DIVISIÓN DE AUDITORÍA ADMINISTRATIVAUNIDAD DE SEGUIMIENTO
INFORMEDE SEGUIMIENTO
Universidad de Chile
Número de Informe: 121201307 de agosto de 2014
www.contraloria.cI
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICADIVISIÓN DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA
UNIDAD DE SEGUIMIENTO
DAA N° 809/2014 REMITE INFORME DE SEGUIMIENTO QUEINDICA.
SANTIAGO, 07.A6014*060381
Adjunto remito a Ud., para su conocimiento yfines pertinentes, copia del Informe de Seguimiento efectuado al Informe deInvestigación Especial N° 12, de 2013, debidamente aprobado, sobre eventualesirregularidades acontecidas en el proceso de revalidación del título profesional deAdministrador Público de la Universidad de Chile.
AL SEÑORNICOLÁS EYZAGUIRRE GUZMÁNMINISTRO DE EDUCACIÓNPRESENTEREF, N°167587/2014
Saluda atentamente a Ud.,
ZÚÑIGALA REPÚBLICACONFRALOR GENERAL DE
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DAA N° 810/2014 REMITE INFORME DE SEGUIMIENTO QUEINDICA.
SANTIAGO, 07.A6014*0603S2
Adjunto remito a Ud., para su conocimiento yfines pertinentes, copia del Informe de Seguimiento efectuado al Informe deInvestigación Especial N° 12, de 2013, debidamente aprobado, sobre eventualesirregularidades acontecidas en el proceso de revalidación del título profesional deAdministrador Público de la Universidad de Chile.
AL SEÑORRECTOR DE LA UNIVERSIDAD DE CHILEPRESENTEREF N°167.587/2014
Saluda atentamente a Ud.,
RTE 1L~kNrECEDJ
MARIA CALDERÓN VIDALSubjefe (5)
División de Auditoría Adrnir,istrVR
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REMITE INFORME DE SEGUIMIENTO QUEINDICA.
Adjunto remito a Ud., para su conocimiento yfines pertinentes, copia del Informe de Seguimiento efectuado al Informe deInvestigación Especial N° 12, de 2013, debidamente aprobado, sobre eventualesirregularidades acontecidas en el proceso de revalidación del título profesional deAdministrador Público de la Universidad de Chile.
Saluda atentamente a Ud.,
POR ORDEN COt{[R~LOR GENER&LMARIA CRISTINA ÓAIDERQN VIDAL
Subjefe (5)División de Auditoria Administr~tivs
AL SEÑORAUDITOR MINISTERIAL DEPRESENTEREE N°167.587/2014
ANTECED
EDUCACIÓN
DAA N°811/2014
SANTIAGO, 07.A6014*060383
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DAA N° 812/2014 REMITE INFORME DE SEGUIMIENTO QUEINDICA.
SANTIAGO, O7.&6O1~*O6O384
Adjunto remito a Ud., para su conocimiento yfines pertinentes, copia del Informe de Seguimiento efectuado al Informe deInvestigación Especial N° 12, de 2013, debidamente aprobado, sobre eventualesirregularidades acontecidas en el proceso de revalidación del título profesional deAdministrador Público de la Universidad de Chile.
AL SEÑORCONTRALOR INTERNOUNIVERSIDAD DE CHILEPRESENTER~F. N° 167587/2014
LANTECEDJ
Saluda atentamente a Ud.,
MARIA CRl~
División de Auditoria Administrativa
CNLDERÓN VÍDAL
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DAA N° 813/2014 REMITE INFORME DE SEGUIMIENTO QUEINDICA.
SANTIAGO, 07.A6014*060385
Adjunto remito a Ud., para su conocimiento yfines pertinentes, copia del Informe de Seguimiento efectuado al Informe deInvestigación Especial N° 12, de 2013, debidamente aprobado, sobre eventualesirregularidades acontecidas en el proceso de revalidación del título profesional deAdministrador Público de la Universidad de Chile.
A LA SEÑORAJEFA DEL ÁREA EDUCACIÓNDIVISIÓN DE AUDITORÍA ADMINISTRATIVAPRESENTEREF. N° 167.587/2014
RTEANTECED
Saluda atentamente a Ud.,
POR 0R06 L CONT~LOR GENERALMARIA CRISTÍNA CALDERÓN VIDAL
Subjefe (5)División cje Auditoría Adminis~rativ~
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SANTIAGO, 07. ASO 1~ * 060386
Adjunto, remito a Ud., para su conocimiento yfines pertinentes, copia del Informe de Seguimiento efectuado al Informe Final deInvestigación Especial N° 12, de 2013, debidamente aprobado, sobre eventualesirregularidades acontecidas en el proceso de revalidación del título profesional deAdministrador Público de la Universidad de Chile.
Saluda atentamente a Ud.,
MAR~ C ~ CALDERÓN VIDALSL\bjefe (S)
División de Auditoria Administrativa
A LA SEÑORAJEFA DE LA UNIDAD DE SUMARIOSFISCALíACONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICAPRESENTE
N°167.587/2014
RTE[ANTECED
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USEG N° 34/2014REF.: N° 167.587/2014
SEGUIMIENTO AL INFORME FINAL DEINVESTIGACIÓN ESPECIAL N° 12, DE2013, SOBRE EVENTUALESIRREGULARIDADES ACONTECIDAS ENEL PROCESO DE REVALIDACIÓN DELTÍTULO PROFESIONAL DEADMINISTRADOR PÚBLICO DE LAUNIVERSIDAD DE CHILE.
SANTIAGO, 0 7 AGO. 2014
De acuerdo con las facultades establecidasen la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de laRepública, se realizó el seguimiento a las observaciones contenidas en el Informe deInvestigación Especial N° 12, de 2013, sobre eventuales irregularidades que sehabrían originado en la materialización del acto administrativo que entregó el títuloprofesional de administrador público de la Universidad de Chile, al Subdirector delInstituto de Asuntos Públicos, en adelante e indistintamente INAP, de la misma casade estudios, con la finalidad de verificar el cumplimiento de las medidas requeridas poreste Organismo de Control. El funcionario que ejecutó esta fiscalización fue el señorLuis López Rodríguez.
El proceso de seguimiento consideró larespuesta al citado Informe de Investigación Especial N° 12, de 2013, remitidamediante el oficio N° 155, de 2014, de la Universidad de Chile.
Los antecedentes aportados fueronanalizados y complementados con las validaciones correspondientes en la entidad,con el objeto de comprobar la pertinencia de las acciones correctivas implementadas,arrojando los resultados que en cada caso se indican.
AL SEÑORRAMIRO MENDOZA ZÚÑIGACONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICAPRESENTE
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OBSERVACIONES QUE SE MANTIENEN
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1-la. Del procedimientode revalidación yexamen de losfundamentos de ladecisión
Se observó una transgresión alprocedimiento empleado por laautoridad para homologar el titulo deAdministrador Público de laUniversidad de Chile a don
toda vez que no seacompañaron la totalidad de losantecedentes previstos en elreglamento contenido en el decretouniversitario exento N° 30.203, de2005, de la Universidad de Chile, queAprueba Reglamento sobreReconocimiento, Revalidación yConvalidación de Títulos Profesionalesy Grados Académicos Obtenidos en elExtranjero.Con todo, se concluyó que no sehabían implementado medidas queden cabal cumplimiento a loestablecido en el citado decretouniversitario exento N° 30.203, de2005, en especial, la de contar con undocumento oficial, que establezca demanera precisa el procedimiento,criterios y parámetros utilizados en laevaluación de tales homologaciones,así como, los fundamentos técnicosque dan origen a la decisión propuestaa la máxima autoridad de laUniversidad de Chile.
La entidad fiscalizada indicó queemitió el oficio circular N° 149, de2014, de la Prorrectoria, dirigido a losseñores Decanos(as) y Directores(as)de Institutos y Vicerrector de AsuntosAcadémicos, mediante el cual sesolicitó que informaran sobre elprocedimiento, criterios, parámetros yfundamentos técnicos utilizados en laevaluación de las solicitudes derevalidación y reconocimiento que sellevan a cabo en las respectivasunidades.Asimismo, manifestó que seencuentra en elaboración unapropuesta de instructivo que detallael proceso de revalidación yreconocimiento de títulosprofesionales y grados académicosobtenidos en el extranjero, con susanexos, el que será complementadocon la información que hagan llegarlas unidades en respuesta al referidooficio N°149, de 2014.
En tanto no se emita y fomialice elaludido instructivo, correspondemantener la observación.
La entidad examinada deberáemitir el instructivo sobre procesode revalidación y reconocimientode títulos profesionales y gradosacadémicos obtenidos en elextranjero, con todas lasformalidades requeridas, lo queserá verificado en una próximaauditoria a efectuar sobre lamateria.
DESCRIPCIÓN DE LA ANALISIS DE LA RESPUESTA YN° OBSERVACIÓN RESPUESTA DEL SERVICIO CONCLUSIÓN ACCIÓN DERIVADAOBSERVACIÓN VERIFICACIONES REALIZADAS
Se revisó el oficio N° 149, de 2014 y lapropuesta de instructivo, citados.
1-lb. Del procedimientode revalidación y
examen de losfundamentos de la
decisión
l.c Del procedimiento derevalidación y examende los fundamentos de
la decisión
Se determinó que no se adoptaron losresguardos pertinentes para asegurarque las solicitudes analizadas en elpresente informe, se gestionen contodos los antecedentes requeridos, deacuerdo a lo prescrito en el referidodecreto universitario exento N” 30.203,de 2005, dando estricto cumplimientoal principio de escrituración que rigelos actos de los órganos de laAdministración del Estado, enparticular en lo referido a la aplicaciónde procedimientos de reemplazo yactas de sesiones de instanciascolegiadas.
En lo que se refiere al comitéevaluador que se habría constituido enel Instituto de Asuntos Públicos, INAP,para analizar la solicitud delmencionado académico, enconformidad del articulo 80 delprecitado reglamento de revalidación,se determinó que los antecedentesproporcionados no permitendeterminar que la aludida comisiónevaluadora haya efectuado lasrecomendaciones pertinentes como loestablece la norma, sino que laProrrectoria de la universidad, sehabría limitado a consultar adestacados académicos, respecto delos méritos del profesor, en cuanto asu formación, en el ámbito de laciencia politica y administrativa.
Al respecto, la casa de estudiosmanifestó que adicionalmente a laemisión del instructivo señalado en elnumeral precedente, se efectuará untaller de trabajo con las unidadesinvolucradas en los procesos derevalidación y reconocimiento detítulos profesionales y gradosacadémicos durante el mes de abrilde 2014, el que se convocará duranteel mes de marzo del citado año.Además, manifestó que se realizarándos reuniones de trabajo anuales enlos meses de julio y diciembre entreprorrectoria y los encargados delproceso de revalidación de títulosprofesionales y reconocimiento degrados académicos de lavicerrectoria, facultades e institutospara analizar lo realizado al efecto,en el semestre correspondiente.
De acuerdo a las verificacionesefectuadas, las medidas comunicadaspor la entidad auditada aún no se hanconcretado.
En consecuencia, se mantiene - loobservado, mientras no se realicenlas actividades informadas por launiversidad y se concluya elinstructivo mencionado.
En armonia con lo indicado parala observación precedente,además del señalado instructivo,se verificarán las accionesinformadas para estas objecionesen una próxima auditoría aefectuarse sobre la materia.
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DESCRIPCION DE LA ANALISIS DE LA RESPUESTA YN° OBSERVACIÓN . RESPUESTA DEL SERVICIO CONCLUSIÓN ACCIÓN DERIVADA
OBSERVACION VERIFICACIONES REALIZADAS
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N° OBSERVACIÓN DESCRIPCIÓN DE LA RESPUESTA DEL SERVICIO CONCLUSIÓN ACCIÓN DERIVADA
Se determiná que no existen Sobre esta materia, la universidad Acorde a lo señalado por la entidad Por cuanto no se han adoptado La propuesta de revisiónmecanismos de control, en relación a manifestó que se efectuará una fiscalizada, se verificó que la medidas correctivas sobre la materia, informada y su ejecución, seránlos actos de los funcionarios de la propuesta de revisión del decreto implementación de las medidas corresponde mantener la examinados en una próximacasa de estudios en lo que atañe al universitario exento N° 30.203 de correctivas informadas, aún no se ha observación, auditoria a efectuarse sobre lareconocimiento, y revalidación y 2005, que Aprueba el Reglamento realizado, materia.
2. De que el revalidante convalidación de títulos profesionales, sobre Reconocimiento, Revalidaciónsea el Subdirector del a fin de evitar cuestionamientos sobre y Convalidación de TítulosINAP de la Universidad la estricta sujeción al principio de Profesionales y Grados Académicosde Chile imparcialidad al cual está afecta su obtenidos en el extranjero, a partir del
conducta y quehacer. taller de trabajo a realizarse duranteel mes de abril y las respuestas aloficio de Prorrectoria N° 149, de 20de enero de 2014, antesmencionado.
CONCLUSIONES
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se mantienen lasacciones derivadas
En mérito deobservaciones formuladas a laque en cada caso se indican
lo expuesto,Universidad
cabe concluir quede Chile, con las
En relación al sumario administrativoordenado en el Informe de Investigación Especial N° 12, de 2013, de este origen, conel fin de determinar las eventuales responsabilidades administrativas que pudieranderivarse de los hechos descritos en el acápite N° 1, DeI procedimiento derevalidación y examen de los fundamentos de la decisión, letras b) y c); es precisoseñalar que fue dispuesto mediante la resolución exenta N° 1.094, de 9 de agosto de2013, ampliada con la resolución exenta N° 4, de 2 de enero de 2014, ambas de larectoria, de esa casa de estudios, sin embargo, resulta necesario hacer presente quela excesiva demora en tramitar un proceso disciplinario puede comprometer laresponsabilidad administrativa del fiscal, al tenor del artículo 143 de la ley N° 18.834,sobre Estatuto Administrativo. Además, constituye un deber de la autoridad cumplircabal y oportunamente con la normativa legal y reglamentaria en materia deprocedimientos disciplinarios, de manera que se deben adoptar las medidas que seannecesarias con el objeto que el proceso sumarial se resuelva en tiempo y forma.
Saluda atentamente a Ud.,
MARIA CRIS11 CALDERÓN VIDALSubjefe (5)
División de Auditoria Administrativa
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