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UNIDAD ACADEMICA DE DERECHO5° “C” TURNO VESPERTINO.

DERECHO DE LA INFORMÁTICAM.C. PERLA ELIZABETH VENTURA RAMOS

POR: ALFREDO GOYTIA DORANTESExposición equipo 7

Defe !"# #$%&$e'e# ("(e)'"#:

1.- SOFTWARE

R.- El software representa toda la parte inmaterial o intangible que hace funcionar 

a un ordenador para que realice una serie de tareas específicas, coloquialmente

conocidos como programas el software engloba a toda la información digital que

hace al conjunto de elementos físicos y materiales que componen el computador 

trabajar de manera inteligente.

Cualquier ordenador o computadora est compuesta por ! partes bien

diferenciadas el hardware y el software, el hardware representa a todos los

materiales físicos de la computadora como la placa base, el microprocesador, el

teclado o el disco duro donde se almacena la información, para que todos estos

elementos físicos funcionen es necesario el software que representa a toda la

parte inmaterial que no "emos del ordenador, el software es el sistema operati"o

que hace funcionar a tu ordenador, es el editor de te#tos que te permite escribir 

documentos, es el "ideojuego que ocupa tu tiempo de ocio y es el na"egador que

actualmente estas utili$ando para leer este artículo. %odemos decir que al cargar el

software a nuestra computadora le estamos dando las instrucciones o la educación

necesaria para que realice una serie de tareas.

2.-PROTECCIÓN JR!"ICA "E# SOFTWARE

R.- &os programas de cómputo son la plataforma que por medio de un conjunto de

instrucciones comprensibles para una computadora, resuel"e ciertos problemas. En'(#ico la &ey )ederal de la %ropiedad *ndustrial no considera in"enciones a los

programas de cómputo y por tanto (stos no son susceptibles de obtener los

beneficios de una patente.

+in embargo consideramos que es justo y necesario legislar en torno a la

protección jurídica del software ya que es un bien inmaterial que es objeto de

derechos de propiedad intelectual y requiere protección por parte de la ley, no sólo

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POR: ALFREDO GOYTIA DORANTESpor la acti"idad in"enti"a que supone la creación del mismo, sino tambi(n por la

in"asión económica ejecutada.

$.-"EREC%O "E ATOR

R.- En '(#ico, e#iste la &ey )ederal del erecho de utor, misma que contiene un

capítulo comprende de los artículos del /0/ al //1, que regulan en forma específica

la protección de los programas y las bases de datos, mediante la obtención de un

certificado autoral, e#pedido por el *nstituto 2acional del erecho de utor 3IN"ATOR4.

El problema en torno a la protección de los programas de cómputo radica en

que la protección de una patente protege una in"ención y limita todos los supuestos

de reproducción de (sta bajo cualquier circunstancia, mientras que el erecho de

 utor sólo prohíbe la copia sustancial del código fuente o del código objeto, pero no

impide las m5ltiples "ías alternati"as para e#presar las mismas ideas y principios en

distintos códigos fuente o código objeto. simismo, tampoco protegen contra el

desarrollo de un programa id(ntico o bsicamente id(ntico sin el consentimiento de

unos derechos de autor e#istentes, lo que genera que el ni"el de protección de losderechos de autor de los creadores de programas de cómputo sea, hasta cierto

punto, deficiente.

Es en consecuencia la protección jurídica que se otorga al titular del derecho

de una obra original del que es autor y comprende las categorías principales de

derechos a saber los derechos patrimoniales y morales.

&.-"EREC%OS PATRI'ONIA#ES

R.- En "irtud del derecho patrimonial, corresponde al autor el derecho de e#plotar de

manera e#clusi"a sus obras, o de autori$ar a otros su e#plotación, en cualquier forma, dentro de los límites que establece la &ey federal del derecho de utor y sin

menoscabo de la titularidad de los derechos morales.

  +on derechos de reproducción, radiodifusión, interpretación y ejecución p5blica,

adaptación, traducción, recitación p5blica, e#posición p5blica, distribución, etc.

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En "irtud de este derecho corresponde al autor determinar si su obra ha de ser 

di"ulgada y en qu( forma, o la de mantenerla in(dita e#igir el reconocimiento de su

calidad de autor respecto de la obra por el creada y la de disponer que su di"ulgación

se efect5e como obra anónima o seudónima e#igir respeto a la obra, oponi(ndose a

cualquier deformación, mutilación u otra modificación de ella, así como a toda acción

o atentado a la misma que cause dem(rito de ella o perjuicio a la reputación del

autor modificar su obra retirar su obra del comercio y oponerse a que se le atribuyaal autor una obra que no es de su creación.

El derecho moral se considera unido al autor y es inalienable, imprescriptible,

irrenunciable e inembargable.

).-"OC'ENTO

%ro"iene del latín documentum, que deri"a a su "e$ del "erbo doceo, que quiere

decir ense6ar, hacer, saber, anunciar, tiene la misma raí$ 3doc4 que sus t(rminos

afines7 doctrina, doctor, etc.

ocumento

 4 en sentido lato denominase documento a todo objeto susceptible

de representar  una manifestación del pensamiento, con prescindencia de la

forma en que esa representación se e#teriori$a.

%or lo tanto, no sólo son documentos los lle"an signos de escritura, sino tambi(n

todos aquellos objetos que como los hitos, planos, marcas, contrase6as, mapas,

fotografías, películas cinematogrficas, etc(tera, poseen la misma representati"a.

84 la legislación sustancial utili$a las e#presiones documentos e instrumentoscomo equi"alentes a documentos escritos y para denotar, particularmente, a los

que encuentran firmados por sus autores. 8ajo la denominación de prueba

documental, se comprende primordialmente ese tipo de documentos, aunque las

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POR: ALFREDO GOYTIA DORANTESnormas procesales pertinentes no e#cluyen los restantes objetos representati"os

anteriormente mencionados.

C4 los documentos pueden clasificarse entendiendo primordialmente a su

contenido, a su función y al carcter de los sujetos de quienes pro"ienen.

esde el punto de "ista de su contenido, los documentos son susceptibles de

clasificarse en declarati"os y meramente representati"os, seg5n que,

respecti"amente, el hecho documentado comporte o no una declaración del hombre.

&os documentos declarati"os, a su "e$, atendiendo a la declaración que contiene,

pueden subclasificarse en dispositi"os e informati"os.

e acuerdo con ese concepto son documentos dispositi"os los que constituyen,

modifican o e#tinguen relaciones jurídicas 39er :r., ;n contrato, una letra de cambio,

una sentencia4, e informati"os los que limitan a dejar constancia de una determinada

situación de hecho 39er :r., sientos de los libros de los comerciantes,

informaciones periodísticas, historias clínicas4.

+i se toman en cuenta los efectos de la declaración, entrelos documentos declarati"os cabe diferenciar los confesorios de

los testimonios seg5n que, respecti"amente, aquella sea o no contraria el inter(s de

quien la emite.

+on documentos meramente representati"os todos los restantes, es decir,

aquellos que no contiene declaración alguna 39er :r., <itos, fotografías, planos4.

e acuerdo con su función, los documentos pueden clasificarse en constituti"os

y meramente probatorios.

enominase constituti"os a aquellos documentos a los que la ley erige

en requisito formal indispensable para la "alide$ de ciertos actos jurídicos,e#cluyendo cualquier otro medio de prueba para su e#istencia 39er :r., &a escritura

p5blica respecto de las donaciones de bienes inmuebles o de prestaciones

periódicas o "italicias4.

+on, en cambio, meramente probatorios, los documentos que constatan la

e#istencia de un acto jurídico respecto del cual la ley no e#ige una forma

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determinada, y sir"en e#clusi"amente como medios de prueba de ese tipo de actos

sin e#cluir la admisibilidad de otros medios.

'ientras los documentos constituti"os son siempre dispositi"os y escritos, los

meramente probatorios pueden no re"estir esas calidades y ser, por lo

tanto, dispositi"os no escritos, informati"os y meramente representati"os.

%or otra parte, desde el punto de "ista de los sujetos de quienes emanan,los documentos pueden ser p5blicos o pri"ados, clasificación que, por su

importancia, "emos en esa e#presión. 9er ocumentos p5blicos y pri"ados.


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