ESTUDIO TECNICO
Estudio de materias primas e insumos
La cafetería es un establecimiento público donde se sirven diferentes bebidas, el
consumo de café constituye el objeto principal y en donde podemos ofrecer y
adquirir un servicio rápido de comidas y bebidas, por lo tanto es un negocio de la
actividad restauradora. Donde nosotros implementaremos una moderna cafetería,
que implica un consumo rápido y una socialización casi ocasional. Los clientes
que asistan a nuestra cafetería se les brindara la mejor atención tanto en el
servicio como en los alimentos e instalaciones haciendo de esto los puntos más
importantes en la cafetería y con esto lograr atraer más clientes logrando todo esto
a través de una buena capacitación en los meseros y unas instalaciones
confortables tanto en sillas mesas y sillones como en el ambiente ya que
pensamos poner música de diferentes géneros dependiendo los gustos.
La tradición de las cafeterías es como lugar de reunión, para pasar un rato
agradable y no sólo un sitio para consumir, es representativo de algunas ciudades
del mundo.
Las cafeterías son habituales en cualquier lugar donde exista alto tráfico de gente
con poco tiempo para un refrigerio, ejemplo en ciudades visitadas por turistas en
escuelas con la finalidad de atraer más clientela por consecuente ser una empresa
rentable en todos sus ámbitos como instalaciones confortables, equipos de
mobiliario cómodo y una buena ubicación de la empresa.
LOCALIZACIÓN DE LA PLANTA
MACROLOCALIZACION
El estado de Chiapas se encuentra ubicado en la parte sur de la Republica
Mexicana, su capital es Tuxtla Gutiérrez y de esta se derivan varios municipios en
el cual se encuentra ubicado en Comitán de Domínguez.
.
MICROLOCALIZACION
La cafetería se encontrara ubicada en 1ª calle norte poniente y 2ª avenida
Baños 3 x 3x 3 m
Entrada
Área de Cocina5 x 3 m
Sala vip5 x 5m
Área de mesas 4x5m
Área de mesas 4x5m
TAMAÑO DE LA PLANTA
La cafetería se considera importante, porque tanto la ciudad de Comitán
como sus alrededores son zonas muy visitadas y esto puede lograr que los
ingresos de la ciudad sean beneficiados. Debido a que lo visitan un buen número
de turistas
La cafetería tendrá un diseño confortable, diseños de cuadros antiguos,
atuendos típicos dependiendo la ocasión ofreciendo al mismo tiempo un ambiente
cálido, agradable, confortable y sobre todo, ofrecer un buen servicio de calidad a
nuestros clientes; en el cual ofreceremos diferentes tipos de bebidas (café,
malteada, te entre otros.) y los alimentos que serán (panucho, nachos tortas
antojitos)
Área de cocina 5x3, sala vip 5x5, área de mesas 4x5, baños 3x3
10 m
b
10 m
FACTORES DETERMINANTES DE LA ADQUICISION DE LA TECNOLOGÍA
La cafetería utilizara tecnología de línea blanca como se da a conocer a continuación:
Estufas Refrigeradores Congelador Licuadoras Batidoras de inmersión. Tostadores.
Los materiales antes mencionados serán factores indispensables en la realización de los alimentos.
Dependiendo de la evolución de la tecnología, el restaurant se estará actualizando para brindar un mejor servicio.
INGENIERÍA DE LA PLANTA
Sistema eléctrico: instalación eléctrica que permita la conexión de los equipos que demande energía eléctrica, esta tendrá la capacidad de trabajar a 110 Volts directa de la toma de corriente. Incluyendo conectores y todo lo necesario para su correcta instalación.
Equipamiento: incluye
MESA REDONDA 60CM. 15MESA PERIQUERA 60CM. 10SILLAS 40BANCO 39LOVE SEAT 6MESAS DE CENTRO FIERRO 3SOPORTE DE TELEVISIÓN HERRERÍA 2COPERO DE FIERRO 1MESA DE TRABAJO FIERRO Y A.INOX 2CENICERO 25CONTRA BARRA ACRÍLICO Y NEÓN POR DENTRO 1TRANSFORMADORES PARA NEÓN 3CAJÓN PARA BAJOS ENFIBRADO CON RUEDAS CERVIN WEGA 2VASO CAPUCHINO 49TAZA P/ AMERICANO 41TAZA P/EXPRESSO 35PLATO TAZA AMERICANO 66PLATO TAZA EXPRESSO 48PLATO POSTRE 47PLATÓN OVAL 13AZUCARERA 19TAZÓN CHINO MADERA CHICO 12TAZÓN CHINO MADERA MEDIANO 7CUCHARITA CHICA 35CUCHARA LARGA 40PORTA CUBIERTOS 20.
PROCESO DEL SERVICIO
Diagrama de flujo. INICIO
Pasó #2: llevarlo a su mesa
Pasó #3: Pasarle la carta
Pasó #4: ordenar el alimento.
Pasó # 6: pasarlo al área de cocina
Paso # 5: anotar en la comanda
Paso # 1: Darle una Bienvenida al cliente
Paso # 8: entregar los alimentos al mesero.
Paso # 9: servirla.
Pasó # 10: llevar la factura al consumidor.
Paso # 11: llevar la factura a caja
Paso # 12: Regrese pronto.
Paso # 7: Preparar las bebidas y alimentos
Fin del servicio
LEGISLACIÓN APLICABLE
Que conforme a lo que mandata la Ley General de Salud, la Secretaría de Salud y
Los gobiernos de las entidades federativas, en sus respectivos ámbitos de
competencia, realizarán actividades de prevención y control de enfermedades no
transmisibles que las propias autoridades sanitarias determinen, entre las que se
encuentran la detección oportuna y la evaluación del riesgo de contraerlas. Para
tal efecto, es fundamental adoptar medidas que fortalezcan una adecuada
educación para la salud que sea congruente con el tipo de alimentos al que tienen
acceso todo público en general en el ambiente.
Que asimismo, la Ley General de Salud en su artículo 113 faculta a la Secretaría
de Salud, en coordinación con la Secretaría de Educación Pública y los gobiernos
de las entidades federativas, con la colaboración de las dependencias y entidades
del sector salud, a formular, proponer y desarrollar programas de educación para
la salud en los que se optimicen recursos y alcancen una cobertura total de la
población, los cuales están encaminados a orientar y capacitar en una materia tan
importante como es la nutrición; Que la Norma Oficial Mexicana NOM-043-SSA2-
2005, “Servicios básicos de salud, Promoción y educación para la salud en
materia alimentaria.
Criterios para brindar orientación”, establece los criterios generales que unifican y
dan congruencia a la orientación alimentaria dirigida a brindar a la población
opciones prácticas con respaldo científico para la integración de una alimentación
correcta que pueda adecuarse a sus necesidades y posibilidades, así como
elementos para brindar información homogénea y consistente que coadyuve a
promover el mejoramiento del estado de nutrición de la población y a prevenir
problemas de salud relacionados con la alimentación.
Que la colaboración interinstitucional e intersectorial es fundamental para hacer
efectiva la mejora en cuanto a la oferta y el acceso a alimentos y bebidas
favorables para la salud, por lo que las autoridades educativas y de salud, en sus
respectivos ámbitos de competencia, han llevado a cabo una labor de
sensibilización y acercamiento con los sectores público, privado y social que en
suma conlleven a unificar criterios para la oferta y el consumo de alimentos y
bebidas con alto valor nutrimental; implementen acciones para la reformulación de
productos mediante la reducción de edulcorantes, grasas y sal; la emisión de una
publicidad infantil responsable y al desarrollo de campañas específicas y masivas.
Que los presentes Lineamientos están referidos a todos los tipos de
establecimientos de consumo escolar, incluidas las tiendas, cooperativas,
espacios o centros de expendio y cualquier otro tipo y con fines similares
existentes en las escuelas de educación básica del Sistema Educativo Nacional
para ofrecer a los educandos, durante su estancia en la misma, alimentos y
bebidas dentro de sus instalaciones, cualquiera que sea la denominación o
naturaleza jurídica que adopten.
Que conforme a lo que mandata la Ley General de Salud, la Secretaría de Salud y
Los gobiernos de las entidades federativas, en sus respectivos ámbitos de
competencia, realizarán actividades de prevención y control de enfermedades no
transmisibles que las propias autoridades sanitarias determinen, entre las que se
encuentran la detección oportuna y la evaluación del riesgo de contraerlas.
Para tal efecto, es fundamental adoptar medidas que fortalezcan una adecuada
educación para la salud que sea congruente con el tipo de alimentos al que tienen
acceso los niños, niñas y adolescentes en el ambiente escolar; Que asimismo, la
Ley General de Salud en su artículo 113 faculta a la Secretaría de Salud, en
coordinación con la Secretaría de Educación Pública y los gobiernos de las
entidades federativas, con la colaboración de las dependencias y entidades del
sector salud, a formular, proponer y desarrollar programas de educación para la
salud en los que se optimicen recursos y alcancen una cobertura total de la
población, los cuales están encaminados a orientar y capacitar en una materia tan
importante como es la nutrición; Que la Norma Oficial Mexicana NOM-043-SSA2-
2005, “Servicios básicos de salud, Promoción y educación para la salud en
materia alimentaria.
Criterios para brindar orientación”, establece los criterios generales que unifican y
dan congruencia a la orientación alimentaria dirigida a brindar a la población
opciones prácticas con respaldo científico para la integración de una alimentación
correcta que pueda adecuarse a sus necesidades y posibilidades, así como
elementos para brindar información homogénea y consistente que coadyuve a
promover el mejoramiento del estado de nutrición de la población y a prevenir
problemas de salud relacionados con la alimentación.
Que la colaboración interinstitucional e intersectorial es fundamental para hacer
efectiva la mejora en cuanto a la oferta y el acceso a alimentos y bebidas
favorables para la salud, por lo que las autoridades educativas y de salud, en sus
respectivos ámbitos de competencia, han llevado a cabo una labor de
sensibilización y acercamiento con los sectores público, privado y social que en
suma conlleven a unificar criterios para la oferta y el consumo de alimentos y
bebidas con alto valor nutrimental; implementen acciones para la reformulación de
productos mediante la reducción de edulcorantes, grasas y sal; la emisión de una
publicidad infantil responsable y al desarrollo de campañas específicas y masivas
Que los presentes Lineamientos están referidos a todos los tipos de
establecimientos de consumo escolar, incluidas las tiendas, cooperativas,
espacios o centros de expendio y cualquier otro tipo y con fines similares
existentes en las escuelas de educación básica del Sistema Educativo Nacional
para ofrecer a los educandos, durante su estancia en la misma, alimentos y
bebidas dentro de sus instalaciones, cualquiera que sea la denominación o
naturaleza jurídica que adopten.