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LA VALUACIÓN DE COMPENSACIONES AMBIENTALES EN COLOMBIA:
ANÁLISIS DESDE UN ENFOQUE NORMATIVO Y CONTABLE
Camila Mina Cardiles
Yhirly Lizette Fernández Fòmeque
Resumen
El uso de los recursos naturales por las empresas para el desarrollo de sus actividades
económicas implica diferentes impactos al ambiente y a la sociedad, por ello, los entes de control
y vigilancia han establecido marcos normativos ambientales para compensar los daños
ocasionados al ecosistema, escenarios que repercuten en la Situación Financiera de cada entidad
según sea el caso.
Para la investigación, se han escogido 3 empresas Colombianas: Ecopetrol, EPM y Reficar,
que entre el año 2014- 2017 han estado involucradas en situaciones particulares por daños
ocasionados al ambiente, información que permitirá comparar el tipo de compensación, el
reconocimiento en los Estados Financieros y la aplicación de la norma contable, con el fin de
identificar los elementos y las características para valuar las compensaciones ambientales y
establecer su nivel de cumplimiento con la normatividad ambiental y las Normas Internacionales
de Contabilidad (NIC).
Palabras clave: Compensación ambiental, valuaciòn de compensaciones, pasivos
contingentes, costos ambientales, normatividad ambiental, contabilidad ambiental
Abstract
The use of natural resources by companies to develop their economic activities involves
different impacts on the environment and society, therefore, the control and surveillance entities
have established environmental regulatory frameworks to compensate for the damage caused to
the ecosystem, scenarios that impact in the Financial Situation of each entity as the case may be.
For the research, 3 Colombian companies have been chosen: Ecopetrol, EPM and Reficar,
which between 2014 and 2017 have been involved in particular situations due to damage to the
environment, information that will allow comparing the type of compensation, the recognition in
the States Financial and the application of the accounting standard, in order to identify the elements
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and characteristics to value environmental compensation and establish their level of compliance
with environmental regulations and International Accounting Standards (NIC).
Keywords: Environmental compensation, valuation of compensations, contingent
liabilities, environmental costs, environmental regulations, environmental accounting.
Objetivos
Objetivo General:
Identificar los elementos y las características que definen el proceso de valuación de
compensaciones por daño ambiental en Colombia
Objetivos Específicos:
Caracterizar los criterios que establecen los entes de control y vigilancia y los marcos normativos
contables en términos de la valuación de compensaciones por daño ambiental en Colombia.
Comparar los procesos de valuación de compensaciones por daño ambiental para algunas empresas
colombianas.
Establecer el nivel de cumplimiento de las empresas seleccionadas en relación con la normativa
de valuación de compensaciones por daños ambientales y el efecto sobre el interés público.
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Introducción
La degradación ambiental es una situación que se vive actualmente en todo el planeta y
las acciones humanas incrementan la contaminación (Naciones Unidas y Comisiòn Economica
para America Latina y el Caribe (CEPAL), 2016); las empresas recurren a la utilización de los
recursos naturales para el desarrollo de sus actividades y dentro de sus procesos generan impactos
ambientales negativos, ya sea en su actividad principal o de manera accidental, por ello, entidades
de control han tomado medidas reglamentarias para compensar los daños ambientales
ocasionados.
En América Latina se ha discutido el tema de pasivos ambientales debido a situaciones
particulares en organizaciones que desarrollan actividades de minería, extracción de petróleo,
transformación química, entre otras (Russi y Martinez, 2012), labor que permite percibir su
preocupación ambiental. Colombia, “ocupa el segundo lugar en biodiversidad y está entre las 12
naciones más megadiversas del planeta” (Colciencias, 2016), frente a esta problemática
ambiental, podría verse afectado en su ecosistema, con riesgos de extinción y deterioro de la
fauna y flora.
Según el Articulo N° 1 de la ley 99 (1993): “La biodiversidad del país, por ser patrimonio
nacional y de interés de la humanidad, deberá ser protegida prioritariamente y aprovechada de
forma sostenible” (p.1), en cumplimiento de lo establecido, se ha generado una normatividad
legal y contable por los diferentes entes de control y vigilancia, como el Ministerio de Ambiente
y Desarrollo Sostenible (MADS), el cual ha desarrollado un Manual para la Asignación de
Compensaciones por pérdida de Biodiversidad (MACPB) regulado por la Resolución 1517
(2012), cuyo fin, es implementar una herramienta eficiente de seguimiento y monitoreo de
compensaciones para todos los usuarios, al igual que garantizar el cumplimiento de las
obligaciones con el ambiente; en el ámbito contable, se acudirá a la Norma Internacional de
Contabilidad (NIC):
La NIC 37, la cual menciona los pasivos o provisiones contingentes, en los cuales incurren
las empresas por multas medioambientales impuestas a la entidad por sucesos ocasionados en el
desarrollo de su actividad. (Normas Internacionales de Contabilidad 37, 2014)
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La NIC 16, indica el reconocimiento en los activos cuando se generan costes como la
rehabilitación al lugar en donde se desarrolla la actividad. (Norma Internacional Contable 16,
2015)
Teniendo en cuenta, el marco normativo anteriormente expuesto, el objetivo de esta
investigación es identificar los elementos y las características que definen el proceso de valuación
de compensaciones originadas por situaciones que han afectado el ambiente en Colombia.
Para el desarrollo de esta investigación, se tiene una muestra discrecional integrada por
tres empresas colombianas que son: Ecopetrol, Empresa de Servicios Públicos de Medellín
(EPM) y Refinería de Cartagena S.A (Reficar) las cuales, en el periodo de 2014-2017, han
incurrido en un costo ambiental, sanción ambiental, o situación que aún se encuentran realizando,
algún tipo de compensación ambiental por eventos ocurridos en periodos anteriores; situaciones
particulares que involucran los recursos naturales y también a la sociedad.
Con el fin de comparar los procesos de valuación de las compensaciones, se tomará
información como Estados Financieros e Informes de Sostenibilidad de las empresas
mencionadas, en los años en que presentaron una situación en particular que generó un impacto
ambiental. La fuente de información serán los portales web de las empresas seleccionadas. El
ejercicio de análisis de datos tendrá como fundamento la identificación de procesos de valuación
de compensaciones ambientales, para identificar sus criterios, por lo que se hará una depuración
de la información obtenida en la que se juzgará su pertinencia de acuerdo con la relación que
guarda frente al objetivo planteado. Los hallazgos se clasificarán y expondrán a través de una
tabla, a partir de la cual se facilitará la identificación de relaciones entre criterios.
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Criterios para la compensación ambiental según normatividad vigente en Colombia.
El Gobierno Nacional como compromiso con el sector ambiental, crea medidas que
permiten la participación de los agentes que han hecho uso de los recursos naturales para sus
actividades económicas (Ley 23, 1973), por ende, para una correcta caracterización de los
criterios de valuación de compensaciones por daños ambientales, se recurre a las diferentes
normas vigentes en Colombia, establecidas por entes de control y vigilancia las cuales dentro sus
funciones regulan dichas compensaciones.
Es necesario, que inicialmente se tenga en cuenta que las compensaciones son medidas
que subsanan los impactos ocasionados en el entorno por actividades desarrolladas en
determinado territorio (Decreto 1076, 2015) y la Resoluciòn 1517 (2012) que el MADS establece,
aclara que la compensación y mitigación aun cuando son dos acciones que tienen centrada su
atención en la preservación del ambiente, presentan algunas diferencias, ya que la mitigación
actúa antes del impacto ambiental, minimizando el daño, la compensación trata los efectos ya
causados.
Se implementan entonces, unas medidas de compensación mediante el MACPB (2018),
obligatorio para los usuarios que realicen proyectos del sector de Hidrocarburos, Minero,
Eléctrico, Marítimo y Portuario, adicionalmente proyectos de generación de energía nuclear,
construcción de represas y entre otras actividades listados en el anexo 4 del mismo (MADS,
2018).
Adicional a que su actividad sea de alguno de los sectores mencionados, estos proyectos
deben estar sujetos a una solicitud de licencia ambiental, permisos y trámites los cuales están a
cargo de autoridades ambientales expresos por la actividad que se va a desarrollar (Ley 99, 1993)
que a su vez , tienen dentro de sus funciones evaluar y aprobar las medidas de compensación
planeadas (Resolución 0256, 2018); por ello el MADS desarrolla el Manual de Compensaciones
en el cual responde a ¿qué, cuánto, dónde y cómo compensar?, para la correcta valuación.
(MADS, 2018)
Para dar paso a la identificación de este proceso de compensación, mediante la Ley 1333
(2009) se establecen circunstancias de las cuales los usuarios tienen responsabilidad ambiental,
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algunas de ellas son: las infracciones que generen impactos negativos al entorno y además
reincidan en ellos, atentar contra especies y áreas que se encuentran protegidas, hacer caso omiso
a las medidas preventivas y recomendaciones de las autoridades ambientales; una vez se
identifique la causal, los entes de vigilancia tomarán las medidas pertinentes.
En el Plan de Compensación inicialmente se deben identificar los diferentes sucesos que
garanticen la no pérdida total de los recursos en el área de la cual se va hacer uso, una vez se
evalúe el área, se debe determinar sobre cuanto se va a compensar y el Manual establece que será
sobre el área en la cual se desarrollará la actividad (MADS, 2018), por ello:
Es necesario caracterizar los atributos en términos de la estructura del ecosistema, función
y la composición de especies, además la integridad ecológica, el contexto paisajístico y el de los
servicios ecosistémicos, de tal forma que permita determinar su estado de conservación. (MADS,
2018, p.21)
Otro de los criterios referidos por el Manual es dirigir la compensación a ecosistemas de
características originales a las del área que fueron afectadas, de manera que una de las condiciones
para su cumplimiento, es justificar el área a compensar y si dichas áreas no son equivalentes al
área impactada, se acudirán a acciones complementarias, las cuales a su vez deben ser acordes a
los planes de conservación y restauración que se fijan a nivel regional y nacional. (MADS, 2018)
Una vez desarrollados los criterios anteriormente mencionados, el usuario presentará un
Plan de Compensaciones (Resoluciòn 1517, 2012) el cual, una vez aprobado por las autoridades
ambientales, se debe ejecutar conforme a lo mencionado en el articulo 3 de la Resoluciòn 0256
(2018).
Sin embargo, tambien se pueden presentar casos en los cuales las autoridades ambientales
impongan una sanciòn por el daño ocasionado, valuaciòn que tiene en cuenta diferentes variables
pero que por proporcionalidad y razonabilidad de las leyes expuestas se tendràn en cuenta
especialemente dos situaciones: la Infracción especifica que ocasionó el impacto ambiental y la
infracción que aùn cuando no sea concreta genere un riesgo. (Ley 1333, 2009; MADS, 2010)
Como resultado de estas compensaciones, los usuarios deberian reconocer en sus Estados
Financieros los compromisos en los que han incurrido con el ambiente, por ello, se incorpora la
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Contabilidad Ambiental, para que desde este marco normativo se pueda identificar los criterios
contables de las compensaciones, ya que desde el ambito financiero, las empresas incluyen en el
pasivo las obligaciones, pero los compromisos ambientales y sociales no se reconocen en la
contabilidad (Russi & Martinez-Allier, 2012).
International Accounting Standards Board (IASB), desarrolló los Estándares
Internacionales de Contabilidad, que si bien no están orientados a un tema netamente ambiental,
exigen a los usuarios revelar los compromisos ambientales en los Estados Financieros.
De acuerdo con la Norma Internacional Contable y Financiera:
La (NIC) 16- Inmovilizado material, en su pàrrafo 6 define que el coste o importe
atribuible a la contrucciòn de un activo, serà imputable al mismo. (IASB, 2015)
Esta norma presenta ejemplos relacionados con costes atribuidos como
transporte,preparaciòn del emplazamiento fisico,intalaciones y montajes, que puedan proceder
directamente a la adquisición o contrucción de un activo, esta estimaciòn de coste segùn el pàrrafo
16 se puede dar por las obligaciones que se generan en la rehabilitación del lugar en el cual se
desarrollò la actividad. (IASB, 2015).
La (NIC) 37- Provisiones, Pasivos Contingentes y Activos Contingentes, en su párrafo 19
reconoce como provisiones: las obligaciones que surgen de eventos pasados independientemente
de la gestión futura de la empresa, como las sanciones ambientales o los costos en lo que se han
incurrido por reparaciones del entorno, también menciona que se debe reconocer los costos por
la restauración de daños que fueron ocasionados por el funcionamiento. (IASB, 2014)
En tanto en el párrafo 21, se contempla el escenario en el que el daño ambiental no es
tangible de forma inmediata, pero los efectos sí se pueden apreciar en un momento futuro, en
cuyo caso el reconocimiento contable de la contingencia se dará cuando dicho efecto se
materialice o cuando una norma especial así lo requiera. (IASB,2014)
A continuación, se presenta un cuadro en el cual se sintetizan los hallazgos encontrados
en la normatividad, con aspectos relevantes para su comparación.
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Tabla 1
Caracterización de normatividad de carácter reglamentario y contable
NORMATIVIDAD DE
CARÁCTER REGLAMENTARIO
NORMA INTERNACIONAL
CONTABLE
EMISOR DE NORMATIVIDAD
Ministerio de Ambiente y Desarrollo
Sostenible (MADS): Decreto 3570 de 2011
International Accounting Standards
Board (IASB).
PRINCIPALES ENTES DE
VIGILANCIA Y CONTROL
Sistema Nacional Ambiental
(SINA): Ley 99 de 1993
Parques Nacionales Naturales
de Colombia: Decreto 3572 de 2011
Autoridad Nacional de
Licencias Ambientales (ANLA): Decreto
3573 de 2011
Corporaciones Autónomas
Regionales y de Desarrollo Sostenible: Ley
99 de 1993
GIT de Control Interno: Ley
87 de 1993.
Contraloría General de la
Republica: Ley 42 de 1993.
Contaduría General de la
Nación.
Procuraduría General de la
Nacional.
RECONOCIMIENTO
Se reconoce como compensación la
medida que subsana el impacto ambiental
causado.
Se puede reconocer de acuerdo a la
situación como costo, costo capitalizable o
pasivo contingente.
GUIA PARA COMPENSAR
Manual para la Asignación de
Compensaciones por pérdida de
Biodiversidad (MACPB)
NIC 37: Provisiones, Pasivos
Contingentes y Activos Contingentes
NIC 16:Inmovilizado Material.
PRINCIPAL NORMATIVIDAD
VIGENTE
Resolución 0256 de 2018
Resolución 1517 de 2012
Ley 1333 de 2009
Ley 99 de 1993
Normas Internacionales de
Contabilidad.
Normas Internacionales de
Información Financiera.
Ley 1819 de 2016
Fuente: Elaboración propia.
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De acuerdo al marco normativo mencionado anteriormente, en el siguiente apartado se
evidenciará la aplicación de la normatividad de índole reglamentaria y contable dentro de las
empresas seleccionadas como muestra en esta investigación.
Valuación de compensación ambiental en empresas colombianas seleccionadas
En busca de la aplicación que refiere la normatividad caracterizada en el primer apartado,
se seleccionaron tres empresas colombianas: Ecopetrol, EPM y Reficar, que dentro del periodo
comprendido entre 2014-2017 cada una presentó una contingencia ambiental la cual se presenta
a continuación:
Ecopetrol es la empresa más grande del país perteneciente al sector de hidrocarburos, el
desarrollo de sus actividades puede generar diferentes contingencias ambientales, una de ellas es
el abandono de pozos, lo cual ocasiona invasiones de fluidos o de hidrocarburo, impidiendo al
ecosistema regenerarse (El Tiempo, 2018). Desde el 2008, Ecopetrol ha sellado 2.446 pozos, por
lo cual la empresa ha tenido que trabajar en la recuperación de estos ecosistemas (Portafolio,
2018)
Por otro lado, EPM es una empresa de servicios públicos domiciliarios líder en el
desarrollo social de Medellín y de las demás ciudades de Colombia donde hace presencia con la
prestación de sus servicios públicos (Empresa de Servicios Publicos de Medellìn-EPM, 2018).
En el año 2016, fue sancionada por la Corporación Autónoma Regional para el Desarrollo
Sostenible del Chocó (CODECHOCÒ), debido a que EPM realizó una disposición inadecuada
de residuos sólidos en el botadero Marmolejo de Quibdó provocando contaminación en la zona
(Empresa de Servicios Publicos de Medellín- EPM, 2016)
Y Reficar, una empresa dedicada a la refinación del petróleo caracterizada por ser la más
moderna de América Latina (Semana, 2017); en el año 2010, llevó a cabo el proyecto de una
nueva planta de Refinería en Cartagena, el cual exigió la modificación de la Licencia Ambiental
que tenían en ese momento. En el año 2016, la Contraloría General investigó el cambio de una
licencia ambiental emitida por ANLA, dado a que el coque1 empezó a ser movido en camiones
por la vía a Mamonal, cuando lo correcto era transportarlo en bandas encapsuladas, previniendo
1 Coque de petróleo: es un combustible sólido derivado de procesos de refinación. (Reficar, 2018)
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el derrame de residuos, este acontecimiento provocó contaminación alrededor de la planta,
denuncias ciudadanas y paralelamente se determinó incumplimiento con el compromiso de
reforestar la Ciénaga de la Virgen (Portafolio, 2016; El Tiempo, 2015; Resolución 1157, 2000).
Determinado el motivo de la contingencia, se obtuvo información de los Estados
Financieros, Informes de Sostenibilidad y portales web de las empresas que integran la muestra,
con el fin de identificar bajo la misma información criterios similares que se presentan en el
proceso de compensación ambiental en cada uno de las empresas.
Con el fin de presentar los hallazgos, se expone una tabla que sintetiza la información
encontrada de las tres empresas bajo los siguientes criterios que permitirán comparar el proceso
de valuación:
1. Situación generadora de impacto ambiental: Suceso principal por el cual la
empresa debe incurrir en un tipo de compensación ambiental.
2. Tipo de compensación: Se refiere a la modalidad que adopta la compensación y
que repercute en su reconocimiento contable. Se puede catalogar como:
Costo: erogación de la entidad para el desarrollo de su actividad o beneficio propio.
Costo capitalizable: erogación destinada a ser parte del activo.
Sanción: Obligación impuesta por autoridades de vigilancia y control.
3. Reconocimiento en los Estados Financieros: De acuerdo a la compensación
identificada en el criterio 2, se menciona el reconocimiento en la información financiera de cada
una de las empresas.
4. Aplicación de la norma contable: Se realiza una síntesis de la norma contable con
la aplicación correspondiente de cada una de las empresas según la identificación del criterio
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Tabla 2
Comparación de procesos de valuación en empresas Colombianas.
Fuente: Elaboración propia; información obtenida de: (Ecopetrol, 2016; 2017; EPM, 2016;2017; Reficar,
2015;2016; IASB, 2014;2015).
ECOPETROL EPM REFICAR
1
SITUACIÓN
GENERADORA DE
IMPACTO AMBIENTAL
Abandono de pozosDisposición inadecuada de residuos
sólidos en el Marmolejo de Quibdó
Incumplimiento de la licencia
ambiental del proyecto de la nueva
refinería en Cartagena.
2
TIPO DE
COMPENSACIÓN
Costo: Con el fin de restaurar las
condiciones ambientales del
ecosistema afectado, se realiza
actividades en las áreas
correspondientes al pozo
abandonado.
Sanción: Multa impuesta por
CODECHOCO.
Costo Capitalizable: Mediante la
Resolución 0511 (2010), se resolvió
compensar en una relación de 1:10
en una densidad de siembra de 2500
plántulas por hectáreas con las
especies Mangle según la zona.
Adicionalmente, realizar continuo
seguimiento a este proceso de
reforestación y reemplazo de
especies muertas.
Se reconoce como costoSe reconoce como pasivo
contingente.
Se reconoce como un costo
capitalizable
2016: Aumento costos de abandono
$404 millones de pesos.
2016: Pasivo Contingente por
$306 millonesde pesos.
2015: $6,389 millones de pesos de
los cuales $842 millones de pesos
fueron destinados para relocalización
de fauna silvestre , $297 millones de
pesos para siembra y mantenimiento
en predios de la Refinería y $38
millones de pesos siembra y
reforestación por compensación
ambiental en la Ciénaga de la
Virgen.
2017: Aumento costos de abandono
$39 millones de pesos.
2017: No se aprecia el pasivo
relacionado la sanciòn ambiental
impuesto por CODECHOCO, si no
por otros conceptos.
2016: $1,655 millones de pesos de
los cuales relacionados con la
compensación originada por el
proyecto se destina: $223 millones de
pesos para la siembra y el
mantenimiento en predios de la
Refinería y $62 millones de pesos
para terminar con la compensación
de 1,7 hectáreas de la ciénaga de la
virgen.
4APLICACIÓN DE LA
NORMA CONTABLE
Según lo indica la NIC 37 -
Provisiones, Pasivos Contingentes y
Activos Contingentes, se permite
estimar una provisiòn para aquellos
costos futuros ocasionados por daños
al ambiente, en este caso, Ecopetrol
estima una provisiòn que se deriva de
los costos en los que va a incurrir
para el sellamiento de pozos y la
reparaciòn del daño ocasionado al
ecosistema.
Según lo indica la NIC 37 -
Provisiones, Pasivos Contingentes
y Activos Contingentes, seràn un
pasivo las obligaciones en las que
incurre la entidad como multas
medioambientales, actuaciones
legales y las consecuencias por el
desacato de las mismas; EPM
aplica esta sección de las NIC
dado que informa en sus Estados
Financieros una obligaciòn presente
surgida por un incumplimiento a la
normatividad ambiental.
Según lo indica la NIC 16-
Inmovilizado material, entre los
costes atribuibles en efectivo o
equivalentes generados de la
construcciòn de un activo, se
identifica la rehabilitaciòn del lugar y
emplazamiento fisico, para imputarlo
al activo; Reficar aplica esa secciòn
de la NIC debido a que realizò el
reconocimiento en su activo por la
construcciòn de la nueva Refinerìa y
las erogaciones correspondientes a la
rehabilitaciòn de la zona mediante
reforestaciòn y reemplazo de
especies animales
3
RECONOCIMIENTO EN
LOS ESTADOS
FINANCIEROS
EMPRESA
12
Dadas las principales características del tipo de compensación de las tres empresas, a
continuación se expone de manera más específica los criterios expuestos en la tabla anterior.
En Ecopetrol, cuando un pozo ha cumplido con la respectiva función de suministrar o
generar crudo, el proceso de abandono está comprendido por el sellamiento del pozo con cemento
y su desmantelamiento, reconociéndolo como un costo de producción o costo de abandono
(Ecopetrol, 2016), por consiguiente, en el Estado de Situación Financiera se encuentran los
factores que se tienen en cuenta para la valuación de este pasivo proyectado, una vez se genera
la perforación de un nuevo pozo de producción, dado que, debe incurrir en una obligación futura
con el fin de restaurar las condiciones ambientales similares a las que presentaba el entorno antes
de que se realizara esta actividad de perforación.
Se establece entonces, la aplicabilidad de la NIC 37 debido a la provisión que permitirá
dar cumplimento a esta obligación adquirida, por ende, los componentes que tiene en cuenta la
compañía para el cálculo de dicha estimación son: la tasa de referencia de las obligaciones
financieras de la compañía y el riesgo de esta estimación dado por cada una de las actividades
que desarrolla la compañía las cuales a diciembre 2016 fueron: Producción (7.93%), Transporte
(8.20%) y Refinación (8.99%), (Ecopetrol, 2016) y a diciembre 2017 fueron: Producción
(6.93%), Transporte (7.02%) y Refinación (7.37%) (Ecopetrol, 2017)
Por otra parte, EPM presentó una contingencia ambiental la cual incurrió en una sanción
interpuesta por CODECHOCO a causa de una inadecuada disposición de residuos en el
Marmolejo de Quibdó, ocasionando un impacto ambiental por el cual la autoridad ambiental
aplicó la sanción correspondiente, lo que generó en la compañía un aumento en el pasivo
contingente. Esta multa es valuada por la autoridad ambiental, teniendo en cuenta la infracción
ocasionada y riesgos que esta contingencia pudo ocasionar, metodología la cual expone el Manual
Conceptual y Procedimental para el cálculo de multas por infracción a la Normativa Ambiental
(MADS, 2010)
La aplicación de la NIC 37, se debe a que la empresa refleja en el pasivo del año 2016 el
neto de la sanción y tomando como referencia esta NIC se permite contemplar un pasivo a causa
de una contingencia ambiental de la cual ya se tiene certeza de su obligatoriedad, por ello, para
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el año 2017 en el mismo rubro de los Estados Financieros de EPM, ya no se refleja el valor
relacionado con la sanción, pero si el de otros pasivos contingentes, cuyo cálculo se provisiona
teniendo en cuenta: los costos estimados, IPC2 y tasa fija TES3, reflejando el pasivo contingente
en los estados financieros de la entidad (Empresa de Servicios Publicos de Medellín- EPM, 2016)
Por último, Reficar, antes de iniciar el proyecto de la construcción de la nueva refinería,
para determinar el tipo de compensación como lo indica el MACPB, inicialmente realizó una
zonificación determinando el área de intervención y estudios que permitieron hallar el número de
materia vegetal y especies que se verían afectadas, estos datos permitieron que las autoridades
ambientales establecieran la compensación que debían realizar por el aprovechamiento forestal y
la pérdida de especies, mediante la Resoluciòn 1157 (2010).
En los Estados Financieros de la entidad, la NIC 16 permite que estas actividades como
siembra, mantenimiento de especies vegetales, reubicación y reemplazo de especies animales,
sean atribuibles al activo, debido a que son costes generados por la rehabilitación del lugar en el
que ocasionaron el impacto ambiental, por ello, en los años 2015 y 2016 se presentaron cada una
de las actividades que permitieron dar fin a esta compensación ambiental (Reficar, 2015, 2016)
Como resultado de la comparación que se realizó entre cada una de las empresas con
respecto a la valuación de las compensaciones, permite evidenciar que se genera un impacto
ambiental determinante, y los reconocimientos que generan varían según el sector y la actividad;
Ecopetrol calcula una provisión para proyectar el abandono de pozos, EPM realiza una provisión
de tipo contingente por posibles sanciones interpuestas por autoridades ambientales y Reficar
mediante la rehabilitación del terreno genera una capitalización.
Las compensaciones ambientales han sido una herramienta importante que ha ayudado a
resarcir el daño generado a la flora y fauna, que se ha ocasionado por el desarrollo de las
actividades del ser humano, daños que con o sin intención han generado un impacto ambiental,
2IPC: indicador que refleja la variación de los bienes que adquieren los consumidores del país ( (Banco de la
Republica de Colombia, 2013) 3TES: son títulos de deuda pública doméstica, emitidos por el gobierno y administrados por el Banco de la
República de Colombia. (Banco de la Republica de Colombia, 2013)
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el cual deben subsanar en efectivo o en especie, ejemplo de ello son las tres empresas
mencionadas anteriormente, las cuales incurren en una compensación monetaria o física de
acuerdo con lo estipulado por la normativa vigente.
Por ello, en el siguiente apartado se expone el nivel de cumplimiento de la normativa
ambiental para la valuación de los tipos de compensación que tuvieron en cuenta Ecopetrol, EPM
y Reficar.
Cumplimiento de la normativa ambiental y contable de las empresas seleccionadas
Durante el desarrollo de esta investigación se realizó la respectiva búsqueda de
información de acuerdo con las compensaciones ambientales en las que incurrió cada una de las
empresas de la muestra y así se permitió observar el nivel de cumplimiento que tuvieron con la
normatividad ambiental y contable.
Cada una de las empresas presentó una situación diferente por lo cual los factores para la
valuación fueron acordes al tipo de compensación, pero todas manifestaron un impacto ambiental
y social por el cual tuvieron que responder ante las autoridades ambientales.
Conforme a la Resoluciòn 40048 (2015), los pozos una vez sean improductivos, se deben
sellar, desmantelar y realizar la debida recuperación ambiental para evitar futuras contingencias
ambientales, según un informe de la Contraloría General de la República, Ecopetrol cuenta con
146 pozos suspendidos desde 1971 (Huila y Tolima: 51, Orito: 68, Putumayo Occidente: 16 y
Putumayo Sur: 11 pozos), para el año 2016 figuran en el Huila 33 pozos suspendidos, 8 sin
perforar y sin proceso de abandono, esta situación ha ocasionado un problema ambiental
acumulado (La Nación, 2018).
El argumento que expone Ecopetrol ante esta problemática es no tener el presupuesto para
cumplir con estas actividades (El Tiempo, 2018), sin embargo, en sus estados financieros refleja
los costos de abandono de un año a otro, muestran una provisión proyectada para el sellamiento
de pozos conforme a la NIC 37 y en el informe de sostenibilidad indica las actividades de
recuperación ambiental generadas tras los abandonos de pozos (Ecopetrol, 2016; 2017).
15
No obstante, la magnitud del abandono de pozos ya es acumulada, provocando grandes
impactos al ambiente como lo fue el derrame de crudo en Santander a comienzos del año 2018,
el cual generó contaminación hídrica, afectó 16 comunidades, a producción piscícola y cientos
de animales (Zimmerman, 2018), lo cual no precisamente se debe a un incumplimiento de la
normativa, si no que debido a la extensión del impacto ambiental, las actividades de recuperación
no han sido perceptibles.
Por otra parte, se encuentra la sanción de CODECHOCÓ a EPM en el año 2016 debido al
incumplimiento de la normatividad, ya que mediante el Decreto 1713 (2002) el MADS regula el
manejo de desechos sólidos por el cual EPM, en el desarrollo de su actividad, es responsable de
los efectos ambientales y de la salud pública que se generen por las acciones efectuadas en el
servicio público de aseo.
Sin embargo, para este caso se toma como nivel de cumplimiento no solo la cancelaciòn
efectiva de la multa en el año 2016, sino que a partir de esta situaciòn surgen otros proyectos
conjuntos para resarcir el daño ocasionado y evitar que éste se repita, repercutiendo en la
contabilidad como un pasivo contingente por obligaciones posibles, lo cual denota la aplicación
de la NIC 37.
Según el comunicado 053 de 2016, expedido por la Superintendencia de Servicios
Publicos Domiciliarios en Quibdó, se informò sobre las actividades que se realizaron para mejorar
el manejo de residuos y la ampliación de cobertura del servicio de aseo al 88% (Superintendencia
de Servicios Públicos Domiciliarios, 2016), lo cual demuestra un compromiso con el ambiente y
la sociedad.
Finalmente, para el caso de Reficar, se evidencia en el proceso de valuación de la
compensación el cumplimento del MACPB, ya que presentó el Plan Ambiental de
Compensaciones Bióticas en el año 2009 a las autoridades ambientales, en el cual desarrolló
fichas con las medidas de control, compensación y corrección que realizaría antes, durante y
después del proyecto (Reficar, 2009), actividades que se reflejaron como costes atribuidos al
activo, de acuerdo a la aplicación de la NIC 16.
16
La autoridad ambiental encargada de emitir los permisos correspondientes al
licenciamiento del proyecto fue el ANLA, el cual finalmente estableció la medida de
compensación por reforestación y reemplazo de especies tomando como guía el Plan Ambiental
que desarrolló Reficar, estas actividades han sido reflejados en los informes de sostenibilidad
como muestra de cumplimiento de la Resolución 1157 (2000) hasta culminar en el año 2016.
Adicionalmente, su compromiso con el ambiente y la sociedad desencadena otras actividades
ambientales que se suman para el resarcimiento del impacto ambiental generado.
Para concluir este apartado, el cumplimiento de cada una de las empresas desde la
contingencia presentada fue la adecuada, sin embargo, cabe resaltar que en ocasiones la magnitud
del impacto ambiental no permite reflejar los resultados esperados, lo cual no implica un
incumplimiento en la normatividad vigente.
Además se evidencia el conocimiento de la normatividad ambiental y contable por cada
una de las empresas, ya que conocen la responsabilidad que adquieren con el ambiente y la
sociedad en el desarrollo de su actividad económica, de igual forma, reflejan en su información
financiera la repercusión de la respectiva compensación ambiental y las actividades que
evidencian otros logros ambientales en cada periodo.
17
Conclusiones
Esta investigación permitió identificar de manera general los elementos y características
para la valuación de compensación por daños ambientales, de acuerdo con las contingencias
presentadas por Ecopetrol, EPM y Reficar, las cuales se originaron desde prácticas diferentes.
Inicialmente, uno de los elementos para la valuación de las compensaciones es el estudio
del lugar en el que se presentará el impacto ambiental, el MACPB recomienda la zonificación del
área con el fin de reconocer las diferentes características como lo son: comunidades aledañas,
especies de vegetales, animales y recursos naturales que se puedan ver afectados, lo cual garantiza
la sostenibilidad de los recursos y como resultado se pueda retribuir al ecosistema con un espacio
similar al originalmente afectado (MADS, 2018).
Es importante identificar la normatividad ambiental que regula la actividad económica de
la empresa la cual servirá de guía para realizar un adecuado Plan Ambiental, para la solicitud de
permisos y licencias de los proyectos que se vayan a ejecutar y una vez la resolución del proyecto
sea emitida por la autoridad ambiental, la entidad debe cumplir a cabalidad con los compromisos
adquiridos, evitando sanciones disciplinarias o monetarias por incumpliendo de la normatividad.
Así mismo, conocer las repercusiones que tienen estas compensaciones ambientales
dentro de la contabilidad de la entidad, la manera como las empresas realizan el proceso de
valuación de estos daños ambientales se puede ver reflejada en la información financiera que
puede ser catalogada como costos de abandono, sanción o costo capitalizable; en el caso
particular de las empresas analizadas, se tiene que: Ecopetrol presenta el cálculo de una provisión
de un costo de abandono teniendo en cuenta el porcentaje del IPC y las tasas de interés de las
obligaciones mantenidas por la entidad; en EPM se tiene el reconocimiento de un pasivo
contingente y en Reficar existe un incremento de su activo teniendo en cuenta la rehabilitación
que genera la entidad al terreno en donde está ubicada la refinería.
En este orden de ideas, se identifica que en el marco de la aplicación de la normatividad
ambiental y contable, existe la responsabilidad de grandes empresas con respecto a estos temas,
es de vital importancia que el cumplimiento lo regulen las autoridades autónomas de cada región.
Es decir todo daño generado está a la vista de las entidades de vigilancia, que velarán por el
18
cumplimiento del cuidado al ambiente; con respecto al tema de información financiera generada
para el público en general, la información revelada por la entidad está sujeta a la verificación de
entes fiscalizadores encargados de garantizar su disponibilidad y la detección de situaciones que
atentan contra la buena fe.
Es así como el tema de la preservación de los recursos naturales, con una raíz profunda
en el aparato legal del país, también tiene relación con la voluntad de los actores sociales, quienes
materializan este propósito con miras a legitimar su actuación en la sociedad. Es muy complejo
reconocer que la normativa actual, tanto de la actividad extractiva como de la contabilidad,
contengan una fórmula única y absoluta para ayudar a resolver los problemas de impacto
ambiental, tan recurrentes por estos días, pero al menos sí se puede admitir una disposición en
aumento a prestar atención a un tema que se escapa de los códigos y estatutos, así como de los
estados financieros, para situarse en el centro de la vida misma del planeta.
19
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