COMISIÓN ASESORA PARA LA
REESTRUCTURACIÓN
DEPARTAMENTAL DE LA UPM
INFORME FINAL DE LA COMISIÓN
Versión 1.2
VICERRECTORADO DE ESTRUCTURA ORGANIZATIVA Y CALIDAD
23 de enero de 2013
Contenido
1. Antecedentes ..............................................................................................................................3
2. Objetoyalcancedelinforme ...................................................................................................4
3. Informaciónutilizada ...............................................................................................................4
4. Descripcióndelasactividadesrealizadas ............................................................................4
4.1. Objetivosplanteados ................................................................................................................5
4.2. Modelosdeestructuradepartamental ..................................................................................6
4.3. Establecimientodecriteriosparalareestructuracióndepartamental ...........................7
4.4. Estimacióncuantitativadeloscriteriosdereestructuración ...........................................8
4.5. Planteamientoporáreasdelassimulacionesefectuadas .................................................8
4.6. Adecuacióndeloscriteriosalcumplimientodelanormativavigente. ..........................10
5. Análisisde losresultadosobtenidosrespectoalestablecimientoycuantificación
deloscriterios ..................................................................................................................................14
6. Conclusionesyrecomendaciones ..........................................................................................16
Comisión Asesora Reestructuración Departamental UPM (informe final 2013.01.23) Página 3
1. Antecedentes
El 25 de octubre de 2012 se constituye, a propuesta del Rector, la Comisión Asesora de
Reestructuración de los Departamentos de la Universidad Politécnica de Madrid (en adelante “la
Comisión”), con la siguiente composición:
Presidente:
Dña. Sara Gómez Martín (Vicerrectora de Estructura Organizativa y Calidad)
Secretario:
D. Francisco Santos Olalla (Adjunto al Vicerrectorado de Estructura Organizativa y Calidad)
Miembros:
D. Emilio Mínguez Torres (Vicerrector de Planificación Académica y Doctorado)
D. José Luis Montañés García (Vicerrector de Personal Académico)
Dña. Carmen García de Elías (Gerente)
D. Luis Maldonado Ramos (Director de la E.T.S. de ARQUITECTURA)
D. José Luis Parra y Alfaro (Director de la E.T.S.I. de MINAS)
D. Jesús Velasco Gómez (Director de la E.T.S.I. en TOPOGRAFÍA, GEODESIA Y CARTOGRAFÍA)
D. Miguel Calvo Ramón (Director del Departamento Señales, Sistemas y Radiocomunicaciones
de la E.T.S. de INGENIEROS DE TELECOMUNICACIÓN)
La Comisión ha sido creada como una Comisión consultiva, y tiene como función principal el
asesoramiento sobre la reestructuración departamental de la Universidad Politécnica de Madrid.
Hasta la redacción del presente documento se han celebrado 5 reuniones de la Comisión en fechas:
25 de octubre de 2012, 8 de noviembre de 2012, 23 de noviembre de 2012, 29 de noviembre de
2012 y 4 de enero de 2013.
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2. Objetoyalcancedelinforme
El objeto del presente documento es presentar las conclusiones establecidas por la Comisión a partir de
las actividades desarrolladas hasta la fecha y debatidas en las reuniones antes comentadas.
El alcance del mismo queda limitado por la naturaleza consultiva que define a la propia Comisión.
3. Informaciónutilizada
Para la preparación de las actividades descritas en los siguientes apartados del informe se ha manejado
la información especificada a continuación, obtenida a partir de las bases de datos de la Universidad en
fecha noviembre de 2012:
Cuadro de departamentos que imparten docencia en cada Centro (adscritos y no adscritos al
Centro) (fuente: elaboración propia del VEOC).
Cuadro con número de profesores equivalentes a tiempo completo por departamentos (fuente:
elaboración propia del VPA).
Cuadro con matriculación en primer semestre del curso 2012‐2013 en las titulaciones de grado y
máster, por departamentos (fuente: elaboración propia del VEOC).
Cuadro con listado de profesores y vinculación a centros, departamentos, áreas de
conocimiento, carácter de doctor y número de sexenios (fuente: elaboración propia del VPA).
Cuadro con número de tesis leídas por programa desde el curso 2007‐2008 (fuente: elaboración
propia del VPAD).
Datos académicos correspondientes a la Universidad Politécnica de Cataluña y a la Universidad
Politécnica de Valencia (consulta directa del VEOC a las instituciones referidas).
4. Descripcióndelasactividadesrealizadas
Los antecedentes que han dado lugar a la constitución de la Comisión, pueden sintetizarse en la
necesidad de procurar una reducción importante del número de departamentos de nuestra Universidad.
En el siguiente cuadro resumen se presentan parámetros básicos correspondientes a Universidades
afines a la nuestra (Universidad Politécnica de Cataluña, Universidad Politécnica de Valencia) y los
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nuestros propios, con datos que deben entenderse como aproximados, dado el carácter variable de los
mismos y la dificultad de obtenerlos en el mismo momento.
4.1. Objetivosplanteados
Habida cuenta de la situación reflejada en el Anexo I (que se actualizará cuando contemos con los datos
completos del presente documento) y conscientes de la necesidad de reducir el número de
departamentos, se consideró por la Comisión el establecimiento de unos objetivos que, confluyendo en
la consabida reducción, orientaran el esfuerzo a realizar hacia la consecución de dos objetivos generales:
a) actualización y modernización de la estructura departamental de la universidad a los nuevos
escenarios de titulaciones y centros
b) aumento de la eficiencia de nuestra institución y su viabilidad.
Se consideran como objetivos específicos los siguientes:
1. Mantener y potenciar, en la mayor medida posible la coherencia académica en la distribución de
recursos investigadores, docentes y no docentes.
2. Mejorar la Coordinación entre Centros y con los Servicios Centrales del Rectorado.
3. Potenciar fortalezas por complementación de puntos fuertes de cada unidad.
4. Fomentar la movilidad de docentes e investigadores dentro de la Universidad y la versatilidad en
la impartición de titulaciones.
5. Reducir costes directos y establecer economías de escala en la distribución de los recursos
económicos.
TODAS LAS TITULACIONES :
TOTAL PROPIOS ADSCRITOS, ASOCIADOS…
CATALUÑA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CATALUÑA 23 17 6 42
VALENCIA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE VALENCIA 14 13 1 42
MADRID UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID 23 22 1 114
MÁSTER DOCTORADO
CATALUÑA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CATALUÑA 3011 3000 35698 2780 12,84 2617 13,64
VALENCIA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE VALENCIA 2703 1367 33251 2646 12,57 1480 22,47
MADRID UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID 1602 2719 38430 3280 11,72 2370 16,22
* Datos PAS curso 2011‐12
COMUNIDAD AUTÓNOMA UNIVERSIDAD
COMUNIDAD AUTÓNOMA UNIVERSIDADNº CENTROS
Nº ALUMNOS
ESTRUCTURA BÁSICA DE LAS UNIVERSIDADES ESPAÑOLAS ( DATOS CURSO 2012/13 )
Nº DE TITULACIONES
149
39
103
29181
34109
TOTAL
ALUMNOSNº PROFESORES Nº PAS
RATIO
ALUMNOS / PAS
29687
Nº
DEPARTAMENTOS
RATIO
ALUMNOS /
PROFESORESGRADO O EQUIVALENTE
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4.2. Modelosdeestructuradepartamental
Es obvio pensar que cualquier proceso de reestructuración departamental afecta de manera
considerable al comportamiento de toda la organización, por lo que, además de establecer los objetivos
planteados en el apartado anterior, se hacía necesario analizar hacia qué tipo de estructura organizativa
era más recomendable orientarse.
Se presentaron a la Comisión, de forma esquemática, los distintos modelos globales de estructura
departamental que podrían establecerse. A saber:
a. Matricial puro: los Departamentos pueden impartir docencia en todos los Centros.
b. Jerárquico puro: los Departamentos imparten docencia en un solo centro pero se
reduce su número a un máximo determinado por cada Centro (función de unos
parámetros a establecer).
c. Modelo mixto: Jerárquico por áreas con distribución matricial en el área.
Establecidas y debatidas las ventajas e inconvenientes de cada uno de los modelos, se ha considerado
como mejor marco de referencia para efectuar las simulaciones el modelo mixto.
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4.3. Establecimiento de criterios para la reestructuracióndepartamental
Previamente a la propuesta de criterios a adoptar para la reestructuración departamental, se decidió
preparar un dossier con información correspondiente a los departamentos actuales, para decidir si los
distintos parámetros a considerar tendrían influencia o no, en los criterios a establecer para la
reestructuración. Dicho dossier debía incluir información sobre los siguientes aspectos:
‐ Actividad Docente del Departamento:
Centro/s en los que interviene.
Nº de asignaturas de Grado o Postgrado oficiales cuya docencia tiene asignada.
Nº de ECTS matriculados en las asignaturas impartidas.
Nº de profesores equivalentes a tiempo completo.
Nº de doctores.
Perfil del profesorado por categorías.
Nº de PAS.
‐ Actividad Investigadora del Departamento:
Nº de tesis leídas en el departamento.
Nº de sexenios de investigación reconocidos a los profesores.
A partir de esa información se planteó una propuesta de criterios para la configuración de los nuevos
departamentos. Una parte de ellos asociados a la actividad docente y otra correspondiente a la
actividad investigadora. Asimismo se acordó que se tratara de criterios aditivos, esto es, que deban
cumplirse en su totalidad por los nuevos departamentos en el momento de su constitución:
CRITERIO 1: Número de profesores equivalentes a tiempo completo (PETC).
CRITERIO 2: Número de doctores.
CRITERIO 3: Carga docente estimada en ECTS MATRICULADOS en un curso académico.
CRITERIO 4: Cociente entre el número de ECTS MATRICULADOS y el número de PETC del
departamento.
CRITERIO 5: Número de tesis leídas en el departamento en los últimos cinco años.
CRITERIO 6: Número de sexenios de investigación de los profesores del nuevo departamento.
donde:
ECTS MATRICULADOS: Para cada una de las asignaturas de un plan de Estudios, producto
del número de ECTS nominales de la asignatura (créditos europeos contabilizando la
dedicación completa del alumno), por el número de alumnos matriculados en la asignatura
en cada curso.
PETC: Profesor equivalente a tiempo completo. Por ejemplo, si se considera una docencia
nominal de 8 horas / semana, un profesor asociado 6 + 6 es un 75% de un PETC.
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4.4. Estimacióncuantitativadeloscriteriosdereestructuración
Para cada uno de los criterios establecidos en el apartado anterior se han fijado los límites que se
indican a continuación:
CRITERIO 1: Número mínimo de PETC = 40. Analizada la información de las actividades docentes
e investigadora de los departamentos actuales y salvaguardando la coherencia académica en la
distribución de recursos, se deduce que el número mínimo para formar un departamento sea de
40 PETC. Esta cifra permitiría obtener un número de departamentos de entre 40 y 50 después
de la reestructuración.
CRITERIO 2: Número mínimo de doctores = 20. Teniendo en cuenta el número de doctores
existente y su distribución por departamentos, esta cifra permite la reestructuración de los
mismos, manteniendo la suficiente flexibilidad.
CRITERIO 3: Carga docente superior a 30.000 ECTS MATRICULADOS por curso académico. Esta
cifra se estima como el resultado del producto aritmético de los siguientes factores:
o Número mínimo de PETC de un departamento.
o Estimación del cociente entre ECTS matriculados y carga docente de un profesor en
horas/semana.
o Tamaño medio de un grupo (incluyendo teoría y práctica).
o Carga docente media en la UPM.
o 2 semestres por curso.
CRITERIO 4: Cociente ECTS MATRICULADOS / PETC superior a 500.
CRITERIO 5: Número mínimo de tesis leídas en el departamento en los últimos 5 cursos = 3.
CRITERIO 6: Número mínimo de sexenios de investigación = 10.
4.5. Planteamientoporáreasdelassimulacionesefectuadas
Para comprobar la coherencia de los criterios establecidos, en sus aspectos cualitativos y cuantitativos,
se decidió realizar una simulación de la pretendida reestructuración departamental, con casos concretos
y datos reales o estimados a partir de los reales.
Dicha simulación se ha efectuado de acuerdo con el modelo departamental mixto especificado en el
apartado 4.2. Se ha planteado una estructura departamental disgregando o agrupando los
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correspondientes a cada una de las Áreas de actividad que se citan a continuación y, en consecuencia, a
los Centros especificados para cada una de esas áreas:
Área: Ingeniería Industrial:
o E.T.S.I. Industriales.
o E.T.S.I. de Minas.
o E.U.I.T. Industrial.
Área: Ingeniería Aeronaval:
o E.T.S.I. Aeronáuticos.
o E.T.S.I. Navales.
o E.U.I.T. Aeronáutica.
Área: Ingeniería Agroforestal:
o E.T.S.I. Agrónomos.
o E.T.S.I. de Montes.
o E.U.I.T. Agrícola.
o E.U.I.T. Foréstal.
Área: Ingeniería de las T.I.C.:
o E.T.S.I. de Telecomunicación.
o E.T.S.I. en Topografía, Geodesia y Cartografía.
o E.U. de Informática.
o E.U.I.T. de Telecomunicación.
o Facultad de Informática.
Área: Ingeniería Civil:
o E.T.S.I. de Caminos, Canales y Puertos.
o E.U.I.T. de Obras Públicas.
Área: Arquitectura y Edificación:
o E.T.S. Arquitectura.
o E.U. de Arquitectura Técnica.
Área: Deporte:
o Facultad de Ciencias de la Actividad Física y del Deporte
Los objetivos fundamentales de dicha simulación fueron:
Comprobar si existían posibilidades razonables de establecer dicha redistribución con
base en los criterios mínimos establecidos.
Comprobar si los valores cuantitativos adoptados para dichos criterios son adecuados.
En ese sentido cabe señalar que las simulaciones efectuadas no constituyen una propuesta firme de
reestructuración departamental, sino un ensayo sobre las posibilidades de proceder a dicha
reestructuración. Precisamente por su carácter experimental, en las simulaciones se ha tratado de
aplicar soluciones ciertamente dispares a situaciones similares con objeto de vislumbrar los posibles
escenarios. De ese modo, en ocasiones se han adoptado soluciones que quedan por debajo o muy por
encima en cada uno de los criterios, con el ánimo de efectuar el análisis al que nos referimos.
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Debe señalarse, adicionalmente, que la información manejada no puede considerarse definitiva en
ningún caso ni, en consecuencia, el análisis que de ella pudiera desprenderse, puesto que está muy
condicionada por el proceso de implantación de las nuevas titulaciones adaptadas al RD 1393/2007. A
modo de ejemplo, baste citar las siguientes circunstancias:
Se ha considerado únicamente la matrícula en el primer semestre del curso 2012/2013,
estimándose únicamente de manera aproximada la correspondiente al curso completo, por
extrapolación.
En la mayor parte de nuestros centros, aún no se imparte la totalidad de la docencia de los
títulos de Grado.
No se ha comenzado la impartición de las titulaciones de másteres habilitantes ni de algunos de
los cursos de adaptación a Grado previstos.
El desarrollo de los programas de doctorado en los distintos centros de la universidad permite
suponer que el número de tesis leídas esté lejos de considerarse constante en el tiempo.
….
4.6. Adecuación de los criterios al cumplimiento de la normativavigente.
Se expone a continuación un extracto de los Estatutos de la UPM, referido a aquellas referencias de la
normativa que consideramos pueden afectar a una posible reestructuración departamental, tal como se
ha estipulado en la Comisión. Se acompaña cada uno de ellos de un breve comentario sobre la
adecuación a los mismos de las consideraciones establecidas en el proceso de reestructuración previsto:
“CAPÍTULO II – De las Escuelas y Facultades …. Artículo 8. Escuelas y Facultades …. 2. A efectos administrativos y de participación en los respectivos órganos de gobierno, se considera adscrito a una Escuela o Facultad: a) El profesorado y el personal investigador de los Departamentos correspondientes según el procedimiento señalado en los presentes Estatutos. ….”
En principio no cabe ninguna incompatibilidad con los criterios establecidos.
“CAPÍTULO III – De los Departamentos Artículo 11. Departamentos Los Departamentos son las unidades de docencia e investigación encargadas de coordinar las enseñanzas de uno o varios ámbitos del conocimiento, en una o en varias Escuelas o Facultades o en cualquier otro de sus Centros o Institutos de Investigación, de acuerdo con la programación
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docente de la Universidad Politécnica de Madrid. Así mismo, se encargan de apoyar las actividades e iniciativas docentes e investigadoras del profesorado y del personal investigador y de ejercer aquellas otras funciones que sean determinadas por los presentes Estatutos.”
En principio no cabe ninguna incompatibilidad con los criterios establecidos.
Artículo 12. Constitución … 2. A efectos de la constitución de los Departamentos, el número de profesores será como mínimo el establecido por la legislación vigente, si bien la Universidad Politécnica de Madrid, a través de su Consejo de Gobierno, podrá elevar esta cifra con carácter general.
En principio, los Estatutos permiten la modificación del número mínimo de profesores para formar un
departamento.
Artículo 13. Adscripción de personal 1. Todo profesor estará adscrito a un solo Departamento y a una sola Escuela o Facultad, que, salvo circunstancias especiales, será aquella en la que ejerza la mayor parte de su actividad docente. Solamente se contempla la excepción mencionada en el artículo 20.1c). (Artículo 20. Composición de los Institutos Universitarios de Investigación y de los Centros de I+D+i propios 1. Serán miembros de un Instituto Universitario de Investigación o de un Centro de I+D+i propio, sin perjuicio de la adscripción indicada en el Artículo 13.1: c) Los investigadores doctores contratados por la Universidad Politécnica de Madrid de forma permanente y con destino en el Instituto o Centro de I+D+i, independientemente de su figura contractual. En este caso, no será necesaria la adscripción a un Departamento o a una Escuela o Facultad. )
En principio no cabe ninguna incompatibilidad con los criterios establecidos, pero debe flexibilizarse el
procedimiento de cambio de adscripción de los profesores a los Centros, para mejorar la eficiencia en la
distribución de recursos. Creemos que no es necesario un cambio normativo.
Artículo 14. Adscripción de Departamentos 2. Los Departamentos que ejerzan su actividad en más de una Escuela o Facultad serán adscritos por el Consejo de Gobierno a aquella en la que mayoritariamente lleven a cabo sus funciones, pero podrán participar en las decisiones que les afecten en las otras en que desarrollen docencia o investigación, informando a todas ellas de las actividades que lleven a cabo. 3. La iniciativa de adscripción partirá del propio Departamento y será presentada en la Escuela o Facultad respectiva, quien la informará y elevará al Consejo de Gobierno.
En principio no cabe ninguna incompatibilidad con los criterios establecidos.
Artículo 15. Secciones Departamentales Los Departamentos podrán prever en su reglamento de funcionamiento la creación de Secciones Departamentales cuando en ellos se integren profesores que impartan docencia en dos o más Escuelas o Facultades. La creación de Secciones Departamentales deberá ser aprobada por el Consejo de Gobierno.
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En principio no cabe ninguna incompatibilidad con los criterios establecidos. La posibilidad de creación de Secciones Departamentales, si el sistema es suficientemente ágil, permite una organización flexible acorde con los criterios establecidos.
Artículo 17. Creación, modificación y supresión 1. La creación de un Departamento, su supresión o la modificación de sus áreas de competencia científica será aprobada por el Consejo de Gobierno, previo informe de los Departamentos afectados, de la Junta de Escuela o Facultad a la que el Departamento esté adscrito y, en su caso, de las Juntas de Escuela o Facultad en las que tenga Secciones Departamentales. 2. La iniciativa de creación, modificación o supresión de un Departamento corresponderá bien al profesorado interesado o bien al Consejo de Gobierno. Cuando la iniciativa proceda del Consejo de Gobierno, deberá darse audiencia previa a los docentes e investigadores que pudieran resultar afectados por la medida. … 4. La creación, modificación o supresión de Departamentos se comunicará al Consejo Social y al Claustro Universitario.
En principio no cabe ninguna incompatibilidad con los criterios establecidos.
Artículo 30. Formación de comisiones Los órganos de gobierno colegiados y de representación y el Rector podrán establecer Comisiones Asesoras. Solamente serán ejecutivas las previstas expresamente en los presentes Estatutos.
Clarifica la naturaleza de la Comisión. Artículo 47. Competencias del Consejo de Gobierno Además de cualquier otra que le atribuyan las disposiciones vigentes y los presentes Estatutos, serán competencias del Consejo de Gobierno: … d) Crear, modificar o suprimir Departamentos y Secciones Departamentales. ….
En principio no cabe ninguna incompatibilidad con los criterios establecidos.
Artículo 132. Derechos del profesorado Son derechos del profesorado, además de los inherentes a su condición de funcionario o trabajador contratado: a) Ejercer las libertades de cátedra e investigación sin más límite que los establecidos por la Constitución y las leyes y los derivados de la planificación académica y organización de las enseñanzas oficiales y propias. b) Disponer de los medios necesarios para el cumplimiento de sus funciones, con atención específica a las personas discapacitadas y de acuerdo con las posibilidades de la Universidad Politécnica de Madrid; debiendo tenerse en cuenta criterios de eficacia y eficiencia en la distribución de tales medios. c) Participar en los órganos de gobierno y administración de la Universidad Politécnica de Madrid en la forma prevista por las normas vigentes y desempeñar los cargos y funciones para los que sean propuestos. d) Ser evaluado y conocer los procedimientos de evaluación de su rendimiento y el resultado de las evaluaciones que le afecten, así como obtener certificación de los mismos a los efectos que procedan.
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e) Ser informado de los asuntos de interés para la comunidad universitaria y en particular de cuantos acuerdos adopten los órganos de gobierno de la Universidad Politécnica de Madrid que le afecten, y tener acceso a ellos permanentemente. f) Disfrutar de compensación total o parcial de los precios públicos de matriculación en la universidad para el mismo, su cónyuge o pareja de hecho legalmente reconocida y sus hijos, como ayuda social, además de las restantes que procedan. g) Asistir a cursos de especialización, perfeccionamiento y doctorado, cuyo seguimiento se entenderá como tiempo de trabajo, según reglamentariamente se establezca. h) La compensación total o parcial, como ayuda social, de los precios públicos por las enseñanzas curriculares recibidas en la universidad, y la posibilidad de obtener ayudas de matrícula en las enseñanzas extracurriculares, en particular cuando supongan perfeccionamiento profesional para los interesados. i) Conocer cualquier información que se tramite sobre su actividad y ser advertido con la debida antelación cuando los informes puedan afectar a su actividad profesional o a su promoción, para que puedan presentar las alegaciones pertinentes. j) Cualesquiera otros que les sean reconocidos por la ley o por los presentes Estatutos.
En principio no cabe ninguna incompatibilidad con los criterios establecidos.
Artículo 138. Adscripción …. 2. Los profesores están obligados a desarrollar actividades docentes de sus especialidades en cualquiera de las titulaciones en las que el departamento imparta enseñanzas.
Este artículo es muy favorable a la reestructuración propuesta.
CAPITULO III - Del personal de administración y servicios Sección 1ª. Disposiciones generales Artículo 162. Dependencia 1. Corresponde al Rector el ejercicio de las competencias que en materia de personal le confiere la legislación de la Función Pública y Laboral. 2. El personal de administración y servicios estará bajo la dependencia orgánica del Rector y por delegación de éste bajo la dependencia del Gerente. Sin perjuicio de lo establecido en el apartado anterior y en los presentes Estatutos, la responsabilidad en la dirección de los servicios y del personal de los mismos corresponde al Director o Decano, Directores de Departamento o Directores de Instituto Universitario de Investigación o Centro de I+D+i, que velarán por la buena gestión de los recursos humanos y materiales adscritos por la Universidad Politécnica de Madrid para el cumplimiento de sus fines.
En principio no cabe ninguna incompatibilidad con los criterios establecidos.
Sección 2ª. De la Relación de Puestos de Trabajo Artículo 165. Relación de Puestos de Trabajo 1. La Gerencia de la Universidad Politécnica de Madrid elaborará la correspondiente Relación de Puestos de Trabajo, según los criterios generales y de acuerdo con las necesidades docentes, de investigación y de gestión y servicios, previo informe de las Escuelas, Facultades, Departamentos, Institutos Universitarios de Investigación, Centros de I+D+i y de otros Centros y servicios
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En principio no cabe ninguna incompatibilidad con los criterios establecidos.
5. Análisisdelosresultadosobtenidosrespectoalestablecimientoycuantificacióndeloscriterios
Del análisis efectuado por los miembros de la Comisión respecto al resultado de las simulaciones
efectuadas, cabe extraer las siguientes consideraciones:
El balance entre criterios asociados a la actividad docente y a la actividad investigadora puede
considerarse adecuado.
Dicho balance favorece, según lo pretendido, la conexión entre centros de distintas
características, en cierto modo beneficiando la interacción entre departamentos de las escuelas
técnicas superiores y facultades (que, en términos generales, suelen destacar en el volumen de
la actividad investigadora) y las escuelas universitarias (que, en general, registran mayor
actividad docente).
En algunos casos, la reestructuración que parece más adecuada pasa por desagregar algunos
departamentos para ordenarlos en otros conjuntos. Esta circunstancia favorece la idea ya
comentada de permitir con la reestructuración que se reordene la asignación de profesores a
determinados departamentos, ya no solo de forma colectiva sino incluso individualizada para
algunos docentes o pequeños grupos de docentes.
A la vista de los ejemplos realizados, la serie de criterios establecidos garantiza cierta flexibilidad
en el planteamiento de la reestructuración. Desde el punto de vista de la Comisión, este aspecto
puede considerarse como muy favorable a los objetivos planteados y es acorde con las
tendencias actuales en organización de empresas e instituciones.
En términos cuantitativos, los valores elegidos también parecen adecuados, puesto que
permiten, en general, encontrar soluciones que cumplen los requisitos establecidos. Cabe
señalar que, de todos, los criterios de carga docente son los más restrictivos, tanto en volumen
de créditos matriculados como en la relación créditos/profesores. No obstante, estas
comparaciones están muy afectadas por la provisionalidad de los datos administrativos
utilizados, debido a las singularidades antes comentadas.
En ese sentido sería recomendable establecer un margen de tolerancia para el cumplimiento de
los criterios, que podría plantearse para la totalidad o para parte de ellos. Como ejemplo, se
sugiere por la Comisión el establecimiento de un margen del 10% de tolerancia en los criterios
establecidos.
Puede concluirse que existe un número posible de soluciones que, cumpliendo los criterios
establecidos, permiten una reducción de departamentos hasta cifras similares a las
universidades más afines a la nuestra.
Existen casos que, debido a su especificidad, requerirán un tratamiento individualizado. Es
paradigmático el caso del departamento de “Lingüística aplicada a la Ciencia y la Tecnología” en
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ese sentido, puesto que cualquier desagregación no tiene el volumen necesario y a la vez su
integración con otras áreas de conocimiento aleja la solución del principio de coherencia
académica.
En relación con el momento de puesta en marcha de esta reestructuración y teniendo en cuenta
que el proceso de adaptación al RD 1393/2007 no se encuentra aún en régimen estacionario, se
recomienda revisar la cuantificación de los criterios establecidos con base en datos académicos
actualizados (segundo semestre de 2013).
Asimismo y de cara a garantizar la sostenibilidad del sistema, debe definirse un procedimiento
de seguimiento y actualización del cumplimiento de dichos criterios en el tiempo; se sugiere
realizar la primera revisión al finalizar el curso 2014‐2015.
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6. Conclusionesyrecomendaciones
Con base en las especificaciones desarrolladas en apartados anteriores, cabe extraer las siguientes
conclusiones y/o recomendaciones:
1. Modelo Departamental: Se recomienda la implementación de un modelo departamental de
estructura mixta por áreas de actividad. En el caso de los departamentos que imparten docencia
en materias básicas y comunes al área, es especialmente recomendable el modelo matricial. La
puesta en marcha de este modelo debe facilitar la movilidad de docentes e investigadores en
nuestra universidad.
2. Se han previsto las siguientes Áreas de Actividad:
Área: Arquitectura y Edificación. Área: Ciencias de la Actividad Física y el Deporte Área: Ingeniería Aeronaval. Área: Ingeniería Agroforestal. Área: Ingeniería Civil. Área: Ingeniería Industrial. Área: Ingeniería T.I.C.
3. Se proponen como criterios para la constitución de los departamentos los siguientes (con objeto
de favorecer los objetivos planteados en el apartado 4.1 del presente documento):
CRITERIO 1: Número mínimo de PETC = 40 CRITERIO 2: Número mínimo de doctores = 20 CRITERIO 3: Número mínimo de ECTS MATRICULADOS por curso académico = 30000 CRITERIO 4: Cociente ECTS MATRICULADOS / PETC superior a 500. CRITERIO 5: Número mínimo de tesis leídas en el departamento en los últimos 5 cursos = 3. CRITERIO 6: Número mínimo de sexenios de investigación = 10.
4. Se propone establecer una tolerancia del 10% en el cumplimiento de todos o algunos de estos
criterios. Asimismo se propone la revisión de los mismos en función de los datos académicos
disponibles en el momento de poner en marcha la reestructuración y establecer un
procedimiento de seguimiento y actualización de los mismos que comience al finalizar el curso
2014‐2015.
5. Se elaborará un documento que incluya, para cada uno de los actuales departamentos, los datos
correspondientes a los criterios establecidos, de forma que estos conozcan su situación y la del
resto de departamentos de la UPM. Este documento se realizará cuando contemos con los datos
académicos del segundo semestre de este curso académico.
6. La Comisión estima que esta propuesta de criterios para la reestructuración es compatible con
el marco normativo existente.
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7. Se recomienda el establecimiento de la siguiente Hoja de Ruta:
1. Estudio de la propuesta por el Equipo Rectoral.
2. Estudio de la propuesta por los Directores y Decanos de los Centros.
3. Estudio de la propuesta por los Directores de Departamento.
4. Presentación de la propuesta a los representantes del PDI y el PAS.
5. Debate y adopción de acuerdos en el Consejo de Gobierno.
Este proceso debería estar concluido en el mes de abril del año en curso.
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Madrid, 4 de enero de 2013.