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En la actualidad son diversas las legislaciones que recogen la figura del parricidio, ya sea como una agravacin del homicidio por la circunstancia de parentesco o como delito autnomo; sin embargo, se trata de una forma especfica de calificacin que no se encuentra ya en los cdigos de Alemania Federal, Austria, Holanda o SuizaBACIGALUPO, Enrique. 1991. Estudios sobre la Parte Especial del Derecho Penal. Madrid, Akal. p. 49

se le reconoce identidad en el Derecho romano con la ley de las XII Tablas, pero se restringe su alcance a la muerte que el hijo causa a su padre.GARRIDO MONTT, Mario. 1976. El homicidio y sus figuras penales. Santiago, ediciones Encina.pp. 185-210

se trata de una hiptesis de homicidio, y que al igual que ste y sus figuras, protege el bien jurdico bsico del ser humano, su propia vida.QUERALT, Joan. 2002. Derecho Penal espaol. Parte Especial. 4 ed. Barcelona, Atelier. p. 5

el parricidio tiene un mayor injusto, no consiste en la muerte de otra persona simplemente, sino en la muerte de alguien unido por vnculo de sangre o conyugal con el agenteGARRIDO MONTT, Mario. 2001. Derecho Penal. Tomo III. Parte Especial. 2 ed. Santiago, ed. Jurdica de Chile.

El parricidio hunde sus races en los albores de la humanidad, siendo incluso consideradoel crimen antiguo por antonomasiaQUINTANO RIPOLLS, Antonio, Tratado de la Parte especial del Derecho penal, t. I, vol. 1, 2 ed. actualizada por GIMBERNAT, Enrique, Madrid: Revista de Derecho Privado, 1972, p. 121.

La modalidad espaola del conyugicidio hubo de soportar crticas adicionales. Ya Alejandro Groizard se haba resuelto contrario a su equiparacin con el parricidio propio, dado que las causas que contribuyen a turbar la paz del matrimonio distan mucho de aquellas que desencadenan las muertes entre consanguneosGROIZARD, Alejandro, Cdigo penal de 1870, concordado y comentado, t. IV, Salamanca: Esteban Hermanos Impresores, 1897, pp. 339-341.

Cabanellas, G. (1997). Diccionario de derecho usual. Mexico: Harla.P. 140Estrictamente, la muerte criminal dada al padre. Por extensin, muerte punible de algn ntimo pariente ()