DERECHO CONSTITUCIONAL
ESCUELA:
NOMBRES:
Escuela de Ciencias Jurídicas
Dra. Liliana Correa Quezada
BIMESTRE: Primer
Objetivos de la materia Derecho Constitucional
• Analizar el concepto, origen, desarrollo, objeto y fin del constitucionalismo.
• Identificar la importancia de las relaciones entre Estado, sociedad e individuo, el poder constituyente y la democracia.
• Comparar fuentes doctrinarias y positivas del Derecho Constitucional.
• Comprender el concepto y alcance del término Constitución.
• Comprender la supremacía constitucional.
Unidad 1: Constitucionalismo y Estado de Derecho
Conquistas de la
Época Moderna
El Derecho Constitucional. El objeto de estudio es la aplicación y
perfeccionamiento del régimen
constitucional
El constitucionalismo
como sistema jurídico – político institucionalizado
• AUTORIDAD: La potencialidad de que un tercero haga o realice lo que se le solicita u ordena.
• PROTECCIÓN DE SÚBDITOS: Ya no solo era la obligación sino la razón de que sin protección corría peligro.
• DIVINIDAD: El poderoso no solo era cruel sino que se sujetaba a la disposición de los dioses.
Derechos de Virginia 1776
Revolución Norteamericana
Constitución 1787
Derechos de Virginia 1776
Revolución Norteamericana
Constitución 1787
Revolución Francesa 1789Declaración de los
Derechos del Hombre y del Ciudadano
Revolución Francesa 1789Declaración de los
Derechos del Hombre y del Ciudadano
LIBERTAD
FRATERNIDAD
IGUALDAD
La Revolución Francesa
Segunda Guerra Mundial
EmbrionariaEmbrionaria
FormaciónFormación
Consolidación y perfeccionamient
o
Consolidación y perfeccionamient
o
Estado actualEstado actual
Greco-romana, estoicos
España, Inglaterra, EEUU
Declaraciones Derechos, Revolución Francesa
Difusión de principios
PROCESO DEL DESARROLLO DEL CONSTITUCIONALISMO
PROCESO DEL DESARROLLO DEL CONSTITUCIONALISMO
El Derecho Constitucional
• “El Derecho Constitucional es una rama del Derecho Público que estudia los aspectos esenciales de la organización y del funcionamiento de las instituciones políticas del Estado, en armonía con los derechos y garantías fundamentales”.
Hernán Salgado
• También hay que agregar que su estudio se enmarca en las relaciones entre:
Estado e individuo
Estado y sociedad
Estado con otros estados
• El Derecho Constitucional es una ciencia no estática ni exacta; simplemente irá evolucionando conforme la sociedad lo haga, de acuerdo a los requerimientos que en ese momento la misma necesite o deje de hacerlo.
Evolución de la Sociedad
Estado de derechoEstado de derecho
Estado de derecho
Gobierno de las leyes
Gobierno de las leyes
individuo
autoridad
gobernante
gobernante
autoridad
individuo
Organización y funcionamiento del Estado
Estructuración jurídica de órganos
Bases de la estructura
políticaIndividuo
Familia Sociedad
BIEN COMÚNBIEN COMÚN
Objetivos del Derecho Constitucional
Organización fundamental
Soberanía
Relaciones entre sus elementos
Procedimientos legales
Fin primordial del Derecho ConstitucionalActividad política
Actividad política
Actividad social
Actividad socialDERECHODERECHO
EFICACIA
OrdenOrden GarantíaGarantíaLIB. IND.LIB. IND.
BIEN COMÚN INTEGRAL
UNIDAD 2: EL ESTADO
SociedadSociedad
EstadoEstado
IndividuoIndividuo
Individuo• El término individuo significa aquello
que no se puede dividir, es indivisible.
• Un individuo es un conjunto de pensamientos y acciones que se consideran como una entidad.
Sociedad
• La sociedad es el conjunto de individuos que comparten una cultura, y que se relacionan interactuando entre sí, cooperativamente, para formar un grupo o una comunidad.
Estado1. En un
determinado espacio geográfico, totalmente delimitado
2. Formado por un conglomerado
social
3.Ordenamiento jurídico
determinado
El Estado:
• Es el sistema que cada país o nación tiene para organizarse y mantener su unidad.
• Nos ayuda a vivir y entendernos en sociedad, a través de un conjunto de organismos que sirven para administrar su territorio y gobernar a sus ciudadanos.
Constitución
ESTADO
SOCIEDAD
INDIVIDUO
CONSTITUCIÓN
CONSTITUCIÓN
La Constitución según los fines del Estado
Poder Constituyente
• “Es la soberanía originaria, extraordinaria, suprema y directa en cuyo ejercicio la sociedad política se identifica con el estado, para darle nacimiento y personalidad, y para crearle sus órganos de expresión necesaria y continua”.
Sánchez Viamonte
¿Por qué del poder constituyente?
ORIGINARIA EXTRAORDINARIA
SUPREMA DIRECTA
Es su primera manifestación de soberanía y da origen al orden jurídico.
Sólo actúa cuando es necesario dictar una constitución o reformarla.
Cesa cuando ha llenado su cometido.
Es superior a toda manifestación de autoridad.
Determina su naturaleza.
Organiza su funcionamiento
Fija sus límites.
Requiere la intervención directa del pueblo.
Puede ser:
PODER CONSTITUYENTE
CONSTITUIDO O DERIVADOCONSTITUIDO O DERIVADO
Es espontáneo y no está sujeto al Derecho positivo pues es el pueblo
el que da su estructura y organización
iniciales.
Es espontáneo y no está sujeto al Derecho positivo pues es el pueblo
el que da su estructura y organización
iniciales.
Presupone la existencia del
Estado de Derecho y por lo mismo está sujeto a un régimen legal
vigente.
Presupone la existencia del
Estado de Derecho y por lo mismo está sujeto a un régimen legal
vigente.
ORIGINARIOORIGINARIO
Diferencias:
PODER ORIGINARIO PODERES CONSTITUIDOS
1. Es un poder originario en sí. 1. Son poderes derivados de la Constitución.
2. Es un poder creador de todo el orden jurídico.
2. Son poderes creados por el constituyente.
3. En un principio es un poder ilimitado.
3. Están completamente limitados. No pueden actuar más allá de su competencia.
4. Es poder de una sola función: darse su constitución.
4. Tienen múltiples funciones.
5. No gobierna. 5. Fueron precisamente creados para gobernar.
Raúl Isaías Baduel
Democracia
• “La democracia es una forma de organización de grupos de personas, cuya característica predominante es que la titularidad del poder reside en la totalidad de sus miembros, haciendo que la toma de decisiones responda a la voluntad colectiva de los miembros del grupo”.
http://es.wikipedia.org/wiki/Democracia Consulta 09-02-2009
Formas de democracia
Democracia SemidirectaDemocracia Semidirecta
PlebiscitoPlebiscito ReferéndumReferéndum Iniciativa Popular
Iniciativa Popular
Elige “por sí o por no” sobre una
propuesta
Concede o no concede la
aprobación final de una norma
Grupo que propone sanción o derogación de
una ley
Condiciones
La división de poderesLa división de poderes
El pluralism
o
El pluralism
o
DEMOCRACIADEMOCRACIA
UNIDAD 3: FUENTES DOCTRINARIAS
PRIMARIAS PRÓXIMAS INMEDIATAS
-Emanan las ideas básicas del constitucionalismo.-Obras de Platón y Aristóteles.-El Derecho Romano y sus instituciones.-La escuela filosófica de los estoicos.
-Destaca la filosofía escolástica.-La idea de la personalidad trascendente del hombre.-Distinción de lo sobrenatural y temporal.-Limitaciones al Poder.-El Poder sometido a la Ética y al Derecho.-El Derecho sometido a los principios naturales inamovibles.-Cromwell, abrió el camino al régimen constitucionalista de Inglaterra.
-Elaboración jurídico-política de Montesquieu con la obra “El Espíritu de las Leyes.-Influencia primero europea y luego norteamericana.-Rousseau con la teoría del Contrato Social.-Influjo en las constituciones del siglo XIX, incluidas las latinoamericanas.
UNIDAD 4: Término Constitución
Concepto 1
• El origen de la palabra Constitución está en el verbo latino “constituere” que significa: ordenar, formar, integrar, configurar.
Concepto 2
• “La Constitución es el conjunto de normas y preceptos fundamentales que determinan la organización y competencias del poder público, las bases de la vida social y económica, y los derechos y deberes de los individuos que integran un Estado”.
Corporación de Estudios y Publicaciones (2008): Diccionario Derecho Constitucional, Quito – Ecuador. Editorial CEP.
Concepto 3
• “Como el estatuto supremo y absolutamente obligatorio, expedido por el órgano representativo de la soberanía nacional, que consagra y garantiza los derechos humanos y determina la organización fundamental del Estado y de sus elementos, cuyas atribuciones, deberes y relaciones mutuas los regula, ordenándolos a la paz, al desarrollo y al Bien Común.
Dr. Eduardo Burneo
¿Por qué estatuto supremo?Normas jurídicas de
mayor rango
Fuente Medida Límite
Demás leyes
¿Por qué absolutamente obligatorio?
¿Qué significa estatuto expedido por el órgano
representativo de la soberanía nacional?
• Significa que es expedido por la asamblea de representantes que ejerce la máxima potestad, la Potestad Constituyente, y que, por lo mismo, está aún sobre la propia asamblea que la emite y, por supuesto, sobre el órgano legislativo ordinario
¿Qué significa que consagra y garantiza los derechos humanos y determina la organización
fundamental del Estado y de sus elementos, cuyas atribuciones, deberes y relaciones mutuas los
regula?
ESTABLECE
NORMAS SUPERIORES
ORDEN Y SISTEMATIZACIÓN
ESTATAL PARTICULAR
CAMPO DE ACCIÓN
ELEMENTO HUMANO
PROCLAMA DERECHOS
GARANTIZA LIBERTADES
¿Cuál es el fin específico de la Constitución?
Clasificación clásica
Descripción de una realidad.
Conjunto de normas jurídicas que regulan y determinan el modo en que debe ser ejercido el poder político.
Nuestro estudio se enmarcará en:
Esquema de una constitución moderna
PLAN
SISTEMA
Se distribuye en partes, títulos, capítulos, secciones, artículos, numerales e incisos.
Se distribuye en partes, títulos, capítulos, secciones, artículos, numerales e incisos.
Ordenamiento por materias, enlace entre ellas y concurrencia a un mismo fin.
Ordenamiento por materias, enlace entre ellas y concurrencia a un mismo fin.
Las partes de una Constitución Moderna
UNIDAD 5: Supremacía constitucional
• AXIOMA: Es un principio básico que es asumido como verdadero sin necesidad de recurrir a demostración alguna.
• La Carta Magna se encuentra en la cúspide de la pirámide jurídica de Kelsen
• Kelsen, señalaba a la Constitución como la norma positiva de mayor jerarquía, la cual se encuentra en la cúspide de la pirámide jurídica y de la cual se deriva el fundamento de validez del resto de normas que se encuentran por debajo de ella.
Sistema Jerarquizado
a. La relación existente entre la norma que regula la creación de otra y esta misma norma, puede presentarse como un vínculo de supra y subordinación, siendo estas figuras del lenguaje de índole espacial.
b. La norma que determina la creación de otra, es superior a ésta; la creada de acuerdo con tal regulación, inferior a la primera.
ASPECTOS PARA LLEGAR A LO QUE MANIFIESTA EL SISTEMA
JERARQUIZADO
c. La unidad de éstas hállase constituida, por el hecho de que la creación de una norma –la de grado más bajo- se encuentra determinada por otra -de grado superior-.
d. Lo que constituye la unidad del sistema es precisamente la circunstancia de que tal regressus termina en la norma de grado más alta, la norma básica, que representa la suprema razón de validez de todo el orden jurídico.
Recommended