“Las fuentes, Los Convenios Internacionales y el Derecho Diplomático interno”
“Las fuentes, Los Convenios Internacionales y el Derecho Diplomático interno”
Ms. Lic. Jose Pavlov Valdivia ReynosoRelaciones Internacionales ITESO
Ms. Lic. Jose Pavlov Valdivia ReynosoRelaciones Internacionales ITESO
a. Las fuentes:a. Las fuentes:
En el Derecho Diplomático y consular existen 3 tipos de fuentes:
1. Formales: Legislación, la costumbre ( la mas antigua) y la jurisprudencia
2. Reales o materiales: Opinión publica, las necesidades de orden económico, la organización política imperante y la tradición.
3. Históricas: Documentos que contienen el texto de una ley y un conjunto de ellas que ya no están vigentes pero que en algún momento lo estuvieron y que sirven como antecedentes de las leyes actuales. (Tratado de Westfalia 1648)
En el Derecho Diplomático y consular existen 3 tipos de fuentes:
1. Formales: Legislación, la costumbre ( la mas antigua) y la jurisprudencia
2. Reales o materiales: Opinión publica, las necesidades de orden económico, la organización política imperante y la tradición.
3. Históricas: Documentos que contienen el texto de una ley y un conjunto de ellas que ya no están vigentes pero que en algún momento lo estuvieron y que sirven como antecedentes de las leyes actuales. (Tratado de Westfalia 1648)
a.1 Fuentes formales:a.1 Fuentes formales:
1. Los tratados Internacionales: Convención de Viena de 1969.
2. Los principios generales del Derecho.
3. Las leyes internas
1. Los tratados Internacionales: Convención de Viena de 1969.
2. Los principios generales del Derecho.
3. Las leyes internas
b. Las fuentes históricas:b. Las fuentes históricas:
1. Reglamento de Viena emitido por el Congreso de Viena ( 1815) vigente durante medio siglo.
Estableció 3 categorías de representantes de mayor a menor rango:
a. Embajadores, legados y nunciosb. Enviados extraordinarios y ministros
plenipotenciariosc. Encargados de negocios Ad Hoc.
1. Reglamento de Viena emitido por el Congreso de Viena ( 1815) vigente durante medio siglo.
Estableció 3 categorías de representantes de mayor a menor rango:
a. Embajadores, legados y nunciosb. Enviados extraordinarios y ministros
plenipotenciariosc. Encargados de negocios Ad Hoc.
2. Protocolo de Aquisgran – Aix de Chapelle (1818)
2. Protocolo de Aquisgran – Aix de Chapelle (1818)
Agrego la categoría de ministros residentes entre los enviados extraordinarios y los encargados de negocios.
Agrego la categoría de ministros residentes entre los enviados extraordinarios y los encargados de negocios.
3. Convención sobre agentes diplomáticos La
Habana 1928
3. Convención sobre agentes diplomáticos La
Habana 1928Llamada también VI Conferencia
Panamericana.Establece los principios generales
sobre materia diplomática Reglamenta las inmunidades y
prerrogativas de los funcionarios diplomáticos.
Llamada también VI Conferencia Panamericana.
Establece los principios generales sobre materia diplomática
Reglamenta las inmunidades y prerrogativas de los funcionarios diplomáticos.
c. Legislación Vigente a nivel Internacional.c. Legislación Vigente a nivel Internacional.
Convención de Viena sobre las Relaciones Diplomáticas ( 1961):
1.Reglamenta las misiones diplomáticas (embajadas).
2.Entra en vigor en 1964, México la ratifica en 1965.
Convención de Viena sobre las Relaciones Diplomáticas ( 1961):
1.Reglamenta las misiones diplomáticas (embajadas).
2.Entra en vigor en 1964, México la ratifica en 1965.
•La Convención de Viena sobre Relaciones Consulares 1963
•La Convención de Viena sobre Relaciones Consulares 1963
Regula las funciones consulares, tanto de las oficinas como de los funcionarios, ya sea de los de carrera como de los honorarios.
México la ratifica en 1965Entro en vigor en 1967
Regula las funciones consulares, tanto de las oficinas como de los funcionarios, ya sea de los de carrera como de los honorarios.
México la ratifica en 1965Entro en vigor en 1967
• La Convención de Nueva York sobre Misiones Especiales 1969• La Convención de Nueva York sobre Misiones Especiales 1969
Hace referencia a los enviados a las conferencias internacionales y a las misiones especiales.
Hace referencia a los enviados a las conferencias internacionales y a las misiones especiales.
•La Convención de Viena de 1975
•La Convención de Viena de 1975
Reglamenta la condición jurídica y las funciones de las misiones y delegaciones de los Estados ante las organizaciones internacionales y las conferencias internacionales.
Reglamenta la condición jurídica y las funciones de las misiones y delegaciones de los Estados ante las organizaciones internacionales y las conferencias internacionales.
d. Legislación nacional en materia de Diplomacia y
Derecho Consular
d. Legislación nacional en materia de Diplomacia y
Derecho Consular1. La Constitución2. Las leyes: Ej. La Ley de servicio exterior mexicano3. Los reglamentos: Ej. El reglamento del servicio
exterior mexicano.4. Decretos: Ej. Creación del Instituto de los
Mexicanos en el Exterior, con el carácter de órgano administrativo desconcentrado de la S.R.E.
5. Acuerdos: Ej. Creación de la Comisión Mexicana para la Cooperación con Centroamérica.
WEB: http://www.sre.gob.mx/index.php/cancilleria/marco-normativo
1. La Constitución2. Las leyes: Ej. La Ley de servicio exterior mexicano3. Los reglamentos: Ej. El reglamento del servicio
exterior mexicano.4. Decretos: Ej. Creación del Instituto de los
Mexicanos en el Exterior, con el carácter de órgano administrativo desconcentrado de la S.R.E.
5. Acuerdos: Ej. Creación de la Comisión Mexicana para la Cooperación con Centroamérica.
WEB: http://www.sre.gob.mx/index.php/cancilleria/marco-normativo