Transcript
Page 1: Infografiaprohibiciones jne

por la Ley Orgánica de Elecciones (LOE) Prohibiciones fijadas para electores

Están prohibidas las reuniones o manifestaciones públicas de carácter político desde 2 días antes del día de sufragio.

Está prohibida la detención indebida de electores desde 24 horas antes o el día del sufragio, salvo caso de flagrante delito.

Está prohibida la publicación o difusión de encuestas y proyecciones de cualquier naturaleza sobre los resultados de las elecciones a través de medios de comunicación, después del domingo anterior al día de las elecciones.

Encuestas y proyecciones Reuniones y

Manifestaciones

Indebida

Indebida

Detención

DetenciónPortar armas

Espectáculos

AlcohólicasBebidas

PropagandaPolítica

Está prohibido el expendio de bebidas alcohólicas desde las 8:00 horas del día anterior al día de la votación, hasta las 8:00 horas del día siguiente a las elecciones.

10 1405

10 1405

Desde 08:00 hrs

Hasta 16:00 hrs

Desde 00:00 hrs

Hasta 23:59 hrs

10 1404

10 1406

Está prohibido durante las horas que se realizan las elecciones:

Presentar espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados. Realizar funciones cinematográficas o teatrales. Tener reuniones públicas de cualquier clase.

1.-

2.-

3.-

12

4

67

8

10

9 09 1429 10 1403

10 1404

10 1404

10 1405

Desde 00:00 hrs

Hasta 23:59 hrs

10 1404

10 1406

Desde 08:00 hrs

Hasta 08:00 hrs

00:00 hrs 00:00 hrs

00:00 hrs

Art. 191 LOE

Art. 190 LOE

Está prohibida toda clase de propaganda política desde 24 horas antes del día señalado para los comicios.

3

Art. 190 LOE

Art. 343 LOE

Reunionesde electoresEstán prohibidas las reuniones de electores en un radio menor de 100 metros de las mesas de sufragio durante las horas en que se realizan las elecciones.

Desde 08:00 hrs

Hasta 16:00 hrs

10 1405

10 1405

Art. 357 LOEActividades

ReligiosasEstá prohibido realizar actividades religiosas durante las horas en que se desarrollan las elecciones. 10 1405

10 1405

Desde 08:00 hrs

Hasta 16:00 hrs

Art. 350 LOE

Art. 349 LOE

Art. 351 y 390 Inc. a)

LOE

Está prohibida la detención indebida de miembros de mesa y personeros desde 24 horas antes y 24 horas después de las elecciones, salvo caso de flagrante delito.

Está prohibido a los electores portar armas desde un día antes hasta un día después del sufragio.

Desde 00:00 hrs

Hasta 23:59 hrs

10 1404

10 1406

5

Art. 342 LOE

Art. 352 LOE

Prohibiciones

Temporales

Está prohibido impedir, coactar o perturbar el ejercicio personal del sufragio.

Art. 345 LOE

1Está prohibido realizar manifestaciones políticas simultáneas en un mismo lugar de una misma ciudad, salvo que se realicen en sectores separados por 1 km de distancia y con la autorización correspondiente.

Art. 359 LOE

2Está prohibido a los miembros de la Fuerza Armada y de la Policía Nacional en situación de disponibilidad o de retiro participar, vistiendo uniforme, en manifestaciones o en otros actos de carácter político.

Art. 353; Art 382

LOE

3

Prohibiciones Permanentes

100 mts

Elaboración: Oficina de Comunicaciones JNE

Recommended