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  • EXENCIN EN EL PAGO DEL IVA

    LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

    Artculo 9o.- No se pagar el impuesto en la enajenacin de los siguientes bienes:

    I.- El suelo.

    II.- Construcciones adheridas al suelo, destinadas o utilizadas para casa habitacin. Cuando

    slo parte de las construcciones se utilicen o destinen a casa habitacin, no se pagar el

    impuesto por dicha parte. Los hoteles no quedan comprendidos en esta fraccin.

    III.- Libros, peridicos y revistas, as como el derecho para usar o explotar una obra, que realice su

    autor.

    IV.- Bienes muebles usados, a excepcin de los enajenados por empresas.

    V.- Billetes y dems comprobantes que permitan participar en loteras, rifas, sorteos o juegos con

    apuestas y concursos de toda clase, as como los premios respectivos, a que se refiere la Ley del

    Impuesto sobre la Renta.

    VI.- Moneda nacional y moneda extranjera, as como las piezas de oro o de plata que hubieran tenido

    tal carcter y las piezas denominadas onza troy.

    .

    REGLAMENTO DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

    Artculo 29. Para los efectos del artculo 9o., fraccin II de la Ley, la prestacin de los servicios de

    construccin de inmuebles destinados a casa habitacin, ampliacin de sta, as como la instalacin

    de casas prefabricadas que sean utilizadas para este fin, se consideran comprendidos dentro de lo

    dispuesto por dicha fraccin, siempre y cuando el prestador del servicio proporcione la mano de obra y

    materiales.

    Tratndose de unidades habitacionales, no se considera como destinadas a casa habitacin las

    instalaciones y obras de urbanizacin, mercados, escuelas, centros o locales comerciales, o cualquier

    otra obra distinta a las sealadas.


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