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III. Otras Resoluciones
Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda
5572 Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 14 de diciembre de 2015, del Director, por
la que se conceden subvenciones con cargo al programa de orientación profesional para
el empleo y asistencia para el autoempleo convocado por Resolución de 26 de octubre de
2015, de la Presidenta.
Examinadas las diferentes solicitudes presentadas por las Entidades interesadas en la
concesión de una subvención convocada a través de la Resolución de la Presidenta del Ser-
vicio Canario de Empleo (a partir de ahora SCE) de 26 de octubre de 2015 (BOC nº 211, de
29 de octubre de 2015), en adelante “la convocatoria”, relativa a la convocatoria de subven-
ciones para la realización de acciones de orientación profesional para el empleo y asistenciapara el autoempleo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Mediante la Resolución citada se procede a aprobar la convocatoria de sub-
venciones a Entidades e Instituciones sin ánimo de lucro para realizar, en colaboración con
el SCE, acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo,
que cumplan los requisitos y características contemplados en la misma. Las acciones irán
dirigidas, preferentemente, al colectivo beneciario del programa ACTIVA, regulado en el
Real Decreto-Ley 16/2014, de 19 de diciembre, por el que se regula el Programa de Activa-ción para el Empleo.
Segundo.- El plazo de presentación de solicitudes se extendió hasta el 9 de noviembre
de 2015, según lo consignado en el resuelvo séptimo.4 de la convocatoria, habiéndose pre-
sentado el volumen de solicitudes, con especicación de los ámbitos territoriales solicitados,
que se recogen en el Anexo I de la presente resolución.
Tercero.- Esta convocatoria se nancia con cargo al crédito consignado en la Aplica-
ción Presupuestaria 2015.50.01.241H.480.00; proyecto 50400042 “Programas Integrados
de Empleo”, por un importe estimado de dos millones seiscientos mil (2.600.000,00) euros.
Cuarto.- Con fecha 14 de diciembre de 2015, se reunió el órgano colegiado al que se
reere el apartado 1 del artículo 22 y el apartado 4 del artículo 24, ambos de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, emitiendo informe en el que se concreta la
evaluación efectuada de las solicitudes de subvención presentadas.
Quinto.- Una vez baremados y ordenados los proyectos, se detecta que hay varios ám-
bitos de actuación para los que no ha habido solicitudes o estas han sido en número inferior
al ofertado. Esto supone un total de 20 puestos de orientadores sin cubrir (con el corres-
pondiente personal de apoyo) según el Anexo II de la convocatoria, por lo que se procede
a redistribuir las contrataciones sobrantes entre aquellos ámbitos que tienen mayor nº de
potenciales beneciarios.
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A los citados antecedentes de hecho, les son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- El órgano competente para adoptar la presente Resolución es la Dirección del
SCE, de conformidad con lo establecido en el artículo 9.2.c) de la Ley 12/2003, de 4 de abril,
del SCE (BOC nº 80, de 28.4.03), según redacción dada por el artículo único apartado uno
de la Ley 3/2011, de 18 de febrero (BOC nº 44, de 2.3.11).
Segundo.- La presente resolución se dicta al amparo de la Orden del Ministerio de Tra-
bajo y Asuntos Sociales de 20 de enero de 1998 por la que se establecen las bases regulado-
ras para la concesión de subvenciones para la realización de acciones de orientación profe-
sional para el empleo y asistencia para el autoempleo (BOE nº 23, de 3 de febrero de 1998),
la del 4 de febrero de 2000 que modica determinados artículos de la Orden de 20 de enero(BOE nº 36, de 11 de febrero de 2000), cuya gestión fue transferida a la Administración de
la Comunidad Autónoma de Canarias por Real Decreto 150/1999, de 29 de enero (BOE de
17 de febrero), modicado por Real Decreto 939/1999, de 4 de junio (BOE de 25 de junio),
gestión atribuida al SCE por Ley 12/2003, de 4 de abril (BOC de 28 de abril de 2003). La
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE nº 276, de 18 de noviem-
bre de 2003), la Orden TAS/816/2005, de 21 de marzo, adapta estas subvenciones al régimen
establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE nº 78,
de 1 de abril de 2005) y al Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el
Reglamento General de la Ley de Subvenciones (BOE nº 176, de 25 de julio de 2006).
Asimismo, se aplica a esta convocatoria la Resolución de 22 de abril de 2015, del Ser-vicio Público de Empleo Estatal, por la que se actualizan para el año 2015 las cuantías
máximas constitutivas del importe de las subvenciones para la realización de acciones de
orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo, a entidades colabo-
radoras sin ánimo de lucro (BOE nº 107, de 5 de mayo).
Tercero.- La presente convocatoria se resuelve con cargo al crédito consignado en la
siguiente aplicación del Estado de gastos del Presupuesto del SCE para el año 2015: Apli-
cación Presupuestaria 2015.50.01.241H.480.00; proyecto 50400042 “Programas Integrados
de Empleo”, por un importe estimado de dos millones seiscientos mil (2.600.000,00) eu-
ros, si bien la retención del crédito correspondiente quedará condicionada al ingreso de losfondos establecidos en la Orden ESS 1978/2015, de 17 de septiembre (BOE nº 234, de 30
de septiembre), por lo que esta convocatoria se tramita anticipadamente en aplicación del
artículo 72 de la Ley 11/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comu-
nidad Autónoma de Canarias para 2015.
Cuarto.- El resuelvo primero.2 de la convocatoria, establece que el sistema de concesión
de las presentes subvenciones se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, lo que
determina que todas las Entidades solicitantes participan en igualdad de condiciones, resol-
viéndose la concesión a favor de aquellas que, una vez acreditados los requisitos exigidos en
la Convocatoria, presenten una solicitud que, aplicados los criterios de baremación conteni-
dos en la misma, merezca una mayor valoración.
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Quinto.- Las solicitudes y los proyectos, que han sido valorados según el resuelvo no-
veno, de la convocatoria y que se encuentran relacionados en el Anexo II, cumplen los re-
quisitos exigidos en la norma referida en el fundamento de derecho segundo así como en laResolución de la convocatoria.
Sexto.- Ha sido de aplicación el punto tres del resuelvo quinto de la convocatoria ya cita-
da, al no haberse cubierto todos los ámbitos de actuación previstos en la misma,
Séptimo.- En los trámites seguidos para la iniciación, instrucción y resolución del pro-
cedimiento han sido observadas la normativa de aplicación así como las disposiciones de la
Resolución de 23 de febrero de 2011, de la Presidenta.
En base a lo expuesto, y en aplicación de la normativa legal vigente,
R E S U E L V O:
Primero.- Conceder subvención a las entidades relacionadas en el Anexo III, ya que han
obtenido una puntuación suciente, de acuerdo con el orden de prelación resultante para el
conjunto de solicitudes, en cada ámbito territorial baremado, según resuelvo noveno de la
convocatoria. En dicho Anexo los ámbitos marcados con asteriscos (*) se corresponde con
la redistribución de los puestos vacantes de orientadores entre los ámbitos con mayor nº de
beneciarios potenciales.
En dicho anexo se indica el destino de la subvención en los diferentes conceptos (costes
salariales del personal técnico, personal de apoyo y gastos generales, materiales, técnicos,dietas y desplazamientos; se contempla, asimismo, costes de auditoría que están incluidos
dentro del apartado gastos generales), por un importe global de dos millones ciento setenta
y nueve mil trescientos cincuenta y tres euros con ochenta y seis céntimos (2.179.353,86
euros) según desglose y con cargo a las siguientes partidas presupuestarias.
Segundo.- Contemplar en el Anexo IV (Lista de reserva) las entidades que no han resul-
tado beneciarias de subvención por obtener una puntuación inferior en la valoración del
Proyecto-Memoria. No obstante, en caso de renuncia y/o incumplimiento de alguna de las
entidades que haya resultado beneciaria de la subvención, se procederá a concedérsela a la
siguiente por orden de prelación.
Tercero.- Denegar las solicitudes de subvención reejadas en el Anexo V de la presente,
por los motivos que se consignan en dicho anexo.
Cuarto.- Este programa se iniciará a partir de su aprobación y siempre antes del 31 de
diciembre de 2015, pudiendo ejecutarse hasta 31 de marzo del año siguiente a su concesión,
según artº. 9 de la Orden Ministerial de 20 de enero de 1988.
Partida presupuestaria Proyecto Aplicación Presupuestaria Importe concedido
2015.50.01.241H.450.00
50400042Programas Integrados de
Empleo
315.563,56
2015.50.01.241H.480.00 1.411.302,03
2015.50.01.241H.482.00 452.488,27
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Los contratos de las personas que se incorporen al proyecto, en el 2015, se deberán de
registrar en el aplicativo contrat@ con fecha tope el 31.12.15.
Quinto.- El inicio del proyecto implica la aceptación de la subvención en los términos
previstos en la presente Resolución y se deberá acreditar de acuerdo al modelo que se ob-
tendrá en la página web del SCE, http://www3.gobiernodecanarias.org/empleo/portal/web/
sce/principal/servicios, en el plazo de diez días siguientes al comienzo del mismo. Una vez
que se compruebe que se encuentran al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la
Seguridad Social, se les abonará el 100% de las cantidades previstas según Anexo III.
A este respecto, se ha obtenido la previa y preceptiva autorización por parte de la Conse-
jería de Economía, Hacienda y Seguridad, mediante su Resolución de fecha 23 de octubre
de 2015, de conformidad con el Acuerdo de Gobierno, de fecha 26 de diciembre de 2013,
relativo a las medidas y acciones extraordinarias para la reducción del gasto en la actividadadministrativa y la gestión de los recursos humanos en la Administración Pública de la Co-
munidad Autónoma de Canarias, organismos autónomos, entidades públicas empresariales,
entidades de derecho público, sociedades mercantiles públicas dependientes y fundaciones
públicas (BOC nº 251, de 31.12.13), prorrogado, para el año 2015, por Acuerdo de Gobierno
de 23 de diciembre de 2014 (BOC nº 253, de 31.12.14).
Junto con la comunicación de Inicio se presentará escrito indicando la ubicación del
cartel, paneles, vallas o placas y fotos de los mismos, según lo establecido en el Resuel-
vo Decimocuarto de la convocatoria, relativo a la información y publicidad y fotos de los
mismos, y fotocopias compulsadas de los contratos realizados, debiendo constar en éstos
expresamente que se han nanciado con cargo a los fondos recibidos del Servicio Públicode Empleo Estatal.
La presentación de toda esta documentación constituye condición indispensable para
proceder al abono de la subvención concedida.
Sexto.- Es de aplicación el artículo 3 de la Orden ESS/1978/2015, de 17 de septiembre
(BOE nº 234, de 30.9.15) que se transcribe: Identicación de la fuente de nanciación.
“ 1. En los contratos y demás documentación necesaria para la realización de las activi-
dades en que se concrete el Programa de Activación para el Empleo nanciados con cargo
a los fondos distribuidos en esta orden, así como en la señalización exterior existente en loslugares en los que se realicen estas actividades y, en todo caso, en las acciones de difusión
que cada comunidad autónoma pueda desarrollar en relación con las mismas, deberá constar
expresamente, en lugar visible, que se han nanciado con cargo a los fondos recibidos del
Servicio Público de Empleo Estatal, incorporando junto a los elementos identicativos de la
comunidad autónoma respectiva, los elementos establecidos en el Anexo III
2. El incumplimiento de estas obligaciones supondrá el inicio del procedimiento regu-
lado en el artículo 31.3 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio y, en su caso, del
procedimiento de reintegro regulado en los artículos 41 y siguientes de la mencionada Ley
38/2003, de 17 de noviembre.”
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En la página web del Servicio Canario de Empleo, http://www.gobiernodecanarias.org/
empleo, se pondrá a disposición el modelo del cartel anunciado a utilizar.
Séptimo.- En relación a la nalización y justicación del proyecto:
1. La entidad beneciaria, dentro del mes siguiente al último pago correspondiente al
proyecto, efectuado en el plazo reglamentario, presentará en el Servicio Canario de Empleo,
“Informe de n de obra o servicio”, acompañado de la Memoria Descriptiva y Gráca de
la actuación realizada, reintegrando, en su caso, los fondos no utilizados, todo ello confor-
me los modelos aprobados que aparecen en la web del Servicio Canario de Empleo antes
mencionada.
Sin perjuicio de lo anterior, las entidades deberán acreditar los gastos y pagos efectua-
dos mediante la presentación de fotocopias compulsadas y estampilladas, de nóminas ydocumentos de cotización a la Seguridad Social y retenciones de impuestos, así como justi-
cación de las transferencias bancarias correspondientes. Esta documentación deberá venir
acompañada del correspondiente informe de auditor, factura y justicante bancario del pago
de la misma.
Durante el mes siguiente a la nalización del proyecto, la entidad colaboradora presenta-
rá liquidación nal de los gastos realizados según modelos de documentación e instruccio-
nes que se les facilitará por el SCE y que contendrá, al menos, lo siguiente:
a) Acciones realizadas con especicación de los demandantes de empleo atendidos en
cada una de ellas.
b) Los gastos realizados desagregados por conceptos.
2. La justicación queda sometida al control nanciero permanente, así como de las
actuaciones de comprobación previstas en la normativa aplicable, y al control nanciero
que será ejercido por la Intervención General del Estado y de la Comunidad Autónoma de
Canarias, con independencia de la que pueda efectuar, en su caso, el Tribunal de Cuentas del
Estado, la Audiencia de Cuentas de Canarias.
Octavo.- 1. En cumplimiento de la normativa de referencia y demás de aplicación, la
entidad beneciaria estará obligada a aportar, como medio de justicación del gasto y pagoefectivamente realizado, además de la documentación indicada en el apartado anterior, los
registros contables cuya llevanza venga impuesta por la normativa aplicable y que pro-
porcionen información detallada sobre los gastos especícos efectuados con motivo de los
proyectos o acciones correspondientes a las intervenciones comunitarias.
2. Dicha información se ajustará al modelo de Cuenta Justicativa de acuerdo con lo
previsto en el artículo 72 del Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el regla-
mento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que se incluye en
la web mencionada anteriormente, que deberá presentar rmada en cada una de sus páginas,
por el responsable de las funciones de scalización, control o administración. Este anexo se
remitirá tanto en papel como en medios informáticos.
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3. De acuerdo a lo establecido en el artículo 74 del Reglamento de la Ley General de
Subvenciones y en la Sección Tercera del Capítulo IV del Decreto 36/2009, de 31 de marzo,
el informe del auditor deberá tener el alcance previsto en la Resolución de 2 de noviembre de2012, de la Directora, por la que se aprueba la convocatoria para la creación de un Censo de
Auditores para la justicación de subvenciones conanciadas por el Fondo Social Europeo
y vericaciones previstas en la normativa comunitaria o aquel que resulte, en su caso, de la
propia convocatoria o bases reguladoras de la subvención y con sujeción a las normas de
actuación y supervisión que establezca el Servicio Canario de Empleo.
El auditor emitirá un informe en el que se detallarán las comprobaciones realizadas y se
comentarán todos aquellos hechos o excepciones que pudieran suponer un incumplimiento
por parte del beneciario de la normativa aplicable o de las condiciones impuestas para la
percepción de la subvención, debiendo proporcionar la información con suciente detalle y
precisión para que el órgano gestor pueda concluir al respecto.
El Informe de Revisión y Vericación realizado por el auditor deberá contener, al menos,
los datos y estructura previstos en la citada Resolución de 2 de noviembre de 2012.
4. La documentación original correspondiente quedará localizada en la entidad, en el
servicio o unidad responsable de su custodia, a disposición de las personas y organismos
que están facultados para inspeccionar este tipo de documentos con arreglo a la normativa
de aplicación.
5. La aprobación del proyecto no exime a la entidad de la obligación de hacer frente a los
gastos no subvencionables necesarios para la ejecución de los mismos.
Noveno.- La entidad beneciaria adquiere las siguientes obligaciones:
1. Comunicar cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión
de la subvención y, en todo caso, la obtención de otras subvenciones para idéntico n.
2. Facilitar, en el plazo máximo de 10 días, los datos que este Organismo requiera sobre
el desarrollo y resultado de las acciones.
3. No percibir cantidad alguna de los participantes en las acciones.
4. Aplicar lo dispuesto en la Ley 15/1999, de protección de datos de carácter personal
(según resuelvo décimo de la presente Resolución).
5. Disponer de los libros contables, registros diferenciados y demás documentos debida-
mente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable a
la entidad beneciaria, de modo que permitan identicar de forma diferenciada las partidas
o gastos concretos en que se han materializado las subvenciones concedidas así como los
demás ingresos propios o afectos a la actividad subvencionada, incluyendo las ayudas y sub-
venciones concedidas con el mismo objeto y que, por diferencia, permitan obtener un estado
de rendición de cuentas de las cantidades o fondos percibidos en concepto de subvención, con
la nalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
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6. Someterse a las actuaciones de control nanciero llevadas a cabo por la Intervención
General de la Comunidad Autónoma de Canarias.
7. En relación con la gestión de los beneciarios, las entidades están obligadas a:
- Introducir los datos de los beneciarios nales de las actuaciones en el aplicativo
SISPECAN, cumplimentando todos los campos de carácter obligatorio, y tener actualizada
la introducción de dicha información para cada acción realizada con los mismos, y cada
servicio recibido. Se dará un plazo de 7 días naturales a partir del día que cada usuario es
atendido para introducir sus datos en el aplicativo y/o añadirle una acción/ servicio en SIS-
PECAN; el incumplimiento de dicho plazo para introducir los datos conllevará la exclusión
del correspondiente destinatario nal de la acción en la contabilización de los mismos, con
la repercusión económica que puede acarrear a la entidad en cuanto a la justicación nal.
- Las Entidades Colaboradoras vienen obligadas a actualizar los historiales de las perso-
nas atendidas, incorporando los resultados de los servicios prestados en el Aplicativo SIS-
PECAN, utilizando a tal n, al personal cuya contratación se subvenciona.
- El SCE dará las instrucciones oportunas para la correcta actualización de los historiales
de las personas atendidas.
Décimo.- Protección de datos de carácter personal.
La Ley 15/1999, de protección de datos de carácter personal, LOPD en adelante, regula
las condiciones en las que deben tratar los datos de carácter personal.
Este acceso a la información debe regirse por el artículo 12 de la Ley Orgánica 15/1999,
de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD). El Servicio Ca-
nario de Empleo permitirá el acceso al personal designado al Sistema de Información del
Servicio Público de Empleo de Canarias SISPECAN. Para ello se facilitarán a la entidad
beneciaria cuantos usuarios sean necesarios. Las autorizaciones asignadas en dicho sistema
de información son personales e intransferibles y los titulares de las mismas están obligados
al secreto profesional de acuerdo con el artículo 10 de la LOPD.
Asimismo, la entidad está obligada a recoger y grabar en dicho aplicativo los indicado-
res comunes que recogen situación familiar y situaciones especiales, que cada beneciariodebe declarar en el informe especíco que se obtendrá del aplicativo. Esos datos recabados
pasarán a formar parte del chero denominado “Ciudadanos/as” previsto en la Orden de
21 de mayo de 2014, por la que se crean y suprimen cheros de datos de carácter personal
existentes en el Servicio Canario de Empleo.
Este acceso de las entidades beneciarias al chero, es sólo y exclusivamente para el
ejercicio de las funciones descritas en este resuelvo; en ningún caso se entenderá como ce-
sión de datos a las mismas.
La Entidad tratará los datos, conforme a las instrucciones del Servicio Canario de Em-
pleo, únicamente para el ejercicio de las funciones descritas en este apartado y no los apli-
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cará o utilizará con n distinto, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras
personas.
Decimoprimero.- El incumplimiento de cualesquiera de las condiciones y obligaciones
establecidas en el Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales del 20 de enero de
1998, o en sus correspondientes normas de desarrollo y modicación, en la Ley 38/2003 de
17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,
por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Subvenciones así como en la con-
vocatoria y en la presente resolución y en el resto de la normativa de pertinente aplicación,
facultará al SCE para iniciar procedimiento de reintegro de las cantidades indebidamente
percibidas, con los intereses legales de demora correspondientes, de acuerdo con lo previsto
en los artículos 13 y 14 de la Orden de 20 de enero de 1998, citada, en relación directa con
el procedimiento de reintegro regulado en la Ley 38/2003, todo ello, sin perjuicio de lo es-
tablecido en el Título IV de la propia Ley 38/2003 y en el Real Decreto Legislativo 5/2000de 4 de agosto, sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (BOE nº 189, del 2000),
en relación con el apartado 4 de la Disposición transitoria segunda de la citada Ley 38/2003.
Decimosegundo.- De conformidad con lo estipulado en el artículo 90 del Real Decreto
887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subven-
ciones, se pone en conocimiento de los beneciarios de las subvenciones que, en el supuesto
de devoluciones voluntarias de las cantidades percibidas, éstas deberán realizarse mediante
ingreso en cualquiera de las siguientes cuentas corrientes abiertas a nombre del Servicio
Canario de Empleo:
- CAJAMAR: IBAN ES81 3058 6100 9427 3800 0160.
- CAIXABANK: IBAN ES91 2100 8987 3202 0001 7727.
Asimismo, se advierte de que la devolución voluntaria llevará aparejado el respectivo
cálculo de los intereses legales de demora que correspondan, de conformidad con lo estable-
cido en el artículo 38 de la Ley General de Subvenciones, en cuantía que se comunicará en
debida forma al interesado.
Noticar esta Resolución a los interesados en el expediente, con la indicación de que
contra la misma, al no poner n a la vía administrativa, cabe interponer Recurso de Alzada
ante la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda en el plazo de un mes contado
desde el día siguiente al de su noticación, conforme a lo previsto en los artículos 114 y 115,en relación con el artículo 48.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modicada
por la Ley 4/1999, de 13 de enero, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar, en su
caso, cualquier otro que estime procedente.
Vista la normativa aplicable, y en uso de las facultades que me conere el artículo 9.2.c)
de la Ley 12/2003, de 4 de abril, de creación del Servicio Canario de Empleo (BOC nº 80,
de 28.4.03), según redacción dada por el artículo único, apartado uno, de la Ley 3/2011, de
18 de febrero (BOC nº 44, de 2.3.11), conforme se propone, resuelvo.
Santa Cruz de Tenerife, a 14 de diciembre de 2015.- El Director, Alejandro Martín López.
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ENTIDAD CIF ISLA
OPEA 2015/01 G38284063 O.E. BARRANCO GRANDE TENERIFE
OPEA 2015/02 AYUNTAMIENTO DE LOS SILOS P3804200H TENERIFE
OPEA 2015/03 G38960209
O.E. VALVERDE EL HIERRO
O.E. PRIMERO DE MAYO
GRAN CANARIAO.E. VECINDARIO
O.E. INGENIO
LA PALMA
O.E. TEGUESTE
TENERIFEO.E. PUERTO DE LA CRUZ
O.E. LA OROTAVA
OPEA 2015/04 FEDERACIÓN DE EMPRESARIOS DE LA PALMA G76645381 LA PALMA
OPEA 2015/05 ASOCIACIÓN DOMITILA HERNÁNDEZ G38728382 O.E. BARRANCO GRANDE TENERIFE
OPEA 2015/06 G76036730 TENERIFE
OPEA 2015/07 G76551894 O.E. LA OROTAVA TENERIFE
OPEA 2015/08 AYUNTAMIENTO DE ADEJE P3800100D
TENERIFE
TENERIFE
OPEA 2015/09 ASOCIACIÓN OJOS SOLIDARIOS G35538461 O.E. PUERTO DE LA LUZ GRAN CANARIA
OPEA 2015/10 UNIÓN GENERAL TRABAJADORES CANARIAS G35408681
O.E. VALVERDE EL HIERRO
O.E. PUERTO DEL ROSARIO FUERTEVENTURA
O.E. TELDE
GRAN CANARIAO.E. ARUCAS
O.E. PRIMERO DE MAYO
LA GOMERA
LA PALMA
O.E. ARRECIFE LANZAROTE
O.E. LA OROTAVA TENERIFE
OPEA 2015/11 AYUNTAMIENTO DE BUENAVISTA DEL NORTE P3801000E TENERIFE
OPEA 2015/12 G38484879 O.E. ISLAS CANARIAS TENERIFE
OPEA 2015/13 AYUNTAMIENTO DE TELDE P3502600D O.E. TELDE GRAN CANARIA
ANEXO IRELACIÓN DE ENTIDADES SOLICITANTES
Nº EXPEDIENTE OFICINA EMPLEO /MUNICIPIO DE ACTUACIÓN
ASOCIACIÓN REGIONAL UERCA - UNIÓN DEEMIGRANTES RETORNADOS CANARIOS
MUNICIPIO DE LOS SILOS(O.E. ICOD DE LOS VINOS)
ASOCIACIÓN PARA LA PROMOCIÓN DEL EMPLEO Y LACOHESIÓN SOCIAL "CREATIVA" O.E. LOS LLANOS DE
ARIDANE
O.E. SANTA CRUZ DE LAPALMA
O.E. LOS LLANOS DEARIDANE
UPTA CANARIAS - UNIÓN DE PROFESIONALES YTRABAJADORES AUTÓNOMOS
MUNICIPIO DE ADEJE (O.E.LOS CRISTIANOS)
ASOCIACIÓN CANARIA ATACAYTE PARA LA LUCHA POREL BIENESTAR SOCIAL
MUNICIPIO DE ADEJE (O.E.LOS CRISTIANOS)
MUNICIPIO DE ADEJE (O.E.GUÍA DE ISORA)
O.E. SAN SEBASTIAN DE LAGOMERA
O.E. LOS LLANOS DEARIDANE
O.E. SANTA CRUZ DE LAPALMA
MUNICIPIO DE BUENAVISTADEL NORTE (O.E. ICOD DELOS VINOS)
FIFEDE - FUNDACIÓN CANARIA INSULAR PARA LAFORMACIÓN, EL EMPLEO Y EL DESARROLLOEMPRESARIAL
l i i . . i i _ li i i , i l l i i i
boc-a-2015-243-5572
7/21/2019 boc-a-2015-243-5572
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Boletín Ofcial de Canarias núm. 243
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Miércoles 16 de diciembre de 201532917
ENTIDAD CIF ISLA
OPEA 2015/14 G38019055 O.E. LOS CRISTIANOS TENERIFE
OPEA 2015/15 FUNDACIÓN LABORAL DE LA CONSTRUCCIÓN G80468416
O.E. VALVERDE EL HIERRO
O.E. PUERTO DEL ROSARIO FUERTEVENTURA
O.E. PUERTO DE LA LUZ
GRAN CANARIAO.E. CIUDAD ALTA
O.E. PRIMERO DE MAYO
LA GOMERA
LA PALMA
O.E. ARRECIFE LANZAROTE
O.E. LA LAGUNA TENERIFE
OPEA 2015/16 FUNDACIÓN CANARIA ICSE G35610799
O.E. LA LAGUNA
TENERIFE
O.E. TOME CANO
O.E. ISLAS CANARIAS
O.E. BARRANCO GRANDE
OPEA 2015/17 ASOCIACIÓN COMPSI G35329556 O.E. GÁLDAR GRAN CANARIA
OPEA 2015/18 COAG CANARIAS V38204723
GRAN CANARIA
O.E. DE TOME CANO TENERIFE
OPEA 2015/19 G35035534
TOMÉ CANOFUERTEVENTURA
O.E. ARENALES
GRAN CANARIA
O.E. PUERTO DE LA LUZ
O.E. CIUDAD ALTA
O.E. PRIMERO DE MAYO
O.E. ARRECIFE LANZAROTE
OPEA 2015/20 AYUNTAMIENTO DE CANDELARIA P3801100C TENERIFE
OPEA 2015/21 G76621036 O.E. TACORONTE TENERIFE
OPEA 2015/22 ASOCIACIÓN DE FORMACIÓN ESTUDIA EN CASA G76119908
O.E. GÁLDAR
GRAN CANARIA
O.E. ARUCAS
OPEA 2015/23 Q3500374H
O.E. GRAN TARAJAL
FUERTEVENTURA
O.E. PUERTO DEL ROSARIO
OPEA 2015/24 ASOCIACIÓN CULTURAL RAÍZ DEL PUEBLO G35048206 FUERTEVENTURA
OPEA 2015/25 CRUZ ROJA ESPAÑOLA LAS PALMAS Q2866001G GRAN CANARIA
Nº EXPEDIENTE OFICINA EMPLEO /MUNICIPIO DE ACTUACIÓN
ASHOTEL - ASOCIACIÓN HOTELERA EXTRAHOTELERADE TENERIFE, LA PALMA, LA GOMERA Y EL HIERRO
O.E. SAN SEBASTIÁN DE LAGOMERA
O.E. SANTA CRUZ DE LAPALMA
O.E. GÁLDAR (Municipios:Sta. María de Guía y SanNicolás de Tolentino)
FEDERACIÓN PROVINCIAL DE LA PEQUEÑA Y MEDIANAEMPRESA DEL METAL Y NUEVAS TECNOLOGÍAS DE LASPALMAS (FEMEPA)
MUNICIPIO DE CANDELARIA(O.E. GÜÍMAR)
ASOCIACIÓN CANARIA PARA LA POTENCIACIÓN DELDESARROLLO LOCAL, GENERACIÓN 21
CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA YNAVEGACIÓN DE FUERTEVENTURA
MUNICIPIO DE LA OLIVA(O.E. PUERTO DELROSARIO)
O.E. SAN FERNANDOMASPALOMAS
l i i i i _ li i i i l l i i i
l i l
boc-a-2015-243-5572
7/21/2019 boc-a-2015-243-5572
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Miércoles 16 de diciembre de 201532918
ANEXO II BAREMO ENTIDADES POR ÁMBITO TERRITORIAL
ISLAÁMBITO
TERRITORIALSOLICITADO
Nº EXPTE ENTIDADES CIF BAREMO
GRAN CANARIA
O.E.ARUCAS
OPEA2015-10
UNIÓN GENERAL TRABAJADORESCANARIAS
G35408681 51,729
O.E.ARENALES
OPEA2015-19
FED. PROV. DE LA PEQUEÑA Y MEDIANAEMPRESA DEL METAL Y NUEVASTECNOLOGÍAS DE LAS PALMAS (FEMEPA)
G35035534 57,198
O.E.
PTO. DE LALUZ
OPEA2015-19
FED. PROV. DE LA PEQUEÑA Y MEDIANAEMPRESA DEL METAL Y NUEVAS
TECNOLOGÍAS DE LAS PALMAS (FEMEPA)
G35035534 57,198
OPEA2015-15
FUNDACIÓN LABORAL DE LACONSTRUCCIÓN G80468416 50,295
O.E.CIUDAD ALTA
OPEA2015-19
FED. PROV. DE LA PEQUEÑA Y MEDIANAEMPRESA DEL METAL Y NUEVASTECNOLOGÍAS DE LAS PALMAS (FEMEPA)
G35035534 57,198
OPEA2015-15
FUNDACIÓN LABORAL DE LACONSTRUCCIÓN G80468416 50,295
O.E.PRIMERO DE
MAYO
OPEA2015-19
FED. PROV. DE LA PEQUEÑA Y MEDIANAEMPRESA DEL METAL Y NUEVASTECNOLOGÍAS DE LAS PALMAS (FEMEPA)
G35035534 57,198
OPEA2015-15
FUNDACIÓN LABORAL DE LACONSTRUCCIÓN G80468416 51,295
OPEA
2015-10
UNIÓN GENERAL TRABAJADORES
CANARIAS
G35408681 51,229
OPEA2015-03
ASOCIACIÓN PARA LA PROMOCIÓN DELEMPLEO Y LA COHESIÓN SOCIAL"CREATIVA"
G38960209 47,041
O.E. GÁLDAR(Municipios:
Sta. María deGuía y SanNicolás deTolentino)
OPEA2015-18 COAG CANARIAS V38204723 36,417
O.E.TELDE
OPEA2015-13 AYUNTAMIENTO DE TELDE P3502600D 53,449
OPEA2015-10
UNIÓN GENERAL TRABAJADORESCANARIAS
G35408681 44,729
O.E.
VECINDARIO
OPEA
2015-03
ASOCIACIÓN PARA LA PROMOCIÓN DELEMPLEO Y LA COHESIÓN SOCIAL"CREATIVA"
G38960209 44,541
O.E.INGENIO
OPEA2015-03
ASOCIACIÓN PARA LA PROMOCIÓN DELEMPLEO Y LA COHESIÓN SOCIAL"CREATIVA"
G38960209 47,041
LANZAROTEO.E.
ARRECIFE
OPEA2015-19
FED. PROV. DE LA PEQUEÑA Y MEDIANAEMPRESA DEL METAL Y NUEVASTECNOLOGÍAS DE LAS PALMAS (FEMEPA)
G35035534 54,698
OPEA2015-10
UNIÓN GENERAL TRABAJADORESCANARIAS
G35408681 53,229
OPEA2015-15
FUNDACIÓN LABORAL DE LACONSTRUCCIÓN
G80468416 49,295
boc-a-2015-243-5572
7/21/2019 boc-a-2015-243-5572
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FUERTEVENTURAO.E.
PTO. DELROSARIO
OPEA2015-19
FED. PROV. DE LA PEQUEÑA Y MEDIANAEMPRESA DEL METAL Y NUEVASTECNOLOGÍAS DE LAS PALMAS (FEMEPA)
G35035534 54,698
OPEA2015-10
UNIÓN GENERAL TRABAJADORESCANARIAS
G35408681 54,229
OPEA2015-15
FUNDACIÓN LABORAL DE LACONSTRUCCIÓN G80468416 48,795
OPEA2015-24
ASOCIACIÓN CULTURAL RAÍZ DELPUEBLO G35048206 39,625
TENERIFE O.E.TOMÉ CANO
OPEA2015-16 FUNDACIÓN CANARIA ICSE G35610799 48,000
OPEA
2015-18COAG CANARIAS V38204723 40,417
O.E.ISLAS
CANARIAS
OPEA2015-16 FUNDACIÓN CANARIA ICSE G35610799 48,000
OPEA2015-12
FIFEDE - FUNDACIÓN CANARIA INSULARPARA LA FORMACIÓN, EL EMPLEO Y ELDESARROLLO EMPRESARIAL
G38484879 38,687
O.E.BARRANCO
GRANDE
OPEA2015-16 FUNDACIÓN CANARIA ICSE G35610799 48,000
OPEA2015-05 ASOCIACIÓN DOMITILA HERNÁNDEZ G38728382 38,229
OPEA2015-01
ASOCIACIÓN REGIONAL UERCA - UNIÓNDE EMIGRANTES RETORNADOSCANARIOS
G38284063 31,875
O.E. LA LAGUNA
OPEA2015-15 FUNDACIÓN LABORAL DE LACONSTRUCCIÓN G80468416 48,295
OPEA2015-16 FUNDACIÓN CANARIA ICSE G35610799 48,000
O.E.TACORONTE
OPEA2015-21
ASOCIACIÓN CANARIA PARA LAPOTENCIACIÓN DEL DESARROLLO LOCAL,GENERACIÓN 21
G76621036 47,000
O.E.TEGUESTE
OPEA2015-03
ASOCIACIÓN PARA LA PROMOCIÓN DELEMPLEO Y LA COHESIÓN SOCIAL"CREATIVA"
G38960209 50,041
O.E. PTO. DELA CRUZ
OPEA2015-03
ASOCIACIÓN PARA LA PROMOCIÓN DELEMPLEO Y LA COHESIÓN SOCIAL"CREATIVA"
G38960209 53,041
O.E.LA OROTAVA
OPEA2015-10
UNIÓN GENERAL TRABAJADORESCANARIAS G35408681 56,229
OPEA2015-03
ASOCIACIÓN PARA LA PROMOCIÓN DELEMPLEO Y LA COHESIÓN SOCIAL"CREATIVA"
G38960209 50,041
OPEA2015-07
ASOCIACIÓN CANARIA ATACAYTE PARALA LUCHA POR EL BIENESTAR SOCIAL
G76551894 43,797
O.E. ICOD(Los Silos)
OPEA2015-02 AYUNTAMIENTO DE LOS SILOS P3804200H 27,572
O.E. ICOD(Buenavista del
Norte)
OPEA2015-11
AYUNTAMIENTO DE BUENAVISTA DELNORTE
P3801000E 47,770
O.E. GÜÍMAR(Candelaria)
OPEA2015-20
AYUNTAMIENTO DE CANDELARIA P3801100C 50,020
ISLAÁMBITO
TERRITORIAL
SOLICITADO
Nº EXPTE ENTIDADES CIF BAREMO
boc-a-2015-243-5572
7/21/2019 boc-a-2015-243-5572
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Miércoles 16 de diciembre de 201532920
O.E. GUÍA DEISORA (Adeje)
OPEA2015-08 AYUNTAMIENTO DE ADEJE P3800100D 44,000
O.E. LOSCRISTIANOS
(Adeje)
OPEA2015-08 AYUNTAMIENTO DE ADEJE P3800100D 38,000
LA PALMA
O.E. S/C DE LA
PALMA
OPEA2015-10
UNIÓN GENERAL TRABAJADORESCANARIAS G35408681 56,229
OPEA2015-15
FUNDACIÓN LABORAL DE LACONSTRUCCIÓN G80468416 46,795
OPEA2015-04
FEDERACIÓN DE EMPRESARIOS DE LAPALMA G76645381 40,791
O.E. LOS LLANOSDE ARIDANE
OPEA2015-10
UNIÓN GENERAL TRABAJADORESCANARIAS G35408681 56,229
OPEA2015-03
ASOCIACIÓN PARA LA PROMOCIÓN DELEMPLEO Y LA COHESIÓN SOCIAL"CREATIVA"
G38960209 43,041
OPEA2015-04
FEDERACIÓN DE EMPRESARIOS DE LAPALMA
G76645381 39,791
LA GOMERA
O.E. SANSEBASTIÁN
DE LAGOMERA
OPEA2015-10
UNIÓN GENERAL TRABAJADORESCANARIAS G35408681 53,729
OPEA2015-15
FUNDACIÓN LABORAL DE LACONSTRUCCIÓN G80468416 46,295
EL HIERROO.E.
VALVERDE
OPEA2015-10
UNIÓN GENERAL TRABAJADORESCANARIAS G35408681 54,729
OPEA2015-15
FUNDACIÓN LABORAL DE LACONSTRUCCIÓN
G80468416 47,795
OPEA2015-03
ASOCIACIÓN PARA LA PROMOCIÓN DELEMPLEO Y LA COHESIÓN SOCIAL"CREATIVA"
G38960209 45,541
ISLA
ÁMBITO
TERRITORIALSOLICITADO
Nº EXPTE ENTIDADES CIF BAREMO
boc-a-2015-243-5572
7/21/2019 boc-a-2015-243-5572
http://slidepdf.com/reader/full/boc-a-2015-243-5572 14/17
7/21/2019 boc-a-2015-243-5572
http://slidepdf.com/reader/full/boc-a-2015-243-5572 15/17
7/21/2019 boc-a-2015-243-5572
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Miércoles 16 de diciembre de 201532923
ANEXO IV LISTA DE RESERVAS
ISLAÁMBITO
TERRITORIALSOLICITADO
NºEXPTE.
ENTIDADES CIF BAREMO
O.E.PRIMERO DE
MAYO
OPEA2015-10
UNIÓN GENERAL TRABAJADORESCANARIAS
G35408681 51,229
OPEA2015-03
ASOCIACIÓN PARA LA PROMOCIÓN DELEMPLEO Y LA COHESIÓN SOCIAL"CREATIVA"
G38960209 47,041
LANZAROTEO.E.
ARRECIFE
OPEA2015-10
UNIÓN GENERAL TRABAJADORESCANARIAS
G35408681 53,229
OPEA2015-15
FUNDACIÓN LABORAL DE LACONSTRUCCIÓN
G80468416 49,295
FUERTEVENTURAO.E.
PTO. DELROSARIO
OPEA2015-10
UNIÓN GENERAL TRABAJADORESCANARIAS
G35408681 54,229
OPEA2015-15
FUNDACIÓN LABORAL DE LACONSTRUCCIÓN
G80468416 48,795
OPEA2015-24
ASOCIACIÓN CULTURAL RAÍZ DELPUEBLO
G35048206 39,625
TENERIFE
O.E. TOMÉ CANO
OPEA2015-18
COAG CANARIAS V38204723 40,417
O.E. ISLASCANARIAS
OPEA2015-12
FIFEDE - FUNDACIÓN CANARIA INSULARPARA LA FORMACIÓN, EL EMPLEO Y ELDESARROLLO EMPRESARIAL
G38484879 38,687
O.E.BARRANCOGRANDE
OPEA2015-01
ASOCIACIÓN REGIONAL UERCA - UNIÓNDE EMIGRANTES RETORNADOSCANARIOS
G38284063 31,875
O.E.
LA OROTAVA
OPEA
2015-07
ASOCIACIÓN CANARIA ATACAYTEPARA LA LUCHA POR EL BIENESTARSOCIAL
G76551894 43,797
LA PALMA
O.E.S/C DE LA
PALMA
OPEA2015-15
FUNDACIÓN LABORAL DE LACONSTRUCCIÓN
G80468416 46,795
OPEA2015-04
FEDERACIÓN DE EMPRESARIOS DE LAPALMA
G76645381 40,791
O.E.LOS LLANOSDE ARIDANE
OPEA2015-03
ASOCIACIÓN PARA LA PROMOCIÓN DELEMPLEO Y LA COHESIÓN SOCIAL"CREATIVA"
G38960209 43,041
OPEA2015-04
FEDERACIÓN DE EMPRESARIOS DE LAPALMA
G76645381 39,791
LA GOMERA
O.E. SANDSEBASTIAN
DE LAGOMERA
OPEA2015-15
FUNDACIÓN LABORAL DE LACONSTRUCCIÓN
G80468416 46,295
EL HIERROO.E.
VALVERDE
OPEA2015-15
FUNDACIÓN LABORAL DE LACONSTRUCCIÓN
G80468416 47,795
OPEA2015-03
ASOCIACIÓN PARA LA PROMOCIÓN DELEMPLEO Y LA COHESIÓN SOCIAL"CREATIVA"
G38960209 45,541
boc-a-2015-243-5572
7/21/2019 boc-a-2015-243-5572
http://slidepdf.com/reader/full/boc-a-2015-243-5572 17/17
Boletín Ofcial de Canarias núm. 243 Miércoles 16 de diciembre de 201532924
ANEXO V
ENTIDADES SOLICITANTES QUE NO HAN RESULTADO BENEFICIARIAS POR NO CUMPLIR
CON ALGUNO DE LOS REQUISITOS FORMALES Y/O DOCUMENTALES ESTABLECIDOS
MOTIVO DENEGACIÓN
OPEA 2015/06UPTA CANARIAS - UNIÓN DEPROFESIONALES YTRABAJADORES AUTÓNOMOS
RENUNCIA POR ESCRITO.
OPEA 2015/09 ASOCIACIÓN OJOS SOLIDARIOS
DESISTIDO POR INCUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 71 DE LA LEY30/1992, DE 26 DE NOVIEMBRE DE RÉGIMEN JURÍDICO DE LASADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y DEL PROCEDIMIENTOADMINISTRATIVO COMÚN. SUBSANACIÓN NO PRESENTADACORRECTAMENTE.
OPEA 2015/14
ASHOTEL – ASOCIACIÓNHOTELERA Y EXTRAHOTELERA DETENERIFE, LA PALMA, LA GOMERAY EL HIERRO
DESISTIDO POR INCUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 71 DE LA LEY30/1992, DE 26 DE NOVIEMBRE DE RÉGIMEN JURÍDICO DE LASADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y DEL PROCEDIMIENTOADMINISTRATIVO COMÚN. SUBSANACIÓN NO PRESENTADA.
OPEA 2015/17 ASOCIACIÓN COMPSI
DESISTIDO POR INCUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 71 DE LA LEY30/1992, DE 26 DE NOVIEMBRE DE RÉGIMEN JURÍDICO DE LASADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y DEL PROCEDIMIENTOADMINISTRATIVO COMÚN. SUBSANACIÓN PRESENTADA FUERADE PLAZO.
OPEA 2015/23CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO,INDUSTRIA, SERVICIOS YNAVEGACIÓN DE FUERTEVENTURA
INCUMPLIMIENTO DEL RESUELVO SÉPTIMO DE LA RESOLUCIÓNDE LA CONVOCATORIA: LA ENTIDAD NO CUMPLE CON LASOBLIGACIONES DEL REGISTRO DE SOLICITANTES DESUBVENCIONES DEL SERVICIO CANARIO DE EMPLEO REGULADOMEDIANTE ORDEN DE 21 DE JULIO DE 2008, POR LA QUE SE CREAEL REGISTRO DE SOLICITANTES DE SUBVENCIONES AL SERVICIOCANARIO DE EMPLEO (BOC Nº 153 DE 31 DE JULIO DE 2008).
OPEA 2015/25 CRUZ ROJA ESPAÑOLA. LASPALMAS
DESISTIDO POR INCUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 71 DE LA LEY30/1992, DE 26 DE NOVIEMBRE DE RÉGIMEN JURÍDICO DE LASADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y DEL PROCEDIMIENTOADMINISTRATIVO COMÚN. SUBSANACIÓN NO PRESENTADACORRECTAMENTE.