DE LA PERITACION O LA PRUEBA POR PERITOS
PERITACION JUDICIAL FUERA DEL PROCESO O IN FUTURUM
En muchas legislaciones se permite la practica de peritaciones por la vía judicial , especialmente como complemento de una inspección pero fuera del proceso el cual debe aducirse como prueba.
Dictámenes o informes técnicos
En los procesos penales se utiliza el dictamen o informe técnico de funcionarios públicos especializados que forman parte de la policía judicial en materias como dactiloscopia, grafología, balística entre otros.
Diferencia entre peritación e informe técnico
Informe técnico
Son rendidos por el órgano creado por la ley
No es necesario que el juez lo designe o escoja
No esta obligado a prestar juramento ni a tomar posesión
La peritación
Se produce por encargo ya sea por investigador o juez.
No es funcionario publico.
Debe tomar posesión y juramento
La peritación
Consultor técnico de la parte y diferencia con perito.
Dictámenes extraprocesales solicitadas por acuerdo de las partes.
Peritación practicada en otro proceso y su traslado
DEL PERITO
Carácter obligatorio y libre del cargo de perito
Cuando es designado por el juez aunque el designado no este en la lista
Cuando es designado por el juez pero este esta en la lista
Cuando las parten lo escogen.
Deberes del perito
1. Asumir el cargo cuando lo designen.2. Posesionarse y prestar juramento3. Practicar las operaciones necesarias para
su dictamen bajo el control del juez4. Obrar lealmente, imparcialidad, buena fe.5. Rendir su informe de forma clara y precisa6. Guardar el secreto profesional.
Responsabilidad del perito
Multas.Perdida o disminución en sus honorariosInhabilidadesResponsabilidad civil.