UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE BAJA CALIFORNIA SUR
ÁREA DE CONOCIMIENTO DE CIENCIAS SOCIALES Y
HUMANIDADES
DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ECONOMÍA
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL PARA TITULACIÓN
EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
QUE COMO REQUISITO PARA OBTENER EL TÍTULO DE
LICENCIADO EN TURISMO ALTERNATIVO
PRESENTA:
ADILENE GUADALUPE ZÚÑIGA ARCE
DIRECTOR (A):
DRA. REYNA MARÍA IBÁÑEZ PÉREZ
LA PAZ B. C. S., NOVIEMBRE DEL 2012
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
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ÍNDICE
Agradecimiento…………………………………………………………………………………........7
Introducción…………………………………………………………………………………………..8
Primera parte.
1. TURISMO SUSTENTABLE Y LAS EVALUACIONES DE IMPACTO AMBIENTAL, EL
CASO DE BAJA CALIFORNIA SUR......................................................................................10
1.1. Introducción…………………………………………………………………………….....10
1.2. La crisis medioambiental………………………………………………………………...10
1.2.1 El desarrollo y la ecología…………………………………………………………...12
1.3. Las evaluaciones de impacto ambiental…………………………………………….....13
1.3.1 La incertidumbre en las Evaluaciones de Impacto Ambiental…………………...17
1.4. Programa Nacional de Auditoría Ambiental…………………………………………...19
1.4.1 Certificación de Calidad Ambiental turística, el caso de Baja California Sur.....22
1.5. Programa Nacional de Turismo Sustentable en México…………………………......25
1.6. Desarrollo sustentable prioridad para Baja California Sur…………………………...27
1.7. Conclusión………………………………………………………………………………...29
Segunda parte.
MÓDULO 1. INTRODUCCIÓN AL CURSO Y DEFINICIÓN DE LA EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL….30
1.1. Introducción…………………………………………………………………………………..30
1.2. Conceptos generales………………………………………………………………………..31
1.3. Origen de la EIA, como instrumento de política ambiental……………………………….34
1.4. Naturaleza y propósitos de EIA……………………………………………………………..35
1.5. Tipología y clasificación de EIA……………………………………………………………..35
1.6. Logística empleada en la realización de EIA ……………………………………………...37
1.7. Conclusión…………………………………………………………………………………....44
MÓDULO 2. MARCO NORMATIVO EN MATERIA DE EIA…………………………………………………..45
2.1. Introducción………………………………………………………………………………… 45
2.2. Bases legales de EIA en México……………………………………………………..........45
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2.2.1 Las fuentes del derecho ambiental…………………………………………………..48
2.3. Leyes, normas y especificaciones relacionadas…………………………........……......51
2.4. Requisitos legales de la EIA……...............................…………………………………...60
2.4.1 La MIA modalidad regional…………………………………………………………...61
2.4.2 La MIA modalidad particular………………………………………………………….62
2.4.3 Anexos de una MIA………………………………………………………….………...62
2.4.4 Procedimiento de evaluación……………………………………………….………...63
2.4.5 Informe preventivo…………………………………………………………….……….64
2.4.6 La resolución sobre la EIA…………………………………………………….……...66
2.4.7 Consulta Pública……………………………………………………………….……....68
2.5. Revisión de proyectos....…………………………………………………………….……..69
2.5.1 Proyectos autorizados………………………………………………………….……..69
2.5.2 Proyectos sin autorización, proyectos irregulares…………………………….…....70
2.5.3 Medidas correctivas……………………………………………………………….…..70
2.5.4 Medidas de seguridad…………………………………………………………….…...71
2.5.5 Sanciones (LGDFS)……………………………………………………………….…..71
2.6. Conclusión……………………………………………………………………………….......74
MÓDULO 3. METODOLOGÍA DE LA EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL.........................................75
3.1. Introducción.................................................................................................................75
3.2 Principales metodologías.............................................................................................75
3.3. Evaluación de proyectos.............................................................................................77
3.3.1 Métodos simples de identificación de impactos ambientales...............................79
3.3.2 Metodologías de matrices interactivas.................................................................81
3.3.3 Identificación, descripción y evaluación de impactos ambientales......................81
3.3.4 Métodos cartográficos..........................................................................................82
3.4 Indicadores de contaminación......................................................................................83
3.4.1 Indicadores biológicos..........................................................................................83
3.4.2 Indicadores no biológicos.....................................................................................85
3.4.3 Índices de desempeño ambiental.........................................................................86
3.5. Análisis de costos........................................................................................................87
3.6. Conclusión...................................................................................................................90
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MODULO 4. LAS APLICACIONES DE EIA.........................................................................................91
4.1. Introducción.................................................................................................................91
4.2 . Evaluación de impacto ambiental de proyectos turísticos..........................................91
4.2.1 Caso Práctico.......................................................................................................92
4.3. Evaluación de impacto ambiental de proyectos mineros............................................92
4.4. Evaluación de impacto ambiental de proyectos agropecuarios..................................93
4.5. Evaluación de impacto ambiental de proyectos de cambio de uso de suelo..............94
4.6. Conclusión...................................................................................................................95
MODULO 5. MEDIDAS DE MITIGACIÓN...........................................................................................96
5.1. Introducción.................................................................................................................96
5.2. Mitigación de impactos................................................................................................96
5.3. Supervisión de medidas de mitigación......................................................................100
5.3.1 PROFEPA y su papel en la evaluación de impacto ambiental...........................101
5.3.2 Proceso de inspección.......................................................................................103
5.3.3 Derechos y obligaciones durante la visita de inspección...................................106
5.3.4 Inspector ambiental federal................................................................................106
5.3.5 Emplazamiento...................................................................................................108
5.3.6 Cierre de instrucción y apertura de periodo de alegatos....................................109
5.4. Mitigación y sus condicionantes...............................................................................110
5.5. Atributos....................................................................................................................111
5.6. Conclusión.................................................................................................................112
MODULO 6. AUDITORÍAS AMBIENTALES Y TÉCNICAS DE NEGOCIACIÓN.........................................113
6.1. Introducción...............................................................................................................113
6.2 Impacto ambiental de megaproyectos........................................................................114
6.3. Auditorías ambientales y su contribución al mejoramiento del desempeño
ambiental..........................................................................................................................115
6.4. El proceso de la auditoría ambiental y auditoría ambiental en línea.........................116
6.5. Marco legal, términos de referencia para realizar auditorías ambientales a
organizaciones, industriales y no industriales..................................................................117
6.6. Elaboración del plan y reporte de auditoría...............................................................119
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6.7. Generalidades de una unidad de verificación y el proceso de aprobación...............120
6.8. Auditoría ambiental para el rubro de emisiones a la atmósfera................................122
6.9. Auditoría ambiental para el rubro de suelo y subsuelo.............................................124
6.10. Auditoría ambiental para el rubro de ruido..............................................................125
6.11. Auditoría ambiental para el rubro de agua..............................................................126
6.12. Auditoría ambiental para el rubro de residuos peligrosos, no peligrosos y de manejo
especial............................................................................................................................127
6.13. Auditoría ambiental para el rubro de recursos naturales.........................................128
6.14. Auditoría ambiental para el rubro de riesgo............................................................129
6.15. Elaboración del informe de auditoría ambiental......................................................131
6.16. Práctica de auditoría ambiental...............................................................................132
6.17. El papel del auditor en la visita de campo (Caso Práctico).....................................132
6.18. Conclusión...............................................................................................................134
MÓDULO 7. MANIFIESTOS DE IMPACTO AMBIENTAL......................................................................135
7.1. Introducción...............................................................................................................135
7.2. Guías, procedimientos...............................................................................................135
7.3. Validación y resolución..............................................................................................138
7.4. Discusiones de ejemplos en Baja California Sur.......................................................141
7.5. Estudios de caso: evaluación y dictaminación de MIAS...........................................141
7.6. Técnicas de negociación...........................................................................................142
7.7. Programas de cumplimiento ambiental.....................................................................149
7.8. Conclusión.................................................................................................................150
Conclusión General.............................................................................................................151
Bibliografía...........................................................................................................................153
Anexos
Anexo 1. PIRINCIPALES CONCEPTOS DEL DERECHO...................................................156
Anexo 2. CASO PRÁCTICO DE AUDITORÍA AMBIENTAL................................................159
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Anexo 3. DIAGRAMA DE PROCESO DE INSPECCIÓN.....................................................197
Anexo 4. PRÁCTICA DE AUDITORÍA AMBIENTAL (COSTA BAJA)................................198
Anexo 5. CASO POLÉMICO CABO CORTÉZ.....................................................................207
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AGRADECIMIENTOS
A DIOS
Por estar presente en cada momento de mi vida, por escuchar mis oraciones en mis
momentos más difíciles y permitirme terminar este proyecto.
A MIS PADRES
Con todo mi amor a mis padres Fortino Zúñiga Villavicencio y Rosita Arce Espinoza, en
agradecimiento por la comprensión y confianza siempre brindados, por la fortaleza de salir
adelante sin importar los obstáculos y así ayudarme a la realización de mi Carrera
Profesional en lo cual ven hoy forjado un anhelo, una ilusión, un deseo. Sabiendo que la
única forma de agradecerles es no defraudarlos y haciéndolos sentir sumamente orgullosos,
quiero que sientan que el objetivo logrado también es suyo, y que la fuerza que me ayudó a
conseguirlo fue su apoyo incondicional ayudándome a salir adelante en la adversidad
haciendo de mi lo que hoy soy.
A MI ESPOSO E HIJOS
A mi esposo Jesús Zúñiga y a mi hijos Iesus Alexaen y Ximena, a ellos agradezco el amor y
comprensión que me han brindado para estar siempre apoyándome y teniendo paciencia
para esperar que logre culminar uno de mis proyectos más importantes.
A LA DRA. REYNA MARÍA IBAÑEZ PÉREZ
Por el apoyo y sugerencias que me ha brindado a lo largo de este diplomado para lograr una
culminación exitosa de este trabajo.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
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INTRODUCCIÓN
En la presente memoria del curso especial de titulación diplomado denominado “Evaluación
de Impacto Ambiental”, se describe a la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) como un
instrumento de la política ambiental mexicana, que permite identificar, prevenir e interpretar
los impactos ambientales que producirá un proyecto (agrícola, ganadero, industrial, minero,
pesquero, turístico, etc.) en su entorno en caso de ser ejecutado, todo ello con el fin de que
la administración competente pueda aceptarlo, rechazarlo o modificarlo. Según los términos
de la LEY GENERAL DE EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE (LGEEPA), su
implementación tiene carácter obligatorio y busca como finalidad contribuir con un desarrollo
más sustentable y a la implementación de procesos más limpios, por parte de muchas
empresas, específicamente en aquellas que requieren implementar programas de evaluación
y protección ambiental. Lo que, a su vez permite por ejemplo, que los operadores de las
plantas de tratamiento implementen mayores controles sobre sus procesos, a fin de poder
cumplir con los lineamientos previstos por la ley vigente en materia de protección al ambiente
en México.
Actualmente, tales requerimiento han generado que se haya intensificado la demanda de
personal especializado en diferentes proyectos y modalidades del estudio de impacto
ambiental; al mismo tiempo al interior de las universidades, centros de investigación e
instituciones privadas y gubernamentales se ha acrecentando la necesidad de contar y
formar recursos humanos altamente calificados en temas de carácter multidisciplinario y
sobre todo con el perfil necesario para satisfacer las demandas actuales del mercado laboral.
Todo esto debido a que actualmente, el aumento de la población y el crecimiento económico
en diversas regiones del estado y del país, favorecen la degradación del ambiente y la
emisión de descargas que pueden alterar el entorno y la calidad de vida de las personas, al
introducir cambios notables en las condiciones naturales del aire, agua y suelo. Actividades
como: minería, pesca, industria turismo, agricultura, ganadería, entre otras contribuyen
también a la contaminación y deterioro del ambiente. Por ejemplo, actividades vinculadas con
la ganadería empobrecen los suelos, en particular el pastoreo, conduce a la degradación de
la vegetación, a mayor erosión de los suelos, y el deterioro de su fertilidad y estructura.
Además, el uso de químicos para fertilizar el pasto o controlar plagas y enfermedades en
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
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animales o plantas, puede generar impactos negativos como contaminación de fuentes de
agua (superficial y freático) y daño de la vegetación.
Esta memoria tiene como objetivo dar a conocer la correcta aplicación de los métodos de
evaluación del impacto ambiental cualitativo o cuantitativo; tomando casos de estudio
específicos (enfocados a actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras, industriales, mineras y
turísticas) con la finalidad de establecer las medidas de mitigación factibles en términos
económicos, sociales y ambientales.
Proporcionando una visión general de la temática ambiental y en particular sobre la EIA,
enfocando los principales marcos conceptuales contemporáneos en los referente al sistema
ambiental, de tal manera que oriente al diseño de de estrategias que permitan hacer uso
racional y eficiente de los recursos naturales: conservarlos y desarrollarlos, sin detrimento
del entorno, por ello ofrece información y herramientas metodológicas básicas que permiten
conocer el proceso de EIA y realizar Manifestaciones de Impacto Ambiental (MIA) vinculados
a diferentes tipos de proyectos en especial a proyectos turísticos, contribuyendo a la
comprensión del carácter multidisciplinario e interinstitucional de la temática ambiental y la
EIA, vinculada a las principales actividades y servicios producidos en nuestra entidad.
Permite a su vez obtener información para lograr diseñar propuestas de administración y
organización especificas para los sub-sectores: agropecuarios y turísticos, para lograr el
mayor beneficio, considerando las condiciones particulares del medio físico, económico,
político y social.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
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PRIMERA PARTE.
1. TURISMO SUSTENTABLE Y LAS EVALUACIONES DE IMPACTO AMBIENTAL (EIA),
EL CASO DE BAJA CALIFORNIA SUR
1.1 INTRODUCCIÓN
El desarrollo del turismo a través del tiempo ha demostrado que esta actividad puede
convertirse en un instrumento real de desarrollo si se entiende y se lleva a cabo de manera
correcta. Al generar riquezas y oportunidades de movilidad social, el fenómeno turístico es
una herramienta que puede combatir la pobreza ya que se puede llevar a la práctica tanto en
zonas súper desarrolladas como en diferentes zonas sin tanto desarrollo sin necesidad de
grandes y complicadas infraestructuras o grandes inversiones para megaproyectos. Así este
fenómeno puede ser la conducción de promoción y difusión de la cultura nacional ya que los
impactos positivos del turismo pueden coadyuvar a la construcción de un desarrollo nacional
sustentable. La idea de sustentabilidad en este marco se manifestaría a partir de la
compatibilidad que exista entre las actividades turísticas y la capacidad del país para
sostenerlas sin la necesidad de incurrir en desequilibrios económicos y/o sociales. Como
toda actividad humana no hay duda que el turismo genera problemas, pero si se aplica un
enfoque sensible al desarrollo sustentable los resultados podrían ser totalmente positivos.
Lograr una visión de este tipo implica conseguir el equilibrio entre las actividades turísticas y
el medio ambiente en todas sus vertientes (social, ecológica, cultural, etc.); conservar y
preservar los recursos naturales y culturales; considerar en todo momento los intereses y las
necesidades de la población involucrada; garantizar el principio de equidad social entre la
población y; además de establecer políticas, normas y lineamientos que promuevan dicha
práctica.
1.2 LA CRISIS MEDIOAMBIENTAL
Tal como señala Enkerklin (1997), en el transcurso de la historia el hombre ha modificado el
ambiente del cual depende con la finalidad de conseguir sus satisfactores. Desde que habita
la tierra ha llegado a ser cada vez más una profunda fuerza modificadora, va cambiando
constantemente la faz del planeta, a veces para mejorarlo según sus criterios o en el mayor
de los casos para su deterioro en nombre de la civilización o el desarrollo humano.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
11
Las actividades humanas están íntimamente ligadas a la naturaleza, se cree que ella es la
fuente infinita de bienes y servicios. Este concepto tan restringido se relaciona
históricamente al desarrollo tecnológico de los tiempos modernos con el cual la humanidad
se ha dejado del medio natural, distanciamiento que ha resultado en que las consecuencias
del consumo desmedido de los recursos naturales se examinen exclusivamente en términos
sociales y económicos.
La crisis medioambiental no es un fenómeno aislado, sino que es un componente destacado
de la crisis global de nuestra civilización industrial y en ningún caso se puede estudiar
separadamente del contexto general. Así pues, cualquier intento de analizar los problemas,
causas y soluciones de la “ecocrisis” debe pasar necesariamente por una comprensión del
estado crítico de la situación mundial (Vizcaíno, 1989). La crisis global y estructural que
marca la transición hacia una nueva sociedad, se viene manifestando a través de una serie
de crisis parciales (energética, económica, financiera, de relaciones internacionales, de
valores, etc.). La crisis del medio ambiente no es solamente de recursos y de capacidad
biológica del ecosistema global, sino que aunada a la crisis del modelo de desarrollo
industrial refleja la degradación del medio ambiente humano en su dimensión sociocultural.
Si bien las causas directas de la crisis ambiental las hallamos en una constelación
interactuante de fenómenos poblacionales, científico tecnológico y crecimiento económico
incontrolado (Vizcaíno, 1989; Enkerklin, 1997). Los grandes problemas ambientales con los
que hoy nos encontramos son en su mayoría consecuencia de la inadecuada actitud del
hombre respecto a la naturaleza, es por ello que se ha ido constantemente cambiando la
perspectiva que se tiene o bien tenía de que la naturaleza únicamente servia al hombre, es
por lo que ahora se busca tener una idea critica y buscar una co-relacion armónica del
hombre-medio ambiente, pero es muy importante que en el afán de proteger los recursos
naturales y el medio ambiente se tenga un concepto claro para su correcta aplicación a esta
nueva ideología, siendo que la ecología no es solo el estudio del ambiente o la relación de
los organismos en su ambiente, sino que también abarca ramas de la biología como son la
evolución, genética, fisiología, entre otras que deben tener claro entendimiento para tener
una visión de conservación con un enfoque y criterio correcto y que en verdad lleve a un
beneficio mutuo entre el hombre y el medio ambiente (Enkerklin, 1997)
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
12
1.2.1 EL DESARROLLO Y LA ECOLOGÍA
Tal como se señala en Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT,
2005) y Bautista-Zúñiga (1999), el desarrollo se ha definido de muchas maneras, una de
ellas es considerarlo como una aplicación de recursos humanos, financieros, biológicos y
físicos al ambiente con el fin de satisfacer necesidades humanas y mejorar el nivel de vida.
El uso inadecuado de la palabra ambiente ha contribuido a la confusión del papel que juega
la ecología en el desarrollo. Los ecosistemas se modifican durante el desarrollo. Pero no es
tan solo la transformación económica, o el manejo de fuentes de agua ni la imposición de
tecnologías modernas en agricultura. Desarrollo es la manipulación de las interacciones y
relaciones entre los componentes (estructura) y procesos (función) de los ecosistemas. El
sustento del hombre depende de la capacidad de la naturaleza para proveer bienes y
servicios. A su vez, tal capacidad está determinada por la estructura y función o, en otras
palabras, el estado de salud de los sistemas ecológico. Es aquí donde la ecología juega un
papel primordial en el progreso ya que se encarga de estudiar a los ecosistemas y de esta
manera pone a disposición de gobiernos y personas interesadas los conceptos y métodos
necesarios para evitar la destrucción de la naturaleza y el descenso del nivel de vida. Todo
proceso productivo es la apropiación de la naturaleza por parte de los hombres mediante
ciertas formas de organización social. Al hacer uso de los ecosistemas se alteran una
multitud de elementos de muy diversas índole. Estos se pueden agrupar, de manera general,
en económicos, políticos, biológicos y sociales. Todos ellos son importantes, pero es bien
sabido que algunos profesionales le dan más importancia a los elementos económicos que a
los biológicos, es por ellos que todo proyecto debe estar estructurado de manera eficaz y
eficiente tanto para el desarrollador como para el medio ambiente, es decir buscar un
equilibrio económico y de conservación, para ello, la utilización de un ecosistema debe
planearse cuidadosamente a fin de evitar la destrucción de los recursos. Es necesario
determinar primero la vocación de los sistemas ecológicos y reconocer las interacciones
entre los factores ambientales, ya que solo así se pueden resolver los problemas locales por
medio de la asignación de usos específicos a cada parte de un ecosistema. No existe
ninguna oposición por la que la protección ambiental y la justicia social puedan funcionar la
armonía con beneficio para ambas partes, lo importante y primordial en ello es el desarrollo
de políticas que promuevan ambos. El fundamento del máximo aprovechamiento es la
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
13
noción de que la explotación de los recursos naturales debe realizarse en forma compatible
con la manipulación de otros recursos y con las restricciones de los sistemas naturales. La
aplicación de programas para la explotación de los recursos debe tener como meta alcanzar
el rendimiento máximo sustentable. Esto se refiere a la obtención de la mayor cantidad de
individuos de una población, sin que eso ponga en peligro rendimientos futuros. La
planificación en este caso es la actividad que se encarga de establecer metas, clasificar
alternativas y ordenar prioridades con el fin de explotar y distribuir racionalmente los recursos
naturales para el máximo beneficio del hombre. La planeación está restringida por el tiempo
disponible y la carencia de recursos e información. Una planeación adecuada debe
considerar tener un objetivo fijo por el cual se siga una meta en particular, además de una
comunicación adecuada con el fin de garantizar que las decisiones estén basadas en hechos
científicos, debe existir una comunicación continua y eficiente entre la parte administrativa y
la científica, la consideración de una integración uniforme de los factores biológicos, sociales,
económicos y políticos, además de una participación pública complementan el sistema de
planeación.
1.3 LAS EVALUACIONES DE IMPACTO AMBIENTAL1
Todos los ecosistemas o en sentido amplio los sistemas ambientales, tienen umbrales de
tolerancia para amortiguar alteraciones, que si son sobrepasados el sistema puede ser
modificado temporalmente hasta su destrucción parcial o total. En tal sentido, la incidencia de
las actividades humanas sobre los sistemas ambientales da lugar a transformaciones que de
modo genérico se denominan impactos (Bojorquez y Ortega, 1988). Es ineludible la
necesidad de satisfacer las crecientes necesidades de las sociedades humanas y seguir
implementando proyectos de desarrollo, sin embargo esto no implica que los mismos deban
ser valorados solamente desde un punto de vista economicista (costo-beneficio). A partir de
la segunda mitad del siglo XX se comienza a tomar conciencia de que las prácticas agrícolas
e industriales producen impactos negativos sobre los sistemas ambientales los cuales
1 Véase en la segunda parte de este documento en la sección de Modulo I para una información más detallada
sobre el tema de las Evaluaciones de Impacto Ambiental (EIA).
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
14
superan la capacidad de amortiguación de los mismos. Esto conllevó a la introducción del
concepto de impacto ambiental, lo cual produjo un giro significativo en el modo de enfocar los
procesos de planificación, diseño y ejecución de las actividades humanas, incluyendo el
criterio ambiental en la valoración de la viabilidad de las acciones a emprender.
La Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección Ambiental (LGEEPA, 1996) define al
impacto ambiental como la modificación del ambiente causada por la naturaleza o por las
actividades humanas. La ley establece que cualquier proyecto de desarrollo que puede dañar
el equilibrio ecológico o exceder normas de protección ambiental debe ser autorizado por el
Gobierno Federal a través de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología.
Consecuentemente, las actividades contempladas por la ley son, entre otras, proyectos de
ingeniería, cambios de leyes, programas forestales o mineros o programas económicos. Los
impactos pueden ser positivos o negativos. Un impacto negativo es aquel que hace disminuir
el nivel de vida y, al contrario, un impacto positivo lo incrementa, un mismo agente puede
producir ambos. Al igual que las definiciones de EIA, la clasificación de los impactos
ambientales puede seguir distintos criterios (Aguiló, 1993):
- Cualitativos. La clasificación del proyecto se basa en el establecimiento de juicios de
valoración. Por ejemplo, la calidad del ambiente se verá afectada en forma: leve, moderada o
severa. También pueden utilizarse términos como: poco significativo, significativo y muy
significativo.
- Espaciales. La clasificación del proyecto se realiza en base al análisis de su extensión
territorial. Pudiendo clasificarse los impactos como: puntuales (restringido al espacio del
emprendimiento), impactos parciales (una extensión más amplia que la propia área del
emprendimiento) e impactos extendidos (cuando el impacto se produce en un lugar pero se
extiende a un área considerable).
- Recuperación del ambiente receptor. Se base en el análisis de las respuestas del ambiente
frente al impacto ambiental. En tal sentido los impactos pueden ser: reversibles (cuando no
sobrepasan la capacidad de resiliencia del sistema ambiental, es decir cuando se retira la
fuente del impacto o se implementan medidas correctivas el sistema retorna a su nivel
inicial), mitigable (cuando la aplicación de determinadas medidas permite atenuar el impacto
y volver a una calidad ambiental anterior pero con cierta degradación mínima del sistema
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
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ambiental) e irreversible (cuando no es posible la aplicación de medidas que permitan
recuperar la calidad inicial del sistema ambiental).
- Temporales. Evalúa los impactos según la periodicidad o frecuencia de los mismos. Así
pueden considerarse impactos: continuos (cuando se presentan durante todo el periodo de
funcionamiento del emprendimiento) y discontinuos (cuando solo se produce en
determinados periodos de tiempo: estacional, diario, etc.).
- Ordinales. Se basa en el tipo de acción del impacto y en el establecimiento de relaciones de
causalidad. El impacto de la acción realizada sobre el ambiente es directo cuando es posible
determinar la relación causa-efecto e indirecto cuando el efecto ocurre por interdependencia
(efectos en cascada, la acción “X” causa un efecto “A”, el efecto “A” causa un efecto “B” y así
sucesivamente).
- Acumulativos, cuando muchos proyectos iguales acumulan la magnitud del efecto.
Es decir, muchos proyectos distintos en un área acotada presionan sobre los mismos
parámetros, incremento del impacto en forma sostenida en el tiempo hasta pasar la
capacidad de recuperación del sistema.
El propósito de las evaluaciones de impacto ambiental es servir de ayuda en el proceso de
toma de decisiones, por tanto los resultados deben ser presentados en forma resumida y
fácilmente comprensible de modo que orienten en la decisión de la conveniencia o no de que
un proyecto se ejecute. Además de la identificación, prevención e interpretación de los
potenciales efectos generados por la ejecución de una acción, parte importante de la
evaluación de impacto ambiental es proporcionar un conjunto de medidas que permitan
atenuarlos, compensarlos e incluso suprimirlos. Por tanto, el proceso de evaluación de
impacto ambiental debe necesariamente ser de carácter interdisciplinario y con base
científica, técnica, sociocultural, económica y jurídica (LGEEPA, 1996).
Los estudios de EIA deben contener una serie de elementos (LGEEPA, 1996):
a) Análisis del proyecto: debe contener la totalidad de las acciones comprendidas en las
diferentes etapas del proyecto (Pre-inversión - considera el proyecto antes que se desarrolle,
Ejecución - construcción del proyecto, Operación - vida útil del proyecto o de la actividad y
Abandono - condiciones posteriores a la desarticulación del proyecto).
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
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b) Descripción de la estructura y funcionamiento del ambiente receptor del proyecto.
Es decir, determinar detalladamente las características del medio biótico, abiótico y
socioeconómico, donde se va a emplazar el proyecto.
c) Identificación las áreas más sensibles y en caso que corresponda, aquellas relevantes
para su conservación. Esta etapa debe incluir las metodologías y criterios a ser empleados.
d) Definición del ámbito espacio-temporal de aplicación del Evaluación de Impacto Ambiental.
e) Identificación de impactos (positivos y negativos).
f) Valoración de impactos, de acuerdo a criterios técnicos y científicos, considerando cada
una de las áreas definidas, las necesidades generales de la zona y la importancia del
proyecto para el país.
g) Comparación y selección de alternativas, si las hay.
h) Proposición de medidas correctoras.
i) Valoración de impactos residuales. Planes de vigilancia y control.
Las metodologías para la predicción y evaluación de impactos varían en complejidad, desde
las meramente intuitivas hasta las basadas en hipótesis sobre el funcionamiento de los
procesos ambientales.
Por otra parte, es importante señalar que debe establecerse no sólo la magnitud del impacto
sino también el umbral a partir del cual los efectos limitan el desarrollo de la actividad
evaluada.
A continuación se presentan los métodos más empleados en estudios de Evaluación de
Impacto Ambiental (Bojorquez, 1988; Fernández, 1995):
• Lista de comprobaciones. Permiten rápidamente identificar los impactos más significativos
de los proyectos. En general constituyen una primera aproximación al problema, la que debe
complementarse con estudios que permitan identificar la importancia del impacto (espacial y
temporal).
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
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• Matrices. Consisten en la construcción de matrices donde los componentes del ambiente se
ubican en las filas y las actividades por etapa del proyecto en las columnas. El análisis y la
valoración del cruzamiento se realizan por celdas. Existen modelos de matrices
preestablecidas como la Matriz de Leopold, la que permite el análisis de datos cualitativos y
cuantitativos. En el trabajo con matrices es importante incluir todas las fases del proyecto,
listar los componentes del ambiente siguiendo el orden de la lista de comprobación, decidir la
valoración del impacto, analizar cada una de las celdas, acompañar la matriz con notas
explicativas referentes a las celdas más complejas y definir explícitamente los límites
espaciales relativos a cada parámetro ambiental.
• Redes o Flujogramas. Corresponden a la construcción de un esquema de redes en el que
se identifican todas las acciones del proyecto, los componentes del ambiente receptor, las
alteraciones en cada componente y las interacciones entre cada uno de los elementos
considerados. La aplicación de diagramas de redes permite muy rápidamente identificar los
componentes del sistema más sensibles, así como las acciones del proyecto más
problemáticas.
• Sistemas de Información Geográfica (SIG). Posibilita identificar espacialmente los
componentes del sistema ambiental, explicar sus interacciones e incluir las acciones del
proyecto. Si bien puede resultar muy costosa su organización, tiene la ventaja comparativa
de permitir fácilmente actualizar la información y simular escenarios, a través de la
incorporación de diversas situaciones o alternativas en cada una de las fases del proyecto,
llegando incluso a modelar el comportamiento para cada uno de los escenarios.
1.3.1 LA INCERTIDUMBRE EN LAS EIA
Con base en Gómez (2002), para que las EIA sean útiles deben ser objetivas y basadas en
hechos. Sin embargo, estas son, comúnmente, estudios de corta duración acerca de
problemas y ecosistemas de los cuales se tiene poca información básica. Esta circunstancia
obliga a que los análisis se basen en suposiciones sobre condiciones e interacciones entre
los elementos del ecosistema, lo que conlleva a que se deba hacer un esfuerzo adicional
para establecer formalmente esas suposiciones y, de esta forma, separar hechos de meras
opiniones.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
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A pesar de que se ha criticado su sustentación científica y metodológica, las EIA son,
sobretodo, herramientas de explotación de las posibles consecuencias de la ejecución de
obras específicas. Es decir, las EIA no son un conjunto de predicciones formales, son más
bien prospectivas. Las prospectivas no tratan de señalar como será objeto de estudio sino de
construir imágenes de cómo podría ser. En todo caso, una EIA debe ser un ejercicio riguroso
y repetible, cuyos resultados deriven de hipótesis, información y reglas de inferencia
explicitas. La probabilidad de acierto o incertidumbre en las prospectivas descansa
significativamente sobre la percepción que se posea acerca del ambiente y, por esto,
depende de los fundamentos sobre los que se efectúen los análisis correspondientes. Para
hacer frente a la incertidumbre en las EIA sería necesario contar con un procedimiento de
evaluación continuo por el que se validaran las imágenes del futuro y, al mismo tiempo, se
obtuvieran experiencias sobre sucesos antes conocidos. Ello permitirá modificar las obras en
curso para mitigar impactos no previstos y, lo más importante, preveer impacto en
evaluaciones futuras. Este tipo de manejo se ha llamado adaptativo y supone modificación a
proyectos, obras y políticas de desarrollo en respuesta a información obtenida en
investigaciones prácticas y teóricas. En muchos casos las modificaciones podrían
considerarse ineficientes en el sentido económico o social, pero su valor debería juzgarse por
los beneficios a largo plazo. Con todo el reto para los ecólogos es hacer predicciones útiles,
basadas en conocimientos ecológicos, en lugar de solamente emitir juicios, después de la
ocurrencia de impactos. Como se ha visto, el problema principal de las EIA es la carencia de
tiempo para la obtención de datos con la calidad suficiente para hacer predicciones
confiables. Siendo esta la mayor limitante, para mejorar las EIA es menester la creación de
bases de datos por computadora que contengan inventarios de recursos naturales a escala
suficiente para servir de base en la planeación de políticas y programas de desarrollo. Para
aprovechar la capacidad de las microcomputadoras modernas, estas bases de datos
deberán están integradas dentro de sistemas expertos concertadas a sistemas de
información geográfica. La combinación de grandes bases de datos, sistemas expertos y
sistemas de información geográfica permitirá, por un lado la utilización de mejores datos y
por otro que los expertos dediquen una mayor parte de su escaso tiempo a hacer análisis y
predicciones (González et al, 1983).
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
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1.4 PROGRAMA NACIONAL DE AUDITORÍA AMBIENTAL (PNAA)
Tal como se señala en Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA, 2012),
las auditorías ambientales es un proceso de evaluación sistemática, documentada, periódica
y objetiva de la eficacia de la organización del sistema de gestión y de los procedimientos
destinados a la protección del medio ambiente, que tiene por objeto facilitar el control
medioambiental y la adecuación de las políticas medioambientales de la empresa. Esta
definición de la auditoría ambiental ha de considerarse como un punto de partida, ya que la
auditoria tiene un alcance muy amplio y presenta tal multiplicidad de objetivos, que sería
imposible enumerar. En México, hemos encontrado como nuestros principales problemas,
el rápido crecimiento desordenado, las crisis económicas y como consecuencia de éstos la
contaminación ambiental. Debido a esta gran problemática han surgido nuevas legislaciones
en nuestro Derecho Mexicano.
Una de ellas es la Legislación Ambiental, que deriva de nuestra Constitución, misma que en
1917, fecha en que se promulga, el país contaba con sólo quince millones de habitantes y ya
nuestros legisladores se preocupaban por el uso de la tierra, conociendo las bondades de
nuestros recursos naturales que hacía poco probable la validez de la Tesis de Maltas, sobre
el crecimiento geométrico de la población, así como también la circunstancia de que la Carta
de Querétaro, no soslayara la Protección del Medio Ambiente. Bajo este punto de vista
fueron decretadas en México, las primeras reservas de la biosfera, es decir, la Isla de
Guadalupe y Cajón del Diablo del 27 de octubre de 1922 y 14 de septiembre de 1937
respectivamente; y bajo el mismo fundamento el Congreso de la Unión, apoyó leyes como la
Ley para Prevenir y Controlar la Contaminación Ambiental del 12 de marzo de 1971 y luego
la Ley Federal de Protección al Ambiente del 11 de febrero de 1982. Si bien es cierto, que
podemos señalar la vocación ambientalista, también es importante reconocer que la
Legislación Ambiental, ha sido objeto de una profunda modernización en los últimos treinta
años.
Consideramos por esta razón, que es de suma importancia tener un claro conocimiento de
cuáles son las jerarquías y en qué momento es competente una autoridad, ya sea Federal,
Estatal o Municipal, para intervenir en los proyectos o actividades, en donde se genere algún
desequilibrio ecológico, logrando con esto el cierre obligado de empresas, o la aplicación de
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
20
medidas preventivas, compensatorias o de otra índole. La política ambiental mexicana, tiene
una historia de apenas tres décadas a pesar de que ya desde la Constitución de 1917, en su
artículo 27, se sentaban las bases para su desarrollo, al acondicionar la utilización de los
recursos naturales al interés de la nación. Sin embargo no es sino hasta los años setenta, en
que se adquiere un carácter propio, al crearse la Subsecretaría de Protección al Ambiente
adscrita a la Secretaría de Salubridad y Asistencia y que se enmarca jurídicamente en la Ley
Federal para Prevenir y Controlar la Contaminación Ambiental de 1971. El primer documento
realizado para la protección del medio ambiente en la República Mexicana, fue la Ley de
Conservación del Suelo y Agua, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 31
de diciembre de 1945. Esta Ley tenía por objeto fomentar, proteger y reglamentar la
conservación de los recursos de suelos y aguas básicos para la agricultura nacional. Así se
expidió en 1971 la Ley Federal para Prevenir y Controlar la Contaminación Ambiental, en
1982, la Ley Federal de Protección al Ambiente y en 1988, se promulga la LGEEPA, así
como sucesivamente, las leyes locales en 31 entidades y el Distrito Federal y seis
reglamentos de la Ley General. A un año de su creación, la PROFEPA, órgano
desconcentrado de la Sedesol, tuvo definida y en operación la estructura para el
cumplimiento de sus atribuciones en materia de vigilancia de la aplicación del marco legal
ecológico, elaborar criterios y programas para la protección, defensa y restauración del
ambiente e incentivar e incrementar la participación de la sociedad en la participación del
medio ambiente y los recursos naturales. Para el cumplimiento de sus atribuciones, la
Procuraduría contaba con tres áreas fundamentales: Auditoría Ambiental, Verificación
Normativa y Participación Social y Quejas. En su momento y a fin de implementar una
política preventiva y promover que la industria conozca y ejecute programas que eviten
daños a la ecología, se realizan auditorías y peritajes ambientales a la planta industrial. En el
campo de la verificación normativa, permanentemente verifica el cumplimiento y aplicación
de la normatividad correspondiente.
En materia de participación social y quejas, a fin de establecer y fomentar una conciencia
ecológica se imparten conferencias; seminarios, cursos de educación ecológica no formal,
talleres ambientales infantiles. Se elaboran, editan y distribuyen materiales informativos como
folletos, carteles, trípticos, cartillas, manuales, cuadernillos y materiales audiovisuales. A
partir de 1992, la PROFEPA instrumentó el Programa Nacional de Auditoría Ambiental
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
21
(PNAA), como una iniciativa de apoyo a las empresas que adoptaban planes voluntarios para
alcanzar el cumplimiento de la legislación, y en 1997, se inició la expedición de certificados
de Industria Limpia, a las empresas que concluyeron los planes de inversión y obras
comprometidas para la remediación y subsanado las deficiencias detectadas durante la
auditoría. Desde la creación de la Procuraduría, una de sus principales funciones es lograr el
cumplimiento de la regulación ambiental para proteger al ambiente, a través de tres líneas
estratégicas reflejadas en la que fue su estructura orgánica a nivel de Subprocuradurías: la
de Verificación Industrial, la de Recursos Naturales y la de Auditoría Ambiental (Vaquero,
1997; Brañes, 1987; Bustamante, 1995).
La primera, se encarga de la verificación del cumplimiento de la normatividad por parte
del sector industrial.
La segunda atiende lo relativo a los recursos naturales, pesca, forestal, flora y fauna.
Ambos enfoques se comprenden como actos de autoridad que se instrumentan con
estricto apego a las garantías constitucionales y se dirigen eminentemente a lograr
congruencia entre el marco jurídico vigente y la actuación de los particulares en el
desempeño diario de sus actividades. Como puede comprenderse, el Gobierno
Federal en estos casos puede actuar solamente en aquellos aspectos que están
regulados.
La tercer Subprocuraduría se encarga de la auditoría ambiental, un concepto
adoptado en México durante 1992, como una acción que no implica actos unilaterales
y sí acuerdos de voluntad, por lo que puede involucrar aspectos no regulados en
materia de control de la contaminación y riesgo ambiental, a fin de que sean atendidos
por el sector industrial.
El programa consiste en una serie ordenada de actividades necesarias para fomentar la
realización de auditorías ambientales. El ingreso al programa es de carácter voluntario al cual
pueden adherirse las organizaciones productivas que así lo deseen con la finalidad no solo
de ayudarse a garantizar el cumplimiento efectivo de la legislación, sino mejorar la eficiencia
de sus procesos de producción, su desempeño ambiental y su competitividad.
Sus funcionamientos consisten en investigar e identificar sectores para promover y fomentar
la participación en el programa, planea el desarrollo del programa además del desarrollo de
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22
instrumentos para la ejecución del programa, se encarga de capacitar a empresas y a los
auditores además de desarrollar un sistema de reconocimientos y estímulos.
La PROFEPA revisa el ingreso de la solicitud al programa, coordina y da seguimiento a la
auditoría ambiental, verifica el cumplimiento de los requisitos de la auditoría ambiental y
emite el certificado.
El programa genera indicadores de desempeño de las empresas participantes, mide la
efectividad del programa y brinda elementos para la toma de decisiones. Para todo el
proceso se requiere personal calificado denominados auditores ambientales y la
Procuraduría Federal de Protección al Ambiente aprueba y evalúa a los auditores
ambientales y estimula la formación de auditores.
Dentro del PNAA se concentran esfuerzos en las empresas o instalaciones que pueden
generar impactos negativos importantes al medio ambiente, mediante distintas estrategias
promueven que sus procesos productivos sean limpios (Arangüena Aurelio, 1994).
La PROFEPA ofrece a las empresas e instalaciones participantes en el programa la
oportunidad de mejorar sus operaciones y procesos productivos, mediante la revisión de los
mismos por parte de un auditor ambiental aprobado lo que permite la identificación de
oportunidades de mejora, que una vez atendidas son reconocidas mediante un Certificado de
Industria Limpia, Calidad Ambiental o Calidad Ambiental Turística. Asegurando de paso el
cumplimiento del marco legal federal y local.
Actualmente trabajan con más de 6,000 empresas, las cuales al participar obtienen mayor
eficiencia ambiental, incremento a su competitividad y un buen desempeño en sus
operaciones (Ibáñez e Ivanova, 2011).
1.4.1 CERTIFICACIÓN DE CALIDAD AMBIENTAL TURÍSTICA, EL CASO DE BAJA
CALIFORNIA SUR
La certificación es una estrategia de evaluación derivada de las auditorías ambientales
utilizada para lograr el mejoramiento de la calidad de procesos, productos y/o servicios. Es el
proceso al que voluntariamente se somete una empresa o grupo con el fin de que se evalúe
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la calidad de las actividades que realiza. La Certificación Ambiental hace referencia a una
calidad ambiental que garantice la conservación de los recursos naturales y logre el manejo
sustentable en beneficio del entorno natural y social.
En México la Certificación Ambiental se evalúa en diferentes áreas como: Agua Potable y
Aguas Residuales, Suelo y Subsuelo, Emisiones Atmosféricas, Indicadores Ambientales,
Residuos Sólidos y Residuos Peligrosos, Ruido, Riesgo Ambiental, y Sistemas de Gestión
Ambiental (Secretaría de Turismo- SECTUR, 2011). Se realiza mediante la identificación,
evaluación y control de los procesos industriales que pudiesen estar operando bajo
condiciones de riesgo o provocando contaminación al ambiente, y consiste en la revisión
sistemática y exhaustiva de una empresa de bienes o servicios en sus procedimientos y
prácticas con la finalidad de comprobar el grado de cumplimiento de los aspectos tanto
normados como los no normados en materia ambiental y poder en consecuencia, detectar
posibles situaciones de riesgo a fin de emitir las recomendaciones preventivas y correctivas a
que haya lugar. Obtener una Certificación Ambiental garantiza el cumplimiento con la
legislación ambiental vigente, una evaluación integral de procesos y su impacto con el medio
ambiente, importantes ahorros mediante el uso eficiente de materias primas y productos,
ahorros fiscales mediante la depreciación de bienes de activo fijo, y la reducción en costos
por concepto de primas de seguros. Así mismo mejorar la imagen de la empresa ante la
sociedad y brinda el reconocimiento por parte de las autoridades. El Gobierno Mexicano
otorga certificaciones que garantizan el cumplimiento de normas en materia ambiental a
través Sellos de Certificados Ambientales para los siguientes rubros:
INDUSTRIA LIMPIA - Certificado otorgado para el sector manufacturero (petroquímica, química,
metalurgia, automotriz, galvanoplastia, etc.).
CUMPLIMIENTO AMBIENTAL - Certificado otorgado para el sector no manufacturero (UMAS,
granjas, hospitales, panaderías, laboratorios clínicos, etc.)
CALIDAD AMBIENTAL TURÍSTICA - Certificado otorgado para el giro turístico (hoteles, balnearios,
ecoturismo, parques recreativos, acuarios)
Y un reconocimiento especial de EXCELENCIA AMBIENTAL
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
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Al evaluar la calidad ambiental se menciona que esta representa, por definición, las
características cualitativas y/o cuantitativas inherentes al ambiente en general o medio
particular, y su relación con la capacidad relativa de este para satisfacer las necesidades del
hombre y/o los ecosistemas.
Según datos publicados por SECTUR (2011), se tienen registro de 2 hoteles, 1 en la ciudad
de La Paz2 y 1 en la ciudad de Los Cabos que cuenta con el Certificado de Calidad
Ambiental Turística, este es el Hotel Fiesta Americana Grand Los Cabos, en el cual sus
instalaciones turísticas han demostrado que además de cumplir con la normatividad
ambiental, realizan buenas prácticas ambientales. Ubicado en la región de Baja California
Sur, Fiesta Americana Grand Los Cabos Golf and Spa ofrece 249 lujosas habitaciones y
suites, con balcones privados con vista a su propia playa privada y al Mar de Cortés. Su
diseño arquitectónico permite disfrutar de un paisaje del desierto y mar. Cuenta con 5
albercas, gimnasio, un SOMMA WineSPA, y una cocina de autor en los diversos
restaurantes. Fiesta Americana Grand Los Cabos Golf and Spa se ha colocado en el número
nueve en la lista de "Los 50 Mejores Hoteles de Golf en el Mundo," por la revista Golf Digest.
Se distingue por su acceso cercano y exclusivo a los dos campos de campeonato dentro de
Cabo del Sol; incluyendo el Jack Nicklaus Ocean Course, que se sitúa entre los 100 mejores
campos fuera de los EE.UU. Y también, uno de los mejores campos en México, Cabo del Sol
Desert Course. La zona también ofrece experiencias marinas desde la pesca de alta mar
hasta el buceo, así como paseos a caballo y en motocicleta entre el desierto y el mar.
Su compromiso establecido mediante su participación en Fundación Posadas establece que
sus prácticas: Reducen el uso de contaminantes como el detergente con actividades como el
cambio de sabanas no se hace diariamente al cliente a menos que sea a petición de este, así
hacen participes a los clientes al cuidado del medio ambiente, la misma práctica se realiza
con las toallas. Cuidado del agua, mediante el ahorro; se utiliza la lavadora y lavalozas solo
cuando se genera una carga completa, tienen un programa de revisión bimestral de tuberías,
maquinarias y fluxómetros de sanitarios regaderas y llaves, riego de madrugada para evitar
la evaporización, los hoteles de playa utilizan el agua de mar para las habitaciones, áreas
comunes, áreas de servicio, etc. Mediante una planta desalinizadora, utilizan adaptadores
para sanitarios, mingitorios, llaves de agua y regaderas de muy bajo consumo, tienen un
2 Véase la sección de anexos. Anexo 4. Practica auditoría ambiental (Costa Baja)
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
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sistema de recirculación de agua que calienta constantemente el agua de las tuberías para
minimizar el tiempo de escape del caliente de las llaves, está prohibido lavar terrazas y pisos
de áreas comunes así como cocina con manguera. Dan útiles consejos a los clientes para el
ahorro del agua (Hotel Fiesta Americana Grand Los Cabos, 2012):
Cierre la llave mientras se afeita o se lava los dientes
No se afeite o lave los dientes en la regadera
Llene la lavadora y/o lavavajillas a su máxima capacidad cada vez que la utilice
Riegue el jardín temprano o al anochecer para evitar la evaporación del agua
Vigile el estado de los grifos y repárelos en caso de que goteen
Cierre la llave de la regadera mientras se enjabona
Reduzca su tiempo de baño a cinco minutos
Instale grifos o dispositivos economizadores de agua
Lave el auto usando una cubeta para evitar el desperdicio de agua
Recolecte el agua de la regadera en una cubeta mientras sale fría y utilícela después
para regar plantas o limpieza.
Lave los trastes en una bandeja con agua y no bajo llave
No utilice la manguera para barrer banquetas o terrazas
La ideología en los hoteles de Grupo Posadas es otorgar lo necesario para que viva
experiencias memorables; por eso cuidan todo lo que tenga que ver con el bienestar humano
para lograrlo.
1.5 PROGRAMA DE TURISMO SUSTENTABLE EN MÉXICO
Tal como se indica en Secretaria de Turismo (SECTUR, 2012), el Programa Agenda 21 para
el Turismo Mexicano, hoy, Programa de Turismo Sustentable en México, es una iniciativa de
la SECTUR que tiene como objetivo generar el desarrollo sustentable de la actividad turística
y mejorar las condiciones en los destinos turísticos de México, es un instrumento para
mejorar los efectos del turismo en el ámbito municipal y elevar el nivel de vida de los
pobladores de los destinos turísticos. Existe un ejercicio conjunto entre los Municipios, el
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
26
Estado, la Federación, los empresarios y las comunidades para lograr un desarrollo
sustentable del turismo. Este programa está enmarcado por tres grandes estrategias, cada
una permite trabajar en los diferentes aspectos del desarrollo sustentable de la actividad
turística:
Monitoreo y evaluación de la sustentabilidad turística (sistema de indicadores de
sustentabilidad para el turismo), esta es una de las principales estrategias el cual se
compone de cuatro grandes temas;
Medio ambiente el cual comprende los subtemas de agua y desechos sólidos.
Entorno socioeconómico abarcando beneficios económicos del turismo e
impacto ambiental.
Turismo mencionando la demanda turística y la oferta turística.
Desarrollo urbano el cual contempla la planeación urbana, desarrollo urbano
integral y la imagen urbana.
Derivado de la aplicación del sistema se obtiene un diagnostico, el cual es una herramienta
de planeación, que permite a los actores locales tomar decisiones para mejorar las
condiciones del destino en términos del desarrollo sustentable.
Agenda intersectorial de sustentabilidad.
Promoción de mejores prácticas ambientales en empresas y destinos.
La aplicación del sistema de indicadores de sustentabilidad para el turismo del 2002 al 2011
se manifestó en 115 destinos en toda la Republica Mexicana, en Baja california Sur en 4
destinos que son Loreto, La Paz, Los Cabos y Todos Santos, los cuales también se
encuentran como comités de Turismo Sustentable. Aun con todos los beneficios y buenos
propósitos que se consiguen con la práctica y planeación de un turismo sustentable se tienen
problemáticas identificadas en los destinos turísticos:
Medio ambiente; carencia de una planta de tratamiento de agua residual, inexistencia
de un relleno sanitario conforme a la norma, falta de un programa para el manejo de
residuos peligrosos.
Desarrollo urbano; inexistencia de un Plan de Desarrollo Urbano vigente y decretado,
falta de un Programa de Ordenamiento Ecológico a nivel local, elevado índice de
vivienda precaria e inexistencia de un Reglamento de Imagen Urbana.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
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Turismo; baja participación de los establecimientos turísticos en programas de
competitividad y baja participación en programas de certificación ambiental.
Así también como lo señala SECTUR (2012), derivado de las principales problemáticas antes
mencionadas, se creó la Agenda intersectorial de sustentabilidad, la cual opera en
coordinación con las dependencias de la Administración Pública Federal que pueden
contribuir a reducir las problemáticas identificadas a través de los diagnósticos;
implementación de planes para el manejo integral de los residuos, rehabilitación e
implementación de plantas de tratamiento de aguas residuales, actualización de planes de
desarrollo urbano y mejoramiento de la imagen urbana e implementación de rellenos
sanitarios intermunicipales y certificación en empresas turísticas. Actualmente el turista tiene
un mayor interés por preservar el medio ambiente, de acuerdo con encuestas realizadas por
organismos internacionales se identifico que el nicho de mercado al que le interesa preservar
el medio está teniendo un mayor auge, se manifiesta en las tendencias turísticas de
sustentabilidad como son la preferencia por viajes con menor impacto ambiental, elección de
destinos considerando el nivel de conservación del entorno natural, disposición a pagar un
precio más elevado a cambio de mayores beneficios para la comunidad, preferencias por
hoteles que cuenten con una certificación ambiental, interés en temas sociales, culturales y
ambientales de los destinos turísticos que visitan, entre otras.
1.6 DESARROLLO SUSTENTABLE PRIORIDAD PARA BAJA CALIFORNIA SUR
Son varios los ámbitos del desarrollo local, en los cuales el turismo tiene grandes impactos y
en los que contribuye de manera significativa. Entre los más importantes se encuentran el
económico como la captación de divisas para el mejoramiento y beneficio de locales, impulso
de zonas o regiones de menor desarrollo relativo a través del traslado de recursos
económicos en el estado como consecuencia de la capacidad para la redistribución del
ingreso y la generación de empleos productivos, cultural con la protección al patrimonio
histórico-cultural, mayor nivel educativo, político proyección de los sitios a nivel internacional
con la recepción de turistas extranjeros y social con la generación de empleos productivos,
desarrollo de las empresas locales (SEMARNAT, 2003). Para el desarrollo regional es
necesario que se cumplan condiciones como son:
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
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Uso de la mano de obra local disponible no solo en los servicios turísticos, sino
también en toda la industria y en las actividades relacionadas.
Insumos requeridos para el desarrollo de la actividad provenientes de la región y
zonas adyacentes.
Beneficio de explotación obtenidos por los hoteles, empresas prestadoras de servicios
complementarios, industrias y comercio con reinversión en la misma región.
El desarrollo sustentable sugiere la aplicación de políticas de largo plazo que busquen el
equilibrio entre la explotación de los recursos y la satisfacción de las necesidades humanas,
tomando en cuenta a las generaciones venideras. Así el principio de sustentabilidad debe ser
aplicado en los ámbitos ambiental que implica hacer uso racional de los recursos naturales y
evitar la degradación de los ecosistemas, sociocultural manifestándose a través del
mejoramiento del bienestar de la población sudcaliforniana con un mejor acceso a los
servicios y oportunidades de empleo y mediante la conservación de la identidad cultural y en
el ámbito económico se habla del reparto y distribución equitativa de los costos y riquezas
generadas.
Baja California Sur es un Estado rico en recursos naturales y ecosistemas propicios para el
desarrollo de proyectos turísticos pero se ha de hacer un énfasis en que dichos proyectos
sean amigables con el ambiente, que se busquen prácticas de sustentabilidad de los
recursos de los que se habla. La práctica de la actividad turística es una de las principales en
el estado por sus características y es no tan precipitado hablar sobre esta actividad como
una de las principales actividades económicas del estado. Algo que si seria de vital
importancia y fomentar en las empresas ya establecidas como el as futuras a establecerse
en desarrollos turísticos que se unan de manera voluntaria a la participación de auditorías
ambientales y certificación de calidad turística o de empresa limpia para así fomentar aun
más el manejo responsable de sus actividades, los beneficios de esto son (Ibáñez e Ivanova,
2011):
Facilitar acceso a las fuentes de financiamiento
Involucra a la comunidad fortalece el número y calidad de empleos en el sector
Reduce la contaminación
Mejora la calidad de los destinos
Evita la degradación física y visual del medio ambiente
Genera ahorro de energía
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
29
Mejora la calidad de vida
Incrementa la competitividad
1.7 CONCLUSIÓN
El turismo sustentable, entendido como una actividad que permite que se produzca el
desarrollo del turismo sin degradar o agotar los recursos que posibilitan ese mismo
desarrollo, ha representado un medio para respetar y preservar el medio ambiente. Se trata
de una actividad respetuosa con el medio natural y social de las comunidades involucradas,
surgida como una necesidad a raíz de los daños causados por el ser humano a los
ecosistemas naturales y de la erosión de la cultura local.
Lograr que el turismo sea una actividad promotora del desarrollo nacional requiere la
intervención socialmente responsable y eficiente del Estado. Esto debe fungir como promotor
y regulador de la actividad turística, para lo cual debe diseñar y ejecutar políticas públicas
enmarcadas en un proyecto regional o nacional. En toda estrategia de desarrollo la
participación coordinada del sector publico es fundamental, interviniendo en la ordenación y
regulación del sector, planificando la actividad turística en el marco de la política económica,
financiando determinadas actividades como son las infraestructuras, facilitando y
estimulando su desarrollo mediante el apoyo a determinadas campañas promocionales en
áreas concretas o mediante la promoción de ciertas actividades. El sector público puede
intervenir de manera directa o indirecta en la promoción del turismo, el fomento y
participación de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente en el aliento para la
certificación de las empresas en la calidad ambiental es una de las estrategias que considero
primordiales en Baja California Sur para lograr todas las metas propuestas en un plan de
desarrollo turístico sustentable.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
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SEGUNDA PARTE
MÓDULO 1. INTRODUCCIÓN AL CURSO Y DEFINICIÓN DE LA EVALUACIÓN DE
IMPACTO AMBIENTAL.
1.1 INTRODUCCIÓN
Basándonos en Enkerklin (1997), los problemas ambientales no son un problema reciente, el
crecimiento económico no ha tomado en cuenta la protección del medio ambiente, existe una
marcada dependencia del ser humano por los recursos que el medio ambiente ofrece para
poder satisfacer sus necesidades, pero esta problemática de la que se está hablando no es
únicamente en México o en nuestra comunidad, es una problemática global. Los sistemas
económicos y la industria han tenido cambios a lo largo de la historia con un resultado
desfavorable para la naturaleza y sus recursos, pues cada vez entramos en sistema
totalmente consumista. Estamos considerablemente agotando los recursos que la naturaleza
nos ofrece, por lo tanto existe un deterioro ambiental. Es necesario tomar medidas que
reviertan los procesos contaminantes de agotamiento de los recursos. No se habla de una
idea radical de dejar de utilizar recursos naturales sino de buscar su utilización de manera
consciente y sin provocar tanto la degradación del medio ambiente y procurando tener menor
contaminación en los procesos en los que se labora. Es necesario buscar y conseguir el
desarrollo sustentable y equilibrado, es de manera urgente aplicar medidas correctivas y
políticas ambientales que permitan la prevención y corrección de los daños al medio
ambiente y sus recursos naturales, como son la Evaluación de Impacto Ambiental. La
evaluación de impacto ambiental es un proceso que tiene por objetivo la identificación,
predicción e interpretación de los impactos ambientales que un proyecto o actividad
produciría en caso de ser ejecutado, así como la prevención, corrección y valoración de los
mismos, todo ello con el fin de ser aceptado, modificado o rechazado por parte de las
distintas Administraciones Públicas competentes. En este curso se describirá a detalle sobre
la EIA dando a conocer los conceptos específicos que ayudaran a entender, comprender y
complementar el tema, posteriormente una vez comprendidos dichos conceptos se habla del
origen de la EIA y como funge como instrumento de política ambiental, además se explica
cuál es su naturaleza así como los propósitos y finalidad por las que es elaborada e
implementada una evaluación de este tipo. Conociendo la naturaleza de la EIA se abarca su
tipología y su clasificación para posteriormente dar a conocer la logística que se emplea para
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
31
su realización, paso a paso se conocen todos los elementos que debe contener y como se
llevan a cabo, es decir cómo se desarrolla cada uno de sus apartados.
1.2 CONCEPTOS GENERALES
¿Qué es el medio ambiente? Este es el elemento principal del que se hablara en todo el
documento, este concepto se refiere al entorno vital, o sea el conjunto de factores físicos-
naturales, estéticos, culturales, sociales y económicos que interaccionan con el individuo y
con la comunidad en que vive Este concepto antes mencionado hace mención de la manera
directa en que está implicado el hombre, debido a que se menciona que el medio ambiente
no es solo todo aquello que rodea al hombre sino también hace mención en la acción del ser
humano sobre ese medio que le rodea. La relación de ser humano con el medio ambiente es
histórica, es decir, desde la aparición de este y la necesidad de satisfacer sus necesidades
debido a que del medio ambiente le proporciona esos recursos para lograr tal satisfacción,
pero con el paso del tiempo esa relación se ha ido modificando, entre más necesidades tiene
el hombre más recursos ha de requerir para satisfacerse es mayor su interrelación con el
medio ambiente es decir toma de la naturaleza lo que necesita y lo modifica y adapta hasta
saciar esa necesidad, en el mundo antiguo la relación era de sujeto- sujeto es decir se media
a la par en importancia y existía un respeto por parte del ser humano hacia la naturaleza y el
medio ambiente, se tenía la conciencia de que afectando el medio ambiente se tenían
repercusiones para sí mismos es por ello que se interesaba por cuidarlo de la mejor manera
posible y así tendría de él lo necesario sin afectarlo en gran medida, con la visión de tener
para futuras generaciones los mismos elementos de los cuales disponer para satisfacer esas
necesidades, existía un respeto y había menor impacto ambiental. Con el paso del tiempo
esa visión fue cambiando esa relación tuvo un cambio radical. Con la revolución industrial el
ser humano empezó a ver al medio ambiente como sujeto- objeto, es decir tomar en la
medida que fuera lo que se necesitara de la naturaleza y el medio ambiente sin tener medida
alguna pues se empezó a considerar como un objeto que solo estaba para servir al ser
humano para cubrir sus necesidades, lo que no se tomó en cuenta son las repercusiones que
esto tendrá en el mismo medio ambiente y que una afección a este tendría afecciones al ser
humano, el impacto al medio ambiente empezó a ser desmedido ya que existió una
exagerada explotación de los recursos, la población empezó a crecer y esto conllevo a tener
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
32
mayor consumo de los bienes y servicios, mayor demanda de los recursos, y a mayor
demanda mayor generación de residuos y sobrexplotación del medio ambiente, mayores
infraestructuras, mayores invención de tecnologías, la migración de las poblaciones rurales a
los asentamientos urbanos. El crecimiento poblacional está íntimamente relacionado con el
deterioro del medio ambiente, debido a que en la actualidad tiene un estilo de vida
totalmente consumista y despilfarrador que cada vez produce más residuos (Bautista-
Zúñiga, 1999; SEMARNAT, 2006).
Todas las actividades que el ser humano realiza, los desarrollos urbanos, las actividades
económicas como el turismo, ganadería industria, la agricultura son agentes de cambios y lo
que producen es contaminación y un impacto enorme en el medio ambiente como son las
alteraciones y perdidas de los ecosistemas, cambios climáticos y pérdida de la capa de
ozono, contaminación del agua suelo y aire, perdida de la biodiversidad entre otros efectos
negativos conocidos como impacto ambiental cuya definición es la modificación del
ambiente ocasionada por la acción del hombre o la naturaleza, no excluye las alteraciones
naturales ocasionadas por fenómenos naturales. Los impactos ambientales pueden ser
establecidos cuantitativamente con indicadores o cualitativamente según criterios de
valoración preestablecidos. Además de los impactos directos establecidos en la Evaluación
de Impacto Ambiental existen otra clase de impactos que pueden ser indirectos q son
secundarios o adicionales que podrían ocurrir sobre el ambiente como resultado de una
acción humana, los impactos acumulativos que resultan de una acción propuesta y que se
incrementan al añadir impactos colectivos o individuales producidos por otras acciones y los
impactos sinérgicos que son producidos como consecuencia de varias acciones y cuya
incidencia final es mayor a la suma de las incidencias parciales de las modificaciones
causadas por cada una de las acciones que las genera (Bautista- Zúñiga y Estrada, 1998).
Según Soto (2007), la huella ecológica consiste en conocer la superficie tanto terrestre como
marina necesaria para producir toda la materia prima que se requiere para satisfacer esas
necesidades así como la capacidad para absorber los desechos y generar la energía que
consumimos.
En la actualidad se tienen cifras alarmantes, se necesita más de un planeta y medio para
cubrir la huella ecológica es decir para realmente tener un equilibrio entre la demanda del ser
humano hacia los recursos y el medio ambiente y la capacidad que tiene el planeta para
satisfacer esa demanda.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
33
El sistema político capitalista por el cual nos regimos nos dicta ser consumistas, mayor
producción para tener mayor beneficio y la explotación irracional e ilimitada de los recursos,
pero es totalmente insostenible por el medio ambiente es por ello que surge la necesidad de
establecer un equilibrio y buscar un desarrollo equilibrado que permita mejorar la calidad de
vida.
El desarrollo sustentable es proceso integral que exige a los distintos actores de la sociedad
compromisos y responsabilidades en la aplicación del modelo económico, político, ambiental
y social, así como en los patrones de consumo que determinan la calidad de vida.
En 1987 con el INFORME BRUNDTLAND este documento, oficialmente denominado Our
Common Future, conceptualizó al desarrollo sustentable y expuso claramente la tensión -a
veces velada- entre problemática ambiental, pobreza y crecimiento económico. Luego, en
1992, será otra Conferencia de Naciones Unidas, sobre Medio Ambiente y Desarrollo, la
encargada de asentar y fortalecer su presencia, incluyendo en la Declaración de Río.
Este término de desarrollo sustentable está relacionado con crecimiento, estabilidad social y
modernización, es necesario reconocer que es un concepto muy complejo. No solo tiene un
significado económico o de crecimiento material, sino que también persigue la realización
plena del ser humano…Una antigua definición de desarrollo sustentable lo vincula a la
satisfacción de las necesidades presentes, si comprometer la habilidad de las futuras
generaciones para alcanzar sus propias metas. Visiones más recientes lo vinculan con un
proceso de mejoramiento sostenido y equitativo de la calidad de vida de las personas,
fundado en medidas apropiadas de conservación y protección ambiental. La base
fundamental es no sobrepasar la capacidad de recuperación ni de absorción de desechos
por parte del ambiente.
El desarrollo sustentable comprende tres vertientes principales relacionadas entre sí que son
desarrollo económico, desarrollo social y protección al medio ambiente.
1.3 ORIGEN DE LA EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL (EIA), COMO
INSTRUMENTO DE POLÍTICA AMBIENTAL
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
34
Según Martin (1999) y Vaquero (1997), la gestión ambiental son acciones que realiza la
sociedad con el fin de ordenar y manejar el medio ambiente, la gestión ambiental ayuda a
promover el desarrollo sustentable a través de políticas, normas, actividades operativas y
administrativas ejecutadas por el Estado y la sociedad, es necesario un conjunto de
instrumentos que ayuden a la aplicación efectiva de las políticas ambientales; uno de los
instrumentos más utilizados por las instituciones gubernamentales es la EIA, ayuda con la
decisión de si se debe aprobar una propuesta, basándose en la comprensión y evaluación de
las consecuencias ambientales de su implementación. Su objetivo es proteger al medio
ambiente facilitando la toma de decisiones en base a los objetivos de las propuestas
minimizando los efectos ambientales o previniendo efectos ambientales inaceptables. Los
objetivos principales de la gestión ambiental son la regulación de la capacidad de absorción
del medio a los impactos, previsión y prevención de impactos ambientales, ordenar la
planificación territorial y el monitoreo de las condiciones ambientales. La EIA permite corregir
acciones humanas y evita o mitiga los impactos negativos posibles su acción es de manera
preventiva en el proceso de gestión. La EIA fue concebida por primera vez en Estados
Unidos Fue una reacción a la planificación de proyectos y la toma de decisiones basada en
la eficiencia económica y la viabilidad energética, a menudo asociada a un costo ambiental.
En el Acta de Política Ambiental Nacional introdujo el requerimiento de evaluar los efectos
ambientales de acciones federales antes de la toma de decisión. En el caso de México, los
inicios de la Evaluación de Impacto Ambiental se registraron en 1988, año en el que se
publicó en el Diario Oficial de la Federación la LGEEPA y su Reglamento, dentro del cual en
el capítulo IV, sección I del artículo 17 al 44 se describen las características, objetivos y
requisitos de cada uno de los instrumentos de política ambiental los cuales se pueden
agrupar en tres categorías (LGEEPA, 2006):
Políticas de regulación directa: Están basadas en el sistema tradicional de comando-
control que se caracteriza por fijar condiciones, verificar y sancionar.
Políticas negociadas o de autorregulación: Son los acuerdos particulares y/o con
asociaciones industriales, sobre niveles de mejoramiento ambiental que se habrán de
alcanzar. En general conllevan acuerdos para ir más allá de las disposiciones legales
mínimas de desempeño ambiental.
Instrumentos económicos y de información pública.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
35
La EIA se encuentra dentro de las políticas de regulación directa y en la LGEEPA dentro del
artículo 28 se define como el procedimiento a través del cual la Secretaría establece las
condiciones a que se sujetara la realización de obras y actividades que puedan causar
desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones establecidos en las disposiciones
aplicables para proteger el ambiente y preservar y restaurar los ecosistemas, a fin de evitar o
reducir al mínimo sus efectos negativos sobre el ambiente.
1.4 NATURALEZA Y PROPÓSITOS DE LA EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
Los objetivos principales de la EIA son identificar los daños ambientales generados por
actividades específicas, predecir los impactos y repercusiones futuras sobre el medio
ambiente y la salud humana, interpretar cada uno de los efectos y medidas de evaluación y
mitigación de daños ambientales, evaluar los años con los beneficios, prevenir las
consecuencias o efectos ambientales que determinadas acciones, planes y programas o
proyectos pueden causar a la salud y el bienestar humano y al entorno, prever el desarrollo y
no reaccionar ante él, plantear verdaderas alternativas antes de tomar decisiones. Los
beneficios de la EIA son la aceptación o cancelación anticipada de propuestas no calificadas
ambientalmente, identificaciones incremento de aspectos ambientales favorables,
identificación e implantación de alternativas ambientales costo-efectivas, identificación y
participación de las partes interesadas y afectadas, diseño de proyectos más eficientes y
equitativos, integración adecuada de cuestiones económicas ambientales y sociales y la
generación de proyectos exitosos.
1.5 TIPOLOGÍA Y CLASIFICACIÓN DE LA EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
La EIA puede ser presentada en diferentes modalidades ante la SEMARNAT para su
evaluación por medio de la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA), estas
modalidades son (LGEEPA, 1996):
Informe preventivo: establecido en el artículo 31 de la LGEEPA donde señala que la
realización de las obras y actividades a que se refieren las fracciones I a XII del artículo
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
36
28, requerirán la presentación de un informe preventivo y no una manifestación de
impacto ambiental cuando;
I.-Existan normas oficiales mexicanas u otras disposiciones que regulen en general todos los
impactos ambientales relevantes que puedan producir las obras o actividades.
II.- Las obras o actividades de que se traten expresamente previstas por un plan parcial de
desarrollo urbano o de ordenamiento ecológico que haya sido evaluado por la Secretaría.
III.- Las instalaciones ubicadas en parques industriales autorizados en los términos de la
presente sección.
En los casos anteriores, la Secretaría, una vez analizado el informe preventivo, determinara,
en un plazo no mayor de veinte días, si se requiere la presentación de una manifestación de
impacto ambiental en alguna de las modalidades previstas en el reglamento de la presente
Ley, o si se está en alguno de los supuestos señalados.
Manifestación de impacto ambiental: Es un documento mediante el cual se da a conocer
con base en estudios el impacto ambiental significativo y potencial que generaría una
obra o actividad, así como la forma de evitarlo o atenuarlo en caso que sea negativo, esta
disposición se encuentra en el artículo 3° fraccionamiento XX de la Ley General del
Equilibrio Ecológico para la Protección al Medio Ambiente.
Las etapas de la EIA son:
I) Identificación y clasificación ambiental: En esta etapa se define la necesidad de
realizar una evaluación de impacto ambiental de detalle y el tipo de categoría
ambiental requerido. Se usa una evaluación preliminar basada en información como
es descripción del proyecto, descripción del área de influencia y medidas de
mitigación.
II) Preparación y análisis: Esta etapa corresponde a la aplicación concreta del alcance
del estudio definido para un proyecto determinado. Aquí se revisan los impactos
significativos, previamente identificados en la evaluación preliminar, especialmente
aquellos de carácter negativo, y se establecen sus respectivas medidas de mitigación
y compensación. Es un análisis detallado de los impactos ambientales, aspecto
fundamental para la posterior revisión y definición de requisitos de mitigación,
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
37
seguimiento y control. Incluye información como la descripción del ambiente,
pronóstico y análisis de impactos ambientales y plan de manejo ambiental.
III) Calificación y decisión: Corresponde a la etapa de revisión formal, por parte de la
autoridad, de los estudios de impacto ambiental. Se busca verificar la adecuación y
pertinencia de las medidas propuestas para el manejo de los impactos negativos
significativos derivados de las acciones específicas, la parte importante de esta etapa
es que se determina la aprobación, rechazo o solicitud de modificaciones a los
estudios.
IV) Etapa de seguimiento y control: Consiste en la verificación de la ejecución del plan de
manejo ambiental en la fase de implementación posterior de cada proyecto. Su
importancia radica en el seguimiento de que tanto la acción y todas las actividades
asociadas a ella, así como las medidas de mitigación comprometidas y los
mecanismos de seguimiento y control establecidos, den cuenta satisfactoriamente de
la protección del medio ambiente.
1.6 LOGÍSTICA EMPLEADA EN LA REALIZACIÓN DE LA EVALUACIÓN DE IMPACTO
AMBIENTAL
FASE 1.DATOS DEL PROYECTO, DEL PROMOVENTE Y DEL RESPONSABLE DEL
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL.
1.1 Proyecto
1.1.1 Nombre del proyecto
1.1.2 Ubicación del proyecto
1.1.3 Tiempo de vida útil del proyecto
1.1.4 Presentación de la documentación legal
1.2 Promovente
1.2.1 Nombre o razón social
1.2.2 Registro federal de contribuyente del Promovente
1.2.3 Nombre y cargo del representante legal
1.2.4 Dirección del Promovente o de su representante legal para recibir u oír notificaciones
1.3 Responsable de la elaboración del estudio de impacto ambiental
1.3.1 Nombre o razón social
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38
1.3.2 RFC o CURP
1.3.3 Nombre del responsable técnico del estudio
1.3.4 Dirección del responsable técnico del estudio
FASE 2. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
2.1 Información general del proyecto.
2.1.1 Naturaleza del proyecto
2.1.2 Selección del sitio
2.1.3 Ubicación física del proyecto y planos de localización
2.1.4 Inversión requerida (periodo a periodo, etapa por etapa, TIR, costos e Ing.)
2.1.5 Dimensiones del proyecto (superficie total afectar y en obra permanente)
2.1.6 Uso actual de suelo y/o cuerpos de agua en el sitio del proyecto y en sus colindancias
(suelo: agrícola, pecuario), agua (abastecimiento al público, recreación)
2.1.7 Urbanización del área y descripción de servicios requeridos (vías de acceso, energía
eléctrica)
2.2 Características particulares del proyecto
2.2.1 Programa general de trabajo (cronograma de actividades)
2.2.2 Preparación del sitio (diseño del proyecto)
2.2.3 Descripción de obras y actividades provisionales del proyecto
2.2.4 Etapa de construcción (duración)
2.2.5 Etapa de operación y mantenimiento (tipo de tecnología)
2.2.6 Descripción de obras asociadas al proyecto (edificios de áreas administrativas)
2.2.7 Etapa de abandono del sitio (acciones a ejecutar si el proyecto es abandonado)
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
39
2.2.8 Utilización de explosivos (tipo, cantidad, objetivo)
2.2.9 Generación, manejo y disposición de residuos sólidos, líquidos y emisiones a la
atmosfera (sin omitir ningún elemento por insignificante que sea)
2.2.10 Infraestructura adecuada para el manejo y disposición adecuada de los residuos
FASE 3. VINCULACIÓN CON LOS ORDNAMIENTOS JURÍDICOS APLICABLES EN
MATERIA AMBIENTAL Y EN SU CASO, CON LA REGULACIÓN DE USO DE SUELO.
o Planes de Ordenamiento Ecológico del Territorio (POET) decretados. Con base en
estos instrumentos deben describirse las Unidades de Gestión Ambiental (UGA´s)
del POET en las que se asentara el proyecto; así mismo se deberán determinar su
correspondencia a través de la descripción de la forma en que el proyecto dará
cumplimiento a cada una de dichas políticas y criterios ecológicos.
o Los planes y programas de Desarrollo Urbano Estatales, Municipales. En este
rubro es recomendable describir el Coeficiente de Ocupación del Suelo (COS), el
Coeficiente de utilización del suelo (CUS), niveles o alturas permitidas para la
construcción de las edificaciones en el predio donde se pretende desarrollar el
proyecto, las densidades de ocupación permitidas y demás restricciones
establecidas en el Plan o Programa de Desarrollo Urbano aplicable para el
proyecto. En tal sentido, se sugiere anexar copia de la constancia de uso de suelo
expedida por la autoridad correspondiente, en la cual se indiquen los usos
permitidos, condicionados y los que estuvieran prohibidos, también se recomienda
que se destaque en este documento la correspondencia de estos con los usos que
propone el propio proyecto.
o Programas de recuperación y restablecimiento de las zonas de restauración
ecológica.
o Normas Oficiales Mexicanas.
o Decretos y programas de Manejo de Áreas Naturales Protegidas. En este rubro se
recomienda mencionar si el proyecto se ubicara total o parcialmente dentro de un
Área Natural Protegida (ANP) y la categoría a la que esta pertenece, de ser el
caso, indicara si se afecta la zona núcleo o de amortiguamiento. Así mismo, se
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
40
señalara claramente si en el documento de declaratoria de ANP, así como en su
Programa de Manejo, se permite, se regula o se restringe la obra o actividad que
se pretende llevar a cabo y de qué modo lo hace, a fin de verificar si el proyecto es
compatible con la regulación existente. Es conveniente que lo anterior se
acompañe de un plano a escala grafica en el que se detalle algún rasgo o punto
fisiográfico, topográfico o urbano reconocible, con el fin de lograr una mejor
referenciarían de la zona.
o Bandos y reglamentos municipales. En caso de que existan otros ordenamientos
legales aplicables, es recomendable revisarlo e identificar la congruencia del
proyecto en relación con las disposiciones sobre el uso de suelo que estos
establezcan. Verificar que el proyecto cumpla con las disposiciones que existan en
la materia. Los proyectos compatibles con los instrumentos normativos de las ANP
tendrán mayor viabilidad ambiental. Si la incompatibilidad es manifiesta, se negara
la autorización del proyecto. Verificar que el proyecto cumpla con las disposiciones
que existan en la materia. Si el proyecto no se ajusta a ellos el dictamen podrá ser
negativo. La congruencia que ofrezca la delimitación del área de estudio con los
rasgos fisiográficos, sociales y ambientales, así como con el uso del suelo
establecido para el área donde se establecerá el proyecto.
FASE 4. DESCRIPCIÓN DEL SISTEMA AMBIENTAL Y SEÑALAMIENTO DE LA
PROBLEMÁTICA AMBIENTAL DETECTADA EN EL ÁREA DE INFLUECIA DEL
PROYECTO.
4.1 Delimitación del área de estudio (regionalización a través de unidades de gestión
ambiental)
4.2 Caracterización y análisis del sistema ambiental
4.2.1 Aspectos abióticos
a) Clima (tipo y fenómenos climáticos)
b) Geología y geomorfología (cerros, depresiones, laderas, relieve, presencia de fallas)
c) Suelos (tipos presente en áreas de influencia, plano edafológico)
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
41
d) Hidrología superficial y subterránea (ensambles cuerpos de agua, calidad del agua,
localización, profundidad, usos)
4.2.2 Aspectos bióticos
a) Vegetación terrestre
b) Fauna
4.2.3 Paisaje (descripción, calidad, fragilidad)
4.2.4 Medio socioeconómico
a) Demografía (crecimiento, estructura, edad, natalidad, mortandad, PEA)
b) Factores socioculturales (valores, creencias, costumbres, tradiciones, patrimonio
histórico, nivel de aceptación del proyecto)
4.2.5 Diagnóstico ambiental
a) Integración e interpretación de inventario ambiental (su relación con normatividad, con
la diversidad, atributos, rareza)
b) Síntesis de inventario (resumen de los caracteres más importantes de cada temática).
FASE 5. IDENTIFICACIÓN, DESCRIPCIÓN Y EVALUACIÓN DE LOS IMPACTOS
AMBIENTALES.
5.1 Metodología para evaluar los impactos ambientales.
5.1.1 Indicadores de impacto (bajo criterio de representatividad, relevancia, cuantificación)
5.1.2 Lista indicativa de indicadores de impacto (relacionados con la fauna, vegetación,
suelo, geología, hidrología, demografía, entre otros)
5.1.3 Criterios y metodología de valuación (justificación)
5.1.3.1 Criterios (comparación con otras metodologías)
5.1.3.2 Metodologías de evaluación
Matrices interactivas (matriz de Leopold): describe la interacción en términos de magnitud
e importancia, relacionando la acción a realizar con el elemento a afectar, es sumamente
útil para identificar impactos.
Matrices simples
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
42
Matrices de etapas
Diagrama de redes
Lista de control
Matriz de cribado: Permite la evaluación cualitativa del impacto sobre una matriz en la que
se cruzan las acciones del proyecto con los factores relevantes del medio ambiente.
Método de Battelle Columbus: Seria el más apropiado para este análisis cuantitativo de
los impactos.
Una vez que se establecen las interacciones entre acciones y elementos ambientales se
van asignando siglas que reflejan el impacto ambiental generado:
SA (significativamente adverso)
B (impacto beneficioso)
A (impacto adverso)
Bb (impacto beneficioso pequeño
Aa (efecto adverso pequeño)
O (se espera un impacto mesurable)
M (adverso menor o menos significativo)
Este tipo de matrices se usan para magnificar impactos de industrias, eléctricas, autopistas y
petroquímicas.
FASE 6. MEDIDAS PREVENTIVAS Y DE MITIGACIÓN DE LOS IMPACTOS
AMBIENTALES
6.1 Descripción de la medida o programa de medidas de mitigación o correctivas por
componente ambiental (describirla, establecer su duración, especificar su costo).
6.2 Impactos residuales (resumen de los impactos y medidas de mitigación, así como
también de los impactos que permanecerán en el ambiente sin ser mitigados).
FASE 7 PRONÓSTICOS AMBIENTALES Y EN SU CASO EVALUACIÓN DE
ALTERNATIVAS.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
43
7.1 Pronóstico del escenario (en caso de mitigar o no los daños ocasionados)
7.2 Programas de vigilancia ambiental (establecer un sistema de vigilancia que garantiza
el cumplimiento de las medidas de mitigación indicadas; así como los programas de
supervisión y medidas correctivas en caso de ser necesarias)
7.3 Conclusiones (consiste en un resumen y autoevaluación del proyecto).
FASE 8. IDENTIFICACIÓN DE LOS INSTRUMENTOS METODOLÓGICOS Y ELEMENTOS
TÉCNICOS QUE SUSTENTAN LA INFORMACIÓN SEÑALADA EN LAS FRACCIONES
ANTERIORES.
8.1 Formatos de presentación (cuatro ejemplares, memoria magnética, Word, no mayor a
20 cuartillas)
8.1.1 Planos definitivos (incluyendo fecha, firmas correspondientes, simbología, escala
grafica)
8.1.2 Fotografías (que describan los aspectos que se quieran resaltar del proyecto)
8.1.3 Videos (opcional)
8.1.4 Listas de flora y fauna (nombre científico y nombre común, tipo de aprovechamiento,
status)
8.2 Otros anexos
8.3 Glosario de término
1.7 CONCLUSIÓN
Lo primero que hay que identificar es la diferencia entre las definiciones que se manejan en
este tema, la manifestación de impacto ambiental, es aquella que hace el interesado o
técnico donde manifiesta todos los datos correspondientes al proyecto o actividad que se
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
44
pretende hacer. La Evaluación de Impacto Ambiental es aquella que hace las instituciones
gubernamentales para estudiar la propuesta desarrollada en la manifestación, la cual se
aprueba, se niega o se modifica en caso de ser necesario. El estudio de impacto ambiental
es aquel que se da una vez estudiada la propuesta, y dada su resolución, además del
seguimiento que se da durante la implementación del proyecto o actividad.
Una vez establecidas las diferencia es preciso indicar la importancia que tiene elaborar una
Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) para cualquier proyecto o actividad que se
pretenda realizar, todo con el fin de tener un óptimo uso y aprovechamiento de los recursos
que la naturaleza nos ofrece para satisfacer las necesidades del hombre, todo en busca de
una mejor calidad de vida y la preservación del medio ambiente para el favorecimiento de
generaciones futuras en la misma medida.
MÓDULO 2. MARCO NORMATIVO EN MATERIA DE EVALUACIÓN DE IMPACTO
AMBIENTAL
2.1 INTRODUCCIÓN
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
45
Según Quintana (2002), en el caso de México, no se tienen referencias de criterios
ambientales para el desarrollo de las industrias antes de las 70´s, ya se tenían en
consideración los impactos ambientales, refiriéndose a la contaminación atmosférica,
generación de residuos y pérdida de valiosos recursos naturales y económicos debido al
crecimiento demográfico e industrial. A partir de 1971 se expide la primera Ley Federal para
Prevenir y Controlar la Contaminación que el gobierno de México empezó a controlar el
comportamiento ambiental de la industria. Estos instrumentos de regulación han
evolucionado hasta como lo conocemos hoy en día y formar así un sistema de normas,
reglamentos, acuerdos, convenios, entre otros, donde se regula la relación del medio
ambiente con las industrias y actividades productivas. La legislación ambiental tiene tan solo
tres décadas de manifestación, y se puede encontrar ya varias modificaciones que se han
realizado a los instrumentos legislativos y normativos, con la finalidad de incorporar nuevas
tendencias y tomar nuevos criterios de regulación para las actividades que ejerce el ser
humano sobre el medio ambiente. Cabe mencionar que la importancia de este hecho, que es
su objetivo principal, el cual está basado en una evolución gradual hacia un enfoque de
principios de sustentabilidad ambiental y económica.
2.2 BASES LEGALES DE EIA EN MÉXICO3
La primera ley de carácter ambiental en nuestro país fue la Ley Federal para Prevenir y
Controlar la Contaminación Ambiental fue publicada el 12 de marzo de 1971, estaba
orientada a criterio de salud con algunos elementos para el control de emisiones
contaminantes para la atmosfera, humos y polvos, cuya administración estaba a cargo de la
Secretaría de Salubridad y Asistencia. Cabe mencionar que desde el inicio de la
Subsecretaria de Mejoramiento del Ambiente, se contemplaba la prevención y control de la
contaminación al suelo por parte de las secretarias de Agricultura y la de Industria y
Comercio y al agua por parte de la Secretaria de Recursos Hidráulicos, existiendo desde
entonces la forma PCA-2 para el registro de las descargas de aguas residuales y para
fijación de condiciones particulares de las mismas. Desde un principio puede observarse que
en la regulación ambiental existía una tendencia hacia el establecimiento de permisos,
3 Véase la sección de anexos, Anexo 1. Principales conceptos del derecho
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
46
resoluciones o autorizaciones por medios separados, causando con esto que los
establecimientos industriales tuvieran más de un permiso y por ende, creciera la carga
administrativa. Para regular la industria respecto a sus emisiones de contaminantes se crea
La Oficina de Licencias la cual era la encargada de emitir la Licencia de Establecimiento a
través de la Subsecretaria de Mejoramiento del Ambiente de la Secretaría de Salubridad y
Asistencia. Las licencias de establecimiento contemplaban tres criterios básicos en su
resolución, puede ser otorgada, condicionada o negada. Se abrogó la Ley Federal para
Prevenir y Controlar la Contaminación Ambiental 1971 por el Reglamento de la LGEEPA en
materia de prevención y control de la contaminación de la atmosfera, publicado en el Diario
Oficial de la Federación el 25 de Noviembre del 1988 y reformado nuevamente el 3 de Junio
del 2004. A partir de 1982, la política ambiental mexicana comenzó a adquirir un enfoque
integral y se reformó la Constitución para crear nuevas instituciones y precisar las bases
jurídicas y administrativas de la política de protección ambiental. En éste año fue creada la
Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología (SEDUE), para garantizar el cumplimiento de las
Leyes y reorientar la política ambiental del país y en este mismo año se promulgó la Ley
Federal de Protección al Ambiente. En 1987, se facultó al Congreso de la Unión para legislar
en términos de la concurrencia a los tres órdenes de gobierno, en materia de protección al
ambiente. Con base en esa reforma y con base en las leyes anteriores, en 1988 fue
publicada la LGEEPA y el Reglamento en materia de Prevención y Control de la
Contaminación Atmosférica publicado en el DOF el 25 de Noviembre del 1988, donde se
establece en sus artículos 18 y 19 que las fuentes fijas de jurisdicción federal que emitan o
puedan emitir olores, gases o partículas sólidas o liquidas a la atmosfera requerirán de
Licencia de Funcionamiento, expedida por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología
(SEDUE) con vigencia indefinida. También en su artículo 21 se estableció la obligación de
presentar cada año una Cedula Operacional en el formato que determine la Secretaría y que
contenga la información y documentación actualizada señalada en la solicitud. Misma que
hasta la fecha, ha sido la base de la política ambiental del país. El 15 de noviembre de 1991
se publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo por el cual la SSA transfiere a las
Delegaciones Estatales de la SEDUE las facultades para expedir licencias de funcionamiento
en el caso de fuentes fijas emisoras de contaminantes a la atmosfera que sean de
competencia federal, desconcertándose el trámite para darle mayores facilidades a la
industria. En diciembre de 1994, se creó la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
47
Naturales y Pesca (Semarnap), dicha institución nace de la necesidad de planear el manejo
de recursos naturales y políticas ambientales en nuestro país desde un punto de vista
integral, articulando los objetivos económicos, sociales y ambientales. Esta idea nace y crece
desde 1992, con el concepto de "desarrollo sustentable" En junio de 1997 se instrumenta en
la Zona Metropolitana del Valle de México un nuevo esquema regulatorio para las fuentes
fijas de jurisdicción federal en materia de Prevención y Control de la Contaminación
Atmosférica denominado Sistema Integrado de Regulación Directa y Gestión Ambiental para
la Industria (SIRG) presentado por el Ejecutivo Federal el 1 de abril de 1997 como parte de la
nueva política ambiental hacia la industria. El SIRG persigue una mayor eficiencia ambiental
en la operación de la planta industrial y, sobre todo, incorporar la gestión ambiental como
parte del proceso total de administración de las empresas, convirtiendo a la protección
ambiental en un objetivo primordial de su desempeño. El 30 de noviembre del año 2000, se
cambió la Ley de la Administración Pública Federal dando origen a la SecretarÍa de Medio
Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT). El cambio de nombre, va más allá de pasar el
subsector pesca a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y
Alimentación (SAGARPA) pues, de lo que se trata, es de hacer una gestión funcional que
permita impulsar una política nacional de protección ambiental que dé respuesta a la
creciente expectativa nacional para proteger los recursos naturales y que logre incidir en las
causas de la contaminación y de la pérdida de ecosistemas y de biodiversidad, la
SEMARNAT ha adoptado un nuevo diseño institucional y una nueva estructura ya que
actualmente la política ambiental es una política de estado, por lo que el medio ambiente
adquiere gran importancia al establecerse como un tema transversal inserto en las agendas
de trabajo de las tres comisiones de gobierno: Desarrollo Social y Humano, Orden y Respeto
y Crecimiento con calidad.
La SEMARNAT publica el Programa de Medio Ambiente y Recursos Naturales 2001-2006.
Este contiene un diagnóstico de la situación ambiental de un país, una propuesta de cambio
en la política y la gestión ambiental e incorpora los programas operativos de los órganos
desconcentrados de la SEMARNAT, la Comisión Nacional Forestal y la Comisión Nacional
de Áreas Naturales Protegidas y la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente. De
acuerdo al Programa 2001-2006, las tareas de la SEMARNAT son de carácter normativo, de
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
48
fomento y de gestión y sus objetivos están orientados a la conservación de la biodiversidad,
la protección del ambiente y los recursos naturales y la promoción del desarrollo sustentable.
2.2.1 LAS FUENTES DEL DERECHO AMBIENTAL
LOS TRATADOS INTERNACIONALES
Convenio de Londres sobre la Prevención de la Contaminación de desechos y otras
materias (03-08-75)
Convenio para la protección y el desarrollo del medio marino de la región del Gran Caribe
(24-03-83)
Convención sobre humedales de importancia Internacional, especialmente como hábitat
de aves acuáticas (04-07-86)
Convenio de Basilea para el control de movimientos transfronterizos de los residuos
Peligrosos y Sustancias Toxicas (22-05-89)
Convenio de Viena, para la Protección de la Capa de Ozono
Convenio sobre diversidad Biológica (03-12-92
Convención Interamericana para la Protección y Conservación de las Tortugas Marinas
Protocolo de Montreal, relativo a las Sustancias que agotan la capa de ozono
Acuerdo de cooperación ambiental en América del Norte
Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA)
Convención macro sobre Cambio Climático (03-12-92)
CITES Convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y
flora silvestre (1973)
Conferencia de Estocolmo sobre contaminantes orgánicos persistentes (05-06-72)
Declaración de rio sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (03-06-92)
Decreto de Promulgación de los Acuerdos de Cooperación Ambiental y Laboral de
América del Norte (21-12-93)
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49
Decreto de promulgación del acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos
y el Gobierno de USA, sobre el establecimiento de la Comisión de Cooperación Ecológica
Fronteriza y el Banco de Desarrollo de América del Norte (27-12-93)
Decreto promulgatorio de protocolo de KYOTO de la Convención marco de las Naciones
Unidas sobre el cambio climático (24-11-00)
Acuerdo por el que se crea con carácter permanente la comisión intersecretarial de
cambio climático (25-04-05)
LEYES AMBIENTALES FEDERALES
LGEEPA y sus reglamentos en materia de ordenamiento ecológico, evaluación del
impacto ambiental, prevención y control de la contaminación de la atmosfera, registro de
emisiones y transferencia de contaminantes, áreas naturales protegidas y autorregulación
y auditorías ambientales.
Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y su Reglamento.
Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento.
Ley General de Vida Silvestre.
Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y su Reglamento.
Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados y su Reglamento.
Ley general de Pesca y Acuacultura Sustentables y su Reglamento (2007).
Ley General de Bienes Nacionales.
Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
Ley Federal de Derechos.
Reglamento para prevenir y controlar la contaminación del mar por vertimiento de
desechos y otras materias.
Reglamento para el uso y aprovechamiento del mar territorial y vías navegables, playas,
zona federal marítima terrestre y terrenos ganados al mar.
Reglamento para la protección del ambiente contra la contaminación originada por la
emisión del ruido.
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Reglamento interno de la SEMARNAT.
LEYES AMBIENTALES DEL ESTADO, Ley de equilibrio ecológico y Protección del
Ambiente del Estado de Baja California Sur, vigente al 22 de noviembre de 2010.
LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA
En orden cronológico, las modificaciones más importantes que al respecto ha sufrido
nuestro texto constitucional son las siguientes:
1971- Art. 73, fracción XVI, base cuarta: prevención y combate a la contaminación
ambiental. Publicada en el DOF el 6 de julio de 1971.
1983- Art. 25, párrafo sexto: sujeción del uso de los recursos productivos que hagan los
sectores social y privado a la idea de cuidar tanto su conservación como el medio
ambiente (protección ambiental en su conjunto). Publicada en el DOF el 3 de febrero de
1983.
1987- Art. 27, párrafo tercero (segunda parte): medidas necesarias para la preservación y
restauración del equilibrio ecológico. Publicada en el DOF el 10 de agosto de 1987.
1987- Art 73, fracción XXIX-G: distribución de competencias en materia de protección al
ambiente y de preservación y restauración del equilibrio ecológico publicada en el DOF el
10 de agosto de 1987.
Los artículos que hacen referencia en materia medioambiental:
Art. 4°.- Toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para el desarrollo y
bienestar.
Art. 25.- Corresponde al estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que
este sea integral y sustentable… Bajo criterios de equidad social y productividad se
apoyara e impulsara a las empresas de los sectores social y privado de la economía
sujetándose a las modalidades que dicte el interés público y al uso en beneficio general
de los recursos productivos, cuidando su conservación y el medio ambiente.
Art. 27.- La nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada
las modalidades que dicten el interés público, así como el de regular elementos naturales
susceptibles de apropiación con el objeto de hacer una distribución equitativa de la
riqueza pública, cuidar de su conservación, lograr el desarrollo equilibrado del país y el
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mejoramiento de las condiciones de vida de la población rural y urbana, en consecuencia
se dictaran las medidas necesarias para ordenar los asentamientos humanos y establecer
adecuadas provisiones, usos, reservas y destinos de tierras, aguas y bosques a efecto de
preservar y restaurar el equilibrio ecológico y para evitar la destrucción de los elementos
naturales.
Art. 73.- En 1987 fue reformada la CPEUM, adicionándosele una fracción XXIX-G al
artículo 73, en el que se estableció la facultad del Congreso para expedir leyes que
establezcan la concurrencia del gobierno federal, de los gobiernos de los estados y de los
municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de protección al
ambiente y de preservación y restauración del equilibrio ecológico. Al amparo de esta
nueva disposición, la legislación ambiental dejo de ser estrictamente federal y las
legislaturas locales comenzaron a emitir sus propias legislaciones ambientales en un
proceso que transcurrió de 1988 a 1996, desde ese momento a la fecha muchos
municipios han emitido acuerdos en materia ambiental.
2.3 LEYES, NORMAS Y ESPECIFICACIONES RELACIONADAS
Quienes pretendan llevar a cabo alguno de las siguientes obras o actividades requerirán
previamente de autorización en materia de impacto ambiental (Art. 28 LGEEPA).
Art. 28 LGEEPA.- Obras hidráulicas, vías generales de comunicación, oleoductos.
Gasoductos, carboductos y poliductos.
Art. 5 REGLAMENTO
a) HIDRÁULICAS
I) Presas de almacenamiento, derivadores y de control de avenidas con capacidad mayor a
1 millón de metros cúbicos, jagüeyes y otras obras para la captación de aguas pluviales,
canales y cárcamos de bombeo, con excepción de aquellas que se ubiquen fuera de
ecosistemas frágiles, Áreas Naturales Protegidas (ANP) y raciones consideradas
prioritarias por su biodiversidad y no impliquen la inundación o remoción de vegetación
arbórea o de asentamientos humanos, la afectación de hábitat de especies incluidas en
alguna categoría de protección, el desabasto de agua a las comunidades aledañas, o la
limitación al libre tránsito de poblaciones naturales, locales o migratorias;
II) Unidades hidroagrícolas o de temporal tecnificado mayores de 100 Ha;
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III) Proyectos de construcción de muelles, canales , escolleras, espigones, bordos, dársenas,
represas, rompeolas, malecones, diques, varaderos y muros de contención de aguas
nacionales, con excepción de los bordos de represamiento del agua con fines de
abrevadero para el ganado, autoconsumo y riego local que no rebase 100 Ha;
IV) Obras de conducción para el abastecimiento de agua nacional que rebasen los 10 Km de
longitud, que tengan un gasto de más de quince litros por segundo y cuyo diámetro de
conducción exceda de 15 centímetros;
V) Sistemas de abastecimiento múltiple de agua con diámetros de conducción de más de 25
centímetros y una longitud mayor a 100 kilómetros;
VI) Plantas para el tratamiento de aguas residuales que descarguen líquidos o lodos en
cuerpos receptores q constituyan bienes nacionales;
VII) Depósitos o relleno con materiales para ganar terreno al mar o a otros cuerpos de aguas
nacionales;
VIII) Drenaje y desecación de cuerpos de aguas nacionales;
IX) Modificación o entubamiento de cauces de corrientes permanentes de aguas nacionales;
X) Obras de degrado de cuerpos de aguas nacionales;
XI) Plantas potabilizadoras para el abasto de redes de suministro a comunidades, cuando
este prevista la realización de actividades altamente riesgosas;
XII) Plantas desoladoras;
XIII) Apertura de zonas de tiro en cuerpo de aguas nacionales para desechar producto de
degrado o cualquier otro mineral, y
XIV) Apertura de bocas de intercomunicación lagunar marítimas.
b) VÍAS GENERALES DE COMUNICACIÓN
Construcciones de carreteras, autopistas, puentes o túneles federales vehiculares o
ferroviarios; puertos, vías férreas, aeropuertos, helipuertos, aeródromos, infraestructura
mayor para telecomunicaciones que afecten áreas naturales protegidas o con vegetación
forestal, selvas, vegetación de zonas áridas, ecosistemas costeros o de humedales y
cuerpos de aguas nacionales, con excepción de:
La instalación de hilos, cables o fibra óptica para la transmisión de señales electrónicas
sobre la franja que corresponde al derecho de vía, siempre que se aproveche la
infraestructura existente, y
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Las obras de mantenimiento y rehabilitación cuando se realicen en la franja del
derecho de vía correspondiente.
c) OLEODUCTOS, GASODUCTOS, CARBODUCTOS Y POLITUCTOS
Construcción de oleoductos, gasoductos, carboductos o poliductos para la conducción o
distribución de hidrocarburos o materiales o sustancias consideradas peligrosas conforme a
la regulación correspondiente, excepto los que se realicen en derechos de vías existentes en
zonas agrícolas, ganaderas o eriales.
Art. 28 Fracc. II.- Industria del petróleo, petroquímica, química, siderúrgica, papelera,
azucarera, del cemento y eléctrica.
d) INDUSTRIA PETROLERA
I) Actividades de perforación de pozos para la explotación y producción petrolera, excepto:
II) Las que se realicen en zona agrícola, ganadera o eriales, siempre que estas se localicen
fuera de áreas naturales protegidas, y
III) Las actividades de limpieza de sitios contaminados que se lleven a cabo con equipos
móviles encargados de la correcta disposición de los residuos peligrosos y que no
impliquen la construcción de obra civil o hidráulica adicional a la existente;
IV) Construcción e instalación de plataformas de producción petrolera en zona marina;
V) Construcción de refinerías petroleras, excepto la limpieza de sitios contaminados que se
realicen con equipos móviles encargados de la correcta disposición de los residuos
peligrosos y que no impliquen la construcción de obra civil o hidráulica adicional a la
existente;
VI) Construcción de centros de almacenamiento o distribución de hidrocarburos que prevean
actividades altamente riesgosas;
VII) Prospecciones sismológicas marinas distintas a las que utilizan pistones neumáticos, y
VIII) Prospección sismológica terrestre excepto las que utilicen vibrosismos.
e) INDUSTRIA PETROQUÍMICA
Construcción y operación de plantas y complejos de producción petroquímica.
f) INDUSTRIA QUÍMICA
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Construcción de parques o plantas industriales para la fabricación de sustancias químicas
básicas; de productos químicos orgánicos; de derivados del petróleo, carbón, hule y
plásticos; de colorantes y pigmentos sintéticos; de gases industriales, y de explosivos y
fuegos artificiales; de materias primas para fabricar plaguicidas, así como de productos
químicos inorgánicos que manejen materiales considerados peligrosos, con excepción de:
Procesos para la obtención de oxígeno, nitrógeno y argón atmosférico;
Producción de pinturas vinílicas y adhesivos de base agua;
Producción de tintas para impresión;
Producción de artículos del platico y hule en plantas que no estén integradas a las
instalaciones de producción de las materias primas de dichos productos, y
Almacenamiento, distribución y envasado de productos químicos.
g) INDUSTRIA SIDERÚRGICA
Plantas para la fabricación, fundición, aleación, laminado y desbaste de hierro y acero,
excepto cuando el proceso de fundición no esté integrado al de siderúrgica básica.
h) INDUSTRIA PAPELERA
Construcción de plantas para la fabricación de papel y otros productos a base de pasta de
celulosa o materia prima o secundaria, con excepción de la fabricación de productos de
papel, cartón y sus derivados cuando esta no esté integrada a la producción de materias
primas.
i) INDUSTRIA AZUCARERA
Construcción de plantas para la producción de azucares y productos residuales de caña, con
excepción de las plantas que no estén integradas al proceso de producción de la materia
prima. 54 (Primera sección) DOF martes 30 de mayo del 2000.
j) INDUSTRIA DEL CEMENTO
Construcción de plantas para la fabricación de cemento, así como la producción de cal y
yeso, cuando el proceso de producción este integrado al de la fabricación de cemento.
k) INDUSTRIA ELÉCTRICA
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Construcción de plantas nucleoeléctricas, hidroeléctricas, carboeléctricas,
geotermoeléctricas, eoloelectricas o termoeléctricas, convencionales, de ciclo combinado
o de unidad turbogas, con excepción de las plantas de generación con una capacidad
menos o igual a medio MW, utilizadas para respaldo en residencias, oficinas y unidades
habitacionales;
Construcción de estaciones o subestaciones eléctricas de potencia o distribución;
Obras de transmisión y subtransmisión eléctrica, y
Plantas de cogeneración y autoabastecimiento de energía eléctrica mayores a 3 MW
Las obras a que se refieren las fracciones I a III anteriores no requerirán autorización en
materia de impacto ambiental cuando pretendan ubicarse en áreas urbanas, suburbanas,
de equipamiento urbano o de servicios, rurales, agropecuarias, industriales o turísticas.
Art. 28 Fracc. III.- Exploración, explotación y beneficio de minerales y sustancias reservadas
a la federación en los términos de las leyes minera y reglamentaria del art. 27 constitucional
en materia nuclear.
l) EXPLORACIÓN, EXPLOTACIÓN Y BENEFICIO DE MINERALES Y SUSTANCIAS
RESERVADAS A LA FEDERACIÓN
Obras para la explotación de minerales y sustancias reservadas a la federación, así
como su infraestructura de apoyo;
Obras de exploración, excluyendo las de prospección gravimétrica, geológica superficial,
geoeléctrica, magneto telúrica, de susceptibilidad magnética y densidad, así como las
obras de barrenación, de zanjeo y exposición de rocas, siempre que se realicen en zonas
agrícolas, ganaderas o eriales y en zonas con climas secos o templados en donde se
desarrolle vegetación de matorral serófilo, bosque tropical caducifolio, bosques de
coníferas o encinares, ubicadas fuera de las áreas naturales protegidas, y
Beneficio de minerales y disposición final de sus residuos en presas de jales, excluyendo
las plantas de beneficio que no utilicen sustancias consideradas como peligrosas el
relleno hidráulico de obras mineras subterráneas.
Art. 28 Fracc. IV.- Instalaciones de tratamiento, confinamiento o eliminación de residuos
peligrosos, así como residuos radioactivos.
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m) INSTALACIÓN DE TRATAMIENTO, CONFINAMIENTO O ELIMINACIÓN DE
RESIDUOS PELIGROSOS, ASÍ COMO RESIDUOS RADIOACTIVOS.
Construcción y operación de plantas para el confinamiento y centros de disposición final
de residuos peligrosos;
Construcción y operación de plantas para el tratamiento, rehúso, reciclaje o eliminación
de residuos peligrosos, con excepción de aquellas en las que la eliminación de dichos
residuos se realice dentro de las instalaciones del generador, en las que las aguas
residuales del proceso de separación se destinen a la planta de tratamiento del
generados y en las que los lodos producto del tratamiento sean dispuestos de acuerdo
con las normas jurídicas aplicables, y
Construcción y operación de plantas e instalaciones para el tratamiento o eliminación de
residuos biológicos infecciosos, con excepción de aquellas en las que la eliminación se
realice en hospitales, clínicas, laboratorios o equipos móviles, a través de los métodos de
desinfección o esterilización y sin que se genere emisiones a la atmosfera y aguas
residuales que rebasen los límites establecidos en las disposiciones jurídicas respectivas.
Art. 28 Fracc. V.- Aprovechamientos forestales en selvas tropicales y especies de difícil
regeneración.
n) APROVECHAMIENTOS FORESTALES EN SELVAS TROPICALES Y ESPECIES DE
DIFICIL REGENERACIÓN
Aprovechamiento de especies sujetas a protección;
Aprovechamiento de cualquier recurso forestal maderable y no maderable en selvas
tropicales, con excepción del que realicen las comunidades asentadas en dichos
ecosistemas, siempre que no se utilicen especies protegidas y tenga como propósito el
autoconsumo familiar, y
Cualquier aprovechamiento persistente de especies de difícil regeneración, y
Aprovechamientos forestales en áreas naturales protegidas, de conformidad con lo
establecido en el art. 12, Fracc. IV de la Ley Forestal.
Art. 28 Fracc. VII.- Cambios de uso del suelo de áreas forestales, así como en selvas y
zonas áridas.
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o) CAMBIOS DEL USO DE SUELO DE ÁREAS FORESTALES, ASI COMO EN SELVAS
Y ZONAS ÁRIDAS
Cambio de uso del suelo para actividades agropecuarias, acuícolas, de acuerdo al
desarrollo inmobiliario, de infraestructura urbana, de vías generales de comunicación o
para el establecimiento de instalaciones comerciales, industriales o de servicios en
predios con vegetación forestal, con excepción de la construcción de vivienda unifamiliar
y del establecimiento de instalaciones comerciales o de servicios en predios menores a
1000 metros cuadrados, cuando su construcción no implique el derribo de arbolado en
una superficie mayor a 500 metros cuadrados, o la eliminación o fragmentación del
hábitat de ejemplares de flora o fauna sujetos a un régimen de protección especial de
conformidad con las normas oficiales mexicanas y otros instrumentos jurídicos aplicables;
Cambio de uso del suelo de áreas forestales a cualquier otro uso, con excepción de la
actividades agropecuarias de autoconsumo familiar, que se realicen en predios con
pendiente inferiores al 5%, cuando no impliquen la agregación ni el desmonte de más del
20% de la superficie total y esta no rebase 2 ha en zonas templadas y 5 ha en zonas
áridas, y
Los demás cambios de uso del suelo, en terrenos o áreas con uso de suelo forestal, con
excepción de la modificación de suelos agrícolas o pecuarios en forestales, agroforestales
o silvopastoriles, mediante la utilización de especies nativas.
Art. 28 Fracc. VIII.- Parques industriales donde se prevea la realización de actividades
altamente riesgosas.
p) PARQUES INDUSTRIALES DONDE SE PREVEA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES
ALTAMENTE RIESGOSAS
Construcción e instalación de parques industriales en los que se prevea la realización de
actividades altamente riesgosas, de acuerdo con el listado o clasificación establecida en el
reglamento o instrumento normativo correspondiente.
Art. 28 Fracc. IX.- Desarrollos inmobiliarios que afecten los ecosistemas costeros.
q) DESARROLLOS INMOBILIARIOS QUE AFECTEN LOS ECOSISTEMAS COSTEROS
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Construcción y operación de hoteles, condominios, villas, desarrollos habitacionales y
urbanos, restaurantes, instalaciones de comercio y servicios en general, marinas, muelles,
rompeolas, campos de golf, infraestructura turística o urbana, vías generales de
comunicación, obras de restitución o recuperación de playas o arrecifes artificiales, que
afecte ecosistemas costeros, a excepción de:
Las que tengan como propósito la protección, embellecimiento y ornato, mediante la
utilización de especies nativas;
Las actividades recreativas cuando no requieran de algún tipo de obra civil, y
La construcción de viviendas unifamiliares para las comunidades asentadas en los
ecosistemas costeros.
Art. 28 Fracc. X.- Obras y actividades en humedales, manglares, lagunas, ríos, lagos y
esteros conectados al mar, así como en sus litorales o en zonas federales.
r) OBRAS Y ACTIVIDADES EN HUMEDALES, MANGLARES, LAGUNAS, RIOS, LAGOS
Y ESTEROS CONECTADOS CON EL MAR, ASÍ COMO EN SUS LITORALES O EN
ZONAS FEDERALES
Cualquier tipo de obra civil, con excepción de la construcción de viviendas unifamiliares
para las comunidades asentadas en estos ecosistemas, y
Cualquier actividad que tenga fines u objetivos comerciales, con excepción de las
actividades pesqueras que no se encuentran previstas en la fracción XII del art. 28 de la
ley y que de acuerdo con la ley de pesca y su reglamento no requieren de la presentación
de una manifestación de impacto ambiental, así como de las de navegación,
autoconsumo o subsistencia de las comunidades asentadas e estos ecosistemas.
Art. 28 Fracc. XI.- Obras y actividades en áreas naturales protegidas de competencia de la
federación.
s) OBRAS EN ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS
Cualquier tipo de obra o instalación dentro de las áreas naturales protegidas de competencia
de la federación con excepción de:
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Las actividades de autoconsumo y uso doméstico, así como las obras que no requieran
autorización en materia de impacto ambiental en los términos del presente artículo,
siempre que se lleve a cabo por las comunidades asentadas en el área y de conformidad
con lo dispuesto en el reglamento, el decreto y el programa de manejo respectivo.
Las que sean indispensables para la conservación, el mantenimiento y la vigilancia de las
áreas naturales protegidas, de conformidad con la normatividad correspondiente.
Las obras de infraestructura urbana y desarrollo habitacional en las zonas urbanizadas
que se encuentren dentro de áreas naturales protegidas, siempre que no rebasen los
limites urbanos establecidos en los Planes de Desarrollo Urbano respectivos y no se
encuentre prohibidos por las disposiciones jurídicas aplicables.
Construcciones para casa habitación en terrenos agrícolas, ganaderos o dentro de los
límites de los centros de población existentes, cuando se ubiquen en comunidades
rurales.
Art. 28 Fracc. XI.- Actividades pesqueras, acuícolas o agropecuarias que pueden poner en
peligro la preservación de una o más especies o causar daños a los ecosistemas.
t) ACTIVIDADES PESQUERAS QUE PUEDAN PONER EN PELIGRO LA
PRESERVACIÓN DE UNA O MAS ESPECIES O CAUSAR DAÑOS A LOS
ECOSISTEMAS
Actividades pesqueras de altamar, ribereñas o estuarinas, con fines comerciales e
industriales que utilicen artes de pesca fijas o que impliquen la captura, extracción o
colecta de especies amenazadas o sujetas a protección especial, de conformidad con lo
que establezcan las disposiciones jurídicas aplicables, y
Captura, extracción o colecta de especies que hayan sido declaradas por la Secretaria en
peligro de extinción o en veda permanente.
u) ACTIVIDADES ACUÍCOLAS QUE PUEDAN PONER EN PELIGRO LA
PRESERVACION DE UNA O MAS ESPECIES O CAUSAR DAÑOS A LOS
ECOSISTEMAS
Construcción y operación de granjas, estanques o parques de producción acuícola, con
excepción de la rehabilitación de la infraestructura de apoyo cuando no implique la
ampliación de la superficie productiva, el incremento de la demanda de insumos, la
generación de residuos peligrosos, el relleno de cuerpos de agua o la remoción de
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
60
manglar, popal y otra vegetación propia de humedales, así como la vegetación ripiara o
marginal;
Producción de postlarvas, semillas o simientes, con excepción de la relativa a crías,
semillas y postlarvas nativas al ecosistemas en donde pretenda realizarse, cuando el
abasto y descarga de aguas residuales se efectúe utilizando los servicios municipales;
Siembra de especies exóticas, híbridos y variedades transgénicas en ecosistemas
acuáticos, en unidades de producción instaladas en cuerpos de agua, o en infraestructura
acuícola situada en tierra, y
Construcción o instalación de arrecifes artificiales y otros medios de modificación del
hábitat para la atracción y proliferación de la vida acuática.
Art. 28 Fracc. XIII.- Obras o actividades que correspondan a asuntos de competencia
federal, que puedan causar desequilibrios ecológicos graves e irreparables, daños a la salud
pública o a los ecosistemas, o rebasar los límites y condiciones establecidos en las
disposiciones jurídicas relativas a la preservación del equilibrio ecológico y la protección del
ambiente.
v) ACTIVIDADES AGROPECUARIAS QUE PUEDAN PONER EN PELIGRO LA
PRESERVACIÓN DE UNA O MAS ESPECIES O CAUSAR DAÑOS A LOS
ECOSISTEMAS
Actividades agropecuarias de cualquier tipo cuando esta impliquen el cambio de uso de suelo
de áreas forestales, con excepción de:
Las que tengan como finalidad el autoconsumo familiar, y
Las que impliquen la utilización de las técnicas y metodologías de la agricultura organiza.
2.4 REQUISITOS LEGALES DE LAS EIA
El Promovente deberá presentar ante la Secretaria una manifestación de impacto ambiental,
en la modalidad regional o particular que corresponda, para que esta realice la evaluación
del proyecto de la obra o actividad respecto de la que se solicita autorización, la información
que contenga deberá referirse a circunstancias ambientales relevantes vinculadas con la
realización del proyecto, aspectos que puedan causar un desequilibrio ecológico. La
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
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Secretaría proporcionara a los Promovente guías para facilitar la presentación y entrega de la
manifestación de impacto ambiental de acuerdo al tipo de obra o actividad que se pretenda
llevar a cabo. La Secretaría publicara dichas guías en el DOF y en la Gaceta Ecológica.
2.4.1 LA MANIFESTACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL (MIA), SE PRESENTA EN LA
MODALIDAD REGIONAL CUANDO:
I. Parques industriales y acuícolas, granjas acuícolas de más de 500 ha, carreteras y
vías férreas, proyectos de generación de energía nuclear, presas y, en general,
proyectos que alteren las cuencas hidrológicas.
II. Un conjunto de obras o actividades que se encuentren incluidas en un plan o un
programa parcial de desarrollo urbano o de ordenamiento ecológico que sea sometido
a consideración de la Secretaría en los términos previstos por el artículo 22 de este
reglamento.
III. Un conjunto de proyectos de obras y actividades que pretendan realizarse en una
región ecológica determinada, y
IV. Proyectos que pretendan desarrollarse en sitios en los que por su interacción con los
diferentes componentes ambientales regionales, se prevean impactos acumulativos,
sinergias o residuales que pudieran ocasionar la destrucción, el aislamiento o la
fragmentación de los ecosistemas.
Requisitos que deberá contener una MIA regional:
Datos generales del proyecto, del Promovente y del responsable del estudio de impacto
ambiental.
Descripción de las obras o actividades y, en su caso, de los ordenamientos jurídicos
aplicables.
Descripción del sistema ambiental regional y señalamiento de tendencias del desarrollo y
deterioro de la región.
Identificación, descripción y evaluación de los impactos ambientales, acumulativos y
residuales, del sistema ambiental regional.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
62
Estrategias para la prevención y mitigación de impactos ambientales, acumulativos y
residuales, del sistema ambiental regional.
Pronósticos ambientales regionales y, en su caso, evaluación de alternativas.
Identificación de los instrumentos metodológicos y elementos técnicos que sustentan los
resultados de la manifestación de impacto ambiental.
2.4.2 LA MIA EN LA MODALIDAD PARTICULAR SE DEBERÁ PRESENTAR EN TODOS
LOS CASOS QUE NO SE SEÑALAN EN LA MODALIDAD REGIONAL
Requisitos que deberá contener la MIA particular
Datos generales del proyecto, del Promovente y del responsable del estudio de impacto
ambiental.
Descripción del proyecto.
Vinculación con los ordenamientos jurídicos aplicables en materia ambiental y, en su
caso, con la regulación sobre uso de suelo.
Descripción del sistema ambiental y señalamiento de la problemática ambiental detectada
en el área de influencia del proyecto.
Identificación, descripción y evaluación de los impactos ambientales.
Medidas preventivas de mitigación de los impactos ambientales.
Pronósticos ambientales y, en su caso, evaluación de alternativas.
Identificación de los instrumentos metodológicos y elementos técnicos que sustentan la
información señalada en las fracciones anteriores.
2.4.3 ANEXOS DE LA MANIFESTACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
La manifestación de impacto ambiental.
Un resumen del contenido de la manifestación de impacto ambiental.
Una copia sellada de la constancia del pago de derechos correspondientes.
Cuando se trate de actividades altamente riesgosas en los términos de la Ley, deberá
incluirse un estudio de riesgo, este consistirá en incorporar a la MIA la siguiente
información:
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
63
Escenarios y medidas preventivas resultantes del análisis de riesgos ambientales
relacionados con el proyecto.
Descripción de las zonas de protección en torno a las instalaciones.
Señalamiento de las medidas de seguridad en materia ambiental.
La Secretaría publicara en el DOF y en la Gaceta Ecológica las guías que faciliten
la presentación y entrega del estudio de riesgo.
2.4.4 PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN
La secretaria, en un plazo no mayor a diez días contados a partir de que reciba la solicitud y
sus anexos, integrara el expediente en ese lapso, procederá a la revisión de los documentos
para determinar si su contenido se ajusta a las disposiciones de la Ley, del presente
reglamento y a las normas oficiales mexicanas aplicables.
En los casos en que la manifestación de impacto ambiental presente insuficiencias que
impidan la evaluación del proyecto, la Secretaría podrá solicitar al Promovente, por única vez
y dentro de los cuarenta días siguientes a la integración del expediente, aclaraciones,
rectificaciones o ampliaciones al contenido de la misma y en tal caso, se suspenderá el
termino de sesenta días a que se refiere en el art. 35 bis de la Ley.
La suspensión no podrá excederse de sesenta días computados a partir de que sea
declarada, transcurrido este plazo sin que la información sea entregada por el Promovente, la
Secretaría podrá declarar caducidad del trámite en los términos del art. 60 de la Ley Federal
del Procedimiento Administrativo.
La Secretaría podrá solicitar, dentro del procedimiento de evaluación y en los términos
previstos de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, la opinión técnica de alguna
dependencia o entidad de la Administración Pública Federal, cuando por el tipo de obra o
actividad así se requiera. Asimismo, la Secretaría podrá consultar a grupos expertos cuando
por la complejidad o especialidad de las circunstancias de ejecución y desarrollo se estime
que sus opiniones pueden proveer de mejores elementos para la formulación de la resolución
correspondiente, en este caso, notificara al Promovente los propósitos de la consulta y le
remitirá una copia de las opiniones recibidas para que este, durante el procedimiento,
mantiene lo que a su derecho convenga.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
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La Secretaría deberá mantener, al momento de realizar la consulta, la reserva a que se
refiere el artículo 37 de este reglamento.
Cuando se trate de obras o actividades incluidas en las fracciones IV, VIII, IX y XI del artículo
28 de la Ley que deban sujetarse al procedimiento de evaluación de impacto ambiental de
conformidad con este reglamento, la Secretaría notificara a los gobiernos estatales y
municipales o del Distrito Federal, dentro de los diez días siguientes a la integración del
expediente, que ha recibido la manifestación de impacto ambiental respectiva, con el fin de
que estos, dentro del procedimiento de valuación hagan las manifestaciones que consideren
oportunas. La autorización que expida la Secretaría, no obligara en forma alguna a las
autoridades locales para expedir las autorizaciones que les correspondan en el ámbito de
sus respectivas competencias.
Iniciando el trámite de evaluación, la Secretaría deberá ir agregando al expediente la
información adicional que se genere, las opiniones técnicas que se hubiesen solicitado, los
comentarios y observaciones que realicen los interesados en el proceso de consulta pública
así como el extracto del proyecto que durante dicho proceso se haya publicado, la
resolución, las garantías otorgadas y las modificaciones al proyecto que se hubieren
realizado.
2.4.5 INFORME PREVENTIVO
Este es el documento mediante el cual se dan a conocer los datos generales de una obra o
actividad para efectos de determinar si se encuentra en los supuestos señalados por el
artículo 31 de la Ley o requiere ser evaluada a través de una MIA.
Art. 31 LGEEPA.- La realizaciones las obras y actividades a que se refieren las fracciones I
a XI del artículo 28, requerirán la presentación de un informe preventivo y no una
manifestación de impacto ambiental, cuando:
I. Existan normas oficiales mexicanas y otras disposiciones que regulen las emisiones,
las descargas, el aprovechamiento de recursos naturales, en general, todos los
impactos ambientales relevantes que puedan producir las obras o actividades.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
65
II. Las obras o actividades de que se traten estén expresamente previsoras por un plan
parcial de desarrollo urbano o de ordenamiento ecológico que haya sido evaluado por
la Secretaría en los términos del artículo siguiente.
III. Se trate de instalaciones ubicadas en parques industriales autorizados en los términos
de la presente sección.
En los casos anteriores, la Secretaría, una vez analizado el informe preventivo, determinara,
en un plazo no mayor de veinte días, si se requiere la presentación de una MIA en alguna de
las modalidades previstas en el reglamento de la presente Ley, o si esta en alguno de los
supuestos señalados.
Reglamento art. 29.- La realización de las obras y actividades a que se refiere en artículo 5º.
Del presente reglamento requerirán la presentación de un informe preventivo cuando:
I) Existan normas oficiales mexicanas otras disposiciones que regulen las emisiones, las
descargas, el aprovechamiento de recursos naturales, en general, todos los impactos
ambientales relevantes que las obras o actividades pueden producir.
II) Las obras o actividades estén expresamente previstas por un plan parcial o programa
parcial de desarrollo urbano o de ordenamiento ecológico que cuente con previa
autorización en materia de impacto ambiental respecto del conjunto de obras o
actividades incluidas en el.
III) Se trate de instalaciones ubicadas en parques industriales previamente autorizados por la
Secretaría, en los términos de la Ley y de este reglamento.
Contenido del informe preventivo
I) Datos de identificación como son el nombre y la ubicación del proyecto, los datos
generales del Promovente y los datos generales del responsable de la elaboración del
informe.
II) Referencia, según corresponda a las normas oficiales mexicanas u otras disposiciones
que regulen las emisiones, las descargas o el aprovechamiento de recursos naturales,
aplicables a la obra o actividad, al plan parcial de desarrollo urbano o de ordenamiento
ecológico en el cual queda incluida la obra o actividad, o a la autorización de la Secretaría
del parque industrial, en el que se ubique la obra o actividad.
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66
III) La descripción general de la obra o actividad proyectada, la identificación de las
sustancias o productos que vayan a emplearse y que puedan impactar el ambiente, así
como sus características físicas y químicas, la identificación y estimación de las
emisiones, descargas y residuos cuya generación se prevea así como las medidas de
control que se pretendan llevar a cabo, la descripción del ambiente y, en su caso, la
identificación de otras fuentes de emisión de contaminación existentes en el área de
influencia del proyecto, la identificación de los impactos ambientales significativos o
relevantes y la determinación de las acciones y medidas para su prevención y mitigación,
los planos de localización del área en la que se pretende realizar el proyecto y en su caso
las condiciones adicionales que se propongan en los términos del artículo siguiente.
La Secretaría analizara el informe preventivo y, en un plazo no mayor a veinte días, notificara
el Promovente que se encuentra en los supuestos previstos en el artículo 28 de este
reglamento y que puede realizar la obra o actividad en los términos supuestos o que se
requiere la presentación de una manifestación de impacto ambiental, en alguna de sus
modalidades. Tratándose de informes preventivos en los que los impactos de las obras o
actividades a que se refieren se encuentre totalmente regulados por las normas oficiales
mexicanas, transcurrido el plazo a que se refiere este articulo sin que la Secretaría haga la
notificación correspondiente, se entenderá que dichas obras o actividades podrán llevarse a
cabo en la forma en la que fueron proyectadas y de acuerdo con las mismas normas.
2.4.6 LA RESOLUCIÓN SOBRE LA EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
Al evaluar las MIA la Secretaría deberá considerar los posibles efectos de las obras o
actividades a desarrollarse en el o los ecosistemas de que se trate, tomando en cuenta el
conjunto de elementos que los conforman, y no únicamente los recursos que fuesen objeto
de aprovechamiento o afectación. La utilización de los recursos naturales en forma que se
respete la integridad funcional y las capacidades de carga de los ecosistemas de los que
forman parte dichos, por periodos indefinidos y en su caso, la Secretaría podrá considerar las
medidas preventivas, de mitigación y las demás que sean propuestas de manera voluntaria
por el solicitante, para evitar o reducir al mínimo los efectos negativos sobre el ambiente.
El plazo para emitir la resolución de la evaluación de la MIA no podrá excederse de 60 días.
Cuando por las dimensiones y complejidad de la obra o actividad se justifique, la Secretaría
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
67
podrá, excepcionalmente y de manera fundada y motivada, ampliar el plazo hasta por 60
días más, debiendo notificar al Promovente su determinación en la forma siguiente:
Dentro de los 40 días posteriores a la recepción de la solicitud de autorización, cuando no
se hubiere requerido información adicional.
En un plazo que no excederá de 10 días contados a partir de que se presente la
información adicional, en el caso de que esta se hubiera requerido.
La facultad de prorrogar el plazo podrá ejercitarse una sola vez durante el proceso de
evaluación.
Las autorizaciones que expida la Secretaría solo podrán referirse a los aspectos ambientales
de las obras o actividades de que se trate y su vigencia no podrá excederse del tiempo
propuesto para la ejecución de estas.
Los Promovente deberán dar aviso a la Secretaría del inicio y la conclusión de los proyectos,
así como del cambio en su titularidad. Cuando un Promovente que decida no ejecutar una
obra o actividad sujeta a autorización en materia de impacto ambiental, deberá comunicarlo
por escrito a la Secretaria para que esta proceda a:
Archivar el expediente que se hubiere integrado, si la comunicación se realiza durante el
procedimiento de evaluación del impacto ambiental.
Dejar sin efectos la autorización cuando al comunicación de haga después de que aquella
se hubiere otorgado.
La Secretaría podrá exigir el otorgamiento de seguros o garantías respecto del cumplimiento
de las condiciones establecidas en las autorizaciones, cuando durante la realización de las
obras puedan producirse daños graves a los ecosistemas.
Se considera que pueden producirse daños graves a los ecosistemas cuando:
Puedan librarse sustancias que al contacto con el ambiente se transformen en toxicas,
persistentes y bioacumulables.
En los lugares en los que se pretenda realizar la obra o actividad existan cuerpos de
agua, especies de flora y fauna silvestre o especies endémicas, amenazadas, en peligro
de extinción o sujetas a protección especial.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
68
Los proyectos impliquen la realización de actividades consideradas altamente riesgosas
conforme a la Ley, el reglamento respectivo y demás disposiciones aplicables.
Las obras o actividades se lleven a cabo en ANP.
El Promovente podrá otorgar solo los seguros o garantías que correspondan a la etapa del
proyecto que se encuentre realizando. Si el Promovente dejara de otorgar los seguros y las
fianzas requeridas, la Secretaría podrá ordenar la suspensión temporal, parcial o total de la
obra o actividad hasta en tanto no se cumpla con el requerimiento. El Promovente deberá, en
su caso, renovar o actualizar anualmente los montos de los seguros o garantías que haya
otorgado. La Secretaría, dentro de un plazo de 10 días, ordenara la cancelación de los
seguros o garantías cuando el Promovente acredite que ha cumplido con todas las
condiciones que les dieron origen y haga la solicitud correspondiente.
2.4.7 CONSULTA PÚBLICA
Cualquier persona podrá solicitar una consulta pública de determinado proyecto de acuerdo a
las siguientes bases:
• La solicitud para una consulta deberá presentarse por escrito dentro del plazo de diez días
contados a partir de la publicación del proyecto.
• Recibida la solicitud, la Semarnat tiene 5 días para resolver y notificar al interesado
• El Promovente tendrá 5 días para publicar un extracto de su proyecto
• Publicado el extracto del proyecto, los interesados tienen 10 días para solicitar se ponga a
disposición del público la MIA en la entidad federativa que corresponda.
• 20 días posteriores a que se puso la MIA a disposición del público, cualquier interesado
podrá proponer medidas de prevención, mitigación y observaciones por escrito señalando su
nombre y domicilio.
• En la resolución que se emita, se consignará el proceso de consulta pública, los resultados
de las observaciones y propuestas formuladas.
• Los resultados serán publicados en la gaceta ecológica.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
69
Cuando el proyecto pueda ocasionar desequilibrios ecológicos graves por o daños a la salud
pública o a los ecosistemas, la Secretaría, podrá organizar una reunión pública (Art. 43) bajo
los siguientes lineamientos:
• La reunión pública deberá llevarse a cabo dentro de los 25 días posteriores a que se
resolvió dar inicio a la consulta pública y dentro de un plazo no mayor a 5 días a la fecha de
publicación de la convocatoria (Art. 43 Fracción I)
• En dicha reunión el Promovente deberá exponer los aspectos técnicos ambientales de las
obras o actividad de que se trate, los posibles impactos que se ocasionarán por su
realización y las medidas de prevención y mitigación que serían implementadas, asimismo,
atenderá las dudas que le sean planteadas.
• Una vez concluida la reunión y antes de que se dicte la resolución en el procedimiento de
evaluación, los asistentes podrán formular observaciones por escrito que la Secretaría
anexará al expediente.
Es importante considerar que las observaciones o comentarios que se presenten durante el
proceso de consulta pública y/o reunión pública de información, deberán acotarse a la
materia ambiental.
2.5 REVISIÓN DE PROYECTOS
Se encontrara una subdivisión de proyectos autorizados y sin autorización con su respectiva
descripción, donde se manifiestan los lineamientos o bases para la aceptación o rechazo de
los proyectos o actividades a analizar.
2.5.1 PROYECTOS AUTORIZADOS
Inspección administrativa en materia de cambio de uso del suelo, revisión de Estudio
Técnico Justificativo (ETJ) y sus anexos e inscripción en el Registro Forestal Nacional
del responsable técnico.
Inspección administrativa en materia de impacto ambiental, autorización en materia de
impacto ambiental, manifestación de impacto ambiental, documentación
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
70
comprobatoria de cumplimiento de términos y condicionantes y medidas de mitigación
y compensación.
Inspección en campo, características del predio, ubicación y superficie del predio y
delimitación del predio. Cumplimiento a los plazos establecidos y la forma de
ejecución del cambio de uso del suelo, cumplimiento de las medidas de prevención y
mitigación de impactos sobre los recursos forestales, la flora y fauna silvestre,
aplicables durante etapas de desarrollo del cambio de uso del suelo.
Inspección en campo de las MIA, verificación de los términos y condicionantes aplicables y
verificación de las medidas establecidas en la MIA.
2.5.2 PROYECTOS SIN AUTORIZACIÓN, PROYECTOS IRREGULARES
Son aquellos proyectos cuyas obras o actividades se iniciaron sin contar previamente con
autorización en materia de impacto ambiental, en estos casos la PROFEPA ordenara las
medidas correctivas o de urgente aplicación que procedan, sin prejuicio de las sanciones
administrativas y del ejercicio de las acciones civiles y penales que resulten aplicables
Inspección en campo de cambio de uso del suelo en predios sin autorización, ubicación
del predio, delimitación del predio, superficie afectada, volumen de especies afectadas y
caracterización de la zona en donde se realiza el cambio de uso del suelo, identificación
del uso del suelo, estimación económica de los recursos forestales afectados y equipos,
maquinarias y herramientas utilizados en la actividad del cambio de uso del suelo.
Inspección en campo en MIA, etapas del proyecto, superficies, infraestructura, uso y
actividades, cuerpos de agua existentes, flora y fauna silvestre terrestre y/o acuática
existente, especies con estatus de protección, suelo y subsuelo y generación, anejo y
disposición de residuos sólidos, peligrosos y aguas residuales.
2.5.3 MEDIDAS CORRECTIVAS
Derivados de las actuaciones de inspección, se dictaran las medidas correctivas y/o de
urgente aplicación necesarias para la protección integral a los recursos naturales.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
71
De compensación: Actividades que procuran la recuperación de los recursos naturales
afectados por las obras o actividades de diversos sectores económicos.
De restauración: Conjunto de actividades tendientes a la recuperación y restablecimiento
de las condiciones que propician la evolución y continuidad de los procesos naturales.
2.5.4 MEDIDAS DE SEGURIDAD
Art. 161.- Cuando de las visitas de inspección, se determine que existe riesgo inminente de
daño o deterioro grave a los ecosistemas forestales, o bien cuando los actos u omisiones
pudieran dar lugar a la imposición de sanciones administrativas la Secretaria podrá ordenar
las siguientes medidas de seguridad:
El aseguramiento precautorio de los productos y materias primas forestales, así como
de los bienes, vehículos, utensilios, herramientas, equipo y cualquier instrumento
directamente relacionado con la acción u omisión que origine la imposición de la
medida de seguridad.
La clausura temporal, parcial o total de las instalaciones, maquinaria o equipo, según
corresponda, para el aprovechamiento, almacenamiento o transformación de recursos
y materias primas forestales o de los sitios o instalaciones en donde se desarrollan los
actos que puedan dañar la biodiversidad o los recursos naturales.
La suspensión temporal, parcial o total de los aprovechamientos autorizados o de la
actividad que se trate.
2.5.5 SANCIONES (LGDFS)
Art. 164
Las infracciones serán sancionadas administrativamente por la Secretaría en la que la
resolución que ponga final al procedimiento de inspección respectivo, con una o más de las
siguientes sanciones:
I. Amonestación
II. Imposición de multa
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
72
III. Suspensión temporal o total de las autorizaciones de aprovechamiento de recursos
forestales o de la plantación forestal comercial, o de la inscripción registral o de las
actividades de que se trate.
IV. Revocación de la autorización inscripción registral.
V. Decomiso de las materias primas forestales obtenidas, así como de los instrumentos,
maquinarias, equipos y herramientas y de los medios de transporte utilizados para
cometer la infracción, debiendo considerar el destino y resguardo de los bienes
decomisados.
VI. Clausura temporal o definitiva, parcial o total, de las instalaciones, maquinarias y
equipos de los centros de almacenamiento y transformación de materias primas
forestales, o de los sitios o instalaciones donde se desarrollen las actividades que den
lugar a la infracción respectiva.
En los casos de las fracciones III y IV del presente artículo, la Secretaría ordenara se haga la
inscripción de la suspensión o revocación correspondiente en el Registro Forestal Nacional.
Art. 165
La imposición de las multas a que se refiere el artículo 164, se determinaran en la forma
siguiente:
I. Con el equivalente de 40 a 1000 veces de salario mínimo a quien cometa las
infracciones señaladas en las fracciones: V, VI, VIII, XII, XV, XVI, XVIII, XX y XXIV del
artículo 163.
II. Con el equivalente de 100 a 20 000 veces de salario mínimo a quienes cometan las
infracciones señaladas en las fracciones I, II, IV, IX, X, XI, XII, XIV, XVII, XIX, XXI,
XXIII del artículo 163 de esta LGDFS.
Conmutación de multas
La Secretaría, fundamentando y motivando plenamente su decisión, podrá otorgar al infractor
la opción de pagar la multa o realizar trabajos o inversiones equivalentes en materia de
conservación, protección o restauración de los recursos forestales, siempre y cuando:
I. Se garanticen las obligaciones del infractor.
II. Este no sea reincidente.
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73
III. No se trate de irregularidades que impliquen la existencia de riesgo inminente de daño
o deterioro grave de los ecosistemas forestales.
Art. 170
Medidas de seguridad
I. Clausura temporal, parcial o total.
II. Aseguramiento precautorio.
III. Neutralización de materiales o residuos peligrosos.
Art. 171
Sanciones administrativas
I. Multa por el equivalente de 20 a 50 000 días de salario mínimo general vigente en
el Distrito Federal.
II. Clausura temporal o definitiva, total o parcial.
III. Arresto administrativo hasta por 36 horas.
IV. Suspensión o revocación de las concesiones, licencias, permisos o autorizaciones
correspondientes.
La autoridad correspondiente, por si o a solicitud de infractor, podrá otorgar a este, la opción
para pagar la multa o realizar inversiones equivalentes en la adquirió e instalación de equipo
para evitar contaminación o en la protección, preservación o restauración del ambiente y los
recursos naturales, siempre y cuando:
Se garanticen las obligaciones de infractor.
No se trate de algunos de los supuestos previstos en el artículo 170 de la LGEEPA
(que exista riesgo inminente de desequilibrio ecológico o daño o deterioro grave a los
recursos naturales).
La autoridad justifique plenamente su decisión.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
74
2.6 CONCLUSIÓN
Existen innumerables leyes y reglamentos que regulan las actividades que el ser humano
realiza con el fin de lograr una armonía entre su comportamiento, la sociedad que le rodea
pero en este caso y lo que nos compete es el hecho de que regula la interacción que el
hombre o ser humano tiene con la naturaleza y el medio que le rodea, lo cual es favorable
para su conservación y útil aprovechamiento. Así como existen normal, leyes y reglamentos
que tratan de abarcar todos los aspectos posibles para su buen funcionamiento, hay como le
llaman huecos en esas leyes, normas y reglamentos, como en este módulo vimos que falta la
regulación y definición de lo que son los ecosistemas costeros una parte importante y crucial
del medio ambiente y la naturaleza, su aprovechamiento para algunas actividades es el más
utilizado, como son en la actividad turística, pesquera, entre otras actividades. Es necesario
tener en cuenta por parte de las autoridades que este tipo de detalles no debe quedar sin
una regulación debida por su vital importancia para ciertos ecosistemas y especies que en
ellos habitan.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
75
MÓDULO 3. METODOLOGÍA DE LA EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
3.1 INTRODUCCIÓN
Un proceso de evaluación de impacto ambiental presenta un conjunto de ventajas que deben
ser respetadas e incluidas, y que lo hace un instrumento apropiado para lograr una adecuada
protección ambiental, se pretende reducir al mínimo las intromisiones, elevar al máximo las
posibilidades de supervivencia de todas las formas de vida. Es por lo anterior que uno de los
propósitos básicos de la evaluación de impacto ambiental es prever que un proyecto no
provoque a la salud humana o al medio ambiente impactos o efectos significativos que
afecten por encima de lo que la sociedad ha acordado proteger. Busca el desarrollo
sustentable y conservación. La evaluación de impacto ambiental y su metodología, presenta
un problema para la aplicación eficiente que consiste en el bajo nivel de cumplimiento y
efectividad de los planes de manejo ambiental, en buena parte también por la debilidad de
los mecanismos de seguimiento, control y la aplicación oportuna de medidas correctivas. Es
un proceso que en sus diferentes etapas intervienen distintos actores e integra diversas
disciplinas.
3.2 PRINCIPALES METODOLOGÍAS
La EIA es presentada y asumida como instrumento de política pública, procedimiento
administrativo y metodología para la ejecución de los estudios de impacto, los que son
componente central de las EIA. Estas metodologías están encaminadas a identificar, predecir
y evaluar los impactos ambientales de los proyectos, y sus resultados deben ser
complementadas la descripción del proyecto en curso de evaluación, el plan de manejo y el
sistema de monitoreo a ser aplicado. Las consideraciones previas a la selección de la
metodología deben incluir: El marco normativo vigente, el tipo de proyecto (“estructural”, “no
estructural”), la magnitud y complejidad del mismo, y las características del medio social y
físico-biótico potencialmente afectable, el objetivo de la EIA (selección de alternativas
tecnológicas o de localización, e identificación de impactos), la etapa de desarrollo del
proyecto en la cual se aplica la metodología (pre- factibilidad, factibilidad, diseño), la relación
entre los requerimientos de datos para cada metodología y la disponibilidad de los mismos, la
relación entre los costos económicos y el requerimiento de personal y equipamiento
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
76
necesarios, con la magnitud y los impactos potenciales esperables del proyecto, el
aseguramiento de la independencia de los resultados que se obtengan en relación con la
percepción de los evaluadores. De la consideración integral de los factores antes
mencionados surge la diversidad de metodologías utilizables y, además, disponibles. De
hecho, no existe una metodología única y universal. Ello no impide desconocer la necesidad
de disponer de metodologías aplicables a la diversidad de actividades a ser evaluadas, a la
diversidad de medios y factores ambientales potencialmente afectados, y a la complejidad de
las interacciones entre factores y el entorno. Desde los inicios de los procedimientos de EIA
hasta el presente las metodologías aplicables se encuentran, en evolución. A nivel
internacional, se han generado metodologías de aplicación indistinta a diferentes actividades
y tecnologías de aplicación a proyectos específicos. De la misma manera, se han
perfeccionado los marcos normativos y la inserción institucional de las EIA, incluyendo el
mejoramiento de las capacidades de valoración oficial de los Estudios de Impacto Ambiental
presentados. El marco reglamentario sobre EIA puede, además de fijar su obligatoriedad
para aquellas actividades y proyectos susceptibles de afectar al ambiente, avanzar en
lineamientos de los contenidos de los Estudio de impacto ambiental. Las diferentes
metodologías deben ser valoradas en función de las incertidumbres y de los costos
asociados a cada una de ellas. Debe considerarse, también, que las metodologías son
aplicables a diferentes etapas o nivel. Considerando las etapas de una EIA, a saber,
“valoración cualitativa” (valoración general de efectos, identificación de acciones impactantes,
identificación de factores a ser impactados, identificación relaciones causa-efecto) y
“valoración cuantitativa” (predicción de magnitud del impacto, valoración cuantitativa del
impacto). Las mayores incertidumbres asociadas a algunas de las metodologías pueden ser
aceptables en las evaluaciones correspondientes a las etapas iníciales de los proyectos
(“valoración cualitativa”), aunque no en la etapa de su “valoración cuantitativa”. En general,
podemos agrupar las metodologías disponibles en las siguientes categorías (Martínez, 1998;
Weitzenfeld, 1992; Krebs, 1989):
-Métodos de identificación de impactos
Trabajo de equipos interdisciplinarios (caso: Método Delphi)
Listas de chequeo de efectos
Flujo gramas y redes causales
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
77
Cartografía ambiental
-Métodos de valoración de impactos
Matriz de Leopold
Sistema Batelle
3.3 EVALUACIÓN DE PROYECTOS
La elaboración de un Estudio de Impacto Ambiental, en términos generales se constituye por
un conjunto de etapas y tareas a cumplir, que genéricamente, se concretan en los siguientes
rubros:
Descripción del proyecto o actividad a realizar: En esta etapa se analiza y se
describe al proyecto o a la actividad, destacando, desde el enfoque ambiental, sus
principales atributos y sus debilidades más evidentes.
Desglose del proyecto o actividad en sus partes elementales: Esta tarea debe
realizarse de manera uniforme y sistemática para cada una de las cuatro fases
convencionalmente aceptadas: preparación del sitio, construcción, operación y
abandono del proyecto. Deberá hacerse una prospección de las actividades
relacionadas al proyecto y de aquellas otras que serán incluidas por él, siempre con el
objetivo de identificar los impactos al ambiente.
Descripción del estado que caracteriza al ambiente, previo al establecimiento del
proyecto: Descripción del medio físico en sus elementos bióticos y abióticos, en un
ámbito extenso y sustentado tanto en evidencias reportadas en la literatura
especializada como en observaciones directas en campo. En esta etapa se incluye el
estudio del medio social y económico de la zona donde se establecerá el proyecto o
donde se desarrollara la actividad.
Elementos más significativos del ambiente: Este apartado resume la información
que permite determinar el significado que tienen los elementos más relevantes del
ambiente, previamente analizados, para su conservación. Habrán de definirse y
aplicarse los criterios acordes a la magnitud de la importancia del ambiente, tales
como diversidad, rareza, perturbación o singularidad, la valoración que se haga de
cada rubro deberá tener un enfoque integral.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
78
Ámbito de aplicación de Estudio de Impacto Ambiental: El ámbito de aplicación
del Estudio definirá el alcance que tendrá este, para cada uno de los elementos
anteriormente descritos. Su incidencia o no como ANP o con Planes Parciales de
Desarrollo Urbano o del Territorio, así como el cumplimiento de Normas Oficiales
Mexicanas vigentes.
Identificación de impactos: Con esta etapa, el estudio alcanza una de sus fases más
importantes, se trata de definir las repercusiones que tendrá el proyecto o la actividad
a realizar sobre el ambiente descrito y sobre sus elementos más significativos. Cada
impacto deberá ser valorado sobre una base lógica, mesurable y fácilmente
identificable. Posteriormente el análisis debe llegar a una sinergia que permita
identificar, valorar y medir el efecto acumulativo del total de los impactos identificados.
Alternativas: Si fuese el caso de que hubiese dos o más alternativas para el proyecto
o para la actividad, esta serán analizadas, valoradas sobre la base de su significado
ambiental y seleccionado la que mejor se ajuste tanto a las necesidades del
mantenimiento del equilibrio ambiental, como a los objetivos, características y
necesidades del proyecto.
Identificación de medidas de mitigación: La importancia de esta etapa deber ser
evidenciada en el reporte final con la propuesta de medidas lógicas y viables en su
aplicación.
Valoración de impactos residuales: Se aplica este concepto a la identificación de
aquellas situaciones, negativas para el ambiente, que pueden derivar de una falta de
previsión o de intervención del hombre y que pudieran derivar de la puesta en
operación del proyecto.
Plan de vigilancia y control: En esta etapa el estudio deberá definir los impactos que
serán considerados en el plan de seguimiento y control; determinar los parámetros a
evaluar los indicadores que habrán de demostrar la eficiencia del plan, la frecuencia
de las actividades, los sitios y las características del muestreo.
Para la identificación, descripción y evaluación de impactos ambientales existen diferentes
metodologías, las cuales podrán ser seleccionadas por el responsable técnico del proyecto,
justificando su aplicación.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
79
3.3.1 MÉTODOS SIMPLES DE IDENTIFICACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES
Como ya se mencionó un estudio de impacto necesita realizar varias tareas, entre las que se
incluye la identificación de impactos ambientales, la descripción del medio afectado, la
predicción y estimación de impactos, la selección de alternativa de la actuación propuesta de
entre las opciones que se hayan valorado para cubrir las demandas establecidas, el resumen
y presentación de la información. Los objetivos de estas tareas son distintos, como lo son las
metodologías necesarias para cumplimentar dichas tareas. El termino metodología se refiere
al planteamiento estructurado de cómo llevar a cabo una o varias de esas actividades
básicas. Se han desarrollado muchas metodologías de ayuda a la realización de las distintas
tareas del proceso de EIA. El propósito de esta sección es describir algunos métodos simples
de identificación de impactos; lo que se hará presentando las matrices, los diagramas de
redes y las listas de control simples y las descriptivas (Martínez, 1998; Weitzenfeld, 1992;
Krebs, 1989).
Información de partida: Para identificar los impactos ambientales producidos por una
actividad o proyecto de construcción se pueden emplear las matrices de causa-efecto
(también conocidas como matrices de Leopold) o bien alguna listas de control. La
complejidad de las matrices de causa-efecto puede variar desde aquellas que hacen
consideraciones simples de las actividades del proyecto y sus impactos sobre los
factores ambientales hasta las que proponen planteamiento estructurados en etapas
que muestran las interrelaciones existentes entre los factores afectados. Por su parte,
las listas de control abarcan desde simples listados de factores ambientales hasta
enfoques descriptivos que incluyen información sobre la medición, la predicción y la
interpretación de las alternaciones de los impactos identificados. Las listas de control
pueden incluir también la valoración en escalas de los impuestos de las alternativas de
cada uno de los factores ambientales considerados. Las técnicas de escalas o de
valoración incluyen el uso de puntuaciones numéricas, asignación de letras o
proporciones lineales. Las alternativas se pueden jerarquizar desde la mejor a la peor
en términos de impactos potenciales sobre cada factor. Las listas de control más
sofisticadas son aquellas que incluyen la asignación de pesos de importancia a los
factores ambientales y la valoración en escalas de los impactos de cada alternativa
sobre cada factor.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
80
Las comparaciones resultantes se pueden realizar mediante el desarrollo de una
matriz de producto y del índice del impacto global de cada alternativa. El indicador, o
puntuación, se determina multiplicando los pesos de importancia por el valor de la
valoración en escala de cada alternativa. Las metodologías pueden ser útiles, aunque
no se requieren específicamente, en todo el proceso de evaluación de impacto
ambiental, siendo algunas de gran utilidad para determinadas tareas del proceso.
Aunque se han desarrollado diversas metodologías, no hay una metodología universal
que pueda aplicarse a todos los tipos de proyectos en cualquier medio en el que se
ubique. Es improbable que se desarrollen métodos globales, dada la falta de
información técnica y la necesidad de ejercitar juicios subjetivos sobre los impactos
predecibles en la ubicación ambiental en la que pueda instalarse el proyecto. Una
perspectiva adecuada es la de considerar las metodologías como instrumento que
pueden utilizarse para facilitar el proceso de EIA.
Las metodologías no proporcionan respuestas completas a todas las preguntas sobre
los impactos de un posible proyecto o del conjunto de sus alternativas. Las
metodologías no son recetas de cocina mediante las que se consigue un estudio
adecuado si se siguen las indicaciones detalladas de la metodología. Las
metodologías deben seleccionarse a partir de una valoración apropiada y de la
experiencia profesional, debiendo utilizarse con la aplicación continuada de juicio
crítico sobre los insumos de datos y el análisis e interpretación de resultados.
Uno de los propósitos del uso de metodologías es asegurar que se han incluido en el
estudio todos los factores ambientales pertinentes. Otro propósito del uso de
metodologías es ayudar a la planificación de los estudios de reconocimiento de
aquellos emplazamientos en los que se da una carencia importante de datos
ambientales.
Una de las razones más importantes del uso de metodologías es que proporcionan un
medio de síntesis de la información y de la valoración de alternativas sobre una base
común.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
81
3.3.2 METODOLOGÍAS DE MATRICES INTERACTIVAS
Las matrices de causa-efecto fueron de las primeras metodologías de EIA que surgieron.
Una matriz interactiva simple muestra las acciones del proyecto o actividades en forma de
columnas y los factores ambientales pertinentes en forma de renglones. Cuando se espera
que una acción determinada provoque un cambio en un factor ambiental, este se coloca en el
punto de intersección de la matriz y se describe además en términos de consideraciones de
magnitud e importancia. Se han utilizado muchas variaciones de esta matriz interactiva en los
estudios de impacto, incluyendo entre ellas matrices por etapas. Para este estudio de
emplear el método de matriz interactiva sugerido por Leopold como ejemplo de matriz simple.
Al utilizar la matriz de Leopold se debe considerar cada acción y su potencial de impacto
sobre cada elemento ambiental. Cuando se prevé un impacto la matriz aparece marcada con
una línea diagonal en la correspondiente casilla de esa interacción. El segundo paso en el
uso de la matriz de Leopold es describir la interacción en términos de magnitud e
importancia. Las ventajas principales de utilizar la matriz de Leopold consisten en que es
muy útil como instrumento de filtración para desarrollar una identificación de impactos y
puede proporcionar un medio valioso para comunicar los impactos al proporcionar un
desarrollo visual de los elementos impactados y de las principales acciones que causen
impactos. La matriz de Leopold puede identificar impactos benéficos y adversos mediante el
uso de símbolos adecuados como el + y el -.
Para analizar los impactos secundarios y terciarios que derivan de las acciones de proyectos
puede usarse una matriz en etapas, también llamada matriz de impactos cruzados. Esta es
aquella en la que los factores ambientales se muestran contrastados frente a otros factores
ambientales.
3.3.3 IDENTIFICACIÓN, DESCRIPCIÓN Y EVALUACIÓN DE LOS IMPACTOS
AMBIENTALES
Las etapas a seguir son:
-Identificación de los impactos mediante listas de control.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
82
-Descripción general de impactos y asignación de pesos específicos según actividades
básicas: Se realiza en función de las distintas etapas que comprende el proyecto, es decir
preparación del sitio, construcción y fase de operación cada una de estas etapas se evaluara
en función de los elementos que pueden verse afectados, considerando dentro de ellas la
mayor cantidad de aspectos relacionados a estos.
-Matrices de identificación y evaluación de impactos: En estas se muestran en primer plano
aquellas actividades que identifican un impacto ambiental, sea positivo o negativo.
-Análisis de resultados.
-Medidas preventivas y de mitigación.
-Conclusiones.
3.3.4 MÉTODOS CARTOGRÁFICOS.
Se desarrollaron en el ámbito de la planificación territorial para la evaluación de los impactos
ambientales de uso del territorio. También se les conoce como métodos de transparencias y
gráficos. Básicamente consisten en la superposición -sobre un mapa del área de estudio,
convenientemente subdividida- de transparencias dedicadas a un factor ambiental e
identificadas con códigos (color, números, otros) que indican el grado de impacto previsible
de cada subzona en caso de llevarse a cabo un proyecto o actividad. La gradación de tonos
de color se utiliza para dar idea de la mayor o menor magnitud del impacto.
Sin embargo sus resultados son limitados, principalmente por el número de impactos que
pueden ser analizados en una misma operación. El alto grado de versatilidad y desarrollo
de los sistemas de información geográfica (SIG) permiten hoy día darle mayor aplicación a
esta metodología. Las técnicas cartográficas pueden ser buenas herramientas de
comunicación, especialmente en estudios del medio físico; son de gran utilidad en las
reuniones con el público y en actividades para la difusión o aclaración de conceptos a éste
en el proceso de planificación.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
83
3.4 INDICADORES DE CONTAMINACIÓN
El uso de organismos indicadores de contaminación requiere conocer las tolerancias
ecológicas y los requerimientos de las especies, así como sus adaptaciones para resistir
contaminantes agudos y crónicos (Parker, 1983).
3.4.1 INDICADORES BIOLÓGICOS
Los indicadores biológicos son atributos de los sistemas biológicos que se emplean para
descifrar factores de su ambiente. Inicialmente, se utilizaron especies o asociaciones de
éstas como indicadores y, posteriormente, comenzaron a emplearse también atributos
correspondientes a otros niveles de organización del ecosistema, como poblaciones,
comunidades, etc., lo que resultó particularmente útil en estudios de contaminación.
Las especies indicadoras son aquellos organismos (o restos de los mismos) que ayudan a
descifrar cualquier fenómeno o acontecimiento actual (o pasado) relacionado con el estudio
de un ambiente. Las especies tienen requerimientos físicos, químicos, de estructura del
hábitat y de relaciones con otras especies. A cada especie o población le corresponden
determinados límites de estas condiciones ambientales entre las cuales los organismos
pueden sobrevivir (límites máximos), crecer (intermedios) y reproducirse (límites más
estrechos). En general, cuando más estenoica sea la especie en cuestión, es decir, cuando
más estrechos sean sus límites de tolerancia, mayor será su utilidad como indicador
ecológico. Las especies bioindicadoras deben ser, en general, abundantes, muy sensibles al
medio de vida, fáciles y rápidas de identificar, bien estudiadas en su ecología y ciclo
biológico, y con poca movilidad.
A principios de siglo se propuso la utilización de listas de organismos como indicadores de
características del agua en relación con la mayor o menor cantidad de materia orgánica. La
idea de usar como indicadores a las especies se generalizó, aplicándose a la vegetación
terrestre y al plancton marino. En determinadas zonas las plantas se usaron ampliamente
como indicadores de las condiciones de agua y suelo; algunas plantas, de la presencia de
uranio, etc. Distintos organismos planctónicos se utilizan como indicadores de eutrofización.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
84
En oceanografía los bioindicadores se utilizan en estudios de hidrología, geología, transporte
de sedimentos, cambios de nivel oceánico, o presencia de peces de valor económico, por
ejemplo. Los indicadores hidrológicos son organismos mediante los cuales se pueden
diferenciar las distintas masas de agua de mar (masas que difieren en sus características
físicas, químicas, de flora y fauna, y que se caracterizan, en general, por su temperatura y
salinidad) y determinar sus movimientos. Los organismos pueden ser usados como sensores
de una masa de agua, requiriéndose que sean fuertemente estenoica para que no
sobrevivan a condiciones diferentes las de la masa de agua que caracterizan, o bien como
trazadores de una corriente, si son más o menos resistentes a los cambios ambientales y
sobreviven en condiciones diferentes, indicando la extensión de una corriente que puede
atravesar varias masas de agua. Estos métodos biológicos son más útiles que las
determinaciones físicas o químicas especialmente en las zonas marginales, de cambio, y,
además, informan sobre el grado de mezcla de dos tipos de agua en las zonas intermedias.
La utilización de organismos vivos como indicadores de contaminación es una técnica bien
reconocida. La composición de una comunidad de organismos refleja la integración de las
características del ambiente sobre cierto tiempo, y por eso revela factores que operan de vez
en cuando y pueden no registrarse en uno o varios análisis repetidos. La presencia de ciertas
especies es una indicación relativamente fidedigna de que durante su ciclo de vida la
polución no excedió un umbral.
Muchos organismos, sumamente sensibles a su medio ambiente, cambian aspectos de su
forma, desaparecen o, por el contrario, prosperan cuando su medio se contamina. Cada
etapa de autodepuración en un río que sufrió una descarga de materia orgánica se
caracteriza por la presencia de determinados indicadores. Según su sensibilidad a la
polución orgánica se clasificaron especies como intolerantes, facultativas, o tolerantes.
Los indicadores de contaminación por desechos industriales generalmente son resistentes a
la falta total o parcial de oxígeno, la baja intensidad de luz, etc. Los monitoreos biológicos
son muy útiles, ya que, por ej., la acumulación de metales pesados en organismos acuáticos
puede ser 10 millones de veces mayor a la del ambiente donde viven. El uso de organismos
indicadores de contaminación requiere conocer las tolerancias ecológicas y los
requerimientos de las especies, así como sus adaptaciones para resistir contaminantes
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
85
agudos y crónicos. Las investigaciones sobre organismos indicadores de polución
comprenden el estudio autoecológico, en el laboratorio, para establecer los límites de
tolerancia de una especie a una sustancia o a una mezcla de ellas mediante ensayos de
toxicidad; y el sinecológico, que se basa en la observación y análisis de las características
ambientales de los sitios en los cuales se detectan con más frecuencia poblaciones de
organismos de cierta especie. Algas, bacterias, protozoos, macro invertebrados y peces son
los más usados como indicadores de contaminación acuática. La mayoría de los estudios
estiman características estructurales a diferentes niveles de organización, como cambios en
la estructura celular, o en la diversidad de especies, pero, más recientemente, se han
incluido características funcionales, como producción y respiración. Los resultados del
estudio de las especies indicadoras de niveles de calidad de agua son más inmediatos, pero
requieren un profundo conocimiento para identificar los organismos y sólo son adecuados
para las condiciones ecológicas y características regionales; mientras que los resultados
numéricos de los estudios de estructura de comunidades, si bien requieren su interpretación
ecológica, demandando más tiempo, son independientes de las características geográficas
regionales y tienen aplicabilidad aún con informaciones sistemáticas y ecológicas deficientes.
En las evaluaciones de riesgo ecológico se ha propuesto el uso de indicadores de
conformidad, de diagnóstico, y tempranos de daño (Ramalho, 1996).
3.4.2 INDICADORES NO BIOLÓGICOS
Índices de calidad del aire pretende ser la herramienta que nos permita informar de forma
clara, directa y rápida sobre la calidad del aire que respiramos y que garantice con
efectividad el derecho que tenemos todos los ciudadanos de acceder a la información
ambiental.
El índice de la calidad del aire, se define como un valor representativo de los niveles de
contaminación atmosférica y sus efectos en la salud, dentro de una región determinada.
El Índice Metropolitano de la Calidad del Aire (IMECA) consta
de algoritmos de cálculo fundamentales; el primero, para la obtención de subíndices
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
86
correspondientes a diferentes indicadores de la calidad del aire; y el segundo, para la
combinación de éstos en un índice global.
El primero involucrara la utilización de funciones segmentadas basadas en dos puntos
de quiebra principales. Esos puntos fueron obtenidos a partir de los criterios mexicanos de la
calidad del aire, así como de niveles para los que ocurren daños significativos a la salud. Al
primero se le asignó el valor de 100 y al segundo de 500; entre estos dos puntos se
definieron tres más, cuyo objetivo es clasificar el intervalo en diferentes términos descriptivos
de la calidad del aire.
3.4.3 ÍNDICES DE DESEMPEÑO AMBIENTAL
En términos generales, un indicador es la medida cuantitativa o la observación cualitativa que
permite identificar cambios en el tiempo y cuyo propósito es determinar cambios en el tiempo
y cuyo propósito es determinar que tan bien está funcionando un sistema.
Dentro de la responsabilidad social, el área ambiental implica los cambios ocasionados por
las actividades, productos o servicios de la organización en sistemas bióticos y abióticos,
incluyendo por supuesto a los humanos dentro de los componentes de estos sistemas.
Es particularmente importante el mantener indicadores de desempeño ambiental tanto en
rangos absolutos, como en rangos normalizados por unidad de producción o consumo de
forma que puedan ser comparables. Ya que mientras las figuras absolutas nos dan
información sobre la escala del impacto ambiental, las figuras normalizadas nos proveen de
información sobre la eficiencia de las operaciones de la organización.
Los indicadores ambientales deben de incluir todos los flujos de materiales y energía que
ingresan o egresan a la organización y la forma en cómo lo hacen así como el medio en el
que lo hacen.
Los indicadores nos proporcionan una visión en un momento determinado de la realidad.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
87
En impacto ambiental son utilizados para determinar la efectividad de las medidas de
mitigación; cobertura de una especie trasplantada, éxito de sobrevivencia, estructura
ecológica, biodiversidad, abundancia, etc.
3.5 ANÁLISIS DE COSTOS
Los proyectos por lo general tienen dos tipos de costos, los costos de inversión y operación y
mantenimiento, considerados comúnmente por los inversionistas, más los costos
relacionados con el control de los impactos ambientales en las zonas de influencia. Algunos
de los impactos ambientales pueden controlarse en su totalidad, esto significa que el valor
económico de dichos impactos se puede representar a partir del valor de las inversiones en
la jerarquía de mitigación de impactos. No obstante, existen otros impactos no controlables
que no se pueden valorar utilizando este mismo enfoque. Para éste último caso, la valoración
económica no mercadeable de impactos ambientales permite expresar estas perturbaciones
sobre el medio ambiente en términos monetarios para poderlos incluir dentro del análisis de
beneficios y costos económicos de los proyectos.
Proyectos en sectores claves para el desarrollo económico de un país como energía,
minería, infraestructura y transporte, entre otros, generan impactos ambientales importantes
con implicaciones relevantes sobre el bienestar de la sociedad. Para poder generar
esquemas de control de impactos eficientes y eficaces es importante identificar, revisar y
clasificar estos impactos para luego entrar a valorarlos en términos monetarios.
Algunos de estos impactos tendrán procesos de valoración monetaria más sencillos que
otros, sin embargo, la idea fundamental es contar con evidencia sobre el valor económico
total de los impactos ambientales para poder establecer medidas correctas de control de
impactos ambientales [inversiones efectivas en el manejo y sostenibilidad del capital natural
bajo esquemas de mínimo costo en la jerarquía de mitigación “gasto en actividades de
prevención, corrección, mitigación y compensación de impactos ambientales”] y así poder
establecer montos de inversión que no afecten a los inversionista privados y que a la vez
permitan alcanzar la senda de desarrollo económico ambiental sostenible adoptada por el
país.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
88
Las medidas de control de impactos ambientales en proyectos deben estar condicionadas al
criterio de eficiencia económica debido a que los recursos financieros destinados al control
de impacto tienen un costo de oportunidad importante para los inversionistas y para los
consumidores de los bienes que proveen los proyectos. Por consiguiente, estas inversiones
deben ejecutarse bajo esquemas de mínimo costo para que la sociedad no experimente
sobre costos derivados de manejar bajo esquemas sostenibles los recursos naturales y
ambientales del país. Así mismo, las medidas de control de impactos deben ser efectivas, es
decir, deben cumplir con las metas de mantener un estándares socialmente óptimos de
calidad ambiental en la zonas en que operan los proyectos. Por último, los planes de
inversión en controles de impactos ambientales deben ser equitativos, es decir, debe
asegurarse un adecuado reparto de costos de beneficios entre los diferentes agentes
impactados por los proyectos, tanto los agentes impactados positivamente (que obtienen
beneficios), como lo impactados de manera negativa (los que asumen costos).
Una vez estimados los beneficios y costos ambientales derivados del proyecto, se
desarrollará un análisis costo beneficio ambiental y un análisis costo efectividad de las
inversiones en control de impactos ambientales, de tal forma que se pueda evaluar la
eficiencia, eficacia y equidad en el desarrollo de proyectos de inversión. Esta evaluación se
constituye en una herramienta que complementa y mejora la calidad de los procesos de
evaluación ambiental, identificando, valorando e integrando los beneficios y costos
ambientales en los análisis sociales, económicos y financieros de los proyecto.
Aspectos Operativos
Los estudios que integren el AE y la EIA para producir evidencia que permita mejorar la
eficiencia, eficacia y equidad en el control de impactos ambientales deben ser realizados por
profesionales de diferentes disciplinas con un buen manejo de las técnicas provistas para tal
fin y con suficiente experiencia empírica en la aplicación de estos tipos de estudios al tema
de control de impactos ambientales derivados de actividades económicas como la
implementación de proyectos de inversión.
Otro aspecto operativo a tener en cuenta es que los proyectos pueden producir impactos
ambientales durante su fase de construcción o en la fase de operación, por esta razón es
importante enmarcar el análisis regulatorio ambiental dentro del horizonte de vida de los
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
89
proyectos desde su construcción hasta su cierre. La fase de análisis ex ante es prioritaria
para simular las posibles consecuencias ambientales que tendrá el proyecto de inversión y
así poder tomar las mejores decisiones que generen un correcto balance entre costos de
control de impactos y metas minimización de los impactos ambientales.
Nunca se debe perder de vista que el objetivo de la evaluación económica ambiental para
control de impactos ambientales es conocer y cuantificar beneficios y costos económicos de
dichas acciones para saber las verdaderas consecuencias sobre la sociedad. Por lo tanto,
siempre se debe tener en cuenta que estos estudios son herramientas útiles en los procesos
de planeación ex ante de las acciones a tomar para el control de impactos ambientales en
proyectos de inversión.
Tener en cuenta que los cambios biofísicos y químicos producidos por los proyectos sobre la
base de recursos naturales y ambientales que afectan a una serie de receptores de las
perturbaciones causadas sobre el medio ambiente, se pueden medir a través de la definición
y elección adecuada de indicadores ambientales. Algunos proyectos con dinámicas de
impactos ambientales más complejos necesitarán de más estudios técnicos para despejar la
incertidumbre sobre las consecuencias reales de los impactos. Sin embargo, se debe tener
en cuenta que cuando los impactos ambientales sean convencionales, los indicadores para
medir dichos impactos también deben ser sencillos.
Los proyectos pueden producir tanto impactos negativos como positivos. Los impactos
positivos son aquellos que generan externalidades positivas y efectos indirectos que mejoran
el bienestar económico y la calidad de vida de las personas. En otras palabras, generan
beneficios ambientales.
En cambio, los impactos negativos son los que se manifiestan en términos de externalidades
y otros efectos no controlables negativos que generan costos sociales (principalmente
afectaciones a la salud pública, reducción de la cantidad y calidad de recursos naturales y
degradación de ecosistemas). Por ejemplo, destrucción de fuentes de aguas, contaminación
del aire y afectación de los bienes y servicios ambientales que proveen los ecosistemas a las
personas, entre otros. Los impactos son cambios sobre el medio ambiente (sobre el aire,
suelo y agua), los cuales son medidos a través de los indicadores de estrés. Los receptores
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
90
de dichos impactos son quienes sufren las consecuencias, sean personas, animales, plantas
y materiales.
Los impactos ambientales de un proyecto pueden tener una escala amplia. Pueden ir desde
lo más sencillo donde se pueda reversar la consecuencia negativa que generó el impacto
sobre el medio ambiente y la sociedad, hasta lo más complejo cuando se afectan recursos
naturales y ambientales únicos e irreversibles, ecosistemas con baja capacidad de resiliencia
con un alto componente de riesgo ambiental e incertidumbre sobre los verdaderos impactos.
Los impactos internalizadles se pueden corregir a través de la implementación de planes de
manejo ambiental que sean efectivos en reversar las afectaciones. En este caso, la relación
impacto – abatimiento es proporcional. Es decir, se puede generar un impacto sobre un
ecosistema y se puedo reparar el recurso natural hasta llevarlo al estado que tenía antes de
la intervención. Los impactos no internalizadles, son aquellos que no se pueden reversar
totalmente en términos de la afectación generada. Es decir, se manifiestan en términos de
externalidades que generan importantes costos para la sociedad y que amenazan con
garantizar las sostenibilidad del capital natural, indispensable para la existencia de las futuras
generaciones.
3.6 CONCLUSIÓN
La evaluación de los impactos ambientales consiste en la identificación, previsión,
interpretación y medición de las consecuencias ambientales de los proyectos. La evaluación
de los impactos debe realizarse en el marco de procedimientos adecuados que, en forma
concurrente, permitan identificar las acciones y el medio a ser impactado, establecer las
posibles alteraciones y valorar las mismas. Esta última etapa está encaminada a llegar a
expresar los impactos en forma cuantitativa y, cuando ello no es posible, cualitativamente.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
91
MÓDULO 4. LAS APLICACIONES DE LA EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
4.1 INTRODUCCIÓN
La EIA es un proceso destinado a mejorar el sistema de toma de decisiones públicas, y
orientado a resguardar que las opciones de proyectos, programas o políticas en
consideración, sean ambiental y socialmente sustentables. Este proceso se vincula con la
identificación, la predicción y la evaluación de impactos relevantes, beneficiosos o adversos.
La EIA se aplica a actividades y proyectos de desarrollo que sean emprendidos por el sector
público o privado.
Porque ha demostrado ser una herramienta fundamental para mejorar la viabilidad a largo
plazo de muchos programas y proyectos de desarrollo. Además, su uso puede contribuir, de
manera definitiva, a evitar errores u omisiones que pueden implicar altos costos ambientales,
sociales y/o económicos.
La Evaluación de Impacto Ambiental es un proceso formal conducido y controlado por una
autoridad de aplicación gubernamental... En algunos supuestos, la EIA requiere de la
participación de equipos multidisciplinarios. En otros casos, una comisión independiente.
4.2 EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL DE PROYECTOS TURÍSTICOS
La planeación sustentable del turismo requiere no solo de la adecuada aplicación de los
instrumentos de política ambiental por parte de la autoridad, sino de la comprensión del
sector turístico de que en función de cómo se planifique, desarrolle y gestione, cada uno de
los proyectos, el enorme crecimiento del turismo previsto para los próximos años puede
ofrecer excelentes oportunidades de extender la prosperidad, o crear dificultades apreciables
y amenazas potenciales para el medio ambiente y las comunidades locales. La realidad es
que en muchos casos, la variable ambiental aún no se logra incorporar en la toma de
decisiones de una gran parte de los desarrolladores turísticos desde el momento de la
concepción y selección del sitio para planear un proyecto turístico. La evaluación de impacto
ambiental se percibe en muchos casos como un trámite a cumplir, con lo cual se pretende
solventar el tema ambiental reduciéndolo a un procedimiento administrativo engorroso. Pero
la realidad es que justifica plenamente que los instrumentos regulatorios y de política
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
92
ambiental, se orientan a que los desarrolladores turísticos asuman los costos ambientales
que generan los impactos ambientales significativos a los ecosistemas. Lo anterior no se
subsana únicamente con una compensación monetaria, se requiere de un enfoque
preventivo y de mitigación de impactos, considerando criterios ambientales y no únicamente
económicos para la selección de un sitio, planeación y gestión de un desarrollo turístico.
4.2.1 CASO PRÁCTICO
Durante los ejercicios del diplomado en esta sección se indico elaborar una evaluación de
impacto ambiental sobre un proyecto ficticio elaborado por participantes del diplomado de
diferentes disciplinas donde se establecían algunas características específicas que debía
tener el proyecto.4
4.3 EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL DE PROYECTOS MINEROS
La EIA con respecto a los proyectos mineros debería asegurar que el proyecto no involucrará
impactos ambientales que representen amenazas permanentes más allá del entorno
inmediato del mismo, además, debería exigir procedimientos de diseño y operación que
aseguren, a lo largo del proceso de explotación, el cierre de aquellas labores, depósitos de
desechos mineros, etc. que no sean indispensables para sus operaciones. Ello implica
varias ventajas importantes: simplifica mucho el cierre, resta importancia al tema de la
garantía monetaria, permite comprobar la efectividad de las operaciones mientras la empresa
está en pleno funcionamiento, entre otras. Ello permite que la empresa cuente con los
recursos humanos y económicos en el lugar, para realizar un seguimiento efectivo e
implementar las medidas de reparación que se muestren necesarias. Todas las etapas de un
proyecto minero deberán estar presente en las etapas de estudio y evaluación de impacto
ambiental, pero centrado en materias esenciales y entendiendo la imposibilidad de prever el
estado final de una explotación minera, pero tratando de mitigar en la mayor medida posible
los impactos (LGEEPA, 2006).
4 Véase la sección de anexo. Anexo 2 CASO PRACTICO
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
93
4.4 EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL DE PROYECTOS AGROPECUARIOS
El medio agrícola, fue desde el principio una de las víctimas de nuestras malas acciones,
pues hoy, además de su función como soporte de las actividades relacionadas con
la agricultura y de producir o consumir recursos renovables, ha sido considerado como un
receptor de residuos de todo tipo y por supuesto, en un generador de perturbaciones debido
a las propias actuaciones agrícolas. La Revolución Verde, se caracterizó por la hipótesis de
que es posible controlar plenamente las variables ambientales, enfrentando y solucionando
los problemas de forma aislada, desarrollando para lograr su principal objetivo, altas
producciones, determinadas estrategias, cuyas tendencias llevaron a la agricultura al
monocultivo; lo cual conllevó a desarrollar paquetes tecnológicos basados en grandes
insumos, cuyo resultados de inmediato, fueron alterar la naturaleza, dañarla con los
consecuentes impactos ambientales, que enfrenta el hombre en la actualidad. La agricultura
se convirtió en una actividad en que se artificializó la naturaleza, como resultado coevolutivo
del sistema natural y social, provocando la degradación ambiental y una verdadera crisis
ecológica, lo cual requiere para su solución la transformación radical de la sociedad y su
manera de utilizar los recursos naturales. Lo que las personas obtienen del entorno natural
va mucho más allá de los aspectos materiales, y el mantenimiento de un medio sano, es una
necesidad para lograr unas buenas condiciones de vida, no solo en el sentido material, sino
también en el espiritual, para las generaciones actuales y futuras. Hoy en día existe el
suficiente desarrollo tecnológico como para evitar el deterioro ambiental con costos inferiores
al alto precio que la humanidad tendrá que pagar a medio y largo plazo de no tomar medidas
cuanto antes. Se trata de establecer una solución armónica entre tecnología, naturaleza y
sociedad y de aplicar la solidaridad planetaria al abordar cuestiones ambientales que son
globales. La agricultura, a diferencia de otras ramas de la actividad humana, carece de
estudios que, sobre bases científicas, posibiliten enrutar la elaboración de estrategias de
desarrollo integral de sus áreas y esto ha traído consigo la aplicación de tecnologías, sin
tener en cuenta un estudio integral de los impactos que las mismas podrían causar en el
orden social, económico y ambiental sobre el medio. Se hace necesario, conociendo los
impactos que la agricultura ha realizado sobre el suelo y otros recursos de la naturaleza y la
importancia que tiene la misma para el alimento de las presentes y futuras generaciones,
realizar estudios que permitan orientar la actividad agrícola sin comprometer el entorno. El
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
94
estudio de impacto ambiental cumple un papel central para la puesta en marcha de cualquier
proyecto que se quiera aplicar en la agricultura, ya que permite documentar todo el análisis
de los impactos ambientales de la acción determinada. Esto incluye la descripción del
emprendimiento, las diferentes alternativas para su implementación, la línea de base, las
medidas de mitigación y/o compensación, y los programas de seguimiento y control. La
aplicación de medidas preventivas en las tierras aun no degradadas y de medidas correctivas
y de rehabilitación en las tierras secas mediana o gravemente degradadas, entre ellas las
afectadas por movimientos de dunas, mediante la introducción de sistemas de uso de la
tierra ecológicamente racionales, socialmente aceptables y equitativos y económicamente
viables fomentaría la capacidad de sustento de la tierra y la conservación de los recursos
bióticos en los ecosistemas frágiles (LGEEPA, 2006).
4.5 EVALUACÓN DE IMPACTO AMBIENTAL DE PROYECTOS DE CAMBIO DE USO DE
SUELO
En las últimas décadas el cambio del uso del suelo se ha constituido como uno de los
factores plenamente implicados en el cambio global, alterando procesos y ciclos. Lo anterior
se vuelve trascendental si se considera que es a través de estos cambios donde se
materializa la relación entre el hombre y el medio ambiente. Los ecosistemas terrestres han
sufrido grandes transformaciones, la mayoría debido a la conversión de la cobertura del
terreno y a la degradación e intensificación del uso del suelo. Estos procesos usualmente
englobados en lo que se conoce como deforestación o degradación forestal, se asocian a
impactos ecológicos importantes en casi todas las escalas. Se ha comprobado que la
destrucción de la biodiversidad y los bosques tropicales y templados puede perturbar el clima
global y poner en riesgo una fuente importante de captura de carbono. Cada vez es más
evidente la transformación que sufre el territorio. Los cambios del uso del suelo ya sean
legales o ilegales son cada día más frecuentes. El avance de la frontera agrícola hacia
superficies forestales ha traído como consecuencia la aparición de una superficie de labor
frágil y con alta susceptibilidad a los procesos erosivos y, por ende, con baja productividad.
Los factores explicativos que inducen esta degradación son diversos. Algunos consideran
que la modificación de la cobertura y uso del suelo se debe a la interacción de factores
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
95
económicos, políticos y ecológicos. Sin embargo, otros piensan que la escasa conexión entre
los estudios explícitos del uso del suelo y los aspectos socioeconómicos provoca serias
dificultades para integrar realmente aspectos biofísicos y humanos. También se acusa la falta
de trabajos de análisis cuantitativos que permitan explicar las causas y efectos de estos
factores, ya que también las interpretaciones de cómo estos interactúan para estimular el
cambio varían ampliamente de una región a otra. Elaborar una MIA en proyectos de cambio
de uso de suelo cumplen objetivos específicos como en todos los casos que son, conservar y
rehabilitar los suelos degradados conservar y restaurar la biodiversidad de las regiones
donde se establecen los proyectos, proteger las cuencas hidrográficas y mejorar la utilización
del recurso hídrico, entre otros (LGEEPA, 2006).
4.6 CONCLUSIÓN
Se diseñó el documento guía para la manifestación de impacto ambiental para que su
contenido no favorezca el desarrollo de estudios desvinculados del objetivo ambiental o que
favoreciera la incorporación de grandes contenidos de información sin ninguna conexión con
dicho objetivo.
Es una realidad que cada Estudio de Impacto Ambiental es un caso diferente y que no existe
una receta idónea para todos ellos, por ello, cuando en la guía se cita alguna metodología, se
hace sólo de manera indicativa, pero sin el ánimo de orientar la decisión del evaluador a
adoptarla como única opción. Por ello, en la guía no se incluyen instrucciones concretas, sino
orientaciones y sugerencias, por lo que será el criterio y la experiencia del evaluador el
sustento de la decisión que deberá asumirse para seleccionar la metodología o el
procedimiento más adecuado para cada situación.
Por último, se destaca que la estructura de la guía intenta orientar el mismo sentido que
deberá tener el estudio respectivo, con el objeto, no solo de buscar una secuencia lógica en
el mismo, sino de facilitar el procedimiento de dictaminación del mismo, competencia de la
autoridad ambiental.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
96
MÓDULO 5. MEDIDAS DE MITIGACIÓN
5.1 INTRODUCCIÓN
En la elaboración de la EIA se identifican en sus primeras etapas los impactos adversos
sobre el ambiente y la salud por la implementación de un proyecto o actividad. Estos
impactos se deben haber detectado desde el momento de la concepción del proyecto o
actividad que se pretende realizar, hasta su etapa de diseño. Un impacto ambiental son
cambios o modificaciones que se hacen al medio ambiente provocado por determinadas
obras o acciones del hombre o fenómenos naturales ocasionales. Pero cabe mencionar que
muchos piensan que solo existen impactos negativos al ambiente y no siempre es así, ya
que existen los impactos tanto positivos como negativos. Para su identificación es necesaria
la aplicación de metodologías elaboradas. Cuando los impactos que se han detectado violen
normas, criterios o políticas de protección y conservación del ambiente en vigor, deben
establecerse medidas de mitigación antes de que se apruebe la ejecución del mismo. Estas
medidas no deben ser consideradas como un simple requisito adicional resultante del
proceso de una EIA, sino una parte integrante del ciclo de vida del proyecto, son diferentes
medidas de mitigación las que se deben tomar en cuenta para cada una de las fases del
proyecto, elaboración, ejecución y terminación.
5.2 MEDIDAS DE MITIGACIÓN
Podemos comprender como medida de mitigación la implementación o aplicación de
cualquier política, estrategia, obra y/o acción tendiente a eliminar o minimizar los impactos
adversos que pueden presentarse durante las etapas de ejecución de un proyecto
(construcción, operación y terminación) y mejorar la calidad ambiental aprovechando las
oportunidades existentes.
Procedimiento en que la SEMARNAT o las Secretarias de Medio Ambiental de las entidades
federativas, establece las condiciones a que se sujetara la realización de obras y actividades
que puedan causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
97
La propia Ley acota su alcance, haciendo del mismo un asunto de interés público, lo que lo
hace obligatorio para ciertas obras o actividades, de conformidad con las facultades que
correspondan en la materia a cada nivel de gobierno.
Su importancia radica en la finalidad de la política ambiental nacional, encaminada no
solamente al cuidado de los recursos naturales o su aprovechamiento racional, sino a la
generación de un desarrollo nacional sustentable. La MIA como instrumento, resulta de
primordial relevancia en el ámbito practico, y es por su naturaleza, mucho más cercano que
otros instrumentos, como lo son el Ordenamiento Ecológico del Territorio o las ANPs, pues
estos últimos quedan en manos de la administración pública.
Se podría decir entonces que es un instrumento que reconoce la responsabilidad conjunta de
gobierno y sociedad, pues en última instancia, quien realiza los estudios es la propia
sociedad civil al momento de querer realizar una obra o actividad, de lo que se deriva que si
bien la ley enmarca los lineamientos generales a seguir, los responsables de elaboración de
la MIA son participes en la finalidad nacional de lograr un desarrollo sustentable.
No obstante, tal instrumento se ha reducido a un mero “tramite”, en el mejor de los casos,
realizado con buena voluntad, pero que carece en la mayoría de los casos, de sustento
técnico y científico, datos o diagnósticos, que permitirían realizar manifestaciones que
cuenten con mayor certeza y que funcionen realmente. En otras circunstancias, las MIAs se
han convertido en grandes negocios para consultores y ha devenido en situaciones de
corrupción que, lejos de ayudar al desarrollo social y económico sustentable de las regiones
o localidades, benefician a grandes empresas altamente contaminantes.
Existen dos principios rectores de la mitigación que son el principio precautorio que consiste
en su aplicación ante la falta de conocimiento científico. Se activa ante la incertidumbre o el
desconocimiento. Cuando se carece de información respecto a que impactos tendría una
actividad sobre el ambiente y la salud de los seres vivos, se debe proceder a dar aplicación
al principio de precaución. Y el principio de prevención refiriéndose al más importante de
todos cuya función básica es evitar y prever el daño antes de que se produzca, no
necesariamente prohibiendo una actividad, sino condicionándola.
Hay que establecer de medidas preventivas, correctoras y de mitigación, incluyendo los
impactos residuales. Programa de vigilancia ambiental (planes de monitoreo). Plan de
monitoreo durante la investigación, construcción, la operación y el cierre definitivo.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
98
Las medidas preventivas conforman el grupo de medidas tomadas en la fase de localización
y diseños del proyecto y están encaminadas a prevenir y disminuir la frecuencia y magnitud
de las influencias negativas que tiene un proyecto sobre el medio ambiente. Esta disminución
se consigue imitando la intensidad de acción que lo provoca, por ejemplo los procesos de
depuración.
Medidas correctivas y de mitigación: Identificados los impactos corresponde considerar las
medidas correctoras que mitiguen los efectos derivados de la actividad contemplada,
teniendo en cuenta, que dichas medidas no tengan a su vez repercusiones negativas en el
entorno. Hay que tener en cuenta que gran parte de la eficacia de estas medidas depende de
la aplicación simultánea con la ejecución de la obra o inmediatamente al finalizar.
Las acciones que debe incluir un plan de medidas de mitigación son:
Evitar el impacto total al no desarrollar todo o parte de un proyecto, este enfoque que
es el más apropiado en las fases iniciales de la planeación del proyecto es
considerado en general como el más importante de las medidas de mitigación, el éxito
de este enfoque depende de la disponibilidad de la información y datos ambientales,
como el consenso en relación a la significación de los temas ambientales.
Preservar se debe prevenir cualquier acción que pueda afectar adversamente un
recurso o atributo ambiental. Esto se logra extendiendo la jurisdicción legal más allá
de las necesidades del proyecto en la selección de recursos.
Minimizar los impactos a través de limitar la magnitud del proyecto, implica limitar el
grado, la extensión, magnitud o duración del impacto adverso, es probablemente el
enfoque más común y requiere consideraciones cuidadosas de una amplia gama de
técnicas y métodos de ingeniería y administración del proyecto.
Rectificar el impacto a través de reparar, rehabilitar o restaurar el ambiente afectado,
reducir o eliminar el impacto a través del tiempo, por la implementación de
operaciones de preservación y mantenimiento durante la vida útil del proyecto,
muchos ecosistemas pueden ser rehabilitados para mejorar atributos selectos, como
son la productividad biológica y hábitat de la vida silvestre, este enfoque es apropiado
cuando desarrollos y contaminación previos han resultado en una disminución
significativa de funciones y atributos ambientales de un recurso en particular.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
99
Restaurar se considera rectificar los impactos a través de la restauración de los
recursos afectados en su estado inicial, posiblemente más estable y productivo, es en
esencia el extremo de rehabilitación, requiere extensas e intensas acciones sobre un
recurso seleccionado para lograr lo que podría considerarse condiciones prístinas,
compensar el impacto producido por el reemplazo o sustitución de recursos
afectados.
Los impactos pueden tener una clasificación, pueden ser adversos irreversibles que implican
la destrucción del ecosistema en un 100%, la medida es de compensación y considera la
retribución a la sociedad de los recursos de que será privada por la instrumentación del
proyecto, cuando no sea posible la restitución de los atributos del ambiente; otro tipo de
impacto es el adverso mitigable el cual considera la instalación de dispositivos que reduzcan
emisiones contaminantes, cambio en los procesos, restauración de ecosistemas,
redoblamiento de hábitats, generación de empleos, implementación de sistemas de
seguridad social, entre otros; impactos residuales, aquellos que persisten después de la
aplicación de las medidas correctoras, en forma total o parcial. Es importante tener en cuenta
que los mismos nos indicarán el impacto final de un determinado proyecto, por lo cual
deberán tenerse en cuenta en el plan de monitoreo. También es necesario considerar que la
aplicación de determinadas medidas correctoras puede suponer impactos adicionales que
deben ser igualmente considerados.
La tendencia actual no solo es de disminuir los impactos adversos sino de incluir la
maximización de los impactos benéficos.
Con respecto a los impactos positivos existen acciones que se pueden realizar como son:
Incrementar la capacidad de un recurso existente con respecto a sus funciones
ambientales. Al igual que minimizar, mejorar requiere consideraciones de una amplia
gama de acciones técnicas para el diseño y la administración que pueden ser
implementados para aumentar una función o atributo ambiental particular.
Aumentar o incrementar el área o tamaño de un recurso ambiental existente, se centra
en el atributo geográfico (área) o morfológico (profundidad, configuración) de recurso
acuático, terrestre o humedales.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
100
Crear recursos ambientales específicos en un área donde actualmente están
ausentes. Ampliamente ejemplificado por el desarrollo de excavaciones como nuevos
recursos humedales, este enfoque se incrementó en la aplicación a ecosistemas
terrestres y acuáticos. Sin embargo la creación de un nuevo recurso requiere
consideraciones cuidadosas de la interacción de un nuevo recurso y su ambiente para
asegurar que el recurso sea autosustentable.
5.3 SUPERVISIÓN DE MEDIDAS DE MITIGACIÓN
Artículo 35 BIS-1 LGEEPA. Las personas que presten servicios de impacto ambiental, serán
responsables ante la Secretaría de los informes preventivos, manifestaciones de impacto
ambiental y estudios de riesgo que elaboren, quienes declararán bajo protesta de decir
verdad que en ellos se incorporan las mejores técnicas y metodologías existentes, así como
la información y medidas de prevención y mitigación más efectivas.
CIVIL.- En términos de la reparación del daño causado a la empresa. (Aunque ya existe una
iniciativa de responsabilidad civil ambiental en discusión).
PENAL.- Por delito de falsedad de declaraciones ante autoridad no judicial.
ADMINISTRATIVA.- No pudiendo ser parte del padrón de prestadores de servicios.
CORPORATIVA.- Por no cumplir con el contrato que tiene con la empresa u organización
que lo contrato. Atendiendo a la literalidad del ordenamiento ecológico, las medidas de
mitigación, por exclusión, son aquellas que no son de prevención, por tanto, si la finalidad de
prevenir es evitar, la finalidad de mitigar es atenuar.
Es por ello que recalcamos que las medidas de mitigación, por su trascendencia (ante la
imposibilidad de la prevención y ante el costo real de mitigación), deben ser basadas en
estudios específicos y con fundamentos técnicos y científicos sólidos y particularizadas.
Es importante entonces diferenciar entre mitigación y compensación, pues no son lo mismo.
La naturaleza de las primeras es reducir al máximo los daños o afectaciones ambientales
que se pueden generar; las segundas responden a la imposibilidad de no generar esos
daños o afectaciones y por lo tanto se tienen que generar actividades o circunstancias que se
igualen a la perdida.
Se deben considerar para su planteamiento:
La pérdida de los servicios ambientales que generaba el ecosistema.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
101
La pérdida o afectación de los recursos naturales.
Los impactos sinérgicos y acumulativos que generara la obra o actividad.
Las afectaciones sociales (que aunque no esté considerado en la ley, resulta un tema
de primordial relevancia)
Para que las medidas de mitigación y prevención sean consideradas y no solo establecidas
en papel se considera el plan de monitoreo cuya función es comprobar que las medidas
correctoras, preventivas y de mitigación contenidas en el estudio de impacto ambiental han
sido tomadas. Este plan debe cumplir los siguientes objetivos:
Comprobar la cuantía de los impactos cuya predicción resulta difícil permitiendo de
esta forma la introducción de nuevas medidas correctoras si fuese necesario.
Servir de fuente de datos para mejorar el contenido de futuros estudios de impacto
ambiental que permite determinar hasta qué punto las predicciones
realizadas son correctas.
Detectar desviaciones no previstas en el estudio de impacto ambiental
5.3.1 PROFEPA Y SU PAPEL EN LA EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
Es tarea indispensable de la PROFEPA la verificación de las obligaciones ambientales. Por
ello, la normatividad ambiental tiene el propósito de responsabilizar a los encargados de las
fuentes fijas de jurisdicción federal, no así a los consumidores de los productos o servicios
generados por esas fuentes.
El objetivo es que los costos asociados a la prevención y control de las actividades
económicas que contaminen, sean asumidos por quienes las generan. De esta manera, se
evita transferirlos a la sociedad en su conjunto y, muy particularmente, a las comunidades en
cuyas inmediaciones se asientan, y/o a sus pobladores. Para unas y otros podrían
representarles una pérdida en su calidad de vida, o la degradación del suelo, aire y agua.
Esta sección tiene la finalidad de dar a conocer las obligaciones ambientales que deben
observarse en las fuentes de jurisdicción federal, competencia de la PROFEPA, de suerte
que los responsables de las mismas se familiaricen con los requisitos que el personal de
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
102
inspección y vigilancia de la PROFEPA les solicitará en visitas debidamente fundadas y
motivadas, de acuerdo a la materia o materias en que deban presentarlos.
También está dirigida la sección al público y a la comunidad en general, que se interesan
porque la aplicación y cumplimiento de la normatividad ambiental sea justa, estricta y acorde
con su exigencia de tener un medio ambiente más sano.
Se establecen en la PROFEPA las siguientes obligaciones en materia del medio ambiente
Obligaciones en Materia de Actividades Altamente Riesgosas, de Atmosfera, de Impacto
ambiental, de Residuos Peligrosos y de Suelo.
En este caso la que nos compete conocer a profundidad son las obligaciones en Materia de
Impacto Ambiental.
Quienes pretendan llevar a cabo obras o actividades hidráulicas; vías generales de
comunicación; oleoductos, gasoductos; carboductos y poliductos; la industria petrolera,
petroquímica, química, siderúrgica, papelera, azucarera, del cemento y eléctrica; explotación,
exploración y beneficio de minerales y sustancias reservados a la Federación; instalaciones
de tratamiento, confinamiento o eliminación de residuos peligrosos, así como radioactivos;
aprovechamientos forestales en selvas tropicales y especies de difícil regeneración;
plantaciones forestales; cambios de usos de suelo de áreas forestales, así como selvas y
zonas áridas; parques industriales donde se prevea la realización de actividades altamente
riesgosas.
También requieren de autorización los desarrollos inmobiliarios que afecten los ecosistemas
costeros; obras y actividades en humedales; manglares, lagunas, ríos, lagos y esteros
conectados con el mar, así como en sus litorales y zonas federales; obras en Áreas
Naturales
Protegidas; actividades pesqueras que puedan poner en peligro la preservación de una o
más especies, o causar daños a los ecosistemas; actividades acuícolas que puedan poner
en peligro la preservación de una o más especies, o causar daños a los ecosistemas;
actividades agropecuarias que puedan poner en peligro la preservación de una o más
especies, o causar daños a los ecosistemas.
OBLIGACIONES EN MATERIA DE IMPACTO AMBIENTAL
Presentar ante la SEMARNAT un Informe Preventivo y, en su caso, una
Manifestación de Impacto Ambiental, para su autorización.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
103
Las manifestaciones deberán presentarse en su modalidad regional o particular,
según el tipo y lugar donde se pretenda establecer el proyecto.
Dar aviso a la SEMARNAT en caso de modificaciones al proyecto de obra o actividad,
durante el procedimiento de evaluación de impacto ambiental.
Informar a la SEMARNAT en caso de pretender realizar modificaciones al proyecto de
obra o actividad, cuando éste ha sido autorizado.
Cuando se trate de proyectos que involucren la realización de actividades altamente
riesgosas, deberá presentar ante la SEMARNAT estudio de riesgo y
Programa para la Prevención de Accidentes.
Cumplir con las condicionantes establecidas en las autorizaciones de impacto
ambiental.
5.3.2 PROCESO DE INSPECCIÓN5
La PROFEPA, a través de sus Delegaciones, lleva a cabo la sustanciación de los
procedimientos administrativos en materia de inspección industrial, donde se determinan las
infracciones a las leyes, reglamentos, normas oficiales mexicanas y demás disposiciones
aplicables.
Este procedimiento consta de varias etapas, mismas que se describen a continuación:
Visita de inspección
Es el acto a través del cual la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente verifica el
cumplimiento de la normatividad ambiental o de las medidas ordenadas mediante Acuerdo o
Resolución Administrativa, constando ello en un acta.
El acta de inspección es un instrumento para obtener información detallada sobre la situación
ambiental de los establecimientos de jurisdicción federal. En dicha acta se contienen los
espacios para circunstanciar los hechos y omisiones relativos a las obligaciones ambientales
de los establecimientos, ordenándolos por materias: atmósfera, residuos peligrosos, impacto
y riesgo ambiental.
5 Véase la sección de anexos, Anexo 3. Figura 1 Diagrama de proceso de inspección.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
104
En esta acta se permite no solamente circunstanciar incumplimientos, sino también el
desempeño ambiental de los establecimientos, persiguiendo un conocimiento integral y
pormenorizado de la situación ambiental de las fuentes de jurisdicción federal, teniendo
mejor control de los establecimientos con mayor potencial contaminante o de riesgo.
Para que una visita pueda realizarse, la PROFEPA, deberá emitir una orden de inspección,
con los siguientes requisitos mínimos:
• Mencionar el órgano del cual emana, en este caso la Procuraduría Federal de
Protección al Ambiente,
• Ser expedida señalando lugar y fecha de emisión.
• Constar por escrito y con firma autógrafa de la autoridad que lo expide.
• El objeto de la visita deberá estar bien definido.
• Estar debidamente fundada y motivada.
• Ser expedida por autoridad competente.
Modalidades de la visita
El tipo de visita estará determinado por el objeto de la misma, es decir, dependerá de lo que
se pretenda verificar (cumplimiento de las obligaciones en materia ambiental o de las
medidas ordenadas mediante Acuerdo o Resolución Administrativa) o, en su caso, ejecutar
una clausura o su levantamiento.
1. Inspección
Normal.- Contempla la verificación del cumplimiento de las distintas obligaciones en materia
de atmósfera, de residuos peligrosos, de contaminación de suelos, verificación de vehículos
automotores nuevos en planta, impacto y riesgo ambiental.
Residuos Peligrosos Biológico Infecciosos (RPBI).- Considera la verificación de las
obligaciones que deben cumplir los establecimientos de atención médica en la Norma Oficial
Mexicana NOM-087-ECOL-SSA1-2002.
Servicios de Residuos Peligrosos.- Se avoca a la verificación del cumplimiento de las
obligaciones en materia de servicios de residuos peligrosos (transporte y tratamiento).
2.- Verificación
Se refiere a la trascripción de las medidas ordenadas mediante Acuerdo o Resolución
Administrativa y a la circunstanciación de las acciones realizadas para dar cumplimiento a las
medidas ordenadas por la PROFEPA.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
105
3.- Otras
Ejecución de clausura.- El resultado de la visita identificado como Atención Prioritaria (AP),
significa que en la visita se identificó una irregularidad grave que amerita una clausura como
medida de seguridad, misma que debe imponerse a la brevedad.
Levantamiento de clausura.- Las clausuras que se ordenen, como medida de seguridad,
siempre deberán de acompañarse de medidas técnicas tendientes precisamente a corregir
los impactos, a minimizarlos o evitarlos, condicionándose su levantamiento, una vez que
desaparezcan las causas que la motivaron.
Complementaria.- Persigue la obtención de información para mejor proveer.
Hechos Diversos.- Permite la circunstanciación de eventos no contemplados en las
modalidades anteriores.
Resultados de la visita.- El resultado de la visita de inspección o de verificación de medidas
técnicas correctivas, refleja el grado de cumplimiento de la legislación ambiental y permite
tomar decisiones respecto de las acciones a seguir.
En el caso de la inspección los resultados pueden ser:
AP: Irregularidades graves que ponen en riesgo el equilibrio ecológico o pueden
causar daños a la salud pública, por lo que resulta necesario imponer una clausura
temporal, parcial o total.
FO: Fuera de operación.
IL: Irregularidades Leves.
MUA: Irregularidades graves que requieren Medidas de Urgente Aplicación.
NA: Negaron acceso.
NP: No procedió la visita.
SI: Sin Irregularidades.
Para la verificación los resultados son:
• CP: Cumplimiento Parcial.
• CU: Cumplimiento Total.
• NC: No Cumplió.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
106
5.3.3 DERECHOS Y OBLIGACIONES DURANTE UNA VISITA DE INSPECCIÓN
Derechos
Exigir al inspector que se identifique con credencial que lo acredite como inspector
federal vigente.
Recibir original con firma autógrafa de la orden de inspección.
Nombrar dos testigos para que permanezcan durante toda la diligencia.
Ofrecer y presentar pruebas durante la diligencia de inspección o dentro de los 5 días
posteriores.
Recibir copia del acta de inspección levantada.
Obligaciones
Permitir el acceso al personal comisionado para que realice la visita de inspección.
Proporcionar la información y documentación que se le requiera durante la
supervisión.
5.3.4 INSPECTOR AMBIENTAL FEDERAL
El término Inspector incluye a todo el personal técnico de campo que recaba información
para determinar el nivel de cumplimiento del establecimiento visitado. Como para cualquier
otro servidor público, la calidad de su trabajo tiene una incidencia directa en la credibilidad de
la dependencia que representa y de él mismo.
El entusiasmo del inspector debe ser moderado por la diplomacia y manifestarse en un
trabajo diligente, y no en un comportamiento prepotente.
Es a través de los cinco sentidos del inspector que la dependencia a la que sirve monitorea el
mundo real.
El papel del inspector es el de circunstanciar hechos u omisiones y recopilar documentación
para proveer un testimonio, que representa la evidencia primordial en el procedimiento
administrativo instaurado en contra del visitado.
Como empleado del Gobierno, el inspector debe luchar constantemente por mantener los
más altos estándares de acuciosidad, conducta ética y aseguramiento de calidad;
capacitarse y entrenarse para dar un ejemplo impecable al público, a la comunidad regulada
y a la institución, la cual depende de su trabajo para determinar el cumplimiento.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
107
Justicia, equidad e integridad son las piedras angulares del trabajo del inspector, quien nunca
debe abusar de su autoridad, pero siempre debe esforzarse por hacer sus reportes en forma
objetiva, comprensiva y sin perjuicios personales.
Antes de comenzar a trabajar en una inspección típica, el inspector debe conocer la
información básica de sus herramientas de trabajo, así como los riesgos a los que
potencialmente se expone al ingresar a un establecimiento industrial. La responsabilidad por
su seguridad descansa en él mismo; de él depende reconocer y prevenir todos los riesgos. El
inspector debe ser lo suficientemente capaz de identificar riesgos físicos, químicos,
radiológicos, biológicos y eléctricos.
Una de las más importantes herramientas de trabajo del inspector es la bitácora, que
representa un documento único diseñado para el uso personal; en ella quedarán registradas
las notas de campo que servirán como recordatorios, expresados en forma breve, para
realizar la circunstanciación en el cuerpo del acta, de los hechos u omisiones observados
durante la diligencia.
Una vez recibido el Oficio de Comisión donde es designado para realizar la visita de
inspección, el inspector deberá darse a la tarea de revisar los datos históricos o
antecedentes del establecimiento por visitar, para tener un panorama amplio sobre sus
procesos y problemas potenciales. Las fuentes de información son ilimitadas: puede acudir a
personal de la propia dependencia, a inspectores que tengan experiencia con esa empresa,
a actas de inspección levantadas en anteriores visitas, a documentación tramitada por el
establecimiento ante esta autoridad (licencias, permisos, autorizaciones), o a bases de datos
e información de otras dependencias.
Antes de dirigirse al domicilio del establecimiento por visitar, el inspector invariablemente
deberá contar con uniforme de protección personal que, dependiendo del tipo de
establecimiento involucrado, incluirá casco de protección, anteojos de seguridad, mascarillas
con filtros de protección contra polvos, humos y/o gases, guantes de carnaza, camisola de
manga larga y pantalón de algodón, así como zapatos industriales con suela antiderrapante.
De igual forma, habrá de considerar dentro de su paquete documental, la orden de
inspección, los formatos de acta por utilizar, el resumen de la información obtenida de los
datos históricos del establecimiento, las leyes, reglamentos, Normas Oficiales Mexicanas,
listados, acuerdos, etc.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
108
Una vez en el sitio, el inspector debe hacer un reconocimiento previo por el exterior de las
instalaciones. Este es un paso preliminar importante -aunque muchas veces, pasado por
alto-, que le permitirá considerar las posibilidades de ajustar detalles de la inspección, tomar
en cuenta la distribución del terreno, los aspectos de seguridad, los lugares y operaciones
que quiera incluir en la inspección, y decidir si existe algo que ocurra en ese momento que
deba inspeccionar inmediatamente.
Para ingresar al establecimiento, el inspector debe dirigirse a la puerta principal o área de
recepción, identificarse con quien lo atiende, y solicitarle de manera amable, la presencia del
propietario, responsable, encargado u ocupante del establecimiento. Una vez atendido, el
inspector deberá identificarse, exhibiendo la credencial que lo acredita como Inspector
Federal, explicando el motivo de su presencia, las bases legales y alcances de su
inspección, todo ello con una actitud amistosa, paciente y profesional.
Si el acceso a las instalaciones del establecimiento le es negado, el inspector deberá
intentarlo de nuevo, explicando su posición cuidadosa y cortésmente. No debe permitir que el
comportamiento de quien lo atiende, o sus reacciones emocionales, le impidan ser justo y
profesional; debe mantener siempre su compostura. Si la negación es clara y no negociable,
el inspector deberá abandonar el lugar inmediatamente y proceder conforme a derecho.
Sin importar el comportamiento que enfrente, el inspector debe ser siempre “justo” cuando
desempeñe sus funciones. Cuando sienta que ya no puede ser objetivamente justo, deberá
retirarse, organizarse, tratar de nuevo cuando tenga el apoyo y herramientas para asegurar
el trato justo. Esta es la obligación mínima del inspector para con la dependencia y el público
al que sirve.
5.3.5 EMPLAZAMIENTO
Concluida la visita de inspección, cuentas con cinco días para presentar las pruebas que al
momento de la visita no hayas podido presentar.
Adicionalmente, en caso de que se hubieren detectado hechos u omisiones que pudieran
implicar infracciones a la legislación ambiental, la PROFEPA emitirá y notificará a tu empresa
un acuerdo de emplazamiento, en el que se otorga un plazo de 15 días hábiles contados a
partir de la notificación del mismo, para que se ofrezcan y presenten las pruebas que se
consideren convenientes para desvirtuar las irregularidades circunstanciadas en el acta
levantada de la visita.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
109
5.3.6 CIERRE DE INSTRUCCIÓN Y APERTURA DE PERIODO PARA ALEGATOS
Vencido el plazo de 15 días hábiles para que presentes pruebas y manifiestes lo que a tu
derecho convenga, la PROFEPA emitirá un acuerdo en el que admitirá o desechará, según
sea el caso, las pruebas que hubieres presentado.
Hecho lo anterior, declarará cerrada la instrucción, es decir, ya no podrán ser presentadas
más pruebas, excepto que éstas fueran supervenientes.
Y finalmente, declarará abierto el periodo para la presentación de alegatos, para que en un
plazo de 3 días, contados a partir de la notificación del acuerdo, presentes por escrito tus
alegatos.
OFRECIMIENTO Y PRESENTACIÓN DE PRUEBAS
Las pruebas que puedes ofrecer y presentar durante los 15 días que te otorga la Ley son las
siguientes:
Ofrecimiento y presentación de pruebas
Documentales públicas o privadas
Testimoniales
Dictámenes periciales
Reconocimiento o inspección judicial
Fotográficas
Instrumental de actuaciones
Presuncional legal y humana
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Vencido el plazo para presentar alegatos, la autoridad emitirá y notificará a tu empresa una
resolución administrativa, en la que, de resultar procedente, impondrá las sanciones y
medidas correctivas necesarias para subsanar las infracciones.
Las sanciones a las que se puede hacer acreedora tu empresa, dependiendo de la gravedad
de las infracciones, son:
Multa de 20 a 50,000 días de SMG, vigente en el Distrito Federal.
Clausura total o parcial, temporal o definitiva.
Arresto administrativo hasta por 36 horas.
Suspensión o revocación de las licencias, permisos o autorizaciones.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
110
MEDIOS DE IMPUGNACIÓN
Si por algún motivo no estuvieres de acuerdo con las sanciones o medidas impuestas en la
resolución, cuentas con el recurso de revisión para inconformarte en contra de la misma.
Para lo cual contaras con 15 días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.
5.4 MITIGACIÓN Y SUS CONDICIONANTES
La premisa básica de las MIA’s ha sido, como el agua, a nadie se le niega. El texto legal
señala que se establecerán condiciones, omitiendo el hecho de que se pueda negar (o la
negativa se reduce a situaciones administrativas y no ambientales), a nuestro parecer lo
correcto sería decir que es un instrumento que evaluara las obras o actividades que puedan
generar desequilibrios ecológicos para determinar: su procedencia o su procedencia
condicionada o su negativa. A falta de disposición expresa en la legislación, tal circunstancia
queda a la ética de los que realizan las manifestaciones.
Las razones que señala la ley para la negativa de una MIA son:
a) Contravenir la legalidad ambiental. (Causal que en los hechos casi nunca sucede, pues
muchas de las MIA’s contravienen la legalidad ambiental, considerando que esta no solo
es la LGEEPA o su Reglamento en materia de impacto ambiental, existen, entre otras, la
Ley de Vida Silvestre, la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, los reglamentos
de la LGEEPA en materia de Ordenamiento Ecológico, Áreas Naturales Protegidas,
Emisiones a la atmosfera, etc., las Normas Oficiales Mexicanas en materia ambiental y
los Instrumentos Internacionales, todos ellos son la legalidad ambiental vigente para
México).
b) La posible declaración de amenaza o peligro de extinción de especies. (Este causal bien
la sabe sortear las medidas de mitigación, con cosas tan absurdas con pasos para
animales con perfectas señalizaciones, la reforestación con 180 árboles por cada árbol
cortado, etc.)
c) Falsedad de la información. (Esta causal también resulta una ficción, pues ante la carga
de trabajo de las dependencias encargadas de la evaluación, casi nunca acuden a los
sitios a verificar la información señalada por el promovente en su manifestación)
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
111
Sobre el otorgamiento de garantías, si bien no es una mala política, la medida resulta
insuficiente, pues se trata de resolver un problema ambiental, con una respuesta
meramente económica.
5.5 ATRIBUTOS
Los atributos ambientales se definen como "variables que representan características del
ambiente".
Los estudios de impacto ambiental constituyen mecanismos de evaluación de obras
o proyectos en cualquiera de sus fases. Para la realización de los estudios de impacto, se
observan aquellos componentes del ambiente que puedan resultar afectados por
el proyecto en cualquiera de sus fases. Para cada componente se analizan todos aquellos
atributos o características que actúen como indicadores de impactos.
El análisis de evaluación y ponderación de impactos, se reduce a una confrontación lógica
que debe realizarse, de cada actividad con cada uno de los atributos del medio ambiente, al
realizar la confrontación debe observarse como y de qué manera influye la actividad que se
pretende desarrollar en el atributo ambiental y por ende en el medio ambiente, debiendo por
lo tanto tener una idea clara y amplia del mismo.
IMPACTOS BAJOS. Cuando la recuperación de las condiciones originales requiere de poco
tiempo y no se precisan medidas correctivas, es decir, aquellas actividades que generarán un
impacto temporal y son reversibles (los daños provocados no necesitan de la intervención de
la mano del hombre para recuperarse).
IMPACTOS MODERADOS. Cuando la recuperación de las condiciones originales requiere
de cierto tiempo y suelen aplicarse medidas correctivas, ósea aquellas actividades que
generarán un impacto más largo en el tiempo de recuperación y generalmente es necesario
de medidas de mitigación para recuperar el factor ambiental afectado.
IMPACTOS ALTOS. Cuando la magnitud del impacto exige la aplicación de medidas
correctivas a fin de lograr la recuperación de las condiciones iniciales o para su adaptación a
nuevas condiciones ambientales aceptables, ósea su recuperación es a largo plazo y puede
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
112
ser que en algunos casos no se llegue a las condiciones iniciales sino más bien a
condiciones aceptables.
5.6 CONCLUSIÓN
La manifestación de impacto ambiental y su estudio es un instrumento que reconoce la
responsabilidad conjunta de gobierno y sociedad, pues en última instancia, quien realiza las
manifestaciones es la propia sociedad civil al momento de querer realizar una obra o
actividad, de lo que se deriva que si bien la ley enmarca los lineamientos generales a seguir,
los responsables de elaborar la MIA son participes en la finalidad nacional de lograr un
desarrollo sustentable.
Se define la responsabilidad de elaborar una MIA debido a la importancia de la veracidad de
los datos que contiene, en este apartado se hace referencia a la importancia del
establecimiento de los impactos potenciales de cada proyecto y a las medidas de prevención
y mitigación que se tomaran en cuenta para evitar al máximo la afectación al medio
ambiente.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
113
MÓDULO 6. AUDITORÍAS AMBIENTALES Y TÉCNICAS DE NEGOCIACIÓN
6.1 INTRODUCCIÓN
La creciente preocupación de la sociedad por el medio ambiente está obligando a los
gobiernos de todo el mundo a tomar medidas para que las actividades humanas se realicen
con el mínimo deterioro al entorno. Ahora se reconoce que una buena calidad ambiental es
fundamental para incrementar el nivel de vida de la población. Más aun, en el paradigma del
desarrollo sustentable, es decir, que la generación actual no ponga en peligro la calidad
ambiental de las generaciones futuras, es la base del discurso y la actividad de
organizaciones gubernamentales y no gubernamentales de todo el mundo. Tal preocupación
se ha traducido en la generación de una serie de instrumentos legales y de planeación. Estas
herramientas tienen como objetivo minimizar los impactos ambientales negativos de las
actividades humanas. Uno de estos instrumentos es la auditoría ambiental. La auditoría
ambiental es un procedimiento para comprobar si el manejo de una organización satisface
los requisitos de prevención del deterioro ambiental. Típicamente se aplica a las
corporaciones industriales, aunque no necesariamente se tiene que restringir a ellas. La
auditoría ambiental es una evaluación sistemática para determinar si los procedimientos
administrativos, los lineamientos institucionales, las actividades de producción y las prácticas
comerciales de una empresa son adecuados para la protección del ambiente. El propósito es
verificar si una empresa u organización cuenta con los sistemas o dispositivos necesarios
para cumplir con la normatividad ambiental y con la capacidad para prevenir o actuar en caso
de contingencias. En México, las auditorías ambientales surgen de la necesidad de controlar
las emisiones y la contaminación de agua y suelo generadas por la industria ya instalada. A
partir de 1992, la Profepa tiene como mandato de realizar auditorías ambientales y peritaje a
empresas o entidades públicas y privadas de jurisdicción federal. Un elemento que ha
fortalecido a las auditorías ambientales es el Tratado de Libre Comercio para América del
Norte, dado que en el Acuerdo Paralelo en Materia Ambiental se consigna a la auditoría
ambiental como un medio de cumplimiento de los acuerdos ambientales. El propósito de este
trabajo es revisar la experiencia en México de las auditorías ambientales, con especial
referencia a la industria petrolera de nuestro país. La aplicación de las auditorías ambientales
presenta ventajas tanto para la sociedad como para la industria. En primer lugar, las
auditorías ambientales se aseguran de que el sistema auditado cumpla en cierto plazo las
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
114
disposiciones que le atañen. En segundo término, la empresa puede tener mayor control
sobre sus insumos, productos y residuos, con la posibilidad de que esto redunde en mayores
rendimientos o eficiencias de producción. Por último, el cumplimiento con la normatividad
ambiental reditúa en la mejoría de la calidad ambiental, lo cual se traduce en una ganancia
neta del bienestar de la sociedad, que se manifiesta en una reducción de los conflictos con
otros sectores sociales. Debido a lo novedoso del procedimiento en nuestro país es todavía
difícil determinar si las auditorías ambientales han contribuido a que las empresas se
apeguen a la normatividad en la materia. Quizá su contribución hasta ahora sea iniciar un
proceso de concientización y de mayor participación de la industria en la disminución del
deterioro ambiental.
6.2 IMPACTO AMBIENTAL DE MEGAPROYECTOS
Actualmente se han sucedido una gran cantidad de proyectos de gran envergadura que
amenazan el medio ambiente, estos llamados megaproyectos que requieren de grandes
extensiones de territorio e intromisión en los diferentes sistemas tanto ambientales como
sociales requieren una atención especial, es por ello que las autoridades establecen medidas
para permitir su implantación siempre y cuando cumplan con estándares que satisfagan la
sustentabilidad de los recursos de las zonas donde se establecen. Alientan a favorecer la
economía local pero sin dejar de lado la satisfacción del cuidado del medio ambiente y
protección de los recursos naturales, para ello se requiere de una adecuada participación
tanto ciudadana como de las autoridades y las empresas en la toma de decisiones y la
planificación de estos proyectos para que no existan mayores afecciones al ambiente y a los
sistemas sociales. De primera instancia para su aprobación se requiere de MIAS, y alentando
al mejoramiento continuo de la calidad tanto de la empresa como del medio donde se
desarrolla fomentan la participación a programas como las auditorías ambientales, las
certificaciones y otros programas que favorecen a la empresa y al medio ambiente, como se
menciona estos programas no son una obligación para las empresas pero fomentan el
mejoramiento continuo y proveen de estímulos para ellas mientras que estas a su vez
favorecen el desarrollo sustentable.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
115
6.3 AUDITORÍAS AMBIENTALES Y SU CONTRIBUCIÓN AL MEJORAMIENTO DEL
DESEMPEÑO AMBIENTAL
La auditoría ambiental tiene como objetivo principal la identificación, evaluación y control de
los procesos industriales y no industriales que operan bajo riesgo de provocar contaminación.
Es un medio de cumplimiento voluntario de la ley y consiste en el examen metodológico del
proceso productivo de una industria, con el objeto de conocer las condiciones de
contaminación y riesgo bajo las cuales están operando, definiendo el grado de cumplimiento
de la normatividad ambiental, incluyendo aspectos no normados pero regulados bajo
parámetros internacionales y de buenas prácticas de ingeniería que define y obliga a aplicar
las medidas preventivas y/o correctivas necesarias para proteger el entorno, todo ello bajo un
esquema de manejo reservado de la información generada, de conformidad con las
disposiciones jurídicas respectivas. La auditoría difiere de la evaluación en que requiere de la
recopilación de información y evidencia objetiva suficiente, más que de una opinión basada
principalmente en el juicio profesional. La esencia de la auditoría ambiental es verificar,
analizar o evaluar la adecuación y aplicación de las medidas adoptadas por la empresa
auditada para minimizar los riesgos y controlar la contaminación ambiental. La auditoría
ambiental como herramienta de cumplimiento voluntario ha demostrado su efectividad y tiene
otras ventajas interesantes de explorar, como la posible excluyente de aplicación de
sanciones por infracciones cometidas, siempre y cuando se hagan del conocimiento de la
autoridad en forma espontánea junto con propuestas reales y calendarizadas para su
solución, y el hecho de que los términos de referencia cumplen básicamente con todos los
requisitos de los estándares internacionales de certificación ambiental, como es el caso de
ISO 14000, lo que permitirá en un futuro cercano que la auditoría ambiental se convierta en
el requisito para obtener los beneficios comerciales de la adopción de estos criterios
internacionales. La política llevada a la práctica por PROFEPA en cuanto a auditoría
ambiental fue atacar los problemas que representaban las grandes instalaciones industriales,
fueran estas particulares o de algún organismo paraestatal como Petróleos Mexicanos,
Comisión Federal de Electricidad, Ferrocarriles Nacionales de México, etcétera. Esto tiene un
doble efecto: por un lado, minimiza el riesgo inherente a esas indispensables actividades
industriales y, por otro, atiende las demandas sociales de quienes habitan cerca de estos
complejos industriales, a los que se tolera, sin embargo, por ser fuentes de empleo. El
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
116
principio Piense globalmente, actúe localmente, inspira también la gestión ambiental del país.
Es nuestro compromiso compartido velar por la conservación del único mundo que nos ha
dado abrigo y sustento desde que nos diferenciamos como especie. Es necesario hacer
énfasis en que el objetivo de PROFEPA no es de ninguna manera la extinción de la planta
industrial a través del cumplimiento de la ley, sino la búsqueda de un ambiente más sano y la
elevación consecuente de la calidad de vida para todos los mexicanos.
6.4 EL PROCESO DE LA AUDITORÍA AMBIENTAL Y AUDITORÍA AMBIENTAL EN LINEA
La PROFEPA instrumenta el PNAA hace 19 años. En este participan las empresas e
industrias del país, que han asumido la responsabilidad de mejorar su desempeño ambiental.
Dentro del PNAA se concentran los esfuerzos en las empresas o instalaciones que pueden
generar impactos negativos importantes al medio ambiente, mediante distintas estrategias se
promueve que sus procesos productivos sean limpios. La PROFEPA cuenta con un equipo
dinámico y comprometido que entiende y promueve la creación de valor agregado para las
instituciones participantes, al tiempo que contribuye a un medio ambiente más limpio y sano
para todos los mexicanos. El sistema de auditoría ambiental en línea (SAAEL) fase II se
divide en modalidades como son la solicitud de certificado de empresa limpia es un
mecanismo mediante el cual la empresa solicita el certificado, el cual tendrá que cumplir con
los requisitos establecidos en el artículo 12 del Reglamento de la LGEEPA en Materia de
Autorregulación y Auditorías ambientales. La solicitud de certificado con informe de auditoría
este mecanismo es mediante el cual la empresa solicita el certificado antes mencionado y
también la entrega simultanea del informe de auditoría ambiental, es importante señalar que
para que esta modalidad sea procedente la empresa no deberá tener plan de acción. La
solicitud de renovación de certificado consiste en que la empresa solicita la renovación de
sus certificado por lo cual deberá cumplir con una serie de requisitos como son solicitar el
certificado con por lo menos 60 días hábiles previo a la vigencia del certificado, no tener plan
de acción, y entregar la solicitud de renovación, en conjunto con el Informe de Diagnóstico
Ambiental, una vez vencida la vigencia del certificado la empresa que no lo renovó, esta
modalidad no procede sin embargo podrá solicitar su certificado de acuerdo a lo establecido
en el artículo 11 del Reglamento de la LGEEPA en Materia de Autorregulación y Auditorías
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
117
Ambientales. La última modalidad consiste en la solicitud de renovación de certificado por
reporte de desempeño ambiental que es el mecanismo mediante el cual la empresa solicita
su renovación de certificado para lo cual deberá cumplir con los requisitos establecido en el
artículo 25 del reglamento de la LGEEPA en Materia de Autorregulación y Auditorías
Ambientales. El SAAEL ofrece grandes beneficio a las empresas como son agilizar el trámite
de solicitud de la auditoría ambiental y el certificado de empresa limpia, agiliza la
comunicación entre la empresa y la institución en este caso Profepa, además facilita el
manejo de lo información y el análisis de datos. También presenta beneficios en el ahorro de
recursos por traslados, por tiempo y el ahorro de insumos, así como el beneficio de ordenar
de mejor manera la información y resguardarla, ordenar los tiempos y los hace cumplir y por
ultimo permite el seguimiento ordenado de los procesos, es una herramienta muy útil para las
empresas y de fácil acceso.
6.5 MARCO LEGAL, TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA REALIZAR AUDITORÍAS
AMBIENTALES A ORGANIZACIONES INDUSTRIALES Y NO INDUSTRIALES
La ejecución de auditorías ambientales con un instrumento voluntario de cumplimiento, se
encuentra regulada en los artículos 38 Bis a 38 Bis 2 de la LGEEPA y su Reglamento en
Materia de Auditoría ambiental existen varias modalidades del auditorías ambientales,
dependiendo del enfoque de la empresa y el giro. Así tenemos que las que se realizan a
instalaciones o plantas industriales, cuyo enfoque es la operación rutinaria de las
instalaciones. El otro tipo de auditoría es aquel que se evoca a examinar los residuos
generados ya sea por la operación de una planta o por toda la infraestructura que se tenga
instalada, su enfoque es determinar el cumplimiento con la normativa es identificar
mecanismos de reciclaje y reducción de los residuos. Otras modalidades se refieren a
aquellas cuyo enfoque es el uso de energía, transportación, manejo de agua, salud y
seguridad. Para que se lleve a cabo una auditoría ambiental es necesario que la empresa
presente un documento denominado “Aviso de Incorporación” a través del cual el
responsable del funcionamiento de la empresa, comunica su intención de registrarse en el
programa de auditoría ambienta. Dentro de los requisitos que se mencionan en el reglamento
de la LGEEPA-AA el documento debe contener:
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118
Nombre del auditado, nombre del representante legal, objeto social, giro o actividad,
domicilio legal, copia del RFC, registro de INFONAVIT y del IMSS.
Domicilio de la/las instalaciones y lugares que sean objeto de la auditoria.
Nombre del auditor ambiental coordinador, de los auditores especialistas elegidos
para realizar la auditoria y los datos de su acreditamiento.
Documentación ambiental que exista; informes a la autoridad que derivada de
inspecciones, verificaciones o auditorias previas su lo hubiere.
Plan de auditorías con elementos establecidos en los términos de referencia, debiendo
contener la descripción del proceso, calendario de actividades, programa detallado de
actividades, listas de verificación y procedimientos, programas de análisis y pruebas,
organigrama y curricula del personal de la empresa que apoyara los trabajos de
auditoría ambiental.
Manifestación por escrito de la aplicación de las recomendaciones que resulten de la
auditoría ambiental conforme al convenio de concertación que se suscriba.
Plazo de inicio de la auditoría ambiental. El cual no debe exceder los 30 días hábiles
contados a partir de la presentación del aviso de incorporación.
Dentro de una auditoría ambiental participan 3 sujetos: la empresa auditada, la cual permite
el acceso al auditor, y otorga la información necesaria para llevar a cabo la auditoria; el
auditor que puede ser un consultor externo que recopila, revisa y analiza la información y
efectúa muestreos necesarios para recopilar información, así como también realiza visitas a
la planta para familiarizarse con los procesos de producción de la firma; y finalmente el
supervisor designado por la Profepa, la cual vigila que el auditor se apegue a los términos de
referencia. Estos términos de referencia establecen los procedimientos y enfoques que se
deben emplear, se desarrollan con el fin de que la industria pueda evaluarse bajo los mismos
criterios, los aspectos específicos a evaluar se tienen que adecuar dependiendo del giro
industrial de que se trate. Se denomina como termino de referencia al instrumento que se
plasma en un documento a través del cual se establece la metodología, requisitos, criterios,
parámetros y especificaciones necesarios para el desarrollo de la auditorías ambientales,
conforme lo disponible en el Reglamento de la LGEEPA en materia de Auditorías
Ambientales, existen términos de referencia enfocados a auditorías ambientales de
organizaciones industriales y no industriales, y con base en esta clasificación se pueden
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
119
adaptar para la actividad determinada. Como los que se desarrollan para organizaciones de
educación superior e instalaciones turísticas. Los términos de referencia deberán incluir
previsiones bajo los siguientes aspectos:
1. Planeación y desarrollo de los trabajos de campo y de gabinete que corresponda.
2. Formulación de los reportes derivados de las auditorías ambientales.
3. Contenido del programa de administración ambiental.
4. Formulación, instrumentación y seguimiento del plan de acción derivado de las
auditorías ambientales.
5. Determinación de los establecimientos que en razón del riesgo ambiental que
presentan, deberán ser considerados de manera especial para efectos de la
realización de las auditorías ambientales, de conformidad con las disposiciones
legales y reglamentarias que resulten aplicables.
El procedimiento de las auditorías ambientales comprende 3 etapas: la primera llamada
planeación o pre-auditoria; la segunda se refiere a una evaluación in situ y la tercera se
refiere a las actividades post-auditoria.
6.6 ELABORACIÓN DEL PLAN Y REPORTE DE AUDITORÍA
En la postauditoria la empresa deberá presentar un Plan de Acción, que contemple las
acciones preventivas y correctivas pertinentes con la jerarquización adecuada, en función del
nivel de riesgo ambiental, que implique cada incumplimiento o área de oportunidad
detectada; mediante a la mejor alternativa seleccionada. El plan de auditoría ambiental
contendrá como mínimo lo siguiente:
Información general de la empresa.
Diagrama de bloque o flujo de los procesos de la instalación a auditar.
Programa de calendarización de actividades.
Objetivos de la auditoria.
Alcances donde debe incluirse el entorno ambiental en tanto tiene una relación con
las actividades de la empresa con el objetivo de identificar la vulnerabilidad de este y
como afecta o ha sido afectado por la empresa.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
120
Programa detallado de actividades en campo
Programa de análisis y pruebas.
Personal participante y su curricula.
Procedimientos y listas de verificación
Todo esto con la finalidad de cumplir con la normatividad ambiental vigente (incluyendo el
convenio y acuerdos internacionales en los que México es participante). El plan de acción
entregado por la empresa ala Profepa, será analizado por esta última en cuanto a la
jerarquización efectuada y los plazos de cumplimiento contemplados; con lo que emitirá su
opinión como parte de los trabajos de negociación del programa. Una vez definidos este de
común acuerdo, las partes procederán a la firma del convenio respectivo. De conformidad
con lo estipulado en el Convenio, la empresa reporta periódicamente a la Profepa los
avances que se vayan obteniendo en el apego al programa. Una vez que la empresa ha
concluido con las acciones preventivas y correctivas correspondientes, presenta a la Profepa
un reporte final de cumplimiento avalado por un auditor ambienta aprobado por la Profepa.
6.7 GENERALIDADES DE UNA UNIDAD DE VERIFICACIÓN Y EL PROCESO DE
APROBACIÓN
Como se menciona en PROFEPA (2012), los auditores ambientales son unidades de
verificación en materia de auditoría ambiental que planean, dirigen y evalúan los procesos de
una empresa para determinar su desempeño ambiental. Un auditor ambiental debe ser
acreditado por la Entidad Mexicana de Acreditación (ema) y aprobado por la procuraduría
federal de protección al ambiente para poder realizar auditorías ambientales. La unidad de
verificación estará conformada, dependiendo de los alcances, características y complejidad
de la empresa a auditar, por el auditor coordinador que es el responsable ante la Profepa, de
planear, coordinar y dirigir una auditoría ambiental, una verificación de la conformidad y un
diagnóstico ambiental, el auditor especialista que es la persona integrante del auditor
ambiental, responsable de evaluar, al menos, una de las materias específicas establecidas
en el artículo 8 del reglamento, cuya especialidad tiene aprobada por la Profepa, el auditor
especialista subcontratado es el personal con características específicas como ser auditor
especialista que pertenece a otro auditor ambiental, responsable de evaluar únicamente la o
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
121
las especialidades que tiene aprobadas, previa autorización por escrito de aquel auditor
ambiental al que pertenece, o se persona no aprobada, con experiencia demostrable en las
materias de recursos naturales, vida silvestre y recursos forestales a evaluar, según lo
establecido en la convocatoria para obtener la acreditación y aprobación como auditor
ambiental, también se podrá aceptar como auditor especialista a personal subcontratado
aprobado o no aprobado solo hasta la entrada en vigor de la norma mexicana señalada en el
artículo 8 del Reglamento de la LGEEPA en Materia de Auditoría Ambiental. Sera
consideraran para la unidad de verificación personal en capacitación o entrenamiento como
auditor ambiental, este puede firmar únicamente la carta de terminación especificando que se
encuentra bajo esta figura, siempre y cuando haya participado en la auditoria en las
especialidades en las que está en entrenamiento, también puede incluirse al personal de
apoyo el cual proporcionara apoyo logístico al auditor coordinador o al especialista en las
actividades inherentes a la auditoría ambiental, no debe levantar incumplimientos o firmar en
la carta de terminación. La verificación de conformidad o el diagnóstico ambiental serán
realizados por al menos un auditor coordinador y un auditor especialista o los necesarios de
acuerdo al tamaño y características de la instalación a auditar para cubrir las materias a
evaluar, el tiempo adecuado de ejecución de los trabajos de campo para la auditoria o
diagnóstico, o el alcance de la evaluación de la conformidad dependiendo del tiempo de
ejecución del plan de acción. El auditor ambiental debe justificar y documental cuando no
requiera de más personal. Los auditores deben resguardar los siguientes registros ya sea en
papel (copia) o en formato electrónico (digitalizado), firmados por el equipo auditor y, en su
caso, por la empresa:
Carta de confidencialidad, responsabilidad y no existencia de conflicto de interés por
cada uno de los participantes, firmada y entregada a la empresa (con sello y firma de
recibido por la empresa).
Registro de incumplimiento y áreas de oportunidad y mejora (firmados por el auditor
coordinador y en su caso por el especialista responsable).
Carta de terminación (firmada por el auditor coordinador; el gerente técnico si aplica;
los especialistas aprobados y subcontratados; y por el personal en entrenamiento,
especificando la materia evaluada.
Minutas de inicio y cierre firmadas por los presente a las reuniones correspondientes.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
122
Escritos justificativos de modificación de personal participante (evidencia de avisos a
la empresa y a Profepa).
Declaración del auditor coordinador y el gerente técnico si aplica, con la firma y sello
de recibido por la empresa.
Conclusiones con nombre y firma del auditor coordinador (auditoría ambiental,
verificación de la conformidad y diagnóstico ambiental).
Minuta de observaciones a documentos finales (firmada por la Profepa, empresa y
auditor).
Informe de auditoría ambiental/diagnóstico ambiental (última versión en electrónico o
impreso).
Ficha de cumplimento por actividad firmada por el auditor.
Resumen de cumplimiento del plan de acción.
Dictamen de verificación de la conformidad, con nombre y firma del auditor
coordinador y el gerente técnico si aplica, rubricando en todas sus hojas.
Listas de verificación (requisitadas), no necesariamente firmadas.
6.8 AUDITORÍA AMBIENTAL PARA EL RUBRO DE EMISIONES A LA ATMÓSFERA
El Auditor Especialista en el Rubro de Aire evaluará durante los trabajos de campo las
siguientes actividades de la organización con el fin de evaluar el nivel de cumplimiento en
materia de control y contaminación de las emisiones a la atmósfera generadas por sus
operaciones. El recorrido se realiza siguiendo el tren de proceso siguiente:
Recepción de materias primas.
Suministro de energía, gas y/o combustóleo.
Proceso productivo.
Almacén de producto terminado.
Áreas de servicios a proceso.
Áreas de servicios auxiliares.
Una vez realizado el recorrido prospectivo a las instalaciones y con base en lo observado
durante este se ajusta la lista de documentación requerida a la compañía y las listas de
verificación, relativa a autorizaciones, responsivas, análisis, monitoreos, inspecciones
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
123
previas, condicionantes y requerimientos ambientales relativos al rubro de aire, así mismo de
existir, copias de respuesta a quejas públicas, acerca de las actividades de la compañía y
relativas a contaminación de la atmósfera.
De igual manera, solicitar a la organización todos aquellos proyectos autorizados o
ingresados ante las autoridades correspondientes, que se pretende implementar con el fin de
prevenir y controlar la contaminación de la atmósfera.
La evaluación de los procedimientos y equipos de prevención y control de la contaminación a
la atmósfera se efectúa mediante guías de evaluación de la Lista de Verificación del rubro
aire. Verificando los siguientes puntos:
Generación y conducción: se evaluará el control de las operaciones en las que se
generan emisiones a la atmósfera.
Prevención y control de la contaminación a la atmósfera: se evaluará que la empresa
cuente con medidas a aplicar, por parte de los operadores de los Equipos de generación
de emisiones, en caso de fallas de operación.
Verificación de cumplimiento de la legislación y normatividad aplicable: se evaluará
que los procedimientos de muestreo y análisis que ha adoptado la empresa hasta antes
de la realización de la Auditoría Ambiental, cumplan con las especificaciones técnicas
establecidas en las Normas Oficiales Mexicanas correspondientes.
Asimismo se evaluará que los resultados de los análisis de las emisiones a la atmósfera
que genera la empresa (tres años atrás) cumplan con los niveles máximos permisibles de
emisión y/o concentración establecidos en las Normas Oficiales Mexicanas
correspondientes.
Por último se evaluará que estos muestreos y análisis se hayan realizado por
Laboratorios acreditados por la Entidad Mexicana de Acreditación.
Personal: se evaluará que los operadores estén capacitados para la operación de los
equipos bajo su responsabilidad,
En lo que respecta al control administrativo de las emisiones a la atmósfera, se verificará
el cumplimiento de todos los requerimientos legales y políticas internas aplicables.
Diseño y Construcción: se evaluará, mediante la revisión de planos de diseño y
construcción, que las instalaciones cumplan con las características de diseño y
construcción.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
124
Mantenimiento y Calibración: se evaluarán las condiciones físicas de los equipos de
generación de emisiones, en caso de que algún equipo presente irregularidades físicas,
se evaluará el programa de mantenimiento de dicha instalación.
En lo que respecta a instalaciones de emisión y muestreo se verificarán las condiciones
físicas en que se encuentran, y en caso de que presenten alguna irregularidad, se
evaluará el programa de mantenimiento de dicha instalación.
Identificación: se evaluará que los equipos de generación cuenten con su código de
identificación (mantenimiento) y que éste sea legible. En lo que respecta a instalaciones
de emisiones a la atmósfera se evaluará que cuenten con su código de identificación (No.
asignado) y que éste sea legible.
Documentos: Se evaluará la existencia, ubicación y contenido de los documentos
legales en los que se establecen los lineamientos a seguir con el fin de mantener bajo
control la realización de actividades. Se revisaran los siguientes documentos: Licencia
Ambiental Única, Licencia de Funcionamiento, Cédula de Operación Anual, Inventario de
Emisiones, Bitácora de los equipos de combustión y control de emisiones, Autorización de
quema a cielo abierto, Verificación vehicular (cuando aplique), Procedimientos
Administrativos.
6.9 AUDITORÍA AMBIENTAL PARA EL RUBRO DE SUELO Y SUBSUELO
El Auditor Especialista en el Rubro de suelo y subsuelo, evaluará durante los trabajos de
campo las siguientes actividades de la organización con el propósito de verificar una posible
contaminación del suelo y subsuelo verificando los siguientes puntos:
Evaluación de la documentación legal en materia de suelo y subsuelo. En la
cual, se revisaran los siguientes documentos:
o Licencia y planos autorizados de uso de suelo.
o Croquis o planos de áreas potencialmente afectadas por contaminación
de suelo.
o Planos de diques de contención para almacenamiento de sustancias
peligrosas.
o Análisis CRETIB de suelos afectados (cuando aplique).
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
125
Áreas de almacenamiento de sustancias peligrosas, residuos no peligrosos y residuos
peligrosos.
Áreas históricas de almacenamiento.
Evaluación del diseño y construcción.
Evaluación de mantenimiento de las instalaciones.
Identificación de las instalaciones.
6.10 AUDITORÍA AMBIENTAL PARA EL RUBRO DE RUIDO
El Auditor Especialista en el Rubro de Ruido evaluará durante los trabajos de campo las
siguientes actividades de la organización con el fin de evaluar el nivel de cumplimiento
respecto a la generación de ruido en sus operaciones mediante la aplicación de la Lista de
Verificación. Observando los siguientes puntos:
Generación y control de la emisión (procesos): Se evaluará la generación y control de las
emisiones de ruido en el ambiente laboral y perimetral que se tienen en la planta.
Seguimiento a la salud de los trabajadores: Se evaluará, mediante entrevista con los
responsables médicos, la metodología a través de la cual se da seguimiento al cuidado de la
salud de los trabajadores y si ésta está al día en su aplicación
Verificaciones: se revisarán las evaluaciones propias de la planta, de las emisiones de ruido
al ambiente laboral para las diferentes áreas de generación y se verificará que se cumplan
las especificaciones establecidas en la legislación nacional y políticas internas de acuerdo
con los niveles máximos permitidos en el perímetro de la planta.
Finalmente, como parte de la evaluación de la emisión de ruido al ambiente laboral y
perimetral, se verificará que se cuente con un sistema de control de los informes de los
estudios practicados con anterioridad por la empresa y que éstos se hayan realizado de
acuerdo con lo establecido en la Normatividad correspondiente.
Personal: Se evaluará que los operadores conozcan y usen el equipo de seguridad
necesario para minimizar las condiciones de riesgo al realizar su trabajo, en un área
determinada.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
126
Documentos, registros y sistemas de control de los mismos: Se recopilarán mediante
entrevistas con el responsable del área y con base en los lineamientos descritos en la
justificación, la existencia y control de documentos y/o registros.
Documentación. Se evaluará la documentación legal en materia de ruido. En la cual, se
revisaran los siguientes documentos:
Estudio de ruido perimetral
Estudio de ruido laboral
Estudios audiométricos de los trabajadores
Programa de audición
6.11 AUDITORÍA AMBIENTAL PARA EL RUBRO DE AGUA
El agua, es uno de los recursos naturales más necesarios y el más desperdiciado. Se emplea
como medio de transporte, como generador de energía, se utiliza en procesos industriales y
como depósito de desechos. Es un recurso que posee la capacidad de regenerarse, sin
embargo, esta capacidad ha sido rebasada por las alteraciones que han generado
actividades humanas. Al realizar la auditoría ambiental en el rubro de agua el Auditor
Especialista en el Rubro de Agua evaluará durante los trabajos de campo las siguientes
actividades de la organización con el propósito de verificar el suministro, manejo y descarga
de aguas residuales. Un recorrido prospectivo por las Instalaciones se realiza siguiendo el
tren de proceso siguiente:
Suministro de agua de abastecimiento
Distribución y uso en las instalaciones
Servicios auxiliares
Proceso Productivo
Contraincendios
Riego
Puntos de generación de aguas residuales
Puntos de muestreo y descarga final de aguas residuales
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
127
Una vez realizado el recorrido prospectivo a las instalaciones y con base en lo observado
durante este se ajusta la lista de documentación requerida a la compañía y las listas de
verificación, relativa a autorizaciones, concesiones, análisis, monitoreos, inspecciones
previas, condicionantes y requerimientos ambientales relativos al rubro de agua, así mismo
de existir, copias de respuesta a quejas públicas, acerca de las actividades de la compañía y
relativas a contaminación del cuerpo receptor de las aguas residuales generadas por la
compañía. De igual manera, deberá solicitarse todos aquellos proyectos autorizados o
ingresados ante las autoridades correspondientes, que se pretende implementar con el fin de
prevenir y controlar la contaminación del agua.
6.12 AUDITORÍA AMBIENTAL PARA EL RUBRO DE RESIDUOS PELIGROSOS, NO
PELIGROSOS Y DE MANEJO ESPECIAL
El Auditor Especialista en el Rubro de Residuos Sólidos e Industriales no peligrosos evaluará
durante los trabajos de campo las siguientes actividades de la organización con el fin de
revisar el nivel de manejo de los residuos sólidos e industriales no peligrosos en sus
operaciones:
Proceso: se evaluará durante los procesos productivos el control de la generación y manejo
de los residuos no peligrosos, mediante la aplicación de la guía de la Lista de Verificación.
Envasado y etiquetado: como parte de las actividades de manejo, almacenamiento y
transporte de residuos sólidos e industriales no peligrosos, se verificarán las condiciones de
envasado y etiquetado de los mismos mediante la aplicación de la guías de la Lista de
Verificación.
Almacenamiento: Se verificarán mediante la inspección por las áreas de almacenamiento
de residuos sólidos e industriales no peligrosos, las condiciones de las áreas mediante la
aplicación de la guía de la Lista de Verificación.
Transporte: se verificará el transporte de residuos sólidos e industriales no peligrosos
mediante la aplicación de la guía de la Lista de Verificación.
Disposición final: se verificará la disposición final de residuos sólidos e industriales no
peligrosos mediante la aplicación de la guía de la Lista de Verificación. Minimización: se
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
128
evaluará que la empresa cuente con programas para la minimización de la generación de los
residuos sólidos e industriales no peligrosos mediante su rehúso, reciclaje, y/o
comercialización, mediante la aplicación de la guías de evaluación la Lista de Verificación.
Atención a emergencias: se evaluará que la empresa cuente con medidas a aplicar por
parte del personal responsable de manejar y almacenar los residuos sólidos e industriales no
peligrosos en caso de accidentes de trabajo, fuga, derrame o incendio, mediante la
aplicación de la guías de evaluación de la Lista de Verificación.
Personal: se evaluará que los operadores estén capacitados para la operación de manejo,
almacenamiento, envasado, etiquetado y transporte de los residuos sólidos e industriales no
peligrosos, mediante la aplicación de las guías de evaluación de la Lista de Verificación.
Documentación: se evaluará la documentación legal en materia de residuos sólidos e
industriales no peligrosos. En la cual, se revisaran los siguientes documentos:
Inventario de generación de residuos sólidos e industriales no peligrosos.
Permiso de disposición en el relleno sanitario municipal.
Pagos por derecho de disposición de residuos sólidos e industriales no peligrosos.
6.13 AUDITORÍA AMBIENTAL PARA EL RUBRO DE RECURSOS NATURALES
El Auditor Especialista en el Rubro de Recursos Naturales evaluará durante los trabajos de
campo las siguientes actividades de la organización con el propósito de verificar el nivel de
cumplimiento en materia de prevención y control del manejo de los Recursos Naturales,
generadas por sus operaciones, almacenamiento, transporte, captura, exhibición,
manutención y manejo. El Auditor Especialista en el Rubro de Recursos Naturales realizará
el recorrido de campo para determinar el cumplimiento del manejo de recursos naturales.
Una vez realizado el recorrido prospectivo a las instalaciones y con base en lo observado
durante este se ajusta la lista de documentación requerida a la compañía y las listas de
verificación, relativa a autorizaciones, responsivas, análisis, inspecciones previas,
condicionantes y requerimientos ambientales relativos al rubro de recursos naturales, así
mismo de existir, copias de respuesta a quejas públicas, acerca de las actividades de la
compañía. De igual manera, solicitar a la organización todos aquellos proyectos autorizados
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
129
o ingresados ante las autoridades correspondientes, que se pretende implementar con el fin
de prevenir y controlar el aprovechamiento de recursos naturales. La evaluación de los
procedimientos y equipos de prevención y control de los recursos naturales se efectúa
mediante la guía de evaluación. Precauciones; se debe tener la precaución de enviar las
listas de información requerida del rubro de aire (registros ambientales, planos y
documentación técnica) a la compañía a auditar, con días de antelación.
6.14 AUDITORÍA AMBIENTAL PARA EL RUBRO DE RIESGO
El Auditor Especialista en el Rubro de Riesgo Ambiental evaluará durante los trabajos de
campo las siguientes actividades de la organización con el fin de evaluar el nivel de riesgo de
sus operaciones se efectúa mediante guías de evaluación de la Lista de Verificación del
rubro riesgo ambiental. Verificando los siguientes puntos:
Operaciones de adquisición y suministro:
Transporte: Se evaluarán únicamente las unidades que entren en las instalaciones de la
organización auditada o en su defecto las unidades con las que cuente esta organización
Recibo: Para la evaluación de la operación de recibo de unidades transportadoras de
materiales peligrosos
Operaciones de carga y descarga. Se evaluarán las operaciones de carga y descarga a
recipiente portátiles.
Operaciones de almacenamiento: Se evaluarán las medidas de seguridad y las
operaciones de almacenamiento de contenedores de materiales peligrosos en los almacenes
Distribución a áreas de aprovechamiento: Se evaluarán las operaciones de distribución
de contenedores portátiles a las áreas de aprovechamiento
Almacenamiento en áreas de aprovechamiento: Se evaluará el control y las actividades
de almacenamiento de materiales peligrosos en las áreas de aprovechamiento para asegurar
su no interferencia con los equipos y procesos;
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
130
Envasado y etiquetado: Se evaluará la correcta identificación de contenedores portátiles
que se manejen en las áreas de recibo, carga y descarga, almacenes y áreas de
aprovechamiento
Aprovechamiento: Se evaluarán las medidas de control de seguridad en el manejo de los
materiales peligrosos en las líneas de proceso y áreas de aprovechamiento al igual que su
uso en las operaciones de mantenimiento.
Atención a emergencias
Personal: Para la evaluación de la capacitación de personal en las áreas de transporte y
recibo, almacenes, tanques de almacenamiento, áreas de aprovechamiento y atención a
emergencias,
Mantenimiento y calibración: Para la evaluación de las condiciones físicas de las
instalaciones de las áreas en donde se manejen materiales peligrosos: transporte y recibo,
almacenes, tanques de almacenamiento, áreas de aprovechamiento e instalaciones de
atención a emergencias. En lo que respecta a instalaciones y equipo que presenten alguna
irregularidad, se evaluará el programa de mantenimiento de dicha instalación o equipo.
Identificación: Se evaluará que las áreas que manejen materiales peligrosos: transporte y
recibo, almacenes, tanques de almacenamiento, áreas de aprovechamiento e instalaciones
de atención a emergencias, cuenten con la señalización de advertencia y seguridad
adecuada.
Documentos: Para la evaluación del conocimiento de documentos relacionados con el
manejo de materiales peligrosos en las áreas de transporte y recibo, almacenes, tanques de
almacenamiento, áreas de aprovechamiento e instalaciones de atención a emergencias. Se
evaluará la documentación legal en materia de riesgo ambiental. En la cual, se revisaran los
siguientes documentos:
Estudio de Riesgo Ambiental.
Programa de Prevención de Accidentes.
Oficios resolutivos del Estudio de Riesgo y Programa de Prevención de Accidentes.
Información del cumplimiento de las condicionantes solicitadas en los oficios
resolutivos.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
131
Oficio de cumplimiento de los oficios resolutivos.
6.15 ELABORACIÓN DEL INFORME DE AUDITORÍA AMBIENTAL
Es un diagnóstico factual y objetivo de la ejecución completa junto con recomendaciones
jerarquizadas para la acción El compromiso del personal y los gerentes a través del proceso
de auditoría asegura un alto grado de apropiación de resultados y cumplimiento de
compromisos para la protección ambiental y su mejoramiento. Obviamente, es de suma
importancia hacer un seguimiento de la auditoria para medir los progresos. La interpretación
de los reportes descritos, en cuanto a naturaleza e intención, se refieren a: medidas
preventivas y de control para evitar o minimizar riesgos o daños ambientales, incluido el
equipo, obras y actividades que deban realizarse en forma correctiva y urgente; definición y
programación para realizar estudios de evaluación de daños al ambiente; acciones de
capacitación y de orden administrativo que procedan; opiniones técnicas relativas a la
reutilización o tratamiento de residuos materiales que genera la empresa; propuesta de plan
de acción para la ejecución de las medidas señaladas, indicando plazos e inversiones para
su realización, mismos que serán priorizados en razón de sus efectos sobre el ambiente. En
todo lo anterior, existen observaciones y en su caso, la descripción de cómo fueron
atendidas. La interpretación de los reportes descritos, en cuanto a naturaleza e intención, se
refieren a: medidas preventivas y de control para evitar o minimizar riesgos o daños
ambientales, incluido el equipo, obras y actividades que deban realizarse en forma correctiva
y urgente; definición y programación para realizar estudios de evaluación de daños al
ambiente; acciones de capacitación y de orden administrativo que procedan; opiniones
técnicas relativas a la reutilización o tratamiento de residuos materiales que genera la
empresa; propuesta de plan de acción para la ejecución de las medidas señaladas, indicando
plazos e inversiones para su realización, mismos que serán priorizados en razón de sus
efectos sobre el ambiente. En todo lo anterior, existen observaciones y en su caso, la
descripción de cómo fueron atendidas.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
132
6.16 PRÁCTICA DE AUDITORÍA AMBIENTAL6
Se realizó una visita a la empresa Marina Costa Baja, ya que es la única empresa hotelera
en la ciudad de La Paz B. C. S. que posee la certificación de CALIDAD AMBIENTAL
mediante sus respectivas auditorías ambientales.
6.17 EL PAPEL DEL AUDITOR EN LA VISITA DE CAMPO
Visita preliminar, el auditor ambiental realizara una o varias visitas preliminares a la empresa
para conocer las instalaciones, las operaciones, procesos y actividades que se llevan a cabo,
así como el estado en que se encuentra para recabar información necesaria para la
adecuada elaboración del plan de auditoría especifico a la instalación o instalaciones objeto.
La visita preliminar será obligatoria para las instalaciones consideradas de alto riesgo,
procesos municipales, grandes generadores y que manejen residuos peligrosos y
aprovechamiento de recursos naturales (incluyendo actividades agropecuarias). Es
imprescindible que el Plan de Auditoria incluya las actividades que permitan identificar los
riesgos ambientales, de acuerdo a los posibles impactos que se ocasionan o pueden
ocasionarse al ambiente y a la población circunvecina de la empresa, con el propósito de
garantizar el cumplimento ambiental y la mejora del desempeño ambiental dirigido a la
protección del ambiente. El auditor ambiental elaborara el documento de acuerdo a los
puntos señalados a la continuación y lo presentara a la empresa, quien a su vez lo hará
llegar a la Profepa para su registro. En la ejecución de la auditoria, las adiciones,
modificaciones o cancelaciones al plan de auditoría solo son aceptables si son
fundamentadas las razones de cada una de ellas, de tal manera que se logran los objetivos
ambientales y se mantengan dentro del alcance de la auditoria. Para el comienzo de los
trabajos de campo se realizara una reunión inicial conducida por el auditor coordinador, con
la presencia de los directivos de la organización y en su caso personal de la Profepa. El
propósito de la reunión es confirmar el alcance de la auditoria, dar a conocer el plan de
auditoría y la agenda de trabajo, presentar a los especialistas, conocer al personal a
contactar, establecer los canales de comunicación y plantear la reunión final de la auditoria.
En esta reunión el auditor coordinador presentara un resumen de los métodos y
6 Véase la sección de anexo. Anexo 5. Practica de auditoría ambiental (Costa Baja)
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
133
procedimientos a ser utilizados para conducir la auditoria. Asimismo, el auditor ambientar
deberá de revisar los procedimientos relevantes a segur de seguridad y emergencia cuando
se encuentra dentro de las instalaciones de la organización. Durante los trabajos de campo
cada especialista verificara, cuantificara y evaluara los aspectos ambientales que la
organización genera por los procesos o actividades que realiza, conforme al plan de
auditoría, bajo el marco de la legislación ambiental vigente y de desempeño ambiental. Las
actividades incluirán entrevistas con personal de la organización, a fin de determinar el
funcionamiento de las instalaciones, examen de los registros, procedimientos escritos y
demás documentación pertinente, con la finalidad de evaluar el desempeño ambiental de la
organización, comprobando si esta cumple con la normatividad aplicable. Durante estos
trabajos se efectuaran los muestreos mínimos necesarios, plenamente justificados, para
identificar el grado de cumplimiento de la normatividad ambiental en los diferentes medios
(agua, aire, suelo y subsuelo, residuos y niveles de ruido perimetral) de los contaminantes
presentes o bien de la naturaleza de las sustancias referidas; de igual forma se realizara una
revisión documental cotejada con la norma correspondiente. Se evaluaran las actividades
que por su naturaleza constituyen un riesgo potencial para el ambiente, con base en la
identificación, cuantificación y caracterización de la sustancias peligrosas o emisiones
contaminantes; incluyendo, en su caso, los aspectos considerados en la MIA, Análisis de
Riesgo o Programa de Prevención de Accidentes, así como los pasivos ambientales. Los
incumplimientos resultantes de las evaluaciones se establecerán individualmente y conforme
a los procedimientos que el auditor utilice. Las situaciones críticas de riesgo se reportaran de
manera inmediata por el auditor a la Profepa y a la organización para su conocimiento. La
organización propondrá las medidas necesarias a la Profepa y esta determinara si son
adecuadas. Los incumplimientos detectados, deben ser evaluados en base a evidencias
objetivas y documentados por los auditores. Después de concluidas las actividades de
auditoría y antes de preparar el correspondiente reporte, debe tenerse una reunión de cierre
de la misma, con la participación de la organización, la Profepa y el auditor ambiental
encargado; el auditor coordinador dará a conocer los principales aspectos detectados. Se
formulara la respectiva minuta, se aclararan dudas o expondrán comentarios que son
asentados en la misma. El resultado de las evaluaciones, verificaciones o determinaciones
realizadas durante la auditoría ambiental, se debe reportar por parte del auditor responsable,
como se indica en el documento “Reporte de Auditoría Ambiental”. La organización
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
134
presentara los documentos finales a la Profepa en versión impresa y electrónica. Es
necesario un desglose ordenado y secuencial de las partes de la auditoria. La redacción
debe ser clara y concreta de tal modo que no se preste a más interpretaciones que la
correcta. La redacción será impersonal. En este reporte no se deben plasmar los aspectos
ambientales identificados, jerarquizados conforme al nivel de gravedad de los impactos
adversos que pueden ocasionar al ambiente y en su caso, los indicadores ambientales de
cumplimiento conforme a la normatividad aplicable y a los propuestos por la Profepa.
6.18 CONCLUSIÓN
Las auditorías ambientales son una herramienta de vigilancia y control dirigida a evaluar el
cumplimiento de las disposiciones legales en materia ambiental. La experiencia en México
en cuanto a la aplicación de las auditorías ambientales es, todavía, escasa y reciente. Por tal
motivo, es difícil estimar su contribución a la resolución de los problemas ambientales. No
obstante, es posible inferir que, debido a las obstrucciones para la realización de las
auditorías, la contribución de este instrumento sea mínima. La realización de las auditorías
ambientales debe ser interés de las mismas corporaciones industriales y no industriales, ya
que son un instrumento para prevenir contingencias ambientales y demuestran un
compromiso hacia el manejo ambiental sustentable. Este último aspecto está adquiriendo
cada vez mayor relevancia con la globalización comercial.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
135
MODULO 7. MANIFIESTO DE IMPACTO AMBIENTAL
7.1 INTRODUCCIÓN
Manifiesto de impacto ambiental es aquel documento donde se establecen todos los datos
sobre el proyecto además de sus impactos y sus posibles medidas preventivas y de
mitigación, en este modulo se dan a conocer los procedimientos y los tipos de manifiestos
que existen así como los detalles que deben incluir cada uno o los requisitos para cada
sector. La importancia en las manifestaciones de impacto ambiental radica en la
funcionalidad acerca del beneficio medioambiental que tienen al prevenir o mitigar los
impactos posibles de cada proyecto o actividad.
7.2 GUÍAS, PROCEDIMIENTOS
De acuerdo al reglamento de la LGEEPA en materia de EIA existen doce guías sectoriales
que son; que son informe preventivo, sector acuícola, cambio de uso de suelo, energía
eléctrica, aprovechamientos forestales, hidráulico, industrial, minero, petrolero, de residuos
peligrosos, turismo y vías generales de comunicación. En las cuales se hace una explicación
detallada de las condiciones necesarias para elaborar informes preventivos o manifiestos en
sus dos modalidades que son regional con o sin estudio de riesgo y particular con o sin
estudio de riesgo. En cuanto al informe preventivo se trata estipulado en el artículo 31 de la
LGEEPA y 29 de su reglamento, la realización de obras y actividades a que se refiere en el
artículo 5 del reglamento mencionado, requerirán la presentación de un informe preventivo
cuando existan normas oficiales mexicanas u otras disposiciones que regulen las emisiones,
descargas, el aprovechamiento de recursos naturales y, en general, todos los impactos
ambientales relevantes que las obras o actividades puedan producir, cuando las obras o
actividades estén expresamente previstas por un plan parcial o programa parcial de
desarrollo urbano o de ordenamiento ecológico que cuente con previa autorización en
materia de impacto ambiental respecto del conjunto de obras o actividades incluidas en el o
cuando se trate de instalaciones ubicadas en parques industriales previamente autorizados
por la secretaria, en los términos de la ley y del reglamento, (Instituto Nacional de Ecología,
2000).
El informe preventivo deberá contener:
Datos de identificación en los que se mencione:
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
136
El nombre y la ubicación del proyecto;
Los datos generales del promovente y
Los datos generales del responsable de la elaboración del informe.
Referencia según corresponda:
A las normas oficiales mexicanas y otras disposiciones que regulen las
emisiones de las descargas o el aprovechamiento de recursos naturales,
aplicables a la obra o actividad;
Al plan parcial de desarrollo urbano o de ordenamiento ecológico en el cual
queda incluida la obra o actividad, o
A la autorización de la secretaria del parque industrial, en el que se ubique la
obra o actividad.
La siguiente información:
La descripción general de la obra o actividad proyectada.
La identificación de las sustancias o productos que vayan a emplearse y que
puedan impactar el ambiente, así como sus características físicas y químicas;
La identificación y estimación de las emisiones, descargas y residuos cuya
generación se prevea, así como las medidas de control que se pretendas llevar
a cabo;
La descripción del ambiente y en su caso la identificación de otras fuentes de
emisión de contaminantes existentes en el área de influencia del proyecto;
La identificación de los impactos ambientales significativos relevantes y
determinación de las medidas y acciones para su prevención y mitigación:
Los planos de la localización del área donde se pretende realizar el proyecto, y
En su caso, las condiciones adicionales que se propongan en los términos del
artículo siguiente.
Art. 31. El promovente podrá someter a las consideraciones de la secretaria condiciones
adicionales a las que se sujetara la realización de la obra o actividad con el fin de evitar,
atenuar o compensar los impactos ambientales adversos que pudieran ocasionarse, las
condiciones adicionales formaran parte del informe preventivo.
Art. 32 El informe preventivo deberá presentarse en un CD al que se acompañaran tres
tantos impresos de su contenido, deberá anexarse copia sellada del pago de derechos
correspondientes.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
137
La secretaría proporcionara a los promoventes las guías para la presentación del informe
preventivo, dichas guías serán publicadas en el diario oficial de la federación y en la gaceta
ecológica. La secretaría analizara el informe preventivo y en un plazo no mayor a veinte días
notificara al promovente que se encuentra en los supuestos previstos en el art. 28 del
reglamento y que, por lo tanto, puede realizar la obra o actividad en los términos propuestos
o que se requiere de la presentación de una manifestación de impacto ambiental, en alguna
de sus modalidades. Tratándose de informes preventivos en los que los impactos de las
obras o actividades a que se refieren se encuentren totalmente regulados por las normas
oficiales mexicanas, transcurrido el plazo que se menciono, sin que se haga una notificación,
se entenderá que dichas obras o actividades podrán llevarse a cabo en la forma en la que
fueron proyectadas y de acuerdo con las mismas normas. En lo que se refiere a las
Manifestaciones de Impacto Ambiental en sus modalidades particular y regional los
promoventes deberán presentar ante la secretaria una manifestación de impacto ambiental,
en la modalidad que corresponda, para que esta realice la evaluación del proyecto de la obra
o actividad respecto de la que se solicita autorización. La información que contenga la MIA
deberá referirse a circunstancias ambientales relevantes vinculadas con la realización del
proyecto. La secretaría proporcionara a los promoventes guías para facilitar la presentación y
entrega de la MIA de acuerdo al tipo de obra o actividad que se pretenda llevar a cabo. La
Secretaría publicara dichas guías en el diario oficial de la federación y en la gaceta ecología.
Las MIAs deberán presentarse en las modalidades regional o particular cuando:
Regional; cuando se trate de parques industriales y acuícolas, granjas acuícolas de más de
500 ha, carreteras y vías férreas, proyectos de generación de energía nuclear, presas y, en
general, proyectos que alteren las cuencas hidrológicas, cuando se trate de un conjunto de
obras o actividades que se encuentren incluidas en un plan o programa parcial de desarrollo
urbano o de ordenamiento ecológico que sea sometido a consideración de la secretaria,
cuando se un conjunto de proyectos de obras y actividades que pretendan realizarse en una
región ecológica determinada y en proyectos que pretendan desarrollarse en sitios en los que
por su interacción con los diferentes componentes ambientales regionales, se prevean
impactos acumulativos, sinérgicos o residuales que pudieran ocasionar la destrucción, el
aislamiento o la fragmentación de los ecosistemas, en los demás casos no mencionados
deberá presentarse en la modalidad particular.
Para el caso de la MIA en su modalidad particular deberá contener:
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
138
Datos generales del proyecto, del promovente y del responsable del estudio de
impacto ambiental.
Descripción del proyecto.
Vinculación con los ordenamientos jurídicos aplicables en materia ambiental y, en su
caso, con la regulación sobre el uso de suelo.
Descripción del sistema ambiental y señalamiento de la problemática ambiental
detectada en el área de influencia del proyecto.
Identificación, descripción y evaluación de los impactos ambientales.
Medidas preventivas y de mitigación de los impactos ambientales.
Pronósticos ambientales y, en su caso, evaluación de alternativas.
Identificación de los instrumentos metodológicos y elementos técnicos que sustentan
la información señalada en las fracciones anteriores.
Para la modalidad regional se deberá incluir aparte de los ya mencionados:
Descripción del sistema ambiental regional y señalamiento de tendencias del
desarrollo y deterioro de la región;
Iidentificación, descripción y evaluación de los impactos ambientales, acumulativos y
residuales, del sistema ambiental regional;
Estrategias para la prevención y mitigación de impactos ambientales, acumulativos y
residuales, del sistema ambiental regional;
Pronósticos ambientales regionales y, en su caso, evaluación de alternativas, y
Identificación de los instrumentos metodológicos y elementos técnicos que sustentan
los resultados de la manifestación de impacto ambiental.
7.3 VALIDACIÓN Y RESOLUCIÓN
Después de la integración del expediente se pasa a la etapa de evaluación, si durante el
proceso de evaluación se presentan dudas referente al proyecto o a sus obras adyacentes la
Secretaría podrá solicitar al promovente, por única vez dentro de los cuarenta días siguientes
a la integración del expediente, aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones al contenido de
la misma y en tal caso, se suspenderá el termino de sesenta días a que se refiere el artículo
35 bis de la ley. La suspensión no podrá excederse de sesenta días computados a partir de
que sea declarada, transcurrido este plazo sin que la formación sea entregada por el
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
139
promovente, la Secretaría podrá declarar la caducidad del trámite en los términos del artículo
60 de la ley federal de procedimiento administrativo. Iniciado el trámite de evaluación, la
secretaría deberá ir agregando al expediente la información adicional que se genere, las
opiniones técnicas que se hubiesen solicitado, los comentario y observaciones que realicen
los interesados en el proceso de consulta pública, así como el extracto del proyecto que
durante dicho proceso se haya publicado, la resolución, las garantías otorgadas y las
modificaciones al proyecto que se hubieren realizado. Cuando se realicen modificaciones al
proyecto de obra o actividad durante el procedimiento de evaluación del impacto ambiental,
el promovente deberá hacerlas del conocimiento de la secretaria con el objeto de que esta,
en un plazo no mayor de diez días, proceda a solicitar información adicional para evaluar los
efectos al ambiente derivado de tales modificaciones, cuando estas no sean significativas o
requerir la presentación de una nueva manifestación de impacto ambiental, cuando las
modificaciones propuestas puedan causar desequilibrios ecológicos daños a la salud, o
causar impactos acumulativos sinérgicos. Si el promovente pretende realizar modificaciones
al proyecto después de emitida la autorización en materia de impacto ambiental, deberá
someterlas a la consideración de la secretaria, que en un plazo no mayor diez días,
determinara:
Si es necesaria la presentación de una nueva manifestación de impacto ambiental.
Si las modificaciones propuestas no afectan el contenido de autorización otorgada.
Si la autorización otorgada requiere ser modificada con objeto de imponer nuevas
condiciones a la realización de la obra o actividad de que se trata.
En este último caso, las modificaciones a la autorización deberán ser dadas a conocer al
promovente en un plazo máximo de veinte días. Los expedientes de evaluaciones de las
MIAs una vez integrados estarán a disposición de cualquier persona para su consulta. El
promovente, desde la fecha de la presentación de su solicitud de evaluación en materia de
impacto ambiental, podrá solicitar que se mantenga en reserva aquella información que, de
hacerse pública afectaría derechos de propiedad industrial o la confidencialidad de los datos
comerciales contenidos en ella, asimismo, la información reservada permanecer bajo
responsabilidad y custodia de la Secretaría. En cuanto a la resolución se refiere al evaluar las
manifestaciones de impacto ambiental la secretaria deberá considerar los posibles efectos de
las obras o actividades a desarrollarse en el o los ecosistemas de que se trate, tomando en
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
140
cuenta el conjunto de elementos que los conforman, y no únicamente los recursos que
fuesen objeto de aprovechamiento. La utilización de los recursos naturales en forma que se
respete la integridad funcional y las capacidades de carga de los ecosistemas de los q
forman parte dichos recursos por periodos indefinidos y en su caso la secretaria podrá
considerar las medidas preventivas, de mitigación y las demás que sean propuestas de
manera voluntaria por el solicitante, para evitar o reducir al mínimo los efectos negativos
sobre el ambiente. Una vez concluida la evaluación de la MIA, la Secretaría deberá emitir,
fundada y motivada la resolución correspondiente en la que podrá:
Autorizar la realización de la obra o actividad en los términos y condiciones
manifestados.
Autorizar total o parcialmente la realización de la obra o actividad de manera
condicionada, en este caso la secretaria podrá sujetar la realización de la obra o
actividad a la modificación del proyecto o al establecimiento de medidas adicionales
de prevención y mitigación que tengan por objeto evitar, atenuar o compensar los
impactos ambientales adversos susceptibles de ser producidos en la construcción,
operación normal, etapa de abandono, termino de vida útil del proyecto o en caso de
accidente.
Negar la autorización en los términos de la fracción III del art. 35 de la LGEEPA:
Cuando se contravenga lo establecido en esta ley, sus reglamentos, las normas
oficiales mexicanas y demás disposiciones aplicables.
La obra o actividad de que se trate pueda propiciar que una o más especies
sean declaradas como amenazadas o en peligro de extinción o cuando se
afecte a una de dichas especies.
Cuando exista falsedad en la información proporcionada por los promoventes
respecto de los impactos ambientales de la obra o actividad de que se trate.
La resolución de la Secretaría solo se referirá a los aspectos ambientales de las obras o
actividades de que se trate. El plazo para emitir la resolución de la evaluación de la MIA no
podrá exceder de sesenta días hábiles, cuando por las dimensiones y complejidad de la obra
o actividad se justifique, la secretaría podrá, excepcionalmente y de manera fundada y
motivada, ampliar el plazo hasta por sesenta días más, debiendo notificar al promovente su
determinación.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
141
7.4 DISCUSIONES DE EJEMPLOS EN BAJA CALIFORNIA SUR
Se ha descrito uno de los casos más polémicos para el estado que es el megaproyecto Cabo
Cortez, donde se hace referencia a las discusiones y diferentes puntos de vista que se dieron
sobre este proyecto en un escrito publicado en internet.7
7.5 EVALUACIÓN Y DICTAMINACIÓN DE MIAS
El dictamen es un documento público emitido por la autoridad competente mediante el cual
se revisa procedimiento y resultado y en tal sentido se aprueba, condiciona o rechaza algún
proyecto. Las procuradurías son responsables de realizar los dictámenes que se solicitan
tanto en materia ambiental como del ordenamiento territorial. Actualmente, el Reglamento de
Impacto Ambiental establece que las manifestaciones presentadas al gobierno federal deben
abrirse a su consulta pública, con el objeto de recoger las opiniones de la sociedad civil. Este
mecanismo pretende cumplir un rol similar al de las audicioncitas públicas que se realizan en
varios países de Europa y Norteamérica. El mecanismo más común para cumplir con el
objetivo de la consulta pública es la publicación en la Gaceta Ecológica del listado de las MIA
que se encuentran a disposición del público. Sin embargo, dado que la gaceta sale
normalmente con atraso por los serios problemas de presupuesto que normalmente aquejan
al gobierno federal, en la practica la mayor parte de las MIA no pasan por un proceso real de
consulta con la sociedad civil, y son dictaminadas de manera más o menos discrecional por
técnicos del INE con la firma y aprobación final del director general. Este procedimiento
genera una tensión verdaderamente desgastante sobre los técnicos encargados de la
preparación de los dictámenes, quienes con frecuencia realizan una verdadera lucha contra
el tiempo, tratando heroicamente de digerir una inmensa masa de estudios, de evaluar su
contenido, y de preparar lo más desapasionadamente posible la resolución final. Durante ese
proceso, los técnicos encuentran presiones más o menos solapadas de todo tipo, donde
tanto empresas como grupos ecologistas pretenden hacerles llegar sus propios puntos de
vista, y donde los mandos superiores exigen al mismo tiempo rapidez en el dictamen,
excelencia en la argumentación y coherencia con los puntos de vista del funcionario superior.
Creo que dos objetivos fundamentales deben buscarse para perfeccionar la MIA como
instrumento legal. Por un lado, deben encontrarse mecanismos para que la consulta pública
funcione de manera más amplia y efectiva. Por otro lado, debe tratarse de romper con la
7 Véase la sección de anexos. Anexo 5 Caso Polémico Cabo Cortez
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
142
discrecionalidad en el dictamen, apoyando el trabajo de los técnicos gubernamentales con
técnicos externos del más alto nivel.
a) Consulta pública efectiva. Para logar una efectiva consulta pública, debería elaborarse
un directorio de instituciones (empresas, institutos de investigación, universidades, grupos
ecologistas, oficinas gubernamentales) a las cuales se les informe de manera oportuna de la
existencia de MIA que van a ser dictaminadas y que se encuentran a disposición del público.
El Directorio Verde, elaborado en 1993 por el INE, podría conformar una lista inicial de
correos, la cual podría crecer y depurarse en corto tiempo. Al mismo tiempo, podrían usarse
las facilidades que brinda el correo electrónico para informar sobre este importante asunto.
b) Dictámenes objetivos. Los dictámenes de las MIA podrían acelerarse notablemente si se
les diera a las empresas la posibilidad de contratar a un dictaminador externo (una persona
física con responsabilidad legal) que emita un juicio sobre el estudio presentado por una
firma consultora. De esta manera el INE se limitaría a autorizar los proyectos con evaluación
externa favorable, reservándose el derecho, junto con la PROFEPA, de auditar algunos de
los dictámenes y de sancionar y/o quitar el registro de aquellos analistas externos que
incurriesen en aceptación de datos falsos o en omisiones serias. Aún en el caso en que el
INE decidiera revisar cada una de las MIA, el dictamen preliminar puede acortar la duración
de la revisión a una fracción del tiempo que se emplea actualmente. Adicionalmente, la
opinión previa de un experto de alto nivel daría al técnico del INE una mayor seguridad sobre
la resolución final. El listado de dictaminadores externos podría proponerlo el Consejo
Consultivo de Ciencias, la Academia de la Investigación Científica, y/o los colegios
profesionales, de manera que la responsabilidad de la elección del cuerpo de expertos sea
externa al gobierno federal y más libre, por lo tanto, de presiones de tipo administrativo.
7.6 TÉCNICAS DE NEGOCIACIÓN
Se hace referencia en la LGEEPA, (1996), en los caso en que no suceda lo que de
predetermina, tiene una opción de negociación esto sucede tanto para las dependencias
gubernamentales como las empresas que solicitan la expedición de certificados.
Artículo 13. Una vez recibida la solicitud de Certificado, la Procuraduría:
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
143
I. Prevendrá en caso de que falte algún requisito o no sea clara la información dentro de un
plazo que no excederá de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente a aquel en
que se presentó;
II. Emitida la prevención, si la Empresa no adecua o corrige la solicitud en los términos
requeridos dentro de un plazo máximo de quince días hábiles, ésta se desechará;
III. Si no emite una prevención una vez agotado el plazo a que hace referencia la fracción I
del presente artículo, se entenderá que la Empresa puede continuar con el trámite de
solicitud de Certificado.
Artículo 14. La Auditoría Ambiental deberá iniciar dentro de los cuarenta días hábiles
siguientes a la fecha en que la Empresa recibió la aceptación de su solicitud de Certificado, o
cuarenta y cinco días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud de Certificado, si no
recibió prevenciones de la Procuraduría. De no iniciar la Auditoría
Ambiental en los plazos antes señalados, el trámite será desechado.
Artículo 15. El Informe de Auditoría Ambiental deberá contener el dictamen que demuestre el
Desempeño
Ambiental de la Empresa y el resultado de la Auditoría Ambiental, elaborado por un Auditor
Ambiental de conformidad con los Términos de Referencia. El informe deberá presentarse
ante la Procuraduría, dentro de los sesenta días hábiles siguientes de aquel en que finalizó la
Auditoría Ambiental. De no presentar el informe en el plazo antes señalado, el trámite será
desechado.
Artículo 16. Si el Informe de Auditoría Ambiental presentado ante la Procuraduría establece
que el Desempeño
Ambiental de la Empresa es conforme a lo requerido en los Términos de Referencia, la
Procuraduría otorgará el
Certificado correspondiente de acuerdo a lo establecido en el artículo 22 del presente
Reglamento.
Artículo 17. Cuando la Auditoría Ambiental se realice con posterioridad a la solicitud de
obtención del Certificado y en el Informe de Auditoría Ambiental se señale que el Desempeño
Ambiental no es conforme a lo requerido en los
Términos de Referencia, la Empresa deberá adjuntar al Informe de Auditoría Ambiental lo
siguiente:
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
144
I. Un Plan de Acción que elaborará en los términos previstos en el artículo siguiente del
Reglamento, y
II. El compromiso expreso de cumplimiento del Plan de Acción por parte de la Empresa,
suscrito por su representante legal, administrador o persona que tenga facultades para
obligarse en nombre y representación de la Empresa, a través de la presentación de una
carta compromiso o a petición de parte, la celebración de un convenio de concertación del
Plan de Acción con la Procuraduría.
Artículo 18. El Plan de Acción es un documento que contendrá:
I. Las acciones específicas que se realizarán para subsanar las no conformidades señaladas
en el Informe de Auditoría Ambiental; las que se establecerán mediante:
a. Medidas preventivas, que son aquellas que se aplican a equipos, actividades, procesos,
programas, procedimientos, prácticas, vehículos o sistemas de cualquier naturaleza de una
Empresa, con el objeto de reducir desde la fuente o evitar la generación de contaminantes,
reducir riesgos, prevenir contingencias ambientales y evitar el aprovechamiento inadecuado
de los recursos naturales, y
b. Medidas correctivas, que son las que se aplican a los equipos, actividades, procesos,
programas, procedimientos, prácticas, vehículos o sistemas de cualquier naturaleza de una
Empresa, con el objeto de controlar la contaminación ambiental o de restaurar, recuperar,
remediar, compensar, o minimizar los daños causados al ambiente o a los recursos
naturales.
II. Los plazos para la realización de cada una de ellas, priorizándolas en razón de los efectos
adversos que las no conformidades tienen sobre el ambiente.
Artículo 19. Una vez recibida la información señalada en el artículo 17 del presente
Reglamento, la Procuraduría:
I. Revisará el Plan de Acción;
II. Verificará la congruencia y consistencia entre el contenido de éste y el del Informe de
Auditoría Ambiental, y
III. En su caso, dentro del término de quince días hábiles, el interesado deberá subsanar las
prevenciones realizadas, lo cual deberá presentarse dentro de un plazo similar, contado a
partir del día hábil siguiente de la notificación de dichas prevenciones.
Cuando la Procuraduría no formule prevenciones, se entenderá que el Plan de Acción puede
ejecutarse en los términos propuestos, a partir de ese momento la Empresa que desee
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
145
formalizar su Plan de Acción a través de un convenio de concertación contará con cuarenta y
cinco días hábiles para celebrarlo. Transcurrido el plazo señalado, sin que se formalice el
convenio, la Empresa deberá presentar ante la Procuraduría en un plazo no mayor a cinco
días hábiles una carta compromiso para formalizar el Plan de Acción.
Si la Empresa no desahoga la prevención o no formaliza el Plan de Acción por causas
imputables a ésta dentro de los plazos establecidos, el trámite para la obtención del
Certificado será desechado.
Artículo 20. La Empresa por una sola ocasión podrá someter a consideración de la
Procuraduría, con al menos quince días hábiles de anticipación a la fecha de conclusión
prevista originalmente en el Plan de Acción, la modificación de los plazos de ejecución de las
actividades de dicho plan, para lo cual presentará un escrito en el que justifique debidamente
el motivo de dicha petición.
Si la Procuraduría no da respuesta a lo anterior, en los diez días hábiles posteriores a la
presentación del escrito, se entenderá que la modificación de los plazos ha sido aceptada.
Si la Empresa no ejecuta el Plan de Acción dentro de los plazos establecidos, el trámite para
la obtención del Certificado será desechado.
Artículo 21. Concluida la ejecución del Plan de Acción, la Empresa a través del Auditor
Ambiental deberá:
I. Si la duración de la ejecución del Plan de Acción es menor o igual a un año, verificará la
conformidad con los parámetros de los Términos de Referencia que fueron reportados como
no conformidades en el Informe de Auditoría Ambiental. En este caso, la Empresa contará
con cuarenta y cinco días hábiles posteriores a la conclusión del Plan de Acción para
entregar dicho resultado de la Verificación de cumplimiento del Plan de Acción, adjuntando el
dictamen que acredite dicho resultado.
II. Si la duración de la ejecución del Plan de Acción es mayor a un año, verificará la
conformidad con la totalidad de los parámetros de los Términos de Referencia necesarios
para la obtención del Certificado que la Empresa haya solicitado. En este caso, la Empresa
contará con sesenta días hábiles posteriores a la conclusión del Plan de Acción para
entregar el resultado de la Verificación de cumplimiento de la totalidad de los parámetros de
los Términos de Referencia, adjuntando el dictamen que acredite el resultado sobre el
Desempeño Ambiental para obtener el Certificado que la Empresa solicitó.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
146
En caso de que la Empresa no entregue a la Procuraduría el Informe de Verificación
mencionado en las fracciones anteriores el trámite para la obtención del Certificado le será
desechado, salvo que esto se deba a la suspensión o cancelación de la aprobación o
acreditación del Auditor Ambiental, en cuyo caso se estará a lo dispuesto en el artículo 44 del
presente Reglamento.
Artículo 22. Dentro de los treinta días hábiles siguientes a que la Procuraduría reciba el
Informe de Auditoría Ambiental o el Informe de Verificación, determinará si la Empresa
demostró que su Desempeño Ambiental es conforme con los Términos de Referencia, en
cuyo caso otorgará el Certificado correspondiente.
En caso de que el Informe de Auditoría Ambiental o el Informe de Verificación no demuestren
que el Desempeño Ambiental de la Empresa es conforme con los Términos de Referencia,
la Procuraduría negará la expedición del Certificado. En cuyo caso, la Empresa solventadas
las no conformidades podrá solicitar el Certificado en los términos del segundo párrafo del
artículo 12 del presente Reglamento.
Artículo 23. A través del Certificado, la Procuraduría reconoce que al momento de su
otorgamiento, la Empresa opera en pleno cumplimiento de la regulación ambiental y que su
Desempeño Ambiental es conforme con los Términos de Referencia.
Durante la vigencia del Certificado, la Empresa deberá operar en pleno cumplimiento de la
regulación ambiental y su Desempeño Ambiental deberá ser conforme con los Términos de
Referencia. En su caso, si derivado de una denuncia o de un programa de verificación de las
empresas certificadas, la Procuraduría determina que la Empresa no cumple con lo
estipulado en el presente párrafo, perderá el derecho de uso del Certificado y publicidad del
sello respectivo.
Artículo 24. La Empresa interesada en renovar su Certificado deberá hacerlo con al menos
sesenta días hábiles previos a la fecha de vencimiento de su Certificado, a través de una
solicitud que contendrá la siguiente información:
I. El número de registro que se le otorgó a la Empresa al solicitar por primera vez su
Certificado y en su caso, la actualización de los datos contenidos en dicha solicitud, y
II. La documentación que acredite el Desempeño Ambiental, que será:
a. Un Informe del Diagnóstico Ambiental que demuestre que el desempeño de la Empresa es
conforme con los Términos de Referencia que corresponden al Certificado que se pretende
renovar, especificando el nombre del Auditor Ambiental y su número de aprobación, el
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
147
nombre y la clave del Auditor Coordinador y, en su caso, el de los Auditores Especialistas,
indicando la o las materias en las que participaron en el Diagnóstico Ambiental, o
b. Un Reporte de Desempeño Ambiental en los términos de lo previsto en el artículo
siguiente.
Cuando se trate de la renovación de un Certificado con un nivel superior al vigente, la
Empresa deberá presentar la información descrita en las fracciones I y II, inciso a) del
presente artículo.
Una vez vencida la vigencia del Certificado otorgado, la Empresa que no lo renovó, deberá
someterse a lo establecido en el artículo 11 del presente Reglamento para obtener un nuevo
Certificado.
Artículo 25. La Empresa podrá renovar su Certificado a través de la presentación de un
Reporte de Desempeño Ambiental, cuando haya alcanzado el máximo nivel de Desempeño
Ambiental de la modalidad correspondiente de su
Certificado, para lo cual deberá cumplir con los siguientes requisitos:
I. Manifestar que mantiene o ha mejorado el Desempeño Ambiental conforme al Certificado
que le fue otorgado;
II. Manifestar no haber tenido medidas correctivas, de urgente aplicación, de control o de
seguridad ordenadas mediante la resolución de un procedimiento administrativo instaurado
por alguna autoridad en materia ambiental desde la certificación o la última renovación, lo
que resulte más próximo a la solicitud de renovación;
III. Presentar un reporte histórico de indicadores de Desempeño Ambiental de al menos dos
años continuos, conforme a lo establecido en los Términos de Referencia;
IV. Manifestar no haber realizado modificaciones a sus instalaciones o procesos que afecten
de manera negativa su Desempeño Ambiental, y
V. Manifestar no haber tenido una Emergencia Ambiental que hubiera modificado la
conformidad con los
Términos de Referencia acorde al Certificado vigente.
En la vía de renovación prevista en el presente artículo, la Empresa durante el periodo de
vigencia de su certificado, deberá informar de manera anual a la Procuraduría la
actualización de los indicadores de Desempeño Ambiental, conforme a lo establecido en los
Términos de Referencia.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
148
Una vez que la Empresa haya renovado su Certificado, utilizando la vía de Reporte de
Desempeño Ambiental hasta en dos ocasiones consecutivas, deberá realizar un Diagnóstico
Ambiental para obtener su siguiente renovación.
Durante el periodo de vigencia de un Certificado obtenido mediante la presentación de un
Reporte de Desempeño Ambiental, una Empresa perderá su derecho a la siguiente
renovación del Certificado por este mecanismo cuando:
I. Incumpla en la entrega de la actualización de sus indicadores de Desempeño Ambiental, o
II. Se establezcan medidas de urgente aplicación por alguna autoridad ambiental derivadas
de una situación que provocó o pudo haber provocado daños al medio ambiente o a la
población.
En cualquiera de los casos que se describen anteriormente, la Empresa deberá llevar a cabo
un Diagnóstico Ambiental dentro de los sesenta días hábiles siguientes a que la Procuraduría
tenga conocimiento de cualquiera de los supuestos anteriores.
Artículo 26. La Procuraduría revisará el Informe de Diagnóstico Ambiental, y en su caso,
dentro del término de quince días hábiles, realizará las prevenciones pertinentes, las cuales
deberán ser subsanadas por el interesado dentro de un plazo similar, contado a partir del día
hábil siguiente a la notificación de dichas prevenciones.
La Procuraduría verificará la veracidad de los requisitos establecidos en el artículo anterior,
así como el Reporte de Desempeño Ambiental, y en su caso, dentro del término de veinte
días hábiles, realizará las prevenciones pertinentes, las cuales deberán ser subsanadas por
el interesado dentro de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente
a la notificación de dichas prevenciones, de no desahogarse las prevenciones se desechará
su solicitud.
La Procuraduría entregará la renovación del Certificado a la Empresa dentro de los treinta
días hábiles siguientes:
I. Al reconocimiento del Informe del Diagnóstico Ambiental o del Reporte de Desempeño
Ambiental, o
II. Cuando la Empresa haya subsanado las prevenciones realizadas por la Procuraduría.
Artículo 27. La Empresa que cuente con un Certificado vigente estará comprometida a:
I. Mantener o mejorar el Desempeño Ambiental conforme al Certificado que le fue otorgado;
II. Realizar las acciones necesarias para restablecer el Desempeño Ambiental por el cual fue
certificado, cuando derivado de la realización de cualquier modificación de sus procesos,
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
149
actividades o instalaciones auditadas, o la ocurrencia de una Emergencia Ambiental
modifique la conformidad con los Términos de Referencia acorde al Certificado, y
III. Permitir la verificación del Desempeño Ambiental por parte de la Procuraduría.
7.7 PROGRAMAS DE CUMPLIMIENTO AMBIENTAL
La Procuraduría y la empresa auditada, concertarán el cumplimiento del plan de acción a
través de:
I. Un Convenio, cuando la instrumentación de dicho plan sea mayor a seis meses, o la
empresa así lo requiera.
II. Una Carta Compromiso de la empresa, cuando la instrumentación de dicho Plan sea
menor a seis meses y no se trate de una empresa de alto riesgo.
Las empresas que se encuentren en el supuesto de la fracción I, formalizarán el plan de
acción con la Procuraduría a través del convenio de concertación, en los cuarenta y cinco
días hábiles posteriores a la aceptación de la documentación requerida por parte de la
Procuraduría. Si habiendo agotado todas las posibilidades de concertación del plan de
acción, esta no se lograra, la empresa será desincorporada del Programa, perdiendo las
prerrogativas establecidas en el presente reglamento. La Procuraduría establecerá la
periodicidad con la que la empresa deberá reportarle los avances de la implementación del
Plan de Acción. Una vez que la Procuraduría revise y acepte el informe de auditoría
ambiental ó la evaluación técnica que avala el cumplimiento de los elementos del certificado
al que la empresa aspira le otorgará el certificado correspondiente dentro de los cuarenta y
cinco días hábiles siguientes a la fecha de recepción de dicha evaluación. A través del
certificado, la Procuraduría reconoce que al momento de su expedición, la instalación opera
en cumplimiento de la legislación nacional vigente relacionada con el ambiente y tiene un
desempeño ambiental acorde a los elementos que avala dicho certificado. El certificado
tendrá una vigencia de dos años establecidos siempre a partir de la fecha de su primera
entrega y podrá ser refrendado por subsecuentes periodos iguales, a petición de la empresa,
siempre y cuando ésta demuestre que opera cumpliendo con los elementos del certificado
que desea refrendar, a través de la evaluación técnica de los mismos realizada por un auditor
ambiental o del reporte de desempeño ambiental que la Procuraduría establezca. El refrendo
del certificado por reporte de desempeño ambiental solo podrá otorgarse a la empresa que
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
150
se encuentre en el máximo nivel de desempeño ambiental de acuerdo al tipo de certificado
que posea.
7.8 CONCLUSIÓN
Unos de los principales problemas que suele tener una organización al realizar sus procesos
o actividades es incurrir en el incumplimiento de las legislaciones vigentes en los aspectos
medioambientales. Para ello se deben tomar cuanta medida sea necesaria, para
confeccionar un plan de acción que permita a cada organización salir de esa situación y
permitir la armonía entre la ejecución de sus procesos y actividades con el equilibrio y buen
funcionamiento del medio ambiente. Las auditorías ambientales permiten tal situación y una
manera muy eficaz de incentivar a las empresas para que cumplan sus objetivos son las
certificaciones q se otorgan que además de brindarles apoyo para mejorar sus procesos es
un alce a la calidad de sus servicios por lo tanto una promoción intangible para dichas
empresas.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
151
CONCLUSIÓN GENERAL
Desde hace décadas hemos escuchado que las problemáticas ambientales a las que nos
enfrentamos, como ejemplo: el deterioro de la capa de ozono, la pérdida de la biodiversidad,
las exageradas cantidades de basura que se genera, los cambios climáticos y sus
consecuencias, los crecimientos demográficos sin planeación, entre otras problemáticas que
se van agravando día a día, han propiciado que se haga una pausa en las acciones del
hombre y lo ponen a pensar en que tipos de medidas debe tomar para disminuir todo este
tipo de problemáticas a las que se enfrenta, ésta situación ha hecho que se toman en cuenta
aspectos ecológicos a la hora de la organización, planeación y ejecución de los proyectos de
las actividades humanas para que sean compatibles con la sustentabilidad de los recursos,
es así como se han establecido diferentes normas que regulan el uso de los recursos
naturales, en este diplomado se ha llevado un estudio de todas esas normatividades que
apoyan la sustentabilidad de los recursos y la regulación del establecimiento de diferentes
tipos de proyectos para que sean en su gran mayoría amigables con el medio ambiente y
fomenten la práctica de la preservación de los recursos naturales.
La EIA es una de las políticas que se ha tomado como medida en la regulación ambiental,
tiene sus bases legales en la LGEEPA y es un instrumento jurídico-administrativo cuya
función es aprobar, rechazar o modificar un proyecto propuesto ya sea por dependencias
públicas o privadas con la finalidad de regular el establecimiento de dichos proyectos desde
su planeación hasta el seguimiento posterior a su ejecución, valorando los impactos positivos
y negativos que este pueda tener sobre el medio ambiente para así prevenir un mayor
deterioro de la naturaleza y fomentar su continuo reconstrucción, dando como resultado de la
práctica de la sustentabilidad de los recursos.
Por otro lado, en el caso del sector turístico en México, el turismo se ha convertido en uno de
los factores fundamentales para el crecimiento, siendo el turismo sustentable una de las
prácticas mas favorecedoras, ya que esta permite la participación de las comunidades
locales y de los visitantes en la preservación de los recursos naturales con lo que se cuentan,
y son así las bases en las que se establecen los nuevos proyectos turísticos favoreciendo la
economía local y fomentando una cultura de preservación. En este contexto, la calidad del
ambiente tanto natural como artificial es esencial para el turismo. Sin embargo, la relación del
turismo con el ambiente es compleja e implica muchas actividades que pueden tener efectos
ambientales adversos. Muchos de estos impactos están ligados a la construcción de
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
152
infraestructura como son: los caminos y aeropuertos, las instalaciones turísticas, incluyendo
resorts, hoteles, restaurantes, tiendas, canchas de golf y marinas. Los impactos negativos del
desarrollo del turismo pueden destruir gradualmente los recursos ambientales de los cuales
depende. No obstante, el turismo tiene el potencial para crear efectos beneficiosos sobre el
medio ambiente al contribuir con su protección y conservación. De esta manera se crea una
conciencia a favor de los valores ambientales que puede servir como herramienta para
financiar la protección de áreas naturales y para aumentar su importancia económica.
Asimismo, las EIA en los proyectos turísticos permiten con mayor facilidad la obtención de
permisos para su ejecución si estos cumplen con los requisitos de preservación del medio
ambiente es decir la prevención o mitigación de impactos al ambiente, además de
mejoramiento de sus construcciones y practicas saludables para evitar tales impactos
ambientales negativos.
Sin embargo aunque es algo que se considera muy favorable para la sustentabilidad
de los recursos la EIA no es un recurso obligatorio para todos los proyectos, aunque a mi
consideración así debería serlo. Contradictoriamente, para muchos de los responsables de
proyectos se le considera como una pérdida de tiempo y además por sus elevados costos
una pérdida de recursos, pero a consideración, es una medida muy eficaz para la prevención
de problemas futuros. Otro punto a considerar después de la EIA y la ejecución de los
proyectos, es que existen medidas de seguimiento para que los proyectos continúen el curso
de sus planeaciones en materia ambiental como son las auditorías y los sellos que otorga la
PROFEPA donde se califica la calidad de sus prácticas ambientales dándole prestigio y
renombre a la empresa que los obtiene.
Con base en lo anterior, se argumenta que la contribución de ésta temática a mi
formación profesional radica en la importancia de estos conocimientos para el uso futuro, en
tal caso del establecimiento de una empresa o proyecto propio. Pero más que nada ya que la
formación a lo largo de mi carrera se enfoco en la preservación de los recursos naturales al
momento de las prácticas turísticas, es así de vital importancia el conocimiento de todas las
normativas existentes en materia ambiental para la correcta aplicación de dichas normativas,
este diplomado me brindo una más amplia apreciación acerca de las políticas de regulación
ambiental, su importancia antes, durante y después del establecimiento de cualquier
proyecto a realizar.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
153
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MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
156
ANEXOS
ANEXO 1. PRINCIPALES CONCEPTOS DEL DERECHO
Acto administrativo: Es el acto jurídico que realiza la autoridad administrativa,
proviene de la potestad que tiene la autoridad administrativa en la Ley, es decir está
sometido a principios de legalidad conforme los cuales la autoridad administrativa
solamente puede realizar actos que la ley autorice. El principio referido se encuentra
consagrado por la garantía individual de legalidad que establece el artículo 16 de la
CPEUM, esta garantía exige que todo acto de molestia que se realice a alguien, en su
persona, familia, domicilio, papeles o posesiones solamente podrá hacerse mediante
mandamiento escrito (orden de inspección).
Acto de autoridad: Son los que ejecutan las autoridades actuando en forma
individualizada, por medio de facultades decisorias y el uso de la fuerza pública y que
con base en las disposiciones legales pretenden imponer obligaciones, modificar las
existentes o limitar los derechos de los particulares.
Acto discrecional: Se presenta en el derecho administrativo derivado del ejercicio de
una atribución expresa. Es el acto que tiene su fundamento en una ley o reglamento
que deja al órgano ejecutor un poder libre de apreciación para decidir si debe obrar o
abstenerse, cuando debe actuar, como y cuál va a ser el contenido de su actuación.
Administración pública: Se entiende por aquella parte del Poder Ejecutivo a cuyo
cargo está la responsabilidad de desarrollo la función administrativa. Esta aparece
desde que el hombre se organiza en sociedades más o menos complejas, en las que
se distingue la presencia de una autoridad que subordina y rige actividades del resto
del grupo y que se encarga de proveer las necesidades fundamentales.
Aguas de la federación: Son las aguas, por mandato constitucional, son inalienables,
imprescriptibles, pero su uso, explotación y/o aprovechamiento de puede otorgar a los
particulares mediante concesiones administrativas.
Aprovechamiento de recursos naturales: En su doble carácter de renovables y no
renovables, son propiedad de la nación o de los particulares. En ambos casos el
aprovechamiento de los recursos de hace conforme a las condiciones o requisitos que
previene y ordena la legislación administrativa. Como propiedad privada el
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
157
aprovechamiento de los recursos natrales se hace sin descuidar la protección de los
mismos. Es un aprovechamiento racional.
Atribuciones de facultades: Es cuando la ley otorga derechos y obligaciones a la
autoridad administrativa para que esta pueda llevar a cabo el cumplimiento de su
objetivo. La LOAPD señala las competencias de cada secretaría de estado, los
departamentos administrativos y la consejería jurídica del ejecutivo federal.
Bienes del dominio público: Es la propiedad que tiene el estado sobre bienes
muebles e inmuebles, sujeta a un régimen de derecho público. Son bienes
inalienables, inembargables e imprescriptibles, con las excepciones y modalidades
que marca la Ley. Comprende el dominio público los bienes que por su naturaleza son
del uso de todos, los bienes que están afectos al servicio de las dependencias del
poder público, los bienes destinados a un servicio público, o todos aquellos que están
destinados a una causa de utilidad pública.
Concesión administrativa: Es el acto administrativo a través del cual la
administración pública, otorga a los particulares el derecho para explotar un bien
propiedad del estado o para usufructuar un servicio público.
Contaminación marina: En la convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho
del Mar, se definió con toda claridad la contaminación marina o del medio marino,
señalado que por ella se debe de entender la introducción por el hombre, directa o
indirectamente, de sustancias o de energía en el medio marino, que produzca o pueda
producir efectos nocivos tales como daños a los recursos vivos y a la vida marina,
peligros para la salud humana, obstaculización de las actividades marinas, deterioro
de la calidad del agua del mar para su utilización y menoscabo de los lugares de
esparcimiento.
Decreto: Es toda resolución o disposición de un órgano del estado sobre un asunto o
negocio de su competencia, que crea situaciones jurídicas concretas que se refieren a
un caso particular relativo a determinado tiempo, lugar, institución o individuo y que
requiere de formalidad jurídica (publicidad), a efecto de que sea conocida por las
personas a las que va dirigida o tengan interés sobre el bien.
Delegación de facultades: Es el acto jurídico, general o individual, por medio del cual
un órgano administrativo transmite sus poderes o facultades a otro órgano. Para que
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158
la delegación de competencia sea regular, es necesario que se satisfaga ciertas
condiciones:
PRIMERO; que la delegación este prevista por la ley.
SEGUNDO; que el órgano delegante este autorizado para transmitir parte de
sus poderes.
TERCERO; que el órgano delegado pueda legalmente recibir esos poderes.
CUARTO; que los poderes transmitidos puedan ser materia de delegación.
Derecho administrativo: es la rama del derecho público que tiene por objeto regular
la actividad de la administración pública, encargada de satisfacer las necesidades
esenciales de la colectividad.
Derecho ambiental: conjunto de normas jurídicas que regulan las conductas
humanas con el medio ambiente.
Diario oficial: es el periódico por medio del cual el Poder Ejecutivo, publica y difunde
a la población las leyes, decretos, circulares y demás disposiciones expedidas por el
Congreso de la Unión, alguna de las cámaras o por el Presidente, con el objeto de que
estas sean conocidas, aplicadas y observadas debidamente.
Lotificación: Es la división de un terreno en lotes, con fines urbanos. Cuando el
terreno dividido es de grandes dimensiones, la Lotificación se denomina
fraccionamiento. Es un fenómeno de ordenación urbana y debe responder en
consecuencia a una justa distribución de cargas entre los interesados o dueños de un
lote, como son servicios comunitarios e infraestructura urbana. La propiedad lotificada
obedece a la función social de la ordenación urbana y adquiere modalidades por este
concepto.
Recursos administrativos: Es la denominación que la Ley da a los procedimientos
de impugnación de los actos administrativos a fin de que los administrados defiendan
sus derechos o intereses jurídicos ante la administración, generadora de los actos de
impugnación.
Sanción administrativa: Es el castigo que imponen las autoridades administrativas a
los infractores de la ley, presupone la existencia de un acto ilícito, que es la oposición
o infracción de un ordenamiento jurídico administrativo.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
159
ANEXO 2. CASO PRÁCTICO
CCAAPPIITTUULLOO IIVV.. DDEESSCCRRIIPPCCIIÓÓNN DDEELL SSIISSTTEEMMAA AAMMBBIIEENNTTAALL YY SSEEÑÑAALLAAMMIIEENNTTOO DDEE LLAA
PPRROOBBLLEEMMÁÁTTIICCAA AAMMBBIIEENNTTAALL DDEETTEECCTTAADDAA EENN EELL ÁÁRREEAA DDEE IINNFFLLUUEENNCCIIAA DDEELL
PPRROOYYEECCTTOO..
IV.1 Delimitación del área de estudio
La isla San José se encuentra en una zona donde la principal actividad económica es la
pesca, y debido a sus características geológicas, tiene paisajes distintos. Es importante
resaltar que es un área de protección de flora y fauna por lo que es factible la realización de
un proyecto ecoturístico, aparte de la riqueza en fauna marina lo que es idóneo para la pesca
deportiva, y actividades de observación de flora y fauna. Isla San José es parte de San
Evaristo que es una comunidad pesquera.
Figura 1. Vista satelital área de estudio. Fuente: Google Earth
Se ha considerado pertinente utilizar la cartografía generada en el estudio en mención
enfatizando como área de estudio la conformada el poblado de San Evaristo.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
160
Figura 2. Ubicación cartográfica del área de estudio Fuente: Imagen obtenida de internet
La estructura que conforma en estos poblados se desprende de la distribución de las zonas
de pesca, ya que solo en la zona de San Evaristo cuenta con servicios ahí es el poblado
mientras la zona aledaña de isla San José costera es donde se realiza la pesca, hay una
gran variedad de especies por lo cual se han ido observando actividades de pesca deportiva
y algunas actividades eco turísticas como el kayak.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
161
IV.2 CARACTERIZACIÓN Y ANÁLISIS DEL SISTEMA AMBIENTAL
IV.2.1 ASPECTOS ABIÓTICOS
CC LL II MM AA
La isla posee un clima semidesértico con un promedio de precipitación anual de 200mm y
una temperatura media anual de 200 mm y una temperatura media anual de 24°C. La
vegetación de la isla consta de chaparral, matorral, espinoso, bosques de cactáceas y en su
extremo sur existe un manglar.
Isla Cayo e isla san francisco al sur de la isla San José reportan clima semidesértico, con
vientos dominantes de noroeste de noviembre a marzo y del sureste, de abril a octubre.
Dado la historia climática de la región la isla presenta poca precipitación al año lo que impide
cualquier posibilidad de sustentación humana a largo plazo sin medios alternos.
GGEEOOLLOOGGÍÍAA
Para comprender mejor los aspectos geológicos y geomorfológicos del área de estudio, es
necesario abordar la zona desde un punto de vista de local.
El relieve es tectónico, representado por una sierra de naturaleza granítica de ca. 600 metros
de altura (Sáenz 1988). La isla tiene 26.5 km. de largo por 7.2 a 9.6 km. de ancho, con una
superficie de 194 km2 y aproximadamente 76 km. lineales de costa.
La costa este de la isla es resultado de efectos geológicos de subducción durante el mioceno
tardío. Esta costa está expuesta al Golfo de California y presenta acantilados formados por
terrazas marinas, los cuales se elevan hasta 200 m. Sobre el nivel de mar. La costa está
constituida por playas de material grueso e inclinación pronunciada que son interrumpidas
por pequeñas caletas y playas arenosas de bolsillo.
La costa oeste tiene su origen en la formación del canal San José durante el plioceno tardío y
provocó un levantamiento marino, por lo que la zona es heterogénea en tipos de hábitats
costeros, donde pueden encontrarse con acantilados al norte, playas rocosas, de canto
rodado, arenosas y una laguna con manglar al sur. A sus alrededores se encuentra la isla
San Francisco y varios islotes rocosos como el Callo.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
162
Figura 3. Geología del Área de estudio. Fuente: Figura obtenida de internet.
HIDROLOGÍA
La batimetría del canal descrito por Puy-Alquiza (1992), indica que la porción norte es
profunda llegando hasta 400m mientras que en la porción sur la profundidad máxima es
c.a.70 m. Esto se debe a que existe un dintel transversal aleje del canal con
profundidades menores a los 60 m. lo cual contrasta con la zona norte del canal donde
son superiores a los 100 m. Es te dintel actúa como una barrera que no permite que las
aguas profundas se mezclen con las de la porción sur. Dada la conformación del canal
San José, las masas de agua que entran a éste alcanzan velocidades más altas en el
norte, disminuyendo medida que se acercan hacia la porción sur lo que hace que haya
mayor cobertura de sedimentos finos en la zona protegida sur.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
163
HHIIDDRROOLLOOGGÍÍAA
Hidrología superficial
Baja California Sur es una de las entidades donde la existencia de corrientes superficiales
permanentes es casi nula, debido principalmente a la escasez de lluvias y a la buena
permeabilidad del terreno, en una visón general en el estado, las regiones hidrológicas tienen
una orientación noroeste-sureste influenciada por la presencia de sistemas montañosos.
Genéricamente se identifican dos vertientes de escurrimientos superficiales, una en dirección
al Océano Pacifico y otra hacia el Golfo de California. En la vertiente del Golfo de California
solo son de importancia por sus dimensiones y capacidad de almacenamiento, los acuíferos
de La Paz, San Juan de Los Planes, San Juan B. Londo, Santiago y San José del Cabo.
Figura 4. Región Hidrológica, cuenca A La Paz-Cabo San Lucas. Fuente: imagen obtenida de internet
La Región Hidrológica No.6 está dividida en tres cuencas hidrológicas: la cuenca A, La Paz-
Cabo San Lucas la cual cubre una superficie de 6,802.689 Km2 (aproximadamente el 60%
del total de la Región Hidrológica No.6). Se calcula que su precipitación media mensual
aproximada es de 336.44 mm y una pendiente general de media a alta. El escurrimiento
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
164
anual estimado es de 136.883 millones de m3, cantidad que procede de un volumen medio
anual precipitado de 2,288.745 millones de m3 y un coeficiente de escurrimiento de 5.98%.
De acuerdo a INEGI, en su carta hidrológica, aguas superficiales de La Paz, la Delegación
de San Juan de los Planes, pertenece a la región hidrológica RH6-A (región 6, Cuenca A)
cuyos suelos son salinos.
La hidrología superficial de la delegación de San Juan de los Planes, se
caracteriza por la presencia de arroyos de tipo efímero (solo transportan agua
después de una lluvia), de muy corta longitud, baja disección y escasa
densidad.
Figura 5. Mapa de la hidrología superficial del área e estudio. Fuente: Tomado del estudio (proyecto) Plan
Parcial de Desarrollo Urbano de Los Planes-El Sargento-Ensenada de Muertos/CEURA.
Hidrología subterránea
Villas del Cerralvo
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165
Los acuíferos del estado son de extensión superficial y espesor relativamente reducidos. Las
condiciones climatológicas también son adversas, pues la precipitación pluvial es tan pobre y
la capacidad evaporante de la atmósfera tan elevada, que la renovación de las fuentes de
agua subterránea es sumamente lenta.
Por otra parte, siendo la entidad predominantemente montañosa, las áreas más o menos
planas favorables para el emplazamiento de captaciones de agua subterránea sólo ocupan
una porción pequeña de las cuencas. No obstante las condiciones físicas apuntadas, se han
identificado alrededor de 33 acuíferos diseminados en el estado, la gran mayoría de los
depósitos de agua subterránea tienen un comportamiento geohidrológico de tipo libre,
aunque hay algunos depósitos de tipo confinado y semiconfinado. Los acuíferos están
incluidos litológicamente en secuencias granulares no consolidadas y en material
consolidado constituido por rocas sedimentarias y volcanoclásticas. Geocronológicamente,
tales materiales acuíferos tienen una edad del Terciario-Reciente. En la región el acuífero
más importante es el de San Juan de los Planes, el cual se destina principalmente al uso
agrícola.
Cuadro 1. Descripción acuífero de San Juan de los Planes. Fuente: Gerencia Estatal de la CONAGUA en Baja
California Sur
De acuerdo con la denominación de los acuíferos de Baja California Sur (CNA, 2005), el
acuífero Los Panes (Calve 23), cuenta con una superficie de 998 Km².
Región
Hidrológica
Acuífero Recarga
Media
Anual (Mm)
Descarga
Natural
Comprometida
(Mm)3
Volumen
Concesionada de aguas
Subterráneas
(Mm)3
Volumen
de
Extracción
(Mm)3
Disponibilidad
Media anual
De agua
Subterránea
(Mm)3
Déficit
(Mm)3
No. 6
Los Planes
9,400 0.900 12,428 9,900 0,000 -3,928
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La distribución porcentual del uso del agua en el acuífero Los Planes (CNA, 2005), es la
siguiente: el 89.01% del agua disponible es utilizada para el uso agrícola; el 7.41% es
utilizado en los usos públicos-urbanos; el 2.85% para usos pecuarios; y el 0.73% para otros
usos.
Figura 6. Mapa que muestra as subcuencas del área de estudio. Fuente: Tomado del estudio (proyecto) Plan
Parcial de Desarrollo Urbano de Los Planes-El Sargento-Ensenada de Muertos/CEURA.
El mapa de las subcuencas, permiten apreciar la superficie que fue considerada para el
estudio hidrológico en base al cual se determinaron las obras de protección propuestas.
Villas del Cerralvo
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IV.2.2 ASPECTOS BIÓTICOS
VEGETACIÓN TERRESTRE
La vegetación de la Región se considera incluida dentro de la provincia biogeografía del
Desierto Sonorense, la cual se caracteriza por estar integrado al tipo de vegetación genérica
denominado matorral xerófilo. Este tipo de vegetación comprende una amplia gama de
asociaciones vegetales cuya principal característica es la dominancia de formas de vida
arbustiva, con adaptaciones al xeromorfismo, es decir, adaptada a bajos niveles de
precipitación pluvial y altas temperaturas ambientales, resultando en una relativa baja
cobertura vegetal y escasa talla de sus componentes leñosos.
Una de las comunidades que representa este grupo de vegetación es el matorral sarcocaule
cuyas especies arbustivas representativas son: Fouquieria diguetti (Palo Adán), Bursera
microphylla (Torote colorado), Jatropha cinerea (Lomboy blanco), Jatropha cuneata
(Matacora), Paachycereus pringlei (Cardón pelón), Machaerocereus gammosus (Pitaya
agria), Lemairocereus thurberii (Pitaya dulce), Yucca valida (Datilillo), Haematoxylon
brassiletto (Palo Brasil), Cyrtocarpa edulis (Ciruelo), Opuntia cholla (Choya) y algunos
representantes de Agave (Maguey) y Simmondsia chinensis (Jojoba).
Un estrato arbustivo bajo lo integran especies dominantes como Ruellia peninsularis
(chamizo), Calliandra peninsularis (tabardillo), Calliandra eriophylla (cabeza de angel),
Aeschynomene nivea (tabardillo cenizo), Lippia palmeri (orégano), Euphorbia magdalenae
(golondrinón) y Melochia tomentosa (malva rosa). Dentro de las trepadores se encuentra
Merremia aurea (Yuca), Antigonnon leptopus (San Miguelito), Triagia amblyodontha
(ortiguilla). Dentro de las anuales es posible encontrar Euphorbia eriantha, Bouteloua annua,
Pecáis uniaristata, Cryptantha grayi, Perityle emoryi, principalmente.
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Figuras 7 y 8. Flora de la Isla. Fuente: obtenidas de la visita de campo
Se considera una diferenciación de este matorral que es el matorral semidesértico que se
caracteriza por encontrarse en la cercanía de la costa, donde sus elementos no se
desarrollan en altura normal comparado como se desarrollan tierras adentro debido a la
influencia marina como son la presencia de vientos y suelos salobres.
Figura 9, 10, 11 y 12 flora característica de la isla. Fuente: obtenidas de la visita de campo.
En el área del proyecto “Villas Cerralvo”, la vegetación presente es muy escasa y de porte
bajo en la mayoría de los ejemplares, debido a las características físicas del suelo tipo
arenisco-conglomerado de textura gruesa, al régimen de lluvias muy escasas y a la
temperatura de la zona y combinada con el régimen de vientos que caracterizan a la zona de
El Sargento-La Ventana.
DISEÑO Y SISTEMA DE MUESTREO
Apoyados en imágenes de satélite e información disponible de INEGI, se establecieron los
siguientes criterios
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a) Realizar un recorrido genérico del predio, que permitiera ubicar colindancias (área de
estudio) y determinar si era posible la identificación de unidades diferenciadas ya sea en
vegetación, suelo, cobertura, etc., que permitiera definir el tipo de muestreo a implementar.
Figura 13. Vista satelital de colindancias del área de estudio. Fuente: Google Earth
b) En este primer recorrido se constató la baja densidad y cobertura de vegetación y la
topografía accesible que permiten cubrir la totalidad del predio. Los recorridos se llevaron a
cabo en la siguiente diferenciación de superficies que corresponden a lomeríos definidos
(colores ocres) y una superficie que corresponde a los escurrimientos.
Zona A Zona B Zona C Zona D Zona E Zona F
Figuras 14 (A), 15 (B), 16 (C), 17 (D), 18 (E) y 19 (F) Densidad y cobertura de vegetación. Fuente: obtenidas de
INEGI
Escurrimientos
Figura 20. Escurrimientos. Fuente: Google Earth.
La vegetación es homogénea en todo el terreno por lo que la
definición de las zonas solo obedece a mantener un control de
barrido de la totalidad del predio para el conteo de especies. En
cada zona se estableció una línea de recorrido que correspondió a
los parteaguas o partes altas que permitían visuales de la totalidad de cada una de ellas.
c) Las características del predio hacen factible el acceso y recorrido de la totalidad del
predio para muestreo.
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Figura 21, 22, 23, 24, 25 y 26 Accesibilidad del territorio. Fuente: Obtenidas de la visita de campo.
d) Una muy baja cobertura de vegetación y poca diversidad hace factible los conteos de
especies para la totalidad de la superficie del proyecto.
Figura 27, 28, 29, 30, 31 y 32 Apariencia de la zona donde se realizo el muestreo. Fuente: Obtenidas de la
visita de campo
e) Se diferenciaron las zonas de escurrimientos como sitios de relativa mayor densidad,
los cuales se establecen en el proyecto como áreas verdes, por lo que las especies se
mantendrán en éstas zonas, sitios donde también se reubicarán otros ejemplares del resto
del predio.
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Figura 33 y 34 Zona donde se realizaran trabajos para el proyecto. Fuente: Obtenidas de la visita de campo
RESULTADOS
Pese a que la metodología estableció un barrido de la totalidad del predio se estima un
factor de error del 10%, en el que se podrían encontrar especies no reportadas en la tabla
de resultados.
Las especies más abundantes fueron el torote colorado o copal, la frutilla y la matadora. En
el estrato arbóreo predominan ejemplares de las Burseras, los cuales son de escasa
distribución y muy baja talla.
Se distingue que las cactáceas se concentran en parches cuya asociación predominante es
la choya y la pitahaya, los cardones aunque de altura media son escasos en el sitio, en
contraste con los cardonales que se observan en colindancia a la carretera de acceso.
La baja cobertura de la vegetación no permite establecer una asociación predominante, ya
que las especies reportadas se distribuyen en todo el predio.
Como resultado del levantamiento de la vegetación del polígono del proyecto “Villas del
Cerralvo” se obtuvieron las siguientes especies:
Nombre Común Nombre Científico
Cardón Pachycereus pringlei
Choya Opuntia cholla
Pitaya agria Stenocereus gummosus
Pitaya dulce Stenocereus thurberi
Palo blanco Lysiloma candida
Palo Adán Fouquieiria diguetti
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Cuadro 2. Levantamiento, vegetación obtenida. Fuente: información recabada en la visita de campo
Palo Adán Corona de Cristo Mimosa
Figura 35, 36 y 37 Vegetación característica de la zona. Fuente: Obtenidas de la visita de campo
Torote colorado Bursera microphylla
Torote blanco Bursera odorata
Torote prieto Bursera hindsiana
Ciruelo Cyrtocarpa edulis
Agave Agave sobria
Candelilla Pedilantus macrocarpus
Matacora Jatropha cuneata
Frutilla Lycium californicum
Palo Colorado Colubrina glabra
Mimosa Mimosa xantii
Amole dulce Condalia globosa
Corona de Cristo Koeertinea espinosa
Chamizo Atriplex spp
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Figura 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44,45, 46 flora característica de la zona. Fuente: Obtenidas de la visita de campo
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VEGETACIÓN EN ESTATUS DE PROTECCIÓN
Dentro del polígono del proyecto “Villas Cerralvo” no se encontraron ejemplares de especies
reportadas en la NOM-059-SEMARANT-2001, a pesar de haber realizado un barrido total. No
se descarta la presencia de algún ejemplar de Ferocactus peninsulae (Biznaga) y de
especies del Género Mammillaria, toda vez que están reportadas para la zona por la
bibliografía.
Algunas especies tienen gran valor regional y pese a que mantienen una distribución amplia
en el estado se llegan a considerar endémicas para la región (no enlistadas en la NOM-059-
SEMARNAT)
Cuadro 3 Especies de valor regional. Fuente: Semarnat.
ESPECIES DE INTERÉS COMERCIAL...
El interés comercial es resultado de la demanda que exista en la zona por las especies, sin
embargo, en la región la vegetación en la parte costera es escasa de talla menor por lo que
no existe un aprovechamiento real de la misma.
El mayor interés lo representan las cactáceas por su uso como especies de ornato
representativas de la región, todas las cactáceas presentes en el predio serán reubicadas en
las áreas verdes del proyecto al igual que la especie conocida como torote. Desde el punto
de vista de aprovechamiento forestal comercial, ninguna de las especies presenta potencial,
el material leñoso es mínimo y no es rentable este uso.
Entre los usos regionales para algunas especies de la zona destacan:
Nombre Común Nombre Científico
Choya Opuntia cholla
Pitaya agria Stenocereus gummosus
Pitahaya dulce Stenocereus thurberi
Palo fierro-ejotón Phytecellobium confine
Torote Bursera sp
Ciruelo Cyrtocarpa edulis
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Cuadro 4 Usos que se dan a las especies en la región Fuente: Información obtenida de intenet
FFAAUUNNAA
La fauna de la cuenca hidrológica de San Juan de los Planes, tiene una estrecha relación
con las condiciones del entorno; sus condiciones para sobrevivir son precarias pues el
avance constante de los centros de población y de las vías de comunicación motiva que
busquen refugio en las zonas más inaccesibles.
Nombre Común Nombre Científico Uso
Cardón Pachycereus pringlei Medicinal/Construcción/Arte
sanal
Choya Opuntia cholla Forrajera/Medicinal/Artesan
al
Pitaya agria Stenocereus gummosus Comestible
Pitahaya dulce Stenocereus thurberi Comestible
Palo blanco Lysiloma candida Curtiente/Postería
Palo verde Cercidium floridum Forrajera
Ciruelo Cyrtocarpa edulis Comestible
Copal Bursera hindsiana Medicinal
Lomboy Jatropha cinerea Medicinal/Comestible
Torote colorado Bursera
micriphillaodorata
Medicinal/Ornato
Torote blanco Bursera odorata Teñir curtiduría
Copal (torote
prieto)
Bursera hindsiana Ornato
Palo Adán Fouquieiria diguetti Construcción/Industrializabl
e
Caribe Cnidoscolus angustidens Medicinal
Damiana Turnera diffusa Medicinal
Yuca Yucca valida Alimenticia/Construcción
Brasil Haematoxylon brasiletto Medicinal
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Las especies faunísticas se distribuyen a lo largo y ancho de la cuenca en general; se puede
establecer que en los llanos desérticos de escasa vegetación se localizan ejemplares como
la chacuaca, palomas, zopilotes, conejos, coyotes, zorras, juancitos, ardillas, tejones,
mapaches y todo tipo de reptiles que naturalmente se desarrollan en la región; en las áreas
con vegetación más densas de arbustos y matorrales, es posible encontrar las mismas
especies descritas pero con mayor presencia, en las regiones más inaccesibles se localizan
también puma y venado.
El aislamiento geográfico de la península y las condiciones climáticas imperantes, han
modificado profundamente la fauna de vertebrados terrestres de la región, encontrándose
muchas especies en hábitat diferentes a los que normalmente se les encuentra más al Norte.
Básicamente la fauna de vertebrados terrestres es de origen neo tropical.
En la delegación de San Juan de los Planes, se localiza en la parte Sur de la Península de
Baja California. Por su composición específica en una parte de la región zoo geográfica
Neártica que comprende buena parte del territorio mexicano, prácticamente hasta el istmo de
Tehuantepec. En ésta destaca la subregión del Desierto Sonorense, muy similar en
extensión a su equivalente botánico.
Aves.- La literatura registra 145 especies de aves en Ensenada de Muertos-
Punta Arena de la Ventana, ninguna especie está señalada en la NOM-059-SEMARANT-
2001
Reptiles.- En la región se registraron un total de 12 especies comprendidas en tres familias y
dos órdenes, todas son residentes, ocho de las 12 especies se encuentran bajo alguna
categoría de status en la NOM (SEMARNANT 2002). No se tiene ninguna especie de interés
cinegético ni de interés comercial (SEMARNAP, 1999).
Las especies comunes son:
Dipsosaurus dorsalis (cachorón güero). Se encuentra asociado al matorral xerofilo-
sarcocaule, Cnemidophorus tigris (guico). Se distribuye en hábitat desértico o semiárido,
usualmente donde las plantas son dispersas y con áreas abiertas para correr.
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Cnemidophorus hyperytrus (guico). Se distribuye en hábitat de chaparral y áreas
semiáridas, en suelos arenosos o poco compactos y en rocas. Se encuentra
amenazada.
Sceloporus magister (bejoris). Se distribuye en hábitat en zonas áridas y semiáridas de
baja elevación donde exista vegetación y rocas.
Sceloporus licki (bejoris). Se encuentra en hábitat de elevaciones de afloramientos
rocosos, barrancos y árboles. Es una especie endémica y se encuentra sujeta a
protección especial.
Uta stansburiana (cachora). Se distribuye en hábitat de regiones áridas y semiáridas,
encontrándose en arena, roca, suelo compacto, tierra de cultivo con hierba, matorral y
árboles dispersos. Es endémica y se encuentra amenazada
Phrynosoma coronatum (falso camaleón). Se distribuye en hábitat de matorral,
praderas, bosques de corúferas y bosques de hoja ancha Crotalus enyo (víbora de
cascabel). Se distribuye en hábitat de matorral espinoso árido, principalmente en
cañones rocosos y mesetas. Es endémica y está amenazada.
Crotalus mitchellii (víbora de cascabel de cuernos). Se distribuye en áreas de rocas, se
encuentra ocasionalmente en suelos poco compactos o en áreas arenosas, matorral de
creosota, suculenta de desierto, matorral espinoso, chaparral y piñón Se encuentra en
protección especial.
Crotalus ruber (víbora de cascabel). Su distribución es en el hábitat de matorral
desértico espinoso, chaparral abierto y bosque de coníferas, y en praderas y tierras de
cultivo. Se encuentra en protección especial.
Mamíferos.- En la delegación de San Juan de los Planes, predominan las siguientes:
Sylvilagus audubonii (conejo del desierto). Habita principalmente en matorrales,
bosques y pastizales de zonas áridas y semiáridas. Su época de reproducción es en
todos los meses a excepción de Enero, Julio y Octubre.
Lepus californicus (liebre de cola negra). Habita en el matorral xerófilo. Su periodo
reproductivo es durante todo el año, con mayor frecuencia de enero a agosto, está
sujeta a protección especial
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Canís latrans (coyote). Se distribuye en las planicies, desiertos, zonas arbustivas
áridas y es escaso en bosques de pino y en los densos bosques tropicales. La época
de apareamiento es de febrero a marzo. Especies de interés cinegético.
Especies de fauna amenazada y/o en peligro de extinción.
De acuerdo con la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2001, publicada el 6 de
Marzo de 2001, en el Diario Oficial de la Federación; en el territorio de Baja California Sur se
tienen algunas especies faunísticas en status (amenazadas, sujetas a protección especial,
raras y endémicas), sin embargo no se detectó la presencia de alguna de estas especies
durante la realización del presente estudio. Es importante destacar, que al ser retirada la
totalidad de la vegetación del predio, no se mantendrán condiciones para que prevalezca
ninguna de ellas, salvo las aves que se ha observado se adaptan a la urbanización de la
zona e incluso a la presencia humana.
En cualquiera de los casos se espera que mamífero y pequeños roedores puedan
desplazarse del sitio.
Especies de valor comercial o cinegético.
Cuadro 4. Fauna característica de la zona Fuente: obtenida de internet
Nombre Común Nombre Científico
Coyote Cannes macrotes
Zorra Culpes macrote
Venado Odocoileus Hemionus
Gato montés Lynx rufus
Puma Felis concolor
Mapache Poryopn lotor
Tejón Taxidea taxus
Liebre Lepus californicus
Conejo Sylvilagus auduboni
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La mayoría de las especies faunísticas que existen en la cuenca hidrológica tienen interés
cinegético en la modalidad de caza deportiva y sujetas a la regulación de la SEMARNAT en
materia de vida silvestre quien establece las épocas de aprovechamiento y en su caso las
especies vedadas restringidas. Las aves y los pequeños mamíferos son los permisos que
mayormente se expiden. La cacería en la región tiene importancia a nivel local o doméstico,
las especies que se reportan para la zona de estudio
IV.2.3 PAISAJE
Fuera de las zonas identificadas como áreas urbanas y que corresponden a los
asentamientos humanos de las localidades, el paisaje en general se conserva en condiciones
naturales. No se observa infraestructura en la línea de costa y las mesetas y lomeríos bajos
que caracterizan la zona conservan sus rasgos topográficos originales. El paisaje es el típico
costero que predomina en el estado, con amplias playas de arena blanca, pequeñas bahías,
bajos lomeríos y serranías en las partes altas.
Figura 47, 48 y 49 Zona de playa. Fuente : Obtenidas de la visita de campo
En un estricto sentido el paisaje se verá modificado por la construcción de las viviendas, sin
embargo, dada la baja densidad de vegetación el impacto visual proyectado no se considera
severo, se plantea manejo de niveles topográficos para mantener armonía entre los
elementos que se construyan. La modificación esperada será en la tendencia que se
observa actualmente en la región, ya que las construcciones existentes son del tipo
residencial en lotes costeros.
Otro elemento que modifica el paisaje es la instalación de infraestructura para abastecimiento
de energía eléctrica, la cual se da en Postería de madera, pero será de manera paulatina
conforme se consolide la zona.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
180
IV.2.4 MEDIO SOCIOECONÓMICO
Los datos de este apartado corresponden corresponde a
las localidades englobadas dentro de la Delegación de
Los Planes en el cual se localiza el área del proyecto,
son datos y proyecciones realizadas por CEURA dentro
del estudio realizado en 2007-2008 correspondiente a la
propuesta del Programa Parcial de Desarrollo Urbano
El Sargento-Punta Arena-Los Planes (en revisión). Esta
región se localiza a 42 kilómetros al Sureste de la ciudad
de La Paz, actualmente es dependiente de esta ciudad
en lo que respecta a servicios y equipamiento de algunos subsectores y permite el acceso a
servicios especializados
Demografía
El municipio de La Paz es el más poblado del Estado y está compuesto por 904 localidades
según el conteo de población y vivienda 2005 del INEGI, las cinco localidades principales son
La Paz (capital del Estado), Todos Santos, El Centenario, Chametla y El Pescadero, en tanto
que El Sargento se ubica en noveno lugar y Los Planes se ubica en décimo lugar.
El grado promedio de escolaridad de la micro región es de 6.2 grados y en la actualidad la
matricula preescolar general es de 232 alumnos y en primaria general es de 831 alumnos.
En lo que respecta a niveles de ingresos en el micro región el 59.19% de la población recibe
hasta 2 salarios mínimos y el 1.06 recibe más de 10 salarios mínimos; en tanto que en el
área de estudio el 70.8% recibe de -1 hasta 2 salarios mínimos y el 1% más de 10 salarios
mínimos.
La población de la micro región se ocupa principalmente en el sector primario con el 47.73%,
seguido por el sector terciario con el 34.49% y el secundario con el 16.62% del total,
representando la PEA un 35.94% de la población total. La vocación económica en la
delegación San Juan de Los Planes es fundamentalmente la actividad agrícola, mientras que
en sus alrededores destaca la actividad pesquera.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
181
Cuadro 5. Censo General de Población y Vivienda 1990 y 2000; Conteo de Población y vivienda
1995, 2005. Fuente: INEGI; Cuaderno de Información Municipal 2007 La Paz.
Grafica 1. Tasas de crecimiento poblacional Fuente: CEURA
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
182
El Sargento - La Ventana son localidades conurbadas que han formado un continuo lineal
urbano; la Ventana presenta una traza reticular estructurada a través de la carretera a El
Sargento, por su parte El Sargento muestra una traza de plato roto; el crecimiento
demográfico en el periodo 1990-2000 se dio con una tasa del 2.6%, sin embargo para el
periodo 2000-2005 muestra una tasa negativa del orden de -0.3%; la tendencia de
crecimiento de acuerdo a sus condicionantes topográficas se da hacia el Norte sobre la
costa, con uso residencial turístico y al Oeste el uso urbano. Estas localidades presentan tres
zonas perfectamente definidas a partir de la carretera; al Este uso turístico y residencial
turístico, al Oeste uso urbano que considera equipamiento, comercio y vivienda popular y
tradicional y al Norte uso residencial turístico.
Cuadro 7. Densidad poblacional Fuente: CEURA
Grafica 2. Densidad por localidad Hab/ha. Fuente: CEURA
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
183
Estructura de la población por sexo y edad
Su población muestra que el 49.8 por ciento son hombres y el 46.8 mujeres. El 29.2 por
ciento de su población tienen de 0 a 14 años, indicando una fuerte demanda de servicios
educativos de nivel básico, servicios de salud y equipamiento recreativo. El siguiente grupo,
que abarca de 15 a 59 años, población considerada como en edad productiva
económicamente, representa el 56.3 por ciento, sus principales demandas son de tipo
educativo, para aquellos en edad de asistir al nivel medio superior, superior, técnicos, etc.;
también se incluyen las fuentes de empleo nuevas que proporcionen una buena calidad de
vida, viviendas y servicios de salud (en este caso orientación sexual). La población mayor
de 60 años representa el 7.3 por ciento, en este caso sus necesidades son económicas,
pues dejan de ser productivos económicamente, por lo que se requiere de programas de
ayuda tanto económica como de servicios de salud
Analfabetismo
En Baja California Sur el índice de analfabetismo muy bajo, del orden de 3.6 por ciento; para
el municipio de La Paz, el indicador es de 2.6 por ciento y para el área de estudio es de 4.3
por ciento
Cuadro 8. Población analfabeta Fuente: CEURA
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184
Grado Promedio de Escolaridad
El grado promedio de escolaridad del área de estudio es bajo del orden de 6.72, ubicándose
por debajo de la media municipal (9.66) y estatal (8.93).
Población Económicamente Activa Ocupada por Sectores Económicos
A diferencia de las delegaciones pertenecientes a la zona urbana y conurbada de La Paz, la
delegación de San Juan de Los Planes tiene una estructura productiva básica que pertenece
al sector primario, donde la población vive de los recursos naturales que existen en la zona,
ya sea la pesca, la agricultura o la ganadería.
Concentrándose el 58 por ciento de la población que trabaja en estas actividades, seguidas
por las del sector terciario. En el área de estudio la estructura es similar, donde el 60.9 por
ciento se concentra en el sector primario, el 9.6 en el secundario y el 28.6 en el terciario.
Niveles de Ingresos
En cuanto a los ingresos que percibe la población por su trabajo, el 71.5 por ciento recibe
menos de 2 salarios mínimos mensuales (incluye a la población que no recibe ingresos); el
22.7 recibe de 2 hasta 5 salarios; el 1.9 recibe de 6 a 10 salarios y el 1.4 por ciento más de
10.Los bajos niveles de ingresos que recibe la población del área de influencia se deben a la
actividad en la que laboran, es este caso, es la agricultura.
Cuadro 9. Estructura económica por sectores. Fuente CEURA
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
185
Grafica 3. Niveles de ingresos económicos. Fuente: CEURA
Vivienda
En la ciudad de La Paz no se dispone de reserva territorial registrando déficit en la atención a
la demanda, así como asentamientos humanos en zonas de alto riesgo ante peligros
naturales. En lo que respecta al área de estudio, el problema de la vivienda nueva reside en
la parte financiera (falta de créditos para la construcción de viviendas por parte del gobierno);
sin embargo, se ha logrado cubrir parte de la demanda, reflejándose en el incremento de
viviendas.
Durante la última década (1990-2000), la oferta inmobiliaria de viviendas se incrementó en un
67 por ciento, disminuyendo el promedio de habitantes por vivienda, que paso de 5.6 a 4.5.
Para el 2005 este promedio fue del orden de 4.1 habitantes por vivienda; promedio ubicado
por arriba de la media estatal y municipal. (CEURA, 2008).
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
186
Cuadro 10. Total de viviendas particulares habitadas y promedio de habitantes por vivienda. Fuente: CEURA
Calidad de la vivienda: En el área de estudio se aprecian tres tipos de vivienda,
predominando la vivienda tradicional; en El Sargento-La Ventana se encuentra una zona
homogénea lineal de vivienda residencial con frente de playa, quedando un espacio
representativo al Centro de este asentamiento correspondiente a la zona más consolidada
del Sargento que es de vivienda tradicional, también localizada en un pequeño porcentaje en
la zona de La Ventana al Sur, paralela a la vialidad principal; así mismo paralela a la vivienda
residencial al Centro y Sur de este asentamiento lineal se distingue una zona homogénea
representada por vivienda media. Por su parte las localidades de Los Planes, General Juan
Domínguez Cota, Agua Amarga y San Pedro México conforman en su totalidad macizos
homogéneos de vivienda tradicional.
Vías y medios de comunicación
Terrestres: La comunicación terrestre es la determinante en la región, tanto entre los
poblados del área de estudio como hacia la Ciudad de La Paz, de la cual se dependen en
materia de infraestructura y servicios.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
187
La red carretera principal se desprende de la Carretera Federal No. 1 que enlaza a la ciudad
de La Paz con el sur y norte del estado. De esta ciudad de La Paz se integra la carretera
estatal La Paz-Ensenada de Muertos, que enlaza la Delegación de Los Planes.
De acuerdo a los datos viales 2004 de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes,
durante los aforos registrados en la Carretera La Paz – Ensenada de Muertos, se desprende
que del punto inicial a la salida de la ciudad de La Paz se tienen 1008 vehículos en promedio
diario de los cuales 670 llegan al punto final, lo que se traduce en que el 66% de los
vehículos aforado se incorporan al área de estudio. Si bien existe el potencial de incrementar
este arribo proveniente de turismo o usuarios que se conecten del norte o sur del estado a
través de la Carretera Transpeninsular, deberá considerarse mejorar la infraestructura actual.
Aéreo: La comunicación aérea para la región se sustenta en el Aeropuerto Internacional de
la ciudad de La Paz, se registran vuelos a las ciudades principales del país
Puertos: En el municipio existe tres puertos/terminales cuya principal actividad es la
comercial, seguida por la pesca y el turismo.
PUERTOS TERMINALES
Cuadro 11. Puertos terminales. Fuente: SCT
Transporte Comunitario
Este tipo de transporte ofrece servicio a las localidades de San Juan de Los Planes y El
Sargento - La Ventana, se cuenta con 3 autobuses los cuales se encuentran en malas
condiciones requiriéndose su modernización. El transporte comunitario tiene una cobertura
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
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regular en las localidades donde ofrece el servicio; sin embargo el resto de las localidades
que conforman el área de estudio quedan desatendidas; de acuerdo a información
proporcionada hace falta organización; las rutas y horarios de servicio de este transporte son
las siguientes:
Ruta Salida Regreso
El Sargento – La Paz 7 a.m. 3 p.m.
Los Planes –La Paz 7 a.m. 3 p.m.
Los Planes – La Paz 9 a.m. 3 p.m.
El costo del transporte por persona es de $30.00 pesos.
Como apoyo a este sistema de transporte público la población utiliza el transporte privado
para cubrir sus necesidades de traslado (existen 2,500 vehículos registrados), en tanto que la
población que carece de este medio se ve en la necesidad de pedir “aventón”. También se
cuenta con el servicio de tres taxis que no son muy demandados por la gente local sino que
son utilizados por los turistas que visitan las playas del área de estudio.
Equipamiento Urbano
Educación
El equipamiento en el área de estudio es de 13 planteles entre los que se encuentran 12 de
nivel básico: 5 preescolar (uno en cada localidad), 5 primarias (una en cada localidad), 2
secundarias (una técnica en San Juan de Los Planes y una telesecundaria en El Sargento) y
uno de nivel medio superior (CECYT) localizado en San Juan de Los Planes; este
equipamiento juega un papel importante como elemento ordenador de la estructura urbana,
ya que su localización junto con otros elementos originan los centros vecinales y centros de
barrio. Además se cuenta con un Albergue Escolar que depende de la SEP ubicado en la
primaria “Jesús Castro Abundes” que se localiza en la calle Francisco I. Madero en la
localidad de San Juan de Los Planes donde se atiende a 67 niños de preescolar, primaria y
secundaria, que viven en rancherías o poblaciones alejadas.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
189
Salud
Este equipamiento es atendido principalmente por el sector público a través de la Secretaría
de Salud y Asistencia (SSA) y por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). El centro
de salud de San Juan de Los Planes atiende un promedio de 25 pacientes al día, que acuden
tanto de los Planes como de las localidades de El Sargento – La Ventana, San Pedro México
y Agua Amarga en un horario de atención de 8 a.m. a 2 p.m. y de 4 p.m. a 6 p.m..El servicio
es prestado por médicos pasantes cuya estancia es de un año; con descanso los días
miércoles en Los Planes y los jueves en El Sargento, quedando de guardia la enfermera para
cualquier emergencia no grave, ya que de otra manera la población debe acudir a la ciudad
de La Paz. Además de los centros de salud, se cuenta con una unidad móvil 03 de la
Secretaría de Salud, que hace visitas quincenales en las comunidades de Agua Amarga, La
Ventana y San Pedro México
Cuadro 12. Unidades médicas. Fuente: CEURA
Se cuenta con 2 ambulancias a cargo de elementos de policía voluntarios que ofrecen
servicio en El Sargento – La Ventana y San Juan de los Planes.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
190
Recreación y Deporte
El área de estudio tiene una cobertura regular en este subsector, en total se cuenta con 7
instalaciones para fomentar el deporte y dos instalaciones para la recreación las cuales
carecen de mantenimiento.
En la localidad de Los Planes se cuenta con un campo de fútbol improvisado sin
instalaciones, localizado al Oeste en la entrada a la localidad, una cancha de básquetbol y un
campo de béisbol–fútbol localizados en la plaza pública los cuales se encuentran en
regulares condiciones. El Sargento cuenta con un campo de béisbol que se encuentra en
malas condiciones, localizado en el centro de la localidad; este espacio es utilizado además
como centro de espectáculos en la temporada de festividades de dicha comunidad.
Servicios
Se cuenta con 2 estaciones de gasolina, una localizada en la localidad de El Sargento y otra
localizada al Oeste sobre la carretera estatal a aproximadamente un kilómetro del entronque
de la carretera que va a San Antonio. Se cuenta con dos comandancias de policía una
localizada en El Sargento y la otra en la localidad de San Juan de los Planes, con un total de
16 elementos distribuidos 13 en Los Planes y 3 en El Sargento. La Delegación es
responsable del sistema de recolección de basura, el cual se realiza con dos camiones, el
servicio se otorga dos veces por semana. La recolección de basura es domiciliaria con una
buena cobertura, sin embargo se recurre a la quema de basura tanto domiciliaria como de
desechos de campos agrícolas siendo esto una fuente constante de contaminación. La
basura generada es confinada en 3 basureros a cielo abierto y un relleno sanitario, los
primeros localizados uno en Gral. Juan Domínguez Cota, uno en Agua Amarga y otro en El
Sargento localizado a 6 kilómetros de dicha comunidad y el relleno localizado en Ensenada
de Muertos el cual ha sido ampliado
INFRAESTRUCTURA DE SERVICIOS BÁSICOS
El nivel de cobertura respecto a la infraestructura básica es regular, registrándose el mayor
déficit en drenaje y pavimentación.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
191
Agua Potable
Actualmente los pozos no son suficientes para el optimo abastecimiento de agua potable
(están sobreexplotados), requiriéndose de por lo menos otros dos pozos, principalmente para
las localidades de Juan Domínguez Cota que actualmente padece problemas de
abastecimiento y Agua Amarga que ya cuenta con un proyecto. (CEURA, 2008).
Cuadro 13. Fuentes de abastecimiento. Fuente: SAPA
Las bombas de los pozos son de tipo sumergibles excepto la de los Planes. La red es de pvc
de 2”, 3” y 4” de diámetro. La línea de conducción consiste en una tubería de 4” y 6” de
diámetro y actualmente se está sustituyendo de manguera por pvc.
Se cuenta con un total de 1,511 tomas domiciliarias distribuidas de la siguiente manera: 344
tomas en Los Planes, 218 tomas en Agua Amarga y San Pedro México, 447 tomas en El
Sargento, 253 tomas en La Ventana y 249 tomas en Juan Domínguez Cota. En lo que
respecta a medición, se cuenta con una cobertura de 30% de medidores en Agua Amarga,
Juan Domínguez Cota y Los Planes y un 70% en El Sargento y La Ventana; se prevé que en
un año se cubrirá el 100% de colocación de medidores ya que las acciones actualmente
realizadas de instalación son de 30 medidores al mes.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
192
El gasto promedio al día en el área de estudio es de 2, 419,200 litros de agua, esto significa
un consumo por toma domiciliaria de 1,601 litros al día, con un promedio de consumo por
habitante al día de 816 litros.
Cuadro 14. Gasto promedio por habitante. Fuente CEURA
La cobertura de este servicio es buena (93%) abarcando a todas las localidades sin embargo
en los meses de Marzo a Agosto se abaten los pozos por lo cual se recurre al tandeo. En
cuanto a las fugas, estás se incrementan en temporada de frió teniendo un promedio de una
fuga por día. La calidad del agua en la mayor parte del territorio que comprende el área de
estudio no es buena, teniendo que en El Sargento es salada, en Agua Amarga es turbia-
salada y en Los Planes se considera buena; requiriéndose de una planta purificadora. En la
localidad La Ventana se cuenta con una planta desaladora con tuberías de 6”, sin embargo,
aún no está funcionando.
Drenaje
La red de drenaje sanitario tiene una cobertura aproximada del 70% en la
localidad de Los Planes cuya zona con déficit corresponde a la colonia Los Cascabeles, en
tanto que el resto de las localidades (El Sargento-La Ventana, Agua Amarga, Juan
Domínguez Cota y San Pedro México) carecen de este servicio por lo que utilizan letrinas o
fosa séptica.
El sistema de drenaje y alcantarillado sanitario con el que cuenta el área de estudio es de
tipo combinado, consiste en una red de atarjeas y colectores con pozos de visita a cada 100
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
193
metros y tuberías de pvc de 12” de diámetro, que conducen por gravedad las aportaciones
de aguas negras de las residencias, equipamiento y uso comercial a la planta de tratamiento
de aguas residuales que funciona a base de lodos activados, localizada al Sur de la localidad
San Juan de los Planes, cuyo afluente se vierte en un pequeño porcentaje al cultivo de alfalfa
y el resto se desecha. El mantenimiento de la red no es constante, solo cuando se requiere
por azolve de tuberías; por su parte la planta de tratamiento cuenta con algunos problemas
de funcionamiento, generando una operación deficiente (CEURA, 2008).
Energía Eléctrica
El suministro de energía eléctrica que reciben las localidades del área de estudio lo
proporciona la termoeléctrica de La Paz. Las líneas de distribución son aéreas montadas
sobre postes de madera, excepto por algunas líneas principales que están montadas en
postes de concreto; dichas instalaciones se encuentran en buenas condiciones.
La cobertura de este servicio es del orden de 95%. El déficit se presenta en las zonas
periféricas de las localidades que utilizan energía fotovoltaica.
Alumbrado público
El alumbrado público en las localidades cuenta con una red de iluminación con
infraestructura aérea. La cobertura es regular ya que las zonas periféricas de las localidades
carecen de este servicio y se carece de mantenimiento.
Telefonía
El servicio telefónico con el que cuenta el área de estudio es de instalación aérea; la
cobertura muestra un déficit importante, careciendo de este servicio las localidades de Agua
Amarga y San Pedro México, además de que es inexistente el servicio público (cacetas
telefónicas públicas)
Pavimentos
En el área de estudio los accesos a las localidades que en algunos casos funcionan también
como ejes primarios y las calles de la localidad de San Juan de Los Planes: Lázaro
Cárdenas, Miguel Alemán, tramo de la calle Venustiano Carranza correspondiente a una
cuadra (de Lázaro Cárdenas a Miguel Alemán) y tramo de la calle Emiliano Zapata
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
194
correspondiente a una cuadra (de Lázaro Cárdenas a Miguel Alemán) se encuentran
pavimentados significando aproximadamente un 4% correspondiente a 38.49 km. El
pavimento existente es de tipo asfalto, el cual se encuentra en regulares condiciones de uso
y solo en algunas calles al interior de las localidades Los Planes y El Sargento (eje principal
lado izquierdo) se cuenta con cordonería representando aproximadamente un 7% del
porcentaje pavimentado
IV.2.5 DIAGNOSTICO AMBIENTAL
La vegetación de la Región se considera incluida dentro de la provincia biogeografía del
Desierto Sonorense, caracterizada por el matorral xerófilo. Este tipo de vegetación
comprende una amplia gama de asociaciones vegetales cuya principal característica es la
dominancia de formas de vida arbustiva, con adaptaciones al xeromorfismo (adaptada a
bajos niveles de precipitación pluvial y altas temperaturas ambientales), resultando en una
relativa baja cobertura vegetal y escasa talla de sus componentes leñosos.
La vegetación se mantiene en condiciones naturales en gran parte del área de estudio por lo
que no se ha modificado el hábitat original de las especies. Localmente en el sitio del
proyecto la vegetación predominante es el matorral desértico costero caracterizado por una
muy baja cobertura y densidad de especies, con tallas menores; las condiciones del suelo
susceptible a la erosión no favorecen la permanencia de madrigueras, por lo que no se
identificó una relevancia biológica que condicionara el desarrollo del proyecto.
Las playas mantienen un uso público y es factible el acceso a través de los arroyos
colindantes, uso que no se modificará con el proyecto pero que podría verse favorecido si se
proporciona infraestructura de servicios ya que actualmente se observa acumulación de
basura la que durante las lluvias puede ser descargada al mar.
Las partes altas se encuentran inalteradas lo que permite asegurar la recarga de los
acuíferos en caso de lluvias, debiéndose regular la extracción. La presencia de
escurrimientos es importante como condición para el desarrollo de infraestructura, pero no
con una funcionalidad de uso humano o ecológico,
En el inmediato plazo el elemento de mayor afectación será el paisaje dado que no existe
desarrollo en las colindancias inmediatas, sin embargo, la tendencia es autorizar el plan
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
195
parcial de desarrollo urbano de la zona, por lo que en el corto y mediano plazo el paisaje
tenderá al uso urbano y turístico. Pese a esta tendencia es conveniente establecer
lineamientos de diseño y construcción que permitan conceptualizar un proyecto con
integración al paisaje.
Respecto a los aspectos socioeconómicos el proyecto Villas del Cerralvo con una superficie
de 72,503 m2, se inserta en una región con un crecimiento asociado al potencial turístico. Se
localiza dentro de la Delegación de Los Planes y Subdelegación El Sargento donde los
asentamientos humanos observados corresponden a una localidad rural, pero con cercanía a
la ciudad capital que le permite acceso a servicios sin demandar nueva infraestructura.
La disponibilidad de suelo en la parte costera es consecuencia de los programas de
certificación parcelaria de los Ejidos en una estructura lineal con predominio del uso
residencial turístico con una arquitectura local, de baja densidad e incorporación de flora
regional, consecuentemente el crecimiento se considera con integración y poco impactante.
Dada la baja densidad poblacional no se detectan problemas ambientales severos ya que se
observan poblados limpios, sin embargo, respecto a los residuos sólidos su disposición final
en tiraderos a cielo abierto y un relleno sanitario que no funciona como tal, representan el
principal reto a solucionar si se proyecta promover el desarrollo turístico de la zona.
Los paisajes para fines turísticos representan estampas rurales que son atractivos al turista o
residente extranjero, los poblados El Sargento – La Ventana con potencial para el desarrollo
de actividades recreativas acuáticas constituyen los sitios de mayor potencial bajo
modalidades el uso residencial turístico, lo que significaría que la demanda de los servicios e
insumos recaerían en sus fases operativas para ser atendidas por las autoridades.
Considerando la baja disponibilidad de agua potable para este fin y la falta de manejo de las
aguas residuales de la población, en tanto no se genere la infraestructura requerida los
proyectos pueden ser viables si son autosuficientes en el manejo de sus aguas residuales y
en la dotación de su agua potable, siempre que éstas sean en volúmenes menores.
En un sentido social se tienen en la región los servicios o mecanismos para cubrir los
requerimientos del proyecto sin que representen una afectación negativa para la región,
derivado de que el proyecto es de muy baja densidad y a consolidarse en diversos años.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
196
Figura 50 y 52 Condiciones del sitio y zonas colindantes Fuente: obtenidas de la visita de campo.
Figura: 53, 54 y 55. Características del paisaje del poblado El Sargento. Fuente: obtenidas de la visita de
campo
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
197
ANEXO 3. DIAGRAMA DE PROCESO DE INSPECCIÓN
Diagrama 1. Visita de inspección. Fuente: PROFEPA
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
198
ANEXO 4. PRÁCTICA DE CAMPO
“Auditoría Ambiental en la Empresa Costa Baja,
La Paz Baja California Sur”
Figura 56. Imagen tomada desde las proximidades del hotel Costa Baja Fuente: Propia de la visita de campo
1. INTRODUCCIÓN
Los estudios de campo son muy importantes para la implementación de lo aprendido en el
aula a la vida real. Si bien es muy importante la formación teórica, es necesaria su
constatación en campo. Además, algunas de las características de los proyectos analizados
no aparecen en los libros, documentos, entrevistas, etc. Por lo tanto, las visitas de campo
nos ayudan a verificar las condiciones del proyecto in situ.
La LGEEPA en su artículo 38 bis, define a la auditoría ambiental como el examen
metodológico de las operaciones de una empresa respecto de la contaminación y el riesgo
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
199
que generan, así como el grado de cumplimiento de la normatividad ambiental y de
parámetros internacionales y de buenas prácticas de operación e ingenierías aplicables, con
el objeto de definir las medidas preventivas y correctivas necesarias para proteger el medio
ambiente.
Diagrama 2. Proceso de la auditoría ambiental. Fuente: PROFEPA
En este sentido la visita de campo juega un papel prioritario. Para este caso las unidades de
verificación junto con la PRFEPA revisan exhaustivamente las instalaciones en campo
revisando diversas áreas como son agua, residuos sólidos, aire, etc. Esta parte es muy
exhaustiva, ya que implica la revisión minuciosa de cada uno de los conceptos antes
mencionados.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
200
2. CONTEXTO DE LA VISITA DE CAMPO
Con el objetivo de conocer de primera mano el proceso desarrollado, nos presentamos en las
instalaciones del complejo turístico COSTA BAJA, el día sábado 28 de enero del 2012,
aproximadamente a las 10:00 am (figura 2)
Figura 57: Arribo de alumnos al sitio. Fuente: Propia de la visita de campo.
Posteriormente nos recibió el Lic. José Manuel Guillermo Peón, Contralor general de
Costa Baja Resort & Marina el cual nos otorgo una plática relativa a los distintos procesos
llevados a cabo por la empresa. Para ellos se realizo una presentación sobre el citado tema
además de una larga sesión de preguntas realizadas por los participantes del diplomado.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
201
Figura 58. Inicio de la plática referente a la empresa Costa Baja. Fuente: propia obtenida de la visita de campo.
Finalmente, no dirigimos al área de campo de golf, donde nos platicaron brevemente sobre
las características del campo, el pasto y otros detalles del mismo, así como su compromiso
con la localidad paceña.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
202
Figura 59. Platica sobre el campo del golf. Fuente: propia obtenida de la visita de campo.
3. Descripción de la empresa.
Figura 60. Logotipo de la empresa. Fuente: Obtenida de la pagina del hotel
El proyecto Costa Baja, se encuentra localizada en el KM 7.5 de la carretera, C.P. 23010, en
la ciudad de La Paz, Baja California Sur. Asimismo, se encuentra ubicado en las
coordenadas geográficas 24°,17´34”.06 Latitud Norte y 110°17´40”.00 Longitud Oeste.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
203
Figura 61. Localización de la empresa. Fuente: Obtenida de la página oficial del hotel.
Este proyecto, es un desarrollo náutico, residencial y turístico, que busca atraer el importante
potencial turístico originario del mercado norteamericano.
4. Antecedentes en materia de Impacto Ambiental.
El proyecto Costa Baja obtuvo en el año 2001, la autorización del proyecto en materia de
Impacto Ambiental por la SEMARNAT. Este proyecto incluía el Hotel, Pueblo Marinero,
Marina y estación de Servicio.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
204
Figura 62. Plan Maestro de la empresa. Fuente: Obtenida de la visita de campo
Posteriormente, en el mes de abril de 2008 se aprobó en materia de impacto ambiental la
segunda parte del proyecto, el cual incluía Campo de golf, Colinas, Vista de Mar y Lomas de
Costa Baja. Asimismo, se obtuvo la autorización en materia de cambio de uso de suelo
forestal en mayo de 2008.
Derivado de la segunda autorización, la cual incluía como condicionantes la implementación
de un sistema de gestión ambiental y aunada al cabildeo de la PROFEPA a la empresa,
sobre las bondades de la obtención de los certificados de desempeño ambiental; la empresa
Costa Baja tomo la decisión de efectuar una auditoría ambiental para su proyecto turístico.
De acuerdo a lo señalado por el contralor general de Costa Baja Resort & Marina, este
proceso duro aproximadamente dos años verificándose distintos rubros.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
205
Figura 63. Aspectos revisados en la auditoría ambiental. Fuente: Obtenida de la visita de campo.
5. conclusiones y recomendaciones
Sin duda la realización de este ejercicio en campo fue muy benéfica; ya que nos permite de
primera mano conocer todo el proceso que tiene que gestionar la empresa para poder
obtener el Certificado de Calidad Ambiental Turística. El cual le permite demostrarse como
una empresa con un compromiso con la protección de los ecosistemas que los rodean, el
marco del cumplimiento de la legislación ambiental y la adopción de buenas prácticas
ambientales.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
206
Figura 64. Certificados ambientales obtenidos. Fuente: Propia obtenida de la visita de campo.
En este caso se observa que una empresa turística de alto nivel como Costa Baja, la imagen
que proyecta es muy importante, ya que esto le permite dar un valor agregado a su complejo
turístico, al presentarlo como una empresa socialmente responsable, para los posibles
clientes. Sin duda y a decir del personal de Costa Baja el proceso no fue sencillo, además de
oneroso, aunque a decir de la misma, sus derivados están complacidos con la obtención de
las certificaciones ambientales.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
207
ANEXO 5. CASO POLÉMICO CABO CORTEZ
BCS, ENTRE LA CONSERVACIÓN Y EL DESARROLLO
Publicado por Raymundo León Verde el mayo 25, 2012 en 11:35 AM
Megaproyectos causan polémica en la entidad, Ong’s reclaman crecimiento ordenado Por
Gladys Rodríguez Navarro Baja California Sur, un estado atractivo por su riqueza biológica,
escasa población y calidad de vida, se posiciona como un destino preferido de inversionistas,
pero como un sitio protegido también por quienes alertan sobre el peligro de un crecimiento
desordenado y daños potenciales a sus ecosistemas.
Así, en la entidad más joven del país, las noticias al menos de los últimos diez años sobre
grandes inversiones, han generado controversia en la población, provocando que
universitarios, profesionistas, investigadores y ambientalistas se pronuncien por la protección
de los recursos naturales de Baja California Sur y por un crecimiento ordenado.
Con la experiencia boom turístico de Los Cabos y el aval de los gobiernos de los tres niveles,
inversionistas han mostrado interés particular por construir complejos turísticos en zonas
costeras de toda la entidad, aunque a raíz del incremento del precio del oro, también han
llegado compañías mineras.
En la administración de Narciso Agundes (2005-2011), se habló de al menos 44 proyectos
turísticos-inmobiliarios. Aunque vigentes algunos, buena parte retrasados debido a la crisis
económica, y ampliamente cuestionados por científicos, ambientalistas y diversos sectores.
Organizaciones como Niparajá, Costa Salvaje y Greenpeace critican la intención de seguir
impulsando un turismo de masas en un estado con ecosistemas únicos y frágiles y con serios
problemas de abastecimiento de agua. A la fecha, la polémica se acentúa en los
megadesarrollos Paraíso del mar y Cabo Cortés, y se ha extendido a dos proyectos mineros:
Concordia y La Pitaya.
“Paraíso del Mar” daña manglares
Paraíso del Mar fue el primer megadesarrollos cuestionado. La razón fue su ubicación en una
zona de dunas y manglares frente a la bahía paceña, que servía de protección contra
huracanes. En 2004 el Congreso local autorizó la venta del predio de 350 hectáreas --
propiedad estatal-- en 12 pesos el metro cuadrado, lo que inició las críticas.
Con todo, su construcción comenzó a finales de 2006, pero enfrentó seis años de litigios
ambientales, además de la crisis económica que motivó el retiro de capitales, según informó
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
208
el promotor Luis Cano Hernández, quien también culpó a los ambientalistas. Sólo avanzaron
10 por ciento.
El Centro Mexicano de Derecho Ambiental (Cemda) anunció hace unos días que se ratificó la
resolución de un Tribunal Federal que en 2010 anuló la autorización ambiental (otorgada por
la Semarnat) al detectar inconsistencias, como el permiso para la tala de una hectárea de
manglar y la construcción en un área de alta fragilidad.
El desarrollo opera con el campo de golf, algunos condominios y un restaurant. Cano
Hernández, aseguró que siguen buscando inversionistas y examinan estrategias para seguir
la defensa del proyecto. En tanto, Cemda urgió a la autoridad federal a suspender toda
actividad en la zona.
“Cabo Cortés” amenaza arrecife coralino
El mega desarrollo Cabo Cortés –de la española Hansa Urbana- recibe las mayores críticas,
pues contempla la construcción de más de 27 mil cuartos de hotel (una oferta similar a
Cancún), en una zona vecina al arrecife coralino Cabo Pulmo, considerada la reserva marina
más saludable del planeta. Mantiene una autorización parcial otorgada a inicios de 2011.
El caso de Cabo Cortés provocó la movilización de especialistas y organismos
internacionales en defensa del ambiente. A petición de expertos, una misión de la Unesco y
de la Convención sobre Humedales (Ramsar) visitó el parque marino y se llevó opiniones
técnicas sobre el mismo. El asunto también lo analiza el Senado de la República.
En opinión de Judith Castro, habitante de la localidad y presidenta de la Asociación Amigos
por la Conservación de Cabo Pulmo, el poblado –de unos 120 habitantes— “no necesita un
proyecto como Cabo Cortés”, pues estima que con los cuartos de hotel autorizados, el área
tendría cerca de 120 mil nuevos habitantes, provocando una demanda de servicios y un
crecimiento tal que terminaría por deteriorar el arrecife.
“Necesitamos un desarrollo acorde con el medio ambiente y que traiga sólo los empleos que
se necesitan, no uno que acabe con lo que hemos conservado durante muchos años”.
Para Alejandro Olivera, coordinador de la campaña océanos y costas de Greenpeace, Cabo
Cortés es un ejemplo del “turismo depredador” que el gobierno federal impulsa. Sostiene que
contrario a ello, habría que promover un desarrollo turístico que aporte riqueza a las
comunidades asentadas en la zona, pero sin afectar ni agotar los recursos en pocos años.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
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Regresa la fiebre del oro
A la polémica sobre el desarrollo del estado, se suman los planes de compañías canadienses
que pretenden operar dos minas a cielo abierto, al sureste de La Paz. Cada una prevé operar
su mina por cerca de diez años. En conjunto, extraerían alrededor de 80 millones de
toneladas de oro y ofrecen unos 700 empleos directos en la zona. Han recibido críticas por la
posible contaminación de los mantos acuíferos, además de riesgos a la salud.
Concordia/Vista Gold, posee una autorización de impacto ambiental (conseguida en 1997 y
vigente hasta mayo 2012), aunque no cuenta con autorización de cambio de uso de suelo.
No obstante, Héctor Araya, director del proyecto, informó que la compañía Invecture Group
buscará los permisos. La compañía pagó 2 millones de dólares para la opción de compra del
60 por ciento de las acciones en Concordia, que se ejercerá según avancen en las
autorizaciones.
La Pitaya/Argonaut Gold, presentó en el mes pasado el proyecto en consulta pública, donde
se evidenció un rechazo mayoritario, pues especialistas advirtieron del riesgo de
contaminación al acuífero, daños a la salud por el uso de sustancias tóxicas y la
incompatibilidad con el plan de desarrollo urbano de La Paz, que tiene como prioridad el
desarrollo del turismo y la agricultura, y no la minería.
Sugieren modelo de desarrollo ordenado
Roberto Espinosa de Los Monteros, director de la asociación local Niparajá y especialista en
el manejo de zona costera, consideró que ante la polémica que surge con cada proyecto de
gran inversión en la entidad, “hace falta la integración de los diferentes sectores de la
sociedad entorno a una misma visión de estado”.
Refiere que el modelo de desarrollo inmobiliario actual en zona costera “es insostenible”, por
el crecimiento de población y demanda de servicios, una dinámica que termina –dice-- por
acabar con las bellezas naturales que se promocionan, además de poner en riesgo la
disponibilidad de agua.
“Se requiere contar con un modelo de desarrollo adecuado a la entidad. Porque parece que
la apuesta es a la inversión típica de otros estados y con modelos que funcionan, pero sólo
en el corto plazo”, sostuvo.
Baja California Sur, entidad de contrastes
Así, Baja California Sur enfrenta el reto del desarrollo de un estado extenso –74 mil
kilómetros— y por su riqueza biológica, con el 40 por ciento de su superficie protegida bajo
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN: EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
210
alguna categoría. Con la menor población del país –637 mil habitantes--, pero que registra un
crecimiento anual del 4.0%, la tasa más alta después Quintana Roo.
Derivado del boom turístico, el estado se posiciona como el destino favorito de la migración
interna. Cifran del INEGI revelan que Baja California Sur tiene el saldo neto migratorio más
alto del país. En el 2010 arribaron 74 mil personas para asentarse en la entidad.
Se agrega su aridez, escasez de lluvias y su baja disponibilidad de agua dulce. Mientras que
el agua renovable per cápita en esta región es de mil 234 metros cúbicos por habitante al
año, en la península de Yucatán es de 7 mil 294 metros cúbicos. En contraste, Baja
California Sur posee la mayor cantidad de litorales del país, más de 2 mil kilómetros de
costas.