INSTRUCTOR
Lic. Moisés Arenas Cabrera
DNC SEGURIDAD E HIGIENE
C C S
Consultoría en Capacitación y
Servicios
TALLER:
Legislaciones en Capacitación
Ley federal del Trabajo: Artículo 153-a. Todo trabajador
tiene el derecho a que su patrón le proporcione capacitación o adiestramiento en su trabajo que le permita elevar su nivel de vida y productividad, conforme a los planes y programas formulados, de común acuerdo, por el patrón y el sindicato o sus trabajadores y aprobados por la secretaria del trabajo y previsión social. [artículo 153 b]
Artículo 153-c. Las instituciones o escuelas que deseen impartir capacitación o adiestramiento, así como su personal docente, deberán estar autorizadas y registradas por la secretaria del trabajo y previsión social. [artículo 153 d] Artículo 153-f. La capacitación y el adiestramiento deberán tener por objeto: i. Actualizar y perfeccionar los conocimientos y habilidades del trabajador en su actividad; así como proporcionarle información sobre la aplicación de nueva tecnología en ella; II. Preparar al trabajador para ocupar una vacante o puesto de nueva creación; III. Prevenir riesgos de trabajo; IV. Incrementar la productividad; y, v. En general, mejorar las aptitudes del trabajador. (dr)ij [artículo 153 g]
Artículo 153-h. Los trabajadores a quienes se imparta capacitación o adiestramiento están obligados a: i. Asistir puntualmente a los cursos, sesiones de grupo y demás actividades que formen parte del proceso de capacitación o adiestramiento; II. Atender las indicaciones de las personas que impartan la capacitación o adiestramiento, y cumplir con los programas respectivos; y, III. Presentar los exámenes de evaluación de conocimientos
y de aptitud que sean requeridos. [artículo 153 i]
Artículo 153-i. En cada empresa se constituirán comisiones mixtas de capacitación y adiestramiento, integradas por igual numero de representantes de los trabajadores y del patrón, las cuales vigilaran la instrumentación y operación del sistema y de los procedimientos que se implanten para mejorar la capacitación y el adiestramiento de los trabajadores, y sugerirán las medidas tendientes a perfeccionarlos; todo esto conforme a las necesidades de los trabajadores y de las empresas. [artículo 153 j]
Artículo 153-e. La capacitación o adiestramiento a que se refiere el Artículo 153-a, deberá impartirse al trabajador durante las horas de su jornada de trabajo; salvo que, atendiendo a la naturaleza de los servicios, patrón y trabajador convengan que podrá impartirse de otra manera; así como en el caso en que el trabajador desee capacitarse en una actividad distinta a la de la ocupación que desempeñe, en cuyo supuesto, la capacitación se realizara fuera de la jornada de trabajo. [artículo 153 f]
REGLAMENTO FEDERAL DE SEGURIDAD, HIGIENE Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO.
CAPITULO SEGUNDO: OBLIGACIONES DE LOS PATRONES
Articulo 17: VII.- Capacitar y adiestrar a los trabajadores sobre la prevención de riesgos y atención de emergencias, de acuerdo con las actividades que se desarrollen en el centro de trabajo;
CAPITULO TERCERO: OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES
Articulo 18: IV.- Participar en los cursos de capacitación y adiestramiento que en materia de prevención de riesgos y atención de emergencias, sean impartidos por el patrón o por las personas que éste designe;
Articulo 135. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 153-F, fracción III, de la Ley, el patrón deberá capacitar a los trabajadores informándoles sobre los riesgos de trabajo inherentes a sus labores y las medidas preventivas para evitarlos, de acuerdo con los planes y programas formulados entre el patrón y el sindicato o sus trabajadores, y aprobados por la Secretaría.
CAPITULO QUINTO: CAPACITACION
LA ESTRUCTURACION Y DESARROLLO DE
PLANES Y PROGRAMAS EFECTIVOS PARA
PREVENIR ACCIDENTES Y ENFERMEDADES
PROFESIONALES.
EL ESTABLECIMIENTO DE LAS ACCIONES DE
SEGUIMIENTO Y EVALUACION DEL PROCESO
CAPACITACIÓN.
El diagnostico de necesidades de capacitación es el factor orientador que permite:
OBJETIVO
PROPORCIONAR LOS ELEMENTOS NECESARIOS PARA LA APLICACIÓN DE LA METODOLOGIA PARA IDENTIFICAR NECESIDADES DE CAPACITACION EN
SEGURIDAD E HIGIENE.
El diagnostico de necesidades de capacitación es una investigación sistemática, que se realiza a través de una metodología especifica que permite obtener e integrar la información necesaria para guiar la elaboración de los programas de capacitación y establecer el tipo de acciones a seguir.
Una vez que el análisis situacional de la empresa indica el lugar y el momento de efectuar un D.N.C. Entonces se aplica la metodología de investigación correspondiente.
SINTOMAS POSIBLES QUE PUEDAN INDICAR O
SUGERIR UNA NECESIDAD DE CAPACITACION
INDICADOR PROBLEMA Baja o decreciente
Producción, normas de rendimiento utilización de maquinas y equipo
Alta o creciente Tasa de accidentes, rotación de personal, ausentismo, desperdicio.
Excesivo o en aumento
Demoras , disputas, quejas de clientes, problemas de reclutamiento
Prolongado Tiempo para ejecutar los trabajos o para la utilización de maquinas y equipo
INDICADOR PROBLEMA Baja o decreciente
Producción, normas de rendimiento utilización de maquinas y equipo
Alta o creciente Tasa de accidentes, rotación de personal, ausentismo, desperdicio.
Excesivo o en aumento
Demoras , disputas, quejas de clientes, problemas de reclutamiento
Prolongado Tiempo para ejecutar los trabajos o para la utilización de maquinas y equipo
LA CAPACITACION QUE SURJA DE
LOS PROBLEMAS ANTERIORES SE
RECONOCE COMO CAPACITACION
REACTIVA YA QUE PROVIENE DE
HECHOS Y DIFICULTADES
PRESENTES.
La efectividad de un programa de capacitación en
seguridad e higiene no depende exclusivamente de
la calidad de los cursos, sino también de la forma
en que se satisfacen las necesidades de
capacitación determinadas con anterioridad.
UNA NECESIDAD DE CAPACITACION EN SEGURIDAD E
HIGIENE SE REPRESENTA:
REQUERIMIENTOS
DE LAS NORMAS
PARA EL PUESTO.
CUMPLIMIENTO ACTUAL
NECESIDADES DE
CAPACITACION
MENOS
APARTADOS A CONSIDERAR EN EL
INFORME
TITULO: DIAGNOSTICO DE NECESIDADES DE CAPACITACION DEL
DEPARTAMENTO O SECCION DE LA EMPRESA
ELABORO: NOMBRE DE LA PERSONA (S) QUE LO REALIZO, EL
PUESTO QUE OCUPA DENTRO DE LA EMPRESA Y FECHA DE LA
INVESTIGACION.
INDICE: LISTA DE CONTENIDOS O CAPITULOS DEL INFORME
INCLUYENDO LA PAGINA DE CADA UNO.
INTRODUCCION O ANTECEDENTES: PERMITE UNA COMPRENSION
GLOBAL DE LO QUE VA A EXPONER.
ES IMPORTANTE QUE SE INCLUYA UNA JUSTIFICACION DE LOS
MOTIVOS QUE DIERON ORIGEN A LA INVESTIGACION, EN EL
TAMBIÉN SE DEBEN ESPECIFICAR LAS TÉCNICAS Y METODOS DE
INVESTIGACION APLICADOS, EL UNIVERSO QUE CUBRIO EL
DIAGNOSTICO( PUESTOS, Y/O NIVELES OCUPACIONALES) Y EL
PROCESO ESTADISTICO MANEJADO ( GLOBAL, MUESTREO,
CONTROL DE VARIABLES, ETC.
RESUMEN O SUMARIO: PROPORCIONA UNA
RAPIDA Y SINTETICA VISION DEL RESULTADO
DE LA INVESTIGACION. ABARCA UNA
EXPLICACION BREVE DE LA INVESTIGACION
EFECTUADA Y SU RESULTADO.
DESARROLLO DE LA INVESTIGACION:
( CUERPO DEL INFORME ):
APARECERA LA INVESTIGACION CLASIFICADA
POR MATERIAS O PUNTOS ANALIZADOS, LOS
TITULOS DE ESTOS DEBEN SER
SELECCIONADOS DE ACUERDO CON EL TEMA
CONTENIDO. SE RECOMIENDA QUE LOS
CAPITULOS O PUNTOS CONTENIDOS SEAN LOS
SIGUIENTES.
■METODOS PARA LA DETECCION DE NECESIDADES
DE CAPACITACION EN S E H.
■ANALISIS DE ACTIVIDADES
ES EL VERIFICAR UNA ACTIVIDAD DE TRABAJO PARA
IDENTIFICAR LOS RIESGOS Y AGENTES A LOS QUE
ESTA EXPUESTO EL TRABAJADOR
ANALISIS DE RIESGO EN MAQUINARIA O
EQUIPO:
CARACTERISTICAS DEL EQUIPO.
CAPACIDAD O CONOCIMIENTOS
NECESARIOS.
ACTITUD DE LOS TRABAJADORES.
VERIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO A LA
NORMATIVIDAD:
NOM-004
Sist. de Protección y Disp. de
Seguridad en Maq. Y Eq.
NOM-005
Manejo, Transporte y
Almacenamiento de Sust. Quím.
NOM-006
Manejo y
almacenamiento de
materiales
NOM-009
Condiciones de
seguridad para
trabajos en alturas.
NOM-001
Edificios, Locales,
Instalaciones
NOM-020
R:S.P. y
Calderas
NOM-022
Electricidad
Estática
NOM-027
Soldadura y
Corte
NOM-029
Mantenimiento de la
Instalaciones Eléctricas
NOM-002
Prevención, Protección y
combate de Incendios
NORMAS OFICIALES MEXICANAS
NOM-031
Construcción
NORMAS OFICIALES MEXICANAS
NOM-010
Sustancias
Químicas
NOM-011
Ruido
NOM-012
Radiaciones
Ionizantes
NOM-013
Radiaciones
Electromagnéticas no
Ionizantes
NOM-014
Presiones
Ambientales NOM-015
Condiciones Térmicas Elevadas o
Abatidas
NOM-024
Vibraciones
NOM-025
Iluminación
NORMAS OFICIALES MEXICANAS
NOM-017
Equipo de Protección
Personal
NOM-018
Identificación y Comunicación de Peligros
por Sustancias Químicas Peligrosas
NOM-019
Constitución,
Organización y
Funcionamiento de las
C.S.H.
NOM-021
Informes de los riesgos
de Trabajos, Estadísticas
NOM-026
Colores y Señales de Seguridad e
Higiene, Identificación de Riesgos
por Fluidos
NOM-028
Organización del Trabajo-
Seguridad en los Procesos de
Sustancias Químicas
NOM-030
Servicio Preventivos de
Seguridad y Salud en el
trabajo-Organización y
Funciones
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Consultoría en Capacitación y
Servicios
GRACIAS POR TU PARTICIPACIÓN
Contacto:
Lic. Moisés Arenas Cabrera.
Tel. 274 8507.
Cel. 044 427 117 8362
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