COMITÉ NACIONAL ELECTORAL
DIRECTIVA N° 003-2019/CNE-AP
ELECCIONES INTERNAS A LOS ÓRGANOS EJECUTIVOS Y A LOS ÓRGANOS DE PROMOCIÓN POLÍTICA EN TODAS LAS JURISDICCIONES DEL PAÍS
I. OBJETO:
Es objeto de la presente Directiva establecer las normas y procedimientos que regirán el proceso de elecciones internas para elegir a los Órganos Ejecutivos y a los Órganos de Promoción Política a nivel nacional.
II. FINALIDAD:
Dar a conocer, a quienes tenga interés en participar en el proceso electoral interno para elegir a los Órganos Ejecutivos y a los Órganos de Promoción Política a nivel nacional, las normas y procedimientos que regirán dicho proceso.
III. MARCO NORMATIVO:
Constitución Política del Perú Ley 28094, Ley de Organizaciones Políticas; Estatuto de Acción Popular; Reglamento General de Elecciones de Acción Popular; Reglamento de Organización y Funciones; Reglamento de Afiliaciones; Reglamento General de Disciplina; Reglamento del Comité de Acción Política de la Mujer; y, Reglamento del Comité de Acción Política de la Juventud.
IV. ALCANCE:
Las disposiciones de la presente Directiva son de cumplimiento obligatorio y de aplicación por los Comités Electorales Departamentales (CED), Delegados Electorales, Personeros, candidatos y afiliados, a nivel nacional.
V. DEFINICIONES:
Acta de Escrutinio: Es el Acta donde se registran los resultados de la votación.
Acta de Instalación: Es el Acta donde se consignan las actividades e incidentes de la instalación de la mesa.
Acta de Sufragio: Donde se consignan los hechos e incidentes referentes al sufragio.
Acta padrón: Donde figuran los datos de los habilitados para sufragar en la mesa, además de un espacio para consignar la firma de los mismos.
Afiliado: Para efecto del presente proceso de elecciones internas, se entiende al ciudadano que figura inscrito en el Padrón Electoral de Acción Popular, inscrito en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
Comité Nacional Electoral (CNE): Es el máximo órgano encargado de organizar el proceso de elecciones internas y de administrar justicia en materia electoral. Constituye segunda instancia.
Comité Electoral Departamental (CED): Es el órgano encargado de conducir el proceso de elecciones internas y de administrar justicia en materia electoral en su respectiva jurisdicción departamental. Constituye primera instancia.
Delegado Electoral: Es el afiliado designado, de manera temporal y específica, por el Comité Electoral Departamental (CED) para encargarse de la conducción del presente proceso de elecciones internas en su respectiva jurisdicción provincial o distrital.
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Improcedente: Es la Resolución del Comité Electoral Departamental (CED) frente a una solicitud y/o recurso que no cumple con las formalidades del caso.
Inadmisible: Es la Resolución del Comité Electoral Departamental (CED) frente a una solicitud y/o recurso que, cumpliendo con las formalidades del caso, requiere subsanar algunas omisiones en la documentación presentada.
Notificación: Es la comunicación al Personero Legal acreditado o a un afiliado informándole de una Resolución sobre algún recurso presentado. Se realiza al correo electrónico consignado por el Personero Legal en su acreditación o por el afiliado en el recurso presentado. También es válida la notificación a través de la página web del partido o por publicación en el local del respectivo Comité Electoral.
Personero Legal: Representante legal de una Lista, debidamente acreditado ante el Comité Electoral Departamental (CED) correspondiente, conjuntamente con un Personero Legal suplente.
Plazo: Se computa en días calendario desde el día siguiente de la notificación y/o publicación.
Recurso de Apelación: Es el Recurso que se interpone contra cualquier Resolución del Comité Electoral Departamental (CED). Lo puede interponer el Personero Legal acreditado o el afiliado que interpuso un Recurso de Tacha.
Recurso de Exclusión: Es el Recurso que ejerce de oficio el Comité Electoral Departamental (CED) o el Comité Nacional Electoral (CNE), contra cualquier candidato, al tomar conocimiento cierto de hechos considerados como causal de exclusión en la presente Directiva.
Recurso de Nulidad: Es el Recurso que se interpone ante el Comité Electoral Departamental (CED) contra el proceso o una etapa del proceso electoral. Sólo lo puede interponer el Personero Legal acreditado.
Recurso de Tacha: Es el Recurso que se interpone ante el Comité Electoral Departamental (CED) contra una Lista o un candidato. Lo puede interponer el Personero Legal acreditado o cualquier afiliado.
VI. CONVOCATORIA:
Conforme lo dispuesto en el artículo 53 del Estatuto de Acción Popular el Comité Nacional Electoral (CNE) convocó para el domingo 24 DE NOVIEMBRE DE 2019 al proceso de elecciones internas para elegir a los Órganos Ejecutivos y a los Órganos de Promoción Política a nivel nacional.
VII. PADRÓN ELECTORAL:
El Padrón Electoral a ser utilizado en el presente proceso de elecciones internas es el inscrito en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
VIII. MODALIDAD DE ELECCIÓN:
El proceso de elecciones internas se realizará mediante el voto universal, libre, igual, voluntario, directo y secreto de los afiliados. Es elegida la Lista que obtenga la mayoría simple de los votos válidos.
IX. CARGOS SOMETIDOS A ELECCIÓN INTERNA
Comité Ejecutivo Nacional.
Comités Ejecutivos Departamentales.
Comités Ejecutivos Provinciales.
Comités Ejecutivos Distritales.
Comité Metropolitano de Lima.
Comités de Acción Política de la Mujer.
Comités de Acción Política de la Juventud. Son elegidos en Lista completa y cerrada.
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X. REQUISITOS PARA SER CANDIDATO: 10.1 Requisitos Generales
Ser afiliado y figurar en el Padrón Electoral a ser usado en el presente proceso.
Ser ciudadano en ejercicio y no estar suspendido en el ejercicio de la ciudadanía por resolución judicial, consentida o ejecutoriada en los supuestos del artículo 33 de la Constitución Política del Perú.
Domiciliar en la jurisdicción por la que se postula cuando menos los dos (2) últimos años de manera real, continua e ininterrumpida. No se aplica el domicilio múltiple. El domicilio del DNI debe corresponder a la jurisdicción por la que se postula.
Ser mayor de dieciocho (18) años de edad cumplidos hasta la fecha límite para la presentación de su inscripción.
Pagar las costas electorales hasta la fecha límite para la presentación de su inscripción. 10.2 Requisitos para integrar el Comité Ejecutivo Nacional
Para ser Secretario General Nacional y Vicesecretario General Nacional
Tener cuando menos los seis (6) últimos años de afiliación continua e ininterrumpida.
Haber ejercido durante cuatro (4) años otros cargos directivos y, cuando menos, dos (2) años como dirigente nacional, departamental o provincial.
Para ser Secretario o Dirigente Nacional
Tener cuando menos los cuatro (4) últimos años de afiliación continua e ininterrumpida. 10.3 Requisitos para integrar el Comité Ejecutivo Departamental o Metropolitano
Tener cuando menos los tres (3) últimos años de afiliación continua e ininterrumpida. 10.4 Requisitos para integrar el Comité Ejecutivo Provincial
Tener cuando menos los dos (2) últimos años de afiliación continua e ininterrumpida. 10.5 Requisitos para integrar el Comité Ejecutivo Distrital con Prerrogativas Provinciales
Tener cuando menos los dos (2) últimos años de afiliación continua e ininterrumpida. 10.6 Requisitos para integrar el Comité Ejecutivo Distrital
Tener cuando menos el último año de afiliación continua e ininterrumpida. 10.7 Requisitos para integrar el Comité Nacional de Acción Política de la Mujer
Tener cuando menos los cuatro (4) últimos años de afiliación continua e ininterrumpida. 10.8 Requisitos para integrar el Comité Departamental o Metropolitano de Acción Política de la
Mujer
Tener cuando menos los tres (3) últimos años de afiliación continua e ininterrumpida. 10.9 Requisitos para integrar el Comité Provincial de Acción Política de la Mujer
Tener cuando menos los dos (2) últimos años de afiliación continua e ininterrumpida. 10.10 Requisitos para integrar el Comité Distrital con Prerrogativas Provinciales de Acción Política de
la Mujer
Tener cuando menos los dos (2) últimos años de afiliación continua e ininterrumpida. 10.11 Requisitos para integrar el Comité Distrital de Acción Política de la Mujer
Tener cuando menos el último año de afiliación continua e ininterrumpida. 10.12 Requisitos para integrar el Comité Nacional de Acción Política de la Juventud
Tener cuando menos los tres (3) últimos años de afiliación continua e ininterrumpida.
Ser menor de veintisiete (27) años de edad cumplidos hasta la fecha límite para la presentación de su inscripción.
10.13 Requisitos para integrar un Comité Departamental o Metropolitano de Acción Política de la Juventud
Tener cuando menos el último año de afiliación continua e ininterrumpida.
Ser menor de veintisiete (27) años de edad cumplidos hasta la fecha límite para la presentación de su inscripción.
10.14 Requisitos para integrar un Comité Provincial de Acción Política de la Juventud
Tener cuando menos los seis (6) últimos meses de afiliación continua e ininterrumpida.
Ser menor de veintisiete (27) años de edad cumplidos hasta la fecha límite para la presentación de su inscripción.
10.15 Requisitos para integrar un Comité Distrital con Prerrogativas Provinciales de Acción Política de la Juventud
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Tener cuando menos los seis (6) últimos meses de afiliación continua e ininterrumpida.
Ser menor de veintisiete (27) años de edad cumplidos hasta la fecha límite para la presentación de su inscripción.
10.16 Requisitos para integrar un Comité Distrital de Acción Política de la Juventud
Tener cuando menos los tres (3) últimos meses de afiliación continua e ininterrumpida.
Ser menor de veintisiete (27) años de edad cumplidos hasta la fecha límite para la presentación de su inscripción.
Los demás que consigne el Estatuto y el Reglamento General de Elecciones.
XI. IMPEDIMENTOS PARA POSTULAR:
Estar sujeto a sanción disciplinaria.
Haber sido cesado en un cargo directivo o público, por ausencias injustificadas o por incumplimiento de sus funciones.
Haber renunciado a un cargo directivo.
Estar condenado a pena privativa de la libertad, efectiva o suspendida, con sentencia consentida o ejecutoriada, por la comisión de delito doloso.
Encontrarse incurso en un proceso penal o en investigación fiscal como denunciado o investigado.
Haber sido condenado por homicidio, exposición a peligro o abandono de persona en peligro, omisión de asistencia familiar, violación de la libertad personal, violación de la libertad sexual, proxenetismo, hurto, robo, apropiación ilícita, estafa y otras defraudaciones, tráfico ilícito de drogas, organización criminal, discriminación, atentados contra la seguridad nacional y traición a la patria, abuso de autoridad, concusión, peculado, corrupción de funcionarios, terrorismo, apología del terrorismo, feminicidio, violencia contra la mujer, injuria, calumnia, difamación, aun cuando ya haya cumplido la pena y sido rehabilitado.
Estar inscrito en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, el Registro de Deudores Judiciales Morosos y/o el Registro de Reparaciones Civiles.
Tener relación de parentesco, hasta el cuarto grado de consanguinidad y/o segundo de afinidad, con algún miembro de un órgano electoral partidario nacional y/o de su respectiva jurisdicción.
Los demás que consigne el Estatuto y el Reglamento General de Elecciones. XII. PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN
12.1 Lugar y forma de inscripción La solicitud de inscripción es presentada ante el Comité Electoral Departamental (CED) de la jurisdicción. La solicitud de inscripción para cargos de ámbito nacional es presentada ante el Comité Electoral Departamental de Lima Metropolitana (CEDLM). La solicitud de inscripción debe ser presentada con la documentación completa y el archivo digital conteniendo toda la documentación en formato PDF. La Solicitud de Inscripción es presentada hasta la fecha límite fijada en el Cronograma Electoral (ver ANEXO I).
12.2 Personero Legal La Lista debe acreditar, ante el Comité Electoral Departamental (CED) de la jurisdicción, a un Personero Legal titular y un Personero Legal suplente. El Personero Legal, titular y suplente, debe ser afiliado, tener cuando menos el último año de afiliación continua e ininterrumpida y no estar incurso en alguno de los Impedimentos para postular indicados en el Acápite XI de la presente Directiva.
12.3 Formatos, documentos y plazo para la presentación de la solicitud de inscripción La Solicitud de Inscripción es presentada únicamente por el Personero Legal, acreditado en el mismo acto, ante el Comité Electoral Departamental (CED) de la jurisdicción.
Nota: Se considera menor de veintisiete (27) años de edad cumplidos hasta la fecha límite para la presentación de su inscripción a los nacidos después del 5 de octubre de 1992.
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La Solicitud de Inscripción es presentada acompañando la siguiente documentación y en el mismo orden, así como el archivo digital de la misma entregado en un CD o USB.: Acreditación del Personero Legal, titular y suplente, firmada por el candidato que encabeza
la Lista y ambos personeros, con copia legible del Documento Nacional de Identidad (DNI) de ambos, impresión de la consulta de afiliación al Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) de ambos, señalando el correo electrónico donde se les debe notificar (según FORMATO I).
Solicitud de Inscripción, presentada y firmada por el Personero Legal, titular y suplente (según FORMATO II).
Lista firmada por el Personero Legal, titular y suplente, con indicación por cada candidato del cargo al que postula, nombre completo, número de Documento Nacional de Identidad (DNI), fecha de nacimiento y firma (según corresponda FORMATO III).
Original y copia simple del voucher de depósito o pago de las Costas Electorales establecidas (ver ANEXO II).
Plan de Acción para el periodo dirigencial de las Listas de ámbito nacional (según FORMATO IV).
Documentación de cada uno de los candidatos, presentada en el mismo orden en que figuran en la Lista:
Hoja de vida (según FORMATO V).
Declaración Jurada con firma legalizada (según FORMATO VI).
Copia simple, clara y legible, de su Documento Nacional de Identidad (DNI).
Impresión de la consulta de afiliación al Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
Recibo de Pago de cuotas partidarias cuando menos de los últimos doce (12) meses anteriores a la fecha de inscripción, por un monto no menor de S/ 5.00 (CINCO Y 00/100 SOLES) por cada mes.
12.4 Calificación, subsanación y admisión Se realizará conforme al Cronograma Electoral (ver ANEXO I). La Solicitud de Inscripción de una Lista es calificada por el Comité Electoral Departamental (CED) de la jurisdicción. En caso de cumplir con todos los requisitos el Comité Electoral Departamental (CED) de la jurisdicción emite una Resolución declarándola ADMITIDA. En caso de no cumplir con requisitos que sean subsanables, se emitirá una Resolución declarándola INADMISIBLE y otorgándole un plazo de un (1) día calendario posterior a su notificación para subsanar. Vencido dicho plazo y no habiéndose cumplido con subsanar todas las observaciones, se procederá a su ARCHIVO. Subsanadas las observaciones dentro del plazo otorgado se emitirá una Resolución declarándola ADMITIDA. En caso de no cumplir con requisitos que sean insubsanables, se emitirá una Resolución declarándola IMPROCEDENTE. Contra la Resolución que declara IMPROCEDENTE una Solicitud de Inscripción, procede el Recurso de Apelación, el que debe ser presentado en un plazo no mayor de dos (2) días calendario posteriores a su notificación. Este Recurso de Apelación sólo puede ser presentado por el Personero Legal, titular o suplente. En caso de no presentarse dentro del plazo Recurso de Apelación contra la Resolución esta quedará consentida y se procederá a su ARCHIVO.
Nota: La Lista debe cumplir con la cuota de género conforme lo establecido en el artículo 46 del Estatuto y el artículo 51 del Reglamento General de Elecciones. La Lista debe cumplir con los criterios de no reelección conforme a lo establecido en los artículos 47 y 51 del Estatuto y el artículo 54 del Reglamento General de Elecciones.
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El Recurso de Apelación debe cumplir con los requisitos establecidos en la presente Directiva, caso contrario se procederá a su ARCHIVO. El Recurso de Apelación, que cumpla con los requisitos establecidos en la presente Directiva, es trasladado al Comité Nacional Electoral (CNE) por el Comité Electoral Departamental (CED) de la jurisdicción, vía correo electrónico. El Comité Nacional Electoral (CNE) debe resolver la apelación. Si el Recurso de Apelación es declarado FUNDADO el Comité Nacional Electoral (CNE) emitirá una Resolución declarando a la Lista ADMITIDA, la que será remitida al Comité Electoral Departamental (CED) de la jurisdicción para que proceda conforme a ella. Si el Recurso de Apelación es declarado INFUNDADO el Comité Nacional Electoral (CNE) ratificará la Resolución del Comité Electoral Departamental (CED) de la jurisdicción y se procederá a su ARCHIVO.
12.5 Publicación y tachas Se realizará conforme al Cronograma Electoral (ver ANEXO I). La Resolución que declara ADMITIDA a una Lista y su correspondiente archivo digital en formato PDF, es publicada en la página web del Partido (www.accionpopular.pe) y en el local del partido de la respectiva jurisdicción, iniciándose desde la publicación que ocurra primero el periodo de dos (2) días calendario para presentar el Recurso de Tacha a la Lista o a un candidato en particular. El Recurso de Tacha se presenta por escrito ante el Comité Electoral Departamental (CED) de la jurisdicción, acompañando obligatoriamente los medios probatorios correspondientes, indicando el correo electrónico a donde se le debe notificar al recurrente y adjuntando el voucher de pago de las Costas Electorales (ver ANEXO II). Puede ser interpuesto por cualquier afiliado. En caso de cumplir con todos los requisitos el Comité Electoral Departamental (CED) de la jurisdicción emite una Resolución declarándolo ADMITIDO. En caso que el Recurso de Tacha no cumpla con todos los requisitos y formalidades el Comité Electoral Departamental (CED) de la jurisdicción procederá a emitir una Resolución declarándolo IMPROCEDENTE. Contra la Resolución que declara IMPROCEDENTE un Recurso de Tacha, procede el Recurso de Apelación, el que debe ser presentado en un plazo no mayor de dos (2) días calendario posteriores a su notificación. El Recurso de Apelación sólo puede ser presentado por el afiliado que presento el Recurso de Tacha. En caso de no presentarse dentro del plazo Recurso de Apelación contra la Resolución esta quedará consentida. El Recurso de Apelación debe cumplir con los requisitos establecidos en la presente Directiva, caso contrario se procederá a su ARCHIVO. El Recurso de Apelación, que cumpla con los requisitos establecidos en la presente Directiva, es trasladado al Comité Nacional Electoral (CNE) por el Comité Electoral Departamental (CED) de la jurisdicción, vía correo electrónico. El Comité Nacional Electoral (CNE) debe resolver la apelación. Si el Recurso de Apelación es declarado FUNDADO el Comité Nacional Electoral (CNE) emitirá una Resolución declarando el Recurso de Tacha ADMITIDO la que será remitida al Comité Electoral Departamental (CED) de la jurisdicción para que proceda conforme a ella. Si el Recurso de Apelación es declarado INFUNDADO el Comité Nacional Electoral (CNE) ratificará la Resolución del Comité Electoral Departamental (CED) y se procederá a su ARCHIVO. La Resolución que declara ADMITIDO un Recurso de Tacha es notificada al Personero Legal de la Lista tachada o que integre el candidato tachado y a quién presentó la tacha, citando a ambos a Audiencia Pública. En la Audiencia Pública cada uno de los recurrentes tendrá derecho a cinco (5) minutos como máximo, para sustentar la tacha y para presentar los descargos y oposición a la misma. Inmediatamente tendrán derecho, y en el mismo orden, a tres (3) minutos como máximo, para una réplica y dúplica respectivamente.
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Ambos podrán presentar en la Audiencia Pública la documentación que sustente sus posiciones. Concluida la Audiencia Pública la tacha queda al voto del Comité Electoral Departamental (CED) de la jurisdicción. El Comité Electoral Departamental (CED) de la jurisdicción resuelve la tacha, emitiendo una Resolución que la declara FUNDADA o INFUNDADA. Contra la Resolución que declara FUNDADA o INFUNDADA la tacha, procede el Recurso de Apelación, el que debe ser presentado en un plazo no mayor de dos (2) días calendario posteriores a su notificación. En caso de no presentarse dentro del plazo Recurso de Apelación contra la Resolución esta quedará consentida. El Recurso de Apelación debe cumplir con los requisitos establecidos en la presente Directiva, caso contrario se procederá a su ARCHIVO. El Recurso de Apelación, que cumpla con los requisitos establecidos en la presente Directiva, es trasladado al Comité Nacional Electoral (CNE) por el Comité Electoral Departamental (CED) de la jurisdicción, vía correo electrónico. El Comité Nacional Electoral (CNE) debe resolver la apelación. Si el Recurso de Apelación contra una Resolución que la declara FUNDADA la Tacha es declarado FUNDADO el Comité Nacional Electoral (CNE) emitirá una Resolución declarando inscrita la Lista la que será remitida al Comité Electoral Departamental (CED) de la jurisdicción para que proceda conforme a ella. Si el Recurso de Apelación contra una Resolución que la declara FUNDADA la Tacha es declarado INFUNDADO el Comité Nacional Electoral (CNE) ratificará la Resolución del Comité Electoral Departamental (CED) y se procederá a su ARCHIVO. Si el Recurso de Apelación contra una Resolución que la declara INFUNDADA la Tacha es declarado FUNDADO el Comité Nacional Electoral (CNE) ratificará la Resolución del Comité Electoral Departamental (CED) y se procederá a su ARCHIVO. Si el Recurso de Apelación contra una Resolución que la declara INFUNDADA la Tacha es declarado INFUNDADO el Comité Nacional Electoral (CNE) emitirá una Resolución declarando inscrita la Lista la que será remitida al Comité Electoral Departamental (CED) de la jurisdicción para que proceda conforme a ella. La Recurso de Tacha declarado FUNDADO surte los siguientes efectos:
Si fue presentado contra la Lista en su conjunto, la Lista es excluida de participar en el proceso electoral.
Si fue presentado contra un candidato de una Lista este es excluido y reemplazado por el suplente.
Si fue presentado contra un candidato de una Lista este es excluido y de no haber suplente para reemplazarlo, la Lista es excluida de participar en el proceso electoral.
12.6 Publicación de la Lista Inscrita Se realizará conforme al Cronograma Electoral (ver ANEXO I). El Comité Electoral Departamental (CED) de la jurisdicción emite una Resolución declarando a una Lista INSCRITA. La Resolución que declara INSCRITA a una Lista es publicada en la página web del Partido (www.accionpopular.pe) y/o en el local del partido de la respectiva jurisdicción. El número de la Lista con el que se presentará al proceso electoral es asignado por orden de presentación de la Lista en cada jurisdicción (Nacional, departamental, provincial o distrital) y en el mismo momento de su presentación. En caso de Lista única le es asignado el número 1. En caso una Lista no sea admitida, sea excluida o sea tachada, el número asignado a dicha Lista no será otorgado a otra Lista. Las otras Listas en una jurisdicción continuarán con el número asignado al momento de su presentación. El Comité Electoral Departamental (CED) de la jurisdicción emite una Resolución publicando las Listas inscritas y los números de cada una de ellas, en cada jurisdicción a su cargo.
XIII. RENUNCIAS Y EXCLUSIONES
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13.1 Renuncia: La renuncia de un candidato a una Lista debe ser presentada ante el Comité Electoral Departamental (CED) de la jurisdicción, en documento suscrito y con firma legalizada y hasta antes de que la Lista haya sido declarada INSCRITA. El Comité Electoral Departamental (CED) de la jurisdicción dispone el reemplazo del candidato renunciante por el suplente. Si en una Lista se presentara más de un candidato renunciante y no hubiera suplentes para cubrir las renuncias, esta es excluida de participar en el proceso electoral.
13.2 Exclusión: La exclusión de un candidato es aplicada de oficio por el Comité Electoral Departamental (CED) de la jurisdicción, en cualquier etapa del proceso electoral y en los siguientes casos: a. Se toma conocimiento que al candidato se la ha impuesto, luego de su admisión o
inscripción: i) Sentencia condenatoria consentida o ejecutoriada, con pena privativa de la libertad
efectiva o suspendida; ii) Pena de inhabilitación, así la decisión sea únicamente de primera instancia; y, iii) Interdicción mediante resolución judicial con calidad de consentida o ejecutoriada.
b. Se toma conocimiento que el candidato proporcionó información falsa u omitió información solicitada en la Hoja de Vida (ver FORMATO V) y/o en la Declaración Jurada (ver FORMATO VI).
c. Por enfermedad grave que pueda impedir al candidato asumir el cargo de ser electo. Si en una Lista se excluyera más de un candidato y no hubiera suplentes para cubrir las exclusiones, esta es excluida de participar en el proceso electoral.
XIV. ORGANOS ELECTORALES
14.1 Comité Nacional Electoral (CNE): Es el máximo órgano electoral con jurisdicción a nivel nacional. Tiene las competencia y atribuciones señaladas en el estatuto y el Reglamento General de Elecciones.
14.2 Comité Electoral Departamental (CED): Es el máximo órgano electoral dentro de su respectiva jurisdicción. Tiene las competencia y atribuciones señaladas en el estatuto y el Reglamento General de Elecciones. Designa al Delegado Electoral, el local de votación y los miembros de mesa de cada provincia y distrito en su jurisdicción.
14.3 Delegado Electoral (Titular y Suplente): Es el responsable de velar por el cumplimiento de las normas y procedimientos electorales en su provincia o distrito. Responde ante el Comité Electoral Departamental (CED) de su jurisdicción. Tiene las siguientes funciones: 1. Proponer, cuando menos, tres posibles locales de votación. 2. Proponer los miembros de mesa, titulares y suplentes, para cada mesa electoral en su
provincia o distrito. 3. Instalar el local de votación y las mesas electorales a la hora establecida. 4. Distribuir el material electoral. 5. Recabar al término del escrutinio las Actas respectivas y entregarlas al Comité Electoral
Departamental (CED) de su jurisdicción. 14.4 Miembros de Mesa Electoral: Dirigen el acto de sufragio y escrutinio en su respectiva mesa
electoral. Son tres (3) Miembros Titulares y tres (3) Miembros Suplentes. XV. DEL ACTO DE SUFRAGIO Y ESCRUTINIO
15.1 Fecha y hora: El acto de sufragio se llevará a desde las 09:00 a.m. hasta las 05:00 p.m. del día DOMINGO 24 DE NOVIEMBRE DE 2019. Llegada la hora de cierre se hará ingresar al local de votación a los electores que se encuentren en la cola para que emitan su voto y se procederá a cerrar el local.
15.2 Lugar: El acto de sufragio se llevará a cabo en el local de votación aprobado y publicado por el Comité Electoral Departamental (CED) de la jurisdicción. Es nulo todo acto de votación y/o escrutinio que se lleve a cabo en un local distinto al aprobado y publicado.
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15.3 Instalación de la Mesa: La Mesa se instalará a la hora indicada, con los tres miembros de Mesa y los personeros de las listas debidamente acreditados. En caso de ausencia de Miembros de Mesa que impidan la instalación de la misma hasta las 09:30 a.m., el Delegado Electoral (Titular o Suplente) deberá recurrir a cualquier militante de la cola que desee ejercer este cargo. Si hasta las 12:00 m. no se hubiera instalado la Mesa, ya no se instalará. Todas las incidencias constarán en la respectiva Acta de Instalación.
15.4 Acto de sufragio: Una vez firmadas las cedulas de sufragio por cuando menos dos (2) de los Miembros de Mesa y los personeros que así lo deseen, se procederá a iniciar el Acto de Sufragio. El elector se identificará con su DNI original, se comprobará que figure en el respectivo Padrón Electoral, recibirá una cédula de sufragio por cada elección en la que debe sufragar (Ejecutivo, Acción Política de la Mujer y/o Acción Política de la Juventud; y en su correspondiente ámbito nacional, departamental, provincial o distrital,), procediendo a ingresar a la cámara de sufragio a emitir su voto y depositar las cédulas de sufragio en el ánfora o ánforas respectiva, para posteriormente firmar el Padrón Electoral. No pueden sufragar quienes no presenten su DNI o no figuren en el Padrón Electoral. Todas las incidencias constarán en la respectiva Acta de Sufragio.
15.5 Cierre de la Mesa: A las 05:00 p.m., o cuando terminen de sufragar quienes a esa hora se encontraban en la cola, se procederá a cerrar la Mesa. Cerrada la Mesa sólo permanecerán en el local de votación, el Delegado Electoral, los Miembros de Mesa y los personeros debidamente acreditados. Todas las incidencias constarán en la respectiva Acta de Sufragio.
15.6 Escrutinio: Cerrada la Mesa se procederá a abrir las ánforas y extraer los votos. Comprobado que el número de votos emitidos corresponde al número de quienes han sufragado. Sólo en caso el número de votos sea mayor a número de quienes han sufragado, se eliminarán al azar el número de cédulas adicionales. Luego se procederá al cómputo de las mismas, consignándose en el Acta de Escrutinio respectiva los resultados.
15.7 Observaciones: Sólo los personeros debidamente acreditados pueden registrar observaciones en la respectiva Acta. Las Actas sin observaciones no podrán ser posteriormente tachadas, observadas o solicitar su nulidad. Las Actas deben estar firmadas por los Miembros de Mesa y los personeros debidamente acreditados que así lo deseen.
15.8 Envío de resultados: El Delegado Electoral es el responsable de remitir las Actas al respectivo Comité Electoral Departamental (CED).
15.9 Consolidación de resultados: El Comité Electoral Departamental (CED) consolidará los resultados de su jurisdicción.
XVI. DE LAS NULIDADES
El Recurso de Nulidad se presenta por escrito ante el Comité Electoral Departamental (CED) de la jurisdicción, acompañando obligatoriamente los medios probatorios correspondientes, indicando el correo electrónico a donde se le debe notificar al recurrente y adjuntando el voucher de pago de las Costas Electorales (ver ANEXO II). Sólo puede ser interpuesto por el personero acreditado. El Comité Electoral Departamental (CED) de la jurisdicción resuelve la nulidad en el plazo de dos (2) días calendario posteriores a la proclamación de resultados, emitiendo una Resolución que la declara FUNDADA o INFUNDADA. Contra la Resolución que declara FUNDADA o INFUNDADA la nulidad, procede el Recurso de Apelación, el que debe ser presentado en un plazo no mayor de dos (2) días calendario posteriores a su notificación. En caso de no presentarse dentro del plazo Recurso de Apelación contra la Resolución esta quedará consentida. El Recurso de Apelación debe cumplir con los requisitos establecidos en la presente Directiva, caso contrario se procederá a su ARCHIVO. El Recurso de Apelación, que cumpla con los requisitos establecidos en la presente Directiva, es trasladado al Comité Nacional Electoral (CNE) por el Comité Electoral Departamental (CED) de la jurisdicción, vía correo electrónico. El Comité Nacional Electoral (CNE) debe resolver la apelación en un plazo no mayor de dos (2) días calendario de elevado. Si el Recurso de Apelación contra una Resolución que declara FUNDADA la Nulidad es declarado FUNDADO el Comité Nacional Electoral (CNE) emitirá una Resolución declarando válida la elección,
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la que será remitida al Comité Electoral Departamental (CED) de la jurisdicción para que proceda conforme a ella. Si el Recurso de Apelación contra una Resolución que la declara FUNDADA la Nulidad es declarado INFUNDADO el Comité Nacional Electoral (CNE) ratificará la Resolución del Comité Electoral Departamental (CED) y se procederá a declarar válida la elección. Si el Recurso de Apelación contra una Resolución que la declara INFUNDADA la Nulidad es declarado FUNDADO el Comité Nacional Electoral (CNE) ratificará la Resolución del Comité Electoral Departamental (CED) y se procederá a declarar válida la elección. Si el Recurso de Apelación contra una Resolución que la declara INFUNDADA la Nulidad es declarado INFUNDADO el Comité Nacional Electoral (CNE) emitirá una Resolución declarando válida la elección, la que será remitida al Comité Electoral Departamental (CED) de la jurisdicción para que proceda conforme a ella. El Recurso de Nulidad declarado FUNDADO surte el siguiente efecto: Declarar nulo el proceso de elecciones internas de la mesa o jurisdicción que fue objeto la nulidad. Estos resultados no serán computados en la consolidación de resultados correspondiente.
XVII. DE LA PROCLAMACIÓN DE LISTAS
resueltas las nulidades que se puedan haber presentado, de acuerdo con lo establecido en la presente Directiva, y consolidados los resultados, el correspondiente Comité Electoral Departamental (CED), publicará los resultados y los elevará al Comité Nacional Electoral (CNE). El Comité Nacional Electoral (CNE) procederá a consolidar los resultados nacionales y proclamará oficialmente a las Listas ganadoras en todos los niveles. Publica esta proclamación en la página web del partido (www.accionpopular.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese
Lima, 12 de setiembre de 2019
_____________________________ Doris Emelda Guerrero Guerrero
Presidenta
_____________________ Enrique Arauco Rojas
Vicepresidente
COMITÉ NACIONAL ELECTORAL
A N E X O S
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ANEXO I CRONOGRAMA ELECTORAL
ACTIVIDADES FECHAS
CONVOCATORIA AL PROCESO ELECTORAL CNE EL 12 DE SETIEMBRE
Publicación del Cronograma Electoral CNE El 12 de setiembre
Consultas y aclaraciones CNE Del 13 al 14 de setiembre
Publicación del Padrón de Afiliados CNE El 16 de setiembre
Observaciones al Padrón de Afiliados CNE Del 17 al 20 de setiembre
Subsanación de Observaciones al Padrón de Afiliados CNE Del 18 al 21 de setiembre
Publicación del Padrón de Afiliados saneado y definitivo CNE El 23 de setiembre
Presentación de Solicitudes de Inscripción CED Del 3 al 5 de octubre
Calificación de las Solicitudes de Inscripción CED Del 4 al 10 de octubre
Emisión de Resoluciones de calificación CED Del 5 al 11 de octubre
Subsanación de Inadmisibles CED Del 6 al 12 de octubre
Apelación de Resoluciones de Improcedencia CED Del 6 al 13 de octubre
Calificación de apelaciones CED Del 7 al 15 de octubre
Traslado de Recursos de Apelación al CNE CED Del 8 al 16 de octubre
Resolución de Apelaciones por el CNE CNE Del 9 al 18 de octubre
Publicación de Listas Admitidas CED El 19 de octubre
Presentación de Recursos de Tacha CED Del 21 al 23 de octubre
Calificación de Recursos de Tacha CED Del 22 al 25 de octubre
Emisión de resoluciones sobre los recursos de tachas CED Del 23 al 26 de octubre
Apelación de Resoluciones de Tachas CED Del 24 al 28 de octubre
Traslado de Recursos de Apelación al CNE CED Del 25 al 29 de octubre
Resolución de Apelaciones por el CNE CNE Del 26 al 31 de octubre
Audiencia Pública para resolver Tachas admitidas CED El 4 de noviembre
Resolución de las Tachas CED Del 5 al 7 de noviembre
Apelación de Tachas resueltas CED Del 6 al 9 de noviembre
Traslado de Recursos de Apelación al CNE CED Del 7 al 10 de noviembre
Resolución de Apelaciones por el CNE CNE Del 8 al 12 de noviembre
Publicación de Listas Inscritas CED El 13 de noviembre
Publicación del Padrón Electoral CNE El 13 de noviembre
Entrega del Padrón Electoral a personeros CNE Del 14 al 16 de noviembre
ELECCIONES INTERNAS CED EL 24 DE NOVIEMBRE Publicación de Resultados CED Del 25 al 28 de noviembre
Presentación de Recursos de Nulidad CED Del 26 al 30 de noviembre
Calificación de Recursos de Nulidad CED Del 27 de noviembre al 2 de diciembre
Emisión de Resoluciones sobre los Recursos de Nulidad CED Del 28 de noviembre al 3 de diciembre
Apelación de Resoluciones de nulidad CED Del 29 de noviembre al 5 de diciembre
Traslado de Recursos de Apelación al CNE CED Del 30 de noviembre al 6 de diciembre
Resolución de Apelaciones por el CNE CNE Del 1 al 8 de diciembre
Consolidación de resultados de nivel departamental CED Del 9 al 12 de diciembre
Publicación de resultados de nivel departamental CED El 14 de diciembre
Elevación de resultados al CNE CED Del 16 al 18 de diciembre
Consolidación de resultados CNE Del 19 al 22 de diciembre
PROCLAMACIÓN DE LISTAS A NIVEL NACIONAL CNE EL 23 DE DICIEMBRE
Juramentación de autoridades electas CNE
Del 2 al 5 de enero CED
COMITÉ NACIONAL ELECTORAL
ANEXO II COSTAS ELECTORALES
CONCEPTO SOLES
Cuota de Inscripción de Lista al Comité Ejecutivo Nacional 3,000.00
Cuota de Inscripción de Lista al Comité Ejecutivo Departamental 1,500.00
Cuota de Inscripción de Lista al Comité Ejecutivo Provincial 1,000.00
Cuota de Inscripción de Lista al Comité Metropolitano de Lima 1,500.00
Cuota de Inscripción de Lista al Comité Ejecutivo Distrital con Prerrogativa Provincial 750.00
Cuota de Inscripción de Lista al Comité Ejecutivo Distrital 500.00
Cuota de Inscripción de Lista al Comité Nacional de Acción Política de la Mujer 750.00
Cuota de Inscripción de Lista al Comité Nacional de Acción Política de la Juventud 750.00
Presentación de Recurso de Tacha 500.00
Presentación de Recurso de Exclusión 250.00
Presentación de Recurso de Nulidad 500.00
Presentación de Recurso de Apelación 500.00
MULTAS ELECTORALES
CONCEPTO SOLES
A los Miembros de Mesa por incumplimiento de sus funciones y obligaciones 50.00
A los Delegados Electorales por incumplimiento de sus funciones y obligaciones 100.00
A los Miembros de Comités Electorales Departamentales por incumplimiento de sus funciones y obligaciones
200.00
A los Presidentes de Comités Electorales Departamentales por incumplimiento de sus funciones y obligaciones
300.00
A los Candidatos por incumplimiento de las normas y disposiciones electorales 250.00
A los Personeros por incumplimiento de las normas y disposiciones electorales 250.00
Nota: Los Distritos en condición de pobreza extrema están exonerados de las costas electorales. (Ver Anexo IV)
COMITÉ NACIONAL ELECTORAL
ANEXO III DISTRITOS CON COMITÉS EJECUTIVOS DISTRITALES CON PRERROGATIVAS PROVINCIALES
DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO
AMAZONAS UTCUBAMBA CAJARURO
ÁNCASH HUARAZ INDEPENDENCIA
SANTA NUEVO CHIMBOTE
APURIMAC ANDAHUAYLAS SAN JERÓNIMO
ARERQUIPA AREQUIPA
ALTO SELVA ALEGRE
CAYMA
CERRO COLORADO
JACOBO HUNTER
JOSÉ LUIS BUSTAMANTE Y RIVERO
LA JOYA
MARIANO MELGAR
MIRAFLORES
PAUCARPATA
SOCABAYA
YANAHUARA
YURA
CAYLLOMA MAJES
AYACUCHO HUAMANGA SAN JUAN BAUTISTA
CAJAMARCA CAJABAMBA CACHACHI
CAJAMARCA LOS BAÑOS DEL INCA
CALLAO CALLAO
BELLAVISTA
CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO
LA PERLA
MI PERÚ
VENTANILLA
CUSCO CUSCO
SAN JERÓNIMO
SAN SEBASTÍAN
SANTIAGO
WANCHAQ
LA CONVENCIÓN ECHARATE
HUANCAVELICA
ACOBAMBA PAUCARÁ
HUANCAVELICA ACORIA
YAULI
HUÁNUCO
HUAMALÍES MONZÓN
HUÁNUCO
AMARILIS
CHURUBAMBA
PILLCO MARCA
LEONCIO PRADO JOSÉ CRESPO Y CASTILLO
ICA
CHINCHA PUEBLO NUEVO
SUNAMPE
ICA
LA TINGUIÑA
PARCONA
SANTIAGO
SUBTANJALLA
JUNÍN
CHANCHAMAYO
PERENÉ
PICHANAQUI
SAN RAMÓN
HUANCAYO CHILCA
EL TAMBO
COMITÉ NACIONAL ELECTORAL
SATIPO
MAZAMARI
PANGOA
RÍO NEGRO
RÍO TAMBO
LA LIBERTAD
ASCOPE CASA GRANDE
PAIJÁN
CHEPÉN PACANGA
OTUZCO USQUIL
PACASMAYO GUADALUPE
PACASMAYO
TRUJILLO
EL PORVENIR
FLORENCIA DE MORA
HUANCHACO
LA ESPERANZA
LAREDO
MOCHE
VÍCTOR LARCO HERRERA
VIRÚ CHAO
LAMBAYEQUE
CHICLAYO
JOSÉ LEONARDO ORTIZ
LA VICTORIA
MONSEFÚ
PIMENTEL
POMALCA
TUMÁN
LAMBAYEQUE
MORROPE
MOTUPE
OLMOS
LIMA METROPOLITANA
LIMA METROPOLITANA
ANCÓN
ATE
BARRANCO
BREÑA
CARABAYLLO
CHACLACAYO
CHORRILLOS
CIENEGUILLA
COMAS
EL AGUSTINO
INDEPENDENCIA
JESÚS MARÍA
LA MOLINA
LA VICTORIA
LINCE
LOS OLIVOS
LURIGANCHO
LURÍN
MAGDALENA DEL MAR
MIRAFLORES
PACHACÁMAC
PUEBLO LIBRE
PUENTE PIEDRA
RÍMAC
SAN BORJA
SAN ISIDRO
COMITÉ NACIONAL ELECTORAL
SAN JUAN DE LURIGANCHO
SAN JUAN DE MIRAFLORES
SAN LUIS
SAN MARTÍN DE PORRES
SAN MIGUEL
SANTA ANITA
SANTIAGO DE SURCO
SURQUILLO
VILLA EL SALVADOR
VILLA MARÍA DEL TRIUNFO
LIMA PROVINCIAS
CAÑETE IMPERIAL
MALA
HUARAL CHANCAY
HUAURA
HUALMAY
HUAURA
SANTA MARÍA
LORETO MAYNAS
BELÉN
PUNCHANA
SAN JUAN BAUTISTA
PASCO PASCO PAUCARTAMBO
YANACANCHA
PIURA
HUANCABAMBA HUARMACA
PIURA
CASTILLA
CATACAOS
LA ARENA
LA UNIÓN
LAS LOMAS
TAMBO GRANDE
VEINTISÉIS DE OCTUBRE
SULLANA
BELLAVISTA
MARCAVELICA
QUERECOTILLO
PUNO
CHUCUITO DESAGUADERO
KELLUYO
PUNO ACORA
SAN ANTONIO DE PUTINA ANANEA
SAN ROMÁN SAN MIGUEL
SAN MARTÍN
MOYOBAMBA SORITOR
RIOJA NUEVA CAJAMARCA
SAN MARTÍN LA BANDA DE SHILCAYO
MORALES
TACNA TACNA
ALTO DE LA ALIANZA
CIUDAD NUEVA
CORONEL GREGORIO ALBARRACÍN LANCHIPA
UCAYALI CORONEL PORTILLO MANANTAY
YARINACOCHA
COMITÉ NACIONAL ELECTORAL
ANEXO IV DISTRITOS CON NIVEL DE POBREZA EXTREMO
DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO
AMAZONAS
BAGUA IMAZA
CHACHAPOYAS LA JALCA
CONDORCANQUI EL CENEPA
RIO SANTIAGO
LUYA SAN CRISTOBAL
ANCASH
AIJA
CORIS
HUACLLAN
SUCCHA
ANTONIO RAIMONDI
ACZO
CHACCHO
MIRGAS
SAN JUAN DE RONTOY
ASUNCION ACOCHACA
CARHUAZ
ATAQUERO
SAN MIGUEL DE ACO
SHILLA
CARLOS FERMIN FITZCARRALD
SAN LUIS
SAN NICOLAS
YAUYA
HUARAZ
COCHABAMBA
LA LIBERTAD
PIRA
HUARI
ANRA
CAJAY
CHAVIN DE HUANTAR
HUACACHI
HUACCHIS
HUACHIS
HUANTAR
MASIN
PAUCAS
PONTO
RAPAYAN
SAN PEDRO DE CHANA
UCO
HUAYLAS
PAMPAROMAS
PUEBLO LIBRE
SANTA CRUZ
MARISCAL LUZURIAGA
CASCA
ELEAZAR GUZMAN BARRON
FIDEL OLIVAS ESCUDERO
LLAMA
LUCMA
LLUMPA
PALLASCA
CONCHUCOS
PALLASCA
PAMPAS
POMABAMBA PAROBAMBA
QUINUABAMBA
COMITÉ NACIONAL ELECTORAL
RECUAY TAPACOCHA
SANTA MACATE
SIHUAS
ACOBAMBA
CASHAPAMPA
CHINGALPO
HUAYLLABAMBA
QUICHES
RAGASH
SAN JUAN
SICSIBAMBA
YUNGAY
CASCAPARA
QUILLO
SHUPLUY
YANAMA
APURIMAC
ABANCAY CIRCA
LAMBRAMA
ANDAHUAYLAS
KISHUARA
SAN MIGUEL DE CHACCRAMPA
TUMAY HUARACA
ANTABAMBA
ANTABAMBA
HUAQUIRCA
JUAN ESPINOZA MEDRANO
SABAINO
AYMARAES
CHAPIMARCA
COTARUSE
SAÑAYCA
SORAYA
TORAYA
CHINCHEROS COCHARCAS
RANRACANCHA
COTABAMBAS
CHALLHUAHUACHO
HAQUIRA
MARA
TAMBOBAMBA
GRAU
CURASCO
CURPAHUASI
MARISCAL GAMARRA
MICAELA BASTIDAS
PATAYPAMPA
SAN ANTONIO
SANTA ROSA
TURPAY
VIRUNDO
AREQUIPA
CASTILLA CHACHAS
CAYLLOMA TISCO
CONDESUYOS CAYARANI
LA UNION PAMPAMARCA
PUYCA
AYACUCHO CANGALLO
CANGALLO
CHUSCHI
LOS MOROCHUCOS
MARIA PARADO DE BELLIDO
PARAS
COMITÉ NACIONAL ELECTORAL
TOTOS
HUAMANGA
ACOCRO
ACOS VINCHOS
CHIARA
OCROS
PACAYCASA
QUINUA
SAN JOSE DE TICLLAS
SANTIAGO DE PISCHA
SOCOS
TAMBILLO
VINCHOS
HUANTA
AYAHUANCO
HUAMANGUILLA
HUANTA
IGUAIN
LURICOCHA
PUCACOLPA
SANTILLANA
LA MAR
SAN MIGUEL
ANCO
CHILCAS
CHUNGUI
TAMBO
LUIS CARRANZA
SAMUGARI
ANCHIHUAY
LUCANAS
CARMEN SALCEDO
CHAVIÑA
CHIPAO
LARAMATE
LUCANAS
OCAÑA
SAN JUAN
SAN PEDRO
SAN PEDRO DE PALCO
SAN CRISTOBAL
PARINACOCHAS
CHUMPI
PACAPAUSA
SAN FRANCISCO DE RAVACAYCO
UPAHUACHO
VICTOR FAJARDO
APONGO
CANARIA
CAYARA
COLCA
HUALLA
HUAMANQUIQUIA
HUANCARAYLLA
SARHUA
VILCANCHOS
ASQUIPATA
HUANCA SANCOS SACSAMARCA
SANTIAGO DE LUCANAMARCA
COMITÉ NACIONAL ELECTORAL
CARAPO
VILCAS HUAMAN
VILCAS HUAMAN
VISCHONGO
ACCOMARCA
CONCEPCION
HUAMBALPA
SAURAMA
INDEPENDENCIA
PAUCAR DEL SARA SARA
COLTA
OYOLO
PARARCA
SARA SARA
SUCRE
BELEN
CHALCOS
SAN SALVADOR DE QUIJE
PAICO
SANTIAGO DE PAUCARAY
SAN PEDRO DE LARCAY
SORAS
CHILCAYOC
MORCOLLA
CAJAMARCA
CAJAMARCA
COSPAN
CHETILLA
ENCAÑADA
JESUS
LLACANORA
NAMORA
SAN JUAN
CAJABAMBA CACHACHI
SITACOCHA
CELENDIN
CORTEGANA
CHUMUCH
HUASMIN
MIGUEL IGLESIAS
OXAMARCA
SOROCHUCO
SUCRE
UTCO
CUTERVO
CALLAYUC
CUJILLO
PIMPINGOS
QUEROCOTILLO
SAN JUAN DE CUTERVO
SANTA CRUZ
SANTO DOMINGO DE LA CAPILLA
SANTO TOMAS
CHOTA
ANGUIA
CHADIN
CHIMBAN
MIRACOSTA
PACCHA
PION
QUEROCOTO
COMITÉ NACIONAL ELECTORAL
SAN JUAN DE LICUPIS
CHOROPAMPA
HUALGAYOC HUALGAYOC
JAEN
CHONTALI
SALLIQUE
SAN FELIPE
SANTA CRUZ SEXI
YAUYUCAN
SAN MIGUEL
NIEPOS
TONGOD
CATILLUC
SAN IGNACIO CHIRINOS
TABACONAS
SAN MARCOS
GREGORIO PITA
JOSE MANUEL QUIROZ
JOSE SABOGAL
CHANCAY
SAN PABLO SAN PABLO
TUMBADEN
CUSCO
CUSCO CCORCA
ACOMAYO
ACOMAYO
ACOPIA
ACOS
POMACANCHI
RONDOCAN
SANGARARA
MOSOC LLACTA
ANTA CHINCHAYPUJIO
ANCAHUASI
CALCA
COYA
LAMAY
LARES
SAN SALVADOR
CANAS
YANAOCA
CHECCA
KUNTURKANKI
LANGUI
LAYO
PAMPAMARCA
QUEHUE
TUPAC AMARU
CANCHIS
COMBAPATA
CHECACUPE
PITUMARCA
CHUMBIVILCAS
SANTO TOMAS
CAPACMARCA
COLQUEMARCA
CHAMACA
LIVITACA
LLUSCO
QUIÑOTA
VELILLE
ESPINAR COPORAQUE
COMITÉ NACIONAL ELECTORAL
PALLPATA
SUYCKUTAMBO
LA CONVENCION
OCOBAMBA
VILCABAMBA
KIMBIRI
PICHARI
PARURO
PARURO
ACCHA
CCAPI
COLCHA
HUANOQUITE
OMACHA
YAURISQUE
PACCARITAMBO
PILLPINTO
PAUCARTAMBO
PAUCARTAMBO
CAICAY
COLQUEPATA
CHALLABAMBA
KOSÑIPATA
HUANCARANI
QUISPICANCHI
URCOS
ANDAHUAYLILLAS
CCARHUAYO
CCATCA
CUSIPATA
HUARO
MARCAPATA
OCONGATE
QUIQUIJANA
HUANCAVELICA
HUANCAVELICA
ACOBAMBILLA
ACORIA
CONAYCA
CUENCA
HUACHOCOLPA
HUAYLLAHUARA
IZCUCHACA
LARIA
MANTA
MARISCAL CACERES
MOYA
NUEVO OCCORO
PALCA
PILCHACA
VILCA
YAULI
HUANDO
ACOBAMBA
ACOBAMBA
ANTA
ANDABAMBA
CAJA
MARCAS
PAUCARA
COMITÉ NACIONAL ELECTORAL
POMACOCHA
ROSARIO
ANGARAES
LIRCAY
ANCHONGA
CALLANMARCA
CONGALLA
CHINCHO
HUAYLLAY-GRANDE
HUANCA-HUANCA
JULCAMARCA
SAN ANTONIO DE ANTAPARCO
SANTO TOMAS DE PATA
SECCLLA
CCOCHACCASA
CASTROVIRREYNA
CASTROVIRREYNA
ARMA
AURAHUA
CAPILLAS
COCAS
CHUPAMARCA
HUACHOS
HUAMATAMBO
MOLLEPAMPA
SAN JUAN
TANTARA
SANTA ANA
TAYACAJA
PAMPAS
ACOSTAMBO
ACRAQUIA
AHUAYCHA
COLCABAMBA
DANIEL HERNANDEZ
HUACHOCOLPA
HUARIBAMBA
ÑAHUIMPUQUIO
PAZOS
QUISHUAR
SALCABAMBA
SAN MARCOS DE ROCCHAC
SURCUBAMBA
TINTAY PUNCU
SALCAHUASI
HUAYTARA
AYAVI
CORDOVA
HUAYACUNDO ARMA
LARAMARCA
OCOYO
PILPICHACA
QUERCO
QUITO ARMA
SAN ANTONIO DE CUSICANCHA
SAN FRANCISCO DE SANGAYAICO
SAN ISIDRO
COMITÉ NACIONAL ELECTORAL
SANTIAGO DE CHOCORVOS
SANTIAGO DE QUIRAHUARA
SANTO DOMINGO DE CAPILLAS
TAMBO
CHURCAMPA
CHURCAMPA
ANCO
CHINCHIHUASI
EL CARMEN
LA MERCED
LOCROJA
PAUCARBAMBA
SAN MIGUEL DE MAYOCC
SAN PEDRO DE CORIS
PACHAMARCA
COSME
HUANUCO
HUANUCO
CHURUBAMBA
MARGOS
SAN PEDRO DE CHAULAN
SANTA MARIA DEL VALLE
YARUMAYO
YACUS
DOS DE MAYO
CHUQUIS
MARIAS
RIPAN
SHUNQUI
SILLAPATA
YANAS
HUAMALIES
JACAS GRANDE
MIRAFLORES
PUNCHAO
PUÑOS
SINGA
TANTAMAYO
LAURICOCHA RONDOS
MARAÑON SAN BUENAVENTURA
PACHITEA
PANAO
MOLINO
UMARI
HUACAYBAMBA HUACAYBAMBA
YAROWILCA
CHAVINILLO
APARICIO POMARES
JACAS CHICO
OBAS
PAMPAMARCA
CHORAS
JUNIN
CONCEPCION
COMAS
CHAMBARA
HEROINAS TOLEDO
MARISCAL CASTILLA
JAUJA
CANCHAYLLO
JANJAILLO
PACCHA
SATIPO LLAYLLA
COMITÉ NACIONAL ELECTORAL
CHUPACA SAN JUAN DE JARPA
YANACANCHA
LA LIBERTAD
BOLIVAR
BAMBAMARCA
CONDORMARCA
UCUNCHA
SANCHEZ CARRION
COCHORCO
CURGOS
CHUGAY
MARCABAL
SANAGORAN
SARIN
SARTIMBAMBA
OTUZCO SINSICAP
PATAZ
CHILLIA
HUAYO
ONGON
SANTIAGO DE CHUCO SITABAMBA
LAMBAYEQUE FERREÑAFE INCAHUASI
CAÑARIS
LIMA
CAJATAMBO COPA
GORGOR
HUAURA CHECRAS
LEONCIO PRADO
HUAROCHIRI
ANTIOQUIA
SAN JOSE DE LOS CHORRILLOS
HUAROCHIRI
LAHUAYTAMBO
LANGA
MARIATANA
SANGALLAYA
SAN JUAN DE TANTARANCHE
SAN LORENZO DE QUINTI
SAN PEDRO DE HUANCAYRE
SANTIAGO DE ANCHUCAYA
SANTO DOMINGO DE LOS OLLEROS
YAUYOS
AYAVIRI
AZANGARO
CARANIA
COCHAS
CHOCOS
HUANGASCAR
HUAÑEC
LINCHA
OMAS
QUINCHES
QUINOCAY
SAN JOAQUIN
SAN PEDRO DE PILAS
TANTA
TAURIPAMPA
TUPE
VIÑAC
HONGOS
COMITÉ NACIONAL ELECTORAL
MADEAN
HUARAL IHUARI
LORETO
MAYNAS
NAPO
TORRES CAUSANA
TENIENTE MANUEL CLAVERO
ALTO AMAZONAS
BALSAPUERTO
JEBEROS
LAGUNAS
TENIENTE CESAR LOPEZ ROJAS
LORETO
PARINARI
URARINAS
TROMPETEROS
REQUENA
CAPELO
EMILIO SAN MARTIN
YAQUERANA
DATEM DEL MARAÑON
ANDOAS
CAHUAPANAS
MANSERICHE
MORONA
PASTAZA
MOQUEGUA GENERAL SANCHEZ CERRO CHOJATA
PASCO
PASCO
NINACACA
PALLANCHACRA
PAUCARTAMBO
FRANCISCO DE ASIS DE YARUSYACAN
TICLACAYAN
VICCO
DANIEL ALCIDES CARRION
YANAHUANCA
CHACAYAN
GOYLLARISQUIZGA
PAUCAR
SAN PEDRO DE PILLAO
SANTA ANA DE TUSI
TAPUC
VILCABAMBA
OXAPAMPA
PUERTO BERMUDEZ
PALCAZU
CONSTITUCIÓN
PIURA AYABACA
AYABACA
FRIAS
LAGUNAS
PACAIPAMPA
SAPILLICA
HUANCABAMBA HUARMACA
PUNO
PUNO
COATA
SAN ANTONIO
TIQUILLACA
AMANTANI
AZANGARO
ACHAYA
ASILLO
CAMINACA
MUÑANI
POTONI
COMITÉ NACIONAL ELECTORAL
SAMAN
SAN ANTON
SAN JOSE
TIRAPATA
CARABAYA
MACUSANI
AJOYANI
AYAPATA
COASA
CORANI
CRUCERO
ITUATA
OLLACHEA
USICAYOS
CHUCUITO HUACULLANI
HUANCANE COJATA
ROSASPATA
LAMPA OCUVIRI
VILAVILA
MELGAR
ANTAUTA
MACARI
NUÑOA
ORURILLO
SANTA ROSA
SANDIA
SANDIA
CUYOCUYO
LIMBANI
PHARA
PATAMBUCO
QUIACA
SAN ANTONIO DE PUTINA
PUTINA
QUILCAPUNCU
SINA
EL COLLAO CAPASO
MOHO HUAYRAPATA
SAN MARTIN
LAMAS BARRANQUITA
RIOJA ELIAS SOPLIN VARGAS
SAN MARTIN CHAZUTA
SAUCE
EL DORADO SAN JOSE DE SISA
SAN MARTIN
TACNA TARATA
TARATA
ESTIQUE
ESTIQUE PAMPA
TARUCACHI
CANDARAVE CAIRANI
UCAYALI
CORONEL PORTILLO IPARIA
ATALAYA
RAIMONDI
TAHUANIA
YURUA
COMITÉ NACIONAL ELECTORAL
F O R M A T O S
NOTA: Los formatos deben llenarse a máquina o en letra imprenta y clara.
COMITÉ NACIONAL ELECTORAL
F O R M A T O I
ACREDITACIÓN DEL PERSONERO LEGAL
YO, __________________________________________________________________, IDENTIFICADO(A)
CON D.N.I. ______________________________, CANDIDATO(A) A LA SECRETARIA GENERAL DEL
COMITE:
EJECUTIVO
ACCIÓN POLÍTICA DE LA MUJER
ACCIÓN POLÍTICA DE LA JUVENTUD
DE LA SIGUIENTE CIRCUNSCRIPCIÓN:
NACIONAL
DEPARTAMENTAL DE ________________________________________________________
PROVINCIAL DE ________________________________________________________
DEPARTAMENTO DE ________________________________________________________
METROPOLITANO DE LIMA
DISTRITAL DE ________________________________________________________
PROVINCIA DE ________________________________________________________
DEPARTAMENTO DE ________________________________________________________
TENGO A BIEN ACREDITAR COMO:
PERSONERO(A) LEGAL TITULAR AL(A) CORRELIGIONARIO(A):
______________________________________________________________________________________,
IDENTIFICADO(A) CON D.N.I. _________________________.
PERSONERO(A) LEGAL SUPLENTE AL(A) CORRELIGIONARIO(A):
______________________________________________________________________________________,
IDENTIFICADO(A) CON D.N.I. _________________________.
CORREO ELECTRÓNICO ________________________________________________________________.
Lima, de octubre de 2019
_______________________________ Candidato a la Secretaria General
_____________________________ _______________________________ Personero Legal Titular Personero Legal Suplente
COMITÉ NACIONAL ELECTORAL
F O R M A T O II
SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN
SEÑORES COMITÉ ELECTORAL DEPARTAMENTAL DE
_______________________________________, SOLICITAMOS A USTEDES LA INSCRIPCIÓN DE LA
LISTA ADJUNTA AL COMITÉ:
EJECUTIVO
ACCIÓN POLÍTICA DE LA MUJER
ACCIÓN POLÍTICA DE LA JUVENTUD
DE LA SIGUIENTE CIRCUNSCRIPCIÓN:
NACIONAL
DEPARTAMENTAL DE ________________________________________________________
PROVINCIAL DE ________________________________________________________
DEPARTAMENTO DE ________________________________________________________
METROPOLITANO DE LIMA
DISTRITAL DE ________________________________________________________
PROVINCIA DE ________________________________________________________
DEPARTAMENTO DE ________________________________________________________
Lima, de octubre de 2019
_____________________________ _______________________________ Personero Legal Titular Personero Legal Suplente
COMITÉ NACIONAL ELECTORAL
F O R M A T O III
LISTA
AL COMITÉ EJECUTIVO______________________________________________________________________________________________________________
CARGO APELLIDO PATERNO APELLIDO MATERNO NOMBRES FIRMA
SECRETARIA GENERAL
NACIONAL
VICESECRETARIA
GENERAL NACIONAL DE
POLÍTICA
SECRETARIA NACIONAL DE
PLANIFICACIÓN Y
DESARROLLO
COMITÉ NACIONAL ELECTORAL
SECRETARIA NACIONAL DE
GOBIERNOS LOCALES Y
REGIONALES
SECRETARÍA NACIONAL DE
PERSONEROS Y ASUNTOS
ELECTORALES
SECRETARÍA NACIONAL DE
COMUNICACIÓN Y
PROYECCIÓN PARTIDARIA
SECRETARÍA NACIONAL DE
RELACIONES
INTERNACIONALES
SECRETARIA NACIONAL DE
AUDIENCIAS PÚBLICAS Y
GESTIÓN DEL PUEBLO
COMITÉ NACIONAL ELECTORAL
VICESECRETARÍA
GENERAL NACIONAL DE
ORGANIZACIÓN
SECRETARÍA NACIONAL DE
ESTADÍSTICA
SECRETARÍA NACIONAL DE
MOVILIZACIÓN Y
PARTICIPACIÓN VECINAL
SECRETARÍA NACIONAL DE
ASUNTOS LABORALES
SECRETARÍA NACIONAL DE
DISCIPLINA
COMITÉ NACIONAL ELECTORAL
SECRETARÍA NACIONAL DE
RELACIONES
VICESECRETARÍA
GENERAL NACIONAL DE
CAPACITACIÓN Y
BIENESTAR
SECRETARÍA NACIONAL DE
COOPERACIÓN POPULAR
SECRETARÍA NACIONAL DE
ASUNTOS
EDUCACIONALES
SECRETARÍA NACIONAL DE
IDEOLOGÍA Y CULTURA
COMITÉ NACIONAL ELECTORAL
SECRETARÍA NACIONAL DE
DERECHOS HUMANOS Y
DEFENSA DEL
PATRIMONIO NACIONAL
SECRETARÍA NACIONAL DE
COORDINACIÓN
SECRETARÍA NACIONAL DE
COORDINACIÓN
SECRETARÍA NACIONAL DE
COORDINACIÓN
SUPLENTE 1
COMITÉ NACIONAL ELECTORAL
SUPLENTE 2
SUPLENTE 3
SUPLENTE 4
SUPLENTE 5
NOTA: De ámbito nacional. - Está conformada por: La Secretaría General Nacional, tres (3) Vicesecretarías Generales Nacionales, diecisiete (17) Secretarías Nacionales y tres (3) Secretarías Nacionales Coordinadoras. (Estatuto artículo 109) De ámbito departamental. - El número máximo de miembros es el mismo que el establecido para el Comité Ejecutivo Nacional. Su número mínimo es de once (11) integrantes; en este caso se compone por lo menos de: a) Secretaría General, b) Vicesecretaría General de Política, c) Vicesecretaría General de Organización, d) Vicesecretaría General de Capacitación y Bienestar y siete (7) secretarias; distribuidas entre los tres grupos funcionales (Política, Organización y Capacitación y Bienestar). (Estatuto artículo116)
COMITÉ NACIONAL ELECTORAL
De ámbito metropolitano. - El número máximo de miembros es el mismo que el establecido para el Comité Ejecutivo Nacional. Su número mínimo es de once (11) integrantes; en este caso se compone por lo menos de: a) Secretaría General, b) Vicesecretaría General de Política, c) Vicesecretaría General de Organización, d) Vicesecretaría General de Capacitación y Bienestar y siete (7) secretarias; distribuidas entre los tres grupos funcionales (Política, Organización y Capacitación y Bienestar). (Estatuto artículo 117) De ámbito provincial. - El número máximo de miembros es el mismo que el establecido para el Comité Ejecutivo Nacional. Su número mínimo es de siete (7) integrantes; en este caso se compone por lo menos de: a) Secretaría General, b) Vicesecretaría General de Política, c) Vicesecretaría General de Organización, d) Vicesecretaría General de Capacitación y Bienestar, y tres (3) secretarías; distribuidas entre los tres grupos funcionales (Política, Organización y Capacitación y Bienestar). (Estatuto artículo 118) De ámbito distrital con prerrogativa provincial. - El número máximo de miembros es el mismo que el establecido para el Comité Ejecutivo Nacional. Su número mínimo es de siete (7) integrantes; en este caso se compone por lo menos de: a) Secretaría General, b) Vicesecretaría General de Política, c) Vicesecretaría General de Organización, d) Vicesecretaría General de Capacitación y Bienestar, y tres (3) secretarías; distribuidas entre los tres grupos funcionales (Política, Organización y Capacitación y Bienestar). (Estatuto artículo 120)
Lima, de octubre de 2019
_____________________________ _______________________________ Personero Legal Titular Personero Legal Suplente
COMITÉ NACIONAL ELECTORAL
F O R M A T O III
LISTA
AL COMITÉ EJECUTIVO DISTRITAL
DE__________________________________________________________________________________________________
CARGO APELLIDO PATERNO APELLIDO MATERNO NOMBRES FIRMA
SECRETARIA GENERAL
DISTRITAL
VICESECRETARIA
GENERAL DISTRITAL DE
POLÍTICA
VICESECRETARÍA
GENERAL DISTRITAL DE
ORGANIZACIÓN
COMITÉ NACIONAL ELECTORAL
VICESECRETARÍA
GENERAL DISTRITAL DE
CAPACITACIÓN Y
BIENESTAR
SECRETARIA DISTRITAL DE
COORNINACIÓN
SUPLENTE
De ámbito distrital: Su número mínimo es al menos cinco (5) integrantes. (Estatuto artículo 119)
Lima, de octubre de 2019
_____________________________ _______________________________ Personero Legal Titular Personero Legal Suplente
COMITÉ NACIONAL ELECTORAL
F O R M A T O III
LISTA
AL COMITÉ ________________________DE ACCIÓN POLÍTICA
DE___________________________________________________________________________
CARGO APELLIDO PATERNO APELLIDO MATERNO NOMBRES FIRMA
SECRETARIO(A)
SUBSECRETARIO(A)
SECRETARÍO(A) DE
ORGANIZACIÓN
COMITÉ NACIONAL ELECTORAL
SECRETARÍO(A) DE
PLANIFICACIÓN Y
DESARROLLO
SECRETARIO(A) DE
PRENSA Y PROPAGANDA
SECRETARIO(A) DE
RELACIONES PÚBLICAS
SECRETARIO(A) DE
ASUNTOS EDUCATIVOS
SECRETARIO(A)
COORDINADOR(A)
COMITÉ NACIONAL ELECTORAL
SECRETARIO(A)
COORDINADOR(A)
SUPLENTE
En todos los ámbitos: Tienen la misma conformación. (Estatuto artículos 151 y 154; Reglamento del Comité de Acción Política de la Mujer artículos 20 y 23; Reglamento del Comité de Acción Política de la Juventud artículos 21 y 24)
Lima, de octubre de 2019
_____________________________ _______________________________ Personero Legal Titular Personero Legal Suplente
COMITÉ NACIONAL ELECTORAL
F O R M A T O IV
PLAN DE ACCIÓN
El Plan de Acción que proponemos a la militancia a nivel nacional es el siguiente:
ORGANIZACIÓN PARTIDARIA (Las tres principales acciones a desarrollar)
I.
II.
III.
CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN IDEOLÓGICA (Las tres principales acciones a desarrollar)
I.
II.
COMITÉ NACIONAL ELECTORAL
III.
ADMINISTRACIÓN DEL PARTIDO (Las tres principales acciones a desarrollar)
I.
II.
III.
Lima, de octubre de 2019
____________________________________ Candidato
COMITÉ NACIONAL ELECTORAL
F O R M A T O V
HOJA DE VIDA
Datos personales:
Apellido Paterno : __________________________________________________________________
Apellido Materno : __________________________________________________________________
Nombres : __________________________________________________________________
Número de DNI : _________________________________________
Fecha de nacimiento : de de
Lugar de nacimiento : Distrito_______________________________________________________
Provincia_____________________________________________________
Departamento_________________________________________________
Domicilio (según DNI) : _____________________________________________________________
(Avenida, calle, jirón, pasaje, vía, malecón, etc.)
_____________________________________________________________
(Número, departamento, interior, lote, zona, etc.)
Distrito_______________________________________________________
Provincia_____________________________________________________
Departamento_________________________________________________
Teléfono : ___________________________ ___________________________
(Fijo) (Celular)
Correo electrónico : ______________________________________________________
Fecha de afiliación : de de
Experiencia Laboral: (Los tres últimos trabajos, empezando por el más reciente o actual)
Centro laboral : __________________________________________________________________
Fechas : __________________________________________________________________
Cargo : __________________________________________________________________
COMITÉ NACIONAL ELECTORAL
Centro laboral : __________________________________________________________________
Fechas : __________________________________________________________________
Cargo : __________________________________________________________________
Centro laboral : __________________________________________________________________
Fechas : __________________________________________________________________
Cargo : __________________________________________________________________
Estudios realizados:
Estudios superiores
Centro de estudio : _____________________________________________________________
Carrera : _____________________________________________________________
Grado Académico : _____________________________________________________________
Estudios técnicos
Centro de estudio : _____________________________________________________________
Carrera técnica : _____________________________________________________________
Grado Académico : _____________________________________________________________
Estudios escolares
Centro de estudio : _____________________________________________________________
Grado culminado : _____________________________________________________________
Trayectoria partidaria: (Los tres últimos cargos, empezando por el más reciente o actual)
Fechas : __________________________________________________________________
Cargo : __________________________________________________________________
Fechas : __________________________________________________________________
Cargo : __________________________________________________________________
Fechas : __________________________________________________________________
Cargo : __________________________________________________________________
COMITÉ NACIONAL ELECTORAL
Información adicional relevante: (Información que considere relevante para su evaluación)
______________________________________________________________________________________
______________________________________________________________________________________
______________________________________________________________________________________
______________________________________________________________________________________
______________________________________________________________________________________
______________________________________________________________________________________
Lima, de octubre de 2019
____________________________________ Candidato
COMITÉ NACIONAL ELECTORAL
F O R M A T O VI
DECLARACIÓN JURADA
YO, __________________________________________________________________, IDENTIFICADO(A)
CON D.N.I. ________________, CON CORREO ELECTRÓNICO _________________________________,
CANDIDATO(A) AL CARGO DE ________________________________________________________DEL
COMITÉ:
EJECUTIVO
ACCIÓN POLÍTICA DE LA MUJER
ACCIÓN POLÍTICA DE LA JUVENTUD
DE LA SIGUIENTE CIRCUNSCRIPCIÓN:
NACIONAL
DEPARTAMENTAL DE ________________________________________________________
PROVINCIAL DE ________________________________________________________
DEPARTAMENTO DE ________________________________________________________
METROPOLITANO DE LIMA
DISTRITAL DE ________________________________________________________
PROVINCIA DE ________________________________________________________
DEPARTAMENTO DE ________________________________________________________
DECLARO BAJO JURAMENTO LO SIGUIENTE:
NO ESTOY SUJETO(A) A SANCIÓN DISCIPLINARIA.
NO HE SIDO CESADO(A) DE UN CARGO DIRECTIVO PARTIDARIO O PÚBLICO POR
AUSENCIAS INJUSTIFICADAS O POR INCUMPLIMIENTO DE MIS FUNCIONES.
NO HE RENUNCIADO A UN CARGO DIRECTIVO PARTIDARIO.
NO ESTOY CONDENADO(A) A PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD, EFECTIVA O
SUSPENDIDA, CON SENTENCIA CONSENTIDA O EJECUTORIADA, POR LA COMISIÓN DE
DELITO DOLOSO.
NO ME ENCUENTRO INCURSO(A) EN UN PROCESO PENAL O EN INVESTIGACIÓN
FISCAL COMO DENUNCIADO(A) O INVESTIGADO(A).
NO HE SIDO CONDENADO(A) POR HOMICIDIO, EXPOSICIÓN A PELIGRO O ABANDONO
DE PERSONA EN PELIGRO, OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, VIOLACIÓN DE LA
LIBERTAD PERSONAL, VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL, PROXENETISMO, HURTO,
ROBO, APROPIACIÓN ILÍCITA, ESTAFA Y OTRAS DEFRAUDACIONES, TRÁFICO ILÍCITO
DE DROGAS, ORGANIZACIÓN CRIMINAL, DISCRIMINACIÓN, ATENTADOS CONTRA LA
SEGURIDAD NACIONAL Y TRAICIÓN A LA PATRIA, ABUSO DE AUTORIDAD, CONCUSIÓN,
COMITÉ NACIONAL ELECTORAL
PECULADO, CORRUPCIÓN DE FUNCIONARIOS, TERRORISMO, APOLOGÍA DEL
TERRORISMO, FEMINICIDIO, VIOLENCIA CONTRA LA MUJER, INJURIA, CALUMNIA,
DIFAMACIÓN, AUN CUANDO YA HAYA CUMPLIDO LA PENA Y SIDO REHABILITADO(A).
NO ESTOY INSCRITO(A) EN EL REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS,
EN EL REGISTRO DE DEUDORES JUDICIALES MOROSOS Y EN EL REGISTRO DE
REPARACIONES CIVILES.
NO TENGO RELACIÓN DE PARENTESCO, HASTA EL CUARTO GRADO DE
CONSANGUINIDAD Y /O SEGUNDO DE AFINIDAD, CON ALGÚN MIEMBRO DEL COMITÉ
NACIONAL ELECTORAL Y/O EL COMITÉ ELECTORAL DEPARTAMENTAL DE MI
JURISDICCIÓN.
EN CASO DE COMPROBARSE QUE LO DECLARADO NO SE AJUSTA A LA VERDAD, ACEPTÓ SER
EXCLUIDO(A) DE OFICIO DE LA LISTA QUE INTEGRO.
POR LO QUE LA SUCRIBO CON FIRMA LEGALIZADA.
Lima, de octubre de 2019
____________________________________ Candidato