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LEY 34/2007, DE 15 DE NOVIEMBRE, DE CALIDAD DEL AIRE Y PROTECCIÓN DE LA ATMÓSFERA
ÓÓ
“ La atmósfera es un bien común indispensable
EXPOSICIÓN EXPOSICIÓN DE MOTIVOSDE MOTIVOS
La atmósfera es un bien común indispensable para la vida respecto del cual todas las personas
tienen el derecho de su uso y disfrute y la obligación de su conservación”
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LEY 34/2007, DE 15 DE NOVIEMBRE, DE CALIDAD DEL AIRE Y PROTECCIÓN DE LA ATMÓSFERA
C I DISPOSICIONES GENERALESC. I. DISPOSICIONES GENERALES.
C. II. EVALUACIÓN Y GESTIÓN DE LA CALIDAD DEL AIRE
C. III. PREVENCIÓN Y CONTROL DE LAS EMISIONES
C. IV. PLANIFICACIÓN
C V INSTRUMENTOS DE FOMENTO DE PROTECCIÓN DE LAC. V. INSTRUMENTOS DE FOMENTO DE PROTECCIÓN DE LA ATMÓSFERA
C. VI. CONTROL, INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y SEGUIMIENTO
C. VII. RÉGIMEN SANCIONADOR
LEY 34/2007, DE CALIDAD DEL AIRE
Y PROTECCIÓN DE LA ATMOSFERA
• Nueva norma básica conforme con las exigencias de nuestroactual ordenamiento jurídico y administrativo
• Se inspira en los principios, enfoques y directrices quedefinen y orientan la vigente política ambiental y de protecciónatmosférica en el ámbito de la Unión Europea.
• Aborda la gestión de la calidad del aire y protección de laatmósfera según los principios de cautela y acción preventiva,de corrección de la contaminación en la fuente misma y dequien contamina paga.
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LEY 34/2007, DE CALIDAD DEL AIRE
Y PROTECCIÓN DE LA ATMOSFERA
•CORRESPONSABILIDAD. Involucra no sólo a los poderes públicos sino a la sociedad en su conjunto.
• COOPERACIÓN Y COLABORACIÓN INTERADMINISTRATIVA. El aire y la contaminación no conocen de deslindes territoriales ni administrativos.
• ENFOQUE INTEGRAL E INTEGRADOR. Instrumentos para la luchaInstrumentos para la lucha de la contaminación transfronteriza, agotamiento de la capa de ozono, cambio climático.
LA ATMOSFERA
Recurso vital Daños por su contaminación a la salud, medio ambiente y demás bienes
Prioridad de la política ambiental
Reducir Proteger Combatir
LEY DE CALIDAD DEL AIRE Y
PROTECCIÓN DE LA ATMÓSFERA
Contaminación transfronteriza
Capa de ozono Cambio climático
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Capítulo I. Disposiciones generales.
Objeto. Ámbito de aplicación. Definiciones. Principios rectores. Competencias de las administraciones públicas Cooperación yCompetencias de las administraciones públicas. Cooperación y colaboración interadministrativa. Obligaciones de los titulares de instalaciones de APCA. Información al público
Contaminación atmosférica:
“La presencia en la atmósfera de materias, sustanciasf d í i li l io formas de energía que impliquen molestia grave,
riesgo o daño para la seguridad o la salud de laspersonas, el medio ambiente y demás bienes decualquier naturaleza.”
Capítulo I. Disposiciones generales. Información al público
• Situación de la calidad del aire en relación con losObjetivos de Calidad
• Información periódica sobre contaminación de fondo
• Estudios sobre calidad del aire y salud
• Información periódica a la población del nivel decontaminación
• Los municipios con población superior a 100.000habitantes y los que formen parte de una aglomeración,dispondrán de datos para informar a la población sobrelos niveles de contaminación y la calidad del aire.
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MEDIOS DE INFORMACIÓN DISPONIBLES
INTERNET Página Web
TELEFONÍA MOVIL MensajesMOVIL Mensajes
SMS
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MENSAJES SMS DE INFORMACIÓN SOBRE SUPERACIONES DE UMBRALES DE OZONO
OZONO
5110
MEDIOS DE INFORMACIÓN DISPONIBLES
INDICE
información actualizada cada hora
MENSAJES SMS
INDICE
DE CALIDAD
DEL
AIRE
CONTAMINANTES: O3, SO2, CO, PM10 Y NO2
ESTADO Excelente Buena Mejorable Deficiente
COLOR
Mensaje al 7212: “ICA Código Postal “
COLOR
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OBLIGACIONES DE LOS TITULARES DONDE SE DESARROLLEN
ACTIVIDADES POTENCIALMENTE CONTAMINADORAS DE LA ATMÓSFERA
Respetar los valores límite de emisiónRespetar los valores límite de emisión
Difusas
Canalizadas
OBLIGACIONES DE LOS TITULARES DONDE SE DESARROLLEN
ACTIVIDADES POTENCIALMENTE CONTAMINADORAS DE LA ATMÓSFERA
Adoptar sin demora y sin necesidad de requerimiento alguno y poner en conocimiento inmediato de la CCAA competente, las medidas de evitación de daños cuando se haya causado una contaminación atmosférica en la instalación del titular que hayadel titular que haya producido un daño para la seguridad o la salud de las personas y para el medio ambiente.
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Realizar controles de sus emisiones y cuando corresponda de la calidad del aire
OBLIGACIONES DE LOS TITULARES DONDE SE DESARROLLEN
ACTIVIDADES POTENCIALMENTE CONTAMINADORAS DE LA ATMÓSFERARealizar controles de sus emisiones y, cuando corresponda, de la calidad del aire.
F ilit l
OBLIGACIONES DE LOS TITULARES DONDE SE DESARROLLEN
ACTIVIDADES POTENCIALMENTE CONTAMINADORAS DE LA ATMÓSFERA
Facilitar la información que les sea solicitada por las Administraciones públicas en el ámbito de sus competenciasp
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OBLIGACIONES DE LOS TITULARES DONDE SE DESARROLLEN
ACTIVIDADES POTENCIALMENTE CONTAMINADORAS DE LA ATMÓSFERA
Facilitar los actos de inspección y de comprobación que lleve a cabo la CCAA competente, en los términos y con las garantías que establezca la legislación vigente.
OBLIGACIONES AÑADIDAS PARA LOS TITULARES DE ACTIVIDADES DE GRUPO A Y B
• Notificar al órgano competente la transmisión, cese o clausura de las actividades e instalaciones
• Integrar las estaciones de medida en las redes de las
LAN
Nº
Nº-2
Nº-3
PC
en las redes de las CCAA
• Mantener un registro de los controles de emisión y niveles de contaminación
CENTRO DE CONTROLGENERALITAT VALENCIANA
Centros de controlde las
Industrias
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Capítulo II. Evaluación y Gestión de la Calidad del Aire. Contaminantes atmosféricos y objetivos de calidad del aire. Evolución de la calidad del aire. Zonificación del territorio.
• Habilita al gobierno para que fije objetivos de calidad del aire
• Cuando y cómo las CCAA y las E. Locales, deben efectuar ECA
• Establece que las CCAA zonificarán su territorio
• La AGE deberá integrar las zonas para todo el territorio nacional
• La información utilizada para la zonificación deberá ser tenida en cuenta por las AA.PP. en relación con los planes urbanísticos, la ordenación del territorio y la tramitación de procedimientos de autorización de actividades e instalaciones.
ZONIFICACIÓN DEL TERRITORIO
LA PORCIÓN DE SU RESPECTIVOZONA LA PORCIÓN DE SU RESPECTIVO TERRITORIO DELIMITADA POR LOS ESTADOS MIEMBROS.
UN ÁREA QUE SE CARACTERIZA POR UNA CONCENTRACIÓN DE POBLACIÓN DE MÁS DE 250.000 HABITANTES Ó SI ES MENOR POR UNA DENSIDAD HAB/KM2
ZONA
AGLOMERACIÓN
14 ZONAS
POR UNA DENSIDAD HAB/KM2
QUE JUSTIFIQUE LA EVALUACIÓN Y CONTROL DE LA CALIDAD DEL AIRE.
4 AGLOMERACIONES
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MAPA DE ZONIFICACIÓN DE LA CALIDAD DEL AIRE DE LA
COMUNIDAD VALENCIANAZONIFICACIÓN DE LA COMUNIDAD VALENCIANA
División del territorio atendiendo a :
•Orografía
• Dinámica atmosférica
• Usos del suelo
• Emisiones de contaminantes
• Distribución de población
ESTACIÓN DE LA RED VALENCIANA DE VIGILANCIA Y ESTACIÓN DE LA RED VALENCIANA DE VIGILANCIA Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICACONTROL DE LA CONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA
Controles en las principales aglomeraciones urbanas e industriales.
Funcionamiento automático y auto át co ycontinuo.
55 estaciones remotas
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UNIDAD MÓVIL PARA MEDICIONES PERIÓDICAS DE LA CONTAMINACIÓN
ATMOSFÉRICA
VALLIBONA
CORATXAR
ZORITA
VILAFRANCA SAN JORDI
BENICASSIM
PENYETAERMITA GRAU CASTELLÓ
ALCORA-PMALCORA
RED VALENCIANA DE VIGILANCIA Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN
ATMOSFÉRICA
VILLAR DEL ARZOBISPO
VIVER
ONDA
MORELLA
ALMASSORA
BURRIANA
SAGUNT NORDPORT DE SAGUNT
FACULTATS
PISTA DE SILLANUEVO CENTROLINARESARAGÓVIVERS
QUART
ALZIRA
GANDIA
ZARRA
VILA-REAL - PM
ARZOBISPO
CAUDETE DE LAS
FUENTES
PATERNA CEAM
VERGE DELS LLIRIS
ELX PARC DE
BOMBERS
BENIDORM
EL PLA RENFE
AGROALIMENTARI
AGOST
SANT VICENT DEL RASPEIG
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CIRAT
TORRE ENDOMÉNECH
ESTACIONES CON MEDICIONES PERIÓDICAS Y DE PUNTOS FIJOS
DE OZONO TROPOSFÉRICO
BENIGANIM
L’ELIANA
ORIHUELA
MONOVER
ONTINYENT
Capítulo III. Prevención y control de las emisiones.
Control de las emisiones. APCA. Modificación sustancial de la instalación. C t i ió i t it i t f t iContaminación intercomunitaria y transfronteriza.
• El Gobierno, con la participación de las CCAA, podrá establecer VLE para contaminantes y actividades concretas
• Se insta al uso de las MTD y al empleo de los combustibles menos contaminantes
• Las ACPA son las que figuran en el Anexo IV. El gobierno, con la participación de las CCAA, revisará al menos cada 5 años, el anexo y en su caso, lo actualizará.
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Capítulo III. Prevención y control de las emisiones.
Control de las emisiones. APCA. Modificación sustancial de la instalación. C t i ió i t it i t f t i• Sometimiento de ciertas actividades a un régimen de intervenciónadministrativa
• Establece un CAPCA en la que se recogen todas aquellas fuentes cuyasemisiones antropogénicas son estimadas para elaborar el InventarioEstatal de Emisiones a la Atmósafera.
• La Ley especifica qué categorías de actividades de este catálogo debensometerse a un Régimen de Intervención Administrativa de las CCAA.
Contaminación intercomunitaria y transfronteriza.
g
• Consideraciones para calificar la modificación de una instalación comosustancial.
• Procedimiento a seguir en autorizaciones de actividades que puedantener repercusiones sobre la calidad del aire de otra CCAA o de otroEstado.
ACTIVIDADES POTENCIALMENTE CONTAMINADORAS DE LA ATMÓSFERA
QUEDAN SOMETIDAS A PROCEDIMIENTO DE A.A. DE LAS CCAA LA CONS., MONTAJE, EXPLOTACIÓN, TRASLADO O MODIFICACIÓN. SUSTANCIAL DE LAS INSTALACIONES EN LAS QUE SE DESARROLLE ALGUNA ACTIVIDAD DE GRUPO A Y B.
LAS AUTORIZACIONES SE CONCEDERÁN POR UN TIEMPO NO SUPERIOR A OCHO AÑOS, RENOVADOS POR PERIODOS SUCESIVOSSUCESIVOS.
LAS INSTALACIONES CON ACTIVIDADES DE GRUPO C DEBERÁN SER NOTIFICADAS
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Capítulo III. Prevención y control de las emisiones.
Contenido mínimo de la autorización:
VLEPrescripciones para reducir la cont. a larga
distancia
Sist. y procedimientos para el control de las
emisiones
Medidas relativas a puesta en
a n e es to
las
s
Plazo de la autorización
marcha, fugas, ...
Met
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Capítulo IV. Planificación. Planes y programas para la protección de la atmósfera y para minimizar los efectos negativos de la contaminación atmosférica Participación pública Integración de lanegativos de la contaminación atmosférica. Participación pública. Integración de la protección de la atmósfera en políticas sectoriales. Indicadores ambientales.
Planificación en sus tres vertientes:
• Planes para mejorar la calidad del aire
• Participación pública en la elaboración de los planes
• Integración de la protección de la atmósfera en la planificación de políticas sectoriales
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Planes
De mejora de la calidad del aire: para alcanzar los objetivos de calidad del aire en los plazos fijados, en las zonas en las que los niveles de uno ó mas contaminantes regulados superen los objetivos de calidad.
De acción a corto plazo: medidas inmediatas y a corto p yplazo para las zonas y supuestos en que exista riesgo de superación de los objetivos de calidad del aire y los umbrales de alerta.
PLANES DE ACTUACIÓN PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD DEL AIRE
CONTENIDO DE LOS PLANES:CONTENIDO DE LOS PLANES:
• Localización de la superación
• Información general: ciudad, estación de medición...
• Autoridades responsables
• Naturaleza y evaluación de la contaminación
• Origen de la contaminación
• Análisis de la situación
• Detalles de las medidas o proyectos de mejora que existentes (antes de la entrada en vigor de la presente norma) y de los adoptados con posterioridad
• Información sobre medidas o proyectos a largo plazo previstos
• Lista de las publicaciones, documentos, trabajos...
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Los municipios con población superior a 100.000habitantes y las aglomeraciones, adoptarán planes y programas para el cumplimiento y mejora de los objetivos de calidad del aire, en el marco de la seguridad vial y de la planificación autonómica.
Las entidades locales podrán elaborar planes yLas entidades locales podrán elaborar planes y programas.
Para alcanzar los objetivos de esta Ley podrán adoptar medidas de restricción total o parcial
del tráfico, incluyendo restricciones a los vehículos más contaminantes a ciertasvehículos más contaminantes, a ciertas
matrículas, a ciertas horas o a ciertas zonas, entre otras.
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“Los planes y programas serán determinantes para los diferentes instrumentos de planeamiento urbanístico y de ordenación del territorio.”
Capítulo V. Instrumentos de fomento de protección de la atmósfera. Acuerdos voluntarios. Sistemas de gestión y auditorías ambientales. Investigación desarrollo e innovación. Contratación pública. Formación
• Acuerdos voluntarios: Cumplimiento de VLE más estrictos y/o en plazoinferior al establecido.
• Sistemas de Gestión y Auditorias Ambientales
• Investigación, desarrollo e innovación: Conocimiento sobrecontaminantes, causas, dinámica, desarrollo de tecnologías y productosrespetuosos con el m a eficiencia energética uso racional de los
ambientales. Investigación desarrollo e innovación. Contratación pública. Formación y sensibilización pública. Fiscalidad ambiental.
respetuosos con el m.a., eficiencia energética, uso racional de losrecursos, diseño y aplicación de instrumentos que contribuyan a undesarrollo sostenible...
•Formación y sensibilización pública: formación en ámbitos educativos,profesionales y empresariales...
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Capítulo VI. Control, inspección, vigilancia y seguimiento. Control e inspección, Sistema español de información, vigilancia y prevención de la contaminación atmosférica. Estaciones, redes y otros sistemas de evaluación de la
• Atribuye a las CCAA y Entidades Locales competencias
• Establece un sistema español de información, vigilancia y prevención de la contaminación atmosférica: Permitirá el intercambio recíproco de información entre las distintas A. P.
ycalidad del aire.
• Estaciones, redes y otros sistemas de ECA que deben disponer las CCAA• El gobierno establecerá reglamentariamente un Sist. Español de Inventario
Capítulo VII. Régimen sancionador. Responsabilidad. Tipificación de las infracciones. Sanciones. Graduación de las sanciones. Responsabilidad penal. Concurrencia de sanciones. Medidas de carácter provisional. Obligaciones de reponer, multas coercitivas y ejecución
b idi i P t t d i dsubsidiaria. Potestad sancionadora.
Graduación de las sanciones:Existencia de intencionalidad o reiteración
La medida en la que el valor límite de emisión haya sido superado
Las molestias, riesgos o daños causados respecto de las personas, el medio ambiente y demás bienes de cualquier naturaleza
La grave dificultad de reparar los daños ocasionados a la atmósfera
La reincidencia por comisión de más de una infracción
El beneficio obtenido por la comisión de la infracción
La diferencia entre los datos obtenidos y los reales
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Nueve disposiciones adicionales.
Primera. Régimen sancionador aplicable al comercio internacional e intracomunitario.
Segunda. Excluye el régimen previsto en esta ley las incluidas en la Ley 16/2002, de IPPC.
Tercera. Restricción sobre los VL exigibles para conceder la óautorización de actividades sujetas a la Ley 1/2005 por la que se
regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.
C t C t i ió L í i
Nueve disposiciones adicionales.
Cuarta. Contaminación Lumínica.Las A. Públicas promoverán la prevención y reducción de este tipo de contaminación. Objetivos:
•Promover el uso eficiente del alumbrado exterior
•Preservar al máximo las condiciones naturales de las horas nocturnas en beneficio de la fauna, flora y ecosistemas
•Minimizar los efectos en el entorno de observatoriosastronómicos
•Reducir la intrusión lumínica
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Nueve disposiciones adicionales.
Quinta. Aplicación sin perjuicio de lo establecido en las Leyes reguladoras de la Defensa Nacional.
Sexta. Movilidad más sostenible. Las A. P. promoverán los sist. de transporte público y privado menos contaminantes.
Séptima. Ley de movilidad sostenible. (lucha contra el cambio climático). Obligará a poner en marcha planes de transporte de empresa.
Octava. Impuestos determinados medios de transporte.p p
Novena. Emisiones de los vehículos. El Gobierno incluirá la obligatoriedad de la Etiqueta de eficiencia energética referida al consumo de combustible y emisiones de CO2.
Disposición transitoria única. Régimen aplicable a las instalaciones existentes.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
• Deroga el RAMINP. (No obstante, mantendrá su vigencia en aquellas comunidades ó ciudades autónomas que no tengan normativa aprobada en la materia).
• La Ley 38/72 de Protección del Ambiente Atmosférico
A d l 833/19• Anexos II y III del Decreto 833/1975.
Diez disposiciones finales. Modificaciones en otras normativas.
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ANEXO I. Relación de contaminantes atmosféricos,
ANEXO II Directrices para la selección de los contaminantesANEXO II. Directrices para la selección de los contaminantes atmosféricos
ANEXO III. Factores a tener en cuenta para el establecimiento de los objetivos de calidad del aire y los umbrales de alerta
ANEXO IV. CAPCA
1. Categorías del CAPCA incluidas en el grupo A.
2. Categorías del CAPCA incluidas en el grupo B.
3. Categorías del CAPCA incluidas en el grupo C
Gracias por su atención
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