DESARROLLO AGRARIO:
ESTRATEGIA PARA
DEMOCRATIZAR LA
PRODUCTIVIDAD
ING. CRUZ LÓPEZ AGUILAR
PROCURADOR AGRARIO
LIC. FRANCISCO JAVIER CAÑADA MELECIO
COORDINADOR DE ASESORES
DESARROLLO AGRARIO:
ESTRATEGIA PARA
DEMOCRATIZAR LA
PRODUCTIVIDAD
Historia y propiedad rural en México
Ordenamiento
1992 – 2006
Reparto
1915 – 1992
Desarrollo Agrario
2006-2013
Etapas del Proceso Agrario
SISTEMA DE DERECHOS DE PROPIEDAD EN MÉXICO
0.0%
10.0%
20.0%
30.0%
40.0%
50.0%
60.0%
Propiedad Social
Colonias Agricolas y Ganaderas
Terrenos Nacionales
Otros Propiedad Privada Rural
51.0%
2% 3.7% 4.3%
39.00%
Jurisdicción Federal
61%
Jurisdicción Local
198 millones de hectáreas (superficie nacional). 31,874 núcleos agrarios
100.5 millones de has ejidales y comunales.
Propiedad social en México Superficie social 100,235,240 ha.
Superficie
regularizada
95,069,236 ha.
51%
Núcleos Agrarios 31,874
Ejidos 29,876
Comunidades 1,998
Titulares de derecho 4,786,703
Población rural** 25,179,916
80% de selvas y bosques
74% de la biodiversidad
2/3 partes de los litorales
*Fuente: Registro Agrario Nacional, febrero 2013
**Fuente: Censo de Población 2010 NEGI
Artículo 27, fracción XIX
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
XIX. Con base en esta Constitución, el Estado dispondrá las medidas para la EXPEDITA Y
HONESTA IMPARTICIÓN DE LA JUSTICIA AGRARIA con objeto de garantizar la
seguridad jurídica en la tenencia de la tierra ejidal, comunal y de la pequeña
propiedad, y apoyará la asesoría legal de los campesinos.
Son de jurisdicción federal todas las cuestiones que por límites de terrenos ejidales
y comunales, cualquiera que sea el origen de éstos, se hallen pendientes o se susciten
entre dos o más núcleos de población; así como las relacionadas con la tenencia de la
tierra de los ejidos y comunidades. Para estos efectos y, en general, para la administración
de justicia agraria, la ley instituirá tribunales dotados de autonomía y plena
jurisdicción, integrados por magistrados propuestos por el Ejecutivo Federal y
designados por la Cámara de Senadores o, en los recesos de ésta, por la Comisión
Permanente.
La ley establecerá un órgano para la procuración de justicia agraria, y
REGLAMENTO INTERIOR DE LA PROCURADURÍA AGRARIA
Artículo 1°. Este Reglamento tiene por objeto determinar la estructura y establecer las bases
de organización y funcionamiento de la Procuraduría Agraria…
Sujetos agrarios: los ejidos y comunidades; ejidatarios, comuneros y posesionarios y sus
sucesores; pequeños propietarios; avecindados; jornaleros agrícolas; colonos; poseedores de
terrenos baldíos o nacionales y campesinos en general.
Artículo 135.- La Procuraduría tiene funciones de servicio social y está encargada de la defensa
de los derechos de los ejidatarios, comuneros, sucesores de ejidatarios o comuneros, ejidos,
comunidades, pequeños propietarios, avecindados y jornaleros agrícolas, mediante la aplicación
de las atribuciones que le confiere la presente ley y su reglamento correspondiente, cuando así se
lo soliciten, o de oficio en los términos de esta ley.
LEY AGRARIA
ORDENAMIENTO JURÍDICO
La Procuraduría Agraria es una institución de servicio social responsable de la
procuración de justicia agraria, dedicada a la defensa de los derechos de los
sujetos agrarios y pobladores rurales, que brinda servicios de conciliación como
vía preferente, asesoría y representación legal, para la resolución de conflictos,
gestión administrativa, atención a quejas y denuncias. Coadyuva en el
ordenamiento y regularización de la tenencia de la tierra y promueve el
desarrollo integral de los núcleos agrarios con acciones de organización y
capacitación para el aprovechamiento sustentable de los recursos para el logro
de un desarrollo territorial y agrario integral que nos lleve a un México en paz,
incluyente y próspero.
MISIÓN
La Procuraduría Agraria sirve a los ejidatarios, comuneros, posesionarios,
avecindados y pobladores que se ubican en 31,874 ejidos y comunidades,
propietarios del 51% de la superficie de nuestro país y a los pequeños
propietarios que se ubican en el 39% de la superficie. Colabora también en la
regularización de terrenos de propiedad municipal, estatal y federal. El universo
de atención en todo el País se estima en 25 millones de habitantes del sector
rural.
PROCURADURÍA AGRARIA
La Procuraduría Agraria desempeña sus actividades con los principios de:
respeto a los sujetos agrarios, atención de calidad y calidez en lugares lo más
cercano posible a los núcleos agrarios.
Los principales servicios que presta la Procuraduría son:
• Procuración de Justicia Agraria
• Ordenamiento y Regularización de la Propiedad Rural
• Fomento al Desarrollo Agrario
• Fomento a la Inversión Pública y Privada en la Propiedad Rural
PROCURACIÓN DE JUSTICIA AGRARIA
En cumplimiento del carácter de Ombudsman, la Procuraduría Agraria
realiza acciones de procuración de justicia que consiste en: conciliación
agraria como vía preferente, servicios periciales, asesoría y representación
legal de los sujetos agrarios y audiencia campesina.
ORDENAMIENTO Y REGULARIZACIÓN DE LA PROPIEDAD RURAL
La Procuraduría Agraria cumple un papel importante en el sector coordinado
por la SEDATU, coadyuva entre otros, con el objetivo de ordenar la
propiedad al otorgar certeza jurídica a los titulares de la misma a través de
dirimir conflictos internos, apoyar en la realización de asambleas así como en
la integración de expedientes individuales para la obtención de certificados
títulos de propiedad.
DESARROLLO AGRARIO
La PA tiene como compromiso la organización de los sujetos
agrarios para el mejor aprovechamiento de sus tierras,
instrumentando diversas estrategias en beneficio de la
población rural.
Se realizan acciones con los sujetos agrarios de asesoría,
gestión y acompañamiento para lograr el acceso a los distintos
programas orientados a la integración productiva de los
mismos, mediante la vinculación entre entidades
gubernamentales, propiciando cadenas productivas y
fomentando la inversión.
FOMENTO A LA INVERSIÓN PÚBLICA Y PRIVADA
Este programa tiene como propósito concretar asociaciones en
proyectos productivos sustentables, preservando el medio
ambiente entre campesinos e inversionistas nacionales y
extranjeros en un marco de certeza jurídica.
La asesoría brindada en la asociación de los titulares de la
tierra e inversionistas nacionales y extranjeros ha sido en
proyectos turísticos, mineros, agropecuarios y pesqueros,
ecológicos, industriales, de infraestructura y desarrollo,
servicios y equipamiento urbano.
Modalidad Núcleos
Agrarios Superficie Inversionistas
Agropecuario 6,636 20,719,406 3,647
Turístico 1,109 5,763,336 133
Industrial 631 4,070,905 274
Minero 1,247 5,878,172 448
Desarrollo,
Servicios y
equipamiento
urbano
719 3,089,173 448
Infraestructura 525 3,504,945 68
Ecológico 905 2,410,352 20
Total 11,459 45,436,289 4,798
Sujetos potencialmente
beneficiados 228,215
Fuente: Dirección General de Apoyo al ordenamiento en la
Propiedad Rural, diciembre de 2012.
Desarrollo agropecuario
Desarrollo urbano, industrial, servicios y minero
Turístico
Ecológico
VERTIENTES FIPP
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Reunión
de
información
Reunión
de
acercamiento
Inscripción
en
institución
Correspondiente
Supervisión a proyectos
de inversión
formalizados
Revisión
y
suscripción del
documento legal
PROCESO PARA LA FORMALIZACIÓN DE
UN PROYECTO DE INVERSIÓN
AVANCE DE INVERSIÓN PÚBLICA Y PRIVADA 2008-2012
AVANCE DE INVERSIÓN 2008-2012
CULTIVOS DE TRIGO
GRACIAS