CLXXXI. INFORME INDIVIDUAL DE AUDITORÍA,
DERIVADA DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
DE LA CIUDAD DE MÉXICO CORRESPONDIENTE
AL EJERCICIO DE 2017
1
DEPENDENCIA
SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL (ACTUALMENTE SECRETARÍA DE INCLUSIÓN Y BIENESTAR SOCIAL)
AUDITORÍA DE DESEMPEÑO
Función de Gasto 6 “Protección Social”,
Actividad Institucional 502 “Acciones de Apoyo
para el Desarrollo Social”
Auditoría ASCM/161/17
FUNDAMENTO LEGAL
La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 122, apartado A, fracción II,
sexto y séptimo párrafos, en relación con el 74, fracción VI, de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito
Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; 1; 2,
fracciones XIII y XLI, inciso a); 3; 8, fracciones I, II, IV, VI, VII, VIII, IX y XXVI; 9; 10,
incisos a) y b); 14, fracciones I, VIII, XVII, XX y XXIV; 22; 24; 27; 28; 30; 32; 33; 34; 35;
36, primer párrafo; y 37, fracción II, de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de
México; y 1; 4; 5, fracción I, inciso b); 6, fracciones V y VII; y 30 del Reglamento Interior
de la Auditoría Superior de la Ciudad de México.
ANTECEDENTES
De acuerdo con el Informe de Cuenta Pública de 2017 de la Secretaría de Desarrollo
Social (SEDESO), actualmente Secretaría de Inclusión y Bienestar Social (SIBISO), en el
eje 1 “Equidad e Inclusión Social para el Desarrollo Humano”, finalidad 2 “Desarrollo Social”,
función 6 “Protección Social”, subfunción 9 “Otros de Seguridad Social y Asistencia
Social”, actividad institucional 502 “Acciones de Apoyo para el Desarrollo Social”, se reportó un
presupuesto original de 336,163.8 miles de pesos y un ejercido de 430,415.6 miles de
pesos, lo que representó un incremento de 94,251.8 miles de pesos (28.0%).
2
Los recursos se erogaron en los capítulos de gasto 1000 “Servicios Personales”,
por 285,621.2 miles de pesos, equivalente al 66.4%; 2000 “Materiales y Suministros”, por
4,372.9 miles de pesos, equivalente al 1.0%; 3000 “Servicios Generales”, por 83,983.8 miles
de pesos, equivalente al 19.5%; 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras
Ayudas”, por 56,348.9 miles de pesos, equivalente al 13.1%; y 5000 “Bienes Muebles,
Inmuebles e Intangibles”, por 88.7 miles de pesos, equivalente al 0.0%.
La meta física original de la actividad institucional en revisión fue otorgar 50 apoyos, y al
cierre del ejercicio se alcanzaron 56 apoyos, que representaron un cumplimiento de la
meta del 112.0% en relación con la programada.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
Esta auditoría se planteó de conformidad con los criterios contenidos en el Manual de
Selección de Auditorías vigente, a saber: “Importancia Relativa”, ya que en la actividad
institucional referida 502 “Acciones de Apoyo para el Desarrollo Social”, la variación del
presupuesto ejercido fue de 28.0% respecto del originalmente aprobado; “Presencia y
Cobertura”, a fin de garantizar que se revisen todos los rubros susceptibles de ser auditados,
toda vez que esta actividad institucional no había sido fiscalizada, mediante una auditoría de
desempeño; y “Propuesta e Interés Ciudadano”, debido a que, por su naturaleza, impacto social
y trascendencia, es de interés y repercusión para los habitantes de la Ciudad de México.
OBJETIVO
El objetivo de la revisión consistió en fiscalizar las acciones realizadas por la Secretaría de
Desarrollo Social ahora Secretaría de Inclusión y Bienestar Social, para dar cumplimiento a
las metas y al objetivo establecido en la actividad institucional 502 “Acciones de Apoyo
para el Desarrollo Social”, de apoyo a la sociedad en su conjunto en el desarrollo y
aplicación de políticas públicas en materia social, económico, igualdad, legalidad, así
como políticas de protección y atención a grupos vulnerables y de género; brindar
atención integral a víctimas de violencia, salud, reinserción social, migrantes, convivencia
ciudadana y gestión comunitaria, entre otros, garantizando el mejoramiento de la vida de
todas las personas a mediano y largo plazos.
3
ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA
Se evaluaron los resultados obtenidos por el sujeto fiscalizado en la actividad institucional
502 “Acciones de Apoyo para el Desarrollo Social”, comprendiendo la revisión del control
interno, competencia de los actores, eficacia, eficiencia y economía. La muestra se
determinó con base en la técnica de muestreo dirigido o intencional, que consistió en
seleccionar elementos del universo según el criterio del auditor.
Respecto a la evaluación del control interno, se revisaron los mecanismos implantados
por el sujeto fiscalizado para contar con una seguridad razonable, en cuanto al
cumplimiento de metas y objetivo de la actividad institucional y la normatividad aplicable;
considerando los componentes de Entorno de control, evaluación del riesgo, Actividades
de control, Información y comunicación, y Seguimiento. Se revisó el 100.0% de las
evidencias de supervisión, relativas a los informes, reportes, registros o mecanismos
utilizados para la operación de la actividad en estudio.
Por lo que hace a la competencia de los actores, se determinó si el sujeto fiscalizado fue
competente para realizar la tarea encomendada en la actividad institucional en revisión; si
dispuso de perfiles de puesto y si los servidores públicos asignados a la actividad
institucional en estudio los cubrieron, y se verificó la capacitación realizada. Se
determinaron como muestra por revisar 176 expedientes (30.0%) de un universo de 586
servidores públicos, todos vinculados con la actividad institucional en estudio, con el fin de
verificar que se hayan cumplido a las especificaciones de los perfiles de puesto. En lo que
respecta a la capacitación, se verificaron los 20 cursos que se llevaron a cabo durante el
ejercicio de 2017, los cuales representaron el 29.4% del universo de 68 cursos
programados en el Programa Anual de Capacitación.
En cuanto a la eficacia, se analizaron los resultados alcanzados respecto al objetivo y los
apoyos otorgados, así como la rendición de cuentas, específicamente en cuanto a lo
reportado en el Informe de Cuenta Pública y los mecanismos de medición y evaluación
implantados. Se determinó revisar la documentación soporte de los apoyos entregados a
la población, específicamente se acudió a uno de los órganos políticos-administrativos de
los dos donde se llevan a cabo las labores de reconstrucción de viviendas, lo que
representó el 50.0%, en donde se revisó que las viviendas cumplieran lo establecido en el
4
convenio de concertación. También, se analizó la integración de los tres expedientes
relacionados con el apoyo de gastos funerarios a los familiares de personas fallecidas
durante el sismo del 19 de septiembre de 2017, lo que representó el 100.0%; se revisaron
70 constancias documentales de la recepción de Torres Aeropónicas Sistemas NFT, lo
que representó el 19.2% de las 365 otorgadas; y se verificó la entrega de kits de plomería
a las 22 participantes del curso impartido por la empresa Helvex, S.A. de C.V.
Respecto a la eficiencia, se midió y calificó la forma en cómo se utilizaron los recursos
humanos, materiales y financieros; para ello, se analizaron los procesos clave con los
cuales operó el sujeto fiscalizado para el cumplimiento de los objetivos planteados en la
actividad institucional. Se analizó el archivo “Padrón Final SSPC 400 Viviendas” para
analizar el cumplimiento de lo establecido en el convenio de concertación respecto a la
reconstrucción de viviendas. También, se analizó la integración de los tres expedientes
relativos al apoyo de gastos funerarios otorgados a los familiares de personas fallecidas
durante el sismo del 19 de septiembre de 2017, lo que representó el 100.0%; se revisaron
70 constancias documentales de la recepción de Torres Aeropónicas Sistemas NFT, lo
que representó el 19.2% de las 365 otorgadas; y se verificó la entrega de kits de plomería
a las 22 participantes del curso impartido por la empresa Helvex, S.A. de C.V.; además,
se verificó la existencia de la documentación soporte.
Se revisó el soporte documental de los recursos humanos, materiales y financieros
utilizados en acciones de apoyo para el desarrollo social, tales como: plantilla de personal,
registros de los materiales, tratamiento de la información y registros sobre el uso y
aplicación del presupuesto ejercido en 2017, con la finalidad de verificar la correcta
utilización de los recursos y que éstos se hayan orientado al cumplimiento del objetivo de
la actividad institucional en estudio.
En cuanto a los recursos financieros, se revisó la integración del presupuesto modificado por
430,415.6 miles de pesos, consistente en 106 afectaciones presupuestarias (44 compensadas y
62 líquidas), de las que se revisaron 32 que representaron el 30.2%. Respecto al presupuesto
ejercido, por 430,415.6 miles de pesos, integrado por 680 Cuentas por Liquidar Certificadas
(CLC), se revisaron 30 CLC, que en total representaron el 65.4% (281,486.1 miles de
pesos) del presupuesto ejercido, para comprobar que los recursos hayan sido utilizados
para el cumplimiento del objetivo y metas planteados.
5
En relación con la economía, se verificó que el sujeto fiscalizado hubiera aplicado medidas de
racionalidad y austeridad, y si éstas contribuyeron al logro de los objetivos de la actividad
institucional en revisión. Se identificó un presupuesto original de 336,163.8 miles de
pesos, de los cuales se revisaron 17 partidas presupuestales que estuvieron sujetas a
medidas de racionalidad y austeridad, y que representaron el 16.7% (56,229.9 miles
de pesos) del presupuesto de la actividad institucional en revisión, asimismo, se realizó el
análisis de las mismas partidas durante los ejercicios de 2015 y 2016, con el fin de
conocer la tendencia de los recursos y verificar los resultados obtenidos de las medidas
implantadas durante el ejercicio de 2017.
Evaluación del Control Interno
1. Resultado
El artículo 62, fracción III, de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México,
dispone, entre las atribuciones de la Auditoría Superior de la Ciudad de México (ASCM),
verificar que los sujetos fiscalizados establezcan sistemas adecuados de control interno,
que proporcionen seguridad razonable en cuanto al logro de los objetivos y el adecuado
uso de los recursos, asegurando que dichos controles se apliquen y funcionen de manera
que garanticen el exacto cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias
aplicables. Asimismo, que se evalúe periódicamente la eficacia de los sistemas de control,
de conformidad con lo establecido en el artículo 87 de la ley citada y el Manual del
Proceso General de Fiscalización de la ASCM, subapartado B) “Fase de Ejecución”;
numeral 1, “Control Interno”; y el apartado 3, “Control Interno” de su Anexo Técnico.
Con el fin de evaluar los mecanismos de control interno que implantó el sujeto fiscalizado
para contar con una seguridad razonable en cuanto al cumplimiento de metas y al objetivo
de la actividad institucional y la normatividad aplicable, se consideraron los componentes
Entorno de Control, Evaluación del Riesgo, Actividades de Control, Información y
Comunicación, y Seguimiento; se llevó a cabo el estudio general y el análisis de dichos
mecanismos mediante la revisión de la información y documentación proporcionada, la
obtenida en su portal de internet, así como la información y documentación recabada en
la visita de inspección realizada el 29 de noviembre de 2018 a una de las zonas afectadas
por el sismo ocurrido el 19 de septiembre de 2017, en la que la dependencia llevó a cabo
6
acciones de apoyo para el desarrollo social mediante la actividad institucional 502
“Acciones de Apoyo para el Desarrollo Social”.
Como resultado del análisis, se conoció lo siguiente:
Entorno de Control
El sujeto fiscalizado se adhirió al Código de Ética de los Servidores Públicos para el
Distrito Federal, el cual fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 9 de julio
de 2014, y que constituye un catálogo de valores y principios aplicables a todos los
servidores públicos de la Administración Pública que participan o que coadyuvan en la
función del ejercicio público. Asimismo, se identificó que éste fue enviado por la Subdirección de
Recursos Humanos a las Direcciones que componen la Secretaría y se verificó que los
titulares de las distintas Direcciones que la conforman, así como el personal a su cargo,
tuvieron conocimiento del documento.
Respecto a la información y documentación proporcionada por la dependencia, se
identificaron deficiencias de control respecto a la integración de la plantilla de personal,
las áreas que operaron la actividad institucional, las acciones realizadas, los recursos
humanos y materiales utilizados, y los perfiles de puestos.
En el estudio general y análisis de la información proporcionada, se constató que las
áreas a cargo de la actividad institucional en revisión, fueron la Dirección General de
Administración y la Subsecretaría de Participación Ciudadana; no obstante, en una reunión
de trabajo realizada con el personal de la dependencia, los servidores públicos indicaron
desconocer las áreas específicas de la operación de la actividad institucional en estudio.
Asimismo, se verificó que el sujeto fiscalizado operó durante 2017 con 24 servidores
públicos de estructura, 555 técnicos operativos y 7 de honorarios asimilables a salarios. Al
respecto, se verificó la existencia de 12 perfiles de puesto del personal de estructura.
En la revisión y análisis del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2017 y del Manual
de organización de la dependencia vigente en 2017, se observó que la misión, visión y
objetivos institucionales, así como las atribuciones y funciones de áreas que operaron la
actividad institucional, se encuentran vinculadas con el objetivo de la actividad institucional.
7
En cuanto a la programación de las metas física y financiera, se detectó que el sujeto
fiscalizado no contó con papeles de trabajo de la información cuantitativa y cualitativa
correspondiente a la determinación de las metas física y financiera previstas.
Evaluación del Riesgo
En el estudio general y análisis de la información proporcionada, se identificó que en el
ejercicio de 2017 no se contaba con mecanismos para identificar y administrar riesgos; sin
embargo, se realizaron las tareas necesarias para el cumplimiento de los Lineamientos de
Control Interno de la Administración Pública de la Ciudad de México, publicados en la
Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 8 de enero de 2018, por lo que se elaboró de
forma conjunta con el Órgano Interno de Control la “Cédula de Evaluación de Riesgo”
Formato C1 y el “Mapa de Riesgos” Formato C2. Dicha información es reportada al
Comité de Administración de Riesgos y Evaluación de Control Interno, el cual fue
constituido el 18 de enero de 2018, para que, mediante éstos se informe a las unidades
administrativas y al órgano interno de control de las medidas correctivas y preventivas
llevadas a cabo para controlar los riesgos previamente determinados en los formatos referidos.
En reuniones de trabajo con el personal del sujeto fiscalizado, se informó que no es
posible identificar los recursos materiales con los que se operó la actividad institucional en
revisión, debido a que para la actividad sustantiva se utilizaron los recursos de diversas
áreas de la Secretaría.
Se determinó que no existió coordinación entre las áreas sustantivas y administrativas de
la dependencia, debido a que la información proporcionada es contradictoria entre las
áreas respectivas.
Actividades de Control
En la revisión de los registros auxiliares, se identificó la integración de los 56 apoyos
reportados en el Informe de Cuenta Pública, actividad institucional 502 “Acciones de
apoyo para el desarrollo social”, consistentes en 15 apoyos en especie como ventanas y
puertas derivado de una explosión en la Delegación Iztapalapa, 25 kits de plomería,
enseres y utensilios; 1 apoyo por adquisición quirúrgico desechable, 1 por ayudas para
8
transportar a la población a los eventos realizados por la SEDESO, 4 Convenios de
Colaboración con la Cámara Nacional de la Industria Panificadora y Similares de México;
1 apoyo para la contribución al Gobierno de la Ciudad de México a la Comisión de Inclusión
Social Democrática Participativa y de Derechos Humanos de las Ciudades y Gobiernos
Locales Unidos, 1 Sistema Aeropónico de Cultivo Urbano; 1 apoyo relativo a la adquisición de
box lunch; 3 apoyos para gastos funerarios; 2 apoyos económicos para la adquisición
de insumos alimentarios para la preparación y distribución de comidas y 2 convenios con
la Fundación Carlos Slim, éstos dos últimos relacionados con el fenómeno sísmico del
19 de septiembre de 2017.
En cuanto a la entrega de los apoyos, se constató que 55 no contaron con procedimientos
específicos para la entrega a la población, debido a que fueron de carácter excepcional,
por única ocasión. En cuanto al apoyo restante, correspondiente al Sistema Aeropónico
de Cultivo Urbano, la entrega se basó en los requisitos contenidos en los Lineamientos y
Mecanismos de Operación de la Acción Institucional de Beneficio Social “Semilla Urbana”,
publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 27 de diciembre de 2017.
Además, como mecanismo de control, se observó que respecto del apoyo relativo
al convenio de concertación y su convenio modificatorio del 19 de enero de 2018, el
supervisor de obra de la Fundación Carlos Slim elaboró informes, validados por el Director
Responsable de Obra (DRO) designado al sujeto fiscalizado por la Secretaría de
Desarrollo Urbano y Vivienda (SEDUVI), con la finalidad de autorizar dicho informe.
Asimismo, se verificaron registros relativos a las especificaciones técnicas en cuanto a
acciones de demolición, prototipos de vivienda, ubicaciones de viviendas, datos de los
beneficiarios, y estudios requeridos para la construcción y supervisión de las obras por
parte de la Secretaría, con objeto de verificar el cumplimiento del convenio.
A partir del ejercicio de 2018, el órgano interno de control del sujeto fiscalizado, con base
en los lineamientos de Control Interno de la Administración Pública de la Ciudad de México,
programó un calendario de revisiones para verificar la suficiencia y efectividad de los
controles establecidos en las diversas unidades administrativas de la Secretaría, de acuerdo
con la Cédula de Evaluación de Riesgo y Mapa de Riesgo elaborados en enero de 2018.
9
En el análisis del presupuesto ejercido, se detectaron incrementos en las partidas 3171
“Servicios de acceso de internet, redes y procesamiento de información”, 3362 “Servicios
de impresión” y 3821 “Espectáculos culturales”, las cuales estaban sujetas a medidas de
racionalidad y austeridad establecidas en el Decreto de Presupuesto de Egresos para el
ejercicio fiscal de 2017.
Actividades de Control de Información Tecnológica
Se constató la utilización del Sistema Informático de Planeación de Recursos
Gubernamentales (SAP-GRP), el cual está administrado y controlado por la Secretaría de
Finanzas, del que se obtiene información para los formatos “APP-1 Avance Programático
Presupuestal de Actividades Institucionales” y “APP-2 Explicación a las variaciones del
avance Programático Presupuestal de Actividades Institucionales”.
Información y Comunicación
Mediante el reporte “APP-1 Avance Programático Presupuestal de Actividades
Institucionales”, que se formula trimestralmente, se vigila el avance físico-financiero de las
metas establecidas en el ejercicio fiscal, tomando las medidas pertinentes para lograr el
cumplimiento de dichas metas y en consecuencia de sus objetivos.
Se verificó la existencia del Calendario de Metas por Actividad Institucional 2017 (CAMAI);
sin embargo, no cuentan con reportes de avance de metas ni con informe anual de
actividades, toda vez que presentan como éste al Informe de Cuenta Pública.
Además, se constató la existencia de una base de datos en Excel, denominada “Padrón
Final SSPC 400 Viviendas”, la cual contiene información relacionada con las viviendas,
donde se especifican los datos personales del beneficiario, el prototipo de vivienda, la
ubicación, el listado de los estudios requeridos para la construcción, y el estatus de la vivienda.
Seguimiento
En el análisis y revisión de la documentación proporcionada, se constató que durante los
ejercicios de 2016 y 2017 no se practicaron auditorías o revisiones por ningún órgano
fiscalizador interno o externo relativas a la actividad institucional 502 “Acciones de apoyo
para el desarrollo social”.
10
El sujeto fiscalizado llevó a cabo el seguimiento de las acciones realizadas por las
diferentes áreas que colaboraron en el convenio de concertación mediante la elaboración
de un expediente que contiene la concentración de los informes de la fundación, la
acreditación de los derechos sobre los predios donde se construyen las viviendas, los
estudios de mecánica de suelo y los cronogramas de demoliciones.
De acuerdo con el estudio general, revisión y recopilación de la información, se concluye
que en 2017 el sujeto fiscalizado no proporcionó seguridad razonable para la operación
de la actividad institucional 502 “Acciones de apoyo para el desarrollo social”, en virtud de
las siguientes consideraciones:
No se contó con instrumentos y mecanismos de control que fortalecieran el cumplimiento
de objetivos y metas; además, se identificó que existen riesgos en la integración de la
información proporcionada, ya que la Secretaría no identificó las áreas encargadas de
la operación de la actividad institucional en estudio; asimismo, no contó con mecanismos
para identificar y administrar riesgos, pues existen deficiencias en la programación por no
contar con registros auxiliares ni memorias de cálculo; aunado a lo anterior, las acciones
contenidas en el objetivo de la actividad institucional contemplan todas las tareas que
realiza el sujeto fiscalizado en su conjunto, por lo que es posible otorgar cualquier apoyo
en el marco de ésta, lo que genera un factor de riesgo en la duplicidad de registro de las
acciones a nivel actividad institucional.
Respecto a las actividades de control, el sujeto fiscalizado careció de procedimientos
o reglas de operación para realizar la entrega de los apoyos, toda vez que no son
considerados programas sociales; y, en cuanto a la información y comunicación, se
identificó la existencia del CAMAI; sin embargo, no se contó con reportes de avance de
metas ni informe anual de actividades.
En la reunión de confronta celebrada el 5 de marzo de 2019, el sujeto fiscalizado no
proporcionó información adicional en el presente resultado, por lo que éste no se modifica.
11
Recomendación ASCM-161-17-1-SEDESO
Es conveniente que la Secretaría de Desarrollo Social (actualmente Secretaría de Inclusión y
Bienestar Social) establezca mecanismos de control que fortalezcan la coordinación entre
las áreas sustantivas y administrativas a cargo de las actividades institucionales.
Recomendación ASCM-161-17-2-SEDESO
Es conveniente que la Secretaría de Desarrollo Social (actualmente Secretaría de
Inclusión y Bienestar Social) establezca áreas a cargo de las actividades institucionales,
con el fin de identificar los recursos humanos, materiales y las operaciones realizadas con
el presupuesto aprobado.
Recomendación ASCM-161-17-3-SEDESO
Es conveniente que la Secretaría de Desarrollo Social (actualmente Secretaría de
Inclusión y Bienestar Social) implante mecanismos de control que permitan identificar y
administrar los riesgos que se presenten en el cumplimiento de los objetivos y metas de la
actividad institucional en revisión.
Competencia de los Actores
2. Resultado
Competencia del Sujeto Fiscalizado y los Servidores Públicos
Con la finalidad de comprobar la competencia legal de la Secretaría y de los servidores
públicos que operaron la actividad institucional 502 “Acciones de apoyo para el desarrollo
social”, mediante el oficio núm. AE-A/18/402 del 16 de julio de 2018, se solicitó el marco
normativo aplicable a las acciones desarrolladas por el sujeto fiscalizado.
Al respecto, con el oficio núm. SDS/DGA/0641/2018 del 2 de agosto de 2018, la Secretaría
indicó que las acciones correspondientes a la actividad institucional en estudio se sustentaron
en los siguientes ordenamientos jurídicos: Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, Ley
Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, Ley de Desarrollo Social
y Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, vigentes en 2017.
12
El artículo 87 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, en vinculación con los
artículos 2 y 3 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal,
establece que la Administración Pública del Distrito Federal será centralizada,
desconcentrada y paraestatal. En el Reglamento Interior de la Administración Pública del
Distrito Federal, artículo 7, fracción VI, numeral 1, se indica que el despacho de los
asuntos que competan a las dependencias de la Administración Pública le corresponderá,
entre otras, a la Secretaría de Desarrollo Social (actualmente SIBISO), por medio de la
unidad administrativa Subsecretaría de Participación Ciudadana.
En la revisión y análisis de la Cuenta Pública de 2017, se constató que la Secretaría tiene
como propósito otorgar apoyos a los habitantes de la Ciudad de México y como fin
contribuir a mejorar la calidad de vida de sus habitantes, lo cual es coincidente con el
objetivo de apoyar a la sociedad en el desarrollo y aplicación de políticas públicas en materia
social, económico, igualdad, legalidad, así como políticas de protección y atención a
grupos vulnerables y de género; proporcionar atención integral a víctimas de violencia,
salud, reinserción social, migrantes, convivencia ciudadana y gestión comunitaria, entre otros,
garantizando el mejoramiento de la vida de todas las personas a mediano y largo plazo.
El artículo 16, fracción IV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal
establece las atribuciones generales de las secretarías, entre las que se encuentra la
facultad de sus titulares de suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus
atribuciones, así como celebrar, otorgar y suscribir convenios y demás actos jurídicos de
carácter administrativos o de cualquier otra índole dentro del ámbito de su competencia,
necesarios para el ejercicio de sus funciones.
El artículo 28, fracciones I, VIII y IX, de la ley referida señala que a la Secretaría de
Desarrollo Social (actualmente SIBISO) le corresponde el despacho de las materias
relativas a: desarrollo social, alimentación, promoción de la equidad, recreación, información
social y servicios sociales comunitarios:
”Específicamente cuenta con las atribuciones siguientes:
”I. Formular, fomentar y ejecutar políticas y programas generales para el desarrollo social
con la participación ciudadana, que coadyuven al mejoramiento de las condiciones
13
de vida de la población, así como establecer los lineamientos generales y coordinar los
programas específicos que en esta materia desarrollen las delegaciones; […]
”VIII. Establecer, fomentar, coordinar y ejecutar políticas y programas en materia de asistencia
social en el Distrito Federal; y
”IX. Formular, fomentar, coordinar y ejecutar políticas y programas de prevención y
atención a grupos sociales de alta vulnerabilidad como son: niños y niñas de la calle,
víctimas de violencia familiar, población con adicciones, personas que viven con el virus
de la inmunodeficiencia humana, trabajadoras y trabajadores sexuales e indigentes…”
Con base en lo anterior, se concluye que la Secretaría contó con la competencia legal para
desarrollar la actividad institucional en revisión, en cuanto a realizar acciones de apoyo
para el desarrollo social, con fundamento en los artículos 87 del Estatuto de Gobierno del
Distrito Federal; 2; 3, fracción VIII; 15, fracción VI; 16, fracción IV; y 28, fracciones I, VIII y
IX de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; y 7, fracción VI,
del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, los cuales
amparan el propósito y fin del sujeto fiscalizado.
Con la finalidad de comprobar que los servidores públicos que operaron la actividad
institucional en revisión hubiesen contado con perfiles de puesto y la capacitación
requerida para el desarrollo de sus funciones, se llevó acabo el estudio general de la
normatividad aplicable.
En el análisis y revisión de los dictámenes técnicos núms. D-SEDESO-1/0110116, autorizado
mediante el oficio OM/0067/2016; y D-OM-10/160316 de la Oficialía Mayor, autorizado con el
diverso núm. OM/0155/2016, se constató que las áreas encargadas de operar la actividad
institucional en revisión son la Dirección General de Administración y la Subsecretaría de
Participación Ciudadana, las cuales se integran por 586 servidores públicos, 24 corresponden
al personal de estructura, 555 técnicos operativos y 7 de honorarios, de los que se
revisaron 176 expedientes, de acuerdo con las siguientes consideraciones:
14
Para la plantilla del personal, perfiles de puesto y procedimiento para la contratación del
personal de estructura, se revisó lo establecido en la Normatividad en materia de Administración
de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de
Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración
Pública del Distrito Federal (Circular Uno), publicada en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal del 18 de septiembre de 2015, que establece en su numeral 1.3.8 los requisitos
que debe cumplir el aspirante a ocupar una plaza en alguna de las dependencias,
órganos desconcentrados y entidades para formalizar la relación laboral.
En la revisión de los 176 expedientes, se detectaron deficiencias de control en su
integración; las faltas más recurrentes fueron la de la constancia de no inhabilitación
expedida por la Secretaría de la Función Pública, con 100 faltantes (56.8%); y, del comprobante
de domicilio con 7 (4.0%), por lo que se incumplió lo establecido en el numeral 1.3.8,
fracciones IX y XVI, de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para
las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico
Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito
Federal (Circular Uno).
Respecto de los perfiles de puesto, se verificó que estuvieran adecuados para el
desarrollo de sus actividades y que las facultades establecidas en la normatividad
aplicable fueran congruentes con las funciones señaladas en el manual administrativo del
ente fiscalizado; asimismo, se analizó que estuvieran vinculadas las funciones con los
objetivos como se establece en el anexo B, Formato de perfiles de puesto para la
Administración Pública de la Ciudad de México, numeral 3 Objetivos y Funciones
Vinculadas con los Objetivos (Objetivos Específicos, de los Lineamientos de Operación de
la Evaluación Preventiva Integral como Mecanismo de Control de Ingreso al Servicio
Público de la Administración Pública de la Ciudad de México.
“3. Objetivos y Funciones Vinculadas con los Objetivos (Objetivos Específicos). Es importante
establecer máximo cinco objetivos prioritarios para el puesto, considerando que deben
ser: estratégicos, específicos, medibles y alcanzables. Las Funciones Vinculadas con los
Objetivos. Son el conjunto de actividades y tareas sustantivas realizadas
sistemáticamente en el puesto para alcanzar la misión y los objetivos planteados.”
15
El artículo 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal
establece las facultades específicas de la dependencia, en las cuales se relacionan con
los objetivos y funciones señaladas en el Manual Administrativo de Organización y los
perfiles de puesto. Con el fin de comprobar que los servidores públicos seleccionados hubiesen
cumplido los requisitos señalados en los perfiles de puesto, se revisaron 12 expedientes;
en la inspección, se obtuvieron los resultados siguientes:
Requisitos
Diagnóstico de la revisión Total (%)
(2) + (4) (5)
Evidencia
(1)
Porcentaje
(2)
Sin evidencia
(3)
Porcentaje
(4)
Escolaridad 12 100.0 0 0.0 100.0
Título y cédula 11 91.6 1 8.4 100.0
Experiencia 12 100.0 0 0.0 100.0
Conocimientos 12 100.0 0 0.0 100.0
En el análisis de los perfiles de puesto, se advirtió que a los 12 servidores públicos
revisados se les requirió escolaridad específica de acuerdo con sus funciones, de los
cuales únicamente a 2 les era obligatorio la licenciatura concluida con título o cédula
profesional; se comprobó que los 12 cumplieron la escolaridad requerida, no obstante,
uno de los subdirectores, a los que se le requería estar titulado, no contaba con título o
cédula profesional; en la revisión del currículum vítae, se constató que todos tenían la
experiencia laboral y conocimientos establecidos en los perfiles; sin embargo, lo requerido
en estos últimos se establece de manera general, sin solicitar de manera específica algún
conocimiento o experiencia enfocado a los objetivos y funciones del puesto como se
establece en los Lineamientos de Operación de la Evaluación Preventiva Integral como
Mecanismo de Control de Ingreso al Servicio Público de la Administración Pública de la
Ciudad de México. De igual forma, se constató que de los 12 expedientes revisados 3
fueron contratados en 2017, por lo que se verificó que se hubieran realizado las evaluaciones
a las que hace referencia el numeral 1.3.11 de la Normatividad en materia de
Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades
Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la
Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno); y se obtuvo como resultado que
los 3 aprobaron con “si perfil con restricciones”, por lo que, de acuerdo con los numerales
Décimo y Décimo Primero de los Lineamientos de Operación de la Evaluación Preventiva
16
Integral como Mecanismos de Control de Ingreso al Servicio Público de la Administración
Pública de la Ciudad de México, la Contraloría General de la Ciudad de México realizó
recomendaciones orientadas a mejorar el desempeño laboral y prevenir la comisión de
conductas y actitudes contrarias al servicio público, así como el seguimiento de las áreas
señaladas en el resultado en un término de 6 meses. Dicho seguimiento, no se llevó
acabo, toda vez que los servidores públicos causaron baja antes del tiempo establecido.
Por lo anterior, se comprobó que los expedientes contaron con evidencia que acreditó el
cumplimiento del 100.0% de la escolaridad requerida, experiencia laboral y conocimientos; en
cuanto al título o cédula profesional, uno de los dos subdirectores no contó con evidencia
que lo acreditara; y, respecto al personal de nuevo ingreso en 2017, se efectuaron las
evaluaciones de la Coordinación General de Evaluación y Desarrollo Profesional de la
Contraloría General del Distrito Federal actualmente Secretaría de la Contraloría General, de
acuerdo con lo establecido en el punto 1.3.11 de la Normatividad en materia de Administración
de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de
Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración
Pública del Distrito Federal (Circular Uno).
Respecto a los prestadores de servicios profesionales contratados con cargo a la partida
presupuestal 1211 “Honorarios Asimilables a Salarios”, se revisaron los siete expedientes
del personal que participó en la actividad institucional 502 “Acciones de apoyo para el
desarrollo social”. Se revisó el objeto del contrato y se verificó si los listados mensuales de
actividades correspondieron con el plan de trabajo mencionado en el contrato. Al respecto, se
constató que el 100.0% de los contratados tuvieron un contrato mensual, con un objeto
definido y relativo a las acciones de la Dirección General de Administración.
Con base en lo anterior, se concluye que la Secretaría dispuso de 24 servidores públicos
de estructura, 555 técnicos operativos y 7 prestadores de servicios profesionales para
llevar a cabo las acciones de apoyo para el desarrollo social y control de la actividad
institucional en revisión; y se comprobó que las facultades del personal de estructura se
encuentran vinculadas con el objetivo, el fin y propósito de la actividad institucional
en estudio.
17
En la revisión de los expedientes, se verificó que el 100.0% de los expedientes del
personal de estructura analizados contó con la escolaridad, experiencia laboral y
conocimientos establecidos en el perfil de puestos, respecto del título o cédula
profesional, uno no contó con la evidencia respectiva. En cuanto al personal de
honorarios, el 100.0% de los expedientes revisados contó con un contrato en el que su
objeto y las actividades realizadas en cada mes se encontraban enfocadas a los objetivos
y metas de la actividad institucional 502 “Acciones de apoyo para el desarrollo social”, por
lo que se acreditó la competencia profesional de los servidores públicos.
En cuanto a la capacitación otorgada a los servidores públicos que intervinieron en la
actividad institucional en estudio, se revisó lo estipulado en la Normatividad en materia
de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades
Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de
la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno) vigente en 2017 apartado 2
“Capacitación, Desarrollo del Personal, Servicio Social y Prácticas Profesionales”,
numeral 2.1.1, que señala:
“El SC es el conjunto de acciones cuyo objetivo es dar cumplimiento con la obligación
laboral de la APDF, en su carácter de patrón, de implementar los eventos de capacitación y
profesionalización necesarios que coadyuven al fortalecimiento de la efectividad de la
gestión pública, que permita a las y los trabajadores de cada ente público que a esta
Circular Uno le aplica, elevar su nivel de productividad en el trabajo y de superación
personal, permitiendo en consecuencia proporcionar durante su jornada laboral, una
mejor atención a los habitantes de la Ciudad de México.
”2.1.6 El SC establece para la programación de eventos de capacitación basados en
competencias laborales:
”I.- Dos Modalidades:
”a) Genérica: los temas que la integran, están enmarcados dentro de los ocho
enfoques transversales del PGDDF. Estos habrán de considerarse al diseñar,
decidir, ejecutar y evaluar las políticas públicas impulsadas por el gobierno de la
Ciudad, a través de cada ente público que esta Circular Uno le aplica.
18
”b) Específica: sus temáticas se estructuran en base a la consecución de los
Programas Sectoriales, Institucionales, Especiales y Parciales, derivados del
PGDDF, o bien en específico en torno a las atribuciones de cada ente público que
esta Circular Uno le aplica.
”II.- Dos Vertientes:
”a) Directiva: Capacitación orientada a fortalecer las acciones de formación y desarrollo
de competencias directivas, gerenciales y técnicas, que logren el desarrollo y
fortalecimiento de aptitudes entre las servidoras y los servidores públicos de
estructura, que les permita diseñar, implementar, desarrollar y evaluar programas
y políticas públicas que hagan más eficiente y eficaz la atención de los problemas
de la población.
”b) Técnica operativa: capacitación orientada al fortalecimiento de las aptitudes, a
través de la adquisición de conocimientos, desarrollo de habilidades y cambio de
actitudes, que permitan una mejor prestación de los servicios públicos, por parte
de las trabajadoras y trabajadores técnicos operativos.”
Para ello, mediante el oficio núm. AE-A/18/402 del 16 de julio de 2018, se solicitó el
Diagnóstico de Necesidades, Programa Anual de Capacitación, el listado de los cursos,
las listas de asistencia o registro y las constancias de acreditación que se generaron
durante el ejercicio de 2017. Al respecto, mediante el oficio núm. SDS/DGA/0641/2018 del
2 de agosto de 2018, el sujeto fiscalizado remitió la información requerida.
En el estudio general de la información proporcionada, se constató que la Secretaría
contó con un diagnóstico de necesidades en el que las diferentes áreas que la conforman
envían las sugerencias de las temáticas, estableciendo cuáles serían las áreas de
oportunidad para su personal, se advierte que dichas temáticas contribuyen a la
productividad en el trabajo, así como a mejorar la atención que se otorga a los habitantes
de la Ciudad de México.
19
De acuerdo con el Programa Anual de Capacitación 2017, fueron programados 68 cursos,
6 de la vertiente técnico operativo, modalidad genérica sin costo, los cuales se llevaron a
cabo en su totalidad; 10 de la vertiente técnico operativo, modalidad específica con costo,
y se realizaron todos; 4 de la vertiente directiva, se llevaron a cabo todos; 48 de capacitación
por vinculación institucional, de los que no se realizó ninguno. En el análisis se advierte
que los cursos programados e impartidos se enfocaron al cumplimiento de las acciones
del desarrollo social, así como a sensibilizar a los servidores públicos para otorgar un trato
digno a los ciudadanos; y los dirigidos al personal directivo fortalecieron el liderazgo y las
habilidades gerenciales, entre otros. No obstante, se identificaron deficiencias de control,
toda vez que de los 68 cursos programados únicamente se llevaron a cabo 20.
En suma, del estudio general y análisis a la información, se concluye que el sujeto
fiscalizado contó con un Diagnóstico de Necesidades y un Programa Anual de
Capacitación, en el que se programaron 68 cursos; se detectaron deficiencias de control,
toda vez que únicamente se llevaron a cabo 20 cursos, y no se realizaron los cursos de
vinculación institucional. Asimismo, se comprobó que se contó con la evidencia
documental de los cursos impartidos durante el ejercicio de 2017.
En la reunión de confronta celebrada el 5 de marzo de 2019, el sujeto fiscalizado no
proporcionó información adicional en el presente resultado, por lo que éste no se modifica.
Recomendación ASCM-161-17-4-SEDESO
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Social (actualmente Secretaría de Inclusión
y Bienestar Social) implante mecanismos de control para la adecuada integración de los
expedientes del personal, conforme a lo establecido en la Normatividad en materia
de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,
Unidades Administrativas de apoyo Técnico-Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades
de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno).
20
Recomendación ASCM-161-17-5-SEDESO
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Social (actualmente Secretaría de Inclusión
y Bienestar Social) adecue los perfiles de puesto con base en los conocimientos y
experiencia que requieran las funciones del puesto, de acuerdo a la normatividad aplicable.
Recomendación ASCM-161-17-6-SEDESO
Es conveniente que la Secretaría de Desarrollo Social (actualmente Secretaría de Inclusión
y Bienestar Social) implante mecanismos de supervisión a fin de cerciorarse de que se
cumplan los requisitos establecidos en los perfiles de puesto.
Recomendación ASCM-161-17-7-SEDESO
Es conveniente que la Secretaría de Desarrollo Social (actualmente Secretaría de Inclusión
y Bienestar Social) establezca mecanismos de supervisión que verifiquen el cumplimiento
del Programa Anual de Capacitación de acuerdo con las necesidades reales del personal.
Eficacia
3. Resultado
Cumplimiento de las Metas y Objetivos
El artículo 24 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México
establece que la programación y presupuestación comprende, entre otras, las actividades
que deberán realizar las dependencias, órganos desconcentrados, Delegaciones y entidades
para el cumplimiento de los objetivos, políticas, estrategias, prioridades, metas y resultados.
Asimismo, el artículo 25 del mismo ordenamiento dispone que la programación y
presupuestación se realizará con apoyo en los Anteproyectos de Presupuesto para cada
ejercicio fiscal. Además, el artículo 125 de esa misma ley determina que será responsabilidad
de los titulares de las dependencias, órganos desconcentrados, Delegaciones y entidades,
así como de los servidores públicos encargados de su administración, la recepción,
guarda, custodia y conservación de los documentos justificantes y comprobatorios del gasto,
así como de los registros auxiliares e información relativa.
21
En el apartado a.2.1) “Marco de Política Pública Apartado General”, inciso E “Demanda
Ciudadana” del Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación del
Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2017 se establece que la meta física es el
objetivo por alcanzar, en términos de la unidad de medida (UM) de la actividad institucional
(AI); además, se define a la Demanda Física Identificada como la cuantificación numérica,
en términos de la UM, de los requerimientos necesarios para atender, de manera plena,
las necesidades globales de la ciudad, y que deberán enunciar las fuentes, métodos y
herramientas empleadas en la determinación de los valores expresados.
En la revisión de su Informe de Cuenta Pública, se constató que el sujeto fiscalizado
programó otorgar 50 apoyos, por lo que le solicitaron su Anteproyecto de Presupuesto de
Egresos 2017, así como los papeles de trabajo y memorias de cálculo con la información
cuantitativa y cualitativa correspondiente al diagnóstico, fin, propósito, población objetivo,
determinación de la unidad de medida y determinación de la meta física por alcanzar, así
como la estimación del recurso financiero requerido para tal efecto, por lo que el sujeto
fiscalizado proporcionó documentación relacionada con los Anteproyectos de Presupuesto
de Egresos de la Dirección General de Igualdad y Diversidad Social, de la Dirección General
del Instituto para la Atención de los Adultos Mayores, de la Subsecretaría de Participación
Ciudadana, y de la Dirección General del Instituto de Asistencia e Integración Social.
En la documentación presentada se incluyó la solicitud de la Dirección General de
Administración para que le fueran enviados los Marcos de Política Pública General,
de Igualdad Sustantiva, de Derechos Humanos y del Programa Presupuestario, así como
el Analítico de Claves y las estrategias del Programa de Derechos Humanos de la Ciudad
de México a ejecutarse en 2017, los cuales se adjuntaron por cada una de las direcciones;
sin embargo, no se detectó documentación relacionada con la actividad institucional en
revisión, ni papeles de trabajo para la determinación de la unidad de medida y de la meta
física por alcanzar, por lo que se incumplieron los artículos 25 y 125 de la Ley de
Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México.
Respecto de los resultados, en el Informe de Cuenta Pública, la meta física fue modificada
a 52 apoyos, para registrar un avance al cierre del ejercicio de 56 apoyos, lo que
representó un cumplimiento del 112.0% de la meta física prevista.
22
Por lo anterior, se solicitó a la dependencia explicar el incremento en la meta física. Dicho
aumento corresponde a dos apoyos, derivado de la autorización presupuestal para
adicionar recursos y de esta manera llevar a cabo la entrega de un “Sistema Aeropónico
de Cultivo Urbano”, además de un convenio de concertación con la Fundación Carlos
Slim, A.C.; asimismo, se adicionó un apoyo relacionado con la adquisición de alimentos
para ser otorgados a personas que participaron en los rescates del sismo del 19 de septiembre
de 2016, y tres apoyos más para gastos funerarios.
De esta manera, la meta alcanzada de 56 apoyos se conformó de la siguiente manera:
Apoyo Número Descripción
Apoyos de asistencia social 15 Apoyos en especie como ventanas y puertas derivado de una explosión en la Delegación Iztapalapa.
Apoyos en especie 25 Entrega de kits de plomería, enseres y utensilios.
Apoyo de material quirúrgico 1 Adquisición de material quirúrgico desechable.
Apoyo de transporte 1 Ayudas para transportar a la población a los eventos realizados por la SEDESO en el zócalo de la Ciudad de México.
Convenio de colaboración con la Cámara Nacional de la Industria Panificadora y Similares de México
4 Se realizó para la elaboración del pastel para el evento Bodas Colectivas 2017, la Mega Rosca de Reyes y manufactura de Pan de Muerto.
Contribución a la CISDPDH 1 Contribución del Gobierno de la Ciudad de México a la Comisión de Inclusión Social Democrática Participativa y Derechos Humanos de las Ciudades y Gobiernos Locales Unidos, correspondiente al ejercicio de 2017.
Sistema Aeropónico de Cultivo Urbano 1 Entrega de un Sistema Aeropónico de Cultivo Urbano con el fin de disminuir la desigualdad social en sus diversas formas.
Apoyo para gastos funerarios 3 Apoyo para gastos funerarios a los familiares de personas fallecidas en el sismo ocurrido el 19 de septiembre de 2017.
Box lunch 1 Adquisición de box lunch para ser entregados a las personas que sufrieron daños durante el sismo del 19 de septiembre de 2017 y que se encontraban en mayor grado de vulnerabilidad social.
Apoyo de insumos alimentarios 2 Apoyos económicos para la adquisición de insumos alimentarios para la preparación y distribución de comidas para ser otorgadas a personas que participaron en los rescates del sismo del 19 de septiembre de 2016 y para las personas que se encontraban en el refugio para mujeres que viven en violencia familiar.
Convenio de Colaboración con la Fundación Carlos Slim, A.C.
2 Convenio realizado con la finalidad de reconstruir las viviendas afectadas con motivo del fenómeno sísmico ocurrido el pasado 19 de septiembre de 2017 en la Ciudad de México, con el que se reconstruirán al menos 400 viviendas.
Total 56
En relación con los apoyos de asistencia social, éstos consistieron en la entrega de
12 ventanas y 3 puertas, derivado de una explosión en la Delegación Iztapalapa el
23 de enero de 2017, en la que resultaron dañadas las casas aledañas; al respecto, se
proporcionó copia de la CLC núm. 100482, que contenía la documentación comprobatoria
para el suministro de las puertas y ventanas así como de su instalación.
23
Respecto de los apoyos en especie, se detectó la adquisición de 25 kits de plomería en el
marco del Día Internacional de la Mujer, específicamente en el evento “Autonomía y
Empoderamiento de las Mujeres”, con la finalidad de que las beneficiarias participaran en
el Programa de Instalaciones Hidrosanitarias por parte de la empresa Helvex, S.A. de C.V. Se
solicitó al ente proporcionar la documentación comprobatoria del otorgamiento de los
bienes a la población; se presentaron las CLC, acompañadas de los oficios de solicitud y
facturas correspondientes, y se obtuvo la información de las 22 participantes de dicho
curso, de las cuales 4 no presentaron evaluación, 6 resultaron acreditadas, 8 no acreditas,
2 se encontraban pendientes de evaluación y 2 fueron bajas; y 3 kits quedaron bajo el
resguardo de la dependencia.
En cuanto a los apoyos de material quirúrgico desechable, estos bienes fueron adquiridos
con la finalidad de tomar medidas de precaución e higiene para evitar contagios entre la
población con carencias y el personal que los atiende; de acuerdo con la CLC núm. 102956, se
adquirieron 17,848 cofias, y el mismo número de cubrebocas sencillos desechables y de
pares de guantes de látex.
Respecto del apoyo de transporte, se verificó que éste se realizó con el contrato abierto
de prestación de servicios núm. 081/SEDESO/2016 del 12 de agosto de 2016, que tuvo
por objeto el servicio de arrendamiento de autobuses, este apoyo se otorgó en 2017 como
pago de adeudos de ejercicios fiscales anteriores, toda vez que la factura del proveedor
fue emitida con fecha del 31 de enero de 2017. Por lo anterior, se solicitó la documentación
comprobatoria de la entrega de estos bienes. Se proporcionó copia de la CLC
núm. 101534, con la que se pagó la contratación de 14 servicios de transporte.
Respecto de los convenios de colaboración con la Cámara Nacional de la Industria
Panificadora y Similares de México, se contabilizaron cuatro apoyos, uno corresponde
a la elaboración de una Mega Rosca de Reyes, de acuerdo con el convenio
núm. CC/001/SEDESO/2017 del 4 de enero de 2017, y se otorgó uno adicional como
apoyo económico para la adquisición de insumos para repartir la rosca de reyes a la
población, tales como vasos desechables, bolsas de basura, café, cuchillos, etc. Otro apoyo
se refiere a la elaboración de un pastel para 5,000 personas para las Bodas Colectivas
2017, correspondiente al convenio núm. CC/002/SEDESO/2017 del 22 de marzo de 2017.
24
Finalmente, un apoyo más corresponde a la manufactura de 55,000 piezas de pan
de muerto y la impartición del taller “Niño Panadero”, de acuerdo con el convenio
núm. CC/003/SEDESO/2017 del 31 de octubre de 2017.
Mediante dichos convenios, el sujeto fiscalizado se comprometió a realizar una aportación
económica para los eventos mencionados, y la Cámara Nacional de la Industria Panificadora y
Similares de México a proporcionar la mano de obra para la elaboración, presentación
y distribución entre la población, además de proporcionar los insumos necesarios para
hacer los productos. Estos eventos se realizaron con la finalidad de establecer lazos entre
la población, mitigar la desigualdad y eliminar los mecanismos de exclusión social. Con la
finalidad de verificar el cumplimiento de dichos convenios, se solicitó a la Secretaría
proporcionar la evidencia de la entrega de dichos bienes a la población. Al respecto, se
revisaron los convenios de colaboración y se obtuvo una memoria fotográfica de cada uno
de los eventos, con lo que se comprobó la entrega de los diferentes productos a la
población asistente en el lugar convenido.
Además, se detectó un apoyo consistente en la contribución del Gobierno de la Ciudad de
México a la Comisión de Inclusión Social Democrática Participativa y Derechos Humanos
de las Ciudades y Gobiernos Locales Unidos, que reúne autoridades locales comprometidas
con el avance de los derechos humanos y el derecho a la ciudad en las ciudades y
territorios del mundo,1 correspondiente al ejercicio de 2017, por un monto de 10,000.0 euros,
de acuerdo con las disposiciones del convenio “Marco de Cooperación en Materia
Educativa, Cultural y Científica entre el Gobierno de la Ciudad de México de los Estados
Unidos Mexicanos y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la
Ciencia y la Cultura” firmado en la Ciudad de México el 30 de junio de 2014. Al respecto,
se proporcionó la CLC núm. 102547, con la que ese efectuó el pago a dicha Comisión, así
como la documentación comprobatoria y justificativa de pago, la factura y los oficios de
instrucción para el pago, respectivamente.
1 https://www.uclg-cisdp.org/es/comision/mision - La Comisión está formada por más de cien gobiernos locales y regionales
de todo el mundo, colaborando activamente con entidades de la sociedad civil, investigadoras y redes de gobiernos locales.
25
En cuanto a los Sistemas Aeropónicos de Cultivo Urbano, considerados como un apoyo,
consistente en la entrega de torres de cultivo para hortalizas con un contenedor de 68 litros,
1 estructura metálica vertical, 10 módulos horizontales, cada uno con 7 espacios para
cultivar, y kit de nutrientes y semillas, se constató fueron adquiridos mediante el contrato
núm. 142/SEDESO/2017 del 27 de noviembre de 2017, en el marco de la Acción
Institucional de Beneficio Social “Semilla Urbana”, cuyos lineamientos y mecanismos de
operación fueron dados a conocer en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México del
27 de diciembre de 2017, en donde se establece otorgar al menos 360 sistemas, además
de dictar los requisitos y procedimientos de acceso con el objetivo de “apoyar la economía
familiar mediante el cultivo de hortalizas en casa para consumir alimentos de calidad, con
alto nivel nutritivo, económicos y benéficos para la salud de los habitantes de la Ciudad de
México”. Derivado de lo anterior, se solicitó al sujeto fiscalizado proporcionar los comprobantes
de resguardo de las torres para 70 casos; al respecto, se recibieron dichos
comprobantes así como listas de recepción por parte de la población, y se constató que
las torres fueron entregadas por las Unidades de Atención y Prevención a la Violencia
Familiar de las distintas demarcaciones territoriales, y se verificó la memoria fotográfica de
las hortalizas que fueron entregadas.
Aunado a lo anterior, derivado del fenómeno sísmico del 19 de septiembre de 2017, se
efectuó la entrega de tres apoyos para gastos funerarios, los cuales fueron otorgados
como ayuda a los familiares de personas fallecidas durante dicho evento. Debido a la
naturaleza urgente de estos apoyos, no se contó con un padrón de beneficiarios ni reglas
de operación, ya que éstos fueron solicitados directamente por la población al entonces
titular de la Secretaría de Desarrollo Social durante una visita a la zona afectada en las
inmediaciones del “multifamiliar Tlalpan”. Por su origen, se solicitó al sujeto fiscalizado la
documentación comprobatoria de la entrega a los afectados, ante lo cual se recibió el oficio
núm. SDS/000895/2017 del 25 de octubre de 2017, con el que se informó a la Dirección
General de Administración la autorización del pago por concepto de gastos funerarios con
la lista de los tres beneficiarios; asimismo, se proporcionaron los recibos de pago firmados,
y se anexó copia de identificación oficial. Éstos apoyos no fueron homogéneos en monto,
ya que cada uno correspondió a las facturas presentadas por el beneficiario, además,
dicho documento contiene sólo el nombre del finado, por lo que, ante la ausencia de un
acta de defunción y con la finalidad de verificar la identidad de las personas fallecidas ,
26
se realizó una búsqueda en el sitio http://memorial19s.mx/,2 el cual reúne el nombre de las
personas fallecidas durante el sismo y el lugar donde sucedió. Se localizaron los nombres
de las personas fallecidas y se constató que correspondieron al derrumbe del “multifamiliar
de Tlalpan”, por lo que se comprobó el otorgamiento de los apoyos otorgados por gastos
funerarios.
Se revisó la compra de 2,683 box lunch, compuestos de alimentos como sándwich,
bebida, galleta y servilleta, empacados para su consumo en un contenedor plástico, que
se efectuó mediante el contrato núm. 207/SEDESO/2017 del 30 de noviembre de 2017,
para ser repartidos por las brigadas de atención a los habitantes que sufrieron daños por
el sismo del 19 de septiembre de 2017 y que se encontraban con mayor grado de
vulnerabilidad social; al respecto, se revisó la CLC núm. 103324 con la documentación
comprobatoria, en la que se constató la adquisición de dichos bienes.
Aunado a lo anterior, se otorgaron dos apoyos económicos para la adquisición de
insumos alimentarios para la preparación y distribución de comidas, tanto para las
personas que se encontraban en el “Refugio para Mujeres que Viven en Violencia
Familiar”, así como para ser otorgadas a personas que participaron en los rescates del
sismo del 19 de septiembre de 2017. De acuerdo con las CLC núms. 103059 y 103061,
se compraron diversos tipos de proteína, tales como res, pescado, cerdo, huevo y pollo,
así como lácteos, abarrotes, frutas y verduras diversas.
Finalmente, se otorgaron dos apoyos adicionales relacionados con el convenio de
concertación para la ejecución de la aplicación de recursos para construcción de vivienda,
que celebraron por una parte el Gobierno de la Ciudad de México, por conducto de la
Secretaría de Desarrollo Social (actualmente SIBISO), y la Fundación Carlos Slim, A.C.,
y su convenio modificatorio, con objeto de permitir la coordinación de acciones para la
construcción de viviendas en las demarcaciones territoriales de Tláhuac y Xochimilco que
resultaron con pérdida total de sus viviendas o dictaminadas como inhabitables a
consecuencia del fenómeno sísmico del 19 de septiembre de 2017. En dicho convenio,
la Secretaría y la fundación aportaron cada uno 50,000.0 miles de pesos, para obtener un
2 Sitio elaborado por la organización sin fines de lucro El Quinto Elemento, Laboratorio de Investigación e Innovación
Periodística, A.C., con el objetivo de empatizar con el dolor de quienes perdieron a gente querida durante el sismo del 19 de septiembre de 2017 y, además, honrar su recuerdo.
27
total de 100,000.0 miles de pesos, con los cuales se construirían 400 casas en las
demarcaciones territoriales mencionadas (348 en Xochimilco y 52 en Tláhuac).
Conforme al contrato y su convenio modificatorio, el sujeto fiscalizado proporcionaría el
listado de las viviendas por construir, incluyendo la información necesaria para ello,
mientras que la fundación presentaría los prototipos de vivienda, los cuales integrarían el
anexo técnico; asimismo, se estableció que, para la supervisión, la Secretaría proporcionaría
un DRO designado por la SEDUVI, realizaría las gestiones necesarias ante la Consejería
Jurídica y de Servicios Legales (CEJUR) respecto a la acreditación de derecho sobre los
predios donde se construirían las viviendas, y realizaría las gestiones necesarias ante la
Agencia de Gestión Urbana (AGU) para entregar accesos y espacios en condiciones
óptimas para la construcción de las viviendas, lo que denota un trabajo conjunto de
diversas dependencias que conforman la Administración Pública de la Ciudad de México.
Por lo anterior, se solicitó a la dependencia que proporcionara la información
correspondiente al anexo técnico, cuya respuesta incluyó una base de datos en Excel
denominada “Padrón Final SSPC 400 Viviendas”, la cual contiene información relacionada
con las viviendas y en donde se especifican los datos personales del beneficiario, el prototipo
de vivienda, la ubicación, el listado de los estudios requeridos para la construcción y el
estatus de la vivienda, con este último dato se constató que al mes de noviembre de 2018
se habían entregado 52 casas a los afectados, todas en el Pueblo San Gregorio Atlapulco
de la Alcaldía Xochimilco.
Con la información proporcionada el 30 de noviembre de 2018, el equipo auditor realizó
una visita de inspección a la zona afectada y se observó el avance de las obras en
distintos predios, terrenos donde se anunciaba que sería construida una vivienda, otros
donde la obra ya había comenzado, y otros donde la casa se encontraba ya concluida y
habitada. En los casos donde la vivienda se encontraba finalizada pero sin ocupantes, el
personal auditor verificó que los espacios correspondieron con los planos de los prototipos
de las casas, y se detectó que, en casos específicos donde el terreno no podía albergar
alguna de las casas de los prototipos, se realizaron diseños especiales adaptándose a las
condiciones del terreno; también, se detectó que, al entregar las viviendas, éstas
contaban con un refrigerador y una estufa con horno.
28
En cuanto al cumplimiento del objetivo, en el Informe de Cuenta Pública de 2017 del
sujeto fiscalizado, respecto a la actividad institucional 502, se señaló como objetivo el
“Apoyo a la sociedad en su conjunto en el desarrollo y aplicación de políticas públicas en
materia social, económico, igualdad, legalidad, así como políticas de protección y atención
a grupos vulnerables y de género; brindar atención integral a víctimas de violencia, salud,
reinserción social, migrantes, convivencia ciudadana y gestión comunitaria, entre otros,
garantizando el mejoramiento de la vida de todas las personas a mediano y largo plazo”.
Lo anterior, permite que las acciones contenidas en el objetivo de la actividad institucional
contemplen todas las tareas que realiza la dependencia en su conjunto, por lo que es
posible otorgar cualquier apoyo en el marco de ésta, lo que representa un factor de riesgo
en cuanto a la duplicidad en el registro de las acciones a nivel actividad institucional.
En suma, se concluye que el sujeto fiscalizado cumplió con lo establecido en la Ley de
Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México, vigente en 2017; sin embargo, no
contó con métodos y herramientas para la programación de la meta física como lo señala
el Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto de
Presupuesto de Egresos 2017. Asimismo, en el marco de la actividad institucional 502
“Acciones de apoyo para el desarrollo social”, otorgó los 56 apoyos reportados como meta
en su Informe de Cuenta Pública, por lo que cumplió la meta en un 112.0% en relación
con lo programado (50 apoyos), además de lograr el cumplimiento de su objetivo; no
obstante, se detectó que el objetivo contempla cualquier tipo de apoyo social, lo que
representó un riesgo de duplicar registros de las acciones dentro de las actividades
institucionales.
En la reunión de confronta celebrada el 5 de marzo de 2019, el sujeto fiscalizado no
proporcionó información adicional en el presente resultado, por lo que éste no se modifica.
Recomendación ASCM-161-17-8-SEDESO
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Social (actualmente Secretaría de Inclusión
y Bienestar Social) establezca mecanismos de control con el fin de asegurar que en la
programación de las metas físicas se cuente con los métodos y herramientas empleados
para su determinación, de conformidad con la normatividad aplicable.
29
Recomendación ASCM-161-17-9-SEDESO
Es conveniente que la Secretaría de Desarrollo Social (actualmente Secretaría de
Inclusión y Bienestar Social) adecue el objetivo de la actividad institucional 502 “Acciones
para el desarrollo social” de acuerdo con la definición de “Acción para el Desarrollo Social”.
4. Resultado
Fiscalización de los Indicadores Estratégicos y de Gestión
El artículo 54 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, publicada en el Diario
Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2008, señala que las entidades federativas,
los municipios y el Distrito Federal “deberán utilizar indicadores que permitan determinar
el cumplimiento de las metas y objetivos de cada uno de los programas, así como vincular
los mismos con la planeación del desarrollo”.
Por su parte, el artículo 121, fracción VI, de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información
Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, publicada en la Gaceta Oficial de
la Ciudad de México el 6 de mayo de 2016, establece que los sujetos obligados deberán
mantener impresa para consulta, difundir y mantener actualizada en sus sitios de internet
y en la Plataforma Nacional de Transparencia la información relativa a “los indicadores
que permitan rendir cuenta de sus objetivos, metas y resultados”.
Por lo anterior, se solicitó al ente proporcionar los indicadores estratégicos y de gestión
correspondientes a los mecanismos de medición y evaluación aplicados durante 2017,
con objeto de conocer los resultados alcanzados en la actividad institucional en revisión
en cuanto al cumplimiento de metas y objetivos fijados. Asimismo, se solicitó explicar
detalladamente qué miden los indicadores implementados, cómo se interpretan y si fueron
diseñados con base en la Metodología del Marco Lógico.
El sujeto fiscalizado informó que la actividad institucional 502 “Acciones de apoyo para el
desarrollo social” no cuenta con indicadores estratégicos ni de gestión, ya que las
actividades que cuentan con dichos indicadores son las que incluyen dentro de su
30
estructura los denominados Programas Presupuestarios o “IAPP-Indicadores Asociados a
Programas Presupuestarios”, conforme a la guía para la integración de los Informes de
Avance Trimestral e Informe de Cuenta Pública.
Por lo anterior, se realizó una búsqueda de indicadores en el sitio de internet del sujeto
fiscalizado, sin que se obtuvieran resultados relacionados con la operación de la actividad
institucional en revisión.
Además, se realizó una inspección de los distintos convenios firmados en el marco de la
actividad institucional y de las aportaciones realizadas, y se detectó que en lo referente al
apoyo consistente en la contribución del Gobierno de la Ciudad de México a la Comisión
de Inclusión Social Democrática Participativa y Derechos Humanos de las Ciudades y
Gobiernos Locales Unidos. Por tratarse de un cargo a la partida presupuestal 4921
“Transferencias para Organismos Internacionales”, dicho gasto debió sujetarse a los
lineamientos para regular su otorgamiento, que en el apartado de mecanismos de
evaluación señalan que “se deberán establecer los mecanismos de evaluación y
seguimiento a través de indicadores de gestión y de resultados para asegurar el
adecuado cumplimiento de los objetivos establecidos para el otorgamiento de los apoyos”;
sin embargo, el sujeto fiscalizado no acreditó con documentación soporte lo referido.
Por lo anterior, es posible determinar que, si bien la actividad institucional no operó
programas presupuestarios y, por lo tanto, no generó “IAPP-Indicadores Asociados a
Programas Presupuestarios”, la dependencia no elaboró los indicadores que permitieran
rendir cuenta de sus objetivos, metas y resultados, por lo que se contravino el artículo 121,
fracción VI, de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de
Cuentas de la Ciudad de México. Además, no se presentaron los indicadores asociados
a la entrega de recursos con cargo a la partida presupuestal 4921, contrariamente a los
que se establece en los Lineamientos de Operación para Regular el Otorgamiento de
Recursos con Cargo a la Partida Presupuestal 4921 “Transferencias para Organismos
Internacionales”, específicamente en su apartado de mecanismos de evaluación.
En la reunión de confronta celebrada el 5 de marzo de 2019, el sujeto fiscalizado no
proporcionó información adicional en el presente resultado, por lo que éste no se modifica.
31
Recomendación ASCM-161-17-10-SEDESO
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Social (actualmente Secretaría de Inclusión
y Bienestar Social) desarrolle y aplique una metodología que permita realizar una
valoración objetiva del desempeño de las actividades a su cargo, con base en indicadores
estratégicos y de gestión que proporcionen información sobre la aplicación de los
recursos públicos, y determinen el cumplimiento de las metas y objetivos fijados,
conforme a lo dispuesto en la normatividad aplicable.
5. Resultado
Rendición de Cuentas
La Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la
Ciudad de México, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México del 6 de mayo
de 2016, en su artículo 6o., fracción XXXVIII, define a la rendición de cuentas desde la
perspectiva de la transparencia y el acceso a la información como la potestad del
individuo para exigir al poder público que informe y ponga a disposición en medios
adecuados, las acciones y decisiones emprendidas derivadas del desarrollo de su
actividad, así como los indicadores que permitan el conocimiento y la forma en que las
llevó a cabo, incluyendo los resultados obtenidos.
El artículo 121 de la misma ley establece que los sujetos obligados deberán mantener
impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada por
medio de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma
Nacional de Transparencia, la información, por lo menos de los temas, documentos y
políticas según les corresponda, entre los que destacan los indicadores relacionados con
temas de interés público o trascendencia social; los indicadores que permitan rendir
cuenta de sus objetivos, metas y resultados; la información financiera sobre el
presupuesto asignado de los últimos tres ejercicios fiscales; la relativa al presupuesto
asignado en lo general y por programas; así como los informes trimestrales sobre su
ejecución, incluyendo los informes de cuenta pública, entre otros.
32
El artículo 53, fracción XXII, de la ley citada determina que una de las atribuciones del
Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos
Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (INFODF) es la de verificar
que los sujetos obligados cumplan las obligaciones que se derivan de la Ley General, la
presente Ley y demás disposiciones aplicables, para lo cual, además del monitoreo de los
portales de transparencia, podrá practicar visitas, inspecciones y revisiones, con la
finalidad de garantizar a la población el derecho de acceso a la información.
Por lo anterior, se solicitó a la Secretaría indicar el número de resoluciones del INFODF a
los recursos que le fueron interpuestos durante 2017 y ejercicios anteriores y el estatus de
éstas. Como respuesta, se proporcionó un total de 1,477 solicitudes de 2017, las cuales
se desglosan por mes en el cuadro siguiente:
Mes Número
Enero 103
Febrero 88
Marzo 169
Abril 101
Mayo 134
Junio 132
Julio 122
Agosto 167
Septiembre 64
Octubre 205
Noviembre 144
Diciembre 48
Total 1,477
De dichas solicitudes, 12 derivaron en recursos de revisión, tal como se muestra en la
siguiente tabla, donde además es posible observar dicho dato de 2014 a la fecha.
Año Modifica Sobreseído Confirma Ordena emitir
respuesta Total
2014 2 3 6 1 12
2015 0 0 0 0 0
2016 2 10 1 0 13
2017 4 4 4 0 12
Con la finalidad de identificar el cumplimiento de la normatividad citada, se revisó la
información publicada en el sitio de transparencia de la Secretaría donde se constató
la disposición de la información requerida por la Ley de Transparencia, Acceso a la
33
Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, y se señaló aquella
que no le requiere, actualizada al 4o. trimestre de 2018, con información en disponible
desde 2017.
La Ley General de Contabilidad Gubernamental establece en su artículo 53 que la Cuenta
Pública deberá contener como mínimo la información contable, presupuestaria y programática,
de acuerdo con la clasificación establecida en el artículo 46 de la misma ley.
Además, el Informe de Cuenta Pública debió ajustarse a la Guía para la Integración de la
Cuenta Pública de la Ciudad de México 2017 Formatos e Instructivos Poder Ejecutivo,
documento que contiene los lineamientos y formatos normativamente aplicables a las
unidades responsables de gasto. Por ello, se realizó una revisión del Informe de Cuenta
Pública del ente auditado para verificar que se hubiera sujetado a la normatividad aplicable.
En el análisis del informe presentado por el sujeto fiscalizado a la Secretaría de Finanzas,
se constató que éste incluyó la información relativa a la Ley de Disciplina Financiera de
las Entidades Federativas y los Municipios, la Información Contable LDF y la Información
Presupuestaria LDF.
También se constató que el citado informe se ajustó al capítulo VIII, “Informe de Cuenta
Pública Poder Ejecutivo”, de la Guía para la Integración de la Cuenta Pública de la Ciudad
de México 2017 Formatos e Instructivos Poder Ejecutivo, ya que incluyó los formatos
solicitados con la información requerida, y señaló aquella que no es requerida.
Se concluye que el sujeto fiscalizado elaboró su Informe de Cuenta Pública de
conformidad con lo dispuesto en la Guía para la Integración de la Cuenta Pública de la
Ciudad de México 2017 Formatos e Instructivos Poder Ejecutivo, y mantuvo la información
de los temas, documentos y políticas que le corresponden actualizada mediante sus
respectivos medios electrónicos, atendió las solicitudes de información, tanto de acceso
público como del INFODF, mostrando a disposición de la ciudadanía, en medios
adecuados, las acciones y decisiones emprendidas derivadas del desarrollo de su
actividad, como lo refiere el artículo 121 de la Ley de Transparencia, Acceso a la
Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.
34
En la reunión de confronta celebrada el 5 de marzo de 2019, el sujeto fiscalizado no
proporcionó información adicional en el presente resultado, por lo que éste no se modifica.
Eficiencia
6. Resultado
Utilización de los Recursos Humanos, Materiales,
Tecnológicos y Financieros
Con la finalidad de verificar que los recursos humanos, materiales, tecnológicos y
financieros asociados al cumplimiento de las metas y objetivo de la actividad institucional
502 “Acciones de apoyo para el desarrollo social” se hayan utilizado de manera eficiente,
conforme a lo señalado en el artículo 1o. de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la
Ciudad de México, se revisó la plantilla de personal, el listado de los recursos materiales,
así como el Informe de Cuenta Pública, el Analítico de Claves del Organismo, las CLC, las
afectaciones y los Documentos Múltiples.
En el examen de la información, se identificó que para ejecutar las acciones de la
actividad institucional en revisión el sujeto fiscalizado ejerció 430,415.6 miles de pesos,
los cuales se destinaron al pago de los siguientes rubros:
(Miles de pesos y por cientos)
Rubros de integración del presupuesto Monto
del presupuesto %
Pago del personal de estructura, honorarios, remuneraciones adicionales y especiales, seguridad social y otras prestaciones 285,621.2 66.4
Pago de materiales para administración, emisión de documentos y artículos oficiales; alimentos y utensilios; materiales y artículos de construcción y reparación; productos químicos, farmacéuticos y de laboratorio; combustibles, lubricantes y aditivos; y herramientas, refacciones y accesorios menores 4,372.9 1.0
Pago de servicios básicos; arrendamiento; servicios profesionales, científicos, técnicos y otros servicios; servicios financieros, bancarios y comerciales; servicios de instalación, reparación, mantenimiento y conservación; servicios de traslado y viáticos; y servicios oficiales 83,983.8 19.5
Asignaciones destinadas en forma directa o indirecta y apoyos como parte de la política económica y social 56,348.9 13.1
Adquisición de mobiliario y equipo de administración; vehículos y equipo de transporte; y activos intangibles 88.7 0.0
Total 430,415.6 100.0
35
En el análisis del analítico de claves, se detectaron erogaciones relacionadas con el pago
a personal, como se muestra en el siguiente cuadro:
(Miles de pesos)
Partida Ejercido
1131 “Sueldos Base al Personal Permanente” 113,666.5
1132 “Sueldos al Personal a Lista de Raya Base” 14,371.5
1211 “Honorarios Asimilables a Salarios” 16,172.9
1221 “Sueldos Base al Personal Eventual” 6,782.6
Los recursos restantes que fueron erogados dentro del capítulo 1000 corresponden a
retribuciones por servicios de carácter social, gratificación de fin de año, compensaciones
por servicios eventuales, aportaciones a instituciones de seguridad social, aportaciones a
fondos de vivienda, aportaciones al sistema para el retiro o a la administradora de fondos
para el retiro y ahorro solidario, primas por seguro de vida del personal civil, primas por seguro
de retiro del personal al servicio de las unidades responsables del gasto del Distrito Federal,
vales, apoyo económico por defunción de familiares directos, asignaciones para prestaciones
a personal sindicalizado y no sindicalizado, asignaciones para pago de antigüedad, apoyos a la
capacitación de los servidores públicos y becas a hijos de trabajadores.
Respecto de los recursos materiales, se identificó un ejercicio de 4,372.9 miles de pesos,
de los que por su monto resultan relevantes la adquisición de prendas de seguridad y
protección personal, por 860.7 miles de pesos; y la de productos alimenticios y bebidas
para persona, por 723.4 miles de pesos, los cuales, de acuerdo con las CLC
núms. 103359 y 103061, correspondieron a la compra de diversos tipos de proteína, tales
como res, pescado, cerdo, huevo y pollo, así como lácteos, abarrotes, frutas y verduras
diversas; además de la adquisición de materiales de limpieza, de oficina, y materiales
diversos. Con relación a la tecnología, se destinó un monto de 561.2 miles de pesos a
refacciones y accesorios menores de equipo de cómputo y tecnologías de la información,
además de la adquisición de software con cargo al capítulo 5000 “Bienes Muebles,
Inmuebles e Intangibles”, por 88.7 miles de pesos.
En el capítulo 3000 “Servicios Generales” se registraron erogaciones de 83,983.8 miles de
pesos, lo que representó el segundo capítulo con mayores egresos. Se determinaron pagos
de diversos servicios como telefonía, arrendamientos, agua, impresión, vigilancia, etcétera,
36
resaltando los gastos de pasajes aéreos nacionales, pasajes aéreos internacionales, pasajes
terrestres internacionales, viáticos en el país y viáticos en el extranjero, que permitieron
afrontar los gastos relacionados con diversas actividades, como se muestra a continuación:
(Miles de pesos)
Evento Partida Importe
Comisión para conocer el Modelo de Ciudad Mujer en la República de El Salvador 3712 74.1
3761 57.9
Reunión de Trabajo en Guadalajara para conocer el Proceso “Leche Humana en Polvo” 3711 7.3
3751 5.5
Segunda Sesión Ordinaria de 2017 de la Comisión Nacional de Desarrollo Social, en Oaxaca 3711 21.8
Tercer Encuentro Anual y Cumbre de Alcaldes “Milan Urban Food Policy Pact” en Valencia, España
3712 90.0
3761 19.3
3724 7.6
Foro Público “Reducción y Gestión del Flujo de Desechos Alimentarios y Orgánicos en América del Norte en Tuxtla Gutiérrez Chiapas” 3711 4.7
Primer Congreso Nacional de Sistemas de Captación de Agua de Lluvia, en Guadalajara 3711 9.6
3751 6.1
Foro Internacional “Hablemos de Presupuesto Participativos-Jalisco 2017” y “Feria Internacional del Libro de Guadalajara 2017”
3711 7.4
3751 14.5
Total
325.8
Asimismo, se constataron erogaciones con cargo a las partidas 3821 “Espectáculos
Culturales” y 3831 “Congresos y Convenciones”, por 12,967.4 miles de pesos, que, de
conformidad con las CLC, oficios y facturas, se ejercieron como se muestra a continuación:
(Miles de pesos)
Partida Evento Importe
3821 Servicio integral para la presentación del artista, cantante y actor en el auditorio nacional el día 12 de junio de 2017 de acuerdo con el contrato núm. 048/SEDESO/2017 (entrega de tarjetas de pensión alimentaria). 116.0
3821 Servicio integral para el evento festejando al amor incondicional: ¡Feliz Día Mamá! en la Arena Ciudad de México el día 10 de mayo 2017, contrato núm. 039/SEDESO/2017. 2,500.0
3821 Servicio para la contratación de una orquesta sinfónica para los conciertos de las “Fiestas Decembrinas” contrato núm. 175/SEDESO/2017. 1,500.0
3831 Servicio integral para el festejo tradicional Rosca de Reyes 2017, con la presentación de una obra teatral y todo lo necesario para su presentación en la plancha del Zócalo capitalino. 197.2
3831 Servicio integral para el evento denominado “Firma de Carta de Intención”. 406.0
3831 Servicio integral para la entrega del premio de antigüedad, estímulos y recompensas para el ejercicio de 2017.
1,800.0
Servicio integral para la entrega de tarjetas de la pensión alimentaria de personas mayores de 68 años,
Servicio integral para el evento denominado “16 Días de Activismo contra la Violencia de Género”.
3831 Uso y aprovechamiento del teatro de la Ciudad Esperanza Iris. 62.3
3831 Entrega de tarjetas de la pensión alimentaria para personas mayores (no hay venta de boletos). 823.5
3831 Servicio integral para la primera reunión ordinaria del fondo internacional para las personas trans fit, a celebrarse en la Ciudad de México. 231.4
Continúa…
37
… Continuación
Partida Evento Importe
3831 Servicio integral para el segundo encuentro nacional deportivo de la diversidad sexual en la CDMX.
475.6 Bracaletes “tyvek” de siente colores diferentes, elaborados en papel plastificado de alta durabilidad resistente al agua, impresos en serigrafía conforme diseño.
3831 Servicio integral para el evento denominado “Entrega de Tarjetas de Pensión Alimentaria para Personas Mayores de 68 Residentes en la CDMX”. 3,500.0
3831 Servicio integral para el evento denominado “Censo de las Personas Integrantes de las Poblaciones Callejeras”. 194.5
3831 Servicio integral para el evento de diversidad sexual en la conmemoración de XXXIX marcha de orgullo LGBTTTI que se llevó a cabo en la Ciudad de México. 475.6
3831 Servicio integral para la feria de servicios y concierto con motivo del día nacional de las personas mayores. 475.6
3831 Servicio integral para la entrega del premio de antigüedad, estímulos y recompensas para el ejercicio de 2017.
209.7
Servicio integral para la entrega de tarjetas de la pensión alimentaria de personas mayores de 68 años.
Servicio integral para el evento denominado 16 de activismo contra la violencia de género.
Total 12,967.4
Específicamente en lo que se refiere a capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones,
Subsidios y Otras Ayudas”, se constató que los apoyos otorgados a la población, por
56,348.9 miles de pesos, sólo representaron el 13.1% del total ejercido en la actividad
institucional, monto se distribuyó de la siguiente manera:
Apoyo Número Monto ejercido
Apoyos de asistencia social 15 49.2
Apoyos en especie 25 85.4
Apoyo de material quirúrgico 1 100.0
Apoyo de transporte 1 49.1
Convenio de colaboración con la CANAINPA 4 624.4
Contribución a la CISDPDH 1 240.6
Sistema aeropónico de cultivo urbano 1 4,992.8
Apoyo para gastos funerarios 3 35.2
Box lunch 1 144.1
Apoyo de insumos alimentarios 2 28.0
Convenio de colaboración con la Fundación Carlos Slim, A.C. 2 50,000.0
Total 56 56,348.9
Los montos señalados coinciden con lo reportado en su analítico de claves. Se solicitó al
ente la documentación comprobatoria de las erogaciones y se verificó que cada importe
contó con la CLC correspondiente, oficio con la explicación que motiva el apoyo, así como
factura correspondiente con las características deseadas; asimismo, se revisó que los
montos coincidieran con lo reportado en el analítico de cuentas y el Informe de Cuenta
Pública, y se obtuvieron cifras idénticas.
En conclusión, se comprobó que el sujeto fiscalizado contó con los recursos humanos,
materiales y financieros para solventar los pagos de los servicios contratados y los
38
compromisos adquiridos; asimismo, cumplió con todos los requerimientos, como CLC,
oficios y facturas, en la aplicación de los recursos para realizar las actividades sustantivas
y operar la actividad institucional en revisión.
En la reunión de confronta celebrada el 5 de marzo de 2019, el sujeto fiscalizado no
proporcionó información adicional en el presente resultado, por lo que éste no se modifica.
7. Resultado
Esquema de Operación de la Actividad Institucional 502
Con la finalidad de conocer los procedimientos que se llevaron en la actividad institucional
502 “Acciones de apoyo para el desarrollo social”, se realizó el estudio general de la
normatividad aplicable.
El artículo 3, fracción I, de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal establece:
“Acción para el Desarrollo Social: Acciones de gobierno coordinadas entre una o varias
instituciones públicas de uno o diferentes niveles de gobierno, destinadas a atender y/o
resolver demandas o problemáticas identificadas de cobertura geográfica focalizada
y/o carácter especial, temporal o emergente, que no se encuentran sujetas a Reglas de
Operación de programa social alguno, y que requiere para su instrumentación
presupuestaria y ejecución de la autorización expresa del Secretario de Desarrollo Social.”
El artículo 44, de la Ley de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad
de México establece:
“Artículo 44.- Los titulares de las Unidades Responsables del Gasto y los servidores públicos
encargados de su administración adscritos a la misma Unidad Responsable del Gasto, serán
los responsables del manejo y aplicación de los recursos, del cumplimiento de los calendarios
presupuestales autorizados, metas y de las funciones contenidas en el presupuesto
autorizado; de que se cumplan las disposiciones legales vigentes para el ejercicio del gasto;
de que los compromisos sean efectivamente devengados, comprobados y justificados; de la
guarda y custodia de los documentos que los soportan; de llevar un estricto control de los
39
medios de identificación electrónica y de llevar el registro de sus operaciones conforme a las
disposiciones aplicables en la materia, con sujeción a los capítulos, conceptos y partidas del
clasificador por objeto del gasto que expida la Secretaría.”
Derivado de lo anterior y toda vez que para la realización de las acciones de apoyo social no
se requiere de reglas de operación, se analizó que la entrega de los 56 apoyos se hubiese
realizado de conformidad con los criterios establecidos en la normatividad referida.
De los convenios de colaboración con la Cámara de la Industria Panificadora y Similares
de México derivó la entrega a los ciudadanos de una mega rosca de reyes, un pastel para
las bodas colectivas y pan de muerto con la impartición del taller “Niño Panadero”. Los
convenios tuvieron como objeto fortalecer las costumbres y tradiciones mexicanas, así
como establecer los lazos de convivencia entre la población y de esta manera ayudar a
mitigar la desigualdad y eliminar los mecanismos de exclusión social de los grupos
vulnerables; sin embargo, en el análisis de la información, no se advierte que dicha acción
haya sido destinada a atender o resolver demandas o problemáticas identificadas de
cobertura geográfica focalizada o de carácter especial, temporal o emergente, y para
realizar la entrega no se requirieron reglas de operación.
El apoyo de Sistema Aeropónico de Cultivo Urbano se creó con la finalidad de poner fin al
hambre, lograr una seguridad alimentaria y la mejora de la nutrición, y tuvo como objetivo
apoyar la economía familiar mediante el cultivo de hortalizas en casa para consumir
alimentos de calidad, con alto nivel nutritivo, económicos y benéficos para los habitantes
de la Ciudad de México. En el estudio general y análisis de la información proporcionada,
se constató que para la realización de esta acción se contó con los Lineamientos y
Mecanismos de Operación de la Acción Institucional de Beneficio Social “Semilla Urbana”,
en el que se estableció como meta entregar por única ocasión 360 sistemas NTF de
cultivo hidropónico a la población beneficiaria de los programas sociales, teniendo como
requisitos ser habitante de la Ciudad de México, proporcionar los datos y documentos
solicitados, resguardar y utilizar adecuadamente el kit de cultivo, la entrega de los productos
se priorizará a la población de mayor grado de vulnerabilidad, como seguimiento y control
se estableció que el personal designado realizaría visitas de supervisión al sexto mes
de la entrega de las torres. Con la finalidad de verificar el cumplimiento de lo anterior, se
40
revisaron los 70 comprobantes de resguardo de las torres y se constató que fueron
entregadas por las Unidades de Atención y Prevención la Violencia Familiar de las distintas
demarcaciones territoriales, sin que en dichos resguardos o documentación proporcionada
se advierta de qué manera se determinó el grado de vulnerabilidad de los beneficiarios,
no se encontró evidencia del seguimiento para verificar el adecuado resguardo y utilización de
las torres, ni documento para la comprobación del seguimiento de las visitas por el personal
comisionado en los seis meses posteriores a la entrega; por otro lado se constató que los
beneficiarios son habitantes de la Ciudad de México, ya que la entrega se realizó de
acuerdo con las demarcaciones territoriales, de igual modo, se identificó que dicha acción fue
creada para atender las problemáticas de hambre de los habitantes de la Ciudad de México.
El convenio de colaboración con la Fundación Carlos Slim, A.C., tuvo como objeto establecer
las bases de colaboración entre las partes para la construcción de viviendas en favor de la
población de la Ciudad de México, específicamente en las demarcaciones territoriales
Xochimilco y Tláhuac que resultaron con pérdida total de sus de sus viviendas o dictaminadas
como inhabitables a consecuencia del fenómeno sísmico ocurrido el 19 de septiembre de 2017.
Se verificó que el 21 de septiembre de 2017 se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad
de México la declaratoria de desastre derivada del sismo. Para el cumplimiento del objeto del
convenio se requirió de la coordinación de diferentes áreas del Gobierno de la Ciudad
de México, como la Secretaría de Desarrollo Social (ahora SIBISO), por medio de la
Dirección General de Administración y la Subsecretaría de Participación Ciudadana, las
cuales se encargaron de otorgar el 50.0% del recurso para la construcción de las casas y
efectuar el seguimiento de las acciones realizadas por las diferentes áreas que participaron;
la SEDUVI fue la encargada de designar al DRO, quien fue el encargado de validar,
mediante visto bueno, los informes elaborados por el supervisor de obra de la fundación;
la AGU fue la responsable de entregar los espacios en donde se llevaron a cabo las
construcciones en condiciones óptimas y libres de cualquier obstáculo; por último, la CEJUR
fue la encargada de verificar la acreditación de derechos de los predios en donde se
construyeron las viviendas. Para comprobar que se hubieran realizado dichas acciones, el
30 de noviembre de 2018, se realizó una inspección en el pueblo de San Gregorio
Atlapulco, ubicado en la demarcación territorial Xochimilco, y se verificó la construcción de
las viviendas, las cuales fueron construidas de acuerdo con los prototipos de viviendas
establecidos, en los caso en los que las condiciones del predio eran inapropiadas para el
41
diseño del prototipo, se realizaron adecuaciones, para obtener un mejor beneficio; asimismo,
los predios en los que estaba pendiente la construcción ya se encontraban libres de
material u obstáculos; durante el recorrido, los promotores adscritos a la Subsecretaría
de Participación Ciudadana proporcionaron fotografías de los lugares visitados, antes de
la reconstrucción, a fin de poder mostrar las mejoras y avances realizados.
Del estudio general y análisis de los convenios de colaboración con la Cámara de la
Industria Panificadora y Similares de México, se concluye que no se considera una acción
de desarrollo social, toda vez que en su objeto no se advierte que dicha acción haya sido
destinada a atender o resolver demandas o problemáticas identificadas de cobertura
geográfica focalizada o de carácter especial, temporal o emergente. Respecto al apoyo de
Sistema Aeróponico de Cultivo Urbano, se concluye que no se contó con documentación
que acreditara el requisito de resguardar y utilizar adecuadamente el kit de cultivo, lo
anterior para garantizar el cumplimiento del objetivo de dicha acción; además, no se contó
con evidencia del grado de vulnerabilidad de los beneficiaros, y dicha acción fue creada
para combatir la problemática de hambre de los habitantes de la Ciudad de México. En
cuanto al convenio de concertación celebrado con la Fundación Carlos Slim, A.C., se
verificó que cumplió los requisitos para ser una acción de desarrollo social, toda vez que
su creación derivó de la declaratoria de desastre del 21 de septiembre de 2017, y se
destinó a atender las problemáticas de vivienda en las demarcaciones territoriales
Xochimilco y Tláhuac, es menester precisar que dichas acciones no estaban sujetas
a reglas de operación; asimismo, se constató la colaboración de diversas áreas de la
administración pública, con tramos de control y funciones definidos entre cada uno de
ellos, sin que se detectaran duplicidades.
En la reunión de confronta celebrada el 5 de marzo de 2019, el sujeto fiscalizado no
proporcionó información adicional en el presente resultado, por lo que éste no se modifica.
Recomendación ASCM-161-17-11-SEDESO
Es conveniente que la Secretaría de Desarrollo Social (actualmente Secretaría de
Inclusión y Bienestar Social) cuente con un procedimiento para la entrega de los apoyos
que deriven de acciones para el desarrollo social.
42
Recomendación ASCM-161-17-12-SEDESO
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Social (actualmente Secretaría de Inclusión
y Bienestar Social) elabore mecanismos de supervisión que aseguren que la entrega y el
seguimiento de los apoyos se realice conforme a la normatividad aplicable.
Economía
8. Resultado
Medidas de Racionalidad y Austeridad
Para verificar que durante el ejercicio fiscal en revisión el sujeto fiscalizado haya cumplido
los artículos 26, fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X y XI; y 27, fracciones I, II, II, IV
y V, del Decreto de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2017, así como los
numerales 1, 2 y 3 de los Lineamientos que dictan las Acciones que la Administración
Pública de la Ciudad de México, debió atender para mitigar el Impacto en el Presupuesto
del Ejercicio 2017, derivado del Incremento al Precio de los Combustibles, que fue
publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 16 de enero de 2017, se
revisaron el Programa Anual de Austeridad, Racionalidad y Disciplina Presupuestal 2017,
los oficios mediante los que se instruyó a las áreas involucradas en la operación del
sistema de corredores a atender lo suscrito, y la evidencia de los resultados alcanzados
con la implantación de las medidas de racionalidad y austeridad.
En la revisión del analítico de claves y la Cuenta Pública de 2017, se advirtió que para el
sujeto fiscalizado se aprobó un presupuesto de 10,424,013.3 miles de pesos, de los
cuales se destinaron para la actividad institucional 502 “Acciones de apoyo para el
desarrollo social” 336,163.8 miles de pesos, lo que representa el 3.2% del presupuesto
total otorgado a la dependencia.
El presupuesto para esta actividad institucional fue modificado mediante 106 afectaciones
presupuestales, 44 compensadas, 28 reducciones líquidas y 34 ampliaciones líquidas, para
ejercer un presupuesto de 430,415.6 miles de pesos, como se muestra en el cuadro siguiente:
43
(Miles de pesos)
Capítulos Original Modificado Ejercido
1000 “Servicios Personales” 283,044.8 285,621.2 285,621.2
2000 “Materiales y Suministros” 3,974.3 4,372.9 4,372.9
3000 “Servicios Generales” 48,144.7 83,983.8 83,983.8
4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” 1,000.0 56,348.9 56,348.9
5000 “Bienes, Muebles, Inmuebles e Intangibles” - 88.7 88.7
Total 336,163.8 430,415.6 430,415.6
Este presupuesto fue ejercido mediante 82 partidas presupuestales, 18 correspondieron al
capítulo de gasto 1000 “Servicios Generales”, 32 al capítulo 2000 “Materiales y Suministros”, 28 al
capítulo 3000 “Servicios Generales”, 3 al capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios
y Otras Ayudas”, y 1 al capítulo 5000 “Bienes, Muebles, Inmuebles e Intangibles”. En su análisis,
fue posible determinar que 17 partidas fueron objeto de las medidas de racionalidad, austeridad y
disciplina presupuestaria señaladas en el artículo 26 del Decreto de Presupuesto de Egresos
2017, las cuales tuvieron un presupuesto original de 56,229.9 miles de pesos, del que erogaron
47.6% más, con un total de 83,008.4 miles de pesos, como se muestra en la siguiente tabla:
(Miles de pesos y por cientos)
Partida Original Ejercido Diferencia
neta
Diferencia porcentual
(%)
1211 “Honorarios Asimilables a Salarios” 18,565.7 16,172.9 (2,392.8) (12.9)
2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos” 10.0 423.8 413.8 4,137.5
3131 “Agua Potable” 5,565.1 5,231.9 (333.2) (6.0)
3141 “Telefonía Tradicional” 2,000.0 965.7 (1,034.3) (51.7)
3171 “Servicios de Acceso de Internet, Redes y Procesamiento de Información” - 1,923.6 1,923.6 n.a.
3221 “Arrendamiento de Edificios” 5,689.2 6,077.4 388.2 6.8
3252 “Arrendamiento de Equipo de Transporte Destinado a Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos” 500.0 1,258.2 758.2 151.6
3291 “Otros Arrendamientos” 14,000.0 26,205.3 12,205.3 87.2
3361 “Servicios de Apoyo Administrativo y Fotocopiado” 300.0 324.6 24.6 8.2
3362 “Servicios de Impresión” - 11,131.8 11,131.8 n.a.
3711 “Pasajes Aéreos Nacionales” 100.0 39.4 (60.6) (60.6)
3712 “Pasajes Aéreos Internacionales” 200.0 164.1 (35.9) (18.0)
3724 “Pasajes Terrestres Internacionales” - 7.6 7.6 n.a.
3751 “Viáticos en el País” 100.0 37.5 (62.5) (62.5)
3761 “Viáticos en el Extranjero” 200.0 77.2 (122.8) (61.4)
3821 “Espectáculos Culturales” - 4,116.0 4,116.0 n.a.
3831 “Congresos y Convenciones” 9,000.0 8,851.4 (148.6) (1.7)
Totales programa austeridad 56,230.0 83,008.4 26,778.5 47.6
n.a. No aplicable.
44
Las partidas que registraron un mayor incremento fueron la 3291 “Otros Arrendamientos”,
que se refiere a asignaciones destinadas a cubrir el alquiler de toda clase de elementos
no contemplados en otras partidas, requeridos para el cumplimiento de las funciones oficiales,
recursos que fueron necesarios para los eventos de la dependencia, con la finalidad de
tener mayor cercanía con la población, para dar a conocer los programas sociales o efectuar su
seguimiento; y la 3362 “Servicios de Impresión”, que se refiere a asignaciones destinadas
a cubrir el costo de la contratación de servicios de impresión de documentos oficiales
necesarios, en este caso la Secretaría requirió los servicios de impresión para las Cartillas
de diversos tipos, que fueron entregadas a la población, sin especificar en que consistieron.
Dichas partidas se incrementaron en 12,205.3 miles de pesos y 11,131.8 miles de pesos,
respectivamente, situación que denota fallas en la programación del gasto, pues para
el caso específico de los servicios de impresión no se realizó programación alguna de
origen, y en el caso de los arrendamientos el presupuesto ejercido fue 87.2% superior
respecto del original.
Además de lo anterior, se detectó una erogación no programada en la partida 3821
“Espectáculos Culturales”; incrementos en las partidas 3711 “Pasajes Aéreos Nacionales”,
3712 “Pasajes Aéreos Internacionales”, 3724 “Pasajes Terrestres Internacionales”, 3751
“Viáticos en el País”, y un gasto considerable en la partida 3831 “Congresos y Convenciones”.
Se realizó como prueba de cumplimiento una revisión de la documentación comprobatoria
de estas seis partidas, y se obtuvieron los siguientes resultados:
La partida 3821, de conformidad con el Clasificador por Objeto del Gasto, corresponde a
asignaciones destinadas a la celebración de toda clase de eventos culturales, conciertos o
festivales escolares, siempre y cuando, por tratarse de servicios integrales, no puedan
desagregarse en otras partidas. Al respecto, se identificaron tres contratos, el
núm. 048/SEDESO/2017 del 9 de junio de 2017, corresponde a un servicio integral para
un espectáculo de aproximadamente 60 minutos con la presentación de un cantante en el
Auditorio Nacional el 12 de junio de 2017, para la entrega de tarjetas del Programa de la
Pensión Alimentaria para Adultos Mayores de 68 años residentes en la Ciudad de México, del
cual se presentó la CLC y la factura correspondiente. El contrato núm. 039/SEDESO/2017
del 9 de mayo de 2017, se celebró con objeto de contar con el servicio integral para el
45
evento del Gobierno de la Ciudad de México, por medio de la SEDESO, “Festejando al
Amor Incondicional: ¡Feliz Día Mamá!” en la Arena Ciudad de México, el 10 de mayo 2017, en
el cual la empresa contratada desarrolló el evento en su totalidad, que incluyó la renta del
espacio, el talento artístico y los requerimientos técnicos para realizarlo; al respecto adjuntó la
CLC y la factura correspondiente. Finalmente, con el contrato núm. 175/SEDESO/2017
del 30 de noviembre de 2017, se adquirieron los servicios de una orquesta sinfónica para
los conciertos de las “Fiestas Decembrinas”, que contempla 10 conciertos en diversas
zonas de la Ciudad de México con duración de una hora entre el 11 y el 24 de diciembre
de 2017. La Secretaría presentó la CLC y la documentación soporte correspondiente.
Respecto a las partidas 3711 “Pasajes Aéreos Nacionales” y 3751 “Viáticos en el País”,
la dependencia proporcionó el listado del personal comisionado a los eventos que a
continuación se mencionan:
1. Reunión de Trabajo en Guadalajara para conocer el proceso “Leche Humana en Polvo”.
2. Segunda Sesión Ordinaria 2017 de la Comisión Nacional de Desarrollo Social, en Oaxaca.
3. Foro Público “Reducción y Gestión del Flujo de Desechos Alimentarios Y Orgánicos
en América del Norte en Tuxtla Gutiérrez Chiapas”.
4. Primer Congreso Nacional de Sistemas de Captación de Agua de Lluvia, en Guadalajara.
5. Foro Internacional “Hablemos de Presupuesto Participativos-Jalisco 2017” y “Feria
Internacional del Libro de Guadalajara 2017”.
En cuanto a las partidas 3712 “Pasajes Aéreos Internacionales”, 3724 “Pasajes Terrestres
Internacionales” y 3761 “Viáticos en el Extranjero”, sus recursos fueron erogados para
atender los siguientes eventos:
1. Comisión para conocer el modelo de Ciudad Mujer en la República de El Salvador.
2. Tercer Encuentro Anual y Cumbre de Alcaldes “Milan Urban Food Policy Pact”,
en Valencia, España.
46
Estos eventos requirieron la salida de la Ciudad de México de 10 servidores públicos
distintos, al respecto el sujeto fiscalizado proporcionó los oficios donde se les comisionó
para participar en los distintos foros y reuniones de trabajo, así como la documentación
comprobatoria, como boletos de avión; facturas de hotel, transportación y alimentación; y,
en algunos casos, una bitácora de las actividades desarrolladas durante la estancia
y documentación comprobatoria, con lo que fue posible constatar que la totalidad de la
documentación comprobatoria y justificativa del gasto correspondió con lo pagado.
Con cargo a la partida 3831 “Congresos y Convenciones” se contrataron 18 servicios para
el desarrollo de diversos eventos de la Secretaría, como entrega de tarjetas, premios,
estímulos, entre otros. Al respecto se proporcionó evidencia comprobatoria del gasto,
como CLC, facturas, así como contratos, en los casos en que se requirió.
De las 17 partidas sujetas a medidas de racionalidad y austeridad, 12 mostraron
incrementos durante 2017, por lo anterior, se solicitó a la Secretaría mostrar la evidencia
de las políticas, lineamientos o documentos con los que se promovió la racionalidad
y austeridad en el uso de servicios y consumo de bienes durante 2017. En respuesta, se
entregó el oficio núm. OM/0034/2017 del 18 de enero de 2017, documento mediante el
que la Oficialía Mayor instruyó al organismo para atender los lineamientos publicados en
la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 18 de enero de 2017, como parte de las
medidas adoptadas para mitigar el impacto, en el presupuesto del ejercicio de 2017, del
incremento en el precio de los combustibles, en el que se observa un listado de ocho
acciones para esta tarea.
Asimismo, se proporcionó el oficio núm. SDS/DGA/SSG/1042/2017 del 3 de octubre de 2017,
en el que se presentan los avances en cuanto a la aplicación de los lineamientos
mencionados, y se informó que una de las acciones por priorizar fue la reducción en el
consumo de energía eléctrica mediante la instalación de lámparas ahorradoras, la utilización del
modo “ahorro de energía” en equipos de cómputo, además de la instalación de paneles
solares. Sin embargo, no se proporcionó documentación comprobatoria de la comunicación de
estas medidas de austeridad al personal adscrito a la Secretaría.
Otra prueba de cumplimiento fue el análisis del Analítico de Claves de los ejercicios
fiscales 2015, 2016 y 2017, con el fin de identificar el comportamiento de las partidas
47
sujetas a las medidas de racionalidad en dicho período, y si se obtuvieron economías
presupuestarias, como se muestra en seguida:
(Miles de pesos)
Partida 2015 2016 2017
1211 “Honorarios Asimilables a Salarios” 14,900.6 17,417.1 16,172.9
2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos” - 1,063.5 423.8
3131 “Agua Potable” 476.3 4,975.0 5,231.9
3141 “Telefonía Tradicional” 2,955.4 2,592.9 965.7
3171 “Servicios de Acceso de Internet, Redes y Procesamiento de Información” - 897.7 1,923.6
3221 “Arrendamiento de Edificios” 4,340.2 5,843.1 6,077.4
3252 “Arrendamiento de Equipo de Transporte Destinado a Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos” 38.1 347.4 1,258.2
3291 “Otros Arrendamientos” 6,487.7 24,207.7 26,205.3
3361 “Servicios de Apoyo Administrativo y Fotocopiado” 6.5 264.9 324.6
3362 “Servicios de Impresión” 1,972.7 - 11,131.8
3711 “Pasajes Aéreos Nacionales” - 24.5 39.4
3712 “Pasajes Aéreos Internacionales” - 80.0 164.1
3724 “Pasajes Terrestres Internacionales” - - 7.6
3751 “Viáticos en el País” - 11.6 37.5
3761 “Viáticos en el Extranjero” - 136.6 77.2
3821 “Espectáculos Culturales” 87.0 200.0 4,116.0
3831 “Congresos y Convenciones” 5,931.7 9,241.1 8,851.4
Total del programa austeridad 37,196.3 67,303.1 83,008.4
En el análisis del presupuesto ejercido con cargo a las partidas sujetas a medidas de
racionalidad, se determinaron reducciones de 2016 a 2017 en las partidas 1211 “Honorarios
Asimilables a Salarios”, 2611 “Combustibles, Lubricantes y Aditivos”, 3141 “Telefonía Tradicional”,
3761 “Viáticos en el Extranjero” y 3831 “Congresos y Convenciones”; no obstante, en
algunos casos esas reducciones aún se encuentran por encima de lo ejercido durante 2015.
Las partidas que mostraron incrementos fueron la 3131 “Agua Potable”, la 3171 “Servicios
de Acceso de Internet, Redes y Procesamiento de Información”, la 3221 “Arrendamiento de
Edificios”, la 3252 “Arrendamiento de Equipo de Transporte Destinado a Servicios Públicos y
la Operación de Programas Públicos”, la 3291 “Otros Arrendamientos”, la 3361 “Servicios de
Apoyo Administrativo y Fotocopiado”, la 3711 “Pasajes Aéreos Nacionales”, la 3712 “Pasajes
Aéreos Internacionales”, la 3724 “Pasajes Terrestres Internacionales”, la 3751 “Viáticos en
el País”, y resalta por sus incrementos la 3362 “Servicios de Impresión” y la 3821
“Espectáculos Culturales”.
48
Sobre el particular, el incremento se ha dado de manera exponencial hacia el ejercicio
de 2017, sin contar, en el caso de la partida 3362, con ninguna erogación en el
ejercicio de 2016, como se puede observar en las siguientes gráficas:
Con cargo la partida 3821 “Espectáculos Culturales”, se realizaron tres servicios integrales de
espectáculos para la entrega y seguimiento de apoyos en diversos sitios de la Ciudad
de México. En cuanto a la partida 3362 “Servicios de Impresión”, la dependencia requirió
los servicios de impresión de cartillas de diversos tipos que fueron entregadas a la
población, sin especificar en qué consistieron.
De manera anualizada, el gasto en las partidas sujetas a medidas de racionalidad y
austeridad registró incrementos, toda vez que se erogaron 37,196.3 miles de pesos en
2015, 67,303.1 miles de pesos en 2016, y 83,008.4 miles de pesos en 2017.
En conclusión, el sujeto fiscalizado no contó con evidencia de economías presupuestarias
en las partidas sujetas a medidas de racionalidad y austeridad durante 2017 respecto de
los ejercicios 2016 y 2015, contrariamente a los que establecen el artículo 26 del Decreto
de Presupuesto de Egresos de 2017, y los Lineamientos que dictan las Acciones que la
Administración Pública de la Ciudad de México debe realizar para mitigar el Impacto en el
Presupuesto del Ejercicio 2017, tras el Incremento en el Precio de los Combustibles; lo
que, además, denota fallas en la programación presupuestaria, ya que se ejerció un
47.6% más de lo presupuestado.
49
En la reunión de confronta celebrada el 5 de marzo de 2019, el sujeto fiscalizado no
proporcionó información adicional en el presente resultado, por lo que éste no se modifica.
Recomendación ASCM-161-17-13-SEDESO
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Social (actualmente Secretaría de Inclusión
y Bienestar Social) cuente con los métodos y herramientas empleados en la determinación de
los valores expresados en los requerimientos presupuestales necesarios para cubrir la
Demanda Identificada, de conformidad con la normatividad aplicable.
Recomendación ASCM-161-17-14-SEDESO
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Social (actualmente Secretaría de Inclusión
y Bienestar Social) Social implante mecanismos de supervisión que garanticen que las
medidas de racionalidad y austeridad generen economías con base en los criterios
establecidos, en cumplimiento a la normatividad aplicable.
RESUMEN DE OBSERVACIONES Y ACCIONES
Se determinaron 8 resultados, que generaron 14 observaciones, las cuales corresponden
a 14 recomendaciones.
JUSTIFICACIÓN Y ACLARACIONES
El sujeto fiscalizado no proporcionó documentación ni información para aclarar o justificar
los resultados y observaciones incorporados por la Auditoría Superior de la Ciudad de
México en el Informe de Resultados de Auditoría para Confronta, los cuales que se
plasman en el presente Informe Individual, que forma parte del Informe General Ejecutivo
del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública de la Ciudad de México,
por lo que los resultados núms. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 se consideran no desvirtuados.
PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS A CARGO DE REALIZAR LA AUDITORÍA
En cumplimiento del artículo 36, párrafo decimotercero, de la Ley de Fiscalización Superior
de la Ciudad de México, se enlistan los nombres y cargos de las personas servidoras
50
públicas de la Auditoría Superior de la Ciudad de México involucradas en la realización
de la auditoría:
Persona servidora pública Cargo
Fase de planeación
Lic. Pedro Alfonso del Rosal Martínez Director General
C.P. Lupina González Ramírez Jefa de Unidad Departamental
Lic. Karina Elizabeth Meneses Flores Auditora Fiscalizadora “B”
C. Luis Ignacio Guzmán Aguilar Auditor Fiscalizador “A”
Fase de ejecución
Lic. Pedro Alfonso del Rosal Martínez Director General
Lic. Víctor Manuel Martínez Paz Director General
Mtro. José Luis Cruz Flores Director de Área
C.P. Lupina González Ramírez Jefa de Unidad Departamental
Lic. Karina Elizabeth Meneses Flores Auditora Fiscalizadora “B”
C. Luis Ignacio Guzmán Aguilar Auditor Fiscalizador “A”
Fase de elaboración de informes
Lic. Víctor Manuel Martínez Paz Director General
Mtro. José Luis Cruz Flores Director de Área
C.P. Lupina González Ramírez Jefa de Unidad Departamental
Lic. Karina Elizabeth Meneses Flores Auditora Fiscalizadora “B”
C. Luis Ignacio Guzmán Aguilar Auditor Fiscalizador “A”