Información relevante para Inversionistas 371
Invertir y
Hacer Negocios en
GuayaquilGuayaquil está entre las ciudades de Sudamérica como más amigables para hacer negocios, según clasificaciones realizadas por América Economía y la Unidad de Inteligencia de Negocios de Chile.
Guía Básica 2013
Con el fin de orientar a los inversio -nistas, presentamos los pasos más importantes que deben observar si
deciden radicarse en Guayaquil .
WHIB/V
IROT
Información relevante para Inversionistas 372
PRIMER PASOObtención de la reserva
del nombre o razón social en la Superintendencia de
Compañías
SEGUNDO PASOApertura de cuenta de
integración de capital, el monto mínimo para Cía
Ltda. es de $ 400 y para la Sociedad Anónima es $
800 en cualquier banco de la localidad
SEPTIMO PASOInscripción de la Escritura en el Registro Mercantil
DECIMO TERCER PASORegistrar empresa en el Departamento de Historia Laboral del
IESS: Los documentos necesarios son : copia del RUC, Copia de C.I., papeleta del representante legal, copia del nombramiento
del mismo, copia del contrato de trabajo legalizados en el Ministerio de Relaciones Laborales y copia del último pago de
agua luz o Teléfono
OCTAVO PASOInscripción en el Registro
Mercantil del nombra-miento de Representante
Legal y Administrador
QUINTO PASORetiro de Resolución
correcciones de la Superintendencia de
Compañías
DECIMO PRIMER PASO
Entrega en SRI de toda la documentación
anteriormente recibida de la Superintendencia de
Compañías para la Obtención del RUC
TERCER PASOElevación a escritura
pública de la minuta de constitución de la
compañía en cualquier Notaría Pública
SEXTO PASOPublicación de extracto de escritura en un periódico
de amplia circulación en el domicilio de la empresa
CUARTO PASOEntrega de la papelería de la cuenta de integración
del capital y 3 copias de la
en la Superintendencia de Compañías
DECIMO SEGUNDO PASOCon el RUC, se debe acudir a la
Superintendencia de Compañías para que les entreguen una
carta dirigida el Banco en el que se abrió la cuenta de integración de capital desde ese momento
se dispondrá del valor deposita-do en el banco
NOVENO PASOPresentar en Superintendencia de Compañías escritura inscrita en el Registro Mercantil un ejemplar del
periódico donde se publicó la creación de la empresa; copia de los nombra-
mientos del representante lega y administrador; copia de la cédula de los
mismos, formulario de RUC lleno y
pago de luz, agua y teléfono
DECIMO PASOPosterior a la revisión de los
documentos, la Superintendencia de Compañías entregará formulario
del RUC, cumplimiento de las obligaciones y existencia legal datos generales; nómina de accionistas y
fondos depositados en la cuenta de integración de capital
Conformación de una COMPAÑÍA en ECUADOR
Información relevante para Inversionistas
1. Trámites de Constitución y Registro, según la Ley y la normativa accesoria de la Superintendencia de Compañías; www.supercias.gob.ec :
1.1. La constitución legal de la empresa se la formaliza en la Superintendencia de Compañías. (En Guayaquil: Intendencia de Compañías, Aguirre No. 418 y Pichincha)
1.2. La Ley establece cinco tipos de compañías:
• en nombre colectivo; • en comandita simple; • de responsabilidad limitada; • anónima; y • de economía mixta, (cuando se asocian capitales públicos y privados)
1.3. Las compañías se clasifican por sus tamaños en micros, pequeños, medianos y grandes, considerando como variables el número de personas ocupadas, el valor bruto de ventas anuales y el monto de sus correspondientes activos.
Cuadro No. 1
Variables Micro Empresa Pequeña Empresa Mediana Empresa Grandes Empresas
Personal ocupado De 1 a 9 De 10 a 49 De 50 a 199 >200
Valor Bruto de Ventas Anuales < US $ 100.000 US $ 100.001 a
US $ 1.000.000US $ 1.000.001 a US $ 5.000.000 > US $ 5.000.000
Monto de Activos HastaUS $ 100.000
De US $ 100.001hasta US $ 750.000
De US $ 750.001 hasta US $ 3.999.999 > US $ 4.000.000
Resolución Superintendencia de Compañías No. SC-INPA-UA-G-10-005. Registro Oficial 335 de 7 de diciembre de 2010. Nota. Prevalece el valor bruto de las ventas anuales sobre el criterio de personal ocupado (Decisión CAN 702 de diciembre de 2008).
2. Registros para fines tributarios
El Servicio de Rentas Internas, (SRI), expide un Registro Único de Contribuyentes, (RUC), que es un documento de identidad del contribuyente para:
• consignar el cumplimiento de obligaciones tributarias; • utilizar formularios autorizados por la autoridad para ejecutar las correspondientes transacciones comerciales; • elaborar y registrar todo tipo de contratos; y • realizar los actos de comercio propios de la actividad económica
Para detalles ingresar a la página web del SRI, www.sri.gob.ec.
Información relevante para Inversionistas 374
3. Principales tributos
3.1. Fiscales: www.sri.gob.ec
RÉGIMEN TRIBUTARIOSERVICIO DE RENTAS INTERNAS
Impuesto Valor y base imponible Base legal
Impuesto a la Renta 22% sobre ingresos gravables
Art. 37. Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno, y sus reformas. Re -
gistro Oficial Suplemento 463 de 17 de noviembre de 2004
IVA 12%
Art. 65. Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno y sus reformas. Re -
gistro Oficial Suplemento 463 de 17 de noviembre de 2004.
ICEEntre 5 y 300%.
Aplica a bienes y servicios de procedencia nacional o importada
Art. 75-82 Ley Orgánica de Régimen Tributario, y sus reformas.
Registro Oficial Suplemento 463 de 17 de noviembre de 2004.
Impuesto ambiental a la contaminación vehicular
De $ 0.08/cc a $ 0.35/ccSobre el cilindraje del motor del vehículo, y sus años de antigüe -
dad.
Art. 13 Ley de fomento ambiental y optimización de los ingresos del estado. Registro Oficial Suplemento 583 de 24
de noviembre del 2011.
Impuesto redimible a botellas plásticas no retor -
nables
$ 0.02/botella plástica.Sujetos pasivos: embotelladores
e importadores de bebidas en plásticos no retornables.
Art. 13. Ley de fomento ambiental y optimización de recursos del estado.
Registro Oficial Suplemento 583 de 24 de noviembre de 2011.
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3.2. Municipales: www.guayaquil.gov.ec
IMPUESTOS Y TASAS MUNICIPALES DE GUAYAQUIL
Impuesto Valor y base imponible Base legal
Predial urbano
0.25/1000 mínimo5/1000 máximo.
Sobre valor de propiedad según catas -tro.
de enero de 2012.
Predial rural
0.25/1000 mínimo3/1000 máximo.
Sobre valor de propiedad según catas -tro.
616 de 11 de enero de 2012
Patente
Tarifa mínima de diez dólares y máxi -ma de veinticinco mil dólares; sobre el patrimonio del ejercicio económico de
año anterior.
350 de 28 de diciembre de 2010
1.5/1000 Sobre el activo total del año calendario anterior 2004
Alcabalas1%.zSon objeto de alcabalas los
actos jurídicos que contengan el tras -paso de dominio de bienes inmuebles.
Art. 527 y 535 del COOTAD
Vehículos
Entre $ 0 y $70.Sobre avalúo de los vehículos re -gistrados en el Servicio de Rentas
Internas y en la Jefatura Provincial de Tránsito correspondiente y la Comi -
sión de Tránsito del Guayas.
Art. 539 COOTAD
IMPUESTOS ADICIONALES
Educación básica 0,01% adicional a las alcabalas de predios.
-mento 429 de 27 de Septiembre del
2004
Fondo de medicina rural0.10%, sobre la base del avalúo
municipal. mayo de 1969
Registro e inscripción 1% sobre todos los registros de cuan -tía determinada.
Ley del Sistema Nacional de Registro
Suplemento 162 de 31 de marzo de 2010
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TASAS MUNICIPALES
Las tasas se regulan mediante ordenanzas, cuya iniciativa es privativa del alcalde municipal o metropolitano, tramitada y aprobada por el respectivo Concejo, para la prestación de los siguientes servicios: (Art. 568 COOTAD)
a) Aprobación de planos e inspección de construcciones;
b) Agua potable;
c) Recolección de basura y aseo público;
d) Control de alimentos;
e) Habilitación y control de establecimientos comerciales e industriales. No mayor a 20 salarios básicos uni�cados. (RO 731 de 25 de junio de 2012)
f) Servicios administrativos;
g) Alcantarillado y canalización; e,h) Otros servicios
3.3. Superintendencia de Compañías: www.supercias.gob.ec 1/1.000 sobre los activos reales, (anual)
3.4. Universidad de Guayaquil: www.ug.edu.ec 2/1.000 sobre el valor de los capitales propios, (anual)
3.5. Junta de Beneficencia de Guayaquil: www.juntadebeneficencia.org.ec Impuesto sobre el capital de operación, (entre US $ 100 y 200; anual)
3.6. Cuerpo de Bomberos: www.bomberosguayaquil.gob.ec
Usuarios Contribución Receptor
Propietarios de predios 0.15/1000 anual M.I. Municipio de Guayaquil
Pequeños industriales 3% de remuneración básica mínima unificada, mensual
Empresa EléctricaDemás industriales 6% del salario mínimo vital,
mensual
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3.7. Impuestos ambientales:
• A la emisión por contaminación vehicular, de $ 0.08/cc a $ 0.35/cc sobre el cilindraje del motor del vehículo, y sus años de antigüedad. • Impuesto redimible de US $ 0,02 por cada botella plástica no retornable,
4. Régimen laboral y de seguridad social
4.1. Contratación y Jornada Laboral:
El Código del Trabajo establece varias modalidades de contratación, las mismas que también son reguladas por la autoridad laboral.
La jornada ordinaria laboral es de 40 horas semanales, distribuidas en 5 días (de lunes a viernes). Las horas laboradas en exceso a las 40 semanales, (incluyen -do las que se hacen en días festivos o en sábados y domingos) son consideradas como extraordinarias; y podrán ser máximo de 4 horas diarias y hasta 12 horas por semana.
El pago correspondiente a estas horas, tiene recargos establecidos en el Código del Trabajo,
Beneficios del trabajadorRemuneraciones
Salario Básico Unifi -cado (SBU) $ 318,00 Salario digno $ 368,05
Beneficios adicionales al año Utilidades a trabajadors (15%)
Décimo tercer sueldo * A todo trabajador 10%
Décimo cuarto sueldo $ 318,00
A todo trabajador en función del # de cargas familiares
4%
Fondo de reserva mensual **
Vacaciones ***
Costo de horas extras y suplementarias
Jornada noctura (19:00 - 06:00) Salario + 25%
Hora suplementaria (hasta 24:00) Salario + 50%
Hora extraordinaria (24:00 - 06:00) Salario + 100%
* El décimo tercer sueldo corresponde a una doceava parte del total de remuneraciones ordinarias percibidas durante el año (entre el 1 de diciembre del año anterior y 30 de noviembre del año en curso)** El fondo de reserva es un pago equivalente a un salario mensual. Se lo puede pagar en un solo pago o mensual -mente al IESS, a partir del mes 13 de ejercicio laboral.
Información relevante para Inversionistas 378
4.2. Salario Básico Unificado, (SBU)
El SBU es fijado anualmente por el Consejo Nacional de Salarios, (CONADES, organismo integrado por representantes de los trabajadores, empleadores y gobier -no). Cuando no hay acuerdo entre trabajadores y empleadores respecto al monto del SBU, el Ministerio de Relaciones Laborales lo fija sobre la base de la inflación pronosticada y la productividad laboral.
En el Cuadro No. 6 consta un detalle de las remuneraciones que debe percibir un trabajador. Se incluye una estimación del costo de horas extras y suplementarias.
4.3. Obligaciones de los empleadores con sus trabajadores
La legislación laboral contempla obligaciones de los empleadores para con sus res -pectivos trabajadores en materia de remuneraciones. Entre las más importantes están dos sueldos adicionales al año; vacaciones; un aporte mensual a la seguridad social, incluyendo el Fondo de Reserva; y el pago anual del equivalente a la parti -cipación del 15% sobre las utilidades de las empresas, Cuadro No. 7
Obligaciones de los empleadores con sus trabajadores
• Afiliación a la Seguridad Social des de el primer día de trabajo (incluso s i s e ha -llas e a prueba).
• Al pago de horas extras y suplementarias , cuando las hubiere.
• Al pago del Fondo de Reserva (una vez cumplidas 12 aportaciones al IESS).
• Al pago de décimos tercer y cuarto sueldo en las fechas establecidas .
• A percibir, como mínimo, el salario básico unificado vigente
• Solicitar certificados relativos a s u tra -bajo
• A un periodo de vacaciones laborales remuneradas .
• Al pago de una compensación por el salario digno*.
• A un periodo de licencia, remunera -do, por paternidad (hasta 15 días ).
• A un periodo de licencia, remunera -do, por maternidad (hasta 12 semanas y 10 días ) Al subsidio por maternidad.
• A participar del 15% de las utilida -des generadas por la empresa.
*El salario digno es la remuneración que una familia necesita para adquirir la canasta básica . Todo empleado que no ha ya recibido como remuneración un monto igual al salario digno (sin considerar el pago de utilidades) tendrá derecho a recibir una compensación por parte del empleador que cubra dicho monto.
4.3.1. Afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, IESS:
Los empleadores están obligados a afiliar a las personas que contraten, al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social-IESS, que es el ente encargado de administrar el sistema de seguridad social y sus respectivas prestacio -nes. Para este fin se aporta el 20,5% de la remuneración mensual, corres -pondiéndole a los empleadores el 11,15% y a los trabajadores el 9,35%.
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4.3.2. Riesgos del Trabajo y Salud ocupacional
El IESS se encarga de evaluar mediante auditorías, las condiciones de tra -bajo en las empresas, tanto para prevenir riesgos laborales cuanto para cumplir con sus respectivas prestaciones en materia de salud ocupacional.
5. Legislación Ambiental
La legislación ambiental establece competencias para efectos de auditorías, autorizacio -nes y control, con el fin de preservar el ambiente, conservar los ecosistemas y la biodi -versidad, así como la integridad del patrimonio genético del país y la recuperación de los espacios naturales degradados por la explotación de recursos naturales.
Los ámbitos de competencia se radican en el Ministerio de Ambiente y los Gobiernos Au -tónomos Descentralizados-GAD, (Municipios y Consejos Provinciales).
El ordenamiento jurídico se basa en la Constitución; el Código Orgánico de la Organiza -ción Territorial, Autonomía y Descentralización-COOTAD; la Ley de Gestión Ambiental; la Ley de Control de Contaminación Ambiental y sus respectivos reglamentos, así como or -denanzas y otras regulaciones emitidas por los organismos competentes, (Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio de Ambiente-TULSMA; Acuerdos Ministeriales y Ordenanzas Provinciales y Municipales).
5.1. Incentivos para estimular la producción sustentable:
El Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones-COPCI establece beneficios tribu -tarios para las empresas que acrediten procesos de producción no contaminantes, conforme a lo prescrito en la Constitución y en Convenios In -ternacionales suscritos por Ecuador. Estos bene -ficios contemplan deducciones adicionales del 100% en la depreciación de máquinas, equipos y tecnologías destinado a producción más limpia.
5.2. Impuestos ambientalesLa Ley de Fomento Ambiental y su reglamento, estableció el impuesto a la emisión por contami -nación vehicular y el impuesto redimible a las botellas plásticas no retornables.