3. Interpretación favorable al trabajador en
caso de duda insalvable sobre el sentido de una33
•
•
•
IGUALDAD DE OPORTUNIDADESExp. N.º 0008-2005-PI/TC del 14/09/2005Caso: Ley Marco del Empleo Público.SumillaEste principio asegura la igualdad de
•••
oportunidades de acceso alobliga a que la conducta ya los particulares, en relación
empleo, es decir,sea del Estado o a las actividades
laborales, no genere una diferenciación norazonable y, por ende, arbitraria (FJ 23).URL:http://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2005/00008
•
-2005-AI.html 34
IRRENUNCABILIDADExp. N.º 0008-2005-PI/TC del 14/09/2005
Caso: Ley Marco del Empleo Público.
SumillaEl principio de irrenunciabilidad de derechos
••
•prohíbe
los actos de disposición del trabajador, como titular deun derecho, que esta sujeto al ámbito de las normas taxativas que, por tales, son de orden público y con vocación tuitiva a la parte más débil de la relación laboral (FJ 24).URL: http://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2005/00008-2005-AI.html
35
•
INDUBIO PRO OPERARUM
•••
Exp. N.º 0008-2005-PI/TC del 14/09/2005Caso: Ley Marco del Empleo Público.SumillaNuestra Constitución impone la interpretación favorable al trabajador en caso de duda insalvable sobre el sentido de una norma, ya sea porque su contenido sea incierto o indeterminado. Esto quiere decir, que para la aplicación del referido principio debe existir un conflicto de interpretación deuna norma jurídica, la que mismas que al interpretarle ofrecevarios sentidos, por lo que se debe adoptar como sentido normativo aquél que ofrece mayores beneficios al trabajador (FJ 21).URL: http://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2005/00008-2005-•AI.html
36
PRIMACIA DE LA REALIDAD•••
Exp. N.º 3710-2005-PA/TC del 20/03/2006Caso: Alberto Dolcey Pintocatalao Murgueitio.SumillaEl principio de primacía de la realidad es un principio implícito en nuestro ordenamiento jurídico y, concretamente, impuesto por la propia naturaleza tuitiva de nuestra Constitución, a mérito del cual, en caso de discordancia entre lo que ocurre en lapráctica y lo que fluye de los documentos, debe darse preferencia a lo primero, es decir, a lo que sucede en el terreno de los hechos (FJ 4).URL: http://tc.gob.pe/jurisprudencia/2006/03710-2005-
•AA%20Resolucion.html
37
REGLA DE NO DISCRIMINACIONEN MATERIA LABORAL
Exp. N.º 0008-2005-PI/TC del 14/09/2005Caso: Ley Marco del Empleo Público.Sumilla
•••
La discriminación en materia laboral se configura cuando seafecta al trabajador en sus características innatas como serhumano (lo propio y privativo de la especie), o cuando se vulnera la claúsula de no discriminación prevista por laConstitución. En buena cuenta, la discriminación en materia laboral, se produce cuando existen actos de diferenciación arbitraria al momento de postular a un empleo o durante la relación laboral; es decir, tanto en el acceso al empleo comoel trato dentro de una relación laboral (FJ 23).URL: http://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2005/00008-2005-
en
•AI.html 38
COMPETENCIA
• SALA CONSTITUCIONAL Y SOCIALDE LA CORTE SUPREM
ADE LA
REPÚBLICA• SALA LABORAL O MIXTA EN LASCORTES SUPERIORE
S• TRIBUNAL UNIPERSONAL• JUZGADOS DE TRABAJO O MIXTOS• JUZGADOS DE PAZ
LETRADOS LABORALES
CLASES DE COMPETENCIA
•POR
•POR•POR
•POR
MATERIA
FUNCIÓN CUANTÍA TERRITORIO
COMPETENCIA
POR MATERIADE LOS JUZGADOS DE PAZ
LETRADOS LABORALES• 1. Proceso abreviado laboral,
con pretensiones que no superen las 50U.R.P.
2. Los procesos de ejecución cuya cuantía no supere las 50 U.R.P.; salvo las cobranzas de aportes previsionales del Sistema Privado de Pensiones retenidos por el empleador, en cuyo caso son competentes con prescindencia de la cuantía.3. Los asuntos no contenciosos, sin importar la cuantía.
•
•
COMPETENCIA POR MATERIA DE LOSJUZGADOS ESPECIALIZADOS DE
TRABAJO• 1. Procesos Ordinarios relativas a la protección de derechos
individuales, plurales o colectivos, originadas con ocasión de la prestación personal de servicios de naturaleza laboral, formativa o cooperativista, referidas a aspectos sustanciales o conexos, incluso previos o posteriores a la prestación efectiva de los servicios.Em especial:
a) El nacimiento, desarrollo y extinción de la prestación personal de servicios; así como a los correspondientes actos jurídicos.
b) La responsabilidad por daño patrimonial o extrapatrimonial, incurrida por cualquiera de las partes involucradas en la prestación
personal de servicios, o terceros en cuyo favor se presta o prestó el servicio.
c) Los actos de discriminación en el acceso, ejecución y extinción de la relación laboral.
d) El cese de los actos de hostilidad del empleador, incluidos los actos de acoso moral y hostigamiento sexual, conforme a la ley de la materia.
e) Las enfermedades profesionales y los accidentes de trabajo. f) La impugnación de los reglamentos internos de trabajo.g) Los conflictos vinculados a una organización sindical y
entre organizaciones sindicales, incluida su disolución.h) El cumplimiento de obligaciones generadas o contraídas con
ocasión de la prestación personal de servicios exigibles a institutos,
fondos, cajas u otros.
••
•
•
•
•••
•
COMPETENCIA POR MATERIA JUZGADOSESPECIALIZADOS DE
TRABAJOi) El cumplimiento de las prestaciones de salud y pensiones de invalidez, a favor de los asegurados o los beneficiarios, exigibles
al empleador, a las entidades prestadoras de salud o a las
aseguradoras.j) El Sistema Privado de Pensiones.k) La nulidad de cosa juzgada fraudulenta laboral; y
l) aquellas materias que, a criterio del juez, en función de su especial naturaleza, deban ser ventiladas en el proceso ordinario laboral.
Conoce las pretensiones referidas al cumplimiento de obligaciones de dar superiores a cincuenta 50 U.R.P.
2. En proceso abreviado laboral, de la reposición cuando ésta se plantea como pretensión principal única.
3. En proceso abreviado laboral, las pretensiones relativas a la vulneración de la libertad sindical.
4. En proceso contencioso administrativo conforme a la ley de la
materia, las pretensiones originadas en las prestaciones de servicios de
carácter personal, de naturaleza laboral, administrativa o de seguridad
social, de derecho público; así como las impugnaciones contra actuaciones
de la autoridad administrativa de trabajo.5. Los procesos con título ejecutivo cuando la cuantía
supere las 50 U.
•••
•
•
•
•
•R.P.
COMPETENCIA
POR MATERIASALAS
LABORALES
SUPERIORES•
••
En Primera Instancia:1. Proceso de acción popular en materia laboral.
2. Anulación de laudo arbitral que resuelve un conflicto jurídico de naturaleza laboral, a ser tramitada conforme a la ley de arbitraje.
3. Impugnación de laudos arbitrales derivados de
una negociación colectiva, a ser tramitada conforme
al procedimiento establecido en la presente Ley.
4. Contienda de competencia promovida entre juzgados de trabajo y entre éstos y otros juzgados de distinta especialidad del mismo distrito judicial.
5. Conflictos de autoridad entre los juzgados de trabajo y autoridades administrativas en los casos previstos por la ley.
6. Las demás que señale la ley.
•
•
•
•
COMPETENCIA
POR FUNCIÓNSala de Derecho Constitucional y
Corte Suprema de Justicia de la
Social de la
República
de• a)
Del recursocasación
; b)
del
recurso
de
•
apelación;
yc) de
lrecurso
de
•
queja.
COMPETENCIA
POR FUNCIÓNSALAS LABORALES DE LAS CORTES SUPERIORES
a)
Del recurso
de
•
apelaciónb
)del
recurso
de
•queja.
COMPETENCIA
POR FUNCIÓNJUZGADOS ESPECIALIZADOS DE TRABAJO
a)
Del recurso
de
•
apelaciónb
)del
recurso
de
•queja.
COMPETENCIA
POR CUANTÍA
• JUZGADO DE PAZ LETRADO LABORAL:HASTA 50 U.R.P.JUZGADO DE TRABAJO: SUPERIOR A50 U.R.P.TRIBUNAL UNIPERSONAL: HASTA 70U.R.P.SALAS LABORALES: MÁS DE 70 U.R.P. SALA CONSTITUCIONAL Y SOCIAL DE LA CORTE SUPREMA DE LAREPÚBLICA: MÁS DE 100 U.R.P.
•
•
••
DETERMINACIÓN
DE LA CUANTÍA
Suma
detodos
los extremos
de•
la demanda.• Los intereses, las costas, los
costos y los conceptos que se devenguen con posterioridad a fecha de interposición de la
la
demanda no se consideran en ladeterminación de la cuantía.
COMPETENCIA
POR TERRITORIO• A elección del demandante es
competente el juez del lugar del domicilio principal del demandado o el del último lugar donde se prestaron los servicios.
Si la demanda está dirigida contra quien prestó los servicios, sólo es competente el juez del domicilio de éste.
En la impugnación de laudos arbitrales derivados de una negociación colectiva es competente la sala laboral del lugar donde se expidió el laudo.
La competencia por razón de territorio sólo puede ser prorrogada cuando resulta a favor del prestador de servicios.
•
•
•
CUESTIONAMIENTO
DELA COMPETENCI
A• El demandado puede cuestionar la competencia del juez por razón de la materia, cuantía, grado y territorio mediante excepción. Sin perjuicio de ello el juez, en cualquier estado y grado del proceso, declara, de oficio, la nulidad de lo actuado la remisión al órgano jurisdiccional competente si determina incompetencia por razón de materia, cuantía, grado, función territorio no prorrogado.
y su o
• Tratándose del cuestionamiento de la competencia del juez por razón de territorio, el demandado puede optar, excluyentemente, por oponer la incompetencia como excepción o como contienda. La competencia de los jueces de paz letrados sólo se cuestiona mediante excepción.
• La contienda de competencia entre jueces de trabajo y entre éstos y otros juzgados de distinta especialidad del mismo distrito judicial la dirime la sala laboral de la corte superior correspondiente. Tratándose de juzgados de diferentes distritos judiciales, la dirime la Sala de Derecho Constitucional y Social de la Corte Suprema de Justicia de la República.
COMPARESCENCIAREGLAS
ESPECIALES
Los menores de edad con conocimiento del MinisterioPúblico.Los sindicatos en causa propia, en defensa de los
•
•derechos colectivos y en defensa de sus dirigentesafiliados, sin necesidad de poder especial de representación.El empleador debe poner en conocimiento de los trabajadores la demanda interpuesta.La representación del sindicato no habilita al cobro
y
•
• delos derechos económicos que pudiese reconocerse afavor de los afiliados.
COMPARESCENCIALEGITIMACIÓN
ESPECIAL• Las pretensiones derivadas de la afectación al derecho
a la no discriminación en el acceso al empleo o del quebrantamiento de las prohibiciones de trabajo
forzoso e infantil pueden ser formuladas por los afectados
directos, una organización sindical, una asociación o institución
sin fines de lucro dedicada a la protección de derechos fundamentales con solvencia para afrontar la defensa
a criterio del juez, la Defensoría del Pueblo o el
Ministerio Público.Cuando se afecten los derechos de libertad sindical, negociación colectiva, huelga, a la seguridad y salud
en el trabajo y, en general, cuando se afecte un derecho
que corresponda a un grupo o categoría de prestadores
de servicios, pueden ser demandantes el sindicato, los representantes de los trabajadores, o cualquier
trabajador o prestador de servicios del ámbito.
•
COMPARESCENCIADEFENS
APÚBLICA
A CARGODEL MINISTERIO DE JUSTICIA
La madre
gestante,
el•
menor
de
edad
y lapersona
con discapacidad
tienen defensa
que
trabajanderecho
pública,
a laregulada por
materia.la
ley de
la
REQUISITOSDE LA DEMANDA
La demanda se presenta por escrito y debecontener los requisitos y anexos establecidosen la norma procesal civil, con las siguientesprecisiones:
• Debe incluirse, cuando corresponda, laasíindicación del monto total del petitorio
como el monto de cada uno de los extremosque integren la demanda; y,
No debe incluirse ningún pliego
• dirigido a lacontraparte, los testigos o los peritos; sinembargo, debe indicarse la finalidad de cadamedio de prueba.
55
REQUISITOS DE LA DEMANDA
• Los prestadores de servicios puedencomparecer al proceso sin necesidad de
noabogado cuando el total reclamadosupere las diez (10) URP.
Cuando supere este limite y hasta las
• 70las la
URP es facultad del juez, atendiendocircunstancias del caso, exigircomparecencia con abogado.
En los casos en que se comparezca
• sindeabogado debe emplearse el formato
demanda aprobado por el Poder Judicial.56
ADMISIÓN
PROVISIONAL
• El juez verifica el cumplimiento de los
requisitos de la demanda dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de recibida. Si observa el incumplimiento de alguno de los requisitos concederá al demandante cinco (5) días hábiles para que subsane la omisión o defecto, bajo apercibimiento de declararse la conclusión del proceso y el archivo del expediente. La resolución que dispongala conclusión del proceso es apelable en
el plazo de cinco (5) días hábiles. 57
IMPROCEDENCIA DE
DEMANDALA
• Excepcionalmente,
en elcaso que
la improcedenciade la demand
asea
notoria
eljuez la rechazar
ádeplan
oen resoluciónfundamentad
a.La resolució
nesapelable
en el plazo
decinco (5
)días
hábiles 58
siguientes.
DERECHOS INDIVIDUALESHOMOGÉNEO
SCuando en una sentencia seun
declare laexistencia de afectación de derecho quecorrespondaprestadorespatrimonial,categoría
ade
un grupo o categoría deservicios,
miembroscon
delcontenido
los grupo oo quienes
afectadosindividualmente
hubiesen sido pueden iniciar, conbase en dicha sentencia, procesos
derechosentencia
individualesreconocido,
de liquidación dellasiempre y cuando
declarativa haya sido dictada por el TribunalConstitucional o la Corte Suprema, y haya
59pasado en autoridad de cosa juzgada.
REQUISITOS DE LACONTESTACIÓN• La contestación de la demanda se presenta
por escrito y debe contener los requisitos yanexos establecidos en la norma procesalcivil, sin incluir ningún pliego dirigido a lacontraparte, los testigos o los peritos; sinembargo debe indicarse la finalidad de cada medio de prueba.
• La contestación contendrá todas las defensas procesales y de fondo que el demandadoestime convenientes. Si el demandado noniega expresamente los hechos expuestos enla demanda, estos serán consideradosadmitidos.
• La reconvención es improcedente.60
AGOTAMIENTO
DE LA VIAPREVIA
En el caso de pretensiones referidas a la
•prestaciónnaturaleza
personal de servicios, de
de el
laboral ono
administrativaderecho público, será exigibleagotamiento de la
la
vía administrativaestablecida según legislación generaldeque
procedimiento administrativo, salvoen el correspondiente régimen se
hayaprevio
establecido un procedimientoante un
enórgano o tribunal
deberá
específico,recurrirse
cuyo casoante ellos antes de acudir a6
l1
MEDIOS PROBATORIOS
• Los medios probatorios deben serofrecido
spor las
partesúnicamenteen la demand
ay en la contestación
.Extraordinariamente,
pueden
serofrecido
shasta
el momento
previoa la actuació
nprobatori
areferido
s
siempre
ycuandonuevos
estén
a hechoso hubiese
nsido
conocidos uobtenido
scon posteriorida
d. 62
ACTUACIÓN DE
PRUEBAS
• Las partes concurren a la audiencia en la quese actuarán las pruebas con todos sustestigos, peritos y documentos que, en dichomomento, corresponda ofrecer, exhibir opretenda hacer valer con relación a lascuestiones probatorias.
En ningún caso, fuera de las oportunidades señaladas, la presentación extemporánea de medios probatorios acarrea la nulidad de la sentencia apelada. Estos medios probatorios no pueden servir de fundamento de la sentencia.
63
•
ACCESO AL PROCESOMULTAS Y
RESPONSABILIDAD SOLIDARIA
• Ley Pasco: Art. 15°.- “En los casos detemeridad o mala fe procesal el Jueztiene el deber de imponer a las partes,sus representantes y los abogados unamulta no menor de ½ (S/.180) ni mayorde 50 URP (S/. 18,000)….Existeresponsabilidad solidaria entre las
partes, sus representantes y susabogados por las multas impuestas acualquiera de ellos. Si concilia se leexonera la multa.
64
REMISION DE COPIAS
Artículo 15.- MultasAdicionalmente a las multas
impuestas, el juez debe remitir copiasde lasactuacione
srespectivas
a lapresidenci
ade la corte
superior,al
Ministerio
Público
y al Colegio
deAbogados correspondiente, para lassanciones a que pudiera haber lugar. 65
PRESUNCIONESCONDUCTA DE LAS PARTES
Art. 29 Ley 29497: “El juez puede extraer conclusiones en contra de los intereses de las partes atendiendo a su conducta asumida en el proceso. Esto es particularmente relevante cuando la actividad probatoria es obstaculizada:Incumple Exhibiciones
Niega la existencia de documentos
Impide acceso al Juez o Peritos o Comisionados
•
••
•Judiciales al material probatorio.(inc.1)art. 139°Const)
••
Se niega a Declarar o responde evasivamente.Art. 15 Ley 26636. (TRIPLE SANCIÓN) 66
ACCESO TUTELA JUDICIAL
1. Artículo 139.- Principios de la Administración de JusticiaSon principios y derechos de la función jurisdiccional:3. La observancia del debido proceso y la tutela
jurisdiccional.Artículo 26.- Principios que regulan la relación laboral: En la relación laboral se respetan los siguientes principios:
1. Igualdad de oportunidades sin discriminación.
2.
3. Artículo 2.- Derechos fundamentales de la personaToda persona tiene derecho:2. A la igualdad ante la ley. Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra índole.
67
Carga de la prueba
• La carga de la prueba corresponde aquie
nafirma
hechos
que
configuranlos
su pretensión,
o a quiencontradic
ealegando
nuevos
hechos,sujeto
sa lassiguiente
sreglasespeciale
sdedistribució
nde la
carga
probatoria,
sin perjuiciootras
quepor ley sedisponga
nadicionales.
68
ELEMENTOS DEL CONTRATODE TRABAJO
Acreditada laprestación
personal
deservicios
,se
presume
laexistencia
de
vínculolabora
la plaz
oindeterminado,
salvoprueb
aen contrario
.69
REGLAS ESPECIALES DELTRABAJADOR
Cuandoinvoca
corresponda, si el demandantela calidad de trabajador o ex
trabajador tendrá la carga de la prueba de:• La existencia de la fuente normativa de los
alderechos alegados de origen distintoconstitucional o legal.
• El motivo de nulidad invocado y el acto dehostilidad padecido.La existencia del daño alegado.
•
70
REGLAS ESPECIALES DELEMPLEADORDe modo paralelo, cuando corresponda,
incumbe al demandado que sea señaladoempleador, la carga de la prueba de:
El pago, el cumplimiento de las normas
•legales, el cumplimiento de susobligaciones contractuales, su extincióno inexigibilidad.
La existencia de un motivo
• razonabledistinto al hecho lesivo alegado.
El estado del vínculo laboral y del despido.
• la causa
71
INDICIOS
• En aquellos
casos
en que
de lademandaaparezcan presumir
y de la pruebaque
actuada
permitan
indiciosla existenci
adel hech
olesivo alegado
el juez debe
darlo
porcierto,
salvo
que
el demandado
haya
para
aportado
elementos
suficientesdemostra
rque
existe
justificaciónobjetiv
ay razonabl
ede las medida
sadoptadas
y de su proporcionalidad.72
FORMA DE LOS INTERROGATORIOS• El interrogatorio a las partes, testigos,
peritos y otros es realizado por el juez de manera libre, concreta y clara, sin seguir ningún ritualismo o fórmula preconstituida. Para su actuación no se requiere de la presentación de pliegos de preguntas. No se permite leer las respuestas, pero sí consultar documentos de apoyo. Los abogados de las partes también pueden preguntar o solicitar aclaraciones, bajo las mismas reglas de apertura y libertad. El juez guía la actuación probatoria con vista a los principios de oralidad, inmediación, concentración, celeridad y economía procesal. Impide que esta se desnaturalice sancionando las conductas temerarias, dilatorias, obstructivas o contrarias al deber de veracidad.
DECLARACIÓN DE PARTE
La parte
debe declarar
•
personalmente.
Las personasjurídica
sprestan
su declaracióna travé
sdecualquier
adesu
srepresentantes,
quienes
tienenel debe
rdeacudi
rinformadossobr
elos hecho
sque
motivan
elproceso.
DECLARACIÓN DE TESTIGOS
Los testigos no presencian el desarrollo dela audiencia y solo ingresan a ella en elmomento que les corresponda.
El secretario del juzgado expide al testigo
•
•una constancia de asistenciaacreditar el cumplimiento deciudadano. Tratándose de un
a fin desu debertrabajador,
dicha constancia sirve para sustentar ante suempleador la inasistencia y el pago de laremuneración por el tiempo de ausencia.
EXHIBICIÓN DE PLANILLAS
• La exhibición de las planillas manuales se tiene
por cumplida con la presentación de las copias
legalizadas correspondientes a los períodos necesitados de prueba.La exhibición de las planillas electrónicas
es ordenada por el juez al funcionario del
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
responsable de brindar tal información. Es improcedente la
tacha de la información de las planillas electrónicas
remitida por dicho funcionario, sin perjuicio de la responsabilidad penal o funcional que las
partes puedan hacer valer en la vía
correspondiente.Las partes pueden presentar copias
certificadas expedidas por el Ministerio de Trabajo y
Promoción del Empleo de la información contenida en
las planillas electrónicas, en lugar de la
exhibición electrónica.
•
•
PERICIA
Los peritos no presencian el desarrollo de la audiencia y solo ingresan a ella en el momento que corresponda efectuar su exposición.
Los informes contables practicados por los
peritos adscritos a los juzgados de trabajo y
juzgados de paz letrados tienen la finalidad de
facilitar al órgano jurisdiccional lainformación necesaria para calcular, en
la sentencia, los montos de los derechos que ampara, por lo que esta pericia no se ofrece ni se actúa como medio probatorio.
•
•
PROCESOSORDINARIO
ABREVIADO
IMPUGNACIÓNARBITRALES
CAUTELAR
LABORALES••
• DE LAUDOS
••
•DE EJECUCIÓN
NO CONTENCIOSOS78
PROCESO
ORDINARIO• Aquellas materia
sque,
acriterio
del
juez,
en funciónd
esu especia
lnaturaleza,debe
nser
ventiladas
en elproceso
ordinario
laboral.Art. 1°
,2° 1
)l).
NO SUPERE50 U.R.P
.=S/. 18,000.00
.79
PROCESOABREVIADOCOMPETENCI
ADE LOS
JUECES DE TRABAJO
• Reposición como
pretensiónprincipa
lúnica.• Vulneración
sindical.
• Tercería.
de
la libertad
80
PROCESO ABREVIADOCOMPETENCIA DE LOS JUECES
DE PAZ LETRADOSPretensiones de obligaciones no superiores
a 50 U.R.P. Laboral, Formativa oCooperativista.
Procesos Ejecutivos que no superen 50U.R.P.
Aportes Previsionales del Sistema Privado de Pensiones retenidos por el empleador, sin cuantía.Asuntos no contenciosos sin cuantía.
•
•
•
•• Tercerías. Art. 488° C.P.C. 81
TRAMITACIÓN DEL PROCESOABREVIADO
Sólo dos artículos 48° y 49°•
Verificados los requisitos de la demanda
emite resolución disponiendo:a) La admisión de la demanda;
el juez
b) El emplazamiento al demandado para que
conteste la demanda en el plazo de diez(10)
días hábiles; y,c) La citación a las partes a audiencia
únicala cual deberá ser fijada entre los veinte
(20) y treinta (30) días hábiles siguientes a la
fecha de calificación de la demanda.
82
AUDIENCIA ÚNICA
• PROCESO ORDINARIO:AUDIENCIAAUDIENCIA
DEDE
CONCILIACIÓNJUZGAMIENTO
• PROCESO ABREVIADO:AUDIENCIA ÚNICA
83
AUDIENCIA ÚNICA
La est
ructura au
diencias
audiencia
única se lasa
departir
deconciliación
yjuzgamiento
del proceso ordinariolaboral. Comprende y concentra
lasetapas
de conciliación, posiciones,
confrontación
deactuación
probatoria,
alegatos
ysentencia,
las cuales se
realizan,
endicho orden, una seguida de la otra, con las siguientes precisiones:
84
AUDIENCIA ÚNICA
1. La etapa de
conciliación
se desarrollade igua
lforma
que
la audiencia
deconciliación
del
proceso
ordinariolaboral
,con la diferenci
ade qu
ela
se de
l
contestación
de la demanda
norealiza en este acto, sino dentroplazo
concedido,
correspondiendo
aljuez hacer entrega
al demandante de lacopia de la contestación y sus
anexos,otorgándole la revisión ofrecidos.
un tiempo prudencial parade los medios
probatorios85
AUDIENCIA
ÚNICA
2. Ante
la proposición
de cuestionesprobatorias del demandante el
juezpuede,
excepcionalmente,
fijarfecha
para
la continuación
de laaudiencia dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes si, para la actuación de aquella se requiriese
de la evacuación
de
la
un informepericial
,siendo
carga
del gestión
demandantecorrespondiente. 86
LAUDOS ARBITRALESADMISIÓN DE LA DEMANDAAdemás de los requisitos de la demanda, la sala laboralverifica si esta se ha interpuesto dentro de los diez (10)días hábiles siguientes de haberse notificado el laudoarbitral que haciendo las veces de convenio colectivoresuelve el conflicto económico o de creación de derechos,o su aclaración; en caso contrario, declara laimprocedencia de la demanda y la conclusión del proceso.
Esta resolución hábiles.
es apelable en el plazo de cinco (5) días
Los únicos medios probatorios admisibles en este proceso son los documentos, los cuales deben ser acompañadosnecesariamente contestación.
con los escritos de demanda y
87
LAUDOS ARBITRALESTRASLADO Y CONTESTACIÓN:Verificados los requisitos de la demanda, la sala laboral emite resolución disponiendo:a) La admisión de la demanda;b) el emplazamiento al demandado para que conteste la demanda en el plazo de diez (10) días hábiles; yc) la notificación a los árbitros para que, de estimarlo conveniente y dentro del mismoplazo, expongan sobre lo que conveniente.
consideren
88
LAUDOS ARBITRALES
TRÁMITE Y SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA:
La sala laboral, dentro de los diez (10) días hábilessiguientessentencia demanda,
depor
contestada la demanda, dictael solo mérito de los escritos de
contestación y los documentosacompañados. Para tal efecto señala día y hora,dentro del plazo indicado, citando a las partespara alegatos y sentencia, lo cual se lleva a cabode igual modo a lo regulado en el procesoordinario laboral.
89
LAUDOS ARBITRALES
IMPROCEDENCIA DELRECURSO DE CASACIÓN:
Contra
la sentencia
de la
CorteSuprema
República
de
noJusticia de la
procede
el recurso
90decasación.
PROCESO CAUTELARArtículo 54.- Aspectos generales
A pedido de parte, todo juez puede dictar medida cautelar, antes de iniciado un proceso o dentro de este, destinada a garantizar la eficacia de la pretensión principal. Las medidas cautelares se dictan sin conocimiento de la contraparte.
Cumplidos los requisitos, el juez puede dictar cualquier tipo de medida cautelar, cuidando que sea la más adecuada para garantizar la eficacia de la pretensión principal.
En consecuencia, son procedentes además de las medidas cautelares reguladas en este capítulo cualquier otra contemplada en la norma procesal civil u otro dispositivo legal, sea esta para futura ejecución forzada, temporal sobre el fondo, de innovar o de no innovar, e incluso una genérica no prevista en las normas procesales.
91
PROCESO CAUTELARMedida especial de reposición provisionalEl juez puede dictar, entre otras medidas cautelares, fuera o dentro del proceso, una medida de reposición provisional, cumplidos los requisitos ordinarios. Sin embargo, también puede dictarla si el demandante cumple los siguientes requisitos:a) Haber sido al momento del despido dirigente sindical, menor de edad, madre gestante o persona con discapacidad;
b) estar gestionando la conformación de una organización sindical;y
c) el fundamento de la demanda es verosímil.
Si la sentencia firme declara fundada la demanda, se conservan los efectos de la medida de reposición, considerándose ejecutada la sentencia.
92
PROCESO CAUTELAR
Asignación provisionalDe modo especial, en los procesos en los que se pretende la reposición, el juez puede disponer la entrega de una asignación provisional mensual cuyo monto es fijado por el juez y el cual no puede exceder de la última remuneración ordinaria mensual percibida por el trabajador, con cargo a la Compensaciónpor Tiempo de Servicios (CTS). Si la sentencia firme ordena la reposición, el empleador restituye el depósito más sus intereses y, en caso de ordenarse el pago de remuneraciones devengadas, se deduce la asignaciónpercibida.
93
PROCESO DETÍTULOS EJECUTIVOS:
EJECUCIÓN
Se tramitan en proceso de ejecución los siguientes títulos ejecutivos:a)b)
Las resoluciones judiciales firmes;las actas de conciliación judicial;
c) los laudos arbitrales firmes que, haciendo las veces desentencia, resuelven un conflicto jurídico de naturaleza laboral;d) las resoluciones de la autoridad administrativa detrabajo firmes que reconocen obligaciones;e) el documento privado que contenga una transacciónextrajudicial;f) el acta de conciliación extrajudicial, privada oadministrativa; yg) la liquidación para cobranza de aportes previsionales
94del Sistema Privado de Pensiones.
PROCESO
DE EJECUCIÓNCompetencia para la ejecución deresoluciones judiciales firmes y actas deconciliación judicialLasactas
resoluciones
judiciales
firmes
yse
de conciliación
judicialejecuta
nexclusivamente
ante
el juezqu
econoció
la demanda
y dentro delmismo
expediente.Si la demand
ase
hubiese
iniciado
ante una
sala
laboral,es competent
eel jue
zespecializado detrabajo de
turno. 95
PROCESO
DE EJECUCIÓN
Ejecución de laudos arbitralesfirmes que resuelven un conflictojurídico
Los laudos arbitrales firmes que hayan resuelto un conflicto jurídicode naturaleza
conforme a la arbitraje.
laboralnorma
se ejecutangeneral de
96
PROCESO
DE EJECUCIÓN
Suspensión extraordinaria de laejecuciónTratándose de la ejecución de intereses o de monto liquidado en ejecución de sentencia, a solicitud de parte y previo depósito o carta fianza por el total ordenado, el juez puede suspender la ejecución en resolución fundamentada.
97
PROCESO
DE EJECUCIÓN
Multa por contradicción temerariaSi la contradicción no se sustenta en algunade las causales señaladas en la norma procesal civil, se impone al ejecutado una multa no menor de media (1/2) ni mayor decincuenta (50) Unidades de ReferenciaProcesal (URP).
Esta multa es independientepudiesen haber impuesto en momentos procesales.
a otras queotros
se
98
PROCESO DE EJECUCIÓN
Incumplimiento injustificado al mandato deejecución
Tratándose de las obligaciones de hacer o no hacer si, habiéndose resuelto seguir adelante con la ejecución, el obligado no cumple, sin que se haya ordenado la suspensión extraordinaria de la ejecución, el juez impone multas sucesivas, acumulativas y crecientes en treinta por ciento (30%) hasta que el obligado cumpla el mandato; y, si persistiera el incumplimiento, procede a denunciarlo penalmente por el delito de desobediencia oresistencia a la autoridad. 99
PROCESO DECálculo de derechos accesorios
EJECUCIÓN
Los derechos accesorios a los que se ejecutan, como las remuneraciones devengadas y los intereses, se liquidan por la parte vencedora, la cual puede solicitar el auxilio del perito contable adscrito al juzgado o recurrir a los programas informáticos de cálculo de intereses implementados por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.La liquidación presentada es puesta en conocimiento del obligado por el término de cinco (5) días hábiles siguientes a su notificación. En caso de que la observación verse sobre aspectos metodológicos de cálculo, el obligado debe necesariamente presentar una liquidación alternativa.Vencido el plazo el juez, con vista a las liquidaciones que se hubiesen presentado, resuelve acerca del monto fundamentándolo.
Si hubiese acuerdo parcial, el juez ordena su pago inmediatamente, reservando la discusión sólo respecto del diferencial. 10
0
COSTOS
• Son costos
del proceso
el honorari
o
delAbogado
de la parte
vencedora,má
sun cinco porcient
odestinadoal Colegi
odeAbogado
sdelDistrit
oFondo
Judicial respectivo
para suMutua
ly par
acubrir
los honorariosde los Abogado
sen los caso
sde
Auxilio
Judicial.
101
HONORARIOS
PROFESIONALES• El demandant
een su
demanda
puede
incluir demod
oexpreso
su pretensiónd
ereconocimiento
de
loshonorarios
que
se
pagan
conocasión
del
proceso.
102
HONORARIOSPROFESIONAL
ESProcedencia de los costos
•• Para hacer efectivo el cobro de los costos, el vencedor deberá
acompañar documento indubitable y de fecha cierta que acredite su pago, así como de los tributos que correspondan.Atendiendo a los documentos presentados, el Juez aprobará el monto.
••
Pago de las costas y costosLas costas y costos deben pagarse inmediatamente despuésde ejecutoriada la resolución que las apruebe. En caso de mora, devengan intereses legales.
• El pago se exige ante el Juez de la demanda. Lasresoluciones que se expidan son inimpugnables.
PROCESOS
NOCONTENCIOSOS• Consignación
La consignación de una obligación exigible no requiere que el deudorefectúe previamente su ofrecimiento de pago, ni que solicite autorización del juez para hacerlo.
• Contradicción
El acreedor puede contradecir el efecto cancelatorio de la consignación en el plazo de cinco (5) días hábiles de notificado. Conferido el traslado y absuelto el mismo, el juez resuelve lo que corresponda o manda reservar el pronunciamiento para que se decida sobre su efecto cancelatorio en el proceso respectivo.• Retiro de la consignaciónEl retiro de la consignación se hace a la sola petición del acreedor, sin trámite alguno, incluso si hubiese formulado contradicción.
El retiro de la consignación surte los efectos del pago, salvo que el acreedorhubiese formulado contradicción.
104
PROCESOS
NOCONTENCIOSOS
Autorización judicial para ingreso a centro
•laboral
En los casos en que las normas de inspección trabajo exigen autorización judicial previa para
• del
ingresar a un centro de trabajo, esta es tramitada porel inspector de trabajo o funcionario que haga sus veces. Para tal efecto debe presentar, ante el juzgado de paz letrado de su ámbito territorial de actuación, la respectiva solicitud. Esta debe resolverse, bajo responsabilidad, en el término de veinticuatro (24) horas, sin correr traslado.
105
PROCESOS NO CONTENCIOSOS
••
Entrega de documentos
La mera solicitud de entrega dedocumentos se sigue como proceso no contencioso siempre que ésta se tramite como pretensión única. Cuando sepresente acumuladamente, se siguenreglas establecidas para las otras pretensiones.
las
106
ARBITRAJE EN MATERIALABORAL
SEXTA.- Las controversias jurídicas en materia laboral pueden ser sometidas a arbitraje, siempre y cuando el convenio arbitral se inserte a la conclusión de la relación laboral y, adicionalmente, la remuneración mensual percibida sea, o haya sido, superior a las setenta (70) Unidades de Referencia Procesal (URP).
•
107
110088
• Trabajando por unPerú más justo!
Muchas Gracias
DIFERENCIA ENTRE ANULACIÓN
EIMPUGNACIÓN
DE LAUDO
ARBITRAL• ANULACIÓN •
•IMPUGNACIÓNA) POR RAZÓN DE NULIDAD.B) POR ESTABLECER MENORES DERECHOS CONTEMPLADOS EN LA LEY.RECORTES O VULNERACIONES CON INCIDENCIA ECONÓMICA COLECTIVA.DERECHOS INDISPONIBLES.VALIDEZ O NULIDAD DEL LAUDO10 DIAS
• CENTRADO A RESOLVERASUNTOS PARTICULARES •ENUMERADOSNORMA.DERECHOS
EN LA
•INDISPONIBLESVALIDEZ O NULIDAD LAUDO20 DIAS
•• DEL
•• •MEDIDA CAUTELAR DE
SUSPENSIÓN•
•
DIFERENCIA ENTRE ANULACIÓN
EIMPUGNACIÓN DE
LAUDO
ARBITRAL• IMPUGNACIÓN
• A) POR RAZÓN DE NULIDAD.
• B) POR ESTABLECER
MENORES DERECHOS
CONTEMPLADOS EN LA
LEY.
••
ANULACIÓNa. Convenio arbitral es inexistente, nulo, anulable, inválido o ineficaz.b. Que una de las partes no ha sido debidamente notificada del nombramiento de un árbitro o de las actuaciones arbitrales, o no ha podido por cualquier otra razón, hacer valer sus derechos.c. Que la composición del tribunal arbitral o las actuaciones arbitrales no se han ajustado al acuerdo entre las partes o al reglamento arbitral aplicable, salvo que dicho acuerdo o disposición estuvieran en conflicto con una disposición de este Decreto Legislativo de la que las partes no pudieran apartarse, o en defecto de dicho acuerdo o reglamento, que no se han ajustado a lo establecido en este Decreto Legislativo.d. Que el tribunal arbitral ha resuelto sobre materias no sometidas a su decisión.e. Que el tribunal arbitral ha resuelto sobre materias que, de acuerdo a ley, son manifiestamente no susceptibles de arbitraje, tratándose de un arbitraje nacional.f. Que según las leyes de la República, el objetode la controversia no es susceptible de arbitraje oel laudo es contrario al orden públicointernacional, tratándose de un arbitrajeinternacional.
g. Que la controversia ha sido decidida fuera del plazo pactado por las partes, previsto en el reglamento arbitral aplicable o establecido por el tribunal arbitral.
•
•
•
•
•
•
DIFERENCIA ENTRE ANULACIÓN
EIMPUGNACIÓN
DE LAUDO
ARBITRAL• ANULACIÓN • IMPUGNACIÓN
• CENTRADO A RESOLVERASUNTOS PARTICULARES
• RECORTES OVULNERACIONES CON INCIDENCIA ECONÓMICA COLECTIVA.
DERECHOS INDISPONIBLES.
ENUMERADOSNORMA.
DERECHOS
EN LA
• •INDISPONIBLES
• VALIDEZLAUDO
20 DIAS
O NULIDAD DEL • VALIDEZ O NULIDADLAUDO
10 DIAS
NO SUSPENDE LA EJECUCIÓN.
DEL
••
••MEDIDA CAUTELAR DE
SUSPENSIÓN