GRUPO No. 11
ExpositorJorge Estuardo CastellanosArtculos 244 al 247
CAPTULO VEJRCITO
Artculo No. 244Integracin, organizacin y fines del Ejrcito.
Artculo No. 245Prohibicin de grupos armados ilegales.
Artculo No. 246Cargos y atribuciones del Presidente en el Ejrcito.
Artculo No. 247Requisitos para ser oficial del Ejrcito.
ExpositorOsman Hernan ArredondoArtculos 248 al 250
Artculo No. 248ProhibicionesEjercer el sufragioDerecho de peticin poltica y colectiva
Artculo No. 249Cooperacin del EjrcitoEmergenciaCalamidad Publica ARTICULO 75
Artculo No. 250Rgimen legal del EjrcitoConstitucin Poltica de la Repblica de Guatemala.
Ley Constitutiva del ejercito de Guatemala.
Acuerdo Gubernativo 90-96.
Ley Marco D018 2008.
Acuerdo Gubernativo 216-2011
CODIGO MILITAR del Ejercito de Guatemala 214- 01/08/1878
Acuerdo Gubernativo 264-2001Decreto 40-2000
ExpositorLuis Fernando AbacArtculos 251 al 252
CAPTULO VIMINISTERIO PBLICO Y PROCURADURA GENERAL DE LA NACIN
Artculo No. 251Ministerio Pblico
Artculo No. 252Procuradura General de la Nacin.
ExpositorGrman Antonio SubuyujArtculos 253 al 257
CAPTULO VIIRGIMEN MUNICIPAL
Artculo No. 253Autonoma Municipal.Art. 3 Cdigo Municipal Decreto 12-2002Funciones:Elegir a sus propias autoridadesObtener y disponer de sus recursosAtender Servicios pblicos locales
Artculo No. 254Gobierno Municipal.Art. 9 Del Consejo y Gobierno Municipal Dto. 12-2002Art. 33 Gobierno del Municipio Dto. 12-2002GOBIERNO MUNICIPALAlcalde Municipal
Sndicos
Concejales
Artculo No. 255Recursos econmicos de municipio.Las municipalidades debern procurar el fortalecimiento econmico de sus respectivos municipios.Arbitrios y Contribuciones
Artculo No. 257Asignacin para las municipalidades.Asignacin anual para las municipalidadesDestinados a:
Educacin Salud preventiva Obras de Infraestructura Servicios Pblicos
ExpositorEdwin Ral SantosArtculos 258 al 262
Artculo No. 258Derecho de antejuicio de los alcaldes.Salas de la Corte de Apelaciones.Cobro indebido del IUSIPeculadoLavado de Dinero
Ley de antejuicioDto. 85-2002
Art. 1. Objeto de la Ley.Art.4. Procedencia del antejuicio. Art. 10. Atribuciones de la Comisin pesquisidora y el Juez pesquisidor.
Artculo No. 259Juzgado de asuntos municipales.
FUNCIONES MS FRECUENTES Cobro de multas administrativas. Regulacin de taxis. Regulacin del ornato, limpieza y salud. Servicios pblicos municipales. Infracciones a la Ley y Reglamentos de Trnsito. Recaudacin y cobro del IUSI.Mediacin entre vecinos por disputas de diferente ndole.|Artculo 161. Creacin del Juzgado de Asuntos MunicipalesARTICULO 1. Objeto.DECRETO NUMERO 12-2002
Artculo No. 260Privilegios y garantas de los bienes municipales.Cdigo Municipal.ARTICULO 100. Ingresos del municipio.ARTICULO 106. Privilegios y garantas de los bienes y valores delmunicipio.
Artculo No. 261Prohibiciones de eximir tasas o arbitrios municipales.Artculo 105. Cdigo Municipal
Artculo No. 262Ley de servicio municipal.Cdigo Municipal.ARTICULO 80. Relaciones laboralesARTICULO 92. Empleados municipales
ExpositorSuselly Beatriz SurezArtculos 263 al 264
Ttulo VIGarantas Constitucionales y Defensa del Orden Constitucional
CAPITULO IEXHIBICIN PERSONAL
Artculo No. 263Derecho a la exhibicin personal
MaltratoExhibicin ante Tribunales de Justicia
Artculo No. 264Responsabilidad de los infractores
ExpositorPedro Vinicio XalinArtculos 265 al 267
CAPTULO IIAMPARO
Artculo No. 265Procedencia del amparo.
CAPTULO IIIINCONSTITUCIONALIDAD DE LAS LEYES
Artculo No. 266Inconstitucionalidad de las leyes en casos concretos.
Artculo No. 267Inconstitucionalidad de las leyes de carcter general.
ExpositorFreddy Abner BmacaArtculos 268 al 272
CAPTULO IVCORTE DE CONSTITUCIONALIDAD
Artculo No. 268Funcin esencial de la Corte de Constitucionalidad.
Independencia Econmica de la Corte de Constitucionalidad, = un % de ingresos que correspondan al OJ
Artculo No. 269Integracin de la Corte de Constitucionalidad.
Asuntos de inconstitucionalidad el numero de Integrantes se elevara a Siete.Los magistrados duran Cinco aos en sus Funciones.
Un Magistrado por el Congreso de la Repblica. Un magistrado por el Presidente en Consejo de Ministros.
Un Magistrado por el C.S. U. de la USAC.Un Magistrado por la Asamblea del Colegio de Abogados.
Artculo No. 270Requisitos de los magistrados de la Corte de Constitucionalidad.
Artculo No. 271Presidencia de la Corte de Constitucionalidad.
Artculo No. 272Funciones de la Corte de Constitucionalidad.
ExpositorEsly Neftali MendizabalArtculos 273 al 276
CAPITULO VComisin y Procurador de los Derechos Humanos
Artculo No. 273Comisin de Derechos Humanos y Procurador de la Comisin.
Artculo No. 274Procurador de los Derechos Humanos.Jorge de Len Duque, electo como Procurador de los Derechos Humanos de Guatemala por cinco aos, desde 2012 hasta 2017.
El Magistrado de Conciencia, durante el foro Educacin Bilinge y Calidad Educativa, en conmemoracin del Da Internacional de los Pueblos Indgenas.
Artculo No. 275Atribuciones del Procurador de los Derechos Humanos.Personal de la institucin del Procurador de los Derechos Humanos visit las aldeas Lel Chanc y Tisipe, del municipio de Camotn, para verificar el cumplimiento de las resoluciones dictadas por el juzgado de la Niez y la Ado
Procurador de los Derechos Humanos, durante su visita al Centro de Justicia de Delitos de Femicidio y Violencia contra la Mujer.
CAPTULO VILEY DE AMPARO, EXHIBICIN PERSONAL Y DE CONSTITUCIONALIDAD
Artculo No. 276Ley constitucional de la materia.
ExpositorAlan Ixcayau AmbrocioArtculos 277 al 281
TTULO VIIREFORMAS A LA CONSTITUCIN
CAPTULO NICOREFORMAS A LA CONSTITUCIN
Artculo No. 277Iniciativa
Artculo No. 278Asamblea Nacional Constituyente.
Artculo No. 279Diputados a la Asamblea Nacional Constituyente.
Artculo No. 280Reformas por el congreso y consulta popular.
Artculo No. 281Artculos no reformables.ART. 140ESTADO DE GUATEMALA
ART. 141SOBERANIA
ART. 165 INCISO G
ART. 186 PROHIBICIONES PARA OPTAR AL CARGO DE PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTE
ART. 187PROHIBICION DE REELECCION
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