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  • HISTORIA DEL DERECHO PERUANOETIMOLOGA: Latina DIRECTIUM, lo que est conforme a la regla.DEFINICIN: es el orden normativo e institucional de la conducta humana en sociedadinspirada en postulados de justicia, cuya base son las relaciones sociales, existentes quedeterminan su contenido y carcter.CONCEPTO DE HISTORIA DEL DERECHO.- Es el estudio de la naturaleza, los elementos, lascaractersticas y variaciones sufridas por un sistema jurdico del pasado. El derecho es unfenmeno muy antiguo.Ahora la moderna metodologa distingue como parte de esta ciencia a: La historia de las fuentes, las manifestaciones jurdicas: externas es decir la morfologajurdica. La historia de las instituciones jurdicas pblicas y privadas dentro de las distintas ramasdel derecho. La historia de la ciencia jurdica, de la actividad vocacional relacionado con el D. La historia de los sistemas jurdicos con carcter comparado.LA HISTORIA JURIDICA PERUANA: La historiografa del D peruano se atienda a las divisionescronolgicas de la historia del Per, donde existen grandes pocas: la poca prehispnica,(culturas pre incas y la incaica); la poca colonial (La conquista y el virreynato); la Epocarepublicana (Emancipacin hasta la actualidad).IMPORTANCIA DE LA HISTORIA DEL DERECHO.- Es el anlisis de las normas, sistemas jurdicoso principios con relevancia de la antigedad; la importancia de la historia del D es gravitanteporque las reglas de organizacin social no se han creado de un momento a otro, sino que hanido desarrollado y evolucionando a travs del tiempo.FUENTES DE ESTUDIO DE LA HISTORIA DEL D:(Schwerin) es todo fenmeno apreciable fsicamente que puede dar noticia de la esencia, suerteo contenido de un principio jurdico.(Gens Delgado) todos los datos que nos puedan servir para estudiar las instituciones jurdicasperuanas, en otras palabras la reconstruccin de un hecho histrico.CLASIFICACION DE LAS FUENTES:FUENTES INMEDIATAS (DIRECTAS).- comprende textos legales, los cdigos, publicacionesjurdicas, la jurisprudencia y los textos que de manera inmediata permitan conocer las leyes ycostumbres vigentes de una poca.LA LEY.- Es una norma jurdica dictada por el legislador. Es decir, un precepto establecida porla autoridad competente, en que se manda o prohbe algo en consonancia con la justicia, y parael bien de los gobernados.LA COSTUMBRE.- Una costumbre es una prctica social reiterada, uniforme de un grupo social.EL FACTOR SUBJETIVO U OPINIO IURIS; que es la creencia o convencimiento de que dichaprctica generalizada es imperativa y como tal produce derechos y obligaciones jurdicas.EL FACTOR OBJETIVO O INVETERATA CONSUETUDO; que es la prctica de la costumbre en s yque debe ser reiterada y unvoca.

  • ACTO JURDICO.- El acto jurdico es el acto humano voluntario o consciente, y lcito, que tienepor fin inmediato establecer entre las personas relaciones jurdicas, crear, modificar, transferir,transmitir, conservar, extinguir o aniquilar derechos.LA JURISPRUDENCIA.- Se entiende por jurisprudencia las reiteradas interpretaciones que de lasnormas jurdicas hacen los tribunales de justicia en sus resoluciones, y constituye una de lasFuentes del Derecho, segn el pas. Tambin puede decirse que es el conjunto de fallos firmes yuniformes dictadas por los rganos jurisdiccionales del Estado.DOCTRINA JURDICA.- Se entiende por doctrina jurdica la opinin de los juristas prestigiosossobre una materia concreta y es una fuente del Derecho.La doctrina jurdica surge principalmente de las universidades, que estudian la Ley vigente y lainterpretan dentro de la ciencia del derecho. No tiene fuerza obligatoria, y no se reconoce comofuente oficial del Derecho en la mayora de sistemas jurdicos, al contrario de lo que ocurre conla jurisprudencia.Por la va de los hechos, sin embargo, constituye una fuerza de conviccin para el juez, ellegislador y el desarrollo del derecho consuetudinario, dado que la opinin y la crtica de lostericos del derecho influyen en la formacin de la opinin de los que posteriormente creannormas nuevas o aplican las existentes.ACUERDOS PLENARIOS.- Constituyen reuniones de magistrados de la misma especialidad, deuna o de todas las cortes superiores de justicia del pas, orientadas a analizar situacionesproblemticas relacionadas al ejercicio de la funcin jurisdiccional.FUENTES MEDIATAS (INDIRECTAS).- Estn conformadas por aquellos referidos a la literaturajurdica, las derivadas de obras histricas, religiosas, sociolgicas, econmicas.

    APARICION DEL DERECHOEN EL PERUEPOCA PRE INCASe divide en grandes pocas:Pre inca e incaica de la denominacin espaola Republicana

    CON RELACION A LAS CLASES SOCIALES: Dos clases sociales:a. Los jefes de las organizaciones o curacas de aldeas y tribus.b. La gran poblacin de campesinos. Con relacin al trabajo se dividian en grupos de 10 personas que eran dirigidos por unapersona que se llamaba CHUNCACAMAYOC; que tambin l trabajaba.CON RELACION A LA HERENCIA.- Esto consista en heredar los bienes muebles, mujeres ycasa.DEBERES Y DERECHOS DE LOS CLAN.-DERECHOS:

    a. A una parte de tierra para el cultivo, repartida una vez al ao.b. A cortar lea en los bosques, as como a cazar y pescar libremente.c. A participar en el rendimiento de la ganadera.d. A usar aguas y caminose. Lote de terreno para construir su casa cuando se case.

  • f. A la defensa por parte de otro clang. A la seguridad, en caso de invalidez, muerte y a ser enterrado de acuerdo a suscostumbres y ritos.DEBERES:

    a. Respetar los linderos de las tierrasb. Participar en actividades y tareas colectivas.

    CON RELACION A LAS NORMAS JURIDICAS.- se sustentaron en la costumbre es decir ennormas consuetudinarias.CON RELACION A LAS SANCIONES.- Cuando un miembro de una familia cometa un delito eranresponsables todos los integrantes de la familia.Tambin se les consideraba delitos a la: Perece en el trabajo, la desercin, el asesinato, el hurto,el robo, la desobediencia, etc.CON RELACION A LA AUTORIDAD O JEFES.- Los jefes del clan o curacas eran respetados porqueellos dirigan la vida econmica, el reparto segn sus costumbres, por su avanzada edad ellosno trabajan en sus tierras, as mismo ellos disfrutaban de ms tierras, tambin existi lapoligamia limitada en los curacas.INSTITUCIONES IDENTIFICADAS:LA HORDA.- es una aglomeracin de familias que viven conjuntamente pero sin unaorganizacin.LA BANDA.- conjunto de familias que hacen vida semejante, pero les falta la idea de origencomn.EL CLAN.- la palabra tiene su origen en Irlanda que significa nios son la aparicin de unaaldea de patrilineal ymatrilineal; el clan se caracteriza por: la descendencia en un troncocomn,la prcticadel mismo culto, el hecho de vivir dentro de una misma organizacineconmica.EL SIB.- no tiene organizacin poltica pero si tiene un culto comn.LA FRATRIA.- es la divisin del clan en dos grupos o mitades en relacin con el matrimonio.EL GENS.- segn la escuela Norteamericana se llama Gens al clan con descendencia matrilineal.LA GRAN FAMILIA.- Es un grupo de personas descendientes de un mismo grupo, que vivenjuntos en el mismo lugar, con subordinacin a un jefe.