ETAPAS Y PRUEBAS EN ETAPAS Y PRUEBAS EN EL PROCESO LABORALEL PROCESO LABORAL..
Abg. JOSE VICENTE SANTANA RAbg. JOSE VICENTE SANTANA R
PRINCIPIOS QUE RIGEN EL PRINCIPIOS QUE RIGEN EL PROCESO LABORALPROCESO LABORAL
1) UNIFORMIDAD1) UNIFORMIDAD 2)BREVEDAD2)BREVEDAD 3)ORALIDAD3)ORALIDAD 4)PUBLICIDAD4)PUBLICIDAD 5)GRATUIDAD5)GRATUIDAD 6)INMEDIACION6)INMEDIACION 7)PREVALENCIA DE 7)PREVALENCIA DE
LA REALIDAD LA REALIDAD SOBRE LOS HECHOSSOBRE LOS HECHOS
8) 8) CONCENTRACION CONCENTRACION
9) PUBLICIDAD9) PUBLICIDAD 10) IN DUBIO PRO 10) IN DUBIO PRO
OPERARIOOPERARIO
ESTOS SE ENCUENTRAN REFLEJADOS ESTOS SE ENCUENTRAN REFLEJADOS EN LAS SIGUIENTES NORMASEN LAS SIGUIENTES NORMAS
Art. 2 L.O.P.TArt. 2 L.O.P.T: EL Juez orientaría su actuación en los : EL Juez orientaría su actuación en los principios de uniformidad, brevedad, oralidad, publicidad, principios de uniformidad, brevedad, oralidad, publicidad, gratuidad, celeridad inmediatez, concentración, prioridad gratuidad, celeridad inmediatez, concentración, prioridad de la realidad de los hechos y equidad de la realidad de los hechos y equidad
Art.3 L.O.P.TArt.3 L.O.P.T: El proceso será oral breve y : El proceso será oral breve y contradictorio….contradictorio….
Art.4 L.O.P.T:Art.4 L.O.P.T: Los actos del proceso serán públicos salvo Los actos del proceso serán públicos salvo que expresamente esta ley disponga lo contrario o el que expresamente esta ley disponga lo contrario o el tribunal así lo decida, por razones de seguridad, de moral o tribunal así lo decida, por razones de seguridad, de moral o de protección de la personalidad de alguna de las partes .de protección de la personalidad de alguna de las partes .
Art. 6 L.O.P.T:Art. 6 L.O.P.T: El Juez es el rector del proceso y debe El Juez es el rector del proceso y debe impulsarlo personalmente, a petición de partes o de oficio…impulsarlo personalmente, a petición de partes o de oficio…
“… “… los jueces que han de pronunciar la sentencia deben los jueces que han de pronunciar la sentencia deben presenciar el debate y la evacuación de las pruebas de las presenciar el debate y la evacuación de las pruebas de las cuales obtienen su convencimiento. cuales obtienen su convencimiento.
Art.8 L.O.P.T: Art.8 L.O.P.T: La justicia laboral será La justicia laboral será gratuita; en consecuencia, los Tribunales gratuita; en consecuencia, los Tribunales del Trabajo no podrán establecer tasas, del Trabajo no podrán establecer tasas, aranceles, ni exigir pago alguno por sus aranceles, ni exigir pago alguno por sus servicios. Los Registradores y Notarios servicios. Los Registradores y Notarios públicos no podrán cobrar tasas, públicos no podrán cobrar tasas, aranceles, ni exigir pago alguno en los aranceles, ni exigir pago alguno en los casos de otorgamiento de poderes y casos de otorgamiento de poderes y registro de demandas laborales.registro de demandas laborales.
Art. 9 L.O.P.TArt. 9 L.O.P.T: Cuando hubiere duda : Cuando hubiere duda acerca de la aplicación o la interpretación acerca de la aplicación o la interpretación de una norma legal o en caso de colisión de una norma legal o en caso de colisión de varias normas aplicables al mismo de varias normas aplicables al mismo asunto se aplicara la mas favorable al asunto se aplicara la mas favorable al Trabajador.Trabajador.
Art. 89 C.R.B.V:Art. 89 C.R.B.V: (…)(…) 1)1) Ninguna ley podrá establecer Ninguna ley podrá establecer
disposiciones que alteren la intangibilidad y disposiciones que alteren la intangibilidad y progresividad de los derechos y beneficios progresividad de los derechos y beneficios laborales. En la relaciones laborales laborales. En la relaciones laborales prevalece la realidad sobre las formas o prevalece la realidad sobre las formas o apariencias.apariencias.
2)Los derechos laborales son irrenunciables 2)Los derechos laborales son irrenunciables (...)(...)
3) Cuando hubiere dudas acerca de la 3) Cuando hubiere dudas acerca de la aplicación o concurrencia de varias normas, aplicación o concurrencia de varias normas, o en la interpretación de una determinada o en la interpretación de una determinada norma , se aplicara la mas favorable al norma , se aplicara la mas favorable al trabajador o trabajadora. La norma trabajador o trabajadora. La norma adoptada se aplicara en su integridadadoptada se aplicara en su integridad
4) Toda medida o acto del patrono o 4) Toda medida o acto del patrono o patrona contrario a esta Constitución es patrona contrario a esta Constitución es nulo y no genera efectos algunonulo y no genera efectos alguno
5) Se prohíbe todo tipo de discriminación 5) Se prohíbe todo tipo de discriminación por razones de política, edad, raza, sexo o por razones de política, edad, raza, sexo o credo por cualquier otra condición (…)credo por cualquier otra condición (…)
Art. 257 C.R.B.V: El proceso constituye un Art. 257 C.R.B.V: El proceso constituye un instrumento fundamental, para la instrumento fundamental, para la realización de la justicia. Las leyes realización de la justicia. Las leyes procesales establecerán la simplificación, procesales establecerán la simplificación, uniformidad y eficacia de los tramites y uniformidad y eficacia de los tramites y adoptaran un procedimiento breve oral y adoptaran un procedimiento breve oral y público. No se sacrificara la justicia por la público. No se sacrificara la justicia por la omisión de formalidades no esenciales.omisión de formalidades no esenciales.
ART. 124 LOPT
PRESENTACION TRIBUNAL DE SUSTANCIACION MEDIACION Y EJECUCION
SI REUNE LOS REQUISITOS LA ADMITE DENTRO DE LOS 2 DIAS HABILES LUEGO DE SU PRESENTACION
SE ADMITE DENTRO DE LOS 5 DIAS SIGUIENTES Y SE ORDENA LA NOTIFICACION
PRESENTACION DEL LIBELO DE DEMANDA
ORDENARA APERCIBIDO DE PERENCION CORREGIR EL LIBELO DENTRO DE LOS DOS DIAS SIGUIENTES A SU NOTIFICACION
LA NEGATIVA ADMISION TIENE APELACION EN AMBOS EFECTOS
EL TRIBUNAL SUPERIOR DEL TRABAJO DECIDE LA APELACION EN FORMA ORAL DENTRO DE LOS 5 DIAS SIGUIETES TIENE RECURSO DE CASACION
AUDIENCIA PRELIMINARAUDIENCIA PRELIMINARArt.129 al 137 L.O.P.TArt.129 al 137 L.O.P.T
A) Celebrada por el Juez de Mediación , A) Celebrada por el Juez de Mediación , Ejecución y Sustanciación en Primera Ejecución y Sustanciación en Primera Instancia:Instancia:
1) Tiene una duración máxima de 4 meses1) Tiene una duración máxima de 4 meses 2) Las pruebas se acompañan al momento 2) Las pruebas se acompañan al momento
del inicio de la audienciadel inicio de la audiencia 3) Es de carácter privado3) Es de carácter privado 4) Es de obligatoria asistencia para las partes 4) Es de obligatoria asistencia para las partes 5) El Juez realiza una función de mediación y 5) El Juez realiza una función de mediación y
conciliación y se encuentra autorizado para conciliación y se encuentra autorizado para aportar soluciones al conflicto.aportar soluciones al conflicto.
Puede prolongarse dentro del términoPuede prolongarse dentro del término
NO COMPARECENCIA A LA NO COMPARECENCIA A LA AUDIENCIA PRELIMINARAUDIENCIA PRELIMINAR
POR PARTE DEL DEMANDADOPOR PARTE DEL DEMANDADO
AL INICIO PROLONGACION
ADMISION DE LOS HECHOS CONFESION FICTA
SENTENCIA JUEZ DE SUSTANCIACION MEDIACION
Y EJECUCION
ADMISION DE LOS HECHOS CONFESION RELATIVA
JUEZ DE JUICIO
CONTRA LA SENTENCIA QUE ADMITA LOS HECHOS.
APELACION EN AMBOS EFECTOS
SUPERIOR DECIDE LA INCIDENCIA DE LA NO COMPARECENCIA 5 DIAS HABILES SIGUIENTES AL
RECIBO
CON LUGAR SE REPONE A LA CELEBRACION
DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR O JUICIO
SIN LUGAR EFECTOS DE LA NO COMPARECENCIA
SE PUEDE INTERPONER RECURSO DE CASACION SI LA CUANTIA LO PÈRMITE
JUEZ DE JUICIO JUEZ DE JUICIO
AL RECIBIR EL EXPEDIENTE DENTRO DE LOS 5 DIAS SIGUIENTES
PROCEDERA A LA ADMISION DE LAS PRUEBAS Art. 75 L.O.P.T
DEL AUTO QUE NIEGUE LA ADMISION
DE ALGUNA PRUEBA EXISTE APELACION DENTRO
DE LOS 3 DIAS SIGUIENTES APELACION EN UN SOLO EFECTO
PRUEBAS QUE SE PUEDEN PRUEBAS QUE SE PUEDEN PROMOVERPROMOVER
1)1) INSTRUMENTAL Art. 77 L.O.P.TINSTRUMENTAL Art. 77 L.O.P.T2)2) EXHIBICION DE DOCUMENTOS Art. 82 L.O.P.TEXHIBICION DE DOCUMENTOS Art. 82 L.O.P.T3)3) PRUEBA DE EXPERTICIA Art. 92 L.O.P.TPRUEBA DE EXPERTICIA Art. 92 L.O.P.T4)4) PRUEBA DE TESTIGO Art.98 L.O.P.TPRUEBA DE TESTIGO Art.98 L.O.P.T5)5) PRUEBA DE EXPERTICIA Art.92 L.O.P.TPRUEBA DE EXPERTICIA Art.92 L.O.P.T6)6) DECLARACION DE PARTES 103 L.O.P.TDECLARACION DE PARTES 103 L.O.P.T7)7) REPRODUCIONES ,COPIAS Y EXPERIMENTOS 107 REPRODUCIONES ,COPIAS Y EXPERIMENTOS 107
L.O.P.TL.O.P.T8)8) INSPECCION JUDICIAL 111 L.O.P.TINSPECCION JUDICIAL 111 L.O.P.T9)9) PRUEBA LIBRE Art.70 II Parágrafo L.O.P.TPRUEBA LIBRE Art.70 II Parágrafo L.O.P.T
3.- Pertinencia o de Adecuación de la Prueba
4.- Publicidad de la Prueba
5.- Unidad de la Prueba
6.- Control y Contradicción de la Prueba
II. - Principios que rigen la actividad Probatoria :
2.- Comunidad de la Prueba o de Adquisición Procesal
11.- Primacía de la realidad de los hechos
9.- Inmediación de la Prueba
8.- Lealtad en la actividad probatoria
7.- Igualdad de Prueba
1.- Libertad de Prueba
10.- Sana crítica al valorar las pruebas por el juzgador
12.- In dubio Pro Operario
III. – Etapas o Fases del Procedimiento Judicial Laboral :
Promoción + Oposición + Providenciación + Evacuación
Oportunidad(Art. 73)
InicioAudienciaPreliminar
ETAPAS
MediosProbatoriosAdecuados
Juez SME Juez Juicio
Ilegales Impertinentes
(Art. 75)
Admisión Negativa
Apelación efecto
Devolutivo(3 días)
No hayApelación
(Art. 76)
FASE PRELIMINAR
FASE DE JUICIO
Conclusión Audiencia Preliminar
Incorporación de las pruebas al Expediente (Art. 74)
Audiencia de Juicio (Art. 152)
IV. – Actividad Probatoria de las Partes y del Juez de Juicio :
Pruebas promovidas por las partes
Finalidad y Objeto de los medios probatorios (Art. 69):Finalidad y Objeto de los medios probatorios (Art. 69): - Acreditar los hechos alegados.
- Producir certeza y elementos de convicción al Juez.
- Servir de fundamento para la decisión.
Oportunidad de la Promoción de Pruebas: - Inicio de la Audiencia Preliminar (Art. 73)
(Sentencia Nº 1451 de la Sala Social del TSJ del 28-09-2006)
Medios de Pruebas (Art. 70):Medios de Pruebas (Art. 70):
- LOPT, CPC, Código Civil y otras leyes.
- Las partes podrán valerse de cualquier otro medio de prueba
no prohibido expresamente
- Exclusión : posiciones juradas y juramento decisorio.
IV. – Actividad Probatoria de las Partes y del Juez :
- Medios Probatorios Insuficientes de las partes para formar convicción (Art. 71).
- Esclarecimiento de la verdad (Art. 156).
De OficioDe Oficio
Evacuación de Medios Probatorios Adicionales
Auto Motivado e Inimpugnable
(Sentencia Nº 487 Sala Social del TSJ del 17-04-2008)(Sentencia Nº 487 Sala Social del TSJ del 17-04-2008)
Pruebas promovidas por el Juez
La iniciativa probatoria del La iniciativa probatoria del Juez LaboralJuez Laboral
DEFINICIÓNDEFINICIÓN “…“…son providencias que el sentenciador son providencias que el sentenciador
puede dictar de oficio en ejercicio de puede dictar de oficio en ejercicio de facultades discrecionales que la ley le facultades discrecionales que la ley le otorga, para esclarecer, verificar o ampliar otorga, para esclarecer, verificar o ampliar por si mismos, determinados puntos, ya por si mismos, determinados puntos, ya constantes en los autos, cuando a su juicio constantes en los autos, cuando a su juicio ello sea necesario para formarse mejor su ello sea necesario para formarse mejor su convicción y poder decidir con justicia e convicción y poder decidir con justicia e imparcialidad…” imparcialidad…”
(Sala de Casación Civil. Sent. del 07-(Sala de Casación Civil. Sent. del 07-02-80).02-80).
La iniciativa probatoria La iniciativa probatoria del Juez Laboraldel Juez Laboral
PRINCIPIOPRINCIPIO
La Actuación del Juez debe orientarse en la La Actuación del Juez debe orientarse en la búsqueda de la verdad por todos los medios búsqueda de la verdad por todos los medios a su alcance, interviniendo en forma activa a su alcance, interviniendo en forma activa en el proceso y dándole prioridad a la en el proceso y dándole prioridad a la realidad de los hechos.- (Art. 2 y 5 de la realidad de los hechos.- (Art. 2 y 5 de la LOPT), en el entendido de que “…esta LOPT), en el entendido de que “…esta facultad no es absoluta, pues a la par de facultad no es absoluta, pues a la par de dicha función está el deber de la parte de ser dicha función está el deber de la parte de ser diligente durante todo el proceso y sus diligente durante todo el proceso y sus omisiones no las puede subsanar el operador omisiones no las puede subsanar el operador de justicia.de justicia.
SCS, Nº 508 del 14-03-06SCS, Nº 508 del 14-03-06
La iniciativa probatoria La iniciativa probatoria del Juez Laboraldel Juez Laboral
OPORTUNIDADOPORTUNIDAD La Exposición de Motivos de la LOPT., al referirse al La Exposición de Motivos de la LOPT., al referirse al
momento en que el Juez puede promover una momento en que el Juez puede promover una diligencia probatoria, dice lo siguiente:diligencia probatoria, dice lo siguiente:
". . . el momento que sigue al vencimiento del ". . . el momento que sigue al vencimiento del lapso probatorio el mas apropiado para que el Juez lapso probatorio el mas apropiado para que el Juez pudiera ejercer esta iniciativa, porque en él se pudiera ejercer esta iniciativa, porque en él se encuentra en posición favorable para apreciar la encuentra en posición favorable para apreciar la necesidad de ordenar las diligencias que menciona la necesidad de ordenar las diligencias que menciona la norma y complementar así la instrucción del proceso, norma y complementar así la instrucción del proceso, si fuere necesariasi fuere necesaria
Experticia
1- De la Experticia (Capítulo VI) (sent.Nº515 SCS 14-04-2009) 1- De la Experticia (Capítulo VI) (sent.Nº515 SCS 14-04-2009)
ConceptoConcepto: se ha sostenido que la experticia es el medio de : se ha sostenido que la experticia es el medio de prueba prueba
que consiste en el dictamen de personas con conocimientos que consiste en el dictamen de personas con conocimientos especiales ( científicos, artísticos, técnicos o prácticos especiales ( científicos, artísticos, técnicos o prácticos designado por las partes o por El juez, con la finalidad de designado por las partes o por El juez, con la finalidad de cooperar en la apreciación técnica de cuestiones de hecho cooperar en la apreciación técnica de cuestiones de hecho sobre las cuales , debe decidir el juez según su `propia sobre las cuales , debe decidir el juez según su `propia convicción. convicción.
2- 2- Finalidad: por función como la experticia tiende a la : por función como la experticia tiende a la formación de la convicción del juez sobre hechos de la causa, y formación de la convicción del juez sobre hechos de la causa, y se resuelve en la enunciación de proposiciones que sirven para se resuelve en la enunciación de proposiciones que sirven para la verificación de las afirmaciones de las partes en torno a los la verificación de las afirmaciones de las partes en torno a los hechos del proceso.hechos del proceso.
3-Debe indicar: 3-Debe indicar:
Los puntos de hecho sobre los cuales debe versar la experticia, Los puntos de hecho sobre los cuales debe versar la experticia, no tienen q ser determinados siempre y en todo caso por el no tienen q ser determinados siempre y en todo caso por el juez, si no solo cuando la experticia es promovida de oficio por juez, si no solo cuando la experticia es promovida de oficio por este pero cuando esta a sido promovida por alguna de las este pero cuando esta a sido promovida por alguna de las partes, corresponde a la promovente indicar los puntos de partes, corresponde a la promovente indicar los puntos de hecho a que ella se refiere.hecho a que ella se refiere.
El Juez no está obligado a seguir el El Juez no está obligado a seguir el dictamen pericial. dictamen pericial.
Se efectuará sobre puntos de hecho, de Se efectuará sobre puntos de hecho, de oficio o a petición de parte.oficio o a petición de parte.
El nombramiento lo hará el Tribunal.El nombramiento lo hará el Tribunal. El costo lo asume el solicitante, si no cuenta El costo lo asume el solicitante, si no cuenta
con medios económicos el Juez podrá con medios económicos el Juez podrá ordenar que sea practicada por funcionarios ordenar que sea practicada por funcionarios públicos.públicos.
El incumplimiento del funcionario será El incumplimiento del funcionario será causal de destitución. Si no es funcionario causal de destitución. Si no es funcionario público podrá ser inhabilitado de 1 a 5 años.público podrá ser inhabilitado de 1 a 5 años.
EXHIBICIÓN DE EXHIBICIÓN DE DOCUMENTOS DOCUMENTOS
Exhibición de documentos (Capítulo III, Art. Exhibición de documentos (Capítulo III, Art. 82)82)
Requisitos procedimentales:Requisitos procedimentales: 1- acompañar copia del documento 1- acompañar copia del documento
o, en su defecto la afirmación de los o, en su defecto la afirmación de los datos que conozca el solicitante datos que conozca el solicitante acerca del contenido del documento .acerca del contenido del documento .
2-un medio de prueba que constituya 2-un medio de prueba que constituya por lo menos presunción grave de por lo menos presunción grave de que el instrumento se halla o se ha que el instrumento se halla o se ha hallado en poder del adversario. hallado en poder del adversario.
3-Se obvia la exigencia de acompañar un 3-Se obvia la exigencia de acompañar un medio de prueba que constituya al menos medio de prueba que constituya al menos Presunción grave de que el instrumento se Presunción grave de que el instrumento se halla o se ha hallado en poder de su halla o se ha hallado en poder de su adversario cuando se trate de documento adversario cuando se trate de documento que por mandato legal el empleador debe que por mandato legal el empleador debe llevar (Ejemplo: Recibos de pago de salario / llevar (Ejemplo: Recibos de pago de salario / Utilidades, libro de horas extras, libro de Utilidades, libro de horas extras, libro de vacaciones.)vacaciones.)
Sent. Nº 246 SCS del 06-03-2008Sent. Nº 246 SCS del 06-03-2008 No se valora la exhibición solicitada por no No se valora la exhibición solicitada por no
acompañar medio de prueba que constituya acompañar medio de prueba que constituya presunción grave que el documento se presunción grave que el documento se encuentra en poder del adversario encuentra en poder del adversario
PRUEBA DE TESTIGOSPRUEBA DE TESTIGOS
De la Prueba de TestigosDe la Prueba de Testigos La LOPT en el artículo 98 solo refiere las causales de La LOPT en el artículo 98 solo refiere las causales de
inhabilitación absoluta para actuar como testigos que son las inhabilitación absoluta para actuar como testigos que son las
mismas del CPC. mismas del CPC.
Lo anterior no limita al Juez para que no aprecie la declaración Lo anterior no limita al Juez para que no aprecie la declaración
de un testigo cuando existe una causa de inhabilitación de un testigo cuando existe una causa de inhabilitación
relativa o porque sus dichos no le merezcan fe.relativa o porque sus dichos no le merezcan fe. Exp.-AA60-S-2006-355 de fecha 11-03-2007Exp.-AA60-S-2006-355 de fecha 11-03-2007 Se le conoce como prueba testimonial a la declaración de Se le conoce como prueba testimonial a la declaración de
personas que saben y le conste algunos de los hechos que las personas que saben y le conste algunos de los hechos que las partes pretenden aclarar es decir , testigo viene a constituir la partes pretenden aclarar es decir , testigo viene a constituir la persona que da testimonio de una cosa o atestigüe, persona persona que da testimonio de una cosa o atestigüe, persona que presencie o adquiera directo y verdadero conocimiento de que presencie o adquiera directo y verdadero conocimiento de una cosa.una cosa.
Sent. Nº 0718 SCS del 11-04-2008 Sent. Nº 0718 SCS del 11-04-2008
“… “… corresponderá al Juez analizar si existe corresponderá al Juez analizar si existe un interés del testigo un interés del testigo en las resultas del juicio” en las resultas del juicio”
DECLARACION DE DECLARACION DE PARTESPARTES
DE LA DECLARACION DE PARTESDE LA DECLARACION DE PARTES a) Es un interrogatorio formulado por el Juez en la a) Es un interrogatorio formulado por el Juez en la
Audiencia de Juicio a cualquiera de las partes. Audiencia de Juicio a cualquiera de las partes.
b) Las partes se consideran juramentadas a estos b) Las partes se consideran juramentadas a estos efectos.efectos.
c) Las respuestas se tendrán como una confesión c) Las respuestas se tendrán como una confesión en relación con la prestación de servicios. en relación con la prestación de servicios.
d) Se excluyen preguntas que persigan una d) Se excluyen preguntas que persigan una confesión para aplicar sanciones previstas en la confesión para aplicar sanciones previstas en la LOPCYMAT. La negativa o evasiva hará tener como LOPCYMAT. La negativa o evasiva hará tener como cierto el contenido de la pregunta formulada por el cierto el contenido de la pregunta formulada por el Juez. Juez.
Sent. Nº 559 SCS del 29-04-2008 Sent. Nº 559 SCS del 29-04-2008 Las respuestas de las partes se tendrá como una Las respuestas de las partes se tendrá como una
confesión y la falsedad como un irrespeto, pudiendo confesión y la falsedad como un irrespeto, pudiendo aplicarse las sanciones correspondientes.aplicarse las sanciones correspondientes.
REPRODUCCIONES, REPRODUCCIONES, COPIAS Y COPIAS Y
EXPERIMENTOSEXPERIMENTOS..
REPRODUCCIONES, COPIAS Y REPRODUCCIONES, COPIAS Y EXPERIMENTOSEXPERIMENTOS
aa) Este capítulo prácticamente transcribe la normativa del ) Este capítulo prácticamente transcribe la normativa del
CPC.CPC.
b) Contempla la posibilidad de: a.)-Que se ejecuten, de b) Contempla la posibilidad de: a.)-Que se ejecuten, de
oficio o a petición de parte, a través de medios, oficio o a petición de parte, a través de medios,
instrumentos o procedimientos mecánicos, planos, calcos y instrumentos o procedimientos mecánicos, planos, calcos y
copias, aún fotográficas o reproducciones copias, aún fotográficas o reproducciones
cinematográficas, de objetos, documentos y lugares; b.-) cinematográficas, de objetos, documentos y lugares; b.-)
Que el Tribunal ordene la reconstrucción de un hecho que Que el Tribunal ordene la reconstrucción de un hecho que
eventualmente puede implicar reproducciones fotográficas eventualmente puede implicar reproducciones fotográficas
o cinematográficas, teniendo la opción de encomendar la o cinematográficas, teniendo la opción de encomendar la
ejecución a uno o más expertos; c.-) Si conviniere a la ejecución a uno o más expertos; c.-) Si conviniere a la
prueba, el Tribunal podrá disponer la obtención de prueba, el Tribunal podrá disponer la obtención de
radiografías, radioscopias, análisis hematológicos, radiografías, radioscopias, análisis hematológicos,
bacteriológicos y cualesquiera otro de orden científico bacteriológicos y cualesquiera otro de orden científico
mediante un experto de reconocida aptitud.mediante un experto de reconocida aptitud.
c) Sí para la realización de las inspecciones, c) Sí para la realización de las inspecciones, reconstrucciones, experticias y pruebas de reconstrucciones, experticias y pruebas de carácter científico, antes referidas, fuere carácter científico, antes referidas, fuere menester la colaboración de una de las partes y menester la colaboración de una de las partes y ésta se negare, y a pesar de la intimación a ésta se negare, y a pesar de la intimación a colaborar, continuare su negativa, el Juez colaborar, continuare su negativa, el Juez dejará sin efecto la diligencia y se podrá dejará sin efecto la diligencia y se podrá estimar que es una confirmación de las estimar que es una confirmación de las afirmaciones de la parte contraria. afirmaciones de la parte contraria.
Sent. Nº 1782 SCS del 26-10-2006Sent. Nº 1782 SCS del 26-10-2006. . La negativa La negativa
a someterse a RM en caso de hernias Discales a someterse a RM en caso de hernias Discales
redundó en contra de los planteamientos del redundó en contra de los planteamientos del
actor. actor. Tener en cuenta la prohibición del numeral 3 Tener en cuenta la prohibición del numeral 3
del Art. 46 de la Constitución Nacional. del Art. 46 de la Constitución Nacional.
INSPECCION JUDICIALINSPECCION JUDICIAL
DE LA INSPECCION DE LA INSPECCION JUDICIALJUDICIAL
a) La prueba de inspección judicial se acordará, a) La prueba de inspección judicial se acordará,
de oficio o a petición de parte, sobre cosas, de oficio o a petición de parte, sobre cosas,
lugares o documentos para verificar o aclarar lugares o documentos para verificar o aclarar
hechos que interesen a la decisión de la causa.hechos que interesen a la decisión de la causa.
b) Cuando sea necesario la realizará con la b) Cuando sea necesario la realizará con la
asistencia de uno o más prácticos, previa fijación asistencia de uno o más prácticos, previa fijación
del día y la hora que implica en nuestro criterio del día y la hora que implica en nuestro criterio
que puede realizarse antes de la Audiencia de que puede realizarse antes de la Audiencia de
Juicio.Juicio.
c) La reproducción de los hechos objeto de la c) La reproducción de los hechos objeto de la
inspección podrá realizarla por cualquiera de inspección podrá realizarla por cualquiera de
los medios o instrumentos, o procedimientos los medios o instrumentos, o procedimientos
fotográficos, electrónicos, cinematográficos o fotográficos, electrónicos, cinematográficos o
mecánicos si fuere posible.mecánicos si fuere posible.
d) Si el promovente no acude se tendrá la d) Si el promovente no acude se tendrá la
prueba como desistida. prueba como desistida.
e) Si el Juez no pueda asistir podrá comisionar e) Si el Juez no pueda asistir podrá comisionar
a otro Juez de la jurisdicción, excepción al a otro Juez de la jurisdicción, excepción al
principio de la inmediación.principio de la inmediación.
INDICIOS Y INDICIOS Y PRESUNCIONESPRESUNCIONES
Indicios y PresuncionesIndicios y PresuncionesArt. 116 al 122 LOPTArt. 116 al 122 LOPT
aa) Este capítulo regula los indicios, las presunciones, las ) Este capítulo regula los indicios, las presunciones, las
máximas de experiencias y la conducta procesal de las máximas de experiencias y la conducta procesal de las
partes.partes.
b) El Indicio es definido como todo hecho, circunstancia b) El Indicio es definido como todo hecho, circunstancia
o signo suficientemente acreditado a través de los o signo suficientemente acreditado a través de los
medios probatorios que adquiere significación en su medios probatorios que adquiere significación en su
conjunto cuando conduce el Juez a la certeza en torno a conjunto cuando conduce el Juez a la certeza en torno a
un hecho desconocido relacionado con la controversia.un hecho desconocido relacionado con la controversia.
c) Las presunciones pueden ser de carácter absoluto y c) Las presunciones pueden ser de carácter absoluto y
relativo, si admiten o no pruebas en contrario (Art. 65 y relativo, si admiten o no pruebas en contrario (Art. 65 y
66 Ley Orgánica del Trabajo).66 Ley Orgánica del Trabajo).
d) Las máximas de experiencias contribuyen d) Las máximas de experiencias contribuyen
a formar la convicción del Juez respecto a los a formar la convicción del Juez respecto a los
hechos controvertidos.hechos controvertidos.
e) El Juez puede extraer conclusiones e) El Juez puede extraer conclusiones
atendiendo a la conducta que asuman las atendiendo a la conducta que asuman las
partes en el proceso, particularmente en partes en el proceso, particularmente en
caso de falta de cooperación o en actitudes caso de falta de cooperación o en actitudes
de obstrucción. Las conclusiones estarán de obstrucción. Las conclusiones estarán
fundamentadas. fundamentadas.
SITUACIONES QUE SE PUEDEN SITUACIONES QUE SE PUEDEN DAR EN LA AUDIENCIA DAR EN LA AUDIENCIA
A) TACHAA) TACHA SE PROPONE EN LA AUDIENCIA DE JUICIO MOTIVOS ART .83
L.O.P.T
2 DIAS HABILES SIGUIENTES SE TIENEN QUE PROMOVER
LAS PRUEBAS
EN ESTA OPORTUNIDAD EL JUEZ FIJA EL MOMENTO
DE LA EVACUACION NO PUEDE PASAR DE TRES DIAS HABILES
LA AUDIENCIA PARA LA EVACUACION
DE LAS PRUEBAS NO PUEDE EXCEDER
DE 5 DIAS HABILES
SENTENCIA DEFINITIVA AL FINALIZAR LA
EVACUACION
NO COMPARECE EL TACHANTE A
LA AUDIENCIA DE SENTENCIA DESISTIMIENTO
TACHA
NO COMPARECE EL PRESENTANTE
DEL INSTRUMENTO EL MISMO QUEDA
DESECHADO
B) RECONOCIMIENTO DE B) RECONOCIMIENTO DE INSTRUMENTOS PRIVADOS INSTRUMENTOS PRIVADOS
SILENCIO DE LA CONTRAPARTE
RECONOCIDO EL INSTRUMENTO
DESCONOCIMIENTO DEL INSTRUMENTO
PRUEBA DE COTEJO
DOCUMENTOS INDUBITADOS
O COMPARECENCIA DEL
SUPUESTO SUSCRITOR DEL INSTRUMENTO A
FIRMAR
INFORME SE CONSIGNA POR EL
EXPERTO 5 DIAS HABILES
SIGUIENTES
LA INCIDENCIA SE RESUELVE EN LA
SENTENCIA DEFINITIVA
De la carga de la prueba en materia De la carga de la prueba en materia laborallaboral
a) La regla general en el derecho común en el Art. 1354 a) La regla general en el derecho común en el Art. 1354
del Código Civil y en el 506 del CPC, según la cual quien del Código Civil y en el 506 del CPC, según la cual quien
pida la ejecución de una obligación debe probarla y quien pida la ejecución de una obligación debe probarla y quien
pretenda que ha sido libertado de ella, debe probar el pretenda que ha sido libertado de ella, debe probar el
pago o hecho extintivo.pago o hecho extintivo.
b) El art. 72 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en b) El art. 72 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en
su primer aparte privilegia en cierta forma la regla su primer aparte privilegia en cierta forma la regla
general, pues señala que salvo disposición legal en general, pues señala que salvo disposición legal en
contrario la carga de la prueba corresponde a quien contrario la carga de la prueba corresponde a quien
afirme hechos que configure su pretensión o a quien lo afirme hechos que configure su pretensión o a quien lo
contradiga alegando nuevos hechos. contradiga alegando nuevos hechos.
c) Sin embargo, la segunda parte de la norma atribuye c) Sin embargo, la segunda parte de la norma atribuye la carga probatoria al empleador en las causales del la carga probatoria al empleador en las causales del despido y del pago liberatorio de las obligaciones despido y del pago liberatorio de las obligaciones inherentes a la relación laboral, agregando que inherentes a la relación laboral, agregando que cuando corresponda al trabajador probar la relación cuando corresponda al trabajador probar la relación de trabajo gozará de la presunción de su existencia de trabajo gozará de la presunción de su existencia (art. 65 LOT). (art. 65 LOT).
d) Esto se justifica en el hecho de que es el patrono d) Esto se justifica en el hecho de que es el patrono
quien tiene la posibilidad real de contar y quien tiene la posibilidad real de contar y
suministrar las pruebas relacionadas con la suministrar las pruebas relacionadas con la
prestación de servicios prestación de servicios (favor probationem(favor probationem).).
e) Según el artículo 135 de la Ley Orgánica Procesal e) Según el artículo 135 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo referido a la contestación a la demanda se del Trabajo referido a la contestación a la demanda se tendrán por admitidos aquellos hechos indicados en tendrán por admitidos aquellos hechos indicados en la demanda que en la contestación no se hubiere la demanda que en la contestación no se hubiere hecho la requerida determinación, expuesto los hecho la requerida determinación, expuesto los motivos del rechazo ni aparecieren desvirtuados por motivos del rechazo ni aparecieren desvirtuados por ninguno de los elementos del procesoninguno de los elementos del proceso
f) f) En el reclamo de acreencias distintas o en exceso En el reclamo de acreencias distintas o en exceso
a las legales, la carga probatoria la tendrá el a las legales, la carga probatoria la tendrá el
trabajador trabajador
((Sentencia Nº 722 de la SCS del 01-07-2005Sentencia Nº 722 de la SCS del 01-07-2005))
g) En el caso de Reclamación de daños materiales o g) En el caso de Reclamación de daños materiales o
morales por hecho ilícito del patrono, la carga morales por hecho ilícito del patrono, la carga
probatoria la tendrá el trabajador. probatoria la tendrá el trabajador.
((Sentencia Nº 760 de la SCS del 01-12-2003Sentencia Nº 760 de la SCS del 01-12-2003))
DISTRIBUCION DE LA CARGA DISTRIBUCION DE LA CARGA
PROBATORIAPROBATORIA.. Sentencia Nº 129 de la SCS del 10-02-Sentencia Nº 129 de la SCS del 10-02-
2009.2009.…”…”El régimen de distribución de la carga probatoria en El régimen de distribución de la carga probatoria en
materia laboral, se fijará de acuerdo con los materia laboral, se fijará de acuerdo con los términos en que la parte accionada de contestación términos en que la parte accionada de contestación a la demanda. De manera que el Demandado tiene a la demanda. De manera que el Demandado tiene la carga de probar todos aquellos alegatos nuevos la carga de probar todos aquellos alegatos nuevos que le sirvan de su fundamento para rechazar las que le sirvan de su fundamento para rechazar las pretensiones del actor. Así , cuando el demandado pretensiones del actor. Así , cuando el demandado no rechace la existencia de la relación laboral, se no rechace la existencia de la relación laboral, se modificará la distribución de la carga de la prueba modificará la distribución de la carga de la prueba en lo que se refiere a todos los restantes alegatos en lo que se refiere a todos los restantes alegatos contenidos en el libelo…”contenidos en el libelo…”
DISTRIBUCION DE LA CARGA DISTRIBUCION DE LA CARGA PROBATORIAPROBATORIA
Sentencia Nº 602 de la SCS del 28-04-2009.Sentencia Nº 602 de la SCS del 28-04-2009.
(…)El demandado tiene la carga de probar, la (…)El demandado tiene la carga de probar, la naturaleza de la relación que le unió al trabajador, naturaleza de la relación que le unió al trabajador, cuando en la contestación de la demanda haya cuando en la contestación de la demanda haya admitido la prestación de un servicio personal y no la admitido la prestación de un servicio personal y no la califique de naturaleza laboral, por ejemplo la califique de naturaleza laboral, por ejemplo la califique Mercantil.”califique Mercantil.”
“…“…El demandante tiene la carga de probar la El demandante tiene la carga de probar la naturaleza de la relación que lo unió con el patrono, naturaleza de la relación que lo unió con el patrono, cuando el demandado en la litiscontestación haya cuando el demandado en la litiscontestación haya negado la prestación de un servicio personal.”negado la prestación de un servicio personal.”
“…“…Cuando el demandado no niegue la existencia de la Cuando el demandado no niegue la existencia de la relación laboral, se invertirá la carga de la prueba en relación laboral, se invertirá la carga de la prueba en lo que se refiere a todos los restantes alegatos lo que se refiere a todos los restantes alegatos contenidos en el libelo.”contenidos en el libelo.”
De la Apreciación y Valoración de De la Apreciación y Valoración de las pruebaslas pruebas..
a) Según el artículo 10 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo a) Según el artículo 10 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo
los Jueces apreciarán las pruebas según las reglas de la sana los Jueces apreciarán las pruebas según las reglas de la sana
crítica, en caso de dudas, preferirán la valoración más favorable al crítica, en caso de dudas, preferirán la valoración más favorable al
trabajador.trabajador.
b) Según el autor b) Según el autor Devis Echandia Devis Echandia referido por el Dr. Ricardo referido por el Dr. Ricardo
Henrique La Roche, sana crítica es la libertad para apreciar las Henrique La Roche, sana crítica es la libertad para apreciar las
pruebas de acuerdo con la lógica y las reglas de experiencia que pruebas de acuerdo con la lógica y las reglas de experiencia que
según el criterio del Juez sean aplicables al caso. según el criterio del Juez sean aplicables al caso.
c) Esto implica que ec) Esto implica que el Juez de Juicio debe apreciar y valorar las l Juez de Juicio debe apreciar y valorar las pruebas mediante la utilización de las reglas de la lógica, pruebas mediante la utilización de las reglas de la lógica,
conocimientos científicos y máximas de experienciaconocimientos científicos y máximas de experiencia. .
Sentencia Nº 818 de la SCS del 26-07-2005Sentencia Nº 818 de la SCS del 26-07-2005
Los juzgadores tienen libertad de apreciar las pruebas Los juzgadores tienen libertad de apreciar las pruebas de acuerdo con la lógica y las reglas de experiencia, de acuerdo con la lógica y las reglas de experiencia, que sean aplicables al caso, siendo criterio de la Sala que sean aplicables al caso, siendo criterio de la Sala que la valoración de los medios probatorios se aplica a que la valoración de los medios probatorios se aplica a
todo tipo de pruebastodo tipo de pruebas. .
PRINCIPIOS QUE SE DEBEN TOMAR AL MOMENTO DE PRINCIPIOS QUE SE DEBEN TOMAR AL MOMENTO DE
ESTUDIAR EL CÚMULO PROBATORIOESTUDIAR EL CÚMULO PROBATORIO.. Sentencia Nº 602 de la SCS del 28-04-Sentencia Nº 602 de la SCS del 28-04-
2009.2009.“… “… Al momento de examinar el cúmulo de pruebas que Al momento de examinar el cúmulo de pruebas que
han sido incorporadas al proceso, a fin de determinar han sido incorporadas al proceso, a fin de determinar si resultan desvirtuadas la presunción de liberalidad si resultan desvirtuadas la presunción de liberalidad de la relación, debe tomarse en cuenta el principio de la relación, debe tomarse en cuenta el principio Constitucional de Primacía de la Realidad sobre las Constitucional de Primacía de la Realidad sobre las formas o apariencias(…), el cual otorga al juzgador la formas o apariencias(…), el cual otorga al juzgador la facultad de inquirir en la realidad de las facultad de inquirir en la realidad de las circunstancias, para develar eventuales situaciones circunstancias, para develar eventuales situaciones de simulación destinadas a encubrir una relación de de simulación destinadas a encubrir una relación de trabajo…”trabajo…”
LA INMOTIVACION POR SILENCIO DE LA INMOTIVACION POR SILENCIO DE
PRUEBAPRUEBA.. Sentencia Nº 0376 de la SCS del 24-03-Sentencia Nº 0376 de la SCS del 24-03-
2009.2009.“…“…La inmotivación por silencio de prueba, se La inmotivación por silencio de prueba, se
configura cuando el juez omite cualquier mención configura cuando el juez omite cualquier mención sobre una prueba promovida y evacuada por las sobre una prueba promovida y evacuada por las partes, y cuando a pesar de haber mencionado su partes, y cuando a pesar de haber mencionado su promoción y evacuación se abstiene de analizar su promoción y evacuación se abstiene de analizar su contenido y señalar el valor que le confiere…”contenido y señalar el valor que le confiere…”
“… “… Siendo necesario, además, que las pruebas Siendo necesario, además, que las pruebas silenciadas sean determinantes, para la resolución silenciadas sean determinantes, para la resolución de la controversia…”de la controversia…”