DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN MUNICIPAL DE
HUALPEN
Hualpén, 2019
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
1
INDICE
Información general del establecimiento ………………………………………………………….
2
Introducción ………………………………………………………………………………………….
3
I. Derechos y deberes de la comunidad educativa …………………………………… De las estudiantes De los padres, madres y/o apoderados De los profesionales de la Educación. De los asistentes de la educación Del Equipo directivo
4-6
II. Estructura y funcionamiento general del establecimiento ……………………………. Niveles de Enseñanza Régimen de jornada Horarios de clase Organigrama Roles y funciones de los docentes, directivos, asistentes de la educación y auxiliares Mecanismos de comunicación con los padres, madres y/o apoderados.
7-18
III. Proceso de Admisión……………………………………………………………………….
19
IV. Regulaciones sobre uso de uniforme……………………………………………………
19
V. Procedimientos para resguardar la seguridad de los miembros de la comunidad educativa ante diversos tipos de riesgos………………………………………………….
19
VI. Estrategias de prevención y protocolos de actuación frente a la detección de situaciones de vulneración de derechos de las estudiantes……………………….
31
VII. Estrategias de prevención y protocolos de actuación para abordar situaciones relacionadas con drogas y alcohol en el establecimiento………………………………
37
VIII. Normas, faltas, medidas disciplinarias y procedimientos de las faltas al orden y buena convivencia por parte de las estudiantes……………………………………….
39
IX. De las sanciones …………………………………………………………………………… 42
X. Conducto regular y sistema de apelaciones …………………………………………….
46
XI. Disposiciones para premios y reconocimiento……………………………………………
47
XII. Protocolo de accidentes escolares………………………………………………………...
48
XIII. Medidas orientadas a garantizar la higiene del establecimiento educacional……….
49
XIV. Regulaciones referidas a la gestión pedagógica y protección a la maternidad y paternidad……………………………………………………………………………………
50
XV. Regulación de la promoción y evaluación ………………………………………………
53
XVI. Regulaciones sobre salidas pedagógicas y giras de estudio …………………………...
68
XVII. Composición y funcionamiento del Consejo Escolar…………………………………….
69
XVIII. Plan de Gestión de la Convivencia Escolar ………………………………………………
73
ANEXOS …………………………………………………………………………………………….
78
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
2
INFORMACION GENERAL DEL ESTABLECIMEINTO Establecimiento ESCUELA HELEN KELLER ADAMS RBD 4714-7 Teléfonos Secretaria: 2178522 – 2178523
Directora : 2178524
Dirección Finlandia# 932, Población Armando Alarcón Del Canto. Hualpén
Régimen de Jornada Escolar Jornada única
Correo Electrónico [email protected] Directora Sra. María Ester Delgado Pincheira Jefe Unidad Técnico Pedagógica Sra. María Paz Monroy Rivas Inspector General Encargada Convivencia Escolar Sra. Johana González Cabezas Coordinadora Programa de Integración Escolar
Srta. Jaqueline Rojas
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
3
INTRODUCCION Aprender a convivir y vivir juntos lleva consigo un conjunto de aprendizajes que se vincula con el
desarrollo de habilidades sociales, competencias ciudadanas involucradas al ejercicio de los
derechos humanos y a la construcción colectiva de la paz social. Aprender a Ser, aprender a
Conocer, aprender a hacer y aprender a Vivir Juntos constituye los cuatro pilares de la educación.
Todos estos aprendizajes deben realizarse en un ambiente de sana convivencia.
La sana convivencia escolar es un derecho y un deber que tienen todos los miembros de la
comunidad educativa, cuyo fundamento principal es la dignidad de las personas y el respeto que
éstas se deben. Es un aprendizaje en sí mismo que contribuye a un proceso educativo implementado
en un ambiente libre de toda discriminación arbitraria y de cualquier tipo de violencia, orientado a que
cada uno de sus miembros pueda desarrollar plenamente su personalidad, ejercer sus derechos y
cumplir sus deberes.
Para ello, deberán conocer y respetar las reglas, normas, compromisos y acuerdos, dando
cumplimiento al Reglamento Interno de la escuela Helen Keller Adams, que contiene un conjunto
de normas y disposiciones que regulan el funcionamiento e interacción de los miembros de la
Comunidad Escolar, informando la normativa, las estrategias formativas y las sanciones
correspondientes a la falta al reglamento. Es el instrumento que contiene las normas de convivencia
que toda la comunidad escolar, quienes aceptan y comparten los valores y objetivos definidos
en su Proyecto Educativo.
Por lo tanto, padres, madres y apoderados, docentes y asistentes de la educación y estudiantes
deben conocer y respetarlo de manera que el establecimiento funcione adecuadamente, poniendo
especial énfasis en una formación que favorezca la prevención de toda clase de discriminación
arbitraria, violencia o agresión; así mismo establece protocolos de actuación, los que deberán
estimular el acercamiento y el entendimiento de las partes en conflicto e implementar acciones
reparatorias para los afectados.
Además, contiene las normas relativas al ingreso, permanencia, jornada horaria, funcionamiento de
las instalaciones, entre otras de carácter general, además tiene un apartado que regula las relaciones
de convivencia entre los miembros del Colegio y finalmente se encuentran las disposiciones acerca
de las evaluaciones y promoción escolar.
Al momento de matricular a la estudiante, la Escuela presume que el apoderado y la estudiante
conocen y aceptan el Reglamento Interno, es por lo tanto , que el principal deber del apoderado
será acatar el reglamento y velar por la adaptación de su pupila a la normativa escolar.
Es deber de todos los miembros de esta Comunidad propiciar un diálogo amistoso y franco donde
las diferencias entre los diferentes actores se resolverán de modo pacífico y constructivo, siendo este
tipo de relación la única forma de alcanzar los objetivos del Proyecto.
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
4
I. DERECHOS Y DEBERES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA Sin perjuicio de los derechos y deberes que establecen las leyes y reglamentos, los integrantes de la
comunidad educativa de la Escuela Helen Keller Adams, gozarán de los siguientes derechos y
estarán sujetos a los siguientes deberes, consagrados en el Artículo 10 de la Ley General de
Educación.
DERECHOS DE LAS ESTUDIANTES: Las estudiantes de la Escuela Helen Keller Adams tienen los siguientes derechos:
Ser respetadas en sus derechos fundamentales resguardados por la Constitución y
Convenciones Internacionales ratificados por Chile en relación a los derechos del niño y otros
en este mismo orden.
Ser respetadas como personas únicas, diversas y singulares.
Recibir apoyo especializado de Orientadora, Psicóloga, Programa de Integración Educativa,
Terapeuta Ocupacional, Fonoaudiólogo, cuando sea necesario.
Recibir atención de primeros auxilios de acuerdo al Protocolo de Accidentes Escolares.
Conocer la calendarización de las evaluaciones y las pautas con que se evaluarán los trabajos
prácticos o de otra índole, con al menos siete días de anticipación a su aplicación.
Conocer los resultados de sus evaluaciones y obtener retroalimentación.
Conocer en el momento, la anotación positiva o negativa que se registre en la hoja de
observaciones del libro de clases.
Que se mantenga reserva sobre su situación personal y familiar.
Participar en las diversas actividades extra-programáticas ofrecidas por el Establecimiento.
En casos de sufrir vulneración de sus derechos, que se tomen los resguardos y se activen los
protocolos pertinentes en el tiempo legalmente establecido.
Ser escuchadas y que, ante una falta y su sanción, se le permita formular descargos y aportar
pruebas; así como también que aquella sea apelable ante el respectivo superior jerárquico de la
autoridad que la impone.
Recibir una educación que les ofrezca oportunidades para su formación y desarrollo integral.
Recibir una atención adecuada y oportuna.
No ser discriminadas arbitrariamente en el caso de tener necesidades educativas especiales.
Estudiar en un ambiente de respeto mutuo.
Expresar su opinión y a que se respete su integridad física, y moral, no pudiendo ser objeto de
tratos vejatorios o degradantes y de maltratos psicológicos.
Que se respeten su libertad personal y de conciencia, sus convicciones religiosas e ideológicas y
culturales, conforme al reglamento interno del establecimiento.
A ser evaluadas y promovidas de acuerdo a un sistema objetivo y transparente, del que de cuenta
el Reglamento de Evaluación del Establecimiento.
Participar en la vida cultural, deportiva y recreativa del establecimiento.
Tiene derecho a asociarse entre ellas, por medio del Centro de Estudiantes.
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
5
DEBERES DE LAS ESTUDIANTES Las estudiantes de la Escuela Helen Keller Adams deben cumplir con los siguientes deberes:
Estudiar diariamente y esforzarse por alcanzar al máximo el desarrollo de sus capacidades y preparara sus evaluaciones.
Usar el uniforme de acuerdo a lo establecido en este reglamento, durante toda la jornada escolar, en actos, actividades extra programáticas, ceremonias, etc.
Asistir regularmente a clases, respetando los horarios establecidos para el ingreso y entre horas de clases.
Seguir el conducto regular para exponer sus dudas u observaciones según sea de índole pedagógico, conductual o de convivencia.
Asistir regularmente a los talleres extraescolares en que se haya inscrito, cumpliendo los horarios.
Asistir a sus evaluaciones en las fechas programadas. Participar regularmente en el programa de Integración Educativa, si corresponde y justificar
inasistencia oportunamente.
Mantener un trato amable y respetuoso con todos los miembros de la comunidad educativa, tanto en la sala de clases como en otros espacios de la Escuela.
Cumplir oportunamente con sus tareas, pruebas, trabajos, proyectos, etc.
Cuidar los útiles escolares propios y ajenos, los bienes de la comunidad educativa, infraestructura y materiales de trabajo.
Colaborar en el cuidado y conservación del medio ambiente.
Mantener un lenguaje adecuado y respetuoso al relacionarse con cualquier persona que pertenezca a nuestra comunidad educativa.
Usar adecuadamente los medios tecnológicos.
Usar el diálogo como principal medio para resolver los conflictos.
Brindar un trato digno, respetuoso y no discriminatorio a todos los integrantes de la comunidad
educativa.
Colaborar y cooperar en mejorar la convivencia escolar.
Respetar el proyecto educativo y el reglamento interno del establecimiento
DERECHOS DE LOS PADRES, MADRES Y APODERADOS
Los padres, madres y apoderados tienen los siguientes derechos:
Ser informados por los directivos y docentes a cargo de la educación de sus hijas respecto del
rendimiento académico y proceso educativo de éstas, así como del funcionamiento del
establecimiento.
Ser escuchados y participar del proceso educativo en los ámbitos que les corresponda,
aportando al desarrollo del Proyecto Educativo, en conformidad a la normativa interna del
establecimiento.
El ejercicio de estos derechos se realizará, entre otras instancias, a través del Centro de Padres
y Apoderados
DEBERES DE LOS PADRES, MADRES Y APODERADOS
Educar a sus hijas e informarse sobre el Proyecto Educativo y normas de funcionamiento del
establecimiento.
Apoyar el proceso educativo de sus hijas.
Cumplir con los compromisos asumidos con el establecimiento educacional.
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
6
Respetar su normativa interna y brindar un trato respetuoso a todos los integrantes de la
comunidad educativa.
Hacer uso respetuoso y correcto de los medios de comunicación o redes sociales utilizados para
mantenerse comunicado/a con los demás apoderados o con el establecimiento.
DERECHOS Y DEBERES DE LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACION
Los profesionales de la educación que se desempeñan en la escuela Helen Keller Adams tienen
derecho a:
Trabajar en un ambiente de respeto mutuo, libre de discriminaciones
Que se respete su integridad física, psicológica y moral, no pudiendo ser objeto de tratos
vejatorios, degradantes o maltratos psicológicos por parte de los demás integrantes de la
comunidad educativa.
Proponer las iniciativas que estimaren útiles para el progreso del establecimiento, en los términos
previstos por la normativa interna.
A disponer de los espacios adecuados para realizar de la mejor forma su trabajo.
Participar de las instancias colegiadas de ésta.
POR SU PARTE, SON DEBERES DE LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN:
Ejercer la función docente en forma idónea y responsable, según los estándares indicativos de
desempeño propuestos por el Ministerio de Educación.
Orientar vocacionalmente a sus alumnos cuando corresponda.
Actualizar sus conocimientos y evaluarse periódicamente.
Investigar, exponer y enseñar los contenidos curriculares correspondientes a cada nivel
educativo establecidos por las bases curriculares y los planes y programas de estudio.
Respetar tanto las normas del establecimiento en que se desempeñan como los derechos de las
estudiantes y
Tener un trato respetuoso y sin discriminación arbitraria con los estudiantes y demás miembros
de la comunidad educativa.
DERECHOS Y DEBERES DE LOS ASISTENTES DE LA EDUCACION
Los asistentes de la educación tienen derecho a:
Trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo.
A que se respete su integridad física y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o
degradantes.
Recibir un trato respetuoso de parte de los demás integrantes de la comunidad escolar.
Participar de las instancias colegiadas de ésta.
Proponer las iniciativas que estimaren útiles para el progreso del establecimiento, en los términos
previstos por la normativa interna.
SON DEBERES DE LOS ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN:
Ejercer su función en forma idónea y responsable.
Respetar las normas del establecimiento en que se desempeñan.
Brindar un trato respetuoso a los demás miembros de la comunidad educativa.
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
7
DERECHOS Y DEBERES DEL EQUIPO DOCENTE DIRECTIVO
El equipo docente directivo tiene derecho a:
Conducir la realización del Proyecto Educativo del establecimiento que dirigen.
SON DEBERES DEL EQUIPO DOCENTE DIRECTIVO:
Liderar el establecimiento, sobre la base de sus responsabilidades, y propender a elevar la
calidad de éste; desarrollarse profesionalmente; promoviendo en los docentes el desarrollo
profesional necesario para el cumplimiento de sus metas educativas, y cumplir y respetar todas
las normas del establecimiento que conducen.
Para el mejor cumplimiento de estos objetivos los miembros del equipo docente directivo deben
realizar supervisión pedagógica en el aula.
II. ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO GENERAL DEL ESTABLECIMIENTO A. NIVELES DE ENSEÑANZA El establecimiento imparte los niveles de enseñanza:
Nivel Número de cursos PRE-KINDER 2
Kinder 2
1er año básico 1
2° año básico 2
3er año básico 2
4° año básico 2
5° año básico 2
6° año básico 2
7° año básico 2
8° año básico 2
B. RÉGIMEN DE JORNADA Sin Jornada Escolar Completa C. HORARIOS DE CLASE JORNADA DE LA MAÑANA
KINDER EXTENDIDO
CURSO LUNES MARTES MIERCOLES JUEVES VIERNES
KINDER 8:00 a 16:30 hrs.
8:00 a 16:30 hrs.
8:00 a 16:30 hrs.
8:00 a 16:30 hrs.
8:00 a 15:30 hrs.
CURSO LUNES MARTES MIERCOLES JUEVES VIERNES PRE-KINDER KINDER
8:00 a 12:45 hrs.
8:00 a 12:45 hrs.
8:00 a 12:45 Hrs.
8:00 a 12:45 hrs.
8:00 a 12:45 hrs.
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
8
JORNADA DE LA TARDE
OTROS HORARIOS:
Atención apoderados: cada profesor cuenta con 2 horas pedagógica dentro de su horario No lectivo para este fin, el cual se informa al inicio de cada año escolar al Equipo directivo y a los apoderados.
Inspectora General: cuenta con horario de atención permanente y agenda entrevistas solicitadas.
Dirección: atiende público en el horario que sea solicitado y está a disposición de cualquier miembro del establecimiento que lo requiera, si no está en actividades en el establecimiento o fuera.
5° a 8° AÑO BÁSICO
HORAS LUNES MARTES MIERCOLES JUEVES VIERNES
1ª 08:00 a 08:45 08:00 a 08:45 08:00 a 08:45 08:00 a 08:45 08:00 a 08:45
2º 08:45 a 09:30 08:45 a 09:30 08:45 a 09:30 08:45 a 09:30 08:45 a 09:30
1ER. R E C R E O 09:30 a 09:45
3º 09:45 a 10:30 09:45 a 10:30 09:45 a 10:30 09:45 a 10:30 09:45 a 10:30
4º 10:30 a 11:15 10:30 a 11:15 10:30 a 11:15 10:30 a 11:15 10:30 a 11:15
2DO. R E C R E O 11:15 - 11:25
5º 11:25 s 12:10 11:25 s 12:10 11:25 s 12:10 11:25 s 12:10 11:25 s 12:10
6º 12:10 a 12:55 12:10 a 12:55 12:10 a 12:55 12:10 a 12:55 12:10 a 12:55
7ª 12:55 a 13:40 12:55 a 13:40 12:55 a 13:40 12:55 a 13:40 12:55 a 13:40
JORNADA TARDE 1° a 4° BÁSICO HORAS LUNES MARTES MIERCOLES JUEVES VIERNES
1ª 14:00 a 14:45 14:00 a 14:45 14:00 a 14:45 14:00 a 14:45 14:00 a 14:45
2º 14:45 a 15:30 14:45 a 15:30 14:45 a 15:30 14:45 a 15:30 14:45 a 15:30
1ER. R E C R E O 15:30 a 15:45
3º 15:45 a 16:30 15:45 a 16:30 15:45 a 16:30 15:45 a 16:30 15:45 a 16:30
4º 16:30 a 17:15 16:30 a 17:15 16:30 a 17:15 16:30 a 17:15 16:30 a 17:15
2DO. R E C R E O 17:15 - 17:30
5º 17:30 a 18:15 17:30 a 18:15 17:30 a 18:15 17:30 a 18:15 17:30 a 18:15
6º 18:15 a 19:00 18:15 a 19:00 18:15 a 19:00 18:15 a 19:00 18:15 a 19:00
7ª Lunes a miércoles 19:00 a 19:45
JUEVES
X
VIERNES
X
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
9
D. ORGANIGRAMA
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
10
E. ROLES Y FUNCIONES DE LOS DOCENTES, DIRECTIVOS, ASISTENTES DE LA EDUCACION Y AUXILIARES
DIRECTOR/A El director/a, es el o la docente que, como jefe del Establecimiento Educacional, es responsable de la Dirección, organización y funcionamiento del mismo, de acuerdo a las normas legales reglamentarias vigentes.
Liderar y dirigir el PEI y los procesos de mejora educativa; y en particular, ejercer el liderazgo técnico-pedagógico en el establecimiento a su cargo.
Dirección, administración, supervisión y coordinación de la educación con tuición y
responsabilidad directa sobre el personal.
Administrar los recursos de la SEP, subvención pro-retención y de mantenimiento,
donaciones, aportes de padres y apoderados, entre otros.
Desarrollar las competencias profesionales de sus equipos docentes.
Promover la participación de la comunidad educativa.
Dirigir y coordinar, en conjunto con su equipo directivo, el trabajo técnico-pedagógico del
establecimiento, en lo referido a la organización, planificación, supervisión, coordinación y
evaluación de la enseñanza y aprendizaje de los estudiantes.
Orientar el desarrollo profesional continuo de los docentes y asistentes de la educación. Para
ello, deberán proponer la implementación de programas o instrumentos de desarrollo
profesional de los docentes y otros integrantes del establecimiento educacional, sobre la base
de las necesidades del establecimiento, su Proyecto Educativo Institucional, su Plan de
Mejoramiento Educativo y los resultados entregados por el Sistema de Desarrollo Profesional
Docente.
Elaborar y proponer el Proyecto Educativo Institucional del establecimiento y sus
modificaciones, el que deberá ser expresión de la diversidad de la comunidad escolar,
consultando previamente al consejo escolar y al consejo de profesores respectivo, de acuerdo
a la normativa vigente.
Elaborar y proponer el Plan de Mejoramiento Educativo del establecimiento, consultando
previamente al Consejo Escolar, haciéndose asesorar para que este en línea con el marco
presupuestario.
Velar, en conjunto con su equipo directivo, por la ejecución del Reglamento Interno y el Plan
de Gestión de la Convivencia Escolar, que deberá ser evaluado por el Consejo Escolar, de
conformidad con la legislación vigente.
Promover la participación de todos los miembros de la comunidad educativa, en especial a
través de su organización en Centros de Estudiantes, Centros de Padres y Apoderados,
Consejos de Profesores y Consejos Escolares, con el objeto de contribuir al proceso de
enseñanza y mejora continua del establecimiento educacional.
Rendir cuenta anual de su gestión a la comunidad educativa del establecimiento. Esta
rendición anual estará contenida en un informe y comprenderá todas las obligaciones de
rendición de cuentas que deba realizar el director del establecimiento educacional, en la forma
prevista por la normativa vigente.
Seleccionar a los integrantes de su equipo directivo (Inspector General, Jefe Técnico y
Encargado/a de Convivencia).
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
11
Dirigir el establecimiento de acuerdo a los principios de la administración educacional,
teniendo siempre presente como principal función; determinar los objetivos propios del
establecimiento en concordancia con los requerimientos de la comunidad escolar y de la
comunidad local en que se encuentra.
Coordinar y supervisar las tareas y responsabilidades del personal a su cargo.
Proponer la estructura organizativa técnico-pedagógica de su establecimiento que estime
conveniente, debiendo salvaguardar los niveles básicos de dirección, planificación, ejecución
y evaluación.
Propiciar un ambiente educativo estimulante, fomentando las buenas relaciones humanas,
manteniendo una comunicación fluida y expedita, creando condiciones favorables para la
obtención de los objetos y metas institucionales.
Impartir instrucciones para establecer una adecuada organización, funcionamiento y
evaluación del currículo del establecimiento, procurando una eficiente distribución de los
recursos asignados.
Presidir los diversos consejos y delegar funciones cuando corresponda.
Velar por el cumplimiento de las normas de prevención, higiene y seguridad dentro del
establecimiento educacional.
Cumplir las normas e instrucciones emanadas de las autoridades educacionales competentes.
Remitir a las Autoridades competentes del Ministro de Educación, las actas, estadísticas y
otros documentos que le sean exigidos conforme a la reglamentación y legislación vigente.
Arbitrar las medidas necesarias para que se realice normalmente la supervisión y la
inspección de las instituciones pertinentes, conforme a las instrucciones emanadas de la
superioridad comunal.
Remitir al organismo municipal pertinente los informes, actas, estadísticas, ordinarios del
establecimiento y toda otra documentación que aquel requiera.
Delegar en la Inspectora General el control de las actividades propias del establecimiento que
estructuran la rutina escolar.
Dar cuenta pública de la marcha del establecimiento al Consejo Escolar, Director DAEM,
Apoderados y Consejo de Profesores.
JEFE UNIDAD TECNICO PEDAGÓGICA
El o la Jefe de la Unidad Técnico Pedagógica es el o la Docente Directivo Superior, responsable
inmediato, de la programación, organización, supervisión y evaluación del desarrollo de las
actividades curriculares.
En todas sus acciones coordinará las instrucciones impartidas por la directora con las
necesidades y disponibilidades de los organismos a su cargo.
SON DEBERES DEL JEFE DE LA U.T. P.
Programar, organizar, supervisar y evaluar, junto con los demás integrantes de la U.T.P., las
actividades correspondientes del proceso enseñanza aprendizaje.
Promover la aplicación de medios, método y técnicas de enseñanza que aseguren con
efectividad, el aprendizaje de las estudiantes.
Dirigir la organización, programación y desarrollo de las actividades de evaluación del proceso
de enseñanza-aprendizaje.
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
12
Velar por el mejoramiento del rendimiento escolar de las estudiantes, procurando el
mejoramiento permanente del proceso enseñanza aprendizaje.
Propiciar la integración entre los diversos programas de estudio de las diferentes asignaturas
y distintos planes.
Asesorar al Director en el proceso de elaboración del plan de actividades curriculares del
establecimiento educacional.
Asesorar y supervisar a los docentes en la organización, programación y desarrollo de las actividades de evaluación y en la aplicación de planes y programas de estudios.
Programar, coordinar, supervisar y evaluar la realización de las actividades que deben realizar los profesores/as en sus horas no lectivas.
Contribuir al perfeccionamiento del personal docente del establecimiento en materia de evaluación y currículo.
Colaborar en la creación del horario de clases del establecimiento.
INSPECTOR/A GENERAL: El o la Inspectora General es el docente directivo que tiene como responsabilidad velar porque las actividades del establecimiento se desarrollen en un ambiente de disciplina, bienestar y sana convivencia.
Llevar al día los libros de clases en lo que respecta a matrícula, ingreso y retiro de estudiantes, salidas de curso y otros indicados por la dirección.
Ingresar al SIGE junto con la directora la información de estudiantes y/o personal
Registrar y declarar la asistencia mensual de los estudiantes en la plataforma SIGE con personal a su cargo
Supervisar el registro y declaración del PAE (programa de alimentación escolar en la página JUNAEB) que realiza la encargada.
Autorizar la salida extraordinaria de estudiantes del establecimiento previa autorización escrita del apoderado.
Hacer cumplir el Manual de Convivencia Escolar, controlar la disciplina de las estudiantes, exigiendo hábitos de puntualidad y respeto hacia directivos, profesores, asistentes de la educación, manipuladoras y entre pares.
Entrevistar a las madres, padres o apoderados para compartir la situación disciplinaria de sus hijas
Controlar el cumplimiento de los horarios de los docentes en sus clases sistemáticas y horas no lectivas.
Llevar los libros de control de salida de alumnas, retiros, accidentes escolares, crónicas, documentos de seguimiento de las estudiantes, entrega de documentos, libros de clase, siendo de su responsabilidad que estén al día y bien llevados, en lo que respecta a subvención y registro de actividades.
Programar y coordinar las labores de los asistentes de la educación, paradocentes, y
auxiliares y distribuir funciones.
Controlar la realización de las actividades culturales, sociales, deportivas, y promover las relaciones con el centro de alumnas y centro de padres y apoderados del establecimiento.
Supervisar y controlar las presentaciones del establecimiento, dentro y fuera de este.
Controlar a los Auxiliares de Servicios en el cumplimiento de sus funciones, para una mejor higiene ambiental del establecimiento.
Velar por la buena presentación y el aseo del local escolar.
Verificar la correcta confección de los certificados anuales de estudios elaborados por el profesor (a) Jefe de cada curso.
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
13
Controlar diariamente el trabajo administrativo de los docentes en cuanto a: registro de
asistencia (subvención): firmas, asistencias, control de funciones, solicitud de justificativo y
observaciones en el libro de clases.
Verificar que la documentación de las alumnas que ingresan este correcta.
Entregar documentación de las alumnas que se retiran del establecimiento.
Verificar que el libro de Registro de Matrícula este al día y con toda la información requerida.
Colaborar en la búsqueda de docentes para atender cursos en caso de ausencias de
Profesores, conjuntamente con el Director/a y Jefe Técnico del Colegio.
Coordinar y supervisar las actividades generales del establecimiento.
Supervisar las condiciones de higiene y seguridad del establecimiento.
Coordinar atenciones de Padres y Apoderados con los Profesores Jefes de acuerdo al
horario de estos, destinado a esta tarea.
Estimular el constante desarrollo profesional de los asistentes educativos
Elaborar calendario mensual de reuniones de Apoderados
Participar de las reuniones del Equipo de Gestión.
Confeccionar los horarios de los docentes y de los cursos y entregan copia de ello a la directora/a y UTP.
ENCARGADA(O) DEL EQUIPO DE CONVIVENCIA ESCOLAR El o la encargada de Convivencia Escolar debe conocer, comprender y hacerse cargo de los
enfoques para abordar la convivencia planteados en la Política Nacional de Convivencia Escolar,
así como la normativa que la define y regula, en conjunto con los instrumentos administrativos y
de gestión que permiten su implementación. Se espera que el encargado de convivencia sea un
docente con formación y experiencia en convivencia escolar, conozca la Política Nacional de
Convivencia Escolar y se maneje en áreas como clima escolar, resolución pacífica de conflictos
y concepción de aprendizaje integral. Es deseable que tenga capacidad de gestión, liderazgo y
experiencia en convocar y generar la participación de distintos actores de la comunidad
educativa. Su responsabilidad se centra en la mantención de climas propicios para el aprendizaje en las
dependencias colectivas del Colegio. Debe velar además por el manejo de la disciplina y hacer
respetar el Manual de Convivencia Escolar en el marco del PEI.
Como mínimo, el equipo de convivencia deberá estar compuesto por el encargado(a) de
convivencia, quien lo coordina, el orientador(a), el inspector(a) general y profesionales de apoyo
psicosocial (psicólogo, trabajador social u otro profesional de las Ciencias Sociales). Sin
embargo, atendiendo al tipo de problema por el cual es convocado o al nivel de las personas
involucradas, se sugiere que se convoque a participar en la deliberación del equipo a
representantes de los docentes, asistentes de la educación, estudiantes, u otras personas que
la dirección del establecimiento educacional estime pertinente.
Los equipos de Convivencia Escolar se deben encargar de:
Planificar, implementar y monitorear las actividades que se acuerden en los planes de gestión de la convivencia aprobados por el Consejos Escolares.
Tener una mirada proyectiva sobre cómo prever y atender situaciones de violencia escolar suscitadas al interior del establecimiento educacional.
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
14
Desarrollar las mejores estrategias para formar a grupos de estudiantes que puedan hacerse cargo del manejo de conflictos.
Desarrollar las mejores estrategias para capacitar a otros docentes, madres, padres y/o apoderados en la aplicación de normas de convivencia y protocolos de actuación con sentido formativo.
Encargarse de la organización de los recursos materiales de que dispone el establecimiento educacional para implementar las actividades de las estrategias diseñadas para mejorar la convivencia.
Debe informar de las actividades del Plan de Gestión de la Convivencia al Consejo Escolar. Coordina el equipo de Convivencia Escolar y lidera el diseño e implementación de las
actividades y estrategias que ayuden a mejorar la convivencia y a fortalecer el aprendizaje de modos de convivencia pacífico, la gestión de un buen clima de convivencia institucional y la formación de equipos de trabajo colaborativo en el establecimiento.
Debe mantener flujos de comunicación constantes con el Consejo Escolar con el fin de informar de los avances y/o dificultades en la implementación del plan de convivencia.
Debe responder a las necesidades detectadas y priorizadas, hechas por medio de un diagnóstico comprehensivo y efectuado en colaboración con los actores de la comunidad educativa a partir de los focos que tensionan la convivencia en las dimensiones de gestión y áreas propuestas en su proceso de mejoramiento educativo.
Debe participar de las reuniones que convoque el encargado comunal de Convivencia Escolar, con el objetivo de articular y complementar el trabajo de la escuela con el nivel comunal.
Le corresponde la elaboración, implementación y evaluación de los planes de: Sexualidad, Afectividad y Género, Plan de Inclusión, Plan de Formación Ciudadana y todos los protocolos exigidos por normativa que orientan la actuación ante diversas situaciones tales como el consumo y tráfico o micrográficos de drogas, el abuso o violencia en el contexto escolar, embarazo adolescente, violencia, entre otros.
PROFESIONAL(ES) DE APOYO PSICOSOCIAL O DUPLAS PSICOSOCIALES
Psicólogos/as y trabajadores/as sociales u otros profesionales del área de las Ciencias Sociales
que cumplen una importante función dentro de los equipos de convivencia.
Deseablemente deben tener experiencia en trabajos socioeducativos y con familias, capacidad
para trabajar en equipo y en redes en áreas tales como salud, estilos de vida saludable,
prevención de drogas, embarazo adolescente, entre otras. Su función es comprender y estar en
disposición para abordar, de manera integral y desde una perspectiva pedagógica, los
comportamientos y situaciones críticas de las estudiantes y familias que requieran apoyo
psicosocial, siempre en coordinación con la labor de los docentes y privilegiando el aprendizaje
integral de las estudiantes. Estos profesionales deben conocer la realidad de las y las estudiantes del establecimiento
escolar mediante la realización de entrevistas psicosociales individuales al estudiante, así como
también a padres, madres y/o apoderados, que recaben antecedentes para visualizar los factores
protectores y prevenir las conductas de riesgo de niñas y adolescentes. Cuando estos
profesionales deriven casos a otros especialistas, es importante que hagan un seguimiento
oportuno de las derivaciones realizadas. Para cumplir con sus funciones, es necesario que los
profesionales psicosociales conozcan las redes de apoyo con las que cuenta su establecimiento
para poder trabajar intersectorialmente. También es importante que trabajen en conjunto con el
equipo de convivencia en acciones que permitan el mejoramiento de la relación familia-escuela
y el compromiso de los padres, madres y apoderados con el Proyecto Educativo Institucional,
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
15
fortaleciendo la participación de toda la comunidad educativa en la elaboración de una propuesta
común de trabajo. Estos profesionales debiesen generar instancias de trabajo con la comunidad
educativa, promoviendo la convivencia y el buen clima en función del Plan de Gestión de la
Convivencia Escolar, de la Política Nacional de Convivencia Escolar y de los instrumentos de
gestión educativa que abordan en conjunto los diferentes planes y programas de los
establecimientos educacionales.
FUNCIONES DEL CARGO
Realizar y dirigir procedimientos diagnósticos de las principales problemáticas que se identifican en la institución, para luego diseñar la intervención, analizando las dinámicas relacionales dentro del establecimiento, desde el equipo directivo y profesores, hasta los estudiantes y sus familias.
Elaborar Plan de Intervención para estudiantes que presenten problemáticas de socioafectiva, en vinculación con los demás estamentos.
Dar orientación a grupo docentes y directivo sobre estrategias que puedan ir generando soluciones frente a los problemas que se originan en las unidades educativas y en el proceso de enseñanza-aprendizaje.
Generar un trabajo con las familias del establecimiento educacional que permita ir generando una alianza Familia-Escuela que beneficia a las estudiantes.
Procurar dar una formación permanente y colectiva (talleres, diálogos) relacionados con la formación académica a todos los agentes educativos, incluyendo a la familia.
Desarrollar proyectos educativos institucionales para implementar estrategias innovadoras en la búsqueda de la calidad educativa.
Sistematizar y coordinar el trabajo en red, con las diferentes redes existentes en la comuna de salud, educación u otra, que brinden servicio a las estudiantes de los establecimientos.
Generar un modelo de trabajo basado en un enfoque preventivo, relacional y colaborativo dentro de las unidades educativas, que permita un trabajo que impacte en toda la comunidad educativa.
Generar procesos evaluativos de las intervenciones realizadas en con el fin de ir optimizando el trabajo realizado
SECRETARIA DE DIRECCIÓN
Ser la relacionadora pública de la Dirección, debiendo guardar sigilo profesional en su tarea.
Desarrollar su trabajo en estrecha y leal colaboración con la Dirección y toda la Comunidad Educativa, manteniendo la reserva debida y necesaria sobre el contenido de asuntos de índole privado.
Ejecutar el cargo con la mayor acuciosidad y puntualidad, cumpliendo las tareas que le asigne la Dirección del Colegio.
Atender al público con cortesía y corrección, evitando largas conversaciones sobre asuntos ajenos a su quehacer.
Recibir y comunicar en forma breve los llamados telefónicos. (En aquellos llamados de mayor importancia para la Dirección, U.T.P. o Inspectoría dejará constancia escrita, con fecha, hora, nombre y motivo del llamado).
Responder todos los oficios y correspondencias desde el Colegio y los diferentes organismos educativos y autoridades.
Confeccionar circulares, planillas, certificados y anotar en los registros pertinentes del caso.
Es la única encargada del computador de secretaría.
No podrá hacer trabajos particulares a los docentes si no es autorizada, como tampoco a otros entes educativos, sólo a lo que se haya establecido con la Dirección.
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
16
Recibirá llamado telefónico para los docentes, dejando en claro que no se los puede interrumpir en horario de clases.
Recibir correspondencia y distribuirla oportunamente.
Deberá presentarse en horarios diferidos según la necesidad del colegio y sus tareas respectivas en ocasiones particulares.
Relacionar e informar de las funciones del colegio asistiendo en lo posible a los actos importantes del colegio.
Llevar registro, control y seguimiento actualizado de la matrícula.
Atender a docentes, estudiantes y apoderados de manera cordial y amable, dando respuesta a sus requerimientos.
Llevar el control del archivo de documentos de cada curso y estudiante.
Registrar mensajes y concertar citas.
Proporcionar toda la estadística e información que se le solicite.
ASISTENTE DE PÁRVULO Y/O DE AULA
Apoyar a la educadora de párvulos y/o al profesor(a) del primer ciclo básico.
Favorecer el desarrollo integral de la niña del nivel correspondiente, atender a su bienestar físico e incorporarlo tempranamente al medio social, natural y cultural, estimulando el lenguaje artístico y verbal.
Ejecutar las diversas actividades del Plan de Mejora, estableciendo relaciones cálidas y afectuosas, tendientes a lograr aprendizajes significativos en las niñas atendidas.
Mantener relaciones humanas que fomenten el respeto a las personas, la participación y la colaboración.
Atender a los apoderados si se requiere.
PSICÓLOGA/O PIE
Evaluación de los estudiantes que presenten necesidades educativas especiales, derivadas de su desarrollo emocional social o discapacidades.
Manejar un lenguaje amplio, que le permita comunicarse en términos pedagógicos y administrativos.
Asesorar a docentes y padres de familia en relación al manejo de las problemáticas y necesidades de las estudiantes.
Elaborar programas de intervención para atender las necesidades de los estudiantes Poseer la capacidad para trabajar en equipo con sus colegas del área, los colegas de otras
disciplinas y las autoridades de la institución.
INSPECTOR/A DE PATIO
Apoyar las funciones administrativas de la Dirección del Colegio.
Velar por la integridad de las estudiantes de la comunidad educativa, incorporando el desarrollo de valores y hábitos en la misma, en todos los espacios de recreación de las estudiantes.
Realizar funciones complementarias a la labor educativa, dirigida a desarrollar, apoyar y controlar el proceso de enseñanza-aprendizaje, según lo establecido en el Manual de Convivencia Escolar y todas las normas asociadas al rol educacional.
Facilitar la comunicación, tanto interna como entre establecimiento y apoderados
Resguardar el correcto uso de las instalaciones del establecimiento.
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
17
TÉCNICO INFORMÁTICO Proactividad e iniciativa en el desempeño de sus funciones, aportando ideas que contribuyan
a mejorar la calidad del servicio tanto para los docentes como para los estudiantes.
Buena capacidad de reacción ante situaciones críticas
Apoyar las funciones administrativas del establecimiento.
Asesorar a docentes y estudiantes en el manejo de los recursos tecnológicos.
Velar por el buen uso y cuidado de los recursos a su cargo.
Manejar un inventario actualizado de los recursos tecnológicos existentes en el
establecimiento.
Colaborar en la confección de planillas que permitan sistematizar los procesos de evaluación
del proceso de enseñanza aprendizaje.
Colaborar en la confección digital de diversos recursos solicitados por la directora o cualquier
otro miembro del personal.
Mantener al día el sistema de evaluación del colegio, registrando las notas de los alumnos en sistema computacional.
Confeccionar los informes semestrales, certificados anuales y las actas finales, en estrecha coordinación con U. T. P.
AUXILIAR DE ASEO
Mantener el Orden y el aseo en el Colegio.
Cuidar los lugares e implementos que se le asignan.
Cumplir las funciones de portería cuando sea necesario y se le confíe la tarea.
Mantener un buen trato con los miembros de la institución Mostrar iniciativa y proactividad para resolver situaciones problemáticas.
FONOAUDIOLOGO/A
Organizar y llevar control de las sesiones de tratamiento con cada estudiante.
Recibir a las Estudiantes que requieran atención especial y que hayan sido remitidas por los docentes de aula o educadoras diferenciales.
Estar en comunicación permanente con los Docentes para asesorarlos debidamente.
Atender personalmente a los Padres de Familia o docentes que soliciten entrevista.
Asesorar, permanentemente a los Docentes acerca de estrategias para el desarrollo de
habilidades comunicativas de los Estudiantes.
ENCARGADA/O BIBLIO-CRA
Mantener actualizado el Inventario de la Biblioteca y hacer entrega del Mismo al finalizar cada semestre.
Realizar préstamo de libros a estudiantes y demás miembros de la comunidad.
Llevar las estadísticas del movimiento bibliotecario.
Orientar a los Docentes, a los Estudiantes y demás personal de la Comunidad Educativa en el manejo y uso de los materiales de la Biblioteca.
Orientar a los Docentes, a las Estudiantes y demás personal del Colegio en la lectura, consulta e investigación.
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
18
CORDINADOR BIBLIO-CRA El coordinador pedagógico del CRA debe ser un docente, un educador profesional, cuya labor principal es la de promover y fortalecer los vínculos entre el CRA y las definiciones curriculares y
pedagógicas de la escuela.
La coordinación pedagógica implica la realización de las siguientes Funciones Pedagógicas:
Integrar efectivamente la biblioteca con el currículum escolar.
Promover y verificar que los docentes planifiquen actividades que apunten al desarrollo de habilidades de investigación y del fomento lector en el CRA.
Implementar bitácora del CRA para registro de actividades desarrolladas por los docentes y revisar sistemáticamente su pertinencia en relación a la integración del currículo y función del CRA.
Facilitar información y difusión a profesores y estudiantes, sobre los recursos y materiales disponibles.
Promover la biblioteca escolar como un lugar de encuentro, intercambio y cooperación.
Elaborar un plan de trabajo para promover y difundir las distintas efemérides o acontecimientos importantes mediante paneles, concursos de expresión literaria u otras.
Coordinar el mejoramiento y desarrollo del CRA
Coordinación directa con dirección y UTP.
Promover el gusto por la lectura mediante la implementación de Programas.
Colaborar en la implementación del programa de Lectura Silenciosa sostenida, realizar seguimiento, registrando en planillas de cada curso, que todos los estudiantes cuenten con un libro de su gusto y apropiado para la lectura, que se respete el silencio y que los docentes sean modelo lector y que por lo tanto lean. Además, velar porque durante este espacio se mantengan las puertas abiertas.
Además, debe motivar a todas las personas del establecimiento para que participen de la lectura (secretaria, inspectores, diferencial, etc.).
Evaluar mediante encuesta la percepción de los estudiantes y profesores acerca del programa.
Informar acerca de su gestión en consejos administrativos y de evaluación semestral.
F. MECANISMOS DE COMUNICACIÓN CON LOS PADRES Y/O APODERADOS Una buena comunicación con los padres, madres y apoderados permitirá desarrollar una interacción informativa eficiente entre todos los actores de la Comunidad Escolar del establecimiento. Toda la información emanada del establecimiento referida a: actividades generales o de ciclos, actos, ceremonias, salidas pedagógicas, información de atrasos e inasistencias y otras, serán enviadas a través de circulares y de agenda de la estudiante. También se realizarán a través de este medio, las convocaciones que haga el colegio a un apoderado para informar sobre el proceso escolar de su hija. Los registros de cada entrevista quedarán escritos en el libro de clase. Por otra parte, todas las comunicaciones de la familia hacia la Dirección, Equipos Pedagógicos y/o Administrativos deberá realizarse a través de dicha agenda. Esto incluye las diferentes autorizaciones para Salidas Pedagógicas, participaciones deportivas y otras. Aquellas comunicaciones relativas a actividades que se desarrollen fuera del establecimiento: Salidas Pedagógicas, salidas deportivas y otras, serán enviadas a las familias al menos con 5 días de anticipación. Una vez enviada esta comunicación, si el colegio no recibe respuesta de la familia en el plazo establecido, se entenderá que la familia autoriza a su hijo o hija a participar, asumiendo toda la responsabilidad que le compete y que estará señalada en la comunicación.
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
19
III. PROCESOS DE ADMISION Según lo señala el artículo 12 de la Ley General de Educación, en el proceso la admisión no se considerará el rendimiento escolar pasado o potencial del postulante. Asimismo, en dichos procesos no será requisito la presentación de antecedentes socioeconómicos de la familia del postulante, tales como nivel de escolaridad, estado civil y situación patrimonial de los padres, madres o apoderados. El proceso de admisión de estudiantes se realizará por medio del Sistema de Admisión Escolar implementado por el Ministerio de Educación que garantiza la transparencia, equidad e igualdad de oportunidades, y que vela por el derecho preferente de los padres, madres o apoderados de elegir el establecimiento educacional para sus hijos. La información referida al proceso de admisión de las estudiantes, será publicados en medios electrónicos, en folletos o murales públicos.
IV. REGULACIONES SOBRE USO DE UNIFORME El uso de uniforme de las estudiantes es obligatorio, sin prejuicio de cual, no obstante, lo dispuesto en los artículos anteriores, los padres y apoderados podrán solicitar a la Dirección del establecimiento eximir a su hija o pupila del uso de éste por un tiempo determinado, por razones debidamente fundamentadas En ningún caso, el incumplimiento del uso de uniforme será sancionado con la prohibición de ingresar al establecimiento educacional.
V. PROCEDIMIENTOS PARA RESGUARDAR LA SEGURIDAD DE LOS MIEMBROS DE
LA COMUNIDAD EDUCATIVA ANTE DIVERSOS TIPOS DE RIESGOS.
FUNDAMENTACION DEL PLAN INTEGRAL DE SEGURIDAD ESCOLAR El Plan Integral de Seguridad Escolar constituye una metodología de trabajo permanente, mediante la cual se logra una planificación eficiente y eficaz de seguridad para la comunidad escolar en su conjunto. Pretende ser un aporte sustantivo a la formación de una cultura preventiva, mediante el desarrollo proactivo de actitudes y conductas de protección y seguridad.
Se deberán conocer y aplicar las normas de prevención y seguridad en todas las actividades diarias, lo que ayudará a controlar los riesgos a los cuales está expuesta la comunidad escolar.
La difusión e instrucción de los procedimientos del plan debe extenderse a todo el personal para su correcta interpretación y aplicación.
OBJETIVOS DE CONTAR CON UN PLAN DE SEGURIDAD EN LA ESCUELA
Generar en la comunidad escolar una actitud de autoprotección, teniendo por sustento una responsabilidad colectiva frente a la seguridad.
Proporcionar a los escolares un efectivo ambiente de seguridad integral mientras cumplen con sus actividades formativas.
Constituir a cada establecimiento educacional en un modelo de protección y seguridad, replicable en el hogar y en el barrio.
Diseñar las estrategias necesarias para que se dé una respuesta adecuada en caso de emergencia; se utilizará la metodología ACCEDER, que se basa en la elaboración de planes operativos de respuesta, con el objetivo de determinar qué hacer en una situación de crisis y cómo superarla.
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
20
Se utilizará la metodología AIDEP, que constituye una forma de recopilar información la cual deberá quedar representada en un mapa, plano o cartografía muy sencilla, con simbología reconocible por todos.
Establecer un procedimiento normalizado de evacuación para todos los usuarios y ocupantes del establecimiento educacional.
Lograr que la evacuación pueda efectuarse de manera ordenada, evitando lesiones que puedan sufrir los integrantes del establecimiento educacional durante la realización de ésta.
Fomentar el desarrollo de políticas de prevención dentro de la comunidad escolar, promoviendo una cultura de reacción ante una emergencia minimizando con ello los riesgos de daño a la integridad física. (RESOLUCION EXENTA N° 2.515 DE 2018)
PLAN ESPECIFICO DE SEGURIDAD ESCOLAR. Aunque todo está preparado para el quehacer normal de la institución, es necesario estarlo también para hacer frente a alguna situación anormal que puede dañar la integridad física de las personas. Estas situaciones anormales se constituyen en emergencia, las cuales pueden ser de origen: Natural como: sismos, aluviones, inundaciones, erupción de volcanes, maremoto, otros. Humano: Incendios, atentados explosivos, incendiarios, robo con asalto, Otros. Por ello es importante contar con un plan de seguridad para minimizar los riesgos y contar con los protocolos de actuación ante este tipo de eventualidades. La responsabilidad última del Plan de Seguridad recae en la autoridad máxima de cada recinto de la institución, quien debe conocer a cabalidad los aspectos específicos de éste, sin perjuicio de ello, puede delegar la implementación y desarrollo de este. OBJETIVOS: Los objetivos del Plan de Seguridad son los siguientes
a) Contar con un Plan de Emergencias con el fin brindar seguridad integral a todos los miembros de la comunidad educativa.
b) Prevenir accidentes o riesgos frente a situaciones de emergencia producto de causas naturales o por situaciones de riesgo.
c) Coordinar con las instituciones de la comunidad escolar: bomberos, carabineros, hospital, Mutual, SESFAM, otros, cursos de instrucción y capacitación a: estudiantes, docentes, asistentes de la educación y administrativos sobre procedimientos ante situaciones de emergencia.
d) Preparar a los estudiantes, en cuanto a la responsabilidad que debe asumir ante una situación de emergencia, cuya finalidad es su propio beneficio físico y emocional.
e) Desarrollar hábitos de control personal, ante cualquier emergencia.
B. INFORMACIÓN GENERAL DEL ESTABLECIMEINTO
Establecimiento educacional Escuela Helen Keller A.
Nivel educacional Educación Parvularia y Enseñanza Básica
Dirección FINLANDIA 932
Comuna/Región Hualpén
Nº de pisos 1
Superficie construida m2
Capacidad máxima de ocupación
Generalidades
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
21
C. INTEGRANTES
Cantidad trabajadores 39
Cantidad alumnos 364
Personal
☐Comedor 0
☐Auxiliares de aseo 4
☐Seguridad 0
☐Paramédico 0
☐Manipuladoras de alimentos 4
D.EQUIPAMIENTO DEL ESTABLECIMIENTO PARA EMERGENCIAS
IMPLEMENTOS SI NO CANTIDAD
Cantidad de extintores
Gabinete red húmeda
Red seca
Red inerte
Iluminación de emergencia
Altoparlantes
Pulsadores de emergencia
Detectores de humo
E. METODOLOGÍAS AIDEP - ACCEDER Para la elaboración e implementación del Plan de Seguridad se utilizará las metodologías ACCEDER Y AIDEP, que permiten recabar la información necesaria para elaborar los planes específicos ante los distintos tipos de emergencia que pueden presentarse. Dichas metodologías apuntan a:
METODOLOGÍA AIDEP: Esta metodología permite asumir las emergencias de acuerdo con las fases del proceso administrativo: Planificación, organización, ejecución y evaluación. Estas fases de proceso están determinadas por Metodología AIDEP. Esta metodología consta de etapas: Análisis Histórico: ¿Qué nos ha pasado? Investigación en terreno. ¿dónde están los riesgos y recursos? Discusión de prioridades. Elaboración del Mapa. Plan de Seguridad Escolar de la Unidad Educativa.
Para registrar los riesgos detectados, puntos y/o situaciones de riesgo tanto al interior como al exterior del establecimiento Educacional., existe un formulario. Idealmente, el comité de Seguridad Escolar, durante el proceso de diagnóstico de riesgos debe ir, inicialmente, registrando las ideas de solución que vayan surgiendo durante la detección de puntos críticos o situaciones de riesgo, para luego evaluar la factibilidad de aplicación según capacidades y recursos.
COMITÉ DE SEGURIDAD ESCOLAR: Director/a Coordinador de seguridad escolar Fecha constitución del Comité Firma director/a del Establecimiento
FICHA DE PUNTOS CRITICOS
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
22
METODOLOGIA ACCEDER
Para cada tipo de emergencia será necesario establecer las acciones antes (planificación y organización), las acciones durante (ejecución) y las acciones después (evaluación) de ocurrida la emergencia.
La acción de planificación está basada en metodología ACCEDER, que plantea las siguientes
etapas: Alarma
Comunicación
Coordinación
Evaluación primaria
Decisiones
Evaluación secundaria
Readecuación COMITÉ DE SEGURIDAD ESCOLAR DEL ESTABLECIMIENTO (CSE) La primera acción para aplicar el Plan Integral de Seguridad Escolar, es la constitución del Comité de Seguridad Escolar del establecimiento La misión del comité es coordinar a toda la comunidad escolar del establecimiento, con sus respectivos estamentos, a fin de ir logrando una activa y masiva participación en un proceso que los compromete a todos, puesto que apunta a su mayor seguridad y mejor calidad de vida
COMITÉ DE SEGURIDAD ESCOLAR DE
NOMBRE REPRESENTANTE CARGO/ESTATUS ROL
Director y representantes de la dirección del colegio.
Representantes del profesorado.
Representantes del Centro de Estudiantes
Representantes de organismos de protección (Carabineros,
Bomberos y Salud)
Representantes del centro general de padres y apoderados.
Representante del Comité Paritario de Higiene y Seguridad.
Representante Especificar si la persona es parte del estamento directivo, docente, administrativo, estudiantil o padre/apoderado.
Cargo/Estatus En el caso de funcionarios indicar el cargo, de lo contrario se indicará nuevamente el estamento.
Rol Responsabilidades otorgadas dentro del Comité de Seguridad Escolar.
RIESGO/PUNTO CRITICO
INTERNO (I)/ EXTERNO (E)
UBICACIÓN EXACTA
IMPACTO EVENTUASL
SOLUCIONES POSIBLES
RECURSOS NECESARIOS
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
23
F. ORGANIGRAMA
G. GRUPO DE EMERGENCIA La misión del grupo de emergencia es coordinar a toda la comunidad escolar del establecimiento, con sus respectivos estamentos, a fin de ir logrando una activa y masiva participación en las actividades que aporten al plan evacuación en caso de emergencias, puesto que apunta a su mayor seguridad y, por ende, a su mejor calidad de vida. El grupo de emergencia estará integrado por las siguientes personas.
a. COORDINADOR GENERAL b. COORDINADOR DE PISO O ÁREAS c. MONITOR DE APOYO d. SECCIÓN VIGILANCIA O PORTERÍA
Coordinador general de emergencia
Cargo
Fono
Remplazo coordinador general de emergencia
Cargo
Fono CORDINADORES DE PISO O AREA MONITORES DE APOYO
COMITÉ DE SEGURIDAD
ESCOLAR DEL ESTABLECIMIENTO
COORDINADOR GENERAL
COORDINADORES DE PISO O
ÁREAS
MONITORES DE APOYO
PERSONAL Y ALUMNOS DEL ESTABLECIMIENTO
COORDINADORES DE PISO O
ÁREAS
MONITORES DE APOYO
COORDINADORES DE PISO O
ÁREAS
MONITORES DE APOYO
REEMPLAZANTE COORDINADOR
GENERAL
ASOCIACION CHILENA DE SEGURIDAD
GRUPOS DE EMERGENCIAS
(CARABINEROS, BOMBEROS,
AMBULANCIA,
ETC.)
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
24
VI. PROCEDIMIENTOS DE EVACUACIÓN
PROCEDIMIENTO GENERAL DE EVACUACIÓN
AL ESCUCHAR LA ALARMA DE EVACUACIÓN:
a) Todos los integrantes del establecimiento dejarán de realizar sus tareas diarias y se prepararán para esperar la orden de evacuación si fuese necesario.
b) Conservar y promover la calma. c) Todos los integrantes del establecimiento deberán obedecer la orden del monitor de apoyo y
coordinador de área o piso. d) Se dirigirán hacia la zona de seguridad, por la vía de evacuación que se le indique. No se
utilizarán los ascensores, si estos existen. e) No corra, no grite y no empuje. Procure usar pasamanos en el caso de escaleras. f) Si hay humo o gases en el camino, proteja sus vías respiratorias y si es necesario avance
agachado. g) Evite llevar objetos en sus manos. h) Una vez en la zona de seguridad, permanezca ahí hasta recibir instrucciones del personal a
cargo de la evacuación. i) Todo abandono de la instalación hacia el exterior deberá ser iniciada a partir de la orden del
coordinador general.
OBSERVACIONES GENERALES
Obedezca las instrucciones de los coordinadores de piso o área y monitores de apoyo. Si el alumno o cualquier otra persona de la institución se encuentra con visitantes, éstos deben
acompañarlo y obedecer las órdenes indicadas. No corra para no provocar pánico. No regrese para recoger objetos personales. En el caso de existir personas con algún tipo de discapacidad, procure ayudarlo en la actividad
de evacuación. Si el establecimiento cuenta con más de un piso y usted se encuentra en otro piso, evacue con
alumnos u otras personas que se encuentren en él y diríjase a la zona de seguridad. Es necesario rapidez y orden en la acción. Use el extintor sólo si conoce su manejo. Cualquier duda aclárela con monitor de apoyo, de lo contrario con el coordinador de piso o área.
A. PROCEDIMIENTO EN CASO DE INCENDIO
TODOS LOS USUARIOS DEL ESTABLECIMIENTO
Si descubre un foco de fuego en el lugar donde usted se encuentra, proceda de acuerdo a las siguientes instrucciones:
a) Mantenga la calma. b) Avise de inmediato a personal del establecimiento. c) Si el fuego es controlable, utilice hasta dos extintores en forma simultánea para apagarlo (esto
sólo si está capacitado en el uso y manejo de extintores). d) En caso de no poder extinguir el fuego, abandone el lugar dejándolo cerrado para limitar la
propagación. Impida el ingreso de otras personas. e) En caso que sea necesario evacuar, diríjase en forma controlada y serena hacia la “zona de
seguridad”. f) Para salir no se debe correr ni gritar. En escaleras, circule por éstas por su costado derecho, mire
los peldaños y tómese del pasamanos.
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
25
g) No reingrese al lugar donde se encontraba hasta que su monitor de apoyo o coordinador de piso o área lo indique.
h) En caso de tener que circular por lugares con gran cantidad de humo, recuerde que el aire fresco y limpio lo encontrará cerca del suelo.
i) En caso de encontrarse en otro sector, si se ordena una evacuación deberá integrarse a ella sin necesidad de volver a su propio sector.
j) No use ascensores en caso de incendios. Sólo use las escaleras.
MONITOR DE APOYO En caso de ser informado o detectar un foco de fuego en el establecimiento, proceda de acuerdo a las siguientes instrucciones:
a) En caso de encontrarse fuera de su área de responsabilidad, utilice el camino más corto y seguro para regresar a su sector (esto sólo en caso de ser posible).
b) Disponga estado de alerta y evalúe la situación de emergencia. c) Procure que las personas que se encuentren en el sector afectado se alejen. d) Si el fuego es controlable, utilice hasta dos extintores en forma simultánea para apagarlo. De no
ser controlado en un primer intento, informe al coordinador de piso o área para que se ordene la evacuación.
e) Cuando el foco de fuego sea en otro sector, aleje a los alumnos u otras personas que allí se encuentren de ventanas y bodegas. Ordene la interrupción de actividades y disponga el estado de alerta (estado de alerta implica, guardar pertenencias y documentación, apagar computadores, cerrar ventanas, no usar teléfonos, citófonos, etc. Todo ello, solo en caso que así se pudiera) y espere instrucciones del coordinador general.
f) Cuando se ordene la evacuación, reúna y verifique la presencia de todos los alumnos u otras personas que se encuentran en el área, incluyendo visitas, e inicie la evacuación por la ruta autorizada por el coordinador de piso o área.
g) Para salir no se debe correr ni gritar. En las escaleras, haga circular a las personas por el costado derecho de éstas, procurando utilizar pasamanos.
h) Luego traslade a las personas a la “zona de seguridad” correspondiente a su sector u otra que se designe en el momento y espere instrucciones. En caso de ser docente, revise en el libro de clases para verificar si la totalidad de los alumnos evacuaron.
i) Todo abandono de la instalación hacia el exterior deberá ser iniciada a partir de la orden del
coordinador general, la cual será informada por este mismo o por los coordinadores de piso o
área.
COORDINADOR AREA O PISO En caso de ser informado o detectar un foco de fuego en el establecimiento, proceda de acuerdo a las siguientes instrucciones:
a) En caso de encontrarse fuera de su área de responsabilidad, utilice el camino más
corto y seguro para regresar a su sector (esto sólo en caso de ser posible). b) Disponga estado de alerta y evalúe la situación de emergencia.
c) Procure que las personas que se encuentren en el sector afectado se alejen.
d) Si el fuego es controlable, utilice hasta dos extintores en forma simultánea para apagarlo. De
no ser controlado en un primer intento, informe al coordinador general para que se ordene la
evacuación.
e) Si se decreta la evacuación, cerciórese de que no queden personas en los lugares afectados.
f) Instruya para que no se reingrese al lugar afectado, hasta que el coordinador general lo autorice.
g) Diríjase en forma controlada y serena hacia la “zona de seguridad”.
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
26
h) En caso de ser necesario, evacuar hacia el exterior del establecimiento, dar la orden a los monitores de apoyo, una vez que el coordinador general lo determine.
i) Una vez finalizado el estado de emergencia, junto al coordinador general, evalúe las condiciones resultantes.
j) Recuerde a la comunidad estudiantil que solo la máxima autoridad del establecimiento está facultada para emitir información oficial del siniestro a los medios de comunicación (si éstos se presentaran).
COORDINADOR GENERAL En caso de ser informado o detectar un foco de fuego en el establecimiento, proceda de acuerdo a las siguientes instrucciones: a. Disponga estado de alerta y evalúe la situación de emergencia. b. Si se encuentra en el lugar afectado y el fuego es controlable, utilice hasta dos extintores en forma
simultánea para apagarlo. De no ser controlado en un primer intento, dé la orden de evacuación. c. Si recibe la información de un foco de fuego, evalúe de acuerdo a los datos entregados. d. Disponga que se corten los suministros de electricidad, gas y aire acondicionado en caso de que
exista. e. De ser necesario, contáctese con servicios de emergencia (Carabineros, Bomberos, Ambulancia,
etc.). f. Instruir a la comunidad estudiantil para que tengan expeditos los accesos del establecimiento, a
fin de permitir el ingreso de ayuda externa y/o salida de heridos o personas. g. Controle y compruebe que cada coordinador de piso o área esté evacuando completamente a los
integrantes del establecimiento. h. Cerciórese de que no queden integrantes del establecimiento en las áreas de afectadas. i. Ordene al personal de seguridad que se impida el acceso de particulares al establecimiento.
j. Diríjase en forma controlada y serena hacia la “zona de seguridad”. k. Evalúe si es necesario evacuar hacia el exterior del establecimiento. l. Una vez finalizado el estado de emergencia, evalúe condiciones resultantes e informe sus
novedades y conclusiones al establecimiento. m. Recuerde a la comunidad estudiantil que solo la máxima autoridad del establecimiento está
facultada para emitir información oficial del siniestro a los medios de comunicación (si éstos se presentaran).
C. PROCEDIMIENTO EN CASO DE SISMO
TODOS LOS USUARIOS DEL ESTABLECIMIENTO Al iniciarse un sismo, proceda de acuerdo a las siguientes instrucciones:
Durante el sismo:
a) Mantenga la calma y permanezca en su lugar. b) Aléjese de ventanales y lugares de almacenamiento en altura. c) Busque protección debajo de escritorios o mesas. Agáchese, cúbrase y afírmese (esto no aplica
en casos de construcciones de adobe, material ligero o en aquellos en que detecte posibles desprendimientos de estructuras. En ese caso deben evacuar inmediatamente).
Después del sismo:
d) Una vez que finalice el sismo espere la orden de evacuación, que será dada activando la alarma de emergencias.
e) Siga a las instrucciones del coordinador de piso o área o de algún monitor de apoyo.
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
27
f) Evacue sólo cuando se lo indiquen, abandone la instalación por la ruta de evacuación autorizada y apoye a personas vulnerables durante esta actividad (discapacitados, descontrolados, ancianos, etc.).
g) No pierda la calma. Recuerde que al salir no se debe correr. En caso que el establecimiento cuente con escaleras, siempre debe circular por costado derecho, mire los peldaños y tómese del pasamanos. Evite el uso de fósforos o encendedores.
h) No reingrese al establecimiento hasta que se le ordene. i) Recuerde a la comunidad estudiantil que solo la máxima autoridad del establecimiento está
facultada para emitir información oficial del siniestro a los medios de comunicación (si éstos se presentaran).
MONITOR DE APOYO Al iniciarse un sismo, proceda de acuerdo a las siguientes instrucciones:
Durante el sismo:
a) Mantenga la calma. b) Promueva la calma entre las personas que se encuentren en el lugar, aléjelos de los ventanales
y lugares de almacenamiento en altura. c) Busque protección debajo de escritorios o mesas e indique a las personas del lugar en donde se
encuentra realizar la misma acción, agáchese, cúbrase y afírmese (esto no aplica en casos de construcciones de adobe, material ligero o en aquellos en que detecte posibles desprendimientos de estructuras. En ese caso deben evacuar inmediatamente).
Después del sismo:
d) Una vez que finalice el sismo espere la orden de evacuación, que será dada activando la alarma de emergencias.
e) Guiar a las personas por las vías de evacuación a la “zona de seguridad”, procurando el desalojo total del recinto.
f) Recuerde que al salir no se debe correr. En caso que el establecimiento disponga de escaleras, debe circular por costado derecho, mirar los peldaños y tomarse del pasamanos.
g) Si es docente, en la zona de seguridad apóyese en el libro de clases para verificar si la totalidad de los alumnos evacuaron.
h) Una vez finalizado el estado de emergencia, espere instrucciones para retomar las actividades diarias.
i) Recuerde a la comunidad estudiantil que solo la máxima autoridad del establecimiento está facultada para emitir información oficial del siniestro a los medios de comunicación (si éstos se presentaran).
COORDINADOR DE ÁREA O PISO Al iniciarse un sismo, proceda de acuerdo a las siguientes instrucciones:
Durante el sismo:
a) Mantenga la calma. b) Busque protección debajo de escritorios o mesas e indique a las personas del lugar en donde
se encuentra realizar la misma acción, agáchese, cúbrase y afírmese (esto no aplica en casos de construcciones de adobe, material ligero o en aquellos en que detecte posibles desprendimientos de estructuras. En ese caso deben evacuar inmediatamente).
Después del sismo:
c) Una vez que finalice el sismo espere la orden de evacuación, que será dada activando la alarma de emergencias.
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
28
d) Promueva la calma. e) Terminado el movimiento sísmico, verifique y evalúe daños en compañía del coordinador
general. f) Una vez finalizado el estado de emergencia, evaluar las condiciones resultantes e informar sus
novedades y conclusiones al establecimiento. g) Recuerde a la comunidad estudiantil que solo la máxima autoridad del establecimiento está
facultada para emitir información oficial del siniestro a los medios de comunicación (si éstos se presentaran).
COORDINADOR GENERAL Al iniciarse un sismo, proceda de acuerdo a las siguientes instrucciones:
Durante el sismo:
a) Mantenga la calma. b) Disponga que se corten los suministros de electricidad, gas y aire acondicionado en caso que
exista. Póngase en contacto con servicios de emergencia (Carabineros, Bomberos,
Ambulancia, etc.)
c) Verifique que los coordinadores de piso o área y los monitores de apoyo se encuentren en sus puestos controlando a las personas, esto a través de medios de comunicación internos como por ejemplo walkie talkies.
d) Protéjase debajo de escritorios o mesas, agáchese, cúbrase y afírmese (esto no aplica en casos de construcciones de adobe, material ligero o en aquellos en que detecte posibles desprendimientos de estructuras. En ese caso deben evacuar inmediatamente).
Después del sismo:
e) Una vez que finalice el sismo, dé la orden de evacuación del establecimiento, activando la alarma de emergencias.
f) Promueva la calma. g) Una vez finalizado el estado de emergencia, evaluar las condiciones resultantes e informar sus
novedades y conclusiones al establecimiento. h) Recuerde a la comunidad estudiantil que solo la máxima autoridad del establecimiento está
facultada para emitir información oficial del siniestro a los medios de comunicación (si éstos se presentaran).
D. PROCEDIMIENTO EN CASO DE ARTEFACTO EXPLOSIVO Ante cualquier evidencia de un paquete, maletín o bulto con características sospechosas que llamen la atención, por haber sido dejado, abandonado u olvidado, se deben adoptar las siguientes medidas.
a) Avise de inmediato a personal del establecimiento indicando el lugar exacto donde se encuentra el bulto sospechoso. El personal avisará al coordinador general para ponerlo al tanto de la situación.
b) Aléjese del lugar. En caso que se le indique, siga el procedimiento de evacuación. c) El coordinador general debe verificar la existencia del presunto artefacto explosivo y de ser
necesario dar aviso inmediato a Carabineros. ADVERTENCIA: Por su seguridad, está estrictamente prohibido examinar, manipular o trasladar el
bulto, paquete o elemento sospechoso
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
29
E. PROCEDIMIENTO EN CASO DE FUGA DE GAS
TODOS LOS USUARIOS DEL ESTABLECIMIENTO Al producirse una fuga de gas, proceda de acuerdo a las siguientes instrucciones:
a) Abra ventanas a modo de realizar una ventilación natural del recinto. b) No utilice teléfonos celulares ni cualquier otro dispositivo electrónico. c) Dé aviso a personal del establecimiento. d) En caso de que se le indique, proceda a evacuar hacia la zona de seguridad que corresponda.
11. EJERCITACIÓN DEL PLAN INTEGRAL DE SEGURIDAD ESCOLAR
Concluida la etapa de confección del plan de emergencia, debe iniciarse un proceso de perfeccionamiento continuo, a partir del desarrollo de los ejercicios de entrenamiento. Bajo ningún punto de vista se debe probar la efectividad del programa una vez que ocurra un accidente o emergencia. A continuación, los pasos a considerar para el desarrollo de la ejercitación.
a) Se deben realizar desde lo más simple hacia lo más complejo; de esta forma se pone a prueba cada elemento que contenga el plan de emergencia.
b) En los ejercicios que se realicen es muy importante involucrar cada vez a un número mayor de personas que integran la comunidad escolar.
c) Para probar distintos aspectos del plan de emergencia, se deben efectuar ejercicios de escritorio (simulaciones) y de movimientos físicos (simulacros), de esta forma se ponen en práctica todas las etapas del programa.
d) Definir un equipo organizador: Será el que diseñará, coordinará y ejecutará el ejercicio. Debe estar presidido por el director del establecimiento y bajo la coordinación del secretario ejecutivo del Comité de Seguridad Escolar, como el coordinador general.
e) Definir un equipo de control: Sus integrantes observarán y guiarán el desarrollo del ejercicio, sin asumir roles al interior del mismo. Evaluarán el ejercicio, de acuerdo a los objetivos que se ha trazado el Comité de Seguridad Escolar. A modo de recomendación resulta conveniente que el Comité de Seguridad Escolar cree una ficha sencilla de evaluación, como pauta para el equipo de control. Esa ficha deberá contener los aspectos de los objetivos estipulados que deben ser observados, para luego proceder a perfeccionar el plan de emergencia en los puntos que se determinen errados o más débiles.
f) Definir el escenario de crisis: Éste simulará el área geográfica o física donde se desarrollará el simulacro. Los participantes deben tener siempre en cuenta que deben imaginar que el evento que están simulando efectivamente se produce en el área física que ficticiamente están recreando. Por ejemplo: incendio en sala de computación.
g) Lógica del ejercicio: El equipo organizador debe crear una ficha de ejercicio donde se consideren los aspectos a evaluar y todos los detalles de la actividad: Breve relato del evento.
Fecha en que se efectuará el ejercicio.
Lugar real o simulado en que se situará el ejercicio.
Determinación previa de situaciones que pudieran alterar el ejercicio o conflictos reales que
pudieran ocurrir producto del mismo.
Ejemplo: accidente real de algún alumno producto de movimientos propios del ejercicio y tomar medidas reales.
Recursos involucrados.
h) Elección de participantes:
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
30
De acuerdo a los objetivos planteados y al grado de avance en el proceso de entrenamiento en la unidad educativa, se deberán escoger a quienes interpreten los distintos roles simulados, tales como afectados, lesionados, heridos, evacuados, atrapados, confinados, etc. Quienes tengan roles específicos de coordinación y/u operaciones en el plan de emergencia, relacionados con el tipo de evento que se está simulando, deberán ejercitarlos directamente.
i) Desarrollo de un guion minutado: El equipo organizador, a partir de la lógica del ejercicio, en función de lo indicado en el breve relato de los acontecimientos que ficticiamente detonan el evento de accidente o emergencia simulada, debe confeccionar un guion o relato que detalle, paso a paso e idealmente minuto a minuto la forma en que se van desencadenando los hechos, para ir incluyendo de manera progresiva las operaciones de acuerdo a la secuencia del plan de emergencia. (Anexo 3. Ejemplo guion minutado).
j) Necesidades logísticas: Según el tipo de ejercicio a efectuar y cada una de las características determinadas, deben establecerse los elementos y requerimientos específicos que se deben satisfacer para su buen desarrollo, tales como: autorizaciones, transportes, comunicaciones, alimentación, vestuario y
maquillaje de simulación, escenografía, necesidades especiales de seguridad, etc. Se debe tener en
cuenta que, aunque se esté organizando una simulación, siempre deberán cubrirse algunas necesidades
de elementos.
k) Análisis previo en terreno: El equipo organizador debe visitar y examinar previamente el área en que se efectuará el ejercicio. Si se trata de una simulación y se escoge la misma área física donde ficticiamente ocurrirá el evento, debe tratarse de generar condiciones que acerquen la actividad al máximo de realismo posible. Si es un área distinta, se deberán recrear allí algunas condiciones parecidas a las que tiene el área real.
l) Desarrollo del ejercicio: El ejercicio debe efectuarse según el guión minutado y con los aspectos logísticos planificados. Se debe evitar por todos los medios posibles el anexar, durante el ejercicio, situaciones o condiciones distintas a lo planificado, puesto que se estarían desviando los objetivos trazados. Durante el ejercicio, el equipo de control deberá ir evaluando el ejercicio desde que éste se inicia.
m) Evaluación del ejercicio: Inmediatamente concluido el ejercicio, el equipo organizador, equipo de control y representantes del Comité de Seguridad Escolar de la unidad educativa, deben examinar lo efectuado, con el fin de no correr el riesgo de olvidar detalles que pueden resultar importantes para el perfeccionamiento consignado en el plan de emergencia que se ha entrenado. El objetivo es corregir para perfeccionar.
n) Posteriormente, pasados ya algunos días, el comité deberá nuevamente reunirse y evaluar más profundamente el ejercicio, oportunidad en que no cabe duda, se encontrarán nuevas y valiosas lecciones.
PRECAUCIONES GENERALES PARA EL DESARROLLO DEL EJERCICIO
Todo ejercicio debe acercarse a la realidad tanto como sea posible, puesto que ello constituye
el único modo de recrear algunas condiciones de estrés en la etapa de preparación y entrenar así el modo de controlarlo, puesto que, en situaciones reales, si este aspecto no ha sido previamente abordado, es el que muchas veces provoca las mayores alteraciones para una buena coordinación de respuesta a accidentes y emergencias.
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
31
Todas las comunicaciones que se generen en el ejercicio deberán comenzar y culminar con la frase:” este es un mensaje simulado”. El objetivo es que se controle toda la probabilidad de confusión con situaciones reales.
Todo ejercicio debe ser percibido por la comunidad escolar como una actividad netamente técnica de entrenamiento, destinada a perfeccionar el plan de emergencia, en pos de una mejor y mayor protección y seguridad para todos los estamentos de la unidad educativa.
Los ejercicios que programe el Comité de Seguridad Escolar para perfeccionar su plan de emergencia, deben ir siempre desde lo más sencillo hacia lo más complicado.
V. ESTRATEGIAS DE PREVENCION Y PROTOCOLOS DE ACTUACION FRENTE A
LA DETECCIÓN DE SITUACIONES DE VULNERACIÓN DE DERECHOS DE
ESTUDIANTES.
Considerando que padres, madres, educadoras, agentes educativas u otros(as) adultos(as)
significativos(as) juegan un rol fundamental para favorecer el bienestar y desarrollo pleno de las
niñas y el enfoque de derechos que contiene el sistema educativo, le corresponde a cada
estamento y equipo de trabajo un rol preponderante en la protección de las niñas.
Por esta razón es que el establecimiento debe generar acciones destinadas a proteger a las
niñas, a través de diferentes estrategias multidisciplinarias, primordialmente de tipo
psicosocioeducativas, buscando priorizar la visibilización y acogida de la niña a través de
instancias que puedan validar sus sentimientos y expresiones asociadas, de este modo
contenerla y mantener su sensación de bienestar y protección. Así también, se establece una
alianza de trabajo con las familias involucradas, sensibilizando a los o las adultos/as
significativos/as, fortaleciendo la vinculación con estos, potenciando su rol, poniendo el foco en
sus propios recursos y estableciendo vinculaciones con las redes locales.
Como institución educativa, el rol se centra principalmente en la detección y activación de los
apoyos, estando alerta a las señales que las niñas puedan dar; procurando que esta detección
sea oportuna, con el objeto de poder implementar prontamente las estrategias de protección que
se consideren pertinentes, las cuales siempre están basadas en una comunicación y trabajo con
la familia. Así también generar condiciones de bienestar buscando que el establecimiento sea
percibido como un espacio de seguridad y protección; por tanto, es clave resguardar la asistencia
de las estudiantes, ya que permite su visibilización, cuidados y seguimiento. Esto deberá
extenderse durante todo el proceso de intervención, y hasta que la niña se encuentre en
condiciones de protección.
Junto con esto se realiza un trabajo en y con las redes, coordinándose con los servicios de salud,
educación, red SENAME, Carabineros, instancias judiciales, entre otras, buscando ayuda e
intervenciones especializadas.
Por lo tanto, y de acuerdo a lo planteado por la ley 20.536 sobre violencia, que plantea que una
buena convivencia escolar es entendida como “la coexistencia pacífica de los miembros de la
comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado
cumplimiento de los objetivos en un clima que propicia el desarrollo integral de las estudiantes”,
el establecimiento implementará acciones tendientes a la prevención, identificación y tratamiento
de la violencia involucrando a la comunidad educativa en su conjunto, para lo cual se elaboran
los protocolos, como medio para entregar estrategias formativas, reparatorias y normativas a las
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
32
víctimas, victimarios y testigos de violencia, abuso o acoso y forman parte del Reglamento Interno
y del Plan de Gestión de la Convivencia Escolar.
Para ello, el Encargado de Convivencia Escolar, tendrá las siguientes tareas específicas:
a) Es el o la responsable de las acciones que determine el Consejo en relación a la prevención
de la violencia escolar.
b) Deberá revisar, en conjunto con el Consejo Escolar, al inicio del año escolar (marzo), el
Plan de Gestión de la Convivencia Escolar y los protocolos para la Prevención de Maltrato
y Violencia Escolar.
c) Deberá junto a su equipo, realizar la acogida en el ingreso de las estudiantes al
establecimiento, presencia educativa en patios durante el recreo y actividades escolares
dentro de horario (aniversario colegio, charlas, eventos, entre otras).
d) Mediar y resolver conflictos de los estudiantes.
CONCEPTUALIZACION
Definición de Violencia o Maltrato Escolar: De acuerdo a la Ley de Violencia Escolar, se define
el maltrato o acoso escolar como “toda acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento
reiterado realizada fuera o dentro del establecimiento educacional por estudiantes que, en forma
individual o colectiva, atenten en contra de otro estudiante, valiéndose para ello de una situación
de superioridad o de indefensión del estudiante afectado, que provoque en este último, maltrato,
humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya sea por medios
tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y condición”. (Ley de Violencia
Escolar, 2011)
A. PROTOCOLO DE PREVENCIÓN DE MALTRATO Y/O VIOLENCIA ESCOLAR
ACCIONES PREVENTIVAS
Será responsabilidad de toda la comunidad educativa mantener relaciones de respeto,
propiciando los valores declarados en el Proyecto Educativo Institucional (PEI). Por lo tanto, en
todas las asignaturas y espacios educativos se debe estar atento a la prevención de conductas
o situaciones que pudieren conducir a violencia física o psicológica, agresión u hostigamiento.
En este sentido y de manera sistemática se realizarán las siguientes acciones:
1. Unidad de aprendizaje para trabajar en orientación referida a la prevención de la Violencia
Escolar; de acuerdo a los niveles y estadios de desarrollo de las estudiantes, planificada por el
Departamento de Convivencia e implementada por el profesor/a jefe y monitoreada por el mismo
departamento.
2. Unidad de Aprendizaje, sobre prevención, autocuidado ante situaciones de abuso, abuso sexual,
considerando los niveles y estadios de desarrollo de las estudiantes, planificada por el
Departamento de Convivencia e implementada por el profesor/a jefe y monitoreada por el mismo
departamento. para trabajar en orientación
3. Taller para padres, madres o apoderados, desarrollados en reuniones de curso, cuyo tema sea
la prevención e identificación de conductas de abuso y acoso.
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
33
C. PROTOCOLO ANTE CASOS DE VIOLENCIA ESCOLAR O MALTRATO
Estas normas serán obligatorias para toda la Comunidad Educativa, es decir, estudiantes, padres,
madres y apoderados, profesores/as, asistentes de la educación, directivos y personal auxiliar, los
cuales deberán:
Informar personalmente al Profesor Jefe o Encargado de Convivencia Escolar, aquellas
situaciones de violencia física, psicológica, agresión u hostigamiento que afecten a un estudiante
u otro miembro de la comunidad educativa de las cuales tomen conocimiento.
Propiciar y contribuir con un clima escolar que promueva la buena convivencia, de manera de
prevenir todo tipo de violencia y acosos.
Promover y cumplir con las normas de prevención de violencia escolar.
PROTOCOLO DE ACTUACION ANTE SITUACIONES DE AGRESIÓN, VIOLENCIA O
MALTRATO EN EL CONTEXTO ESCOLAR.
1. Quien detecte la situación (apoderado, profesor, alumno u otro) deberá comunicarla
personalmente al o la Encargada de Convivencia, quien deberá dejar registro escrito y firmado
por los denunciantes.
2. El o la Encargado/a de Convivencia Escolar citará a reunión en la que participarán, la directora
del establecimiento, Psicóloga y/o Profesor Jefe de la estudiante (siempre y cuando alguno
de éstos no estén involucrados en la situación). Allí se analizará lo ocurrido y se determinará
la gravedad de la denuncia y se acordaran las acciones a seguir para abordar la situación.
3. Se informará al apoderado/a de la estudiante afectada las decisiones tomadas y el proceder
en el caso.
4. Una vez que el establecimiento tiene conocimiento de una posible situación grave de
agresión, informada por la víctima o por cualquier otro miembro de la comunidad educativa
que lo haya presenciado y denunciado, es preciso adoptar una serie de medidas que podemos
agrupar en tres fases:
Reunión de información,
Aplicación de Plan de acción
Seguimiento.
PRIMERA ETAPA: Denuncia y recogida de información
Se trata de una fase en la que el principal objetivo es recabar los datos necesarios para dilucidar si
los hechos denunciados constituyen o no una situación de violencia escolar o maltrato.
1.1 Cualquier persona que detecte una situación de acoso escolar debe acudir al/la encargada de
Convivencia Escolar, para realizar la denuncia inmediatamente conocido el hecho, considerando
que uno de los obstáculos para hacer frente a la violencia en el ámbito escolar es el retraso en
la respuesta por parte de los adultos responsables. Dicha denuncia quedará registrada en un
acta. (Artículo 16 letra d, Ley 20.536).
1.2 Ante un caso de una estudiante que ha sido agredida o maltratada se debe de inmediato:
a) Ayudar y acompañarla, garantizándole protección y acompañamiento, hacerle ver que no
está sola; darle a conocer que se tomarán medidas una vez conocidos todos los
antecedentes (un adulto no debe comprometerse con sanciones sin conocer todas las
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
34
versiones de los hechos) para adoptar una medida proporcional a los hechos; verificar si
existe algún tipo de lesión; de ser así, se le debe llevar a un centro asistencial cercano para
constatar estas. Estas sólo pueden ser revisadas por personal médico, no olvidar que
algunas lesiones pueden ser de gravedad, aunque ello no se advierta externamente.
b) Cambio de curso
c) Seguimiento, de la conducta de la estudiante acosado y acosador por parte del o la
Encargado Convivencia y Profesor Jefe.
d) Solicitud de colaboración de la familia de la víctima y del/la agresora, manteniéndoles en
todo momento informados de la situación.
1.3 El/la Encargada de Convivencia Escolar será la responsable de comunicarse con todos los
implicados, para recabar la información de quienes presenciaron el hecho, ya sea en una
entrevista individual o en grupo.
1.3 Informar a la familia: Citar a entrevista a los padres, madres o apoderados para conversar
individualmente con cada uno. Si lo considera necesario, incorporar a las estudiantes, de manera
de minimizar una revictimización por parte del adulto, no ocultar información ni minimizar los
hechos, fomentando la conversación
1.4 Recabada toda la información sobre los hechos acontecidos, el/la Encargada de Convivencia
Escolar junto al Director/a analizan la situación, los datos recogidos y evidencias para determinar
si los hechos son constitutivos de Bullying o Abuso Escolar, en cuyo caso, se aplicará el plan
de acción.
SEGUNDA ETAPA: Aplicación Plan de Acción
1. Entrevista al(los) padre(s) de la estudiante/s agresora/s. En esta participarán al menos el o la
Encargado de Convivencia Escolar, Psicóloga y/o Profesor Jefe.
2. El/la Encargada de Convivencia Escolar y la Psicóloga deberán elaborar un Plan de Intervención
Específico para la estudiante afectada, con acciones tales como acompañamiento individual ara
brindarle cogida, apoyo, fortalecimiento y seguridad. Dicho Plan se entregará a cada profesor
jefe, para conocimiento y ejecución de las acciones que lo involucren, además se le dará una
copia al apoderado/a y Dirección.
El o la Encargado/a de Convivencia Escolar y el Psicólogo se reunirán con la o las estudiantes
agresoras para realizar un trabajo formativo de sensibilización hacia la víctima e identificar y
analizar las razones de su comportamiento, para descartar que sea una estrategia de autodefensa
o un acto de impulsividad aislado. Esto ayudará a diferenciar los pasos a seguir y las medidas a
adoptar. Se debe establecer un compromiso escrito de cambio de conducta.
3. Se hará seguimiento del proceso iniciado anteriormente, conducido el o la Encargado/a de
Convivencia Escolar y Psicóloga, realizando los siguientes pasos:
e) Entrevistas periódicas con las estudiantes involucradas.
f) Permanente comunicación con los Profesores de Asignatura para conocer cómo evoluciona
la situación.
g) Entrevistas periódicas con los apoderados
4. Informar al consejo de profesores las medidas adoptadas para posterior monitoreo y seguimiento
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
35
5. En caso que la situación de violencia continúe, el colegio debe aplicar sanciones que contempla
este “Manual de Convivencia Escolar”. el establecimiento deberá proceder según lo que indica
el artículo 175 letra e del Código Procesal Penal.
Si el denunciado de violencia, maltrato u hostigamiento, es un profesor o funcionario de la
comunidad:
a. Quien detecte la situación (apoderado, profesor, estudiante u otro) deberá comunicarla el
Encargado/a de Convivencia Escolar. Quien dejará registro escrito y firmado por los
participantes.
b. El director/a citará a reunión en la que participarán, Encargado/a de Convivencia Escolar,
Psicólogo y/o Profesor/a Jefe de la estudiante (siempre y cuando alguno de éstos no estén
involucrados en la situación). Allí se analizará lo ocurrido y se determinará la gravedad de la
denuncia y se concretarán las líneas de acción para abordar la situación.
c. Se informará al apoderado del alumno(a) afectado las decisiones tomadas y el proceder en el
caso.
d. En caso que la situación sea de alta gravedad, el director/a citará al profesor/a o funcionario
a una entrevista privada, con fin de informar de la denuncia y comunicar que se realizará una
investigación.
e. El profesor/a o funcionario será suspendido de sus tareas hasta que se termine la
investigación que realizará el Encargado de Convivencia Escolar.
f. Terminada la investigación se tomarán las medidas que el colegio considere oportunas y
necesarias, basadas en el Marco Legal vigente.
D. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ACOSO O ABUSO SEXUAL
Concepto de Abuso Sexual.
El abuso sexual está definido como cualquier actividad sexual entre dos o más personas sin
consentimiento de uno de ellos. El abuso sexual puede producirse entre adultos, de un adulto a un
menor o entre menores.
Es una de las manifestaciones más graves del maltrato ejercido hacia la infancia y adolescencia.
Ocurre cuando una persona utiliza la seducción, el chantaje, las amenazas o la manipulación
psicológica para involucrar a otro en actividades sexuales de cualquier índole.
Consideramos como Abuso Sexual Infantil cualquier conducta de tipo sexual que se realice con un
niño o niña, donde exista una relación de desigualdad (ya sea en cuanto a edad, madurez o poder)
entre el agresor y la víctima. Incluye aquellos contactos e interacciones con un niño en los que se
utiliza a éste para la estimulación sexual del agresor o de otra persona.
Si una niña o adolescente le relata a un profesor/a o a algún otro miembro de la comunidad educativa
haber sido abusado por un familiar o persona externa al establecimiento educacional, o por un
funcionario/ o alumna establecimiento, o cualquier otro tipo de abuso; o si el mismo profesor/a
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
36
sospecha que su estudiante está siendo víctima de maltrato o abuso, se debe traspasar la información
a la psicóloga Sra. Loreto Mora o en su defecto a la Encargada de Convivencia.
En caso de que existan sospechas fundadas o evidencia del abuso, se seguirán los siguientes pasos:
1) Frente a una denuncia interna y/o sospecha de abuso sexual que involucre a cualquier
miembro de la comunidad educativa, en especial a nuestras estudiantes, se informará de
inmediato a la psicóloga establecimiento, quien registrará la información recibida,
activando el protocolo correspondiente.
2) El mismo día, le informará al directo/a del establecimiento, quien junto a la psicóloga, informará
a los padres o apoderados,
3) Será de competencia de los tribunales de justicia, desarrollar el proceso de investigación y
sancionar al acusado, si se comprobaren los hechos.
4) El Dpto. de convivencia velará por la salud mental de la afectada (víctima) y en conjunto con los
padres o apoderados gestionará ayuda a redes de apoyo, tales como CESFAM, COSAM, etc.
5) La afectada contará con apoyo psicológico, de parte del equipo multidisciplinario del
establecimiento (psicóloga y trabajadora social) para reinsertarse en el contexto escolar, y
garantizar contención emocional efectiva.
6) El equipo multidisciplinario correspondiente, si fuese necesario trabajará talleres con el curso al
que pertenezca la víctima, para garantizar apoyo y espacios afectivos de calidad y acogida.
7) Convivencia y profesor/a jefe monitoreará el avance emocional de la víctima y de la familia.
8) Si después de las acciones descritas, por el propio contexto de lo ocurrido, la estudiante no
presenta mejoras en el tiempo, se trabajará y buscará junto a las familias otra unidad educativa
que lo acoja y le permita reiniciar su proceso académico.
9) Cuando el agresor sea un miembro del establecimiento y se encuentre en un proceso de
investigación mediando pruebas o evidencias, el /directora procederá a:
• Separará en forma inmediata a la víctima del victimario, alejarlo/a de sus funciones mientras dure
la investigación. En caso de ser una estudiante, se les suspende la asistencia a clases hasta obtener
la resolución de la Fiscalía.
• Durante la suspensión, el colegio ofrecerá a la estudiante sospechosa de haber cometido abuso
sexual, los servicios que se describen a continuación y que el apoderado puede aceptar o rechazar,
lo que debe quedar estipulado en su hoja de observaciones personales de la estudiante:
- Atención del equipo multidisciplinario
- Atención académica.
• En caso que el denunciado sea un funcionario del establecimiento, el o la directora, deberá
entrevistar al acusado/a para recopilar antecedentes de los hechos descritos por el denunciante,
iniciando así el proceso de investigación, el que debe ser concluido en tres días hábiles.
• De manera inmediata, dirección informa al funcionario por escrito que se encuentra suspendido de
sus deberes y responsabilidades laborales hasta el cierre del proceso de investigación. Durante este
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
37
tiempo el denunciado no puede acercarse a la alumna denunciante o a su familia, ni ingresar al
establecimiento, y tendrá derecho a recibir su sueldo y los beneficios completos.
• De comprobarse actos indebidos de parte del funcionario (palabras, frases, invitaciones y acciones
específicas) será desvinculado de manera inmediata de la institución.
• En caso que la Justicia determine que el alumno o funcionario acusado sea inocente, éste tendrá
derecho a reintegrarse a sus funciones apenas se haga oficial la sentencia judicial. Si es aconsejable,
se procurará realizar una entrevista de cierre entre el acusado y denunciante con presencia de algún
representante de la Dirección del Colegio.
VII. ESTRATEGIAS DE PREVENCIÓN Y PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA ABORDAR SITUACIONES RELACIONADAS CON DROGAS Y ALCOHOL EN EL ESTABLECIMIENTO.
PROTOCOLO PARA TENENCIA, CONSUMO, TRÁFICO Y MICROTRAFICO DE DROGAS
I. EN CASO DE CONSUMO DE DROGAS LÍCITAS E ILÍCITAS. Si un estudiante fuese sorprendido consumiendo alcohol, cigarrillos, u otras drogas al interior del establecimiento, se procederá de la siguiente manera: 1. La persona que haya detectado esta situación, deberá informar al o la Encargado(a) de
Convivencia Escolar quién tendrá la responsabilidad de trasmitir la información a la directora.
2. Cualquier funcionario que sorprenda a un estudiante consumiendo algún tipo de sustancia debe
requisar la evidencia y entregarla al o la encargada de Convivencia Escolar o en su defecto a la
Directora del establecimiento.
3. El encargado de Convivencia Escolar en conjunto con Dirección, coordinarán entrevista
inmediata con él o los estudiantes involucrados para conocer y aclarar la versión de los hechos.
Posteriormente, se informará al Profesor/a Jefe y se procederá a citar a los apoderados para dar
cuenta de los hechos, este procedimiento debe ser realizado dentro de las primeras 24 horas.
Quien entreviste deberá dejar registro del procedimiento en el libro de clases.
4. Se procederá a aplicar la normativa establecida en el Manual de Convivencia de las Estudiantes.
II. MICROTRÁFICO 1. El Micro-tráfico es un delito que tiene las siguientes figuras:
Acto de posesión (tener drogas en calidad de dueño de esta)
Portar drogas consigo (independiente quien sea el dueño)
Transportar.
Guardar pequeñas cantidades de drogas.
2. La Directora tendrá la obligación y el deber de denunciar a quien corresponda:
Ministerio Público, Carabineros, PDI o directamente en fiscalía 3. Será necesario reunir la mayor cantidad de información o evidencias que permitan fundamentar
la denuncia:
Testimonios de personas
Algún tipo de registro audiovisual, libro de clases, etc.
Constatación personal del hecho, entre otros.
Observación: Toda denuncia ante las autoridades debe ser efectuada responsablemente, ya que un
proceso por estos delitos puede afectar derechos como libertad personal o la honra, además de exponer injustamente a la estigmatización social.
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
38
III. De la prevención del Consumo de Drogas:
La comunidad educativa es un agente preventivo y promotor de estilos de vida saludable, por lo tanto, buscará estrategias que permitan el desarrollo de factores protectores que disminuyan conductas de riesgo y de consumo. De esta forma se implementa anualmente un Programa de Prevención en el establecimiento enmarcado en la política nacional de prevención que contempla:
Sensibilización a la comunidad.
Desarrollo sistemático del programa respectivo en horario de orientación
Ferias preventivas.
Coordinación con redes de apoyo.
Promoción de hábitos saludables en los estudiantes y apoderados
Promoción de factores protectores a través de talleres deportivos, artísticos y científicos.
Detección eficaz de consumo de drogas de los estudiantes para realizar intervención y derivación
a organizaciones pertinente.
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
39
MANUAL DE GESTION DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR
VIII. NORMAS, FALTAS, MEDIDAS DISCIPLINARIAS Y PROCEDIMIENTOS ANTE FALTAS AL ORDEN Y BUENA CONVIVENCIA DE LAS ESTUDIANTES
8.1 DE LA ASISTENCIA, ATRASOS Y RETIROS A. ASISTENCIA i. La asistencia a clases es obligatoria (Ley Nº 3.654), por lo tanto, cualquier inasistencia deberá ser
justificada por el o la apoderada titular o suplente personalmente en inspectoría, presentando certificado médico o certificado de atención en un centro de salud para que la estudiante se reincorpore a clases.
ii. En caso de que él o la apoderada titular o suplente no pueda asistir deberá enviar una justificación escrita y firmada en la agenda, lo cual será aceptado hasta que cumpla con hacerlo personalmente, de lo contrario será citado por el o la inspectora.
iii. Cuando una estudiante se ausente a clases prolongada o reiteradamente sin justificación médica, se deberá
proceder de la siguiente forma: el o la profesora jefe deberá indagar los motivos, si esto no se aclara, deberá informar a él o la inspectora general, quien dará aviso al departamento de convivencia mediante un documento escrito y por correo electrónico con copia al profesor jefe y a la directora.
B. ATRASOS i. De Primero a Octavo año: la estudiante deberá pedir pase en inspectoría dejándose registro de la fecha
y hora, en el libro correspondiente.
ii. Pase especial: los apoderados de aquellas estudiantes que vivan a gran distancia de la escuela, podrán solicitar un pase especial que autoriza el ingreso de 15 a 25 minutos más tarde del inicio de la jornada.
iii. Si la estudiante acumula tres atrasos registrados al inicio de la jornada escolar o entre horas de clases, el
o la Inspectora General citará al apoderado para informarle de dicha situación, y solicitar la correspondiente justificación, dejando registro de ello en el libro de clases y la firma en el cuaderno de atrasos. Si el apoderado no se presenta, el caso se derivará a dirección para que sea citado. De no haber respuesta se enviará una carta al domicilio con la trabajadora social.
C. RETIROS DURANTE LA JORNADA ESCOLAR i. El retiro de una estudiante durante la jornada de clases lo podrá realizar únicamente el o la apoderado
titular o suplente en inspectoría, dejando registro de su nombre, RUN y firma en el libro correspondiente.
ii. Cuando por motivos de fuerza mayor, el retiro deba realizarlo otra persona, este se autorizará solo si existe una solicitud escrita o telefónica de los padres o apoderado, indicando el nombre completo y RUN de la persona que lo realizará, quien deberá presentar su cédula de identidad.
iii. No se autorizarán retiros, faltando 40 minutos o menos para el término de la jornada, a o ser que se trate
de una situación de gran urgencia.
8.2 DEL USO DEL UNIFORME Y PRESENTACION PERSONAL A. UNIFORME El uniforme para las estudiantes, de acuerdo al curso, será el siguiente: Pre Kínder y Kinder 1° a 4° 5º a 8º Para Educación Física
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
40
Buzo Institucional
Delantal cuadrilles celeste
Bolso de la Escuela
Buzo Institucional
Delantal cuadrilles celeste
Polera de pique con cuello, azul con ribetes rosados
Jumper azul marino con insignia de la Escuela al lado izquierdo
Blusa blanca
Corbata de la Escuela
Calcetas azules
Chaleco azul marino
zapatos negros
Chaqueta o parca azul marino de preferencia
Buzo Institucional. Azul Francia con ribetes rosados.
Polera rosada cuello Redondo.
Zapatillas (de preferencia blanca, sin ruedas)
B. PRESENTACION PERSONAL
a. Las estudiantes no deben usar maquillaje, uñas largas o con esmalte.
b. No se permite el uso de joyas, piercíng, sólo aros pequeños.
c. El cabello debe estar siempre tomado con cole, cinta o traba de color azul marino.
d. El largo del jumper debe ser de cinco cm. sobre la rodilla.
e. En caso que la estudiante no tenga el buzo institucional, puede utilizar cualquier indumentaria deportiva,
pero sólo para realizar la clase de educación física.
f. En caso que la estudiante no tuviese la polera institucional, puede ser reemplazada por cualquier polera
blanca.
g. Se autoriza el uso de pantalón de tela azul marino, bufandas o cuellos de color azul o blanco,
(no maxi bufandas), entre los meses de mayo y septiembre.
h. Todos sus materiales y prendas del uniforme deben estar marcadas con su nombre y curso.
i. Cuidar su higiene personal, en el caso del primer ciclo, esto es responsabilidad de los apoderados.
8.3 DEL CUIDADO DEL ENTORNO, MATERIAL Y EQUIPAMIENTO
a. Se espera que las estudiantes cuiden y mantengan en buen estado sus útiles escolares y los materiales
o recursos que les facilite el establecimiento, vale decir libros, instrumentos de laboratorio,
computadores, calculadoras, juegos, carpetas, entre otros.
b. De igual forma se espera que cuiden las dependencias de la Escuela y el mobiliario, evitando rayar,
pintar o dañar: mesas, sillas, paredes, ventanas, puertas, casilleros, cortinas, entre otros.
8.4 DE LA CONDUCTA DE LAS ESTUDIANTES
Como establecimiento educacional nos interesa propiciar un clima de convivencia armonioso y positivo,
entendiendo que es importante para generar las condiciones necesarias para que todos se sientan
motivados a trabajar por el logro de sus metas. Para ello se promueve que en todas las instancias de
interacción entre los distintos miembros de la comunidad educativa:
Se priorice el diálogo como medio para resolver los conflictos.
Las relaciones se basen en el respeto y el buen trato.
Se utilice un lenguaje apropiado al momento de referirse a otra persona, que no tenga una
connotación discriminatoria o violenta, evitando descalificaciones, groserías, sobrenombres u otro.
Se vivencien los valores mediante el apoyo y ayuda a los miembros de la comunidad que lo
necesiten.
Que se actúe de manera honesta siendo fiel a la verdad.
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
41
Evitar manifestaciones físicas o de carácter amoroso, que no correspondan al contexto escolar.
(besos en la boca, caricias de connotación sexual, entre otros)
8.5 DE LAS FALTAS
A. FALTAS LEVES
Serán consideradas faltas leves las actitudes y comportamientos que alteren la convivencia escolar, pero que
no involucren daño físico o psicológico de algún miembro de la comunidad.
Todas las faltas a los deberes de las estudiantes cometidas por primera vez, serán categorizadas como faltas
leves y por lo tanto serán sancionadas como tal.
Son faltas leves:
Tres atrasos durante el mes.
Tres o menos de tres inasistencias no justificadas (ni con certificado médico, ni en agenda)
Tres o más anotaciones negativas en la hoja de vida de la estudiante del libro de clases por:
Conversar insistentemente en clase, interrumpiendo el desarrollo normal de esta.
Comer en la sala
No trabajar en clases
Uso de juguetes, Tablet o cualquier elemento que no corresponda o sea solicitado por la o el profesor/a
con fines pedagógicos.
Uso de celulares en sala de clases o espacios educativos, para revisar redes sociales u otro fin de tipo personal,
distinto del pedagógico.
Maquillarse, mirarse al espejo, sacarse las cejas o peinarse en clases.
Uso de accesorio como: aros llamativos, pulseras, collares apegados al cuello, piercing, accesorios
exuberantes.
No presentar materiales, trabajos, tareas, etc. en las fechas solicitadas.
No cumplir con el uso del uniforme, según lo establece el reglamento.
B. FALTAS GRAVES: Serán consideradas como faltas graves las actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad física y psicológica de otro miembro de la comunidad educativa o del bien común, así como acciones deshonestas que afecten la debida convivencia, a decir:
Agresiones verbales a cualquier miembro de la comunidad educativa (groserías e improperios)
Efectuar gestos obscenos
Usar redes sociales, con el propósito de dañar la integridad u honra de cualquier miembro de la comunidad
educativa, dentro o fuera del establecimiento.
Agresiones leves (tirar el pelo, lanzar objetos, empujones, cachetadas, etc.)
Más de cinco atrasos
Más de tres Inasistencias no justificadas
Negarse a responder una evaluación, sin mediar una explicación o justificación, alterando el normal
desarrollo de esta.
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
42
Daños a bienes personales de cualquier miembro de la comunidad educativa. (dentro y fuera del
establecimiento).
Daños a bienes materiales de la escuela.
No ingresar a clases, haciendo creer a su apoderado que se encuentran en el establecimiento.
Todo daño a la infraestructura y equipamiento del establecimiento será categorizado como faltas graves y
se sancionará como tal.
La acumulación de cinco faltas leves se constituirá en una falta grave
Ser sorprendida en evidente acto de deshonestidad en una evaluación “copiando”.
C. FALTAS GRAVISIMAS:
Serán consideradas como tales, aquellas actitudes y comportamientos continuos que atenten contra la
integridad física y psicológica de otros miembros de la comunidad educativa, tales como:
Actividades reiteradas de agresión o intimidación con detrimento o daño para la víctima y/o Establecimiento.
Manipular el libro de clases, alterar notas o cualquier información de éste.
Agresiones físicas a cualquier miembro de la comunidad educativa.
Actos de violencia, de cualquier tipo, con premeditación y alevosía.
Porte de cualquier tipo de arma.
Acosar, agredir mediante redes sociales.
Registrar las pertenencias de sus compañeras o cualquier miembro del establecimiento.
Apropiarse de objetos o cosas que no les pertenezcan (robar, hurtar, otros).
Amenazar verbalmente o por redes sociales a cualquier miembro de la comunidad educativa.
Bullying o Grooming o acoso escolar a alguna de sus compañeras, dentro o fuera del establecimiento.
Ingresar y/o consumir bebidas alcohólicas o cigarrillos en el establecimiento.
Ingresar, traficar y/o consumir sustancias ilícitas como pasta base, marihuana, cocaína, otras al interior del establecimiento.
Involucrarse en actos delictivos, tanto dentro como fuera del Colegio (asaltos, robos, hurtos, otros), se incluirá en esta categoría todo acto que sea tipificado como delito según el Código Civil chileno.
La acumulación de faltas graves se constituirá en una falta muy gravísima.
IX. DE LAS SANCIONES
Las sanciones forman parte del proceso formativo en cuanto permiten que las estudiantes tomen conciencia de las consecuencias de sus actos, aprendan a responsabilizarse de ellos y desarrollen compromisos genuinos de reparación del daño. Toda vez que se deba aplicar una sanción se considerará las circunstancias personales de la estudiante: su edad, nivel educacional, contexto socio-afectivo y familiar y antecedentes médicos.
A. CONVERSACIÓN PERSONAL PEDAGÓGICA Y CORRECTIVA
Procede cuando la estudiante manifiesta actitudes o conductas que perturban el ambiente de
aprendizaje, las relaciones humanas o no respeta las normas establecidas.
Serán los(as) profesores(as), profesionales del establecimiento o miembros del equipo directivo
quienes adviertan al estudiante en forma verbal acerca del efecto de su conducta deficiente y lo insten
a que reflexione y enmiende su actuar. Debe existir registro escrito de sanciones y acuerdos.
B. CONVERSACIÓN GRUPAL PEDAGÓGICA Y CORRECTIVA
Procede cuando las actitudes o conductas que perturban el ambiente de aprendizaje, las relaciones
humanas o que no respetan las normas establecidas, han sido cometidas por un grupo de estudiantes.
Serán los(as) profesores(as), profesionales del establecimiento o miembros del equipo directivo
quienes adviertan al grupo de estudiantes en forma verbal acerca del efecto de su conducta deficiente
y los insten a que reflexionen y enmienden su actuar. Debe existir registro escrito de sanciones y
acuerdos.
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
43
C. ANOTACIÓN ESCRITA EN EL LIBRO DE CLASES
Se aplica cuando una estudiante manifiesta un comportamiento inadecuado o perturbador que dificulta
seriamente el desarrollo de una clase, o por incumplimiento reiterado de las normas establecidas.
Debe ser consignada en el libro de clases, lo que será de suma importancia para una futura toma de
decisiones, y el (la) profesor(a) jefe o de asignatura lo comunicará al apoderado a través de la libreta
de comunicaciones.
El registro de la falta debe ser precisa y sin juicios valóricos.
D. AMONESTACIÓN ESCRITA Y COMPROMISO
Se aplica cuando la estudiante presenta una acumulación de anotaciones negativas en su hoja de vida,
manifestando un patrón de conducta deficiente, o frente a una falta grave.
La aplicará la Encargada de Convivencia Escolar cuando la gravedad de la falta lo amerite, o bien si:
- La estudiante acumule tres (3) anotaciones por faltas leves en una misma asignatura. La
citación la hará el (la) profesor(a) respectivo.
- La estudiante acumula tres (3) anotaciones por faltas leves de diferentes asignaturas. La
citación la hará el (la) profesor (a) jefe.
La amonestación escrita es una advertencia para que la estudiante enmiende su conducta y en ella
deberán quedar registrados los compromisos que adquiera para modificar su comportamiento.
El apoderado será citado para ser informado de la aplicación de esta sanción.
Dicho documento se dejará en el expediente individual del estudiante y/o en el archivador junto a su
ficha de matrícula.
E. SUSPENSIÓN DE CLASES.
Se aplica cuando la estudiante presenta una falta grave o muy grave, cuando no ha cumplido con los
compromisos de la amonestación escrita, o cuando se considere que su presencia en la sala de clases
haya dañado o dañe el bienestar común de su grupo.
Esta medida será aplicada por el (la) director(a) del establecimiento.
La suspensión transitoria podrá realizarse hasta por cinco (5) días hábiles. Esta medida se aplicará
cuando la estudiante presente algún problema disciplinario que deba superar antes de continuar su
convivencia normal y habitual con su curso.
La suspensión permanente podrá realizarse de manera indefinida o considerando reducciones de la
jornada escolar. Esta medida se aplicará en cualquier época del año, cuando una estudiante, por falta
grave o muy grave y/o después de haber permanecido el tiempo reglamentario con una condicionalidad,
haya cometido una nueva falta grave o muy grave, transformándose en un peligro real para la integridad
física o sicológica de algún miembro de la comunidad educativa. Esta estudiante tendrá un programa
de pruebas en horario distinto al de sus compañeras, evitando así un daño al normal quehacer escolar
y/o la sana convivencia del curso.
El director en conjunto con el encargado de convivencia escolar citará al estudiante y apoderado, para
informar de la medida. Se dejará copia escrita y firmada por el (la) estudiante, apoderado y director,
referente a los compromisos asumidos y a la sanción de suspensión.
F. ADVERTENCIA DE CONDICIONALIDAD
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
44
Es el último paso antes de la condicionalidad, se aplica cuando la estudiante presenta una falta grave
o muy grave o cuando no ha cumplido con los compromisos de la amonestación escrita y/o suspensión
de clases.
Es propuesta por el encargado de convivencia escolar, siendo analizada a cabalidad por el Consejo de
Profesores y los asesores que esta entidad considere necesarios.
La directora del establecimiento es quien finalmente aprueba esta sanción.
La jefa técnica, en conjunto con el profesor(a) jefe y el o la Encargada de Convivencia Escolar,
determinarán las medidas de apoyo pedagógico o psicosocial que requiere la estudiante, para evitar
cometer las mismas faltas y mejorar su situación en el establecimiento.
La estudiante y su apoderado serán citados por la directora, profesor(a) jefe y/o encargado de
convivencia escolar para analizar la situación del (la) estudiante con respecto a la gravedad de la(s)
falta(s) e informarle la medida aplicada.
Se dejará copia escrita y firmada por la estudiante, apoderado/a y profesor/a un documento donde se
consignen los compromisos asumidos y la sanción de advertencia de condicionalidad impuesta.
G. CONDICIONALIDAD
Se aplica por incumplimiento reiterado del compromiso contraído en el punto anterior (F), referido a la
advertencia de condicionalidad, lo que debe estar debidamente registrado en el libro de clases, o por
una falta muy grave.
El Consejo de Profesores junto al encargado de convivencia escolar propondrán al director la medida,
quien la ratificará o rechazará.
El estudiante y su apoderado serán citados por el (la) director(a), profesor(a) jefe y/o encargado de
convivencia escolar para analizar la situación del (la) estudiante con respecto a la gravedad de la(s)
falta(s) e informarle la medida aplicada.
Se determinará por el colegio las medidas de apoyo pedagógico o psicosocial que requiere el (la)
estudiante para evitar cometer las mismas faltas y mejorar su situación en el establecimiento. Se dejará
copia escrita y firmada por el (la) estudiante, apoderado y encargado de convivencia escolar, referente
a los compromisos asumidos y a la sanción de condicionalidad impuesta.
Casos de faltas graves pueden ameritar condicionalidad sin haber cumplido los pasos anteriormente
enunciados. Para ello será el Consejo de Profesores, en su carácter de estamento consultivo, quien
propondrá al director(a) la aplicación de la misma. La decisión de aplicarla es prerrogativa del
director(a).
La condicionalidad implica una posible no renovación de matrícula del (la) estudiante, por no ajustarse
su conducta a los valores y principios del Proyecto Educativo del colegio.
H. EXPULSIÓN O CANCELACIÓN DE MATRÍCULA
La cancelación de matrícula se aplicará al término del año escolar a aquella estudiante cuyo comportamiento
es muy grave, infringiendo las causales descritas en el presente reglamento y afectando gravemente a la
convivencia escolar. De esta manera, ya cumplidos los pasos previos de reunión con padre, madre o
apoderado(a), representando la inconveniencia de la(s) conducta(s), no teniendo buenos resultados las
medidas pedagógicas o psicosociales aplicadas - o no siendo cumplidas por la estudiante, resulta aconsejable
la salida definitiva del establecimiento previo procedimiento propiamente tal. Procederá también su aplicación
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
45
en cualquier momento del año lectivo, luego de un procedimiento previo, racional y justo, cuando se trate de
conductas que atenten directamente contra la integridad física o psicológica de alguno de los miembros de la
comunidad escolar. La medida solo será decidida por el /la directora(a) del establecimiento.
I. PROCEDIMIENTO A SEGUIR EN CASO DE EXPULSIÓN O CANCELACIÓN DE LA MATRÍCULA
El procedimiento a seguir en caso de expulsión o cancelación de la matrícula contiene los principios
fundamentales de un debido proceso, siendo un procedimiento racional y justo, resguardando el interés superior
de todo estudiante.
a. El establecimiento notificará por escrito al estudiante y apoderado de la decisión de expulsión o
cancelación de la matrícula.
b. Dicha notificación escrita debe contener todos los fundamentos por los cuales se ha adoptado la
decisión.
c. Dentro de los siguientes 15 días posteriores a la notificación, el apoderado tiene derecho a solicitar la
reconsideración de la medida al director(a) del colegio, a través de un recurso de reposición, el cual
debe ser escrito y contener todos los medios de prueba que revistan igual carácter.
d. En dicho recurso, se están resguardando los principios de bilateralidad de la audiencia con el derecho
a ser oído, y tendrá la oportunidad de acompañar a dicha solicitud todos los medios probatorios de los
cuales se pretenda hacer valer.
e. Una vez recepcionada la solicitud de reconsideración de la medida, la directora consulta al Consejo de
Profesores.
f. Si en la solicitud de reconsideración se acompañan medios de prueba que no sean escritos, se citará
a una audiencia de prueba en presencia del director(a) y el Consejo de Profesores, quienes podrán
hacer las consultas pertinentes.
g. Una vez finalizada la etapa probatoria, el Consejo de Profesores debe emitir un informe escrito,
teniendo a la vista los informes del apoyo al estudiante, y la directora resuelve.
h. La decisión final, si determina la expulsión o cancelación de la matrícula, debe informarse a la Dirección
Regional de la Superintendencia de Educación, dentro de cinco (5) días hábiles desde su
pronunciamiento.
i. Corresponderá al Ministerio de Educación la reubicación de la afectada y las medidas de apoyo
pertinentes.
j. MEDIDAS DE ACOMPAÑAMIENTO
Cundo una estudiante presente falas leves reiteradas o una falta grave, la Encargada de Convivencia elaborará
un PLAN DE INTERVENCIÓN INDIVIDUAL, el cual tendrá vigencia de un semestre, para revisar si se dan los
cambios esperados y darlo por concluido o continuar con él.
En dicho plan deben intervenir diferentes profesionales, profesor jefe, de asignatura, psicólogo y otros si es
necesario. Allí se consignarán las actividades, responsabilidades y plazos de las intervenciones intervención.
Si no se observa una mejora en las conductas o actitudes que dieron lugar a esta intervención, se seguirán los
pasos que establece el presente reglamento.
X. CONDUCTO REGULAR Y SISTEMA DE APELACIONES i) CONDUCTO REGULAR:
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
46
Las estudiantes y los apoderados de la Escuela tienen el derecho de ser escuchados y que sus reclamos, denuncias y sugerencias, sean recibidas y evaluadas por quien corresponda. Para ello se especifica a continuación el conducto regular que deberán seguir:
a) Profesor/a Jefe: La primera persona a la que deben acudir las estudiantes y los apoderados es al Profesor/a Jefe, pues ellas/os son los primeros responsables de estos en el establecimiento, tienen por lo tanto la facultad y capacidad de solucionar problemas de menor envergadura y de derivar a estamentos superiores si la situación lo amerita.
b) Inspector/a General: Sí la problemática es de carácter conductual, es quien deberá solucionarla y recepcionar las apelaciones a las sanciones, reclamos, sugerencias, etc.
c) Encargada de Convivencia: en caso que las denuncias y problemáticas sean de carácter psicosocial,
debe informarse a la encargada de convivencia para que según su naturaleza derive al profesional correspondiente.:
En caso de Maltrato entre pares y/o bullyng será abordado por esta.
En caso de abuso sexual, es la Psicóloga quien activará el protocolo.
Si se tratara de violencia intrafamiliar, maltrato y/ vulneración de derechos, le corresponde a la Trabajadora Social, abordar el problema.
Quienes activarán los protocolos correspondientes.
1. Director/a: Sólo intervendrá en los casos que no se pudieron resolver en los estamentos anteriores, sin embargo, será informada de cada caso o situación que se dé al interior del establecimiento, de inmediato. Además, se le informará del avance de los Planes de Intervención que se estén implementando.
2. Libro de felicitaciones y reclamos: Todo integrante, así como visita de esta comunidad educativa tendrá la
facultad de expresar en forma escrita sus comentarios de felicitación y/o reclamo con respecto al funcionamiento, atención recibida, y lo que considere relevante. (Se revisará 1 vez a la semana).
ii) SISTEMA DE APELACIONES:
Cuando una estudiante haya sido sancionada por cometer alguna falta expresada en este reglamento, tendrá
derecho a apelar a la sanción, en un plazo de cinco días hábiles. Esta apelación deberá ser solicitada por el o
la apoderada, mediante una carta o correo electrónico dirigido a la director/a, expresando el por qué se debe
considerar la modificación o anulación de la sanción. Se citará a entrevista al apoderado y la estudiante
para dar respuesta de la solicitud en un plazo no mayor a cuatro días hábiles.
Observaciones Generales
El establecimiento no se hará responsable de la pérdida o deterioro de joyas, celulares, cámaras fotográficas, de video, tablet, notebook o cualquier otro objeto que no sea solicitado por el establecimiento, con un fin pedagógico.
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
47
XI. DISPOSICIONES PARA PREMIOS Y RECONOCIMIENTOS Como Institución Educativa, sostenemos con firmeza que el estímulo y el refuerzo positivo son el
mejor modo de formar personas y de obtener cambios positivos en el comportamiento de nuestras
niñas. En este sentido, se hace un deber destacar los esfuerzos, el cumplimiento de ciertas etapas
y los distintos logros alcanzados en el proceso de formación integral que durante el año evidencien
las estudiantes.
Éstos, además de ser consignados en su Hoja de Observaciones y en el Informe de Desarrollo
Personal, son reconocido frente a toda la comunidad educativa, estudiantes, padres o apoderados y
cuerpo docente y asistentes de la educación, en diversas instancias.
Teniendo en cuenta los valores centrales en el proceso educativo, la comunidad Helen Keller otorgará
un estímulo al final del año escolar a las estudiantes que hayan presentado las siguientes conductas
de excelencia:
Destacadas por el “Valor del Mes”.
Excelencia académica.
Compañerismo.
Esfuerzo.
Estudiante Helen Keller
Asistencia.
Solidaridad
Espíritu deportivo
Talleres extraescolares
Otros
XII. PROTOCOLO DE ACCIDENTES ESCOLARES
ANTECEDENTES.
La ley 16.744 Art. 3, dispone que estarán protegidos todos los alumnos de establecimientos fiscales
o particulares por los accidentes que sufran con ocasión de sus estudios.
Un accidente escolar es toda lesión que un estudiante pueda sufrir a causa o en el desarrollo de
actividades escolares que, por su gravedad, traigan como consecuencia incapacidad o daño. Dentro
de esta categoría se considera también los accidentes que puedan sufrir los estudiantes en el trayecto
desde y hacia sus establecimientos educacionales.
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
48
En caso de accidente escolar, todas las estudiantes, tanto de educación parvularia como básica,
están afectos al Seguro Escolar, desde el instante que se matriculen en la escuela.
En caso de enfermedad repentina de una alumna durante la actividad escolar, se procederá de la
siguiente manera:
1. EN CASO DE ENFERMEDAD O ACCIDENTE MENOS GRAVE:
La alumna será llevada a inspectoría y se realizarán los primeros auxilios, o en su efecto se le dará
agua de hierbas. Es importante recordar que la escuela NO está autorizada para administrar ningún
tipo de medicamento. Inspectoría llamará al apoderado y enviará una comunicación si fuese
necesario.
2. EN CASO DE ACCIDENTES LEVES:
En los casos que el accidente requiera atención médica. Se llamará a los padres y/o apoderados,
para que sean ellos quienes trasladen a la alumna al centro de salud que estimen conveniente, con
el seguro escolar emitido por el o la inspectora.
3. EN CASO DE ACCIDENTES GRAVES:
En todos los casos que el accidente sea grave, (determinado por encargada de enfermería
o quien cuente con cursos de primeros auxilios), se llamará inmediatamente al servicio de
urgencias de la comuna, quienes trasladarán en ambulancia a la urgencia del hospital.
Simultáneamente se dará aviso al apoderado y ellos podrán tomar la decisión de trasladar a
otro servicio. Las alumnas que cuenten con seguros particulares de salud, deben mantener
la información actualizada en ficha personal de alumna (se encuentra en Inspectoría), para
que la escuela se comunique directamente con ellos.
Es importante que la escuela cuente con todos los datos personales de las estudiantes y
teléfonos de emergencia actualizados. Es responsabilidad de los padres y apoderados
mantener estos datos actualizados.
XIII. MEDIDAS ORIENTADAS A GARANTIZAR LA HIGIENE DEL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL
Medidas orientadas y/o pasos para la ejecución de implementación de orden y limpieza: Para esto se tomarán algunas medidas que son:
Contar con personal contratado para dicho efecto, es decir para la limpieza e higiene del establecimiento.
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
49
Mantener un stock de productos que son imperiosos para las labores de saneamiento, dada la presencia de niños en general estos productos deben ser hipoalergénicos y de contenidos no tóxicos.
Respecto a las herramientas de limpieza, es preferible emplear utensilios de microfibra.
Retirar los residuos diariamente de salas, oficinas, patios y/o espacios del establecimiento en general, depositarlos en contenedores especiales.
Ventilar aulas, oficinas, biblioteca, laboratorio antes de comenzar las labores educativas, en especial con estudiantes.
Barrer diariamente al inicio de la jornada y al final del horario de clases, los accesos, aulas, oficinas, patio con utensilios entregados por parte del establecimiento.
Limpiar las manchas presentes en las mesas y las sillas con un producto que tenga propiedades desinfectantes, no tóxicas.
Mantener limpias las superficies escritorios, dispensadores de agua ya que son susceptibles a convertirse en fuentes de enfermedades.
Las puertas y manillas deben ser constantemente desinfectadas para evitar enfermedades por contacto, se debe prestar especial atención a la hora de ejecutar la higienización.
Limpieza y desinfección diariamente de baños y servicios higiénicos para evitar enfermedades relacionadas y acumulación de agentes patógenos.
Mantener en la sala de clases, baños, comedores recipientes con alcohol gel para el uso diario los estudiantes y así evitar infecciones.
Por su parte, el fregado de los suelos se realizará de forma manual, estas tareas tienen que llevarse a cabo a diario para garantizar que el centro escolar esté en óptimas condiciones higiénicas y la salud de las niñas no corra peligro alguno.
MEDIDAS DESTINADAS A EVITAR Y PREVENIR PRESENCIA DE PLAGAS EN EL ESTABLECIMIENTO. En las instalaciones escolares se pueden albergar plagas que son peligrosas para la salud de los estudiantes y el personal. Algunas plagas propagan patógenos dañinos para las personas, es por esta razón que se implementa en el establecimiento educacional un plan de control:
Mantener un control e inspección habitual de las inmediaciones del establecimiento.
Preservación de registros con fechas y presentación periódica de informes sobre cada espacio del establecimiento según los requerimientos que sean necesarios.
Mantener trampas y cebos para la erradicación de roedores, entregar instrucciones a los estudiantes que no las manipulen.
Recibir y solicitar educación y aplicación de conocimientos sobre los ciclos de vida de las plagas.
Asegurar la aplicación estratégica de control de plagas.
Educación del personal escolar, los docentes, profesionales y a las estudiantes sobre los pasos para prevenir plagas. Información de acciones para la prevención de plagas. Las plagas se ven atraídas por el alimento y agua en ubicaciones confinadas para su uso, mantenerlas limpias y debidamente protegidas.
Las plagas aumentan en áreas sucias y desordenadas mantener estantes, salas de clases, oficinas, bibliotecas y bodegas limpias y ordenadas.
Las áreas cálidas y poco ventiladas como bodegas, pueden ser foco de plagas.
Informar sobre grietas o fisuras en el establecimiento y/o en las instalaciones ya que pueden atraer la llegada de plagas.
Mantener un control del retiro de desperdicios de los contenedores, camión recolector de basura.
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
50
XIV. REGULACIONES REFERIDAS A LA GESTION PEDAGOGICA Y PROTECCION A LA MATERNIDAD Y PATERNIDAD
PROTOCOLO ANTE EL EMBARAZO Y/O MATERNIDAD DE UNA ESTUDIANTE.
El principal objetivo de este protocolo es resguardar el derecho a la educación de estas estudiantes, y brindarles todos los apoyos que necesiten para que logren los aprendizajes correspondientes a su nivel de enseñanza y resguardar y fortalecer la permanencia de la estudiante en el sistema escolar. Para ello se establecerá claramente la modalidad de evaluación a la que la estudiante puede acceder como alternativa, en tanto la situación de embarazo o de maternidad le impida asistir regularmente al establecimiento. El establecimiento resguardará que la estudiante embarazada:
1. En el ámbito pedagógico
1.1 Participe en todas las actividades curriculares.
1.2 Sea evaluada de la misma forma que sus Compañeras
1.3 Cuente con las facilidades necesarias para cumplir con el calendario de evaluación; en
conjunto con la estudiante, la Unidad Técnica Pedagógica elaborará un calendario flexible
de pruebas y trabajos.
1.4 Cada vez que se ausente por situaciones derivadas del embarazo, parto, post parto, control
de niño sano y/o enfermedades del hijo menor de un año, presentando certificado médico
o carné de salud, acceda a una reprogramación de evaluaciones.
1.5 Tenga exámenes libres si la situación lo amerita, adjuntando la certificación médica
correspondiente y Contará con horarios de consultas donde la estudiante podrá resolver
dudas y recibir asesoría directamente de sus Profesores.
1.6 Disponga de un/a docente responsable o tutor(a).
1.7 Reciba orientación y la atención de los profesionales competentes, según corresponda y
según las problemáticas de la estudiante embarazada, resguardando el derecho a la
educación de la misma.
1.8 Asista a todas las actividades extra-programáticas que se realicen al interior o fuera del
E.E., con las excepciones que se deriven de las indicaciones del médico tratante.
1.9 Asista a las clases de Educación Física en forma regular, siguiendo las orientaciones del
médico tratante, sin perjuicio de ser evaluadas en forma diferencial o ser eximidas en los
casos en que por razones de salud así procediera.
1.10 Se exima de la asignatura de Educación Física hasta el término del puerperio. Asimismo,
en casos calificados por el médico tratante, podrá eximirse de dicha asignatura por todo el
año escolar.
Artículo 11.- El embarazo y la maternidad en ningún caso constituirán impedimento para
ingresar y permanecer en los establecimientos de educación de cualquier nivel, debiendo
estos últimos otorgar las facilidades académicas y administrativas que permitan el
cumplimiento de ambos objetivos.
(Ley 20.370)
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
51
1.11 Sea promovida de curso con un porcentaje de asistencia menor al 85% mínimo exigido
según normativa, siempre que sus inasistencias hayan sido debidamente justificadas por:
los médicos tratantes, carné de control de salud y cumpla con los requisitos de promoción
establecidos en el reglamento de evaluación. Se dará flexibilidad en las evaluaciones
garantizando el logro de aprendizajes y objetivos de aprendizaje establecidos en las bases
curriculares respectivas.
1.12 Termine el año escolar anticipadamente, siendo promovida, siempre y cuando cumpla con
la normativa de aprobación que establece el Reglamento de Evaluación del
Establecimiento.
1.13 No se exponga al contacto de materiales nocivos u otras situaciones de riesgo para su
embarazo o lactancia.
1.14 No sea objeto de cambio de establecimiento o expulsión, cancelación de matrícula,
negación de matrícula, suspensión u otra medida similar.
1.15 Su condición no sea causal para cambiarla de jornada de clases o a un curso paralelo,
salvo que ésta manifieste su voluntad expresa de cambio fundada en un certificado
otorgado por un profesional competente.
1.16 Se respete el derecho a participar en organizaciones estudiantiles, así como en cualquier
ceremonia que se realice en la que participen los demás estudiantes.
2. Funciones del Tutor designado: 2.1 Ser un intermediario/nexo entre alumna y profesores de asignatura para organizar la
entrega de materiales de estudio y evaluaciones. 2.2 Supervisar las inasistencias; supervisar e informar a la unidad técnico pedagógica el
cumplimiento de los docentes de las asignaturas. 2.3 Gestionar apoyo pedagógico especial: supervisar en conjunto con Unidad Técnico
Pedagógica entrega de materiales de estudio, entrega de calendario de evaluación alternativo cuando sea necesario y entrega de guías de aprendizaje. Este apoyo se dará mientras que la alumna se ausente por situaciones derivadas del embarazo, parto, post parto, control de niño sano y enfermedades del hijo menor de un año. Acreditando con certificado médico respectivo.
3. En el ámbito de su condición de embarazada o madre
3.1 Haga uso de su derecho a asistir a los controles de embarazo, post- parto y control sano de
su hijo o (a) en el centro de salud familiar o consultorio correspondiente, documentadas por
el médico tratante o matrona.
3.2 Haga uso de los servicios higiénicos, cuantas veces lo requiera, sin tener que reprimirse por
ello.
3.3 Se facilite durante los recreos que la estudiante embarazada pueda utilizar las dependencias
de las bibliotecas u otros espacios del establecimiento, para evitar estrés o posibles
accidentes.
3.4 Haga uso de su derecho a contar con el periodo de alimentación de su hija(o) que pudiera
ser el máximo de una hora, para lo cual podrá salir del colegio en los recreos, o en los horarios
que ella estime conveniente. Este horario deberá ser comunicado formalmente a la dirección
del colegio durante la primera semana de ingreso posterior del parto. Si la estudiante reside
a una distancia, que no le permite alimentar a su hijo(a) en el tiempo estipulado, podrá realizar
una solicitud de forma escrita para continuar el año escolar realizando exámenes libres.
3.5 Las salidas a los controles deben ser avisadas, dejando registros de aquellos en el libro de
retiro que se encuentra en inspectoría general.
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
52
4. DE LOS ADULTOS RESPONSABLES DE LAS ESTUDIANTES EN SITUACIÒN DE
EMBARAZO Y MATERNIDAD.
4.1 La madre, el padre u otro adulto que figure en calidad de apoderado responsable de la estudiante adolescente, será el encargado oficial de informar en el establecimiento educacional que la estudiante se encuentra en esta condición. La Dirección del establecimiento les informará sobre los derechos y obligaciones tanto de la estudiante, como de la familia y del establecimiento educacional.
4.2 El apoderado responsable deberá firmar una “Carta de Compromiso de Acompañamiento al Adolescente”, para que la alumna asista a controles, exámenes médicos y otras instancias que demanden atención de salud, cuidado del embarazo y del hijo/a nacido, que implique la ausencia parcial o total de la estudiante durante la jornada de clases.
4.3 Si la estudiante se ausentara por más de un día, el/la apoderada(a) deberá hacer retiro de materiales de estudio.
4.4 Cuando la estudiante deba ausentarse por razones médicas, de alimentación o enfermedad del recién nacido el apoderado responsable deberá firmar una Carta que Autorice a su hija a retirarse del establecimiento sin la compañía de un adulto.
4.5 Se debe notificar oportunamente al establecimiento educacional de situaciones como: cambio de domicilio, actualización de números telefónicos del apoderado, o si la hija en condición de embarazo y/o maternidad quedará bajo la tutela o responsabilidad de otra persona.
4.6 Trabajadora Social ingresará al Sistema de Registro de Estudiantes Embarazadas de JUNAEB a sus estudiantes en estas condiciones e informará a los padres y/o Apoderados responsables de la estudiante de los beneficios que entrega el MINEDUC para que pueda continuar sus estudios y completar su trayectoria educativa:
5. REDES DE APOYO.
5.1 Apenas te enteres de tu embarazo o tengas síntomas de retraso, debes acudir a tu consultorio;
Ahí te ingresarán al programa chile crece contigo, que es un sistema integral de apoyo a niños
y niñas de primera infancia, desde la gestación hasta que entran a primer nivel de transición
(4 años), aportándote ayudas en tu situación de adolescente embarazada.
5.2 Solicita en tu establecimiento información de JUANEB sobre la beca de apoyo a la retención
escolar (B.A.R.E.) y sobre el programa de apoyo a la retención escolar para embarazada
madres y padres adolescentes. Puedes averiguar tu misma en www.junaeb.cl o al teléfono
(569)59500665.
5.3 Si eres madre o estas embarazada, puedes encontrar información respecto a las edades del
desarrollo de los y las párvulos/es, en la página principal de la junta nacional de jardines
infantiles, JUNJI (www.junji.cl). Tales como PEC "Salas cunas para que estudie Contigo"
5.4 Salas cunas de la red JUNJI.
5.5 Beca de Apoyo a la retención Escolar "BARE", es un aporte económico otorgado por
la JUNAEB, que beneficia a estudiantes con riesgo de deserción escolar por su
condición de embarazo, maternidad y paternidad.
6. RESPECTO DEL CONSEJO ESCOLAR
El Consejo Escolar deberá tener conocimiento del protocolo de retención de estudiantes
embarazada o madres.
Esto será informado en la primera reunión del concejo escolar, apuntado en acta.
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
53
XV. REGULACION DE PROMOCION Y EVALUACION
DISPOSICIONES GENERALES
Articulo 01 Se evaluarán y cuando sea pertinente, se calificarán, los conocimientos, habilidades, actitudes, productos, y en general, todos aquellos elementos susceptibles de ser considerados indicadores relevantes de aprendizaje. Los fines de la evaluación serán; alcanzar los aprendizajes; descubrir los aspectos a mejorar en los procesos de enseñanza-aprendizaje; calificar el nivel de logro de objetivos, conocimientos y habilidades; aportar información para la toma de decisiones y diagnosticar conductas de entrada. Articulo 02 Las estudiantes serán evaluadas en periodos semestrales, de acuerdo a la naturaleza de la asignatura y conforme a la planificación del docente responsable. Articulo 03 El proceso de evaluación, como parte intrínseca de la enseñanza podrá tener un uso: Diagnóstico: Para determinar conductas de entrada. Formativo: como parte del proceso de enseñanza aprendizaje para monitorear y acompañar el aprendizaje de las estudiantes, es decir, cuando la evidencia del desempeño de estas, se obtiene, interpreta y usa por los profesionales de la educación y por las estudiantes para tomar decisiones acerca de los siguientes pasos en el proceso de enseñanza aprendizaje. Sumativo: cuyo objetivo es certificar, generalmente mediante una calificación, los aprendizajes logrados por las estudiantes. Entre los instrumentos que se emplearán para evaluar el logro de aprendizajes se considerará, los siguientes: Pruebas escritas u orales, observación directa, ensayos, informes, mapas conceptuales, proyectos, entrevistas, representaciones, cuestionarios, disertaciones, entre otros. Artículo 04
Los docentes contaran con espacios de trabajo pedagógico quincenal donde puedan discutir
y acordar criterios de evaluación y tipos de evidencia centrales en cada asignatura, de
manera que desarrollen un trabajo colaborativo para promover la mejora continua de la
calidad de sus prácticas evaluativas y de enseñanza de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 6°, 69 y 80 del decreto con fuerza de ley N° 1 de 1996, del Ministerio de Educación;
Artículo 05 Las estudiantes no podrán ser eximidas de ninguna asignatura del plan de estudio, debiendo ser evaluadas en todos los cursos y en todas las asignaturas que dicho plan contenga. No obstante, lo anterior, se implementarán las diversificaciones pertinentes para las actividades de aprendizaje y los procesos de evaluación de las asignaturas en caso de que una estudiante así lo requiera. Asimismo, se realizarán las adecuaciones curriculares
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
54
necesarias, según lo dispuesto en los decretos exentos N°s 83, de 2015 y 170, de 2009, ambos del Ministerio de Educación.
Artículo 06 En caso de que una estudiante por un impedimento físico temporal o de otra índole no pueda rendir una evaluación, se le otorgara un plazo hasta que supere ésta o se buscarán otras alternativas para evaluarla.
DE LA EVALUACION FORMATIVA La evaluación cumple un propósito formativo cuando se utiliza para monitorear y acompañar el aprendizaje de los estudiantes, es decir, cuando la evidencia de su desempeño se obtiene, interpreta y usa por docentes y estudiantes para tomar decisiones acerca de los siguientes pasos para avanzar en el proceso de enseñanza-aprendizaje. (MINEDUC,2018) Artículo 07
LA EVALUACIÓN FORMATIVA pretende articular el proceso de enseñanza-aprendizaje
con el fin de que estudiantes y docentes puedan responder a las siguientes preguntas: ¿hacia
dónde voy? (¿qué objetivo de aprendizaje espero lograr?), ¿dónde estoy ahora? (¿cuán
cerca o lejos me encuentro de lograr ese aprendizaje?) y ¿qué puedo hacer para llegar a
donde tengo que ir? (¿qué pasos tengo que dar para acercarme a ese aprendizaje?).
Para abordar estas preguntas se pueden utilizar estas cuatro estrategias de evaluación
formativa en el aula que, usadas en conjunto y sistemáticamente, dan a la evaluación en la
sala de clases un mayor uso pedagógico. Estas son:
- Compartir los objetivos de aprendizaje y sus criterios de logro.
- Diseñar y realizar actividades que permitan evidenciar el aprendizaje.
- Retroalimentar efectiva y oportunamente.
- Dar oportunidades para la autoevaluación y coevaluación.
(EVALUACIÓN FORMATIVA EN EL AULA, ORIENTACIONES PARA DOCENTES; Unidad de CurrÍculum y Evaluación, Ministerio de Educación) Procedimiento de evaluación formativa: Considerar planificación en reversa. 1) Identificar los resultados deseados: acorde a los valores contemplados en el PEI y que son el sello institucional de nuestro establecimiento, así como también las habilidades y actitudes contempladas en las bases curriculares de cada asignatura. 2) Determinar las evidencias y la evaluación. 3) Planificar las experiencias y la evaluación.
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
55
DE LAS EVALUACIONES
Articulo 08
Respecto de las actividades de evaluación que pudieran llevar o no calificación, incluyendo
las tareas que se envían para realizar fuera de la jornada escolar
- Podrán ser enviadas cuando una estudiante no complete la actividad durante la clase,
para que se terminen en el hogar
- Las tareas deberán ser de carácter formativo (sin calificación), acotadas, evitando que
demanden un tiempo prologado en su realización y cuyo propósito sea el de reforzar
los aprendizajes desarrollados durante la clase, para lo cual deben ser revisadas y
retroalimentadas durante la clase siguiente.
- En cada asignatura se podrá desarrollar un trabajo de investigación semestral
calificado, siempre y cuando corresponda a una investigación o disertación cuyo
objetivo sea profundizar, analizar y reflexionar sobre un tema. Además, se debe
establecer al menos una clase para la elaboración de éste.
- Para este tipo de estrategia, los profesores presentarán previamente, modelos de
ejecución del trabajo y la rúbrica con la cual evaluarán.
Articulo 09 Al comienzo del año lectivo se aplicará una evaluación diagnóstica en las asignaturas lenguaje y matemática, inglés, ciencia e historia, en todos los cursos, cuyos resultados se registrarán en el libro de clases, aplicando una escala de valoración conceptual de los ejes de aprendizaje que aparecen en los estándares de aprendizaje, como Logrado o No Logrado. Las pruebas de diagnóstico de cada asignatura, se realizan al inicio de cada año académico y son calificadas en base a un concepto de Logrado (L) o No Logrado (NL)
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
56
TABLA DE CALIFICACION CONCEPTUAL PRUEBA DE DIAGNOSTICO
Concepto Símbolo Rango calificación numérica
Logrado L Igual o mayor al 60%
No Logrado NL Menor al 60%
Los profesores de las demás asignaturas tendrán la posibilidad de decidir su aplicación. Artículo 09, Inciso 1: Al inicio del año lectivo se desarrollará en todas las asignaturas una Unidad de Enlace o nivelación cuyo fin será retomar los objetivos de aprendizajes del año anterior detectados como más descendidos en la evaluación diagnóstica, y conectarlos con los del nuevo nivel, retroalimentar y reforzar el dominio de los conocimientos de mayor relevancia del nivel precedente para el inicio de un nuevo proceso de aprendizaje a partir de los resultados que reporte la evaluación diagnóstica. Artículo 09, inciso 2 Los resultados de las estudiantes serán informados a los Padres y Apoderados mediante un informe que se obtiene de la plataforma computacional LIRMI, disponible para estos efectos, con las calificaciones obtenidas en relación al logro de Objetivos y Contenidos de cada asignatura, al igual que el Desarrollo Personal y Social, de acuerdo al siguiente calendario:
TIPO DE INFORME MES
Informe de Calificaciones Parciales Mayo
Informe de Calificaciones Parciales Junio
Informe Final de Calificaciones y de Desarrollo Personal y Social del Primer Semestre
Agosto
Informe Calificaciones Parciales septiembre
Informe Calificaciones Parciales Octubre
Informe Calificaciones Parciales Noviembre
Informe Final de Calificaciones y de Desarrollo Personal y Social Anual
Diciembre
Artículo 10 Por su parte la estudiante debe ser informada de la calificación obtenida en una evaluación, incluidos los trabajos de investigación o prácticos, dentro de un plazo de 10 días hábiles a partir de la fecha de su desarrollo. Antes de una nueva evaluación, debe conocer el resultado la calificación obtenida en la evaluación anterior. ACERCA DE LA CALIFICACIÓN DEL PROCESO EVALUATIVO Articulo 11 Las Asignaturas de Religión, Orientación y Consejo de Curso, serán evaluadas con conceptos Muy bueno (MB), Bueno (B), Suficiente (S) e insuficiente (I). no incidiendo en el promedio final anual ni en la promoción de las estudiantes.
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
57
Articulo 12 Los decimales de promedios y ponderaciones deberán ajustarse a la décima, considerando la centésima. Cuando la centésima sea igual o superior a cinco, deberá aumentar la décima en una unidad. En caso contrario la décima permanece sin modificación alguna. Articulo 13 Cada profesor(a) de asignatura incluirá en, al menos una de las evaluaciones del semestre, el proceso de autoevaluación y/o coevaluación, cuyo porcentaje no debe ser superior al 10% de la nota final obtenida. Articulo 14 La escala usada para calificar será de un 60% de exigencia para la aprobación, y la calificación final anual se expresará en una escala numérica de 2.0 a 7.0, empleando hasta un decimal, siendo la calificación mínima de aprobación un 4.0. Articulo 15 La calificación semestral se entenderá como el promedio, ajustado a la décima, de las calificaciones parciales de dicho semestre. La calificación final anual será entendida como el promedio, de las calificaciones semestrales. ajustado a la décima. Articulo 16 La cantidad de calificaciones y las ponderaciones que se utilicen para calcular la calificación final semestral y de final de año de una asignatura de cada curso, deberá ser coherente con la planificación que para dicha asignatura realice el profesional de la educación, incluyendo la determinación de si se realizará o no una evaluación final y en que asignatura. En caso de que la calificación final de la asignatura corresponda a un promedio ponderado, la ponderación máxima de esta evaluación final no podrá ser superior a un 30%. La definición y los ajustes que se estimen necesarios deberán sustentarse en argumentos pedagógicos y se acordarán con el jefe técnico–pedagógico debiendo ser informados con anticipación a las estudiantes. Articulo 76 Con el fin de organizar el trabajo académico de las estudiantes las evaluaciones se calendarizarán al inicio de cada mes, evitando programar más de dos evaluaciones escritas dentro del mismo día. Lo anterior no considera la entrega de trabajos realizados con anterioridad. Articulo 18
Las estudiantes y apoderados deberán conocer y comprender las formas y criterios de
evaluación que se aplicarán, lo cual deberá ser informado mediante el calendario de
evaluaciones que se entrega en las reuniones de apoderados, la primera semana de cada
mes, indicando la fecha, los objetivos y el tipo de instrumento evaluativo que se aplicará, de
la misma forma deberá explicar verbalmente a las estudiantes.
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
58
Articulo 19 Cuando el rendimiento de una estudiante sea insuficiente o se detecte algún problema que pueda interferir negativamente en el desarrollo de su proceso de aprendizaje, el o la profesora de la asignatura deberá entrevistar al apoderado, para que tome conocimiento y buscar en conjunto estrategias para ayudarla a mejorar. Articulo 20 Será obligación del docente que las evaluaciones sean coherentes con las habilidades efectivamente enseñadas, en las clases de su asignatura. Articulo 21 Todo instrumento de evaluación debe ser entregado a la UTP con una semana de anticipación al día de su aplicación para que esta la vice verificando que cumplan con:
a) Formulación explicita de los Objetivos de Aprendizaje. b) Tabla de especificaciones con Nivel Taxonómico de cada ítem. c) Instrucciones que señalen claramente qué acciones se deben desarrollar o cómo debe
proceder la estudiante. d) Explicitación de puntaje asignado a cada ítem. e) Asignación de puntaje coherente con el nivel de complejidad de la pregunta de
acuerdo al nivel taxonómico. f) Número de preguntas cuya significancia permita determinar si el estudiante alcanzó
el logro de un eje, Aprendizaje y/o habilidad. g) Considerar preguntas de desarrollo o argumentación. h) Aspectos formales: Membrete, tamaño de letra, espacios suficientes para preguntas
de desarrollo. DE LA RETROALIMENTACION DE LOS APRENDIZAJES Artículo 22: La retroalimentación debe ser una práctica pedagógica constante y oportuna para asegurar el aprendizaje de las estudiantes. De este modo se debe priorizar que se base en:
Describir lo que se ha logrado y como se puede mejorar
Focalizarse en el trabajo o actividad
Promover que los estudiantes corrijan los errores de manera autónoma
Entregar la retroalimentación en forma oportuna
Usar varias formas de retroalimentación: escrita, oral, individual o grupal
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
59
DE LA PROMOCION DE LAS ESTUDIANTES Articulo 23 En la promoción de las estudiantes de Primero a Octavo año de Enseñanza Básica, se considerarán conjuntamente el logro de los objetivos de aprendizaje de las asignaturas del Plan de Estudio y la asistencia a clases: 1) Respecto del logro de Objetivos serán promovidas las estudiantes que:
a. Hubieren aprobado todas las asignaturas de sus respectivos Planes de Estudio. b. Aquellas estudiantes que reprueben una asignatura de su Plan de Estudios, siempre
y cuando su promedio final anual sea como mínimo un 4.5 (cuatro comas cinco), incluyendo la asignatura no aprobada.
c. Las estudiantes que habiendo reprobado dos asignaturas de su Plan de Estudio,
siempre que su promedio final anual sea como mínimo un 5.0, incluidas las asignaturas no aprobadas.
2) Respecto de la asistencia:
Serán promovidas las estudiantes que tengan un porcentaje igual o superior al 85%
de asistencia a las clases establecidas en el calendario escolar anual.
Para tales efectos, se considerarán como asistencia regular la participación de las
estudiantes en eventos previamente autorizados por el establecimiento, sean
nacionales o internacionales, en el área del deporte, la cultura, la literatura, las
ciencias y las artes.
El o la directora del establecimiento, en conjunto con el jefe técnico-pedagógico
consultando de Consejo de Profesores, podrá autorizar la promoción de estudiantes
con porcentajes menores a la asistencia requerida.
Se exceptuarán de tal requisito las situaciones particulares debidamente justificadas.
La Directora del Establecimiento podrá autorizar la promoción con porcentajes
menores de asistencia.
Articulo 24
Sin perjuicio de lo señalado en el artículo precedente, los establecimientos educacionales, a
través del o la directora y su equipo directivo, deberán analizar la situación de aquellas
estudiantes que no cumplan con los requisitos de promoción antes mencionados o que
presenten una calificación de alguna asignatura que ponga en riesgo la continuidad de su
aprendizaje en el curso siguiente, para que, de manera fundada, se tome la decisión de
promoción o repitencia de estas estudiantes. Dicho análisis deberá ser de carácter
deliberativo, basado en información recogida en distintos momentos y obtenida de diversas
fuentes y considerando la visión del estudiante, su padre, madre o apoderado.
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
60
Esta decisión deberá sustentarse, además, por medio de un informe elaborado por el jefe
técnico - pedagógico, en colaboración con el profesor jefe, otros profesionales de la
educación, y profesionales del establecimiento que hayan participado del proceso de
aprendizaje de la estudiante. El informe, individualmente considerado por cada estudiante,
deberá considerar, a lo menos, los siguientes criterios pedagógicos y socioemocionales:
a) El progreso en el aprendizaje que ha tenido la estudiante durante el año;
b) La magnitud de la brecha entre los aprendizajes logrados por el alumno y los logros de
su grupo
curso, y las consecuencias que ello pudiera tener para Ia continuidad de sus
aprendizajes en el curso superior
c) Consideraciones de orden socioemocional que permitan comprender la
situación de la estudiante y que ayuden a identificar cuál de los dos cursos sería más
adecuado para su bienestar y desarrollo integral.
El contenido del informe a que se refiere el inciso anterior, podrá ser consignado en la hoja
de vida
de la estudiante.
La situación final de promoción o repitencia de las estudiantes deberá quedar resuelta
antes del término de cada ano escolar.
Una vez aprobado un curso, la estudiante no podrá volver a realizarlo, ni aun cuando estos
se desarrollen bajo otra modalidad educativa
Articulo 25
El establecimiento educacional deberá, durante el año escolar siguiente, arbitrar las medidas
necesarias para proveer el acompañamiento pedagógico de las estudiantes que, según lo
dispuesto en el artículo anterior, hayan o no sido promovidos. Estas medidas deberán ser
autorizadas por el padre, madre o apoderado.
Articulo 26
La situación final de promoción de las estudiantes deberá quedar resuelta al término de cada
ano escolar, debiendo el establecimiento educacional, entregar un certificado anual de
estudios que indique las asignaturas del plan de estudios, con las calificaciones obtenidas y
la situación final correspondiente.
El certificado anual de estudios no podrá ser retenido por el establecimiento educacional en
ninguna circunstancia.
El Ministerio de Educación, a través de las oficinas que determine para estos efectos, podrá
expedir los certificados anuales de estudio y los certificados de concentraciones de notas,
cualquiera sea el lugar en que este ubicado el establecimiento educacional donde haya
estudiado. Lo anterior, sin perjuicio de disponer medios electrónicos para su emisión según
lo dispuesto en el artículo 19 de la ley N° 19.880.
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
61
Articulo 27 El rendimiento escolar de una estudiante no será obstáculo para la renovación de su matrícula, y tendrá derecho a repetir curso en el establecimiento a lo menos en una oportunidad, sin que por esa causal le sea cancelada o no renovada su matrícula. ACERCA DE LA INASISTENCIA A LAS EVALUACIONES Articulo 28
a) Cuando una estudiante no asista a una evaluación, el apoderado deberá justificar personalmente en inspectoría, en un plazo no superior a tres días desde la fecha de aplicación esta, presentando certificado médico o las explicaciones pertinentes. Será responsabilidad de la inspectora general informar al profesor/a de la asignatura correspondiente. Cuando existiesen causas que justifiquen dicha inasistencia, el porcentaje de exigencia será del 60%, siempre que el apoderado presente el certificado médico o la excusa correspondiente.
b) De no existir justificación respaldada con certificado médico, la evaluación pendiente se aplicará en un plazo máximo de 10 días hábiles desde la fecha original y tendrá una exigencia del 70%. La nueva fecha será informada previamente, tanto al apoderado como a la estudiante.
ACERCA DE POSIBLES VICIOS EN EL PROCESO DE EVALUACION Artículo 29 Si una estudiante es sorprendida en una actitud deshonesta durante un procedimiento evaluativo, ésta se suspenderá inmediatamente y se procederá de la siguiente manera:
a. Se dejará constancia en la hoja de vida del libro de clases b. Se derivará a inspectoría quien citará al apoderado para informarle. c. Luego se fijará una fecha para aplicar una nueva evaluación fuera del horario normal de
la jornada escolar, y se calificará con una escala del 70% de exigencia. d)
Articulo 30 Si una estudiante es retirada del establecimiento momentos antes de una evaluación, sin presentar certificado médico o una razón que lo justifique, la evaluación se aplicará la clase siguiente con el 70% de exigencia. Artículo 30, Inciso 1: Si un estudiante faltare a dos evaluaciones de la misma asignatura sin causa justificada, el profesor correspondiente citará al apoderado para informar la situación, que de no revertirse, conducirá a que la próxima inasistencia se le evalúe con un 80% de exigencia, dejando constancia de los antecedentes en el libro de clases.
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
62
Articulo 31 Si una estudiante, se niega a rendir una evaluación, será calificada con nota mínima y el profesor deberá llamar a su apoderado para informar de dicho proceso y dejar el registro en el libro de clases. En caso que la estudiante se arrepienta de lo sucedido, durante los dos primeros días a contar del hecho, el profesor/a realizará una interrogación de la materia a evaluar con nota máxima 4.0, en horario que el docente disponga dentro de su jornada.
Articulo 32 Las alumnas que lleguen atrasadas a una evaluación, sin un justificativo, deberán ingresar a su clase y rendir la prueba inmediatamente en el tiempo que resta al asignado a todo el grupo curso, registrando la información en su hoja de vida del libro de clases. ESTUDIANTES QUE INGRESAN AL COLEGIO DURANTE EL AÑO LECTIVO Y DE QUIENES DEBAN AUSENTARSE POR PERIODOS PROLONGADOS Y OTRAS SITUACIONES ESPECIALES. Articulo 33 Las estudiantes que ingresen al Establecimiento durante el primer semestre y que provengan de un régimen trimestral, registrarán las notas del primer trimestre, exceptuando la nota final, como notas parciales. Si la matrícula se realiza al finalizar el primer semestre de este establecimiento, aquellas calificaciones finales del Primer Trimestre del colegio de procedencia, serán consideradas como calificaciones finales del primer semestre. Esto se realizará, siempre y cuando las calificaciones estén debidamente acreditadas. Quienes provengan de un régimen semestral registrarán tales calificaciones, una vez que sean debidamente certificadas, en el semestre que corresponda al momento de efectuarse la matrícula en el colegio. ARTICULO 34 Quienes, proviniendo de un régimen trimestral, se matriculen durante el Segundo semestre, registrarán las calificaciones obtenidas durante el Segundo Trimestre en su anterior colegio como calificaciones parciales del segundo semestre en este colegio. Articulo 35 Los apoderados de estudiantes que deban ausentarse por periodos prolongados o que requieran finalizar su proceso en forma anticipada, deberán solicitar autorización a la Dirección del Establecimiento mediante una petición formal que deberá ser presentada, por escrito, al menos con dos semanas de anticipación al inicio del periodo de ausencia. La solicitud en cuestión será aprobada solo si se cumplen los siguientes criterios: a) Si la causa que motiva la ausencia contribuye a la formación del estudiante, por
ejemplo, becas, participación en eventos culturales o deportivos. b) Si el periodo de ausencia no incide en el logro de los aprendizajes de las asignaturas
que el estudiante cursa en el nivel correspondiente. c) El nivel de logro que el estudiante ha demostrado en los dos últimos semestres sea
meritorio.
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
63
d) Si no existe alguna sanción de carácter normativo. e) El compromiso explícitamente manifestado por parte del apoderado de
responsabilizarse por el cumplimiento de todas las actividades académicas a que diera lugar la ausencia del estudiante (calendario de evaluaciones, reforzamiento, entrega de trabajos, asistencia a tutorías, entre otras.)
DE LA CALIFICACION ANUAL Articulo 36 La calificación anual corresponderá al promedio aritmético de las dos calificaciones semestrales y se expresará con un decimal con aproximación de la centésima según corresponda. Articulo 37 Las estudiantes que obtengan calificación final anual de un 3.9 (tres comas nueve) en cualquier asignatura, sea uno o más y que sea causal de repitencia, serán sometidos a una evaluación adicional que contemplará los objetivos de aprendizajes más relevantes, conforme sea su resultado aprobarán con nota 4.0 (cuatro comas cero) como máximo o mantendrá el 3.9 Articulo 38 Si un estudiante obtiene tres asignaturas con promedio deficiente y dos o las tres de ellas son 3.9, no tendrá opción a ser promovido por no lograr los aprendizajes necesarios. Articulo 39 Cualquier otro caso especial referido al ámbito de la evaluación de las estudiantes será resuelto por el o la Directora en conjunto con el jefe técnico pedagógico. DE LA ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD EDUCATIVA.
El Departamento de Educación Diferencial será el encargado de implementar y ejecutar el
Programa de Integración Escolar bajo la normativa vigente, Decreto Supremo N°170/2009
de Educación Especial. Para ello se regirá por las Orientaciones técnicas proporcionadas
por el MINEDUC.
Artículo 40:
Clasificación de las NEE: El diagnostico de NEE emitido por un profesional competente se
clasificará de la siguiente manera según DS N°170/2009:
-Necesidades Educativas Especiales de carácter Transitorio (NEET): Son dificultades de
aprendizaje que los estudiantes experimentan en algún momento de su vida escolar,
diagnosticadas por profesionales competentes, que demandan al sistema educacional, por
una parte, la provisión de los apoyos y recursos adicionales o extraordinarios por un cierto
periodo de su escolarización, para asegurar el aprendizaje y la participación de estos en el
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
64
proceso educativo, y por otra, del desarrollo de capacidades del profesorado para dar
respuesta educativa de calidad a los diferentes estilos de aprendizaje, ritmos, capacidades
e intereses que presentan los estudiantes.
Se consideran de tipo transitorio los diagnósticos de Dificultades Especificas del Aprendizaje
(DEA), Trastorno Específico del Lenguaje (TEL), Trastorno de Déficit Atencional (TDA) y
Funcionamiento Intelectual Limítrofe (FIL).
-Necesidades educativas especiales de carácter Permanente (NEEP): Son aquellas
barreras para aprender y participar, diagnosticadas por profesionales competentes, que
determinados estudiantes experimentan durante toda su escolaridad y que demandan al
sistema escolar la provisión de apoyos y recursos adicionales o extraordinarios para asegurar
su aprendizaje escolar.
Se consideran de tipo permanente aquellas necesidades que se derivan de una discapacidad
tales como Discapacidad Intelectual, auditiva, visual, motora y trastornos de la comunicación.
- Profesionales Responsables: Los estudiantes que presenten alguna NEE deberán ser
atendidos tanto por el docente de aula común como por la Educadora Diferencial en trabajo
colaborativo.
- Docente de aula común: Será el responsable de planificar el aprendizaje, elaborar los
instrumentos de evaluación, determinar acciones y/o estrategias a implementar en el aula
para la atención a la diversidad.
- Educadora Diferencial: Será responsable de adecuar y flexibilizar el currículum para que
los estudiantes con NEE puedan acceder a él de acuerdo a sus características individuales,
además de planificar el aprendizaje, elaborar instrumentos de evaluación, determinar
acciones y/o estrategias a implementar en el aula, para la atención a la diversidad en
conjunto con el docente de aula común (co-enseñanza).
Articulo 40, inciso 1:
Organización de la Intervención Psicopedagógica:
- N° de Estudiantes atendidos: Por cada curso con PIE, se atenderán 5 estudiantes con
NEE de carácter transitorio y 2 estudiantes con NEE de carácter permanente.
-Intervención en aula común: La Educadora Diferencial hará intervención en el aula común
en las asignaturas de Lenguaje y Comunicación y Matemáticas 4 horas pedagógicas a la
semana por cada asignatura.
- Intervención en aula de recursos: La Educadora Diferencial atenderá 4 horas
pedagógicas a la semana en aula de recursos a los estudiantes con NEE de carácter
permanente.
En el caso de aula de recursos para la atención de las NEE de carácter transitorio, quedará
su obligatoriedad a criterio del Sostenedor del Establecimiento según lo expuesto en el DS
N°170/2009.
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
65
Artículo 40, inciso 2
De estamentos colaboradores.
La labor del Equipo de Aula deberá ser apoyada por los estamentos del Establecimiento con
la finalidad de proporcionar una intervención integral:
- Dirección Académica.
- Unidad Técnico Pedagógica.
- Departamento de Convivencia.
Artículo 41
De la Adecuación Curricular.
Se entenderá como Adaptación Curricular aquella estrategia pedagógica que permite
modificar el currículum respetando las diferencias individuales y ajustándose a las
necesidades de los estudiantes. Se clasificarán del siguiente modo de acuerdo a Decreto N°
83/2015:
- Adaptaciones curriculares de Acceso: Son aquellas que intentan reducir o incluso
eliminar las barreras a la participación, al acceso a la información, expresión y comunicación,
facilitando así el progreso en los aprendizajes curriculares y equiparando las condiciones con
los demás estudiantes, sin disminuir las expectativas de aprendizaje. Afectarán el cómo
enseñar, es decir, metodologías y evaluación. Se asocian a las NEE de carácter transitorio.
- Adaptaciones curriculares en los Objetivos de Aprendizaje: Los objetivos de
aprendizaje expresan las competencias básicas que todo alumno debe alcanzar en el
transcurso de su escolaridad. En consecuencia, deben adoptarse como resultado de un
proceso de evaluación amplio y riguroso y de carácter interdisciplinario. Afectarán el qué
enseñar, es decir, graduación del nivel de complejidad, priorización de objetivos de
aprendizaje y contenidos, temporalización y enriquecimiento del currÍculum. Se asocian a las
NEE de carácter permanente.
Artículo 42
De la Evaluación Diferenciada.
Se entenderá como Evaluación diferenciada aquella herramienta pedagógica consistente en
la aplicación de procedimientos o instrumentos evaluativos apropiados a las características
de los estudiantes con NEE, que tienen como finalidad acceder al currículum para el logro
de Contenidos Mínimos Obligatorios pertinentes al nivel que el/la estudiante esté cursando.
La evaluación diferenciada responderá a lo siguiente:
- Formato de la Evaluación: Tamaño y tipo de fuente, interlineado, espacios para
respuestas, agregar imágenes, calidad de las imágenes adjuntas, etc.
- Modalidad de la Evaluación: La evaluación podrá ser segmentada, es decir, el
estudiante podrá ser evaluado en más de una instancia con el mismo instrumento de ser
necesario; se podrá asignar tiempo adicional de respuesta si el estudiante lo requiere;
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
66
disminuir la cantidad de preguntas por ítem de acuerdo a las características individuales
del estudiante, etc.
- Tipo de Evaluación: Se podrá evaluar un mismo contenido utilizando diferentes
instrumentos o combinándolos, tales como: evaluaciones escritas, interrogaciones,
exposiciones orales y audiovisuales, producción de trabajos complementarios (fichas de
lectura, trabajos de investigación, cuestionarios, etc.).
- Porcentaje de Exigencia: La evaluación diferenciada utilizará siempre una escala de
exigencia al 60%.
Artículo 43, Inciso 1
Para las NEE de carácter permanente, se podrán ajustar los aprendizajes esperados y/o
contenidos mínimos obligatorios de acuerdo a las características individuales de cada
estudiante. Además, se podrán planificar proyectos de aula debidamente justificados, que
apoyen el desarrollo de habilidades para la vida.
Se deberá considerar, además, lo siguiente:
- Las evaluaciones de lenguaje y matemáticas deberán ser enviadas al Dpto. para su
adaptación con 72 horas de anticipación (días hábiles), posterior aprobación del
instrumento de evaluación por la UTP. En las asignaturas restantes, se deberá acordar
los ajustes de las evaluaciones en Consejo técnico de Coordinación de Departamentos.
- Las asignaturas que consignen de 7 calificaciones o más, los estudiantes con NEE de
carácter permanente podrán registrar un mínimo de 5 calificaciones.
- Las asignaturas que consignen de 4 calificaciones hasta 7, los estudiantes con NEE de
carácter permanente podrán registrar un mínimo de 3 calificaciones.
Articulo 44
De La Eximición De Los Estudiantes Con NEE.
Para ningún tipo de NEE se utilizará la eximición, puesto que la normativa vigente orienta a
los Establecimientos con PIE a utilizar y agotar todas las estrategias posibles para el logro
de aprendizajes mínimos y la participación de los estudiantes en todas las asignaturas.
Articulo 45
Del Egreso De Los Estudiantes Con NEE.
- Del Programa de Integración Escolar: El DS N°170/2009 contempla un periodo de dos
años de permanencia en el PIE. Al finalizar dicho proceso se deberá reevaluar al estudiante
y, posteriormente, decidir y justificar su permanencia o egreso del PIE.
Articulo 46
De La Atención De Estudiantes Con NEE en Calidad De Excedente.
El DS N°170/2009 contempla una cantidad máxima de 7 estudiantes por curso adscritos al
PIE (5 con NEET y 2 con NEEP). En el caso de que existieran más estudiantes en un mismo
curso con NEE diagnosticada por algún profesional competente, el Departamento analizará
la posibilidad de que reciba apoyo psicopedagógico. Dicha atención se realizará en calidad
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
67
de “Excedente”, es decir, el estudiante recibirá el mismo apoyo que los que están adscritos
al PIE, pero no se encontrará registrado en la nómina oficial.
Articulo 47 De las Evaluaciones Diferenciadas
A las alumnas con Necesidades Educativas Especiales que están incorporadas al Decreto 170 de Integración (Alumnas con necesidades educativas especiales permanentes y transitorias), se evaluarán en forma diferenciada, ya sea temporal o permanente los subsectores o asignaturas de aprendizaje, que el docente Diferencial Especialista, considere pertinente según los resultados obtenidos en los test realizados.
Para esto se considerarán los siguientes aspectos:
- Modificar o readecuar objetivos y contenidos. Realizar actividades pedagógicas
alternativas.
- Modificar tiempos previstos para el logro de los objetivos.
- Indicar instrumento y forma
Artículo 48 La evaluación diferenciada tendrá una vigencia máxima hasta diciembre del año en curso, pudiendo caducarse en cualquier momento, si la situación que dio origen a la solicitud, ha sido superada o por el contrario el apoderado y la alumna no cumplen con el tratamiento del menor y suspenden por su cuenta.
Artículo 49 A las alumnas que tengan impedimentos para cursar en forma regular una, asignatura o actividad de aprendizaje, se les aplicará Procedimiento de Evaluación Diferenciada, luego de analizar su situación en consejo de profesores, UTP y Directora. Artículo 50. Todas las disposiciones del Reglamento, así como también los mecanismos de resolución de las situaciones especiales mencionadas y las decisiones de cualquier otra especie tomadas en función de estas, no podrán suponer ningún tipo de discriminación arbitraria a los integrantes de la comunidad educativa, conforme a la normativa vigente.
Articulo 51.- Las situaciones de evaluación, calificación y promoción escolar no previstas en el presente Reglamento, serán conocidas y resueltas por el equipo directivo junto al jefe técnico pedagógica. (ULTIMA ACTUALIZACIÓN, MARZO 2020)
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
68
XVI. REGULACIONES SOBRE SALIDAS PEDAGÓGICAS Y GIRAS DE ESTUDIO
Disposiciones generales salidas pedagógicas y giras de estudio. Las salidas pedagógicas y giras de estudio son actividades que organiza y desarrolla la escuela en concordancia con el Proyecto Educativo y tiene como objetivos prioritarios: a. Aumentar el capital cultural de las estudiantes b. Ser una actividad que aporte al proceso de enseñanza-aprendizaje de las estudiantes. c. Promover el contacto de las estudiantes con lugares que constituyen patrimonio cultural o
santuarios de la naturaleza. d. Brindar una experiencia diversa y significativa que aporte al aprendizaje y a la formación personal
de las estudiantes. Las salidas de las estudiantes deberán ser programadas considerando los siguientes aspectos:
Las salidas deben estar enmarcadas en un Proyecto de Aula o Centro de interés, por lo tanto,
son los profesores de asignatura los responsables de su elaboración y presentación a la directora
y unidad técnico pedagógica.
Se formará una comisión integrada por los/as profesores/as jefes de cursos y de asignatura
respectivos para que acompañen a las estudiantes.
Se debe presentar a la directora un proyecto de salida, detallando itinerario, actividades, y
recursos necesarios.
La Dirección se reserva el derecho de aprobar, modificar o rechazar la proposición.
Se Informará con 20 días de anticipación, al sostenedor, los antecedentes y requerimientos
necesarios para dicha actividad, entregando la documentación requerida, fecha, destino,
alojamiento y medio de transporte a utilizar, cometido funcionario si se requiere.
El bus o furgón que trasladará a las estudiantes deberá contar con su documentación al día y los
trámites que exige la SEREMI de transportes.
Cada estudiante deberá contar con la autorización escrita de su apoderado(a), donde estará consignada de manera clara, precisa y oportuna toda la información: lugar, fecha, hora de salida y de regreso, funcionario(a) a cargo de la actividad y la temática de la salida.
En el libro de clases debe registrarse de acuerdo a las siguientes indicaciones: Firma del profesor(a) o profesores(as), Asistencia en el área para subvención, Contenido: “Curso en salida pedagógica.
Si una estudiante no cuenta con la debida autorización no podrá participar de la actividad, ante
lo cual el establecimiento tiene la obligación de adoptar las medidas necesarias para asegurarle
la continuidad del servicio educativo.
El número de adultos responsables deberá ser suficiente, para garantizar la seguridad de las
estudiantes.
Se deben establecer las medidas de seguridad que se adoptarán durante la realización de la
actividad, para lo cual se debe elaborar un documento que señale: organización de las
responsabilidades de los adultos, entrega de una hoja de ruta a la directora, entrega de tarjetas
de identificación a cada estudiante con nombre y número de teléfono celular de él o la docente,
educadora o responsable del grupo, nombre y dirección del establecimiento educacional. Del
mismo modo los padres o adultos que acompañen la actividad también deben portar credencial
con su nombre y apellido.
Una vez que se regrese al establecimiento los adultos responsables deben esperar a cada apoderado para que se lleve a su hija y resolver alguna duda si existiera.
Las salidas pedagógicas serán comunicadas al departamento provincial de Educación respectivo, antes de su realización, por medio de un formulario que dará cuenta de:
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
69
a. Datos del Establecimiento;
b. Datos del Director;
c. Datos de la Actividad: fecha y hora, lugar, niveles o curso(s) participante(s);
d. Datos del Profesor responsable;
e. Autorización de los padres o apoderados firmada;
f. Listado de estudiantes que asistirán a la actividad;
g. Listado de docentes que asistirán a la actividad;
h. Listado de apoderados que asistirán a la actividad;
i. Planificación Técnico Pedagógica;
j. Objetivos transversales de la actividad;
k. Diseño de enseñanza de la actividad que homologa los contenidos curriculares prescritos;
l. Temas transversales que se fortalecerán en la actividad;
m. Datos del transporte en el que van a ser trasladados: conductor, compañía aérea, patente
del vehículo, entre otras;
n. La oportunidad en que el Director del establecimiento levantará el acta del seguro escolar,
para que el estudiante sea beneficiario de dicha atención financiada por el Estado, en caso
que corresponda.
XVII. COMPOSICIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ESCOLAR ARTICULO 1: La constitución, funcionamiento y facultades del Consejos Escolar están establecidos en la Ley Nº 19.979, por lo tanto, se regirá por las normas contenidas en dicha ley. ARTÍCULO 2: En cada establecimiento educacional subvencionado deberá existir un Consejo Escolar, en adelante "el Consejo", el que tendrá carácter informativo, consultivo y propositivo, salvo que el sostenedor decida darle carácter resolutivo ARTICULO 3: El Consejo Escolar estará integrado, a lo menos, por:
a) El Director del establecimiento, quien lo presidirá;
b) El representante legal de la entidad sostenedora o la persona designada por él mediante
documento escrito.
c) Un docente elegido por los profesores del establecimiento educacional y un asistente de la
educación, elegido por sus pares, mediante procedimiento previamente establecido por cada uno
de estos estamentos.
d) El presidente del Centro de Padres y Apoderados,
e) El 7la presidenta del Centro de estudiantes
A petición de cualquier miembro del Consejo, el Director, en su calidad de presidente del mismo,
deberá someter a consideración de este órgano la incorporación de nuevos miembros. Asimismo,
podrá hacerlo por propia iniciativa. El Consejo resolverá sobre esta petición de acuerdo al
procedimiento previamente establecido por dicho órgano.
ARTICULO 4: El Consejo será informado, a lo menos, de las siguientes materias, en las oportunidades y con los requisitos que a continuación se señalan:
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
70
a) Los logros de aprendizaje integral de los alumnos. El director/a del establecimiento educacional deberá informar, a lo menos semestralmente, acerca de los resultados de rendimiento escolar, el proceso y las orientaciones entregadas por la Agencia de Calidad de la Educación en base a los resultados del SIMCE, los estándares de aprendizaje y los Indicadores de Desarrollo personal, obtenidos por su establecimiento educacional. Asimismo, la Agencia de Calidad de la Educación informará a los padres y apoderados, y al Consejo Escolar la categoría en la que han sido ordenados los establecimientos educacionales.
b) Los informes de las visitas de fiscalización de la Superintendencia de Educación respecto del
cumplimiento de la normativa educacional. Esta información será comunicada por el director en la primera sesión del Consejo Escolar luego de realizada la visita.
c) Los informes de las visitas de fiscalización del Ministerio de Educación respecto del
cumplimiento de la Ley Nº 18.962 y del D.F.L. Nº 2 de 1998, del Ministerio de Educación. Esta información será comunicada por el Director en la primera sesión del Consejo luego de realizada la visita;
d) En los establecimientos educacionales subvencionados o que reciban aportes regulares del Estado, el sostenedor entregará, en la primera sesión de cada año, un informe del estado financiero del colegio, pudiendo el Consejo Escolar hacer observaciones y pedir las aclaraciones que estime necesarias. El estado financiero contendrá la información de manera desagregada, según las formas y procedimientos que establezca la Superintendencia de Educación, con especial consideración de las características de cada establecimiento educacional, exigiendo, según sea el caso, la adopción de procedimientos que sean eficientes y proporcionados a la gestión de cada sostenedor y de sus respectivos establecimientos educacionales. Los sostenedores deberán mantener, por un período mínimo de cinco años, a disposición de la Superintendencia de Educación y de la comunidad educativa, a través del Consejo Escolar, el estado anual de resultados que dé cuenta de todos los ingresos y gastos del período.
ARTÍCULO 5°: El Consejo Escolar será consultado, a lo menos, en los siguientes aspectos: a) Del Proyecto Educativo Institucional y sus modificaciones. b) De las metas del establecimiento educacional propuestas en su Plan de Mejoramiento
Educativo (PME), y la manera en que el Consejo Escolar puede contribuir al logro de los objetivos institucionales.
c) Del informe escrito de la gestión educativa del establecimiento educacional que realiza el director anualmente, antes de ser presentado a la comunidad educativa. La evaluación del equipo directivo y las propuestas que haga el director al sostenedor deberán ser dialogadas en esta instancia.
d) Del calendario detallado de la programación anual y las actividades extracurriculares, incluyendo las características específicas de éstas.
e) De la elaboración, modificación y revisión del reglamento interno del establecimiento educacional, sin perjuicio de la aprobación del mismo, si se le hubiese otorgado esa atribución. Con este objeto, el Consejo Escolar organizará una jornada anual de discusión para recabar las observaciones e inquietudes de la comunidad escolar respecto de dicha normativa.
f) Cuando los contratos celebrados para realizar mejoras necesarias o útiles que se proponga llevar a cabo en el establecimiento educacional, sean de infraestructura, equipamiento u otros elementos que sirvan al propósito del Proyecto Educativo superen las 1.000 unidades tributarias mensuales, deberán ser consultadas por escrito al Consejo Escolar.
Respecto de las materias consultadas en las letras d) y e) del inciso precedente, el pronunciamiento
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
71
del Consejo Escolar deberá ser respondido por escrito por el sostenedor o el director, en un plazo de treinta días.
ARTÍCULO 6: Cada Consejo Escolar deberá convocar al menos a cuatro sesiones al año. El quórum de funcionamiento será la mayoría de sus miembros. El director, y en subsidio, el representante legal de la entidad sostenedora del establecimiento educacional, velarán por el funcionamiento regular del Consejo Escolar y porque éste realice, a lo menos, cuatro sesiones en meses distintos de cada año académico. Asimismo, deberán mantener a disposición de los integrantes del Consejo Escolar, los antecedentes necesarios para que éstos puedan participar de manera informada y activa en las materias de su competencia, de conformidad a la ley Nº 19.979. En ningún caso el sostenedor podrá impedir o dificultar la constitución del Consejo Escolar, ni obstaculizar, de cualquier modo, su funcionamiento regular.” ARTÍCULO 7: El sostenedor, en la primera sesión de cada año, deberá manifestar si le otorga facultades decisorias o resolutivas al Consejo y en qué materias o asuntos. La revocación de esta decisión sólo podrá materializarse al inicio del año escolar siguiente y hasta la primera sesión de ese año. En caso contrario se entenderá prorrogada. En caso de que estas facultades se otorguen o se revoquen verbalmente por el sostenedor en la sesión respectiva, se dejará constancia de ello en el acta, sirviendo la misma como suficiente manifestación de voluntad. ARTICULO 8: El Consejo deberá quedar constituido y efectuar su primera sesión a más tardar antes de finalizar el primer trimestre del año escolar. El Director del establecimiento, dentro del plazo antes señalado, deberá convocar a la primera sesión del Consejo, la que tendrá el carácter de constitutiva para todos los efectos legales. La citación a esta sesión deberá realizarse por cualquier medio idóneo que garantice la debida información de los integrantes del Consejo Escolar. Asimismo, deberá enviarse una circular dirigida a toda la comunidad escolar y fijarse a lo menos dos carteles en lugares visibles que contengan la fecha y el lugar de la convocatoria y la circunstancia de tratarse de la sesión constitutiva del Consejo Escolar. Las notificaciones recién aludidas deberán practicarse con una antelación no inferior a diez días hábiles anteriores a la fecha fijada para la sesión constitutiva.” ARTICULO 9: Dentro de un plazo no superior a 10 días hábiles a partir de la fecha de constitución del Consejo, el sostenedor hará llegar a la Superintendencia de Educación una copia del acta constitutiva del Consejo Escolar, la que deberá indicar: a. Identificación del establecimiento;
b. Fecha y lugar de constitución del Consejo;
c. Integración del Consejo Escolar;
d. Funciones informativas, consultivas y otras que hayan quedado establecidas, y
e. Su organización, atribuciones, funcionamiento y periodicidad.
f. Cualquier cambio en los miembros del Consejo deberá ser informado a la Superintendencia
de Educación para la actualización del acta respectiva.
ARTICULO 10: Cada Consejo deberá dictar un REGLAMENTO INTERNO, el que resolverá, en
otros, los siguientes aspectos de funcionamiento:
a) El número de sesiones ordinarias que realizará el Consejo durante el año escolar;
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
72
b) La forma de citación por parte del Director de los miembros del Consejo a las sesiones
tanto ordinarias como extraordinarias. En todo caso, las citaciones a sesiones extraordinarias
serán realizadas por el Director del establecimiento, a petición de una mayoría simple de los
miembros del Consejo o por iniciativa propia;
c) La forma de mantener informada a la comunidad escolar de los asuntos y acuerdo
debatidos en el Consejo;
d) La forma en que se tomarán los acuerdos en el caso que el sostenedor le otorgue facultades
resolutivas;
e) Designación de un Secretario del Consejo y sus funciones, y
f) Las solemnidades que deberá contener el acta de las sesiones del Consejo.
ARTÍCULO 10 bis: En cada sesión, el director deberá realizar una reseña acerca de la marcha
general del establecimiento educacional, procurando abordar cada una de las temáticas que deben
informarse o consultarse al Consejo Escolar. Con todo, podrá acordarse planificar las sesiones del
año para abocarse especialmente a alguna de ellas en cada oportunidad. Deberá referirse, además,
a las resoluciones públicas y de interés general sobre el establecimiento educacional que, a partir de
la última sesión del Consejo Escolar, hubiera emitido la entidad sostenedora de la educación
municipal, si fuera el caso, y el Ministerio de Educación o sus organismos dependientes o
relacionados, tales como la Agencia de Calidad de la Educación, la Superintendencia de Educación
y el Consejo Nacional de Educación.
ARTÍCULO 11: Cualquier incumplimiento de lo señalado en el presente Reglamento, estará afecto al
procedimiento dispuesto en el párrafo 5º del Título III de la ley Nº 20.529.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Artículo 1º transitorio: En los establecimientos con reconocimiento oficial otorgado con anterioridad a la fecha de publicación de este reglamento, los Consejos deberán quedar constituidos antes del inicio del segundo semestre del 2005. Artículo 2º transitorio: Los establecimientos educacionales que cuentan con un reglamento interno vigente antes de la publicación del presente reglamento, deberán ponerlo en conocimiento del Consejo durante el primer año de funcionamiento del mismo.
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
73
XVIII. PLAN DE GESTION DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR
a) OBJETIVOS: Se definen los siguientes objetivos generales y específicos para el Plan de Gestión
de la Convivencia escolar de la comunidad escolar
Objetivos Generales:
- Sensibilizar sobre violencia escolar a todos los miembros de la comunidad educativa: directivos,
docentes, asistentes de la educación, apoderados y estudiantes
- Formar a la comunidad educativa en estrategias y acciones preventivas de la violencia escolar.
- Elaborar y establecer en la comunidad escolar un protocolo de detección y actuación ante casos
de acoso escolar, para abordarlos con las máximas garantías de solución.
- Identificar, prevenir y abordar formativamente el bullying en la comunidad educativa.
Objetivos Específicos:
- Diagnosticar el clima escolar a nivel de todos los estamentos del Centro Educativo.
- Reconocer los síntomas de un posible acoso escolar.
- Establecer pautas a seguir (protocolo) en una situación de acoso escolar.
- Difundir el protocolo de detección y actuación para el acoso escolar entre los docentes,
asistentes de la educación, padres/apoderados y estudiantes.
- Establecer directrices para la coordinación entre los diferentes profesionales que pueden
intervenir en un caso de violencia escolar.
- Intervenir rápida y urgentemente desde que se tenga el conocimiento de acoso escolar con
absoluta discreción y confidencialidad, adoptando medidas de protección.
- Actualizar el Reglamento de Convivencia del establecimiento, que asegure y valide las medidas
establecidas en este Plan de Acción.
- Evaluar los resultados de las acciones emprendidas, reconocer avances y dificultades y definir
nuevas acciones.
b) DESTINATARIOS
Todos los miembros de la comunidad educativa de la escuela Helen Keller Adams, estudiantes,
padres, madres y apoderados, docentes, asistentes de la educación.
c) ÁMBITO DE APLICACIÓN Este Plan de Convivencia está dirigido inicialmente a establecer mejoras en la convivencia entre las estudiantes y aborda el diseño de medidas tanto de prevención como de intervención que requieren la colaboración y el compromiso del resto de los actores de la comunidad educativa; Pretende fundamentalmente incorporar medidas de prevención que sirvan para mejorar la convivencia, así como definir y disponer mecanismos de intervención ante los conflictos o situaciones de crisis que se puedan producir en la escuela.
d) METODOLOGÍA: TÉCNICAS Y ESTRATEGIA A UTILIZAR
La Encarga de Convivencia Escolar, elaborará el Plan de Convivencia el cual contempla las
siguientes etapas:
Sensibilización, difusión y formación de los miembros de la comunidad educativa en acciones de prevención e intervención de la buena y sana convivencia.
Diagnóstico del clima escolar a principios de cada año.
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
74
Protocolos de actuación o intervención que incluirán medidas tutoriales y seguimiento para determinar la efectividad de las acciones ante problemas de convivencia escolar tales como conflicto, acoso o abuso.
Capacitar a distintos miembros de la Comunidad Educativa en resolución de conflictos y mediación
Seguimiento, evaluación y actualización. e) PLANIFICACIÓN DE ACCIONES
i) CON LOS PROFESORES Y ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN
OBJETIVOS ESTRATEGIAS DE INTERVENCIÓN PARTICIPANTES/ INTERVENTORES
1. Formar a los Docentes
y Asistentes de la
Educación en prevención,
resolución pacífica de
conflictos y acoso
sistemático o bullying.
(contratación de ATE)
Capacitar al personal en resolución pacífica de conflictos y prevención del bullying
Difusión del Plan de Gestión de Convivencia escolar.
- Dirección
- Encargado(a) de Convivencia Escolar
- Profesores
- Asistentes de la Educación.
2.Desarrollar jornadas de
reflexión con los docentes
para establecer
lineamientos comunes
que favorezcan un
ambiente escolar
favorable, respetuoso,
inclusivo y solidario al
interior de la sala de
clases.
Medidas de mejora en los cursos Es conveniente que constituyan un referente
metodológico unificado y generalizado para todo el
profesorado.
• Fomentar el aprendizaje cooperativo.
• Reparto equilibrado de responsabilidades y tareas entre
los estudiantes.
• Favorecer la autoestima cuando se detecten situaciones
de infravaloración.
• Crear un clima de confianza aceptando las sugerencias
de los niños/as.
• Rechazar las actividades grupales discriminatorias,
fomentando el compañerismo.
• Establecer normas claras de funcionamiento en el
centro con un planteamiento positivo.
• Fomentar la participación en tareas y responsabilidades
del centro.
• Establecer la figura de un alumno/a mediador dentro del aula que
colabore con el profesor /a o tutor/a en la resolución de incidencias o
conflictos
- Dirección
- Encargado(a) de convivencia Escolar
- Profesores
- Asistentes de la Educación.
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
75
3.Conocer su
percepción acerca de la
convivencia para
detectar los aspectos
que deben ser
mejorados.
- Aplicar encuesta, revisar y tabular la información
recabada para socializar el informe de resultados y
realizar un taller para proponer estrategias que
permitan mejorar la convivencia y compromisos para
contribuir a mejorarla.
- Encargado Convivencia Escolar
- Docentes
4.-Detectar posibles casos
de agresión y/ o violencia
entre pares para realizar a
tiempo intervenciones
evitando que se agraven.
Inspectora, paradocentes y miembros del equipo de
convivencia realizan acompañamientos durante los
recreos en los patios, pasillos y/o baños o durante
actividades de tipo extracurricular, para detectar
conductas de riesgo en materia de convivencia.
Estar atentos e identificar el uso de apodos
ofensivos, detectar a los estudiantes que no
participan en actividades grupales, en salidas
educativas, o que no se relacionan de manera
espontánea y fluida con los demás miembros de la
comunidad e indagar los motivos, del mismo modo,
cuando una estudiante manifieste que es víctima
constante de robos u otras situaciones.
- Encargado
Convivencia
Escolar
- Inspectores
- Paradocente
Identificar las estrategias
que usan los docentes
para manejar los
conflictos dentro del aula,
el manejo de grupal y la
convivencia.
La encargad de convivencia y la psicóloga realizan
acompañamiento al aula con pauta específica y
conversan con los docentes para señalarles los
aspectos que pueden ser mejorados, registrándolo en
la pauta.
Encargado
Convivencia
Escolar
Psicóloga
Realizar plan de
intervención con las
estudiantes que
inasisten a clases para
detectar la razón y
prestar la ayuda
necesaria, buscar apoyo
en las redes que
corresponda, evitando
que esta situación se
prolongue.
Monitorear el ausentismos constante de algunos
estudiantes, mediante llamados telefónicos, entrevista
al apoderado o visita al hogar, puesto que ello puede
ser una señal importante, de un caso de conflicto con
los pares u otro miembro de la Comunidad Educativa.
Encargado
Convivencia
Escolar
Docentes
Trabajadora
Social
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
76
ii) CON LAS ESTUDIANTES
OBJETIVOS ESTRATEGIAS DE INTERVENCIÓN PARTICIPANTES/
INTERVENTORES
1.-Prevenir
situaciones de
violencia escolar,
acoso o bullying
mediante el
fortalecimiento de
habilidades sociales y
personales de las
estudiantes.
Unidades de aprendizaje para orientación que propongan actividades de sensibilización sobre buena y sana convivencia tales como:
- Dramatizaciones, canciones, juego de roles.
- Utilización de diversas técnicas para crear trípticos o afiches que promuevan el buen trato, el respeto, la tolerancia y la sana convivencia escolar, vinculado con la asignatura de arte o religión.
- Debates acerca de temas vinculados con la Buena Convivencia: como la tolerancia, el bullying y la diversidad entre cursos en el subsector de lenguaje u otro.
- Análisis de noticias relacionadas con el tema de la convivencia escolar y 0reparación de afiches con opiniones de las estudiantes al respecto.
- Desarrollar talleres de sensibilización sobre la Integración Escolar en todos los cursos.
- Estudio de casos de la vida real o ficticios.
- Charlas de especialistas (psicóloga)
- Charlas de organismos competentes del estado. (carabineros)
- Fortalecer habilidades sociales y resolución de conflictos.
-Encargado
Convivencia
Escolar.
-Profesores jefes
y de
subsectores.
-Psicóloga.
2.Prevenir problemas
de convivencia entre
las estudiantes.
Aplicar cuestionarios o test de distancia a los estudiantes de 3° a 8º año para detectar preconcepciones de intimidación y maltrato entre iguales y realizar las intervenciones pertinentes..
iii) CON LOS PADRES
OBJETIVOS ESTRATEGIAS DE INTERVENCIÓN PARTICIPANTES/
INTERVENTORES
1.- Sensibilizar y
difundir entre los
Padres y Apoderados la
buena y sana
convivencia y
reflexionar acerca de
su rol principal y
protagónico en la
formación y de sus
hijas respecto del
manejo de las
relaciones sociales con
otros.
Desarrollo unidades de Habilidades Parentales” para
sensibilizar y difundir entre los apoderados(as) los temas como:
- Política Nacional de Convivencia escolar: rol de los padres.
- La familia como promotora del respeto de los hijos hacia los
miembros de la comunidad educativa.
- Encargado
Convivencia
Escolar
- Profesores
jefes
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
77
2.- Analizar protocolos
de actuación ante
situaciones de evidente
agresión o abuso
escolar para su
conocimiento y
aplicación oportuna.
Análisis protocolo de actuación ante situaciones concretas
de agresión, acoso o abuso escolar
- Encargado
Convivencia
Escolar
- Profesores
jefes
- Familia
- Estudiantes
Descripción de los hechos que constituyen faltas a la buena convivencia escolar, medidas
disciplinarias y procedimientos
Procedimientos de gestión colaborativa de conflictos
Estrategias de prevención y protocolos de actuación frente a situaciones de maltrato o
acoso escolar o violencia entre miembros de la comunidad educativa
Regulaciones relativas a la existencia y funcionamiento de instancias de participación y los
mecanismos de coordinación entre estas y los establecimientos.
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
78
ANEXOS
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
79
ANEXO 1
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A SITUACIONES DE VIOLENCIA, VERBAL O
FÍSICA, SUFRIDAS POR UN(A) FUNCIONARIO(A) O TRABAJADOR(A) CON DESEMPEÑO EN ALGUNA DEPENDENCIA, ANEXO O ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL DEPENDIENTE DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE EDUCACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD DE HUALPÉN.
OBJETIVO GENERAL: El presente protocolo tiene como finalidad establecer un marco de acción ante situaciones de violencia, verbal o física sufrida por un(a) funcionario(a) o trabajador(a) dependiente de la Dirección de Administración de Educación de la Municipalidad de Hualpén, por parte de algún integrante de la comunidad educativa o un tercero en las dependencias en las que presta sus funciones. OBJETIVOS ESPECÍFICOS. Es deber de la autoridad contribuir a disminuir la percepción de inseguridad, de los(as) funcionarios(as) o trabajadores(as) dentro de los establecimientos en los que laboran o en las dependencias o locaciones en que les corresponda prestar sus servicios, estableciendo medidas y protocolos que garanticen su seguridad y salud. PROTOCOLO 1. El presente protocolo de actuación debe ser divulgado entre los(as) funcionarios(as) y/o
trabajadores(as) de todas las dependencias, unidades, anexos y establecimientos educacionales dependientes o bajo la administración de la Dirección de Administración de Educación de la Municipalidad de Hualpén, especial apoyo y compromiso deben desplegar los mandos intermedios para su aplicación y concreción.
2. Sin perjuicio de la aplicación del protocolo de actuación, es necesario que la administración
implemente las siguientes Medidas de Seguridad en las dependencias, unidades, anexos y establecimientos educacionales dependientes o bajo la administración de la Dirección de Administración de Educación de la Municipalidad de Hualpén
a) Pasivas:
Implementación de cámaras de vigilancia, debidamente señalizadas, en los espacios
laborales, y sus entornos, garantizando la confidencialidad e intimidad tanto de los(as)
funcionarios(as) y/o trabajadores(as), así como de los usuarios y miembros de la
comunidad educativa en general.
En actividades que se consideren de riesgo potencial tanto de los(as) funcionarios(as) y/o
trabajadores(as), hacerse acompañar de un par.
b) Activas:
Establecer procedimientos eficaces de comunicación y colaboración con las fuerzas
policiales, del sector, a través de la coordinación de actuaciones concretas y definidas.
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
80
ANEXO 2
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE SITUACIONES DE VIOLENCIA ACTUACIÓN FRENTE AGRESIONES, FÍSICAS. Recomendaciones Generales:
- No contestar la agresión
- Retirarse del lugar de peligro
- Reportar la agresión en formulario respectivo
PASO 1: PRIMERA ACTUACIÓN. 1.1.- Ante cualquier acción de terceros que signifique un atentado contra la vida o la integridad corporal, posible intimidación o amenazas, el(la) funcionario(a) y/o trabajador(a) afectado(a) debe mantener la calma y debe solicitar ayuda en forma inmediata. El auxilio y presencia de los compañeros, compañeras u otras personas cercanas servirá en un primer momento para contener y/o acabar con la situación de violencia. Además, que puedan actuar como testigos de los hechos si ello fuera necesario. 1.2.- Luego deberá informar de inmediato de manera verbal, al Director, Inspector General o al Encargado de Convivencia del establecimiento educacional o Director del DAEM, en su caso. 1.3.- Director, Inspector General, o Encargado de Convivencia del establecimiento educacional o Director del DAEM deberá informar de manera inmediata a Carabineros de Chile y/o Policía de Investigaciones de Chile para que se hagan presentes en el establecimiento. 1.4.- En caso que el funcionario afectado presente lesiones se llamará al SAMU, o al Organismo Administrador de Ley N° 16.744, y será trasladado a un servicio de urgencias particular para realizar la constatación del tipo de lesiones. El funcionario afectado deberá ser acompañado por un miembro del Equipo Directivo, Convivencia Escolar u otro funcionario, quien deberá ayudar a la persona en lo que se requiera y también dar aviso a la familia del funcionario. 1.5.- Una vez que el funcionario sea derivado a la atención de salud, inmediatamente se informará vía telefónica u otro medio a Director de DAEM, quien remitirá la información a unidad jurídica para hacer la denuncia ante el tribunal respectivo, ya sea por el abogado(a) y/o directamente por el (la) Alcalde (sa) en un plazo máximo de 24 horas. PASO 2: SEGUNDA ACTUACIÓN. 2.1.- Al funcionario afectado se le solicitará que complete formulario, informando por escrito de los hechos, si es que se encuentra en condiciones de salud físicas o psicológicas de hacerlo, en un plazo de 24 horas. Individualizándose él y a su agresor(es), entregándolo al Director del establecimiento educacional, anexo o dependencia del DAEM. 2.2.- De no ser posible que el funcionario confeccione el formulario, lo realizará el Director, Inspector General o Encargada de Convivencia, jefe de personal, o al Comité Paritario respectivo, el cual deberá ser remitido, vía correo electrónico al Director DAEM, también en un plazo de 24 horas, desde ocurridos los hechos y luego enviarlo por oficio o entregarlo de forma personal al Director DAEM, para asegurar la recepción de la documentación. El Departamento de Personal derivará los antecedentes a los encargados de prevención de riegos para tramitación de subsidios y elaboración de planes de intervención.
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
81
PASO 3: TERCERA ACTUACIÓN. 3.1.- El Director del DAEM, una vez recepcionados los antecedentes documentales, los derivará a la unidad jurídica del DAEM para su evaluación y ponderación. Dicha unidad dispone de 24 horas para emitir informe respecto de dichos antecedentes, salvo que requiera de otras diligencias para clarificar lo sucedido, debiendo solicitarlos a la brevedad posible. Permitiendo con ello hacer un acompañamiento legal al funcionario afectado lo más óptimo posible. PASO 4: CONTACTO CON EL TRABAJADOR AGREDIDO. Una vez tomado conocimiento de los hechos relatados, la Dirección de Educación Municipal, atendidos la gravedad de los hechos, se comunicará vía telefónica o correo electrónico con el trabajador afectado para entregarle su apoyo e informarle de las medidas que se tomarán frente a la situación. Frente a una amenaza directa al trabajador, se deberá brindar protección en horarios de salida o entrada al lugar de trabajo y mientras dure la investigación del hecho, prohibir el ingreso del agresor al establecimiento educacional. PASO 5: OTRAS MEDIDAS. Diseño e implementación por parte del Organismo Administrador de Ley N° 16.744 de plan de intervención y apoyo al trabajador agredido y a sus compañeros de trabajo. La encargada de convivencia escolar debe realizar un trabajo de reflexión y prevención con la comunidad, posterior al hecho ocurrido. EN CASO DE AMENAZA O AGRESIÓN VERBAL O PSICOLOGICA 1.1. Ante cualquier acción de terceros que signifique un menoscabo a su integridad emocional y psicológica, posible intimidación o amenazas, el(la) funcionario(a) y/o trabajador(a) afectado(a) debe tratar de mantener la calma y debe reportar inmediatamente la agresión. El auxilio y presencia de los compañeros, compañeras u otras personas cercanas servirá en un primer momento para contener y/o acabar con la situación de violencia. Además, que puedan actuar como testigos de los dichos si ello fuera necesario. 1.2.- Deberá informar de inmediato de manera verbal, al Director, Inspector General o al Encargado de Convivencia del establecimiento educacional o Director del DAEM, en su caso. 1.3.- Director, Inspector General, o Encargado de Convivencia del establecimiento educacional o Director del DAEM se encargará de llamar a la víctima para obtener el relato de lo sucedido. Posterior a ello, se pedirá al/la parte agresor/a que se presente para dar su versión de los hechos. 1.4.- Dirección en conjunto a Convivencia Escolar realizarán una mediación de ser posible, siempre y cuando ambas partes estén de acuerdo con llevar a cabo este paso. De no ser así, se solicitará a DAEM que interceda en el caso para abrir paso a las medidas que se puedan tomar en pos de la protección de la víctima. Si ambas partes acceden a una mediación, se realizará con la psicóloga del establecimiento educacional y se determinarán las soluciones y sanciones, según sea el caso. Se deben considerar los mismos pasos de en caso de agresión Física (2, 3, 4, 5)
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
82
FORMULARIO DE NOTIFICACIÓN DE SITUACIONES DE VIOLENCIA VERBAL O FÍSICA. NOMBRE DEL(A) FUNCIONARIO(A) Y TRABAJADOR(A) …………………………………………………………………………………………………………….. ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL O LUGAR EN QUE ÉSTA SE PRODUJO ……………………………………………………………..……………………………………………… FECHA ………………………………………………………………………………… HORA ……… TIPO DE AGRESIÓN ……………………………………………………………………………………………………………... LESIONES (SI/NO) ………………………………………. DAÑO MATERIAL (SI/NO)…………….. DESCRIPCIÓN DEL EVENTO ……………………………………………………………………………………………………………………………
……………………………………………………………………………………………………………………………
……………………………………………………………………………………………………………………………
FECHA ………………………………… _____________________________________
NOMBRE, RUT y FIRMA
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
83
ANEXO 3
PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN FRENTE PORTE Y USO DE ARMAS DEFINICIÓN: Medio que utiliza una persona para conseguir un fin determinado, especialmente el que utiliza para atacar a otras personas o defenderse de ellas. En cuanto al porte de armas, se entenderá cuando la persona que, sin permiso, autoridad competente; fabrique, transporte, almacene, distribuya, venda, suministre, repare o porte arma de fuego, blanca, municiones o explosivos. TIPOLOGÍA 1.- Arma “blanca” o “corto punzante”: Es aquella arma o herramienta que se caracteriza por su capacidad de cortar, herir o punzar mediante bordes afilados o puntiagudos. 2.- Arma de “fuego”: El arma de fuego es un dispositivo destinado a propulsar uno o múltiples proyectiles mediante la presión generada por la combustión de un propelente. Dentro de esta definición también se incluyen las armas hechizas, así como a las de fantasía, como fogueo y otras similares. También abarca a las municiones y balas no percutidas. 3.- Otros. Los explosivos y otros artefactos de similar naturaleza de uso industrial, minero u otro uso legítimo que requiera de autorización, sus partes, dispositivos y piezas, para incluyendo los detonadores y otros elementos semejantes o que sirven de base para la elaboración de municiones, proyectiles, misiles o cohetes, bombas, cartuchos y los elementos lacrimógenos o de efecto fisiológico; los fuegos artificiales, artículos pirotécnicos y otros artefactos de similar naturaleza, sus partes, dispositivos y piezas. Las instalaciones destinadas a la fabricación, armaduría, prueba almacenamiento o depósito de estos elementos, y las armas basadas en pulsaciones eléctricas, tales como los bastones eléctricos o de electroshock y otros similares. MARCO LEGISLATIVO De acuerdo a la normativa legal, el uso de las armas está tratado en el código penal y en la ley de control de armas cuyo texto refundido está en el decreto supremo N° 400 del Ministerio de Defensa del año 1978. En todo establecimiento educacional está prohibido portar todo tipo de armas (blancas y/ o de fuego), instrumentos utensilios objetivos cortantes punzantes o contundentes ya sean genuinos o con apariencia de ser reales aun cuando no se haya hecho uso de ellos. El protocolo de acción frente al porte y uso de armas de cualquier tipo se encuentra vigente en la legislación de Chile establecido principalmente en la ley N° 17,798 y en el decreto N° 400 del Ministerio de Defensa, ley N° 20,014, ley N° 20,061, ley N° 20,226, ley N° 20,813. PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN FRENTE A UN ARMA 1.- La persona que detecte a un integrante de la comunidad educativa portando un arma deberá informar de forma inmediata a la dirección o inspectoría general. 2.- Inspectoría general deberá llamar a PDI o Carabineros y al apoderado (en caso de ser estudiante) solicitando que se relata los hechos y se haga entrega del arma. En caso de que quien porte el alarma sea un funcionario, debe ser PDI o Carabineros que active protocolos externos aporte ilegal de armas. 3.- En caso de existir algún lesionado o herido, solicitar apoyo médico a sistema de salud pública, bomberos o apoyo de cualquier otra índole pertinente en forma inmediata. 4.- Inspectoría general deberá informar a profesores asistentes de la educación sobre los hechos ocurridos. 5.- Se deberá levantar un acta donde conste en forma breve los hechos ocurridos indicando la fecha y hora. 6.- Si la persona que porta el arma es un estudiante se deberá aplicar el reglamento de convivencia.
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
84
ANEXO 4
PROTOCOLO DE PREVENCIÓN DEL CONSUMO DE DROGAS, ALCOHOL Y TABACO
I. Definiciones
6. Droga: Es toda sustancia que introducida en un organismo vivo por cualquier vía (inhalación,
ingestión, intramuscular, endovenosa), es capaz de actuar sobre el sistema nervioso central,
Provocando una alteración física y/o psicológica, promoviendo experimentación de nuevas
sensaciones o la modificación de un estado psíquico, es decir, capaz de cambiar el
comportamiento de la persona, y que posee la capacidad de generar dependencia y tolerancia
en sus consumidores.
7. Alcohol: Es una droga de tipo depresores del sistema nervioso central, que reduce la
capacidad de la persona para pensar en forma racional y distorsiona su capacidad de juicio.
8. Tabaco: Es una droga de tipo estimulante considerada una de las sustancias más adictivas y
nocivas, consumida principalmente en forma de cigarrillos a través de la inhalación de su
humo.
II. Tipología.
Drogas.
Alucinógenos.
Depresores.
Estimulantes.
Opiáceos.
Tranquilizantes.
Somníferos.
Alcohol.
Tabaco.
III. Marco Legislativo. a) Drogas ilegales: No está permitido el consumo, venta ni posesión de cualquier tipo de sustancia
considerada como aprobar la ley 20,000, dentro del establecimiento, fuera de él y en aquellas
actividades que sean organizados o auspiciados por este.
b) Psicofármacos: No está permitido el consumo, venta ni posición de psicofármacos dentro del
establecimiento ni fuera de él, en aquellas actividades que sean organizadas dos viciados por
este exceptuando a las personas, que por tratamiento médico controlado (con receta), tenga que
ingerir alguna sustancia de este tipo en el liceo para su salud esta situación se debe informar en
Inspectoría General.
c) Alcohol: No está permitido el consumo, venta ni posesión del alcohol dentro del establecimiento,
así como el ingreso al establecimiento bajo la influencia del alcohol.
d) Tabaco: No está permitido el consumo, venta ni posesión de tabaco, en el colegio, bajo ninguna
condición y en ninguna actividad según lo establecido por la Ley 20.660 del 31 de Enero de 2013.
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
85
Infracciones a la Ley Penal:
El artículo N°1: describe a quienes comenten este delito: “Los que elaboren, fabriquen, transformen,
preparen o extraigan sustancias o drogas estupefacientes o psicotrópicas productoras de
dependencia física o psíquica capaces de provocar graves efectos tóxicos o daños considerables a
la Salud si la debida autorización. Incurren instrumentos materiales o equipos comúnmente
destinados para elaboración, fabricación, preparación, transformación o extracción de las sustancias
o drogas a qué se refieren los incisos anteriores.
El artículo N°2: menciona como delito: La producción, fabricación, elaboración, distribución,
transporte, comercialización, importación, exportación, posesión o tenencia de precursores o de
sustancias químicas esenciales, con el objetivo de destinarlos a la preparación de drogas
estupefacientes o sustancias psicotrópicas para perpetrar dentro o fuera del país.
Artículo N° 3: el que, sin la competente autorización posea, transporte, guarde o por te consigo
pequeñas cantidades de sustancias o drogas estupefacientes o psicotrópicas, productoras de
dependencia física o psíquica, o de materias primas que sirvan para obtenerlas.
De acuerdo al artículo N° 5 comete delito el que suministre a menores de 18 años de edad, a cualquier
título, productos que contengan hidrocarburos aromáticos, tales como benceno tolueno u otras,
sustancias similares.
El artículo N° 12 menciona claramente que quienes encuentren a cualquier título a cargo de un
establecimiento de comercio cine hotel restaurante bar centro de baile o Música recinto deportivo
establecimiento educacional de cualquier nivel otros abiertos al público y tolere o permita el tráfico o
consumo de alguna de las sustancias mencionadas en el artículo uno será castigado con presidio
menor en sus grados medio máximo y multa de 40 a 200 U tributarias mensuales.
De acuerdo al artículo N° 29 el colegio no se puede negar a resistir a entregar información,
documentos informes o antecedentes al Ministerio Público si éste lo solicitase en caso de algún tipo
de investigación.
El artículo N° 50 hace referencia a que cometen falta toda persona que consume algún tipo de drogas
o sustancias estupefacientes o psicotrópicas en lugares públicos o establecimientos educacionales.
En cuanto a las penas para menores de 18 años, el artículo N° 53 refiere menor de 18 años el que
será puesto a disposición del juez de menores, correspondiente el juez prescindiendo de la
declaración de haber obrado o no con discernimiento respecto del que tuviere más de 16 años, podrá
imponer al menor alguna de las medidas establecidas en la ley N° 16,618 o de las siguientes según
se estime más apropiado para su rehabilitación.
A) Asistencia obligatoria a programas de prevención.
b) Participación del niño o adolescente expreso de éste, en actividades determinadas a beneficio de
la comunidad.
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
86
PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN ANTE CONSUMO DE DROGAS Y ALCOHOL
Cualquier funcionario del establecimiento que sorprenda a un alumno o alumna consumiendo
cualquier tipo de drogas o alcohol en alguna de las dependencias del establecimiento debe seguir el
siguiente protocolo:
Comunicar la situación acontecida de forma inmediata la Dirección, como también la inspectoría
general y derivar la dupla psicosocial.
La dupla psicosocial realiza entrevista con los involucrados.
Contactar e informar al apoderado o adulto responsable de la situación, refiriéndole las acciones
que el Liceo ha debido realizar.
Inspectoría General aplicará el reglamento de convivencia escolar (sanciones las cuales se
deben indagar sobre la gravedad del hecho para determinar apoyos y derivaciones).
levantar acta de los hechos ocurridos y de las acciones adoptadas.
Seguimiento del caso por parte del equipo social.
Resguardo de la confidencialidad.
PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN ANTE MICROTRÁFICO EN EL COLEGIO
Es responsabilidad de la Dirección denunciar el microtráfico de drogas al interior del
establecimiento a policía de investigaciones (PDI) o Carabineros de Chile, ya que cuenta con
la responsabilidad penal específica toda persona a cargo de una comunidad educativa.
También es responsabilidad de todo funcionario del establecimiento entregar la información
pertinente con la que cuente acerca de la tenencia o tráfico de drogas a Dirección.
La denuncia debe contener la siguiente información: identificación del denunciante, domicilio,
narración del hecho, designación de que lo hubiese cometido, designación de las personas
que lo hubieren presenciado.
En el caso que los hechos hubiesen sido cometidos por un estudiante menor de 14 años que
cuenta con la calidad de un inimputable, se debe proceder la solicitud de la medida de
protección en el tribunal de familia.
En el caso que los hechos hubiesen sido cometidos por un estudiante mayor de 14 años y
menor a 18 años, en calidad de imputable, se debe proceder a la denuncia en Fiscalía.
Los hechos deben ser comunicados de forma inmediata a los padres y/o apoderados del
estudiante.
Seguimiento del caso por parte del equipo social aplicando medidas preventivas por senda
previene a los demás estudiantes del establecimiento.
Resguardo de la confidencialidad.
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
87
ANEXO 5
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE SOSPECHA Y/O CONFIRMACIÓN DE CYBERBULLYING
Definiciones:
ACOSO ESCOLAR de acuerdo a la Ley N°20.536 (artículo 16 B): sobre Violencia escolar,
“Conducta de persecución física y/o psicológica que realiza un alumno o alumna contra otro, al que
escoge como víctima de repetidos ataques. Esta acción, negativa e intencionada, sitúa a la víctima
en una posición de la que difícilmente puede escapar por sus propios medios. La continuidad de
estas relaciones provoca en las víctimas efectos claramente negativos: ansiedad, descenso de la
autoestima, y cuadros depresivos, que dificultan su integración en el medio escolar y el desarrollo
normal de los aprendizajes”. (Olweus Dan, 1983)
CYBERBULLYING
Se entenderá como cirberbullying a toda acción de acoso ejercida entre pares, que se realiza a
través de medios tecnológicos como por ejemplo el teléfono móvil y las distintas redes sociales,
como Facebook y Whatsapp donde se incluyen conductas como insultos, vejaciones, amenazas o
chantajes. Suele producirse en el ámbito escolar, y, a diferencia del acoso tradicional, supone un
plus de gravedad debido a la amplia exposición que alcanza a través de Internet. Esta gravedad
afecta de modo especial a la víctima del cíberbullying, pero también a los autores del mismo, ya que
todos sus actos quedan registrados, tanto en los propios dispositivos, como en las mismas redes
sociales, lo que constituye una prueba clara y suficiente para dar cuenta de esta acción.
Este tipo de acoso, para que se constituya como tal, debe ser reiterado y continuado en el tiempo.
De hecho, el menor que es víctima de este acoso suele acudir a sus padres en busca de ayuda,
pero esto, según diversos estudios, sucede después de un extenso periodo de tiempo en que el
menor ha estado siendo objeto del mismo. Esto implica que durante todo este tiempo ha estado
sufriendo las consecuencias psicológicas derivadas, que pasan por los estados de: depresión,
ansiedad, falta de autoestima, miedo, soledad y aislamiento.
1. DEL MODO DE ACTUACIÓN
Cuando en el Colegio se detecta un caso de ciberbullying referido por un estudiante, padre, madre y/o apoderado o cualquier persona que así lo denuncie, se deberá activar el siguiente Protocolo:
1. El integrante de la Comunidad Educativa que recibe la denuncia deberá entregar los
antecedentes con la Encargada de Convivencia Escolar y/o con las profesionales parte del
Equipo de Convivencia, quienes a su vez informaran, a la brevedad posible, a la Encargada de
Convivencia Escolar.
2. Encargada de Convivencia realizará entrevista personal a la estudiante identificada como
“víctima”, durante el mismo día y/o en su defecto, a la brevedad posible, para recoger los
antecedentes necesarios que permitan identificar este tipo de acoso. (copias de evidencias, tales
como, pantallazos almacenados y/o impresos).
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
88
3. Se aplicará Cuestionario de “A mí me sucede que”, para recoger mayor información de parte de
la alumna afectada.
4. La encargada de Convivencia Escolar entrevistará a los actores claves (testigos y agresores)
con el propósito de establecer los hechos y elaborar informe concluyente. También analizará y
sancionará los hechos de acuerdo a lo establecido en el Manual de Convivencia Escolar del
establecimiento.
5. La encargada de Convivencia Escolar junto al profesor jefe, coordinarán entrevista con los
apoderados de la o las victimarias y víctima, a la brevedad posible, con la finalidad de informar
sobre situación en la que se han visto envueltas sus hijas.
6. La encargada de Convivencia Escolar diseña, aplica y controla, junto a su equipo de trabajo, las
acciones de seguimiento tanto a la posible víctima de ciberbullying como a la (s) posible (s)
agresora (s) a través del Plan de Intervención (Plan que deberá contener tiempo estimado para
su desarrollo, los distintos actores involucrados para favorecer el proceso de aprendizaje de
ambas partes y la forma en que establecerán los acuerdos con los apoderados, intervención
curso, empoderamiento de la familia para establecer una red de protección para la estudiante
identificada como víctima, etc.) . Además de efectuar las reuniones necesarias con los Profesores
que le hacen clase al curso y Profesor Jefe para informar de la situación y los pasos realizados.
Por último, promueve instancias de conciliación, mediación y reparación moral y material
del daño causado.
ANEXO 6
PROTOCOLO FRENTE CONDUCTAS AUTODESTRUCTIVAS Y/O INTENTO DE SUICIDIO
¿Qué es la conducta suicida?
Las conductas suicidas abarcan un amplio espectro de conductas, conocido también como
suicidalidad, que van desde la ideación suicida, la elaboración de un plan, la obtención de
los medios para hacerlo, hasta el acto consumado (MINSAL, 2013; Organización Panamericana de
la Salud & Organización Mundial de la Salud, 2014). Es fundamental considerar el riesgo que cada
una de estas manifestaciones conlleva pues todas estas conductas tienen un factor común
que es urgente acoger y atender: un profundo dolor y malestar psicológico que impide
continuar con la vida y del cual ni se visualizan alternativas de salida o solución (OMS,
2001). En estas conductas puede existir una clara y consciente intención de acabar con la
vida, aunque no necesariamente siempre ocurre así. En algunos casos también puede
suceder que esté presente una alta ambivalencia con una mezcla de sentimientos en torno
a cometer el acto. De todas formas, la mayoría de las veces no existirán deseos de morir,
sino que el sentimiento de no ser capaz de tolerar estar vivo (OMS, 2000). Por esta razón es
importante clarificar que la intencionalidad de las conductas suicidas puede ser altamente
dinámica e inestable, pudiendo estar presente en un momento para luego ya no estar en otro
(Barros et al., 2017; Fowler, 2012; Morales et al., 2017).
ESCUELA HELEN KELLER ADAMS D-466 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN EDUCACIONAL MUNICIPAL
89
Frente conductas Autodestructivas y/o Intento de Suicidio dentro del establecimiento: 1. Ante toda sospecha y/o constatación de autolesión que presente una alumna en el
establecimiento, se deberá informar al departamento de Convivencia Escolar, quienes gestionarán la toma de medidas inmediatas para resguardar la integridad de la estudiante. La evaluación de la severidad del riesgo y la derivación al centro de salud correspondiente será realizada por la Dupla Psicosocial. En caso de no encontrarse presentes en el establecimiento, corresponderá a la Encargada de Convivencia determinar dicha situación.
2. De ser necesario se trasladará inmediatamente a la Asistencia Pública (Hospital Higueras) acompañada por cualquiera de las profesionales del Equipo de Convivencia escolar y/o un funcionario del establecimiento.
3. De acuerdo a lo anterior, en forma paralela al traslado de la estudiante, una profesional
del Equipo de Convivencia dará aviso al apoderado para informarle de lo sucedido, y solicitar que, en la medida de lo posible, nos mantenga informados de la situación.
4. Encargada de Convivencia realizará el registro de lo acontecido, en la Hoja de Vida de
la estudiante.
5. Encargada de Convivencia Escolar, en conjunto con dupla psicosocial elaboraran Plan de Intervención específico para realizar el seguimiento respectivo, en apoyo a la alumna. Plan que deberá contener tiempo estimado para su desarrollo, los distintos actores involucrados para su proceso de aprendizaje y la forma en que se empoderará a la familia para establecer una red de protección para la estudiante, la gestión de apoyos y evaluación diferenciada en respuesta a las necesidades educativas especiales derivadas de la situación de riesgo, establecer un proceso de derivación rápido y eficiente mediante correo electrónico a referentes previamente definidos en cada CESFAM, para lograr una rápida hora de atención para la estudiante.