GRADO EN EDUCACIÓN INFANTIL CENTRO DE PROFESORADO SAGRADA FAMILIA
ADSCRITO A LA UNIVERSIDAD DE JAÉN 2014/2015
ESTUDIO COMPARATIVO ENTRE LA ENSEÑANZA DE LA RELIGIÓN EN EL SISTEMA
EDUCACATIVO DE ESPAÑA Y AUSTRIA SEMEJANZAS Y DIFERENCIAS
Alumna: Lorena Ramírez Lucas Profesor: Manuel Contreras Gallego Fecha: 19/04/2015
ESTUDIO COMPARATIVO ENTRE LA ENSEÑAZA DE LA RELIGIÓN EN EL SISTEMA EDUCATIVO DE ESPAÑA Y AUSTRIA
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ÍNDICE
1. RESUMEN DEL PROYECTO…………………………………………………….pp. 3
2. JUSTIFICACIÓN……………………………………………………………......pp.3 - 4
3. MARCO TEÓRICO…………………………………………………………….pp.4 - 23
4. CRONOGRAMA……………………………………………………….…...….pp.23 -24
5. CONCLUSIONES………………………………………………………......…pp.25 - 26
6. REFLEXIÓN FINAL Y AUTOEVALUACIÓN……………………………..…..pp.27
7. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS…………………………………….…pp.28 - 29
ÍNDICE DE SIGLAS
1. Abs: párrafo/apartado
2. BMUKK : Ministerio Federal de Educación, Arte y Cultura de Austria
3. B – VG: Derecho Constitucional Federal de Austria
4. LOMCE: Ley Orgánica para la mejora de la Calidad Educativa en España
5. LOE: Ley Orgánica de Educación española
6. ReIUG: Ley de Educación Religiosa de Austria
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1. RESUMEN DEL PROYECTO
Para empezar este Trabajo de Fin de Grado, haré una breve síntesis del trabajo que más adelante podrá leer.
Para tener una idea general del posterior planteamiento.
Nos encontramos con la necesidad de comparar un currículo objetivo (austriaco) y uno subjetivo (español), ya
que ambos Estados son confesionales, pero la diferencia se encuentra marcada dentro del currículo educativo.
Esto surge a partir de que me concedieron el Erasmus en Austria, y de esta forma tenemos la posibilidad de
compararlo directamente.
Valoramos el currículo austriaco, ya que no surgen cambios que alteren la calidad de la educación religiosa y
creen una inestabilidad, que es el problema principal con el que nos tropezamos en España. Igualmente,
hacemos una apreciación de la Religión dentro del sistema educativo, partiendo de la base de que deberíamos
tener en cuenta la multiculturalidad, en la que se encuentra Europa y más concretamente España y Austria.
Estudiamos las diferencias y semejanzas que existen en la enseñanza de la Religión de ambos países. Partiendo
de la base de que en España, las Iglesias y las sociedades religiosas que oficialmente están reconocidas son 4 y
en Austria son 16.
2. JUSTIFICACIÓN
Empiezo este Trabajo de Fin de Grado, explicando por qué lo he elegido y exponiendo la importancia de la
enseñanza de la Religión en España.
Creo que este proyecto de investigación resulta muy interesante, para poder explicar el problema de la
integración de dicha enseñanza en España, investigando en profundidad, como la imparten en Austria, que es
un modelo integrado plenamente, con una curricularidad objetiva, todo lo contrario a España, con una
curricularidad subjetiva.
El hombre es un animal metafísico por excelencia, es decir, el hombre suple sus carencias instintivas y su
limitación biológica por su capacidad de aprendizaje. La cultura es nuestra segunda naturaleza. Éste necesita
valores, ideales y horizontes de comprensión para responder a las preguntas acerca del significado de la vida.
En este contexto antropológico y cultural emerge la religión. Ésta tiene funciones propias respecto de la
filosofía y de la ciencia como respuesta global para el ser humano. La religión ofrece, motivos para vivir y para
esperar, también para luchar y para resistir. Ofreciéndonos significados, valores y perspectivas que iluminan la
realidad. (Estrada, 2005)
La enseñanza religiosa pretende contribuir así a la calidad de la educación, contando con una larga tradición en
el sistema educativo español. Pretende acercar al niño a las claves principales de la fe, ayudarle a descubrir esta
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experiencia en su entorno, y a que él mismo desarrolle sus facultades de expresión y se inicie en los elementos
primeros que facilitan la comunicación divina. (Ministerio de Educación y Ciencia, 2007)
3. MARCO TEÓRICO
3.1 SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL
Actualmente nos encontramos en nuestro sistema educativo, con la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre,
publicada en el nº 295 del Boletín Oficial del Estado, para la mejora de la calidad educativa, LOMCE, que fue
aprobada el 28 de noviembre de 2013. Obtiene gran parte de lo legislado en la LOE, haciendo modificaciones
parciales de la misma.
El Acuerdo entre el Estado español, la Santa Sede sobre Enseñanza y Asuntos Culturales, garantiza que los
alumnos de educación infantil, primaria y secundaria obligatoria que así lo soliciten tienen derecho a recibir
enseñanza de la religión católica e indica que a la Jerarquía eclesiástica le corresponde señalar los contenidos de
dicha enseñanza. De conformidad con dicho Acuerdo, la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica
2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece que se incluirá la religión católica como área o materia en los
niveles educativos que corresponda, que será de oferta obligatoria para los centros y de carácter voluntario para
los alumnos. (Jefatura del Estado, 2013).
Como afirma la Constitución Española (1978: 4), “Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los
padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias
convicciones (…)” y “Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las
comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden
público protegido por la ley (…)”.
Refiriéndonos a las Universidades, en cuanto desempeña Suárez, G., Souto, E., Ciáurriz, M.J., Regueiro, M.T.,
Rodríguez, A., Ariza, M., Salvador, Pelayo, J., (2012: 198 – 202): “Se reconoce la autonomía de las
Universidades, en los términos que la ley establezca”.
Ahora vamos a citar las confesiones reconocidas por el Estado Español tal y como dice la existencia de estos
Acuerdos, de la Ley Orgánica 7/1980, de 5 de julio, de Libertad Religiosa (LOLR) que se establece en el
artículo 7:
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1. IGLESIAS OFIALMENTE RECONOCIDAS Y SOCIEDADES RELIGIOSAS EN ESPAÑA
IGLESIAS
OFICIALMENTE
RECONOCIDAS Y
SOCIEDADES
RELIGIOSAS
TIPOS
AUTORIZADO
Iglesias Católicas Católica Santa Sede
Iglesias Evangélicas Evangélica Evangélica
Comunidades Israelita Judía Israel
Comisión Islámica Islámico Islam
También tenemos que tener en cuenta, las personas que entran dentro del marco aconfesional, tal y como dice la
Constitución Española (1978: 1978 – 31229), en el cual se expone: “se garantiza la libertad ideológica, religiosa
y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para
el mantenimiento del orden público protegido por la ley. Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología,
religión o creencias”.
3.2 SISTEMA ORGANIZATIVO
3.2.1 MODELO ESCOLAR
El modelo de enseñanza escolar de la religión en España es de cooperación escolar, es decir, en el que el Estado
y la Iglesia Católica (Santa Sede) están reguladas concordatariamente (Concordatos o Acuerdos entre ambos).
Es una asignatura (disciplina) fundamental, así ésta forma parte de lo público (patrimonio social o cultural
nacional), reconociendo éste el derecho de esta educación. Este modelo de integración desde la cooperación
con las confesiones religiosas da lugar a un estatuto de curricularidad subjetiva, que significa, que la religión
puede ser enseñada porque forma parte esencial del currículo de todos aquellos alumnos que por pertenecer a
una confesión (o de forma secundaria, por interés personal) quieren acceder a esta enseñanza, pero no forma
parte del currículo común, sino del fundamental de una parte de la población escolar, por este motivo es
subjetiva. Los centros están obligados a tenerla, pero los alumnos mayores de 14 o los alumnos menores de 14,
en los cuales deciden los padres, no están obligados a recibirla. (Margenat, 1994).
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Confiere la Disposición Adicional Segunda, que responde al derecho de los padres a la formación religiosa y
moral de sus hijos, según sus convicciones, estableciendo que la religión se incluirá como área o materia en los
niveles educativos que corresponda, que será de oferta obligatoria para los centros y de carácter voluntario para
los alumnos. (Jefatura del Estado, 2013).
Para finalizar este punto aludiremos a la asignatura alternativa a la religión, que la asocia como obligatoria al
igual que la religión, y para ello imparten la asignatura alternativa “Valores sociales y éticos”, para los alumnos
que no la cursen, de forma que las calificaciones de una u otra hagan media con el resto de las materias y cuente
como cualquier otra a la hora de pasar de curso. «Puntúa en la evaluación continua y forma parte de la media,
como la «asignatura espejo», pero no entra en las evaluaciones nacionales». (Arriza, 2013).
A. INFANTIL
I. Modelo escolar
Las enseñanzas mínimas de Educación infantil, indica en su disposición adicional que las enseñanzas de
religión se incluirán en este segundo ciclo y, con respecto a la religión católica, que el currículo de la enseñanza
será competencia de la jerarquía eclesiástica. (Ministerio de Educación y Ciencia, 2006).
La enseñanza religiosa en la Educación Infantil, parte de la experiencia del niño en esta edad de 3 a 6 años en
referencia a tres grandes ámbitos: la identidad y autonomía personal, el descubrimiento del medio físico y
social, y la comunicación y representación de la realidad. Estos tres ámbitos de experiencia no son tratados de
forma fragmentada o independiente unos de otros, sino en mutua relación e interdependencia. La experiencia
religiosa del niño crece a la vez que se desarrolla su autonomía e identidad personal en relación con el medio.
Acuerdo internacional y reconocido en la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica de Educación
2/2006, de 3 de mayo, corresponde a la Conferencia Episcopal Española fijar el currículo del área de Religión y
Moral católica. (Ministerio de Educación y Ciencia, 2007).
II. Número de horas
Como afirma la Jefatura del Estado (2013: 97858 – 97921): “a. En el segundo ciclo de la Educación Infantil los
centros educativos deberán ofertar obligatoriamente las enseñanzas de Religión, a las que se le asignará un
horario mínimo semanal de 1.5 en cada curso o dos sesiones de 45 minutos”.
B. PRIMARIA
I. Modelo escolar
El Real Decreto 1513/2006, de 7 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas de Educación
primaria, indica en su disposición adicional primera que las enseñanzas de religión se incluirán en esta etapa
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educativa y que la determinación del currículo de la enseñanza será competencia de la jerarquía eclesiástica.
(Ministerio de Educación y Ciencia, 2006)
Partimos del reconocimiento del rol del docente. El docente es pieza clave en la elaboración e implementación
de actividades. Su formación resulta, fundamental a la hora de garantizar el éxito del proceso de aprendizaje.
Tenemos que adaptarlo al ámbito emocional y cognitivo de los estudiantes respetando el desarrollo
psicoevolutivo propio de cada etapa. Respetando los ritmos y estilos de aprendizaje de los estudiantes. La
atención a la diversidad y el desarrollo de la inclusión comienza en la asunción de este principio fundamental.
Además consideramos la dimensión humanista. Todos los aprendizajes estarán al servicio de la formación
humana. La asignatura de religión, desde su clave personalizadora, requiere que todo tipo de aprendizajes,
instrumentales, cognitivos, actitudinales, socio afectivos no sean considerados fin en sí mismos, sino que estén
al servicio de la formación integral del ser humano. Así mismo se hará un seguimiento de los criterios de
evaluación educativa. Para facilitar el cumplimiento de estos principios metodológicos se aplicará una
evaluación continua, global y formativa a lo largo del proceso de enseñanza y aprendizaje; y sumativa al final
del proceso, de manera que se evalúe el nivel de logro alcanzado. La evaluación objetiva garantizará una
valoración adecuada de la dedicación, esfuerzo y rendimiento de todos los estudiantes. Para finalizar el párrafo
citar que, la enseñanza de la religión promoverá la utilización de la tecnología de la información y la
comunicación no sólo de una manera instrumental, que resulte útil al estudiante en la búsqueda de información
o en la resolución de problemas planteados en la clase, sino procurando su integración en la vida del sujeto y su
uso ético. (Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, 2015).
II. Número de horas
Como afirma la Jefatura del Estado (2013: 97858 – 97921):” a) En los centros educativos de Educación
Primaria a las enseñanzas de Religión se le asignará un horario mínimo semanal de 1.5 en cada curso o dos
sesiones de 45 minutos. b) En las comunidades de Valencia, Madrid y Aragón en los Cursos de 1º, 3º y 5º de
Primaria la Religión mantiene 1,5 horas, igual que en la LOE. Educación en Valores tendrá igualmente 1,5
horas. c) En Andalucía además de rechazar de lleno a través de un recurso de inconstitucionalidad la LOMCE y
de intentar paralizar su aplicación, como medida cautelar, en el Tribunal Supremo, ha habido declaraciones
como la del Consejero de Educación que decía: Impartiremos el mínimo de horas de Religión a que nos veamos
obligados por la ley”.
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2.2 MODELO DIDÁCTICO/ PEDAGÓGICO
A. INFANTIL
I. Currículum
España cuenta con una curricularidad subjetiva, que se basa en la integración eclesiástico – escolar, donde la
enseñanza de la Religión forma parte del currículum básico, si los padres lo eligen. (Consejo de Redacción,
2004).
Como afirma el Ministerio de educación y Ciencia (2006: 474 – 482), las áreas del segundo ciclo de la
Educación infantil son las siguientes: “conocimiento de sí mismo y autonomía personal; conocimiento del
entorno; lenguajes: Comunicación y representación. Estas áreas deben entenderse como ámbitos de actuación,
como espacios de aprendizajes de todo orden: de actitudes, procedimientos y conceptos, que contribuirán al
desarrollo de niñas y niños y propiciarán su aproximación a la interpretación del mundo, otorgándole
significado y facilitando su participación activa en él”. (…). “Las enseñanzas de religión se incluirán en el
segundo ciclo de la Educación infantil de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional segunda de la
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Contando con las administraciones educativas velarán para
que las enseñanzas de religión respeten los derechos de todos los alumnos y de sus familias y para que no
suponga discriminación alguna el recibir o no dichas enseñanzas. Así pues, La determinación del currículo de
la enseñanza de religión católica y de las diferentes confesiones religiosas con las que el Estado español ha
suscrito Acuerdos de Cooperación en materia educativa será competencia, respectivamente, de la jerarquía
eclesiástica y de las correspondientes autoridades religiosas”.
II. ¿Cómo la imparten?
La enseñanza religiosa en esta etapa colabora y desarrolla la competencia en comunicación lingüística pues se
sirve del lenguaje que conforma la cultura que se trasmite en el área de religión, así como de los lenguajes de la
propia enseñanza religiosa. La distribución de los contenidos y los respectivos criterios de evaluación y
estándares en cada uno de los tres cursos deben realizarse teniendo en cuenta las competencias, los objetivos y
la sistematicidad de los contenidos adecuados a las edades en cada curso, de tal manera que el desarrollo del
currículo mantenga su sistematización orgánica en diálogo con los demás saberes. Conforme a las competencias
establecidas en el citado Acuerdo internacional y reconocidas en la Disposición Adicional Segunda de la Ley
Orgánica de Mejora de la Calidad de la Educación, corresponde a la Conferencia Episcopal Española y a la
Comisión Islámica. Pretende desarrollar las mismas capacidades, añadiendo el sentido existencial para la
educación integral del niño, según la voluntad expresada por los padres. Se trata de presentar valores que
tengan un común denominador y descartar aquellos antivalores por los que una libertad sana no puede optar
como son la mentira, el egoísmo, la violencia… Es vital poner en práctica aquellos que, a partir de un
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fundamento religioso, puedan asumirlos como suyos, descubiertos en su interior, como son: la lealtad, la
solidaridad, la amistad, el amor… (Jefatura del Estado, 2013).
Como certifica la Conferencia Episcopal Española (2006: 1957 – 2007), “la formación religiosa y moral
católica pretende contribuir a la formación integral del alumno, desarrollando especialmente su capacidad
transcendente, facilitándole una propuesta de sentido para su vida e iluminando el fundamento de aquellos
valores comunes que hacen posible una convivencia libre pacífica y solidaria. La enseñanza religiosa católica
en esta etapa, parte de la experiencia del niño en esta edad de 3 a 6 años en referencia a tres grandes ámbitos de
experiencia: la identidad y la autonomía personal, el descubrimiento del medio físico y social, y la
comunicación y representación de la realidad. Estos tres ámbitos de experiencia no son tratados de forma
fragmentada o independiente unos de otros, sino en mutua relación e interdependencia. La experiencia religiosa
del niño crece a la vez que se desarrolla su autonomía e identidad personal en relación con el medio. Pretende
acercar al niño a las claves principales de la fe cristiana, ayudarle a descubrir esta experiencia en su entorno, y a
que él mismo desarrolle sus facultades de expresión y se inicie en los elementos primeros que facilitan la
comunicación con Dios. La síntesis del mensaje cristiano que se presenta en el currículo fundamenta y motiva
los valores y actitudes básicos, favorece los hábitos de comportamiento, y contribuye también al desarrollo de
destrezas y habilidades que se ejercitan en los tres ámbitos de experiencia enunciados. Para ello, este currículo
se vale de elementos cristianos presentes en el entorno del alumno, las imágenes y símbolos, el lenguaje y otros
recursos que hacen posible la comprensión de la experiencia religiosa adecuada a esta edad. Conforme a las
competencias establecidas en el citado”.
Además nos encontramos con la formación religiosa islámica, que tiene su propio currículum dentro del BOE,
en el cual se explica las siguientes orientaciones metodológicas, tanto en el currículo de Infantil, como en el de
Primaria, la metodología didáctica se aplicará partiendo del desarrollo general del alumnado, integrando sus
distintas experiencias y aprendizajes. Tendrá un carácter personal y se adaptará a los distintos ritmos de
aprendizaje de cada niño y niña. Para conseguir un aprendizaje significativo se partirá siempre de la experiencia
de los alumnos y alumnas enlazando los conocimientos previos con los que pretendamos que adquiera. En el
área Religión Islámica la metodología utilizada será activa, global y basada en la observación y
experimentación. Se trabajarán los siguientes principios metodológicos: 1.La enseñanza y el aprendizaje en la
Religión Islámica se basará en el proceso psicoevolutivo de los alumnos y alumnas. 2. La construcción del
conocimiento se basará en aprendizajes significativos, es decir, una enseñanza desde y para la vida personal,
cultural, social, moral y religiosa. 3. Organizar actividades partiendo de los centros de interés del alumnado. 4.
Enfocar la Enseñanza de la Religión Islámica desde las fuentes islámicas: Corán, Sunna, la tradición de sus
compañeros, comprobando en qué medida se van incorporando los aprendizajes adquiridos a las situaciones de
su vida cotidiana. 5. Potenciar la creación y el uso de mecanismos propios de los alumnos y alumnas en la
búsqueda, selección y organización: para responder a las cuestiones planteadas desde la perspectiva moral,
religiosa islámica, utilizando los textos islámicos para encontrar las respuestas a interrogantes éticas y prácticas,
que surjan en sus vidas cotidianas. 6. Relacionar continuamente la información proporcionada al alumnado con
el momento del proceso de aprendizaje, tal como explicar el culto de la peregrinación a La Meca en su tiempo
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correspondiente del año, así como el ayuno durante el mes de ramadán, etc. 7. Planificar actividades que
promuevan la interdisciplinariedad con otras áreas. 8. Prestar especial atención a la diversidad del alumnado. 9.
Favorecer un clima de aceptación mutua y cooperación entre los alumnos y alumnas del mismo grupo,
promoviendo la organización de equipos de trabajos, colaborando con otros equipos de otros grupos para
fomentar la responsabilidad, la convivencia y el diálogo, poniendo en práctica todos los valores islámicos
aprendidos. (Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, 2014).
A. PRIMARIA
I. Currículum
España cuenta con una curricularidad subjetiva, que se basa en la integración eclesiástico – escolar, donde la
enseñanza de la Religión forma parte del currículum básico, si los padres lo eligen. (Consejo de Redacción,
2004).
Tenemos que tener muy presente, que la presencia de la enseñanza religiosa en la escuela responde, en primer
lugar, a la importancia que esta asignatura tiene dentro de la educación para que el alumno pueda conseguir un
desarrollo pleno e integral de su personalidad. La necesidad de sentido del ser humano es una evidencia a la que
la escuela necesariamente debe dar respuesta. La educación de la dimensión religiosa es parte fundamental para
la maduración de la persona. No podría existir una formación integral y, por tanto, una educación de calidad, si
no se permitiese el desarrollo de todas las dimensiones inherentes al ser humano, entre las cuales se encuentra
la religiosa. Esta capacidad básica de la persona adquiere su auténtico cumplimiento cuando se descubre el
sentido de la vida. La enseñanza de la religión católica en los centros escolares ayudará a los estudiantes a
ensanchar los espacios de la racionalidad y adoptar una actitud de apertura al sentido religioso de la vida, sea
cual sea su manifestación concreta. (Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, 2015).
Vamos a reflejar, una parte del currículo islámico, ya que tiene una fuerte presencia en nuestra nación. Como
afirma el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (2014: 101207 – 101233), “el área de Religión Islámica
contribuye enormemente al desarrollo de la competencia lingüística, ya que es el medio principal que usan los
niños y niñas y el docente en el aula para adquirir conocimientos y expresar sus ideas y opiniones tanto de
forma oral como escrita, además se fomenta la escucha, el diálogo, la expresión de pensamientos, vivencias,
emociones, etc. La riqueza y diversidad lingüística (árabe y castellano) de los textos religiosos presentes en esta
área le dan un valor añadido que incide en el desarrollo de esta competencia. La competencia digital también se
trabaja en el área de Religión Islámica, ya que propone actividades de búsqueda en medios digitales, recogida y
tratamiento de la información y su procesamiento, elaborar trabajos en soporte digital, además, propone el uso
de técnicas y estrategias diversas para acceder a la información. Otra de las competencias a las que contribuye
de manera importante el área de Religión Islámica es la de aprender a aprender, pues proporciona a los alumnos
y alumnas los instrumentos necesarios para estudiar y trabajar. Tanto individualmente como en grupo, facilita
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las habilidades y las destrezas que requiere el alumnado, para iniciar el aprendizaje significativo, y así, sentirse
como centro de su proceso de enseñanza y aprendizaje; suscita inquietudes en los alumnos y alumnas para que
busquen respuestas a las nuevas preguntas que se hacen, que es una cuestión clave para que éstos sigan
informándose sobre las situaciones trascendentes de esta vida. Aporta también elementos que contribuyen a
desarrollar la competencia matemática y competencias básicas en Ciencia y Tecnología, ya que favorece los
procesos de razonamiento lógico y estrategias de resolución de problemas y la utilización de símbolos y la
precisión en la expresión de datos. Las competencias sociales y cívicas son un elemento muy importante en el
currículo del área Religión Islámica. En esta materia se pretende ayudar a los alumnos y alumnas de estas
edades a descubrir e interpretar el entorno y a comprender mejor el mundo en el que viven, según las
enseñanzas islámicas, potenciando el respeto a las personas, la convivencia, la resolución de conflictos de
forma pacífica y el cuidado del medioambiente. Por otro lado, se suscita en el alumnado el espíritu crítico en la
observación de la realidad y en el análisis de los mensajes informativos y publicitarios. (…). Potencia la
imaginación de los alumnos y alumnas, les lleva a desarrollar y evaluar acciones y hacerse preguntas, promueve
el diálogo, la cooperación y el trabajo en equipo, desarrolla la responsabilidad, la autoestima, el respeto a las
ideas de los demás, al desarrollo de una capacidad de relación con el entorno y a la sensibilidad ante las
necesidades de las otras personas, que es al fin y al cabo, uno de los valores más importantes que predica el
Islam. La expresión cultural precisa una conciencia de la herencia cultural a escala local, nacional, europea y de
su lugar en el mundo. (…). Se presta especial atención a las distintas manifestaciones culturales que nos rodean,
haciendo hincapié en la cultura islámica y fomentando el respeto y la tolerancia con el resto de culturas
presentes en nuestra sociedad multicultural, y cada vez más intercultural”.
II. ¿Cómo lo imparte?
La estructura del currículo de Educación Primaria intenta poner de manifiesto la profunda unidad y armonía de
la iniciativa creadora y salvífica de Dios. El primer bloque parte de los datos más evidentes: la constatación de
la realidad de las cosas y los seres vivos, de modo especial el hombre. Se nos impone su existencia como dato
evidente. En un segundo paso, si la persona no se queda en el primer impacto o simple constatación de su
existencia, tiene que reconocer que las cosas, los animales y el ser humano no se dan el ser a sí mismos. Luego
Otro los hace ser, los llama a la vida y se la mantiene. Por ello, la realidad en cuanto tal es signo de Dios, habla
de Su existencia. La iniciativa creadora de Dios tiene una finalidad: establecer una relación de amistad con el
hombre. De su origen creatural y de su llamada a participar en la amistad con Dios surge su dignidad inviolable.
No obstante, el ser humano pretende apropiarse del don de Dios prescindiendo de Él. En esto consiste el
pecado. Este rechazo de Dios tiene como consecuencia en el ser humano la imposibilidad de ser feliz. Dado que
su naturaleza está hecha para el bien, su experiencia de mal y de límite le hace añorar la plenitud que él no
puede darse por sí mismo y busca de algún modo restablecer la relación con Dios. Esta necesidad del bien, el
deseo de Infinito que caracteriza al ser humano se expresa en las religiones como búsqueda del misterio.
(Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, 2015).
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Tal y como dice el Currículo de Religión Católica en Primaria, en el ANEXO I, “los contenidos
procedimentales básicos de la asignatura de religión son los siguientes: Observación de la realidad, el hecho
religioso nace de la apertura del ser humano a la realidad total; Búsqueda de información, manejo e
interpretación de fuentes de los Libros Sagrados; Reflexión Crítica, el desarrollo de la asignatura ayuda a
conocer la génesis de las ideas dominantes, a detectar prejuicios frente a la verdad, a examinar con profundidad
las propias ideas y sentimientos fundamentales; Exposición y argumentación respetuosa de las creencias
religiosas propias y ajenas, la asignatura de religión contribuye a la formación de competencias que permitan
exponer y defender la racionalidad de las propias creencias religiosas y el respeto por las ajenas”. (Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte, 2015).
2.3 FORMACIÓN Y SELECCIÓN DEL PROFESORADO
I. ¿Cómo se forma el profesorado de religión?
La formación del profesorado es inicial (Universitaria) y permanente (formación continua). Una de las claves
para hacer frente a los desafíos educativos actuales es la mejora de las competencias profesionales docentes,
entendida dentro de un proceso continuo de aprendizaje y desarrollo profesional que requiere no sólo la
actualización pedagógica, didáctica y científica sobre las materias y áreas impartidas, sino también la
comprensión de las distintas dimensiones involucradas en la educación y su interacción con una sociedad en
permanente transformación. Para ello, los programas de formación permanente deberán contemplar la
adecuación de los conocimientos y métodos a la evolución de las ciencias y de las didácticas específica.
(Jefatura del Estado, 2006).
Requisitos exigibles
Tal y como dice el Ministerio de la Presencia (2006: 25268 – 25271), “1.Para impartir las enseñanzas de
religión será necesario reunir los mismos requisitos de titulación exigibles, o equivalentes, en el respectivo
nivel educativo, a los funcionarios docentes no universitarios conforme se enumeran en la Ley Orgánica
2/2006, de 3 de mayo, de Educación, haber sido propuestos por la Autoridad de la Confesión religiosa para
impartir dicha enseñanza y haber obtenido la declaración de idoneidad o certificación equivalente de la
confesión religiosa objeto de la materia educativa, todo ello con carácter previo a su contratación por la
Administración competente. 2. Para ser contratado como profesor de religión, serán necesarios los siguientes
requisitos: a) Ser español o nacional de alguno de los Estados Miembros de la Unión Europea o nacional de
algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por
España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, o ser extranjero con residencia legal en España y
autorizado a trabajar o en disposición de obtener una autorización de trabajo por cuenta ajena. b) Tener
cumplidos 18 años de edad. c) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica
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incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones. d) No haber sido separado, mediante
expediente disciplinario, del servicio de cualquier Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el
ejercicio de sus funciones. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente no
estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado de origen el desempeño de sus
funciones”.
Duración y modalidad de la contratación
Tal y como dice el Ministerio de la Presencia (2006: 25268 – 25271), “1. La contratación de los profesores de
religión será por tiempo indefinido, salvo en los casos de sustitución del titular de la relación laboral que se
realizará de conformidad con el artículo 15.1.c) del Estatuto de los Trabajadores y sin perjuicio de lo dispuesto
en las causas de extinción del contrato que figuran en el presente real decreto. 2. La determinación de la
modalidad del contrato a tiempo completo o parcial, según lo requieran las necesidades de los centros públicos,
corresponderá a las Administraciones educativas competentes, sin perjuicio de las modificaciones que a lo largo
de su duración y por razón de la planificación educativa, deban de producirse respecto de la jornada de trabajo
y/o Centro reflejados en contrato”.
Forma y contenido del contrato
Tal y como afirma el Ministerio de la Presencia (2006: 25268 – 25271), “1. El contrato se formalizará por
escrito con anterioridad al comienzo de la prestación laboral. En todo caso, habrá que formalizar por escrito con
anterioridad al comienzo del curso escolar aquellas modificaciones que se produjeran en el contrato precedente
de acuerdo con lo que al respecto prevé el artículo 4.2 del presente real decreto. 2. El contenido del contrato,
deberá especificar, como mínimo: a) Identificación de las partes. b) Objeto. c) Lugar de trabajo. d) Retribución.
e) Duración y/o renovación. f) Jornada de trabajo. g) Cuantos otros aspectos se consideren esenciales en la
legislación laboral”.
Extinción del contrato
Como atestigua el Ministerio de la Presencia (2006: 25268 – 25271), “el contrato de trabajo se extinguirá: a)
Cuando la Administración competente adopte resolución en tal sentido, previa incoación de expediente
disciplinario. b) Por revocación ajustada a derecho de la acreditación o de la idoneidad para impartir clases de
religión por parte de la Confesión religiosa que la otorgó. c) Por las demás causas de extinción previstas en el
Estatuto de los Trabajadores. d) En el caso de trabajadores extranjeros, por la extinción o la no renovación de la
autorización de residencia o de residencia y trabajo, como consecuencia de la concurrencia de alguno de los
supuestos para dicha extinción o el incumplimiento de alguno de los requisitos para la renovación establecidos
en la normativa de extranjería e inmigración”.
ESTUDIO COMPARATIVO ENTRE LA ENSEÑAZA DE LA RELIGIÓN EN EL SISTEMA EDUCATIVO DE ESPAÑA Y AUSTRIA
14
Formación del profesorado
Tal y como dice el Ministerio de Educación (2011: 117995 – 118001), “acordó los requisitos que deberían tener
el candidato a ser designado profesor de «Religión Católica» por la Administración pública 8. Entre estos
requisitos y condiciones se encuentra el de estar en posesión de la Declaración Eclesiástica de Competencia
Académica (D.E.C.A.) expedida por la Comisión Episcopal de Enseñanza y Catequesis de la Conferencia
Episcopal Española. Con fecha 29 de febrero de 2012, la Comisión Episcopal de Enseñanza y Catequesis de la
Conferencia Episcopal Española aprobó las exigencias para estar en posesión de la citada «Declaración
Eclesiástica de Competencia Académica (D.E.C.A.)» en Educación Infantil y Educación Primaria. Estas
exigencias se reducen a tres: a) Estar en posesión del Título de Graduado en Educación Infantil y Primaria. b)
Cursar 24 créditos ECTS conforme a los programas establecidos por la Conferencia Episcopal Española de las
siguientes 4 materias: ‐ «Religión, cultura y valores». Créditos ECTS: 6 ‐ «El mensaje cristiano». Créditos
ECTS: 6 ‐ «La Iglesia, los sacramentos y la moral». Créditos ECTS: 6 ‐ «Pedagogía y didáctica de la religión
católica». Créditos ECTS: 6 c) Partida de Bautismo (original). (…). De esa manera, la formación inicial del
profesorado ERE garantiza una titulación básica con el mismo nivel universitario que la del resto de sus colegas
de escuela, a la que se añade la preparación teológica y didáctica específica exigida para la enseñanza de la
«Religión Católica». La formación teológica entraña la adquisición de los conocimientos necesarios para la
comprensión de la estructura y contenido de la fe revelada por Dios en Jesucristo y transmitida por la Iglesia
católica, y exige un estudio metódico, orgánico y sistemático que supere cualquier discurso fragmentario y
ocasional. «La preparación pedagógica es fundamental para poder motivar, orientar y comunicarse el profesor
de una manera eficaz con los niños y adolescentes. No basta saber teología. Hay que saber enseñarla de modo
significativo, para que no se convierta en fórmulas incomprensibles para los alumnos» La profesionalidad del
profesor de Religión unida a su vocación educadora reclama una formación permanente que le ayudará a
actualizar los contenidos esenciales de su área y las continuas propuestas culturales de nuestro mundo”.
II. ¿Quién selecciona al profesorado?
En cuanto a la selección del profesorado de religión, Suárez, G. et. al. (2012), este colectivo tiene que tener
permisión de la autoridad de cada confesión religiosa.
El profesor de Religión es designado por la Administración educacional a propuesta del Ordinario del lugar.
Para poder ser propuesto por la autoridad eclesiástica es necesario, según la Asamblea Plenaria de la
Conferencia Episcopal Española (27 de abril de 2007), cumpliendo los siguientes requisitos: a) Obtención de la
“Declaración Eclesiástica de Competencia Académica” (DECA); b) Obtención de la “Declaración Eclesiástica
de Idoneidad” en cada diócesis; c) Obtener la “Propuesta del Ordinario diocesano (missio canonica) en cada
diócesis. (Boletín Oficial de la Conferencia Episcopal Española, 1996)
ESTUDIO COMPARATIVO ENTRE LA ENSEÑAZA DE LA RELIGIÓN EN EL SISTEMA EDUCATIVO DE ESPAÑA Y AUSTRIA
15
3.6 SISTEMA EDUCACTIVO AUSTRIACO
Refiriéndonos al sistema educativo en Austria, Suárez, G. et. al. (2012), cuentan con una tendencia
pluriconfesional.
Partiendo de esta base, citaremos las confesiones con las que cuenta el Estado Austriaco, como afirma la
Katholische Kirche Steiermark (2014: 5 – 6).
2. IGLESIAS OFICIALMENTE RECONOCIDAS Y SOCIEDADES RELIGIOSAS
IGLESIAS
OFICALMENTE
RECONOCIDAS Y
SOCIEDADES
RELIGIOSAS
TIPOS
AUTORIAZO POR
Iglesia Católica Católico Romano Católico Romana
Católica Armenia Armen – Cateterismo
(Iglesia Americana Católica)
Católico Griego Greco - Católica
Iglesia Evangélica Evangélica AB Evangélica AB
Iglesia Evangélica HB Evangélica HB Evangélica HB
Iglesia Católica Antigua en
Austria
Católica Antigua Católica Antigua
(ALTKATH)
Iglesia Ortodoxa Griega en
Austria
Ortodoxa Griega Ortodoxa Griega
Ortodoxa Serbia Ortodoxa Serbia
Ortodoxa Rumana Ortodoxa Rumana
Ortodoxa Rusa Ortodoxa Rusa
Ortodoxa Búlgara Ortodoxa Búlgara
Iglesia Apostólica Armenia
en el este
Apostólica Armenia Apostólica Armenia
Iglesia Ortodoxa Siria del
este
Ortodoxa Siria Ortodoxa Siria
Iglesia Copta Ortodoxa en el
este
Copta Ortodoxa Copta Ortodoxa
Asociación Judía religiosa Israelita Israel
Iglesia Metodista en Austria
Evangélica Metodista
UMC (Iglesia Metodista
Unida / United Methodist
Church)
Iglesia de Jesucristo de los
últimos días
Iglesia de Jesucristo
Iglesia de Jesucristo
ESTUDIO COMPARATIVO ENTRE LA ENSEÑAZA DE LA RELIGIÓN EN EL SISTEMA EDUCATIVO DE ESPAÑA Y AUSTRIA
16
Los Mormones HLT
Nueva Iglesia Apostólica
en Ausria
Nueva Iglesia Apostólica Nueva Iglesia Apostólica
Comunidad religiosa
Islámica en Austria
Islámico Islam
Religión Sociedad Budista
austriaca
Budístico Budista
Testigos de Jehová en
Austria
Testigos de Jehová Testigos de Jehová
Comunidad de Fe Islámica
Alevi en Austria
Islámico Alevi Alevi
Libre Iglesia
FKO
Unión Bautista
Freikl BBGÖ
Federación de Iglesias
Evangélicas
Freikl BEG
Comunidades Cristianas
ELEIA
Freikl FCG
Iglesias Gratis en Austria Comunidades Libre –
Cristiana – Pfingsgemein de
Austria
Freikl FCGÖ
Iglesia Menonita Libre en
Austria
Freikl MFÖ
Ahora citaremos las que reconoce el Estado, como afirma la Katholische Kirche Steiermark (2014: 5 – 6).
COMUNIDADES CONFESIONALES
RELIGIOSAS RECONOCIDAS POR
EL ESTADO
ABREVIATURA APROBADA
Comunidad de la Fe Alt – Alevi Alt – Alevi (AAGÖ)
Comunidad Religiosa bahá´i Bahai
Comunidad Cristiana – Movimientos de
Renovación Religiosos
Comunidad Cristiana
Sociedad Religiosa Hindú Hindú
Comunidad Religiosa Islámica Shia
Iglesia Adventista del Séptimo Día Iglesia de la STA
Iglesia Pentecostal de Dios PFK Gem. Dios OIE
ESTUDIO COMPARATIVO ENTRE LA ENSEÑAZA DE LA RELIGIÓN EN EL SISTEMA EDUCATIVO DE ESPAÑA Y AUSTRIA
17
Para continuar este documento, vamos a hacer referencia a cómo los estudiantes pueden participar en una
educación religiosa en las escuelas, como afirma la Katholische Kirche Steiermark (2014: 7 – 23), dependiendo
de su clasificación en uno de los tres tipos de confesiones.”1. Iglesias legalmente reconocidas y las
comunidades religiosas (>asignatura obligatoria). 2.2. Lista de las comunidades confesionales registrados (>
participación voluntaria). 2.3. Sin compromiso (> participación voluntaria)”.
Austria tiene la Ley fundamental de Estado de diciembre de 1867 (arts. 14 y 15) “declarada por la Ley
Constitucional Federal de 1 de octubre de 1920, redacción de 1929, art. 149 n.1 párrafo primero. Este sistema
se apoya en el principio de libertad religiosa y en la garantía de actividad pública de las confesiones religiosas,
a las que reconoce el status de corporaciones de derecho público sui generis, que sirve para poner límite a la
privatización de lo religioso. (Salvador, 2006).
3.6 SISTEMA ORGANIZATIVO
3.6.1 MODELO ESCOLAR
Dentro de la tarea de educación austriaca podemos apreciar lo siguiente:
La democracia, la humanidad, la solidaridad, la paz y la justicia, así como la apertura y la tolerancia hacia las
personas son valores fundamentales de la escuela, sobre la base de que, sin importar la raza, el estado social y
antecedentes financieros, con la seguridad constante y un mayor desarrollo de la mejor calidad posible, asegura
el nivel más alto de educación de toda la población. Todos en cooperación (alumnos, padres, profesores,…),
permitiendo un óptimo desarrollo mental, físico y espiritual a ser posible, para que sean sanos, seguros de sí
mismos, felices, con un educación orientada, obediente, musical y personas creativas, que tienen competencias
sociales, con valores religiosos y morales responsables. Cada joven debe desarrollar su educación de acuerdo a
un criterio autónomo con comprensión social, unido a un pensamiento político e ideológico en consonancia a
los demás para ser abiertos y capaces de formar parte en Austria, Europa y el mundo en la vida cultural,
económica y en la libertad, la paz y el amor, participando en tareas comunes de la humanidad. (…). De este
modo, la escuela austriaca tiene la tarea de participar en el desarrollo de sistemas de la juventud a los valores
morales, religiosos y sociales y con los valores de la verdad, la bondad y la belleza a través de una etapa de
desarrollo y sus clases de educación pertinente. (…). Las Iglesias legalmente reconocidas y sociedades
religiosas, serán concedidas por el tema de la enseñanza religiosa confesional, para tener la posibilidad de
ofrecer una educación religiosa específica a los niños y adolescentes de la respectiva confesión. (Katholische
Kirche Steiermark, 2014).
Tal y como dice la Katholische Kirche Steiermark (2014: 7 – 23),” se determinan dos declaraciones: a) de la
instrucción religiosa forma parte el Estado, como fragmento de la misión educativa de la escuela conocida, b) la
instrucción religiosa es confesional”.
ESTUDIO COMPARATIVO ENTRE LA ENSEÑAZA DE LA RELIGIÓN EN EL SISTEMA EDUCATIVO DE ESPAÑA Y AUSTRIA
18
Vamos a continuar, haciendo referencia a las personas que no se escogen religión como asignatura o no son de
una iglesia reconocida. Sobre este colectivo, las personas que no son de una Iglesia reconocida legalmente o
Comunidad Religiosa, ni unas pertenecientes a las Comunidades Religiosas reconocidas por el Estado, se
considera que son personas aconfesionales. Por lo tanto, no encontramos: a) Las personas, pero que se
identifican como aconfesionales, de ninguna confesión; b) Las personas pertenecientes a una misma comunidad
religiosa que en Austria, no es una iglesia reconocida legalmente o comunidad religiosa, ni un Estado. Éstas
pertenecen a las comunidades religiosas reconocidas como B. Anglicanos o sijs, etc. (Katholische Kirche
Steiermark, 2014).
A. INFANTIL Y PRIMARIA
I. Número de horas
Como afirma la Katholische Kirche Steiermark (2014: 7 – 23): “1. Si existe un ratio de 10 alumnos o más serán
dos horas semanales de la religión correspondiente, en cambio si el ratio de alumnos es menor, sólo será una
hora de religión por semana (Versión corta: los participantes <10 = <50% = 1 hora por semana + contable
de viaje). 2. Si nos encontramos en una clase en la cual el ratio es inferior a 3 alumnos, se quedan sin hora
semanal, y será responsabilidad de su Comunidad Religiosa, la enseñanza de la misma. (Resumen: Los
participantes <3 = <50% = Sin hora semanal)”. Es decir, la enseñanza de la religión son dos horas
semanales, pero esto depende del ratio de alumnos. Si nos encontramos con 10 alumnos o más, en cualquiera de
las Confesiones Religiosas reconocidas, tendrán dos horas de clase a la semana. Pero si el ratio de alumnos es
de menos de 10, la enseñanza de la religión será de una hora semanal. Con lo cual las horas semanales en este
ámbito dependen del ratio de alumnos que la ejerzan.
3.7 MODELO DIDÁCTICO Y PEDAGÓGICO
A. INFANTIL Y PRIMARIA
I. Currículum
El plan de estudios para la enseñanza de la materia de religión y su evaluación individual entran dentro de la
legislación pertinente a cada Iglesia reconocida o Comunidad Religiosa, contando con el Estado para fijar el
número semanal de horas de la Instrucción Religiosa hasta donde determine oportuno el Estado. (…). A sí
mismo, los libros de texto y material didáctico que son utilizados para la instrucción religiosa, no pueden estar
en contradicción con la educación cívica (Katholische Kirche Steiermark, 2014)
ESTUDIO COMPARATIVO ENTRE LA ENSEÑAZA DE LA RELIGIÓN EN EL SISTEMA EDUCATIVO DE ESPAÑA Y AUSTRIA
19
De la educación religiosa católica, se encarga la Conferencia Episcopal de Austria, aprobando y regulando los
libros de texto que se utilizan. Sólo se seleccionan los libros que realmente se necesita en el aula, para ser
usados en la práctica. Los libros religiosos están sintonizados con los contenidos del currículo de educación.
Ayudan a los alumnos más allá de la fe informándose y ofreciendo sugerencias para complementar todo lo
referido a la enseñanza religiosa. Cada Comunidad religiosa se encarga de autorizar los libros correspondientes,
al igual que sucede en la religión católica. (Katholische Kirche Steiermark, 2014).
El currículo es objetivo, es decir, la enseñanza de la Religión forma parte del currículo básico, ya sea
confesional o no confesional, contando con una materia alternativa obligatoria (Ética o historia de la religión).
La integración de las asignaturas, tanto religiosas como alternativas, tiene plena integración en el horario
escolar. (…). Los padres, pueden decidir hasta los 14 años sobre el alumno. Sin embargo, el propio estudiante,
puede ser excluido de la Instrucción Religiosa, sí éste así lo decide. Si se da el caso, el alumno pide la baja de la
Educación Religiosa a la Junta Escolar, notificándoselo al maestro religión que le concierne. Puede darse de
baja teniendo en cuenta los primeros cinco días del año del Calendario Escolar (§ Ley 2 párr. 1 Períodos
Escolares 1985), mandando un escrito al Director o Directora que son los que llevan a cabo este cometido.
Teniendo en cuenta, las posibilidades que proporcione la educación religiosa curricular en el inicio del año
escolar. Katholische Kirche Steiermark (2014).
II. ¿Cómo lo imparten?
Debemos partir de la base del requerimiento que tienen los profesores de religión, que se esfuerzan por hablar
de las demás religiones, de manera que, parece que un representante de otra confesión está presente. Con
celebraciones y lecciones (lecciones, proyectos, actividades,...), organizadas conjuntamente en la preparación y
ejecución. Estos profesores desarrollan conocimientos y la sensibilidad a la otra denominación, respetando las
diferencias teológicas y canónicas de cada una de ellas. (Katholische Kirche Steiermark, 2014).
Como afirma la Katholische Kirche Steiermark (2014: 7 – 23), "la democracia, la humanidad, la solidaridad, la
paz y la justicia, la apertura y La tolerancia hacia las personas son valores fundamentales de la escuela, sobre la
base de que de toda la población, independientemente de su raza, condición social y fondo financiero, el
desarrollo constante con una buena calidad asegura, etc., el nivel más alto posible de una óptima educación. En
asociación, la interacción entre los estudiantes, padres y maestros son los niños y jóvenes para permitir el mejor
desarrollo mental, físico y espiritual posible, con el fin de sentirse seguro de sí mismo, ser feliz, de un
beneficio para su vida definido como sano, obediente, personas que desarrollan su ámbito musical y creativo,
que están en condiciones de participar en la vida social los valores religiosos y morales responsabilidad
orientados por sí mismos. El medio ambiente y las generaciones futuras tomarán el relevo. Todo los
adolescentes deben desarrollar una educación consecuente, con un juicio independiente y la comprensión
social para llevar a cabo una la política y un pensamiento ideológico, pertenecientes a personas con la mente
ESTUDIO COMPARATIVO ENTRE LA ENSEÑAZA DE LA RELIGIÓN EN EL SISTEMA EDUCATIVO DE ESPAÑA Y AUSTRIA
20
abierta. De este modo todas las demás culturas están llamadas a participar en la vida cultural de Austria, Europa
y en el mundo, actuando en libertad y la paz, con amor a las tareas comunes en las que la humanidad participa.
La escuela es un lugar de práctica de la cohabitación con personas de diferentes tradiciones y ofrece la
posibilidad de conocer a otras religiones en su práctica real. Con el fin de promover la comunidad escolar
educativa. (Katholische Kirche Steiermark , 2014).
Para los libros de texto y materiales didácticos utilizados en la enseñanza de la religión única la Iglesia
responsable de cada confesión. Éstos, no requieren la aprobación del estado, pero no pueden entrar en
contradicción con la educación cívica. Después de una evaluación que los posibilite como borradores de libros
de texto por parte de la conferencia de superintendentes escolares, nos encontramos, con los nuevos libros de
texto sometidos a la aprobación de la Conferencia Episcopal de Austria (en el caso de la religión católica, pero
sucede los mismo en el resto de las religiones reconocidas). Cuando se aprueba, el libro de texto queda grabado,
éstos pueden ser utilizados, por la enseñanza complementaria referida en religión. De esta forma, tienen un
surtido de libros apropiados para cada año en el que se cursa la religión. (Diözese St. Pölten, Diözesanschulan,
2015).
3.8 FORMACIÓN Y SELECCIÓN DEL PROFESORADO
I. Pautas a seguir por el profesorado de religión y formación
Para formar al profesorado de religión, tenemos que hacer referencia a una serie de puntos, que son
imprescindibles en Austria, para poder llegar a ejercer dicha profesión. Nos encontramos, en primer lugar, a los
maestros permanentes, los cuales pasan por los siguientes requisitos: las cuestiones relacionadas con el contrato
de trabajo o las funciones oficiales son supervisadas de inmediato por el Director/a de cada Institución. Tienen
que presentar los siguientes documentos, sin retraso a la autoridad competente (Landesschulrat), que son la
autoridad de servicio y la Oficina Diocesana de Educación. Estos documentos son el nombre, estado civil,
lugar de residencia; prevenciones del servicio, es decir, si está embaraza, o va a tener un hijo en un corto
periodo de tiempo o lo acaba de tener (transmisión del acta de nacimiento) o sospecha tener alguna carga
judicial. Diözese St. Pölten, Diözesanschulant, 2015).
Actividades de instrucción, educativas y administrativas
El profesor/a de religión, está obligado a presentar informes educativos y administrativos, de acuerdo con las
leyes, para explicar los resultados que se consiguen en clase, si la metodología es efectiva y consigue los
objetivos pretendidos y para valorar sí el proceso de enseñanza aprendizaje está siendo interiorizados por parte
del alumnado. (…). El currículo del profesorado, pertenece a la Conferencia Episcopal Austriaca para todos los
profesores de religión. Dicho currículo contiene, los planes de estudio dentro del marco de la enseñanza de los
ESTUDIO COMPARATIVO ENTRE LA ENSEÑAZA DE LA RELIGIÓN EN EL SISTEMA EDUCATIVO DE ESPAÑA Y AUSTRIA
21
maestros que participan dentro de esta enseñanza. Además están obligados, a crea un nuevo plan de estudios
cada año, renovándolo anualmente. (Diözese St. Pölten, Diözesanschulant, 2015).
Seguimiento
El profesor/a de religión debe preparar las lecciones cuidadosamente. Partiendo de la inspección, la
planificación/organización anual dentro de este ámbito, presentando por escrito la planificación. La
preparación, la formación y la reflexión, que son componentes muy importantes en el trabajo profesional.
(Diözese St. Pölten. Diözesanschulant, 2015).
Conferencias, reuniones de equipo y participación del desarrollo escolar
Es muy importante para la formación de este profesorado que participen en las conferencias (escuela de origen),
reuniones de equipo y en la participación del desarrollo escolar. Para poder prevenir cualquier incidente,
redactando un informe lógico, presentado más adelante en la Junta Escolar. (Diözese St. Pölten,
Diözesanschulant, 2015).
Deberes en la enseñanza de la religión
Además de cumplir con la función de la enseñanza, poniendo deberes a sus alumnos, cumplen con sus
obligaciones como docentes dando ejemplo de la tarea que encomienda, representando sus obligaciones, no
sólo enseñándolas, sino que es partícipe absoluto y ejemplifica con su propia manera de vivir, para ser un
excelente representante de dicha confesión, es decir, cumple con sus obligaciones fuera y dentro del ámbito
escolar. (Diözese St. Pölten, Diözesanschulant, 2015)
Funciones de supervisión de los profesores de religión
Un causado por incumplimiento negligente, del deber de vigilancia, puede dañar la disciplina de los titulares,
siendo una responsabilidad civil y penal. El deber de vigilancia comienza, de acuerdo con la clasificación de
servicio relevante en las escuelas, 15 minutos antes del comienzo de la lección .Durante los descansos, tienen
el deber de vigilancia continua y esta supervisión, termina cuando salen de la Escuela. Una forma de
supervisión es la llamada la "supervisión de transición”, que también incluye a los profesores de religión de la
debida atención a su horas utilizado como medida. Es decir, mientras estén trabajando dentro de su horario
lectivo, tienen la obligación de supervisar su trabajo y de sus compañeros. (Diözese St. Pölten,
Diözesanschulant, 2015)
Educación continúa
Son demandas de hoy en la enseñanza de la religión, para maestros religiosos y profesores, para hacer frente a
su enseñanza regular en las escuelas. Corresponde a la Universidad educación de KPH o mediante la Oficina
Diocesana de Educación que se expone (referidas al ámbito de religión católica, cada confesión tiene sus
ESTUDIO COMPARATIVO ENTRE LA ENSEÑAZA DE LA RELIGIÓN EN EL SISTEMA EDUCATIVO DE ESPAÑA Y AUSTRIA
22
escuelas propias poder seguir con la educación continua de los maestros y profesores). (Diözese St. Pölten,
Diözesanschulant, 2015).
II. ¿Quién selecciona al profesorado?
Sólo aquellos que están calificados por las autoridades de cada Iglesia para la concesión de la educación
religiosa para y son declarados aptos (Missio Canónica, permiso episcopal), pueden ejercer dicha profesión. La
concesión y retirada del permiso Missio Canónica / Episcopal es correspondencia de la autoridad de cada
Iglesia. Con la Misio Canónica el profesor de religión se hace cargo de la obligación, que ejerce con el
acuerdo de su fe hacia la Iglesia. (…). El profesor de religión enseña en nombre de la Iglesia (según la
confesión que corresponda), es decir, el Obispo es él que le concede el permiso, Misio Canónica Episcopal y
puede retirárselo. Esto requiere de una relación positiva y activa con la Iglesia. La homologación concedida,
Missio Canónica Episcopal, con el permiso requerido, mutatis mutandis, que proclame al profesor/a de religión
dentro la fe y la moral, y no de sus opiniones subjetivas divergentes, que tenga en el exterior. La voluntad
"Eclesiástica hogar espiritual" es de cualquier maestro requiere. (Diocese St. Pollen, Diözesanschulant, 2015).
4. CRONOGRAMA
FECF
FECHA
TARE
ACCIONES
DESARROLLADAS
FA FA
FASES
28/12/2014
08/01/2015
Lectura del contenido del contenido de investigación Fase de Exploración
28/01/2015 Reunión con Manuel Contreras Gallego (tutor del TFG),para
para guiarme y hacer una aproximación de lo que queremos
conseguir en el TFG.
Fase de Exploración
12/01/2015
– 2 5/02/2015
Realización de las siguientes partes del TFG:
Portada
Justificación
Marco teórico, referido al currículo español.
Fase de Elaboración
28/01/2015 2ª reunión con mí tutor del TFG.
Me presenta a un compañero que ha escogido el mismo
tema, pero él comparará el currículo religioso de España
con el resto de Europa y yo sólo con Austria.
Manuel Contreras me explica que el TFG que he realizado
Fase de Elaboración
ESTUDIO COMPARATIVO ENTRE LA ENSEÑAZA DE LA RELIGIÓN EN EL SISTEMA EDUCATIVO DE ESPAÑA Y AUSTRIA
23
es muy extenso y que no puede superar las 30 páginas.
Me da algunas recomendaciones a seguir.
16/02/2015
– 20/02 20/02/2015
Realización de la síntesis del trabajo de investigación. Fase de Elaboración
24/02/2015 Entrega de parte del trabajo. Fase de Elaboración
01/03/2015 Realización de una parte del cronograma. Fase de Elaboración
10/03/2015 Realización de los siguientes puntos del TFG:
Problema de la investigación.
Objetivos e hipótesis de la investigación.
Población de estudio.
Metodología
Procedimientos de investigación.
Fase de Elaboración
12/03/2015
28/03/215
Lecturas sobre la religión en España y Austria. Fase de Exploración
06/05/2015 Cambio la estructura del proyecto, porque la estaba
Es estaba realizando en un formato diferente.
Fase de Elaboración
30/05/2015 1ª reunión con Mr. Prüegger (Profesor de religión).
Es quien realiza las leyes dentro de este ámbito en Austria.
Fase de Exploración
07/05/2015 Mr. Prüegger me ha enviado la información que necesito.
Empiezo por el documento Leitfaden que es la guía
resumen la enseñanza de la religión en Austria.
Fase de Exploración
08/05/2015
11/ 05/2015
Traducción del documento de los días anteriores Fase de Exploración
12/05/2015 Empiezo la traducción de otro documento:
Religionsunterrich
Fase de Exploración
13/05/2015 Realizo la continuación de parte del cronograma, y sigo
y sigo traduciendo el documento citado en el día anterior.
Fase de Elaboración
Exploración
19/05/2015
24/05/2015
Continúo con la traducción del documento y los finalizo. Exploración
25/05/2015
01/06/15
Paso todo lo traducido al trabajo, continúo con el
cronograma, cambio el nombre del TFG.
Finalizo las conclusiones y el resumen.
Elaboración
05/06/2015 Manuel me manda la corrección del TFG, y realizo una
lectura del contenido para ver todos los errores cometidos.
Elaboración
y exploración
06/06/2015 Cambio del resumen y añado el cuadro de las Confesiones
Religiosas reconocidas en España.
Elaboración
08/06/2015 Leo detenidamente como se cita y apunto lo que creo
Importante para mi TFG.
Exploración
11/06/2015 Cambio las citas del TFG Elaboración
ESTUDIO COMPARATIVO ENTRE LA ENSEÑAZA DE LA RELIGIÓN EN EL SISTEMA EDUCATIVO DE ESPAÑA Y AUSTRIA
24
12/06/2015 Investigo más leyes en España y empiezo a descargarme
las diferentes leyes que hay sobre todas las religiones
reconocidas en nuestro país.
Exploración
13/06/2015
14/06/2015
Incluyo el currículo de religión islámica dentro del TFG,
y cambio todo lo referido al sistema de profesorado
en España.
Elaboración
15/06/2015 Cambio el índice, termino el cronograma, compruebo que
no haya errores en el texto y en las citas realizadas y
extiendo las conclusiones.
Elaboración.
5. CONCLUSIONES
Después de todo lo descrito en el marco teórico, nos encontramos con las siguientes conclusiones:
España y Austria cuentan con un Estado confesional, pero la primera diferencia que podemos observar parte del
currículo. En España el currículo es subjetivo y en Austria objetivo, con lo cual, el alumno mayor de 14 años o
menor (deciden los padres), en España, puede cursar religión con carácter voluntario, no está obligado a
escogerlo, puede prescindir de esta asignatura, y escoger su optativa que es “Valores Sociales y Éticos, mientras
que en Austria los alumnos tienen la obligación de cursarla, y si quieren abstenerse de hacerlo tiene que avisar
mediante un escrito a su Director/a, para rechazarla. En este caso, tendrá como asignatura “Participación en la
Iglesia o la Religión en la Sociedad”, de esta forma, sigue teniendo un contenido cívico y cultural de mucho
valor, al igual que cualquier religión.
Por lo tanto, nos hallamos en la certeza de que para Austria, la enseñanza de la Religión es de suma
importancia, sin embargo en España, esta importancia, va decayendo, poco a poco, dejando de lado un
importantísimo contenido cultural y religioso, que hace que deambulemos en la incertidumbre educativa sobre
este ámbito, creando personas desconectadas de las raíces de la sociedad y con un bajo nivel de humanidad, es
decir, la cultura que desprende la religión va cargada de valores, ideales, etc., son necesarios para desarrollar
una sociedad comprensiva, respetuosa y empática. Dejando fuera la Religión (todas las confesiones existentes
dentro de un país), estamos dando de lado un bien cultural que enriquece a la sociedad.
Por otro lado nos encontramos, una gran diferencia, con respecto al tratado de todas las religiones existentes. En
Austria coexisten 16 religiones, cada una con su correspondiente currículo de Religión, aprobado por cada
confesión. No hay ni una sola laguna, para la enseñanza de cada una de ellas. Tan solo, haremos referencia a
que dependiendo del ratio de la clase, es decir, si esa confesión dentro de clase, cuenta con más de 10 alumnos
y otra confesión cuenta con menos de 10, las horas lectivas serán diferentes. En la clase de más de 10, será de
dos horas semanales, mientras que en la de menos de diez será 1 hora. En este ámbito, España deja mucho que
desear, porque sólo encontramos con el reconocimiento de 4 religiones, de las cuales, la islámica y la católica
son las únicas leyes actualizadas, en el pasado año 2014, mientras que la israelita, se quedó anclada en 1992. La
ESTUDIO COMPARATIVO ENTRE LA ENSEÑAZA DE LA RELIGIÓN EN EL SISTEMA EDUCATIVO DE ESPAÑA Y AUSTRIA
25
evangélica la encontramos actualizada en el año 2012. Es admirable la relación que establecen entre las
distintas confesiones, al contrario que en España, que no respetamos oras religiones y además no participamos
unas dentro de otras, pero este punto lo explicaremos con más detenimiento al final de la conclusión.
Tengo que añadir, que el profesor de religión en España no tiene que presentar informes educativos y
administrativos, que explique el desarrollo de su clase diariamente y si alcanza los objetivos programados por la
administración, en cambio en Austria es un acto obligatorio. En España se presenta la programación y la
evaluación por trimestres y final, pero en Austria, esta evaluación es casi semanal, para poder rectificar de
inmediato cualquier incidente o error, por parte del profesor. Creo que está actuación es digna de admiración,
ya que aunque conlleve más trabajo por parte del profesor, tiene unos resultados óptimos, mejorando el proceso
de enseñanza y aprendizaje del alumno. Así mismo, deben renovar el plan de estudios cada año, creando uno
nuevo. En España, los profesores se pueden quedar perfectamente anclados en el plan de estudios de hace 5
años, sin cambiar nada, a no ser que cambie la Ley, y con esta actuación, solo empeoramos el sistema
educativo.
Para finalizar este punto, hay que resaltar la magnífica integración que tienen las diferentes religiones. Todas y
cada una ellas participan una dentro de la otra. Cada una tiene sus celebraciones y su eucaristía, pero cuando se
trata de educación o de ayudar a formar una sociedad mejor, todas están en comunicación. Por ejemplo, las
sociedades cristianas ayudan a las islámicas y viceversa, todas luchan por un bien común y por ayudarse los
unos a los otros. Parten del respeto y tienen claro que sea cual sea la religión, todos buscan el mismo fin. Este
punto, en España, sería digno de admirar y de intentar igualarlo, ya que estamos en una sociedad multicultural y
en nuestro país no sólo viven católicos. Seguramente incitaríamos de esta forma al respeto por otras religiones y
otras culturas y no a la división de la raza, que es la que nos encontramos en nuestras aulas.
6. REFLEXIÓN FINAL Y AUTOEVALUACIÓN
Empezar agradeciendo la oportunidad que he tenido de realizar este Trabajo de Fin de Grado, ya que gracias a
esto he observado el atraso curricular que tiene España y el agujero sin luz que tenemos dentro de la religión.
En mi reflexión puedo decir que nuestra sociedad, cada día está más deshumanizada, no respeta la llegada de
personas extranjeras, no respeta otras religiones, tiene un peso muy grande los contra valores y los verdaderos
valores quedan a un lado. Sin embargo, al ver otra sociedad y al estudiar la enseñanza de la religión en Austria,
he observado y estudiado, que hay una forma de humanizar a la población, y que tiene mucho sentido que la
enseñanza de la Religión se haga obligatoria, o en su defecto que se estudie (si no participas dentro de ninguna
confesión), para luchar contra la sociedad sucia e impregnada de contravalores en la que nos situamos.
He adquirido un conocimiento práctico, controlando y haciendo un seguimiento dentro de este ámbito,
pudiendo relacionar la teoría con la práctica y conociendo diferentes formas de colaboración en los distintos
sectores de la comunidad educativa.
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Dentro de la competencia cognitiva he utilizado todos los diferentes tipos de pensamiento (reflexivo, lógico,
crítico, deliberativo y creativo). También he desarrollado competencias lingüísticas como la escrita y más tarde
la oral, pasando por trabajar mis competencias individuales, como la adaptación a otro entorno, las sociales y
organizativas. Optimizando la competencia emprendedora, orientándola hacia el logro.
Creo que he trabajado mucho en este proyecto, y he intentado hacerlo de la mejor manera posible, dedicándoles
muchas horas y esfuerzo. Documentando de todo y pidiendo todo tipo de información.
Aunque tengo que decir, que me ha resultado muy difícil coordinar tanta información y ordenarla
correctamente, se me ha hecho muy grande el manejo de tanto contenido y por lo tanto su correcta consecución.
He de destacar la ayuda proporcionada por mi tutor, a la hora de hacer una búsqueda exhaustiva y no tan
superficial, como la que he tenido en un principio, si bien, yo pensaba todo lo contrario, tengo que decir, que
por mucho esfuerzo puesto anteriormente, me faltaba mucha información y hacer una lectura y búsqueda más
pofunda.
Además, he podido poner en práctica lo citado en el marco teórico, participando en la KPH, para vivenciar
personalmente las distintas formas de llevar la religión que tienen un país y otro.
ESTUDIO COMPARATIVO ENTRE LA ENSEÑAZA DE LA RELIGIÓN EN EL SISTEMA EDUCATIVO DE ESPAÑA Y AUSTRIA
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• La enseñanza de la Religión en la Unión Europea y la Conferencia Internacional Consultiva sobre la
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Nº 8.
• “La enseñanza de la religión en la escuela. Una solución posible”, Revista de fomento social, nº 234 (abril –
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