S U M A R I O
NORMAS LEGALESLima, jueves 12 de enero de 2006 AÑO XXIII - Nº 9342 Pág. 310011
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
REPUBLICA DEL PERU
DIARIO OFICIAL
Director: Gerardo Barraza Soto http://www.editoraperu.com.pe
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CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ley Nº 28667.- Ley que declara la reversión de prediosrústicos al dominio del Estado, adjudicados a título oneroso,con fines agrarios, ocupados por asentamientos humanos
310013
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P C M
Fe de Erratas R.S. Nº 430-2005-PCM 310014
AGRICULTURA
R.J. Nº 257-2005-AG-SENASA.- Establecen procedi-miento para la emisión de la Constancia de Plaguicidas deUso Agrícola con Fines Exclusivos de Exportación
310014
MINCETUR
R.M. Nº 008-2006-MINCETUR/DM.- Delegan facultadesal Secretario General para aprobar modificacionespresupuestarias en el nivel funcional programático delMinisterio 310015R.M. Nº 010-2006-MINCETUR/DM.- Autorizan viaje deprofesional de PROMPERU a EE.UU. para participar en laFeria Internacional de Turismo "Adventure Travel Expo"
310016
ECONOMÍA Y FINANZAS
Fe de Erratas D.S. Nº 185-2005-EF 310016
MIMDES
R.M. Nº 022-2006-MIMDES.- Designan Jefe de la Divisiónde Zoología del PATPAL Felipe Benavides Barreda
310017
RELACIONES EXTERIORES
R.M. Nº 0032-2006-RE.- Aprueban inafectación del IGVe ISC correspondiente a donación efectuada a favor de laAsociación Vida Perú 310017
SALUD
R.M. Nº 017-2006/MINSA.- Constituyen Comisiónencargada de la elaboración de la propuesta delOdontograma Universal 310017
TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO
R.M. Nº 009-2006-TR.- Aprueban Directiva Nacional"Instructivo para la aplicación de lo dispuesto en la R.M.Nº 279-2004-TR y la Decisión Nº 545, Instrumento Andinode Migración Laboral" 310018R.M. Nº 010-2006-TR.- Designan representantes titular y alternodel Ministerio ante el Consejo Nacional para el Desarrollo de laMicro y Pequeña Empresa - CODEMYPE 310022
TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
R.M. Nº 003-2006-MTC/03.- Resuelven contrato deconcesión suscrito con Radio Comunicaciones S.A. para laprestación de servicio público de buscapersonas 310022R.M. Nº 007-2006-MTC/03.- Modifican contrato deconcesión aprobado mediante R.M. Nº 206-97-MTC/15.03,para prestar servicio público de distribución deradiodifusión por cable 310023R.D. Nº 2139-2005-MTC/17.- Aprueban Contrato Tipode concesión para la prestación del Servicio Público deDistribución de Radiodifusión por Cable en la modalidadde Cable Álámbrico u Óptico 310024R.D. Nº 2189-2005-MTC/17.- Aprueban relación debandas de frecuencia atribuidas al servicio de radiodifusióny localidades cuyas autorizaciones deberán otorgarsemediante Concurso Público 310025
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CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Res. Adm. Nº 008-2006-P-CSJLI/PJ.- Designan inte-grantes de la Comisión Especial de Apoyo al ServicioJudicial para Internos 310025Res. Adm. Nº 011-2006-P-CSJLI/PJ.- Disponen quePresidentes de Salas Penales para Procesos con Reos enCárcel y Especiales de la Corte Superior de Lima establezcancronograma de realización de Audiencias PúblicasExtraordinarias 310026Res. Adm. Nº 012-2006-P-CSJLI-PJ.- Establecen disposi-ciones para la remisión de resoluciones a la SecretaríaGeneral de la Corte Superior de Justicia de Lima por partede los Secretarios de las Salas Superiores 310026
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CONTRALORÍA GENERAL
Res. Nº 532-2005-CG.- Aprueban Guía de Auditoría delas Adquisiciones y Contrataciones del Estado 310027
J N E
Res. Nº 003-2006-P/JNE.- Autorizan viaje de miembrodel JNE a Chile para participar en la segunda votación paraelegir Presidente de la República 310028
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Res. Nº 011-2006-JEE/LC.- Admiten a trámite solicitudde inscripción de fórmula de candidatos a la Presidencia yVicepresidencias de la República del Partido Político FuerzaDemocrática 310028Res. Nº 012-2006-JEE/LC.- Declaran infundada tachaformulada contra candidato a la Presidencia de la Repúblicapor el partido político "Unión por el Perú" 310029Res. Nº 013-2006-JEE/LC.- Admiten a trámite solicitudde inscripción de fórmula de candidatos a la Presidencia yVicepresidencias de la República de la Alianza ElectoralFrente de Centro 310030Res. Nº 014-2006-JEE/LC.- Admiten a trámite solicitudde inscripción de fórmula de candidatos a la Presidencia yVicepresidencias de la República del Partido Socialista
310030
REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y
ESTADO CIVIL
R.J. Nº 024-2006-JEF/RENIEC.- Autorizan a procuradoriniciar acciones legales contra presuntos responsables de lacomisión de delito contra la fe pública 310030
S B S
Res. SBS Nº 1866-2005.- Autorizan ampliación deactividades de persona natural para operar como AjustadorMarítimo Cascos, Ajustador de Ramos Generales, AjustadorMarítimo Transportes, Preventor e Inspector de Averías
310031RR. SBS Nºs. 1969 y 1971-2005.- Autorizan al BancoInteramericano de Finanzas el cierre de oficinas especialesubicadas en los distritos de Santiago de Surco y Miraflores,provincia de Lima 310032RR. SBS Nºs. 3 y 4-2006.- Autorizan al Banco de Créditodel Perú la apertura de oficinas especiales en los distritos deLa Victoria y Chorrillos, provincia de Lima 310032Circular Nº S-614-2006.- Aprueban Circular sobre Reportede Deudores de Seguros - RDS 310033
UNIVERSIDADES
Res. Nº 544-2005-CU-R-UNS.- Aprueban Texto Únicode Procedimientos Administrativos-TUPA de la UniversidadNacional del Santa 310035Res. Nº 580-2005-CU-R-UNS.- Modifican el TUPA de laUniversidad Nacional del Santa 310059Res. Nº 00003-R-06.- Exoneran de proceso de selecciónla contratación de servicio de publicidad para el Procesode Admisión 2006-I de la Escuela de Post Grado de laUniversidad Nacional Mayor de San Marcos 310062Res. Nº 000022-R-06.- Exoneran de proceso de selecciónla contratación de servicio de publicidad para el Procesode Admisión 2006-II de la Universidad Nacional Mayorde San Marcos 310062Res. Nº 035.- Autorizan viaje de funcionarios de laUniversidad Nacional de Ingeniería a Japón para la firmade Convenio de Cooperación e Intercambio Académicocon la Universidad de Chiba 310064
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SUNASS
Res. Nº 002-2006-SUNASS-GRT.- Admiten a trámitesolicitud de PROINVERSIÓN de determinación deFórmula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas deGestión del primer quinquenio de la concesión de serviciosde saneamiento en las provincias de Piura y Paita
310064
SUNAT
Res. Nº 001-2006-SUNAT/A.- Fijan factores de conversiónmonetaria 310065
Res. Nº 003-2006/SUNAT/A.- Relación de SubpartidasArancelarias consideradas como indicadores de riesgo parael Procedimiento de Restitución Simplificado de DerechosArancelarios 310065Res. Nº 007-2006/SUNAT.- Delegan la facultad de autorizarmodificaciones presupuestarias en el nivel funcionalprogramático al Intendente Nacional de Administración
310066Anexo - Res. Nº 004-2006/SUNAT.- Formularios deDeclaración de Pago Anual del Impuesto a la Renta paraPersonas Naturales y para Tercera Categoría,correspondientes al Ejercicio Gravable 2005 310067Fe de Erratas Res. Nº 261-2005/SUNAT 310073
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MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Acuerdo Nº 002.- Ratifican la Ordenanza Nº 066-2005-MDAque establece tasa por servicio de estacionamiento vehiculartemporal en playas del distrito de Ancón 310073R.J. Nº 001-004-00001030.- Exoneran de proceso deselección la contratación de servicios de publicidad por elmes de febrero de 2006 310074
MUNICIPALIDAD DE ATE
Res. Nº 0110.- Autorizan subdivisión de lote sin cambiode uso y sin obras complementarias de terreno ubicado enel distrito 310076
MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Ordenanza Nº 246-MDB.- Disponen que propietarios deinmuebles con puertas levadizas instalen un sistema dealarma que prevenga a los transeúntes en caso de seroperadas 310077Acuerdo Nº 095-2005-CDB.- Aprueban PresupuestoInstitucional de Apertura y Plan Operativo Institucional2006 310077
MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Fe de Erratas Ordenanza Nº 087-A/MDC 310077
MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA
Fe de Erratas Ordenanza Nº 357-MSB 310078
MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES
Res. Nº 003-2005.- Declaran improcedente impugnacióncontra la R.A. Nº 2137-2002/MDSMP 310078R.A. Nº 028-2006-AL/MDSMP.- Modifican la R.A.Nº 507-2003-AL/MDSMP, en lo relativo a designación deresponsable de entregar información solicitada porciudadanos 310079R.A. Nº 029-2006-AL/MDSMP.- Designan funcionarioresponsable de la elaboración y actualización del Portal deTransparencia de la Municipalidad 310079
MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO
Res. Nº 2501-2005-SGLHU-GIPRI-GCDL-MSS.-Aprueban proyectos de habilitación urbana de terrenoubicado en el distrito 310080Res. Nº 2717-2005-SGLHU-GIPRI-GCDL-MSS.-Aprueban recepción de obras solicitada por empresa ydeclaran cumplida ejecución de obras de habilitación urbanade terreno ubicado en el distrito 310081
MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO
Fe de Erratas Ordenanza Nº 195 310082
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CONGRESO DE LA REPÚBLICA
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EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
El Congreso de la Repúblicaha dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
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Artículo 1º.- Objeto de la LeyDeclárase de interés nacional y de necesidad pública
la reversión al dominio del Estado de los predios rústicosadjudicados a título oneroso por el Estado con finesagrarios, bajo el imperio de cualquier norma, incluyendoel Decreto Legislativo Nº 838, que no hubiesen cumplidocon las condiciones para las que fueron transferidos,previa resolución de los respectivos contratos o actosjurídicos, siempre que se encuentren ocupados conanterioridad al 31 de diciembre de 2004 y con finesexclusivos de vivienda por asentamientos humanos,previamente declarados como tales por los gobiernoslocales correspondientes, ubicados dentro o fuera delas zonas de expansión urbana de las ciudades.
Artículo 2º.- Órganos Administrativos Compe-tentes
Las Direcciones Regionales Agrarias de cadacircunscripción son los órganos administrativoscompetentes para conducir los procedimientos dereversión al dominio del Estado de todos los prediosreferidos en el artículo 1º, para su posterior saneamiento
físico legal y adjudicación. El proceso administrativoconcluye en segunda instancia con resolución ministerialdel Ministerio de Agricultura. La resolución ministerialque declara la reversión del predio será suficiente paralevantar los asientos registrales respecto al inmueblerevertido.
Artículo 3º.- Competencia MunicipalRevertido el predio al Estado, corresponde a las
municipalidades provinciales en coordinación con elMinisterio de Agricultura y la Comisión de Formalizaciónde la Propiedad Informal - COFOPRI, la formalización,titulación e inscripción de los títulos de propiedad de losAsentamientos Humanos con fines exclusivos devivienda.
Artículo 4º.- Cancelación de asientos registralesProducida la reversión por resolución administrativa,
los Registros Públicos procederán a la cancelación delos respectivos asientos registrales, con la consiguienteinscripción del inmueble a favor del Estado.
Artículo 5º.- Financiamiento de los recursosnecesarios
Para la ejecución del saneamiento físico legal, a quese refieren los artículos anteriores, el Ministerio deEconomía y Finanzas y las municipalidades competentesproveerán los recursos necesarios para el cumplimientode los fines expuestos en la presente Ley.
Artículo 6º.- ReglamentaciónEl Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley en el
plazo de treinta (30) días calendario, a partir de suvigencia.
Artículo 7º.- Norma derogatoriaDeróganse o déjanse sin efecto todas las
disposiciones que se opongan a la presente Ley.
Comuníquese al señor Presidente de la Repúblicapara su promulgación.
En Lima, a los diecinueve días del mes de diciembrede dos mil cinco.
MARCIAL AYAIPOMA ALVARADOPresidente del Congreso de la República
GILBERTO DÍAZ PERALTASegundo Vicepresidente delCongreso de la República
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Acuerdo Nº 000182.- Aprueban Presupuesto de Ingresosy Gastos de la Municipalidad para el año fiscal 2006
310082D.A. Nº 000033.- Prorrogan vigencia de la OrdenanzaNº 000030-2005, con excepción de los beneficioscontemplados en los Arts. 3º, 4º y 8º de dicha norma 310083
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCAYO
R.J. Nº 01-065-000000105.- Designan funcionariaresponsable del Portal Web del Servicio de AdministraciónTributaria de Huancayo 310083
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
LA BREA - NEGRITOS
R.A. Nº 05-01-2006-MDLB.- Aprueban Plan Anual deAdquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad parael Ejercicio Fiscal 2006 310083
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Entrada en vigencia del "Memorándum de Entendimientoentre el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo de laRepública del Perú y la Administración Nacional de Turismode la República Popular China sobre Cooperación en elCampo del Turismo" 310084
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AGRICULTURA
Proyecto de Resolución Directoral que aprueba requisitosfitosanitarios para la importación de semilla sexual deforrajes procedente de la República Checa 310085
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ECONOMÍA Y FINANZAS
R.M. Nº 003-2006-EF/15.- Tabla de Valores Referencialesde Vehículos para efecto de determinar la base imponibledel Impuesto al Patrimonio Vehicular del año 2006
309987
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AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONALDE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los oncedías del mes de enero del año dos mil seis.
ALEJANDRO TOLEDOPresidente Constitucional de la República
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARDPresidente del Consejo de Ministros
00653
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P C M
FE DE ERRATAS
RESOLUCIÓN SUPREMANº 430-2005-PCM
Mediante Oficio Nº 012-2006-SCM-PR, la Secretaríadel Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratasde la Resolución Suprema Nº 430-2005-PCM, publicadaen nuestra edición del día 31 de diciembre de 2005.
En el sexto considerando:
DICE:
"De conformidad con lo dispuesto en el DecretoLegislativo Nº 560, la Ley Nº 27619, el Decreto SupremoNº 047-2002-PCM, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004,el Decreto de Urgencia Nº 006-2005 y el DecretoSupremo Nº 011-2004-MIMDES; y,"
DEBE DECIR:
"De conformidad con lo dispuesto en el DecretoLegislativo Nº 560, la Ley Nº 27619, el Decreto SupremoNº 047-2002-PCM, la Ley Nº 28652 - Ley de Presupuestodel Sector Público para el año Fiscal 2006 y el DecretoSupremo Nº 011-2004-MIMDES; y,"
00654
AGRICULTURA
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RESOLUCIÓN JEFATURALNº 257-2005-AG-SENASA
La Molina, 22 de diciembre de 2005
VISTO:
El Fax de fecha 21 de abril de 2005, suscrito por elCoordinador (e) de la Secretaría General de laComunidad Andina;
CONSIDERANDO:
Que, conforme al numeral 5.1 del Artículo 5º de laLey Marco de Sanidad Agraria, Ley Nº 27322, laAutoridad Nacional en Sanidad Agraria del Perú es elServicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA),organismo público descentralizado del Ministerio deAgricultura, con personería jurídica de derecho públicointerno y autonomía técnica, económica, financiera yadministrativa;
Que, el Artículo 27º de la Ley Nº 27322, establece que elSENASA es el responsable de llevar y conducir el Registro dePlaguicidas de Uso Agrícola en el país; de ejecutar lasactividades de control y fiscalización en la fabricación,importación, formulación, envasado y comercialización; asícomo de coordinar las actividades de posregistro, debiendopara ello convocar y concertar la participación de otros sectoreso áreas especializadas para la evaluación del riesgo, para lasalud humana y el ambiente; de acuerdo al Reglamento dedicha Ley y normas complementarias;
Que, de acuerdo al Artículo 29º de la Decisión 436,Norma Andina para el Registro de Plaguicidas Químicosde Uso Agrícola, resulta posible que en un País Miembrose fabriquen o formulen plaguicidas químicos con finesexclusivos de exportación;
Que, mediante el Fax de fecha 21 de abril de 2005,suscrito por el Coordinador (e) de la Secretaría Generalde la Comunidad Andina, se ratifica la posibilidad de queun País Miembro fabrique o formule Plaguicidas de UsoAgrícola con Fines Exclusivos de Exportación sin sernecesario obtener el Registro Nacional del citadoproducto; considerando que dichos plaguicidas no seráncomercializados en el país;
Que, asimismo, el citado Oficio precisa que losfabricantes o formuladores de plaguicidas de uso agrícolacon fines exclusivos de exportación, deberán cumplirpreviamente con los Artículos 10º, 11º y 12º de la Decisión436 de la Comunidad Andina;
Que, los Artículos 10º, 11º y 12º de la Decisión 436establecen la obligación de los fabricantes, formuladores,importadores, exportadores, envasadores y distribuidoresde plaguicidas químicos de uso agrícola, de registrarsecomo tales ante la Autoridad Nacional Competente;señalando, la información que se debe presentar, así comolos efectos y la vigencia del citado registro;
Que, el Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 15-95-AG que aprueba el Reglamento sobre el Registro,Comercialización y Control de Plaguicidas Agrícolas ySustancias Afines, aplicables para plaguicidas biológicosde uso agrícola, norma el registro de los productosbiológicos formulados. Asimismo, el citado Reglamentono impide la fabricación o formulación de plaguicidasbiológicos con fines exclusivos de exportación;
De conformidad con la Decisión 436, el Decreto LeyNº 25902, el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, el DecretoSupremo Nº 15-95-AG y con los vistos buenos de losDirectores Generales de Sanidad Vegetal y Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Establecer el procedimiento para laemisión de la Constancia de Plaguicidas de Uso Agrícolacon Fines Exclusivos de Exportación.
El otorgamiento de la Constancia de Inscripción antesreferida no otorga el Registro Nacional al que hacereferencia el Artículo 16º de la Decisión 436 ni del Artículo21º del Decreto Supremo Nº 15-95-AG.
Artículo 2º.- Los fabricantes, formuladores,envasadores y exportadores de Plaguicidas Agrícolascon fines de exportación deberán estar registrados en elSENASA cumpliendo lo establecido en los artículos 10º,11º y 12º de la Decisión 436 y/o del Artículo 3º y 6º delDecreto Supremo Nº 15-95-AG, según corresponda.
Artículo 3º.- Las constancias de plaguicidas agrícolascon fines de exportación sólo se podrán solicitar alSENASA, siempre que el plaguicida se elabore sobre labase de Ingredientes Activos fabricados en el país o seformule a nivel nacional.
Artículo 4º.- Para la obtención de la Constancia de losPlaguicidas Agrícolas con fines de exportación, los interesadosdeberán cumplir con presentar los siguientes requisitos:
a) Solicitud escrita conteniendo la siguienteinformación:
- Nombre o razón social, domicilio legal y RegistroÚnico del Contribuyente (RUC).
- Constancia o recibo de pago por los derechos deemisión de constancia expedido por el SENASA.
b) Información técnica correspondiente al producto asolicitar constancia:
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b.1) Para ingredientes activos. TC (de origennacional).
(i) Para Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola(PQUA)
- Identidad del Ingrediente Activo (Requisitos delliteral A 1 del Manual Técnico Andino - MTA).
- Certificado de Análisis del TC que indique elcontenido del Ingrediente Activo, las impurezas, isómerosy aditivos presentes.
- Propiedades Físicas y Químicas. (Requisitos delliteral A 2 del MTA)
- Hoja de seguridad en español elaborada por elfabricante.
- Método analítico para la determinación delIngrediente Activo y de las impurezas de importanciatoxicológica.
(ii) Para Productos Biológicos de Uso Agrícola (PBUA)
- Requisitos del Anexo 2 del Decreto SupremoNº 15-95-AG.
b.2) Para los plaguicidas agrícolas formulados(Además de lo requerido en b.1)
(i) Para PQUA:
- Descripción General : (Literales B1, B2, B3 y B4del MTA, en aquellos requisitos que fueran aplicables)
- Composición: Certificado de composición delproducto formulado, indicando el contenido de IngredienteActivo y de los demás componentes de la formulación.
- Hoja de Seguridad en español elaborada por elfabricante, según lo indicado en la Resolución 630 de laComunidad Andina que aprueba el Manual Técnico Andino.
- Método analítico para la determinación delIngrediente Activo y los aditivos de importanciatoxicológica.
(ii) Para PBUA:
- Requisitos del Anexo 3 del Decreto SupremoNº 15-95-AG.
c) Declaración Jurada en que el solicitante asumeresponsabilidad total sobre lo declarado en lasespecificaciones y composición del plaguicida exportadoy eximiendo al SENASA de cualquier responsabilidad.
Artículo 5º.- Una vez evaluados los documentospresentados y cumplidos los requisitos exigidos, elÓrgano de Línea competente de SENASA otorgará laConstancia del Plaguicida de Uso Agrícola con FinesExclusivos de Exportación, a favor del solicitante.
Sobre la base de los documentos presentados conanterioridad y siempre que las características delPlaguicida no hayan variado, el interesado podrá requerirla emisión de una nueva constancia, para lo cual deberáhacer referencia al número de expediente asignado yabonar la tasa correspondiente.
Artículo 6º.- Para el caso de los productoscontemplados en el Convenio de Rotterdam, el SENASA
aplicará el procedimiento establecido en dicho Convenio.Artículo 7º.- Conforme a la Decisión 436, de ser el caso,
el SENASA suministrará al país importador informaciónacerca de los motivos por los cuales un Plaguicida de UsoAgrícola inscrito con Fines Exclusivos de Exportación, nocuenta con el Registro Nacional en el Perú.
Artículo 8º.- La presente norma no es de aplicación a losproductos registrados al amparo del Artículo 16º de la Decisión436 y del Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 15-95-AG.
Artículo 9º.- Los plaguicidas que apliquen a esteprocedimiento serán incluidos en los programas deverificación nacional de plaguicidas que disponga el SENASA.
Artículo 10º.- La comercialización dentro del país delos productos inscritos con fines exclusivos deexportación será considerado como unacomercialización de plaguicida sin registro nacional,sancionándose de acuerdo a los procedimientosestablecidos en el Decreto Supremo Nº 16-2000-AG oen el Decreto Supremo Nº 15-95-AG, o sus normassustitutorias o modificatorias, según corresponda.
Artículo 11º.- Los exportadores de plaguicidas agrícolascon fines exclusivos de exportación, deberán presentarsemestralmente la información sobre los volúmenesexportados de cada uno de los productos inscritos.
El incumplimiento de la presente disposición serásancionada según corresponda, conforme lo estableceel Artículo 39º del Reglamento para el Registro y Controlde Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, aprobado porDecreto Supremo Nº 016-2000-AG y sus modificatorias;o el artículo 40º del Reglamento para Reglamento sobreel Registro, Comercialización y Control de PlaguicidasAgrícolas y Sustancias Afines, aprobado por DecretoSupremo Nº 15-95-AG y sus modificatorias.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
VÍCTOR PALMA VALDERRAMAJefe (e)Servicio Nacional de Sanidad Agraria
00570
MINCETUR
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RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 008-2006-MINCETUR/DM
Lima, 5 de enero de 2006
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacionalde Presupuesto, dispone en el Artículo 7º que el Titular de
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una Entidad es la más alta Autoridad Ejecutiva, responsableen materia presupuestal. Asimismo, se dispone que el Titularde la Entidad puede delegar sus funciones en materiapresupuestal cuando lo establezca expresamente la mismaLey General, las Leyes de Presupuesto del Sector Públicoo la norma de creación de la Entidad. El Titular es responsablesolidario con el delegado;
Que, es propósito del Titular del Pliego 035-MINCETUR, promover y apoyar la agilización y eficaciaen la toma de decisiones, a fin de optimizar la gestión enmateria presupuestaria;
De conformidad con el numeral 40.2 del artículo 40º dela Ley Nº 28411 y Ley Nº 27790 - Ley de Organización yFunciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo;
Con la opinión favorable de la Oficina General dePlanificación, Presupuesto y Desarrollo y de la OficinaGeneral de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Delegar en el Secretario General,durante el Ejercicio Fiscal 2006, la función de aprobarlas modificaciones presupuestarias en el nivel FuncionalProgramático del Pliego 035: Ministerio de ComercioExterior y Turismo, previo informe técnico debidamentesustentado de la Oficina General de Planificación,Presupuesto y Desarrollo.
Artículo 2º.- Remitir copia de la presente ResoluciónMinisterial a la Dirección Nacional de Presupuesto Público delMinisterio de Economía y Finanzas y a la Contraloría Generalde la República, para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALFREDO FERREROMinistro de Comercio Exterior y Turismo
00626
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RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 010-2006-MINCETUR/DM
Lima, 10 de enero de 2006
Vista la Carta Nº C.13.2006/PP.GG del GerenteGeneral (e) de la Comisión de Promoción del Perú -PromPerú.
CONSIDERANDO:
Que, acorde con sus funciones, PromPerú tieneprevisto participar en la Feria Internacional de Turismo"Adventure Travel Expo", a llevarse a cabo en la ciudadde New York, Estados Unidos de América, del 13 al 15 deenero del presente año, evento que permitirá exponer elproducto turístico peruano, actividad que contribuirá allogro de los fines institucionales;
Que, la referida Feria está dedicada a los viajes deaventura, ecoturismo, actividades al aire libre y turismode naturaleza y cultural, contando con una gran cantidadde visitantes, entre los cuales se encuentra un grannúmero de profesionales en turismo, y un alto nivel deexpositores;
Que, por ser de interés institucional, el GerenteGeneral (e) de PromPerú solicita se autorice el viaje dela señorita Gretha Evelyn Félix Serpa, profesional quepresta servicios en la Gerencia de Turismo Receptivode PromPerú para que en representación de la entidadparticipe en dicho evento, desarrollando diversasactividades vinculadas a la promoción turística;
Contando con la visación de la Gerencia dePlanificación, Presupuesto y Desarrollo, la Gerencia deAdministración y Finanzas, la Gerencia Legal y laGerencia General de PromPerú;
De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nºs.27790, 28652, 27619, Decreto Supremo Nº 012-2003-MINCETUR y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de NewYork, Estados Unidos de Norteamérica, de la señoritaGretha Evelyn Félix Serpa, profesional que prestaservicios en la Gerencia de Turismo Receptivo dePromPerú, para que en representación de la entidadparticipe en la Feria Internacional de Turismo "AdventureTravel Expo", del 11 al 16 de enero de 2006.
Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimientode la presente Resolución serán con cargo al Presupuestode la Unidad Ejecutora 003, Comisión de Promoción delPerú - PromPerú, del Pliego 035 Ministerio de ComercioExterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:
- Viáticos (US$ 220,00 x 5 ½ días) : US$ 1 210,00- Pasajes Aéreos : US$ 1 500,00- Tarifa Corpac : US$ 30,25
Artículo 3º.- Dentro de los quince días calendariosiguientes a su retorno al país, el personal a que serefiere el Artículo 1º de la presente Resolución, presentaráal Titular del Sector un informe detallado sobre lasacciones realizadas y los logros obtenidos durante elviaje que se autoriza. Asimismo, deberá presentar larendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley.
Artículo 4º.- La presente Resolución no libera niexonera del pago de impuestos o de derechosaduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALFREDO FERREROMinistro de Comercio Exterior y Turismo
00628
ECONOMÍA Y FINANZAS
FE DE ERRATAS
DECRETO SUPREMONº 185-2005-EF
Mediante Oficio Nº 013-2006-SCM-PR, la Secretaríadel Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratasdel Decreto Supremo Nº 185-2005-EF, publicado ennuestra edición del día 29 de diciembre de 2005.
DICE:
"Artículo 4º.- Modifíquese el Artículo 4º del DecretoSupremo Nº 005-2002-EF, por el texto siguiente:
..."
DEBE DECIR:
"Artículo 4º.- Modifíquese el Artículo 4º del DecretoSupremo Nº 042-2005-EF, por el texto siguiente:
..."
DICE:
"Artículo 7º.- Modifíquese el primer párrafo del Artículo10º del Decreto Supremo Nº 005-2002-EF por el textosiguiente:
..."
DEBE DECIR:
"Artículo 7º.- Modifíquese el primer párrafo del Artículo10º del Decreto Supremo Nº 042-2005-EF, por el textosiguiente:
..."
00655
����� ����� �����������Lima, jueves 12 de enero de 2006
MIMDES
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RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 022-2006-MIMDES
Lima, 6 de enero de 2006
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 778-2005-MIMDES de fecha 5 de diciembre de 2005, se encargó alingeniero CARLOS LEONARDO OJEDA ZAÑARTU,Gerente de la Gerencia de Operaciones Patronato del Parquede las Leyendas - Felipe Benavides Barreda, PATPAL FelipeBenavides Barreda, el puesto de Jefe de la División deZoología del Patronato del Parque de las Leyendas - FelipeBenavides Barreda, PATPAL Felipe Benavides Barreda;
Que, es necesario dar por concluida la citadaencargatura; así como designar al funcionario quedesempeñará dicho cargo;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594;en la Ley Nº 27793 y en el Reglamento de Organizacióny Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Socialaprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Dar por concluida la encargatura efectuadamediante Resolución Ministerial Nº 778-2005-MIMDES,dándosele las gracias al ingeniero CARLOS LEONARDOOJEDA ZAÑARTU, por los servicios prestados.
Artículo 2º.- Designar a la señorita PATRICIA MAGALIRIOS MEJIA en el cargo de Jefe de la División de Zoologíadel Patronato del Parque de las Leyendas - FelipeBenavides Barreda, PATPAL Felipe Benavides Barreda.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L.Ministra de la Mujer yDesarrollo Social
00559
RELACIONES EXTERIORES
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RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 0032-2006-RE
Lima, 9 de enero del 2006
Visto, el Expediente Nº 11613-2005, presentado porla Asociación Vida Perú, mediante el cual se solicita laInafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) eImpuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a ladonación recibida de Volunteers For Inter-AmericanDevelopment Assistance (VIDA) y AmeriCares.
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y elsegundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley delImpuesto General a las Ventas -IGV e Impuesto Selectivoal Consumo -ISC, aprobado por Decreto SupremoNº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentrangravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donacionesque se realicen a favor de las Entidades e InstitucionesExtranjeras de Cooperación Técnica Internacional(ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales deDesarrollo (ONGD-PERU) nacionales e InstitucionesPrivadas sin fines de lucro receptoras de donaciones decarácter asistencial o educacional (IPREDA), que seencuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo
la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI),y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerialdel Sector correspondiente;
Que, la Asociación Vida Perú, se encuentra inscritaen el Registro de IPREDA que conduce la AgenciaPeruana de Cooperación Internacional -APCI, deconformidad con la Directiva de procedimientos deaceptación y aprobación, internamiento de donacionesde carácter asistencial o educacional provenientes delexterior, aprobada por Decreto Supremo Nº 508-93-PCM;
Que, mediante Certificado de Donación de fecha 3 de marzode 2005, legalizada por el Consulado General del Perú en SanFrancisco, Estados Unidos de América, se observa queVolunteers For Inter-American Development Assistance (VIDA)en cooperación de AmeriCares han efectuado una donación afavor de la Asociación Vida Perú;
Que, los bienes donados consisten en 2,444 bultosconteniendo productos farmacéuticos y suministrosmédicos, con un peso bruto de 9862 kilos, con un valorFOB US$ 10 000.00 (Diez mil y 00/100 dólaresamericanos) que serán distribuidos entre beneficiariosque la Asociación Vida Perú seleccione;
Que, en consecuencia corresponde al SectorRelaciones Exteriores, aprobar la donación efectuadapor Volunteers For Inter-American DevelopmentAssistance (VIDA) y AmeriCares;
De conformidad con lo dispuesto en el DecretoSupremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935,Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la ResoluciónSuprema Nº 508-93-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar la Inafectación del ImpuestoGeneral a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo(ISC) correspondiente a la donación efectuada porVolunteers For Inter-American Development Assistance(VIDA) en cooperación de AmeriCares a favor de laAsociación Vida Perú, consistente en 2,444 bultosconteniendo productos farmacéuticos y suministrosmédicos, con un peso bruto de 9862 kilos, con un valorFOB en US$ 10,000.00 (Diez mil y 00/100 dólaresamericanos) que serán distribuidos entre beneficiarios quela Asociación Vida Perú seleccione;
Artículo Segundo.- Remitir copia de la presenteResolución a la Contraloría General de la República, a laSuperintendencia Nacional de Administración Tributaria-SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contraeel Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazosestablecidos.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑAMinistro de Relaciones Exteriores
00546
SALUD
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RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 017-2006/MINSA
Lima, 9 de enero del 2006
Visto el Expediente Nº 05-556112-001, que contieneel Memorándum Nº 3507-2005-DGSP/MINSA, de laDirección General de Salud de las Personas;
CONSIDERANDO:
Que, la Primera Disposición Final de la Ley Nº 27878,Ley de Trabajo del Cirujano Dentista, establece que elOdontograma Universal será propuesto por una comisiónconformada por un representante del Ministerio de Salud,otro del Colegio Odontológico del Perú y un representantede las Facultades de Odontología del Perú;
����� ������ ����������� Lima, jueves 12 de enero de 2006
Que la Tercera Disposición Complementaria,Transitoria y Final del Reglamento de la Ley de Trabajodel Cirujano Dentista, aprobado por Decreto SupremoNº 016-2005-SA, dispone que los integrantes de laComisión serán nombrados por Resolución Ministerial,a propuesta del Colegio Odontológico del Perú y de lasFacultades de Odontología de la Universidad Peruana;
Que, las instituciones señaladas han cumplido conproponer a sus representantes titulares y alternos, porlo que resulta necesario proceder a expedir lacorrespondiente resolución ministerial;
Con las visaciones del Director General de laDirección General de Salud de las Personas y del DirectorGeneral de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
Con la visación del Viceministro de Salud; y,De conformidad con lo previsto en el literal l) del artículo
8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Constituir una Comisión encargada dela elaboración de la propuesta del Odontograma Universal,la misma que estará conformada de la siguiente manera:
- Ministerio de Salud:
- Dra. Serafina Gonzales Dávila, en representaciónde la Dirección General de Salud de las Personas, quienla presidirá.
- Colegio Odontológico del Perú:
- Dra. Silvya Guillén Ponce, representante titular.- Dra. Rosa Edith Núñez Paiva, representante alterna.
- Asociación Peruana de Facultades deOdontología.
- Dra. María Pareja Vásquez, representante titular.- Dr. Luis Guerra Pacheco, representante alterno.
Artículo 2º.- La Comisión que se constituye conformeal artículo anterior, tiene un plazo de noventa (90) díascalendario para presentar a la Alta Dirección la propuestadel Odontograma Universal, quedando facultada aconvocar la participación de las instituciones públicas oprivadas cuyo concurso estime necesario para el mejorcumplimiento de la labor encomendada.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PILAR MAZZETTI SOLERMinistra de Salud
00514
TRABAJO Y PROMOCIÓN
DEL EMPLEO
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RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 009-2006-TR
Lima, 10 de enero de 2006
CONSIDERANDO:
Que, el 25 de junio de 2003 el Consejo Andino deMinistros de Relaciones Exteriores de la ComunidadAndina aprobó la Decisión Nº 545, Instrumento Andinode Migración Laboral, que tiene como objetivo elestablecimiento de normas que permitan de maneraprogresiva y gradual la libre circulación y permanencia
de los nacionales andinos en la Subregión con fineslaborales bajo relación de dependencia;
Que, la Decisión Nº 545, Instrumento Andino de MigraciónLaboral, establece que los Países Miembros adoptarán lasmedidas apropiadas que permitan la libre movilidad para laentrada y salida, y permanencia del trabajador migranteandino en los países andinos en la Subregión;
Que, el artículo 61º numeral 61.2 de la Ley Nº 27444,Ley del Procedimiento Administrativo General, estableceque toda entidad es competente para realizar las tareasmateriales internas necesarias para el eficientecumplimiento de su misión y objetivos;
Que, el artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560,Ley del Poder Ejecutivo, prescribe que el Ministro esresponsable político y está a cargo del Sector o Sectoresque se le confían. Establece los objetivos y orienta,formula, dirige y supervisa las polít icas de sucompetencia, en armonía con las disposicionesconstitucionales, la política general y los planes delGobierno, y expide resoluciones ministeriales;
De conformidad con lo establecido en el artículo 12ºinciso d) del Reglamento de Organización y Funcionesdel Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo,aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Aprobar la Directiva NacionalNº 004-2005-MTPE/DVMT/DNRT, denominada “Instruc-tivo para la aplicación de lo dispuesto en la ResoluciónMinisterial Nº 279-2004-TR y la Decisión Nº 545,Instrumento Andino de Migración Laboral”, formulada porla Dirección Nacional de Relaciones de Trabajo.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS ALMERÍ VERAMENDIMinistro de Trabajo y Promoción del Empleo
INSTRUCTIVO PARA LA APLICACIÓN DELO DISPUESTO EN LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 279-2004-TR Y LA DECISIÓN Nº 545 DELA COMUNIDAD ANDINA DE NACIONES
DIRECTIVA NACIONALNº 004-2005-MTPE/DVMT/DNRT
I. OBJETIVO
Establecer los criterios que deberá aplicar la AutoridadAdministrativa de Trabajo a nivel nacional, para eladecuado cumplimiento de la Resolución Ministerial Nº279-2004-TR y la Decisión Nº 545, Instrumento Andinode Migración Laboral.
II. FINALIDAD
Contar con un instrumento normativo que permitauniformizar el desarrollo de las funciones asignadas a lasSub Direcciones de Registros Generales u oficina que hagasus veces, en relación al trabajador migrante andino.
III. BASE LEGAL
- Decisión Nº 545 de la Comunidad Andina deNaciones, “Instrumento Andino de Migración Laboral”,del 25.06.03.
- Resolución Ministerial Nº 279-2004-TR, publicadaen el Diario Oficial El Peruano el 31.10.04.
IV. ALCANCE
El presente instructivo es de aplicación a lasDirecciones Regionales de Trabajo y Promoción delEmpleo a nivel nacional, a través de:
- La Subdirección de Registros Generales u oficinaque haga sus veces en la respectiva Dirección Regionalde Trabajo y Promoción del Empleo.
V. ÁMBITO DE ACTUACIÓN
5.1 El trabajador migrante andino deberá registrarse ante laSubdirección de Registros Generales, adjuntando lo siguiente:
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- Copia del documento de identidad del país de origenque acredite la nacionalidad del trabajador de Bolivia,Ecuador, Colombia o Venezuela.
- Copia del contrato de trabajo acorde a la clasificaciónde trabajador migrante andino contenida en la DecisiónNº 545 y que cumpla con los requisitos mínimos previstospor la legislación laboral peruana de acuerdo a lanaturaleza del contrato.
5.2 El artículo 4º de la Decisión Nº 545, InstrumentoAndino de Migración Laboral, establece la siguienteclasificación de los trabajadores migrantes andinos:
a) Trabajador con desplazamiento individual;b) Trabajador de empresa;c) Trabajador de temporada; y,d) Trabajador fronterizo.
5.3 El contrato de trabajo del trabajador migranteandino deberá contener, como mínimo, la siguienteinformación:
a) Identificación, sexo, edad y domicilio del trabajador.b) Identificación y domicilio del empleador.c) Número de identificación tributaria del empleador.d) Nacionalidad del trabajador.e) Clasificación del trabajador migrante de acuerdo al
artículo 4º de la Decisión Nº 545.f) Remuneración.g) Duración del contrato de trabajo, según las leyes
peruanas.h) Actividad económica desarrollada por el empleador.i) Actividad o puesto de trabajo a ser ocupado por el
trabajador.j) Jornada laboral.k) Beneficios laborales que no deben ser menores a
los previstos para los trabajadores nacionales.
5.4 Presentada la documentación referida, la AutoridadAdministrativa de Trabajo expedirá una Constancia queacredite al solicitante como trabajador migrante andino,conforme al modelo de constancia que se adjunta comoanexo del presente lineamiento.
5.5 En el caso de trabajador fronterizo, la AutoridadAdministrativa de Trabajo deberá tener en cuenta el ámbitofronterizo laboral correspondiente.
5.6 Las Direcciones Regionales de Trabajo yPromoción del Empleo deberán implementar un Registrode Trabajador Migrante Andino - RETMA, en cadaSubdirección de Registros Generales o dependencia quehaga sus veces, quedando obligadas a informar a laDirección General de Estadística e Informática sobrelos registros efectuados en el RETMA, como parte de labatería de formularios que las Direcciones Regionalesremiten mensualmente conforme a lo dispuesto en laResolución del Secretario General Nº 091-2004-TR/SG,en el formato estadístico anexo al presente lineamiento.
5.7 La Subdirección de Registros Generales odependencia que haga sus veces, deberá supervisar lasituación laboral del trabajador migrante andino, en loreferente a condiciones de trabajo y cumplimiento denormas laborales por parte de los empleadores,coordinando para ello con la Subdirección deInspecciones, Subdirección de Seguridad y Salud en elTrabajo o dependencias que hagan sus veces, las queefectuarán las visitas inspectivas y aplicarán lassanciones que correspondan de acuerdo a susfacultades, informando a la Subdirección de RegistrosGenerales o dependencia que haga sus veces sobrelos resultados de las acciones efectuadas, a efecto deelaborar la información trimestral que la DirecciónRegional de Trabajo y Promoción del Empleo deberáremitir a la Dirección Nacional de Relaciones de Trabajosobre las acciones de supervisión realizadas y susresultados.
5.8 La referida supervisión deberá implementarsemediante un Plan Técnico de Supervisión elaborado porla Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleocorrespondiente, teniendo en cuenta lo dispuesto en elnumeral 5.6 de la presente Directiva, tomando como baseel RETMA y coordinando con la Dirección General de
Migraciones o Autoridad Migratoria competente. Elreferido Plan Técnico de Supervisión será comunicado ala Dirección Nacional de Relaciones de Trabajo dentrode los 15 días hábiles de entrada en vigencia de lapresente Directiva, asimismo, trimestralmente se deberáinformar de las acciones de supervisión realizadas ysus resultados a la Dirección Nacional de Relaciones deTrabajo, conforme lo dispuesto en el referido numeral5.6.
5.9 Los trabajadores migrantes andinos deben tenerun trato igual que un trabajador nacional, debiendo portanto sujetarse a la normatividad laboral vigente aplicablea nuestros nacionales, sin que esto implique un tratomejor o más privilegiado que el de un nacional, por lotanto, el contrato con un trabajador migrante andino debecumplir con los requisitos previstos por la legislaciónlaboral peruana de acuerdo a la naturaleza del contrato.
5.10 Los Directores Regionales de Trabajo yPromoción del Empleo tienen el encargo de capacitar alpersonal a su cargo sobre los alcances de la presenteDirectiva, la Decisión Nº 545, Instrumento Andino deMigración Laboral, y la Resolución Ministerial Nº 279-2004-TR, debiendo informar a la Dirección Nacional deRelaciones de Trabajo sobre las acciones adoptadasdentro de los 15 días hábiles de su entrada en vigencia.
VI. DISPOSICIÓN FINAL
La presente Directiva Lineamiento entrará en vigenciaal día siguiente de su publicación en el Diario Oficial ElPeruano, aplicándose inclusive a los procedimientos entrámite.
VII. DISPOSICIÓN TRANSITORIA
De acuerdo a lo regulado en la Segunda y CuartaDisposición Transitoria de la Decisión Nº 545 la presenteDirectiva dejará de surtir efectos en cuanto entre envigencia el respectivo Reglamento aprobado medianteResolución de la Secretaría General de la ComunidadAndina.
VIII. ANEXO
Forma parte integrante del presente Lineamiento, losformatos siguientes:
a) Formato estadístico para el Registro de TrabajadorMigrante Andino - RETMA.
b) Modelo de Constancia de Trabajador MigranteAndino.
CONSTANCIA DE TRABAJOR MIGRANTEANDINO (DECISIÓN Nº 545)
Al amparo de lo dispuesto por la Resolución MinisterialNº 279-2004-TR de fecha 31 de octubre del 2004, constepor el presente documento que el señor…….……..…………… de nacionalidad …....... identificadocon ........................... Nº………., ostenta la condición detrabajador migrante andino, de conformidad con laDecisión Nº 545, habiendo presentado el contrato detrabajo que en copia se adjunta a la presente.
Ciudad,……………………………
__________________________________Firma y sello del funcionario responsable
����� ����� ����������� Lima, jueves 12 de enero de 2006
MINISTERIO DE TRABAJO YPROMOCION DEL EMPLEO
OFICINA DE ESTADISTICAE INFORMATICA
REGISTRO DE TRABAJADOR MIGRANTE ANDINO - RETMA(Decisión 545, Instrumento Andino de Migración Laboral; R.M Nº 279-2004-TR)
II .- INFORMACION DEL TRABAJADOR ANDINO
6.- Apel l idos
7.- Nombres
1.- Dirección Regional / Zona de Trabajo
D M A
3.- Fecha de Ingreso2.- Nº de Expediente 4.- Tipo de Registro
14.- Domici l io Actual: Av / Jr. / Psje. / Cal le / Urb. / AAHH / Pueblo Joven (encerrar en círculo) (*)
Formato para uso exclusivo de las Dependencias Regionales y Sede Central
FORMATO 42-A
23.- Ciudad / País
25.- Profesión o Especia l idad
I I I . - INFORMACION DEL CONTRATO DE TRABAJO
I .- INFORMACION GENERAL
5.- País de Emigración
5.1 Bol iv ia
5.2 Colombia
5.3 Ecuador
5.4 Venezuela
8.- Edad 9.- Sexo 10.- Estado Civi l
1 Sol tero 2 Casado 3 Conviv iente 4 Viudo 5 Divorc iado
11.- País de Nacimiento 12.- Nacional idad
22.- UBIGEO (No l lenar)
24.- Teléfono
26.- Ocupación / Cargo a desempeñar (deta l lar) 27.- CIUO (no l lenar)
13.- Documento de Ident idad
13.1 Carnet de Extranjería
28.- Duración del Contrato de Trabajo 29.- T ipo de Contrato
Inicio
Prórroga
30.- Fecha de expedic ión de la constancia que acredi ta ser Trabajador Migrante Andino
D M A
D M A D M A
Inicio Término
Inicio Prórroga
13.2 Pasaporte
13.3 Documento de Ident idad
15.- Número 17.- Piso16.- Inter ior 19.- Sector 20.- Lote18.- MZ 21.- Distr i to
����� ����������������Lima, jueves 12 de enero de 2006
FORMATO Nº42-BFormato para uso exclusivo de las Dependencias Regionales y Sede Central
IV.- INFORMACION DE LA EMPRESA
35.- Número
45.- CIIU (No llenar)
32.- Nombre o Razón Social de la Empresa
34.- Dirección del Centro de Trabajo: Av. / Jr. / Psje. / Calle / Urb. / AAHH (encerrar en círculo) (**)
41.- Ciudad / País
44- Actividad Económica de la Empresa (describir en detalle)
33.- Número de Identificación Tributaria
42.- Teléfono 43.- Correo electrónico
46.- ER (No llenar)
31.- Naturaleza del trabajador contratado
31.1TRABAJADOR CON DESPLAZAMIENTO INDIV IDUAL: Se considera t rabajador con desplazamiento indiv idual a aquel la personanacional de un País Miembro con fines laborales, por:a) Haber suscrito un contrato de trabajo bajo relación de dependencia; o,b) Tener o responder a una oferta de empleo desde el País de Inmigración, bajo relación de dependencia.
31.2 TRABAJADOR DE EMPRESA: Se considera trabajador de empresa al nacional andino que se traslada a otro País Miembro distinto alpaís de su domici l io habi tual por un período super ior a 180 días y por d isposic ión de la empresa para la cual labora bajo relación dedependencia, sea que la misma ya esté instalada en el otro país, tenga en curso legal un proyecto para establecerse o real ice unproyecto especial allí.
31.3
TRABAJADOR DE TEMPORADA: Se considera trabajador de temporada al nacional andino que se traslada a otro País Miembropara ejecutar labores cíclicas o estacionales, tales como: a) Labores de carácter agrario, entre otras, las tareas de siembra, plantación, cultivo y cosecha de productos agrícolas; b) Tareas relacionadas con los procesos temporales de la actividad pecuaria; c) Tareas relacionadas con los procesos temporales propios de la actividad forestal; y d) Otras actividades reguladas por el régimen de trabajadores a grarios, pecuarios y forestales cuya explotación sea de carácter cíclico o estacional.El ingreso de t rabajadores de temporada al País de Inmigración requer i rá la ex istencia de un contrato que ampare a uno o var iostrabajadores y determine con precis ión la labor y e l t iempo en que la misma de desarrol lará. En la contratación de t rabajadores detemporada, se garantizará a los mismos la provisión de alojamiento adecuado, así como el pago de los gastos de traslado por parte delempleador. Se garantizará a los trabajadores de temporada la protección y facil idades que requieran para sus actividades laborales y,en especial, la libre movilidad para la entrada y salida a la iniciación y a la terminación de las labores que van a desarrollar.
31.4
TRABAJADOR FRONTERIZO: Se considera trabajador fronterizo al nacional andino que, manteniendo su domicil io habitual en un PaísMiembro, se traslada continuamente al ámbito fronterizo laboral de otro País Miembro para cumplir su actividad laboral.
NOMBRE Y APELLIDOS DEL RESPONSABLE DE LA INFORMACIONVªBª DEL DIRECTOR REGIONAL
(*) En el caso de trabajador fronterizo se consignará el domicilio habitual en el país de emigración.(**) En el caso de trabajador de empresa se consignará el domicilio de la empresa para la cual labora.
36.- MZ 37.- Sector 38.- Lote 39.- Distrito 40.- UBIGEO (No llenar)
00629
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RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 010-2006-TR
Lima, 10 de enero de 2006
VISTO: El Oficio Nº 039-2005-MTPE/6.3/ST, de laSecretaría Técnica del Consejo Nacional para elDesarrollo de la Micro y Pequeña Empresa -CODEMYPE;y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Artículo 7º de Ley Nº 28015, Ley dePromoción y Formalización de la Micro y PequeñaEmpresa, concordado con el Artículo 8º de suReglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2003-TR, se ha creado el Consejo Nacional para elDesarrollo de la Micro y Pequeña Empresa -CODEMYPE-, como órgano multisectorial adscrito al Ministerio deTrabajo y Promoción del Empleo y presidido por elMinistro de Trabajo y Promoción del Empleo, o quien éldesigne;
Que, el CODEMYPE está integrado, entre otrosmiembros, por un representante del Ministerio de Trabajoy Promoción del Empleo, el mismo, que podrá contarcon un Representante o Miembro Alterno, que serádesignado por Resolución Ministerial;
Que, en mérito a lo expuesto, mediante ResolucionesMinisteriales Nºs. 127-2004-TR y 095-2005-TR, se handesignado y acreditado al señor Ivan Mifflin Bresciani yCarlos Alfredo Espinoza Alegría como representantesAlterno y Titular del Ministerio de Trabajo y Promoción delEmpleo, respectivamente, ante el Consejo Nacional parael Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa -CODEMYPE;
Que, mediante Resolución Suprema Nº 055-2005-TR, se designa al señor Walter Francisco GagoRodríguez en el cargo de Viceministro de Promoción delEmpleo y la Micro y Pequeña Empresa, en reemplazodel señor Carlos Alfredo Espinoza Alegría y que medianteResolución Suprema Nº 001-2006-TR, se designa alseñor Julio Walter Noceda Martorollet, como DirectorEjecutivo del Centro de Promoción de la Pequeña y MicroEmpresa - PROMPYME, en reemplazo del señor IvanMifflin Bresciani;
Que, en atención a los considerandos expuestos, ypor convenir al servicio, corresponde designar a losseñores Walter Francisco Gago Rodríguez y Julio WalterNoceda Martorollet, como representantes Titular y Alternodel Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo,respectivamente, ante el citado Consejo Nacional;
Con la visación del Director General de la Oficina deAsesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 37del Decreto Legislativo Nº 560, Ley de Poder Ejecutivo;la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promocióndel Empleo, y el artículo 9 del Reglamento de la Ley dePromoción y Formalización de la Micro y PequeñaEmpresa, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2003-TR;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Dar por concluida, la designación yacreditación del señor CARLOS ALFREDO ESPINOZAALEGRÍA y del señor IVAN MIFFLIN BRESCIANI, comorepresentantes Titular y Alterno del Ministerio de Trabajoy Promoción del Empleo, respectivamente, ante elConsejo Nacional para el Desarrollo de la Micro yPequeña Empresa - CODEMYPE, dándosele las graciaspor los servicios prestados.
Artículo 2º.- Designar y acreditar al señor WALTERFRANCISCO GAGO RODRÍGUEZ, Viceministro dePromoción del Empleo y la Micro y Pequeña Empresa, yal señor JULIO WALTER NOCEDA MARTOROLLET,
Director Ejecutivo del Centro de Promoción de la PequeñaEmpresa -PROMPYME, como representantes Titular yAlterno del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo,respectivamente, ante el Consejo Nacional para elDesarrollo de la Micro y Pequeña Empresa - CODEMYPE,creada por Ley Nº 28015.
Artículo 3º.- Déjese sin efecto las ResolucionesMinisteriales Nºs. 127-2004-TR y 095-2005-TR.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS ALMERÍ VERAMENDIMinistro de Trabajo y Promoción del Empleo
00630
TRANSPORTES Y
COMUNICACIKONES
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RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 003-2006-MTC/03
Lima, 5 de enero de 2006
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 188-95-MTC/15.04 de fecha 25 de mayo de 1995 se otorgó a laempresa RADIO COMUNICACIONES S.A., concesiónpara la explotación del Teleservicio Público deBuscapersonas cuya área de cobertura comprende laprovincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao,suscribiéndose el respectivo contrato de concesión el 7de julio de 1995;
Que, mediante registro Nº 060231 de fecha 23 deenero de 1996, la citada empresa comunica que hainiciado operaciones con fecha 15 de agosto de 1995,y mediante Informe Nº 044-96-MTC/15.17.dst de fecha18 de marzo de 1996, la entonces Dirección deDesarrollo de Servicio de Telecomunicaciones, dacuenta de la inspección técnica realizada a lasinstalaciones de la empresa concluyéndose quecuenta con el equipamiento y la infraestructuranecesaria para la operación y funcionamiento dentrodel área de cobertura;
Que, la entonces Unidad Especializada enConcesiones de Telecomunicaciones, mediante InformeNº 286-2001-MTC/15.03.UECT de fecha 13 de junio de2001, señala que la citada empresa ha suspendido laprestación del servicio sin autorización del Ministerio, talcomo se constató en las inspecciones de fechas 9 defebrero y 6 de marzo de 2001;
Que, el literal a) del numeral 17.01 de la cláusuladécima sétima del Contrato de Concesión estableceque, el contrato de concesión quedará resuelto cuandola empresa concesionaria incurra en alguna de lascausales previstas en el artículo 135º del ReglamentoGeneral;
Que, el numeral 3. artículo 144º del Texto ÚnicoOrdenado del Reglamento General de la Ley deTelecomunicaciones, aprobado por Decreto SupremoNº 027-2004-MTC (antes numeral 5. del artículo 135ºdel Reglamento General de la Ley de Telecomuni-caciones), establece que el contrato de concesión seresuelve por la suspensión de la prestación delservicio sin autorización del Ministerio, salvo que éstase produzca por razones de fuerza mayor o casofortuito debidamente acreditados y calificados comotales por el Ministerio;
Que, el numeral 17.04 de la cláusula décima sétima,del citado contrato establece que en caso de que laempresa concesionaria incurra en causal de resolución,
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conforme a lo establecido en el numeral 17.01, elMinisterio la notificará otorgándole un plazo para quesubsane su incumplimiento. En caso ello no ocurra,vencido el plazo, el Ministerio podrá declarar resuelto elcontrato;
Que, mediante edictos publicados en el Diario OficialEl Peruano con fechas 28 de diciembre de 2001, 2 deenero de 2002 y 4 de enero de 2002, se otorgó a laempresa el plazo de diez (10) días para presentar susdescargos, por haber incurrido en causal de resoluciónde contrato de concesión, sin haber obtenido respuestaalguna hasta la fecha;
Que, mediante Informe Nº 494-2005-MTC/17.01.ssp,la Dirección de Concesiones y Autorizaciones deTelecomunicaciones, de la Dirección General de Gestiónde Telecomunicaciones, señala que la empresa RADIOCOMUNICACIONES S.A. ha incurrido en causal deresolución del contrato de concesión por suspensión dela prestación del servicio sin autorización del Ministerio,sin haber acreditado caso fortuito o fuerza mayor, peseal emplazamiento realizado, por tanto el contrato deconcesión ha quedado resuelto, de acuerdo a loestablecido en el numeral 3. del artículo 144º del TextoÚnico Ordenado del Reglamento General de la Ley deTelecomunicaciones, aprobado por Decreto SupremoNº 027-2004-MTC (antes numeral 5. del artículo 135ºdel Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones);
Que, en consecuencia debe dictarse el actoadministrativo correspondiente;
De conformidad con lo dispuesto en el Texto ÚnicoOrdenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobadopor Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto ÚnicoOrdenado del Reglamento General de la Ley deTelecomunicaciones aprobado por Decreto SupremoNº 027-2004-MTC y su modificatoria, y el Reglamentode Organización y Funciones del Ministerio deTransportes y Comunicaciones aprobado por DecretoSupremo Nº 041-2002-MTC;
Con la opinión favorable del Director General deGestión Telecomunicaciones y del Viceministro deComunicaciones;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Resolver el Contrato de Concesiónsuscrito con la empresa RADIO COMUNICACIONESS.A. para la prestación del Servicio Público deBuscapersonas, y en consecuencia déjese sin efecto laResolución Ministerial Nº 188-95-MTC/15.04, por loexpuesto en la parte considerativa de la presenteresolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERAMinistro de Transportes y Comunicaciones
00558
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RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 007-2006 MTC/03
Lima, 5 de enero de 2006
VISTA, la solicitud formulada con expediente Nº 2003-021349 por la empresa SUPERCABLE TELEVISIÓNS.R.L., sobre modificación del contrato de concesiónpor ampliación del área de concesión;
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución de Presidencia Nº 026-96-PD/OSIPTEL, de fecha 25 de julio de 1996, se otorgó a favor
de la empresa SUPERCABLE TELEVISIÓN S.R.L.,concesión para la prestación del servicio público dedistribución de radiodifusión por cable, por el plazo deveinte (20) años, en el área que comprende las ciudadesde Piura y Castilla, de la provincia y departamento dePiura;
Que, con Resolución Ministerial Nº 206-97-MTC/15.03de fecha 19 de mayo de 1997, se aprobó el contrato deconcesión para la prestación del servicio público dedistribución de radiodifusión por cable en el área quecomprende los distritos de Piura y Castilla, de la provinciay departamento de Piura; el mismo que fue suscrito el 3de julio de 1997;
Que, el término “Ciudad” utilizado en la Resoluciónde Presidencia Nº 026-96-PD/OSIPTEL para definir elárea otorgada en concesión, se ésta refiriendo al“Distrito”, ello se corrobora de los antecedentes de losdocumentos por el cual se solicitó la concesión, así comode la Resolución Ministerial que aprueba el contrato deconcesión;
Que, el área otorgada en las concesiones se delimitaa través de los conceptos de demarcación geográfica,establecidos por el artículo 189º de la ConstituciónPolítica del Perú; es decir, regiones, departamentos,provincias y distritos, por lo tanto, el uso del término“Ciudad” para definir el área otorgada en concesión noes apropiado;
Que, en ese sentido, corresponde precisar laconcesión otorgada mediante Resolución de PresidenciaNº 026-96-PD/OSIPTEL, a fin de ser acorde a losconceptos de demarcación geográfica establecidosconstitucionalmente, por lo que el área de concesiónsería los distritos de Piura y Castilla, de la provincia ydepartamento de Piura;
Que, con sol ici tud de vista, la empresaSUPERCABLE TELEVISIÓN S.R.L. solicita modificar elcontrato de concesión por ampliación del área deconcesión del servicio otorgado por Resolución dePresidencia Nº 026-96-PD/OSIPTEL, a los distritos deTrujillo, El Porvenir, Florencia de Mora, Victor LarcoHerrera y La Esperanza, de la provincia de Trujillo, deldepartamento de La Libertad;
Que, el numeral 21.07 de la Cláusula Vigésimo Primeradel contrato de concesión establece que las partesdeclaran que el contrato de concesión se adecuará demanera automática a las normas emitidas por losorganismos competentes del sector;
Que, mediante Informes Nºs 147-2005-MTC/17.01.ssp y 507-2005-MTC/17.01.ssp, la Dirección deConcesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones,de la Dirección General de Gestión de Telecomuni-caciones, opina que procede modificar el contrato deconcesión ampliando el área de concesión a losdistritos de Trujillo, El Porvenir, Florencia de Mora,Victor Larco Herrera y La Esperanza, de la provinciade Trujillo, del departamento de La Libertad con sucorrespondiente Plan Mínimo de Expansión; así comoincorporar las características técnicas del servicioconcedido con su correspondiente Anexo 3, laobl igación de servic io gratui to a determinadasentidades y la cláusula denominada Modificación delContrato;
De conformidad con lo dispuesto por el Texto ÚnicoOrdenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobadopor Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el TUO delReglamento General de la Ley de Telecomunicaciones,aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC consu modificatoria, el Reglamento de Organización yFunciones del Minister io de Transpor tes yComunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC y el TUPA del Ministerio aprobado por DecretoSupremo Nº 008-2002-MTC;
Con la opinión favorable del Director General deGestión de Telecomunicaciones y del Viceministro deComunicaciones;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Precisar que el área de concesiónotorgada mediante Resolución de Presidencia Nº 026-96-PD/OSIPTEL a la empresa SUPERCABLE
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TELEVISION S.R.L., comprende el distrito de Piura y eldistrito de Castilla, de la provincia y departamento dePiura, para la prestación del servicio público dedistribución de radiodifusión por cable.
Artículo 2º.- Modificar el contrato de concesiónaprobado por Resolución Ministerial Nº 206-97-MTC/15.03 a la empresa SUPERCABLE TELEVISIÓN S.R.L.,para la prestación del servicio público de distribución deradiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbricou óptico, por ampliación del área de concesión a losdistritos de Trujillo, El Porvenir, Florencia de Mora, VictorLarco Herrera y La Esperanza, de la provincia de Trujillo,del departamento de La Libertad, conforme al Anexo 1que forma parte de la Adenda a aprobarse con la presenteresolución y que reemplaza al Anexo 1 del contrato deconcesión aprobada por la Resolución Ministerial Nº 206-97-MTC/15.03.
Artículo 3º.- Aprobar el Plan Mínimo de Expansióncorrespondiente al área ampliada a que se refiere elartículo precedente, conforme al Anexo 2 que forma partede la Adenda a aprobarse con la presente Resolución yque reemplaza el Anexo 2 del contrato de concesiónaprobado por la Resolución Ministerial Nº 206-97-MTC/15.03.
Artículo 4º .- Aprobar la incorporación de losnumerales 6.11 “Instalación de la Red”, 6.12 “ServicioGratuito a determinadas Entidades” a la Cláusula Sextadel contrato de concesión y de la Cláusula VigésimoSegunda denominada “Modificación del Contrato”; asícomo del Anexo 3 “Descripción de la Red” al contrato deconcesión aprobado por Resolución Ministerial Nº 206-97-MTC/15.03.
Artículo 5º.- Aprobar la Adenda mediante la cual seformaliza la modificación del primer párrafo del numeral3.02 de la Cláusula Tercera, e incorpora los numerales6.11 “Instalación de la Red”, 6.12 “Servicio Gratuito adeterminadas Entidades” a la Cláusula Sexta delcontrato de concesión, de la Cláusula Vigésimo Segundadenominada Modificación de Contrato y del Anexo 3“Descripción de la Red”; y se sustituyen los Anexos 1y 2, del contrato de concesión aprobado por laResolución Ministerial Nº 206-97-MTC/15.03,autorizándose al Director General de Gestión deTelecomunicaciones a suscribir la Adenda enrepresentación del Minister io de Transpor tes yComunicaciones, así como, en caso cualquiera de laspartes lo solicite, a firmar la elevación a Escritura Públicadel contrato de concesión y de las Adendas que sesuscriban al mismo.
Artículo 6º.- La presente resolución quedará sinefecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerioemita el acto administrativo correspondiente, si la Adendano es suscrita por la empresa SUPERCABLETELEVISIÓN S.R.L. en el plazo máximo de sesenta (60)días hábiles computados a partir de su publicación.
Regístrese, comuníquese y publíquese
JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERAMinistro de Transportes y Comunicaciones
00579
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RESOLUCIÓN DIRECTORALNº 2139-2005-MTC/17
Lima, 25 de noviembre de 2005
CONSIDERANDO:
Que, el inciso 3) del artículo 75º del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado
por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, señala quecorresponde al Ministerio de Transpor tes yComunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones,permisos y licencias en materia de telecomunicaciones;
Que, el artículo 126º del Texto Único Ordenado delReglamento General de la Ley de Telecomunicaciones,aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC,establece que los servicios públicos de difusión seprestan bajo el régimen de concesión, la cual se otorgaprevio cumplimiento de los requisitos y trámitesestablecidos en la Ley y su Reglamento y se perfeccionamediante la suscripción de un contrato de concesiónaprobado por el Titular del Ministerio de Transportes yComunicaciones;
Que, el artículo 93º del Texto Único Ordenado delReglamento General de la Ley de Telecomunicaciones,establece que entre los servicios públicos de difusión seencuentra el servicio público de distribución deradiodifusión por cable;
Que, el artículo 139º del Texto Único Ordenado delReglamento General de la Ley de Telecomunicaciones,establece que el Ministerio, con la opinión previa deOsiptel, aprobará contratos tipo de concesiones para laprestación de servicios públicos de telecomunicaciones.Para tal efecto, Osiptel emitirá pronunciamiento respectode dichos contratos dentro de los veinte (20) días hábilessiguientes a su recepción;
Que, el precitado artículo del Reglamento General,no establece taxativamente el órgano competente paraaprobar los contratos de concesión tipo, por lo que deberátenerse presente el numeral 62.1 del artículo 62º de laLey del Procedimiento Administrativo General - LeyNº 27444, que establece que cuando una norma atribuyaa una entidad alguna competencia o facultad sinespecificar qué órgano a su interior debe ejercerla, debeentenderse que corresponde al órgano de inferiorjerarquía de función más similar vinculada a ella en razónde la materia y de territorio, y, en caso de existir variosórganos posibles, al superior jerárquico común;
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 62.1del artículo 62º de la Ley Nº 27444, concordado con elartículo 80º l iterales d) y l) del Reglamento deOrganización y Funciones del Ministerio de Transportesy Comunicaciones aprobado por Decreto SupremoNº 041-2002-MTC, corresponde a la Dirección Generalde Gestión de Telecomunicaciones aprobar medianteResolución Directoral el Contrato Tipo de Concesión parala prestación del Servicio Público de Distribución deRadiodifusión por Cable, al ser el órgano de línea delSubsector Comunicaciones que tiene como funciónevaluar concesiones de servicios públicos detelecomunicaciones;
Que, mediante Oficio Nº 275-2005-MTC/17 reiteradocon Oficio Nº 354-2005-MTC/17, la Dirección Generalde Gestión de Telecomunicaciones remite a OSIPTELel modelo de contrato de concesión tipo para laprestación del Servicio Público de Distribución deRadiodifusión por Cable, en la modalidad de CableAlámbrico u Óptico;
Que, mediante Carta C.382-PD.GL/2005, el Presidentedel Consejo Directivo de OSIPTEL emite supronunciamiento favorable al proyecto de Contrato deConcesión Tipo para el Servicio Público de Distribuciónde Radiodifusión por Cable. Asimismo formulasugerencias y recomendaciones para su evaluación einclusión en el texto final del contrato tipo;
Que, mediante Informes Nºs. 179 y 500-2005-MTC/17.01.ssp, la Dirección de Concesiones y Autorizacionesde Telecomunicaciones señala que, habiéndose evaluadolas sugerencias y recomendaciones del OSIPTEL, sedebe aprobar el contrato de concesión tipo para laprestación del Servicio Público de Distribución deRadiodifusión por Cable en la modalidad de CableAlámbrico u Óptico;
De conformidad con lo dispuesto por el Texto ÚnicoOrdenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobadopor Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto ÚnicoOrdenado del Reglamento General de la Ley deTelecomunicaciones aprobado por Decreto SupremoNº 027-2004-MTC y su modificatoria y el Reglamento deOrganización y Funciones del Ministerio de Transportes
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y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº041-2002-MTC;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar el Contrato Tipo deconcesión para la prestación del Servicio Público deDistribución de Radiodifusión por Cable, en la modalidadde Cable Alámbrico u Óptico, el mismo que consta deveinticinco (25) cláusulas y tres (3) anexos que seaprueban con la presente resolución.
Artículo Segundo.- Dispóngase la publicación deltexto del contrato tipo que se aprueba con la presenteresolución en la pagina web del Ministerio de Transportesy Comunicaciones.
Regístrese y publíquese.
JORGE ENRIQUE DE LA ROCA CHALCODirector General de Gestiónde Telecomunicaciones
00562
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RESOLUCIÓN DIRECTORALNº 2189-2005-MTC/17
Lima, 15 de diciembre de 2005
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 16º de la Ley de Radio y Televisión,concordado con el artículo 40º del su Reglamento,disponen que las autorizaciones del servicio deradiodifusión se otorguen mediante concurso públicocuando la cantidad de frecuencias o canales disponiblesen una banda y localidad es menor al número desolicitudes;
Que, el artículo 41º del Reglamento de la Ley de Radioy Televisión establece que por resolución de la DirecciónGeneral de Gestión de Telecomunicaciones se señalaránlas bandas de frecuencias y localidades en las cualeslas respectivas autorizaciones deban otorgarse medianteel mecanismo del Concurso Público;
Que, la Dirección de Concesiones y Autorizacionesde Telecomunicaciones mediante Informe Nº 1083-2005-MTC/17.01.ssr, propone que las autorizaciones seanotorgadas mediante Concurso Público en las localidadesde Abancay, Morrope, Naranjos, Sayan, Talara, Tucume-Illimo-Mochumi, Tumbes y Urubamba-Anta-Chinchero parael servicio de Radiodifusión Sonora en FM; en laslocalidades de Arequipa, Cajamarca-Celendín-Contumazá-San Pablo, Chiclayo-Ferreñafe-Lambayeque,Cusco-Anta-Calca-Paruro-Urubamba-Pisac, Huaral,Lima, Piura-Sechura-Sullana, Sicuani-Espinar-Urcos-Marcapata-Camanti y Trujillo-Virú-Ascope-Gran Chimú-Julcán-Otuzco, para el Servicio de Radiodifusión Sonoraen OM; en las localidades de Ica y Puno para el Serviciode Radiodifusión por Televisión en UHF y en las localidadesde Barranca-Pativilca, Celendín, Chepén-Guadalupe,Chosica-Chaclacayo, Cieneguilla, Huamachuco,Huancabamba, Huancayo, Huantar, Nasca, Puno yUrubamba para el Servicio de Radiodifusión por Televisiónen VHF.
Que, en consecuencia resulta necesario expedir elacto administrativo que apruebe la relación de bandasde frecuencias y localidades en las cuales las respectivasautorizaciones serán otorgadas mediante ConcursoPúblico;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Radioy Televisión –Ley Nº 28278, y su Reglamento, aprobadopor Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Aprobar la relación de las bandasde frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusión ylocalidades cuyas autorizaciones deberán otorgarsemediante Concurso Público, y que se detallan acontinuación:
Modalidad Banda Nº Localidad Departamentodel Servicio
RadiodifusiónSonora FM 1 ABANCAY APURIMAC
2 MORROPE LAMBAYEQUE
3 NARANJOS SAN MARTIN
4 SAYAN LIMA5 TALARA PIURA6 TUCUME-ILLIMO-MOCHUMI LAMBAYEQUE7 TUMBES TUMBES8 URUBAMBA-ANTA-
CHINCHERO CUSCO
OM 1 AREQUIPA AREQUIPA2 CAJAMARCA-CELENDIN-
CONTUMAZA-SAN PABLO CAJAMARCA3 CHICLAYO-FERREÑAFE-
LAMBAYEQUE LAMBAYEQUE4 CUSCO-ANTA-CALCA-
PARURO-URUBAMBA-PISAC CUSCO5 HUARAL LIMA6 LIMA LIMA7 PIURA-SECHURA-SULLANA PIURA8 SICUANI-ESPINAR-URCOS-
MARCAPATA-CAMANTI CUSCO9 TRUJILLO-VIRU-ASCOPE-
GRAN CHIMU-JULCAN-OTUZCO LA LIBERTAD
UHF 1 ICA ICA2 PUNO PUNO
1 BARRANCA-PATIVILCA LIMA2 CELENDIN CAJAMARCA
Radiodifusión 3 CHEPEN-GUADALUPE LA LIBERTADpor Televisión 4 CHOSICA-CHACLACAYO LIMA
5 CIENEGUILLA LIMAVHF 6 HUAMACHUCO LA LIBERTAD
7 HUANCABAMBA PIURA8 HUANCAYO JUNIN9 HUANTAR ANCASH10 NASCA ICA11 PUNO PUNO12 URUBAMBA CUSCO
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE ENRIQUE DE LA ROCA CHALCODirector General de Gestiónde Telecomunicaciones
00563
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CORTES SUPERIORES
DE JUSTICIA
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RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVANº 008-2006-P-CSJLI/PJ
Lima, 9 de enero del 2006
VISTO:
El Oficio Nº 08-2006-BTL-CEDASJPI, remitido porel Secretario de la Comisión Especial de Apoyo al
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Servicio Judicial para Internos, de fecha 6 de enero del2006; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Administrativa Nº 024-2001-P-CSJLI/PJ, de fecha 17 de enero del año dos miluno, se constituyó la Comisión Especial de Apoyo alServicio Judicial para Internos, integrada por Magistradosde la Corte Superior de Lima;
Que habiéndose producido la Conformación deSalas y Juzgados de esta Cor te Super ior, esnecesario designar a los Magistrados que integraránla referida Comisión para el presente año judicial,quienes asumirán este encargo en adición a susfunciones, tomándose en cuenta la propuesta elevadaen el oficio de la referencia.
Por lo expuesto y en uso de la facultades conferidasen el artículo 90º incisos 3) y 9) de la Ley Orgánica delPoder Judicial, la Presidencia de la Corte Superior deJusticia de Lima;
RESUELVE:
Artículo Primero.- DESIGNAR como miembrosintegrantes de la COMISIÓN ESPECIAL DE APOYO ALSERVICIO JUDICIAL PARA INTERNOS, que seencuentra bajo la competencia de la Corte Superior deJusticia de Lima, para el presente año judicial, a lossiguientes señores Magistrados:
Dr. Carlos Segundo Ventura Cueva Vocal Superior (T)Dr. Ricardo Brousset Salas Vocal Superior (T)Dra. Martha Otilia Vargas Gonzáles Vocal Superior (P)Dr. Manuel Alejandro Carranza Paniagua Vocal Superior (P)Dra. Avigail Colquicocha Manrique Juez TitularDr. Zoilo Enríquez Sotelo Juez Titular
Art ículo Segundo.- DISPONER que losmencionados Magistrados procedan a elegir suPresidente en el plazo de diez días, conforme a lodispuesto en el Artículo 2º del Reglamento de laComisión Especial de Apoyo al Servicio Judicial paraInternos.
Artículo Tercero.- DISPONER que la Comisión enreferencia adopte las acciones de acuerdo a lo dispuestoen el citado Reglamento, así como también deberá laSecretaría de la Comisión proceder conformecorresponda, a efecto de dar cumplimiento a loestablecido en la Segunda Disposición Final delReglamento, dando cuenta a este despacho de lasgestiones y medidas adoptadas.
Artículo Cuarto.- PONER la presente resolución enconocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema deJusticia de la República, Consejo Ejecutivo del PoderJudicial, Oficina de Control de la Magistratura, GerenciaGeneral, Fiscalía de la Nación, y de los Magistradosintegrantes de la indicada Comisión.
Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.
MARÍA ZAVALA VALLADARESPresidenta de la Corte Superiorde Justicia de Lima
00608
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RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVANº 011-2006-P-CSJLI/PJ
Lima, 10 de enero del 2006
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Ley Nº 25476, de fecha 5 demayo de 1992, se dispone que las Salas Penales de lasCortes Superiores de la República realicen una AudienciaPública Extraordinaria, para la ejecución de los actosque dicho decreto estipula;
Que, el artículo 2º del mencionado Decreto Ley,establece que los Presidentes de las Cortes Superioresaprobarán un cronograma de realización trimestral deAudiencias Públicas Extraordinarias, a fin de garantizarque los procesos penales se tramiten en los plazosfijados por la ley y el derecho de toda persona procesadaa ser juzgada dentro de un plazo razonable o, a serpuesta en libertad;
Que, en tal sentido, corresponde a los señoresPresidentes de las Salas Penales de esta Corte Superior,la elaboración del cronograma aludido, al conocer éstosen forma directa el número de causas que giran ante elórgano jurisdiccional que presiden, y el control de quedichas causas se resuelvan dentro de los términosseñalados por la ley, de conformidad con lo dispuesto enel artículo 45.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial;
Que, en consecuencia, en uso de las facultadesconferidas por los incisos 3 y 9 del artículo 90º de la LeyOrgánica del Poder Judicial;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DISPONER que los Presidentesde las Salas Penales para Procesos con Reos en Cárcely Especiales de esta Corte Superior de Justicia,establezcan un cronograma de realización trimestral deAudiencias Públicas Extraordinarias, debiendo tener encuenta que las fechas a señalarse deben correspondera la primera quincena de cada trimestre del presenteaño.
Artículo Segundo.- DISPONER que los Presidentesde las referidas Salas Penales remitan el cronogramaelaborado para la realización de las audiencias públicasextraordinarias a este Despacho, para su aprobaciónrespectiva, dentro de los cinco días de efectuada lapublicación de la presente resolución, así como,efectuadas que sean, remitir oportunamente a esteDespacho las Actas de las Audiencias Públicas llevadasa cabo.
Artículo Tercero.- PONER la presente resolución enconocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema deJusticia de la República, del Consejo Ejecutivo del PoderJudicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, de laGerencia General del Poder Judicial, Fiscalía de la Nacióny de los Presidentes de las Salas Penales Superioresindicadas, para los fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.
MARÍA ZAVALA VALLADARESPresidenta de la Corte Superiorde Justicia de Lima
00610
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RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVANº 012-2006-P-CSJLI/PJ
Lima, 10 de enero de 2006
VISTA:
La Resolución Administrativa Nº 043-2004-CE-PJ,publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 22 de abril delaño dos mil cuatro; y,
����� ���� �����������Lima, jueves 12 de enero de 2006
CONSIDERANDO:
Que, el artículo segundo de la citada resolucióndispone que los Secretarios de las Salas Superiores delas Cortes de Justicia de la República, remitanbimestralmente a la Secretaría Administrativa de laPresidencia, dos ejemplares con un disquete de lasresoluciones consentidas y/o ejecutoriadas emitidas porlas Salas, a excepción de las relativas a procesos enreserva;
Que, esta Presidencia considera pertinente,establecer un cronograma de entrega de ladocumentación indicada, para el presente año judicial, aefectos de mantener orden y control en su recepción ydar cumplimiento con lo establecido por el citado órganode gobierno y gestión;
Que, en consecuencia, en uso de las facultadesconferidas por los incisos 3 y 9 del artículo 90º de la LeyOrgánica del Poder Judicial;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DISPONER que los Secretariosde las Salas Superiores de esta Corte Superior deJusticia, remitan bimestralmente, dos ejemplares de lasresoluciones indicadas y el respectivo disquete que lascontiene, a la Secretaría General de esta Corte Superior,en las fechas que se detallan a continuación:
Bimestre Fecha de EntregaEnero - Febrero del 2006 8 de marzoMarzo - Abril del 2006 9 de mayoMayo - Junio del 2006 10 de julioJulio - Agosto del 2006 8 de setiembreSetiembre - Octubre del 2006 9 de noviembreNoviembre - Diciembre del 2006 10 de enero del 2007
Artículo Segundo.- La entrega de la documentación,con los folios debidamente enumerados en formacorrelativa por cada ejemplar y el disquete, se haráefectiva en la Oficina de Trámite Documentario de laCorte Superior de Justicia de Lima.
Artículo Tercero.- Los Presidentes de las SalasSuperiores verif icarán que se cumpla con lasdisposiciones señaladas en la presente resolución,dentro de los plazos establecidos en el presentecronograma.
Artículo Cuarto.- PONER la presente resolución enconocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial,Director del Centro de Investigaciones Judiciales,Gerencia General del Poder Judicial, Salas Superiores,Oficina de Administración Distrital, Oficina de Prensa,Oficina de Protocolo, Biblioteca y Oficina de TrámiteDocumentario de esta Corte Superior, respectivamente,para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
MARÍA ZAVALA VALLADARESPresidenta de la Corte Superiorde Justicia de Lima
00613
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CONTRALORÍA GENERAL
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RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍANº 532-2005-CG
Lima, 13 de diciembre de 2005
VISTO, la Hoja de Recomendación Nº 069-2005-CG/EI de la Gerencia de Estudios e Investigaciones de la
Gerencia Central de Desarrollo, mediante la cual sepropone la aprobación del documento denominado Guíade Auditoría de las Adquisiciones y Contrataciones delEstado; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo previsto en el artículo82º de la Constitución Política, la Contraloría General dela República es el ente rector del Sistema Nacional deControl, que supervisa la legalidad de la ejecución delPresupuesto del Estado, de las operaciones de la deudapública y de los actos de las instituciones sujetas acontrol;
Que, el artículo 14º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánicadel Sistema Nacional de Control y de la ContraloríaGeneral de la República, establece que el ejercicio delcontrol gubernamental se efectúa bajo la autoridadnormativa y funcional de la Contraloría General de laRepública, la que establece los l ineamientos,disposiciones y procedimientos técnicos correspon-dientes a su proceso;
Que, el artículo 22º literal t) de la citada LeyNº 27785, establece que la Contraloría General de laRepública, ente técnico rector del Sistema Nacionalde Control, tiene como atribución, entre otros, emitirdisposiciones y/o procedimientos para implementaroperat ivamente medidas y acc iones contra lacorrupción administrat iva, a t ravés del controlgubernamenta l , promoviendo una cul tura dehonestidad y probidad en la gestión pública;
Que, el literal c) del artículo 32º de la Ley Nº 27785,establece como facultad del Contralor General de laRepública, dictar normas y disposiciones especiali-zadas que aseguren el proceso integral de control,en función de los principios de especialización yflexibilidad;
Que, constituyendo las adquisiciones ycontrataciones del Estado uno de los rubros de mayorrepresentatividad en la ejecución del presupuesto de lasentidades públicas y en las que se presentanfrecuentemente casos de irregularidades, que ocasionansignificativas pérdidas al erario nacional, corresponde alente técnico rector del Sistema Nacional de Control,conforme a sus atribuciones, definir y perfeccionar losmecanismos de control que coadyuven a cautelar elpatrimonio del Estado; para obtener resultados deacuerdo a los objetivos previstos;
Que, como resultado del estudio efectuado por laGerencia Central de Control Sectorial, GerenciaCentral de Desarrol lo, Gerencia de Estudios eInvestigaciones y la Gerencia de Contrataciones yAdquisiciones, se ha elaborado el proyecto de Guíade Auditoría de las Adquisiciones y Contratacionesdel Estado, que incorpora los aportes de las unidadesorgánicas especializadas;
Que, en consecuencia, resulta necesario contar conel indicado instrumento de control que contieneprocedimientos orientados a estandarizar losprocedimientos de auditoría en la ejecución de lasacciones de control a las adquisiciones y contratacionesdel Estado;
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo32º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del SistemaNacional de Control y de la Contraloría General de laRepública;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar la Guía de Auditoríade las Adquisiciones y Contrataciones del Estado,como documento orientador del Sistema Nacional deControl para la ejecución de las acciones de control,que forma par te in tegrante de la presenteResolución.
Artículo Segundo.- La Guía de Auditoría referidaen el artículo precedente, entrará en vigencia a partir delas auditorías programadas en el Plan Anual de Control2006.
Artículo Tercero.- Encargar a la Escuela Nacionalde Control, la difusión de la citada Guía de Auditoría, a fin
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de promover y facilitar su aplicación por los órganos decontrol del Sistema Nacional de Control.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GENARO MATUTE MEJÍAContralor General de la República
00604
J N E
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RESOLUCIÓN Nº 003-2006-P/JNE
Lima, 10 de enero de 2006
VISTO: La carta s/n, recibida vía fax el 19 dediciembre de 2005, del señor Juan Ignacio GarcíaRodriguez, Director del Servicio Electoral de la Repúblicade Chile.
CONSIDERANDO:
Que, el Director del Servicio Electoral de la Repúblicade Chile, señor Juan Ignacio García Rodriguez, hainvitado al Jurado Nacional de Elecciones a participar enla segunda votación para elegir Presidente de la Repúblicade Chile, entre la candidata señora Michelle Bachelet delPartido Socialista y el señor Sebastián Piñera deRenovación Nacional, a realizarse el 15 de enero de2006;
Que, en la comunicación del señor Juan IgnacioGarcía Rodriguez, se lamenta informar que los recursosdel Servicio Electoral de la República de Chile no permitenfinanciar la invitación hecha al Jurado Nacional deElecciones;
Que, la participación del Jurado Nacional deElecciones en la segunda votación para elegir Presidentede la República de Chile, hará posible el intercambio deconocimientos, experiencias y herramientas paraconsolidar y mejorar los procesos electorales en beneficiode la democracia, lo que es de interés institucional ynacional;
Que, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, ensesión privada de fecha 4 de enero de 2006, adoptó elAcuerdo Nº 04016-056, autorizando el viaje del señordoctor Carlos Vela Marquillo, Miembro Titular del JuradoNacional de Elecciones del Perú, a la República de Chile,del 13 al 16 de enero del año en curso, a fin de queparticipe en la segunda votación para elegir Presidentede la República de Chile;
De conformidad con la Ley del Presupuesto del SectorPúblico para el Año Fiscal 2006, Ley Nº 28652, la Leyque regulan la Autorización de Viajes al Exterior deServidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 27619, ysus normas reglamentarias aprobadas por DecretoSupremo Nº 047-2002-PCM;
El Presidente del Jurado Nacional de Elecciones, enuso de las facultades que le otorga el Artículo 18º delReglamento de Organización y Funciones del JuradoNacional de Elecciones, aprobado por la ResoluciónNº 134-2005-JNE;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor doctorCarlos Vela Marquillo, Miembro Titular del Jurado Nacionalde Elecciones del Perú, a la República de Chile, del 13 al16 de enero del año en curso, a fin de que participe en lasegunda votación para elegir Presidente de la Repúblicade Chile, entre la candidata señora Michelle Bachelet delPartido Socialista y el señor Sebastián Piñera deRenovación Nacional.
Artículo Segundo.- Dentro de los 15 días calendariosiguientes de efectuado el viaje, el señor doctor CarlosVela Marquillo, Miembro Titular del Jurado Nacional deElecciones, deberá presentar un informe detalladodescribiendo las acciones realizadas y los resultadosobtenidos en el viaje.
Artículo Tercero.- El Jurado Nacional de Eleccionessufragará los gastos señalados a continuación,correspondientes al viaje mencionado en el primerartículo:
Pasaje ida y vuelta S/. 2,318.16Viáticos de ley por 4 días S/. 2,751.20Impuesto de Aeropuerto S/. 96.29
Artículo Cuarto.- La presente Resolución no daderecho a exoneración ni liberación de impuestosaduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZPresidente
00527
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JURADO ELECTORAL ESPECIAL DELIMA CENTRO
RESOLUCIÓN Nº 011-2006-JEE/LC
Lima, 8 de enero de 2006
VISTA; la solicitud de inscripción de la fórmula decandidatos para Presidente y Vicepresidentes de laRepública, para las Elecciones Generales de 2006,presentada por el señor personero legal del PartidoPolítico Fuerza Democrática, ciudadano Angel GuillermoDelgado Silva;
CONSIDERANDO:
Que, los partidos políticos que mantienen suinscripción vigente ante el Registro de OrganizacionesPolíticas del Jurado Nacional de Elecciones, puedenpresentar una fórmula de candidatos a la Presidencia yVicepresidencias de la República, hasta 90 días naturalesantes de la fecha de elecciones, conforme lo establecenlos artículos 104º y 109º de la Ley Orgánica de EleccionesNº 26859, en concordancia con el Art. 11º de la Ley dePartidos Políticos Nº 28094.
Que, de la revisión y calificación de la informaciónpresentada, se aprecia que dicha solicitud cumple conlos requisitos establecidos por el artículo 106º de la LeyOrgánica de Elecciones que recoge, en esencia, loprevisto por el artículo 110º de la Constitución Políticadel Estado, así como los señalados en el considerandoprecedente, el TUPA del Jurado Nacional de Eleccionesy demás dispositivos legales.
Que, en tal virtud y en aplicación de lo dispuesto porel Art. 5º del Reglamento aprobado para el efecto por elJurado Nacional de Elecciones mediante ResoluciónNº 393-2005-JNE, el Jurado Electoral Especial LimaCentro;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Admitir a trámite la solicitudde inscripción de la fórmula de candidatos a laPresidencia y Vicepresidencias de la República,presentada por el personero legal del Partido PolíticoFuerza Democrática, para las Elecciones Generales
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del 9 de abril de 2006, la misma que está integrada dela siguiente manera:
Para Presidente de la República : Alberto Alfonso Borea OdríaPara Primer Vicepresidente : Marco Tulio Falconí PicardoPara Segundo Vicepresidente : Yván Enrique Vásquez Valera
Artículo Segundo.- Disponer la publicación de lapresente resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
S.S.ZARATE GUEVARAMEDINA GALDOSMARTINEZ GARCIA
00643
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JURADO ELECTORAL ESPECIAL DELIMA CENTRO
RESOLUCIÓN Nº 012-2006-JEE/LC
Lima, 11 de enero del 2006
VISTA: La tacha formulada por don GuillermoContreras Niño y don Julio Quintanilla Loayza contra elcandidato a la Presidencia de la República, por el partidopolítico “Unión por el Perú”, así como la nulidad deducidacontra la admisión a trámite de su formula presidencial yde “todos los actos administrativos anteriores a supresentación”, por graves infracciones al ordenamientolegal vigente; oído el informe oral, conforme a la razónemitida por secretaria; y,
CONSIDERANDO:
Que los ciudadanos recurrentes sostienen que elcandidato tachado ha incurrido en fraudes y falsedadesideológicas que invalidan su postulación; habiendosolicitado con fecha 7 de abril del 2005 a la ONPE un kitelectoral para recabar firmas de adherentes y poderinscribir al “par tido Nacionalista del Perú”; queposteriormente, en octubre del mismo año, suscribió elacta de fundación de este partido político, el mismo quefue reconocido como tal por Resolución Nº 002-2005-OROP/JNE del 4 de enero del 2006, de la Oficina deRegistro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacionalde Elecciones; que, con fecha 22 de diciembre la OROPpublica en Diario Oficial El Peruano un resumen del partidoNacionalista Peruano en el que figura como presidente elseñor Moisés Ollanta Humala Tasso quien ya era militantede este partido con inscripción provisional por lo que seencontraba imposibilitado de postular por otro partido sinhaber recibido autorización previa para hacerlo; que,con fecha 6 de enero del 2006, la OROP publica al PartidoNacionalista Peruano, consignando como su presidenteal ciudadano tachado, de donde resulta que antes depresentar la solicitud de inscripción de la formulapresidencial de UPP ya pertenecía a un partido políticodeviniendo en nula de pleno derecho su postulación;que, el candidato tachado se ha valido de astucia y engañoy habría incurrido en la comisión del “presunto delito deestafa electoral”; que, no se han cumplido lasformalidades para la elección e inscripción de la formulapresidencial; agregando finalmente que el partido Uniónpor el Perú no ha cumplido con presentar su plan degobierno, al solicitar la inscripción de su formulapresidencial;
Como fundamentos de derecho los ciudadanostachantes invocan los artículos 2º numeral 20), 118ºinciso 5), 176º y 178º de la Constitución Política del Estado;los artículos 106º, 107º y 108º de la Ley Orgánica de
Elecciones; el Art. 18º de la ley de partidos políticos; yartículo 428º del Código Penal;
Que, con fecha 3 de enero del 2006 el Jurado ElectoralEspecial - Lima Centro expidió la Resolución Nº 002-2006-JEE/LC admitiendo a trámite la solicitud deinscripción de la formula de candidatos presentada porel personero legal del Partido Político Unión por el Perúencabezada por el ciudadano Moisés Ollanta HumalaTasso, como candidato a la presidencia de la República,resolución que fue publicada el día 5 del referido mes enDiario Oficial El Peruano.
Que, coincidentemente, en la misma edición del diariooficial fue publicada la Resolución Nº 002-2005-OROP/JNE expedida por la Oficina de Registro deOrganizaciones Políticas del Jurado Nacional deElecciones que resuelve inscribir en dicho Registro alPartido Político: Partido Nacionalista Peruano, exponiendoen su parte considerativa, tercer párrafo, que con fecha22 de diciembre se publicó en el Diario Oficial El Peruanouna síntesis de la solicitud de inscripción a efectos deque cualquier persona, natural o jurídica, ejerciera suderecho de formular tacha contra la inscripción de estaorganización política, trámite que por su finalidad ynaturaleza no puede servir de argumento para considerar,válidamente, que dicho partido estaba inscritoprovisionalmente como sostienen los ciudadanos autoresde la tacha;
Que, de acuerdo al artículo 11º de la Ley Nº 28094todo partido político, en tanto ente creado por el derecho,solamente adquiere personería jurídica cuando ha sidoinscrito en el registro de organizaciones políticas dedonde se infiere que el Partido Nacionalista Peruano,cuya presidencia ejerce el ciudadano tachado, haquedado legalmente constituido como tal el día 5 de enerodel 2006, esto es, 2 días después de que fuera admitidaa trámite su solicitud de inscripción presentada ante estejurado especial;
Que, como corolario de lo expuesto en losconsiderandos precedentes se advierte que el ciudadanoMoisés Ollanta Humala Tasso al momento de presentadala solicitud de inscripción de su formula presidencial notenía la condición de afiliado a ningún partido políticoregistrado, no encontrándose en consecuencia sujeto alos requisitos especificados por el Art. 18º, último párrafo,de la Ley Nº 28094, tal como lo acredita el reporte deverificación de información de candidatos en los registrosdel Jurado Nacional de Elecciones vigente al 5 de enerodel 2006, y lo corrobora el reporte emitido el día 6 delmismo mes y año, donde aparece registrado comopresidente del Partido Nacionalista Peruano, partido entrámite de inscripción;
Que, respecto a los cargos formulados por losautores de la tacha formulada en el sentido de que elcandidato Moisés Ollanta Humala Tasso habríaincurrido en la comisión del delito de “estafa electoral”el Jurado Electoral Especial Lima - Centro carece decapacidad jurídica para conocer y decidir válidamentesobre el particular, no habiendo, de otro lado, aportadoprueba suf ic iente del incumpl imiento de lasformalidades para la elección e inscripción de laformula presidencial, dejando finalmente constanciaque no forma parte de los requisitos exigidos paraadmit i r a t rámite la sol ic i tud de inscr ipción, lapresentación del plan de gobierno y que en armoníacon lo dispuesto por el Art. 110º de la Ley Nº 26859solo se puede formular tacha contra los candidatos ala Presidencia de la República en base a los supuestosespecificados en los artículos 106º, 107º y 108º deesta ley;
Por los fundamentos expuestos el Jurado ElectoralEspecial Lima - Centro, en uso de las atribuciones deque esta investido;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Declarar INFUNDADA la tachaformulada por don Guillermo Contreras Niño y don JulioQuintanilla Loaiza contra el candidato a la presidencia dela República, por el partido político “Unión por el Perú”,así como la nulidad deducida contra la admisión a trámitede su formula presidencial.
����� ������ ����������� Lima, jueves 12 de enero de 2006
Artículo Segundo.- Disponer la publicación de lapresente resolución en la sección Normas Legales delDiario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
S.S.ZARATE GUEVARAMEDINA GALDOSMARTINEZ GARCIA
00644
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JURADO ELECTORAL ESPECIAL DELIMA CENTRO
RESOLUCIÓN Nº 013-2006-JEE/LC
Lima, 11 de enero de 2006
VISTA; la solicitud de inscripción de la fórmula decandidatos para Presidente y Vicepresidentes de laRepública, para las Elecciones Generales de 2006,presentada por el señor personero legal de la AlianzaElectoral Frente de Centro, ciudadano Guillermo SteveValdivieso Payva;
CONSIDERANDO:
Que, los partidos políticos que mantienen su inscripciónvigente ante el Registro de Organizaciones Políticas del JuradoNacional de Elecciones, pueden presentar una fórmula decandidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la República,hasta 90 días naturales antes de la fecha de elecciones,conforme lo establecen los artículos 104º y 109º de la LeyOrgánica de Elecciones Nº 26859, en concordancia con el Art.11º de la Ley de Partidos Políticos Nº 28094.
Que, de la revisión y calificación de la informaciónpresentada, se aprecia que dicha solicitud cumple conlos requisitos establecidos por el artículo 106º de la LeyOrgánica de Elecciones que recoge, en esencia, loprevisto por el artículo 110º de la Constitución Políticadel Estado, así como los señalados en el considerandoprecedente, el TUPA del Jurado Nacional de Eleccionesy demás dispositivos legales.
Que, en tal virtud y en aplicación de lo dispuesto porel Art. 5º del Reglamento aprobado para el efecto por elJurado Nacional de Elecciones mediante ResoluciónNº 393-2005-JNE, el Jurado Electoral Especial LimaCentro;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Admitir a trámite la solicitud deinscripción de la fórmula de candidatos a la Presidenciay Vicepresidencias de la República, presentada por elpersonero legal de la Alianza Electoral Frente de Centro,para las Elecciones Generales del 9 de abril de 2006, lamisma que está integrada de la siguiente manera:
Para Presidente de la República : Valentín Paniagua CorazaoPara Primer Vicepresidente : Alberto Manuel Andrade CarmonaPara Segundo Vicepresidente : Gonzalo Germán Aguirre Arriz
Artículo Segundo.- Disponer la publicación de lapresente resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
S.S.ZARATE GUEVARAMEDINA GALDOSMARTINEZ GARCIA
00645
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JURADO ELECTORAL ESPECIAL DELIMA CENTRO
RESOLUCIÓN Nº 014-2006-JEE/LC
Lima, 8 de enero de 2006
VISTA; la solicitud de inscripción de la fórmula decandidatos para Presidente y Vicepresidentes de laRepública, para las Elecciones Generales de 2006,presentada por el señor personero legal del PartidoSocialista, ciudadano Eduardo Enrique Ballón Echegaray;
CONSIDERANDO:
Que, los partidos políticos que mantienen su inscripciónvigente ante el Registro de Organizaciones Políticas del JuradoNacional de Elecciones, pueden presentar una fórmula decandidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la República,hasta 90 días naturales antes de la fecha de elecciones,conforme lo establecen los artículos 104º y 109º de la LeyOrgánica de Elecciones Nº 26859, en concordancia con el Art.11º de la Ley de Partidos Políticos Nº 28094.
Que, de la revisión y calificación de la informaciónpresentada, se aprecia que dicha solicitud cumple conlos requisitos establecidos por el artículo 106º de la LeyOrgánica de Elecciones que recoge, en esencia, loprevisto por el artículo 110º de la Constitución Políticadel Estado, así como los señalados en el considerandoprecedente, el TUPA del Jurado Nacional de Eleccionesy demás dispositivos legales.
Que, en tal virtud y en aplicación de lo dispuesto porel Art. 5º del Reglamento aprobado para el efecto por elJurado Nacional de Elecciones mediante ResoluciónNº 393-2005-JNE, el Jurado Electoral Especial LimaCentro;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Admitir a trámite la solicitud deinscripción de la fórmula de candidatos a la Presidenciay Vicepresidencias de la República, presentada por elpersonero legal del Partido Socialista, para las EleccionesGenerales del 9 de abril de 2006, la misma que estáintegrada de la siguiente manera:
Para Presidente de la República : Javier Diez Canseco CisnerosPara Primer Vicepresidente : María Josefina Huaman Valladares
de JosephPara Segundo Vicepresidente : Alberto Eugenio Quintanilla Chacón
Artículo Segundo.- Disponer la publicación de lapresente resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
S.S.ZARATE GUEVARAMEDINA GALDOSMARTINEZ GARCIA
00646
REGISTRO NACIONAL DE
IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL
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RESOLUCIÓN JEFATURALNº 024-2006-JEF/RENIEC
Lima, 10 de enero de 2006
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VISTOS:
El Oficio Nº 2592-2005/GP/RENIEC, el InformeNº 059-2005/GP/RENIEC, el Informe Nº 2268-2005-GP-SGDAC-HYC/RENIEC y el Informe Nº 022-2006/GAJ/RENIEC de fecha 5 de enero del 2006, emitido por laGerencia de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, en mérito a diversas noticias periodísticas,respecto a la presunta doble identidad del ciudadanoJOSE MANUEL TORRES YAKE o JUAN CARLOSPIZARRO YAGI, el Registro Nacional de Identificacióny Estado Civil inició una investigación administrativa,en la cual se ha detectado que con fecha 10 de abril de1992, el ciudadano JOSÉ MANUEL TORRES YAKEobtuvo la Inscripción Nº 19325943 en el ex RegistroElectoral de Chepén, registró como fecha y lugar denacimiento el 3 de febrero de 1972 en el distrito deGuadalupe, provincia de Pacasmayo, departamento deLa Libertad;
Que, posteriormente, el referido ciudadano, através del Formulario de Identidad Nº 14627686 defecha 23 de octubre del 2002, obtuvo en formairregular una segunda Inscripción Nº 42658152,ident i f icándose esta vez como JUAN CARLOSPIZARRO YAGI, declarando como fecha y lugar denacimiento el 21 de diciembre de 1974 en el distrito yprovincia de Trujillo, departamento de La Libertad.Adjunta como documentos de sustento Libreta MilitarNº 1227530746 y Acta de Nacimiento Nº 4019 emitidapor la Oficina de Registro de Estado Civil que funcionaen la Municipalidad Provincial de Trujillo, constando enesta última, anotación marginal de rectificación deapellido materno de YAKE a YAGI;
Que, la partida de nacimiento citada en elconsiderando precedente, fue sometida a peritaje, por loque a través del Informe Grafotécnico Nº 076-2005/BG/GP/RENIEC, emitido por el área de Biometría yGrafotecnia de la Gerencia de Procesos, adjunta a losdocumentos del visto, se concluye que la Partida deNacimiento a nombre de JUAN CARLOS PIZARRO YAGI,es un documento fraudulento, por cuanto las firmas quecertifican su autenticidad son falsificadas;
Que, asimismo, la Unidad de Fiscalización de laJefatura Regional Trujillo del RENIEC, mediante Acta deConstatación, ha verificado que la Partida de Nacimientoque obra en la Municipalidad Provincial de Trujillo, anombre de JUAN CARLOS PIZARRO YAGI, fue inscritaen forma indebida, por cuanto el asiento registral fuerealizado en un acta en blanco, en la que se lavaron lossellos que la invalidaban;
Que, por Informe de Homologación MonodactilarNº 990/2005/GP/BG/RENIEC, emitido por el área deBiometría y Grafotecnia de la Gerencia de Procesos,anexo a los documentos del visto, se determina que lasimpresiones dactilares, fotografías y firmas que obranen las Inscripciones Nº 19325943 y Nº 42658152,corresponden a una misma persona, la cual registra dobleinscripción con identidades diferentes como JOSÉMANUEL TORRES YAKE o JUAN CARLOS PIZARROYAGI;
Que, de lo anteriormente expuesto, se establece lapresunción razonada que JOSE MANUEL TORRESYAKE o JUAN CARLOS PIZARRO YAGI, ha hecho usode un documento falsificado como si fuese legítimo, parasustentar una situación distinta de la realidad, con laconsecuente inserción de datos en el Registro, por locual se deduce la comisión del delito contra la Fe Pública,en sus modalidades de Falsificación de Documentos(Falsedad Impropia o de Uso) y Falsedad Ideológica,previstos y sancionados en los artículos 427º y 428º delCódigo Penal vigente;
Que, en atención a los considerandos precedentes,y estando a lo opinado por la Gerencia de AsesoríaJurídica, resulta necesario autorizar al Procurador Públicoa cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacionalde Identificación y Estado Civil, para que interponga lasacciones legales que correspondan, en defensa de losintereses del Estado y del Registro Nacional de
Identificación y Estado Civil contra JOSE MANUELTORRES YAKE o JUAN CARLOS PIZARRO YAGI y losque resulten responsables; y,
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto LeyNº 17537 y la Ley Nº 26497;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Públicoencargado de los asuntos judiciales del Registro Nacionalde Identificación y Estado Civil, para que en nombre yrepresentación de los intereses del Estado interpongalas acciones legales que correspondan contra JOSEMANUEL TORRES YAKE o JUAN CARLOS PIZARROYAGI y los que resulten responsables, por la comisiónde presunto delito contra la Fe Pública, en lasmodalidades de Falsificación de Documentos (FalsedadImpropia o de Uso) y Falsedad Ideológica, en agravio delEstado y del Registro Nacional de Identificación y EstadoCivil.
Artículo Segundo.- Remítase lo actuado alProcurador Públ ico encargado de los asuntosjudiciales del Registro Nacional de Identificación yEstado Civil, para los fines a que se contrae lapresente Resolución.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
EDUARDO RUIZ BOTTOJefe Nacional
00611
S B S
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RESOLUCIÓN SBS Nº 1866-2005
Lima, 14 de diciembre de 2005
EL SUPERINTENDENTE ADJUNTODE SEGUROS
VISTA:
La solicitud presentada por el señor Miguel LorenzoMálaga Sekimotto para que se le autorice la ampliaciónde actividades en el Registro del Sistema de Seguros -Sección A: Personas Naturales Sección III de Ajustadoresde Siniestros y/o Peritos de Seguros; y,
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución SBS Nº 816-2004 de fecha 27de mayo de 2004, se estableció los requisitos formalespara la inscripción de los Ajustadores y Peritos deSeguros;
Que, el solicitante ha cumplido con los requisitosformales exigidos por la citada norma administrativa;
Que, la Superintendencia Adjunta de Segurosmediante Convocatoria Nº 20-2005-RIAS, enconcordancia con lo dispuesto en el artículo 11º delReglamento del Registro del Sistema de Seguros hacalificado y aprobado la ampliación respectiva en elindicado Registro; y,
En uso de las atribuciones conferidas por la LeyGeneral del Sistema Financiero y del Sistema de Segurosy Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros- Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de lafacultad delegada por la Resolución SBS Nº 1096-2005del 25 de julio de 2005;
����� ����� ����������� Lima, jueves 12 de enero de 2006
RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar la ampliación deactividades del señor Miguel Lorenzo Málaga Sekimotto,con Matrícula Nº APN-085 en el Registro del Sistema deSeguros - Sección A: Personas Naturales Sección III deAjustadores de Siniestros y/o Peritos de Seguros, paraoperar como Ajustador Marítimo Cascos, Ajustador deRamos Generales, Ajustador Marítimo Transportes,Preventor e Inspector de Averías.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ARMANDO CÁCERES VALDERRAMASuperintendente Adjunto de Seguros
00506
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RESOLUCIÓN SBS Nº 1969-2005
Lima, 30 de diciembre de 2005
EL SUPERINTENDENTE ADJUNTODE BANCA Y MICROFINANZAS
VISTA:
La solicitud presentada por el Banco Interamericanode Finanzas, para que se le autorice el cierre de la OficinaEspecial ubicada en la tienda de Video Blockbuster,avenida Prolongación Primavera Nº 1746, distrito deSantiago de Surco, provincia y departamento de Lima; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Banco Interamericano de Finanzas hacumplido con presentar la documentación pertinente quejustifica el cierre de la Oficina Especial;
Estando a lo informado por el Departamento deEvaluación Bancaria "C", mediante Informe Nº 177-2005-DEB "C"; y,
De conformidad con lo dispuesto por el artículo32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del SistemaFinanciero y del Sistema de Seguros y Orgánica dela Superintendencia de Banca y Seguros, con laCircular Nº B-2147-2005; y, en uso de la facultaddelegada mediante la Resolución SBS Nº 1096-2005;
RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar al Banco Interamericanode Finanzas, el cierre de la Oficina Especial ubicada enla tienda de Video Blockbuster, avenida ProlongaciónPrimavera Nº 1746, distrito de Santiago de Surco,provincia y departamento de Lima.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO GRADOS SMITHSuperintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas
00510
RESOLUCIÓN SBS Nº 1971-2005
Lima, 30 de diciembre de 2005
EL SUPERINTENDENTE ADJUNTODE BANCA Y MICROFINANZAS
VISTA:
La solicitud presentada por el Banco Interamericanode Finanzas, para que se le autorice el cierre temporalpor un período de 30 días, a partir del 24 de diciembre de2005, de la Oficina Especial ubicada en la avenida 28 deJulio Nº 886, esquina con la calle Vasco Núñez de Balboa,distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima;y,
CONSIDERANDO:
Que, el cierre temporal obedece a motivos de fuerzamayor por el desarrollo de un proyecto comercialinmobiliario por parte del propietario del local, quepondría en riesgo a los clientes y trabajadores de operarla oficina;
Que, el Banco Interamericano de Finanzas hacumplido con presentar la documentación pertinenteque justifica el cierre temporal de la Oficina Especial,habiendo comunicado previamente su intención deconvertirse en agencia en esta locación cuandoculminen las obras;
Estando a lo informado por el Departamento deEvaluación Bancaria "C", mediante Informe Nº 178-2005-DEB "C"; y,
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32ºde la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financieroy del Sistema de Seguros y Orgánica de laSuperintendencia de Banca y Seguros, con la CircularNº B-2147-2005; y, en uso de la facultad delegadamediante la Resolución SBS Nº 1096-2005;
RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar al Banco Interamericanode Finanzas, el cierre temporal por un período de 30días, a partir del 24 de diciembre de 2005, de la OficinaEspecial ubicada en la avenida 28 de Julio Nº 886, esquinacon la calle Vasco Núñez de Balboa, distrito de Miraflores,provincia y departamento de Lima.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO GRADOS SMITHSuperintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas
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RESOLUCIÓN SBS Nº 3-2006
Lima, 5 de enero de 2006
EL SUPERINTENDENTE ADJUNTODE BANCA Y MICROFINANZAS
VISTA:
La solicitud presentada por el Banco de Crédito delPerú, para que esta Superintendencia autorice la aperturade una oficina especial permanente, según se indica enla parte resolutiva;
CONSIDERANDO:
Que, la citada empresa ha cumplido con presentar ladocumentación pertinente para la mencionada apertura;
Estando a lo informado por el Departamento deEvaluación Bancaria "A", mediante el Informe Nº 217-2005-DEB "A";
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30ºde la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financieroy del Sistema de Seguros y Orgánica de laSuperintendencia de Banca y Seguros y la Circular
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Nº B-2147-2005; y, en uso de la facultad delegadamediante la Resolución SBS Nº 1096-2005;
RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar al Banco de Crédito delPerú, la apertura de la oficina especial permanente PrimaxCanadá, ubicada en la avenida Canadá cuadra Nº 11,urbanización Santa Catalina, distrito de La Victoria,provincia y departamento de Lima.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO GRADOS SMITHSuperintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas
00540
RESOLUCIÓN SBS Nº 4-2006
Lima, 5 de enero de 2006
EL SUPERINTENDENTE ADJUNTODE BANCA Y MICROFINANZAS
VISTA:
La solicitud presentada por el Banco de Crédito delPerú, para que esta Superintendencia autorice la aperturade una oficina especial permanente, según se indica enla parte resolutiva;
CONSIDERANDO:
Que, la citada empresa ha cumplido con presentar ladocumentación pertinente;
Estando a lo informado por el Departamento deEvaluación Bancaria "A", mediante el Informe Nº 220-2005-DEB "A";
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30ºde la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financieroy del Sistema de Seguros y Orgánica de laSuperintendencia de Banca y Seguros y la CircularNº B-2147-2005; y, en uso de la facultad delegadamediante la Resolución SBS Nº 1096-2005;
RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar al Banco de Crédito delPerú, la apertura de una oficina especial permanente enel Centro Comercial Plaza Lima Sur, ubicado en la avenidaProlongación Paseo de la República s/n, distrito deChorrillos, provincia y departamento de Lima.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO GRADOS SMITHSuperintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas
00541
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CIRCULAR Nº S-614-2006
Lima, 11 de enero de 2006
Ref. : Reporte de Deudores de Seguros - RDS---------------------------------------------------------
SeñorGerente General:
Sírvase tomar conocimiento que en uso de lasatribuciones conferidas por el numeral 13º del artículo349º de la Ley General del Sistema Financiero y delSistema de Seguros y Orgánica de la Superintendenciade Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias,
en adelante Ley General, esta Superintendencia disponelo siguiente:
1. AlcanceLa presente Circular es aplicable a las empresas de
seguros señaladas en el literal D del artículo 16º de laLey General, en adelante empresas, que mantenganprimas pendientes de cobro en situación de morosidad,correspondientes a pólizas de seguros de ramosgenerales y de accidentes y enfermedades.
2. Reporte de Deudores de Seguros - RDSEl RDS es el sistema de información que permite
centralizar en esta Superintendencia, la información sobreel estado de morosidad de las cuotas correspondientesa las primas de pólizas de seguros de ramos generalesy pólizas de accidentes y enfermedades.
Se considera morosa aquélla deuda que resultaimpaga desde el vencimiento del plazo regular, o delplazo adicional en caso este sea debidamenteotorgado, que tienen los tomadores de seguros paraefectuar el pago de las primas, de conformidad conlas disposiciones que sobre la materia haya emitidoesta Superintendencia.
3. Información del RDS, forma y plazo depresentación
Las empresas deben remitir a esta Superintendenciala información que se indica a continuación:
Anexo 1 “Identificación del tomador del seguro”Anexo 2 “Identificación de las pólizas”Anexo 3 “Información de documentos represen-
tativos de deuda”
Dicha información deberá ser remitida exclusivamentea través del software “Submódulo de Captura y ValidaciónExterna” (SUCAVE), de acuerdo con las especificacionestécnicas que establecerá esta Superintendencia. En estesentido, los modelos adjuntos, permiten tomarconocimiento del tipo de información que las empresasdeberán remitir a través del mencionado software decomunicación.
La información solicitada a través de esta Circulardeberá ser presentada con una periodicidad mensual,conjuntamente con los estados financieroscorrespondientes de cada mes.
4. Especificaciones para el envío de informaciónPara efecto del envío de la información las empresas
deberán considerar los siguientes aspectos:
1. Las empresas reportarán en el RDS a todos losdeudores que hayan suscrito pólizas de seguros deramos generales, y de accidentes y enfermedades, quepresenten mora a la fecha de cierre de la información.
2. La información debe guardar consistencia con losimportes considerados en los Estados Financieroscorrespondientes al mes que se reporta.
3. Las empresas enviarán información respecto delos deudores en mora, hasta que paguen susobligaciones o hasta el mes en que se resuelva el contratopor falta de pago.
5. SancionesEl incumplimiento de las disposiciones de la presente
Circular, será causal de infracción y sancionada deacuerdo con el Reglamento de Sanciones aprobado porResolución SBS Nº 816-2005.
6. VigenciaLa presente Circular entrará en vigencia a partir de la
información correspondiente al mes de marzo de 2006.
Atentamente,
JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓNSuperintendente de Banca, Seguros yAdministradoras Privadas de Fondosde Pensiones
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ANEXO 1
IDENTIFICACIÓN DE TOMADOR DEL SEGUROAl __/__ /__
Empresa de Seguros: ....................................................
Nº NOMBRE IDENTIFICACIÓN TIPO DE CÓDIGO PAÍS DE FECHA DEPERSONA CIIU RESIDENCIA NACIMIENTO
1 2 3 4 5 6 7
Notas:1. Secuencia correlativa.2. Personas naturales: Apellido paterno, apellido materno, apellido del esposo en caso de mujeres casadas, primer nombre y segundo
nombrePersonas Jurídicas: Razón Social.
3. Personas naturales: DNI, Carné de Extranjería, Pasaporte u otro; Personas Jurídicas: RUC u otro.4. Indicar: 1 = Persona natural; 2 = Persona Jurídica.5. Actividad económica principal que realiza el tomador del seguro.6. País en el que reside el tomador del seguro, sea nacional o extranjero, que corresponda según tabla proporcionada por la SBS.7. Personas naturales: En formato aaammd. Personas Jurídicas: en blanco
ANEXO 2
IDENTIFICACIÓN DE LA PÓLIZAAl __/__ /__
Empresa de Seguros: ....................................................
Nº IDENTIFICACIÓN Nº DE TIPO DE CÓDIGO DE VIGENCIA SITUACIÓN TIPO DE MONEDAPÓLIZA CONTRATO RIESGO DEL DOCUMENTO
INICIO TÉRMINO CONTRATO DE DEUDA1 2 3 4 5 6 7 8 9 10
Notas1. Secuencia correlativa.2. De acuerdo a la información del Anexo 1.3. Nº asignado por la empresa de seguros.4. Indicar: I = si la póliza es individual; C = Si la póliza es colectiva5. Según la clasificación de riesgos establecida en el Capítulo II del Plan de Cuentas para empresas del sistema asegurador.6. En formato aaammd.7. En formato aaammd.8. Indicar: A = si el contrato está vigente R = si el contrato está resuelto9. Indicar según sea el caso: T = Cuotas; C = Cupones; L = Letras; F = Facturas; O = Otros10. Indicar: 01 = Nuevos soles; 02 = Dólares
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UNIVERSIDADES
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UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SANTA
RESOLUCIÓN Nº 544-2005-CU-R-UNS
Chimbote, 13 de diciembre del 2005
Vistos los Oficios Nº 001-2005-UNS-TUPA/P de laComisión Central, Nº 237-2005-UNS-OCAL de la OficinaCentral de Asesoría Legal y Nºs. 1038 y 1311-2005-UNS-OSG de la Secretaría General, con registro deExpediente de la Unidad de Trámite Documentario de laUNS, Nºs. 691-2005, 3055-2005 y 3781-2005;
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Rectoral Nº 057-2005-UNS, defecha 28 de enero del 2005, se designó la ComisiónCentral encargada de revisar y actualizar el Texto Únicode Procedimientos Administrativos - TUPA de esta Casade Estudios Superiores, presidida por el M.Sc. Luis TorresCabrera, Jefe de OCP, e integrada por el Abgdo. PedroAlva García, Jefe de OCAL y la M.Sc. Orlinda VillanuevaValverde, Jefe de OCBU;
Que, la Comisión Central antes señalada, hapresentado mediante Oficio Nº 001-2005-UNS-TUPA/P,recepcionado el 01.03.2005, el Proyecto del Texto Unicode Procedimientos Administrativos Actualizado - TUPA,para su aprobación correspondiente;
Que, mediante Oficio Nº 237-2005-UNS-OCAL,recepcionado el 14.11.2005, la Jefatura de la OficinaCentral de Asesoría Legal, señala que de conformidadcon el numeral 38.1 del Art. 38º de la Ley Nº 27444 – Leydel Procedimiento Administrativo General, el TUPA de laUNS es aprobado por Resolución del Titular de lainstitución;
Que, con Oficios Nºs. 1038 y 1311-2005-UNS-OSG,de fechas 17.10.2005 y 09.12.2005, respectivamente, laSecretaría General alcanza la propuesta de tasasadministrativas para la obtención del Título de SegundaEspecialidad Profesional en Educación, acorde altratamiento que se brinda a los alumnos ordinarios de laUNS y los costos de diversos reglamentos, para suinclusión en el TUPA;
Que, el Consejo Universitario, en sus SesionesOrdinaria Nº 22-2005 del 02.12.2005 y ExtraordinariaNº 44-2005 del 11.12.2005, acordó aprobar el Texto Unicode Procedimientos Administrativos - TUPA y disponer laemisión de la resolución correspondiente;
Estando a las consideraciones que anteceden, a loacordado por el Consejo Universitario, en sus SesionesOrdinaria Nº 22-2005 del 02.12.2005 y ExtraordinariaNº 44-2005 del 11.12.2005 y en uso de las atribucionesque concede la Ley Universitaria Nº 23733 y el Estatutode la UNS;
SE RESUELVE:
1º.- APROBAR, en vía de regularización, el TEXTOUNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS -TUPA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SANTA,documento que consta de 23 folios, que sellado yrubricado por la Secretaria General de la Universidad,forma parte de la presente Resolución.
2º.- ENCARGAR a las diferentes unidades orgánicasde la Universidad Nacional del Santa, el cumplimientoobligatorio de las disposiciones aprobadas en la presenteresolución.
3º.- El Órgano de Control se encargará de velar porel cabal cumplimiento de lo dispuesto precedentemente.
4º.- DÉJESE sin efecto las disposiciones que seopongan a la presente resolución.
5º.- DISPONER su publicación en el Diario encargadode la publicación de los avisos judiciales conforme a ley.
Regístrese, comuníquese y archívese.
ESTEBAN HORNA BANCESRector de la Universidad Nacional del Santa
ANEXO 3
IDENTIFICACIÓN DE DOCUMENTOS REPRESENTATIVOS DE DEUDAAl __/__ /__
Empresa de Seguros: ....................................................
Nº IDENTIFICACIÓN Nº DE DOCUMENTO DEUDA EN MORA FECHA DEPÓLIZA DE DEUDA RESOLUCIÓN DEL
Nº FECHA DE FECHA DE DÍAS DE SALDO DEL SALDO POR CONTRATO PORVENCIMIENTO INICIO MORA CAPITAL INTERESES FALTA DE PAGO
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10
Notas1. Secuencia correlativa.2. De acuerdo a la información del Anexo 1.3. De acuerdo a la información del Anexo 2.4. Nº asignado por la empresa.5. De acuerdo con el cronograma de pago pactado.6. Fecha a partir de la cual se inicia la morosidad, debiendo ser reportada en formato aaaammdd.7. Computado desde la fecha de inicio de la deuda morosa.8. Corresponde al principal de la deuda morosa que debe ser coincidente con el importe del documento de deuda.9. Corresponde a los intereses devengados por los días de atraso en el cumplimiento de pago del documento de deuda.10. Fecha de resolución del contrato, en formato aaaammdd.
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UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SANTA
RESOLUCIÓN Nº 580-2005-CU-R-UNS
Chimbote, 30 de diciembre del 2005
Vistos los Oficios Nº 939-2005-UNS-VRAC, Nº 1362-2005-UNS-OSG y Nº 472-2005-UNS-CEPA, delVicerrectorado Académico, de la Secretaría General yde la Presidencia del Comité Especial Permanente deAdjudicación Directa y Menor Cuantía, con registro deExpediente de la Unidad de Trámite Documentario de laUNS, Nº 3987-05, 3976-05 y 3905-05;
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Nº 544-2005-CU-R-UNS del13.12.2005, se aprobó el Texto Único de ProcedimientosAdministrativos - TUPA de la UNS;
Que, mediante Oficio Nº 472-2005-UNS-CEPA, defecha 15.12.2005, la Presidencia del Comité EspecialPermanente de Adjudicación Directa y Menor Cuantía,alcanza la propuesta de costos de bases administrativassegún el tipo de proceso de selección, para su inclusiónen el Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA de la UNS;
Que, asimismo, mediante Oficio Nº 1362-2005-UNS-OSG, de fecha 23.12.2005, la Secretaría General,alcanza la propuesta de tasas del Archivo Central a serincluidos en el referido TUPA vigente, basado en lanecesidad de establecer un costo por el servicio quebrinda el Archivo Central y que a la fecha no se encuentraprevisto;
Que, por otro lado, la Jefatura de la Oficina Centralde Bienestar Universitario (OCBU), mediante Oficio
Nº 726-2005-UNS-OCBU del 07.12.2005, solicita laaprobación para la inclusión de nuevos servicios ycostos que of recerá la Unidad Médica en losServ ic ios de Medic ina, de Of ta lmología, deEnfermería, de Psicopedagogía y de Nutrición en elTexto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA de la UNS;
Que, con Oficio Nº 939-2005-UNS-VRAC,recepcionado el 23.12.2005, el Vicerrector Académico,opina favorablemente por la propuesta presentada porla Oficina antes señalada y solicita su aprobación por elConsejo Universitario;
Que, el Consejo Universitario, en su Sesión OrdinariaNº 23-2005, de fecha 28.12.2005 continuada el29.12.2005, acordó modificar y/o ampliar los numerales15-A, 15-B, 15-C, 23-A, 68-A, 68-B, 69-A, 69-B, 69-C,69-D, 69-E, 69-F, 69-G, 69-H, 69-I, 69-J, 69-K, 69-L, 69-M, 69-N, 69-O, 69-P, 69-Q, 69-R y 69-S del mencionadoTUPA, en los términos que constan en el acta de la referidasesión y que se consigna en la parte pertinente oresolutiva de la presente resolución;
Estando a las consideraciones que anteceden, a loacordado por el Consejo Universitario, en su SesiónOrdinaria Nº 23-2005, de fecha 28.12.2005 continuadael 29.12.2005, y en uso de las atribuciones que concedela Ley Universitaria Nº 23733 y el Estatuto de la UNS;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- MODIFICAR Y/O AMPLIAR, en lostérminos que a continuación se indica, los Numerales15-A, 15-B, 15-C, 23-A, 68-A, 68-B, 69-A, 69-B, 69-C,69-D, 69-E, 69-F, 69-G, 69-H, 69-I, 69-J, 69-K, 69-L, 69-M, 69-N, 69-O, 69-P, 69-Q, 69-R y 69-S del TEXTOÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS –TUPA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SANTA,aprobado por Resolución Nº 544-2005-CU-R-UNS del13.12.2005:
Nº DENOMINACIÓN DERECHO CALIFICACIÓN DEPENDENCIA AUTORIDAD AUTORIDADDEL REQUISITOS DE PAGO EVALUACIÓN QUE INICIA QUE QUE RESUELVE
PROCEDIMIENTO S/. % UIT AUTOM. POSIT. NEGAT. EL TRÁMITE APRUEBA EL RECURSOEL TRÁMITE APELACIÓN
I. UNIDAD ORGANICA : OFICINA DE SECRETARIA GENERAL -ARCHIVO CENTRAL (DERECHOS ARCHIVISTICOS)
15-A Formato simple de . Solicitud dirigida al SG. (FUT) 1.00 0.0303 X Secretaría General. Secretario ConsejoCertificado de Estudios . Comprobante de Pago 5.00 0.1515 General. UniversitarioSecundarios o Universitariosque obra en el expediente
15-B Fotocopia simple de partida . Solicitud dirigida al SG. (FUT) 1.00 0.0303 X Secretaría General. Secretario Consejode nacimiento que obra en el . Comprobante de Pago 5.00 0.1515 General. Universitarioexpediente de ingresante
15-C Búsqueda de Información X Secretaría General. Secretario Consejoen fotocopia simple General. Universitario. Documentos del año 1985 . Solicitud dirigida al SG. (FUT) 1.00 0.0303 al 2000 . Comprobante de Pago 5.00 0.1515
. Documento del año 2001 . Solicitud dirigida al SG. (FUT) 1.00 0.0303 en adelante, . Comprobante de Pago 3.00 0.0909
. Resoluciones de contrato . Solicitud dirigida al SG. (FUT) 1.00 0.0303 y/o nombramiento, . Comprobante de Pago 3.00 0.0909
. Sílabos . Solicitud dirigida al SG. (FUT) 1.00 0.0303. Comprobante de Pago 2.00 0.0606
II. UNIDAD ORGANICA : COMITÉ ESPECIAL PERMANENTE DE ADJUDICACION DIRECTA Y MENOR CUANTIA
23-A VENTA DE BASES X CEPA CEPAADMINISTRATIVASSEGÚN TIPO DE POCESO. Adjudicación de Menor . Bienes Gratuito Cuantía . Obras (Incluye CD) 20.00 0.6060
. Adjudicaciones Directas . Bienes 20.00 0.6060. Obras (Incluye CD) 35.00 1.0606
. Licitaciones Públicas . Bienes 35.00 1.0606. Obras (Incluye CD) 85.00 2.6767
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Nº DENOMINACIÓN DERECHO CALIFICACIÓN DEPENDENCIA AUTORIDAD AUTORIDADDEL REQUISITOS DE PAGO EVALUACIÓN QUE INICIA QUE QUE RESUELVE
PROCEDIMIENTO S/. % UIT AUTOM. POSIT. NEGAT. EL TRÁMITE APRUEBA EL RECURSOEL TRÁMITE APELACIÓN
VI. UNIDAD ORGANICA : OFICINA CENTRAL DE BIENESTAR UNIVERSITARIO - SERVICIO DE OFTALMOLOGIA
68-A EXTRACCION DECUERPOS EXTRAÑOS X Unidad Médica Servicio de Vicerrector. Alumnos UNS . Carné Universitario Gratuito Oftalmología Académico. Docentes-Administrativos . Fotocheck Gratuito y Jefe de
Comprobante de pago OCBU. Hijos - Cónyuge . Carné familiar 10.00 0.3030. Público en general . DNI o Doc. Identidad 15.00 0.4545
68-B REFRACCION. Alumnos UNS . Carné Universitario Gratuito X Unidad Médica Servicio de Vicerrector. Docentes-Administrativos . Fotocheck Gratuito Oftalmología Académico
Comprobante de pago y Jefe de. Hijos - Cónyuge . Carné familiar 10.00 0.3030 OCBU. Público en general . DNI o Doc. Identidad 15.00 0.4545
SERVICIO DE NUTRICION
69-A ASESORAMIENTO DEPROYECTOS X Unidad Médica Servicio de Vicerrector. Platos Ecológicos Nutrición Académico. Alumnos UNS . Carné Universitario Gratuito y Jefe de. Docentes-Administrativos . Fotocheck Gratuito OCBU. Familiares . Comprobante de pago 5.00 0.1515. Público en general . Comprobante de pago 8.00 0.2424
. Kioskos, restaurantes y comedores ecológicos. Alumnos UNS . Carné Universitario Gratuito. Docentes-Administrativos . Fotocheck Gratuito. Familiares . Comprobante de pago 10.00 0.3030. Público en general . Comprobante de pago 20.00 0.6060
. Alimentación en los diferentes grupos etáreos. Alumnos UNS . Carné Universitario Gratuito. Docentes-Administrativos . Fotocheck Gratuito. Familiares . Comprobante de pago 5.00 0.1515. Público en general . Comprobante de pago 10.00 0.3030
69-B ORIENTACION YCONSEJERIA EN X Unidad Médica Servicio de VicerrectorMEDICINA ALTERNATIVA Nutrición Académico(REFLEXOTERAPIA) y Jefe de. Alumnos UNS . Carné Universitario Gratuito OCBU. Docentes-Administrativos . Fotocheck Gratuito. Familiares . Comprobante de pago 5.00 0.1515. Público en general . Comprobante de pago 10.00 0.3030
SERVICIO DE MEDICINA
69-C CONSULTA MEDICA. Alumnos UNS . Carné Universitario Gratuito X Unidad Médica Servicio de Vicerrector. Docentes-Administrativos . Fotocheck Gratuito Medicina Académico. Familiares . Comprobante de pago 3.00 0.0909 y Jefe de. Público en general . Comprobante de pago 5.00 0.1515 OCBU
69-D CIRUGIA MENOR(suturas hasta 10 ptos.). Alumnos UNS . Carné Universitario Gratuito X Unidad Médica Servicio de Vicerrector. Docentes-Administrativos . Fotocheck Gratuito Medicina Académico. Familiares . Comprobante de pago 5.00 0.1515 y Jefe de. Público en general . Comprobante de pago 10.00 0.3030 OCBU
69-E EXTRACCION DEUÑEROS. Alumnos UNS . Carné Universitario Gratuito X Unidad Médica Servicio de Vicerrector. Docentes-Administrativos . Fotocheck Gratuito Medicina Académico. Familiares . Comprobante de pago 5.00 0.1515 y Jefe de. Público en general . Comprobante de pago 10.00 0.3030 OCBU
69-F DEBRIDACIONES. Alumnos UNS . Carné Universitario Gratuito X Unidad Médica Servicio de Vicerrector. Docentes-Administrativos . Fotocheck Gratuito Medicina Académico. Familiares . Comprobante de pago 3.00 0.0909 y Jefe de. Público en general . Comprobante de pago 5.00 0.1515 OCBU
69-G LAVADO DE OIDOS. Alumnos UNS . Carné Universitario Gratuito X Unidad Médica Servicio de Vicerrector. Docentes-Administrativos . Fotocheck Gratuito Medicina Académico. Familiares . Comprobante de pago 5.00 0.1515 y Jefe de. Público en general . Comprobante de pago 10.00 0.3030 OCBU
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Nº DENOMINACIÓN DERECHO CALIFICACIÓN DEPENDENCIA AUTORIDAD AUTORIDADDEL REQUISITOS DE PAGO EVALUACIÓN QUE INICIA QUE QUE RESUELVE
PROCEDIMIENTO S/. % UIT AUTOM. POSIT. NEGAT. EL TRÁMITE APRUEBA EL RECURSOEL TRÁMITE APELACIÓN
SERVICIO DE ENFERMERIA
69-H INYECTABLEINTRAMUSCULAR. Alumnos UNS . Carné Universitario Gratuito X Unidad Médica Servicio de Vicerrector. Docentes-Administrativos . Fotocheck Gratuito Enfermería Académico. Familiares . Comprobante de pago 0.50 0.0151 y Jefe de. Público en general . Comprobante de pago 1.00 0.0303 OCBU
69-I INYECTABLEENDOVENOSO. Alumnos UNS . Carné Universitario Gratuito X Unidad Médica Servicio de Vicerrector. Docentes-Administrativos . Fotocheck Gratuito Enfermería Académico. Familiares . Comprobante de pago 1.00 0.0303 y Jefe de. Público en general . Comprobante de pago 1.50 0.0454 OCBU
69-J PRUEBA DESENSIBILIDAD. Alumnos UNS . Carné Universitario Gratuito X Unidad Médica Servicio de Vicerrector. Docentes-Administrativos . Fotocheck Gratuito Enfermería Académico. Familiares . Comprobante de pago 2.00 0.0606 y Jefe de. Público en general . Comprobante de pago 3.00 0.0909 OCBU
69-K COLOCACION DESUEROS. Alumnos UNS . Carné Universitario Gratuito X Unidad Médica Servicio de Vicerrector. Docentes-Administrativos . Fotocheck Gratuito Enfermería Académico. Familiares . Comprobante de pago 2.00 0.0606 y Jefe de. Público en general . Comprobante de pago 3.00 0.0909 OCBU
69-L CURACIONES. Alumnos UNS . Carné Universitario Gratuito X Unidad Médica Servicio de Vicerrector. Docentes-Administrativos . Fotocheck Gratuito Enfermería Académico. Familiares . Comprobante de pago 2.00 0.0606 y Jefe de. Público en general . Comprobante de pago 3.00 0.0909 OCBU
69-M EXTRACION DEPUNTOS. Alumnos UNS . Carné Universitario Gratuito X Unidad Médica Servicio de Vicerrector. Docentes-Administrativos . Fotocheck Gratuito Enfermería Académico. Familiares . Comprobante de pago 1.00 0.0303 y Jefe de. Público en general . Comprobante de pago 1.50 0.0454 OCBU
69-N NEBULIZACIONES. Alumnos UNS . Carné Universitario Gratuito X Unidad Médica Servicio de Vicerrector. Docentes-Administrativos . Fotocheck Gratuito Enfermería Académico. Familiares . Comprobante de pago 3.00 0.0909 y Jefe de. Público en general . Comprobante de pago 5.00 0.1515 OCBU
69-O CURACIONES. Alumnos UNS . Carné Universitario Gratuito X Unidad Médica Servicio de Vicerrector. Docentes-Administrativos . Fotocheck Gratuito Enfermería Académico. Familiares . Comprobante de pago 2.00 0.0606 y Jefe de. Público en general . Comprobante de pago 3.00 0.0909 OCBU
SERVICIO DE PSICOPEDAGOGIA
69-P CONSULTA PSICOLOGICA. Alumnos UNS . Carné Universitario Gratuito X Unidad Médica Servicio de Vicerrector. Docentes-Administrativos . Fotocheck Gratuito Psicopedagogía Académico. Familiares . Comprobante de pago 5.00 0.0151 y Jefe de. Público en general . Comprobante de pago 10.00 0.3030 OCBU
69-Q EVALUACIONPSICOLOGICA. Alumnos UNS . Carné Universitario Gratuito X Unidad Médica Servicio de Vicerrector. Docentes-Administrativos . Fotocheck Gratuito Psicopedagogía Académico. Familiares . Comprobante de pago 10.00 0.3030 y Jefe de. Público en general . Comprobante de pago 15.00 0.4545 OCBU
69-R PSICOTERAPIA. Alumnos UNS . Carné Universitario Gratuito X Unidad Médica Servicio de Vicerrector. Docentes-Administrativos . Fotocheck Gratuito Psicopedagogía Académico. Familiares . Comprobante de pago 10.00 0.3030 y Jefe de. Público en general . Comprobante de pago 15.00 0.4545 OCBU
69-S AROMATERAPIA. Alumnos UNS . Carné Universitario Gratuito X Unidad Médica Servicio de Vicerrector. Docentes-Administrativos . Fotocheck Gratuito Psicopedagogía Académico. Familiares . Comprobante de pago 10.00 0.3030 y Jefe de. Público en general . Comprobante de pago 15.00 0.4545 OCBU
Regístrese, comuníquese y archívese.
ESTEBAN HORNA BANCESRector de la Universidad Nacional del Santa
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RESOLUCIÓN RECTORALNº 00003-R-06
Lima, 6 de enero del 2006
Visto el Expediente, con Registro de Mesa de PartesGeneral N° 00060-SG-06 del Rectorado, sobre Exoneracióndel Proceso de Selección para la contratación del serviciode publicidad de la Escuela de Post Grado;
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Rectoral N° 06817-R-05 defecha 31 de diciembre del 2005, se aprobó el Plan Anual deAdquisiciones y Contrataciones para el Año Presupuestal2006 de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, elcual incluye el Proceso de Selección para la contrataciónde los servicios de publicidad de la Escuela de Post Gradopara el Proceso de Admisión 2006-I;
Que mediante Oficio N° 2078-EPG.2005, la Escuela dePost Grado de la Universidad Nacional Mayor de San Marcossolicita la exoneración del proceso de selección para lacontratación del servicio de publicidad para el proceso deadmisión 2006-I, por el monto S/. 158,508.78 nuevos soles;
Que el servicio de publicidad a contratar cuenta conun plan sustentado y elaborado en base a criterios realescon relación a la concentración geográfica de losusuarios del servicio de telecomunicaciones y depreferencia del público que pueda lograr una mayoraudiencia y lectura a los interesados;
Que con Oficio N° 007-OGE-OA-2006 la Oficina deAbastecimiento emite opinión técnica, indicando que debeinvocarse como causal de exoneración la contratación porservicios personalísimos en base al estudio de mercadoen sintonía y rating de ciertos medios de comunicaciónpara lograr una mayor publicidad y difundir los programasde maestrías y doctorados que ofrece la Universidad;
Que mediante Informe N° 0012-OGAL-06, la OficinaGeneral de Asesoría Legal emite opinión favorable sobre laprocedencia de la exoneración de conformidad a lo previstoen el inciso f) del artículo 19° del Texto Único Ordenado dela Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, queestablece como causal de exoneración de los procesos deselección a los servicios personalísimos, contemplandoen el tercer párrafo del artículo 145º de la citada norma, losservicios de publicidad que prestan al Estado los mediosde comunicación televisiva, radial, escrita o cualquier otromedio de comunicación, en atención a las característicasparticulares que los distinguen;
Que cuenta con la opinión favorable de la Oficina Generalde Planificación, indicando que la fuente de financiamientocorresponde a la de Recursos Directamente Recaudados,conforme se extrae de la Hoja de Requerimiento yAutorización de Gasto que obra en el expediente;
Que está plenamente justificada la procedencia de laexoneración materia de la presente Resolución y sunecesidad acreditada por la inminencia de la campañade marketing para el proceso de admisión a los estudiosde maestría y doctorado 2006-I; y,
Estando a las atribuciones conferidas al señor Rectorpor la Ley Universitaria N° 23733 y el Estatuto de laUniversidad Nacional Mayor de San Marcos;
SE RESUELVE:
1° Aprobar la Exoneración del Proceso de Selección –Adjudicación Directa Publica concerniente a la contratacióndel “Servicio de Publicidad para el Proceso de Admisión2006-I de la Escuela de Post Grado de la UniversidadNacional Mayor de San Marcos”, con un valor referencialS/. 158,508.78 nuevos soles incluido los impuestos de Ley,por el período comprendido ente el 8 de enero al 19 demarzo del 2006, teniéndose como fuente de financiamientoRecursos Directamente Recaudados por la UniversidadNacional Mayor de San Marcos.
2º Dejar establecido que el tipo y la descripción básicade los servicios de publicidad aludidos en el resolutivoanterior, el tiempo que se requiere contratar cada unomediante exoneración, así como la identificación de laspersonas jurídicas que prestarán dichos servicios de
publicidad, están incluidos en anexo que en foja uno (01)forma parte integrante de la presente Resolución Rectoral.
3° Determinar que la dependencia encargada de realizar lacontratación exonerada por medio del resolutivo primero de lapresente Resolución, es la Escuela de Post Grado de laUniversidad Nacional Mayor de San Marcos.
4º Encargar a la Secretaría General de la Universidadla publicación de la presente Resolución Rectoral y su anexoen el Diario Oficial El Peruano dentro del plazo de Ley.
5° Encargar a la Oficina de Abastecimiento remitir a laContraloría General de la República y al Consejo Superior deContrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE,una copia de la Resolución Rectoral y su anexo con losinformes técnico y legal que lo sustentan dentro de los 10 díascalendario siguientes a la fecha de su emisión.
6° Encargar a la Oficina de Abastecimiento, a laSecretaría General y a la Escuela de Poseed Grado elcumplimiento de la presente Resolución Rectoral.
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
JUAN MANUEL BURGA DÍAZRectorUniversidad Nacional Mayor de San Marcos
ANEXO DE EXONERACIÓN DEL PROCESODE SELECCIÓN PARA LA CONTRATACIÓN
DEL SERVICIO DE PUBLICIDAD PARAEL PROCESO DE ADMISIÓN 2006 I DE
LA ESCUELA DE POST GRADO
DESCRIPCIÓN BÁSICA DEL SERVICIO,SERVICIO U OBRA
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE PUBLICIDAD
a)EMPRESA EDITORA EL COMERCIO S.A. por lacantidad de 4 avisos de publicidad por los días 8 y 21 deenero, 19 de febrero y 19 de marzo de 2006, siendo elmodelo y medida a usar el de 10 x 4 cm.
b)GRUPO LA REPÚBLICA S.A. por la cantidad de4 avisos de publicidad por los días 15 y 29 de enero, 26de febrero y 12 de marzo de 2006, siendo el modelo ymedida a usar el de 7 x 4 cm.
c)EDITORA NOVOLEXIS S.A.C. (Revista Caretas)por el servicio de publicidad escrita, con un (1) aviso depublicidad del día 26 de enero de 2006, siendo el modeloa usar 25.5 x 27 cm.
d)GRUPO RPP S.A. para el servicio de publicidadradial con un total de 133 spots publicitarios entre losdías el 21 de febrero al 18 de marzo del 2006, con unaduración de 20 segundos cada uno.
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UNIVERSIDAD NACIONALMAYOR DE SAN MARCOS
RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 000022 -R-06
Lima, 9 de enero del 2006
Visto el Expediente, con Registro de Mesa de Partes GeneralNº 00081-SG-06 del Rectorado, sobre Exoneración delProceso de Selección para la contratación del servicio dePublicidad de la Oficina Central de Admisión;
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Rectoral Nº 06817-R-05de fecha 31 de diciembre del 2005, se aprobó el PlanAnual de Adquisiciones y Contrataciones para el AñoPresupuestal 2006 de la Universidad Nacional Mayor deSan Marcos, que incluye el Proceso de Selección delServicio de Publicidad de la Oficina Central de Admisiónpara el Proceso de Admisión 2006-II;
Que mediante Oficio Nº 003-J-OCA-06, la OficinaCentral de Admisión de la Universidad Nacional Mayorde San Marcos solicita la exoneración del proceso deselección para la contratación del servicio de publicidaddel Proceso de Admisión 2006-II, por el monto deS/.108,252.80 nuevos soles;
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Que el servicio de publicidad a contratar se basa en loscriterios técnicos de los estudios de investigación de mercadoscuantitativos y analíticos realizados por la Oficina Central deAdmisión, utilizando la medición de sintonía y rating de ciertosmedios de comunicación por su llegada y especialización dentrode los niveles socioeconómicos que permitirán alcanzar lamayor cantidad de postulantes al Proceso de Admisión 2006-II, que es el objetivo de la Universidad;
Que con Oficio Nº 0014-OGE-OA-2006 la Oficina deAbastecimiento emite opinión técnica, indicando que debeinvocarse como causal de exoneración la contrataciónpor servicios personalisímos en base al estudio demercado en sintonía y rating de ciertos medios decomunicación para lograr una mayor publicidad y difundirel Proceso de Admisión 2006-II;
Que mediante Informe Nº 0013-OGAL-06, la OficinaGeneral de Asesoría Legal emite opinión favorable sobre laprocedencia de la exoneración de conformidad a lo previstopor el artículo f) del artículo 19º de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado (T.U.O. aprobado con DecretoSupremo Nº 083-2004-PCM), que establece como causalde exoneración de los procesos de selección a los serviciospersonalísimos, contemplando en el tercer párrafo delartículo 145º del Reglamento de la citada norma, los serviciosde publicidad que prestan al Estado los medios decomunicación televisiva, radial, escrita o cualquier otro mediode comunicación, en atención a las característicasparticulares que los distinguen;
Que la Oficina General de Planificación medianteOficio Nº 009-OGPL-2006 y la Oficina General deEconomía con Hoja de Ruta Documentaria de fecha 5de enero de 2006, emiten opinión favorable al respecto;
Que está plenamente justificada la procedencia de laexoneración materia de la presente Resolución y sunecesidad acreditada por la inminencia de la campañade marketing para el proceso de admisión 2006-II; y,
Estando a las atribuciones conferidas al señor Rectorpor la Ley Universitaria Nº 23733 y el Estatuto de laUniversidad Nacional Mayor de San Marcos;
SE RESUELVE:
1º. Aprobar la Exoneración del Proceso de Selección –Adjudicación Directa Publica concerniente a la contratacióndel “Servicio de Publicidad para el Proceso de Admisión2006-II de la Oficina Central de la Admisión de la UniversidadNacional Mayor de San Marcos”, con un valor referencialS/. 108,252.80 nuevos soles incluido los impuestos de Ley,por el período comprendido entre el 10 de enero al 28 defebrero de 2006, teniéndose como fuente de financiamientoRecursos Directamente Recaudados por la UniversidadNacional Mayor de San Marcos.
2º. Dejar establecido que el tipo y la descripción básica delos servicios de publicidad aludido en el resolutivo anterior, losperíodos de tiempo durante los que se requiere contratarmediante exoneración, así como la identificación de las personasjurídicas que prestarán dichos servicios de publicidad, estánincluidos en Anexo 01, que en foja uno (01) forma parteintegrante de la presente Resolución Rectoral.
3º. Determinar que la dependencia encargada de realizarla contratación exonerada por medio del resolutivo primerode la presente Resolución, es la Oficina Central de Admisiónde la Universidad Nacional Mayor de San Marcos.
4º. Encargar a la Secretaría General de la Universidadla publicación de la presente Resolución Rectoral y su anexoen el Diario Oficial El Peruano dentro del plazo de Ley.
5º. Encargar a la Oficina de Abastecimiento remitir a laContraloría General de la República y al Consejo Superior deContrataciones y Adquisiciones del Estado –CONSUCODE,una copia de la Resolución Rectoral y su anexo con los informestécnico y legal que los sustentan dentro de los 10 días calendariosiguientes a la fecha de su emisión.
6º. Encargar a la Oficina de Abastecimiento, a laSecretaría General y a la Oficina Central de Admisión elcumplimiento de la presente Resolución Rectoral.
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
JUAN MANUEL BURGA DÍAZRector
UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS
ANEXO Nº 01
PROCESO DE ADMISIÓN 2006 - II
MEDIOS DE COMUNICACIÓN MONTO MONTONETO BRUTO
TOTAL MEDIOS ESCRITOS, TELEVISIÓN, RADIALES S/. 90,968.74 S/. 108,252.80
MEDIOS ESCRITOS S/. 8,403.36 S/. 10,000.00
Empresa Editora El Comercio S.A. - Diario El Comercio, 1 Aviso 10cm x 15cm día 12 de febrero S/. 8,403.36 S/. 10,000.00
MEDIOS TELEVISIVOS S/. 42,649.60 S/. 50,753.02
Berlin Group EIRL (Panamericana Televisión , Canal 5)Canal 5, Buenos Días Perú, 06:00 a 09:30 Horas, ENE 23 al 27 y 30, FEB 1, 3, 7 al 10, 13 al 17 y 20 al 22, 3 Avisos de 15" c/u, Total 60 Avisos S/. 16,320.00 S/. 19,420.80Canal 5, 24 Horas, 12:00 a 13:00 Horas, ENE 23 al 27 y 30, FEB 1, 3, 7 al 10, 13 al 17 y 20 al 22; 1 Aviso de 15" c/u, Total 20 Avisos S/. 5,440.00 S/. 6,473.60Canal 5, Horario estelar 19:00 a 23:30 Horas, ENE 22, 24 al 28, FEB 1, 3 al 5, 8, 9, 11, 12, 15 al 19 y 22; 1 Aviso de 15" c/u, Total 20 Avisos S/. 5,440.00 S/. 6,473.60Canal 5, Pone a Francella 23:30 a 24:30 Horas, ENE 23, al 27 y 30, FEB 1,2, 7 al 10, 13 al 17 y 20 al 22; 1 Aviso de 15" c/u, Total 20 Avisos S/. 5,440.00 S/. 6,473.60Canal 4, Primera Edición, 06:00 a 09:30 Horas, ENE 23,25 FEB 1,3,6,8,13 y 20; 3 Avisos de 15" c/u, Total 24 Avisos S/. 10,009.60 S/. 11,911.42Canal 4, Bonificación, 24:00 a 02:00 Horas, ENE 23,25 FEB 1, 3, 6, 8, 13 y 20; 1 Aviso de 15" c/u, Total 8 Avisos S/. 0.00 S/. 0.00
MEDIOS RADIALES S/. 39,915.78 S/. 47,499.78
Berlin Group EIRLRadio Estudio 92 , ENE 10 al 13 y 16 al 22; 4 Avisos de 15" c/u; Total 44 Avisos S/. 3,366.00 S/. 4,005.54Radio RPP, ENE 10 al 13 y 16 al 22; 4 Avisos de 15" c/u; Total 44 Avisos S/. 6,552.48 S/. 7,797.45Radio MODA, ENE 10 al 13 y 16 al 22; Avisos de 15" c/u; Total 44 Avisos S/. 3,590.40 S/. 4,272.58Radio Ritmo, ENE 10 al 13 y 16 al 22; Avisos de 15" c/u; Total 44 Avisos S/. 4,039.20 S/. 4,806.65Radio CPN, ENE 10 al 13 y 16 al 22; 4 Avisos de 15" c/u; Total 44 Avisos S/. 2, 917.20 S/. 3,471.47Radio LA MEGA, ENE 10 al 13 y 16 al 22; 4 Avisos de 15" c/u; Total 44 Avisos S/. 3.366.00 S/. 4.005.54Radio LA INOLVIDABLE,ENE 10 al 13 y 16 al 22; 5 Avisos de 15" c/u; Total 55 Avisos S/. 5,890.50 S/. 7,009.70
Radio Comas Televisión S.R.Ltda., Radio Cantogrande, Cono Este, FM 97.7, Radiante, SAB, 6 Avisos de 20" c/u, ENE 14 al FEB 18 2006 S/. 300.00 S/. 357.00Radio Comas Televisión S.R.Ltda., Radio Cantogrande, Cono Este, FM 97.7, Empresas y Negocios, SAB, 6 Avisos de 20" c/u, ENE 14 al FEB 18 2006 S/. 300.00 S/. 357.00
Crac Medios Publicitarios S.A., Radio Comas, Cono Norte FM 101.7, LUN/DOM, 84 Avisos de 15", c/u, ENE 14 al FEB 18 2006 S/. 3,198.00 S/. 3,805.62Crac Medios Publicitarios S.A., Radio Cantogrande, Cono Este, FM 97.7, LUN/DOM, 84 Avisos de 15", c/u, ENE 14 al FEB 18 2006 S/. 3,198.00 S/. 3,805.62Crac Medios Publicitarios S.A., Radio Stereo Villa Sur, FM 102.5, LUN/DOM, 84 Avisos de 15" c/u, ENE 14 al FEB 18 2006 S/. 3,198.00 S/. 3,805.62
00571
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UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA
RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 035
Lima, 11 de enero de 2006
Visto el informe del señor Rector en relación a lainvitación formulada por Facultad de Ingeniería y laEscuela de Graduados de Ciencia y Tecnología de laUniversidad de Chiba - Japón, para la firma de unConvenio de Cooperación e Intercambio Académico;
CONSIDERANDO:
Que se ha formulado invitación al señor Rector y auna Comisión Oficial de la Universidad Nacional deIngeniería integrada por el Primer Vicerrector, el Decanode la Facultad de Ingeniería de Petróleo y el Decano de laFacultad de Ingeniería Civil, para participar en la firma deun Convenio de Cooperación e Intercambio Académicocon la Facultad de Ingeniería y la Escuela de Graduadosde Ciencia y Tecnología de la Universidad de Chiba -Japón, visitas técnicas a diferentes instituciones yorganizaciones vinculadas con la investigación y eldesarrollo de nuevas tecnologías en el campo de laingeniería, y realizar contactos necesarios para futurasinvestigaciones y/o trabajos en conjunto;
Que la firma del convenio para intercambio ycooperación académica tiene por finalidad afianzar loslazos de amistad y sobretodo los de cooperación para larealización de investigaciones conjuntas entre las dosuniversidades, llevándose a cabo a través de proyectosde investigación, donde miembros de las dos institucionescolaborarán conjuntamente en el desarrollo de losmismos, asimismo mediante el intercambio deinvestigadores y alumnos para el mejor progreso de lasactividades;
Que la Ley Nº 27619 regula la autorización de viajesal exterior de los funcionarios y servidores públicos orepresentantes del Estado que irroguen gastos al TesoroPúblico y que se encuentren comprendidos en lasentidades públicas sujetas al ámbito de control de la Leyde Presupuesto del Sector Público, dispositivo legal quese encuentra regulado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 5 de junio del 2002;
Estando a lo acordado por el Consejo Universitarioen su sesión extraordinaria Nº 01 del 11 de enero del2006;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje en Misión Oficial aJapón, desde el jueves 12 de enero al jueves 26 deenero del 2006, en representación de la UniversidadNacional de Ingeniería, al señor Rector Ing. RobertoMorales Morales, al Primer Vicerrector Mag. Ing. AurelioPadilla Ríos, al Decano de la Facultad de Ingeniería dePetróleo Ing. Luis del Castillo Rodríguez y al Decano dela Facultad de Ingeniería Civil MsC. Ing. FranciscoCoronado del Águila, para que participen en la ceremoniade suscripción del Convenio de Cooperación eIntercambio Académico entre la Universidad Nacionalde Ingeniería y la Universidad de Chiba - Japón, visitastécnicas a diferentes instituciones y organizacionesvinculadas con la investigación y el desarrollo de nuevastecnologías en el campo de la ingeniería, y realizarcontactos necesarios para futuras investigaciones y/otrabajos en conjunto.
Artículo 2º . - Otorgar a cada uno de losfuncionarios antes indicados, el equivalente ennuevos soles de los montos que se indican acontinuación, para sufragar los gastos que por dichosconceptos irroguen su participación en la MisiónOfic ial , expl ic i tada en los considerandos de la
presente resoluc ión, debiendo rendi r cuentadocumentada de lo gastado en un plazo no mayor dequince (15) días, al término de la referida misión.
Pasajes aéreo y terrestre (Ida y vuelta)hasta el monto de : US$ 1 769.47Viáticos hasta el monto de (US$ 260.00 por 11 días) : US$ 2 860.00Tarifa Corpac : US$ 30.25
Artículo 3º.- Los gastos que se indican en el artículoprecedente serán financiados con recursos directamenterecaudados por los Órganos Desconcentradosdependientes del rectorado, las Facultades, las OficinasCentrales y el Centro de Investigaciones Sísmicas yMitigación de Desastres de la Universidad.
Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendariosiguientes de efectuado el viaje, los citados funcionariosdeberán presentar ante el titular de la entidad un informedetallado describiendo las acciones realizadas y losresultados obtenidos durante el viaje.
Artículo 5º.- Disponer que la Oficina Central deLogística publique la presente resolución en el DiarioOficial El Peruano de conformidad a lo establecido por elartículo 3º de la Ley Nº 27619.
Regístrese, comuníquese y archívese.
ROBERTO MORALES MORALESRector
00634
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SUNASS
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RESOLUCIÓN DE LA GERENCIADE REGULACIÓN TARIFARIA
Nº 002-2006-SUNASS-GRT
Lima, 11 de enero de 2006
VISTO:
El Oficio N° 8/2006/CPI-EMS/PROINVERSIÓN defecha 9 de enero de 2006, mediante e l cualPROINVERSIÓN, remit ió a la SUNASS el PlanMaestro Optimizado para dar inicio al trámite deaprobación de la fórmula tar i far ia, estructurastarifarias y metas de gestión para el primer quinqueniode la concesión de los servicios de saneamiento enlas provincias de Piura y Paita;
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución de Consejo Directivo N° 033-2005-SUNASS-CD, se aprobó la “Directiva sobre elProcedimiento de Aprobación de la Fórmula Tarifaria,Estructuras Tarifarias y Metas de Gestión en los Serviciosde Saneamiento” y la “Directiva para la Formulación delos Planes Maestros Optimizados”;
Que, se ha procedido a revisar el Plan MaestroOptimizado y la documentación adjunta entregada porPROINVERSIÓN;
Que, conforme con la “Directiva sobre Procedimientode Aprobación de Fórmula Tarifaria, Estructuras Tarifariasy Metas de Gestión en los Servicios de Saneamiento”corresponde que la Gerencia de Regulación Tarifaria,una vez recibido el Plan Maestro Optimizado por el
����� �����������������Lima, jueves 12 de enero de 2006
solicitante, y verificado el cumplimiento de los requisitosde admisibilidad y procedencia a que se refiere el artículo8° de la citada Directiva, admita a trámite el referidodocumento;
En uso de las facultades conferidas por la Resoluciónde Consejo Directivo N° 033-2005-SUNASS-CD;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Admitir a trámite la solicitud dePROINVERSIÓN de determinación de la FórmulaTarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestiónpara los próximos cinco años, aplicable al primerquinquenio de la concesión de los servicios desaneamiento en las provincias de Piura y Paita, conlo cual se da inicio al procedimiento establecido en laResolución de Consejo Direct ivo N° 033-2005-SUNASS-CD;
Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia de Usuarios dela SUNASS la adopción de los mecanismos de difusiónque considere pertinentes para dar a conocer al públicoen general el contenido del Plan Maestro Optimizadoaplicable a la concesión de los servicios de saneamientoen las provincias de Piura y Paita, remitido porPROINVERSIÓN a la SUNASS.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
BRUNO BUSTAMANTE LÓPEZ-AMERIGerente de Regulación Tarifaria
00627
SUNAT
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RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIANACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS
Nº 001-2006-SUNAT/A
Callao, 10 de enero de 2006
CONSIDERANDO:
Que el artículo 12º del Reglamento de la Ley Generalde Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2005-EF, señala que para la declaración de la baseimponible de los derechos arancelarios y demás tributosaduaneros, los valores se expresarán en dólares de losEstados Unidos de América;
Que asimismo el tercer párrafo del citado artículoseñala que en el caso de valores expresados en otrasmonedas extranjeras, éstos se convertirán a dólares delos Estados Unidos de América debiéndose establecerun mecanismo de difusión que permita a los usuariosconocer con suficiente anticipación los factores deconversión monetaria:
Que teniendo en cuenta lo señalado anteriormenteresulta necesario actualizar los factores de conversiónestablecidos en la Resolución de SuperintendenciaNacional Adjunta de Aduanas Nº 603-2005-SUNAT/A,considerando los factores fijados por la Superintendenciade Banca y Seguros;
En uso de las facultades conferidas por el artículo12º del Reglamento de la Ley General de Aduanasaprobado por Decreto Supremo Nº 011-2005-EF, por elinciso g) del artículo 23º del Reglamento de Organizacióny Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto SupremoNº 115-2002-PCM y por Resolución de SuperintendenciaNº 122-2003/SUNAT;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Fíjese los factores de conversiónmonetaria a utilizarse en la declaración de la baseimponible a que se refiere el tercer párrafo del artículo12º del Reglamento de la Ley General de Aduanas,aprobado por Decreto Nº 011-2005-EF, de acuerdo aldetalle siguiente:
PAIS MONEDA TIPO DECAMBIO (US$)
Unión Europea Euro 1.183000Angora Kwanza 0.012411Antillas Holandesas Dólar de Las Antillas Holandesas 0.561798Argentina Peso Argentino 0.330579Australia Dólar Australiano 0.733407Bolivia Boliviano 0.125786Brasil Real 0.428449Bulgaria Lev 0.605034Canadá Dólar Canadiense 0.860141Chile Peso Chileno 0.001946China República Popular de Yuan 0.123943Colombia Peso Colombiano 0.000438Corea República de Won 0.000989Dinamarca Corona Danesa 0.158584Ecuador Sucre 0.000040Guatemala Quetzal 0.131926Hong Kong Dólar de Hong Kong 0.128977India Rupia de la India 0.022242Indonesia Rupia de Indonesia 0.000102Israel Shekel 0.217297Japón Yen Japonés 0.008475Malasia, Federación de Dólar Malasio o Ringgit 0.264620México Nuevo Peso Mexicano 0.094215Nigeria Naira 0.007680Noruega Corona Noruega 0.148174Panamá Balboa 1.000000Paraguay Guaraní 0.000165Reino Unido (Inglaterra) Libra Esterlina 1.719900Rusia Federación de Rublo 0.034796Singapur Dólar de Singapur 0.601431Suecia Corona Sueca 0.125802Suiza Franco Suizo 0.760688Tailandia Baht 0.024387Taiwan (China Nacionalista) Nuevo Dólar de Taiwan 0.030525Turquía Lira 0.740741Ucrania Hryvnia 0.198216Uruguay Peso Uruguayo 0.042553Venezuela Bolívar Venezolano 0.000466Viet Nam Dong 0.000063
Artículo 2º.- Los factores a que se refiere el artículoanterior deberán ser utilizados a partir del día siguientede la publicación de la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ ARMANDO ARTEAGA QUIÑESuperintendente Nacional Adjunto de Aduanas
00596
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RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIANACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS
Nº 003-2006/SUNAT/A
Callao, 11 de enero de 2006
CONSIDERANDO:
Que el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 135-2005-EF modificó el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 104-95-EF que aprueba el Reglamento del Procedimiento deRestitución Simplificado de Derechos Arancelariosseñalando que cuando existan indicadores de riesgosuficientes que hagan presumir el acogimiento indebidoa la restitución de derechos arancelarios, la SUNAT podrádisponer la realización de una fiscalización especial,extendiéndose hasta seis (6) meses el plazo pararesolver la solicitud de restitución de derechosarancelarios. Para tal efecto, el inciso c) de este artículoconsidera que es un indicador de riesgo exportar
����� ������ ����������� Lima, jueves 12 de enero de 2006
mercancías clasificadas en subpartidas arancelarias dealto riesgo señaladas por SUNAT;
Que en tal sentido corresponde a la SUNAT señalarla relación de subpartidas arancelarias de alto riesgo;
En uso de las facultades conferidas en la Resoluciónde Superintendencia Nº 122-2003/SUNAT y a lo dispuestoen el inciso g), artículo 23º del Reglamento deOrganización y Funciones de la SUNAT, aprobado porDecreto Supremo Nº 115-2002-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Considérense como subpartidasarancelarias de alto riesgo, conforme a lo señalado en elinciso c) del artículo 10º del Decreto Supremo Nº 104-95-EF modificado por el Decreto Supremo Nº 135-2005-EF, a las detalladas en el anexo que forma parteintegrante de la presente Resolución.
Artículo 2º.- La presente Resolución entrará envigencia el día siguiente de su publicación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ ARMANDO ARTEAGA QUIÑESuperintendente Nacional Adjunto de AduanasSuperintendencia Nacional deAdministración Tributaria
ANEXO
Nº Subpartida Arancelaria01 030110000002 330499000003 330790900004 382490999905 8214100000
00612
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RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIANº 007-2006/SUNAT
Lima, 10 de enero de 2006
CONSIDERANDO:
Que la Ley General del Sistema Nacional dePresupuesto aprobada por Ley Nº 28411, establece los
principios, los procesos y procedimientos que regulan elSistema Nacional de Presupuesto;
Que el Artículo 7º de la citada Ley General disponeque el Titular de una Entidad es la más alta AutoridadEjecutiva en materia presupuestal, el mismo quepuede delegar sus funciones en dicha materia cuandolo establezca la Ley General , las Leyes dePresupuesto del Sector Público o la norma de creaciónde la Entidad, siendo el Titular responsable solidariocon el delegado;
Que el Artículo 40º de la referida Ley General, señalaque las modificaciones presupuestarias en el nivelFuncional Programático son aprobadas medianteResolución del Titular, a propuesta de la Oficina dePresupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad.El Titular puede delegar dicha facultad de aprobación através de disposición expresa, la misma que debe serpublicada en el Diario Oficial El Peruano;
Que el inciso e) del Artículo 19º del Reglamento deOrganización y Funciones de la SuperintendenciaNacional de Administración Tributaria - SUNAT, aprobadopor Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM, establececomo atribución del Superintendente Nacional deAdministración Tributaria, aprobar o modificar, medianteResolución de Superintendencia, el presupuesto de laSUNAT;
Que asimismo, el inciso t) del mencionado Artículo19º, faculta al Superintendente Nacional de AdministraciónTributaria a delegar sus atribuciones, salvo disposiciónlegal en contrario, cuando así lo estime pertinente;
Que resulta pertinente delegar en el IntendenteNacional de Administración, el ejercicio de la atribuciónreferida en los considerandos anteriores;
En uso de las facultades conferidas por el inciso u)del Artículo 19º del Reglamento de Organización yFunciones de la SUNAT, aprobado por Decreto SupremoNº 115-2002-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Delegar en el Intendente Nacionalde Administración de la Superintendencia Nacional deAdministración Tributaria, de conformidad con loestablecido en el numeral 7.1 del Artículo 7º de la LeyNº 28411, la facultad de autorizar modificacionespresupuestarias en el nivel Funcional Programático,mediante Resolución de Intendencia.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLOSuperintendente NacionalSuperintendencia Nacional deAdministración Tributaria
00549
REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE
NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomosy Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar susdispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especialesrespectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correoelectrónico.
DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
REPUBLICA DEL PERU
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ANEXO - RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIANº 004-2006/SUNAT
(La resolución en referencia fue publicada en la edición del 7 de enero de 2006)
122
PARA CONSIGNAR CORRECTAMENTE LA INFORMACIÓN, SÍRVASE LEER LA CARTILLA DE INSTRUCCIONES
ANOTAR LOS IMPORTES EN NUEVOS SOLES SIN CONSIDERAR CÉNTIMOS
Crédito por Impuesto a la Renta de fuente extranjera
Otros créditos sin derecho a devolución
SUB TOTAL Cas. 120 - (Cas. 122 + Cas. 124) Si el resultado es negativo consigne cero (0)
IMPORTE A PAGAR 180
144
145
146
140
A FAVOR DEL FISCO
A FAVOR DELCONTRIBUYENTE
(-) Pagos contra el saldo a favor del fisco, realizados con anterioridad a la presentación de este formulario
(+) Interés moratorio
SALDO DE LA DEUDA TRIBUTARIA Cas. 142 - Cas. 144 + Cas. 145
SELLO DEL BANCO
13FORMA
DE
PAGO
EFECTIVO
CHEQUE Nº
BANCO
12
CÓDIGO DEL BANCO 15
REFRENDO
APELLIDOS Y NOMBRES :
302
301
FIRMA
DATOS DEL CONTRIBUYENTE O REPRESENTANTE LEGAL
CRÉDITOSSIN DERECHO
A DEVOLUCIÓN
SALDO POR REGULARIZAR:Cas. O - (Cas.133 + Cas. 529 +Cas.127 + Cas.128 + Cas.129
+ Cas.130 + Cas.131 + Cas.132)
141
142
( )
120
O
USOBANCO
( )
( )
Fecha de nacimiento
234DÍA MES AÑOAPELLIDOS Y NOMBRES :
235
Documento de identidad
236
NÚMERO����
(VER CARTILLA DEINSTRUCCIONES)
����
(VER CARTILLA DEINSTRUCCIONES)
NÚMERO
Documento de identidad
SUNAT
DATOS DEL CÓNYUGE
IMPUESTO A LA RENTA SEGÚN ESCALA (Aplique la tasa correspondiente al importe consignado en la Casilla M)
( )
----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Pago directo del Impuesto a la Renta de primera categoría
Pago directo del Impuesto a la Renta de segunda categoría
Pago directo del Impuesto a la Renta de cuarta categoría
Otros pagos directos mensuales
Impuesto retenido sobre rentas de segunda categoría
Impuesto retenido sobre rentas de cuarta categoría
Impuesto retenido sobre rentas de quinta categoría
Otros créditos con derecho a devolución
CRÉDITOS
CON DERECHO
A DEVOLUCIÓN
( )
( )
( )
( )
( )
( )
( )
( )
133
529
127
128
129
130
131
132
LA PRESENTE DECLARACIÓN EXPRESA LA VERDAD
APELLIDOS Y NOMBRESI I I I I I I I I I
05 RECTIFICA O SUSTITUYEDECLARACIÓN Nº
I I I I I I I
Sólo para los que percibenRenta de 4ta. Categoría
(Ver Cartilla de Instrucciones)
CÓDIGO DE PROFESIÓNU OFICIO
��������� � �������
02
RUCNº DE ORDEN
FOLIO10
I I I I
04
PARA USO DEL BANCO
NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA
Ejercicio Gravable 2005
DECLARACIÓN PAGO ANUAL IMPUESTO A LA RENTA
25
Consigne el número y el monto que corresponda: 1. Devolución 2. Aplicación contra futuros pagos a cuenta y/o
regularización.
INFORMACIÓN ADICIONAL
12
EFECTIVO
CHEQUE Nº
BANCO
DDDDDEEEEE
PPPPPAAAAAGGGGG
OOOOO
FORMAAAAA
�������������
13BANCO USOUSOUSOUSOUSO
BANCOBANCOBANCOBANCOBANCOCÓDIGO DEL BANCO 15 SELLO DEL BANCO
REFRENDO
180
RUCNº DE ORDEN04
I I I I I I I I I I
02 NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA
IMPORTE S/.Cas.
FORMULARIO 955
124
09
�
FORMULARIO
����� ������ ����������� Lima, jueves 12 de enero de 2006
-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
CONTRIBUYENTE
LO ATENDEMOS A TRAVÉS DE NUESTRA CENTRAL DE CONSULTAS
0-801-12-100DE LUNES A VIERNES DE 8:00 A.M. A 6:00 P.M
Y SABADOS DE 8:00 A.M. A 2:00 P.M.
122
PARA CONSIGNAR CORRECTAMENTE LA INFORMACIÓN, SÍRVASE LEER LA CARTILLA DE INSTRUCCIONES
ANOTAR LOS IMPORTES EN NUEVOS SOLES SIN CONSIDERAR CÉNTIMOS
Crédito por Impuesto a la Renta de fuente extranjera
Otros créditos sin derecho a devolución
SUB TOTAL Cas. 120 - (Cas. 122 + Cas. 124) Si el resultado es negativo consigne cero (0)
IMPORTE A PAGAR 180
144
145
146
140
A FAVOR DEL FISCO
A FAVOR DELCONTRIBUYENTE
(-) Pagos contra el saldo a favor del fisco, realizados con anterioridad a la presentación de este formulario
(+) Interés moratorio
SALDO DE LA DEUDA TRIBUTARIA Cas. 142 - Cas. 144 + Cas. 145
SELLO DEL BANCO
13FORMA
DE
PAGO
EFECTIVO
CHEQUE Nº
BANCO
12
CÓDIGO DEL BANCO 15
REFRENDO
APELLIDOS Y NOMBRES :
302
301
FIRMA
DATOS DEL CONTRIBUYENTE O REPRESENTANTE LEGAL
CRÉDITOSSIN DERECHO
A DEVOLUCIÓN
SALDO POR REGULARIZAR:Cas. O - (Cas.133 + Cas. 529 +Cas.127 + Cas.128 + Cas.129
+ Cas.130 + Cas.131 + Cas.132)
141
142
( )
120
O
USOBANCO
( )
( )
Fecha de nacimiento
234DÍA MES AÑOAPELLIDOS Y NOMBRES :
235
Documento de identidad
236
NÚMERO����
(VER CARTILLA DEINSTRUCCIONES)
����
(VER CARTILLA DEINSTRUCCIONES)
NÚMERO
Documento de identidad
DATOS DEL CÓNYUGE
IMPUESTO A LA RENTA SEGÚN ESCALA (Aplique la tasa correspondiente al importe consignado en la Casilla M)
( )
Pago directo del Impuesto a la Renta de primera categoría
Pago directo del Impuesto a la Renta de segunda categoría
Pago directo del Impuesto a la Renta de cuarta categoría
Otros pagos directos mensuales
Impuesto retenido sobre rentas de segunda categoría
Impuesto retenido sobre rentas de cuarta categoría
Impuesto retenido sobre rentas de quinta categoría
Otros créditos con derecho a devolución
CRÉDITOS
CON DERECHO
A DEVOLUCIÓN
( )
( )
( )
( )
( )
( )
( )
( )
133
529
127
128
129
130
131
132
LA PRESENTE DECLARACIÓN EXPRESA LA VERDAD
APELLIDOS Y NOMBRESI I I I I I I I I I
05 RECTIFICA O SUSTITUYEDECLARACIÓN Nº
I I I I I I I
Sólo para los que percibenRenta de 4ta. Categoría
(Ver Cartilla de Instrucciones)
CÓDIGO DE PROFESIÓNU OFICIO
��������� � �������
02
RUCNº DE ORDEN
FOLIO10
I I I I
04
PARA USO DEL BANCO
NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA
Ejercicio Gravable 2005
DECLARACIÓN PAGO ANUAL IMPUESTO A LA RENTA
25
Consigne el número y el monto que corresponda: 1. Devolución 2. Aplicación contra futuros pagos a cuenta y/o
regularización.
INFORMACIÓN ADICIONAL
IMPORTE S/.Cas.
124
09
�
FORMULARIO
����� �����������������Lima, jueves 12 de enero de 2006
B.- RENTAS DE CUARTA CATEGORÍA
INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA
(+) Ganancia de Capital Neta
(+) Otras rentas de segunda categoría
TOTAL RENTA BRUTA Cas.520 + Cas.106
(-) DEDUCCIÓN (10% del importe consignado en la casilla D)
TOTAL RENTA NETA DE SEGUNDA CATEGORÍA Cas.D - Cas.E
SEGUNDACATEGORÍA
520
106
D
E
F
( )
TOTAL RENTAS DE CUARTA Y QUINTA CATEGORÍAS
(-) DEDUCCIÓN DE 7 UIT (S/. 23,100, hasta el límite consignado en la Casilla J)
TOTAL RENTA NETA DE CUARTA Y QUINTA CATEGORÍAS
107
G
H
108
I
CUARTACATEGORÍA
QUINTA CATEGORÍA 111
J
K
L
Cas.I + Cas.111
Cas.J - Cas.K
(+) Renta bruta obtenida por el ejercicio individual (Profesión, arte, ciencia u oficio)
(-) DEDUCCIÓN (20% del importe consignado en la casilla 107 - Máximo S/. 79,200)
Renta neta obtenida por el ejercicio individual (Profesión, arte, ciencia u oficio) Cas.107 - Cas.G
(+) Otras rentas de cuarta categoría
TOTAL RENTAS DE CUARTA CATEGORÍA Cas.H + Cas.108
(+) TOTAL RENTA DE QUINTA CATEGORÍA
( )
( )
100
102PRIMERA CATEGORÍA
(+) Predios arrendados, sub-arrendados o cedidos (gratuitamente o a precio no determinado)
(+) Bienes muebles arrendados, sub-arrendados o cedidos (gratuitamente o a precio no determinado)
TOTAL RENTA BRUTA Cas.100 + Cas.102
(-) DEDUCCIÓN (20% del importe consignado en la Casilla A)
DETERMINACIÓN DE LA RENTA NETA IMPONIBLE
( )
113
RENTANETA
IMPONIBLEDEDUCCIONES
RENTA NETA GLOBAL (RENTA NETA DE FUENTE PERUANA) Cas.C + Cas.F + Cas.L
APELLIDOS Y NOMBRES, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL
Información de las tres (3) principales personas o entidades a las que ha prestado servicios durante el ejercicio 2005
INGRESO BRUTO PERCIBIDO S/.
217
Número����
Documento de Identidad
(VER CARTILLA DEINSTRUCCIONES)
210
211
204
205
Número
207
208
APELLIDOS Y NOMBRES, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIALDE LAS DOS (2) PRINCIPALES PERSONAS QUE LE ARRIENDAN O
SUBARRIENDAN EL BIEN MUEBLE Y/O INMUEBLE
IMPORTE ANUALDEL ALQUILER S/.
Documento de Identidad����
(VER CARTILLA DEINSTRUCCIONES)
118
200
201
203
N
Total dividendos percibidos, con impuesto pagado en forma definitiva en el ejercicio
Total rentas exoneradas del Impuesto a la Renta percibidas en el ejercicio
Total rentas inafectas del Impuesto a la Renta percibidas en el ejercicio
Resultado por actividades generadoras de rentas de tercera categoría (Utilidad neta antes de impuesto)
TOTAL INGRESOS DEL EJERCICIO 2005 Cas.113 + Cas.116 + Cas.118 + Cas.200 + Cas.201 + Cas.203
OTROS INGRESOS
522
519
114
523
116
M
( )
( )
( )
( )RENTA NETA DE FUENTE EXTRANJERA
TOTAL RENTA NETA GLOBAL ANUAL [Cas.113 - (Cas.522+ Cas.519+Cas.114+Cas.523)+Cas.116]
Gastos por donaciones
Pérdidas extraordinarias de primera categoría
Pérdidas de capital de segunda categoría
Impuesto a las Transacciones Financieras - ITF
ESTE FORMULARIO PUEDE SER PRESENTADO POR LOS CONTRIBUYENTES GENERADORES DE RENTAS DISTINTAS A LAS DE TERCERA CATEGORÍA , SIEMPRE QUE:
- TENGAN DOMICILIO FISCAL EN LAS LOCALIDADES SEÑALADAS POR LA SUNAT Y ADEMÁS LO PRESENTEN EN LAS SUCURSALES O AGENCIAS DEL BANCO DE LANACIÓN DE DICHAS LOCALIDADES.
- NO SE ENCUENTREN OBLIGADOS A PRESENTAR SU DECLARACIÓN ANUAL, UTILIZANDO EL PROGRAMA DE DECLARACIÓN TELEMÁTICA – PDT RENTA ANUAL 2005– PERSONAS NATURALES.
- NO HAYAN OBTENIDO PÉRDIDAS TRIBUTARIAS EN EL EJERCICIO O NO TUVIERAN PÉRDIDAS NETAS COMPENSABLES CORRESPONDIENTES A EJERCICIOSANTERIORES QUE APLICAR EN EL EJERCICIO 2005.
- NO TENGAN INGRESOS EXONERADOS DEL IMPUESTO POR MONTOS ACUMULADOS DURANTE EL EJERCICIO 2005 QUE EXCEDAN A DOS (2) UIT (S/.6,600)
RECUERDE QUE LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN DESPUÉS DE LA FECHA DE VENCIMIENTO, ORIGINA LAS SANCIONES PREVISTAS EN EL CÓDIGOTRIBUTARIO
Cas. IMPORTE S/.
�����������������
A
B
C
Cas. IMPORTE S/.
TOTAL RENTA NETA DE PRIMERA CATEGORÍA Cas.A - Cas. B
A.- ALQUILERES DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES DEVENGADOS EN EL AÑO 2005 (PAGADOS O NO PAGADOS)
----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
216
215
221
220
219
225
224
223
����� ���� � ����������� Lima, jueves 12 de enero de 2006
Nº DE ORDEN
12
EFECTIVO
CHEQUE Nº
BANCO
DDDDD
EEEEE
PPPPP
AAAAA
GGGGG
OOOOO
FFFFF
OOOOO
RRRRR
MMMMM
AAAAA
USOUSOUSOUSOUSOBANCOBANCOBANCOBANCOBANCO CÓDIGO DEL BANCO 15
FORMULARIO 956
�������������
04
13
SELLO DEL BANCO
180
BANCO
I I I I I I I I I I
02
RUC
REFRENDO
PARA CONSIGNAR CORRECTAMENTE LA INFORMACIÓN, SÍRVASE LEER LA CARTILLA DE INSTRUCCIONES
ANOTAR LOS IMPORTES EN NUEVOS SOLES SIN CONSIDERAR CÉNTIMOS
NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA
-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
137Consigne el número y el monto que corresponda
A FAVOR DEL FISCO
A FAVOR DELCONTRIBUYENTESALDO POR
REGULARIZAR
Cas. D - (Cas. 124 + Cas. 126)
1381. Devolución2. Aplicación contra futuros pagos a cuenta y /o regularización.
139
SELLO DEL BANCO
13
USOUSOUSOUSOUSOBANCOBANCOBANCOBANCOBANCO
FFFFF
OOOOO
RRRRR
MMMMM
AAAAA
DDDDD
EEEEE
PPPPP
AAAAA
GGGGG
OOOOO
EFECTIVO
CHEQUE Nº
BANCO
12
CÓDIGO DEL BANCO 15
REFRENDO
LA PRESENTE DECLARACIÓN EXPRESA LA VERDAD
146
IMPORTE A PAGAR 180
(-) Pagos contra el saldo a favor del fisco, realizados con anterioridad a la presentación de este formulario
(+) Interés moratorio
SALDO DE LA DEUDA TRIBUTARIA (Cas. 139 - Cas. 144 + Cas. 145)
145
144 ( )
( )
SUNAT
10
I I I I
FOLIO
APELLIDOS Y NOMBRES :
FIRMA
DATOS DEL CONTRIBUYENTE OREPRESENTANTE LEGAL
226
225����
(VER CARTILLA DEINSTRUCCIONES)
NÚMERO
Documento de identidad
PARA USO DEL BANCO
DETERMINACIÓN DE LA DEUDA TRIBUTARIA
Nº DE ORDEN09
� � �
APELLIDOS Y NOMBRES
FORMULARIO
Formulario NO VÁLIDO para personas jurídicas������� ��������DECLARACIÓN PAGO ANUAL IMPUESTO A LA RENTA
04
05 RECTIFICA O SUSTITUYEDECLARACIÓN Nº
I I I I I I I
I I I I I I I I I I
02 NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA
RUC
Ejercicio Gravable 2005
IMPORTE S/.
Formulario NO VÁLIDO para Personas Jurídicas
����� ���� ������������Lima, jueves 12 de enero de 2006
----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
CONTRIBUYENTE
LO ATENDEMOS A TRAVÉS DE NUESTRA CENTRAL DE CONSULTAS
0-801-12-100DE LUNES A VIERNES DE 8:00 A.M. A 6:00 P.M
Y SABADOS DE 8:00 A.M. A 2:00 P.M.
ANOTAR LOS IMPORTES EN NUEVOS SOLES SIN CONSIDERAR CÉNTIMOS
137Consigne el número y el monto que corresponda
A FAVOR DEL FISCO
A FAVOR DELCONTRIBUYENTE 1381. Devolución
2. Aplicación contra futuros pagos a cuenta y /o regularización.
139
SELLO DEL BANCO
13
USOUSOUSOUSOUSOBANCOBANCOBANCOBANCOBANCO
FFFFF
OOOOO
RRRRR
MMMMM
AAAAA
DDDDD
EEEEE
PPPPP
AAAAA
GGGGG
OOOOO
EFECTIVO
CHEQUE Nº
BANCO
12
CÓDIGO DEL BANCO 15
146
IMPORTE A PAGAR 180
(-) Pagos contra el saldo a favor del fisco, realizados con anterioridad a la presentación de este formulario
(+) Interés moratorio
SALDO DE LA DEUDA TRIBUTARIA (Cas. 139 - Cas. 144 + Cas. 145)
145
144 ( )
( )
10
I I I I
FOLIO
APELLIDOS Y NOMBRES :
FIRMA
DATOS DEL CONTRIBUYENTE OREPRESENTANTE LEGAL
226
225����
(VER CARTILLA DEINSTRUCCIONES)
NÚMERO
Documento de identidad
PARA USO DEL BANCO
DETERMINACIÓN DE LA DEUDA TRIBUTARIA
Nº DE ORDEN
APELLIDOS Y NOMBRES
Formulario NO VÁLIDO para personas jurídicas
04
05 RECTIFICA O SUSTITUYEDECLARACIÓN Nº
I I I I I I I
I I I I I I I I I I
02 NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA
RUC
IMPORTE S/.
SALDO PORREGULARIZAR
Cas. D - (Cas. 124 + Cas. 126)
REFRENDO
LA PRESENTE DECLARACIÓN EXPRESA LA VERDAD
09
� � �
FORMULARIO
������� ��������DECLARACIÓN PAGO ANUAL IMPUESTO A LA RENTA
Ejercicio Gravable 2005
Formulario NO VÁLIDO para Personas Jurídicas
����� ���� ����������� Lima, jueves 12 de enero de 2006
(-) Crédito por Impuesto a la Renta de fuente extranjera
(-) Otros créditos sin derecho a devolución
SUBTOTAL [Cas.113 - (Cas.116 + Cas.120)]
(-) Pagos a cuenta mensuales del ejercicio
(-) Otros créditos con derecho a devolución
Si el resultado es negativo consigne cero ("0")
CRÉDITOS CONTRA EL IMPUESTO A LA RENTA PARA EL EJERCICIO 2005
116
120
D
124
126
( )
( )
( )
( )
CRÉDITOSSIN DERECHO A
DEVOLUCIÓN
DATOS DEL CONTADOR
APELLIDOS Y NOMBRES :
Código de la zona que corresponde a la colegiatura o matrícula
FIRMA
230 231
C.P.C. Nº: C. M. A. Nº:
�� �� �� �� �� �� �� � ��
( )
( )
( )
( )
( )
( )
( )
(+) Activo corriente (sin incluir existencias)
(+) Existencias
(+) Activo fijo neto
(+) Otras cuentas del activo
TOTAL ACTIVO
(+) Sobregiros y pagarés bancarios
(+) Tributos por pagar
(+) Otras cuentas del pasivo
(+) Capital
(+) Reservas
(+) Otras cuentas del patrimonio
(+) Positivo
(-) Negativo
(+) Utilidad
(-) Pérdida
TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO NETO
300
301
302
303
A
306
307
308
312
313
315
316
317
318
320
B
Utilidad antes del Impuesto Cas. 334
Pérdida neta Cas. C
(+) Adiciones para determinar la renta imponible
(-) Deducciones para determinar la renta imponible
RENTA NETA IMPONIBLE Cas.(100 ó 101) + Cas.103 - Cas.105
IMPUESTO A LA RENTA (Aplique la tasa correspondiente al importe consignado en la casilla 110)
100
101
103
105
110
113
( )
( )
DE
TE
RM
INA
CIÓ
N D
EL
IMP
UE
ST
O A
LA
RE
NT
A
(+) Ventas netas o ingresos por servicios
(-) Costo de ventas
(-) Gastos de venta
(-) Gastos de administración
(+) Otros ingresos gravados
(+) Otros ingresos no gravados
(-) Otros gastos
Utilidad antes del impuesto
Pérdida neta
(-) Impuesto a la Renta del ejercicio
Utilidad del ejercicio
Pérdida del ejercicio
AC
TIV
OP
AS
IVO
Y P
AT
RIM
ON
ION
ET
O
Resultado delejercicio
( )
I. BALANCE GENERALAL 31 DE DICIEMBRE DE 2005
IMPORTE S/.DEL 01 DE ENERO AL
31 DE DICIEMBRE DE 2005II. ESTADO DE GANANCIAS Y PÉRDIDAS
321
323
325
326
327
329
330
334
C
340
341
342
ESTADOS FINANCIEROS A VALORES HISTÓRICOS
Resultadosacumulados
( )
228
227����
NÚMERO
Documento de identidad
(VER CARTILLA DE INSTRUCCIONES)
(VER CARTILLA DEINSTRUCCIONES)
229
------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- ---------------------------------------------
ESTE FORMULARIO PUEDE SER PRESENTADO POR PERSONAS NATURALES CON RENTAS DE TERCERA CATEGORÍA QUE TENGAN DOMICILIO FISCAL ENLAS LOCALIDADES SEÑALADAS POR LA SUNAT Y QUE ADEMÁS LO PRESENTEN EN LAS SUCURSALES O AGENCIAS DEL BANCO DE LA NACIÓN DE DICHASLOCALIDADES.
ASIMISMO PUEDE SER PRESENTADO POR PERSONAS NATURALES CON RENTAS DE TERCERA CATEGORÍA CUYOS INGRESOS NETOS GRAVADOS EN ELEJERCICIO 2005 NO SUPEREN S/. 28,875 Y LO PRESENTEN EN LAS SUCURSALES O AGENCIAS DEL BANCO DE LA NACIÓN A NIVEL NACIONAL.
DICHOS CONTRIBUYENTES PODRÁN PRESENTAR ESTE FORMULARIO SIEMPRE QUE:
- NO SE ENCUENTREN OBLIGADOS A PRESENTAR SU DECLARACIÓN ANUAL, UTILIZANDO EL PROGRAMA DE DECLARACIÓN TELEMÁTICA - PDT RENTAANUAL 2005 - TERCERA CATEGORÍA E ITF.
- NO ESTÉN OBLIGADOS A IDENTIFICAR LOS VEHÍCULOS AUTOMOTORES ASIGNADOS A ACTIVIDADES DE DIRECCIÓN, REPRESENTACIÓN Y ADMINIS-TRACIÓN, DE ACUERDO CON LO DISPUESTO POR EL TERCER PÁRRAFO DEL NUMERAL 4 DEL INCISO R) DEL ARTICULO 21° DEL REGLAMENTO.
- NO HAYAN OBTENIDO PÉRDIDAS TRIBUTARIAS EN EL EJERCICIO O NO TUVIERAN PÉRDIDAS NETAS COMPENSABLES CORRESPONDIENTES A EJERCICIOSANTERIORES QUE APLICAR EN EL EJERCICIO 2005.
- LOS PAGOS REALIZADOS EN EL EJERCICIO GRAVABLE 2005, EFECTUADOS EN EL PAÍS Y EN EL EXTRANJERO SIN UTILIZAR DINERO EN EFECTIVO O MEDIOSDE PAGO NO EXCEDAN DEL 15% DEL TOTAL DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRIBUYENTE (ARTÍCULO 5° DE LA LEY Nº 28194).
- NO TENGAN INGRESOS EXONERADOS DEL IMPUESTO POR MONTOS ACUMULADOS DURANTE EL EJERCICIO 2005 QUE EXCEDAN A DOS (2) UIT (S/.6,600).
INFORMACIÓN ADICIONAL
IMPORTE S/.
CRÉDITOSCON DERECHO A
DEVOLUCIÓN
00599
����� ���� ������������Lima, jueves 12 de enero de 2006
��������������
MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA
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ACUERDO DE CONCEJO Nº 002
Lima, 6 de enero de 2006
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 6 deenero del año en curso el Oficio Nº 179-090-00000028de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria –SAT, que adjunta el expediente de ratificación de laOrdenanza Nº 066-2005-MDA, que establece la tasapor el servicio de estacionamiento vehicular temporalen las playas del distrito de Ancón, correspondiente a laTemporada de Verano 2006.
CONSIDERANDO:
Que, los artículos 74º y 195º de la Constitución Políticadel Estado establecen la potestad tributaria de lasMunicipalidades para aprobar, crear, modificar y suprimirtributos; y en el mismo sentido norma el artículo 60º delTexto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipalaprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF.
Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, lasOrdenanzas en materia tributaria expedidas por lasMunicipalidades Distritales deben ser ratificadas por lasMunicipalidades Provinciales de su circunscripción, parasu entrada en vigencia y exigibilidad.
FE DE ERRATAS
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIANº 261-2005/SUNAT
Mediante Oficio Nº 005-2006-SUNAT/1A0000, la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria solicitase publique Fe de Erratas de la Resolución de Superintendencia Nº 261-2005/SUNAT, publicada en nuestra edicióndel día 30 de diciembre de 2005.
En la página Nº 307845
DICE:
REFERENCIA BIENES COMPRENDIDOS EN EL RÉGIMEN
(...)
19 Discos ópticos y estuches porta discos. : Sólo los discos ópticos y estuches porta disco,comprendidos en alguna de las siguientessubpartidas nacionales: 3923.10.00.00,3923.21.00.00, 3923.29.00.90, 3923.909.00.00,4819.50.00.00 y 8523.90.90.00.
DEBE DECIR:
REFERENCIA BIENES COMPRENDIDOS EN EL RÉGIMEN
(...)
19 Discos ópticos y estuches porta discos. : Sólo los discos ópticos y estuches porta discos,comprendidos en alguna de las siguientessubpartidas nacionales: 3923.10.00.00,3923.21.00.00, 3923.29.00.90, 3923.90.00.00,4819.50.00.00 y 8523.90.90.00.
00485
Que, en aplicación de la normatividad vigente y laOrdenanza Nº 739 de la Municipalidad Metropolitana deLima publicada el 26-12-04 por la que se aprobó laOrdenanza Marco de la Tasa de EstacionamientoVehicular Temporal en la Provincia de Lima, laMunicipalidad Distrital recurrente aprobó la Ordenanza,objeto de la ratificación remitiéndola con tal fin a laMunicipalidad Metropolitana de Lima, conjuntamente conla información y/o documentación sustentatoriarespectiva.
Que, de conformidad con las Ordenanzas Nºs. 607 y739 emitidas por la Municipalidad Metropolitana de Lima,y los artículos 66º y 68º del Texto Único Ordenado de laLey de Tributación Municipal, aprobado por D. S. Nº 156-2004-EF el Servicio de Administración Tributaria - SATha realizado el análisis técnico y legal de la informacióny/o documentación presentada por la referidaMunicipalidad Distrital, la misma que tiene carácter deDeclaración Jurada, según lo dispuesto por el Inc. b) delArtículo 2º de la Ordenanza Nº 607-MML, publicada el24-3-04 concluyendo según Informe Nº 004-082-00000423, que procede la ratificación de dichaOrdenanza, por cumplir los requisitos exigidos para talefecto.
De conformidad con la referida normatividad, de acuerdocon las opiniones del Servicio de Administración Tributaria- SAT y de la Comisión Metropolitana de AsuntosEconómicos y de Organización en su Dictamen Nº 320-2005-MML/CMAEDO, por sus fundamentos; los mismosque se encuentran en el Portal Electrónico de laMunicipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe).
ACORDÓ:
Artículo Primero.- Ratificar la Ordenanza Nº 066-2005-MDA, que establece la tasa por el servicio deestacionamiento vehicular temporal en las playas deveraneo del distrito de Ancón, correspondiente a laTemporada de Verano 2006.
Artículo Segundo.- Dejar constancia que elpresente Acuerdo ratificatorio para su vigencia, seencuentra condicionado al cumpl imiento de su
����� ���� ����������� Lima, jueves 12 de enero de 2006
publicación, conjuntamente con el texto íntegro de laOrdenanza Nº 066-2005-MDA, y de los anexos quecontienen los cuadros de estructuras de costos yestimación de ingresos, por lo que la aplicación de lamisma antes de la rat i f icación, resul ta deresponsabilidad de los funcionarios de la referidaMunicipalidad Distrital.
Artículo Tercero.- Finalmente, corresponde precisarque la evaluación realizada se efectuó sobre la base dela información remitida por la Municipalidad Distrital, lacual tiene carácter de Declaración Jurada conforme lodispuesto en la Ordenanza Nº 607-MML.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
LUIS CASTAÑEDA LOSSIOAlcalde de Lima
00632
�� ��� �� �� ��� �� �������� ��� ����������������� �������������� �������������� ��377>
SERVICIO DE ADMINISTRACIÓNTRIBUTARIA - SAT
RESOLUCIÓN JEFATURALNº 001-004-00001030
Lima, 28 de diciembre de 2005
VISTOS:
El Informe Nº 028-2005-ELM de fecha 28 denoviembre de 2005 elaborado por el especialista delEquipo de Imagen y Prensa de la Oficina de SecretaríaGeneral y el Informe Legal Nº 049-082-00000420 defecha 28 de diciembre de 2005 de la Gerencia de AsuntosLegales, respectivamente; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 19º del Texto Único Ordenado de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM,establece que están exoneradas del proceso deselección las adquisiciones y contrataciones que serealicen por servicios personalísimos, de acuerdo conlo que establezca el Reglamento;
Que, por su parte, el artículo 20º de la Ley en mención,dispone que las exoneraciones a que se refiere el artículo19º de la Ley, entre ellas, los servicios personalísimos,se aprobarán mediante Resolución del Titular del Pliegode la Entidad, cuya copia, junto con el Informe que losustenta deben remitirse a la Contraloría General de laRepública y al Consejo Superior de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titulardel Pliego dentro de los diez (10) días hábiles siguientesa la fecha de su aprobación;
Que, asimismo, el artículo 147º del Reglamento citadoen el párrafo precedente, prescribe que la Resoluciónque aprueba la exoneración debe ser publicada en elDiario Oficial El Peruano, excepto en los casos a quese refieren los incisos b) y d) del artículo 19º de la Ley;y adicionalmente, deberá ser publicada en el SEACE;
Que, de acuerdo a lo indicado en el literal f) del artículo19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, las contrataciones que se realicen porservicios personalísimos se encuentran exoneradas delproceso de selección correspondiente;
Que, a nivel reglamentario la definición de serviciopersonalísimo ha sido desarrollada como el supuestosegún el cual una Entidad puede contratar con personasnaturales o jurídicas notoriamente especializadassiempre que su destreza, habil idad, experienciaparticular y/o conocimientos evidenciados, apreciadosde manera objetiva, permitan sustentar de modorazonable e indiscutible su adecuación para satisfacer
la complejidad del objeto contractual y haga inviable lacomparación con otros potenciales proveedores;precisando que se encuentran expresamente incluidosen esa clasificación los servicios de publicidad queprestan al Estado los medios de comunicación televisiva,radial, escrita o cualquier medio de comunicación, enatención a las características particulares que losdistinguen;
Que, el Informe Nº 028-2005-ELM del especialistadel Equipo de Imagen y Prensa de la Oficina de SecretaríaGeneral, manifiesta que de acuerdo con los incisos a) yd) del artículo 2º del Edicto Nº 225, corresponde alServicio de Administración Tributaria - SAT, promover lapolítica tributaria de la Municipalidad Metropolitana deLima, recaudar los ingresos municipales por conceptode impuestos, contribuciones, tasas y multasadministrativas; estableciendo que el SAT tiene porfinalidad organizar y ejecutar la administración,fiscalización y recaudación de todos los ingresostributarios de la Municipalidad, ejerciendo, entre otros, lafunción de informar adecuadamente a los contribuyentessobre las normas y procedimientos que deben observarpara cumplir con sus obligaciones;
Que, en tal virtud, dentro del marco de la campañaMasiva 2006; y, a efectos de hacer de conocimiento delos contribuyentes que la fecha de vencimiento para elprimer pago del Impuesto Vehicular, Impuesto Predial yArbitrios Municipales del año 2006; es el día 28 de febrerode 2006, se ha considerado conveniente la realizaciónde una campaña publicitaria en medios masivos decomunicación como prensa escrita, medios televisivosy emisoras radiales con la finalidad de difundir, orientar yfomentar el cumplimiento de las obligaciones tributariasdel contribuyente;
Que, luego del análisis a los estudios técnicosrespectivos se determinó que los siguientes medios decomunicación reunían las características inherentes parala prestación del servicio requerido para la campañaMasiva 2006:
a) Prensa Radial:
1. Grupo RPP S.A.
- Radio Programas del Perú, 89.7 FM- Radio Mega, 94.3 FM
2. Corporación Radial del Perú S.A.
- Radio La Inolvidable, 660 AM / 93.7 FM- Radio Mar Plus, 106.3 FM / 760 AM
3. Corporación Gestión S.A.
- CPN, 90.5 FM
4. Empresa Radio Difusora Marconi S.A.
- Radio 11.60- Radio Panamericana
b) Prensa Televisiva:
1. Frecuencia Latina Representación S.A.C.
- Frecuencia Latina - Canal 2
2. Compañía Peruana de Radiodifusión S.A.
- América Televisión - Canal 4
3. Panamericana Televisión S.A.
- Panamericana Televisión - Canal 5
4. Instituto Nacional de Radio y Televisión del PerúIRTP
- TNP - Canal 7
5. Canal N S.A.C.
����� ���� ������������Lima, jueves 12 de enero de 2006
- Canal N
6. Andina de Radiodifusión S.A.
- ATV - Canal 9
c) Prensa escrita:
1. Empresa Editora El Comercio S.A.
- Diario El Comercio- Diario El Trome- Diario Perú 21- Revista Ruedas y Tuercas
2. Empresa Periodística Nacional S.A. (Epensa S.A.)
- Diario Ajá- Diario El Bocón- Diario Ojo- Diario Correo
3. Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A.
- Diario El Peruano
4. Grupo La República S.A.
- Diario La República- Diario Líbero- Diario El Popular
5. Corporación Gestión S.A.
- Diario Gestión
6. Editora La Nación INC S.A.
- Diario La Nación
7. Empresa Editora del País S.A.C.
- Diario El País
8. Sectril S.R.L.
- Diario El Vocero
9. Montecristo Editores S.A.C.
- Diario El Chino- Diario El Men- Diario Todo Sport- Diario La Razón
10. Editora Sindesa S.A.
- Diario Expreso- Diario Extra
11. Millenium Noticias E.I.R.L.
- Diario El Tío- Diario 2 X 1
12. Commercial and Production S.A.C.
- Revista Quinto Poder
Que, de acuerdo con la Resolución de Gerencia deAdministración Nº 03-05-00000222 la contratación delservicio de publicidad en prensa escrita, radial y televisivase encuentra prevista en el Plan Anual de Adquisicionesy Contrataciones del SAT para el ejercicio 2005;
Que, mediante Informe Legal Nº 004-082-00000420, laGerencia de Asuntos Legales opina que procede la exoneraciónpara la contratación por servicios personalísimos de los mediosde comunicación masiva indicados precedentemente, bajo losalcances de la causal prevista en el inciso f) del artículo 19º, delTexto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado;
Que, el artículo 148º del Reglamento de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, estableceque, de producirse algún supuesto de exoneración, laadquisición o contratación deberá llevarse a cabomediante acciones inmediatas requiriéndose invitar a unsolo proveedor, cuya propuesta cumpla con lascaracterísticas y condiciones establecidas en las Bases;
De conformidad con lo dispuesto en el Texto ÚnicoOrdenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, su Reglamento, aprobado por Decreto SupremoNº 084-2004-PCM, y en uso de las facultadesestablecidas en el artículo 6º del Edicto Nº 227, Estatutodel SAT;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Exonerar el proceso de ConcursoPúblico, la contratación de servicios de publicidad enprensa escrita, radial y televisiva por el mes de febrerode 2006, por tratarse de un servicio personalísimo,teniendo en cuenta la parte considerativa de la presenteresolución, de conformidad con lo siguiente:
a) Prensa Radial:
1. Grupo RPP S.A.2. Corporación Radial del Perú S.A.3. Corporación Gestión S.A.4. Empresa Radio Difusora Marconi S.A.
b) Prensa Televisiva:
1. Frecuencia Latina Representación S.A.C.2. Compañía Peruana de Radiodifusión S.A.3. Panamericana Televisión S.A.4. Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú
IRTP5. Canal N S.A.C.6. Andina de Radiodifusión S.A.
c) Prensa Escrita:
1. Empresa Editora El Comercio S.A.2. Empresa Periodística Nacional S.A.3. Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A.4. Grupo La República S.A5. Corporación Gestión S.A.6. Editora La Nación INC S.A.7. Sectril S.R.L.8. Montecristo Editores S.A.C.9. Editora Sindesa S.A.10. Millenium Noticias E.I.R.L.11. Commercial and Production S.A.C.12. Empresa Editora del País S.A.C.
Artículo Segundo.- El valor referencial para lacontratación indicada en el artículo precedente asciendea la suma de S/. 547,865.72 (Quinientos cuarenta y sietemil ochocientos sesenta y cinco y 72/100 Nuevos Soles),incluido los impuestos de ley; de acuerdo al siguientedetalle:
Prensa radial S/. 90,221.84 (Noventa mil doscientosveintiuno y 84/100 Nuevos Soles)
- Grupo RPP S.A. S/. 57,133.56- Corporación Radial del Perú S.A. S/. 20,428.49- Corporación Gestión S.A. S/. 4,391.10- Empresa Radio Difusora Marconi S.A. S/. 8,268.69
Prensa televisiva S/. 401,488.62 (Cuatrocientos unmil cuatrocientos ochenta y ocho y 62/100 Nuevos Soles)
- Frecuencia Latina Representación S.A.C S/. 92,855.70- Compañía Peruana de Radiodifusión S.A. S/. 143,556.12- Panamericana Televisión S.A. S/. 63,117.60- Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú IRTP S/. 9,710.40- Canal N S.A.C. S/. 38,841.60- Andina de Radiodifusión S.A. S/. 53,407.20
����� ���� � ����������� Lima, jueves 12 de enero de 2006
Prensa escrita S/. 56,155.26 (Cincuenta y seis milciento cincuenta y cinco y 26/100 Nuevos Soles)
- Empresa Editora El Comercio S.A. S/. 30,507.87- Empresa Periodística Nacional S.A. S/. 6,388.80- Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. S/. 1,237.60- Grupo La República S.A. S/. 3,553.08- Corporación Gestión S.A. S/. 1,482.66- Editora La Nación INC S.A. S/. 1,100.00- Sectril S.R.L S/. 750.00- Montecristo Editores S.A.C. S/. 1,431.70- Editora Sindesa S.A. S/. 2,107.14- Millenium Noticias E.I.R.L. S/. 2,721.41- Commercial and Production S.A.C. S/. 2,975.00- Empresa Editora del País S.A.C. S/. 1,900.00
Artículo Tercero.- El monto que demande lacontratación indicada en el numeral anterior será afectadocon cargo al presupuesto del año fiscal 2006.
Artículo Cuarto.- La contratación aprobada mediantela presente Resolución será financiada con recursosdirectamente recaudados, encontrándose dicho gastodebidamente presupuestado. Asimismo, el proceso deselección referido en el artículo anterior se encuentraincluido en el Plan Anual de Adquisiciones yContrataciones del SAT para el año fiscal 2005.
Artículo Quinto.- Autorizar a la Gerencia deAdministración proceda a la contratación indicadamediante acciones inmediatas conforme a lo prescritopor las normas de contrataciones y adquisiciones delEstado.
Artículo Sexto.- Disponer que la Gerencia deAdministración efectúe la publicación de la presenteResolución en el Diario Oficial El Peruano dentro delos diez (10) días hábiles siguientes a su emisión y enel SEACE, y remita una copia de la misma y de losinformes que la sustentan a la Contraloría General dela República y al Consejo Superior de Contratacionesy Adquisiciones del Estado, dentro de los diez (10)días hábiles siguientes, conforme lo establece elartículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado y el artículo147º de su Reglamento.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MIGUEL ÁNGEL MONTERO ONETOServicio de Administración Tributaria
00593
MUNICIPALIDAD DE ATE
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RESOLUCIÓN DE SUBGERENCIANº 0110
Ate, 6 de octubre de 2005
LA SUBGERENTE DE PLANIFICACIÓN URBANAY CATASTRO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITALDE ATE
VISTO:
El Expediente Nº 26730-04 y acumulados, seguidopor don ANTONIO JAVIER LEÓN SOTO y su esposadoña NELLY MARIA NORIA CAJAS, por el que solicitanla Subdivisión de Lote Sin Cambio de Uso y Sin ObrasComplementar ias del terreno ubicado en ZonaResidencial de Densidad Media "R- 4", con un área de392.74 m2 constituido por el Lote Nº 4 de la manzana"G", ubicado en la calle Los Robles, de la urbanizaciónCeres; distrito de Ate, provincia y departamento deLima.
CONSIDERANDO:
Que, el terreno materia de Subdivisión se encuentraubicado dentro de una zona calificada como ZonaResidencial de Densidad Media "R-4" y Área deEstructuración Urbana I, cumpliendo los Sub lotesresultantes con las Normas Reglamentarias;
Que, mediante Oficio Nº 05-2005-SGPUC-GDU/MDA,de fecha 3 de enero del 2005, se notifica a SERPAR quelos recurrentes vienen solicitando el trámite deSubdivisión de Lote a esta dependencia, por lo que secumplió con enviar los Datos Generales y el área para laValorización, en aplicación al Artículo Nº 02 del DecretoLey Nº 19543 referido a Modificación a Normas deSERPAR;
Que, mediante Resolución de Gerencia GeneralNº 173-2005, de fecha 23 de febrero del 2005, emitidospor el Servicio de Parques de Lima - SERPAR LIMA, seaprueba la valorización del área de 7.85 m2 , ascendentea la suma de S/. 440.07 (Cuatrocientos Cuarenta y 07/100 nuevos soles), por concepto de aporte para ParquesZonales por el proceso de Subdivisión del terreno encuestión y con el recibo Nº 21-030146, de fecha 14 demarzo del 2005, pagado en la tesorería de dicha entidad;se acredita la cancelación del mencionado aporte;
Que, mediante el Informe Nº 293-2005-AHU-SGPUC-GDU/MDA, de fecha 6 de mayo del 2005, se concluyeque el presente trámite es procedente, indicándoseasimismo que los recurrentes han cumplido conpresentar todos los requisitos estipulados en el TextoÚnico de Procedimientos Administrativos vigente;
De conformidad al Numeral 2º del Texto Único deProcedimientos Administrativos vigente, de laMunicipalidad de Ate, aprobado por Ordenanza Nº 051-MDA, publicado en el Diaria Oficial El Peruano el 26 demarzo del 2004; así como de conformidad por lodispuesto en el Capítulo XIII del Título II del ReglamentoNacional de Construcciones;
Estando a los fundamentos expuestos en la parteconsiderativa y en uso de las facultades conferidas porel inciso 20) del Artículo 20º de la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 27972.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- AUTORIZAR la Subdivisión delote sin cambio de uso y sin obras complementarias delterreno de 392.74 m2 constituido por el lote Nº 4 de lamanzana "G" de la urbanización Ceres, ubicado en eldistrito de Ate, provincia y departamento de Lima; quefigura inscrita en la Ficha Nº 372165 a favor de donANTONIO JAVIER LEÓN SOTO y su esposa doñaNELLY MARIA NORIA CAJAS.
Artículo Segundo.- APROBAR el Plano signado conel Nº 18-05-SGPUC-GDU/MDA y la Memoria Descriptivaque forma parte de la presente Resolución, con elsiguiente cuadro de áreas:
ÁREA DEL LOTE MATRIZ "4" ÁREA = 392.74 m2
Por el Frente : Con la calle Los Robles en línea recta con 15.40 ml.Por el Lado Derecho : Colinda con el lote Nº 5, en línea recta con 24.80 ml.Por el Lado Izquierdo : Colinda con el lote Nº 3, en línea recta con 25.23 mlPor el Fondo : Colinda con los lotes Nºs. 14 y 15 en línea recta con
16.00 ml.
SUB DIVIDIDO EN:
SUB LOTE 4 -A AREA = 197.23 m2
Por el Frente : Con la calle Los Robles en línea recta con 7.70 ml.Por el Lado Derecho : Colinda con el Sublote Nº 4-B, en línea recta con 25.02 ml.Por el Lado Izquierdo : Colinda con el lote Nº 3, en línea recta con 25.23 mlPor el Fondo : Colinda con los lotes Nºs. 14 y 15 en línea recta con
8.00 ml.
SUB LOTE 4 -B AREA = 195.51 m2
Por el Frente : Con la Calle Los Robles en línea recta con 7.70 ml.Por el Lado Derecho : Colinda con el lote Nº 5, en línea recta con 24.80 ml.Por el Lado Izquierdo : Colinda con el Sublote Nº 4-A, en línea recta con 25.02 mlPor el Fondo : Colinda con los lotes Nºs. 14 y 15 en línea recta con
8.00 ml
����� ���� �����������Lima, jueves 12 de enero de 2006
Artículo Tercero.- AUTORIZAR la inscripción ante laOficina Registral de Lima y Callao de los Sub Lotes 4-Ay 4-B, así como su libre venta, estableciendo que a losreferidos Sub Lotes les corresponde el Uso Residencialde Densidad Media "R- 4" y Área de EstructuraciónUrbana I; no convalidándose las construccionesexistentes.
Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación en elDiario Oficial El Peruano de la presente Resolución queestará a cargo de los interesados, debiendo efectuarlaen un plazo no mayor a los 30 días calendario contadosa partir de la notificación de la misma.
Artículo Quinto.- TRANSCRIBIR la presenteResolución al Registro de Predios de Lima - SUNARPpara la inscripción correspondiente; al Servicio deParques de Lima SERPAR LIMA; y a los interesadospara su conocimiento y fines.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
MARÍA CONSUELO SIPION ZAPATASubgerente de Planificación Urbana y Catastro
00508
MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
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ORDENANZA Nº 246-MDB
Barranco, 28 de noviembre del 2005
EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCO
VISTO:
El pedido de la regidora Dias, en la Sesión ordinariade la fecha;
CONSIDERANDO:
Que, el uso de puertas levadizas en las cocheras delos inmuebles pueden causar accidentes a lostranseúntes;
De conformidad a lo dispuesto por el artículo 9ºnumeral 8) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica deMunicipalidades con el voto unánime de sus miembros,ha dado la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º.- Disponer que todos los propietarios delos inmuebles que cuenten con puertas levadizas ensus estacionamientos vehiculares, instalen un sistemade alarma que prevenga a los transeúntes cuando lapuerta operara, a f in de evitar desafortunadosaccidentes.
Artículo 2º.- Otorgar un plazo de 60 días a partir dela publicación de la presente ordenanza para que lospropietarios de los inmuebles referidos en el artículoanterior la implementen y le den cumplimiento.
Artículo 3º.- Imponer una multa equivalente al 25%de una UIT a quienes incumplan la disposición de lapresente ordenanza.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
MARTIN DEL POMAR SAETTONEAlcalde
00519
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ACUERDO DE CONCEJONº 095-2005-CDB
Barranco, 27 de diciembre del 2005
EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCO
VISTOS, el proyecto del Presupuesto Institucional deApertura y Plan Operativo Institucional 2006, contenido enel Informe Nº 065-OPP-MDB de la Oficina de Planeamientoy Presupuesto, en la Sesión Extraordinaria de la fecha;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estadoprevé que las Municipalidades Distritales son órganos deGobierno Local con autonomía política, económica yadministrativa en los asuntos de su competencia, siendouno de ellos la aprobación de su Presupuesto Institucionalde Apertura y Plan Operativo Institucional;
Que, la Gerencia Municipal ha expuesto y sustentadodetalladamente el proyecto del Presupuesto Institucionalde Apertura 2006 y el Plan Operativo Institucional 2005;
Ejerciendo las facultades conferidas en el artículo 9ºinciso 16 de la Ley Orgánica de Municipalidades - LeyNº 27972 y al artículo 41º de la Directiva Nº 013-2005-EF/76.01 y con 5 votos a favor y dos abstenciones delos regidores Vallejos y Celiz;
ACUERDA:
Artículo Primero.- Aprobar el Presupuesto Institucionalde Apertura 2006 de la Municipalidad Distrital de Barranco,ascendente a la suma de S/. 14'491,430 (CATORCEMILLONES CUATROCIENTOS NOVENTIÚN MILCUATROCIENTOS TREINTA Y 00/100 NUEVOS SOLES)equilibrado en ingresos y gastos, para el período comprendidoentre el 1 de enero y el 31 de diciembre del 2006, cuyo detalleobra en el "anexo A" que forma parte del presente acuerdo.
Artículo Segundo.- Aprobar el Plan OperativoInstitucional 2006, que como "anexo B", forma parte delpresente acuerdo.
Artículo Tercero.- Destinar el Fondo deCompensación Municipal del año 2006 destine en un70% para cubrir gastos corrientes y el 30% restantepara cubrir gastos de inversión.
Artículo Cuarto.- Precisar que las dietas de losRegidores del Concejo Distrital de Barranco semantienen conforme el Acuerdo Nº 001-2005-CDB.
Artículo Quinto.- Encargar a la Gerencia Municipal,a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y a laGerencia de Administración Financiera y Tributaria elcumplimiento del presente acuerdo.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
MARTÍN DEL POMAR SAETTONEAlcalde
00518
MUNICIPALIDAD DE
CARABAYLLO
FE DE ERRATAS
ORDENANZA Nº 087-A/MDC
Mediante Of ic io Nº 016-2006-SG/MDC, laMunicipalidad Distrital de Carabayllo solicita se
����� ���� � ����������� Lima, jueves 12 de enero de 2006
publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 087-A/MDC, publicada en nuestra edición del día 31 dediciembre de 2005.
En la página 308745
DICE:
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- INCENTIVO POR PAGO ADELANTADO"Para el ejercicio 2005, ..."
DEBE DECIR:
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- INCENTIVO POR PAGO ADELANTADO"Para el ejercicio 2006, ..."
00592
MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA
FE DE ERRATAS
ORDENANZA Nº 357-MSB
Mediante Of ic io Nº 028-2006-MSB-SG, laMunicipalidad de San Borja solicita se publique Fe deErratas de la Ordenanza Nº 357-MSB, publicada ennuestra edición del día 28 de diciembre de 2005.
En la página 307459
DICE:
Para la categoría (1) uso casa habitación:...
2004: Habitantes, área construida y densidad por área construida
Area ConstruidaSector m2
Sector 01 268,830.00Sector 02 355,143.00Sector 03 507,317.00Sector 04 594,948.00Sector 05 367,199.00Sector 06 437,524.00Sector 07 602,089.00Sector 08 482,161.00Sector 09 483,586.00Sector 10 310,044.00Sector 11 167,922.00Sector 12 417,879.00
Total 4,994,640.00
DEBE DECIR:
Para la categoría (1) uso casa habitación: ....
2004: Habitantes, área construida y densidad por área construida
Area ConstruidaSector m2
Sector 01 259,056.00Sector 02 350,535.00Sector 03 498,837.00Sector 04 573,083.00Sector 05 345,084.00Sector 06 424,875.00Sector 07 578,158.00Sector 08 459,930.00Sector 09 467,703.00Sector 10 284,074.00Sector 11 165,869.00Sector 12 393,223.00
Total 4,800,427.00
00574
MUNICIPALIDAD DE
SAN MARTÍN DE PORRES
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RESOLUCIÓN DE CONCEJONº 003-2005
San Martín de Porres, 15 de octubre del 2005
VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha,el Dictamen Nº 001-2005-CPALPE/MDSMP, de laComisión de Asuntos Legales y Promoción Empresarial,respecto a los Expedientes Nºs. R-1200-2002, O-499-2002, organizado por don DIONICIO OCTAVIO MAMANI,quien interpone recurso de apelación contra laResolución de Alcaldía Nº 2137-2002/MDSMP; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 2137-2002/MDSMP, de fecha 20 de agosto del 2002, se declaróprocedente la queja presentada por don Alfonso MarioRojas Cruz, disponiéndose la clausura temporal delestablecimiento ubicado en la Mz D, Lt. 14 - 15 de laAsociación de Vivienda San Juan Bautista conducido porel recurrente por carecer de licencia de funcionamiento,sin perjuicio del cobro de la multa por la infracciónconstada;
Que, contra la Resolución de Alcaldía Nº 2137-2002/MDSMP, el recurrente interpone recurso de apelación,alegando que el quejoso es su suegro, que por problemasfamiliares lo denuncia, agregando que no se le hannotificado preventivamente con la finalidad de podersubsanar la infracción, y así poder formalizar su situaciónpor lo que debe declararse nulo lo actuado y cursarledicha notificación, por cuanto la resolución de clausurade su negocio atenta contra su libertad de trabajo;
Que, el recurrente no ha desvirtuado el InformeNº 555-02-JUPM-DM-MDSMP de la Unidad de PolicíaMunicipal, sobre la inspección ocular, que da cuenta quese ha verificado la instalación de un taller de insumospara calzado conducido por el recurrente, el cual nocuenta con autorización municipal de funcionamiento,motivo por el cual se le impuso la Notificación MunicipalNº 015217 Código de Infracción 01AT;
Que, existiendo expedientes que guardan conexióncon el presente proceso de conformidad con el Artículo149º de la Ley Nº 27444 deben acumularse;
Que, estando a lo dispuesto por el Artículo 218.2ºliteral a) de la Ley Nº 27444 debe declararse agotada lavía administrativa;
Estando al Dictamen Nº 001-2005-CPALPE/MDSMP,de la Comisión de Asuntos Legales y PromociónEmpresarial, conforme a los considerandos precedentes,y con las facultades conferidas por la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 27972 el Concejo Municipal, presididopor el señor Alcalde Jesús Álvaro Véliz Duarte y con elvoto a favor de los señores Regidores Luís CaballeroSabino, Pedro Carlos Casanova Saavedra, JohnnyAlberto Ruiz Ruiz, Hilda Ofelia Ferrer Ramírez, RogerHernán Paz Puelles, María Ella Castañeda Abanto, MaríaGuadalupe García Barrionuevo, Carlos Alberto CastilloVidalón, Roberto Asunción Castillo Paulino, y con lasabstenciones de los señores Regidores María ZulemaCrisóstomo Castañeda, Carlos Alcedo De La CruzMartínez, Carlos Enrique Calderón Carvajal, Gloria LuzSantillán Rios con dispensa del trámite de lectura yaprobación del acta se aprobó el siguiente;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- ACUMULAR los ExpedientesNºs. R-1200-2002, O-499-2002.
Artículo Segundo.- DECLARAR IMPROCEDENTEel recurso de apelación interpuesto por don DIONICIOOCTAVIO MAMANI, contra la Resolución de Alcaldía Nº
����� ���� ������������Lima, jueves 12 de enero de 2006
2137-2002/MDSMP por las consideraciones expuestasy CONSECUENTEMENTE ratif icar en todos susextremos la precitada resolución.
Artículo Tercero.- DECLARAR agotada la víaadministrativa de conformidad con el Artículo 218.2º literala) de la Ley Nº 27444.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la GerenciaMunicipal, a las Gerencias de Administración Tributaria yRentas y de Ejecución Coactiva, el cumplimiento de lapresente Resolución de Concejo.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JESÚS ÁLVARO VELIZ DUARTEAlcalde
00609
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RESOLUCIÓN DE ALCALDÍANº 028-2006-AL/MDSMP
San Martín de Porres, 9 de enero de 2006
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 5) de la Constitución Política delPerú estipula el derecho fundamental del acceso a lainformación al establecer que toda persona tienederecho a sol ici tar sin expresión de causa lainformación que requiera y recibirla de cualquier EntidadPública, en el plazo legal y con el costo que supongaeste pedido;
Que, con la finalidad de promover la transparencia delos actos de Estado y regular el derecho fundamentalconstitucional antes indicado, se ha promulgado la LeyNº 27806, Ley de Transparencia y Acceso de laInformación Pública, con la cual se cautela y promueve latransferencia de los actos de todas las Entidades de laAdministración Pública, entre ellas los Gobiernos Locales;
Que, el último párrafo del artículo 3º en concordanciacon el segundo párrafo del artículo 8º de la referida Ley,se establece que la entidad pública designará alfuncionario responsable de entregar la informaciónsolicitada en virtud de la misma Ley. La obligatoriedad dedicha designación debe cumplirse bajo responsabilidaddel máximo representante de la Entidad, motivo por elcual es necesario que se efectúe dicha designación;
Que, la indicada designación no exime a las demásáreas de la entidad pública, edilicia en este caso, ya seaque produzcan o posean la información que se solicite,de su obligación y responsabilidad, en proporcionarla enel término legal y en las condiciones que hagan posiblesu cumplimiento;
Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 507-2003-AL/MDSMP de fecha 4 de julio del 2003, se designó alSecretario General, de la Municipalidad Distrital de SanMartín de Porres, como responsable de la entrega deinformación, en virtud de lo dispuesto por la Ley Nº 27806,siendo necesario la designación nominal del responsable;
Estando a lo expuesto y de conformidad con la LeyNº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a laInformación Pública, y en uso de las conferidas en elinciso 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Orgánica deMunicipalidades ;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Modificar el Artículo Primero dela Resolución de Alcaldía Nº 507-2003-AL/MDSMP defecha 4 de julio del 2003, la misma que queda redactadade la siguiente manera: Designar al Dr. PEDRO CARLOSMONTOYA ROMERO, Secretario General de laMunicipalidad Distrital de San Martín de Porres, comoresponsable de la entrega de la información solicitada
por cualquier ciudadano, en virtud de lo dispuesto por laLey Nº 27806 precitada.
Artículo Segundo.- Disponer que todos losfuncionarios de las Gerencias y Jefaturas que integranel organigrama estructural de la Municipalidad Distritalde San Martín de Porres, proporcionen y faciliten, bajoresponsabilidad toda información que sea requerida porel Secretario General, dentro de los términos legales yen las condiciones que hagan posible su cumplimiento, afin de que cumpla con la función encomendada.
Artículo Tercero.- Dejar sin efecto las disposicionesque se opongan a la presente Resolución.
Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de lapresente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese.
JESÚS ÁLVARO VELIZ DUARTEAlcalde
00606
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RESOLUCIÓN DE ALCALDÍANº 029-2006-AL/MDSMP
San Martín de Porres, 9 de enero del 2006
CONSIDERANDO:
Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Leyde Transparencia y Acceso a la Información Pública,publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 24 de abril de2003, establece que las Entidades de la AdministraciónPública difundirán a través de Internet, información de laEntidad;
Que, el Reglamento de la Ley Nº 27806, aprobadapor Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, establece queel funcionario responsable del Portal de Transparenciadebe difundir y mantener actualizada la información en elcitado portal;
Que, la Ley Nº 27444, Ley del ProcedimientoAdministrativo General, en su artículo 62º establece lapresunción de desconcentración, determinando que seconsigne las tareas en los responsables de las oficinasque permitan actuar inmediatamente y tener mayorcontacto con el tema a tratar;
Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 507-2003-AL/MDSMP de fecha 4 de julio del 2003, en su Artículo Tercero,se designa al Jefe de la Unidad de Informática, comoresponsable de las informaciones contenidas en la páginaweb de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres;
Estando a lo expuesto y de conformidad con la LeyNº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la InformaciónPública, y en uso de las conferidas en el inciso 6) del artículo20º de la Ley Nº 27972, Orgánica de Municipalidades;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Designar al Sr. FÉLIX JOSÉCHUMPITAZ VARILLAS, Jefe de la Unidad de Informática,como funcionario responsable de la elaboración yactualización del Portal de Transparencia, contenidas en lapágina web de la Municipalidad Distrital de San Martín dePorres, cuyas siglas son www.mdsmp.gob.pe, conforme lodispone el Artículo 8º del D.S. Nº 072-03-PCM.
Artículo Segundo.- Dejar sin efecto cualquierdisposición que se oponga a la presente Resolución.
Artículo Tercero.- Disponer la publicación de lapresente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese.
JESÚS ÁLVARO VELIZ DUARTEAlcalde
00607
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MUNICIPALIDAD DE
SANTIAGO DE SURCO
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RESOLUCIÓN SUBGERENCIALNº 2501-2005-SGLHU-GIPRI-GCDL-MSS
Expediente Nº 014078.2005 M-2
Santiago de Surco, 30 de noviembre de 2005
LA SUBGERENCIA DE LICENCIAS YHABILITACIONES URBANAS
VISTO: El petitorio del señor MANUEL LEGARDACATALAN Y MARIA PIA DE LORENZI SUSANNA DELEGARDA, sobre Aprobación de Habilitación UrbanaComplementaria (Lote Único), para Uso Residencial deDensidad Baja “R-1", del terreno de 2,610.00 m²constituido por el Lote 101 de la Manzana G de laParcelación Semirrústica Los Granados, ubicado frenteal jirón Vía Láctea (antes calle Vía Láctea), en el distritode Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima;y,
CONSIDERANDO:
Que, la Subgerencia de Licencias y HabilitacionesUrbanas emite el Informe Nº 2369-2005-SGLHU-GIPRI-GCDL-MSS de fecha 19.8.2005 (fs. 22 al 24), señalandoque el administrado ha cumplido con acompañar losdocumentos establecidos en el TUPA para el presenteprocedimiento, que el terreno de 2,610.00 m² seencuentra ubicado en Área de Estructuración UrbanaIII-A Área de Mayor Homogeneidad de Funciones -Subárea de Estructuración Urbana III-A, y en Zona deUso Residencial R-1, que efectuada la inspección ocular,se ha constatado que el predio es de topografía plana yse encuentra afecto al jirón Vía Láctea, contando conuna sección existente de 11.30 ml, siendo la secciónNormativa de 12.00 ml., motivo por el cual el propietariodebe implementar la vereda de 1.20 ml. y berma de1.80ml, debiendo ceder sobre el frente y dentro de supropiedad 0.30 ml, viéndose afectado con un área totalde 14.45 m²;
Que, tratándose de una Habilitación Urbana de LoteÚnico proveniente de una Parcelación Semirrústica, elpropietario debe cumplir con destinar el área de Aportepara Recreación Pública frente del Lote (entre la vereday límite del área útil del lote resultante), conforme loestablecido en el numeral 8.3, ítem b) Capítulo III de laOrdenanza Nº 220-MSS publicada el 23.03.2005, por loque deberá ceder sobre el frente de su propiedad 2.17ml. haciendo un total de 104.40 m²;
Que, la Ordenanza Nº 292-MML, establece losAportes Reglamentarios que deben ceder lasHabilitaciones Urbanas con fines de vivienda, ubicadasen Zona de Uso Residencial R1, en aplicación a lo cuallos porcentajes de aportes reglamentarios quecorresponden al área total de 2,610.00 m², correspondenal aporte para Recreación Pública 104.40 m², Otros Fines26.10 m², para el Ministerio de Educación 52.20 m² ypara Parques Zonales 156.60 m²;
Que, la Comisión Técnica de Habilitaciones Urbanasde la Municipalidad de Santiago de Surco, en SesiónNº. 18-2005 de fecha 20.09.2005, acordó emitir elDICTAMEN: FAVORABLE, determinando que: LosAportes Reglamentarios serán redimidos en dinero conexcepción del aporte destinado a Recreación Públicaque estará ubicado en el frente del lote (entre la vereday el límite del área Útil del lote resultante). En mérito aldictamen aprobatorio, se emitió la Notificación Nº 2797-2005-SGLHU-GIPRI-GCDL-MSS de fecha 21.09.2005,poniendo en conocimiento al administrado que previo ala prosecución del trámite de aprobación de Habilitación
Urbana, debía cumplir con cancelar S/. 858.43 NuevosSoles por concepto de liquidación, monto que ha sidocancelado con Recibo Único de Caja Nº 2765542 defecha 21.10.2005 (Fojas 38);
Que, con Informe Nº 3241-2005-SGLHU-GIPRI-GCDL-MSS de fecha 28.11.2005, el Área deHabilitaciones Urbanas de la Subgerencia de Licenciasy Habilitaciones Urbanas indica que es procedente losolicitado por el administrado quien ha cumplido conpresentar los requisitos establecidos en el TUPA de estaCorporación;
Que, estando a la normatividad contenida en la LeyNº 26878, Texto Único Ordenado del Reglamento de laLey General de Habilitaciones Urbanas aprobado porDecreto Supremo Nº 010-2005 Vivienda, Ley Nº 27444del Procedimiento Administrativo General, Decreto deAlcaldía Nº 01-2004-MSS que aprueba la adecuacióndel Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA, de acuerdo a las modificaciones de la EstructuraOrgánica que entra en vigencia a partir del 1 de enerodel 2005 y Ordenanza Nº 220-MSS de fecha 23.03.2005que delega a la Subgerencia de Licencias y HabilitacionesUrbanas la facultad de expedir Resoluciones deHabilitaciones Urbanas;
RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR, los proyectosreferentes a Trazado, Lotización, Pavimentación deAceras correspondiente a la Aprobación de HabilitaciónUrbana, para Uso Residencial de Baja Densidad “R1”,del terreno de 2,610.00 m² constituido por el Lote 101 dela Manzana “G” de la Parcelación Semirrústica LosGranados, ubicado frente al jirón Vía Láctea (antes calleVía Láctea), de acuerdo con los planos signados con elNº 057.01-2005-SGLHU-GIPRI-GCDL-MSS y Nº 057.02-2005-SGLHU-GIPRI-GCDL-MSS.
Artículo Segundo.- AUTORIZAR, al señor MANUELLEGARDA CATALAN Y MARIA PIA DE LORENZISUSANNA DE LEGARDA, para ejecutar en el plazo de18 meses contados a partir de la fecha de notificación dela Resolución, las obras de Habilitación Urbana cuyosproyectos se aprueban, debiendo sujetarse los trabajosa los planos firmados y sellados por este Corporativo,teniendo en cuenta lo siguiente:
DISEÑO URBANO.- Encontrándose el terrenomateria de habilitación en Área de Estructuración UrbanaIII-A, Área de Mayor Homogeneidad de FuncionesSubárea de Estructuración Urbana A, en Zona de UsoResidencial de baja Densidad R1, el cuadro de Áreasque se aprueba es el siguiente:
AREA BRUTA TOTAL 2,610.00 m²ÁREA PARA RECREACIÓN PÚBLICA 104.40 m²AREA CEDIDA PARA VÍA 14.45 m²AREA UTIL 2,491.15 m²
APORTES REGLAMENTARIOS.- La OrdenanzaNº 292-MML de fecha 3-12-2000, establece los aportesreglamentarios, que deben ceder las habilitacionesUrbanas con fines de vivienda, ubicadas en Zona deUso Residencial R1, en aplicación a lo cual losporcentajes de aportes reglamentarios que correspondenal Área Afecta a Aportes de 2,610.00 m² son:
SEGÚN ORDENANZA Nº 292-MML
APORTE % ÁREA PROYECTO OBSERVACIONESREGLAMENTARIO
Recreación Pública 4% 104.40 m² 104.40 m² ————
Parques Zonales 6% 156.60 m² ———— SERAN
Ministerio de Educación 2% 52.20 m² ———— REDIMIDOS
Otros Fines 1% 26.10 m² ———— EN DINERO
TOTAL 13% 339.30 m² 104.40 m²
PAVIMENTOS.- Las características de las obras depavimentación serán las siguientes:
Aceras.- Serán de concreto de calidad f’c=175 Kg/cm2 de 0.10m. de espesor y construidas sobre un
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terraplén de material seleccionado de buena calidad ydebidamente nivelado y compactado. El acabado serácon mezcla de cemento y arena fina, preparado enproporción 1:2 y de un centímetro de espesor, bruñadocada 1.00 metro y con juntas cada cinco metros. Eldesnivel de la acera con relación a la calzada terminadaserá de 0.20m.
Sardineles.- En los extremos libres de las aceras oen contacto con la berma se construirá un sardinel deconcreto de dimensiones 0.15m x 0.45m. mínimo.
Deberán ser vaciados total e independientemente dela losa de la vereda, de tal manera que cuando se ejecutenreparaciones no se comprometa al sardinel; la calidadde concreto será de fc=175 Kg/cm2.
Bermas.- Las bermas laterales quedarán en tierrachacra, compactada y nivelada, con árboles cada12.00ml en pozas de concreto.
Artículo Tercero.- DISPONER, que quede comocarga inscrita en el Registro de la Propiedad Inmueblede Lima, la obligación del propietario de cancelar losdéficits de aportes, que serán redimidos en dinero antesde la Recepción de las Obras y, en consecuencia, quedacomo garantía el Lote Único. En cumplimiento a lodispuesto en el en el Texto Único Ordenado delReglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanasaprobado por Decreto Supremo Nº 010-2005-VIVIENDA,artículo 26º, los déficits de aporte de Otros Fines de26.10 m² serán cancelados en la Municipalidad deSantiago de Surco, para el Ministerio de Educación de52.20 m² y Parques Zonales de 156.60 m², deberán sercancelados ante el Ministerio de Educación y SERPAR-LIMA respectivamente.
Artículo Cuarto.- DISPONER que el señor MANUELLEGARDA CATALAN Y MARIA PIA DE LORENZISUSANNA DE LEGARDA, efectúen la publicación deesta Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en elplazo de cinco días útiles contados a partir del díasiguiente de notificado; sufragando los gastos a quehubiere lugar.
Artículo Quinto.- REMITIR, copia certificada de lapresente Resolución y de los planos aprobados a laDirección Municipal de Desarrollo Urbano de laMunicipalidad Metropolitana de Lima, para suconocimiento, de acuerdo a lo establecido en el Artículo14º del Decreto Supremo Nº 010-2005-VIVIENDA.
Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Subgerencia deLicencias y Habilitaciones Urbanas el cumplimiento delos artículos precedentes.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
ENMA VALVERDE MONTOYASubgerente de Licencias y Hab. Urbanas
00513
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RESOLUCIÓN SUBGERENCIALNº 2717-2005-SGLHU-GIPRI-GCDL-MSS
Expediente Nº 023172200521 y ANEXOS
Santiago de Surco, 30 de diciembre de 2005
LA SUBGERENCIA DE LICENCIAS YHABILITACIONES URBANAS
VISTO: El pedido formulado por la empresaEDIFICACIONES LA ARBOLEDA S.A. con domicilio legalen Av. Paseo de la República 3245, Piso 16, distrito deSan Isidro, debidamente representada por su GerenteGeneral el señor Javier Ramón Salazar Flores por elque solicita se declare cumplida la Ejecución de Obras
de Habilitación Urbana del terreno constituido por el Lote"C" de la Lotización Pampas de Santa Teresa ubicado enel distrito de Santiago de Surco, provincia y departamentode Lima; y,
CONSIDERANDO:
Que, con Resolución Nº 025-99-MML-DMDU-DGOde fecha 20.4.99 publicada en El Peruano el 11.8.1999,la Municipalidad Metropolitana de Lima aprobó en vía deregularización los Proyectos de Trazado y Lotización yPavimentación de Calzadas y Aceras correspondientea la Habilitación Urbana para Uso Residencial de BajaDensidad Tipo "R-2" del terreno de 10,456.00 m2,constituido por el Lote "C" de la Lotización Pampas deSanta Teresa - distrito de Santiago de Surco, provincia ydepartamento de Lima, de conformidad con el PlanoNº 034-99-MML-DGO-DHU;
Que, mediante Resolución Nº 379-2002-RASS defecha 6.5.2002 esta Corporación ratificó la Resoluciónemitida por la Municipalidad Metropolitana de Limaaprobando el proyecto de habilitación urbana presentadopor la administrada de conformidad con el plano Nº 025-2002-SDOPRIV-DDU-MSS, cuyo plazo de ejecución deobras fue ampliado mediante Resolución Nº 1127-2003-RASS del 4.12.2003;
Que, revisada la documentación que obra en elexpediente y realizada la inspección ocular que el casorequiere, se ha constatado que las obras de habilitaciónhan sido concluidas conforme al plano aprobado, contandoa la fecha con los servicios de Agua Potable, Alcantarilladoy Alumbrado Público. Así mismo se verificó que laadministrada ha cumplido con ejecutar las obras depavimentación de las aceras y calzadas que circundan ellote encontrándose éstas en buen estado de conservación.Respecto al diseño aprobado, es preciso señalar quedurante la ejecución de las obras se ha modificado eldiseño del martillo correspondiente al encuentro de la Av.Central y la calle Johann Sebastián Bach con la finalidadde mantener la continuidad y fluidez del tránsito vehicularque circula hacia la Av. Alonso de Molina;
Que, respecto al pago de los Aportes Reglamentarios,en el tercer considerando de la Resolución Nº 025-99-MML-DMDU-DGO se advierte que durante el trámiteseguido ante la Municipalidad Metropolitana de Lima laadministrada ha cumplido con cancelar los Aportescorrespondientes a Serpar, Ministerio de Educación yOtros Fines, quedando pendiente el pago de Aporte porRecreación Publica por un Déficit de 731.92 m2, el cualfue cancelado ante esta Corporación mediante ReciboÚnico de Caja Nº 1090294 de fecha 12.2.2002 por untotal de S/. 47,547.80 Nuevos Soles;
Que, así mismo con Memorando Nº 341-2005-SGOP-GIPUB la Subgerencia de Obras Públicas emite laConformidad de Pruebas de Campo referidas a Ensayode Densidad de Campo y Roturas de Probetaspresentado por la administrada indicando que las Pruebasde Compactación de Suelo para Pavimentos y Veredasy las Pruebas de Concreto son conformes;
Que, tal como lo señala el Informe Nº 3625-2005-SGLHU-GIPRI-GCDL-MSS, la administrada ha cumplidocon presentar los requisitos establecidos en la OrdenanzaNº 220-MSS y el TUPA vigente para el trámite deRecepción de Obra y por lo tanto es procedente accedera la solicitud formulada;
Estando a la normatividad contenida en la LeyNº 26878, Decreto Supremo Nº 010-2005-VIVIENDA yLey Nº 27444 de Procedimiento Administrativo Generaly facultad expresa prevista por el Decreto de AlcaldíaNº 01-2004-MSS que aprueba la adecuación en el TextoÚnico de Procedimientos Administrativos - TUPA, deacuerdo a las modificaciones de la Estructura Orgánicaque entró en vigencia a partir del 1.1.05 y la OrdenanzaNº 220-MSS que faculta a la Subgerencia de Licencias yHabilitaciones Urbanas a conocer los procedimientosde Habilitaciones Urbanas dentro de esta jurisdicción;
RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR la Recepción de Obrassolicitada por la empresa EDIFICACIONES LA
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ARBOLEDA S.A., declarando cumplida la ejecución delas obras de Habilitación Urbana para Uso de Viviendade Baja Densidad "R-2" del terreno de 10,456.00 m2constituido por el Lote "C" de la Lotización Pampas deSanta Teresa ubicado en el distrito de Santiago de Surco,provincia y departamento de Lima, de conformidad conel Plano signado con el Nº 069.01-2005-SGLHU-GIPRI-GCDL-MSS.
Artículo Segundo.- DETERMINAR, que del ÁreaBruta Total de la Habilitación Urbana de 10,456.00 m2que se recepciona corresponde a:
CUADRO DE ÁREAS
Área Bruta 10,456.00 m²Área de Vías 240.68 m²Área Útil 10,215.32 m²
Respecto a los Aportes Reglamentarios, se precisaque la administrada ha cumplido con cancelar los Aportescorrespondientes a Serpar, Ministerio de Educación yOtros Fines tal como lo señala la Resolución Nº 025-99-MML-DMDU-DGO y el Aporte por concepto deRecreación Pública por un Déficit de 731.92 m2 ha sidocancelado ante esta Corporación mediante Recibo Únicode Caja Nº 1090294 de fecha 12.2.2002 por un total deS/. 47,547.80 Nuevos Soles.
Artículo Tercero.- DISPONER, que la empresaEDIFICACIONES LA ARBOLEDA S.A. cumpla coninsertar en los contratos que celebre las cláusulas queestablezcan la indivisibilidad del lote destinado para UsoResidencial sin seguir el trámite correspondiente.
Artículo Cuarto.- DISPONER la inscripción definitivade la habilitación en los Registros Públicos y laincorporación de la habilitación a la jurisdicción del distritode Santiago de Surco.
Artículo Quinto.- DISPONER que la empresaEDIFICACIONES LA ARBOLEDA S.A., efectúe lapublicación de la presente Resolución en el Diario OficialEl Peruano en el plazo de cinco días útiles contados apartir del día siguiente de notificado; sufragando los gastosa que hubiere lugar.
Artículo Sexto.- ENCARGAR el cumplimiento de losartículos precedentes a la Gerencia de Inversión Privadaa través de la Subgerencia de Licencias y HabilitacionesUrbanas.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
EDUARDO BORDA SAN ROMÁNSubgerente de Licenciasy Habilitaciones Urbanas (e)
00509
MUNICIPALIDAD DE VILLA
MARÍA DEL TRIUNFO
FE DE ERRATAS
ORDENANZA Nº 195
Mediante Oficio Nº 014-2006-SGMVMT, laMunicipalidad Distrital de Villa María del Triunfo solicitase publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 195,publicada en nuestra edición del día 31 de diciembre de2005.
En el artículo 19º inciso a);
DICE:
El Comité de Altas, Bajas y Ventas de BienesPatrimoniales Muebles de la Municipalidad de Pueblo Libre,basado en los Informes técnicos establecido en el Art. 9ºdeclarará al vehículo sobrante en situación de abandonopor cuenta del propietario, debiéndose levantar un Actade Abandono del bien.
DEBE DECIR:
El Comité de Altas, Bajas y Ventas de BienesPatrimoniales Muebles de la Municipalidad de Villa Maríadel Triunfo, basado en los Informes técnicos establecidoen el Art. 9º declarará al vehículo sobrante en situaciónde abandono por cuenta del propietario, debiéndoselevantar un Acta de Abandono del bien.
00633
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DEL CALLAO
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ACUERDO Nº 000182
Callao, 23 de diciembre de 2005
El Concejo Municipal Provincial del Callao, visto enSesión celebrada el día 23 de diciembre del 2005, con elvoto UNÁNIME del Cuerpo de Regidores, y en uso delas facultades conferidas al Concejo por la Ley Orgánicade Municipalidades Nº 27972 y Reglamento Interior delConcejo, aprobado por Ordenanza Nº 034-2004-MPC;
ACUERDA:
1. Aprobar el Presupuesto de Ingresos y Gastos delPliego: Municipalidad Provincial del Callao, ascendente aS/. 118,391,238 para el período comprendido entre el 1de enero y el 31 de diciembre del Año Fiscal 2006, deacuerdo a lo siguiente:
PRESUPUESTO MUNICIPAL 2006
INGRESOS:
Fuentes de Financiamiento En nuevos Soles00 Recursos Ordinarios 3,821,13801 Canon y Sobrecanon 769,11803 Participación en Rentas de Aduanas 26,153,46607 Fondo de Compensación Municipal 13,986,84108 Otros Impuestos Municipales 25,564,17409 Recursos Directamente Recaudados 48,096,50111 Recursos por Operaciones Oficiales de
Crédito Interno12 Recursos por Operaciones Oficiales de
Crédito Externo13 Donaciones y Transferencias
TOTAL 118,391,238
Nota: La Fuente de Financiamiento 00 Recursos Ordinarios, semuestra solo para el equilibrio presupuestal, por cuantodicha Fuente de Financiamiento es de aplicación delGobierno Central.
EGRESOS:
Categorías del Gasto En nuevos Soles5 Gastos Corrientes 95,269,3626 Gastos de Capital 14,174,1157 Servicio de la Deuda 8,947,761
TOTAL 118,391,238
Asimismo, aprobar el Plan Operativo Institucional del2006.
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2. Aprobar la distribución de gasto de los recursosprovenientes del Fondo de Compensación Municipal delos porcentajes siguientes:
Gasto Cte. 75.47 %Gasto Presupuestal 23.83 %Servicios de la Deuda 0.70 %
100.00 %
3. Recomendar que el gasto programado con cargoa la cadena de gasto: 5 Gasto Corriente. 4 Otros GastosCorrientes: 11 Aplicación Directa 70. SentenciasJudiciales y Laudos Arbitrales, ascendente aS/.3’000,000.00 se reserve hasta por Un Millón deNuevos Soles exclusivamente para el pago deobligaciones sociales provenientes de relacioneslaborales de modo que comprenda a todos losacreedores incluidos en la relación que como anexo formaparte del presente Acuerdo. Igualmente, el gastoprogramado con cargo a la cadena de gasto: 5. GastoCte. 2. Obligaciones previsionales 11. Aplicación Directa70. Sentencias Judiciales y Laudos Arbitralesascendente a S/. 200,000.00 se ejecute en consecuenciacon su naturaleza.
4. Encargar a la Gerencia Municipal, el estrictocumplimiento de las metas financieras previstas,manteniendo periódicamente informado al ConcejoMunicipal sobre la ejecución del mismo.
5. Dispensar el presente Acuerdo del trámite delectura y aprobación del Acta.
POR TANTO:
Mando se registre y cumpla.
ALEXANDER M. KOURI BUMACHARAlcalde del Callao
00520
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DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000033
Callao, 29 de diciembre de 2005
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDADPROVINCIAL DEL CALLAO
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 000030,publicado en el Diario Oficial El Peruano el 5 dediciembre del 2005, se prorrogó la vigencia de laOrdenanza Municipal Nº 000030, que otorga diversosbeneficios administrativos y tributarios, dirigidos afacilitar el pago de las obligaciones pendientes decancelación;
Que, la Segunda Disposición Final y Complementariade la Ordenanza antes mencionada, faculta al Alcaldepara establecer mediante Decreto de Alcaldía la prórrogade los plazos previstos en la misma;
Estando a lo dispuesto y en ejercicio de las facultadesque confiere al Alcalde el inciso 6) del Artículo 20º de laLey Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972;
DECRETA:
Artículo Primero.- Prorróguese la vigencia de laOrdenanza Nº 000030-2005, hasta el 28 de febrero del2006, con excepción de los beneficios contemplados enel numeral 2.3, el tercer párrafo del Artículo 3º, el Artículo4º y el segundo párrafo del Artículo 8º.
Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Generalde Administración Tributaria y Rentas el cumplimientodel presente Decreto de Alcaldía.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
ALEXANDER M. KOURI BUMACHARAlcalde del Callao
00525
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE HUANCAYO
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SERVICIO DE ADMINISTRACIÓNTRIBUTARIA DE HUANCAYO
RESOLUCIÓN JEFATURALNº 01-065-000000105
Huancayo, 24 de noviembre de 2005
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 5º del Texto Único Ordenado de laLey de Transparencia y Acceso a la Información Pública,aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM,establece que las entidades de la administración públicadifundirán progresivamente, de acuerdo a supresupuesto, a través de internet los datos generales dela entidad, información presupuestal y sobreadquisiciones de bienes y servicios, actividades oficiales,así como otra información adicional que la entidadconsidere pertinente, debiendo identificar al funcionarioresponsable de la elaboración de los portales de internet;
Que, mediante Resolución Jefatural Nº 01-065-000000062 se designó al responsable del Portal Web:www.sath.gob.pe; sin embargo, considerando que dichofuncionario renunció a la institución, resulta necesariodesignar al nuevo funcionario que asumirá tales labores;
Estando a las facultades contenidas en el inciso e)del artículo 8º del Estatuto del SATH, Decreto de AlcaldíaNº 023-2003-MPH/A y modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Designar, a partir de la fecha, comofuncionaria responsable del Portal Web: www.sath.gob.pea la señorita ELIZABETH LUZ ASCENCIO UNTIVEROS.
Artículo 2º.- Dejar sin efecto a la Resolución JefaturalNº 01-065-000000062.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
JAIME ENRIQUE SOBRADOS TAPIAJefe del SATHServicio de AdministraciónTributaria de Huancayo
00585
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE LA BREA - NEGRITOS
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RESOLUCIÓN DE ALCALDÍANº 05-01-2006-MDLB
Negritos, 3 de enero del dos mil seis
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EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITALDE LA BREA
VISTO; El Informe Nº 01-01-2006-GM-MDLB, defecha 3 de enero del 2005, emitido por la Oficina deGerencia Municipal, en la cual se remite el Proyecto dePlan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del AñoFiscal 2006, de la Municipalidad Distrital La Brea Negritos,para su respectiva aprobación mediante Resolución delTitular del Pliego y,
CONSIDERANDO:
Que, la actual Constitución Política del Estadoreformada, en su Artículo 194º, concordante con elArtículo II del Título preliminar de la Ley Nº 27972 - LeyOrgánica de Municipalidades establece que lasMunicipalidades son los órganos de Gobierno Local conautonomía política, económica y administrativa en losasuntos de su competencia, pudiendo ejercer actos ydisposición de que manera general regulan lasactividades y funcionamiento del sector público; así comolas normas técnicas referidas a los servicios y bienespúblicos y a los sistemas administrativos del Estado quepor su naturaleza son de observancia y cumplimientoobligatorio;
Que, mediante Informe Nº 01-2006 de fecha 3 deenero del 2006, la Asesoría Legal solicita se eleve alsuperior despacho a efectos de que se emita laResolución correspondiente a f in de aprobar elproyecto de Plan Anual de Adquisic iones yContrataciones 2006 de la Municipalidad Distrital LaBrea, en vista de haberse consolidado y priorizado lasnecesidades de requerimientos de todas las áreas dela Municipalidad.
Que, el Artículo 7 del Texto Único Ordenado de laLey Nº 26850 - Ley de Contratac iones yAdquisiciones del Estado aprobado mediante DecretoSupremo Nº 083-2004-PCM, concordante con elArtículo 25 de su Reglamento, aprobado por elDecreto Supremo Nº 084-2004-PCM y la ResoluciónNº 380-2003-CONSUCODE/PRE de fecha 29 dediciembre del 2003 que aprueba la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE, que regula el procedi-miento de elaboración y contenido de los PlanesAnuales de Adquisiciones y Contrataciones de lasentidades del sector público, que establece que cadaentidad debe elaborar su Plan Anual de Adquisicionesy Contrataciones consolidando la información de lasLic i tac iones Públ icas, Concursos Públ icos,Adjudicaciones Directas (Publicas o Selectivas)Adjudicaciones de Menor Cuant ía de carácterprogramable y que se realizan en el Año f iscalcorrespondiente, en el presente caso en el Año 2006.
Que, estando la Dirección de Administración acargo de manera temporal de la Gerencia Municipal yconjuntamente con la Unidad de Logística, son lasáreas responsables de planificar los procesos deselección, y en coordinación con la Unidad dePresupuesto, han procesado y consol idado losrequerimientos de las áreas usuarias de laMunicipalidad, para la elaboración del Plan Anual enarmonía con el Presupuesto Institucional de Aperturarealizado en Sesión de Concejo Extraordinaria de fecha30 de diciembre del 2005.
Que, en el contexto y uso de las facultades queconf iere la normat iv idad señalada en losconsiderandos anter iores, que regulan e lprocedimiento de elaboración de información quedebe contener el Plan Anual de Contrataciones yAdquisiciones de las entidades del Sector Público,es que corresponde emitir el respectivo documentoresolutivo de aprobación;
Que, el Artículo 6 de la Ley Orgánica deMunicipalidades, Ley Nº 27972, establece que “La alcaldíaes el órgano ejecutivo del gobierno local. El alcalde es elrepresentante legal de la municipalidad y su máximaautoridad administrativa”, por tanto le correspondeaprobar el Plan Anual de Contrataciones y Adquisicionesdel Año 2006, en concordancia estricta con el inciso 6del Artículo 20 del citado texto normativo municipal que
prescribe que es atribución del Alcalde la de dictardecretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a lasleyes y ordenanzas”;
Con las visaciones de la Gerencia Municipal, de laUnidad de Logística, Unidad de Presupuesto, y la Oficinade Asesoría Jurídica; y,
Estando a lo expuesto, y a lo establecido en LeyNº 28411 - Ley General del Sistema Nacional dePresupuesto, Ley de Presupuesto del Sector Públicopara el Año Fiscal 2006, Ley Nº 28652; al Texto ÚnicoOrdenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado aprobado mediante DecretoSupremo Nº 083-2004-PCM y a su Reglamento aprobadomediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, en usode sus facultades conferidas en la Ley Orgánica deMunicipalidades, Ley Nº 27972, y Ley de ProcedimientoAdministrativo Municipal, Ley Nº 27444;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR, el PLAN ANUAL DEADQUISICIONES Y CONTRATACIONES DE LAMUNICIPALIDAD DISTRITAL LA BREA - Negritos, parael EJERCICIO FISCAL 2006, el mismo que se anexa yforma parte de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- DISPONER, que la modificacióndel Plan Anual de Adquisiciones y Contratacionesaprobado, se ponga a disposición de los interesados enla Unidad de Logística, de conformidad con lo establecidoen la legislación vigente.
Artículo Tercero.- HACER de conocimiento delConsejo Superior de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado - CONSUCODE y a la Comisión de laPromoción de la Pequeña y Micro empresa -PROMPYME, la presente Resolución, de conformidadcon las Normas de Contrataciones y Adquisiciones delEstado vigentes.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Secretaria deAlcaldía de la Municipalidad Distrital La Brea, la publicaciónde la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruanodentro del plazo establecido en la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE, así como hacer de conocimiento alpúblico interesado del referido Plan.
Regístrese, comuníquese y dese cuenta.
PEDRO ALEJANDRO HOYOS LEÓNAlcalde Distrital
00648
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De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 6º de laLey Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exterioresmediante Oficio RE. (GAB) Nº 0-3-A/9, comunica que el"Memorándum de Entendimiento entre el Ministeriode Comercio Exterior y Turismo de la República delPerú y la Administración Nacional de Turismo de laRepública Popular China sobre Cooperación en elCampo del Turismo", suscrito en la ciudad de Beijing,República Popular China, el 2 de junio de 2005 yratificado mediante Decreto Supremo Nº 093-2005-RE,de 29 de noviembre de 2005, publicado el 1 de diciembrede 2005. Entró en vigencia el 23 de diciembre de2005.
00539
����� �����������������Lima, jueves 12 de enero de 2006
AGRICULTURA
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PROYECTO DE RESOLUCIÓN DIRECTORAL“APRUEBA REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA LA IMPORTACIÓN DE SEMILLA SEXUALDE FORRAJES (Lolium spp., Festuca arundinaca, Dactylis glomerata y Medicago sativa)
PROCEDENTE DE LA REPÚBLICA CHECA”
De conformidad con la Ley Nº 27322 “Ley Marco de Sanidad Agraria” y el Decreto Supremo Nº 048-2001-AG, que aprueba su Reglamento General se somete a consulta pública el Proyecto de ResoluciónDirectoral que establece requisitos fitosanitarios de importación de semilla sexual de forrajes (Loliumspp., Festuca arundinaca, Dactylis glomerata y Medicago sativa) procedente de la República Checa.
Las sugerencias se recibirán hasta 60 días calendario después de publicado el presente aviso. Losinteresados podrán descargar el archivo desde el portal web del SENASA (www.senasa.gob.pe.) ydeberán remitir sus observaciones y sugerencias con la debida sustentación técnica y legal, a laDirección General de Sanidad Vegetal, sito en avenida La Molina Nº 1915, Lima 12, o a los correoselectrónicos [email protected]., [email protected]. Las consultas pueden realizarse ala central telefónica 313 3300.
RESUELVE:
Artículo Único.- Establézcanse los siguientesrequisitos fitosanitarios específicos de necesariocumplimiento en la importación de semilla sexual de forrajes(Lolium spp., Festuca arundinaca, Dactylis glomerata yMedicago sativa) procedente de la República Checa:
1. El envío deberá contar con el Permiso Fitosanitariode Importación emitido por el SENASA, obtenidopor el importador o interesado, previo a lacertificación y embarque en el país de origen oprocedencia.
2. El envío deberá venir acompañado de unCertificado Fitosanitario oficial del país de origen,en el que se consigne:
2.1. Declaración adicional: El producto procedede semilleros oficialmente inspeccionadosdurante el crecimiento activo por parte de laONPF de la República Checa y encontradalibre de Dreshslera dictyoides, Fusariumpoae, Giberella avenacea y Monographellanivales var. Nivalis.
2.2. Tratamiento preembarque con productos abase de imazalil (2 –4 ml / k de semilla) uotro ingrediente activo de acción similar.
3. El producto estará contenido en envases nuevosy de primer uso.
4. Inspección Fitosanitaria en el punto de ingreso alpaís.
5. El Inspector de Cuarentena Vegetal, tomará unamuestra de las semillas (excepto para latas ysachets herméticamente sellados) para serremitidas al Laboratorio de Sanidad Vegetal delSENASA, quedando retenido el cargamento hastala obtención de los resultados del análisis. El costodel diagnóstico será asumido por el importador.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
00580
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
PROYECTO
CONSIDERANDO:
Que, por Ley Nº 27322 “Ley Marco de Sanidad Agraria”,se establece que la importación de plantas, productosvegetales y otros artículos reglamentados capaces deintroducir o propagar plagas, deberán sujetarse a lasdisposiciones que establezca el Servicio Nacional deSanidad Agraria - SENASA, como Autoridad Competente;
Que, de conformidad con el Artículo 36º del DecretoSupremo Nº 048-2001-AG, Reglamento General de laLey Marco de Sanidad Agraria, los requisitosfitosanitarios aplicables a la importación de plantas,productos vegetales y otros artículos reglamentados,deberán ser aprobados mediante Resolución del Órganode Línea correspondiente;
Que, a solicitud de la empresa Alabama S.A., interesadoen la importación de semilla sexual de forrajes (Lolium spp.,Festuca arundinaca, Dactylis glomerata y Medicago sativa)y contando con la información técnica remitida por la Oficinade Administración Fitosanitaria de la República Checa, laUnidad de Análisis del Riesgo de Plagas – UARP delSENASA inició el estudio técnico correspondiente, con lafinalidad de establecer los requisitos fitosanitarios deimportación del mencionado producto;
Que, los resultado de dichos estudios fueronsometidos a un período de consulta pública por espaciode un mes; por lo que, la UARP ha emitido el InformeTécnico Nº 009-2005-AG-SENASA-DGSV/UARP, en laque propone los requisitos fitosanitarios necesarios paragarantizar un nivel adecuado de protección de riesgosen el ingreso de plagas cuarentenarias al país;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto LeyNº 25902, la Ley Nº 27322, el Decreto Supremo Nº 048-2001-AG, el Decreto Supremo Nº 032-2005-AG, elDecreto Supremo Nº 008-2005-AG; y con la visación delDirector General de Asesoría Jurídica;
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����� ������ ����������� Lima, jueves 12 de enero de 2006
AVISO
DE
RESERVA