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CONVOCATORIA DE AYUDAS COMPLEMENTARIAS A ESTUDIANTES DE
GRADO Y MASTER PARA HACER FRENTE A SITUACIONES DE
DIFICULTADES ECONÓMICAS DERIVADAS DEL COVID-19
CURSO 2020/2021
PRIMERO. OBJETO Y FINALIDAD DE LAS AYUDAS.
Contribuir a paliar las dificultades económicas sobrevenidas de la emergencia sanitaria derivada del
COVID-19 para favorecer a los estudiantes de la Universidad de Burgos la continuación o finalización de
estudios conducentes a la obtención del título oficial de grado o master.
SEGUNDO. IMPORTE TOTAL DE LA CONVOCATORIA
El importe máximo de las ayudas a adjudicar será de 100.000 € y se hará con cargo a las aplicaciones
presupuestarias: 30CBSN-332AF-481 (50.000 €) y 30117-332AF-481 (50.000 €).
La presente convocatoria está financiada al 50% por la Universidad de Burgos y al 50% por el Banco de
Santander.
La adjudicación de las ayudas quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el
referido ejercicio económico en las citadas aplicaciones presupuestarias.
TERCERO. SOLICITANTES
Estudiantes de la Universidad de Burgos afectados académica, familiar o personalmente por la situación
generada por el COVID-19 matriculados en el curso académico 2020/2021 en enseñanzas conducentes a títulos
oficiales de graduado o máster.
CUARTO. REQUISITOS GENERALES PARA LA CONCESIÓN DE LAS AYUDAS
✓ Estar matriculado en la Universidad de Burgos, durante el curso académico 2020-2021, en cualquier
curso de grado o master.
✓ No estar en posesión o no reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o
superior nivel al correspondiente al de los estudios que se están cursando.
✓ No disponer de otras ayudas públicas o privadas destinadas a sufragar esta misma finalidad.
✓ Podrá obtenerse la condición de beneficiario de estas ayudas, aunque no se cumplan los requisitos
establecidos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
✓ No podrán solicitar estas ayudas estudiantes de otras Universidades que se encuentren o se hayan
encontrado desarrollando en la Universidad de Burgos un programa de movilidad nacional o
internacional.
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QUINTO. TIPOS DE AYUDAS POR NECESIDADES SOBREVENIDAS DERIVADAS DEL
COVID-19
1. AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN/CONTRATACIÓN DE BONOS DE DATOS Y
CONEXIONES DE RED.
Para los gastos de adquisición o contratación de bonos de datos a empresas de telefonía o
cambios en los contratos de telefonía móvil que supongan un incremento en los límites de
datos del mismo, así como la contratación de servicios de instalación de conexiones de red
(fibra óptica, ADSL u otras) o modificación en los contratos, con la finalidad de establecer o
mejorar dichas redes necesarias como ayuda en los estudios universitarios.
La adquisición, contratación o modificación de los contratos han de haberse realizado con
posterioridad al día 23 de septiembre de 2020 y ser anterior a la fecha de finalización del plazo
de presentación de esta ayuda. En el caso de contratos de instalación de conexiones de red el
contrato deberá referirse al domicilio en el que el estudiante esté residiendo durante el curso
académico.
Esta ayuda no se concederá a aquellos estudiantes que se matricularon en el presente curso
académico en la modalidad online.
DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA ESTA AYUDA:
• Se aportará copia de los contratos suscritos con las compañías de telefonía, facturas y
documentos que reflejen la nueva alta en el servicio o la modificación por ampliación de
servicios que se tenían ya contratados, realizados a partir del día 23 de septiembre de 2020.
• En caso de que las actuaciones de contratación o modificación se hayan realizado por otro
miembro de la unidad familiar, además se tendrá que presentar copia del libro de familia
donde se acredite la pertenencia de ambos a la unidad familiar y DNI del miembro de la
unidad familiar que efectuó el contrato o la modificación del mismo.
• Declaración jurada exponiendo los hechos, contratos o modificaciones de contratos
suscritos, fechas de realización de los contratos y/o de las modificaciones, indicando que
en el caso de conexiones de red pertenecen a la residencia del estudiante durante el curso
académico (Anexo I). Se podrá aportar cualquier medio de prueba que obre en poder del
estudiante.
CUANTÍA DE LA AYUDA:
La cuantía de esta ayuda se limita al siguiente importe máximo: Máximo de 15 euros por cada
mes en los que se ha mantenido el nuevo contrato o la modificación del contrato hasta un máximo de
100 euros.
2. AYUDAS EN CONCEPTO DE ADQUISICIÓN DE RECURSOS TECNOLÓGICOS O
EQUIPAMIENTO
Para los gastos que hayan sido ocasionados a los estudiantes como consecuencia de la
adquisición de recursos tecnológicos, como la adquisición de ordenadores, cámaras pc,
impresoras, micrófonos y similares.
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Para solicitar estas ayudas será necesario no haber obtenido, previamente, el sistema de
préstamos de recursos tecnológicos prestado por la Universidad de Burgos del mismo objeto.
La factura de dichos gastos debe ser de fecha posterior al día 23 de septiembre de 2020 y ser
anterior a la fecha de finalización del plazo de presentación de esta ayuda.
Esta ayuda no se concederá a aquellos estudiantes que se matricularon en el presente curso
académico en la modalidad online.
DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA ESTA AYUDA:
• Se aportará copia de las facturas de los bienes adquiridos que reflejen la adquisición realizada
partir del día 23 de septiembre de 2020. En la declaración jurada expondrán el bien o bienes
contratados (ordenador de sobremesa, portátil, cámaras pc, impresoras, micrófonos y similares)
y en caso de no ser uno de estos, su necesidad.
• En caso de que la justificación de los pagos conste que el pago se haya realizado por otro
miembro de la unidad familiar, además se tendrá que presentar copia del libro de familia donde
se acredite la pertenencia de ambos a la unidad familiar y DNI del miembro de la unidad
familiar al cual le fue expedida la factura.
• Declaración jurada exponiendo el bien o bienes contratados (ordenador de sobremesa, portátil,
cámaras pc, impresoras, micrófonos y similares) y en caso de no ser uno de estos, su necesidad
en relación con los estudios y el grado/master que se está cursando. (Anexo II)
CUANTÍA DE LA AYUDA:
La cuantía de la ayuda se limita al siguiente importe máximo:
• En el caso de becarios de estudios universitarios en el curso 2020-2021 del Ministerio
de Educación y Formación Profesional, becarios de la Comunidad Autónoma de
Castilla y León y becarios de Gobierno Vasco hasta un máximo de 200 euros y con un
máximo del 50% de la cantidad abonada.
• En caso de no becarios, hasta un máximo de 100 euros y con un máximo del 50% de
la cantidad abonada.
3. AYUDAS PARA PALIAR SITUACIONES DE DIFICULTAD ECONÓMICA
DERIVADA DE LA SITUACIÓN DE COVID
Para contribuir a paliar situaciones acaecidas por la crisis provocada por el COVID
que afecten al curso académico actual y que provoquen una situación de dificultad económica,
debidamente acreditada (estudiantes que hayan perdido su empleo y sin derecho a prestación
de desempleo, unidades familiares que hayan pasado a la situación de desempleo o que se
encuentren sin trabajo y sin derecho a prestación de desempleo, unidades familiares
prestadores de servicios profesionales que hayan cesado en su actividad económica o
profesional o que hayan agotado las prestaciones o subsidios por desempleo que vinieran
percibiendo, reducciones de jornada laboral en el ámbito familiar o la suspensión temporal de
contratos de trabajo por causa de la crisis y situaciones similares).
Se deberá justificar el hecho o hechos que han provocado la dificultad económica y
como han afectado a la situación económica del/la estudiante o de su unidad familiar.
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Las situaciones deberán haberse producido con posterioridad al 23 de septiembre de
2020 o habiéndose producido antes de dicha fecha, haber mantenido sus efectos con
posterioridad al 23 de septiembre de 2020.
DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA ESTA AYUDA:
• Declaración jurada exponiendo los hechos que han producido una situación de dificultad
económica para el estudiante o para la unidad familiar (anexo III).
• Aportar cualquier medio de prueba que obre en poder del estudiante del mismo o de la
unidad familiar para demostrar el hecho o hechos que han provocado una situación de
dificultad económica (carta de despido, certificados de desempleo, comunicación de
prestaciones o de finalización de prestaciones, solicitudes de subsidios, etc.)
• En caso de que las situaciones o circunstancias afecten a un miembro de la unidad familiar
distinto del estudiante, además se tendrá que presentar copia del libro de familia donde se
acredite la pertenencia del estudiante y de dicho miembro a la unidad familiar y DNI del
miembro de la unidad familiar.
• Certificados de empadronamiento de los miembros de la unidad familiar.
CUANTÍA DE LA AYUDA:
La cuantía de esta ayuda se limita al siguiente importe máximo: 300 euros
4. AYUDAS DE EMERGENCIA SOCIAL PARA ESTUDIANTES EN DIFICULTADES
ECONÓMICAS SOBREVENIDAS QUE IMPIDAN A LOS ESTUDIANTES LA
CONTINUIDAD DE LOS ESTUDIOS
Para solicitar estas ayudas es preciso que en el/la estudiante concurra alguna de las
circunstancias sociales indicadas en la ayuda (estudiantes que hayan perdido su empleo y sin
derecho a prestación de desempleo, unidades familiares que hayan pasado a la situación de
desempleo o que se encuentren sin trabajo y sin derecho a prestación de desempleo, unidades
familiares prestadores de servicios profesionales que hayan cesado en su actividad económica o
profesional o que hayan agotado las prestaciones o subsidios por desempleo que vinieran
percibiendo, reducciones de jornada laboral en el ámbito familiar o la suspensión temporal de
contratos de trabajo por causa de la crisis y situaciones similares) o la aparición de
circunstancias familiares o personales que hayan producido una situación de dificultad
económica como por ejemplo las siguientes: fallecimiento de alguno de los progenitores,
ingresos hospitalarios de larga duración, enfermedades graves sufridas por los estudiantes,
situaciones de violencia de género en el entorno familiar, etc., y que dichas circunstancias se
hayan generado, mantenido o agravado por la crisis sanitaria.
La situación de dificultad económica provocada por estas circunstancias debe ser
de tal gravedad que impida al estudiante la continuidad de sus estudios y tenga que
abandonarlos por motivos económicos.
Las situaciones deberán haberse producido con posterioridad al 23 de septiembre de
2020 o habiéndose producido antes de dicha fecha, haber mantenido sus efectos con
posterioridad al 23 de septiembre de 2020.
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Para acreditar esa dificultad económica grave se valorarán las variaciones sustanciales
de renta y patrimonio de la unidad familiar del estudiante ocurridas durante los años 2020 y
2021.
A excepción de quienes se matriculen por primera vez de estudios universitarios, los
solicitantes deberán haber superado en el curso anterior:
• Si se matriculan en régimen de dedicación a tiempo completo, el 55% de los créditos en
que se hubiesen matriculado si se trata de estudios de la rama de ingenierías, arquitectura,
enseñanzas técnicas y ciencias, el 70 % si se trata de estudios de la rama de ciencias de la
salud y el 80% si se trata de estudios de la rama de artes y humanidades y ciencias sociales
y jurídicas. Excepcionalmente, la Comisión podrá valorar aquellos casos en los que la
situación sobrevenida haya podido afectar el cumplimiento de estos requisitos académicos
teniendo en cuenta las fechas del hecho o circunstancia sobrevenida, así como el
rendimiento académico del primer semestre del curso 2020-2021.
• Si se matriculan a tiempo parcial, para obtener la ayuda deberán haber aprobado la
totalidad de los créditos en que hubiese estado matriculado. Excepcionalmente, la
Comisión podrá valorar aquellos casos en los que la situación sobrevenida haya podido
afectar el cumplimiento de estos requisitos académicos teniendo en cuenta las fechas del
hecho o circunstancia sobrevenida, así como el rendimiento académico del primer
semestre del curso 2020-2021.
A los efectos de esta convocatoria, la matrícula a tiempo completo se considerará a los
estudiantes que se encuentren matriculados de un mínimo de 60 créditos y a tiempo parcial de
un mínimo de 30 créditos.
DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA ESTA AYUDA:
• Declaración jurada exponiendo los hechos que han producido una situación de dificultad
económica para el estudiante o para la unidad familiar (anexo IV).
• DNI del estudiante y de todos los miembros de la unidad familiar (o documento
equivalente).
• Certificados de empadronamiento de los miembros de la unidad familiar.
• Vida laboral de la Seguridad Social de los miembros de la unidad familiar.
• Acreditación documental de los ingresos económicos regulares de todos los miembros
computables de la unidad familiar que posean ingresos durante el vigente curso académico
(ej. nóminas, pensiones, prestaciones, subsidios).
• En el caso de circunstancias sociales que afecten al estudiante o a miembros de la unidad
familiar acreditación documental de las mismas (carta de despido, certificados de
desempleo, expedientes de regulación (ERTE y/o ERE) solicitudes de subsidios,
solicitudes de prestaciones extraordinarias por cese de actividad, reducción de jornada,
comunicación de prestaciones o de finalización de prestaciones y cualesquiera otras
circunstancias que supongan una pérdida sustancial de ingresos.
• En caso de que las situaciones o circunstancias afecten a un miembro de la unidad familiar
distinto del estudiante, además se tendrá que presentar copia del libro de familia donde se
acredite la pertenencia del estudiante y de dicho miembro a la unidad familiar y DNI del
miembro de la unidad familiar.
• En el caso de alegar determinadas circunstancias familiares o personales (certificado de
defunción en el caso de fallecimientos, justificación de enfermedades graves) que hayan
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producido una situación de dificultad económica y que estos hechos se han provocado,
mantenido o agravado como consecuencia de la crisis provocada por el COVID-19.
• En la presentación de la solicitud se podrá autorizar a la Universidad de Burgos a que esta
obtenga directamente, de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, la
información correspondiente relativa al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
del año 2019 de todos los miembros de la unidad familiar, necesaria para la resolución de
la convocatoria. En caso de no realizar dicha autorización se deberán aportar los
certificados de rentas de todos los miembros de la unidad familiar emitidos por la Agencia
Estatal de la Administración Tributaria referidos al ejercicio 2019.
• En el supuesto de solicitantes que tributen en el País Vasco o en la Comunidad Foral de
Navarra, éstos deberán presentar declaración o declaraciones de la unidad familiar del
IRPF. Se acreditará mediante la aportación de la Declaración del Impuesto sobre la Renta
de las Personas Físicas, correspondiente al ejercicio fiscal del año 2019, sellada por alguna
de las oficinas habilitadas por la Administración Tributaria para su recepción. Cuando los
contribuyentes hayan optado por la modalidad de la declaración separada, se aportará
copia de ambas declaraciones. En los casos de nulidad, matrimonial, separación o divorcio
se considerará la renta de quien ejerza la patria potestad. Quienes tributen en el País Vasco
o la Comunidad Foral de Navarra, estén exentos de presentar declaración del IRPF y no
hayan solicitado devolución del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas,
documentos acreditativos de las imputaciones íntegras percibidas durante el año 2018.
• En el caso de separación matrimonial o divorcio de los padres, si existe dependencia
económica: sentencia o convenio regulador donde se establezca el importe de la pensión
de alimentos y/o compensatoria señalada en beneficio de la unidad familiar del solicitante.
Si han transcurrido más de dos años o más desde que se formalizó el convenio o se dictó
sentencia de separación, respecto de la finalización del plazo de presentación de
solicitudes, se deberá acompañar certificación bancaria actualizada de la pensión o
pensiones que se haya recibido el año anterior. De no estar percibiendo la cantidad
señalada en los documentos anteriores, deberá acreditarlo acompañando la denuncia
correspondiente o documento judicial acreditativo.
• En su caso copia del contrato de arrendamiento de vivienda y/o recibos mensuales.
• Certificados de las autoridades educativas del país de origen distinto a España relativa a la
percepción o no de algún tipo de ayuda.
La unidad de tramitación del expediente podrá requerir a el/la solicitante la documentación que
estime oportuna para la acreditación de la gravedad de dificultad económica o del hecho declarado,
mediante un e-mail a su correo institucional, debiendo ser presentada en un plazo máximo de diez días
desde la fecha de notificación. En caso de no aportar la documentación requerida, la solicitud podrá ser
desestimada.
CUANTÍA DE LA AYUDA:
La cuantía de la ayuda se limita al siguiente importe máximo:
• Para estudiantes de grado: Hasta un máximo de 2.000 euros. Como criterio general la ayuda
económica de los precios públicos de los créditos en primera y segunda matrícula en el curso 2020-
2021. También podrá tenerse en cuenta ayuda para la financiación del alojamiento y manutención
del estudiante.
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• Para estudiantes de master: Por su finalidad, completar una formación universitaria y no
abandonar los estudios universitarios, serán preferentes las solicitudes de grado, en el caso de que se
estime alguna ayuda de master será preferentes los másteres habilitantes para una profesión respecto
del resto de master oficiales. Hasta un máximo de 2.000 euros, y como criterio general la ayuda sería
del 40% del total del importe de los créditos matriculados en primera matrícula en el curso 2020-
2021.
SEXTO. COMPATIBILIDADES
Los estudiantes pueden solicitar las cuatro ayudas que se establecen en esta convocatoria.
Las ayudas que se establecen en esta convocatoria serán incompatibles con cualesquiera otros
beneficios de la misma naturaleza y finalidad.
SÉPTIMO. PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD
Se presentará una única solicitud por estudiante (dicha solicitud podrá contener desde una ayuda hasta las
cuatro ayudas convocadas, establecidas en el apartado quinto de esta convocatoria).
La solicitud se tiene que presentar en dos registros:
1. La solicitud deberá cumplimentarse mediante el formulario accesible a través del enlace: solicitud e
imprimirla y, obligatoriamente, presentarla con la firma del solicitante y la documentación requerida
para cada ayuda en el Registro General (Edificio de Administración y Servicios, C/ Don Juan de
Austria, 1), en los registros auxiliares de la Universidad de Burgos (Secretarias Administrativas de
los Centros), o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 16 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 15 de abril de 2021
2. Una vez presentada la solicitud y documentación de las ayudas en el Registro de la Universidad,
registros auxiliares de la Universidad o por cualquier de los procedimientos establecidos en el artículo
16 de la Ley 39/2015, los solicitantes deberán inscribirse en la aplicación de becas Santander a través de
la página www.becas-santander.com, en la correspondiente convocatoria de ayudas complementarias a
estudiantes de grado y master para hacer frente a situaciones de dificultades económicas derivadas del
COVID-19. Esta inscripción en la aplicación de becas Santander será un requisito adicional y
subsanable y su cumplimentación no supone la inscripción en plazo establecida en el apartado anterior.
En la aplicación de becas Santander, sólo se deberá inscribir el estudiante, la documentación solicitada
para cada ayuda no se presentará en la aplicación de Becas Santander.
DOCUMENTACIÓN REQUERIDA
La solicitud, deberán acompañarse de la documentación exigida para cada ayuda.
Si la documentación aportada no reuniera los requisitos exigidos en la presente convocatoria, se requerirá al
interesado para que en el plazo de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con
indicación de que, si así no lo hiciera, se entenderá desistida su petición, previa resolución.
Dicho requerimiento se efectuará a través del correo electrónico del estudiante proporcionado por la
Universidad de Burgos y en el Tablón electrónico oficial de la Universidad de Burgos se incluirá una reseña
indicando también la necesidad de subsanación y el plazo para efectuarla.
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OCTAVO. TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE
El expediente administrativo se tramitará por la Unidad de Información, Orientación y Promoción del
Estudiante del Servicio de Estudiantes y Extensión Universitaria de la Universidad de Burgos.
NOVENO. VALORACIÓN Y ADJUDICACIÓN
La valoración de las solicitudes se realizará por la Comisión de Estudiantes, quien propondrá la
adjudicación de las ayudas teniendo en cuenta lo establecido en esta convocatoria, pudiendo fijar criterios de
prioridad establecidos en el artículo cuarto, apartado tercero de la Resolución de 18 de diciembre de 2019, del
Rectorado de la Universidad de Burgos, por la que se publican las bases reguladoras de la concesión de becas y
ayudas de la Universidad de Burgos (BOCYL 15 de enero de 2020), y la existencia de presupuesto destinado a la
presente convocatoria.
Vista la propuesta elevada por la Comisión, se procederá a la adjudicación provisional de las ayudas.
Frente a esta resolución provisional se podrá presentar reclamación en el plazo de 10 días naturales contados
desde el día siguiente a su publicación. Transcurrido dicho plazo, se procederá a la adjudicación definitiva de las
ayudas mediante Resolución del órgano competente, estableciéndose los recursos que procedan.
En el caso de que un/a estudiante solicite la ayuda urgente de emergencia social, se procederá a una valoración
de la urgencia que será efectuada por la siguiente Comisión:
- Vicerrectora de Estudiantes. Que actuará como Presidenta.
- Vicerrector de Responsabilidad Social, Cultura y Deporte.
- Jefe de Servicio de Estudiantes y Extensión Universitaria. Que actuará como Secretario.
- Jefa de Unidad de Información, Orientación y Promoción del Estudiante
- Jefa de Negociado del Programa de Acercamiento Intergeneracional
Para determinar la gravedad de las circunstancias sociales, familiares o personales en las ayudas de
emergencia social (ayuda 4) y para paliar situaciones de dificultad económica (ayuda 3), se valorarán también
estas circunstancias familiares o personales:
- Pertenencia a determinados colectivos sociales (orfandad absoluta, familias monoparentales, abandono
familiar, violencia doméstica, violencia de género, padres desempleados, fallecimiento de alguno de los
progenitores, cese total de actividad profesional, grado de parentesco entre el estudiante y el familiar
afectado por la situación, etc.).
- Estudiantes con familiares a cargo (padres, hijos).
- Enfermedad del/la estudiante, o de familiares, debidamente acreditada.
- Disponer de documentación acreditativa de la situación social alegada. Se valorará acreditación oficial
de profesionales o de instituciones públicas.
- Cualesquiera otras circunstancias sociales a valorar por la Comisión.
- Número de miembros computables de la unidad familiar (se determinarán según lo establecido en la
Resolución de 31 de julio de 2020 de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan
becas de carácter general para el curso académico 2020-2021, para estudiantes que cursen estudios
postobligatorios).
- Para la ayuda de emergencia social se podrán tener en cuenta los baremos de renta y patrimonio según
están establecidos en la convocatoria de Ayudas al Estudio de la Universidad de Burgos (Resolución
Rectoral de 4 de diciembre de 2020) y los efectos económicos provocados en la renta y patrimonio en el
ejercicio 2020 y en el año 2021, para comprobar la variación sustancial de las rentas y/o patrimonio.
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En el caso de que esta Comisión considere que la ayuda de Emergencia Social debe concederse de
manera urgente porque en caso contrario la gravedad de la situación no pueda revertirse, se procederá a la
adjudicación individual de carácter urgente por la Vicerrectora de Estudiantes y se procederá de acuerdo a lo
establecido en el apartado duodécimo.
DÉCIMO. PUBLICACIÓN Y NOTIFICACIÓN
La resolución de adjudicación se publicará en el tablón electrónico oficial de la Universidad de Burgos.
UNDÉCIMO. PLAZO DE RESOLUCIÓN
El plazo máximo para resolver será hasta el 30 de julio de 2021. Transcurrido dicho plazo sin que se
hubiera notificado la resolución se deberá entender como desestimada.
Las ayudas de emergencia social podrán ser resueltas de manera individual para que los estudiantes
puedan afrontar las necesidades urgentes que puedan impedir la continuidad de sus estudios, para ello, una vez
valoradas como urgentes por la comisión establecida en el apartado décimo, se podrán adjudicar. De dicha
adjudicación se informará a la Comisión de Estudiantes.
Contra la resolución de adjudicación, que agota la vía administrativa, podrá interponerse
potestativamente recurso de reposición ante este Rectorado, en el plazo de un mes, según establecen los artículos
123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso
administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Burgos, en el plazo de dos meses, contados
desde el día siguiente a la notificación de la presente resolución, o cualquier otro recurso que estime más
procedente.
DUODÉCIMO. ACEPTACIÓN Y FORMA DE PAGO DE LAS AYUDAS
Una vez adjudicadas las ayudas se procederá a su abono o a la compensación de derechos de matrícula
pendientes del curso 2020/2021, en el caso de abono se realizarán mediante transferencia bancaria en un único
pago.
Los beneficiarios de estas ayudas tendrán como obligación indicar un número de cuenta bancaria de la que
sean titulares que será la cuenta en la que se efectuará el pago de la ayuda.
DECIMOTERCERO. BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS
De acuerdo con lo establecido en la Disposición adicional primera de la Resolución de 18 de diciembre de
2019, del Rectorado de la Universidad de Burgos, por la que se publican las bases reguladoras de la concesión de
becas y ayudas de la Universidad de Burgos (BOCYL 15 de enero de 2020), las bases reguladoras de dicha
resolución son aplicables a esta convocatoria.
DECIMOCUARTO. BASE NACIONAL DE DATOS DE SUBVENCIONES
La presente convocatoria, las concesiones y los pagos se publicarán en la web del Sistema nacional de
publicidad de Subvenciones https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/index según lo establecido en el
Real Decreto 130/2019 de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos nacional de Subvenciones y la
publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas.
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CALDERÓN CARPINTERO VERÓNICA 03-03-2021 10:45:05Documento firmado electrónicamente - Hospital del Rey, S/N - 09001 Burgos (España) - Tel.: 947 25 87 00
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C/ Don Juan de Austria, 1 09001 Burgos 947 259009 – 8094 [email protected]
DECIMOQUINTO. INCUMPLIMIENTO Y REINTEGROS
Procederá el reintegro total de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora desde
momento del pago de la ayuda en los casos establecidos en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
y en la forma prevista en el Título IV de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre.
DECIMOSEXTO. INTERPRETACIÓN
Se faculta a la Comisión de Valoración para interpretar todas aquellas circunstancias que concurran en
las solicitudes y no queden reflejadas en esta convocatoria.
DECIMOSÉPTIMO. DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
La participación en la presente convocatoria conlleva la aportación voluntaria de datos de carácter
personal. Según lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos
personales y garantía de los derechos digitales, el acto de consignar la solicitud de participación supone el
consentimiento y la información y conocimiento de que los datos aportados sean tratados por la Universidad
de Burgos, con la finalidad de tramitar la solicitud, valorarla y verificar el cumplimiento de los requisitos
para participar en la convocatoria a efectos de resolución, notificación, publicación y gestión de la ayuda.
DECIMOCTAVO. IGUALDAD DE GÉNERO
En coherencia con el principio de igualdad entre mujeres y hombres y la ausencia de discriminación por
razón de sexo, las referencias al género contenidas en este reglamento son de naturaleza genérica y se
refieren indistintamente a mujeres u hombres.
Burgos, 3 de marzo de 2021
El Rector
Por Delegación (R.R. de 27 de enero de 2021, BOCyL de 29 de enero de 2021)
La Vicerrectora de Estudiantes
Verónica Calderón Carpintero
CALDERON CARPINTERO VERONICA - 71262696W
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TODOS LOS SOLICITANTES PRESENTARÁN:
• Una única solicitud
• Una declaración jurada por cada tipo de ayuda, en la que expongan la situación o hechos que han dado lugar a la ayuda que solicitan.
• La documentación exigida en cada tipo de ayuda.
• Podrán presentar los documentos que estimen precisos para un adecuado conocimiento de las circunstancias específicas de cada caso.
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DECLARACIÓN JURADA EXPLICANDO LOS MOTIVOS POR LOS QUE SOLICITA LA AYUDA
TIPO 1.
“AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN/CONTRATACIÓN DE BONOS DE DATOS Y CONEXIONES DE
RED”
ANEXO I
D/Dña. …………………………………………………… con DNI …………………………
Declara, respecto de la ayuda solicitada, lo siguiente:
(exponga los hechos, contratos o modificaciones de suscritos, fechas de realización de los contratos y/o de las modificaciones, indicando que
en el caso de conexiones de red que pertenecen a la residencia del estudiante durante el curso académico)
………………………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………………
Nombre del familiar que figura en la factura: ……………………………………………………………………
Parentesco: …………………………………………………………………………………………………………
Importe/s de la/s factura/s: ………………………………………………………………………………………
Firma
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TODOS LOS SOLICITANTES PRESENTARÁN:
• Una única solicitud
• Una declaración jurada por cada tipo de ayuda, en la que expongan la situación o hechos que han dado lugar a la ayuda que solicitan.
• La documentación exigida en cada tipo de ayuda.
• Podrán presentar los documentos que estimen precisos para un adecuado conocimiento de las circunstancias específicas de cada caso.
C/ Don Juan de Austria, 1 09001 Burgos 947 259009 – 8094 [email protected]
DECLARACIÓN JURADA EXPLICANDO LOS MOTIVOS POR LOS QUE SOLICITA LA AYUDA
TIPO 2.
“AYUDAS EN CONCEPTO DE ADQUISICIÓN DE RECURSOS TECNOLÓGICOS O EQUIPAMIENTO”
ANEXO II
D/Dña. …………………………………………………… con DNI …………………………
Declara, que respecto de la ayuda solicitada, lo siguiente:
(exponga el bien o bienes contratados (ordenador de sobremesa, portátil, cámaras pc, impresoras, micrófonos y similares) y en caso de no ser
uno de estos, su necesidad.)
………………………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………………
Nombre del familiar que figura en la factura: ……………………………………………………………………
Parentesco: …………………………………………………………………………………………………………
Importe/s de la/s factura/s: ………………………………………………………………………………………
¿Ha sido beneficiario de alguna beca durante el curso académico 2020/2021? ………………………………..
En caso afirmativo: ( ) Ministerio de Educación y Formación Profesional
( ) Comunidad Autónoma de Castilla y León
( ) Gobierno Vasco
( ) Otro organismo: ………………………………………………………….
Firma
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TODOS LOS SOLICITANTES PRESENTARÁN:
• Una única solicitud
• Una declaración jurada por cada tipo de ayuda, en la que expongan la situación o hechos que han dado lugar a la ayuda que solicitan.
• La documentación exigida en cada tipo de ayuda.
• Podrán presentar los documentos que estimen precisos para un adecuado conocimiento de las circunstancias específicas de cada caso.
C/ Don Juan de Austria, 1 09001 Burgos 947 259009 – 8094 [email protected]
DECLARACIÓN JURADA EXPLICANDO LOS MOTIVOS POR LOS QUE SOLICITA LA AYUDA
TIPO 3
“AYUDAS PARA SITUACIONES DE DIFICULTAD ECONÓMICAS DERIVADAS DE LA SITUACION
DE COVID”
ANEXO III
D/Dña. …………………………………………………… con DNI …………………………
Declara, respecto de la ayuda arriba indicada, lo siguiente:
(exponga los hechos que han producido una situación de dificultad económica para el estudiante o para la unidad familiar)
………………………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………………
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CALDERÓN CARPINTERO VERÓNICA 03-03-2021 10:45:05Documento firmado electrónicamente - Hospital del Rey, S/N - 09001 Burgos (España) - Tel.: 947 25 87 00
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TODOS LOS SOLICITANTES PRESENTARÁN:
• Una única solicitud
• Una declaración jurada por cada tipo de ayuda, en la que expongan la situación o hechos que han dado lugar a la ayuda que solicitan.
• La documentación exigida en cada tipo de ayuda.
• Podrán presentar los documentos que estimen precisos para un adecuado conocimiento de las circunstancias específicas de cada caso.
C/ Don Juan de Austria, 1 09001 Burgos 947 259009 – 8094 [email protected]
Número de miembros de la unidad familiar: ………………………………………..
Los abajo firmantes declaran bajo su responsabilidad: que aceptan las bases de la convocatoria y que cumplen los
requisitos exigidos en la misma. Asimismo, se comprometen a aportar los justificantes y documentos que sean
requeridos por la administración.
Para obtener datos de renta y/o patrimonio, relativos a la unidad familiar a esta solicitud:
( ) Autorizan a la Universidad de Burgos a obtener datos de las administraciones tributarias
( ) No autorizan a la Universidad de Burgos a obtener datos de las administraciones tributarias
( ) Presentan las declaraciones de la renta.
Deberán firmar los miembros mayores de edad.
NIF APELLIDOS Y NOMBRE DE LOS
MIEMBROS UNIDAD FAMILIAR
PARENTESCO FIRMA
Firma
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CALDERÓN CARPINTERO VERÓNICA 03-03-2021 10:45:05Documento firmado electrónicamente - Hospital del Rey, S/N - 09001 Burgos (España) - Tel.: 947 25 87 00
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TODOS LOS SOLICITANTES PRESENTARÁN:
• Una única solicitud
• Una declaración jurada por cada tipo de ayuda, en la que expongan la situación o hechos que han dado lugar a la ayuda que solicitan.
• La documentación exigida en cada tipo de ayuda.
• Podrán presentar los documentos que estimen precisos para un adecuado conocimiento de las circunstancias específicas de cada caso.
C/ Don Juan de Austria, 1 09001 Burgos 947 259009 – 8094 [email protected]
DECLARACIÓN JURADA EXPLICANDO LOS MOTIVOS POR LOS QUE SOLICITA LA AYUDA
TIPO 4
“AYUDAS DE EMERGENCIA SOCIAL PARA ESTUDIANTES EN DIFICULTADES ECONÓMICAS
SOBREVENIDAS QUE IMPIDAN A LOS ESTUDIANTES LA CONTINUIDAD DE LOS ESTUDIOS”
ANEXO IV
D/Dña. …………………………………………………… con DNI …………………………
Declara, respecto de la ayuda arriba indicada, lo siguiente:
(exponga los hechos que han producido una situación de dificultad económica para el estudiante o para la unidad familiar)
………………………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………………
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SELLO DE UNIVERSIDAD 08-03-2021 09:30:33
CALDERÓN CARPINTERO VERÓNICA 03-03-2021 10:45:05Documento firmado electrónicamente - Hospital del Rey, S/N - 09001 Burgos (España) - Tel.: 947 25 87 00
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TODOS LOS SOLICITANTES PRESENTARÁN:
• Una única solicitud
• Una declaración jurada por cada tipo de ayuda, en la que expongan la situación o hechos que han dado lugar a la ayuda que solicitan.
• La documentación exigida en cada tipo de ayuda.
• Podrán presentar los documentos que estimen precisos para un adecuado conocimiento de las circunstancias específicas de cada caso.
C/ Don Juan de Austria, 1 09001 Burgos 947 259009 – 8094 [email protected]
Número de miembros de la unidad familiar: ………………………………………..
Los abajo firmantes declaran bajo su responsabilidad: que aceptan las bases de la convocatoria y que cumplen los
requisitos exigidos en la misma. Asimismo, se comprometen a aportar los justificantes y documentos que sean
requeridos por la administración.
Para obtener datos de renta y/o patrimonio, relativos a la unidad familiar a esta solicitud:
( ) Autorizan a la Universidad de Burgos a obtener datos de las administraciones tributarias
( ) No autorizan a la Universidad de Burgos a obtener datos de las administraciones tributarias
( ) Presentan las declaraciones de la renta
Deberán firmar los miembros mayores de edad.
NIF APELLIDOS Y NOMBRE DE LOS
MIEMBROS UNIDAD FAMILIAR
PARENTESCO FIRMA
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