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    CLASES DE DECLARACIÓN DUA-GT

    CLASES DE

    DECLARACIÓN DUA GT

    INTENDENCIA DE ADUANAS

    NOVIEMBRE 2 15

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    Consideraciones Generales

    La declaración de mercancías que para el caso de Guatemala se denominará declaración únicaaduanera -DUA GT- será de aplicación para la importación y exportación de mercancías, para losregímenes definitivos, temporales o suspensivos y liberatorios, con excepción de las modalidadesespeciales como lo son la entrega rápida o courier, provisiones a bordo, envíos de socorro,declaraciones de oficio y otras que establezca el servicio aduanero. 

    1. En una declaración de importación solo podrá existir información de un único: ♦  Importador♦  País de procedencia♦  Lugar de embarque♦  Naturaleza de transacción

     Adicionalmente, podrán consignarse múltiples:♦  Fracciones arancelarias♦  Facturas♦  Documentos de transporte.♦  Tipos de bulto♦  Países de origen♦  Preferencias arancelarias♦  Unidades de medida.

    2. En una declaración de exportación solo podrá existir un único: ♦  Exportador♦  País de destino♦  Lugar de entrega♦  Moneda de transacción♦:♦ Destinatario 

     Adicionalmente, podrán consignarse múltiples: ♦  Fracciones arancelarias♦  Facturas♦  Documentos de transporte.♦  Tipos de bulto♦  Unidades de medida.

    3. En los despachos que se realizan en forma parcial desde o hacia el exterior, debencorresponder a una única transacción comercial. 

    4. En las declaraciones de tránsito solo podrá existir un único: ♦  Destinatario. 

    5. Para el despacho de las mercancías se tiene diferentes clases de declaraciones de acuerdo ala legislación aduanera centroamericana.

     

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    CLASES DE DECLARACIONES

    La declaración de mercancías DUA-GT, podrá utilizar las diferentes clases de declaraciones queestablece el Reglamento al Código Aduanero Único Centroamericano, -RECAUCA-, las cuales se

    describen a continuación: 

    Declaración Normal 

    Es la declaración de mercancías que efectúa mediante transmisión electrónica el declarante ante elServicio Aduanero. Esta declaración puede presentarse a partir del día de ingreso de lasmercancías a la zona primaria de la aduana. 

    Regímenes a los que aplica: 

    La declaración de mercancías DUA-GT de clase normal aplica para todos los regímenes deImportación, exportación y tránsito que establece el CAUCA y su Reglamento. 

    Plazos y condiciones para mercancías que requieren pago 

    Pago: Cuando se requiera realizar el pago de los impuestos o tributos correspondientes a las

    mercancías declaradas se deberá cumplir con las normas siguientes: 

    •  El pago se puede realizar a partir del día de aceptación de la declaración por el servicioaduanero hasta un plazo de dos días hábiles siguientes.

    •  Si el pago no se efectúa dentro del plazo establecido, el servicio aduanero asignará a ladeclaración el estatus de "borrado".

    Selectivo y Aleatorio 

    •  El sistema informático del Servicio Aduanero automáticamente procesará el selectivo yaleatorio cuando se valide el pago de la declaración de mercancías.

    •  Si como resultado del proceso selectivo y aleatorio se le asigna a la declaración demercancías color VERDE, se autoriza el levante de la mercancía, debiendo efectuarlodentro del plazo de 30 días posteriores a la asignación del selectivo.

    •  Si como resultado del proceso selectivo y aleatorio se le asigna a la declaración color ROJO,la declaración se debe presentar ante el Servicio Aduanero para que se le asigne el revisor,dentro del plazo del día en que se le asignó el color y dos días hábiles siguientes.

    o Se autoriza el levante de las mercancías cuando el revisor asignado libera la

    declaración, debiendo el interesado retirarlas dentro de un plazo de treinta díassiguientes. 

    o  Si la mercancía, una vez autorizado el levante, no se retira dentro del plazo de treinta díassiguientes, se le asigna estatus de "abandono". 

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    Plazos y condiciones para mercancías que no requieren pago

    Selectivo y Aleatorio 

    •  El sistema informático del Servicio Aduanero automáticamente procesará el selectivo yaleatorio en el momento que acepte la declaración de mercancías.

    •  Si como resultado del proceso selectivo y aleatorio se le asigna a la declaración demercancías color VERDE, se autoriza el levante de la mercancía, debiendo efectuarlodentro del plazo de treinta días posteriores a la asignación del selectivo.

    •  Si como resultado del proceso selectivo y aleatorio se le asigna a la declaración color ROJO,la declaración se debe presentar ante el Servicio Aduanero para que se le asigne el revisor,dentro del plazo del día en que se le asignó el color y dos días hábiles siguientes.

    o Se autoriza el levante de las mercancías cuando el revisor asignado libera ladeclaración, debiendo el interesado retirarlas dentro de un plazo de treinta díassiguientes. 

    •  Si la mercancía, una vez autorizado el levante, no se retira dentro del plazo de treinta días

    siguientes, se le asigna estatus de "abandono". 

    Declaración Anticipada 

    Es la declaración que se transmite electrónicamente ante el Servicio Aduanero antes del arribo delas mercancías, y que permite al importador disponer de las mismas al momento de su arribo,debiendo culminar su trámite con una declaración complementaria posterior al despacho.  

    Su finalidad es agilizar el despacho de las mercancías, en virtud que no será validada toda lainformación del manifiesto de carga, y la misma será utilizada por importadores con un buen record,quienes deberán ser autorizados por el Servicio Aduanero. 

    Regímenes a los que aplica: 

    La declaración de mercancías DUA-GT de clase anticipada aplica para los siguientes regímenes: 

    •  Importación definitiva (23-ID)•  Importación temporal con reexportación en el mismo estado (151-LX, 151-LC, 151-LE,

    151-MA)•   Admisión temporal para perfeccionamiento activo (152-MI, 152-PI) •  Zonas francas (154-ZI, 154-ZX) •  Reimportación (156-IE, 156-IX, 156-IZ),•  Otras que establezca el Servicio

     Aduanero. 

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    Plazos y con dici on es para mercancías que requi eren pago  

    Pago: 

    Cuando se requiera realizar el pago de los impuestos o tributos correspondientes a las mercancíasdeclaradas se deberá cumplir con las normas siguientes: 

    •  El pago se puede realizar a partir del día de aceptación de la declaración por el servicioaduanero hasta un plazo de dos días hábiles siguientes.

    •  Si el pago no se efectúa dentro del plazo establecido, el servicio aduanero asignará a ladeclaración el estatus de "borrado".

    Selectivo y Aleatorio 

    •  El sistema informático del Servicio Aduanero automáticamente procesará el selectivo yaleatorio cuando se valide el pago de la declaración de mercancías.

    •  Si como resultado del proceso selectivo y aleatorio se le asigna a la declaración demercancías color VERDE, se autoriza el levante de la mercancía, debiendo efectuarlodentro del plazo de treinta días posteriores a la asignación del selectivo.

    •  Si como resultado del proceso selectivo y aleatorio se le asigna a la declaración color ROJO,la declaración se debe presentar ante el Servicio Aduanero para que se le asigne el revisor,dentro del plazo del día en que se le asignó el color y dos días hábiles siguientes.

    o Se autoriza el levante de las mercancías cuando el revisor asignado libera ladeclaración, debiendo el interesado retirarlas dentro de un plazo de treinta díassiguientes. 

    •  Si no se presenta la declaración complementaria, el interesado no podrá hacer uso de estebeneficio en sus importaciones futuras.

    •  Si la mercancía, una vez autorizado el levante, no se retira dentro del plazo de treinta díassiguientes, se le asigna estatus de "abandono".

    Plazos y co ndicio nes p ara mercancías que no requieren pago  

    Selectivo y Aleatorio 

    •  El sistema informático del Servicio Aduanero automáticamente procesará el selectivo yaleatorio en el momento que acepte la declaración de mercancías.

    •  Si como resultado del proceso selectivo y aleatorio se le asigna a la declaración demercancías color VERDE, se autoriza el levante de la mercancía, debiendo efectuarlodentro del plazo de treinta días siguientes.

    •  Si como resultado del proceso selectivo y aleatorio se le asigna a la declaración color ROJO,

    la declaración se debe presentar ante el Servicio Aduanero para que se le asigne el revisor,dentro del plazo del día en que se le asignó el color y dos días hábiles siguientes.

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    •  Se autoriza el levante de las mercancías cuando el revisor asignado libera la declaración,debiendo el interesado retirarlas dentro de un plazo de treinta días siguientes. 

    • Si no se presenta una declaración complementaria, el interesado no podrá hacer uso deeste beneficio en sus importaciones futuras. 

    Declaración Complementaria 

    Es la declaración que presenta el declarante con el propósito de culminar el trámite de unadeclaración ant ic ipada, simpl i f icada o provis ional. 

    Regímenes a los que aplica: 

    La declaración de mercancías DUA-GT de clase complementaria aplica para culminar el trámitede los regímenes asociados a las declaraciones anticipada, simplificada o provisional.

    Plazos y condiciones 

    Selectivo y Aleatorio 

    La declaración complementaria no será sometida al proceso selectivo y aleatorio por haber sidosometida a este proceso la declaración anticipada o declaración simplificada según sea el caso,sin embargo se deberá cumplir con las siguientes condiciones: 

    Para la declaración Anticipada: 

    •  La declaración complementaria se presentará a la aduana dentro de los tres díasposteriores a la confirmación de la declaración anticipada.

    •  Si el importador tiene pendiente transmitir una Declaración Complementaria ante la Administración Aduanera dentro del plazo establecido, no podrá hacer uso nuevamente delbeneficio de la declaración anticipada.

    Para la declaración Simplificada: 

    •  El plazo para presentar la declaración complementaria de exportación es dentro de los tresdías posteriores a la confirmación de la declaración simplificada.

    •  La declaración complementaria no se somete al sistema selectivo y aleatorio, solamente sele da confirmación para formalizar la exportación.

    Para la declaración Provisional:

    •  El plazo para presentar la declaración complementaria es dentro de los cinco días posteriores

    a la confirmación de la declaración simplificada.

    •  La declaración complementaria no se somete al sistema selectivo y aleatorio

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    Declaración Provisional 

    La declaración provisional se utiliza para el despacho de mercancías a granel. Se deberá declararel total de la carga manifestada, la misma deberá ser pagada y sometida al sistema selectivo y

    aleatorio. El retiro de las mercancías, se hará a través de despachos parciales, los cuales deberánser transmitidos en forma electrónica y validados en el sistema informático. 

    Regímenes a los que aplica: 

    La declaración de mercancías DUA-GT de clase provisional aplica para los Regímenes deImportación definitiva, exportación definitiva, bajo el esquema de la Ley del Fomento y Desarrollode la actividad exportadora y de maquila, Decreto Número 29-89 del Congreso de la República yotros regímenes que establezca el Servicio Aduanero. 

    Plazos y condiciones para mercancías que requieren pago 

    Pago: 

    Cuando se requiera realizar el pago de los impuestos o tributos correspondientes a lasmercancías declaradas se deberá cumplir con las normas siguientes: 

    •  El pago se puede realizar a partir del día de aceptación de la declaración por el servicioaduanero hasta un plazo de dos días hábiles siguientes.

    •  Si el pago no se efectúa dentro del plazo establecido, el servicio aduanero asignará a ladeclaración el estatus de "borrado".

    Selectivo y Aleatorio 

    •  El sistema informático del Servicio Aduanero automáticamente procesará el selectivo yaleatorio cuando se valide el pago de la declaración de mercancías.

    •  Si como resultado del proceso selectivo y aleatorio se le asigna a la declaración demercancías color VERDE, se autoriza el levante de la mercancía, debiendo efectuarlodentro del plazo de treinta días siguientes.

    •  Si como resultado del proceso selectivo y aleatorio se le asigna a la declaración color ROJO,la declaración se debe presentar ante el Servicio Aduanero para que se le asigne el revisor,dentro del plazo del día en que se le asignó el color y dos días hábiles siguientes.

    o Se autoriza el levante de las mercancías cuando el revisor asignado libera ladeclaración, debiendo el interesado retirarlas dentro de un plazo de treinta díassiguientes. 

    • Si la mercancía, una vez autorizado el levante, no se retira dentro del plazo establecido, sele asigna estatus de "abandono". 

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    Declaración Acumulada 

    Es la declaración que permite al exportador registrado como habitual, presentar unadeclaración en forma acumulada, la información pendiente de todas las exportaciones realizadasdurante el mes anterior. 

    Plazos y condiciones 

    •  El plazo para presentar la declaración acumulada de exportación es dentro de los primeroscinco días de cada mes, de las exportaciones realizadas por la misma aduana en el mesanterior.

    •  En la transmisión de la declaración acumulada, se envían todos los datos de lasdeclaraciones simplificadas.

    o Si no se presenta la declaración acumulada dentro de los primeros cinco días de cada mes,dicho exportador no seguirá gozando de esta facilidad. 

    Selectivo y Aleatorio 

    •  El sistema selectivo y aleatorio se procesa automáticamente cuando la declaración demercancías es aceptada por el sistema.

    •  De ser necesario, las correcciones se harán cuando se valide la declaración acumulada.

    •  La declaración acumulada no se somete al sistema selectivo y aleatorio, solamente se leda confirmación para formalizar la exportación.

    Declaración Rectificatoria 

    Es la declaración que permite realizar la rectificación de la información contenida en unadeclaración de cualquier clase. 


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